MANUAL PROCEDIMIENTOS ENSAYOS CLÍNICOS PERU

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOS CLÍNICOSEN EL PERÚ

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INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

MAPRO-INS-001 Edicin N 01

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOS CLNICOS Pg. 1 de 94

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOS CLNICOS EN EL PER

ELABORADO POR

: OGITT Med. Sixto Snchez Caldern OEI Med. Fredy Canchihuamn Rivera

REVISADO POR

:

OGAT OGAJ OEO

Sr. Jorge Orellana Sols Abog. Cecilia Esquivel Fernndez Lic. Gloria Aragons Alosilla

APROBADO POR

: JEFATURA: Med. Patricia Garca Funegra

RESOLUCIN JEFATURAL N

FECHA:

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOS CLNICOS Pg. 2 de 94

CONTENIDO

INTRODUCCIN

I.

GENERALIDADES 1. OBJETIVO 2. CAMPO DE APLICACIN 3. BASE LEGAL 4. ABREVIATURAS 5. RESPONSABILIDADES 6 6 6 7 7

II.

ORGANIZACIN DEL INS Y DE LA DIRECCIN DE GENERAL DE INVESTIGACIN Y DESARROLLO DE TECNOLOGA 1. MISIN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD 2. OBJETIVOS ESTRATGICOS INSTITUCIONALES DEL INS 3. OFICINA GENERAL DE INVESTIGACIN Y TRANSFERENCIA TECNOLGICA 4. OFICINA EJECUTIVA DE INVESTIGACIN 9 7 8 8

III.

PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A LOS ENSAYOS CLNICOS 1. PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIN DE UN ENSAYO CLNICO 2. PROCEDIMIENTOS PARA LA RENOVACIN DE LA AUTORIZACIN, MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIN Y ENMIENDAS DE UN ENSAYO CLINICO 3. PROCEDIMIENTOS PARA LA NOTIFICACIN DE EVENTOS ADVERSOS SERIOS 4. PROCEDIMIENTO PARA EL ENVIO DE INFORMES DE AVANCES, INFORMES FINALES Y PUBLICACIONES 5. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A INFRACCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SANCIONES 6. PROCEDIMIENTOS PARA LA RECONSIDERACIN O APELACIN DE UN DICTAMEN 28 28 27 24 10 16

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7. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS AL MANEJO DEL SISTEMA DE INFORMACIN DE ENSAYOS CLNICOS IV. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS AL REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIN, ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIN POR CONTRATO Y COMITS DE TICA EN INVESTIGACIN 1. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIN 2. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIN POR CONTRATO (OIC) 3. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE COMITS INSTITUCIONALES DE TICA EN INVESTIGACIN V. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A LA INSPECCIN DEL ENSAYO CLNICO 1. GENERALIDADES 2. OBJETIVO 3. TIPOS DE INSPECCIN 4. PROCEDIMENTOS ANTES DE REALIZAR LA INSPECCIN 5. INSPECCIN DE CENTRO DE INVESTIGACIN 6. INSPECCIN DE ORGANIZACIN DE INVESTIGACIN POR CONTRATO (OIC)/PATROCINADOR RELACIONADO AL ENSAYO CLNICO 7. INSPECCIN DE COMIT INSTITUCIONAL DE TICA QUE APROB ESTUDIO INSPECCIONADO 8. TRMINO DE LA INSPECCIN, RECOMENDACIONES Y MEDIDAS A TOMAR POST INSPECCIN BIBLIOGRAFA

29

32

34

36

39 39 40 40 41 44

44

44

46

ANEXOS ANEXO 1 ANEXO 2 SOLICITUD DE AUTORIZACIN DE ENSAYO CLNICO FORMULARIO DE EVALUACIN DE PROTOCOLOS 47 50

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ANEXO 3 ANEXO 4

ANEXO 5 ANEXO 6 ANEXO 7

COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERS PARA RENOVACIN DE LA AUTORIZACIN, MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIN Y ENMIENDAS DE UN ENSAYO CLNICO GUA DE PROTOCOLOS DE INVESTIGACIN GUA DEL MANUAL DEL INVESTIGADOR DECLARACIN JURADA DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERS FINANCIERO EN LA EJECUCIN DEL ENSAYO CLNICO PRESUPUESTO DEL ENSAYO CLNICO

52 53

54 57 58

ANEXO 8 ANEXO 9

59 60

DECLARACIN JURADA DE CONTAR CON PRESUPUESTO PARA COMPENSAR Y CUBRIR GASTOS POR DAOS OCASIONADOS COMO RESULTADO DE LA PARTICIPACIN EN EL ENSAYO CLNICO ANEXO 10 LISTADO DE PRODUCTOS Y SUMINISTROS A UTILIZAR EN EL ENSAYO CLNICO ANEXO 11 FICHA DE REPORTE DE EVENTOS ADVERSOS SERIOS EN ENSAYOS CLNICOS E INSTRUCTIVO DE USO ANEXO 12 INFORME DE AVANCE DE ENSAYO CLNICO ANEXO 13 ANEXO 14 INFORME FINAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIN SOLICITUD PARA REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIN PARA LA REALIZACIN DE ENSAYOS CLNICOS SOLICITUD PARA REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIN POR CONTRATO (OIC) SOLICITUD PARA REGISTRO DE COMIT INSTITUCIONAL DE TICA EN INVESTIGACIN FICHA DE INSPECCIN DE CENTROS DE INVESTIGACION FICHA DE INSPECCION DE ORGANIZACIN DE INVESTIGACIN POR CONTRATO/PATROCINADOR FICHA DE INSPECCION DE COMIT INSTITUCIONAL DE ETICA EN INVESTIGACIN DEFINICIONES OPERATIVAS

61 63 71 73 75

ANEXO 15 ANEXO 16 ANEXO 17 ANEXO 18 ANEXO 19 ANEXO 20

77 78 80 84 86 88

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INTRODUCCIN

Mediante la Ley del Ministerio de Salud N 27657, se establece que el Instituto Nacional de Salud, como Organismo Pblico Descentralizado del Ministerio de Salud, tiene como misin la promocin, desarrollo y difusin de la investigacin cientfica tecnolgica y la prestacin de servicios de salud en los campos de la salud pblica, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentacin y nutricin, la produccin de biolgicos, el control de calidad de alimentos, productos farmacuticos y afines, la salud ocupacional y proteccin del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la poblacin. Segn el artculo 34 del Decreto Supremo N 013-2003-SA Reglamento de la Ley N 27657 Ley del Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud es el encargado de proponer polticas y normas, promover, desarrollar y difundir la investigacin cientfica-tecnolgica y brinda servicios de salud en los campos de salud pblica y de desarrollar y difundir la investigacin cientfica y tecnolgica en salud. Considerando la necesidad de regular uniforme y ordenadamente los postulados, principios, aspectos administrativos, relativos a la ejecucin de los ensayos clnicos en el Per, se aprob el Reglamento de Ensayos Clnicos en el Per, mediante Decreto Supremo N 0172006-SA y su modificatoria mediante Decreto Supremo N 006-2007-SA y D.S. 011-2007-SA, el mismo que en su Artculo 5 establece que el Instituto Nacional de Salud es la autoridad encargada a nivel nacional de velar por el cumplimiento del referido reglamento y de las normas conexas que rigen la autorizacin y ejecucin de los ensayos clnicos, as como dictar las disposiciones complementarias que se requieran para su aplicacin. En este contexto, el Instituto Nacional de Salud ha elaborado el Manual de Procedimientos de Ensayos Clnicos en el Per, cuyo objetivo es establecer los procedimientos de carcter administrativo y tcnico para la presentacin, evaluacin, autorizacin y modificaciones de ensayos clnicos, inspecciones y la notificacin de eventos adversos; as como registrar los Centros de Investigacin, Organizaciones de Investigacin por Contrato y los comits de tica en Investigacin que realizan actividades en el Per. La finalidad de este documento es homogenizar las actividades relacionadas a los Ensayos Clnicos protegiendo el derecho, fomentando el respeto de los sujetos de investigacin y promoviendo la creacin de nuevas evidencias cientficas para mejorar la salud y calidad de vida de las personas.

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ENSAYOS CLNICOS EN EL PER

CAPTULO I GENERALIDADES 1. OBJETIVO

El objetivo de este manual es establecer los procedimientos de carcter administrativo y tcnico para la presentacin, evaluacin, autorizacin y modificaciones de ensayos clnicos, inspecciones y la notificacin de eventos adversos; as como registrar los Centros de Investigacin, Organizaciones de Investigacin por Contrato y los comits de tica en Investigacin que realizan actividades en el Per. 2. CAMPO DE APLICACIN

Personas naturales o jurdicas, entidades pblicas o privadas, nacionales o extranjeras que realicen o estn vinculadas con ensayos clnicos en seres humanos en el territorio nacional. 3. BASE LEGAL a) b) Ley N 27657, Ley del Ministerio de Salud. Decreto Supremo N 013-2003-SA, Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud. c) Decreto Supremo N 001-2003-SA, Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Salud. d) e) Decreto Supremo N 017-2006-SA, Reglamento de Ensayos Clnicos. Decreto Supremo N 006-2007-SA, modificatoria del Reglamento de Ensayos Clnicos. f) Decreto Supremo N 011-2007-SA, amplan plazo establecido en la segundo disposicin complementaria del reglamento de Ensayos Clnicos en el Per.

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4. ABREVIATURAS AEC CI CIEI CV DIGEMID EAS EC GCI INS IP OEI OGITT OIC RAM RNE rea de Ensayos Clnicos Centro de Investigacin Comit Institucional de tica en Investigacin Currculum Vitae Direccin General de Medicamentos, Insumos y Drogas Evento Adverso Serio Ensayo Clnico Grupos Cooperativos de Investigacin Instituto Nacional de Salud Investigador principal Oficina Ejecutiva de Investigacin Oficina General de Investigacin y Transferencia Tecnolgica Organizacin de Investigacin por Contrato Reaccin Adversa a Medicamentos Registro Nacional de Ensayos Clnicos

5. RESPONSABILIDADES

Son responsables de cumplir este manual los Patrocinadores, Organizaciones de Investigacin por Contrato, Centros de Investigacin e Investigadores Principales cada vez que requieran realizar o se encuentren realizando algn ensayo clnico en el Per.

