Manual de Investigación de Muertes en Rutas

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1 Manual de investigación de las muertes en las rutas Road Death Investigation Manual - Versión 2, 2004 Asociación de Jefes de Policía de Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte AGRADECIMIENTOS. Este manual ha sido elaborado como resultado de amplias consultas dentro del servicio de policía y con otras agencias. Equipo del Proyecto: Andrew Grenter QPM (NCOF, National Crime & Operations Faculty), Director del Proyecto Ian Jeffrey (Policía de Sussex) Paul Kinsella (Policía de Merseyside) Ray Lane (National Crime & Operations Faculty) John Martin (Policía de Hampshire) Jerry Moore (Oficial de Enlace del Departamento de Transporte/ACPO) Don Webster (Servicio de Policía Metropolitana) Además, el Área del Servicio Policial en las Rutas de ACPO (ACPO Roads Policing Business Area) agradece a: Paul Forman (Laboratorio de Investigación del Transporte, TRL Ltd, Transport Research Laboratory) The Crown Prosecution Service (Servicio de Fiscalía de la Corona) Dr Nicholas Hunt (Consultor – Servicios de Patología Forense)

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Traducción al español del "Road Death Investigation Manual"

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Manual de investigación de las muertes en las rutas

Road Death Investigation Manual - Versión 2, 2004

Asociación de Jefes de Policía de Inglaterra, Gales e Irlanda del Norte

AGRADECIMIENTOS. Este manual ha sido elaborado como resultado de amplias consultas dentro del servicio de policía y con otras agencias. Equipo del Proyecto: Andrew Grenter QPM (NCOF, National Crime & Operations Faculty), Director del Proyecto Ian Jeffrey (Policía de Sussex) Paul Kinsella (Policía de Merseyside) Ray Lane (National Crime & Operations Faculty) John Martin (Policía de Hampshire) Jerry Moore (Oficial de Enlace del Departamento de Transporte/ACPO) Don Webster (Servicio de Policía Metropolitana) Además, el Área del Servicio Policial en las Rutas de ACPO (ACPO Roads Policing Business Area) agradece a: Paul Forman (Laboratorio de Investigación del Transporte, TRL Ltd, Transport Research Laboratory) The Crown Prosecution Service (Servicio de Fiscalía de la Corona) Dr Nicholas Hunt (Consultor – Servicios de Patología Forense)

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© Derechos de Autor. Todos los derechos reservados del mundo. Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida, almacenada en un sistema de recuperación o transmitida en cualquier forma o por cualquier otro medio: es decir, fotocopia, grabación electrónica, mecánica o de otra manera sin el permiso previo y por escrito del propietario del “copyright”. Cualquier pregunta acerca de este manual por favor llame al National Crime & Operations Faculty: +44 (0) 1256 602337.

Association of Chief Police Officers of England, Wales & Northern Ireland

25 Victoria Street, London SW1H 0EX

Telephone: 0207 227 3434 Fax: 0207 227 3400/3401 Road Policing Business Area 25 October 2005 Head of the Business Area Richard Brunstrom Chief Constable, North Wales Police Chief Superintendent Carlos Guillermo Blanco Argentine National Gendarmerie Buenos Aires, Argentina Dear Chief Superintendent Blanco

Copyright Authorisation for Use of ACPO Road Death Investigation Manual

I refer to your email letter of 6 October 2005 requesting permission under copyright to use the above document. You are welcome to download and use the document as you consider appropriate for the training needs of the National Gendarmerie. May I highlight that the document is reviewed from time to time and the ACPO website will need to be monitored to ensure that the current version is in use. Yours sincerely, Hugh Alford pp Keith Bailey Road Policing Policy Officer

Estimado Ch/Supt. Blanco:

Derechos de Autor – Autorización para el uso del Manual de Investigación de Muertes en las Rutas de ACPO

Me refiero a su carta de correo electrónico del 6 de octubre de 2005 solicitando permiso para usar

los derechos de autor en el documento mencionado. Le invitamos a descargar y utilizar el documento como lo considere apropiado para las necesidades de entrenamiento de Gendarmería Nacional. Puedo destacar que el documento se revisa de vez en cuando y el sitio web de la ACPO tendrá que ser revisado para garantizar que la versión actual está en uso. Le saluda atentamente Hugh Alford pp Keith Bailey Oficial de Políticas del Servicio Policial en las Rutas

Traducido en la Dirección de Policía Científica

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ÍNDICE

Pág. Contenidos 2 Derechos de Autor 9 INTRODUCCION

10 DECLARACIÓN DEL ESTÁNDAR DE INVESTIGACIÓN 11 1. EL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN 11 1.1 Oficial Superior en Investigaciones 11 1.1.1 Políticas y prioridades 13 Figura 1 - Roles y responsabilidades del Oficial Superior Investigador 13 1.1.2 Revisión de los casos 14 1.2 Oficiales investigadores 14 1.3 Oficial de enlace con los familiares 15 1.4 Investigación de la colisión / Examen del vehículo 15 1.4.1 Investigación de la colisión 15 1.4.2 Investigadores de la colisión 16 1.4.3 Inspectores vehiculares 16 2. MODELO DE INVESTICACIÓN DE MUERTES EN RUTAS 16 2.1 El modelo 17 Figura 2 – Modelo Investigativo de Accidentes Fatales 18 2.2 Pre-escena 18 Figura 3 - Cuestiones de la pre-escena 18 2.2.1 Información crítica requerida 19 2.2.2 Examinar, evaluar y diseminar 19 Figura 4 – SAD CHALET 19 2.3 La escena 19 Figura 5 - La escena 20 2.3.1 Identificar, proteger y asegurar la escena 20 2.3.1.1 Identificar la escena 20 2.3.1.1 Identificar la escena 21 2.3.1.3 Asegurando la escena 21 2.3.2 Preservación de la vida 22 2.3.3 Manejo de la escena 22 2.3.4 Prevenir la escalada y minimizar las interrupciones 23 2.3.5 Administración y bienestar en la escena 23 2.3.6 Vehículos de la escena 23 2.3.7 Asegurar la evidencia – Testigos. 24 2.3.8 Testigos extranjeros 24 2.3.9 Si el testigo ya ha dejado el Reino Unido 24 2.3.10 Infantes y otros testigos vulnerables 25 2.3.11 Testigos importantes - primera declaración 25 2.3.12 Recolección de la evidencia y el Oficial de elementos de probatorios 26 Evidencia de la escena. 26 Evidencia adicional. 28 2.3.13 Identificación de la víctima 28 2.3.14 Confirmación del deceso 28 2.3.15 Identificación formal 29 2.3.16 Disposiciones especiales respecto de occisos extranjeros 29 Figura 6 - Lista de contacto de inmigración

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Pág. Contenidos 29 2.3.1.7 identificación del/los sospecho/s 30 2.3.18 Sospechosos extranjeros 30 2.3.19 Sección 25 PACE 1984: Facultad para detener a infractores extranjeros 31 2.3.20 Códigos de Práctica y personas extranjeras 32 Figura 7- Arresto, países notificables. 32 2.3.21 Informando a los sospechosos extranjeros sobre las citaciones 32 2.3.22 Servicio de citaciones en el extranjero 33 2.3.23 Citación por sentencias provenientes de otros países 33 2.3.24 Inmunidad diplomática 33 2.3.25 Inmigrantes ilegales 33 2.3.26 Ley (Cooperación Internacional) de Justicia Criminal de 1990 33 2.3.27 Realización de un informe 33 2.3.28 Colisiones con fugas 34 2.3.29 Cuando el sospechoso ha partido de la escena - Acciones iniciales 34 2.3.30 Muertes sospechosas en ruta 35 2.3.31 ¿Parece sospechosa la causa de muerte? 35 2.3.32 Cuerpos hallados en la ruta o al costado 36 2.3.33 Rastreo de un vehículo 36 2.3.34 Notificación de incidentes mayores 37 2.3.35 Equipos de recuperación de víctimas – Despliegue de decisiones 38 2.4 Investigación total de la escena 38 Figura 8 - Investigación total de la escena 38 2.4.1 ¿Qué respuesta se espera del especialista? 38 2.4.2 Testimonios de especialistas 39 2.4.3 Factores productores de choques en rutas 39 Figura 9 - Ejemplo de factores que pueden estar implicados en una colisión. 41 2.4.4 Exámenes subsiguientes 41 2.4.5 Evidencia digital y computadoras como presentaciones 41 Explicación de los principios 42 2.4.6 Volviendo a la normalidad 42 2.5 Post-escena 43 Figura 10 – Post-escena. 43 2.5.1 Rol del Servicio de Fiscalía de la Corona (Crown Prosecution Service) 44 2.5.2 Tensión psicológica crítica proveniente del incidente 44 2.5.3 Descompresión 45 2.5.4 Interrogatorio 45 2.5.5 Divulgación de los temas del interrogatorio 45 2.6 La investigación 45 2.6.1 ¿Qué más se necesita saber sobre la investigación? 46 2.6.2 Identificar en donde se puede encontrar alguna información adicional 46 2.7 Entrevista 46 2.7.1 Principios generales del interrogatorio 47 2.7.2 Selección de interrogadores 47 2.7.3 Interrogatorios a sospechosos extranjeros 47 2.8 Fianza 48 2.9 Principios de Narey sobre celeridad de la justicia 48 2.10 Derechos Humanos 49 2.11 Proceso de investigación posterior a la acusación

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Pág. Contenidos 49 2.11.1 Audiencias en el juzgado 49 2.11.2 Peritaje 50 2.11.3 Preparación de los casos 51 2.11.4 Preparación del archivo 51 Conclusión y recomendaciones 52 2.11.5 Archivos del Forense de Su Majestad 52 2.11.6 Preparación de un informe para la indagatoria 52 2.11.7 Procedimientos penales 53 2.11.8 Desarrollos posteriores 53 2.11.9 Retención de archivos 54 2.12 Otras consideraciones 55 2.12.1 Cuestiones testimoniales 56 2.13 Revisiones periódicas de todas las investigaciones de muertes en ruta 57 2.14 Información sobre el proceso e información a terceras partes 57 2.15 Difundir información esencial para tomar soluciones 57 3 OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE LA INVESTIGACIÓN 57 3.1 Homicidio sin premeditación 57 3.1.1 Homicidio sin premeditación: asesinato por acto ilícito 58 3.1.2 Homicidio con premeditación por negligencia grave 58 Otras cuestiones 58 Defensas 59 3.2 Manejo peligroso 59 Factores agravantes 60 Factores mitigantes 60 Preguntas a formular 61 Defensas 61 3.3 Conducción imprudente 61 3.4 Capacidad de manejo disminuida por consumo de alcohol y/o drogas 62 Procedimiento

62 3.5 Capacitación para Reconocimiento de Drogas (DRT, Drug Recognition Training) y Test de Campo de Insuficiencia o Deterioro (FIT, Field Impairment Testing)

63 3.6 Fatiga 64 3.7 Responsabilidad corporativa 65 3.8 Uso de la legislación sobre salud y seguridad 66 3.9 La ruta 68 Geometría del camino

68 Ayudas para la circulación y seguridad (señalización, líneas blancas y señales de tránsito fluorescentes)

68 Visibilidad en curvas y cruces 68 Trabajos en rutas y en calles 68 Mantenimiento de los sistemas de desagote de las carreteras 68 Resistencia al deslizamiento de la superficie del camino 68 Sistemas de contención (ejemplo, barreras, contracarriles, vallados de seguridad) 69 El efecto del clima adverso (ejemplo: inundaciones, hielo, nieve, calor excesivo) 69 Resumen 69 3.10 Asistencia médica 69 4. VEHÍCULOS 69 4.1 Examen vehicular

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Pág. Contenidos 70 4.1.1 Condiciones mecánicas 70 4.1.2 Vehículos grandes y el rol de la Agencia de Servicios de Operadores 71 4.1.3 Examen forense ulterior 71 4.1.4 Pintura 72 4.1.5 Vidrio 72 4.1.6 Lámparas 72 4.1.7 Plásticos 73 4.1.8 Reconstrucciones de las posiciones en el impacto 73 4.1.9 Huellas del pedal 73 4.1.10 Envenenamiento por monóxido de carbono 73 4.1.11 La ubicación de los asientos, espejos y controles 73 4.2 Dispositivos del Sistema de Transporte Inteligente (ITS) 74 4.2.1 Airbags SRS 74 4.2.2 Control de la velocidad crucero 74 4.2.3 Control de velocidad crucero adaptada 75 4.2.4 Frenos adaptados/ABS 75 4.2.5 Sistemas para evitar colisiones 75 4.2.6 Sistema de llamada de emergencia 75 4.2.7 Sistemas de navegación satelital 75 4.2.8 Dispositivos de seguimiento vehicular antirrobo 75 4.2.9 Grabadores de datos de la colisión 77 4.2.9 Grabadores de colisión de datos 78 4.3.1 Otra asistencia forense 78 4.3.2 Tacógrafos 79 4.3.3 El envío requerido para el análisis forense de la cartilla del tacógrafo 79 4.3.4 Rastreo de ruta según las cartillas del tacógrafo 80 4.3.5 Envío requerido para el rastreo de ruta según las cartillas del tacógrafo 80 4.3.6 Limitadores de velocidad en los caminos 80 4.4 Manipulación del tacógrafo y del limitador de velocidad 81 4. 5 Vehículos extranjeros 82 4.6 Facultades de rastreo e incautación del vehículo 82 4.6.1 Incautación de la evidencia bajo PACE y el derecho común 83 4.6.2 Instalaciones de tacógrafos 83 4.6.3 Cartillas de tacógrafo 83 4.6.4 Facultades de examen de vehículos al costado de la ruta 84 4.6.5 Los componentes según el examen del vehículo 84 4.6.6 Salud y seguridad 84 4.6.7 Retención de vehículos 85 4.6.8 Pautas del Servicio de Prosecución de la Corona sobre la retención de vehículos 85 Abuso de proceso 85 S78 PACE 1984 85 Legislación sobre vehículos y derechos humanos 86 Acción inicial 86 Examen independiente en nombre del acusado 86 Disposición y destrucción del vehículo 86 4.6.9 El asesoramiento práctico respecto de la retención de vehículos y Beckford 88 4.6.10 Continuidad de los elementos probatorios 88 5. MUERTE EN RUTA RELACIONADA CON LA POLICÍA

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Pág. Contenidos 88 5.1 Tipo de incidente 89 5.2 Imparcialidad de los procedimientos para evidencias 89 5.4 Autoridad de Quejas contra la Policía (PCA, Police Complaints Authority) y sus procedimientos. 90 5.3.1 Recurso obligatorio ante la PCA 90 5.3.2 Supervisión obligatoria 90 5.3.3 Supervisión discrecional 90 5.3.4 Referencia discrecional para el PCA 91 5.3.5 Incertidumbre para relacionar un caso 91 5.3.6 Plazo para los comentarios 91 5.3.7 Aprobación del oficial investigador 91 5.3.8 Declaraciones provisorias del PCA 92 5.4 Ejecutivo de Salud y Seguridad (HSE) 92 5.5 Incidentes superiores y cuestiones de la comunidad 92 Enlace con la familia 92 5.6 Los colegas como víctimas, sospechosos o testigos 93 5.7 Representación de los oficiales policiales 93 5.8 Testigos policiales 93 6. HERRAMIENTAS DE INVESTIGACIÓN 94 6.1 Sistema de reconocimiento automático de números de patentes (ANPR) 94 6.2 Circuito cerrado de televisión (CCTV) 94 6.3 Cámaras para control del tráfico 95 6.4 Oficinas de Procesamiento de Penalidades Fijas 95 6.5 Ley PACE (Police and Criminal Evidence Act) de 1984 95 6.6 Anuncios para convocar a testigos 95 6.7 Cuestionarios 96 6.10 Sistemas de control de motores 96 6.11 Laboratorio de Investigación del Transporte (TRL) 96 Colisiones 96 Factores humanos 97 Estado de las carreteras y el tráfico 97 Vehículos 97 Crimen 97 Manejo del factor de riesgo y de responsabilidades 98 6.12 Bases de datos 98 Advertencia 98 6.12.1 Base de datos (PIKE, Police Intelligence Kommercial Enquiry) 98 6.12.2 Computadora Policial Nacional (PNC, Police National Computer) 99 6.12.3 Agencia de concesión de licencias del vehículo y del conductor (DVLA) – Swansea. 99 6.12.4 Unidad de Enlace Policial 100 6.12.5 Comisionados de tráfico 100 6.12.6 Agencia de Servicio de Operadores y Vehículos (VOSA) 100 Base de datos para las condiciones del camino 100 Probando la base de datos 100 Base de datos de la rama de seguridad vehicular 100 Base de datos de los servicios legales y de la prosecución 100 Base de datos inteligencia VOSA 101 6.12.7 Aduanas e Impuestos de Su Majestad (HM Customs & Excise) 101 6.12.8 HPI - EXPERIAN

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Pág. Contenidos 101 6.12.9 Conexión Directa IT/PC 102 6.12.10 Base de datos de auto partes 102 6.12.11 Sistemas de inteligencia de la fuerza 102 6.13 Otra base de datos de computadora 102 6.14 Entrevistas a domicilio 103 7. LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL 104 7.1 Estrategia de los medios 104 7.2 Los medios presentes en la escena 104 7.3 Citaciones de testigos 105 7.4 Impacto en la familia 105 7.4.1 Pautas de la Asociación de Jefes de Policía (ACPO) 105 8. FORENSE (OFICIAL JUDICIAL) DE SU MAJESTAD 106 8.1 Presencia en el accidente del forense (juez de primera instancia) 106 8.1 Presencia en el accidente del forense 106 8.3 Formato de las indagaciones 106 8.4 Notificación de los procedimientos a los forenses 106 8.5 Muertes de personas extranjeras 107 9. EXAMENES POST MORTEM Y PATOLOGÍA 107 9. 1 Función del patólogo 107 9.1.1 Trasplantes de órganos 108 9.1.2 Examen pericial post mortem rutinario 108 9.1.3 El patólogo forense del Ministerio del Interior 108 Figura 13 - Diferencias entre un patólogo forense y un patólogo general de hospital 109 9.1.4 Asistencia del patólogo a la escena 109 9.1.5 Examen post mortem de la defensa 109 9.1.6 Retención y liberación del cadáver 111 APÉNDICES 111 APÉNDICE “A” – DIRECTRICES REVISADAS POR EL COMITÉ DEL CRIMEN DE ACPO PARA EL

USO DE LOS ARCHIVOS DE LAS POLÍTICAS 115 APENDICE “B” - EJEMPLOS DE ORGANIZACIONES VOLUNTARIAS 116 APENDICE “C” – GUÍAS DE ACPO SOBRE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

120 APÉNDICE “D” - FORENSE PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA RECONSTRUCCIÓN DE COLISIONES EN EL SERVICIO DE POLICÍA

126 APÉNDICE “E” - MEMORADUM DE BUENA PRÁCTICA PARA LA PRONTA DISPOSICIÓN DE LOS CUERPOS EN CASOS DE MUERTE DUDOSA.

129 APÉNDICE “F” - Ejemplos de documentación a ser requeridos por las autoridades viales en la investigación de:

132 APÉNDICE “G” - MUERTES RELACIONADAS CON EL TRABAJO - PROTOCOLO PARA EL ENLACE ENTRE ACPO (ASOCIACIÓN DE JEFES DE POLICÍA), CPS (SERVICIO DE PROSECUCIÓN DE LA CORONA), LGA, BTP & HSE.

139 APÉNDICE “H” - AUTORIDAD DE QUEJAS POLICIALES - MANUAL PARA GUÍA DE LOS MIEMBROS144 ANEXO “I” - PLANTILLA PARA FACTORES CONTRIBUYENTES Y PRECIPITANTES

APÉNDICE “J” – PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO SUGERIDO PARA OFICIALES SUPERIORES INVESTIGADORES

REFERENCIAS

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INTRODUCCIÓN Cada año aproximadamente 3.500 personas mueren en carreteras en Gran Bretaña. Además 320.000 personas resultan heridas, entre las cuales 38.000 son de gravedad. Los costos humanos y emocionales de esta matanza no pueden ser cuantificados. Sin embargo, los costos para la comunidad representan más de 12 mil millones de libras por año. Aunque las estadísticas demuestran que el Reino Unido tiene un nivel de seguridad vial entre los mejores del mundo, esas estadísticas nunca llevarán ningún consuelo a las víctimas, a familiares o a aquéllos que tratan de reconstruir sus vidas destruidas por un accidente. El artículo 13 de la Convención Europea sobre Derechos Humanos (ECHR) sugiere que "cuando un individuo muere en circunstancias sospechosas" es necesario que la policía realice una "investigación total y efectiva capaz de llegar a la identificación, castigando a los responsables y brindando a los parientes fácil acceso al proceso de investigación" (Kiurt v Turkey (1999) Este manual tiende a establecer normas sobre la forma en que el Servicio Policial investiga las muertes en caminos y los accidentes en donde hay heridos de gravedad. La intención es servir a la justicia y brindar apoyo a las víctimas en forma imparcial, sin prejuicios raciales, religiosos, culturales, de edad, de discapacidad, de orientación sexual, nacionalidad, de origen étnico o lugar de domicilio. Este manual es complementario del Manual sobre Investigación de Homicidios (the Murder Investigation Manual), pero también toma en cuenta las circunstancias especiales que tiene que ser consideradas al investigar las colisiones de tráfico en las rutas. Los objetivos de todas las investigaciones son los siguientes: Investigar los accidentes fatales y graves en el nivel más alto posible. Asegurar que las familias de las víctimas reciban el mayor nivel de respaldo de los oficiales preparados

para mantener la integridad familiar. Proveer un "plan de investigación" documentado durante cada incidente, para asegurar que cada

investigación sea:

- Manejada efectivamente por oficiales capacitados. - Adecuadamente informada. - Amplia e imparcialmente investigada. - Monitoreada para brindar efectividad.

Proveer el apoyo necesario a todo el personal involucrado Brindar la realimentación para las medidas preventivas de seguridad. Este manual consolida las muchas buenas prácticas ya adoptadas por las fuerzas policiales y agencias de investigación en todo el Reino Unido, y provee un documento definitivo para asistir a todos los involucrados en la investigación de muertes en rutas. Es un documento dinámico y será corregido cuando sea necesario.

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DECLARACIÓN DEL ESTÁNDAR DE LA INVESTIGACIÓN El Servicio Policial debe aspirar a: Aplicar roles del Oficial Superior de Investigación (SIO, Senior Investigating Officer), del Oficial

Investigador, del Oficial de Enlace con la Familia y del Investigador de la Colisión en cada investigación de muertes en rutas.

Investigar las circunstancias amplia e imparcialmente, registrando y documentando toda la información. Asegurar que la investigación sea planeada y estructurada y que toda la información recibida sea

investigada. Asegurar que las preguntas urgentes sean encarriladas a establecer en forma rápida y precisa la identidad

de la muerte de cualquier persona o gravemente herida en un accidente de camino o carretera. Brindar seguridad de que la identificación del vehículo y el culpable sean rápidamente establecidos y que

la evidencia sea identificada y se guarde lo antes posible. Investigar todos los incidentes como "muertes ilegales" hasta que se demuestre lo contrario. Asegurar que los parientes cercanos sean ubicados y que el mensaje traumático sea entregado de una

manera profesional, cuidadosa y precisa. Llevar a acabo los procedimientos de identificación para la satisfacción legal del Forense de Su Majestad,

respetando los deseos del pariente cercano y/o amigos. Asegurar que el pariente cercano reciba apoyo, por oficiales capacitados, a través de todo el proceso y

aconsejar otras opciones para un cuidado más amplio. Tener certeza de que todas las partes reciban los niveles adecuados de información, mientras se cuide

que el avance de la investigación no reciba ningún impedimento. Ofrecer el cuidado apropiado a todos los miembros del Servicio Policial que estén involucrados en la

complejidad traumática de muerte en accidentes de tránsito. Cerciorarse de que la evidencia en sus niveles más altos llegue a manos de los médicos forenses y de los

Tribunales Penales. Asegurar que el término "víctima" es usado para describir a cualquier persona muerta o herida como

resultado de su presencia en un choque, en el que se apliquen las prácticas investigativas bajo los términos de este manual.

Asegurar que la investigación incluya exhaustivamente los temas relacionados con la raza, el sexo, la

religión, la cultura, la edad, la discapacidad, la orientación sexual, la nacionalidad y la vivienda. Asegurar que la investigación incluya en forma completa a las personas vulnerables, si es que su

vulnerabilidad es causada por dificultades de aprendizaje, traumas o cualquier otra circunstancia. Aunque el término "muerte en ruta" es utilizado en todo este manual, los mismos procedimientos y prácticas de investigación se pueden aplicar a cualquier incidente a discreción del oficial investigador.

