MOVILIZACION
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AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU
INTRODUCCION
La Defensa Nacional es el conjunto de previsiones decisiones y acciones que
el Estado adopta para garantizar su propia existencia, y al mismo tiempo
proteger el desarrollo del país.
Las acciones que forman parte de éste que hacer se llevan a cabo no solo en
el propio territorio (referente al orden social, político y económico establecido),
sino también fuera de él en lo concerniente a su relación con los demás países
que coexisten en el ámbito internacional. También enfrenta las dificultades que
surgen como producto de los desastres, calamidades y otros fenómenos
naturales.
La Movilización, como parte del Planeamiento Estratégico de la Defensa
Nacional, permite a los organismos que la conforman, incrementar su
capacidad operativa, para afrontar situaciones que atenten contra la Seguridad
Nacional, y, concluida la emergencia, reorientar y transferir en forma gradual
los recursos y medios movilizados para la vuelta a la normalidad del país.
“Ubicada la Movilización, como una actividad de la Defensa Nacional, y esta
como la acción permanente del Estado para garantizar la Seguridad Nacional,
permite a este atender de manera exclusiva a las amenazas tradicionales
como la Guerra, y hacer frente además a las nuevas amenazas, las nuevas
amenazas como el terrorismo, los desastres, el narcotráfico, la delincuencia
común y organizada, entre otras, que ponen en riesgo la Seguridad Nacional,
obligan a hacerles frente con Instrumento que dispone el estado para tal fin. El
presente trabajo tiene por finalidad dar a conocer los alcances y objetivos que
la ley 28101 tiene, en salvaguarda de la seguridad y defensa del estado.
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AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU
LA MOVILIZACION NACIONAL
La movilización nacional es el conjunto de operaciones que permiten pasar de la organización de paz a una organización funcional adecuada a la emergencia que se deba enfrentar, sea esta de inminente amenaza de invasión exterior, conflicto internacional, conmoción interior, catástrofes u otras emergencias
NATURALEZA Y CONTENIDO
Objeto de la ley
La presente Ley tiene por objeto precisar los derechos, deberes del Estado, de las personas naturales y jurídicas frente a situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres, que requiere de su participación así como de la utilización delos recursos, bienes y servicios disponibles.
La movilización es el conjunto de actividades y medidas destinadas a poner una parte o la totalidad del potencial humano material e industrial del país, en situación de enfrentar adecuadamente un conflicto.
Alcance de la Ley de Movilización
Están comprendidos en los alcances de la presente Ley, los organismos
componentes del Sistema de Defensa Nacional, las personas naturales y
jurídicas, nacionales residentes en el país o en el extranjero y extranjeros
residentes en el país, así como los bienes y servicios que se requieran, con las
excepciones consideradas en las leyes y los tratados ratificados por el Perú, en
concordancia a las normas constitucionales vigentes.
Finalidad
Disponer y asignar oportunamente los recursos necesarios para afrontar
situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten
contra la seguridad, cuando éstos superen las previsiones de personal, bienes
y servicios así como las posibilidades económicas y financieras.
La movilización
La movilización es un proceso permanente e integral planeado y dirigido por el
gobierno, consiste en adecuar el poder y potencial nacional a los
requerimientos dela Defensa Nacional, a fin de disponer y asignar
oportunamente los recursos necesarios para afrontar situaciones de
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emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten contra la
seguridad, cuando éstos superen las previsiones de personal, bienes y
servicios así como las posibilidades económicas y financieras.
1) En caso de conflicto
a) Para situaciones de emergencia ocasionadas por conflicto y cuando los requerimientos necesarios para afrontarlos sobrepasan la capacidad de la región, las Fuerzas Armadas, mediante la Movilización, alcanzaran el nivel óptimo que permita afrontar con éxito el conflicto.
b) Bajo la conducción del MINDEF a través del CCFFAA, el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales sin desatender las necesidades de la población, apoyarán en forma oportuna y sostenida a los elementos directamente comprendidos en el esfuerzo del conflicto, poniendo a su disposición los recursos humanos y materiales previamente seleccionados y organizados para tal fin.,
c) La población como persona natural o jurídica participará activamente incorporándose o proporcionando apoyo a los elementos directamente comprometidos en el esfuerzo del conflicto, entendiéndose como personas naturales y jurídicas lo contemplado en el Artículo
2) En caso de desastre
a) Cuando los requerimientos necesarios para afrontarlas situaciones de emergencia ocasionadas por desastres o calamidades de toda índole sobrepasa fa capacidad de la región para enfrentarlos, y se requiera incrementar el esfuerzo que la emergencia demande, el
SIREDECI, mediante la Movilización, alcanzará el nivel óptimo que permita afrontar con éxito el desastre.