CAPTULO II ORGANIZACIN DEL INS Y DE LA DIRECCIN GENERAL DE INVESTIGACIN Y TRANSFERENCIA TECNOLGICA 1. MISIN DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

Segn lo establecido en el Reglamento de Organizacin y Funciones, el Instituto Nacional de Salud tiene como Misin, la promocin, desarrollo y difusin de la investigacin cientfica tecnolgica y la prestacin de servicios de salud en los campos de la salud pblica, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la alimentacin y nutricin, la produccin de biolgicos, el control de calidad de alimentos, productos farmacuticos y afines, la salud ocupacional y

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proteccin del ambiente centrado en la salud de las personas y la salud intercultural, para contribuir a mejorar la calidad de vida de la poblacin. 2. OBJETIVOS ESTRATGICOS INSTITUCIONALES DEL INS a) Desarrollar investigaciones en salud para la prevencin de riesgo, proteccin del dao, recuperacin de la salud y rehabilitacin de las capacidades de las personas. Lograr la sistematizacin de la investigacin cientfica en salud. Descentralizacin e integracin a nivel regional de la capacidad diagnstica laboratorial. Acreditacin y certificacin internacional de los laboratorios del Instituto Nacional de Salud. Sistematizacin de la vigilancia alimentaria y nutricional en el mbito regional y nacional. Desarrollar las capacidades del potencial humano en salud, en las reas de competencia del Instituto Nacional de Salud. Modernizacin de los sistemas administrativos y operativos del Instituto Nacional de Salud.

b) c) d) e)

f)

3. OFICINA GENERAL DE INVESTIGACIN Y TRANSFERENCIA TECNOLGICA

La Oficina General de Investigacin y Transferencia Tecnolgica, de acuerdo a lo establecido en el Artculo 22 del ROF, es un rgano asesor de la Alta Direccin, encargado del desarrollo de la investigacin y de tecnologa apropiada en salud y de su transferencia al sector salud y a la comunidad; acta como rgano de coordinacin interna y externa en materia de su competencia. Est a cargo de los siguientes objetivos funcionales generales: 3.1 Formular y proponer a la Alta Direccin los lineamientos y acciones de poltica en investigacin y transferencia tecnolgica, para el desarrollo institucional y sectorial de acuerdo con la Poltica Sectorial. Promover el desarrollo y ejecucin de la investigacin y tecnologa apropiada en salud y de su transferencia al sector salud y a la comunidad. Elaborar planes y programas de transferencia tecnolgica y capacitacin sectorial dentro del mbito de competencia institucional, informando al Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos.

3.2 3.3

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3.4

Lograr que se establezca en la unidad orgnica y en el mbito de su competencia las acciones de control interno, previo, simultneo y posterior.

4. OFICINA EJECUTIVA DE INVESTIGACIN (OEI)

La OGITT tiene a su cargo dos oficinas ejecutivas, una de las cuales es la Oficina Ejecutiva de Investigacin (OEI) la cual est encargada de la promocin y el desarrollo de la investigacin y de tecnologa apropiada en salud. Est a cargo de los siguientes objetivos funcionales especficos:

a)

Proponer los lineamientos de poltica institucional y sectorial en investigacin en salud.

b)

Promover la investigacin en problemas prioritarios de salud y el desarrollo de tecnologas apropiadas en el rea de la competencia del Instituto Nacional de Salud.

c)

Organizar y mantener el sistema de registro, monitoreo y seguimiento de los proyectos de investigacin en salud institucionales y nacionales.

d)

Gestionar y organizar el Fondo Intangible para los proyectos de Investigacin y desarrollo tecnolgico en salud provenientes de fuentes externas cooperantes al Instituto Nacional de Salud.

e)

Coordinar y proponer los proyectos de investigacin y desarrollo tecnolgico para la concertacin de lneas de cooperacin tcnica.

f)

Asesorar en la elaboracin de perfiles y diseo de los proyectos de investigacin en salud, as como en la ejecucin de los mismos.

g)

Lograr que se establezca en la unidad orgnica y en el mbito de su competencia las acciones de control interno, previo, simultneo y posterior.

La Oficina Ejecutiva de Investigacin tiene tres reas funcionales, el rea de ensayos clnicos (AEC), el rea de Investigacin en Salud Pblica y el rea de Proteccin de Sujetos Humanos. El rea de Ensayos Clnicos tiene tres componentes: Equipo Evaluador, equipo de Eventos Adversos, y el Administrador del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos.

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CAPTULO III PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A LOS ENSAYOS CLNICOS 1. PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACIN DE UN ENSAYO CLNICO

Este procedimiento es requerido cada vez que una persona natural o jurdica, entidad pblica o privada, nacional o extranjera desee iniciar un ensayo clnico con sujetos humanos dentro del pas.

1.1

ALCANCE Todas las organizaciones de investigacin por contrato, pblicas o privadas, nacionales o extranjeras que desarrollan o conduzcan ensayos clnicos a nivel nacional.

1.2

DOCUMENTACIN REQUERIDA Los documentos requeridos para el trmite de autorizacin de un ensayo clnico son los siguientes a) Aprobacin del ensayo clnico emitido por la autoridad mxima de la(s) Institucin(es) de investigacin donde se realizar el ensayo clnico b) Protocolo de investigacin, en versin en espaol y en idioma original si es diferente al espaol, segn anexo 5 c) Aprobacin tica del ensayo clnico emitido por un Comit Institucional de tica en Investigacin registrado en el Instituto Nacional de Salud. d) Manual del Investigador actualizado, en versin en espaol y en idioma original (si es diferente al espaol) segn el anexo 6. e) Declaracin jurada segn anexo 7, firmada por la organizacin/institucin ejecutora y el investigador principal, estableciendo que no existe conflicto de inters financiero en la ejecucin del ensayo clnico. f) Presupuesto del Ensayo Clnico segn anexo 8. g) Pliza del seguro vigente que permita cubrir los daos al sujeto de investigacin asociados con el ensayo clnico, excepto cuando el ensayo clnico se relaciona a un rea de importancia en salud pblica y el patrocinador es una entidad gubernamental del pas (o de otro pas), el Instituto Nacional de Salud del Per (o de otro pas), universidades peruanas o extranjeras, fondos de cooperacin

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para Investigacin en salud, fundaciones privadas que apoyan la investigacin en salud o redes mundiales de grupos cooperativos de investigacin. h) Con o sin pliza, se deber presentar una declaracin jurada (segn anexo 9) asegurando el contar con presupuesto para cubrir gastos por posibles daos ocasionados como resultado de la participacin en el ensayo clnico, la cual debe ser firmada por el patrocinador y el investigador principal. i) Listado de suministros necesarios para el desarrollo del ensayo clnico, segn el anexo 10. j) Currculum Vitae no documentado del Investigador Principal y Coinvestigador(es). k) Comprobante de pago de derecho de trmite por cada centro de investigacin.

1.3

PROCEDIMIENTO Los pasos a seguir para este procedimiento se muestran en el cuadro 1. CUADRO 1: Autorizacin de un Ensayo Clnico Responsable Patrocinador u OIC Procedimiento Tiempo

Ingresa electrnicamente los datos en la solicitud de -7 das Autorizacin del Ensayo Clnico (anexo 1) con lo cual recibe un cdigo de registro del RNE que queda impreso en la solicitud. Imprime la solicitud electrnica, la firma y la presenta al Da 0 rea de Trmite Documentario del INS dentro de los siete (7) das hbiles posteriores a la solicitud electrnica, adjuntando la documentacin requerida dentro de un archivador de palanca tamao oficio, debidamente foliado, e indicando mediante separadores los nombres de los documentos presentados segn el anexo 1. Recepciona el expediente y verifica que contenga todos los 1 da requisitos establecidos segn lista de chequeo. Si falta algn documento, el expediente no se aceptar. Si no se completa la documentacin en un plazo de 30 das, el registro electrnico ser eliminado. Los expedientes completos ingresarn al sistema de trmite documentario.

Patrocinador u OIC

rea de trmite documentario

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Responsable Secretaria de la DG OGITT

Procedimiento

Tiempo

Recepciona el expediente completo. 1da Enva con oficio, el manual del investigador a DIGEMID para su evaluacin. Deriva el expediente al Administrador del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos. Ingresa aI RNE con el cdigo de registro, verifica datos Mismo generales y adiciona el cdigo de trmite documentario. da Identifica al evaluador del ensayo clnico de acuerdo a la carga laboral, deriva el expediente e ingresa la fecha de inicio de evaluacin. Recepciona el expediente corroborando que contenga todos 30 das los requisitos establecidos segn lista de chequeo. Evala, en forma simultnea a la evaluacin por DIGEMID, el protocolo y los expedientes de los ensayos clnicos segn anexos 2 y 5. En caso de ser necesario, debido a la complejidad del ensayo clnico, coordinar evaluacin con consultores cientficos expertos, dentro del plazo establecido. Elabora, si se requiere, el oficio conteniendo todas las preguntas y observaciones del evaluador al patrocinador e ingresando en el RNE la fecha en que el evaluador hace la consulta al patrocinador. Cuando hay observaciones se detiene el tiempo de trmite de evaluacin por la OGITT hasta la respuesta. El evaluador ingresar al RNE el estado del trmite: fecha de envo de consulta al patrocinador, fecha de respuesta del patrocinador.

Administrador del Sistema de Informacin de EC

Evaluador del rea de EC

DIGEMID Evaluador del rea de EC

Evala manual de investigador y enva informe al INS.

30 das1

Elabora y proyecta (usando formato establecido) el informe 5 das de la evaluacin, oficio denegando la autorizacin solicitada o la Resolucin Directoral de Autorizacin, segn corresponda. El informe y oficio proyectados mostrarn en la parte inferior izquierda las iniciales del nombre del evaluador con su

1

La revisin de DIGEMID se realiza simultneamente a la revisin por la OEI.

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Responsable

Procedimiento respectiva verificacin. Al final del proceso el evaluador ingresar al RNE la fecha de respuesta, tipo y nmero de documento.

Tiempo

Director Ejecutivo de la OEI Director General de la OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC. Secretaria de la DG OGITT

Revisa y firma el informe, verifica el oficio y visa el proyecto 1 da de Resolucin Directoral.

Firma la Resolucin Directoral de autorizacin del Ensayo 1 da clnico u oficio segn corresponda. Ingresa los datos finales del trmite en el RNE, consignando Mismo el estado del trmite correspondiente. da

Enva la Resolucin Directoral de autorizacin u oficio 1 da respectivo al interesado.