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1. EL EQUIPO DE INVESTIGACIÓN Se deben considerar los siguientes roles durante la investigación de todo choque que incluya una víctima fatal o potencial víctima fatal y puedan ser convenientes para usar en otras instancias a discreción de los oficiales investigadores. Oficial Superior Investigador (SIO, Senior Investigating Officer) Oficiales Investigadores. Oficial de Enlace con la Familia (FLO, Family Liaison Officer). Investigador de la Colisión (Collision Investigator) / Examinador del Vehículo (Vehicle Examiner) 1.1 Oficial Superior Investigador El grado, las condiciones de capacidad y las habilidades de cualquier oficial elegido como Oficial Superior Investigador serán una cuestión particular de cada Fuerza Policial. Sin tener en cuenta el grado, la comunidad espera el mismo nivel de profesionalismo y pericia además de un alto nivel de respuesta. Todos los oficiales que son designados como Oficial Superior Investigador, sin considerar la jerarquía deben recibir una capacitación para adaptarse a esa función en forma efectiva y profesionalmente en concordancia con la Exposición de la Normativa de Investigación. Los requisitos de capacitación mínimos exigidos pueden encontrarse en el Apéndice "J". La mayor parte de las investigaciones en las colisiones fatales requieren un supervisor de tránsito para realizar la función de Oficial Superior Investigador. Generalmente es un sargento o inspector. Sin embargo, las circunstancias pueden exigir un oficial más antiguo para realizar esta función. Todos los oficiales que realicen dicha función deben ser capacitados adecuadamente y regularmente actualizados. Incluso cuando llegue a ser evidente que no haya sido una muerte ilegítima u otro acto culpable, la comunidad, y en especial algún sobreviviente, necesitarán que la investigación de cualquier muerte sea investigada, manejada y se reciba toda la información debida. La función del Oficial Superior Investigador es la de ser el líder, brindando el foco investigativo, motivando al equipo y rindiendo cuentas en cada faceta de la indagación, mientras dirige a un grupo de especialistas. La responsabilidad final de la evidencia producida durante una investigación queda en manos del Oficial Superior. No obstante, algunas evidencias tales como los informes de la investigación de la colisión deben ser solamente verificadas por supervisores adecuadamente calificados. 1.1.1 Políticas y prioridades Uno de los aspectos más importantes de cualquier investigación de muertes en rutas es el registro sistemático de las actividades de los Oficiales Superiores Investigadores. El registro de por qué o no se siguieron distintas líneas de investigación, es sumamente importante y el registro detallado de las decisiones y las razones para tomar cada decisión debe ser una cuestión muy clara. Todos los archivos de la política de la investigación están sometidos a revelación. Es ampliamente reconocido en todo el servicio policial el papel importante que el archivo de los procedimientos juega en cualquier investigación criminal importante. El archivo de procedimientos o plan de acción debe reflejar con precisión las decisiones tomadas por el Oficial Superior Investigador, en relación con la investigación. El Oficial Superior Investigador hace uso del archivo del plan de acción en todos los casos, considerando que es el registro definitivo sobre el que se basará de ahí en más cuando se le requiera que dé cuenta por sus decisiones en:

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Tribunales Procesales. Jurado Indagatorio. Otros procedimientos judiciales. Revisiones. Procedimientos de demandas. Los archivos del plan de acción deben ser utilizados para registrar decisiones estratégicas. No es un libro de procedimientos a cumplir aunque las acciones individuales potencialmente controvertidas y el plan de acción que los lleva a ellas puedan registrarse. Puede también ser útil para registrar las opciones que fueron consideradas, utilizadas o rechazadas y sus razones. El uso del archivo del plan de acción es el tema de las normas de la División del Crimen de la Asociación de los Oficiales Jefes de Policía publicadas en 1998, y resumidas en el "Apéndice A". Las normas actuales de la Asociación de los Oficiales Jefes de Policía recomiendan que el Oficial Superior Investigador construya su archivo del plan de acción utilizando los siguientes títulos: Preparación de la investigación. Gestión de la pesquisa. Líneas de la pesquisa. Finanzas y administración. Cuestiones sensibles. Cuestiones de políticas para las investigaciones relacionadas. Las sugerencias para la apertura del documento del plan de acción son: Una breve cronología de los eventos que rodean la investigación Los objetivos totales en el momento Una lista de influencias que pueden afectar la habilidad para lograr el objetivo declarado La necesidad de que el Oficial Superior Investigador constantemente comparta los contenidos del plan de acción tanto con el equipo de manejo, como con el de investigación a fin de evitar la tensión desmedida. Se reconoce como buena práctica que el Oficial Investigador Superior comparta los detalles del archivo del plan de acción en las reuniones informativas en donde todo el personal pueda observarlo. El Oficial Superior Investigador debe adoptar un enfoque disciplinado para planear la investigación y esto debe ser reflejado en el archivo del plan de acción. El Oficial Investigador Superior tiene absoluta responsabilidad por el manejo de todo el personal involucrado en la investigación, incluyendo al Oficial de enlace con la familia, que es una parte integral de la investigación. El Oficial Superior Investigador asegura que toda la evidencia sea exhaustivamente examinada y exhibida en todas las etapas, para brindar el mayor nivel testimonial que se pueda lograr de toda la información obtenida. El Oficial Superior Investigador deberá estar presente en la escena de todos los incidentes en los que haya ocurrido una muerte en rutas o caminos o donde esto sea una posibilidad, garantizando el manejo de la escena en el nivel más alto utilizando todos los recursos disponibles. Se debe tener presente siempre la posibilidad de reconsiderar medidas en cuanto a la participación o no del personal en todos los casos. Esto se puede aplicar especialmente a todo el personal que acude en accidentes serios o fatales, en particular a aquéllos que lo hacen en forma frecuente. Se sugiere que el Oficial Superior Investigador construya el plan de investigación considerando los siguientes amplios tópicos:

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La escena. La investigación de la colisión. La identificación de los testigos. La identificación de los sospechosos (cuando resulte necesario) La ciencia forense. Los arrestos. Las entrevistas. Los medios. La conexión con los familiares de las víctimas. El Oficial Superior Investigador necesitará determinar el momento apropiado para realizar las sesiones informativas y las conferencias sobre el caso. Éstas permiten que los oficiales investigadores comprendan claramente la dirección de la investigación y de los razonamientos detrás de la toma de decisiones del Oficial Inspector. La Figura 1 abajo ilustra los muchos roles y responsabilidades con los que debe tratar un Oficial Superior Investigador.

Figura 1 - Roles y responsabilidades del Oficial Superior Investigador.

Enlace con la familia Estrategia

forense Finanzas y Recursos Gestión de la escena

Estrategias de

declaraciones y entrevistas

Roles y responsabilidades del Oficial Superior Investigador

Medios de comunicación social

Asuntos del CPA / PACE Decisiones sobre

políticas

Archivos Enlace CPS Cuestiones

sensibles Cargos Investigador de la

colisión y tareas del SOCO

1.1.2 Revisión de casos Para posibilitar que cada incidente sea evaluado efectivamente, se debe considerar un sistema de revisión durante toda la investigación. Muchos de los temas tratados terminarán en medidas a tomar, y es imperativo que tales decisiones sean registradas en el documento que muestra el plan de acción. Las revisiones regulares ayudan a controlar las decisiones a tomar. También le brindan al Oficial Superior Investigador la oportunidad de evaluar el avance y acordar todos los recursos y la dirección de la investigación. Los primeros objetivos de una revisión son: Proporcionar un análisis continuo e interpretación de la práctica de la investigación y la evidencia. Suministrar un medio efectivo en costos y estandarizado para mejorar el desempeño policial durante una

investigación de una muerte en ruta.

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Los beneficios que se consideran son: El apoyo al Oficial Superior Investigador. La adhesión al plan de acción. El mejor desempeño con todos los involucrados en la investigación en cuanto a opiniones e informaciones. El proceder policial adecuado a través de toda la identificación y la distribución del trabajo. El rendimiento individual mejorado en toda la identificación de los hechos a desarrollar. La reducción de la probabilidad de concluir un incidente demasiado tarde o demasiado temprano. La reducción de la posibilidad de problemas que lleven al detrimento de la investigación. La reducción de la probabilidad del trabajo de una re investigación. La reducción de la probabilidad de litigar. El aumento de la confianza pública en la integridad y capacidad de los policías investigadores. 1.2 Oficiales Investigadores Todos los oficiales que lleven a cabo cualquier función durante la investigación de una muerte en ruta serán calificados como oficiales investigadores, los cuales son responsables ante el Oficial Superior Investigador. Los investigadores deben tener conocimiento del plan de acción del Oficial Superior Investigador y asegurar que se cumpla. La función del investigador abarca numerosas disciplinas. Todas las acciones realizadas y la información recibida deben ser adecuadamente registradas. En esencia aquellos oficiales que participan en tareas de patrullaje y no en tareas de investigación a largo plazo tendrán que trabajar en un ambiente no familiar para ellos. Un tema que el Oficial Superior Investigador tiene que considerar es cómo los oficiales pueden llegar a reaccionar en este ambiente, al mismo tiempo que identificar a aquéllos que se adaptan bien a dicho ambiente Idealmente, los oficiales investigadores deben poseer: Buenas habilidades de investigación Estar capacitados en la entrevista de una investigación Contar con la capacidad de trabajar con una supervisión mínima Poseer una disciplina de trabajo en la pesquisa Contar con un buen conocimiento de la legislación en que se basa el trabajo de la investigación. La selección del oficial investigador no debe basarse solamente en cuál fue el primer oficial en llegar al lugar o empezó el primer informe. 1.3 Oficial de Enlace con la Familia Uno de los más importantes factores que el Oficial Superior Investigador debe considerar es suministrar un apropiado nivel de apoyo y relación con la familia de la(s) víctima(s). Este apoyo comienza con la entrega del mensaje sobre el fallecimiento y la información que la familia necesita inmediatamente. Tanto el oficial que entrega el mensaje del fallecimiento como el Oficial de enlace deben dar a los familiares unas hojas explicativas denominadas “Consejos para los familiares y amigos de una víctima fatal en ruta” (que es suministrado gratuitamente por el oficial de servicio) y también “Cuando ocurre una muerte repentina- Médicos Forenses e Interrogatorios”. El trauma que se genera cuando ocurre una tragedia inesperada y repentina es inmenso, y las necesidades de investigación pueden exigir una demanda grande de otros familiares que hayan estado involucrados. En muchos casos el interés generado por el incidente y la muerte resultante pueden producir que los medios hagan preguntas adicionales a la familia. Por estas razones se reconoce como buena práctica designar un Oficial de enlace para trabajar tanto con el Oficial Inspector Superior como con los familiares, a fin de brindar apoyo e información. Si por cualquier razón los familiares no quieren que se designe un Oficial de enlace, sus deseos deben ser respetados.

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El Comité del Crimen de ACPO ha creado una nueva guía sobre este tema titulado Manual de Estrategias de Enlace con la Familia (ACPO Family Liaison Strategy Manual). El manual cubre los procedimientos del Oficial de enlace en los casos de: 2. Muerte violenta o no explicada, especialmente respecto de:

- Homicidio - Muerte en ruta - Desastre masivo

2. Otros casos que no incluyan un caso fatal, pero en los que la actuación del oficial de enlace podría mejorar

la efectividad de la respuesta policial, por ejemplo, un delito muy grave. 1.4 Investigación de la colisión / Examen del vehículo 1.4.1 Investigación de la colisión La investigación de la colisión es el uso de las técnicas físicas y matemáticas para evaluar la evidencia física en la escena y lo que los testigos han observado. Mucho de esta investigación depende de la cantidad de información que pueda ser recogida en la escena misma. Siempre es mejor registrar la ubicación de los ítems de dudoso valor que descartarlos inmediatamente. Aunque la investigación de la colisión y el examen del vehículo forman una parte integral de la investigación, las cuestiones del plan de acción quedan con el Oficial Investigador Superior quien tiene la última palabra en el resultado de la pesquisa. Sin embargo, la comunicación entre dicho Oficial y su equipo es importantísima. La experiencia suministrada por un investigador en colisiones es invalorable y debe estar siempre presente en la investigación de toda muerte en ruta. Cuando el servicio policial no puede brindar un nivel adecuado de conocimientos en ese tema dentro de sus propios recursos, debe obtenerse los servicios de un investigador de otra fuerza. Los elementos de prueba provenientes de cada fuente pueden aprobar o desaprobar ciertas teorías y brindar una clara dirección en la investigación. Hay que tener en cuenta que los elementos probatorios obtenidos de cualquier investigación de la colisión o examen vehicular pueden conformar la línea principal de la evidencia en un caso delictivo y los subsiguientes procedimientos civiles. 1.4.2 Investigadores de la colisión En tanto que el Oficial Investigador Superior tiene una responsabilidad total para tomar decisiones en relación con la escena y el despliegue de estos especialistas es una cuestión del plan de acciones, los servicios de un Investigador calificado en colisiones deben ser siempre tenidos en cuenta en todos los casos. La función del investigador en colisiones es: Asistencia al Oficial Superior Investigador en la identificación de la totalidad de la(s) escena(s). Asistencia al Oficial Investigador Superior para que todas las escenas estén aseguradas a fin de impedir,

en la medida de lo posible, la pérdida de la evidencia o elementos de prueba. Asesoramiento y mantenimiento actualizado al Oficial Superior Investigador de manera que pueda tomar

decisiones respecto del cierre contínuo de la ruta. Registro y evaluación de la evidencia disponible. Aseguración de la escena sea debidamente registrada por medio fotográfico o videográfico.

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Estar en contacto con el Oficial Superior Investigador y preparar los informes en la forma apropiada. Ofrecimiento de consejo respecto del uso del apoyo pericial. 1.4.3 Inspectores vehiculares Cada Fuerza tiene su propia estructura respecto del examen de vehículos. Los oficiales policiales generalmente toman esta función, y de esos el investigador de la colisión o el inspector particular pueden llevar a cabo esta tarea. Otras fuerzas pueden emplear personal civil para estas tareas. En los casos en que hay grandes artículos comerciales y otros vehículos que transportan pasajeros, algunas Fuerzas confían en la asistencia de la Agencia de Seguridad Vehicular (VOSA, Vehicle Safety Branch) Examen de los vehículos involucrados en una colisión en que ha habido muertes, o pudo haberlas. El

papel del inspector vehicular es trabajar junto con el investigador en colisiones y, en donde sea necesario: Establecer la condición mecánica previa del vehículo y asegurar o descontar la posibilidad de una falla

mecánica que haya causado o contribuido a la colisión: Obtener la evidencia forense de los vehículos involucrados (Esto puede hacerse junto con un oficial de la

escena del crimen): Establecer la posición previa a la colisión de los controles y conexiones que hayan podido tener alguna

influencia en la posición o movimiento del vehículo anterior a la colisión Registrar los detalles de la posición y la proporción de cualquier daño que podrían ser requeridos para

aseverar las posiciones inmediatas antes del impacto y los objetos relacionados entre sí: Identificar si cualquier dispositivo del Sistema de Transporte Inteligente (ITS, Intelligent Transport System)

se encuentran incorporados al vehículo, ya sea en fábrica o posteriormente, y si éstos han contribuido a la colisión o contienen evidencia o información que sería útil en la investigación:

Identificar si existían defectos en el diseño del vehículo. Asegurar si alguno de estos defectos haya tenido

algo que ver con la colisión o tiene un potencial para afectar la seguridad total de los modelos similares de vehículos. Hay que hacer referencia a las publicaciones regulares de la rama de seguridad de vehículos de la Agencia de Servicios de Vehículos y Operaciones.

2. MODELO DE INVESTICACIÓN DE MUERTES EN RUTAS 2.1 El modelo Cada parte del modelo de la Figura 2 es explicado debajo. Algunos temas son tratados en otros capítulos por una cuestión de conveniencia. Este manual presenta una normativa para tratar colisiones fatales o potencialmente fatales. Además, puede ser favorable para usar en otras instancias a discreción de los oficiales jefes en forma individual. Cuando no hay víctimas fatales en la escena, la decisión sobre si la colisión debe ser o no investigada en línea con los principios contenidos en este manual, debe quedar bajo la decisión del oficial más antiguo que esté en la escena. Esta decisión debe generalmente ser tomada cuando el oficial quede satisfecho con la opinión buscada de un paramédico o de un médico. La declaración de la normativa de investigación requiere que todos los incidentes sean tratados como "muertes ilícitas" hasta que se pruebe lo contrario.

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MODELO INVESTIGATIVO DE MUERTES EN LAS RUTAS Figura 2

PRE-ESCENA Inspección, evaluación y difusión.

Notificación del incidente. ¿Cuál es la respuesta policial inmediata necesaria? Cantidad y tipo de respuesta. Registrar y difundir la información.

ESCENA

Investigación total de la escena. Qué se requiere de la respuesta del perito. (CIU, SOCO, CIC, FOTOS, SSS, TRL, FORENSE, PATÓLOGO, INSPECTOR DEL VEHÍCULO). Identificar los factores contribuyentes y precipitadotes (declaraciones de testigos, cuestionarios a los vecinos, CCTV, etc. Realizar una conferencia en la escena en la medida de lo necesario. Recolectar evidencias.

Exámenes subsiguientes, Post Mortem, vehicular, tacógrafos y computacionales.

Medios.

Identificar y asegurar la escena. Preservar la vida. Preservar la escena. Asegurar los elementos probatorios (identidad de testigos). Identificar la víctima. Identificar al sospechoso. Hacer registros. Impedir la perdida/destrucción de los elementos probatorios. Notificar all Oficial Superior sobre las decisiones del plan de acción. Comunicar las acciones. Designar un administrador de la escena y los Oficiales en forma necesaria. Designar a un oficial de enlace con los familiares.

Ampliar o acotar la escena en la medida necesaria.

Si existen circunstancias sospechosas o el causante del accidente no fue detenido recurrir al manual de investigaciones sobre crímenes.

Notificar los procedimientos mas importantes.

Difusión esencial de información no fundamental para la investigación, pero

auxiliar.

Respuesta: Investigación, información a terceras partes, manual de actualización. Retención de papeles y datos con posible implicación de litigios civiles y apelaciones.

POST ESCENA ¿Qué sabe la investigación ahora?

Que más necesita saber la investigación. Identificar que información ulterior es requerida y dónde puede ser hallada (DVLA, PNC, CCTV, etc.). Entrevistar a sospechosos (PACE, PEACE) y testigos. Completar interrogatorios.

Si no se requiere más información o si ya no quedan líneas viables de investigación. ¿Hay suficiente evidencia para proseguir con el juicio, las cauciones, etc?

SI

NO

Entrar mantenimiento del caso/Proceso de revisión.

Mantenimiento del caso/Revisión que identifica nuevas líneas viables

de investigación.

Consideraciones Post Escena. Conferencias sobre el caso. Archivo del plan de acción del Oficial Inspector Superior. Asesoramiento inicial del CPS. Reuniones acerca del incidente en la medida de lo necesario. Evaluar la información disponible junto con otros asesores especialistas importantes (CIU, SOCO, CID, FOTOS, FSS, Elementos de Prueba, Inspector de Vehículos y Patólogo)

Información voluntaria desde afuera de la

Informar a otros organismos cuando sea necesario.

¿Es la investigación compatible con los Derechos

Humanos?

Inculpación, caución, límites de tiempo, NFA, etc.

Entrar proceso de investigación posterior a la inculpación. Completar los papeles del caso. Apertura.

Audiencia (Juzgado del Forense de la Corona,

Magistrados).

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A menudo es el caso en que un solo vehículo está comprometido en la muerte sólo del conductor. Bajo tales circunstancias es factible establecer en una etapa temprana que no ha habido una muerte ilícita. Sin embargo, cualquier colisión fatal o potencial merece ser investigada cuidadosa y profesionalmente. En realidad, incluso en una colisión en donde exclusivamente un vehículo y su conductor estén involucrados, nunca será considerado un "accidente" sin tener en cuenta todas las posibilidades (por ejemplo, en los casos en donde se detectan alcohol o drogas, hay que tener presente que no todo consumo es totalmente voluntario). Cuando el Oficial Investigador Superior determine que la investigación esté completa, debe dejar establecido, en su totalidad, las razones por las que la decisión sobre el cese de la investigación se lleva a cabo. En ningún momento un Oficial Superior Investigador será obligado a seguir el modelo estrictamente. Debe usarlo como guía, teniendo en cuenta cada sección en su momento. Sin embargo, si el modelo es seguido en su secuencia total se cubrirán la mayor parte de las rutas de investigación y los resultados serán claros. Este manual también abarca los factores precipitantes y contribuyentes. Es imperativo que cualquier cambio sea el resultado de la evaluación de toda la evidencia. La investigación no debe ser dirigida hacia un delito en particular, porque esto puede llevar a perder oportunidades de juntar hechos completos. Generalmente, las colisiones ocurren porque hay una falla en el camino, de tal manera, que resulte imprescindible que cualquier asunto relacionado con la seguridad de la ruta durante la investigación, sea transmitida al servicio policial y otros organismos relacionados. 2.2 Pre-escena

Figura 3 - Cuestiones de la pre-escena

Notificación de Incidentes. ¿Qué respuesta inmediata se requiere de la policía?

Número y tipo de respuesta. Grabar y difundir información.

Examinar, evaluar,

diseminar

Como en la notificación de cualquier incidente, las acciones policiales iniciales son muy importantes. El registro de toda información, sin importar lo trivial que pueda ser, por parte del personal de seguridad o cualquier otra persona, puede ahorrar tiempo de investigación y esfuerzo a largo plazo. 2.2.1 Información crítica requerida. Se debe considerar la colección y colación de la siguiente información: Nombre, dirección domiciliaria y número de teléfono del informante. Primer relato del informante. Detalles precisos de la ubicación de la escena. Identificación del vehículo. Detalles de otros testigos/personas presentes en la escena. En los casos en que el denunciante intente permanecer anónimo, hay que realizar todos los esfuerzos a fin de descubrir la identidad. Sin embargo si se llega a cortar la llamada telefónica, se debe rastrear el origen. Los registros de las llamadas y las cintas de otros servicios de emergencia deben identificar los números por razones investigativas. El personal de seguridad y las fuerzas policiales deben guiar la respuesta policial inmediata. El modelo en la Figura 4 ilustra un enfoque práctico para cualquier incidente. Puede ahorrarse tiempo.

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2.2.2 Examinar, evaluar y diseminar Figura 4 – SAD CHALET

SAD CHALET (mnemotecnia para ayudar al personal de los servicios de emergencia a clasificar los incidentes y recursos directos). Se debe considerar lo siguiente cuando se acerque a un incidente: Estudiar Estudiar la escena desde una distancia teniendo en cuenta la seguridad de su personal. Evaluar Evaluar el incidente.

Diseminar Difundir la información a continuación para la sala de control de su fuerza y otros según sea necesario.

Víctimas Número aproximado de víctimas – fatales, heridas y no heridas.

Peligros Por ej.: derrames de combustible y desechos, actuales y potenciales; las condiciones climáticas y del camino, terreno, gas, químicos, incendio o peligro de explosiones.

Acceso Las mejores rutas para vehículos de emergencia y RVP (puntos de reunión) provisionales adecuados.

Ubicación Lugar exacto (empalme o referencia del mapa para identificar con precisión la escena) Servicios de Emergencia

Servicios de emergencia presentes y requeridos.

Tipo y plazos Tipo de incidente con los detalles del tipo y número de vehículos implicados. La información contenida en la Figura 4 anterior debe ser diseminada como sea necesario. Cuando sea apropiado, los procedimientos relativos a la mnemotécnica ACE CARD, tal como se establece en el Manual Nacional Estándar para Autopistas (Standard National Motorway Manual), debe ser respetado. S Survey the scene. Estudie la escena. A Assess the situation and the risk implications. Evalúe la situación y las implicancias de riesgos. D Disseminate information to the correct groups in

the correct sequence. Disemine información a los grupos correctos en la secuencia correcta.

C Casualties: Number, type, and condition. Víctimas: Número, tipo y condición. H Hazards: Types, severity, impacts, and status. Peligros: Tipo, severidad, impactos y estatus. A Access: Management control points, safe routes

in, and reception centers. Acceso: Gestión de los puntos de control, rutas seguras hacia dentro y centros de recepción.

L Location: Specific grid reference or prominent feature of the event.

Ubicación: Referencia de cuadrículas específica o rasgo prominente del evento.

E Emergency Services: What support is required? Servicio de Emergencia: ¿Qué apoyo se requiere? T Type: Nature and type of crisis incident. Tipo: Naturaleza y tipo de incidente de crisis.

2.3 La escena

Figura 5 - La escena Identificar, asegurar y proteger la escena.

Preservar la vida, preservar la escena, asegurar la evidencia (identificar testigos), identificar víctimas, identificar al sospechoso, marca del auto. Prevenir escape / destrucción de evidencias. Notificar al Oficial Investigador para las decisiones políticas y otras, según sea necesario. Comunicar acciones. Nombrar director de escena y oficial de exposiciones, según sea necesario. Nombrar oficial de enlace con la familia.

Reduzca / amplíe la escena si es necesario. Notificar los

procedimientos de incidentes

mayores, según sea necesario.

