Monografia Del Sistema Penitenciario
-
Upload
gabriela-chavez-esteban -
Category
Documents
-
view
1.199 -
download
0
Transcript of Monografia Del Sistema Penitenciario
MONOGRAFÍA
SISTEMA PENITENCIARIA PERUANO
ASESOR METODOLÓGICO:
LILIANA CALDERON JACINTO
AUTORA
CHAVEZ ESTEBAN, GABRIELA
DERECHO
II
LIMA, FEBRERO DEL 2013
A mi familia por brindarme
Su apoyo en todo momento
Para culminar con
Éxito este trabajo.
DERECHO PENAL Página 2
Expreso mi agradecimiento
Al a DRA Liliana calderón Jacinto
Por su apoyo en la investigación del
Trabajo y por incentivarme
A mejorar cada
Día
DERECHO PENAL Página 3
ÍNDICE
Dedicatoria……………………………………………………………………………2
Agradecimiento………………………………………………………………………3
Introducción…………………………………………………………………………..5
CAPÍTULO I CONCEPTOS
1.1Definición…………………………………………………………………………7
1.2 Organización del Instituto Nacional Penitenciario…………………………. 8
1.2.3Estructura orgánica INPE…………………………………………………….9
1.3Problemas principales…………………………………………………………..10
1.4La resocialización………………………………………………………………..12
CAPITULO II TRATAMIENTO PENITENCIARIO
2.1 Subdirección de educación penitenciaria…………………………………….13
2.2 Tratamiento penitenciario: trabajo……………………………………………..15
2.3Tratamiento penitenciario: salud……………………………………………….17
2.4 Asistencia social………………………………………………………………...20
2.5 Asistencia legal………………………………………………………………….20
2.6 Asistencia psicológica…………………………………………………………..21
Referencias…………………………………………………………………………..22
Conclusiones…………………………………………………………………………23
INTRODUCCION
DERECHO PENAL Página 4
A lo largo de este tiempo se ha implementado un régimen penitenciario
excepcional que se ha venido ampliando progresivamente y que se aplica
indistintamente a procesados y condenados tal régimen atenta contra la
dignidad de las personas , al establecer un trato cruel e inhumano , como es el
confinamiento solitario y la existencia de centro penales en los que le
supervivencia humana resulta sumamente difícil tal sistema penitenciario a una
clara intencionalidad política y no al azar o ala ausencia de recursos
económico
Tal es así que nuestro sistema penitenciario fue creado como sustito9
humanitario de la capital, la deportación y diversos castigos corporales y es el
fruto de la ilustración Europa, por lo que surgió como una alternativa ante
castigos más severos
Durante más de doscientos años este sistema ha sido virtualmente el
centro de la política penal
En las últimas décadas se controla la atención sobre el modelo de
capacitación y enseñanza, poniéndose énfasis en el desajuste del delincuente,
como causa principal de la criminalidad. Por ello se busco a través del
aprendizaje de un trabajo útil su posterior reintegración en la convivencia
social de una manera digna, reduciéndose así los factores criminológicos que
lo pudiesen llevar ala reincidencia.
Hoy sin olvidar lo que hay en todo esto de positivo, pero tomando el
condenado seque siendo una persona, sujeto de derecho y deberes, se busca
estimular su sentido de responsabilidad
Ello permite que, concienzuda y responsablemente, el sujeto utilizar sus
propios reservas morales, no se halle nuevamente en disposición de delinquir
Así, la presente monografía se encuentra organizada por un capitulo,
donde se desarrolla cada punto importante para resolver nuestras dudas sobre
sistema penitenciario
DERECHO PENAL Página 5
Definición
El sistema penitenciario es la organización penitenciaria adoptada por
un país determinado destinada a la ejecución de las sanciones penales.
