Normas para el concurso público de acceso a

34
NORMAS PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014 MG. MARUJA ESPINOZA CIENFUEGOS

description

Normas para el Concurso Público de acceso a cargos de Director y Subdirector en Instituciones Educativas Públicas 2014.

Transcript of Normas para el concurso público de acceso a

Page 1: Normas para el concurso público de acceso a

NORMAS PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ACCESO A CARGOS DE DIRECTOR Y SUBDIRECTOR DE INSTITUCIONES

EDUCATIVAS PÚBLICAS 2014

M G . M A R U J A E S P I N O Z A C I E N F U E G O S

Page 2: Normas para el concurso público de acceso a

FINALIDAD

Garantizar el acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva, en el marco de lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 2

Page 3: Normas para el concurso público de acceso a

OBJETIVOS

• Establecer disposiciones para la organización, implementación y ejecución del concurso de acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva.

• Cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales, presupuestales y administrativas relacionadas al acceso a cargos directivos en instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva.

• Designar profesores en cargos directivos por un periodo de tres (3) años.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 3

Page 4: Normas para el concurso público de acceso a

CARGOS DIRECTIVOS PUESTOS A CONCURSO• Las plazas en concurso corresponden a cargos directivos de

instituciones educativas públicas de gestión directa y de gestión privada por convenio, de Educación Básica y Educación Técnico Productiva que se encuentran vacantes; asimismo, se incluyen aquellas plazas declaradas vacantes en el procedimiento excepcional de evaluación previsto en la Décimo Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento. Todas las plazas en concurso cuentan con financiamiento y código de plaza generado en el Sistema de Administración y Control NEXUS.

• No forman parte del presente concurso las plazas directivas de los colegios militares ni de las instituciones educativas fiscalizadas.

• En el marco de lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento, no son objeto de concurso las plazas de las IIEE unidocentes.

• La relación consolidada de plazas directivas puestas a concurso será publicada en el portal institucional del MINEDU y difundida por los Gobiernos Regionales, las DRE y UGEL, a través de sus portales institucionales y otros medios de comunicación masiva a su alcance.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 4

Page 5: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 5

CRONO

GRA

MA

DEL

CONCU

RSO

Page 6: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 6

Page 7: Normas para el concurso público de acceso a

REQUISITOS DE LOS POSTULANTES

• Pueden participar en el concurso los profesores ubicados entre la cuarta y sexta escala de la Carrera Pública Magisterial de la LRM.

• Excepcionalmente y por única vez, en aplicación de la Quinta disposición Complementaria, Transitoria y Final de la LRM, pueden participar además profesores comprendidos:

a) Como mínimo en la Segunda Escala Magisterial de la LRM, provenientes de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios en la carrera.

b) En la Primera Escala Magisterial de la LRM, provenientes del segundo nivel de la Ley del Profesorado, que acrediten al menos 11 años de servicios en la carrera y hayan asumido encargatura de dirección por un periodo no menor de un (01) año lectivo dentro del tiempo mínimo de servicios requeridos.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 7

Page 8: Normas para el concurso público de acceso a

• Contar con formación especializada de un mínimo de doscientas (200) horas, realizada dentro de los últimos cinco (05) años, o con estudios de segunda especialidad o de posgrado, que estén directamente relacionados con la gestión institucional, pedagógica y/o administrativa de las IIEE.

• No registrar sanciones ni limitaciones para el ejercicio de la profesión docente en el Escalafón.

• No registrar antecedentes penales ni judiciales al momento de postular.

• No haber sido condenado por los delitos consignados en la Ley Nº 29988.

• No haber sido condenado por delito doloso o estar suspendido o inhabilitado judicialmente.

• Para el caso de las IIEE EIB el postulante debe acreditar necesariamente el dominio oral de la lengua originaria correspondiente, conforme al procedimiento establecido en el Anexo N° 3.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 8

Page 9: Normas para el concurso público de acceso a

ACREDITACIÓN DE REQUISITOS

Los profesores postulantes deben cumplir con todos los requisitos señalados al momento de su inscripción.