Si hay circunstancias sospechosas al chocar y

huir, instigar una importante investigación (consulte el

Manual de Investigación de Homicidios)

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2.3.1 Identificar, proteger y asegurar la escena La integridad de la investigación es de primera necesidad y los oficiales deben reconocer la importancia fundamental de preservar lo que debe inicialmente ser tratado como escena del crimen, hasta que se pruebe lo contrario. Esto se logrará cumpliendo los siguientes pasos: Identificar la escena. Proteger la escena. Asegurar la escena. 2.3.1.1 Identificar la escena La identificación de la escena es prioritaria. Todo el personal que originariamente asista al lugar de la colisión tiende a ser llevado obviamente a donde estén los vehículos y los restos. Esto puede ser solamente parte de la escena y por lo tanto hay que considerar la redefinición de los parámetros de la escena, lo cual se logra caminando un poco más allá del lugar original o utilizando el testimonio de los testigos o la asistencia aérea. Una vez que la escena es extendida más allá de la escena inicial, el nuevo despliegue de los recursos y la seguridad de los límites secundarios de la escena serán prioridad en sí mismos. 2.3.1.1 Identificar la escena La seguridad del personal de los oficiales policiales y otro personal de emergencia que asisten en primer lugar a la escena de una colisión no puede ser exagerada. El manual sobre Rutas Nacionales dice: “Frecuentemente, la policía es el servicio de primera emergencia en llegar, pero los primeros auxilios no deben ser prestados a las personas heridas hasta que la escena no haya sido totalmente protegida". Luego la policía debe asistir a los heridos dentro de los límites de su capacidad en primeros auxilios. Dependiendo de las circunstancias, hay una amplia gama de métodos para asegurar la escena. Algunos de los más frecuentemente usados son: Colocar la cinta alrededor en un área amplia para permitir que el Oficial Superior Investigador pueda

asegurar toda la evidencia disponible. Oficiales individuales - (cuidado con las cuestiones de contaminación, si esta opción es usada) Vehículos. Cierres de rutas o caminos y desvíos. Vallado temporal. En ciertas circunstancias resulta necesario recurrir a los servicios de las autoridades u organismos de rutas, a fin de asistir en los cierres de éstas. A menudo este trabajo es sub-contratado. Si los cierres de rutas y desvíos son delegados a otras agencias, es aconsejable asegurar que tengan prácticas efectivas como parte de la verificación del riesgo de la fuerza. La autorización para detener vehículos proviene de la ley de 1988 sobre tránsito en rutas y del artículo 35, que otorgan a los oficiales policiales la facultad general para dirigir el tránsito, y la posibilidad de sancionar a quien no cumpla con una señal dada por un agente encargado de dirigir el tránsito. La facultad de cerrar rutas y realizar desvíos se encuentra en el artículo 67 de la regulación del tránsito en rutas de 1984 que declara que "un agente policial, o una persona que actúe bajo instrucciones del oficial jefe, puede colocar en un

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camino, o en cualquier estructura del camino, señales de tránsito (de cualquier tamaño, color y tipo autorizado en el artículo 64 de esta ley) que indiquen las prohibiciones, las restricciones o requerimientos relacionados al tránsito vehicular, en la medida que resulte necesario u oportuno para impedir o disminuir la congestión u obstrucción del tránsito, o el peligro hacia o desde el tránsito, es decir en circunstancias extraordinarias, y la facultad de colocar señales conferida por este apartado incluye la potestad para mantener durante un período de 7 días o menos de ese período, pero no más". Si las señales colocadas legalmente perjudican a otros usuarios de la ruta, hay que tener en cuenta el artículo 22A de la ley sobre tránsito 1988, "Causando peligro a otros usuarios en rutas". 2.3.1.3 Asegurando la escena La seguridad física de la escena puede algunas veces parecer casi imposible. No obstante es importante considerar quién tiene permiso entrar en la escena y la determinación de los puntos de entrada y salida, a fin de reducir el desorden. Luego de la identificación de la escena, puede suceder que algunos de los vehículos de emergencia se coloquen encima de la evidencia o cerca de una evidencia potencial. Con la intervención de otro personal del servicio de emergencia y de los investigadores sobre choques, los vehículos son reubicados. Mucha gente del personal del servicio de emergencia tratará la escena como "accidente" y no como escena del crimen. La preservación de la escena es una de las responsabilidades principales de la policía. Los oficiales primeros en llegar a la escena deben hacer todo lo posible para impedir: M - movimiento de elementos de pruebas E - evidencia a ser borrada A - material adicional a ser agregado L - pérdida de la evidencia Todo recurso disponible tiene que ser usado para proteger la escena. Es imprescindible hacer una verificación del lugar para comprobar que se hayan ubicado a todas las víctimas. Esto es fundamental en la noche, cuando una persona o vehículo hayan sido arrojados del camino o cuando queden personas quedaron atrapadas entre los restos del accidente. 2.3.2 Preservación de la vida Una vez asegurada la escena, el personal policial tiene una responsabilidad fundamental, preservar la vida. Esto significa una aplicación adecuada de los primeros auxilios o incluir la protección de la escena. Nuevamente se debe hacer referencia a la estimación del riesgo de la fuerza individual respecto del manejo de la escena, especialmente respecto del peligro de transmisión de enfermedades por el contacto con las víctimas. Es vital en esta etapa primera comunicar efectivamente la cantidad de víctimas al personal de seguridad, para que puedan ser desplegados recursos adicionales de emergencia en la escena en la forma necesaria. En tanto que salvar la vida es un deber fundamental, la máxima "piensa en la evidencia" es también importante. El/los Oficial/es Superior/es Investigador/es deben ser firmes ante la presión de los otros y resistirse a abrir caminos prematuramente, cuando tales lugares son considerados escenas del crimen. Al tratar o confortar a los heridos, lo que se habla puede ser entendido por la víctima aunque no parezca estar lúcida. El uso del lenguaje gestual debe ser evitado.

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Cuando la víctima es trasladada al hospital, la identificación de la dotación de la ambulancia, junto con los detalles del hospital, tienen que quedar aclarados. Idealmente, un oficial debe viajar hacia el hospital con la víctima para brindar continuidad. (Tomar las precauciones para evitar contagios). Si no es posible enviar un oficial, hay que asegurar otros medios de continuidad. La capacidad de manejar la escena de una muerte en ruta de manera efectiva y ética, es de suma importancia. La investigación completa no se lleva a cabo, si la escena no es totalmente identificada o si es pobremente manejada. El hecho de permanecer objetivo, concentrado y en calma es de máxima importancia. Todas las investigaciones de colisiones, especialmente colisiones fatales o potencialmente fatales deben seguir el mismo patrón e incorporar la buena práctica ilustrada por el Modelo de Investigación sobre Muertes en Rutas en la Figura 2. 2.3.3 Manejo de la escena El Oficial Investigador Superior tiene responsabilidad total para tomar decisiones respecto de la escena del crimen. Es necesario considerar lo siguiente: Evidencias. Marcas de superficie en la ruta - pueden estar escondidas por otros vehículos, identificadas, preservadas y

marcadas en donde sea posible. Restos - no trasladar los restos del accidente a menos que sea absolutamente necesario y en todos los

casos marcar la ubicación. Registrar las condiciones climáticas, del camino y las de conducción una vez que se llega al lugar - éstas

pueden cambiar en forma rápida y las observaciones beneficiarán la investigación subsiguiente. Aterrizaje de un helicóptero. Los fluidos corporales en las superficies que pueden, en algunos casos, ser usados para identificar las

personas implicadas en la colisión o incluso la posición de ellos en el punto de impacto (todos los oficiales deben protegerse contra el contacto con fluidos corporales)

Todos los elementos recuperados de la escena (los artículos no necesarios para fines de prueba deben ser recuperados por un contratista adecuado)

La búsqueda final para asegurarse que no se pasaron por alto víctimas o evidencias. 2.3.4 Prevenir la escalada y minimizar las interrupciones El control global de la escena que involucra una muerte en la ruta seguirá siendo la responsabilidad de la policía. Cada fuerza deberá disponer de sus propios planes de contingencia para prevenir la escalada de un incidente. Habiendo establecido lo que parece a primera vista ser el escenario, un cierre de ruta como respuesta o defensa debe ser efectuada por la policía. La manera en que el cierre de la ruta o la defensa tienen lugar debería reflejar las buenas prácticas y las evaluaciones de riesgo individuales de la fuerza que se ocupa de la gestión e investigación de accidentes de tráfico. La seguridad de todas las personas en la escena es de suma importancia y debe ser optimizada antes de comenzar la investigación. La comunicación efectiva y temprana con otros servicios de emergencia o que llegan a la escena contribuirá a asegurar un ambiente seguro en el cual realizar la subsecuente primera ayuda y la investigación preliminar. La interrupción de la red de carreteras después de un incidente puede tener efectos más allá que incluso dañan a la economía. Aunque la investigación debe, en todos los casos, tener prioridad sobre la necesidad de volver a abrir caminos aunque debe darse el nombramiento de un administrador del desvío para ayudar con el flujo de tráfico a otras rutas en conjunto con la Autoridad de Autopistas a fin de minimizar las interrupciones.

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2.3.5 Administración y bienestar en la escena. Los siguientes puntos deben ser considerados con fines de administración y bienestar: Controlar y registrar la presencia y el movimiento de personal y vehículos. Asegúrese de que los desvíos de tráfico se implementen adecuadamente para mantener la interrupción al

mínimo, mientras protege la integridad probatoria (evidencias) de la escena a través de una comunicación eficaz.

Asegurar la continuidad de las exposiciones. Prevenir la contaminación - minimizar la pérdida de evidencias. Asegurar el bienestar de las víctimas y personal de emergencia. Considerar cuestiones de salud y seguridad. Distribuir y priorizar tareas. Enlace con los medios de comunicación. Proveer enlace de servicios de emergencia. 2.3.6 Vehículos de la escena Localizar cada vehículo dentro de la escena - puede incluir los vehículos de emergencia. Donde hay

muchos vehículos, quizás sea necesario crear un sistema de identificación (marcar los techos con pintura). Tener en cuenta todo vehículo de la colisión, dañado o en la forma en que esté. Fotografiar/grabar en video la escena, especialmente los vehículos, antes de mover alguna otra cosa. Realizar el examen del vehículo. Examinar el tacógrafo (análisis de un técnico) Incautar y documentar los vehículos que sean evidencias en sí mismos. Recuperar los vehículos. (Recordar el método apropiado de recuperación de vehículos en el contexto de

los exámenes subsiguientes) No mover las ruedas, los asientos y controles de los vehículos. Registrar con precisión cualquier cambio en el estado del vehículo necesario para la recuperación. Hay que realizar rápidos pasos para recuperar los datos electrónicos antes de que sean anulados. Establecer si tiene incorporado un registrador de datos sobre la colisión o datos del viaje. (Puede resultar

conveniente preguntarle al conductor o al dueño del vehículo). De ser así, identificar la marca y el modelo para establecer cómo la evidencia dentro puede ser preservada antes de que se recupere el vehículo.

Identificar qué otros elementos del Sistema de Transporte Inteligente (ITS) estén incorporados, es decir ABS, (sistema antibloqueo), Airbag, Control de Navegación Satelital, etc. a fin de establecer si estaba funcionando en el momento del incidente.

Cómo asegurar cualquier evidencia que pueda contener antes de que el vehículo sea recuperado. Remover la fuente de energía, es decir, la batería puede causar que algunos dispositivos electrónicos

bajen en su nivel de funcionamiento, lo cual puede originar la pérdida de la evidencia al tratar de establecer, por ejemplo, si el sistema de navegación satelital estaba encendido en el momento del accidente. No obstante, esto debe considerarse por el riesgo de heridas si una batería queda conectada.

2.3.7 Asegurar la evidencia Testigos En las primeras etapas de una investigación, probablemente una de las fuentes más importantes de la evidencia será la identificación de testigos. Los testigos son la clave para determinar qué ocurrió y porqué ocurrió. El profesionalismo en estas etapas iniciales tiene su rédito en la investigación. La temprana identificación de los testigos es importante, pues muchos dejarán la escena poco tiempo después de la llegada de los servicios de emergencia.

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Muchos testigos pueden pensar que lo que han visto probablemente haya sido presenciado también por otros testigos y en consecuencia creer que sus observaciones son triviales. Hay que realizar todo esfuerzo para obtener los detalles de todas aquellas personas en la escena y registrar su descripción inicial, relatos y diferencias, junto con los detalles personales y los detalles de sus vehículos (si son aplicables). La ubicación de los testigos dentro del contexto de la escena es importante. Es decir, del lugar en que se encontraban; qué vehículo estaban conduciendo o en qué vehículos eran transportados, y ¿En qué dirección viajaban? Al obtener los primeros relatos de los testigos, es necesario procurar por su bienestar. Hay que atender a los testigos que necesiten intérpretes, por ejemplo, aquéllos que no hablan inglés o cuya audición es deficiente. Siempre hay que tener presente que el inglés puede no ser el primer idioma del testigo y aunque parezca que lo hablen bien, es posible que tengan dificultades al entender o expresarse en la declaración testimonial. Cualquier mala comprensión puede tener bases culturales (especialmente aquellas personas que tienen condiciones culturales diferentes, costumbres o modos de considerar las cosas). Estas consideraciones son imprescindibles cuando hay diferencias culturales al entrevistar a los testigos. 2.3.8 Testigos extranjeros Es posible que los testigos extranjeros vuelvan a casa antes de que el juicio comience, en consecuencia es imprescindible que se obtenga la mejor evidencia posible en primera instancia. El uso de un intérprete competente para lograr la mejor evidencia posible es un gasto inteligente. Cada fuerza tendrá una lista de intérpretes que serán utilizados en forma regular. 2.3.9 Si el testigo ya ha dejado el Reino Unido Si los testigos ya han dejado el país antes de ser vistos, se aplican los procedimientos establecidos por la ley 1990 de Justicia Criminal (Cooperación Internacional). Mediante los procedimientos establecidos por dicha ley, el Reino Unido les pide a las autoridades de otro país que se consigan los testimonios de esas personas. El cuerpo de coordinación nacional en este país es el United Kingdom Central Authority (UKCA), que es un departamento del Ministerio del Interior. El pedido de asistencia de otro país es a través de una Carta de Solicitud. Mientras que algunos tribunales están totalmente enterados de los procedimientos necesarios requeridos para realizar este proceso, sería conveniente que el procedimiento normal que esboce los detalles completos de lo que se requiere y envíe el pedido al Crown Prosecution Service. Este Servicio transmite el pedido al Ministerio del Interior, el que a su vez lo envía a la autoridad central del país en cuestión. Es muy importante que los detalles completos de lo que se requiera, sean provistos, junto con una traducción precisa en el idioma del país receptor. Es razonable solicitar que un oficial de policía del Reino Unido esté presente mientras se obtienen los detalles del testigo. La ley penal de 1990 (Cooperación Internacional) también se emplea para convocar a los testigos en el extranjero. Sin embargo, hay inconvenientes en el sistema, cualquier citación a una persona fuera del país debe incluir un aviso que declare que no es necesario cumplir con dicho emplazamiento y que no es delito si no se cumple. Si el testigo no se presenta, y el caso es pospuesto, todo procedimiento debe ser repetido para una solicitud posterior. 2.3.10 Infantes y otros testigos vulnerables Los infantes y otras personas vulnerables como son aquéllas que tienen dificultades de aprendizaje o mentalmente enfermas pueden estar directamente involucrados en colisiones, cuando alguien cercano a ellos ha resultado muerto o seriamente herido. Estas personas tienden a ser testigos clave en cualquier caso. Hay que tener gran cuidado y comprensión hacia esas personas al tratarlas, no sólo como víctimas sino también como testigos. La guía para la entrevista de testigos infantes figura en el folleto del Ministerio del Interior /

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Departamento de Salud "Memorandum of Good Practice on Video Recorded Interviews with Child Witnesses in Criminal Proceedings". El memoradum es un documento voluntario que presenta una guía respecto de una buena práctica con los testigos infantes. Cubre temas tales, como contactos previos a entrevistas, el planeamiento y la conducta de las entrevistas, terapia posterior a la entrevista y seguridad de los videos. Especialmente, sugiere que las entrevistas de este tipo deben ser solamente llevadas a cabo por gente especialmente preparada para eso. Hay que citar también la Ley de 1999 de Evidencia Criminal y Justicia Juvenil (no todas los artículos están en vigencia en la actualidad); el documento del Departamento de Salud "No Secrets", el artículo de investigación Nº 115, "Entrevista a testigos infantes según el memorándum de la buena práctica: una revisión de la investigación" y las políticas en vigencia 2.3.11 Testigos importantes – primer reporte En cualquier etapa de la investigación de una muerte en ruta, los testigos cuya evidencia es claramente de valor testimonial importante serán identificados porque: 1. El testigo puede haber sido un testigo ocular de la colisión. “Lo que es una cuestión de consideración para los que están en este grupo es su capacidad descriptiva en el juzgado. Un registro de lo que inmediatamente pueden recordar en su propio idioma se considera como "la mejor evidencia". 2. El testigo quizás sea de mayor valor para la investigación por la información de fondo que pueda brindar. En ambos grupos, la primera relación de los hechos, sea o no de valor testimonial para la investigación, es de una importancia especial por el hecho de que fue voluntaria. El registro de los hechos tiene clara ventajas en los casos en que el testigo pasa a ser sospechoso debido a otras evidencias. En las circunstancias en las que esto suscita discrepancia, anomalía u omisión, no puede haber dudas respecto de la precisión del registro de la declaración inicial dada por una persona. En ninguna circunstancia, se debe tomar la primera declaración de cualquier persona que es, o podría llegar a ser un delincuente en el caso de una investigación. Bajo tales circunstancias, se debe tratar a la persona como sospechosa. Cualquier persona involucrada en un choque o testigo de él, puede quedar traumatizada y los entrevistadores deben ser conscientes de la capacidad de esa persona para dar una relación precisa del incidente. Si no se cumple con esto, se puede posteriormente afectar la admisibilidad de la declaración en los procedimientos legales subsiguientes. El Oficial Superior Investigador asegura que los oficiales que hacen entrevistas estén familiarizados con las creencias religiosas y costumbres culturales de los testigos. Esto puede impedir cualquier presunción incierta hecha por el Oficial Investigador Superior sobre la conducta del individuo. Además de esto, dicho Oficial deberá familiarizarse con el concepto de la comunicación intercultural, especialmente al tratarse de una minoría o grupos vulnerables. Este asistirá a los oficiales al interpretar la conducta y las respuestas con un mayor nivel de precisión, en lugar de hacer deducciones basadas en su propio contexto cultural. Para estos fines el Oficial Investigador Superior debe tener un sólido conocimiento de las cuestiones relacionadas con la comunidad y la raza. 2.3.12 Reunión de la evidencia y el Oficial de Elementos Probatorios (Exhibits Officer) Cuando una investigación comienza, la designación de un Oficial de Elementos Probatorios debe ser tenida en cuenta a la mayor brevedad. Si se trata de un incidente mayor y/o se usa HOLMES (Home Office Large

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Major Enquiry System, sistema de gestión de investigaciones mayores y complejas), entonces el oficial mencionado debe contar con un conocimiento de los requisitos de trabajo de la Sala de Incidentes Mayores (MIR, Major Incident Room), en especial de las implicaciones del sistema de elementos de prueba HOLMES. Es la responsabilidad de dicho oficial asegurar el registro, la conservación y la continuidad de todos los elementos probatorios para protegerlos contra los recuperados por otros. Cualquier investigación es principalmente una cuestión de obtener, registrar, depurar e interpretar la evidencia recogida. El producto final de una investigación puede ser un conjunto amontonado de pedazos y piezas recogidas por una cantidad de oficiales que tratan con el incidente. Puede incluir formularios, declaraciones, dibujos, fotografías e incluso partes o vehículos enteros. Cualquiera sea la cantidad o calidad, el producto final de una investigación es aún una colección de los elementos probatorios resultantes de una colisión. Es la recolección, la preservación y la producción de esta evidencia que es de importancia para el investigador. El peso del valor probatorio es una cuestión del juzgado. La evidencia puede ser clasificada de la siguiente forma: Evidencia de la escena. Cierta información sólo puede ser obtenida en la escena en forma inmediata después de la colisión, es decir, fotografías y mediciones de la localización posterior a la colisión, partes del cuerpo, restos, marcas de los neumáticos. El Oficial Investigador Superior debe tomar una decisión respecto de qué evidencia puede ser recogida en la escena y qué evidencia puede ser recogida posteriormente. Este Oficial puede ser asistido al tomar esta decisión mediante la consulta con otros expertos, tales como el investigador de la colisión. Evidencia adicional. Los detalles estructurales del daño causado a los vehículos y a los diseños del camino pueden generalmente esperar hasta más tarde. Sin embargo, debe recordarse que los cruces de rutas o caminos y especialmente las marcas del camino pueden cambiar. El proceso de investigación puede pensarse como una consecuencia de sucesos, algunos de los cuales ocurren en forma simultánea, que llevan a una conclusión. El proceso comienza con la recolección de información acerca de: La escena. Los vehículos y sus ocupantes. La investigación urgente del daño por bebidas alcohólicas, drogas o fatiga. Otras personas presentes. Diseño de la carretera. Dispositivos del Sistema de Transporte Inteligente (ITS). Continúa a través de las inferencias o deducciones acerca de la secuencia de sucesos que llevan a una conclusión y la relación de aquellos componentes durante los hechos que derivaron en la colisión. El procedimiento general es: Identificar y describir el diseño de la carretera Describir sus condiciones antes de la colisión Observar qué efectos ha tenido la colisión ha tenido (daños y perjuicios) Analizar los sucesos y las circunstancias Describir su condición posterior a la colisión y anterior a la recuperación Recoger información sobre factores precipitantes y contribuyentes Cada una de estas operaciones requiere registros detallados y precisos a ser guardados. Habrá ocasiones en

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que los miembros del público o de la prensa tengan videos o fotografías de la escena de la colisión. Es necesario pensar en obtener dicho material de esas personas para fines testimoniales. La continuidad de todos los elementos probatorios debe ser asegurada y esto incluye a los vehículos en su totalidad. Las pautas relativas al manejo de los elementos probatorios vehiculares pueden ser halladas en el capítulo sobre vehículos. Los investigadores de la colisión están acostumbrados a examinar los resultados de las colisiones y obtener información de la escena, que puede no resultar disponible posteriormente. Solamente se requiere la información sobre hechos- no se necesitan conclusiones en esta etapa. Al realizar las siguientes acciones hay que tener las siguientes acciones: Localizar, medir y describir las marcas y los restos dejados en la escena. Localizar y medir las ubicaciones posteriores a la colisión de los vehículos y cuerpos Fotografiar las marcas, los restos, los cuerpos y las posiciones de los vehículos post colisión Fotografiar el daño a los vehículos y las estructuras callejeras Intentar cotejar los neumáticos de los vehículos y las marcas de los mismos sobre el camino. Examinar la condición y la operación de los sistemas de control del tránsito y las luces de las calles. Examinar y anotar la posición de los sistemas de control en los vehículos, es decir, las luces de giro y los

cambios. También, observar la condición de los cinturones de seguridad y las "airbags". Examinar el vehículo para verificar si hay un registrador de datos dentro del mismo. El investigador debe

registrar qué áreas del vehículo han sido examinadas y si se ha encontrado o no un registrador de datos El registro de las zonas rastreadas y el hecho de que haya o no sido encontrado un registrador de datos puede ser importante, si hay una demanda posterior sobre la existencia de un dispositivo de dicho tipo, y se utiliza como defensa.

Establecer qué tipo de registrador de datos está incorporado en el vehículo y de qué manera tal evidencia puede ser preservada y recuperada.

Examinar el vehículo para establecer si hay algún otro dispositivo incorporado en el sistema inteligente de transporte, y su ubicación, su tipo y si estaba en condiciones de funcionamiento en el momento de la colisión. También considerar cómo este dispositivo y cualquier evidencia que pueda contener es posible preservar.

Intentar cotejar el daño causado a los vehículos sospechosos con el daño causado en otros vehículos, daños en estructuras callejeras o cuerpos.

Ejercer cuidado especial cuando sea necesario limpiar o barrer las carreteras. De ser necesario, hasta que esto se haga la escena debe ser mantenida intacto. En tales casos, se debe hacer referencia a los procedimientos contenidos en el Manual de Investigación sobre Crímenes.

Llevar a cabo pruebas de deslizamiento para establecer el coeficiente de fricción entre la superficie del camino y la del vehículo (generalmente los neumáticos, pero también pueden ser partes, en el caso de haber un vuelco y el vehículo se deslice sobre el techo).

Recuperar las cartillas de los tacógrafos, las tarjetas inteligentes y los datos de los tacógrafos digitales y los registradores de datos.

La evidencia que se recoja después de que la escena haya sido despejada puede incluir: Mediciones adicionales para preparar los planos de la escena Medición de los gradientes, anti-derrapes y líneas de mira Examen completo del vehículo. Evaluación del daño del vehículo que pueda ayudar a los cálculos de la velocidad. Fotografías adicionales de los vehículos y de la escena. Análisis de las heridas para establecer los puntos de contacto entre las posiciones de los vehículos y los

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peatones en el movimiento. Instalación de tacómetros Evidencia obtenida de los registradores de datos de la colisión. Evidencia obtenida de los registradores de datos del viaje. Los investigadores necesitan conocer que una cantidad creciente de fabricantes de autos incorporan dispositivos de registro de datos como parte de la fabricación, pero no lo hacen saber a los propietarios que han sido incorporados. Estos posibilitará a los fabricantes que extraigan datos de la colisión con fines investigativos. Esta información puede no ser retenida en un producto fabricado a pedido, pero puede formar parte de los sistemas de manejo del motor u otros dispositivos. Una cantidad importante de evidencia puede ser levantada tanto en la escena como en las pesquisas posteriores. La evidencia tiene que ser correcta y adecuadamente embalada, además de registrada para usar en cualquier juicio civil o criminal subsiguiente. 2.3.13 Identificación de la víctima Es esencial que la víctima sea identificada a la mayor brevedad y que la continuidad de la identificación se mantenga en todas las etapas. Una vez que la víctima haya sido identificada, se debe atar un brazalete identificador de plástico o material similar. La etiqueta que identifica tiene que estar atada a la persona. Esto puede obviar una identificación policial post-mortem de la víctima ante el patólogo. En la mayoría de los casos la identificación de la víctima será conocida y puede ser identificada positivamente por un amigo o pariente. Siempre que resulte posible, la identificación se hará antes de que ocurra el examen post mortem. En ciertos casos establecer la identidad de la(s) víctima(s) es algunas veces difícil y poco clara. En caso de ser así, es una cuestión que debe ser tratada con suma urgencia pero con mucho cuidado para evitar un sufrimiento innecesario. La policía nunca debe presumir que cualquier particular puede identificar al occiso. Esta es siempre una tarea para un familiar cercano. La necesidad del familiar de asegurar la identificación no tiene que ser puesta como algo totalmente esencial. En todos los casos, la familia necesitará obtener información de los hechos respecto de las heridas sufridas y la condición del difunto. El uso de las fotografías puede ayudar en este proceso. El Oficial Investigador Superior deberá considerar si el Oficial de Enlace con la familia es la persona más apta para el proceso de identificación. 2.3.14 Confirmación del deceso En todos los casos la confirmación del deceso debe ser realizada por un profesional médico o un paramédico. El certificado de defunción no será extendido hasta después del examen post mortem. 2.3.15 Identificación formal Los deseos de la familia respecto de cualquier disposición en relación con el occiso deben ser respetados. Los temas que puedan presentarse son: Raza, sexo, origen étnico, religión, cultura, edad, discapacidad, orientación sexual, nacionalidad y lugar de

residencia. Las necesidades de la investigación. Examen del/los occiso(s) Asistencia de la policía al funeral Diferencias de opinión entre parientes

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La devolución de los efectos que no tienen carácter probatorio del fallecido puede ser realizada por el Oficial de Enlace con los familiares, una vez concluido el examen. Los efectos personales posiblemente hayan sido afectados por la colisión y haber sido dañados mostrando signos traumáticos sufridos por la o las víctimas. Es una decisión personal de la familia, si quieren o no que esos efectos sean devueltos limpios o restaurados, en el caso de que así se lo deseen. En todos los casos, se deben hacer las cosas con mucho tacto al devolver estas pertenencias a la familia. En aquellos casos en donde no es posible identificar en forma rápida, se debe hacer una descripción detallada de las características físicas de la víctima, la ropa usada, la joyería y cualquier otra marca, cicatrices o tatuajes resulta fundamental. 2.3.16 Disposiciones especiales respecto de occisos extranjeros La identificación puede tornarse difícil si el único punto de partida es una marca o documentación extranjera. En tales circunstancias, las organizaciones internacionales como INTERPOL, a través del Servicio Nacional Criminal de Inteligencia Criminal, o agencias como la European Liaison Unit (Unidad Europea de Enlace) en la actual Scotland Yard pueden ayudar. Otras Fuerzas con límites internacionales también tienen European Liaison Units (por ejemplo, Hampshire y Kent) y pueden tener acceso directo a la base de datos de registros de vehículos europeos en una emergencia. Aunque sea legítimo hacer uso de este organismo para pesquisas inmediatas, como los contactos iniciales, debe considerarse una práctica correcta relacionarse con el NCIS siempre que se requiera una investigación oficial o se desee conseguir una evidencia escrita. Bajo la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y otros acuerdos, existe una obligación legal bilateral como "estado receptor" para informar, sin demora, a las autoridades consulares de otros países signatarios que tienen que consignar la muerte de uno de sus compatriotas. Las excepciones a esta regla son los nacionales de Canadá, Australia y Nueva Zelanda en donde, por acuerdo muto, la notificación se considera innecesaria. En el caso de que se trate de un deceso de un nacional de los siguientes países, hay que estar en contacto con el Servicio de Inmigración del Ministerio del Interior antes de ponerse en relación con el cónsul correspondiente. Esto es para asegurar que la persona no sea un refugiado o un buscador de asilo. Los países son: Figura 6 - Lista de contacto de inmigración Bulgaria China Hungría Mongolia Polonia Rumania Rusia

