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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN t . = " . :o_.:. '·H , . .... ' l. . . i · i •n. · CONTRALORÍA Oficio No. CSCJN/107/2017 Ciudad de México, 04 de j ulio de 2017. LIC. ENRIQUE GAMEROS HIDALGO MONROY DIRECTORGEN ERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUST ICIA DE LA NACIÓN P RE SE N T E En cumplimiento al Programa Anual de Control y Auditoría 2017 aprobado por el Comité de Gobierno y Administración, el 6 de enero de 2017 se emitió, a través del oficio CSCJN/13/2017, la orden . para practicar la evaluación del desempeño a la "Contratación de seicios y adquisición de equipos y apatos de comunicaciones" por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016. Con fundamento en el punto 11.3, apartado "Informe de auditoría", numeral 2, último párrafo de la Guía General de Auditoría 1, se presenta el informe número DED /2017/09, otorgando un plazo de 1 O días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción del presente para remitir la documentación e información que solvente las recomendaciones emitidas. l. OBJETIVO Verificar la gestión administrativa para la adquisición y puesta en operación de los equipo$ y aparatos de comunicación. 11. ALCANCE - La revisión se enfocó al proyecto "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN". - Se analizó el expediente de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM- D ABl/018/2016, relativa a la "Renovación de la Infraestructura de la red inalámbrica y ampliación de la Red LAN en el edificio Sede". - Se analizó el expediente del Concurso por Invitación Pública CIP/SCJN/DGRM- D ABl/008/2016 relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN". . / ¡ /. JQ ... _ , !M J�c c ' . i . . i . . . . d i 1I ¡ fórmeWresentado or la Dirección General _ de Au? itoría será autorizado por el _ ontra or, quien o enviara a superior 1erarqu1co e órgano auditado, al titutare dicho órgano y a las instancias que en cada caso se requiera. 1

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN

t �. = ". :o._.:. '·'JHH:,..,

. .... ' l. /' . . • i.wi · i •n-i.. ·

CONTRALORÍA

Oficio No. CSCJN/107/2017

Ciudad de México, 04 de julio de 2017.

LIC. ENRIQUE GAMEROS HIDALGO MONROY D IRECT OR GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUST ICIA DE LA NACIÓN P RE SE N T E

En cumplimiento al Programa Anual de Control y Auditoría 2017 aprobado por el Comité de Gobierno y Administración, el 6 de enero de 2017 se emitió, a través del oficio CSCJN/13/2017, la orden . para practicar la evaluación del desempeño a la "Contratación de servicios y adquisición de equipos y aparatos de comunicaciones" por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Con fundamento en el punto 11.3, apartado "Informe de auditoría", numeral 2, último párrafo de la Guía General de Auditoría 1, se presenta el informe número DED /2017 /09, otorgando un plazo de 1 O días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción del presente para remitir la documentación e información que solvente las recomendaciones emitidas.

l. OBJETIVO

Verificar la gestión administrativa para la adquisición y puesta en operación de los equipo$ y

aparatos de comunicación.

11. ALCANCE

- La revisión se enfocó al proyecto "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN".

- Se analizó el expediente de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM­D ABl/018/2016, relativa a la "Renovación de la Infraestructura de la red inalámbrica y ampliación de la Red LAN en el edificio Sede".

- Se analizó el expediente del Concurso por Invitación Pública CIP/SCJN/DGRM­D ABl/008/2016 relativo al "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN" .

. / ¡ ...... /.

JQ ... _ i�, !M,OJ'G�J��c c ' . i . . i . . . . d i 1-'EI ¡ fórmeWresentado\p.or la Dirección General

_ de Au? itoría será autorizado por el

_ ontra or, quien o enviara a superior 1erarqu1co e

órgano auditado, al titutar"é:le dicho órgano y a las instancias que en cada caso se requiera. 1

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- Se practicó inventario físico a 9 equipos utilizados para la red alámbrica que fueron sustituidos por equipos nuevos, los cuales se encuentran en el Edificio Sede de este Alto Tribunal.

- Se practicó inventario físico a 27 4 equipos informáticos utilizados para la red inalámbrica que fueron sustituidos por equipos nuevos; 226 ubicados en el edificio Sede y 48 en el edificio de 16 de Septiembre.

