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Manual de Recursos Humanos ECO-PONIA invernaderos

SUBSECRETARA DE EDUCACIN SUPERIORDIRECCIN GENERAL DE EDUCACIN SUPERIOR TECNOLGICAManual de Recursos Humanos ECO-PONIA invernaderosRELACIONES INDUSTRIALES

PRESENTA:ARROYO CARRILLO ABRAHAMINZUNZA LPEZ GUADALUPEMONTOYA FLORES GABRIELA ASESOR:VALENZUELA ORDUO FRANCISCO GUADALUPECARRERA:INGENIERA INDUSTRIALLOS MOCHIS, AHOME, SINALOA.ABRIL 2014Manual de Recursos Humanos de ECO-PONIA invernaderos.

INTRODUCCIN3OBJETIVO3GLOSARIO DE TERMINOS4POLTICAS Y NORMAS GENERALES DE ADMINISTRACIN DE RECURSOS HUMANOS7

RECLUTAMIENTO Y SELECCIN DEL PERSONAL 71.1 Perfiles de Puestos y Evaluacin 71.2 Requisitos de Ingreso81.3 Fuentes de Reclutamiento81.4 Tipos de Contratos de Trabajo81.5 Carn de Identificacin91.6 Induccin y Orientacin91.7 Re-ingreso de ex-empleados 10

HORARIO DE TRABAJO 10ASISITENCIA Y PUNTUALIDAD 11SISTEMA PAGO DE SALARIOS 12TERMINACION DE CONTRATO DE TRABAJO 12LICENCIAS AUTORIZADAS 13LICENCIA SIN DISFRUTE DE SUELDOS 13MANEJO DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES 13CLASIFICACION Y VALORACION DE PUESTOS 14REMUNERACION 14EVALUACION DEL DESEMPEO 15CAPACITACION Y DESARROLLO 15COMPENSACIONES Y BENEFICIOS 1513.1 Aumento salarial 1513.2 Vacaciones 1613.3 Bonificacin anual 1613.4 Seguro Mdico 1713.5 Exclusin del Seguro Mdico 1713.6 Fondo de Pensiones 17

DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL 1814.1 Deberes de los empleados 1814.2 Derechos de los empleados 18

REGIMEN DISCIPLINAR1915.1 Obligatoriedad 1915.2 Faltas disciplinarias 1915.2.1 Faltas Leves 2015.2.2 Faltas Graves 2015.3 Sanciones Disciplinarias 2115.3.1 Sanciones por incurrir en faltas graves 2215.3.2 Sanciones por incurrir en causas graves 2215.3.3 Sanciones en lo que respecta al rengln de las ausencias 22

ADMINISTRACION DEL REGIMEN DISCIPLINARIO23DISPOSICIONES GENERALES2317.1 Administracin y Aplicacin del Manual2317.2 Modificacin del Manual 2317.3 Distribucin del Manual 23

I. INTRODUCCION

ECO-PONIA invernaderos con el fin de garantizar el logro de los objetivos de la empresa, conservar, apoyar y desarrollar a su personal, reconociendo su valor de manera efectiva, para lo cual procura mantener una justa compensacin, por el servicio prestado y reconoce la eficiencia y calidad del trabajo realizado.El presente Manual contiene las Polticas, Normas y Formularios que intervienen para facilitar la comprensin del usuario y propiciar una gua de consulta para el desarrollo de las actividades, el control y estandarizacin de los procesos.Las modificaciones a lo descrito en este documento deben presentarse previamente a la Direccin de Organizacin y Sistemas, para fines de evaluacin y posterior aprobacin por la Contralora.

II. OBJETIVO

El objetivo de este Manual es normar la Administracin de los Recursos Humanos de ECO-PONIA invernaderos, a fin de disponer de personal idneo para realizar el trabajo.

III. GLOSARIO DE TERMINOS

Para efectos del siguiente manual se entender por:COMISIONSituacin de un trabajador de la empresa que presta sus servicios transitoriamente fuera de su puesto, horario y lugar habitual de trabajo.

CONTRATACIONFormalizacin de la relacin de trabajo mediante la firma del contrato de trabajo celebrado entre un nuevo trabajador y la empresa.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJOEs aquel por virtud del cual una persona obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

ENTREVISTA TECNICAConversacin entre el candidato que va a ocupar una plaza vacante y el que ser su jefe directo, en el que se le hacen una serie de preguntas encaminadas a conocer con ms detalle su experiencia laboral, nivel de conocimientos y afinidad con las actividades a desarrollar, as como sus opiniones e inquietudes respecto al puesto que ocupara.

EVALUACION PSICOMETRICAPrueba que se hace para valorar el perfil psicolgico de un candidato a ocupar una plaza vacante en la empresa.