Si es necesario para los oficiales policiales del Reino Unido asistir en la identificación de las víctimas en nombre del Forense de Su Majestad, el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Commonwealth puede ayudar a brindar los acuerdos necesarios con el país receptor. En el evento de un incidente mayor que incluya a nacionales extranjeros, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el del Commonwealth pueden brindar asistencia. Los procedimientos necesarios son explicados en el Manual de Procedimientos de Emergencias ACPO. 2.3.17 Identificación del/os sospechoso/s En la mayoría de los casos cualquier sospechoso es rápidamente identificado, pues casi en su totalidad permanecen en la escena. Cuando ha ocurrido una muerte y un vehículo sospechoso y su conductor han

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dejado la escena, se debe realizar una investigación lo antes posible y consultar el "Manual de Investigación Criminal". La primera identificación y rastreo de los sospechosos o delincuentes potenciales siempre deben ser una prioridad. En la medida de lo posible, los oficiales que no han asistido a la escena tendrán que tener la tarea de hacer efectivas tales acciones puesto que esto evitará la contaminación. Hay que impedir la fuga de cualquier ofensor potencial y la destrucción intencional o accidental de la evidencia (por ejemplo, cartillas del tacógrafo o la tarjeta inteligente del tacógrafo del conductor, los documentos, la reconexión del limitador de velocidad). Si el sospechoso u otras partes inocentes están involucradas y aún están en la escena, se debe tener cuidado que la familia de la víctima no esté en contacto con ellos por propia seguridad. Es política de ACPO (Association of Chief Police Officers) hacer un test de alcohol a cada conductor involucrado en una colisión. La ausencia de alcohol o cualquier sospecha de deterioro por drogas son tan importantes probatoriamente como resultado positivo o sospecha sustentada. (Reunión del Comité de Tránsito de ACPO, 1 de 1996, ítem 5). El aislamiento de cualquier sospechoso y/o vehículo es también importante para limitar la contaminación de la evidencia. Si resulta necesario y las circunstancias lo permiten, los oficiales no involucrados en la escena deben retirar al o a los sospechosos de allí. En todos los casos de muertes en ruta, la parte emocional está en un nivel muy alto y hay que brindar debida consideración al bienestar de la seguridad personal y a los derechos legales del sospechoso. 2.3.18 Sospechosos extranjeros El propósito de esta sección es sugerir los medios por los cuales los conductores extranjeros podrían ser llevados ante la justicia, sin perjudicar sus derechos constitucionales o humanos. Mientras que puede ser considerado deseable para los intereses de la justicia contemplar la detención, las provisiones de la ley de los derechos humanos, y especialmente el derecho a la libertad nunca tiene que ser infringido y cualquier detención ha de ser justificada. Consultar también la sección sobre testigos extranjeros en 2.3.8. 2.3.19 Sección 25 PACE 1984: Facultad para detener a infractores extranjeros La sección 25 de PACE (condiciones generales de detención de personas) colabora dando las bases razonables para que un agente policial, ante la sospecha de que cualquier delito que se haya cometido o que se haya intentado cometer, o que se está cometiendo merece o no el arresto. La sección 25(3) (c) declara que si la persona involucrada no ha dado una dirección satisfactoria para el servicio, o para que el agente policial tenga bases razonables para dudar si esa dirección suministrada es o no satisfactoria para el servicio (al decir servicio, se refiere al servicio de citaciones), o a una persona extranjera en donde una dirección no puede ser brindada. Un domicilio correcto es definido como: Lugar donde el demandado residirá el tiempo suficiente para permitir que llegue el servicio de citaciones, o Lugar en donde alguien está preparado a aceptar el servicio de citaciones en nombre del demandado. En ambos casos, el domicilio debe estar dentro del Reino Unido. Una cantidad de compañías de transporte ahora usa los servicios de las compañías británicas para las citaciones, pero cada caso debe tratarse en sus propios medios.

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Cuando sea conveniente, legal y realmente necesario, hay que considerar el arresto por ofensas tales como asaltos, daños penales o perjuicios y manejo descontrolado que denegarían el uso de las condiciones generales de arresto. La aplicación de las condiciones de arresto general, bajo la Sección 25 PACE en relación con los conductores que tienen domicilio en el extranjero para el servicio de citaciones puede ser considerada inusual. El consejo del CPS sugiere que cuando un acusado que ha dado un domicilio dentro de la jurisdicción de los juzgados criminales de Inglaterra y Gales, no se presenta, a pesar de las citaciones enviadas a ese domicilio, el juzgado ordenará el arresto.(Secciones 13(1) y 13(2A) de la ley de Magistrados (1980). Sin embargo, un tribunal no tendrá facultad para emitir una orden de arresto por inasistencia de un acusado, si las citaciones fueron efectuadas en un domicilio en el extranjero, de acuerdo con las disposiciones de la Sección 2 de la ley de Justicia Penal 1990 (cooperación internacional) (3) en las que se puede leer: ...no haberse presentado (no cumplir con las citaciones) no constituye desacato o ser justificación válida para ordenar un auto que asegure la presencia de la persona en cuestión. Esta limitación de la facultad de un tribunal para ordenar la concurrencia del acusado mediante una citación bajo las disposiciones de la ley 1990, quedará a consideración del oficial policial determinar la condición general del arresto o no, de acuerdo con la Sección 25 de PACE. Bajo las características de la Sección 25 de PACE un oficial de policía puede arrestar a un acusado, si considera que el servicio de citaciones sería impracticable o inapropiado sobre la base (entre otras), de que la persona no ha suministrado un domicilio satisfactorio para el servicio. En especial, se requerirá que un oficial de policía decida si un domicilio en el exterior resulta insatisfactorio para el servicio de citaciones en dicho lugar, aunque practicable bajo las condiciones de la ley 1990 de (Cooperación Internacional) de Justicia Criminal, sin embargo sea inapropiado en todas las circunstancias. En caso de una infracción menor de la ley sobre accidentes de tránsito, un agente policial podrá decidir si una dirección que resulte satisfactoria, sea también satisfactoria en otros lugares, a pesar de la incapacidad de un tribunal para emitir una orden de arresto en caso de que no se presente en respuesta a esas citaciones. De ser una infracción más grave, el agente policial decidirá de otra forma. También podrá decidir si la ofensa, aunque técnicamente leve, había ocurrido en tales circunstancias en donde sucedió una fatalidad. En tales circunstancias, un agente policial podría razonablemente llegar a la conclusión de que el domicilio en el exterior, dado por el acusado, no fue satisfactorio para el servicio porque no permitía al tribunal emitir una orden de arresto, en el caso de no presentarse después de una citación en ese domicilio. En tales circunstancias un agente policial podría decidir si la condición general de arresto bajo la Sección 25(3)(c)(i) fue satisfactoria, dado que ese servicio de citaciones sería inadecuado y que él debería ejercer su facultad general de arresto. Es de consideración para un conductor acusado suministrar un domicilio alternativo dentro de la jurisdicción que el policía considere aceptable. Un conductor extranjero cuyo lugar de trabajo y domicilio particular estén en el extranjero podría quedar en cierta desventaja en dicha situación. No obstante, tal persona puede especificar algún otro domicilio en Inglaterra y Gales en donde se puede enviar una citación (ver Reglamentos para los Tribunales de Magistrados 1981 r.99 (8). 2.3.20 Códigos de Práctica y personas extranjeras PACE reconoce que algunas personas que quedan bajo custodia policial son especialmente vulnerables. Las personas que no hablan inglés deben ser tratados con el debido respeto y justicia. PACE no se aplica

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generalmente a los detenidos bajo la Ley de Inmigración, aunque el Código de Práctica recomienda que los códigos relacionados con las condiciones de detención y tratamiento sean cumplidos en sus puntos básicos. Notificación del arresto. PACE y la ley de Derechos Humanos requiere que cada persona tenga el derecho de estar informado, tan pronto como sea posible, en su propio idioma, del motivo de su arresto. Después de la llegada de una partida de custodia es obligación del oficial de custodia, llamar a un intérprete si le resulta imposible establecer una comunicación satisfactoria con la persona detenida. Al comunicar a la persona detenida sus derechos, PACE adicionalmente exige que un ciudadano de un país independiente del Commonwealth o un ciudadano de un país extranjero (incluyendo a la República de Irlanda) debe estar informado de sus derechos de comunicación con su Embajada, Consulado o al Alto Comisariado. La notificación sólo tendrá lugar cuando hay un acuerdo bilateral. Los países en donde esto se aplica figuran en la lista siguiente: Figura 7- Arresto, países notificables.

Armenia Austria Azerbaiyán Bielorrusia Bélgica Bosnia & Herzegovina Bulgaria China [*] Croacia Cuba República Checa Dinamarca Egipto Francia Georgia Alemania Grecia Hungría Italia Japón Kazajstán Macedonia México Moldavia Mongolia Noruega Polonia Rumania Rusia República Eslovaca Eslovenia España Suecia Tayikistán Turkmenistán Ucrania Estados Unidos Uzbekistán Yugoslavia

[*] La policía tiene que informar a los funcionarios chinos de arresto/detención solamente en el distrito Consular de Manchester. Esto abarca Derbyshire, Durham, Gran Manchester, Lancashire, Merseyside, Norte Sud y Oeste Yorkshire y Tyne y Wear. 2.3.21 Informando a los sospechosos extranjeros sobre las citaciones Mientras es posible informar a un transgresor sobre el proceso mediante citaciones debe tenerse en cuenta que, el servicio de citaciones en el extranjero quizás no asegure el retorno de dicha persona a los tribunales. 2.3.22 Servicio de citaciones en el extranjero Como con los testigos, los procedimientos establecidos por la ley 1990 de Justicia Penal (Cooperación Internacional). El procedimiento para el servicio de citaciones es el mismo que los del servicio de citaciones de testigos y es detallado en el punto 2.3.9. Si se investiga una falta, puede haber bases para pedir la extradición. También es posible que el Reino Unido solicite a otro país que considere la toma de la conducción de una prosecución dentro de su propio sistema judicial. El procedimiento de la ley de Justicia Penal (Cooperación Internacional) puede ser usado para ejecutar citaciones a acusados que están en el extranjero.

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Sin embargo, hay problemas en el sistema, porque cualquier citación ejecutada a una persona en el extranjero debe incluir un aviso que declare que no necesitan cumplir con las citaciones y no cometen ningún delito si no lo hacen. 2.3.23 Citación por sentencias provenientes de otros países Ha sido emitida una directiva europea sobre la aceptación de sentencias anteriores por delitos graves cometidos en otros estados miembros, pero aún está esperando ser promulgada por la legislación del Reino Unido. El Servicio Nacional de Inteligencia Criminal [la NCA, National Crime Agency, operará a partir de diciembre de 2013] es una autoridad competente en estos temas y debe en la mayoría de los casos, obtener los detalles de las sentencias pasadas. Cuando esto falle, se puede obtener detalles a través del procedimiento dentro de la Justicia Penal (ley de 1990 sobre cooperación internacional), solicitándola al UKCA, en primera instancia a través del Servicio de Fiscalía (Prosecución) de la Corona. 2.3.24 Inmunidad diplomática La inmunidad diplomática debe ser exigida y no es efectiva hasta que así se haga. La inmunidad puede tomar más de una forma. Cuando se solicita cualquier inmunidad diplomática, siempre se debe buscar consejo inmediatamente de la Sección Protocolar del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Commonwealth (FCO, Foreign and Commonwealth Office). El FCO verifica el estado de la inmunidad reclamada y aconseja el tipo de acción a seguir. 2.3.25 Inmigrantes ilegales Si se presenta un caso de alguna persona que está ilegal en el Reino Unido y esto llega a conocimiento de la policía durante una investigación, hay que buscar asesoramiento de la Oficina local de Inmigración. Si no se logra, hay que recurrir al NCIS, que tiene acceso al Servicio de Inmigración, para obtener los detalles. 2.3.26 Ley (Cooperación Internacional) de Justicia Criminal de 1990 Se debe hacer notar que la ley 1990 de Justicia Penal (Cooperación Internacional) está restringida a las investigaciones criminales y no debe ser estrictamente usada para obtener la evidencia para el tribunal forense, que es un tribunal de facto. Si es posible establecer un lazo o conexión con algún delito lo tratará normalmente el UKCA. Cuando tal contacto no pueda ser establecido por una investigación criminal, es posible pedir asistencia a través de la Sección Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Commonwealth. 2.3.27 Realización de un informe La Ley 1996 de Procedimiento Criminal e Investigaciones dictamina deberes específicos sobre la Policía, para hacer investigaciones razonables durante una investigación y para retener y revelar el material de investigación. Esto incluye las investigaciones en las que se han cometido delitos, o para averiguar si un delito se ha cometido. Las Fuerzas tienen que tener sus propios procedimientos en lugares para el registro de la información. Se debe prestar atención al uso de:

Planillas de la escena. Archivos policiales. Notas de la relación con la familia.

2.3.28 Colisiones con fugas

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Las colisiones fatales con fuga del/los participante/s son las más graves. Pueden existir muchas razones por las que un conductor no se haya detenido (por ejemplo, al conducir ebrio, o por cansancio, o por desprecio por la vida, o por no tener seguro, o por conducir sin tener la licencia). El apartado 170 (2) dice que; “el conductor de un vehículo motorizado debe detenerse y, la persona que exija tal cosa, debe tener razones valederas para pedirle el nombre y la dirección, como también el nombre y la dirección del propietario del vehículo y sus señas de identificación”. El deber de detenerse significa, detenerse con el tiempo suficiente para intercambiar esos detalles anteriormente mencionados. (Lee v Knapp (1966) 3 ALL ER 961). El apartado 170 (5) obliga al conductor involucrado en un accidente a informar sobre el mismo y buscar un certificado de un agente policial o comisaría tan pronto como sea factible y en todos los casos dentro de las 24 horas. En Bulman v Bennett (1974) RTR I se sostuvo que ese deber de informar significaba “tan pronto como sea razonablemente practicable”. No significa que el conductor tenga 24 horas dentro de las cuales deba informar sobre la colisión. La temprana identificación de un sospechoso es vital, para que se pueda obrar en forma expediente y eficiente. Esto es sumamente importante en los casos en los que haya sospecha de daños debido a la ingesta de alcohol o drogas. El apartado 71 de la ley policial y de justicia penal 2001 caracteriza la no detención después de un choque, en donde haya habido una víctima como lo define la ley de 1088 sobre accidentes de tránsito, como un delito con arresto 24(2) de PACE. 2.3.29 Cuando el sospechoso ha partido de la escena Acciones iniciales. Las siguientes acciones deben realizarse en una primera etapa a fin de identificar a un sospechoso: Instigar una mayor investigación y recurrir al Manual de Investigación de Homicidios. Realizar una descripción del infractor (si es posible), detalles del vehículo sospechoso que puede

extenderse a otras fuentes como el CCTV, detalles de la vigilancia de la zona vecinal, fuerzas vecinales, compañías de taxis y coches de alquiler.

Establecer controles de rutas bajo la Sección 4, ley de evidencia criminal y policial de 1984. Revisar vehículos estacionados o abandonados. Identificar la ruta tomada lo antes posible. En todos los casos de accidentes en donde haya habido fugas, se debe comenzar una investigación de inmediato y recurrir a la sección del Manual de Investigación de Homicidios. También es necesario consultar los Procedimientos Administrativos Estandarizados de la Sala de Incidentes Mayores (MIRSAP, Major Incident Room Standardised Administrative Procedures). El Manual de Investigación de Homicidios dice, cuando existe un accidente de estas características, “Como consecuencia, cuando hay una colisión fatal o potencialmente fatal y las circunstancias parecen sospechosas, se debe “pensar en un homicidio” Las escenas del crimen son de enorme valor. Nunca hay que desperdiciar la oportunidad de recoger los elementos probatorios. 2.3.30 Muertes sospechosas en ruta Siempre se ha sugerido que la mejor forma para que el transgresor evite ser detectado como asesino es que haga parecer las circunstancias de la muerte como accidentales. En realidad, las circunstancias de la muerte en ruta ofrecen a dicho transgresor casi una situación ideal para la destrucción de la evidencia decisiva. Dicha evidencia puede destruirse durante la colisión por los servicios socorristas al intentar salvar la vida o preservarla, por otros oficiales policiales en una escena en la que busquen restaurar la normalidad y por muchos individuos u organizaciones cuyas prácticas normales de trabajo desafortunadamente no cuidan la preservación de la evidencia. A diferencia de una “escena” definida, la de la muerte en ruta o en un determinado camino tendrá una gran cantidad de gente presente como son los testigos, los curiosos, el personal de socorristas y de emergencia y

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otra gente que no está directamente involucrada en el incidente. Sólo en rara ocasión el oficial principal en la escena, y luego el Oficial Superior Investigador, se encontrarán presentes inmediatamente en circunstancias en que la causa de muerte debe ser tratada como sospechosa. Inclusive cuando la muerte no parezca sospechosa, habrá grandes beneficios en la investigación de principios similares a seguir en relación con la recolección de la evidencia y su preservación. 2.3.31 ¿Parece sospechosa la causa de muerte? El Oficial Inspector Superior puede tratar este tema mejor al considerar si hay evidencia que establezca claramente el origen de cómo la persona muerta llegó a estar en la posición en que fue hallada. Aunque haya habido testigos oculares que relaten las aparentes circunstancias, sus explicaciones iniciales deben ser comparadas con su credibilidad y la evidencia física independiente en la escena. Si las preguntas cómo, cuándo, qué y quién, no pueden responderse, entonces la muerte debe ser tratada como sospechosa. 2.3.32 Cuerpos hallados en la ruta o al costado Un cuerpo puede estar tendido en un camino o ruta como consecuencia de: ser expulsado fuera del vehículo debido a una colisión violenta ser golpeado por un vehículo haber caído, saltado o ser arrojado de un vehículo haber caído, saltado o ser arrojado desde un puente a la ruta o camino haberse desmayado debido a una enfermedad o impedimento ser sometido a un asalto violento en el lugar o en los alrededores ser colocado allí después de una colisión o asalto. Cuando se halla un cuerpo en la ruta, el oficial de mayor jerarquía en la escena o el Oficial Inspector Superior deben considerar si la ubicación se puede relacionar con la muerte. Es posible que un cuerpo sea transportado una distancia considerable en un vehículo y luego abandonado. Este tema solo puede comprender la clausura del tramo de la ruta durante un período importante de tiempo hasta que el examen forense haya identificado los posibles puntos de colisión. Es importante considerar la totalidad del tramo de la ruta. Especialmente en el caso de las autopistas, las de alta velocidad y las carreteras de doble mano, especialmente en la mano en que fue hallado el cadáver, porque puede también ser el lugar en donde ocurrió la colisión. También hay que prestar atención al identificar la última ubicación probable en donde un vehículo podría haber realizado una maniobra, que haya producido que alguien sea arrastrado o que haya caído en ese lugar. Esto puede permitir que el Oficial Inspector Superior establezca los parámetros del área del camino para investigar la ubicación de la colisión. Igualmente se debe considerar cuántas veces un cuerpo puede haber sido golpeado por un vehículo. Puede haber sido en la colisión con un vehículo varias veces o más de un vehículo en momentos distintos. El examen del occiso in situ puede brindar indicaciones, como si la víctima estaba de pie en el momento de la colisión o ya estaba echada en el camino. Generalmente, en las colisiones en las que se choca a la víctima y se huye, habrá una segunda colisión subsiguiente con el cuerpo del incidente sobre el cual se está

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informando. Esta es una cuestión vital para determinar, especialmente en qué momento se puede considerar la carga de culpabilidad del homicidio. Muchas de las cuestiones arriba mencionadas solo se determinarán por la investigación de la colisión y el examen post mortem, junto con el correspondiente examen pericial de la escena, de todo vehículo sospechoso y de cualquier persona sospechosa. 2.3.33 Rastreo de un vehículo Cualquier colisión en la que se requiera la identificación de un vehículo puede ser tratada con urgencia por los peritos forenses. Los elementos de prueba deben ser llevados al laboratorio lo antes posible después de la colisión. El laboratorio requerirá que todo el material sea llevado de la escena y la ropa de la víctima sea remitida. Si la ropa ha sido metida en una bolsa por el personal del hospital, no debe ser separada para volver a ser empaquetada por la policía. El elemento será empaquetado tal como sea recuperado del hospital recordando retener la bolsa del hospital. Si la ropa no está disponible, entonces la identificación puede ser llevada a cabo con los restos que se encuentren. No obstante, esta evidencia sola no puede ser usada para demostrar el contacto real entre el vehículo y cualquier víctima. El vidrio de las luces delanteras y la cubierta de plástico de la misma pueden suministrar mucha información. Varían en cuanto al tamaño y la forma, dependiendo del vehículo en que fueron puestas. También presentan característicos números de aprobación, moldeados por el propio fabricante. Estos números pueden rastrearse en la base de datos de los laboratorios forenses y comparados con una amplia colección de información sobre lentes. Las pesquisas inclusive pueden llegar a los números parciales de los fragmentos rotos. De esta manera, se obtiene una lista de posibles vehículos en los que se ha incorporado un determinado tipo de lente. El laboratorio pericial posee una extensa lista de registros de aprobación que pueden ayudar en la identificación de la fuente de los lentes y otros componentes. Las partes del vehículo como los paragolpes y los espejos laterales pueden también brindar una información útil, algunas tienen número de partes de fábrica. La forma, el tamaño y la construcción pueden también ser usados para indicar el tipo de vehículo involucrado. El Laboratorio de Investigación del Transporte (TRL, Transport Research Laboratory) y otros organismos especialistas pueden también colaborar en la identificación de vehículos por medio de fotografías, las grabaciones televisivas del circuito y los testimonios de testigos. Hay varios tipos de medios disponibles. La identificación puede hacerse con frecuencia con respecto al modelo real, la especificación del equipo y el año del vehículo según sus rasgos característicos. Esto puede ser incorporado en las investigaciones de Rastreo Descriptivo en Línea de Vehículos PNC (VODS, Vehicle On Line Descriptive Search) a fin de estrechar el campo de potenciales vehículos sospechosos. 2.3.34 Notificación de incidentes mayores Cada Fuerza tendrá su propio procedimiento de incidentes mayores, que deben seguir las pautas contenidas dentro del Manual de Procedimientos de Emergencia ACPO. El manual define un incidente mayor como: Cualquier emergencia que requiera la implementación de arreglos especiales por uno o más de los servicios de emergencia, el NHS o la autoridad local para: El rescate y transporte de un gran número de víctimas La inclusión, en forma directa o indirecta de grandes cantidades de personas

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El manejo de un gran número de preguntas ya sea por parte del público en general o de los medios, principalmente a la policía.

Cualquier incidente que requiera los recursos combinados a gran escala de los servicios de emergencia. La movilización y la organización de los servicios de emergencia y las organizaciones de apoyo. Es siempre mejor iniciar los procedimientos de un incidente mayor en una primera etapa, en lugar de intentar hacer algo en algún momento en el futuro. El Equipo Asesor sobre Desastres Mayores (MDAT, Major Disaster Advisory Team) puede ser consultado en caso de que se presente la necesidad. 2.3.35 Equipos de recuperación de víctimas – Despliegue de decisiones En el presente no hay un criterio fijo para el despliegue de un equipo de recuperación de víctimas, pues cada incidente debe ser examinado y considerado dentro de sus propias circunstancias. Los incidentes en los que hay que desplegar el equipo de recuperación de víctimas pueden ser: Incidentes con un gran número de víctimas fatales en los que la identificación de la víctima será requerida

o cuando la cantidad de víctimas es desconocida. Incidentes de “fatalidad masiva” – en la actualidad no hay definición del término y es importante para el

incidente (sin embargo esto está bajo revisión). Incidentes en los que las víctimas experimentaron traumas físicos, desfiguración, amputación o

fragmentación. Estos incidentes normalmente incluirían a aquéllos declarados como “incidentes mayores” dentro de los planes de contingencia del socorrista, tales como colisiones con trenes, incidentes de aeronaves y caídas de edificios. Podía también incluir incidentes donde hay un solo caso fatal, en el cual la víctima haya sufrido fragmentación traumática, como en algunos casos de caídas de avionetas o muertes en ruta. El proceso de tomar decisiones puede incluir: La naturaleza y escala del incidente. El impacto de las tareas de recuperación tanto del personal entrenado como del que no lo está. La seguridad y la salud del personal en el lugar. Manejo del incidente crítico y la forma en que el despliegue o no del accionar es visto por los afectados y

dentro de la comunidad. Interés de los medios en el incidente. Recuperación de la evidencia para las audiencias judiciales. Consultas con otros organismos de investigación. Consulta con el forense. Disponibilidad de los recursos. Otros factores de los cuales se puede disponer y no fueron mencionados.

Los directores deben anotar sus decisiones del despliegue o no de un equipo en su registro diario.

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2.4 Investigación total de la escena

Figura 8 - Investigación total de la escena

Investigación completa de la escena. ¿Qué respuesta se requiere de los expertos? (CIU, SOCO, CID, fotos, FSS, Laboratorio de Investigación del Transporte, médico forense,

oficial de elementos probatorios, vehículo forense, patólogo). Identificar factores precipitantes y

contribuyentes (testimonios, investigaciones casa por casa, CCTV, etc.). Mantenga una conferencia

en la escena, si es necesario. Reunir pruebas.