1.4

SITUACIN CONTROVERSIAL

Se define como controversial a aquella situacin identificada por el evaluador en la cual, despus de una discusin con el director de la OEI y de la OGITT, existan dudas sobre los riesgos y beneficios de la realizacin del ensayo clnico. En caso de existir una situacin controversial se conformar una Comisin Tcnica Ad-hoc, integrada por un nmero impar de profesionales, para lo cual la OGITT tendr una lista de consultores cientficos expertos, disponible en la pgina web del INS. Para la evaluacin de la situacin controversial, se realizarn los siguientes procedimientos: a) La OGITT invitar formalmente a los miembros de la Comisin. b) Los miembros de la comisin suscribirn el formato de compromiso de confidencialidad y ausencia de Conflicto de Inters (Anexo 3)

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c) Los miembros de la Comisin Tcnica Ad-hoc revisarn individualmente el expediente. d) La Direccin Ejecutiva de Investigacin coordinar con los miembros de la Comisin Tcnica Ad-hoc para fijar la fecha de reunin. e) La Comisin Tcnica Ad-hoc, en sesin cerrada, discutir y emitir la respectiva acta de Informe Tcnico. f) Dependiendo de la situacin la comisin podr convocar a los

patrocinadores/OIC, investigadores y/o miembros del comit de tica que revis el estudio. Los miembros de la Comisin Tcnica Ad-hoc estn obligados a guardar absoluta discrecin y confidencialidad sobre el expediente en evaluacin.

1.5

DURACIN DEL PROCEDIMIENTO

El procedimiento de autorizacin, desde el inicio del trmite hasta la emisin del dictamen final tendr una duracin mxima de cuarenta (40) das hbiles. En caso se realice alguna observacin o se requiera informacin complementaria a presentar por el patrocinador/OIC, se suspender el conteo del plazo de evaluacin hasta que se levante la observacin o reciba la informacin solicitada. El patrocinador/OIC tendr un plazo mximo de 30 das para responder, de otro modo el trmite se dar por concluido.

En ensayos clnicos con productos en investigacin de terapia gnica, terapia celular somtica, as como de productos derivados de organismos modificados genticamente, y aquellas situaciones controversiales que impliquen la

convocatoria de comisiones tcnicas, el plazo mximo para la autorizacin del ensayo clnico ser de sesenta (60) das hbiles (que incluyen 45 das para la evaluacin del perfil de seguridad por DIGEMID).

En todo el proceso de autorizacin, los patrocinadores/OIC e investigadores tendrn acceso a la situacin del trmite de sus respectivos expedientes a travs de la pgina web institucional: www.ins.gob.pe

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1.6

VIGENCIA

La Autorizacin del ensayo clnico tendr como mximo una vigencia de 12 meses a partir de la fecha de su emisin. Este tiempo de vigencia es vlido para todos los centros de investigacin, independientemente de la fecha de autorizacin de su funcionamiento. Si se determina no autorizar el Ensayo Clnico, el Patrocinador u OIC podrn interponer recurso de reconsideracin y apelacin segn las normas establecidas.

1.7

DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIN Para retirar o dejar sin efecto un trmite se debe presentar un documento escrito, dejando expresa constancia de este deseo. La solicitud de retirar o dejar sin efecto un procedimiento en trmite, se entiende como un desistimiento (Numeral 189.1 del artculo 189 de la Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General). El desistimiento del procedimiento implicar la culminacin del mismo. Esto no impide que posteriormente vuelva a plantearse igual pretensin en otro procedimiento.

1.8

CASO ESPECIAL PROCEDIMIENTOS INICIADOS ANTES DE LA VIGENCIA DEL DECRETO SUPREMO N 006-2007-SA A partir del 09 de junio del 2007, para los procedimientos iniciados antes de la vigencia del Decreto Supremo N 006-2007-SA, podrn aplicarse las modificatorias del Reglamento de Ensayos Clnicos en el Per, aprobada por Decreto Supremo N 006-2007-SA.

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2.

PROCEDIMIENTOS

PARA

RENOVACIN

DE

LA

AUTORIZACIN,

MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIN Y ENMIENDAS DE UN ENSAYO CLNICO 2.1 RENOVACIN DE LA AUTORIZACIN DE UN ENSAYO CLNICO

El procedimiento de solicitud de renovacin de autorizacin de un ensayo clnico es requerido al terminar el perodo de vigencia (en general 12 meses) de la autorizacin inicial o de la anterior renovacin, siempre y cuando se encuentre dentro del cronograma del ensayo clnico. Esta solicitud debe ser presentada por lo menos con treinta (30) das de anticipacin al vencimiento de la vigencia de la autorizacin anterior.

La renovacin de la autorizacin tendr una vigencia mxima de doce (12) meses a partir de la fecha de su emisin. ste tiempo de vigencia es vlido para todos los centros de investigacin, independientemente de las fechas de autorizacin del funcionamiento de cada uno de ellos.

Documentacin requerida: a) Solicitud de renovacin de autorizacin segn anexo 4. b) Aprobacin del protocolo de investigacin y consentimiento informado vigente, por el comit Institucional de tica en Investigacin

correspondiente con registro en el Instituto Nacional de salud c) Listado adicional de suministros necesarios (si es requerido) para la ejecucin del ensayo clnico, segn lo establecido en el anexo 10 d) Comprobante de pago de derechos de trmite emitido por la Caja del Instituto nacional de Salud.

2.2

MODIFICACIN DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIN DEL ENSAYO CLNICO El procedimiento de la modificacin de las condiciones de autorizacin del ensayo clnico es requerido si se desea hacer uno de los siguientes cambios:

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Ampliacin del nmero de centros de investigacin. Ampliacin o modificacin del listado de suministros a importar. Cambio de Patrocinador, Organizacin de Investigacin por Contrato o Investigador Principal. Extensin del tiempo de realizacin del ensayo clnico. Cierre de Centro de Investigacin. Suspensin de Ensayo Clnico/Terminacin Anticipada del Ensayos Clnico. 2.2.1. AMPLIACIN DEL NMERO DE CENTROS DE INVESTIGACIN En caso se desee incorporar un nuevo centro de investigacin, el Patrocinador o la OIC lo solicitar a la OGITT debiendo presentar la solicitud y adjuntando la documentacin requerida. De darse la autorizacin de un centro adicional, sta tendr vigencia hasta la fecha de vencimiento de la Resolucin de Autorizacin del Ensayo Clnico respectivo. Debe efectuarse el pago por cada centro de investigacin adicional.

Documentacin requerida: a) Solicitud de ampliacin de centro de investigacin segn anexo 4. b) Aprobacin de la Institucin de investigacin adicional donde se realizar el ensayo clnico. c) Informe justificando los motivos de la ampliacin del nmero de centros de investigacin. d) Aprobacin del protocolo de investigacin y consentimiento informado por un Comit de tica institucional de tica en Investigacin con registro en el instituto Nacional de Salud, para el centro de investigacin adicional. e) Declaracin Jurada firmada por el Patrocinado e Investigador Principal sobre el acondicionamiento del centro de investigacin adicional segn lo establecido en el anexo 14. f) Listado detallado adicional de suministros necesarios para la ejecucin del ensayo clnico (si es requerido), segn lo establecido en el anexo 10 g) Currculo Vital no documentado del investigador(es) Principales y Coinvestigador(es)

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h) Comprobante de pago de derechos de trmite por cada centro de investigacin adicional emitido por la Caja del Instituto Nacional de Salud. 2.2.2. AMPLIACIN O MODIFICACIN DEL LISTADO DE SUMINISTROS A IMPORTAR En caso se desee ampliar o modificar el listado de suministros, el Patrocinador u OIC lo solicitar a la OGITT debiendo presentar la solicitud y adjuntando la documentacin requerida.

Documentacin requerida: a) Solicitud de ampliacin o modificacin del listado de suministros segn anexo 4. b) Informe justificando los motivos de la ampliacin o modificacin del listado de suministros c) Listado detallado adicional o modificado de suministros necesarios para la ejecucin del ensayo clnico, segn o establecido en el anexo 10

2.2.3.

CAMBIO DE PATROCINADOR, ORGANIZACIN DE INVESTIGACIN

POR CONTRATO O INVESTIGADOR PRINCIPAL.

En caso se produzca cambio en el Patrocinador, OIC o investigador principal el Patrocinador u OIC lo comunicar a la OGITT debiendo presentar la solicitud y adjuntando la documentacin requerida.

Documentacin requerida: a) Solicitud del cambio de patrocinador, OIC o Investigador Principal, segn anexo 4. b) Informe justificando los motivos del cambio de Patrocinador, OIC o Investigador Principal c) Carta de renuncia del patrocinador, OIC o Investigador Principal anterior d) Carta de aceptacin del patrocinador, OIC o Investigador Principal nuevo

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e) Copia de la carta de toma de conocimiento del CIEI que aprob el estudio, de haber tomado conocimiento del nuevo Patrocinador, OIC o Investigador Principal f) Currculum Vital no documentado del nuevo Investigador Principal 2.2.4. EXTENSIN DEL TIEMPO DE REALIZACIN DEL ENSAYO CLNICO

En caso se decida extender el tiempo total de realizacin programado inicialmente para el ensayo clnico, el Patrocinador o la OIC presentar una solicitud a la OGITT adjuntando la documentacin requerida.

De ser el caso, la OGITT emitir una Resolucin Directoral de extensin del ensayo clnico, la cual tendr vigencia hasta la nueva fecha solicitada de terminacin del ensayo clnico. Esto es independiente de la obligacin de renovar la autorizacin del ensayo clnico cada doce (12) meses (o el periodo estipulado en la autorizacin anterior).

Documentacin requerida a) Solicitud de extensin del tiempo segn anexo 4 b) Informe justificando los motivos de la solicitud de extensin de tiempo c) Aprobacin de la extensin de tiempo por la(s) Institucin(es) Investigacin donde se realizar el ensayo clnico d) Aprobacin de la extensin de tiempo por un CIEI con registro en el INS e) Listado detallado adicional de suministros necesarios (si es requerido) para la ejecucin del ensayo clnico, segn lo establecido en el anexo 10 f) Comprobante de pago de derechos de trmite emitido por la caja del INS. de

2.2.5. CIERRE DE CENTRO DE INVESTIGACIN

En caso se requiera cerrar un centro de investigacin, el Patrocinador u OIC lo solicitar a la OGITT, debiendo presentar la solicitud y adjuntando la documentacin requerida. En el informe de justificacin del procedimiento se incluir todos los datos obtenidos hasta la fecha, y las medidas que se adoptarn con los sujetos en investigacin.