FINIQUITODocumento mediante el cual se determina y detallan los conceptos importes, as como el impuesto asociado al pago del finiquito que corresponde por la separacin voluntaria del trabajador de la empresa, con apego a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.

INCAPACIDADFalta de aptitud o capacidad del trabajador para acudir a desempear sus funciones en la empresa, a causa de alguna enfermedad, accidente, maternidad o riesgo de trabajo sufrido por el trabajador. La incapacidad del trabajador se formaliza mediante un documento dirigido al patrn, expedido por un mdico autorizado del Instituto Mexicano del Seguro Social, a travs del cual se informa del tipo de incapacidad, as como el periodo de tiempo estimado por el mdico para la recuperacin del trabajador.

INCREMENTO SALARIALCambio ascendente del nivel salarial del trabajador conforme al Tabulador autorizado por la Secretaria de Hacienda y Crdito Pblico (SHCP) de sueldos vigente.

MANUALEl manual de recursos humanos.

INDEMNIZACIONCompensacin econmica otorgada al trabajador cuando este se separa de la empresa. La determinacin del importe por este concepto se realiza tomando en cuenta lo establecido en el Titulo Segundo, Capitulo IV, articulo 50 dela Ley Federal del Trabajo.

JORNADA DE TRABAJOTiempo dedicado por el trabajador al desarrollo de su trabajo diario o semanal en la empresa. La jornada de trabajo en la empresa se rige por lo establecido en el Titulo Tercero, Capitulo II de la Ley Federal del Trabajo.

LIBERACION DE RESPONSABILIDADESProcedimiento mediante el cual las reas de la empresa involucradas en la asignacin y manejo de recursos financieros y materiales, identifican y detallan los adeudos existentes por parte del trabajador hacia la empresa, as como las remuneraciones o prestaciones pendientes de pago al trabajador al momento de la separacin de este ltimo, ya sea por renuncia voluntaria o liquidacin.

OMISION DE REGISTRO DE ASISTENCIAFalta que comete el trabajador por haber dejado de hacer su registro de asistencia en el sistema asistencia o bitcora correspondiente.

PLAZA Puesto de trabajo registrado y autorizado ante las Secretarias de Hacienda y Crdito Pblico y de la Funcin Pblica, al cual corresponde un nivel salarial, lugar especfico dentro de la estructura de la entidad y recursos presupuestales del captulo 1000 Servicios Personales.

PROMOCIONCambio ascendente de puesto dentro de la estructura orgnica de la empresa, con el correspondiente nivel salarial.

PUESTOCargo asignado al trabajador, con funciones, responsabilidades y salarios especficos.

RECLUTAMIENTOInscripcin de aspirantes o candidatos para ocupar una plaza vacante dentro de la empresa.

RENUNCIA Documento mediante el cual, el empleado formaliza y manifiesta su libre voluntad de separarse de la empresa, abandonando los derechos y beneficios inherentes a su antigedad en la misma.

RESCICIONAnulacin del contrato laboral por incumplimiento de alguna de sus clusulas. La rescisin del contrato se realiza conforma a lo sealado en el Titulo Segundo, Capitulo IV de la Ley Federal del Trabajo.

SALARIO BASE DE COTIZACION O INTEGRADOSe integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentacin, habitacin, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquiera otra cantidad o prestacin que se entregue al trabajador por su trabajo, con excepcin de los conceptos previstos en el artculo 27 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social.

SALARIO DIARIOCantidad de dinero establecida por la Ley Federal del trabajo (Capitulo 11, articulo 90) que debe ser pagado como mnimo a todo trabajador en activo por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Puede ser general o profesional y vara en funcin del rea geogrfica de aplicaciones (zona A, B y C). Los salarios mnimos sern los que establezca la comisin nacional de los salarios mnimos el primer da de enero de cada ao.

SALARIO MINIMOResultado aritmtico obtenido al dividir el sueldo mensual del trabajador entre 30 das.

SELECCINEleccin del aspirante o candidato que se considera mejor o ms adecuado para ocupar una plaza vacante dentro de la empresa, tomando como base sus atributos personales, tales como: nivel de escolaridad, conocimientos, experiencia laboral, disposicin, resultados obtenidos en las pruebas aplicadas, apego al perfil del puesto dela plaza, entre otros.

SUELDO Cantidad de dinero que recibe regularmente el trabajador por el desempeo de su cargo o de un servicio profesional en la empresa. Dicha cantidad se entrega en funcin del nivel salarial ocupado dentro del tabulador de sueldos autorizado.

TRABAJADOR EVENTUALAquel que tenga una relacin de trabajo por obra o tiempo determinados con la empresa, en los trminos de Titulo segundo, captulo 11 de la Ley Federal del Trabajo.

TRABAJADOR PERMANENTEAquel que tenga una relacin de trabajo por tiempo indeterminado con la empresa.