Medios

Exámenes posteriores, examen post mortem del vehículo, de los tacógrafos, de los

ordenadores.

Se debe realizar una investigación o examen total de la escena bajo el control total del Oficial Inspector Superior, cuya responsabilidad es convocar cualquier asistencia pericial necesaria y juntar toda la evidencia disponible. El tipo de respuesta del perito variará de acuerdo con la naturaleza del incidente. Cada colisión potencial o fatal deberá ser atendida por un investigador capacitado en colisiones. 2.4.1 ¿Qué respuesta se espera del especialista? El alcance del respaldo del especialista para los investigadores es considerable. El consejo del especialista puede ser buscado contactando a la Facultad de Operaciones y Crimen Nacional (NCOF, National Crime and Operations Faculty) o al Servicio de Ciencia Forense. 2.4.2 Testimonios de especialistas Un tema constante a través del manual es la necesidad de que los investigadores maximicen las posibilidades totales de los conocimientos del especialista, a fin de respaldar las investigaciones de las muertes en la ruta. Al respecto, la Facultad de Operaciones y Crimen Nacional tiene un papel vital que realizar al aconsejar qué fuentes del consejo profesional están disponibles para asistir al Oficial Superior Investigador. Se reconoce que habrá circunstancias particulares cuando el conocimiento requerido sea tan especializado que se necesite un enfoque directo, ya sea del perito o de una organización que ofrezca un asesoramiento pericial. La ventaja de asegurar el asesoramiento de un experto a través de NCOF es que hay mayor probabilidad de ofrecer una opinión profesional, así como brindar la credibilidad y la competencia de un experto. No obstante este hecho, el Oficial Superior Investigador debe recordar que es de su responsabilidad exclusiva solicitar dicha asistencia y, dependiendo del tipo de conclusión ofrecida, evaluar el asesoramiento en el contexto de la investigación. Al hacer la evaluación de la credibilidad de un experto, puede resultar útil realizar las siguientes preguntas. ¿Qué área exacta del conocimiento dice esa persona poseer? ¿Qué conocimiento importante dice el experto tener sobre el tema que afirma ser experto? ¿Pertenece el experto a un cuerpo profesional acreditado? ¿Qué experiencia tiene esa persona al presentar la evidencia como testimonio pericial?

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¿Qué experiencia tiene esa persona en el campo del conocimiento ofrecido? ¿Cuál es la validez de cualquier base de datos u otras técnicas materiales de investigación que son

utilizadas por el experto? ¿Qué reputación tiene el experto entre sus colegas? ¿Qué reputación tiene el experto entre los investigadores que han usado sus servicios anteriormente? Si el experto tiene conocimiento de las recomendaciones contenidas dentro del informe Auld (Una revista

de los Tribunales Penales en Inglaterra y Gales 2001) 2.4.3 Factores productores de choques en rutas Este manual abarca el concepto de factores contribuyentes y precipitantes. Debe usarse como herramienta para considerar todos los factores que explican porqué uno o más usuarios de caminos llegaron a un punto determinado de la ruta, y la condición en que entraron en conflicto. En consecuencia, uno o más factores juntos pueden haber llevado a la colisión. La mayoría de las colisiones tienen más de un factor causante. En términos simples, los factores causantes separan "lo que salió mal" (factores precipitantes) de "aquello que no debía haber salido mal" (factores contribuyentes). Los elementos detallados de los factores contribuyentes pueden asistir al Oficial Superior Investigador a identificar otros organismos o agencias cuyo compromiso puede garantizar una mayor investigación. La siguiente tabla está planificada para ayudar al Oficial Superior Investigador a través del proceso de investigación.

Figura 9 - Ejemplo de factores que pueden estar implicados en una colisión Humano Vehicular Ambiental

Pre-colisión

Alcance de la vista y visión del color del conductor

Neumáticos y ruedas. Tamaño correcto / tipo de vehículo, presión, reventón, pérdida de la banda de rodadura, profundidad del dibujo, vibración.

Límites de velocidad: determinación de la velocidad de los vehículos desde la distancia de arrastre y el tiempo de reacción.

Alcohol y drogas Frenos - Eficacia de frenado, pedal bajo/pedal de viaje, ruido de los frenos, no balanceados, falla.

Señales de advertencia - ¿Los conductores son informados de los riesgos, obras en rutas, cambios de condiciones?

Trastorno emocional; distracción; preocupación; enojo.

Dirección / alineación de las ruedas - Precisión tirando a izquierda o derecha, patrones de desgaste de los neumáticos, fallas de componentes, efecto de enmascaramiento de la dirección hidráulica.

Señalización direccional – ¿Los conductores buscan información, en detrimento de la tarea de conducir?

Nivel de experiencia. Tipo de experiencia en ambiente urbano, nocturno, en autopista.

Limpieza del parabrisas / estado - arañazos, grietas y astillas.

Condición de la ruta; por ej.: superficie resbaladiza de la ruta, daños, desgastes.

Juicio; habilidad para evaluar el riesgo de la situación.

Limpiaparabrisas - Clima húmedo, especialmente en la noche.

Geometría de la ruta – curvatura (peralte) y grado.

///

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Figura 9 - Ejemplo de factores que pueden estar implicados en una colisión (continuación)

Humano Vehicular Ambiental

Pre-colisión

Conductor ocasional o regular

Luces, señales, otros controles - funcionalidad

Estándares de la ruta – Iluminación, marcas viales, delineación.

Fatiga y cansancio. Duración de la jornada y actividades previas a esa jornada.

Luces encendidas – particularmente motocicletas durante el día.

Visibilidad – Cruce, empalme, caminos de acceso y curvas.

Actitud hacia la tarea de conducir: agresiva o cautelosa

Color del automotor – Visibilidad contra el segundo plano (fondo)

Tratamiento del cruce - Seguridad para el tráfico voluminoso, estándares.

Distracción causada por el uso de equipo ITS o el conductor falla al usar el dispositivo ITS cuando debe seguir el consejo dado o falla al hacerlo.

Su dispositivo ITS no funciona como fue diseñado, sea que no funciona u opera de forma automática sin intervención del conductor cuando no debería hacerlo.

Su dispositivo ITS le da o no le da información al conductor. Por ejemplo, no advierte los peligros, ofrece información errónea sobre la velocidad.

Colisiones con peatones. Exposición de los peatones, acciones, velocidad del movimiento, perceptibilidad.

* *

Colisión

Trastornos del esqueleto. Por ej.: osteoporosis, lesiones de edad. Por ej.: deporte, recreación o accidentes del trabajo.

Equipo de seguridad - cinturones de seguridad, sistemas de retención infantil, airbags, reposacabezas en su lugar y en buen estado.

Áreas de recuperación: las zonas claras en las cuales recuperar el control del vehículo sin colisionar.

Uso de la contención de los ocupantes. ¿Se usaron las restricciones correctamente?

Desempeño del vehículo – capacidad distinta de la velocidad indicada.

Objetos al costado de la ruta – proximidad, estructura, contribución a los daños.

Posición del asiento – en el vehículo, en la motocicleta o en el asiento trasero.

Dirección y velocidad de los vehículos involucrados, detalles de los vehículos involucrados, incluyendo la masa de la carga, si lleva.

Protección al costado de la ruta - cercas de seguridad, barreras centrales de reserva, amortiguadores de choque.

Uso de casco Integridad de los ocupantes del espacio. Por ej.: protección contra impactos laterales.

Terraplenes y canales de drenaje.

* Impacto de los ocupantes con el interior del vehículo. *

Post-colisión

Edad. El desempeño de la recuperación suele disminuir con la edad

Integridad de los sistemas de combustible y de electricidad.

Sistemas de comunicaciones - teléfonos de emergencia, teléfonos móviles, radio CB, teléfonos públicos / privados.

Condición física/actitud mental

Opciones de egreso - funcionamiento de puertas, ventanas eliminadas, conductor atrapado.

Ubicación y cantidad de servicios médicos – tiempos de respuesta, y de viaje.

Asistencia médica. * Acceso de los servicios médicos – acceso al sitio de colisión.

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2.4.4 Exámenes subsiguientes Es responsabilidad del Oficial Superior Investigador determinar los exámenes subsiguientes que crea necesarios para realizar una investigación completa y profesional. Esta puede incluir el análisis post mortem, el examen del vehículo, el análisis del tacógrafo y el uso de las computadoras para juntar elementos probatorios. 2.4.5 Evidencia digital y computadoras como presentaciones Se debe prestar especial consideración a la captación y almacenamiento de datos digitales, especialmente en los sistemas de tracción vehicular y en los registradores de datos sobre el choque. Estos dispositivos se van incorporando cada vez más en los productos comerciales y los vehículos de pasajeros (ver Herramientas de investigación). Muchas compañías retienen los datos que se relacionan con el movimiento vehicular y las horas de trabajo del conductor, en computadoras de oficinas, que pueden o no estar en el Reino Unido dependiendo del lugar del centro de operaciones. Al considerar los datos de estos dispositivos es esencial establecer la veracidad de la información y cómo éstos se sujetan a auditoría y controles. Para asegurar que esta información no sea falsa y permanezca apta como elemento de prueba, es aconsejable hacer una referencia primera a la guía del Comité del delito ACPO (Asociación de Oficiales Policiales Jefes) acerca de la buena práctica de la evidencia basada en computación. La guía suministra detalles sobre cómo retirar, transportar y embalar computadoras y debe ser consultada antes de la incautación de cualquier equipo de computación. La guía establece cinco principios. Los principios de los elementos probatorios digitales son: Principio 1: Ninguna acción realizada por la Policía o sus agentes debe cambiar los datos que están en una computadora u otros medios que puedan posteriormente ser presentados en el juzgado. Principio 2: En circunstancias especiales en donde una persona le resulta necesario acceder a datos originales que se encuentran en una computadora, tiene que ser competente para hacer eso y presentar los elementos probatorios que expliquen la importancia y la implicación de sus acciones. Principio 3: Se tiene que crear y conservar un registro de todos los procesos aplicados a los elementos de prueba que estén en una computadora. Una tercera parte independiente debe repetir esos procesos y alcanzar el mismo resultado. Principio 4: La prueba queda con el oficial a cargo del caso para asegurar el cumplimiento con cualquier disposición legal que tenga que ver con la posesión de, el acceso a la información contenida en una computadora. El oficial debe quedar satisfecho con que cualquier dispositivo copiador o acción de una persona con acceso a la computadora cumpla con estas disposiciones. Principio 5: La obligación de asegurar que estos principios se cumplan, queda a cargo del oficial del caso. Explicación de los principios. Los datos que están en una computadora no son diferentes de la información o texto contenidos en un documento. Por esta razón, los elementos probatorios que son de un sistema de computación están sujetos a las mismas reglamentaciones y disposiciones que se aplican a la evidencia documental. La doctrina de la evidencia documentaria puede explicarse de la siguiente forma: La carga de la prueba queda de parte del fiscal para mostrar al Tribunal que la evidencia producida no es ni más ni menos ahora que cuando primero cayó en posesión de la policía.

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Los sistemas operativos y otros programas frecuentemente alteran y se agregan a los contenidos del espacio del almacenamiento. Esto sucede automáticamente sin que el usuario necesariamente tenga conciencia de que los datos hayan sido cambiados. Para cumplir con los principios de la evidencia basada en la computación, hay que realizar una copia de todo el dispositivo. La copia parcial o selectiva del archivo o archivos no debe ser considerada como alternativa. Este proceso es generalmente conocido como Imagen de Espejo Forense. La copia o copias tienen que hacerse en el medio Write Once Read Many (WORM) que debe ser retenido para examen y consiguiente uso en el juzgado. En una poca cantidad de casos, es posible obtener una imagen usando un dispositivo reconocido como dispositivo de imagen. En estas circunstancias resulta necesario acceder a la máquina original para recuperar la evidencia. Teniendo esto en cuenta, es esencial que un testigo competente dé testimonio ante un tribunal. Es fundamental demostrar objetivamente en un tribunal que la continuidad y la integridad de la evidencia haya sido preservada. Demostrar ante el tribunal cómo la evidencia ha sido recuperada y el proceso de cómo se llevó a cabo dicha recuperación. La evidencia debe ser preservada hasta el punto en que una tercera parte pueda repetir el mismo proceso y llegar al mismo resultado como el que se presenta ante el juzgado. El cumplimiento de estos principios asegurará que la continuidad y la integridad de la evidencia serán preservadas. 2.4.6 Volviendo a la normalidad Una vez que el Oficial Investigador Superior, el investigador de la colisión y el administrador de la escena están de acuerdo en que no se pueden obtener más evidencias de la escena, el camino o la ruta pueden ser reabiertos. Es imprescindible hacer un rastreo final del área para asegurar que ninguna evidencia, cuerpos o equipo hayan sido omitidos. Los medios locales deben ser informados de la reapertura a través de los boletines de tránsito. Cuando ha habido contaminación de la superficie del camino, el Oficial Investigador Superior quizás desee consultar con un agente de la Autoridad Vial para que asegure la reapertura del camino. 2.5 Post-escena El Oficial de Enlace con los familiares asisten a una conferencia sobre el caso con el completo conocimiento de la familia. Es importante que el Oficial de Enlace sea apartado de cualquier proceso en el cual se tomen decisiones. Las conferencias de los casos deben ser regularmente hechas y deben involucrar a la Policía, al Servicio de Fiscalía de la Corona (CPS) y, si es posible, obtener un asesoramiento. Las conferencias son importantes en cualquier investigación de una muerte ilegal y un Oficial Superior Investigador, debe estar suficientemente enterado de cualquier asunto conectado con el CPS. Es una buena práctica asegurar que el CPS tenga total conocimiento de la investigación, e igualmente un Oficial Superior Investigador tendrá que buscar instrucción del CPS respecto de las áreas de interés de ellos y del consejo.

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Figura 10 – Post-escena

Consideraciones post-escena. Conferencia del caso. Archivo de políticas del Oficial Superior

Investigador, primeros consejos CPS. Nombrar oficial de enlace de la familia. Sesiones informativas del

incidente crítico, si es necesario. Evaluar la información disponible en colaboración con otros

asesores especializados (CIU, SOCO, CID, Fotos, FSS, Exposiciones, Inspector del Vehículo y Patólogo)

Informar a otras agencias

según sea necesario

¿Qué sabe ahora la investigación?

¿Qué más necesita saber la investigación? Identificar qué otra información se requiere y dónde se puede encontrar (DVLA, PNC, CCTV, etc.). Entrevistar a sospechosos (PACE, PEACE) y testigos. Completar investigaciones en curso.

La investigación, ¿es

compatible con los Derechos Humanos?

SI

Si no hay más información requerida o si no hay líneas viables de investigación dejadas, ¿hay pruebas

suficientes para proceder a acusar, citar, embargar, etc.?

Cargas, citaciones, presentaciones, NFA (plazos) N O

Entrada del proceso de

investigación post-cargo. Completar documentación del caso. Divulgar.

Introducir el

mantenimiento del caso / proceso de revisión.

Mantenimiento del caso / revisión. Identificar nuevas

líneas viables de identificación.

Audiencia (Magistrados,

Corona, tribunales forenses)

Realimentar investigación nueva, informar a terceras partes, actualizar el manual. Conservar los documentos o datos considerando posibles

litigios civiles y apelaciones.

Difundir la información esencial de reparación que no es fundamental para la investigación.

2.5.1 Rol del Servicio de Fiscalía de la Corona (Crown Prosecution Service) Establecido por la ley de Prosecución del delito (1985), el Servicio de Prosecución de la Corona brinda un encuadre nacional para el servicio de fiscalía independiente. Los componentes del Servicio de Fiscalía de la Corona no son investigadores, pero tienen un criterio claro y coherente sobre la prosecución. Brindan consejo y guía sobre cuestiones relativas a los elementos de prueba y no sobre la forma de conducir una investigación determinada. El Oficial Superior Investigador establece la conexión con el oficial apropiado o consejero nominado primero en la investigación. El asesoramiento será brindado en cualquier tema incluso derecho, cuestiones procesales y cualquier cosa que tenga una relación con la calidad, la confiabilidad y la admisibilidad de los elementos probatorios. El compromiso del Servicio de Fiscalía de la Corona (CPS) en la revisión de los elementos de prueba, especialmente antes de la carga, puede producir nuevas líneas de investigación, reduciendo por lo tanto, los costos de los recursos y disminuyendo la posibilidad de la discontinuidad. El CPS verificará la evidencia documental y destacará las áreas de aquélla que se beneficie con la investigación ulterior. El CPS puede aconsejar sobre delitos descubiertos y la elección de las cargas. El CPS asesora sobre las áreas de cuestionamiento, pero se cree que es inadecuado que ellos redacten preguntas

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en entrevistas a sospechosos. No obstante, el proceso de consulta nunca debe impedir la neutralidad y la independencia del CPS. Como parte de la consulta subsiguiente, el CPS será alentado a visitar los lugares del accidente. La colaboración entre el CPS y la Policía es el factor clave para llevar el caso correcto al juzgado correcto en el momento correcto. El Oficial Superior Investigador tiene que considerar la notificación al CPS lo antes posible, respecto de estas cuestiones, como cuando las cargas resultan preferidas y quedan bajo custodia. La decisión de un asesoramiento es del CPS. Cuando resulte posible, tomarán en cuenta los puntos de vista del Oficial Superior Investigador. Cuando un especialista asesora sobre un delito complejo o grave debe ser ubicado antes de la acusación, habrá abogados especiales disponibles para un asesoramiento. El CPS, junto a la policía, monitorea el tratamiento de las minorías étnicas dentro del Sistema de Justicia Penal, llegando a informar a los juzgados, los incidentes raciales. La ley 1998 sobre Desorden y Delito ha introducido los delitos de agravamiento legal que están por encima de una carga importante. El tribunal decidirá si el caso en cuestión fue agravado por motivos raciales. A este fin, es imperativo que el CPS sea informado de todos los hechos en la primera etapa. En septiembre de 1997, el CPS produjo un informe que indicaba que tales incidentes en los que claramente había un elemento racial, no eran la mayoría de los casos. El CPS (Servicio de Fiscalía de la Corona) tiene una clara política sobre testigos juveniles o vulnerables y, además puede solicitar evidencia basada en videos. Además el CPS acelerará el rastreo de testigos infantiles en los procesos judiciales, siempre y cuando fuese posible. El CPS no tiene obligación alguna de hacer pedidos de órdenes de arresto. A pesar de este hecho, en la mayoría de las zonas del país, se lleva a cabo esta tarea, cuando son consultados en una primera etapa. Un Oficial Inspector Superior debe tener en cuenta, si no se ha establecido una conexión primera con el CPS, que es posible encontrarse con que el CPS se abstenga de brindar apoyo al Oficial Inspector Superior, cuando se solicite una orden de arresto. El Oficial Superior Investigador es alentado a establecer una pronta relación con su CPS local en las investigaciones de accidentes en ruta, permitiendo de esta manera que el CPS brinde asesoramiento sobre cuestiones legales y procesales. 2.5.2 Tensión psicológica crítica proveniente del incidente El Servicio Policial tiene responsabilidad de brindar, en la medida de lo posible, la seguridad física y el bienestar de su personal. Este deber de cuidar es una de las primeras responsabilidades de los supervisores. El personal involucrado en el tratamiento de un incidente trágico en rutas puede estar expuesto a escenas y circunstancias particularmente conflictivas, traumáticas o difíciles de manejar. En algunos casos, tal exposición puede llevar a reacciones físicas, emocionales o psicológicas adversas. La mayoría de las Fuerzas Policiales del Reino Unido han adoptado una estrategia de manejo crítico de la tensión emocional a fin de brindar apoyo al personal. Esta estrategia incluye el uso de descomprimir las situaciones de tensión crítica. Son los supervisores los que llevan a cabo esta tarea. En realidad cualquier oficial puede realizar esto, pero los supervisores están en mejores condiciones de reconocer la necesidad de un interrogatorio. El interrogatorio es generalmente organizado a través del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional. El objetivo de la descompresión es proveer un ambiente en donde el personal pueda tratar un incidente en particular con otros que han estado involucrados en él. Al hacer esto, son ayudados a entender y estar en buenas relaciones con cualquier reacción adversa que pueda acontecer. 2.5.3 Descompresión

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La descompresión es un proceso informal, guiado por un supervisor, que normalmente dura de 10 a 15 minutos. Debe tener lugar poco después del incidente, preferiblemente antes de finalizar el turno. Si es posible, todo el personal involucrado en el incidente estará incluido. El objetivo es suministrar apoyo y asistencia inmediatos, mientras que permitan a un supervisor evaluar si un incidente de tensión crítica debe ser descomprimido. El papel del supervisor es hablar del incidente usando el siguiente encuadre: Realizando comentarios para explicar el propósito del encuentro. Permitiendo que la gente exprese cómo se sintieron después del incidente. Dando información sobre posibles reacciones de tensión. El supervisor debe tener en cuenta las reacciones de cada individuo y estar preparado para hacer los ajustes necesarios para su bienestar. De acuerdo con las normativas de práctica sobre declaraciones, el tratamiento de los hechos del incidente debe ser evitado, primero deberá prepararse y completarse el anotador con las declaraciones. 2.5.4 Interrogatorio Un interrogatorio es normalmente realizado entre las 48 y 72 horas después del accidente. Dependiendo de la política de la Fuerza, el interrogatorio será conducido ya sea por colegas, personal de bienestar u otro organismo exterior. El personal involucrado debe ser relevado de sus deberes para que el interrogatorio no sea interrumpido. Deberá ser realizado en privado y tendrá carácter confidencial para el personal. Todo el personal involucrado en el incidente estará incluido. El propósito del interrogatorio es presentar un ambiente seguro, para que la gente hable acerca del incidente y se pongan de acuerdo con cualquier situación que hayan experimentado o que puedan experimentar en el futuro. 2.5.5 Divulgación de los temas del interrogatorio Un interrogatorio solamente debe comenzar una vez que se haya completado la planilla y las declaraciones. Cuando una información importante o nueva salga del interrogatorio, dicha información deberá ser registrada y retenida de acuerdo con las normativas de práctica introducidas por la ley 1996 de Investigaciones y Procedimientos Penales. 2.5.6 Informar a otros organismos en la forma adecuada Si la colisión ha tenido un efecto adverso sobre el estado del camino y/o los elementos de señalización u ordenamiento de la ruta o calle, entonces las autoridades pertinentes de las rutas deben ser informadas de manera tal que puedan tomar medidas. 2.6 La investigación 2.6.1 ¿Qué más se necesita saber sobre la investigación? Habiendo evaluado toda la información disponible, el Oficial Inspector Superior se encontrará en posición de determinar qué información adicional es requerida. Esta información proviene de una amplia variedad de fuentes. Los códigos de práctica sobre investigaciones y procedimientos penales 1996 declara que, "al realizar una investigación, el investigador debe seguir todas las líneas razonables de una pesquisa,

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sea que éstas se acerquen o se alejen del sospechoso". 2.6.2 Identificar en donde se puede encontrar alguna información adicional Si se requiere información adicional, el Oficial Inspector Superior debe determinar en donde se puede hallar dicha información. La evidencia de manejo a dos millas de la escena de una colisión es tenida como válida (Hallett v Waren (1929) 93 JP 225), como la de manejo imprudente a cinco millas de distancia (R v Taylor (1927) 20 Cr App R). Sin embargo, se debe tener cuidado al presentar estos hechos ante el juzgado como evidencia de manejo previo, pues puede ser considerado como delito separado de esta causa, especificada en la información. La información adicional puede ganarse al identificar los lugares indicados de los circuitos cerrados de TV o del acceso de la tecnología de cámaras. El registro de manejo ineficiente puede investigarse a través del uso del Servicio Policial Informático (PNC) o las bases de datos del conductor y del vehículo. Si se halla alguna información adicional, entonces el Oficial Inspector Superior debe preguntar: "¿Qué se hace ahora con la investigación?". 2.7 Entrevista Las entrevistas deben ser realizadas profesionalmente y con integridad, en consecuencia reduciendo la frecuencia de los desafíos de la defensa. Reconociendo estos puntos, el Ministerio del Interior aprobó e hizo circular los principios de la entrevista investigativa (hoc 22/119) que se aplican por igual a la entrevista de los testigos, víctimas y sospechosos. 2.7.1 Principios generales del interrogatorio La función del interrogatorio es obtener información precisa y confiable de los sospechosos, los testigos o

las víctimas a fin de descubrir la verdad acerca de los asuntos bajo investigación policial. El interrogatorio debe ser enfocado con mentalidad abierta. La información obtenida de la persona que

está siendo entrevistada debe ser siempre chequeada con lo que el oficial investigador ya conoce o lo que puede razonablemente ser establecido.

Al interrogar a cualquiera, un oficial policial debe actuar correctamente en las circunstancias de cada caso

individual. El oficial de policía no debe aceptar la primera respuesta que le dan. El interrogatorio no es injusto

simplemente porque sea persistente. Inclusive cuando un sospechoso ejerza su derecho a guardar silencio, la policía tiene también el derecho a

hacer preguntas. Al hacer un interrogatorio, los oficiales de policía están en libertad de formular preguntas para establecer la

verdad, excepto en los interrogatorios a niños víctimas de abuso sexual o violencia, que son usados como procedimientos penales. No están constreñidos por las normas aplicadas a los abogados del Juzgado.

La gente vulnerable, ya se trate de víctimas, testigos o sospechosos deben ser tratados con consideración

especial en todas las oportunidades.

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2.7.2 Selección de interrogadores La Estrategia de Interrogación 2002 Asociación de Jefes de Policía (ACPO) establece 5 niveles de competencia para los interrogadores en lo referente a testigos y sospechosos. Esa política está expandida en el documento titulado "Normas de los Manuales ACPO sobre Interrogatorios Investigativos", publicadas en noviembre de 2002. Este documento recomienda interrogadores de la más alta competencia (nivel 3) para los casos de delitos mayores, incluyendo las colisiones fatales en rutas. Se debe hacer referencia a estos documentos y a la Guía Práctica para el interrogatorio investigativo. 2.7.3 Interrogatorios a sospechosos extranjeros Las provisiones especiales se relacionan con las entrevistas de personas bajo el Código C, 13 de PACE en los casos en que:

Tengan dificultad en entender inglés. El entrevistador no sepa hablar el mismo lenguaje de las personas. La persona quiera un intérprete presente.