Por otra lado, se entiende por sistema penal, al conjunto de
instituciones y sus actividades , que intervienen en la creación y aplicación
de normas penales, concebidas estas en su sentido mas extenso
El sistema penal es entonces, la parte del control social
institucionalizado, que contiene un discurso punitivo
Para su funcionamiento, dispone de distintas agencias, como la
institución policial, poder judicial, y la administración penitenciaria que se
encuentra delimitado por medios normativos como leyes orgánicas, código
penal, código procesal, código de ejecución penal, entre otras.
Por lo consiguiente, en reiterados informes formulados por
organizaciones de derechos humanos tanto nacionales como internacionales
han señalado que la prisión ha sido nada más que el depósito de hombres que
lejos de proteger los intereses de la sociedad, no hace mas que relegar a
ciertos miembros de la sociedad, consignándolos a una especie de olvido.
Según altaman “las practicas meramente represivas solo conduce al
deterioro físico, moral y psíquico de los recursos”. Tarde o temprano el
delincuente privado de su libertad tendrá que reintegrarse a la sociedad de la
que fue separado, por lo que no es difícil poder avizorar, (…) , que lejos de
ganarse una batalla, se ha perdido toda la guerra”(altaman,2010,P.45)
El Instituto Nacional Penitenciario es un Organismo Público Ejecutor del
Sector Justicia, rector del Sistema Penitenciario Nacional, con personería
Jurídica de derecho público y con autonomía económica, técnica, financiera y
administrativa. Forma pliego presupuestario y se rige por el Código de
Ejecución Penal y su Reglamento
DERECHO PENAL Página 7
Organización del Instituto Nacional Penitenciario
De acuerdo con el C.E.P. de 1991 y el Reglamento de Organización y
Funciones
Del INPE (Art. 2º.), se trata de un Organismo público descentralizado del
Sector
Justicia, rector del Sistema Penitenciario Nacional, con personería jurídica de
Derecho público y autonomía normativa, económica, financiera y
administrativa.
Objetivo principal del INPE (Art.134 del CEP y 4º. del ROF): Dirigir y
Controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional,
Asegurando una adecuada política penitenciaria tendiente a la resocialización
Del interno. Además conforme al artículo II del Título Preliminar del Código
De Ejecución Penal, la ejecución de la pena, tiene por objeto, la reeducación,
Rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad.
Estructura orgánica del INPE: Actualmente se halla conformado por una
Alta Dirección (Consejo Nacional Penitenciario y Secretaría General), órganos
De control y de asuntos internos, órganos de asesoramiento, órganos de
Apoyo, órganos de línea, órganos desconcentrados, y órganos de capacitación
E investigación.
El Consejo Nacional Penitenciario (Art. 137 del CEP y Art. 7º. del ROF), es un
Órgano colegiado a cargo de la dirección del INPE, que conduce la política del
Sistema Penitenciario nacional, y que está integrado por el Presidente, el
Vicepresidente y el Tercer Miembro.
DERECHO PENAL Página 8
Los Órganos Desconcentrados, son las Oficinas Regionales que tienen a su
Cargo las funciones de dirigir, evaluar y supervisar la ejecución de las penas
Privativas de libertad y limitativas de derechos, en los diversos
Establecimientos que se hallan bajo su ámbito jurisdiccional. Estas oficinas
Regionales están a cargo de un Director Regional, y en la actualidad existen
Ocho direcciones regionales que tienen sus sedes en las ciudades de Chiclayo
(Dirección Regional Norte), Lima (D.R. Lima), Arequipa (D.R. Sur),
Huancayo (D.R. Centro), Pucallpa (D.R. Oriente), Cusco (D.R. Sur Oriente),
San Martín (D.R. Nor Oriente) y Puno (D.R. Altiplano)
Estructura orgánica
Artículo 6º.- La estructura orgánica del Instituto Nacional Penitenciario es la
siguiente:
01. alta dirección:
01.1 Consejo Nacional Penitenciario
01.1.1 Presidencia
01.2 Secretaría General
01.2.1 Oficina de Prensa e Imagen Institucional
03. órganos de control y de asuntos internos:
03.1 Órgano de Control Institucional
03.1.1 Oficina de Supervisión Regional
03.1.2 Oficina de Supervisión de Sede Central y Actividades de Control
03.2 Oficina de Asuntos Internos
04. órganos de asesoramiento:
04.1 Oficina de Planeamiento y Presupuesto
04.1.1 Unidad de Planeamiento
04.1.2 Unidad de Presupuesto
04.1.3 Unidad de Organización y Métodos
04.1.4 Unidad de Estadística.
04.2 Oficina de Asesoría Jurídica
05 órganos de apoyo:
05.1 Oficina General de Administración
05.1.1 Unidad de Recursos Humanos
05.1.2 Unidad de Contabilidad y Tesorería
DERECHO PENAL Página 9
05.1.3 Unidad de Logística
05.2 Oficina de Sistemas de Información
05.3 Oficina de Infraestructura Penitenciaria
05.3.1 Unidad de Estudios y Proyectos
05.3.2 Unidad de Obras y Equipamiento
06. órganos de línea:
06.1 Dirección de Tratamiento Penitenciario
06.1.1 Subdirección de Asistencia Penitenciaria
06.1.2 Subdirección de Educación Penitenciaria
06.1.3 Subdirección de Trabajo y Comercialización
06.1.4 Subdirección de Salud Penitenciaria
06.2 Dirección de Registro Penitenciario
06.3 Dirección de Seguridad Penitenciaria
06.3.1 Subdirección de Seguridad de Penales y Traslados
06.3.2 Subdirección de Inteligencia Penitenciaria
06.4 Dirección de Medio Libre
07. órganos desconcentrados:
07. Oficinas Regionales
08. órganos de capacitación e investigación:
08. Centro Nacional de Estudios Criminológicos y Penitenciarios-CENECP
08.1 Unidad de Capacitación y Formación
08.2 Unidad de Investigaciones Criminológicas y Penitenciarias
Problemas principales
Entonces por una cuestión lógica y científica, al no existir un verdadero y
efectivo control en el medio libre y por ende se incumplen las reglas de
conducta, esto trae como consecuencia la regresión del tratamiento y por eso
muchos de los liberados vuelven a cometer nuevos delitos dolosos. Así no
funciona el sistema penitenciario.
Los mayores recursos humanos y económicos deben destinarse al medio libre
para efectivizar el control en el medio libre de los liberados sujetos a reglas de
conductas impuestas por el Juez. Ya que estamos reincorporando a la
sociedad a personas en las que todavía no se tiene la certeza de que en gran
parte rehabilitado, por lo tanto son un peligro para la sociedad, por eso en el
medio libre ellos deben continuar su tratamiento. El Juez en su criterio de
DERECHO PENAL Página 10
conciencia otorga el beneficio penitenciario no solo por la naturaleza del delito
cometido, porque se visto que se concede también por delitos muy graves, con
la nueva ley 29604 a partir de su vigencia, ahora solo a primarios la
semilibertad o liberación condicional; también toma en cuenta su buena
conducta en el establecimiento penitenciario en general y por último le concede
porque le hacen preveer al Magistrado que el liberado no va a cometer nuevo
delito doloso. El verbo rector “preveer” la acción que denota es relativo no
imperativo.
Uno de los principales problemas que tenemos en las cárceles peruanas, es la
tenencia ilegal de celulares por parte de los reos, ante esto Cesar Ortiz Tejeda
presidente del APROSEC nos dice que según información que regularmente
proporcionan la propia Policía y el INPE, señalan que desde las prisiones se
organizan secuestros, extorsiones, asesinatos y todo tipo de ilícitos gracias al
uso de celulares. El real problema ante esto son las autoridades corruptas, que
se limitan a mostrar cada cierto tiempo algunos de los aparatos celulares
decomisados en requisas “oportunamente” anunciadas, sin informar de las
investigaciones que señalan quienes fueron los culpables y como fueron
sancionados.