TRANSFERENCIA INTERNAProcedimiento mediante el cual se reubica a un trabajador dentro de la estructura orgnica de la empresa.

IV. POLTICAS Y NORMAS GENERALES DE ADMINISTRACIN DE RECURSOS HUMANOS (El cumplimiento de estas disposiciones es obligatorio)

1. RECLUTAMIENTO Y SELECCIN DEL PERSONAL 1.1 Perfiles de Puestos y Evaluacin: 1. Los candidatos debern depositar su Currculum Vitae y llenar el formulario Solicitud de Empleo, en ECO-PONIA invernaderos.

2. La Comisin de Recursos Humanos de ECO-PONIA invernaderos, depurar las solicitudes de empleos y currculos del personal a contratar, a fin de autorizar la remisin a la Direccin General de Recursos Humanos para la evaluacin correspondiente.

3. El proceso de reclutamiento y seleccin de personal lo realizar la Direccin General de Recursos Humanos de ECO-PONIA invernaderos.

5. Los aspirantes a ingresar a ECO-PONIA invernaderos, debern someterse previamente a las evaluaciones establecidas para los puestos de naturaleza profesional o de supervisin.

6. Las fuentes primarias de documentacin para el reclutamiento y evaluacin de candidatos, sern los perfiles de puestos de trabajo.

7. La Direccin General de Recursos Humanos de ECO-PONIA invernaderos, se auxiliar del perfil del puesto diseado en funcin de sus actividades, tareas y naturaleza, el cual complementar el expediente psicolgico del candidato evaluado, junto a las informaciones personales y acadmicas del mismo.

8. Los candidatos para ocupar puestos de trabajo en ECO-PONIA invernaderos debern satisfacer los requisitos siguientes:

a) Someterse a examen mdico para determinar sus condiciones de salud.b) Comprometerse a cumplir todas las polticas y normas de la empresa.c) Aceptar el nivel salarial y beneficios colaterales establecidos para el puesto.d) Aceptar su sometimiento a un perodo probatorio de tres meses.

9. El candidato evaluado, ser objeto de los procedimientos metodolgicos aplicables para la seleccin del personal, como son: perodo probatorio, evaluacin del desempeo y firma de un Contrato de Trabajo.

1.2 Requisitos de Ingreso:

10. Slo podrn ingresar como empleados a ECO-PONIA invernaderos, los aspirantes que cumplan con los siguientes requisitos: a) Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y polticos.b) Ser mayor de edad y tener Cdula de Identidad y Electoral. c) Haber aprobado satisfactoriamente las pruebas y las evaluaciones. d) Disfrutar de buena salud fsica y mental, comprobado mediante la certificacin de los exmenes correspondientes.e) Presentar todos los documentos que se le requieran, que demuestre su conducta privada y no tener casos pendientes con la justicia. f) Disponer de un documento de buena conducta, emitido por el organismo gubernamental correspondiente.g) Cumplir con los requisitos establecidos para el puesto.h) Someterse al perodo de prueba establecido.i) Cumplir con el horario de trabajo y las disposiciones legales y administrativas establecidas.

1.3 Fuentes de Reclutamiento:

11. Cuando en ECO-PONIA invernaderos se produzca una vacante, el mximo ejecutivo del rea correspondiente solicitar la reposicin del personal al Gerente General de la empresa, para que gestione con la Comisin de Recursos Humanos, la autorizacin de tramitar, los expedientes a evaluar.

12. Para ocupar los puestos vacantes, se dar prioridad a la seleccin interna de candidatos, segn los procedimientos establecidos, siempre que el historial del posible candidato garantice la efectividad de la ejecucin del puesto.

Se recurrir al reclutamiento externo, cuando el Consejo de Administracin, determine la conveniencia de gestionar conocimientos y habilidades externas diferentes o superiores a los existentes internamente, a bien del desarrollo de la empresa, siempre apegado al reglamento de la tica.

1.4 Tipos de Contratos de Trabajo:

13. Las contrataciones del personal se realizarn conforme a la naturaleza de los deberes y responsabilidades que se vayan a ejecutar, y podrn ser:

a) Contratos Fijos: Se refiere a contratos ininterrumpidos, en los cuales el trabajador presta sus servicios todos los das laborables, con los perodos de descanso establecidos por la Ley y las partes, para satisfacer las necesidades normales, constantes y uniformes de la organizacin.

b) Contratos por Obra o Servicio Determinado: En estos se designan aquellos empleados contratados para ejecutar labores especializadas no permanentes y cuya duracin ser el tiempo necesario convenido para la conclusin de la obra o servicio determinado.

c) Contratos Temporeros: Se designan los empleados contratados para realizar un trabajo especfico y de relativa corta duracin o para cubrir licencias o vacaciones de empleados fijos.