b) Bajo la conducción del SIREDECI, los Sectores, Organismos Públicos y Privados, Gobiernos Locales, mediante la Movilización, alcanzarán el nivel y organización óptimo para asi afrontar eficaz y eficientemente en cualquier momento los desastres hasta minimizar sus efectos.
c) Los Sectores, Organismos Públicos y Gobiernos Locales, sin desatender las necesidades de la población afectada, apoyarán en forma oportuna y sostenida a los elementos directamente comprendidos en la atención y ayuda humanitaria para los Damnificados y/o Afectados.
d) La población de la región con sus medios participará organizadamente en las tareas de Defensa Civil, para reducir o neutralizar los efectos que pudieran derivarse de los desastres.
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AÑO DE LA CONSOLIDACION DEL MAR DE GRAU
CARACTERÍSTICAS DE LA MOVILIZACIÓN NACIONAL
a. Permanente.- Su concepción, planeamiento y preparación son constantes;
desde el tiempo de paz y aun durante la situación de emergencia y con
posterioridad a ella se desarrolla en todos los momentos de la actividad y la
vida de la nación.
b. Integral.- Comprende a todos los campos de actividad de la Defensa
Nacional, y reúne a todos los recursos susceptibles de ser movilizados.
c. Preventiva.- Se anticipa adoptando previsiones para hacer frente a los
conflictos y desastres.
d. Oportuna.- Permite obtener los recursos en los plazos previstos y aplicarlos
en el debido tiempo y lugar.
e. Direccional.- Se orienta a cubrir necesidades específicas que se presentan
en las situaciones de conflicto o desastres.
f. Racional.- Asigna los recursos a los requerimientos de la Defensa Nacional
compatibilizándolos con los del Desarrollo Nacional en forma lógica.
g. Flexible.- Se adecua a los cambios y a la naturaleza de las situaciones
producidas por los conflictos o desastres.
Clases de movilizaciónLa movilización puede ser de dos clases, de las cuales son las siguientes:
- Movilización total
La movilización total es aquella que afecta a todo el territorio y a las actividades
de la nación.
- Movilización parcial
La movilización parcial afecta sólo a parte del territorio y de las actividades de
la nación.
Etapas de la movilización La movilización se desarrolla en dos etapas claramente diferenciadas, pero
ligadas estrechamente:
la movilización propiamente dicha
la desmovilización: La desmovilización es la actividad que tiene por
objeto restituir ordenada y gradualmente al país, de su estado de guerra
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o de emergencia a sus actividades normales de tiempo de paz. La
desmovilización tendrá lugar en los siguientes casos:
a. Concluido el estado de guerra
b. Concluida la situación de emergencia que motivo la movilización.
El presidente de la república, mediante decreto ejecutivo, dispondrá la
desmovilización, que tendrá el carácter de total, parcial, pública o discreta.
Son responsables de la desmovilización los organismos encargados de la
movilización, quienes ejercerán las mismas atribuciones y facultades, en lo que
fue aplicable.
PROCESO DE LA MOVILIZACIÓN Y DESMOVILIZACIÓNDEL PROCESO DE LA MOVILIZACIÓN
Artículo 6.- Proceso de la Movilización El proceso de movilización comprende
las fases del planeamiento, preparación y ejecución. Las fases del
planeamiento y preparación son permanentes y concurrentes; y la ejecución es
dispuesta por el Gobierno mediante Decreto Supremo.
Artículo 7.- Planeamiento de la Movilización El planeamiento de la movilización
propiamente dicha, es permanente e integral, y forma parte del planeamiento
estratégico de la Defensa Nacional. Es un proceso permanente de estudio e
investigación, por el cual se conciben y deciden las acciones para obtener,
adquirir, preparar y asignar los recursos necesarios para movilizar, con miras
de lograr el poder nacional requerido, a fin de hacer frente con éxito a las
emergencias previstas en las respectivas hipótesis.
Artículo 8.- Preparación de la Movilización La preparación de la movilización es
el conjunto de actividades que se realizan en forma permanente en estado de
normalidad, a fin de permitir la adopción de medidas y previsiones respectivas.