Estas personas no deben ser interrogadas en ausencia de una persona capaz de actuar como intérprete. Todo intento debe ser hecho a fin de asegurar que la persona detenida disponga de un intérprete a cargo del estado. Un oficial policial puede solamente actuar como intérprete con el consentimiento escrito de la persona detenida y nunca durante las consultas para obtener un asesoramiento legal. En el código C, los párrafos 13.3 y 13.4 se establece el formato de la entrevista y las secciones reproducidas debajo: Código 13.3 El interrogador se asegurará de que el intérprete tome nota del interrogatorio en el momento y en el idioma de la persona, para ser usada por el intérprete cuando sea convocado a prestar testimonio, y certifique su precisión. El interrogador permitirá suficiente tiempo para que el intérprete anote la pregunta y la respuesta, una vez que sea hecha, dada e interpretada. La persona deberá leer lo registrado o hacerlo leer y firmar si está correcto o indicar lo que considere incorrecto. Si el interrogatorio es grabado en cinta, o en video, se aplicarán las consideraciones establecidas en el Código E y F. Código 13.4 En el caso de que una persona haga una declaración que no sea en inglés:

el intérprete deberá registrar la declaración en el idioma en que se haga la persona será invitada a firmar una traducción oficial al inglés será hecha en el debido momento

Un "adulto de por sí" no puede tampoco actuar como intérprete porque son funciones separadas. Si se necesita un intérprete como testigo de la fiscalía, se debe nombrar un segundo intérprete en el juzgado. 2.8 Fianza Cuando se detiene a una persona extranjera, las circunstancias `pueden ser tales que un oficial de custodia considere que la persona reciba una fianza condicional, en la que se presentaron los pasaportes como condición de la misma. Esto permitiría a la persona la libertad de transitar libremente, asegurando su presencia ante el juzgado.

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2.9 Principios de Narey sobre celeridad de la justicia En el caso de Smith v-DPP (1999) (The Times, 28 de Julio de 1999) el tribunal estableció: "Aunque no hay una normativa legal que requiera que los jueces aplacen un juicio en donde haya una colisión fatal en ruta, luego de haber realizado una indagatoria, deben hacerlo como una cuestión de práctica" En cuanto a los procedimientos para la conducción sin el debido cuidado y atención, y otros delitos por el estilo, donde haya habido un choque fatal, el médico forense puede, si es que existe una buena razón para ello, realizar una indagatoria antes de comenzar los procedimientos criminales. En tales casos, sería imposible acelerar la prosecución contra un ciudadano extranjero. El Médico forense puede en cambio decidir posponer la indagatoria hasta que los procedimientos hayan sido completados. Está obligado a hacer esto cuando una persona ha sido inculpada según el apartado 1 ó 3(A) de la ley de tránsito en ruta del año 1988. La aceleración de una prosecución bajo tales circunstancias es una opción a ser considerada. 2.10 Derechos Humanos A través de la tramitación de la investigación el Oficial Investigador Superior deberá tener en cuenta la obligación sobre el servicio policial, como autoridad pública, para actuar de acuerdo con los principios contenidos en la Convención Europea sobre Derechos Humanos y la Sección 3 de la ley sobre Derechos Humanos, y hacer efectiva la legislación interna para que sea compatible con esos derechos. Al considerar un curso de acción en relación a un sospechoso, testigos o familiares de la víctima, se deberán tener en cuenta las siguientes preguntas:

¿Hay una Convención comprometida? De ser así, ¿qué artículos de la Convención están involucrados? ¿Interfiere o no la acción contemplada con algún derecho en uno o más artículos?

El incumplimiento del artículo 2, derecho a la vida; artículo 3, prohibición de tortura o tratamiento inhumano o degradante y el artículo 7, no se justifica pena alguna sin sustentación legal. La violación de los derechos competentes al respeto por la vida privada y la familia (artículo 8); la libertad de pensamiento, de conciencia y religión (artículo 9); la libertad de expresión (artículo 10) y la libertad de reunión y asociación (artículo 11) pueden justificarse si dicha violación es:

en cumplimiento con la ley interna, o si es necesario lograr uno de los objetivos legítimos especificados en el artículo relevante, o si es proporcional (es decir no desmedido), o se aplica a todos por igual y en consecuencia no es discriminatorio.

La violación de los derechos a la libertad y a la seguridad (artículo 5) puede justificarse si dicha ruptura es:

legal, o entra dentro de una de las excepciones especificadas en el artículo.

La violación del derecho especial a un juicio justo (artículo 6) puede justificarse si la misma:

cumple con los derechos mínimos contenidos en el artículo 6(3), o aún permite que se realice un juicio completo, o no afecte la completa imparcialidad de ese juicio.

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Si existe alguna duda al contemplar cualquiera de las cuestiones mencionadas arriba, el Oficial Inspector Superior debe buscar asesoramiento del Abogado de la Fuerza o del Servicio de Fiscalía de la Corona. Una nota completa de cualquier observación sobre cuestiones de los Derechos Humanos en el curso de una investigación debe ser entrada en el archivo de actuaciones. 2.11 Proceso de investigación posterior a la acusación Una vez que una persona es acusada o citada, la investigación debe avanzar a la siguiente etapa. Todas las líneas posibles de investigación dejadas abiertas tendrán que investigarse, a fin de satisfacer los requisitos de la Ley de Investigaciones y Procedimientos Penales del año 1996 y la de Derechos Humanos del mismo año. La documentación completa de los casos debe ser preparada durante esta etapa, si no se hizo previamente, y presentada ante el Servicio de Fiscalía de la Corona. 2.11.1 Audiencias en el juzgado Hay que prestar especial atención a los testigos de la fiscalía durante las audiencias subsiguientes. Generalmente habrán presenciado hechos traumáticos, por los cuales se aconseja dar un fuerte apoyo policial y judicial a esa gente. La familia de la víctima, en casi todos los casos, querrá estar presente en las audiencias del juzgado, y una buena estrategia de relación de la familia con el oficial encargado facilitará las relaciones en tales circunstancias. 2.11.2 Peritaje Es necesario nombrar un oficial perito en todos los casos. El Oficial Investigador Superior debe estar enterado del papel y de las responsabilidades de dicho oficial. Es importante consultar las disposiciones del Procurador General sobre peritaje. El oficial perito es: ... la persona responsable de examinar el material retenido por la policía durante una investigación, presenta dicho material al fiscal y cualquier procedimiento criminal proveniente de la misma, certificando lo que lo ha hecho, y revelando el mismo al acusado a pedido del fiscal; El peritaje es una cuestión compleja pero no debe necesariamente excluir a las fuerzas policiales de alguna forma de reunión previa al juicio. Los documentos de trabajo y los informes preparados por los oficiales de investigación conforman una tipología que brinda una inmunidad pública, y en consecuencia la producción de tal material debe ser ordenada solamente cuando el interés público en el descubrimiento de sus contenidos sobrepasa el derecho a mantener la privacidad (Taylor v Anderton (1995) I WLR 447). El peritaje en toda investigación es ahora controlado por la ley 1996 (CPIA) de Investigaciones y de Procedimiento Penal. Hay tres etapas del proceso de peritaje. Primer peritaje Suministro del material inutilizado a los inventarios del Servicio de Fiscalía (MG6C y MG6D) y el informe

del Oficial Perito (MG6E). Hacer que el Fiscal dirija la atención a cualquier material inutilizado, que puede socavar el caso de la

fiscalía. Identificar las aplicaciones de la Parte II respecto del material sensible, que socave el caso de la fiscalía. Declaración de la defensa Hay un derecho estatutario en la defensa a brindar una declaración para todos los casos escuchados ante

el Tribunal de la Corona y, en algunos casos, en la corte del Magistrado. Segundo peritaje

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Esto se hace solamente después de que la defensa haya realizado una declaración El oficial perito debe re-examinar el material inutilizado para ver si hay algo razonablemente esperado para ayudar a la defensa propuesta por la declaración. Un segundo MG6E debe ser completado y sometido al Servicio de Fiscalía de la Corona que certifique si hay algún material inutilizado para el peritaje segundo. El Oficial perito debe cumplir con los Códigos de Práctica y provisiones del CPIA. Además: El Oficial Superior Investigador debe bajo la ley y el Código de Práctica, designar un Oficial Perito al

comienzo de una investigación. El rango del oficial variará con cada Fuerza y dependerá del perfil del caso. Las principales funciones del oficial perito son: Examinar y ser responsable de todo el material involucrado en la investigación. Convocación del personal para interrogar sobre sus responsabilidades Preparar un horario sobre incidentes mayores en los formularios MG correspondientes Aconsejar al Oficial Inspector Superior respecto de: Cuestiones de terceras partes Material nuevo en posesión de todos los oficiales involucrados en la investigación Líneas de investigación Continuidad de la evidencia Material que debilite el caso de la fiscalía Material que ayude el caso de la defensa Las decisiones sobre el peritaje se hacen para examinar, por propios méritos, cada documento o artículo. El material sensible es para ser visto junto con el material vinculado para satisfacer la clasificación como

"sensible". El oficial perito no es responsable de controlar una investigación individual de un oficial. Es responsabilidad del oficial individual alimentar la investigación con la información relevante y el oficial perito tiene responsabilidad entonces de tratarla. Muchas organizaciones tales como la policía, los servicios de bomberos y de ambulancia, el ejército y las grandes compañías instan a su propia disciplina interna y procedimientos investigativos. Tales procedimientos y archivos de investigaciones pueden ser una fuente de información relevante para la investigación policial. Si estos archivos son obtenidos, entonces se aplican las normas de peritaje. 2.11.3 Preparación de los casos La preparación de casos debe involucrar un sistema de informes estructurado que identifica, claramente cuando las declaraciones y los documentos son sometidos al Servicio de Fiscalía de la Corona. Hasta ese punto, se debe hacer uso completo de las unidades de Justicia Penal. El Oficial Superior Inspector tiene que supervisar cuidadosamente todos los archivos entregados al Servicio de Fiscalía de la Corona. El archivo de la Fiscalía debe seguir el formato estándar identificado en el Manual de Normas y debe ser sometido rápidamente dentro de los límites temporales estatutarios impuestos por la legislación. Esto coloca una carga sobre aquéllos que preparan e investigan para asegurar que todas las cuestiones sean enviadas con el tiempo suficiente, a fin de evitar cualquier alegato de abuso de los límites temporales.

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El Oficial Superior Inspector debe considerar este período para llevar a cabo una revisión de los puntos débiles y fuertes de la investigación. Esto identificaría las áreas en necesidad de una investigación posterior o que si se pierde ante la fiscalía, por ejemplo, la evidencia de la identificación, puede resultar en absolución. Tal ejercicio debe capacitar al Oficial Inspector Superior para anticipar posible tácticas de la defensa y áreas que serán investigadas en cuanto a los puntos débiles. La revisión de la investigación, post-cargo, requiere una investigación enfocada dinámica al identificar porqué ciertas acciones fueron o no fueron tomadas, todas las cuales pueden ser enviadas claramente en los informes de la fiscalía. En la mayoría de los casos se requiere una Citación temprana del consejo para tratarlo en una primera etapa con los casos de Inmunidad de Interés Público (PII) y otras cuestiones controvertidas. Para garantizar la coherencia y continuidad, se recomienda que las conferencias anteriores al juicio convocadas por la fiscalía deben ser presenciadas por los mismos oficiales. Es preferible que asista el Oficial Inspector Superior. Los pedidos de exámenes de la defensa, particularmente de las muestras, deben ser siempre diligenciados por el Oficial a cargo de las muestras o exhibiciones para asegurar la misma continuidad. Durante el juicio, debe nombrarse la suficiente cantidad de personal para tratar con las víctimas, familiares, testigos, demandas de la fiscalía y de la defensa, junto con oficiales que pueden investigar cualquier alegato y coartada. 2.11.4 Preparación del archivo La preparación del archivo no debe ser vista simplemente como otra etapa del proceso investigativo, sino como una tarea que comienza con la primera llamada a la escena. Cada pieza de la evidencia, ya sea una declaración, un elemento físico, un cálculo o la opinión de un perito debe ser tomada desde el comienzo y conformar la base del archivo. El archivo debe estar abierto y fácil de seguir para cualquier otra persona. Un archivo de fiscalía será enviado, de acuerdo con el Manual de ACPO (Asociación de Oficiales Policiales Jefes) sobre Lineamientos para la Preparación, Procesamiento y Envío de Archivos y dentro de los límites temporales estatutarios. El Oficial Inspector Superior debe tener siempre total responsabilidad de que el archivo sea sometido a un examen final antes de ser enviado. Al preparar una hoja frontal para el archivo los siguientes puntos serán considerados: La conclusión y las recomendaciones deben ser las del Oficial Superior Investigador. Se proporcionará un análisis de la evidencia y sus efectos en el caso Las declaraciones de testigos, la evidencia física y la opinión del perito deben ser comparadas y cotejadas. Los conflictos en evidencia serán destacados. Las defensas probables serán tratadas y comparadas con la evidencia. Conclusión y recomendaciones. Lo siguiente se considerará necesario: Establecer recomendaciones contra los estándares de los cargos/guías para disposición de casos. Tratamiento de una ley importante Tratamiento de las secciones importantes del código de rutas Aplicación de la ley Efectos sobre el caso de las comparaciones en el párrafo de arriba y cualquier conflicto Evaluación de los testigos

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Nota: cualquier material nuevo debe ser presentado al Servicio de Fiscalía de la Corona. Al preparar un archivo para la fiscalía, cualquier inconveniente (por ej. conflictos) debe ser informado a la fiscalía en un memorándum confidencial. 2.11.5 Archivos del Forense de Su Majestad El Oficial Inspector Superior siempre debe recordar que un informe preparado en forma separada por el Forense es revelable. En la práctica, el archivo del Forense, no se diferenciará mucho de un archivo de la Fiscalía. Puede valer la pena preparar un archivo separado en ciertos casos, especialmente aquéllos que no son detectados, de manera que el Forense, la familia de la víctima y el público estén satisfechos de que la policía haya hecho todos los esfuerzos para identificar la causa y, en donde resulte aplicable, la persona responsable. Se considera una buena práctica incluir por ejemplo, detalles de la cantidad de horas pasadas en la investigación, la cantidad de acciones elevadas, la cantidad de gente entrevistada y otras informaciones relevantes. Si se ha identificado alguna acción que pudiera ayudar a impedir hechos similares, debe ser incluida en el archivo enviado al forense. Generalmente éstas serán cuestiones tales como el diseño de la ruta, o la señalización. Tales cuestiones de manejo del tránsito pueden necesitar el asesoramiento de un experto y un encuentro con la autoridad local o los representantes de la Dirección de Rutas que demostrarán la acción positiva que se ha tomado. 2.11.6 Preparación de un informe para la indagatoria Será responsabilidad del Oficial Inspector Superior para preparar un informe completo profesionalmente presentado ante el forense con anticipación a la indagatoria. El Oficial Superior Investigador debe ser bien aconsejado para obtener del forense qué material sea requerido para la indagatoria. El informe debe ser realzado no solamente la extensión total de la investigación y qué hechos han sido determinados, pero también otras cuestiones de relevancia tales como las cuestiones políticas. El informe debe contener puntos tales como los siguientes:

Historia del occiso Circunstancias de la muerte, aspectos probatorios. Lineamientos de la indagatoria Gente entrevistada Aspectos forenses Personas inculpadas Continuación de las indagatorias

2.11.7 Procedimientos penales La cuestión de descubrir cualquier evidencia antes del juicio, por ejemplo ante los parientes de la víctima, es una cuestión del Oficial Superior Investigador conforme con la política de la fuerza y las instrucciones / opiniones del Servicio de Fiscalía de la Corona y del Forense de Su Majestad. Cuando se presenta un aplazamiento/devolución, cualquier asunto que pueda presentarse debe ser informado al Oficial Superior Investigador y a la familia. El Servicio de Prosecución de la Corona tiene que ser informado de inmediato, si se presenta alguna demora o si se identifica alguna causa potencial de demora, el análisis forense será demorado.

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En los casos en que los procedimientos por delitos menores se realizan por medio de citaciones, se debe normalmente aplicar el s.1 de la ley de Magistrados de la Corte y no el s.12, asegurando así, por lo tanto que el caso no sea dispuesto por medio de una alegación de culpa por correo. 2.11.8 Desarrollos posteriores El Oficial Superior Investigador debe estar informado de cualquier evolución posterior y debe asegurar que cualquier acción necesaria sea tomada, y que todas las partes relevantes, especialmente la familia de la víctima, sean mantenidas al tanto de la evolución de las cosas, las fechas de los tribunales y los aplazamientos. Debe ser siempre el objetivo del Oficial Superior Investigador que tal información sea primero notificada a la familia por la policía. El Oficial Superior Investigador debe retener siempre la responsabilidad por la calidad de los archivos. Dicha calidad será cotejada con el Manual Guía para la Preparación, Presentación y Envío de archivos. Debe existir un plan de acción de manejo de los casos no detectados, en su mayor parte aquéllos en los que el conductor no se detuvo. Tal plan de acción necesitará tomar en cuenta lo siguiente:

Revisiones periódicas Revisiones a la luz de la nueva evidencia Revisiones a la luz de las nuevas líneas de la indagatoria Cambios en la legislación Avances en el examen del vehículo o colisión de las técnicas de investigación Avances en la ciencia forense

2.11.9 Retención de archivos En primera instancia debe hacerse referencia a los códigos de práctica sobre Investigación y Procedimientos Penales sección 5 que se reproduce aquí abajo: (a) Obligación de retención del material 5.1 El investigador debe retener el material obtenido en una investigación criminal que resulte importante. Esto incluye no solamente el material que llegue a la posesión del investigador (tales como los documentos secuestrados en el proceso de reconocimiento de los lugares), sino también el material generado por él (tal como los registros de las entrevistas). El material puede ser fotografiado, o retenido en forma de una copia en lugar del original, si el original es perecedero, o fue provisto al investigador en lugar de ser generado por él y tiene que ser retornado a su propietario. 5.2 Cuando se ha confiscado material en el ejercicio de los poderes de confiscación conferidos por la Ley 1984 sobre Evidencia Criminal y Policial, la obligación de retenerlo bajo este código está sujeta a las disposiciones sobre la retención del material confiscado en la sección 22 de dicha ley. 5.3 Si el oficial a cargo de una investigación llega a enterarse de que el material anteriormente examinado pero no retenido, llega a ser relevante luego, debido a la evolución de la investigación (aunque no en aquel momento), puede realizar los procedimientos para obtenerlo o asegurarlo para una inspección posterior, a fin de una presentación ante el juzgado, en caso de ser requerido. 5.4 La obligación de retener el material incluye en especial el material que entra dentro de las siguientes categorías, siempre y cuando sea relevante para la investigación:

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- informes sobre delitos (incluyendo informes penales, las partes relevantes de los libros sobre informes de incidentes o anotadores de los oficiales policiales);

- registros de custodias - registros que provienen de cintas de mensajes telefónicos (por ejemplo, llamadas al 999) contienen las

descripciones de un delito supuesto o de un delincuente, - versiones finales de declaraciones de testigos (y versiones en borrador en los que el contenido difiere de la

versión final), incluyendo las muestras mencionadas (a menos que éstas hayan sido retornadas a su propietario, entendiendo que las presentará ante el juzgado en caso de ser requerido);

- registros de entrevistas (registros escritos, o cintas de video o de audio, de entrevistas con testigos reales o potenciales o sospechosos);

- comunicaciones entre la policía y los expertos tales como los científicos forenses, los informes de trabajo realizados por peritos, y las listas del material científico preparado por el experto para el investigador, con los fines de procedimientos penales;

- cualquier material que arroje dudas sobre la confiabilidad de una confesión; - cualquier material que arroje dudas sobre la confiabilidad de un testigo; - cualquier otro material que pueda entrar dentro del test para el descubrimiento primero de la prosecución 5.5 La obligación de retener el material que entre dentro de estas categorías no se extienden a ítems que son puramente auxiliares y no poseen significación independiente (por ejemplo, las copias duplicadas de los registros o informes). (b) La cantidad de tiempo durante el cual el material va a ser retenido 5.6 Todo el material que pueda ser relevante a la investigación debe ser retenido hasta que se tome una decisión, ya sea para instituir los procedimientos contra una persona por un delito. 5.7 Si una investigación criminal termina en procedimientos a ser instituidos, todo el material que pueda ser relevante debe ser retenido al menos hasta que el acusado sea absuelto o condenado, o que el fiscal decida no proseguir con el caso. 5.8 Cuando el acusado sea condenado, todo el material que pueda ser relevante debe ser retenido al menos hasta: - que la persona condenada sea liberada de la custodia, o dada de alta del hospital, en los casos en que el

juzgado imponga una sentencia con custodia o la orden de un hospital; - seis meses de la fecha de la sentencia, en todos los casos. Si la corte impone una sentencia con custodia o por orden del hospital y la persona condenada es liberada de la custodia, o dado de alta del hospital antes de los seis meses, desde la fecha de la sentencia, todo el material que pueda ser relevante debe ser retenido al menos por seis meses desde la fecha de sentencia. 5.9 Si está en acción una apelación contra la sentencia, cuando ocurra la liberación o el alta, o al final del período de seis meses especificado en el párrafo 5.8, todo el material que pueda ser relevante debe ser retenido hasta que se termine la apelación. En forma similar, si la Comisión de Revisión de Casos Penales está contemplando una aplicación de ese punto, todo el material será retenido al menos hasta que la Comisión no pase el caso a la Corte de Apelaciones, o hasta que la Corte determine que la apelación proviene de la referencia por la Comisión. 5.10 El material no necesita ser retenido por la policía como se requería en el párrafo 5.8, si fue confiscado, y debe ser devuelto al propietario. 2.12 Otras consideraciones

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Luego de la conclusión del caso, es necesario realizar una breve reunión para confirmar lo que resultó bien durante la investigación y lo que, si es posible, pueda ser mejorado en casos futuros. Los Oficiales Superiores Investigadores pueden desear pasar a detallar esta reunión en la Facultad Nacional de Operaciones, de manera que sean actualizados en la forma necesaria y en las circunstancias y la buena práctica promulgadas ante al servicio. La información esencial sobre soluciones debe ser diseminada en otros organismos, tales como la Agencia de Servicios de Operadores y Vehicular, los fabricantes de vehículos y las autoridades de autopistas en la forma debida. Si ninguna línea viable de investigación es evidente y el caso no puede proseguir por falta de evidencias, entonces éste debe entrar el proceso de mantenimiento/revisión tomando en cuenta las medidas de retroalimentación y de correcciones. Durante este proceso las nuevas líneas de indagación pueden salir a luz y el Oficial Superior Investigador debería preguntar: “¿Qué sabe la investigación ahora?” y “¿Qué más necesita saber la investigación?” para concluir el caso. Debe recordarse que todos los lineamientos de investigación deben ser tomados, no solamente para asistir a la fiscalía sino también a la defensa, teniendo en cuenta la legislación relevante. 2.12.1 Cuestiones testimoniales Parte de la estrategia de investigación posterior a la acusación debe dirigirse a las necesidades de los testigos, especialmente a aquéllos que probablemente sean llamados a prestar testimonio en los procesos subsiguientes. Los testigos pueden ser la familia, los parientes y los amigos de la víctima. El Oficial Superior Investigador debería reconocer el hecho de que todos los testigos probablemente se sientan nerviosos por el hecho de ir a los tribunales, y en algunos casos atemorizados. Cuando existen parientes muy cercanos, hay que tener en cuenta la aflicción agregada y el trauma sufridos, que experimentarán más allá del juicio. Los Oficiales de Enlace con la familia tienen un papel fundamental al asegurar una buena comunicación con el Oficial Superior Investigador reduciendo emociones como frustración, ansiedad y hostilidad. Cualquier juicio puede comenzar algunos meses más tarde después del incidente original. Es importante que todos los testigos sean informados del desarrollo del caso. Otro contacto que no sea el Oficial Superior Investigador debe estar a disposición de todos los testigos, de manera tal que los individuos puedan contactarse con un miembro del equipo de investigación en cualquier momento. Prestar declaración puede resultar una experiencia de mucha tensión nerviosa para los testigos. Su mayor sufrimiento es la espera fuera de la sala del juzgado. Muchos tribunales en Inglaterra y Gales tienen un servicio testimonial dirigido por el Plan de Ayuda a las Víctimas. Este brinda asesoramiento y apoyo confidencial a los testigos y a los familiares de las víctimas que van a los tribunales. Puede incluir visitas al tribunal antes del juicio, suministro de información acerca de la forma en que funciona el sistema o simplemente sentarse junto a testigos en una función de apoyo. Al preparar algún juicio subsiguiente, los investigadores deben también considerar los testigos juveniles, vulnerables o potencialmente vulnerables y su asistencia al juzgado. El testimonio de los videos impide la situación de tensión innecesaria de los testigos menores y brinda el mejor ambiente para asegurar la evidencia total y coherente, sin perjudicar el derecho del acusado a juicio justo. Algunos testigos que son de grupos minoritarios pueden requerir apoyo especial a fin de prepararse para ir a brindar testimonio ante el tribunal.