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Documentacin requerida a) Solicitud de cierre de centro de investigacin segn anexo 4 b) Informe justificando los motivos por el que se est solicitando el cierre de centro de investigacin, incluyendo todos los datos obtenidos hasta la fecha, y las medidas que se adoptarn con los sujetos de investigacin. 2.2.6. SUSPENSIN DE ENSAYO CLNICO / TERMINACIN ANTICIPADA DEL ENSAYO CLNICO

En caso, se tenga que interrumpir temporalmente las actividades de un ensayo clnico por diversos motivos o se desee cancelar las actividades en forma anticipada por algn motivo en particular, el Patrocinador o la OIC lo solicitar a la OGITT debiendo presentar la solicitud y adjuntando la documentacin requerida. En el informe de justificacin del procedimiento se incluirn todos los datos obtenidos hasta la fecha, y las medidas que se adoptarn con los sujetos en investigacin.

Excepcionalmente el patrocinador podr cancelar un Ensayo Clnico por razones relevantes de seguridad. En estos casos debe darse cuenta del hecho al Instituto Nacional de Salud de acuerdo al procedimiento establecido en el presente numeral.

Documentacin requerida a) Solicitud de suspensin de ensayo clnico segn anexo 4 b) Informe justificando los motivos por el que se est solicitando la suspensin del ensayo clnico, incluyendo todos los datos obtenidos hasta el momento de la suspensin, y las medidas que se adoptarn con los sujetos en investigacin.

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2.3 PROCEDIMIENTOS INVESTIGACIN

PARA

LAS

ENMIENDAS

AL

PROTOCOLO

DE

Este procedimiento es requerido si el Patrocinador u OIC desea hacer cambios en el protocolo del ensayo clnico. Las solicitudes de enmienda solo sern

procedentes si los cambios propuestos no modifican substancialmente los objetivos ni el/los producto(s) en investigacin.

Si existen modificaciones en estos tems, el trmite que se har es de solicitud de un nuevo ensayo clnico.

Para solicitar una enmienda, el Patrocinador u Organizacin de Investigacin por Contrato deber presentar la solicitud, adjuntando la documentacin requerida. 2.3.1 AUTORIZACIN DE LA ENMIENDA POR RESOLUCIN

Cuando el cambio propuesto es en el ttulo del ensayo clnico, la autorizacin de la enmienda ser aprobada por Resolucin Directoral de la OGITT.

Documentacin requerida a) Solicitud de enmienda segn anexo 4 b) Informe justificando la enmienda que se plantea realizar al ensayo clnico c) Aprobacin de la enmienda al protocolo de investigacin y/o consentimiento informado por un CIEI con registro en el INS d) Comprobante de pago de derechos de trmite emitido por la caja del INS.

2.3.2. AUTORIZACIN DE LA ENMIENDA POR OFICIO

Para otro tipo de enmiendas, que no representen cambios mayores en el diseo o en la ejecucin de la investigacin, ni cambios en el ttulo, la autorizacin ser otorgada mediante oficio por la OGITT.

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Los informes de enmienda o solicitudes de enmienda para un ensayo clnico realizado en varios centros se pueden presentar por separado; sin embargo, para simplificar los procesos administrativos se recomienda que se solicite la enmienda respectiva para todos los centros de investigacin.

Documentacin requerida a) Informe de enmienda segn anexo 4 b) Informe detallando la(s) enmienda(s) que se plantea realizar al ensayo clnico segn anexo 4 c) Aprobacin de la enmienda al protocolo de investigacin y/o el consentimiento informado por un CIEI con registro en el INS 2.4. PROCEDIMIENTOS PARA LA RENOVACIN MODIFICACIN DE LAS

CONDICIONES DE AUTORIZACIN Y ENMIENDAS Los pasos a seguir para estos procedimientos se muestran en el cuadro 2. CUADRO 2: y enmiendas Responsable Patrocinador u OIC Procedimiento Ingresa electrnicamente los datos en la solicitud de renovacin, modificacin de las condiciones de Tiempo -7 das Renovacin, modificacin de las condiciones de autorizacin

autorizacin o enmiendas (anexo 4) con lo cual recibe un cdigo de registro del RNE, el cual queda impreso en la solicitud. Imprime la solicitud electrnica, la firma y la presenta al da 0

Patrocinador u OIC

rea de Trmite Documentario del INS dentro de los siete (7) das hbiles posteriores a la solicitud electrnica, adjuntando la documentacin requerida dentro de un archivador de palanca tamao oficio, debidamente foliado, e indicando mediante separadores los nombres de los documentos presentados segn el anexo 4. Recepciona el expediente, verifica que contenga todos los 1 da requisitos establecidos Si falta algn documento, el expediente no se aceptar.

rea de Trmite

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Responsable Documentario del- INS

Procedimiento Si no se completa la documentacin en un plazo de 30 das, el registro electrnico ser eliminado. Los expedientes completos ingresarn al sistema de trmite documentario.

Tiempo

Secretaria de la DG OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC. Evaluador del rea de EC

Recepciona el expediente 1 da Deriva el expediente al Administrador del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos. Ingresa al RNE con el cdigo de registro, verifica los datos Mismo generales y adiciona el cdigo de trmite documentario. da Identifica evaluador del ensayo clnico e ingresa fecha de inicio de evaluacin.

Recepciona el expediente corroborando que contenga los 5 das requisitos establecidos. Elabora, si se requiere, el oficio conteniendo todas las preguntas y observaciones del evaluador al patrocinador e ingresando en el RNE la fecha en que el evaluador hace la consulta al patrocinador. Elabora y proyecta (usando formato establecido) el informe de la evaluacin; oficio o la Resolucin Directoral, segn corresponda. El informe y oficio proyectado mostrar en la parte inferior izquierda las iniciales del nombre del evaluador con su respectiva verificacin. Al final del proceso el evaluador ingresar al RNE la fecha de respuesta, tipo y nmero de documento.

Director Ejecutivo de la OEI Director General de la OGITT Administrador del Sistema de Informacin

Revisa y firma el informe, verifica oficio y visa el proyecto 1 da de Resolucin Directoral segn corresponda.

Firma la Resolucin Directoral de Renovacin de 1 da autorizacin, modificaciones o enmiendas del Ensayo clnico u oficio segn corresponda. Ingresa los datos finales del trmite en el RNE consignando Mismo el estado del trmite correspondiente. da

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Responsable de EC. Secretaria de la DG OGITT

Procedimiento

Tiempo

Enva la Resolucin Directoral u oficio respectivo al 1 da interesado.

2.5. DURACIN DEL PROCEDIMIENTO

El procedimiento de renovacin de una autorizacin, modificacin de las condiciones de autorizacin y enmiendas desde el inicio del trmite hasta la emisin del dictamen final, tendr una duracin mxima de diez (10) das hbiles. En caso se realice alguna observacin o se requiera informacin complementaria a presentar por el patrocinador/OIC, se suspender el conteo del plazo de evaluacin hasta que se levante la observacin o reciba la informacin solicitada. El patrocinador/OIC tendr un plazo mximo de 30 das para responder, de otro modo el trmite se dar por concluido.

En todo el proceso, los patrocinadores/OIC e investigadores tendrn acceso a la situacin del trmite de sus respectivos expedientes a travs de la pgina web institucional: www.ins.gob.pe

3.

PROCEDIMIENTOS PARA LA NOTIFICACIN DE EVENTOS ADVERSOS SERIOS El procedimiento de notificacin de eventos adversos se requiere cada vez que se presente un evento adverso serio o reaccin adversa inesperada durante un ensayo clnico y es de reporte obligatorio por el Investigador Principal, OIC o Patrocinador. Los pasos a seguir se muestran en el Cuadro 3.

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CUADRO 3: Notificacin de un evento adverso serio o reaccin adversa inesperada Responsable Patrocinador u OIC Procedimiento Notifica electrnicamente el evento adverso usando el formato del anexo 11 Ficha de Reportes de Eventos Adversos Serios en Ensayos clnicos a la OGITT en un plazo mximo de siete (7) das a partir del conocimiento del hecho y enva una impresin del mismo al INS. Completar esta informacin dentro de un plazo de 8 das y la remitir al INS. Patrocinador u OIC Deber remitir informes de actualizacin del evento adverso reportado hasta que se haya completado el seguimiento de ste, en que enviar el informe final. Para todos estos informes, se usar la misma ficha de notificacin (anexo 11). Patrocinador u OIC Remite a la OGITT, a travs de mesa de partes, los informes CIOMS de los eventos adversos serios y reacciones adversas inesperadas ocurridas en el pas, a la brevedad posible en cuanto se encuentren disponibles. Remite electrnicamente a la OGITT trimestralmente o semestralmente, los informes CIOMS de las reacciones adversas serias e inesperadas ocurridas internacionalmente por cada producto de investigacin. Patrocinador u OIC Notificar los eventos adversos no serios relacionados al producto, en el informe de avance (anexo 12, punto 4) cada tres (3) o seis (6) meses de acuerdo a lo estipulado en la resolucin de autorizacin. rea de Trmite Documentario del INS Secretaria de la OEI Equipo de eventos adversos Deriva el documento al equipo de eventos adversos serios del rea de ensayos clnicos Recepciona los eventos adversos notificados e informes CIOMS, mantiene la base de datos al da con toda la Recepciona la notificacin y la enva a la OEI.

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Responsable

Procedimiento informacin sobre eventos adversos.

Equipo de eventos adversos

Evala la relacin causa efecto, siguiendo el algoritmo de decisin para la evaluacin de la relacin de causalidad de una reaccin adversa a medicamentos (aprobado con RD N 8132000-DG-DIGEMID). De ser necesario, se solicitar el apoyo de especialistas asesores de la OGITT para esta evaluacin. Si se determina, previa evaluacin por especialistas, la existencia de riesgos contra la integridad de los participantes, se solicitar la apertura del ciego.

Equipo de eventos adversos

Hace un reporte y anlisis trimestral y anual sobre la seguridad de los productos en investigacin usados en los ensayos clnicos envindolo a la Direccin de la OEI. Los datos de seguridad pueden provenir de diferentes fuentes, de nivel nacional o internacional: investigaciones clnicas o

epidemiolgicas, investigaciones en animales, reportes de la literatura cientfica, de la experiencia post comercializacin y/o de autoridades reguladoras extranjeras. Equipo de eventos adversos Notifica trimestralmente a DIGEMID una tabla resumen de los eventos adversos serios y reacciones adversas inesperadas evaluadas. Equipo de eventos adversos Identifica problemas de seguridad del producto en

investigacin, que puedan constituirse en criterios de inspeccin de un ensayo clnico. Estos criterios comprenden: elevada frecuencia de reacciones adversas, ausencia de notificaciones de reacciones adversas, o severidad de la reaccin adversa de acuerdo a lo descrito en el Manual del Investigador.