Es un conjunto de acciones que se realizan desde la situación de paz, para
obtener y disponer los recursos necesarios por los planes de movilización.
Artículo 9.- Ejecución de la Movilización La ejecución de la movilización
comprende todas las actividades que se realizan para materializar las medidas
previstas en las etapas de Planeamiento y Preparación, incorporando a los
órganos y medios responsables de la Defensa Nacional los recursos
disponibles del Poder Nacional. La ejecución de la Movilización será decretada
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por el Presidente de la República en su calidad de Presidente del Consejo de
Defensa Nacional.
DEL PROCESO DE DESMOVILIZACIÓNArtículo 10º.- La desmovilización es el proceso integral, progresivo, planeado y
dirigido por el Gobierno, que consiste en readecuar el Potencial y Poder
Nacionales a las necesidades del país para recuperar la situación de
normalidad, una vez cesados o reducidos en su intensidad los motivos que
determinaron la ejecución de la movilización.
Artículo 11°.- Proceso de Desmovilización
La desmovilización comprende el planeamiento, la preparación y la ejecución.
El planeamiento se inicia cuando se visualiza o prevé la superación de la
emergencia que dio origen a la movilización. La preparación es el conjunto de
acciones que se realizan con la finalidad de hacer viable la ejecución de la
desmovilización en las mejores condiciones posibles.
La Ejecución es la realización de las acciones que propiamente llevan a cabo la
desmovilización y que han sido previstas por el planeamiento.
Los organismos que garantizan la desmovilización, son los mismos que
realizan la movilización, siendo similares sus funciones y responsabilidades.
RECURSOS DE LA MOVILIZACIÓN NACIONALLos recursos de la Movilización Nacional están constituidos por los recursos
humanos y materiales, en estos últimos se encuentran los recursos naturales
renovables y no renovables, así como los recursos económicos, empresas
públicas y privadas existentes en el país y fuera de él, cuando legalmente sea
pertinente disponer de ellos.
De la misma manera, los servicios públicos esenciales y no esenciales, sean
de propiedad pública o privada, estarán destinados a satisfacer las
necesidades de la Movilización Nacional.
DE LOS BIENES Y SERVICIOSArtículo 23°.- Bienes y Servicios a movilizar
Constituyen bienes y servicios a movilizar:
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1. Los recursos naturales renovables y no renovables;
2. Los bienes muebles e inmuebles;
3. Los recursos económicos y financieros;
4. Los servicios públicos esenciales y no esenciales que sean prestados por
entidades de derecho público o privado.
Artículo 24°.- Captación de bienes y servicios
MODALIDADES DE CAPTACIÓN DE BIENES Y SERVICIOSPara la captación de bienes y servicios, tanto en los casos de conflicto como en
los de desastre, se nombrarán las autoridades competentes, mediante norma
expresa.
Se establecerán procedimientos de control en todos los niveles de captación de
bienes y servicios para los fines de la Movilización; debiendo esto ser
supervisado por el máximo organismo de control gubernamental.
La captación de los bienes y servicios para fines de Movilización en la fase de
ejecución, se realiza mediante:
1. Transferencia: Se entiende por transferencia a la acción voluntaria o
concertada de poner a disposición de la autoridad competente, los bienes y
servicios para los fines de la Movilización. La transferencia tiene carácter
temporal y puede ser por concertación o voluntaria. La Ley señala los
procedimientos para la determinación del justiprecio y pago por el uso y
restitución de los bienes o servicios.
La transferencia de bienes y servicios con fines de Movilización, será el
procedimiento prioritario a utilizarse para la captación de los recursos
materiales para la Movilización.
2. Requisición: La requisición es una medida de carácter temporal dispuesta
por el Gobierno en la que se embarga un bien, poniéndolo a disposición de la
autoridad competente (MINDEF o INDECI) según sea el caso, para los fines de
la Movilización. La requisición procede cuando no se logra la concertación
adecuada para realizar la transferencia de los bienes que se requiere movilizar.
La Ley establece los procedimientos para la requisición, así como los bienes
que están exceptuados de esta modalidad de captación.
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1. Los bienes pertenecientes a las representaciones diplomáticas y organismos
internacionales acreditados en el país. No están comprendidos en ésta
excepción los bienes de los peruanos que desempeñan funciones consulares
encomendada por otros Estados extranjeros en el país;
2. Los semovientes destinados a la reproducción y al mejoramiento de la raza
de éstos;
3. Los demás que por su naturaleza, fin o destino sean incompatibles con la
movilización o se encuentren exceptuados por ley expresa.