Los postulantes que superan la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo, deberán presentar conjuntamente con la documentación que acredita su trayectoria profesional, los siguientes documentos:

a) Copia de la Documentación que acredite que el profesor cuenta con formación especializada de un mínimo de doscientas (200) horas, realizada dentro de los últimos cinco (05) años, o con estudios de segunda especialidad o de posgrado, que estén directamente relacionados con la gestión institucional, pedagógica, y/o administrativa de una IIEE. C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 9

Page 10: Normas para el concurso público de acceso a

b) Declaración Jurada indicando que cumple con los requisitos establecidos en los numerales 5.5.5, 5.5.6 y 5.5.7 de la presente norma técnica, según formato presentado en el Anexo N° 4. (Ver documento)

c) Informe Escalafonario, emitido el presente año, que contenga como mínimo la siguiente información:

Apellido Paterno

Apellido Materno

Nombre

Código modular del profesor

Documento Nacional de Identidad

Cargo en el que se encuentra nombrado actualmente

Modalidad/forma, nivel/ciclo de su resolución de nombramiento de origen.

Modalidad/forma, nivel/ciclo en la que se encuentra nombrado actualmente.

Nombre, código modular de la Institución Educativa, jurisdicción y ámbito donde se encuentra nombrado actualmente.

Escala magisterial actual según la Ley Nº 29944C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 10

Page 11: Normas para el concurso público de acceso a

• Título pedagógico y denominación

• Régimen laboral de procedencia

• Licencias sin goce de remuneraciones, si se encuentra o no haciendo uso, en caso de existir licencia sin goce precisar el motivo y vigencia.

• Tiempo de servicios según lo señalado en el numeral 7.3 de la presente norma técnica.

• Deméritos, considerar si los hubiera:

- Si ha sido condenado por delitos consignados en la Ley Nº 29988.

- Si ha sido condenado por delito doloso o se encuentra suspendido o inhabilitado judicialmente.

- Si se encuentra inhabilitado o con cese temporal.

- Si registra antecedentes penales o judiciales.

• Post firma y firma del responsable que elaboró el informe escalafonario y del Coordinador del Equipo de Escalafón.

• Lugar y fecha de expedición del informe Escalafonario.

• Para el cumplimiento del presente requisito, el postulante podrá presentar a la UGEL

los documentos que posea para la respectiva validación e inclusión en el informe escalafonario. C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 11

Page 12: Normas para el concurso público de acceso a

• En caso los profesores no cumplan con presentar la documentación descrita en el numeral anterior o sea insuficiente, el Comité de Evaluación procederá a retirar al postulante del concurso.

• Para efectos del concurso, el requisito establecido en el numeral 5.5.4 de la presente norma técnica debe ser verificado considerando lo siguiente:

a) Los profesores sancionados con amonestación escrita o suspensión en el cargo

hasta por treinta (30) días, podrán inscribirse en el concurso, siempre que haya

transcurrido un (01) año desde que se cumplió la sanción aplicada hasta la fecha

de emisión de la presente norma.

b) Los profesores sancionados con cese temporal en el cargo sin goce de

remuneraciones desde treinta y un (31) días hasta doce (12) meses, podrán

inscribirse en el concurso, siempre que hayan transcurrido dos (02) años desde

que se cumplió la sanción hasta la fecha de emisión de la presente norma.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 12

Page 13: Normas para el concurso público de acceso a

RETIRO DEL CONCURSO DE LOS POSTULANTESSe considera retirado del concurso al postulante que no asista a rendir los instrumentos de evaluación y/o a los actos de adjudicación establecidos en la presente norma en las fechas definidas por el MINEDU.

En cualquier estado del concurso, tanto el MINEDU como el Comité de Evaluación pueden retirar a los postulantes que no respeten las disposiciones e instrucciones dispuestas en la LRM, su Reglamento, la presente norma o las que se impartan en los centros de evaluación para el normal desarrollo del concurso.C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 13

Page 14: Normas para el concurso público de acceso a

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES

Los resultados obtenidos por los postulantes en cada etapa serán publicados por el Comité de Evaluación de cada UGEL según los mecanismos establecidos por el MINEDU. En base al puntaje total alcanzado se establecerá el orden de mérito que le corresponde a cada postulante en la UGEL y modalidad y nivel a los que se presentó. El referido puntaje es determinado considerando los siguientes coeficientes de ponderación:

Instrumento Puntaje Máximo

Coeficiente de

Ponderación

Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo 100 30%

Prueba de Solución de Casos Cerrados 100 50%

Calificación de Trayectoria Profesional 100 20%

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 14

Page 15: Normas para el concurso público de acceso a

El docente postulante con discapacidad será bonificado con el 15% adicional aplicado sobre el puntaje final alcanzado, de acuerdo a la Ley Nº 29973 - Ley General de la Persona con Discapacidad; con cargo a la debida acreditación según se establece en el numeral 6.3.8 de la presente norma técnica.