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4. PROCEDIMIENTOS PARA EL ENVO DE INFORMES DE AVANCE, INFORMES FINALES Y PUBLICACIONES

El Patrocinador u OIC deber presentar Informes peridicos e informe final en forma electrnica y fsica de los Avance de los ensayos clnicos autorizados. 4.1. INFORMES DE AVANCE

El Patrocinador u OIC deber compilar la informacin de todos los Centros de Investigacin que fueron autorizados para la realizacin del ensayo clnico y presentar un Informe de Avance trimestral, semestral o anual (con la renovacin) de acuerdo a lo estipulado en la Resolucin de Autorizacin. Para esto, el patrocinador/OIC ingresa los datos electrnicamente en el formato respectivo (anexo 12), lo imprime, firma y lo enva a la OGITT.

4.2. INFORMES FINALES Al concluir la ejecucin de un ensayo clnico, el Patrocinador u OIC deber presentar el Informe final del Centro de Investigacin, luego el Informe Final Nacional y finalmente el Internacional si corresponde. Para esto, el patrocinador/OIC ingresa los datos en el formato electrnico respectivo (anexo 13), lo imprime, firma y lo enva a la OGITT. a) INFORME FINAL DEL CENTRO DE INVESTIGACIN Se presentar por cada centro de investigacin en un plazo de treinta (30) das, de concluida la ejecucin del ensayo clnico en ese centro y se haya realizado la visita de cierre por parte del Monitor del Estudio, el Patrocinador u OIC. b) INFORME FINAL NACIONAL Se presentar en un plazo mximo de sesenta (60) das, una vez concluida la ejecucin del ensayo clnico en el ltimo centro de investigacin a nivel, nacional.

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c)

INFORME FINAL INTERNACIONAL Se presentar en un plazo mximo de doce (12) meses, una vez concluida la ejecucin del ensayo clnico internacionalmente.

4.3. PUBLICACIONES El Instituto Nacional de Salud pondr a disposicin de los ciudadanos a travs de su portal de Internet un resumen de los resultados de los ensayos clnicos realizados producto de la publicacin cientfica nacional o internacional correspondiente que el patrocinador tiene por obligacin remitir. 5. PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A INFRACCIONES Y MEDIDAS DE

SEGURIDAD Y SANCIONES El INS adoptar medidas de seguridad y sanciones que constituyen un acto administrativo, para prevenir y controlar eventos relacionados al no cumplimiento de la reglamentacin vigente o que pongan en riesgo a los participantes de los ensayos clnicos antes, durante o despus de su ejecucin.

La aplicacin de las medidas de seguridad y sanciones se har en coordinacin con el comit de tica que aprob el ensayo clnico y con estricto arreglo a los principios que seala el Artculo 132 del reglamento de Ensayos Clnicos. Por Resolucin de la OGITT, dispondr la aplicacin de la medida de seguridad o sanciones, con expresa indicacin de los motivos; y se notificar la decisin adoptada a la Institucin de Investigacin correspondiente y los Comits Institucionales de tica en Investigacin referentes y; sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales a que hubiere lugar y/o de la comunicacin al Ministerio Pblico y a los Colegios Profesionales correspondientes.

6. PROCEDIMIENTOS PARA LA RECONSIDERACIN O APELACIN DE UN DICTAMEN El patrocinador/OIC podrn usar los recursos de reconsideracin o apelacin de las medidas de seguridad y sanciones dictaminadas por la OGITT

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6.1.

RECURSO DE RECONSIDERACIN En caso de existir disconformidad sobre lo resuelto mediante resolucin directoral de la OGITT, el Patrocinador u Organizacin de Investigacin por Contrato podr interponer recurso de reconsideracin con la debida sustentacin ante la OGITT quien resolver el caso en primera instancia. El procedimiento a seguir es el establecido en el presente Manual y en el artculo 212 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

6.2.

RECURSO DE APELACIN El recurso de apelacin, se presentar ante la Jefatura del Instituto Nacional de Salud quien resolver en segunda instancia. El procedimiento a seguir es el establecido en el presente Manual y en el artculo 212 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

6.3.

PLAZOS PARA EL TRMITE DE LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIN Y APELACIN a) El recurso de reconsideracin y/o apelacin, deber interponerse dentro de los quince (15) das siguientes de haber tomado conocimiento de la Resolucin que se desea impugnar. b) En el caso del recurso de reconsideracin o apelacin, la OGITT o la Jefatura del Instituto Nacional de Salud respectivamente, emitirn la resolucin correspondiente dentro de los diez (10) das hbiles siguientes al informe oral por parte del impugnante.

7. PROCEDIMIENTOS

RELACIONADOS

AL

MANEJO

DEL

SISTEMA

DE

INFORMACIN DE ENSAYOS CLNICOS Este sistema, a cargo de la OEI, contiene informacin de los ensayos clnicos y los trmites relacionados a estos. El sistema contiene dos componentes, un

registro (electrnico) de ensayos clnicos y un archivo fsico de expedientes. Estos dos componentes estn a cargo del Administrador del sistema de Informacin de ensayos clnicos.

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Solo personal autorizado por la OGITT, tendr acceso a los expedientes fsicos relacionados a los ensayos clnicos o al registro de ensayos clnicos.

La OEI autorizar a las personas que pueden acceder al registro (electrnico) de ensayos clnicos y las personas que tendrn acceso al archivo fsico de los expedientes. Dicho personal est en la obligacin, bajo responsabilidad, de mantener la confidencialidad de la informacin a la que accede. Los procedimientos sern los siguientes: a) El patrocinador/OIC ingresar los datos del trmite requerido en el formato correspondiente del sistema de registro de ensayos clnicos de la pgina Web del INS con lo cual recibir un cdigo de atencin. b) El patrocinador/OIC imprimir el o los formatos y los presentar dentro de un expediente fsico a mesa de partes donde se le asignar un nmero de expediente. c) La secretaria de la OGITT recepcionar el expediente fsico y lo derivar al administrador del sistema de informacin de ensayos clnicos. d) El administrador del sistema de informacin de ensayos clnicos verifica el ingreso correcto de los datos. e) Los evaluadores del rea de ensayos clnicos de la OEI registran los datos en el campo correspondiente al seguimiento de trmite en el registro de ensayos clnicos: fecha de respuesta, tipo y nmero de documento. f) El administrador del sistema de informacin de los ensayos clnicos verificar la calidad de los datos, actualizar y finalizar el proceso del trmite. g) Si se trata de un trmite de autorizacin de un ensayo clnico, el expediente ingresar al archivo fsico de ensayos clnicos de la OGITT segn el cdigo asignado. h) En el caso de otros procedimientos relacionados a ensayos clnicos, luego de concluido el trmite correspondiente, el expediente ingresar al archivo

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de ensayos clnicos conservando el cdigo de archivo asignado en el trmite de autorizacin. i) Los expedientes de ensayos clnicos se conservarn fsicamente en el archivo de ensayos clnicos de la OGITT durante 10 aos. En caso surjan controversias sobre la seguridad del producto en investigacin se conservarn durante un perodo similar adicional. j) En el caso de requerirse un determinado expediente, este ser solicitado al responsable del archivo fsico para su disposicin oportuna. k) Es responsabilidad de la persona que evala el expediente verificar los documentos recibidos y ordenarlos antes de su devolucin al archivo. l) La informacin del registro de ensayos clnicos tendr una copia de seguridad a cargo de la Oficina General de Informacin y Sistemas (OGIS).

Los expedientes fsicos tendrn una ubicacin fija en el archivo de ensayos clnicos de la OGITT segn ao de ingreso y cdigo del ensayo clnico.

El archivo fsico de ensayos clnicos de la OGITT contar con un diagrama de ubicacin de los expedientes, el cual ser actualizado por responsable del archivo fsico con el apoyo del Administrador del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos.

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CAPTULO IV PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS AL REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIN, ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIN POR CONTRATO Y COMITS DE TICA EN INVESTIGACIN 1. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE CENTROS DE INVESTIGACIN Este procedimiento ser requerido cuando un servicio, consultorio o seccin de una institucin de investigacin tipo hospital pblico o privado (clnicas), instituto pblico o privado, Organizacin No Gubernamentales relacionadas a salud, centro mdico, policlnico o consultorio privado, solicite ser centro para el desarrollo de ensayos clnicos. Los consultorios privados solo podrn funcionar como institucin de investigacin segn las condiciones establecidas en el artculo 56 del reglamento de Ensayos Clnicos. Un Centro de Investigacin es definido como la unidad funcional de la institucin de Investigacin, donde se conduce un ensayo clnico y que cumple con los requisitos mnimos establecidos en el anexo 14 de este manual. Una institucin de investigacin podr tener ms de un centro de investigacin. Estos casos debern registrarse por separado y tendrn que ser justificados a razn de diferentes reas de trabajo, diferente logstica, personal y otros. 1.1. OBJETIVO Tener un inventario nacional de los centros donde se desarrollan ensayos clnicos, sus capacidades en recursos humanos, infraestructura y operatividad en el pas.

1.2. ALCANCE Todos los Centros de Investigacin pblicos o privados que realicen ensayos clnicos localizados en el territorio peruano.

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1.3. PROCEDIMIENTOS Los centros de investigacin se inscribirn por nica vez en el Registro que conduce la OGITT. Los procedimientos para este registro se especifican en el cuadro 4. CUADRO 4. Registro de un centro de investigacin (RCI) Responsable Patrocinador u OIC Procedimiento Tiempo

Ingresa electrnicamente los datos en la solicitud de -7 das registro del centro de investigacin (anexo 14) donde se declara que el centro cuenta con las caractersticas especificadas. Recibe un cdigo de registro del RCI que queda impreso en la solicitud. Imprime la solicitud electrnica, la firma y la presenta a Patrocinador u OIC rea de Trmite Documentario del INS dentro de los da 0 siete (7) das hbiles posteriores a la solicitud electrnica. rea de Trmite Recepciona la solicitud y la enva a la secretara de la 1 da Documentario DG OGITT del INS Secretaria de la DG OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC Director Ejecutivo OEI Recepciona el documento, y deriva al Administrador Mismo del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos. da Ingresa al RCI con el cdigo de registro, verifica los Mismo datos generales y adiciona el cdigo de trmite da documentario.

Recepciona la solicitud y la revisa. Elabora y proyecta la constancia de registro del centro de investigacin en la que consta el cdigo de registro RCI.