1.5 Carn de Identificacin

14. Los empleados recibirn un Carn de Identificacin con su nombre y cdigo correspondiente, cuyo uso en todo caso y en todos los niveles de jerarqua, ser de uso obligatorio en cualquier momento de su permanencia en la empresa.

15. La empresa proveer a los nuevos empleados del Carn de Identificacin, el cual se deber portar en sitio visible durante la permanencia en la infraestructura de la empresa.

16. En caso de prdida o deterioro del Carn de Identificacin, el empleado deber comunicarlo por escrito y oportunamente a su supervisor inmediato, quien tramitar su reposicin.

En los casos de una segunda prdida o deterioro en corto tiempo, el empleado deber cubrir el costo de la reposicin.

1.6 Induccin y Orientacin:

17. ECO-PONIA invernaderos, a travs del Departamento Administrativo, ofrecer al nuevo personal las orientaciones e informaciones concernientes a los aspectos generales de la empresa y los deberes correspondientes a su puesto.

Ser responsabilidad del Encargado Administrativo:

a) Darles la bienvenida a los nuevos empleados, en nombre de la empresab) Ofrecer a los empleados de nuevo de ingreso, informacin sobre horario, remuneracin, beneficios marginales, evaluaciones de desempeo, seguros de salud, entre otros aspectos de inters. c) Orientar al nuevo personal, en cuanto al cumplimiento de las Polticas y Normas de Recursos Humanos.

Ser responsabilidad del Supervisor inmediato:

a) Proporcionar copia de la descripcin de puesto correspondiente a los nuevos empleados.b) Proveer al empleado de nuevo ingreso, de los equipos, tiles de oficina y material gastable necesarios para el buen desempeo de sus funciones. c) Explicar los mtodos y procedimientos de trabajo a los nuevos empleados.d) Ubicar al nuevo empleado en su rea de trabajo, previa presentacin a los dems compaeros de la dependencia, al rea completa, as como, a aquellos con quienes tendr relaciones de trabajo. e) Evaluar el progreso del empleado, de acuerdo a los mtodos establecidos, motivarlo y orientarlo en cuanto sea necesario.f) Supervisar que los nuevos empleados cumplan las normas y polticas de la empresa.

1.7 Re-ingreso de ex-empleados

18. Los empleados que laboraron en ECO-PONIA invernaderos y posteriormente soliciten reingresar a la empresa, podrn hacerlo siempre que cumplan con los requisitos siguientes:

a) Que la terminacin del contrato de trabajo haya ocurrido por renuncia voluntaria o por cualquier otra causa no perjudicial a los intereses de la empresa.b) Que durante el tiempo transcurrido fuera de la empresa, no haya cometido actos al margen de la ley, ni haber sido condenado por estos. Para estos fines, deber suministrar en original, certificacin reciente de no antecedentes judiciales. c) Que su historial de servicio sea satisfactorio y los resultados de la evaluacin de desempeo del ltimo ao trabajado en la empresa, sea buena.d) Que cumpla con los dems requisitos de evaluacin y seleccin establecidos.e) Que exista un puesto vacante.

2. HORARIO DE TRABAJO

19. El personal que labora en ECO-PONIA invernaderos, est en la obligacin de asistir a su trabajo todos los das laborables como establece la Ley, de acuerdo al horario normal establecido.

20. La jornada de trabajo, durante los das laborables, ser de 8:00 A.M. a 1:00 P.M. contando con dos horas para la comida, y el regreso ser de 3:00 P.M. a 6:00 P.M. siempre y cuando no exista ninguna situacin que afecte el normal desenvolvimiento de las actividades o de la Unidad, que amerite de una extensin del horario de trabajo, la cual podra abarcar das no laborables.

3. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD

25. La Gerencia General de ECO-PONIA invernaderos ser responsable de establecer los mecanismos necesarios, a fin de supervisar y controlar la asistencia y puntualidad del personal de la empresa.

26. Los Supervisores de cada rea sern responsables de velar por el fiel cumplimiento del horario establecido.

27. En caso de ausencia, tardanza o permiso, el empleado deber completar y firmar el formulario Control de Asistencia, el cual indicar las razones que originaron la inasistencia o tardanza. Este formulario tambin ser firmado por el Supervisor inmediato.

28. El Encargado Administrativo ser responsable de asegurar que se archive el formulario Control de Asistencia, en el expediente del empleado para fines de seguimiento y control.

29. Se considerar como inasistencia del personal, cuando el mismo no se haya presentado al lugar de trabajo, sin causa justificada o cuando hayan transcurrido dos (2) horas del inicio de la jornada de trabajo y no haya reportado el motivo de la ausencia o tardanza.

30. Los permisos debern solicitarse con un mnimo de dos (2) das de antelacin a travs del formulario Control de Asistencia, el cual se remitir al Encargado Administrativo. En caso de eventualidad o causa de fuerza mayor, se tomar en consideracin y se evaluarn las causas que originan el mismo.