Para el cumplimiento de esta función se crean Comisiones de Requisición,
cuyas responsabilidades serán establecidas en el Reglamento de la presente
Ley.
3. Intervención: La intervención es una medida de carácter temporal dispuesta
por el Gobierno, dirigida a administrar, mediante la Comisión Interventora, las
unidades de producción de bienes y prestadoras de servicios que hayan
incumplido las disposiciones y convenios establecidos para la Movilización.
Es dispuesta mediante Decreto Supremo, en el que se indica los motivos por
los cuales se autoriza la intervención de las unidades de producción de bienes
y prestadoras de servicios. La intervención concluye durante la Etapa de
Desmovilización.
La Ley establece los procedimientos para la intervención, así como las
responsabilidades de la Comisión Interventora encargada de este asunto.
4. Donación: Es la entrega al Estado, en forma voluntaria, gratuita y definitiva
de la propiedad de bienes y servicios; es realizada por personas naturales o
jurídicas para los fines de Movilización.
La Ley y demás normas legales determinan los procedimientos para la
donación, así como las responsabilidades en la recepción, alta y utilización de
los bienes y servicios captados en esta modalidad.
La transferencia, la requisición así como la intervención deben prever, al
retornar los recursos a sus legítimos dueños, una contraprestación que asumirá
el Estado mediante un justiprecio de los medios tomados por este para los fines
de la Movilización Nacional.
La autoridad competente inscribirá los bienes y servicios captados bajo las
modalidades indicadas en el registro correspondiente, expidiéndose la
constancia respectiva.
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REGISTRO DE BIENES Y SERVICIOSArtículo 29°.- Constancia y Registro de Bienes y Servicios
La autoridad competente expedirá una constancia de los bienes y servicios
transferidos, requisados, intervenidos y donados. Dichos bienes y servicios
serán inscritos en el Registro de Captación de Bienes y Servicios para
movilización a cargo del Ministerio de Defensa, a través de los Institutos
Armados, así como del Instituto de Defensa Civil (INDECI), según sea el caso.
Artículo 30°.- Restitución de Bienes
Concluida la situación de emergencia se procederá, según sea el caso, a la
restitución de los bienes transferidos, requisados o intervenidos, a sus
respectivos propietarios en el estado en que se encuentren, sin perjuicio de la
indemnización que pudiera corresponder por el deterioro, daño o pérdida total o
parcial de los mismos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Artículo 31°.- Potenciación, reorientación de la industria y producción de bienes
y servicios
El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Defensa elaborará un plan de
potenciación de las industrias de interés para los fines de movilización y
establecerá los niveles de producción que los sectores productivos deben
mantener. Asimismo, podrá reorientar la producción, modificando o creando las
líneas necesarias para asegurar los requerimientos generados por la situación
de emergencia, a partir de la ejecución de la movilización.
Según la naturaleza y necesidades de la movilización, mediante dispositivo
legal, se podrá restringir y prohibir la adquisición, posesión, comercialización,
distribución y transferencia de bienes y servicios.
Artículo 32°.- Asignación de la producción y servicios a los requerimientos de la
Movilización
El Poder Ejecutivo mediante Decreto Supremo, podrá disponer que las
unidades de producción y de prestación de servicios suministren la totalidad o
parte de su producción o servicios que resulten necesarios para cubrir los
requerimientos de la movilización, suscribiéndose los contratos respectivos.
ORGANISMOS Y RESPONSABILIDADESCorresponde a los diferentes organismos del Sistema de Defensa Nacional las
acciones inherentes al planeamiento, dirección, coordinación, asesoramiento,
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ejecución, evaluación y control del proceso de movilización de acuerdo a los
niveles de su competencia.
INTEGRANTES: El Consejo de Defensa Nacional.- Es el más alto órgano de decisión
del Sistema de Defensa Nacional, que bajo la jefatura del Presidente de
la Republica, establece la política que orienta la conducción de la
Defensa Nacional. Mantiene relaciones permanentes con los
Organismos
integrantes del Sistema de Defensa a través de la Secretaría de Defensa
Nacional.
El Consejo Nacional de Inteligencia.- proporciona al Presidente de la
República y a los principales Organismos del Sistema de Defensa
Nacional la Inteligencia requerida para el planeamiento y ejecución de la
Defensa Nacional. Se rige por su Ley y Reglamentos respectivos.