- Se levantó inventario físico a 52 switch para los IDF, integrados por diversos bienes informáticos entre ellos module, powersupply y fan, los tres últimos no fue posible inventariarlos porque se encontraban en funcionamiento.

111. ANTECEDENTES

El 18 de enero de 2017, mediante el oficio DGTl/DAPTl-96-2017 la Dirección General de Tecnologías de la Información (DGTI) solicitó una prórroga para la entrega de la información solicitada a efecto de iniciar los trabajos de la presente auditoria, debido a que en esa misma fecha estaban en proceso los trabajos de implementación del proyecto "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN" y que concluirían a mediados del mes de febrero de la presente anualidad, agregando que por las cargas de trabajo del personal adscrito a la Dirección de Telecomunicaciones quienes tenían a cargo dicha implementación y la continuidad de la operación diaria, resultaba complicado atender en esos momentos la entrega de la información solicitada.

Por tal motivo, y debido a que el citado proyecto es parte fundamental del objetivo de la auditoría, se suspendió temporalmente la revisión y se reanudó el 4 de abril de 2017.

IV. RESULTADOS

Uno.

Mediante el oficio DGTl/DAPTl-96-2017 del 18 de enero de 2017, la DGTI proporcionó el Programa de Trabajo del Proyecto "Suministro, instalación y puesta en marcha de la red de la SCJN", en el que se estableció como fechas de inicio y término el 29 de diciembre de 2016 y 13 de febrero de 2017, respectivamente.

Con base a las entradas al almacén, el equipo adquirido para el citado proyecto se recibió el 29 de diciembre de 2016, de conformidad a lo establecido en el contrato suscrito para tal efecto y al Programa de Trabajo señalado.

Según acta de entrega-recepción del 17 de febrero de 2017, en la que intervino personal de la DGTI y de la empresa contratada para ejecutar el proyecto, el 13 de febrero de 2017 se

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concluyó la instalación de la solución funcionando al 100%, conforme a lo programado y lo acordado en el contrato.

El 12 de mayo de 2017, conjuntamente con personal de la DGTI se realizó una inspección a 52 switches que se adquirieron para la citada solución, instalados en el Edificio Sede, en aparente funcionamiento.

Dos.

Mediante los oficios DGTl/CA-1924-2016 y DGTl/CA-1932-2016 ambos con sello de recibido del 8 de agosto de 2016, la DGTI solicitó a la Dirección General de Recursos Materiales (DGRM) la contratación de la "Renovación de la infraestructura de la Red Inalámbrica" y "Ampliación de la Red LAN en el Edificio Sede" respectivamente, con los siguientes montos estimados, los cuales incluyen IV A:

• 1 •I . , . . ',' � � Renovación de la Red Inalámbrica oficio 1924 Ampliación de la 'Red LAN (oficio 1932

··.Partida

;,.·.!..· • • _,t._\ 2016. ' . .

33301 $2,081,295.20

35301 $173,441.25

51501 $20,812,952.00

Totales $23,067 ,688.45 Los montos incluyen IVA.

2017 . . 2018 . 2016 '2017 . 2018.. . ' ....... . _ ·-_ .LJ,..J • • .: ... \.��-"-.. :.. .. ,;..·-· ... 1:� ..... ·¡ :, ..... , ... �- ... ._1_ .._·.-= .... •,(.,; .. 1 , 1 .-... . 4.� ........ :� $2,615,337.57

$1,040,647.51 $867,206.60 $5,953,767.02 $5,953, 767 .02

$17,435,583.75

$1,040,647.51 $867,206.60 $20,050,921.32 $5,953, 767 .02 $5,953,767.02

En los oficios antes citados, la DGTI señaló que el requerimiento se encontraba contemplado en el Programa Anual de Necesidades 2016, dentro de las partidas 51501, "Bienes informáticos", 33301 "Servicios de desarrollo de aplicaciones informáticas" y 35301 "Mantenimiento y conservación de bienes informáticos", considerados en el proyecto 1111400-DTI02 "Infraestructura tecnológica y seguridad informática".