31. Las ausencias de ms de veinticuatro (24) horas por cualquier causa que no sea por enfermedad, las aprobar el Supervisor inmediato del empleado, el cual deber reportar para fines de conocimiento al Gerente General de ECO-PONIA invernaderos

32. Cada Supervisor de rea ser responsable de otorgar los permisos solicitados por sus empleados, y remitir el formulario Control de Asistencia al expediente del empleado para fines de seguimiento y control.

33. La asistencia del empleado al lugar de trabajo despus de la 8:15 A.M., se considerar tardanza. 34. El motivo de la tardanza se comunicar al Supervisor inmediato, tan pronto el empleado se presente al lugar de trabajo.

35. Cuando el empleado acumule tres (3) tardanzas injustificadas en un mes, se computarn como una ausencia.

36. La ausencia al trabajo slo se justificar por enfermedad del empleado y el mismo debe notificar al supervisor el padecimiento que le impide asistir al lugar de trabajo.

37. El empleado que no se presente a su trabajo despus de haber transcurrido dos (2) horas a partir del inicio del horario de entrada establecido, sin el aviso ni la justificacin previa, se le computar como ausencia de un (1) da completo de labor.

4. SISTEMA PAGO DE SALARIOS

38. El pago al personal por concepto de sueldo se efectuar quincenalmente, el cual se har en efectivo.

39. Se suministrar quincenalmente un comprobante de pago con los datos relativos a su salario, detallando los crditos y descuentos aplicados, por los medios establecidos para estos fines.

5. TERMINACION DE CONTRATO DE TRABAJO

40. La Cooperativa Reservas tendr como poltica que la terminacin de un contrato de trabajo con su personal, deber realizarse de acuerdo a lo establecido en el Cdigo de Trabajo.

41. La terminacin del contrato de trabajo de un empleado se originar por: a) Desahuciob) Fallecimiento c) Renuncia

42. La salida de un empleado de la empresa, sin importar la causa u origen, deber estar sustentada por una comunicacin y/o documento que la ratifique. En los casos de fallecimiento del empleado, se debe presentar copia del Acta de Defuncin.

43. Al momento de la salida del empleado, este entregar formalmente a su Supervisor todas las pertenencias, documentos y activos a su cargo pertenecientes a la Institucin.

44. Recursos Humanos conocer los movimientos del personal, desde el nivel de servicio hasta el nivel de supervisor mandos medios.

45. La renuncia de un empleado, ser dirigida a la Gerencia, a travs de su Supervisor inmediato. Posteriormente, se enviar previa aprobacin del Comit de Gestin Humana, al Departamento Administrativo, para fines del clculo correspondiente a sus prestaciones laborales. 46. La terminacin del Contrato de Trabajo de un empleado, se regir de acuerdo a las reglamentaciones especificadas en el Cdigo de Trabajo.6. LICENCIAS AUTORIZADAS

47. A los empleados se les concedern licencias en casos justificados, con el fin de dispensarlos de asistir al trabajo durante un perodo de tiempo predeterminado, sin afectar sus prerrogativas, segn las siguientes causas:

7. LICENCIA SIN DISFRUTE DE SUELDO

48. La empresa conceder a sus empleados licencia sin disfrute de sueldo.

49. El empleado deber solicitar la licencia sin disfrute de sueldo por escrito a su supervisor inmediato, quien la remitir con sus consideraciones al Encargado Administrativo, para su canalizacin.

50. El empleado que se encuentre en perodo de licencia sin disfrute de sueldo, estar en la obligacin de realizar los aportes al Sistema Dominicano de Seguridad Social y las dems obligaciones del empleado cubiertas por el salario, durante el tiempo de la misma. El Departamento Administrativo ser responsable de controlar esta accin.

8. MANEJO DE DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES

51. Los puestos a los cuales se les autorizarn solicitar documentacin y/o expedientes de empleados, son los siguientes:

a) Gerente General b) Encargados, si corresponde a expedientes de personal bajo su supervisin o de otras unidades, para fines de promocin o traslado.c) Auditor Interno. 52. Se confeccionar un expediente de cada empleado, identificado por nombres, apellidos, y por el cdigo del empleado, en el cual se archivarn los documentos relativos al mismo.

53. El Encargado Administrativo velar porque los documentos y/o expedientes de empleados, se manejen con la debida confidencialidad, acceso y uso restringido.

54. Los documentos y/o expedientes recibidos en el Departamento Administrativo, debern clasificarse y archivarse diariamente.

55. El personal Gerencial y Supervisor, podr solicitar los expedientes de empleados a travs del correo electrnico, y debern firmar el formulario Control de Expediente, al momento de la recepcin y/o entrega.

56. Slo el Auxiliar Administrativo, estar autorizado para localizar, archivar y suministrar documentos al personal Gerencial y Supervisor.