2 das

Director General de la OGITT Administrador del Sistema de Informacin de

Firma la constancia de registro del centro de 1 da investigacin u oficio segn corresponda. Ingresa los datos finales del trmite en el registro de Mismo ensayos clnicos de la pgina Web del INS, da consignando el estado del trmite correspondiente.

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Responsable EC.

Procedimiento Mantiene actualizada la base de datos de centros de investigacin registrados.

Tiempo

Secretaria de la DG OGITT

Entrega la constancia de registro u oficio respectivo al 1 da interesado.

El procedimiento de trmite de un registro de centro, desde el inicio del trmite hasta la emisin de la constancia de registro, tendr una duracin mxima de cinco (05) das hbiles.

En caso se realice alguna observacin o se requiera informacin complementaria a presentar por el interesado, se suspender el conteo del plazo de evaluacin hasta que se levante la observacin o reciba la informacin solicitada. 2. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE INVESTIGACIN POR CONTRATO (OIC) UNA ORGANIZACIN DE

2.1. OBJETIVO Tener un inventario de las Organizaciones de Investigacin por Contrato que administren investigaciones clnicas ejecutadas en los centros de investigacin del pas. Promover que estas organizaciones realicen los ensayos clnicos de acuerdo a la normatividad local peruana, internacional y a las buenas prcticas clnicas, salvaguardando la dignidad, derechos, seguridad y bienestar de los sujetos en investigaciones potenciales y actuales. 2.2. ALCANCE Todas las organizaciones de investigaciones por contrato, pblicas o privadas, nacionales o extranjeras que desarrollan y conduzcan ensayos clnicos a nivel nacional.

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2.3. PROCEDIMIENTOS Las Organizaciones de Investigacin por Contrato se inscribirn por nica vez en el Registro que conduce la OGITT. Los procedimientos para este registro se especifican en el cuadro 5. CUADRO 5. Registro de una Organizacin de Investigacin por Contrato (ROIC) Responsable Patrocinador u OIC Procedimiento Tiempo

Ingresa electrnicamente los datos en la solicitud de - 7 das registro de la Organizacin de Investigacin por Contrato, OIC, (anexo 15) donde se declara que la OIC cuenta con las caractersticas especificadas. Recibe un cdigo de registro del ROIC que queda impreso en la solicitud. Imprime la solicitud electrnica, la firma y la presenta a da 0 Patrocinador u OIC rea de Trmite Documentario del INS dentro de los siete (7) das hbiles posteriores a la solicitud electrnica, adjuntando la documentacin requerida dentro de un archivador de palanca tamao oficio, debidamente foliado, indicando mediante separadores la documentacin requerida de acuerdo al anexo 15. Recepciona el expediente, verifica que contenga todos 1 da rea de Trmite los requisitos establecidos y asigna un nmero de Documentario expediente iniciando la hoja de trmite documentario. del INS Si faltara algn documento, no se recibir el expediente. Secretaria de la DG OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC Evaluador deI Recepciona el expediente, y lo deriva al Administrador Mismo del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos. da Ingresa al ROIC con el cdigo de registro, verifica los Mismo datos generales, adiciona el cdigo de trmite da documentario e identifica al evaluador del ensayo clnico de acuerdo a la carga laboral y lo deriva al evaluador asignado. Recepciona el expediente corroborando que contenga 3 das

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rea de EC

todos los requisitos establecidos en el Manual de Ensayos Clnicos. Revisa las caractersticas de la OIC especificadas en los anexos. Elabora y proyecta la constancia de registro de la OIC en la que consta el cdigo de registro ROIC.

Director Ejecutivo de OEI Director General de la OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC.

Revisa y verifica el oficio y visa el proyecto de 1 da constancia de registro de la OIC. Firma la constancia de registro de la ROIC u oficio 1 da segn corresponda. Ingresa los datos finales del trmite ensayos clnicos de la pgina consignando el estado del trmite Mantiene actualizada la base de registrados. en el registro de Mismo Web del INS, da correspondiente. datos de OICs

Secretaria de la DG OGITT

Entrega la constancia de registro u oficio respectivo al 1 da interesado.

El procedimiento de trmite de un registro de una OIC, desde el inicio del trmite hasta la emisin de la constancia de registro, tendr una duracin mxima de diez (10) das hbiles.

En caso se realice alguna observacin o se requiera informacin complementaria a presentar por el interesado, se suspender el conteo del plazo de evaluacin hasta que se levante la observacin o reciba la informacin solicitada.

3. PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE UN COMIT INSTITUCIONAL DE TICA EN INVESTIGACIN 3.1. OBJETIVO Tener un inventario de los Comits Institucionales de tica que revisen y

aprueben investigaciones clnicas ejecutadas en los centros de investigacin del

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pas. Promover el fortalecimiento de estas organizaciones para mejorar la calidad y consistencia en la revisin tica de los estudios de investigacin en humanos, entre ellos los ensayos clnicos y de esta manera contribuir a salvaguardar los derechos y el bienestar de los sujetos en investigacin. 3.2. ALCANCE Todos los Comits de tica en investigacin pblica o privada, vinculada o no a instituciones hospitalarias o de investigacin, localizados en todo el territorio peruano. 3.3. PROCEDIMIENTOS Los procedimientos para este registro se especifican en el cuadro 6. CUADRO 6. Registro de un Comit Institucional de tica en Investigacin Responsable Comit Institucional de tica en Investigacin (CIEI) Procedimiento Tiempo

Ingresa electrnicamente los datos en la solicitud de - 7 das registro de comit institucional de tica en

investigacin, CIEI, (anexo 16) donde se declara que el CIEI cuenta con las caractersticas especificadas. Recibe un cdigo de registro del RCIEI que queda impreso en la solicitud. Imprime la solicitud electrnica, la firma y la presenta a da 0

Comit Institucional de tica en Investigacin (CIEI)

rea de Trmite Documentario del INS dentro de los siete (7) das hbiles posteriores a la solicitud electrnica, adjuntando la documentacin requerida dentro de un archivador de palanca tamao oficio, debidamente foliado, indicando mediante separadores la documentacin requerida de acuerdo al anexo 16.

Recepciona el expediente, verifica que contenga todos 1 da rea de Trmite los requisitos establecidos y asigna un nmero de expediente iniciando la hoja de trmite documentario. Documentario del INS Si faltara algn documento, se comunicar de inmediato, el expediente quedar en mesa de partes y

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Responsable

Procedimiento el patrocinador/OIC tendr dos (2) das hbiles para adjuntar el documento faltante (Ley de Procedimientos Administrativos N 27444), de no ser as, el trmite quedar sin efecto.

Tiempo

Secretaria de la DG OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC Evaluador deI rea de EC

Recepciona el expediente, y lo deriva al Administrador Mismo del Sistema de Informacin de Ensayos Clnicos. da Ingresa al RCIEI con el cdigo de registro, verifica los Mismo datos generales, adiciona el cdigo de trmite da documentario e identifica al evaluador del ensayo clnico de acuerdo a la carga laboral y lo deriva al evaluador asignado. Recepciona el expediente corroborando que contenga todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Ensayos Clnicos y su modificatoria. Revisa las caractersticas del CIEI especificadas en los anexos. Elabora y proyecta la constancia de registro de la CIEI en la que consta el cdigo de registro RCIEI. 3 das

Director Ejecutivo OEI

Revisa y firma el informe, verifica el oficio y visa el 1 da proyecto de constancia de registro de CIEI.

Director General de la OGITT Administrador del Sistema de Informacin de EC.

Firma la constancia de registro del CIEI u oficio segn 1 da corresponda. Ingresa los datos finales del trmite en el registro de Mismo ensayos clnicos de la pgina Web del INS, da consignando el estado del trmite correspondiente. Mantiene actualizada la base de datos de CIEI registrados.

Secretaria de la DG OGITT

Entrega la constancia de registro u oficio respectivo al 1 da interesado.

El procedimiento de trmite de un registro de centro, desde el inicio del trmite hasta la emisin de la constancia de registro, tendr una duracin mxima de diez (10) das hbiles.

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En caso se realice alguna observacin o se requiera informacin complementaria a presentar por el interesado, se suspender el conteo del plazo de evaluacin hasta que se levante la observacin o reciba la informacin solicitada. Este registro del Comit Institucional de tica en Investigacin, tendr una vigencia de 2 aos, por lo que deber ser renovado al finalizar ste perodo. Los CIEI podrn ser sujetos a inspecciones.

CAPTULO V PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS A LA INSPECCIN DE UN ENSAYO CLNICO

1. GENERALIDADES La inspeccin de un ensayo clnico es una herramienta de evaluacin y control y podr realizarse al inicio, durante la ejecucin o al finalizar el ensayo clnico siguiendo la ficha de inspeccin mostrada en los anexos 17, 18 y 19 de este manual. Las inspecciones habituales del ensayo clnico son aquellas que se realizan al centro de investigacin. Dependiendo de las circunstancias y en casos especiales, se realizarn adems inspecciones a los Patrocinadores/OIC y/o al comit de tica que aprob el ensayo clnico. 2. OBJETIVO Asegurar que los ensayos clnicos se desarrollen de la mejor manera, protegiendo los derechos y el bienestar de los sujetos participantes en la investigacin y velando por la calidad e integridad de los datos, en cumplimiento de las Normas de Buenas Prcticas Clnicas y la normatividad nacional.

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3. TIPOS DE INSPECCIN 3.1. INSPECCIONES ORDINARIAS Las inspecciones ordinarias se programarn y priorizaran en funcin de los siguientes criterios: a) Segn caractersticas del protocolo de investigacin: i) ii) iii) iv) b) Poblacin vulnerable Fase de investigacin Riesgo mayor al mnimo Seguridad del producto en investigacin

Segn el centro de investigacin: i) ii) Centro de Investigacin con poca experiencia en la ejecucin de EC Informacin recibida a partir de los reportes de seguridad y/ de los informes de avance a criterio del INS.

3.2. INSPECCIONES EXTRAORDINARIAS

Las inspecciones extraordinarias se realizan en cualquier momento en que se detecten circunstancias que puedan poner en peligro la salud de los sujetos en investigacin, por alguna denuncia contra la investigacin, cuando no se reciban informes de avance o por otros criterios que la OEI estime conveniente..

4. PROCEDIMIENTOS ANTES DE REALIZAR UNA INSPECCIN 4.1. SELECCIN DE LOS INSPECTORES Las inspecciones pueden ser ordinarias o extraordinarias y se llevarn a cabo por un profesional de la OGITT, un representante del Comit de tica que aprob el estudio y de ser necesario un profesional de DIGEMID. Dependiendo de la disponibilidad de inspectores, se priorizarn las inspecciones de acuerdo a las caractersticas de cada investigacin y cada Centro de Investigacin.