El docente postulante que acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas, reciben una bonificación del 10% sobre el puntaje final alcanzado, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 29248 – Ley del Servicio Militar; con cargo a la acreditación según se establece en el numeral 6.3.9 de la presente norma técnica.

En el supuesto que dos (2) o más postulantes empaten, el orden de mérito se establece considerado los siguientes criterios en orden de prelación:

a) Mayor puntaje en la Prueba de Solución de Casos Cerrados.b) Mayor puntaje en la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo.c) Mayor puntaje en el rubro de Formación Académica del Registro de Trayectoria Profesional.d) Mayor puntaje en el rubro de Experiencia Profesional del Registro de Trayectoria Profesional.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 15

Page 16: Normas para el concurso público de acceso a

• Los postulantes pueden acceder al detalle de sus puntajes personales obtenidos en cada etapa de evaluación a través del portal institucional del MINEDU, registrando su número de DNI o Carné de Extranjería y su clave personal. Solo se hacen públicos los puntajes de los postulantes que superaron el puntaje de corte de la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo; así como el orden de prelación correspondiente.

• Los reclamos sobre la calificación y verificación del Registro de Trayectoria Profesional y de los requisitos del postulante, así como la Evaluación para la Certificación de Dominio Oral de la Lengua Originaria deben ser presentados en mesa de partes de la UGEL, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de publicados los resultados finales del concurso, y resueltos por el Comité de Evaluación en un plazo máximo de diez (10) días hábiles de presentado.

• Concluido el plazo para resolver los reclamos, el Comité de Evaluación de cada UGEL publica la relación definitiva de profesores que superaron la evaluación. Dicha información deberá ser puesta en conocimiento del MINEDU en un plazo de tres (03) días hábiles de efectuada dicha publicación, y difundida por los Gobiernos Regionales y sus DRE y UGEL, a través de sus portales institucionales y otros medios de comunicación masiva a su alcance.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 16

Page 17: Normas para el concurso público de acceso a

ANEXO N° 1. PRUEBAS DEL CONCURSO DE ACCESO A CARGOS DIRECTIVOS - 2014.

El concurso considera tres instrumentos de evaluación: dos pruebas y un instrumento de Registro de la Trayectoria Profesional del postulante (presentado en el Anexo N° 2). Además, para aquellos postulantes interesados en ocupar cargos directivos en IIEE EIB se requiere acreditar el dominio oral de la lengua originaria (según lo establecido en el Anexo N°3).

El presente anexo describe las dos pruebas contempladas en el modelo de evaluación y explica la forma de aplicación de las mismas. Las pruebas consideradas para el concurso son:

- Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo

- Prueba de Solución de Casos Cerrados

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 17

Page 18: Normas para el concurso público de acceso a

1. ASPECTOS GENERALES

La aplicación de las dos pruebas se llevará a cabo en un mismo día en los centros de evaluación del concurso. Estos centros se ubicarán en sedes descentralizadas en todas las regiones del país y contarán con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la transparencia y estandarización del proceso. El siguiente cuadro muestra los pesos de las dos pruebas en el cálculo del puntaje final y los tiempos estimados de desarrollo de cada una:

PruebaPuntaj

e Máxim

o

Porcentaje del Total del puntaje

del Postulante

Tiempo estimado de respuesta

Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo

100 30%1 hora 30 minutos

Prueba de Solución de Casos Cerrados 100 50%

1 hora 30 minutos

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 18

Page 19: Normas para el concurso público de acceso a

El tercer instrumento, Registro de la Trayectoria Profesional, tendrá un peso de 20% del total del puntaje del postulante (ver Anexo N° 2). Por otro lado, si bien el tiempo estimado de respuesta a las pruebas es de tres (03) horas, el postulante dispondrá de treinta (30) minutos de tiempo extra. El postulante podrá administrar el total de tiempo ofrecido para responder las pruebas (3 horas con 30 minutos) según lo estime conveniente.