57. Los expedientes prestados a las reas autorizadas, debern devolverse en un tiempo no mayor a cinco (5) das hbiles. 58. La entrega y recepcin de un expediente, deber realizarse bajo inventario del contenido del mismo.

59. El personal autorizado que solicite un expediente o documento, ser responsable del mismo, en caso de deterioro o prdida de documentacin o expediente, estar sujeto a las medidas disciplinarias establecidas.

60. Si un expediente o documentacin es requerido, y ya ha sido prestado, el Auxiliar Administrativo informar al solicitante la fecha que el expediente estar disponible o gestionar su obtencin anticipada, para facilitarlo al nuevo requirente.

9. CLASIFICACION Y VALORACION DE PUESTOS

61. La Cooperativa Reservas, se regir en cuanto al sistema de valoracin de puestos, por las polticas establecidas por la Direccin General de Recursos Humanos.

10. REMUNERACION

62. SE contar con un sistema de remuneracin establecido por el Consejo de Administracin de la empresa, con el objetivo de contratar y conservar el personal que requiere la misma. 63. Para cada categora de puesto se establecer un sueldo mnimo, un sueldo medio y un sueldo mximo. Asimismo, se realizarn aumentos porcentuales, acorde con la evaluacin del desempeo, la capacidad financiera de la empresa, la inflacin, los niveles de remuneracin en el mercado de trabajo y cualquier otro factor que se considere pertinente y permita una remuneracin justa.

11. EVALUACIN DEL DESEMPEO

64. El Gerente General, llevar a cabo el proceso de evaluacin del desempeo al personal de la empresa, en coordinacin con los Supervisores, Consejo de Administracin y la Comisin de Recursos Humanos de

65. La evaluacin de desempeo se realizar de manera individual, segn polticas y normas establecidas, a fin de valorar las cualidades, rendimiento y potencial del personal que presta servicios en ECO-PONIA invernaderos, de forma objetiva e imparcial, como justo reconocimiento al mrito personal.

66. Los perodos de evaluacin de desempeo se realizarn cada seis (6) meses, a fin de dar seguimiento a corto plazo a la ejecucin de las tareas asignadas al empleado.

67. Los empleados, recibirn la primera evaluacin del desempeo al cumplir los tres (3) meses del perodo de prueba en la empresa. Al concluir satisfactoriamente el perodo de prueba exigido, ser nombrado con carcter definitivo o fijo.

12. CAPACITACION Y DESARROLLO

68. La Gerencia General apoyada y apegada a las polticas establecidas, de ofrecer servicios de calidad, mantendr al personal motivado, capacitado y con la debida disposicin para desempear sus funciones de manera eficiente. Para estos fines, incluir en el Plan Estratgico anual, el presupuesto necesario para los programas de capacitacin y actualizacin del personal.

69. La Comisin de Recursos Humanos evaluar anualmente y formular la poltica conjuntamente con el Gerente General, de las necesidades de adiestramiento y capacitacin del personal.

13. COMPENSACIONES Y BENEFICIOS

70. La Gerencia General compensar al personal con una serie de beneficios adicionales al sistema de remuneracin, a fin de favorecer la retencin de sus mejores recursos humanos. Estos beneficios se detallan a continuacin:

13.1 Aumento salarial:

71. Los aumentos salariales se establecern basados en dos factores:

a) Evaluacin de desempeo.b) Cambios de nivel salarial en el mercado laboral.

13.2 Vacaciones:

72. Los empleados de ECO-PONIA invernaderos, tendrn derecho a disfrutar del perodo de vacaciones de 14 das laborables, al cumplir su primer ao de servicio ininterrumpido en la empresa, y en lo sucesivo, se beneficiarn del pago de vacaciones segn la escala establecida por el Cdigo de Trabajo, Art.177, a saber:

73. Cada Supervisor de rea deber planificar anualmente, el perodo de vacaciones del personal bajo su dependencia, y enviar al Departamento Administrativo a ms tardar el treinta y uno (31) de diciembre de cada ao, a fin de realizar el calendario de vacaciones para el prximo ao.

74. El Gerente General, deber completar el formulario Aviso de Cambio para registrar las vacaciones programadas del empleado y remitirlo al Departamento Administrativo.

75. El Gerente General, reportar los cambios en las vacaciones programadas de los empleados, al Departamento Administrativo, justificando las razones y causas de los mismos.

76. Las vacaciones pueden ser fraccionadas por acuerdo entre el empleado y la empresa; pero en todo caso, el empleado debe disfrutar de un perodo de vacaciones no inferior a una semana. Las excepciones a esta regla debern ser autorizadas por el Gerente General, conjuntamente con el Supervisor del rea y remitir al Departamento Administrativo.