En el año 2002 se realizo una serie de propuestas para mejorar la seguridad en
los penales, incluyendo la instalación de varios bloqueadores en los diversos
penales de la capital, solo se pudo instalar un bloqueador en el penal de San
Jorge, esto comprueba que las mafias dentro de las prisiones son tan
poderosas que están por encima de la ley. Un ejemplo de esto, podemos verlo
en la reciente requisa efectuada en el penal de máxima seguridad de Picsi,
ubicado en la región Lambayeque, en el cual un grupo de policías y fiscales
ingresaron en la madrugada durante cuatro horas, con el propósito de revisar
las celdas de los internos en búsqueda de indicios que confirmen las denuncias
de que las bandas de extorsionadores que operan en el norte peruano están
dirigidas por presos de Picsi, pero sospechosamente solo se incautaron
dispositivos para celulares como chips, baterías y cargadores, pero ningún
teléfono móvil.
Otro de los principales problemas, es la tenencia ilegal de armas y de drogas
dentro de los penales lo cual crea una gran inseguridad ante la sociedad ya
DERECHO PENAL Página 11
que han sido varios los casos en que los reos han cometido crímenes atroces
gracias a la posesión de armas, como el sonado motín “la masacre del sexto”
ocurrido en 1984 en donde un grupo de reos tomaron el penal El Sexto y
mataron a 22 personas; lamentablemente en la actualidad esto no cambia, en
una requisa realizada en el penal Castro Castro se incautaron dos armas de
fuego y dos granadas de guerra, así lo constato el jefe de la Dirección General
de Seguridad de Penales.
Otro problema que tienen los hacinamientos penitenciarios
- Que los establecimientos penitenciario tan solo 17% se encuentra
relativamente en buen estado que quiere decir que la mayoría de los
establecimientos se encuentra en malas y regulares condiciones.
-La administración penitenciaria proporciona material en forma limitada
-Las historias clínicas de los internos son incompletas o faltantes.
-Los instrumentos clínicos requieren urgente renovación y las farmacias están
desabastecidas.
-El personal y la infraestructura resulta notoriamente insuficientes
- El área educativa también muestra conflictos. Hay falta de mantenimiento y
renovación de la maquina, herramientas y equipos de instrucción.
-La mayoría de los programas y centros de educación ocupacional carecen de
lo mínimo en útiles y equipamiento de oficina. Los profesores para preparar
sus planes y programas de estudios, clases, ayuda memorias y material
didáctico tienen que recurrir a menudos a su propia economía.
La resocialización
La resocialización se entiende en este concreto caso, como la acción de que
interno se reintegre progresivamente a la sociedad y a la familia pero debe
retomar el camino digno correcto de respeto a todos y a cada uno de los
valores que se encuentran en la heterogénea sociedad, básicamente en lo que
corresponde el respeto integro a la vida, la salud y los bienes patrimoniales
Si, cumple su función mediante el tratamiento penitenciario ya que mediante
el tratamiento busca la resocialización al condenado, y se encuentra
amparado por la constitución política del Perú en el Art. 139 inciso22
DERECHO PENAL Página 12
TRATAMIENTO PENITENCIARIO
Subdirección de educación penitenciaria
Mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del INPE, creándose la Subdirección de Educación
Penitenciaria como una Unidad Orgánica de la Dirección de Tratamiento
Penitenciario, encargada de organizar, supervisar y evaluar las actividades
educativas de los internos, así como promover los programas educativos de
capacitación y aprendizaje en los establecimientos penitenciarios. En este
propósito, y para concretar los objetivos de la educación en el sistema
penitenciario, se ha planteado cinco ejes estratégicos fundamentales; promover
la alfabetización, la educación básica alternativa, educación técnico productiva
y la educación no formal, así como promover las bibliotecas y el fomento a la
lectura.
Visión
La educación del interno será considerada como un derecho humano
fundamental e inalienable, más que como una técnica, método o área del
tratamiento penitenciario, el cual exprese el desarrollo social y cultural
alcanzado por las persona privadas de su libertad, con la participación activa
de la sociedad civil organizada y el estado.