De la revisión al Programa Anual de Necesidades (PANE), se observó que por lo se refiere al gasto de inversión dentro del proyecto 1111400-DTI02 "Infraestructura tecnológica y seguridad informática" partida 51501, "Bienes informáticos" no se contemplaron las contrataciones "Renovación de la infraestructura de la Red Inalámbrica" y "Ampliación de la Red LAN en el Edificio Sede", ya que únicamente se programó lo siguiente:

Clave Bien o Servicio 5150101001 Equipo balanceador de carga (INTERNET)

Clave Bien o Servicio 5150101001 Equipo balanceador de carga (INTERNET)

Hardware Firma Electrónica, Plataforma de $2,000,000.00 virtualización de escritorios

Equipo necesario para operar los centros de datos 500,000.00 en las condiciones ambientales adecuadas.

Total proyecto 1111400-DTI02 Partida 51501 $2,500,000.00

Lo anterior, pese a que en el documento denominado "Líneas Generales de Tecnologías de la Información y Comunicaciones 2015-2018" dentro de los compromisos establecidos en la Línea Estratégica 1. "Continuidad de las Operaciones", componente "Infraestructura

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Tecnológica" se programó que para los años 2016 y 2017 se realizaría la ampliación de la capacidad de las redes LAN de cada uno de los edificios de la SCJN, así como la incorporación de internet de banda ancha y del servicio de internet abierto.

Mediante oficio se enviaron a la DGTI los resultados preliminares de la presente evaluación, para que en caso de considerarlo conveniente remitiera las justificaciones y aclaraciones pertinentes. A través de oficio la DGTI respondió lo siguiente: ·

"Se adjunta copia del oficio DGT/!CA-177-2016 de fecha 26 de enero de 2016, mediante el ct:Jal se hicieron los ajustes al PANE 2016 y se incorporaron los registros 30, 31 y32 en las contrataciones relativas a la Red LAN y WLAN; asimismo trimestralmente se envió a ese OIC el detalle de la integración del PANE 2016, tal es el caso del oficio CSCJNIDGAIDAIB/21612016 cuya respuesta fue con el similar DGT/IDAPTl-976-2016, en el cual se envía la infonnación solicitada.[. . . ]"

No obstante, que en la partida 51501, "Bienes informáticos" se contaba con suficiencia presupuestaria, en el PANE dentro del proyecto 1111400-DTI02 "Infraestructura tecnológica y seguridad informática" no se identifican plenamente la "Renovación de la infraestructura de la Red Inalámbrica" y "Ampliación de la Red LAN en el Edificio Sede", además de que la DGTI no proporcionó evidencia de la modificación a dicho programa a nivel proyecto.

Por lo antes expuesto, la DGTI no se ajustó a los artículos 54 y 63 del AGA 1 /2012, que disponen:

"Artículo 54. Son responsables en el ejercicio del presupuesto asignado las Unidades Responsables y Presupuesto y Contabilidad, en el ámbito de sus respectivas atribuciones."

"La contratación para la adquisición y arrendamiento de bienes, prestación de servicios, así como ejecución de obra pública, deberá efectuarse de confonnidad con los Programas Anuales de Necesidades."

"Artículo 63. Los requerimientos para la adquisición de bienes, prestación de servicios, con excepción de los contratos por honorarios, y ejecución de obra pública, serán solicitados por las Unidades Responsables o adquiridos por las Casas de la Cultura, previa verificación de su existencia o no en el almacén, contando con suficiencia presupuesta/, debiendo a su vez estar plenamente identificados en el Programa Anual de Necesidades."

Recomendación Preventiva

2.1 Que la Dirección General de Tecnologías de la Información, se asegure que los requerimientos de contratación para la adquisición, arrendamiento de bienes y prestación de servicios, se efectúen de conformidad con el Programa Anual de Necesidades.

Tres

La DGRM llevó a cabo la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABl/018/2016, para la renovación de la infraestructura de la red inalámbrica y la ampliación de la red LAN en el Edificio Sede, integrada por dos partidas:

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Wireless Controler

1.1 Accesos Point Switch Servicios relacionados

2 2.1

Como resultado de la licitación pública se adjudicó la partida 1 por un monto de $11 '482,639.05 y se declaró desierta la partida 2, esta última porque los precios ofertados superaron en más del 20% al precio estimado base como se muestra a continuación:

$27,550,392.55 Diferencia entre ro uestas

Al respecto, en la 14ª sesión extraordinaria del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones (CASOD) celebrada el 4 de noviembre de 2016, la DGTI informó a dicho órgano colegiado que el presupuesto base. se determinó considerando una tecnología obsoleta y solicitó se declarara desierta la partida 2.