En la aplicación, el postulante recibirá las pruebas en formato impreso y deberá colocar sus respuestas en una Ficha de Respuesta que le será entregada para tal efecto.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 19

Page 20: Normas para el concurso público de acceso a

2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA PRUEBA DE COMPRENSIÓN DE TEXTOS FUNCIONALES AL EJERCICIO DIRECTIVO (PCT)

• La PCT evalúa la habilidad de comprensión de textos vinculados con el quehacer directivo. Los textos seleccionados para esta prueba pretenden ser representativos de aquellas fuentes escritas que necesita leer un directivo para desarrollarse con idoneidad en su trabajo. La prueba demanda interpretar, analizar e integrar información contenida en los textos.

• La PCT consta de cinco (05) textos y un total de veinticinco (25) preguntas asociadas a ellos. Las preguntas tienen el formato de opción múltiple: constan de un enunciado y cuatro alternativas de respuesta, de las cuales solo una es correcta. Se evalúan tanto la dimensión literal como la inferencial de la comprensión de textos.

• La PCT tiene un puntaje máximo de cien (100) puntos, de forma que cada pregunta respondida correctamente otorga al postulante cuatro (04) puntos. El puntaje mínimo requerido para calificar a la segunda etapa del concurso es sesenta (60) puntos.

• La calificación de respuestas de la PCT se realiza a partir de la lectura de las fichas ópticas llenadas por los propios postulantes durante la aplicación de la prueba. Dicha calificación constituye un procedimiento automático, informatizado y anónimo.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 20

Page 21: Normas para el concurso público de acceso a

3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LA PRUEBA DE SOLUCIÓN DE CASOS CERRADOS (PSC)

• La PSC evalúa la capacidad del postulante para comprender y dar respuesta a situaciones propias de la gestión escolar. El directivo de una institución educativa debe ser capaz de liderar la gestión de la escuela y de los procesos pedagógicos, favorecer el buen clima escolar, gestionar de manera eficiente los recursos institucionales y tomar decisiones pertinentes a partir del conocimiento de enfoques pedagógicos actuales aplicados al contexto y características de la institución educativa que lidera.

• La PSC evalúa capacidades del directivo asociadas a los dos dominios del Marco del Buen Desempeño Directivo (MBDD), en las cuatro (04) competencias que se presentan a continuación: C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 21

Page 22: Normas para el concurso público de acceso a

Dominio1: Gestión de las condiciones para la mejora de los aprendizajes

Competencia 1 del MBDD:Conduce de manera participativa la planificación institucional a partir del conocimiento de los procesos pedagógicos, el clima escolar, las características de los estudiantes y su entorno; orientándolas hacia el logro de metas de aprendizaje.

Competencia 2 del MBDD:Promueve y sostiene la participación democrática de los diversos actores de la institución educativa y la comunidad a favor de los aprendizajes; así como un clima escolar basado en el respeto, el estímulo, la colaboración mutua y el reconocimiento de la diversidad.

Competencia 3 del MBDD:Favorece las condiciones operativas que aseguren aprendizajes de calidad en todas y todos los estudiantes gestionando con equidad y eficiencia los recursos humanos, materiales, de tiempo y financieros; así como previniendo riesgos.

Dominio 2: Orientación de los procesos pedagógicos para la mejora de los aprendizajes

Competencia 6 del MBDD:Gestiona la calidad de los procesos pedagógicos al interior de su institución educativa, a través del acompañamiento sistemático y la reflexión conjunta, con el fin de alcanzar las metas de aprendizaje.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 22

Page 23: Normas para el concurso público de acceso a

• La prueba consta de un total de cuarenta (40) ítems, tiene un puntaje máximo de cien (100) puntos y un puntaje mínimo de cero (0) puntos. Cada pregunta respondida correctamente otorga al postulante dos y medio (2.5) puntos.