Misión
“Promover y brindar un servicio educativo de calidad en las diversas etapas,
niveles programas y modalidades, con la participación activa de la comunidad
y el Estado, con un enfoque multidisciplinario para resocializar al interno”
Valores
Dignidad
Responsabilidad
Honestidad
DERECHO PENAL Página 13
Honradez
Respeto
Lealtad
Objetivo general
Fortalecer en forma integral y multidisciplinaria el nivel de enseñanza
aprendizaje de los internos en los establecimientos penitenciarios a través de
la capacitación y actualización docente de acuerdo al nivel y programa
educativo, Implementación de la educación no formal como complemento de la
educación formal, Implementación de aulas talleres y la promoción de
actividades productivas y empresariales.
Objetivos específicos
Reeducar y capacitar a los internos a través de programas, proyectos y
planes educativos.
Reinsertar a la sociedad a los internos que hayan cumplido y aprobado
las acciones educativas para que puedan desempeñarse laboralmente
en el Medio Libre.
Mejorar la metodología y técnicas de aprendizaje de los profesores de
los establecimientos penitenciarios con asesoramiento y apoyo del
Ministerio de Educación.
Sistematizar y uniformizar todas las acciones educativas que se
desarrollan en todos los Centros de Educación Técnico Productiva
(CETPRO) del país.
Gestionar la ampliación de servicios Educativos para los internos de los
Establecimientos Penitenciarios dándoles formación Primaria y
Secundaria de Adultos.
Promover la cultura y el arte en los establecimientos penitenciarios que
permita sensibilizar a los internos y contribuya a mejorar su expresión y
creatividad personal.
Educación en contexto de privación de libertad
DERECHO PENAL Página 14
Es la educación que se brinda en los establecimientos penitenciarios definido
como un proceso de enseñanza – aprendizaje que se desarrolla en un contexto
Socio cultural altamente complejo y específico, a través del cual se asimilan y
construyen conocimientos, capacidades y valores, aplicando metodologías y
enfoques educativos multidisciplinarios en el tratamiento del interno.
Personal del área educativa a nivel nacional
El personal del área educativa es responsable de ejecutar las actividades y
proyectos en las instituciones y programas educativos que funcionan en los
establecimientos penitenciarios del país, están conformados por:
178 empleados de carrera del Instituto Nacional Penitenciario con
formación pedagógica en educación básica y otros con capacitación
adicional en diversas áreas técnicas.
245 personal destacados del Ministerio de Educación, en cumplimiento
al Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional suscrito entre
ambas instituciones.
Personal de apoyo de otras Instituciones que vienen apoyando en las
actividades de capacitación a través de convenios de cooperación.
Tratamiento penitenciario: trabajo
El trabajo es un derecho y deber del interno, según el código de Ejecución
penal, sus condiciones son en lo posible similares al trabajo en libertad. No
tiene carácter aflictivo ni es aplicado como medida disciplinaria, ni atenta contra
la dignidad del interno. El trabajo Penitenciario esta considerado como uno de
los elementos fundamentales de Tratamiento del interno, constituye
decisivamente en su proceso de resocialización.
El trabajo que realizan los internos procesados tiene carácter voluntario. Las
normas y directivas emitidas por el INPE regulan la planificación, organización,
métodos, horarios, medidas prevenidas de ingreso y seguridad del trabajo
penitenciario. Las modalidades de trabajo penitenciario se desarrollan a través
de actividades profesionales, técnicas, artesanales, productivas, artísticas y de
DERECHO PENAL Página 15
servicios auxiliares. Las actividades que se desarrollan en los establecimientos
penitenciarios a nivel nacional son:
Talleres
Carpintería, Zapatería, Tejido a maquina, Electrónica, Mecánica Automotriz,
Soldadura y forja, Sastrería, Hidroponía, Confecciones, Cerámica y Telares.
Beneficios que tienen los Internos que participan en Trabajo
Posibilidad de aprender una opción laboral que pueda desarrollar
cuando obtenga su libertad.