Durante ·el proceso de revisión de las bases de la licitación, la DGTI sustituyó los bienes informáticos por adquirir sin actualizar el precio base, como se muestra a continuación:

Presupuesto base No se actualizó

Al respecto, se observó que la DGTI fue poco eficiente en la determinación del precio estimado para la licitación pública de conformidad al artículo 15, fracción 11, del AGA Vl/2008, ya que la investigación de mercado la realizó sobre bienes obsoletos, distintos a los solicitados en el anexo técnico definitivo, lo que provocó que no se contara con un punto de comparación real para evaluar las cotizaciones presentadas por los licitantes. Por lo que fue necesario en el desarrollo de la licitación pública declarar desierta la partida y llevar a cabo el concurso por invitación pública CIP/SCJN/DGRM-DABl/008/2016, lo que implicó costos y tiempo adicional para la preparación y realización de dicho procedimiento de contratación.

"Artículo 15. ATRIBUCIONES DE LA UNIDAD TÉCNICA. La Unidad Técnica que colabore en los procedimientos previstos en este Acuerdo General, por conducto de su titular, tendrá las siguientes atribuciones:"

"//. Brindar la asesoría técnica respecto de los asuntos que le sean consultados, entre otros, para proponer las características, incluyendo el precio estimado de los bienes, servicios y obra pública a contratar y evaluar cumplimiento de las mismas una vez que se reciban aquéllas;"

Como resultado del concurso por invitación pública se adjudicó al participante ganador la contratación de los servicios relacionados con el suministro, instalación y puesta en marcha de

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la Red de la SCJN por un monto de $1 '888,317.22 (un millón ochocientos ochenta y ocho mil trescientos diecisiete dólares americanos 22/100 USO).

Mediante oficio se enviaron a la DGTI los resultados preliminares de la presente evaluación, para que en caso de considerarlo conveniente remitiera las justificaciones y aclaraciones pertinentes. A través de oficio la DGTI respondió lo siguiente:

"[. . . ], se hace la aclaración que el precio base no se determinó sobre bienes obsoletos, sino que se trató de una evolución tecnológica por parte de Extreme Networks dando como resultado un incremento en el costo de sus equipos."

La información proporcionada por la DGTI no proporciona elementos suficientes que aclaren o desvirtúen el presente resultado.

Recomendación Preventiva

3.1 Que el Director General de Tecnologías de la Información instruya a quien corresponda para que los requerimientos de bienes y servicios informáticos se encuentren disponibles en el mercado, a efecto de que el precio base que se determine se realice conforme a las condiciones prevalecientes.

Cuatro

Derivado del concurso por invitación pública CIP/SCJN/DGRM-DABl/008/2016, se contrataron servicios de mantenimiento para equipos extreme networks instalados en diversos inmuebles para la red alámbrica (LAN) por un monto de $32, 784.48 (treinta y dos mil setecientos ochenta y cuatro dólares americanos 48/100 USO) por 24 meses que iniciaron a partir del 1 de enero de 2017.·

Al respecto, se observó que ya se contaba con un contrato suscrito con la empresa Amyco, S.A. de C.V. que resultó adjudicada para el mantenimiento de los equipos citados en el párrafo anterior, con los siguientes períodos de ejecución:

LPN/SCJN/DGRM- SCJN/DGRM/DABI- 1 de septiembre de Mantenimiento preventivo, Mantenimiento preventivo, correctivo y lógico para DABl/002/2015 089/08/2015 2015 al 31 de correctivo y lógico para equipos extreme networks

agosto de 2017 equipos extreme networks.

CIP/SCJN/DGRM- SCJN/DGRM/DABI- 1 de enero de 2017 Mantenimiento para Mantenimiento preventivo, correctivo, soporte técnico y DABl/008/2016 001/01/2017 al 31 de diciembre equipos extreme networks mantenimiento lógico para equipos extreme networks

de 2018 instalados.