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4.2. REVISIN PREVIA DE LA DOCUMENTACIN:

Antes de proceder a la inspeccin, el inspector revisar el expediente de la investigacin, especialmente los siguientes documentos: a) b) c) Protocolo de investigacin y enmiendas Consentimiento informado y enmiendas Solicitudes y resoluciones y oficios autorizando modificaciones de las condiciones de autorizacin del EC d) e) f) g) Manual del investigador Informes de avance Reportes de Eventos Adversos Serios Currculo vital del investigador principal

4.3. NOTIFICACIN DE LA INSPECCIN Para la realizacin de inspecciones ordinarias se deber notificar por escrito, con una anticipacin no menor de dos das ni mayor de cinco das tiles, al establecimiento o centro de investigacin objeto de la inspeccin y la fecha y hora en la que sta se realizar. Las inspecciones extraordinarias se ejecutarn con notificacin el mismo da. Se coordinar con el Comit de tica que aprob el estudio, el cual designar a uno de sus miembros para la inspeccin. Este equipo se reunir previamente a la inspeccin para revisar los instrumentos y planificar la inspeccin.

5.

INSPECCIN DEL CENTRO DE INVESTIGACIN 5.1. INICIO DE LA INSPECCIN

El equipo de inspectores se reunir con el investigador principal al inicio de la inspeccin y presentar su identificacin oficial. El inspector explicar la naturaleza y el alcance de la inspeccin y resumir brevemente los mtodos y procedimientos que se utilizarn para llevarla a cabo.

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En caso debidamente justificado el investigador principal designar un miembro del equipo de investigacin que lo represente durante la ejecucin de la inspeccin. 5.2. FACULTADES DE LOS INSPECTORES Los inspectores estn facultados para: a) Visitar el centro de investigacin y revisar la documentacin del ensayo clnico para comprobar el cumplimiento del protocolo con sus respectivas enmiendas. b) Revisar los consentimientos informados firmados por los sujetos de investigacin para verificar que se est cumpliendo con los procedimientos y respetando los derechos de los sujetos de investigacin. c) d) Solicitar copia, si se considera necesario, de la documentacin. Tomar muestras del producto en investigacin en situaciones especiales definidas de antemano con la DG-OGITT y en coordinacin con el patrocinador.

5.3. INSPECCIN DE LOS RECURSOS a) Instalaciones del centro de investigacin. Se verificar que se encuentren de acuerdo a lo establecido en la Declaracin Jurada presentada en el expediente de solicitud de autorizacin. b) Funciones del personal de la investigacin. Se puede tambin realizar entrevistas al personal de la investigacin y, si fuera pertinente, a los sujetos participantes en la investigacin. c) Calibracin de equipos utilizados en el ensayo clnico.

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5.4. REVISIN DE LOS REGISTROS DEL ESTUDIO

La finalidad de este procedimiento es determinar si las actividades del estudio se realizan conforme al protocolo de investigacin, a las Normas de Buenas Prcticas Clnicas y al Reglamento de Ensayos Clnicos en el Per, y comprobar que los datos fueron registrados y notificados con exactitud, utilizando para ello la Ficha de Inspeccin (Anexo 17). Esta parte de la inspeccin incluye la evaluacin, revisin, verificacin y discusin de lo siguiente: a) b) c) d) e) Procedimientos de reclutamiento/enrolamiento. Proceso de consentimiento informado y de otros aspectos ticos. Protocolo y enmiendas. Formularios de Reporte de Casos (CRF en ingls). Documentos Fuente y su correspondencia con los CRFs

5.5. INSPECCIN DE LA SEGURIDAD DEL PRODUCTO EN INVESTIGACIN Y DE LA BIOSEGURIDAD USADA a) Producto en investigacin: b) c) Se verificar el cumplimiento de las Buenas Prcticas de

Almacenamiento. Se entrevistar al personal responsable del producto de investigacin. Se revisar los registros de ingreso y dispensacin del producto de investigacin.

Eventos adversos serios notificados Bioseguridad y manejo de muestras biolgicas Se verificar el conocimiento y aplicacin de las medidas de Bioseguridad por el personal de la Investigacin (Ejemplo: Utilizacin de barreras protectoras). Se constatar la existencia de un Manual de Bioseguridad Se identificar el sistema de manejo y eliminacin de residuos slidos contaminados y material punzo cortante).

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6.

INSPECCIN DE ORGANIZACIN DE INVESTIGACIN POR CONTRATO (OIC)/PATROCINADOR RELACIONADO AL ENSAYO CLNICO

En este tipo de visitas se conocern las instalaciones de la OIC/patrocinador y se evaluar lo adecuado de la organizacin para el cumplimiento de las actividades del ensayo clnico inspeccionado. Se utilizar como instrumento la Ficha de Inspeccin segn Anexo 18. Se notificar con tres (3) das de anticipacin la fecha y hora de inspeccin. 7. INSPECCIN DEL COMIT INSTITUCIONAL DE TICA QUE APROB ESTUDIO INSPECCIONADO

Con el fin de evaluar cmo son conducidos los procesos por el comit de investigacin que aprob un ensayo clnico, y en circunstancias que as lo ameriten, la OGITT notificar al comit respectivo para la realizacin de una inspeccin. Se notificar con cinco (5) das de anticipacin la fecha y hora de inspeccin, si el comit est localizado en alguna provincia. Si est en la jurisdiccin de la ciudad de Lima, esta notificacin se efectuar con tres (3) das de anticipacin.

En esta visita se conocern las instalaciones y se evaluarn los procesos seguidos con el ensayo clnico evaluado. Se utilizar como instrumento la Ficha de Inspeccin, segn Anexo 19. 8. TRMINO DE LA INSPECCIN, RECOMENDACIONES Y MEDIDAS A TOMAR POST INSPECCIN El equipo concluir la inspeccin dando a conocer los resultados de la inspeccin y problemas identificados contenidos en la ficha de inspeccin. Esta ser firmada al final por el Investigador Principal, co-investigador y los inspectores participantes. Se dejar una copia de la ficha de inspeccin al investigador principal.

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Los inspectores elevarn la ficha de inspeccin y la propuesta de acta de inspeccin al Director de la OEI en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de realizada la inspeccin. En el acta se colocarn las deficiencias encontradas, las recomendaciones formuladas y los plazos para subsanarlas de ser el caso. El Director de la OEI refrendar o sugerir modificaciones al acta segn sea el caso. El acta y cualquier documento que refrende las medidas que se requieran tomar debern ser entregadas a al Patrocinador u Organizacin de Investigacin por Contrato, Institucin de Investigacin, Investigador Principal y al Comit Institucional de tica en Investigacin de referencia en un plazo no mayor a 05 das hbiles. Antes de que la OGITT emita cualquier decisin final, el Investigador Principal, Patrocinador, Organizacin de Investigacin por Contrato o Comit de tica, segn corresponda tendr el derecho de responder a cada uno de los hallazgos en un plazo mximo de 7 das hbiles desde la notificacin oficial a travs del acta.

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BIBLIOGRAFA a) Conferencia Internacional de Armonizacin sobre requerimientos tcnicos para el registro de productos farmacuticos para uso en humanos (1996). Normas de Buenas Prcticas Clnicas. En: http://www.fda.gov/cder/guidance/959fnl-spanish.pdf b) Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Mdicas (CIOMS) OMS. Pautas ticas Internacionales para la Investigacin Biomdica en Seres Humanos 2002. En: http://www.bioetica.ops-oms.org/E/docs/CIOMS.pdf. c)a)

Grupo de Trabajo en Buenas Prcticas Clnicas OPS. Buenas Prcticas Clnicas: Documento de las Amricas. En: http://www.paho.org/Spanish/AD/

THS/EV/IVCONF_ BPC-doct-esp.doc

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ANEXO 1 SOLICITUD DE AUTORIZACIN DEL ENSAYO CLNICOCdigo de RNE: (Generado automticamente durante el registro electrnico)

1. ORGANIZACIN/INSTITUCIN SOLICITANTE: Nombre de la organizacin: Tipo de organizacin Entidad gubernamental del pas: Entidad gubernamental de otro pas: Instituto Nacional de Salud del Per: Instituto Nacional de Salud de: Pas Universidad: Pas Fondo de Cooperacin para investigacin en salud Fundacin Privada que financia investigacin en Salud: Red mundial de grupos cooperativos de investigacin Domicilio Legal : RUC No Telefono Fax

2. INFORMACIN GENERAL DEL ENSAYO CLNICO Ttulo del Ensayo Clnico: Patrocinador: Empresa/institucin/otro ejecutora:Nota: De existir ms de una empresa/institucin/otro con delegacin de responsabilidades aadir los espacios necesarios

Fase Clnica del estudio: I

II

III

IV

Cdigo de Protocolo:

Nombres del Producto de investigacin 1.2.3.-

Tipo de producto de Investigacin: 1.2.3.Especialidad Mdica:

Duracin total del Ensayo Clnico: meses Nmero de sujetos a incluir en todos los pases: Nmero de participantes por gnero: Mujeres : Hombres :

Condicin estudiada (cdigo CIE 10): Nmero de sujetos a incluir en el Per: Rango de edad de los sujetos a incluir: ____ a ____ Tiempo de tratamiento de los Tiempo de sujetos (meses): seguimiento de los sujetos (meses):

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3. CENTRO DE INVESTIGACIN/INVESTIGADOR PRINCIPAL/CEI Centro de Investigacin donde se ejecutar el ensayo clnico: Nombre : Provincia : Departamento: Distrito:

Nm registro CI-INS:

Telfono: Fax: e-mail: Investigador Principal del centro de investigacin donde se ejecutar el ensayo clnico: Nombre 1 Nombre 2 Apellido P Apellido M Comit Institucional de tica en Investigacin (CIEI) que aprob el ensayo para el centro: Institucin: Fecha de Aprobacin: / / Fecha de vencimiento:

/

/

Nota: En el caso de Ensayos Clnicos Multicntricos, aadir aqu los espacios necesarios por cada centro segn se requiera.

4. INFORMACIN DE PERSONAS DE CONTACTO DEL ENSAYO CLNICO Para brindar informacin al pblico en general Nombres: Apellidos: Telfono: /Fax: Para consultas administrativas Nombres: Apellidos: Para consultas cientficas Nombres: Apellidos: Telfono: /Fax:

e_mail: e_mail:

Telfono:

/Fax:

e_mail:

Nota: En el caso se requiera registrar ms contactos, aadir los espacios necesarios.