• Las preguntas tienen el formato de opción múltiple: constan de un enunciado y cuatro alternativas de respuesta, de las cuales solo una es correcta. Cada pregunta demanda interpretar la descripción de una situación propuesta cuya solución requiere poner en uso las habilidades y conocimientos y no la simple evocación de conceptos o definiciones descontextualizadas.

• La calificación de respuestas de la PSC se realiza a partir de la lectura de las fichas

• ópticas llenadas por los propios postulantes durante la aplicación de la prueba. Dicha calificación constituye un procedimiento automático, informatizado y anónimo.C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 23

Page 24: Normas para el concurso público de acceso a

ANEXO N° 2. MATRIZ DE VALORACIÓN DE LA TRAYECTORIA PROFESIONAL

1. ASPECTOS GENERALES

Como parte de la evaluación, el postulante completará el Registro de Trayectoria Profesional, cuyo peso constituye el 20% del puntaje total. La Trayectoria Profesional NO considera un puntaje mínimo necesario que deba alcanzar el postulante. Se califica a través de una matriz con criterios objetivos establecidos en tres rubros:

• Formación Académica y Profesional: Valora los estudios realizados para la inserción y actualización laboral.

• Méritos: Valora las acciones que dan valor agregado en el ejercicio profesional.

• Experiencia Profesional: Valora la experiencia laboral relevante al cargo en concurso.

El instrumento tiene una valoración máxima de cien (100) puntos distribuidos del siguiente modo:

RUBROPuntaje

máximo por rubro

Formación Académica y Profesional

50 puntos

Méritos 20 puntos

Experiencia Profesional 30 puntos

TOTAL 100 puntos

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 24

Page 25: Normas para el concurso público de acceso a

El postulante deberá completar la información sobre su Trayectoria Profesional en el formato proporcionado por el MINEDU, de acuerdo a las pautas que serán comunicadas oportunamente a los inscritos. La información registrada en el formato tiene valor de declaración jurada.

Aquellos postulantes que superen la Prueba de Comprensión de Textos Funcionales al Ejercicio Directivo (PCT) deberán entregar, en mesa de partes de la UGEL a la que postulan, la documentación de sustento de la información declarada en el formato, dentro del plazo establecido según el cronograma. La documentación se presentará en una carpeta que contenga copia de los documentos correspondientes a los requisitos de inscripción y a la Trayectoria Profesional declarada, debidamente foliados.

El Comité de Evaluación verificará la documentación y calificará la Trayectoria Profesional de los postulantes clasificados, empleando los medios de Verificación señalados por el MINEDU.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 25

Page 26: Normas para el concurso público de acceso a

2. INDICACIONES PARA EL USO DE LA MATRIZ DE VALORACIÓN

Para obtener los puntajes de los postulantes se debe proceder en tres pasos sucesivos:

• Calificación de cada criterio: Se multiplica el puntaje asignado a cada criterio por el número de evidencias presentadas. En todos los criterios se señala el número de evidencias que se deben considerar como máximo. Por ejemplo, si el criterio establece que pueden presentarse hasta dos (2) evidencias de tres (3) puntos cada una, entonces el puntaje máximo posible en el criterio será seis (2x3=6).

• Calificación de cada rubro: Se suman los puntajes obtenidos en los criterios que pertenecen al rubro. El puntaje parcial no debe exceder al puntaje máximo que se ha definido para el rubro.

• Calificación final: El puntaje total se obtiene sumando los puntajes de los tres rubros.

Es importante considerar que el postulante NO puede utilizar una misma evidencia para acreditar más de un criterio.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 26

Page 27: Normas para el concurso público de acceso a

2.1. Indicaciones para el rubro 1: Formación Académica y Profesional

• El registro del título o grado excluye el registro de estudios concluidos en los criterios correspondientes.

• Los grados académicos, las segundas especializaciones, y los títulos profesionales, son válidos sin importar su antigüedad.

2.2. Indicaciones para el rubro 2: Méritos

• Los libros para asignar puntaje deben contar con el número de depósito legal de la Biblioteca Nacional, el número de registro de INDECOPI, o el número ISBN1

• Los reconocimientos y distinciones deben registrarse con el número de resolución de la instancia de gestión educativa) descentralizada (DRE o UGEL que los haya emitido.