13.3 Bonificacin Anual:

79. Los empleados, recibirn la participacin en los beneficios de la empresa, dependiendo de:

a) Si la empresa al cierre de su ao fiscal obtiene beneficios o utilidades. Si no los obtiene, la obligacin desaparece. b) Si hay beneficios, la participacin debe pagarse a los empleados a ms tardar entre los noventa y los ciento veinte das, despus del cierre de cada operacin econmica de la empresa.

80. Anualmente, los empleados recibirn la bonificacin correspondiente a los beneficios netos de la empresa, de conformidad con lo establecido en el artculo 223 del Cdigo de Trabajo, segn se muestra en el cuadro siguiente:

13.4 Seguro Mdico:

81. El empleado que ingrese a ECO-PONIA invernaderos podr afiliarse al Instituto Mexicano del Seguro Social.

13.5 Exclusin del Seguro Mdico:

82. Todo empleado que por cualquier razn rescinda del contrato de trabajo, quedar desafiliado del Seguro Mdico. Solo conservar los servicios del Plan Bsico de Salud por sesenta (60) das adicionales, a partir de la fecha de su desafiliacin, segn lo establece el Art. 124 de la Ley No.87-01 del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

13.6 Fondo de Pensiones:

83. Todo empleado, segn la Ley de Seguridad Social Nm. 87-01, deber estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones. Esta afiliacin tendr una cotizacin mxima del diez por ciento (10%) del salario cotizable del empleado.

84. Los porcentajes de aportacin para cubrir este costo a cargo del empleado y del empleador, estarn regidos segn lo establecido en la Ley Nm. 87-01.

85. ECO-PONIA invernaderos, suministrar las facilidades a sus empleados para afiliarse a la Administradora de Fondos de Pensiones Reservas.

14. DEBERES Y DERECHOS DEL PERSONAL

14.1 Sern deberes de los empleados:

86. Respetar, cumplir y hacer cumplir las normas legales, polticas, reglamentos y disposiciones administrativas que sirven de sustentacin a las operaciones de la empresa.

87. Desempear las labores asignadas con responsabilidad, inters, dedicacin, eficiencia, esmero y honestidad.

88. Cumplir con las rdenes de trabajo que les impartan sus superiores inmediatos y realizar las labores adicionales que por inters institucional se les asignen, siempre que sean compatibles con sus aptitudes y se traten de funciones propias del puesto, el departamento y/o la empresa.

89. Velar por la preservacin de todos los intereses de la empresa.

90. Guardar la ms absoluta reserva sobre los asuntos confidenciales.

91. Dar el debido tratamiento de respeto, cortesa y consideracin a sus superiores, compaeros, subordinados y pblico en general, as como realizar sus labores con espritu de solidaridad y unidad.

92. Mantener una conducta pblica y privada que no afecte el buen nombre de la empresa.

93. Asistir a las reuniones, cursos, seminarios, charlas y otros actos requeridos por la necesidad del servicio o tendentes a la superacin y capacitacin personal.

94. Obedecer el rgimen disciplinario, as como las dems normas ticas y de buenas costumbres ciudadanas.

14.2 Sern derechos de los empleados los siguientes:

95. Disfrutar de una remuneracin equitativa, de acuerdo con la poltica salarial establecida.

96. Disfrutar de los beneficios y servicios adicionales a la remuneracin, segn lo establecido en el presente reglamento.

97. Ser evaluado en el desempeo de sus funciones de forma justa y objetiva.

98. Tener igualdad de oportunidades para optar por puestos de mayores responsabilidades y compensaciones, segn su capacidad y mritos personales.

99. Ser objeto de la debida consideracin y del buen trato de palabras y de accin.

100. Beneficiarse del descanso semanal, vacaciones, licencias y de los das declarados no laborables por las leyes.

101. No ser objeto de discriminacin por motivos de raza, religin, poltica partidaria y situacin socio-econmica.

102. Ejecutar el trabajo bajo adecuadas condiciones fsicas, as como una equitativa distribucin del mismo.

103. Apelar cualquier accin en que se considere afectado desfavorablemente en la aplicacin de los sistemas de evaluacin del desempeo, rgimen disciplinario y otras acciones de personal.

104. Recibir las indemnizaciones y beneficios que legalmente estn establecidas en el Cdigo de Trabajo y los reglamentos de la empresa.

105. Beneficiarse de los programas de adiestramiento y desarrollo personal.

106. Expresar sus puntos de vista, iniciativas e inquietudes relacionadas con su trabajo en procura de mejorarlo.

15. REGIMEN DISCIPLINARIO

15.1 OBLIGATORIEDAD:

107. Todos los empleados que laboran en ECO-PONIA invernaderos, estarn en la obligacin de someterse a las normas disciplinarias establecidas, as como, a las disposiciones, instrucciones y rdenes complementarias que procedan de los rganos directivos competentes.