Al respecto, se puede apreciar que el objeto de ambos contratos y la descripción del servicio en el anexo técnico de las bases del procedimiento de contratación, así como el período del 1 de enero al 31 de agosto de 2017 coinciden para la prestación del servicio.

Se constató que derivado de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABl/002/2015 convocada para la contratación de una póliza de mantenimiento preventivo, correctivo y lógico

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para equipos extreme networks, se suscribió con la empresa Amyco, S.A. de C.V., el contrato SCJN/DGRM/DABl-089/08/2015, por un monto de $5'573,14 7 .34 (cinco millones quinientos setenta y tres mil ciento cuarenta y siete pesos 34/100 M.N.) con una vigencia del 1 de septiembre de 2015 al 31 de agosto de 2017.

Cabe señalar, que en la junta de aclaración de bases de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABl/018/2016 celebrada el 3 de octubre de 2016, la empresa Amyco, S.A. de C.V. realizó la siguiente solicitud:

"Este mantenimiento actualmente tifJne contrato vigente con nuestra empresa Amyco, SA de CV cubriendo los equipos de la base instalada mencionada en el anexo 1, se le solicita atentamente a la convocante no se considere este mantenimiento lógico para este proceso de licitación·.

"Respuesta: se aclara que los equipos del anexo 1 "base instalada de equipos extreme networks", no están incluidos en ningún contrato de mantenimiento hardware y reemplazo avanzado de partes, el mantenimiento lógico para la base instalada deberá iniciar a partir del 1 de octubre de 2017."

De lo anterior, se observa que la DGTI no dio una respuesta clara y precisa al licitante, además de que al revisar el objeto de cada contrato y la descripción del servicio según el anexo técnico de las bases de cada procedimiento de contratación es el mismo.

Pese a lo anterior, en el anexo técnico del concurso por invitación pública CIP/SCJN/DGRM­DABl/008/2016 y en el contrato SCJN/DGRM/DABl-001/01/2017, también suscrito con la empresa Amyco, S.A. de C.V., se estableció que el plazo para la prestación de los servicios de mantenimiento para la base instalada de equipos extreme networks es de 24 (veinticuatro) meses e iniciarían a partir del primero de enero de dos mil diecisiete.

El 31 de mayo del presente año, a través del SIA se verificaron los pagos realizados a la empresa Amyco, S.A. de C.V., en los que se identificaron dos pagos realizados por los servicios prestados en enero y febrero de 2017, y en ambos se hace referencia al contrato SCJN/DGRM/DABl-089/08/2015.

De igual forma, se observó que nueve equipos extreme networks fueron sustituidos por unos nuevos, estos últimos iniciaron operación el 13 de febrero de 2017 según acta de entrega recepción, por lo que se debió descontar la parte proporcional del costo de mantenimiento de dichos equipos, correspondiente a febrero de 2017, sin embargo, se pagó el mes completo por $232,214.47 (doscientos treinta y dos mil doscientos catorce pesos 47/100 M.N.).

Mediante oficio se enviaron a la DGTI los resultados preliminares de la presente evaluación, para que en caso de considerarlo conveniente remitiera las justificaciones y aclaraciones pertinentes. A través de oficio la DGTI respondió lo siguiente:

La Licitación Pública Nacional LPN!SCJN!DGRM-DABl/00212015 se realizó para contratar los servicios de mantenimiento preventivo,

correctivo y lógico para los equipos N7 y SB tal como se señala en el anexo técnico publicado en la siguiente liga: http:/1207.249.17.176/Transparencia!RM LPNDocs2015/Anexos-LPN-SCJN-DGRM-DABl-002-2015.pdf cuyos equipos se identifican en las pág. 55 y 56.