Mantenerse ocupado desarrollando su creatividad e ingenio en el trabajo
que desarrolla, buscando su perfeccionamiento.
Obtener ingresos económicos para él y sus familiares, obtenidos por los
productos que fabrica y vende.
La Redención de la pena por el trabajo, si esta facultado por las leyes
vigentes.
Convenios
El INPE como órgano rector del sistema penitenciario es responsable de
suscribir convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas y
privadas que hagan posible el cumplimiento de los objetos, para tales efectos
se suscribió los siguientes convenios.
Comisión para la promoción de la pequeña y mediana empresa -
PROMPYME.
Servicio Nacional de adiestramiento en trabajo industrial - SENATI.
PROYECTOS E.P.
Confec. 100 Chalinas EPM Chorrillos
Confec. 200 escoberos EPM Chorrillos
Fabric. 200 Calzados Escolares EPRCO Lurigancho
DERECHO PENAL Página 16
Fabric. 17 doc. Calzado Sport para Caballeros EPRCO Lurigancho
Fabric. 264 unid. Mobiliarios para Implementar Talleres de
Producción y aula TallerEP Auca llama -Huaral
Fabric. 50 bancas EP Auca llama -Huaral
Fabric. 205 unid. Mobiliarios para Implementar Talleres y aulas
talleres para el EPRCE Mujeres Chorrillos.EPPP Lima
Tratamiento penitenciario: salud
De acuerdo al Código de Ejecución Penal, el interno tiene derecho a alcanzar,
mantener o recuperar el bienestar físico y mental. La administración
penitenciaria, en este caso el INPE, proveerá lo necesario para el desarrollo de
las acciones de prevención, promoción y recuperación de la salud de la
población penal.
Siguiendo estos lineamientos, el INPE ejecuta en todos los establecimientos
penitenciarios los siguientes programas de salud:
Penal de Mujeres de Chorrillos
En el establecimiento penitenciario de mujeres de Chorrillos la atención a las
internas se realiza básicamente a través de los Programas Preventivo-
Promocionales del Ministerio de Salud, tales como:
El Programa de Control de la Tuberculosis (PCT), que organiza
charlas y campañas de captación de sintomáticos-respiratorios. De
confirmarse el diagnóstico de la enfermedad en una interna, entonces
recibe tratamiento supervisado y una evaluación mensual.
El Programa de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y
SIDA-PROCETSS, que también desarrolla charlas y campañas en el
penal de Chorrillos. Pero, sólo con la autorización por escrito de la
DERECHO PENAL Página 17
interna se le practica el test de Elisa, cuyo resultado le es entregado
personalmente por un consejero. De darse el caso de ser seropositiva se
notifica de esto a la Red de Salud del MINSA, a fin que se evalúe la
posibilidad de darle quimioprofilaxis.
El Programa de Control de Madre - Niño, que se encarga del control
del embarazo de la gestante, derivándola de ser el caso al nosocomio
más cercano para sus análisis y ecografías mensuales
correspondientes. Llegada la fecha probable del parto, el programa
proyecta la evacuación de la parturienta a un nosocomio del Estado. De
permanecer el niño con su madre, entonces ambos son
permanentemente evaluados en establecimiento penal.
Planificación Familiar, que programa y realiza charlas de planificación
familiar y que, de ser posible, invita a estas reuniones al esposo o
conviviente de la interna, a fin de que tenga conciencia de lo que es la
paternidad responsable. También da a conocer a la pareja todo lo
concerniente sobre los métodos de anticoncepción y sus formas de uso
o Control de la tuberculosis
o Control de SIDA y de enfermedades de transmisión sexual
o Madre - niño
o Planificación familia
Estos programas se desarrollan a través de los servicios médicos básicos de
cada establecimiento penitenciario, y en los servicios médicos especializados
que funcionan en algunos penales, los cuales están a cargo de un equipo de
profesionales y personal técnico auxiliar adecuado.