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Los parientes, los amigos y los asociados con las víctimas pueden también ser testigos. Constantemente, ocurren incidentes en los que tales testigos sufren intimidación, amenazas verbales, y/o violencia física de otros que intentan disuadirlos de brindar testimonio ante el tribunal. Las Fuerzas Policiales tienen distintas formas de protección de testigos y es importante evaluar la magnitud de la intimidación. Se recomienda que los Oficial Superior Investigador consideren el procedimiento policial en relación con la Sección 51(1) y (2), de la ley sobre orden público de 1994, así como otras disposiciones con otros organismos, a fin de reducir la intimidación y las represalias. Si un testigo expresa preocupación por su seguridad personal o es sometido a amenazas, el Oficial Superior Investigador tendrá que ser informado inmediatamente. Algunas Fuerzas tienen Unidades de Protección de Testigos que deben ser contactados y consultados respecto de los cursos propuestos de acción. 2.13 Revisiones periódicas de todas las investigaciones de muertes en ruta Hay que hacer referencia a los planes de acción internos respecto de esta cuestión y para la sección del “Manual de Investigación de Asesinatos”. La siguiente información está sacada de ese manual y enmendada para adaptarla en la investigación de muertes en ruta. “......esta sección tiene como propósito destacar la importancia de revisar en forma periódica los casos viejos. Inevitablemente, incluso una vez que una investigación haya sido descartada, habrá ocasiones en que la información fresca salga a la luz. Esto puede producir que se reabra la investigación. En cualquier circunstancia es una buena práctica revisar en forma periódica casos no detectados de muertes en ruta. Se sugiere que sea llevado a cabo al menos cada dos años.” En particular, el oficial que lleva a cabo la revisión necesitará echar una mirada sobre los avances en las ciencias forenses, que podría abrir oportunidades nuevas de investigación. Las fuerzas deberán establecer los sistemas para asegurar las revisiones periódicas de los casos de muerte en ruta. A fin de cerciorarse de que esto sea hecho en forma efectiva, todas las muertes no esclarecidas deben acreditar la investigación del Oficial Superior Investigador debido a la falta de continuidad causada por la promoción, el retiro, etc. del Oficial Superior Investigador. Luego de la detección o la decisión de terminar una investigación, hay que realizar una reunión y asegurar que “todas las lecciones aprendidas” sean registradas para futuras referencias. Información y retroalimentación a terceras partes. Para mejorar el nivel de investigación e impedir muertes y heridos a futuro, es preciso que se transmita cualquier información que pueda resultar útil para otras investigaciones y organismos con responsabilidad en la seguridad de caminos. En particular, la información relacionada con una gama especial de la investigación debe ser transmitida a la National Crime & Operations Faculty de manera tal que la información sea difundida a otros. Del mismo modo, otros organismos tales como las autoridades de autopistas y los fabricantes de vehículos pueden estar interesados en cuestiones relacionadas con la seguridad futura y actual de caminos y vehículos. Difundir la información que aporta soluciones. En ciertas situaciones, puede resultar necesario informar a otros organismos, incluyendo los planes de acción con información esencial antes de finalizar la investigación a causa de los daños potenciales involucrados si la información no es difundida oportunamente. Tales instancias incluyen problemas con la infraestructura de caminos, los defectos de vehículos o las cuestiones relativas a la salud y seguridad.

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2.14 Información sobre el proceso e información a terceras partes Para mejorar el nivel de investigación e impedir futuras muertes y heridos graves es necesario brindar toda información sobre el proceso, que pueda ser útil a otros organismos de investigaciones con responsabilidad en la seguridad de caminos. En particular, la información concerniente a un tramo de investigación que debe ser informado a la Facultad de Operaciones y Delitos Nacionales, de manera tal que dicha información pueda ser difundida a otros, como a otros organismos tales como las autoridades de carreteras y seguridad de caminos y vehículos. 2.15 Difundir información esencial para tomar soluciones En ciertas situaciones, puede resultar necesario informar a otros organismos, incluyendo a la policía información esencial antes de finalizar la investigación, por los peligros potenciales que se presentan, si esa información no es divulgada en un tiempo debido. Tales instancias pueden incluir problemas con la infraestructura de la ruta, los defectos del vehículo o los temas relacionados con la salud o la seguridad. 3 OTRAS CONSIDERACIONES SOBRE LA INVESTIGACIÓN Es importante que el Oficial Superior Investigador tenga conocimiento del amplio rango de delitos potenciales, que probablemente hayan sido cometidos durante el curso de eventos que terminen en una muerte en ruta. Una gran cantidad de cuestiones y delitos se detallan debajo. El Oficial Superior Investigador debe contar con un conocimiento sólido de todos los delitos de accidentes de tránsito, pero el que cometió el perjuicio no debe sentirse obligado a usar otros delitos no relacionados con el accidente de tránsito y pedir asesoramiento de otros. 3.1 Homicidio sin premeditación Hay una cantidad de puntos que el Oficial Superior Investigador debe tener en cuenta antes de catalogar un delito como homicidio sin premeditación. El homicidio sin premeditación, por ser "involuntario" es considerado de tal manera. Es juzgable, solamente cuando es un delito clase 2, y tiene una sentencia máxima de prisión perpetua. Este tipo de homicidio se define como "crimen involuntario sin premeditación". Esto es de poca ayuda práctica y no define qué tipo de crimen, ante la ausencia de premeditación, es considerado ilegal. Las recientes orientaciones judiciales sugieren que hay dos categorías de esta clase de muerte que son consideradas ilegales y que representan homicidio sin premeditación. Estas son muertes por un acto ilícito probablemente para causar un daño corporal. "Hecho ilegal" u "Homicidio sin premeditación deducido", y la muerte por una negligencia grave, "homicidio por negligencia grave". Hay que considerar un punto más al tratar la "imprudencia". El discurso de Lord Mackay LC en R. v Adomako (1995) I AC 171 reestableció la prueba de negligencia grave, en lugar de negligencia en homicidio no premeditado incluyendo una violación hacia la víctima. También se sostuvo que la prueba de negligencia grave era de aplicación general. Por lo tanto, no debe haber ninguna prueba separada para el homicidio no premeditado con vehículo. 3.1.1 Homicidio sin premeditación: asesinato por acto ilícito Puntos a probar: Que el acto del demandado causó la muerte de la víctima Que el acto del demandado constituye un delito criminal en sí mismo, lo cual requiere la prueba del

propósito o intención criminal o algún estado mental culpable, es decir, daño o asalto delictivo

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Que el demandado tenga la intención o propósito criminal relacionado a ese acto ilícito que causó la muerte de la víctima, es decir, intención o negligencia

Que el acto ilícito del demandado sea objetivamente reconocido como causante de algún daño físico a la víctima, aunque no haya sido un daño serio.

Preguntas a responder: ¿Fue el acto la causa de la muerte? ¿Fue el acto intencional o por imprudencia? ¿Fue el acto ilícito, hecho en forma negligente o que haya producido la muerte? ¿Fue el acto en que cualquier persona razonable se daría cuenta de que dicho acto iba a producir un daño

físico, aunque no sea un daño serio? Las cuatro preguntas deben ser respondidas afirmativamente antes de considerar la acusación por homicidio con premeditación. 3.1.2 Homicidio con premeditación por negligencia grave Puntos a probar: Que el daño grave fue predecible y por lo tanto el demandado tenía el deber de cuidar a la víctima. Que el acto del demandado u omisión fue la violación de ese deber. Que el acto del demandado u omisión causó la muerte de la víctima. Que la violación del deber se caracterizó por una negligencia grave. Que en todas las circunstancias, el riesgo de muerte comprendido hizo que la conducta del demandado

resultara tan perjudicial que representara un acto criminal u omisión. Preguntas a ser contestadas: ¿Es el daño grave ocasionado previsible por una persona razonable al realizar dicha conducta? ¿Era la víctima una clase de persona que el demandado debería razonablemente haber contemplado que

con su conducta iba a afectarla? ¿Fue la conducta en cuestión adversa a la víctima? ¿Produjo la conducta adversa del demandado la muerte de la víctima? Convirtió la conducta adversa del demandado y el riesgo de muerte de la víctima en conducta criminal? Estas cinco preguntas necesitan ser respondidas en forma afirmativa antes de considerar la culpa por homicidio sin premeditación por negligencia grave. Otras cuestiones. La Sección 170 de la Ley 1988 sobre tránsito en ruta pone una obligación en un conductor involucrado en una colisión en donde se causa una herida personal a una persona que no haya conducido el vehículo chocado. Es posible discutir, si el conductor no llega a detenerse, sabiendo que una herida grave lleva a la muerte si no fue atendido por un médico, y seguidamente la persona muere de sus heridas debido al no cumplimiento deliberado o negligente de la sección 170 de la ley 1988, entonces se puede justificar la acusación de homicidio no premeditado. En R v Mitchell (1989) RTR 186, la corte sostuvo que las pautas Boswell, aunque importantes, no cubrían todo el espectro, y cuando había un elemento de hostilidad entre el conductor y su víctima, la corte tenía el derecho de tomar en cuenta la motivación hostil del conductor para evaluar su grado de culpabilidad. Defensas. En Pommell (1995) 2 Cr App R 607 la Corte de Apelación confirmó que la defensa de la libertad se aplica a todos los delitos excepto al asesinato e intento de asesinato.

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El automatismo y en ciertas circunstancias los defectos mecánicos (en donde un conductor privado del control del vehículo debido a un desperfecto del cual él no haya tenido conocimiento) son defensas legales en los homicidios sin premeditación. 3.2 Manejo peligroso En los casos de Cooksley, Stride, Cook y Ag Ref No.152 del 2002 escuchados en la Corte de Apelaciones el 3 de Abril de 2003, la Corte emitió nuevas pautas en la sentencia de los casos en que se originó la muerte por manejo peligroso e imprudente bajo la influencia de drogas o alcohol, asesorada por el Panel de Consejo en febrero de 2003, la Corte declaró en su pronunciación,"El Panel declara una serie de factores agravantes o mitigantes. Estos son más abarcadores que los establecidos en Boswell. Los adoptamos pero no deben ser considerados como una declaración exhaustiva de los factores. Además, es importante apreciar que la importancia de los factores puede diferir. Pueden existir casos con tres o más factores agravantes, que no son tan serios como un caso que brinde un mal ejemplo de un solo tipo. Son los siguientes: Factores agravantes Caracterización de alta culpabilidad en la conducción en el momento del delito a) el consumo de drogas (inclusive la medicación legal que cause somnolencia) o de alcohol, desde unos pocos tragos hasta una embriaguez significativa. b) velocidad altamente excesiva, picadas c) desatención de las advertencias a pasajeros compañeros d) un trayecto prolongado, persistente y deliberado de mal manejo e) manejo agresivo (como es manejar muy cerca de otro vehículo, insistentes maniobras para sobrepasarlo cortándole el paso) f) manejar mientras el conductor está desatento, pudiendo evitarlo, por ej. leyendo o hablando por el celular g) manejar cuando hay condiciones médicas que notablemente perjudican las habilidades del conductor y, éste deliberadamente intenta manejar de igual manera h) manejar cuando no se ha descansado o dormido lo suficiente i) conducir un vehículo mal mantenido o peligrosamente cargado, especialmente cuando esto ha sido motivado por intereses económicos Manejar por debajo de lo habitualmente aceptable j) otros delitos cometidos al mismo tiempo, tales como el manejo sin nunca haber tenido la licencia, manejar sin seguro, manejar si no se tienen las condiciones para esto, manejar un vehículo sin el consentimiento del propietario, conducción de un vehículo robado. k) condenas anteriores por delitos de tránsito, especialmente delitos que involucran el mal manejo o el consumo de alcohol en forma excesiva antes de conducir Resultado del delito.

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l) más de una persona muerta como resultado del delito (especialmente si el ofensor a sabiendas puso en riesgo a más de una persona o si la ocurrencia de muertes múltiples era previsible) m) heridas graves a una o más víctimas, además de las muertes n) conducta irresponsable en el momento del delito o) conducta en el momento del delito, como no haberse detenido, reclamar falsamente que una de la víctimas fue responsable del accidente, o tratar de arrojar a la víctima del capó del auto para tratar de escapar p) producir la muerte en el curso de un manejo peligroso con la intención de evitar ser detectado para escapar q) delito cometido mientras el conductor estaba bajo fianza Factores mitigantes a) un buen registro de conducción, b) la ausencia de condenas anteriores, c) una declaración de culpa a tiempo, d) arrepentimiento genuino (que puede ser mayor si la víctima es un pariente cercano o un amigo) e) la edad del ofensor (pero sólo en los casos en donde la falta de experiencia en el manejo haya contribuido a la comisión de la ofensa), y f) el hecho de que el ofensor haya resultado herido seriamente como resultado del accidente causado por el manejo peligroso." Aunque esto es dirigido hacia la sentencia, debe usarse como guía al decidir qué cargos deben presentarse. Preguntas a formular: ¿Causó la muerte de la otra persona algo más que una pequeña conexión con el manejo del demandado? ¿Estaba manejando el demandado el vehículo en el momento exacto o posiblemente antes de ese

tiempo? ¿Fue el manejo en la ruta o en un lugar donde el público estaba admitido libremente? Se puede demostrar que: el manejo estaba por debajo del manejo competente y cuidadoso del conductor y ¿Sería obvio que para tal conductor ese tipo de manejo era peligroso? ¿Puede ser demostrado alguno de los factores agravantes? Sin tener en cuenta la condición del vehículo o del conductor, ¿Puede algún conocimiento ya sea real o

constructivo de parte del demandado ser demostrado?

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En Attorney-General´s Reference (No 4 del año 2000) la Corte de Apelación sostuvo que la intención fue irrelevante en los casos de manejo peligroso. La corte declaró que, "Bajo la sección 2A de la ley 1988, hay dos partes de la definición de "manejo peligroso": primero, que la forma de manejar estaba por debajo de un conductor competente y cuidadoso; y segundo, que era obvio que para un conductor competente conducir de esa manera sería peligroso. Estas partes esenciales no requieren ninguna intención específica para conducir peligrosamente. La Sección 2A establece una prueba totalmente objetiva. El concepto de conductor cuidadoso como observador objetivo planteaba la pregunta sobre qué constituía el manejo peligroso dentro del concepto del jurado." Defensas. Automatismo, defecto mecánico y compulsión. 3.3 Conducción imprudente Las normativas conjuntas policiales y del Servicio de Prosecución de la Corona citan los siguientes ejemplos que pueden apoyar un alegato de conducción imprudente. Actos de manejo causados por más de una desatención momentánea y en donde la seguridad de los usuarios de la ruta es afectada, tales como:

sobrepasar por la derecha conducción inapropiada cercana a otro vehículo pasar un semáforo en rojo salir de un camino lateral al paso de otro vehículo doblar hacia un camino más pequeño y atropellar a un peatón comportamiento que hizo que el conductor no esté en posición para responder en el evento de una

emergencia en el camino, por ejemplo: usar un teléfono celular mientras el vehículo está en movimiento, especialmente a cierta velocidad sintonizar la radio del auto leer un diario o un mapa sacar y encender un cigarrillo/cigarro/pipa hablar y mirar al pasajero durante un tiempo que sea más que una desatención momentánea pierna y/o brazo enyesado fatiga/somnolencia

Interesantemente, la norma también dice: "Hay ocasiones raras en donde ocurre un accidente y sin embargo no hay evidencia de algún defecto mecánico, la enfermedad del conductor u otra explicación dan cuenta de por qué sucedió el accidente. En esos casos, la acusación de conducción imprudente resulta apropiada." Un ejemplo de esto es encontrado en el caso de Rabjohns v Burgar (1971) RTR 234. Aquí el demandado no pudo explicar una colisión y los hechos del caso llevaron a una consecuencia inevitable que resultó del manejo imprudente. En esta instancia, el automóvil del demandado chocó contra la pared de un puente, dejando marcas de deslizamiento en el camino. El tiempo era bueno y la ruta estaba seca. No hubo evidencia de inclusión de cualquier otro vehículo o testigo. El demandado no brindó evidencia o dio alguna explicación. La Corte Divisional sostuvo que la única conclusión posible en esta evidencia fue que el demandado condujo imprudentemente. 3.4 Capacidad de manejo disminuida por consumo de alcohol y/o drogas La incidencia de la capacidad de manejo disminuida por consumo de substancias tóxicas va en aumento. La

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investigación inicial de las colisiones fatales en 1985/87, comprobó el predominio de las drogas y/o el alcohol detectado en muestras tomadas de las víctimas. Este ejercicio se repitió en la investigación similar en 1998. La comparación de los resultados reveló que mientras el alcohol era la principal preocupación con más de 20% de casos fatales sobre el límite permitido de ingesta de alcohol, notablemente la incidencia se sextuplicaba con las drogas ilícitas, con un aumento relacionado en la incidencia del uso de múltiples drogas. Procedimiento. La normativa de la Asociación de Oficiales Policiales Jefes sobre colisiones con personas declara que todos los conductores involucrados deben ser examinados con el test del alcohol. Es importante que los investigadores consideren la posibilidad de daño por drogas. Cuando un oficial ha sido debidamente entrenado deberá realizar el FIT (Test de reconocimiento de influencia de drogas en el campo). La participación del conductor en FIT es en la actualidad enteramente voluntaria. No se exige ningún requisito. Se tienen que usar formularios MGDD A-E (el pro-forma nacional alcohol/drogas) para procesar y registrar todos los casos de este tipo. Los formularios proporcionan todos los aspectos del manejo bajo los efectos de drogas/alcohol, inclusive cálculos anteriores, delitos y defensa sobre la técnica del alcohol bajo la ley de Transporte. Los formularios individuales MGDD/F y MGDD/Fa han sido creados para el uso de oficiales capacitados en el testeo de drogas en el campo. Estos formularios pueden solamente ser usados por las fuerzas que participan en el plan. En tanto que cualquier oficial puede arrestar y continuar una investigación bajo la Sección 4 RTA 1988, la capacitación en DRT y FIT es muy recomendada. Las técnicas suministran un enfoque estructurado para la evaluación del daño y la presentación uniforme de la evidencia. 3.5 Capacitación para Reconocimiento de Drogas (DRT, Drug Recognition Training) y Test de Campo de Insuficiencia o Deterioro (FIT, Field Impairment Testing) Las técnicas de testeo y reconocimiento de drogas DRT y FIT son enseñadas a los policías en las fuerzas participativas y fueron desarrolladas después de una investigación en los Estados Unidos de América y con la garantía del Laboratorio de Investigación del Transporte. Un conductor detenido bajo sospecha de haber conducido con capacidad disminuida, o después de un accidente o de haber cometido una infracción de tránsito, tendrá que pasar por el test de alcoholemia. Cuando éste dé negativo pero aún el problema subsiste, el conductor deberá pasar por una serie de tests para recoger información adicional acerca del grado de la droga usada. Ejemplo de tales drogas:

Cannabis Opiáceos Estimulantes CNS (ej. cocaína, anfetaminas, éxtasis) Depresivos CNS (ej. benzodiacepina) Alucinógenos (ej. LSD, hongos mágicos) Inhalantes

Las diferentes drogas producen signos determinados en un usuario y éstos pueden asistir a identificar al grupo principal de drogas. Por ejemplo, los opiáceos pueden dar lugar a pupilas contraídas, mientras que los estimulantes CNS producen pupilas dilatadas. Algunas se superponen entre los signos y síntomas que pueden ser esperados, pero cada grupo de drogas es suficientemente individual para que se llegue a una única opinión. Los signos incluyen coordinación disminuida, habla dificultosa, somnolencia, picazón facial. En tanto que la capacitación sobre el reconocimiento de drogas suministra el conocimiento para reconocer la

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presencia de drogas (por ejemplo, una apreciación de las implicaciones de la comezón facial) es la relación con los test de disminución de la capacidad en campo lo que mejorará la evaluación de cualquier daño consecuente. El test de capacidad física debe ser realizado solamente por personal totalmente entrenado y autorizado. 3.6 Fatiga Cualquier conductor que se deje vencer por la fatiga o el cansancio y se quede dormido al volante es culpable al menos por manejo negligente (Kay v Butterworth 1946 - 110 JP 75). La Sociedad Europea para la Investigación del Sueño (J.A. Home & I.A. Reyner) ha descubierto que la fatiga en los conductores es la causa de al menos 10% de todos los choques en caminos, y del 20% de los choques en rutas. Las colisiones relacionadas con el sueño muy probablemente terminen en muerte y heridas graves, pues ocurren a alta velocidad y los conductores no frenan. La investigación ha demostrado que los conductores no se quedan dormidos repentinamente sin aviso. Siempre hay una sensación muy característica de sueño mucho antes. La fuerza de voluntad, el abrir las ventanillas o escuchar la radio para tratar de mantenerse despierto tienen muy poco efecto para reducir la sensación de sueño. El momento del día es un factor crucial en los casos de somnolencia del conductor, pues la mayoría de las colisiones ocurren entre las 2 y 6 de la madrugada y las 2 y 4 de la tarde, cuando el reloj biológico está en sus puntos bajos. Las colisiones son más probables si la conducción es de noche tarde o después de un largo día de trabajo, especialmente si el viaje cubre largas distancias en condiciones monótonas, como es conducir en autopistas. La edad es también un factor importante, siendo los hombres jóvenes (especialmente entre 18 y 30 años) los que más están en riesgo. Ciertos grupos de conductores, tales como los trabajadores en turnos de noche, los pilotos, la tripulación de cabinas, los choferes profesionales, los estudiantes, los médicos y enfermeras, los oficiales de policía, los agentes de venta, corren más riesgo de tener colisiones por causa del sueño debido a la falta de un buen descanso o las horas de trabajo extras. Los datos recogidos de las colisiones relacionadas con el sueño sugieren que el siguiente criterio puede aplicarse: Niveles de alcohol El vehículo salió del camino o chocó con la parte trasera de otro vehículo No hubo signos de frenar antes (no hay marcas de deslizamiento) No hubo defecto mecánico o la explosión de algún neumático El tiempo era bueno y la visibilidad clara La velocidad y la conducción demasiado cercanas al vehículo que estaba enfrente son eliminadas como

causantes El oficial de policía en la escena sospechó de la somnolencia como la causa principal Que durante algunos segundos antes de la colisión el conductor podía haber visto claramente el punto de

salida o el choque del vehículo, lo cual implicaba una desatención prolongada en vez de una distracción momentánea.

La mayoría de los conductores en este tipo de colisión generalmente niegan haberse quedado dormidos. La negación de haberse quedado dormido proviene del temor a un juicio o a la pérdida de la indemnización del seguro, o que no tenían conocimiento alguno de que se hubieran quedado dormidos. El Oficial Superior Investigador debe conocer que el cansancio puede resultar un factor causal de la colisión y deberá investigar

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todos los precedentes tales como, las horas trabajadas, el tipo de trabajo realizado, las condiciones médicas y el uso de medicamentos prescriptos. 3.7 Responsabilidad corporativa Los delitos pueden ser cometidos no solamente por un individuo sino también por empresas. Bajo la ley, una corporación es definida como una persona de derecho y por lo tanto puede ser penalmente responsable por delitos estrictamente delimitados. En cualquier investigación de muerte en ruta, el Oficial Superior Investigador debe considerar toda responsabilidad o culpabilidad alegada por la muerte ocurrida. Habrá ocasiones en donde es evidente que los tipos de trabajo, las prácticas ilegales o peligrosas han contribuido a la muerte. Será durante tales investigaciones, que un Oficial Superior Investigador pueda considerar la responsabilidad respecto de organismos corporativos y/o responsabilidades personales de oficiales dentro de esos organismos. La investigación de la responsabilidad corporativa no estará limitada a las investigaciones de las preocupaciones comerciales, pero incluirá cualquier organización en donde exista una relación empleado / empleador y donde corresponda un "deber de cuidado" del: empleador hacia el empleado empleado hacia sus colegas empleador hacia cualquier persona afectada por su trabajo empleado hacia cualquiera persona afectada por su trabajo (incluyendo a otros empleados) Hay poca legislación en el derecho penal sobre el tema del homicidio culposo por negligencia. Cada caso en cuestión de hecho y grado debe contemplar si un demandado determinado ha sido negligente, hasta el punto de que su negligencia haya derivado en responsabilidad criminal, y si tal negligencia grosera ha producido la muerte. El jurado debe estar satisfecho respecto de esto y el "deber de cuidado" es una cuestión de derecho para que el juez oriente al jurado. Los elementos requeridos para establecer la negligencia son: la existencia de un deber de cuidado el incumplimiento de dicho deber pérdida proveniente de ese incumplimiento. (respecto del homicidio sin premeditación la "pérdida" es la

muerte) Cualquier investigación debe establecer: que el demandado tenga un deber de cuidado hacia la persona muerta. que el demandado no haya cumplido dicho deber, y en consecuencia se llegue a la muerte. que la negligencia del demandado fuese tan grosera que un jurado considere justificada una condena

criminal. Algunos ejemplos de conducta que podrían justificar una condena criminal: Indiferencia hacia un riesgo de lesiones - ej.: un operador que no tenga un sistema regular de controles

preventivos. Apreciación de un riesgo -junto con la determinación de correr ese riesgo- ejemplo, un ingeniero de planta

o el director de una compañía que identifique un defecto en un vehículo y permita que dicho vehículo salga de fábrica antes de que se haya reparado el defecto.

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Apreciación de un riesgo junto con la intención de evitarlo y con un alto grado de negligencia en la prevención, de modo que el jurado llegue a condenar - por ejemplo, cuando un defecto es identificado y para rectificarlo se hace una reparación "parcial", porque el repuesto cierto no está disponible.

La desatención o la falla al evitar un riesgo grave que fuera más allá del simple descuido sobre una materia obvia e importante, cuyo deber el demandado debiera haber atendido- ej. gerentes de transporte y directores de compañías que no aseguren a los conductores el trabajo de las horas reglamentarias y tener los períodos de descanso diario y semanal.

Un objetivo de la investigación es determinar si hay una clara línea de causalidad y el efecto de la "dirección o el control de la(s) mente(s)" hacia un acto ilegal o su omisión. Este es el elemento clave que permite la inculpación de cualquier individuo que ejerza "una dirección o control de mentes". No obstante, el equipo investigador debe mantener una mentalidad abierta. Es posible que un individuo intente enmascarar su acto criminal como consecuencia de las instrucciones u órdenes dadas por otros individuos en una compañía u organización. 3.8 Uso de la legislación sobre salud y seguridad Si la investigación de una muerte en una ruta incluye contemplar prácticas de trabajo que parecen ser ilegales o peligrosas, o haber sido aplicadas en forma negligente, entonces el Oficial Inspector Superior necesitará establecer una conexión inmediata con el Ejecutivo de Salud y Seguridad. El (ESS) es un cuerpo estatutario establecido por la ley de 1974 sobre Salud y Seguridad en el trabajo. El ESS es responsable por hacer arreglos convenientes para el cumplimiento de la legislación sobre salud y seguridad y tiene una función importante, en todas las investigaciones, que tratan sobre una muerte relacionada con el trabajo. El marco legislativo de "deber de cuidado" ha sido establecido por las disposiciones de la Ley de 1974 sobre Salud y Seguridad en el Trabajo (HSW 74) Los Oficiales Inspectores Superiores deben enterarse de todas las disposiciones de dicha ley y considerar el pronto tratamiento con el Ejecutivo de Salud y Seguridad, para determinar si hay otras leyes penales que se adaptan más para el caso o si los procedimientos de la ley HSW 74 son más apropiados. Las Disposiciones sobre Daños, Enfermedades e Incidentes Peligrosos de 1995 (RIDDOR) definen las circunstancias en las cuales se debe avisar al HSE (ESS) de un accidente en ruta. Los Oficiales Inspectores Superiores pueden encontrar útil la información para el ESS, en una etapa primera y establecer la primacía o su papel dentro de la investigación. La Regulación 10 (2) declara: los requisitos de las regulaciones 3 y 4 relacionadas con la muerte o daño de una persona como resultado de un accidente, se aplicará a un accidente que provenga de la dirección de un vehículo en ruta solamente si esa persona: resultó muerta o sufrió un daño como resultado de la exposición a una sustancia que fue transmitida por el

vehículo; o se involucró, se mató, o sufrió un daño como consecuencia de las actividades de otra persona que estaba

en el momento del accidente involucrado en el trabajo conectado con la carga o descarga de algún artículo o sustancia.