5. LISTA DE VERIFICACIN DE REQUISITOS a. Aprobacin institucional del ensayo clnico emitido por la autoridad mxima de la(s) Institucin(es) de Investigacin donde se realizar el ensayo clnico b. Protocolo de investigacin, en versin en espaol y en idioma original si es diferente al espaol, segn anexo 5 c. Aprobacin tica del ensayo clnico emitido por un Comit Institucional de tica en Investigacin registrado en e Instituto Nacional de Salud. d. Manual del Investigador actualizado, en versin en espaol y en idioma original (si es diferente al espaol) segn el anexo 6. e. Declaracin jurada segn anexo 7, firmada por la institucin ejecutora y el investigador principal, que establece que no hay conflicto de inters financiero en la ejecucin del ensayo clnico.

1

2

3

f. Presupuesto del Ensayo Clnico segn anexo 8.

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g. Declaracin jurada de contar con presupuesto para cubrir gastos por daos ocasionados como resultado de la participacin en el ensayo clnico, segn anexo 9, firmada por el patrocinador y el investigador principal1.

h. Copia de la pliza del seguro. i. Listado de suministros necesarios para el desarrollo del ensayo clnico, segn el anexo 10. j. Currculum Vitae no documentado del Investigador Principal y Coinvestigador(es). k. Comprobante de pago de derecho de trmite por cada centro de investigacin 2, 3.

6. AL FIRMAR ESTA SOLICITUD DE AUTORIZACIN, CERTIFICO QUE LA INFORMACIN CONTENIDA AQU Y EN CADA DOCUMENTO ADJUNTO ES VERAZ Y EXACTA. Nombres Apellidos DNI

Telfono

E-mail

Firma del Representante Legal

Nota: La informacin requerida en este formato que no se aplique o que no corresponda a su Institucin o ensayo clnico, debe llenarse con las siglas NA (No aplica). As mismo, si usted considera importante alguna informacin que no se solicita aqu, puede agregarla al final del formato.1 2

Si el patrocinador y el investigador principal es la misma persona, debe quedar claramente expreso. En el caso sea el MINSA quien patrocine un ensayo clnico que evale estrategias de tratamiento para el control de enfermedades de impacto en la salud pblica del pas, estar exceptuado del pago de derecho de trmite. Igual suceder en el caso de que una universidad patrocine el ensayo clnico. 3 El pago del trmite de autorizacin del ensayo clnico incluye la autorizacin de un Centro de Investigacin. El derecho de pago en el caso de ensayos clnicos multicntricos se debe realizar por cada centro de investigacin adicional.

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ANEXO 2 FORMULARIO DE EVALUACIN DE PROTOCOLOS1. INSTITUCIN SOLICITANTE: 2. INFORMACIN GENERAL DEL ENSAYO CLNICO Ttulo del Ensayo Clnico: Patrocinador: Empresa/institucin/otro ejecutora:Nota: De existir ms de una empresa/institucin/otro con delegacin de responsabilidades aadir los espacios necesarios

Fase Clnica del estudio:

Cdigo de Protocolo: I II III IV Cdigo del Ensayo Clnico (INS):

3. EVALUACIN TCNICAAdecuado No Adecuado

NA

Observaciones

Objetivos Descripcin del problema Antecedentes y estudios preliminares Justificacin y relevancia Hiptesis Diseo del estudio Criterios de inclusin Criterios de exclusin Definicin de variables dependientes e independientes Randomizacin y mtodos de asignacin y ocultamiento Mtodos de enmascaramiento Procedimientos y actividades de acuerdo a los objetivos planteados Procedimientos para la notificacin de eventos adversos Procedimientos y criterios de ruptura del ciego y terminacin anticipada Procedimientos y plan de supervisn y monitoreo (Comit de seguridad y monitoreo de datos y anlisis interino) Anlisis estadstico Generalizabilidad de los resultados (validez externa) Aspectos ticos del estudio Referencias citadas Recursos materiales Recursos Humanos Plan de comunicaciones de los resultados despus de la investigacin

Procedimientos para el uso posterior de muestras biolgicas

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4. CONCLUSIONESA B C EVALUADOR NOMBRES APELLIDOS FECHA

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ANEXO 3 COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERSDocumento a ser firmado por el experto o especialista convocado para discutir una situacin controversial. Yo, DNI No:

Mediante la presente declaracin, me comprometo a participar en las actividades de la Comisin Tcnica para evaluar el ensayo clnico: considerado como

controversial, guardando reserva y confidencialidad de la informacin y documentacin a la que acceda, sin divulgar los asuntos que se traten en la sesin. Declaro bajo juramento que no tengo inters personal, propietario, financiero, profesional o de ninguna otra naturaleza o tipo, en la revisin del ensayo clnico en evaluacin, de conformidad en lo dispuesto en el artculo 71 del D.S. 017-2006 S.A., Reglamento de Ensayos Clnicos en el Per.

. Firma Nombres: Telfono: Fecha / / , e-mail: Apellidos:

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ANEXO 4 SOLICITUD PARA RENOVACIN DE LA AUTORIZACIN, MODIFICACIONES DE LAS CONDICIONES DE AUTORIZACIN Y ENMIENDAS EN UN ENSAYO CLNICO1. INSTITUCIN SOLICITANTE: 2. INFORMACIN GENERAL DEL ENSAYO CLNICO Ttulo del Ensayo Clnico: Patrocinador: Empresa/institucin/otro ejecutora:Nota: De existir ms de una empresa/institucin/otro con delegacin de responsabilidades aadir los espacios necesarios

Fase Clnica del estudio:

Cdigo de Protocolo: I II III IV Cdigo del Ensayo Clnico (INS):

3. TIPO DE LA SOLICITUD Renovacin Ampliacin de Centro Ampliacin de Suministros Extensin Cambio de Patroc/OIC/IP Cierre de Centros Enmienda Modificacin de Listado de Suministros Suspensin Terminacin anticipada Enmienda

Otros

Informe y/o justificacin de la modificacin de las condiciones de autorizacin: Detallar las modificaciones de las condiciones segn corresponda:Si Nota : Si usted considera importante alguna informacin que no se solicita aqu, puede agregarla al final del formato.

4. REPRESENTANTE LEGAL AUTORIZADO Al firmar esta solicitud de autorizacin, certifico que la informacin contenida aqu es veraz y exacta. Asimismo, declaro que los documentos adjuntos cumplen con los requisitos establecidos en el Reglamento de Ensayos Clnicos aprobado por D.S. N 017-2006-SA y modificado por D.S. N 006-2007-SA y D.S. 011-2007-SA: ____________________________________ Firma del Representante Legal Autorizado APELLIDOS Y NOMBRES: Fecha

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ANEXO 5 GUA DE PROTOCOLOS DE INVESTIGACIN

1. CDIGO DEL PROTOCOLO: Clave de 15 caracteres como mximo, que ser asignada por el Patrocinador para cada Protocolo de Investigacin y debe usarse para todas las versiones del mismo. 2. RESPONSABLES DEL ENSAYO CLNICO: Patrocinador u OIC: Razn social, direccin postal, telfono, pgina web y correo electrnico para comunicaciones. Investigador principal y co-investigador(es): Datos personales, direccin postal, telfono fijo y celular, correo electrnico.

3. TTULO: En forma clara y precisa. En caso que el ttulo original sea en ingls se deber asignar un ttulo nico en espaol. 4. RESUMEN DEL PROTOCOLO: Titulo del Ensayo Clnico Problema de investigacin Objetivos del estudio Hiptesis del estudio Diseo del estudio y fase del ensayo clnico Duracin estimada en meses del ensayo clnico Poblacin de estudio, tamao muestral y muestreo. Producto de investigacin y mtodo de administracin. Placebo y mtodo de administracin. Especificar concentracin, dosis y vas de administracin Anlisis y evaluacin de resultados

5. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Y ANTECEDENTES Descripcin del problema que representa la patologa o dao tema de investigacin y sus consecuencias negativas. Mostrar los antecedentes e investigaciones anteriores con el producto de investigacin con respecto a la eficacia y seguridad en el tratamiento de la patologa propuesta a investigar. Consignar toda la informacin relevante y especfica que se dispone (incluir referencias bibliogrficas y datos no publicados) 6. JUSTIFICACIN DEL ENSAYO CLNICO Especificar la relevancia e impacto del estudio en el tratamiento de la patologa y en la Salud Pblica. 7. OBJETIVOS Identificar el objetivo general del ensayo, diferencindolo cuando sea aplicable de los especficos.

8. HIPTESIS:

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Plantearla si ha sido considerada. 9. METODOLOGA Diseo del estudio Fase de estudio Poblacin de estudio, Tamao muestral del ensayo clnico (nivel mundial), Indicar el mtodo de clculo del tamao de la muestra Centros de investigacin: Nacionales e internacionales. enrolar en el Per. Descripcin del proceso de muestreo Tcnicas de aleatorizacin y cegamiento. Situaciones en que puede romperse el cegamiento y procedimientos a seguir en estos casos. Tiempo que durar el ensayo clnico, duracin del periodo de reclutamiento. 10. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y SEGUIMIENTO Criterios de inclusin y de exclusin. Criterio diagnstico de inclusin de los participantes, de acuerdo a la patologa en estudio (segn criterios estandarizados a nivel internacional). Criterios de retiro o abandono del estudio. Tiempo de seguimiento de cada sujeto de investigacin Tratamiento de las prdidas post-randomizacin. 11. DESCRIPCIN DEL TRATAMIENTO Descripcin de la dosis, va y forma de administracin y duracin del tratamiento con el producto de investigacin y con el placebo. Pautas de dosificacin y criterios de modificacin del tratamiento. Tratamientos concomitantes admitidos y prohibidos. Especificar el periodo mnimo transcurrido, desde la suspensin de tratamientos no permitidos hasta que el sujeto pueda ser incluido en el ensayo Medidas para valorar el cumplimiento de la administracin del producto en investigacin. Tipo de tratamiento en el grupo control (placebo u otros) 12. DESARROLLO DEL ENSAYO Y EVALUACIN DE LA RESPUESTA Especificar las variables respuesta ms relevantes desde el punto de vista clnico y aquellas secundarias. Procedimientos propios del ensayo, indicando el nmero y tiempo de las visitas, especificando las pruebas o exmenes que se realizarn para valorar la respuesta. Descripcin de los mtodos (radiolgicos, de laboratorio, etc.), utilizados para la valoracin de la respuesta y control de calidad de los mismos. Esto