En lo que consiste la atención en las áreas de salud, se tiene, por ejemplo, que
en el E.P.R.C.E. "Miguel Castro Castro" funciona un centro quirúrgico en las
especialidades de cirugía general, otorrinolaringología y traumatología. Sus
médicos acuden también a otros establecimientos penitenciarios para realizar
consultas externas, de acuerdo a una programación.
DERECHO PENAL Página 18
Las campañas de salud en este recinto se desarrollan en coordinación con el
Ministerio de Salud, Essalud, la Liga Peruana de Lucha Contra el Cáncer,
Opeluce, el Instituto Nacional Oftalmológico, la Policía Nacional del Perú, la
Fuerza Aérea Peruana, la Marina de Guerra del Perú, entre otras instituciones.
Algo similar sucede en el E.P.R.C.O. de Lurigancho, que cuenta con una clínica
que tiene un piso exclusivo para la atención psiquiátrica de los internos. Allí
también se encuentra la sede de los programas de Control de la Tuberculosis
(PCT), de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual y SIDA-
PROCETSS de la Dirección Regional Lima.
El penal de Lurigancho recibe el apoyo de la Capellanía y del Ministerio de
Salud, así como de la ONG "Médicos Sin Fronteras", esta última que provee a
la clínica de medicamentos para el PROCETSS, reactivos para las pruebas de
ELISA, folletero variada en prevención de enfermedades, y un médico
infectólogo para la atención de los internos.
Atención en Salud y Cifras
A diciembre del año 2001 la población penal sumaba un total de 26,394
internos a nivel nacional: 24,503 varones y 1891 mujeres.
Por consultorios externos (medicina y odontología) fueron atendidos un total de
15,806 internos, lo cual significa que tres de cada cinco internos han sido
atendidos por lo menos una vez en el servicio de salud del recinto penal donde
está recluido
Las áreas de cirugía atendieron a 174 internos, traumatología 177 y psiquiatría
137. Estas cifras concluyen que por lo menos seis de cada cien internos fueron
atendidos por cirugía o traumatología, y uno de cada veinte por psiquiatría.
Fueron 385 las atenciones en lo que corresponde a la población penal de
mujeres. Siendo 1891 las internas, ello evidencia que una de cada cinco
internas pasaron por lo menos una vez por el servicio de ginecología u
obstetricia.
DERECHO PENAL Página 19
En relación a la salud dental, las estadísticas detallan 2,983 atenciones, 1,347
consultas y 809 obturaciones.
Otras cifras dan a conocer de 44,393 atenciones por el personal técnico de
enfermería (de guardia y de diario), la administración de 20,130 medicamentos
vía oral, 8,237 aplicaciones de medicamentos vía intramuscular, 1,418 vía
endovenosa, 273 aplicaciones de medicamentos con venoclisis y 8,778
controles de las funciones vitales,
De otro lado, de 444 diligencias hospitalarias, 102 fueron por emergencias y
342 programadas.
asistencia social
El trabajo social penitenciario es una disciplina de las ciencias sociales,
enmarcada en la política penitenciaria, que se basa en el respeto de los
derechos humanos y dignidad de la persona que ha quebrantado el
ordenamiento legal; el quehacer profesional esta orientado al logro de un
cambio social, la resolución de problemas en las relaciones humanas que
promueve la resocialización del interno y la prevención del delito, mediante una
metodología de intervención profesional individual, grupal y familiar.
Asistencia legal
Los Abogados del Servicio de Asistencia Legal de los Establecimientos
Penitenciarios realizan a favor del interno las siguientes funciones
Asesoría jurídica.
Difunde los alcances de la normatividad en materia penal. Procesal
penal y de ejecución penal, mediante charlas, talleres y otros medios.
Apoyo en la organización y tramitación de expedientes de beneficios
penitenciarios.
Evalúa y emite informes jurídicos sobre: beneficios penitenciarios,
traslados, gracia presidencial y cómputo del tiempo redimido y el
DERECHO PENAL Página 20
tiempo efectivo de la pena.