2.3. Indicaciones para el rubro 3: Experiencia Profesional

• Todas las experiencias profesionales deben ser por lo menos de un año y haber sido ejercidas con anterioridad al 31 de diciembre de 2013.

• En el caso de experiencia como directivo de institución educativa se entiende como año lectivo el periodo de marzo a diciembre.

• Para contabilizar los años de experiencia del cargo de director o de subdirector se consideran tanto las resoluciones de encargatura como las de designación.

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 27

Page 28: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 28

Page 29: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 29

Page 30: Normas para el concurso público de acceso a

ANEXO Nº 3. PROTOCOLO PARA LA EVALUACIÓN DEL DOMINIO ORAL DE LA LENGUA ORIGINARIA

1. ASPECTOS GENERALES

El presente anexo establece las orientaciones para la evaluación del nivel de dominio oral de la lengua originaria de los postulantes a cargos directivos en instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico Productiva en Educación Intercultural Bilingüe (IIEE EIB) reconocidas en el marco de la Resolución Ministerial N° 630-2013-ED.

Aquellos postulantes que cuenten con la acreditación del dominio de la lengua otorgada por la Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe y Rural (DIGEIBIR) del MINEDU no requerirán ser evaluados para poder acceder a cargos directivos en IIEE EIB.

Se considera IIEE EIB a aquellas que se encuentran reconocidas en el Registro Nacional de Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe.

2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL DOMINIO ORAL DE LA LENGUA ORIGINARIA

Para la evaluación del dominio oral de lengua originaria de los postulantes a cargos directivos en IIEE EIB, se han establecido los criterios siguientes:

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 30

Page 31: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 31

Page 32: Normas para el concurso público de acceso a

Para aprobar la evaluación se requiere que el profesor logre, como mínimo, un puntaje total de doce (12) sobre veinte (20). Cada indicador tiene una sola valoración (2 puntos por indicador logrado).

Después de aplicada esta evaluación, el Comité de Evaluación otorga la respectiva constancia debiendo consignar los nombres, apellidos, DNI y firma de cada uno de sus miembros.

En cada UGEL existe un comité a cargo del proceso de inscripción, evaluación y registro de docentes bilingües, conformado por el director de gestión pedagógica, el especialista EIB y el especialista en estadística de la UGEL respectiva. Dicho comité se encargará de brindar asesoría, apoyo o colaboración al Comité de Evaluación del concurso, con la finalidad de agilizar el proceso de evaluación del dominio de lengua a los postulantes. La DIGEIBIR monitorea y asesora dicha evaluación.

3. EVALUACIÓN DEL DOMINIO ORAL DE LA LENGUA ORIGINARIA

a) Preparar las condiciones para evaluar el dominio oral de la lengua originaria. El entrevistador debe garantizar condiciones apropiadas para el desarrollo de esta evaluación:

- Un espacio adecuado, confortable, sin ruidos ni interferencias.

- Crear un ambiente de confianza con el entrevistado.

a) Dar a conocer brevemente el objetivo y tiempo de la evaluación, se sugiere cinco

b) (5) minutos como máximo.

c) c) Iniciar las preguntas, garantizando que esta sea comprendida por el

d) participante. Si es necesario puede repetir la pregunta.

e) d) Tomar en cuenta los indicadores establecidos en toda la

f) conversación/entrevista al entrevistadoC O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E

D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 32

Page 33: Normas para el concurso público de acceso a

• e) Durante la conversación/entrevista, el responsable de la evaluación de dominio de la lengua originaria, procederá a llenar la Ficha de Evaluación sin distraer al entrevistado.

• f) Al finalizar la conversación/entrevista, cada miembro del jurado, verifica los resultados de la evaluación y procede a firmar, consignando los nombres y apellidos de los evaluadores; así como la fecha de realización de la evaluación.

4. MODELO DE PROTOCOLO DE APLICACIÓN

Pauta sugerida para la entrevista (adaptar a la lengua originaria respectiva y al caso específico de cada entrevistado). Detalla lo que el entrevistador debe hacer:

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 33

Page 34: Normas para el concurso público de acceso a

C O N C U R S O P Ú B L I C O D E A C C E S O A C A R G O S D E D I R E C T O R Y S U B D I R E C T O R D E I I E E P Ú B L I C A S 2 0 1 4 34