El Ministerio de Defensa.- es el organismo representativo de las
Fuerzas Armadas donde se ejerce principalmente la política de Estado
para la defensa integral del país.
El Sistema Nacional de Defensa Civil.- le corresponde proteger a la
población, previendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada
y asegurando su rehabilitación en caso de desastre o calamidad de toda
índole, cualquiera sea su origen de acuerdo con la política y planes de
Defensa Nacional. El jefe del Sistema de Defensa Civil depende
directamente del Presidente del Consejo de Defensa Nacional.
Ministerios, Organismos Públicos y sus correspondientes Oficinas de Defensa Nacional.- Los Ministerios y Organismo Públicos planean,
programan y ejecutan acciones de Defensa Nacional en sus específicas
responsabilidades. Para el cumplimiento de sus funciones cuentan con
Oficinas de Defensa Nacional que dependen de la más alta autoridad de
su entidad.
Las Oficinas de Defensa Nacional constituyen órganos desconcentrados
de la Secretaría de Defensa Nacional.
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El Ministerio de Interior pondrá a órdenes del Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas los elementos orgánicos de la Policía Nacional de
Perú, necesarios para la erradicación de la subversión terrorista y el
tráfico ilícito de drogas.
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Conclusiones:
Ubicada la movilización, como una actividad de la defensa nacional, y
esta como la acción permanente del estado para garantizar la seguridad
nacional, su alcance no atiende de manera exclusiva las amenazas
tradicionales como la guerra, sino hace frente además a las nuevas
amenazas, riesgos y otros desafíos provenientes del exterior o surgidos
en el interior del estado.
En el frente interno, las nuevas amenazas como el terrorismo, los
desastres naturales, el narcotráfico, la delincuencia común organizada,
entre otras, que ponen en riesgo la seguridad nacional que es el
instrumento que dispone el estado para tal fin.
La movilización, como parte del planeamiento estratégico de la defensa
nacional, permite a los organismos que la conforman, incrementar su
capacidad operativa, para afrontar situaciones que atenten contra la
seguridad nacional, y concluida la emergencia, reorientar y transferir en
forma gradual los re cursos y medios movilizados para la vuelta a la
normalidad del país
Como conclusión final, podemos afirmar lo siguiente: Después de haber
vivido experiencias de emergencia nacional para casos de conflictos o
desastres, la movilización se ha visto fielmente expresada en la historia
y en el sentimiento de los peruanos, que sin haberse emitido el decreto
supremo para su activación, se entregaron solidariamente a la acción
donde, los que menos tenían fueron los que más dieron, hasta sus vida.
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BIBLIOGRAFIA
- http://www.minjus.gob.pe/normatividadplaneamiento/ - http://prototipo.regioncallao.gob.pe/contenidos/contenidosGRC/filesContenido/
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2006/pag_315511-313602.pdf
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INDICE
INTRODUCCION…………………………………………………………………………………………………... 1
LA MOVILIZACION NACIONAL……………………………………………………………………………... 2
NATURALEZA Y CONTENIDO………………………………………………………………………….……. 2 - Objeto de la Ley…………………………………………………………………………………………... 2- Alcance de la Ley de Movilización…………………………………………………………………. 2- La Movilización……………………………………………………………………………….……………. 2- En Caso de Conflicto………………………………………………………………………………….….. 3- En caso de Desastre………………………………………………………………………………………. 3
CARACTERISTICAS DE LA MOVILIZACION NACIONAL………………………………….……….. 4- Clases de Movilización…………………………………………………………………….……………. 4- Etapas de la Movilización…………………………………………………………….……………….. 4
PROCESO DE LA MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION………………………….……………… 5- Del Proceso de la Movilización…………………………………………………………………..…..5
DEL PROCESO DE DESMOVILIZACION………………………………………………………..………... 6
RECURSOS DE LA MOVILIZACION NACIONAL……………………………………….………………. 6
DE LOS BIENES Y SERVICIOS……………………………………………………………………………….… 6
MODALIDADES DE CAPTACION DE BIENES Y SERVICIOS………………………………………. 7
REGISTRO DE BIENES Y SERVICIOS…………………….…………………………………………………. 9
ORGANISMOS Y RESPONSABILIDADES…………………………….…………………………………… 9
CONCLUSIONES………………………………………………………………………..…………………………. 12
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