Elaborar escritos, solicitudes y recursos para su tramitación ante las
autoridades correspondientes a petición de los internos.
Asume la defensa del interno que no cuenta con capacidad
económica para contratar un abogado defensor.
Asesora a la administración penitenciaria y coordina la prestación del
servicio legal gratuito con otras entidades públicas y privadas.
Participa en la clasificación y reclasificación de los internos.
Asistencia psicológica
El Sistema Penitenciario Nacional tiene como premisa el reconocimiento
jurídico y el respeto a la persona, persiguiendo como objetivo la resocialización
del interno a través del tratamiento técnico - científico, fundamentado en las
vigentes y modernas teorías que buscan dar solución a la compleja
problemática de la conducta humana, es así que el servicio de Psicología como
parte fundamental del tratamiento que brinda al interno, realiza una serie de
acciones fundamentados en la aplicación de métodos y técnicas acorde a los
avances científicos en la actualidad, es así que su trabajo está amparado en el
artículo 92° del Código de Ejecución Penal y en los estatutos del código de
ética profesional.
DERECHO PENAL Página 21
CONCLUSIONES
1. La constitución política señala:”Articulo139- son principios y derechos de la
función jurisdiccional (…) inc. 22 el principio de que el régimen penitenciario
tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a
la sociedad” .al respecto es responsabilidad de los funcionarios del poder
judicial, ministerio público, INPE, entre otras instituciones, coordinar acciones
tendientes a la rehabilitación del interno, en aras de cumplir con la propuestas
legislativa, y, fundamentalmente, que cada de los miembros de la sociedad,
afirmen su confianza en estas situaciones tutelares del estado, que hasta hoy
no ofrecen ningún credibilidad ni confianza en el tratamiento penitenciario y pos
penitenciario
2. Esta desconfianza generada en la sociedad, también es responsabilidad de
los profesionales multidisciplinarios que trabajan para el INPE, solo
desatienden a los internos, alegados la falta de infraestructura, pero el
problema fundamental es que ellos no quieren reconocer la falta de mística, pre
disponibilidad y conciencia para el cumplimiento de los objetos que los
funcionarios y servidores penitenciario deben llevar en las venas, orientados en
la realización y cumplimiento de un adecuado tratamiento, basándose en el
tipoy nivel del delito cometido por el sentenciado y procesado
3. El sentenciado y procesado requiere, en primera ratio de motivación e
incentivación, y la dación de esas técnicas corresponden a los profesionales
multidisciplinarios, siendo su exclusiva responsabilidad conducirlo al
tratamiento que requieren, y cuando adquieren su anhelada libertad, se sienten
convencidos de los quehaceres éticos que van a desarrollar y en adelante
serán útiles a su familia y la sociedad
DERECHO PENAL Página 22
REFERENCIA BIBLIOGRAFICO
Herrera, J. (2005).Derecho penitenciario. (2ed). Lima: hecho en el depósito
legal.
Quispe, L. (2001). Disciplina penitenciaria. (1ed). Lima: autor.
Rosa, W. (1998) situación actual de la ejecución penal en el Perú.(3ed).lima:
asociación grafica educativa
Ramos, A. (2010). Derecho De Ejecución Penal Y Ciencia Penitenciaria. (4 Ed.)
Lima: Priented In Perú
Farra, R. (2004). El Sistema Penitenciaria. Lima: Editorial S.A.C
Arana, G. (2008). Situación Carcelaria En El Perú Y Beneficios Penitenciario.
(2ed). Lima: Jurídica Carijley
Stein, J (2008). Derecho Penal. (2ed) .Lima: Librería Jurídica
Sánchez, J. (2008). El Control Constitucional En La Etapa De Calificación Del
Proceso Penal. Lima. Editorial: Palestra
http://www.inpe.gob.pe/index.php
http://spij.minjus.gob.pe/CLP/contenidos.dll?f=templates&fn=default-
codejecucionpenal.htm&vid=Ciclope:CLPdemo
DERECHO PENAL Página 23