"En tanto que el procedimiento CIPISCJNIDGRM-DABl/008/2016 se llevó a cabo para atender los requerimientos de mantenimiento de

los equipos S1, 83 y S6, así como de los equipos C5, tal como se señala en el anexo técnico publicado en la siguiente liga:

http:/1207.249.17.176/Transparencía!RM CIPOocs2016/Anexos-CIP-SCJN-DGRM-DABl-008-2016.pdf cuyos equipos se identifican

en las pág. 36 a 47. •

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No obstante, de la revisión al �nexo uno de los contratos citados, se constató que en ambos anexos se describen equipos 81, 83, 86 y C5, así como NAC Gateway, entre otros, con las mismas características en cuanto modelo, cantidad y ubicación, como se muestra en el siguiente cuadro:

rmm:nrt1 ·�

NAC Gateway

S1

S6

DEMA-ME

DSIMBA7-SE

DNSA-GIG-TX

'

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' i. .,, 1••1 ,,1111J�111111:n:rf111�.

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..... .= ... � ,,,, ___ , ·-- '''--"• llf"-"'"tllt •'-'··••irt -Et 1uip0 ubicado en el Inmueble de Pino Suárez

1 1

7 7

6 6

1 1

1 1

1 1

Equioo ubicado en el Inmueble de 16 de Septiembre 38 y BOHvar 30

C5G124-48P2 16 16

C5K125-48P2 30 30

DNICF0-4PORT-TX 1 1

DNIPS-A1-G 1 1

DSIMBA7-SE 1 1

S1 2 2

S6 3 3

ST 1206-0848-F6 2 2

Equlp > ubicado en el inmueble de Av. Revolución 1508

C5G124-48P2 5 5

C5K125-48P2 7 7

NAC-A-20 1 1

S3 3 3

S6 1 1

E<lulpo ubicado en el Inmueble del CENDI

C5K125-48P2 2 2

S6 1 1

Equip0 ubicado en Hermosillo

S3 1 1

Eaulpo ubicado en el Centro Archivfstico Judicial

C5K125-48P2 2 2

S6 1 1

Fuente: Anexo 1 de los contratos SCJNIDGRMIDAB/-08910812015 y SCJN!DGRMIDAB/-00110112017

Es importante señalar que al 14 de junio de 2017, en el 81A no se refleja pago alguno por los servicios de mantenimiento del contrato 8CJN/DGRM/DABl-001/01/2017.

Por lo que se refiere al pago realizado en febrero de los equipos extreme networks, la DGTI manifestó lo siguiente:

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"En lo que respecta a los pagos realizados a la empresa Amyco, S.A. de C. V. correspondientes a los meses de enero y febrero de 2017, asociados al contrato SCJNIDGRMIDABl-08910812015 por concepto del mantenimiento preventivo, correctivo y lógico para los equipos modelo N7, es importante mencionar que para no afectar las actividades de los funcionarios del edificio Sede, se realizaron de manera paulatina los trabajos en distintas ventanas de mantenimiento que se llevaron a cabo durante los fines de semana de los meses citados. Esta actividad concluyó el 13 de febrero de 2017 con la entrada en operación de la nueva solución, tal y como se evidenció por ese OIC en el "Resultado 1. Informativo" de la Contraloría de la Suprema Corte de Justicia de la Nación."

"Por otra parte, debido a que en el edificio Sede laboran los usuarios jurídicos de la Suprema Corte, y a que toda solución de red requiere de un tiempo de estabilización y puesta a punto con tráfico real, los switches N7 se mantuvieron encendidos en los cuartos de comunicaciones para usarlos en caso de que se presentara algún inconveniente con los nuevos equipos (siendo nuevamente reconectados o rehabilitados en caso de fallas). Por lo que para minimizar los riesgos y garantizar la disponibilidad de la red se conservaron los servicios de mantenimiento para los N7, asociados al contrato SCJNIDGRMIDABl-08910812015, hasta finales del mes de febrero de 2017. n

"En toda implementación tecnológica, se cuenta con un periodo de estabilización a fin de garantizar que el servicio se vea ininterrumpido en soluciones nuevas, en este caso el periodo considerado fueron los días restantes del mes en que se concluyó Ja instalación.·

"De esta forma se tenía la seguridad de que tanto el hardware como el software de los equipos Extreme Networks modelo N7 contarían con el soporte de una empresa especializada que se encargaría de atender cualquier incidente relacionado con éstos en caso de ser necesario. n

La DGTI señala que los equipos se mantuvieron encendidos en los cuartos de comunicaciones para usarlos en caso de que se presentara algún inconveniente, no obstante, dicha acción no se encuentra contemplada en el plan de trabajo proporcionado por la DGTI mediante oficio DGTl/DAPl-96-2017, como una posible contingencia, así como tampoco en el plan de trabajo presentado por el prestador del servicio Amyco, S.A. de C. V., considerándose en este último el descableado y retiro de dichos equipos con un tiempo estimado de 3 horas y simultáneamente la instalación cableado y pruebas de operación de los equipos nuevos con un tiempo estimado de 57. 5 horas, así como el establecimiento de guardia para revisión de problemas, sin que se estableciera ninguna actividad de estabilización en ambos planes de trabajo.