108. Incurren en responsabilidad disciplinaria los supervisores que permitan, encubran o induzcan a los empleados a incurrir en faltas establecidas en el presente Manual.

15.2 FALTAS DISCIPLINARIAS:

109. Est establecido por la legislacin laboral, que todo trabajador o empleado debe desempear las labores para las cuales fue contratado, en la forma, tiempo o lugar convenido y bajo la direccin de la autoridad a que est subordinado en todo lo concerniente al trabajo.

Como consecuencia de lo descrito anteriormente y para los efectos de aplicacin del presente reglamento, las faltas disciplinarias se clasifican en leves y graves.

15.2.1 Faltas Leves:

110. Retrasar o descuidar involuntariamente sus labores.

111. Descuidar la adecuada conservacin de los equipos, materiales y documentos de trabajo propiedad de la empresa. 112. Dejar de asistir al trabajo un (1) da durante el mes, sin causa justificada.

113. Acumular tres (3) impuntualidades injustificadas dentro del mismo mes.

114. Adoptar conducta incorrecta o descorts con sus supervisores y compaeros de trabajo.

115. Inducir a otros empleados en faltas leves en el cumplimiento de sus deberes.

116. Utilizar equipos o bienes de la empresa para beneficio personal, sin la debida autorizacin del funcionario competente.

15.2.2 Faltas Graves: 117. Cometer actos deshonestos, injuria, difamacin, insubordinacin individual o colectiva, adoptar conducta inmoral o que lesione el buen nombre o los intereses de la empresa. 118. Acosar sexualmente a los empleados.

119. Dejar de asistir al trabajo durante dos (2) das consecutivos o dos (2) das en el mismo mes, sin el previo y debido permiso del funcionario competente, salvo si se ha debido a causa de fuerza mayor.

120. Ausentarse del lugar de trabajo durante horas laborales, sin el permiso correspondiente. 121. Causar por negligencia, daos en la conservacin de los locales, materiales, equipos y documentos de trabajo.

122. Divulgar informacin confidencial.

123. Incurrir en falta voluntaria en el cumplimiento de la funcin para la cual fue contratado.

124. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias narcticas o estupefacientes.

125. Alterar y/o modificar los mtodos y procedimientos de trabajo establecidos, sin la autorizacin correspondiente.

126. Inducir a otros empleados en la comisin de faltas graves en el desempeo de sus funciones.

127. Dedicar tiempo en el horario de trabajo a actividades contrarias a las que fue contratado, sin la autorizacin correspondiente.

128. Recibir ddivas, beneficios, contribuciones, gratificaciones, obsequios, comisiones o prebendas por haber cumplido con su funcin o por haber gestionado una decisin favorable a un tercero.

129. Actuar con imprudencia o descuido inexcusables, comprometiendo la seguridad de la oficina y de las personas que all se encuentren.

130. Negarse a adoptar las medidas preventivas indicadas por las autoridades competentes para evitar accidentes o enfermedades.

131. Poseer y ocultar intencionalmente una comprobada enfermedad contagiosa, que pueda poner en peligro la salud de los dems empleados.

132. Portar armas blancas, de fuego u objetos punzocortantes en el rea de trabajo, sin la autorizacin competente.

133. Cualquier otra falta u omisin, que a juicio de la autoridad sancionadora, sean similares por su naturaleza, a las anteriormente indicadas.

15.3 SANCIONES DISCIPLINARIAS

134. La violacin a las reglas disciplinarias establecidas, conllevarn la imposicin de las siguientes sanciones, de acuerdo a la gravedad de las faltas cometidas:

15.3.1 Sanciones por incurrir en faltas leves:

15.3.2 Sanciones por incurrir en causas graves:

15.3.3 Sanciones en lo que respecta al rengln de las ausencias:

16. ADMINISTRACION DEL REGIMEN DISCIPLINARIO 135. El rgimen disciplinario establecido, ser administrado por la Gerencia General y el Departamento Administrativo. 136. El Gerente General y los Encargados Departamentales vigilarn y observarn el mismo, as como la aplicacin de las sanciones establecidas. 137. La rescisin del contrato de trabajo de un empleado, ser solicitada por el Encargado del rea a la Gerencia General, anexando un informe detallado de los motivos para su posterior sometimiento a la aprobacin del Consejo de Administracin correspondiente.

17. DISPOSICIONES GENERALES

17.1 Administracin y Aplicacin del Manual:

138. La Gerencia General, asegurar la interpretacin y aplicacin correcta de las disposiciones establecidas en este manual.

17.2 Modificacin del Manual:

139. Las disposiciones establecidas en este Manual podrn modificarlas, las autoridades competentes, de acuerdo a los estatutos de la Empresa, cuando lo estimen conveniente.

17.3 Distribucin del Manual:

140. Este Manual se distribuir a todo el personal de la Cooperativa Reservas.