Adicional a lo anterior, en la propuesta técnica del proveedor y el requerimiento técnico del concurso por invitación pública CIP/SCJN/DGRM-DABl/008/2016, mismos que forman parte integrante del contrato SCJN/DGRM/DABl-001/01/2017 como "Anexo 1", se estableció lo siguiente:

"Montaje. El prestador de servicios será responsable del montaje del nuevo hardware, en coordinación del personal de la Dirección General de Tecnologías de la Información. Asimismo, deberá desmontar, embalar y proteger el hardware existente mientras se realiza la instalación del nuevo. Esto también aplica para la desconexión y conexión de todos los cables de alimentación, UTP, FIBRAS ópticas y demás componentes y accesorios. n

En dicho anexo 1 del contrato citado se estableció que el mantenimiento para todos los equipos deberá incluir al menos soporte de 7x24x365, y para el caso correctivo de fallas se deberá especificar un tiempo máximo de 4 horas para restaurar la operación al 100% con un ingeniero en sitio y adscrito a la plantilla de personal del prestador de servicios, además de incluir refacciones en las instalaciones de la SCJN para reemplazo en caso de emergencia, por lo que la contingencia señalada por la DGTI se encontraba cubierta.

Por lo anterior, la DGTI no proporcionó evidencia documental que demuestre que no se duplica el servicio de mantenimiento y que se traten de equipos diferentes.

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Page 10: Oficio No. CSCJN/107/2017 - scjn.gob.mx · Oficio No. CSCJN/107/2017 Ciudad de México, 04 de julio de 2017. LIC. ENRIQUE GAMEROS HIDALGO MONROY DIRE CTOR GE NERAL DE TECNOLOGÍAS

Recomendaciones Correctivas

4.1 Que el Director General de Tecnologías de la Información instruya a quien corresponda, a efecto de que en las contrataciones de servicios de mantenimiento, se verifique que los equipos que recibirán dichos servicios, no se encuentren incluidos en otro contrato, a fin de evitar duplicidad en el pago.

4.2 La Dirección General de Tecnologías de la Información en coordinación con la Dirección General de Recursos Materiales tramite la recuperación de los montos pagados en exceso realizados a la empresa Amyco, S.A. de C.V.

IV. CONCLUSIÓN.

La revisión se practicó con base en la información proporcionada por la unidad auditada, atendiendo a los ordenamientos legales, las disposiciones normativas aplicables a la naturaleza de las operaciones revisadas y a la normativa institucional. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión.

Se observó que se realizaron contrata�iones para la "Renovación de Ja infraestructura de la Red Inalámbrica" y "Ampliación de Ja Red LAN en el Edificio Sede", sin haberse contemplado en el Programa Anual de Necesidades.

Se observó que el precio estimado utilizado en la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DABl/018/2016, para la renovación de la infraestructura de la red inalámbrica y la ampliación de la red LAN en el Edificio Sede, se determinó sobre bienes obsoletos distintos a los solicitados, lo que provocó que no fuera comparable con los precios propuestos por los licitantes, ya que éstos superaron en más del 20% al precio estimado, declarándose desierta la partida.

Se contrataron servicios de mantenimiento para un mismo tipo de equipos e igual período.

Se observó que se pagó servicio de mantenimiento a equipos que ya no se encontraban en operA'iiíJHDICIAL IE LA FEDERACION

SUPlllA CllTE tE JUSTICIA IE lA llACIÓI

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Lic. Manuel íaz Infante Gómez Director G eral de Auditoría

JCDOM/MDIG/JMMC

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Lic. José Manuel Martíne s Director de Evaluación del Desempeño

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