Aunque es probable que el HSE se enfoque en procedimientos operacionales, las evaluaciones de riesgos y la Salud y Seguridad en el trabajo, es muy probable que sean las mismas áreas que investigará el Oficial Superior Investigador. Así, habrá una investigación paralela, con ramificaciones importantes que descubrir.

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La Salud y la Seguridad en la legislación laboral tendrán que ser consideradas y los temas tales como: las horas de trabajo del oficial principal, tanto en ese día como en los días siguientes, las actividades de los otros oficiales policías, los programas de mantenimiento vehicular, las instrucciones internas de la fuerza sobre el uso de los vehículos y la capacitación de los conductores, como muchos otros factores pueden ser elementos probatorios importantes y deben ser conservados como tal. El HSE (ESS) probablemente tenga la necesidad de que se lleve a cabo una investigación paralela. Cuando este es el caso, hay que tener cuidado especial al descubrir material sin usar. El acuerdo del Director de las Prosecuciones Públicas será requerido para el uso de HSW74 por una fuerza policial investigadora. Esto es porque el HSW74 coloca la carga de la prueba (sus acciones fueron razonables) en el demandado. Es importante observar que "el deber de cuidado" se aplica a las Fuerzas Policiales y Oficiales desde la introducción de la Ley de Policía de 1997 (Salud y Seguridad). Cualquier Fuerza Policial es un organismo corporizado. Se reproduce en Apéndice G un protocolo conjunto para la investigación del trabajo respecto de las muertes, en ACPO, CPS, BTP, LGA y HSE. 3.9 La ruta El diseño de la ruta, sus instalaciones y características, además de su estado de mantenimiento puede todo contribuir a la producción y a la gravedad de la colisión. No obstante, cada uno de estos factores (y en realidad, la relación entre ellos, debido a que una colisión se define como un hecho en donde se encuentra muchos factores) es complejo y es un campo en donde se obtiene el asesoramiento de ingenieros especialistas que demostrarán ser sumamente valiosos, permitiendo una investigación para los temas clave de la ruta en una primera instancia. El desempeño de las autoridades viales responsables, en donde ha habido un tratamiento importante durante tal investigación. Deberes y potestades de las autoridades viales. La autoridad vial tiene un amplio rango de deberes y potestades declarados en una innumerable cantidad de leyes parlamentarias y regulaciones. Además, los códigos nacionales y locales de la buena práctica. Los deberes estatutarios son absolutos y obligatorios, es decir, deben ser cumplidos. Un ejemplo sería: el

deber de una autoridad vial de mantener la ruta en los términos Sección 41 de la ley de rutas 1980. Más deberes están contenidos dentro de la legislación tales como: la Ley sobre regulación del tránsito de 1984, los Nuevos Caminos y Trabajos en las Calles, ley de 1991 (NRSWA) (Códigos de Práctica en la reinstalación de excavaciones en el camino).

Las potestades pueden ser ejercidas cuando se considere apropiado. Sin embargo, si se ejerce una

potestad, por ejemplo, llevando a cabo la mejora de rutas, entonces hay un deber de mantener las obras resultantes.

Cuando ha ocurrido una colisión y la ruta está comprometida, entonces la autoridad vial deberá demostrar

que se tomaron las medidas razonables para justificar que la seguridad del usuario de la ruta no estaba comprometida. Hay que destacar que al determinar si se han tomado las medidas razonables en cualquier camino en particular, es necesario considerar el carácter del mismo y la naturaleza del tránsito que lo recorría, es decir, no todos los caminos deben tener el mismo patrón de mantenimiento. El primer conocimiento de la autoridad de la ruta sobre la misma es también de gran importancia, ejemplo, el registro de la colisión, si alguna queja había sido recibida de los consejos locales o públicos, y cuando las inspecciones y los estudios del camino hayan sido realizados.

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Las autoridades viales tienen el deber de asegurar, tanto como resulte razonablemente practicable, que el recorrido seguro a lo largo de la ruta no se halle obstaculizado por la nieve o el hielo. En Goodes v East Sussex County Council (2000) RTR 366 HL, la Casa de los Lords (la Cámara Alta) declaró que "es deber de la autoridad de una carretera mantenerla en buenas condiciones de uso y hacerla transitable para el tráfico común en todas las estaciones del año sin peligro causado por su condición física, pero no incluía el deber de impedir la formación de hielo o para eliminar la acumulación de nieve en el camino..." Una investigación profunda en el desempeño de la autoridad del camino buscará generalmente respuestas a las siguientes preguntas clave. ¿Resultaron los planes de acción, los procedimientos y las prácticas desarrolladas por la autoridad de la

autopista, razonable y bien considerada, en el momento en que se tomó en cuenta los deberes estatutarios, las potestades y la mejor práctica local?

¿Los planes de acción, los procedimientos y las prácticas desarrolladas por la autoridad de la ruta fueron

coherentemente llevados a cabo? ¿Actuó la autoridad de la ruta razonablemente en respuesta a toda la información pertinente que tenía

disponible? Para responder a las preguntas anteriores, es necesario conseguir dicha información específica de la autoridad de la ruta. Esta es un área en donde la asistencia del especialista puede ser sumamente útil, para desarrollar listas detalladas de documentos e información que serán buscados y obtenidos de la autoridad de ruta y otros organismos. La obtención de información de una autoridad de ruta generalmente llevará tiempo, de manera tal que es vital que el pedido sea concreto, bien determinado y en tiempo oportuno. Se puede identificar cuatro grupos distintos de documentación. Alto nivel, confirmaciones de los planes de acción - ejemplo."Un Consejo de Condado activamente

respaldará el movimiento seguro del tránsito en todo el Condado". Tales afirmaciones están generalmente contenidas dentro del Plan de Transporte Local de la autoridad, folletos de servicio público.

Planes de acción de mantenimiento y normas – ejemplo,. "el pasto de la carretera será cortado cuatro

veces al año" o "cualquier bache que el público denuncie debe ser reparado en 24 horas". Tal información está generalmente contenida dentro del Plan de Mantenimiento de Carreteras, Plan de Mantenimiento de Invierno, Plan de Iluminación de Calles, Plan de Seguridad del Camino.

Procedimientos de autoridad, ejemplo, "los resultados del test de deslizamiento serán analizados dentro

del mes de recepción", y los programas de trabajo/priorización del trabajo – ejemplo, la aplicación de planes para realizar un programa de obras de prevención y de investigación de colisiones. Tal información es generalmente hallada en los procedimientos de calidad, memorándums internos, archivos de procedimiento y manuales, etc.

Registros de trabajos – ejemplo: órdenes de trabajo, facturas, planillas de trabajo, registros de

obligaciones, entradas diarias, instrucciones para los contratistas/consultores, Registros de Inspección – ejemplo: planillas de inspección/impresiones, Registros de Atención del Cliente- ejemplo, planillas de llamadas y correspondencia (incluyendo planillas de actividades fuera de horario)

Los contratos con los agentes y los contratistas especialistas pueden también ser pertinentes para todos estos cuatro grupos de documentación. El análisis de la documentación y la información obtenida es obviamente la etapa siguiente y se recomienda

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el uso de especialistas (tales como TRL) para esta función. Generalmente, un especialista podrá ofrecer la opción de: una observación verbal preliminar sobre el desempeño de la autoridad de carretera basándose en una breve evaluación de la información obtenida; una carta de asesoramiento sobre temas clave de carreteras/el desempeño de la autoridad de carretera; y en último lugar un informe técnico completo. Geometría del camino. Esto tendrá finalmente un efecto sobre las percepciones y acciones de un usuario del camino. Se requiere que el camino sea diseñado según las normas nacionales en cuanto diagramación y visibilidad, aunque muchos de las más recientes normas no fueron retrospectivamente aplicadas a los caminos existentes. Por lo tanto, es importante considerar la adecuación a las normativas durante una investigación. Ayudas para la circulación y la seguridad (señalización, líneas blancas y señales de tránsito fluorescentes) La provisión, la integridad y la condición general de estas características tienen un efecto importante sobre la percepción fortuita del usuario de la carretera. Es importante durante cualquier investigación asegurar la presentación de tales características en la escena de la colisión, en el momento de la misma y cuando resulte posible, la fecha de la provisión, y cualquier factor que tenga influencia sobre la elección de tal característica y su emplazamiento. El estado de las líneas blancas y las señales obligatorias del camino son sumamente importantes en zonas rurales no iluminadas. Visibilidad en curvas y cruces. El mantenimiento apropiado del pasto y la vegetación a los costados del camino es vital para que los usuarios realicen maniobras seguras en las curvas y cruces. Trabajos en rutas y en calles. La calidad de los sistemas de dirección del tránsito (ejemplo; señalización, iluminación y contracarriles) en los sitios que se lleven a cabo obras de mantenimiento es una preocupación constante. Los requerimientos y el asesoramiento para el manejo del tránsito en el Capítulo 8 del Manual de Señales de Tránsito y otra documentación sobre asesoramiento son generalmente muy complejos. Se debe observar que el incumplimiento del Capítulo 8 o el código de práctica bajo la sección 65 de la Ley 1991, sobre nuevas obras en calles y caminos (especialmente respecto de la reducción en las distancias de precaución o la falta de suministro de luz artificial a las señales y conos cuando es necesario) tiene el potencial de tener un efecto sobre la seguridad del usuario del camino. La calidad de la excavación hecha por empresarios autorizados puede tener también un efecto sobre la seguridad de los usuarios vulnerables en caminos, ejemplo, los motociclistas y los ciclistas Mantenimiento de los sistemas de desagote de las carreteras. Hay una cantidad de actividades de mantenimiento que son llevadas a cabo por la autoridad de la ruta en forma rutinaria. Estas incluyen la limpieza/vaciamiento de los dispositivos de desagote con la intención de que las rutas o carreteras no se vuelvan inseguras por la presencia de agua en superficie. No obstante, el concepto de conocimiento anterior entra en juego. Si la autoridad de la ruta tiene conocimiento de que un área o sitio se inunda constantemente durante o después de la lluvia, es de esperar que el sistema de desagote sea revisado. Es importante que cualquier investigación de una colisión en donde haya presencia de agua en superficie, se determine la extensión y profundidad del agua y la causa del agua en superficie (ejemplo: un badén tapado o una zanja lateral que esté desbordada) Resistencia al deslizamiento de la superficie del camino. La interrelación entre la rueda de un vehículo y la superficie del camino y la resistencia al deslizamiento de una superficie son temas sumamente complejos. La autoridad de carreteras generalmente realiza la evaluación de la resistencia al deslizamiento en superficie mojada de una determinada red de caminos (pero no en todos los caminos), usando una máquina SCRIM. Vale la pena observar que hay otros métodos disponibles para medir dicha resistencia en un lugar que tenga un alto índice de choques. Recientemente la policía ha hecho un test de deslizamiento post-colisión para comparar los resultados obtenidos con los instrumentos usados por la autoridad de las carreteras. Es importante que durante la investigación de una colisión con deslizamiento, asegurarse cuándo la resistencia del deslizamiento de la superficie ha sido tomada. Es también importante observar que cualquier

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contaminación de la superficie del camino (por aceites, solventes, barro) tiene la posibilidad de producir un efecto drástico sobre la resistencia al deslizamiento. Por lo tanto, es necesario establecer la fuente e, idealmente, la composición exacta de cualquier contaminante encontrado en la escena de la colisión. Sistemas de contención (por ejemplo: barreras, contracarriles, vallados de seguridad) Hay pautas precisas que delimitan el tipo, la especificación y la ubicación de las características arriba mencionadas. Sin embargo, debe observarse que tales sistemas son solamente diseñados para retener determinados vehículos en ciertas condiciones de impacto. En la escena de una colisión que involucre un vallado de seguridad, la definición exacta de la configuración y las posiciones del vallado es esencial. Lo que está protegido por la valla (es decir, una señalización o un terraplén) debe también ser detallado. Cuando ha ocurrido una ruptura del vallado, se recomienda la obtención de pernos, arandelas y cualquier otra sección dañada. El efecto del clima adverso (por ejemplo: inundaciones, hielo, nieve, calor excesivo) Este es un campo muy especializado, pero el clima adverso es un factor causante de colisiones en la ruta. Es importante considerar si la autoridad de la autopista debía contar con un conocimiento razonable acerca del clima adverso antes de presentarse y de ser capaz de hacer algo para mitigar sus efectos (incluyendo los mantenimientos de rutinas anteriores de las características del sistema de desagote o la realización de operaciones de precaución con sal). Con respecto a las heladas, el hielo y la nieve, la relación entre la temperatura del aire y el camino es sumamente compleja, y el área afectada puede ser muy localizada. Las investigaciones deben enfocarse hacia la autoridad de la carretera, por si éstos tenían conocimiento de que la colisión podría haber ocurrido por el hielo o la helada. El consejo especialista y las operaciones de la autoridad de la autopista antes, o después, de las condiciones adversas del tiempo son importantes. Resumen. La investigación del desempeño de la autoridad de una carretera con respecto al mantenimiento y abastecimiento de la carretera, como componente de la determinación de los factores causales de una colisión de tránsito, es un campo muy especializado. En la misma forma, se recomienda el asesoramiento de un especialista calificado en primera instancia de cualquier investigación para asegurar que sea eficientemente enfocado. Esta sección describe brevemente una cantidad de temas a ser considerados en la evaluación del desempeño de la autoridad de ruta en un accidente.. Los ejemplos de la documentación que probablemente se requieran se encontrarán durante una investigación en el Apéndice "F". 3.10 Asistencia médica Han existido ocasiones en que la asistencia médica negligente ha tenido un efecto perjudicial en el resultado de una colisión seria. Tal negligencia puede producir la muerte innecesaria de una víctima de una colisión. Los Oficiales Superiores Investigadores deben conocer todos los primeros auxilios y tratamiento médico brindado, para asegurar a la familia y al juzgado que todo lo que se hizo médicamente fue del mejor nivel y no aceleró la muerte de la víctima. Los socorristas generalmente tienen buenas intenciones pero a veces pueden ser un obstáculo. Los oficiales deben conocer que falsos médicos y paramédicos han atendido escenas de accidentes. Si algún oficial tiene cierta sospecha que esto es así, hay que pedir la identificación de dicha persona. 4. VEHÍCULOS 4.1 Examen vehicular Esta sección asesora al Oficial Inspector Superior respecto del examen de vehículos en todas sus facetas.

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Cuando se tome una decisión que no involucre ningún aspecto del examen, el Oficial Inspector Superior debe hacer una entrada en el archivo policial explicando las razones. La decisión debe ser revisada en forma regular teniendo en cuenta que cualquier examen no realizado en el momento puede llevar al deterioro de la evidencia o elemento de prueba. 4.1.1 Condiciones mecánicas Es muy importante que una persona calificada examine los vehículos involucrados en cualquier choque fatal o potencialmente fatal, lo antes posible. Los examinadores deben tener conocimiento del plan de acción local en relación con el examen de vehículos. Hay muchos peligros presentes en los vehículos chocados, especialmente aquellos en donde hubo incendio. La salud y la seguridad del examinador deben ser siempre tenidas muy en cuenta. Tener presente que cualquier vehículo a ser examinado ofrezca condiciones de seguridad. El detalle necesario de las partes componentes de un vehículo deben ser anotadas. Muchas colisiones conducen a casos civiles y el examinador puede ser convocado a prestar testimonio muchos años después. En todos los casos en que se estableció la falla de un componente, se debe considerar la posibilidad de conseguir otra opinión más. Los Servicios de Ciencia Forense y otros pueden brindar la evidencia pericial de expertos metalúrgicos y otros técnicos. Los componentes examinados deben incluir:

dirección suspensión neumáticos frenos luces integridad estructural controles del conductor sistemas de cierre puertas y seguridad de los asientos

Esta lista no debe ser agotada. 4.1.2 Vehículos grandes y el rol de la Agencia de Servicios de Operadores El examen de los vehículos comerciales grandes requiere un conocimiento especial. Los examinadores deben ser calificados y estar actualizados para llevar a cabo estos exámenes. El vehículo y las agencias de servicios de operadores (VOSA, Vehicle and Operators Service Agency) tienen un conocimiento especial adicional en instalaciones, que el Oficial Inspector Superior debe considerar. En cualquier caso, los servicios del Inspector son de importancia para asegurar que un vehículo sea recuperado de la escena y llevado a un lugar seguro para su examen. Un examinador de la Agencia de Servicios de Vehículos y Operadores generalmente no tendrá que asistir a la escena de una colisión, si es que hay condiciones de riesgo para su salud. Cuando la Agencia de Servicios de Operadores y Vehículos examinan vehículos en nombre del Oficial Inspector Superior, cualquier componente o muestra sacada de éstos deberá ser retenida por el Oficial Policial de Muestras y presentado en toda audiencia del tribunal ante el inspector de vehículos. Nada en esta sección tiene intención de impedir acuerdos locales a realizar con la Agencia de Servicios de Operadores y Vehículos.

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La investigación de cualquier colisión grave o fatal es responsabilidad única de la policía, pero la Agencia de Servicios de Operadores y Vehículos tiene responsabilidad ante los Comisionados de Tráfico y el Ministro en relación al uso de mercaderías abultadas y vehículos de transporte de pasajeros. Las dos agencias trabajan juntas con un espíritu de cooperación y de asistencia mutua. Cualquier vehículo que sobrepase los 3.500 Kg y cualquier vehículo de transporte de pasajeros con más de 8 asientos que esté involucrado en un accidente fatal, debe, como cosa corriente, generar una notificación a la Rama de Seguridad de Vehículos y de la correspondiente Agencia en Bristol. La notificación incluirá detalles del//los vehículo(s) y el nombre completo y los detalles de contacto del Oficial Inspector Superior y del Oficial de Investigación. La Agencia de Servicios de Operadores y Vehículos tendrá que tomarse el trabajo de ponerse en contacto con la policía dentro de las 24 horas y tratar la forma en que cualquier asistencia pudiese darse. En investigaciones relacionadas con los emprendimientos, la Dirección de Inspectores puede también suministrar peritos y datos relacionados con la historia anterior de la operación y poder suministrar un asesoramiento. Este respaldo puede particularmente ser útil cuando la operación de transporte se base en una distancia lejana al accidente. 4.1.3 Examen forense ulterior Cuando un vehículo motorizado entra en la esfera de interés político, generalmente es porque se ha cometido un delito y prosigue un enjuiciamiento. La comprobación de la evidencia testimonial puede generalmente ser hecha por un científico forense en un laboratorio u otra locación adecuada. Desde el punto de vista de la escena del crimen, todos los vehículos deberán ser tratados como escenas "móviles", sujetos a todo el intercambio usual de material que se relacione con las escenas "estáticas". El científico forense puede brindar la evidencia en dos etapas de la investigación: Inteligencia - es decir la evidencia que puede ayudar a establecer la identidad del/los vehículo/s

involucrado/s en el accidente Corroboración- es decir la provisión de evidencia que demuestre la relación entre:

- un vehículo motorizado con otro vehículo motorizado, objeto o persona, - un vehículo motorizado con otra escena, y - un vehículo motorizado con una propiedad o personas transportadas en ella.

El contacto de la evidencia de huellas en las colisiones de tráfico en rutas entra en dos amplias categorías. Ítems provenientes de vehículos, por ejemplo, pintura, vidrio, accesorios o marcas de deslizamiento. Materiales, principalmente de origen biológico, depositados por la víctima, generalmente en el vehículo

que la chocó. 4.1.4 Pintura Esto es probablemente el material más común hallado después de una colisión. La fuerza del impacto provoca manchas y desprendimiento de pintura sobre el vehículo. Una vez que se recuperan los pedacitos de pintura, se pueden hacer algunos exámenes. El color, la secuencia de las capas y de la composición de la pintura se comparan con las muestras tomadas del vehículo sospechoso. Estas comparaciones son logradas mediante una variedad de técnicas microscópicas y análisis químicos de la pintura en donde resulte conveniente. Si sólo están presentes manchas de pintura, los exámenes son más difíciles pero se pueden obtener resultados útiles.

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El valor probatorio de la pintura es dependiente de muchos factores tales como, si fue terminada en fábrica o hubo una nueva pintura. La pintura de un vehículo repintado consta de sólo algunas capas y puede proveer una buena evidencia, en tanto que la pintura de fábrica es generalmente de menor importancia y sólo corrobora la evidencia del contacto. No obstante, si hay una transferencia de pintura de uno a otro vehículo, o de la pintura a la ropa de la víctima o si produjo sangre en el vehículo, el valor probatorio se habrá mejorado incluso cuando sea la pintura de fábrica. Para las comparaciones de pintura al menos dos muestras deben ser tomadas de cada vehículo involucrado, uno del área dañada y otra muestra del área vecina, no dañada. Si hay daño en más de una parte del vehículo, hay que tomar más muestras con controles acordes. Siempre asegúrese de que una hoja de escalpelo nueva sea usada para sacar las muestras, y que vaya directamente al metal, de manera tal que la estructura completa de la capa de pintura esté representado. 4.1.5 Vidrio El vidrio roto en muchas colisiones puede resultar una buena evidencia corroborativa de contacto. La evidencia del vidrio resulta útil para ubicar a la gente dentro del vehículo en el momento de la colisión, si el parabrisas o cualquiera de las otras ventanas han sido rotos. Si por ejemplo el conductor deja la escena antes de que llegue la policía, es probable demostrar que él estaba en el vehículo en el momento en que la ventana fue rota. Para hacer esto, la ropa y el cabello sacados del conductor son examinados en cuanto a las partículas de vidrio y cualquier otra que sea comparada con el vidrio roto del vehículo. 4.1.6 Lámparas No ver a otros vehículos o a sus señales puede producir una colisión. El examen de la lámpara rota establece si estaba encendida en ese momento. Si una lámpara no parece haber fallado, el analista quizás desee probar otros circuitos eléctricos importantes. Una lámpara funcionando está muy caliente y de esa manera el filamento está blando y fácilmente deformable, a diferencia de su naturaleza quebradiza cuando está frío. Además, ante la presencia del aire se forma óxido de tungsteno con facilidad y se deposita como un polvo amarillo en las partes más frías de la lámpara. El filamento blanco caliente también disuelve cualquier fragmento de vidrio que toque, formando pequeñas gotas de vidrio. La presencia o ausencia de estos fenómenos posibilita que el científico determine si la lámpara estaba encendida cuando se rompió. Además, la deformación de un filamento blanco caliente ocurrirá siempre que el vidrio de la lámpara no se rompa. Esto resulta posible para expresar una opinión acerca del estado de una lámpara rota encontrada en un impacto grave. El sistema eléctrico que va a las lámparas no será testeado hasta que las lámparas dañadas no hayan sido sacadas. 4.1.7 Plásticos Los materiales plásticos son ampliamente usados en la construcción de vehículos motorizados. Se pueden ver en parachoques u otras cosas exteriores, y generalmente está en forma de grandes partes en el interior y en los tableros de los automóviles. Con las fuerzas extremas ejercidas durante un impacto, el plástico puede ser disuelto por la fricción y transferido a la ropa de la víctima. El tipo de plástico usado para los distintos componentes varía. De manera que los que manchan la ropa pueden usarse para establecer en qué parte del vehículo estaba sentada la víctima.

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4.1.8 Reconstrucciones de las posiciones en el impacto Algunas veces es posible colocar de vuelta dos o más vehículos juntos en la posición que habrían estado al chocar. Esta reconstrucción de la posición del impacto puede presentar una evidencia valiosa pero, bajo ninguna circunstancia, debe intentarse hasta que se haya completado todos los exámenes forenses de los vehículos y los resultados sean conocidos. Hasta ese momento, los dos vehículos deben ser mantenidos aparte, preferiblemente en distintos lugares de guarda. Cuando no se ha podido impedir una colisión es imperativo que se usen lugares de guarda separados para evitar las alegaciones de contaminación de la evidencia, en cualquier etapa de la investigación y del subsiguiente juicio. 4.1.9 Huellas del pedal Es posible que la cubierta del pedal de un vehículo, o el pedal en sí mismo ante la ausencia de una cubierta, imprima su huella en la suela del zapato del conductor. La huella es una consecuencia de la fuerza extrema ejercida durante una colisión. El normal uso de los pedales no daría lugar a estas huellas o impresiones. Las marcas de este tipo en la suela del zapato han sido útiles en algunos casos. Por ejemplo, en una colisión en donde los ocupantes han sido arrojados fuera del vehículo, es posible demostrar quién era el conductor examinando los zapatos. Tales marcas también pueden usarse para demostrar si un conductor estaba acelerando o frenando en el momento del impacto. 4.1.10 Envenenamiento por monóxido de carbono El monóxido de carbono está presente en cantidades importantes en algunos sistemas de escape y en baja cantidades causa somnolencia, dolor de cabeza y náuseas. La exposición a las altas concentraciones lleva rápidamente a la inconsciencia y a la muerte. Este factor no parece ser tenido en cuenta con frecuencia. Un examen oportuno del sistema de escape del vehículo puede dar una indicación temprana de la probabilidad de este tipo de envenenamiento. El Forense de Su Majestad aconseja que si un Oficial Policial tenga conocimiento de cualquier posibilidad respecto del envenenamiento por monóxido de carbono (o de la inhalación de cualquier sustancia volátil), en consecuencia la cuestión debe ser llevada prontamente al patólogo. Algunos test tienen que ser realizados dentro de las 12 horas de la muerte para que tengan algún valor. Cualquier demora en la comunicación podría producir una pérdida de la evidencia en la investigación. 4.1.11 La ubicación de los asientos, espejos y controles Antes de hacer cualquier intento de recuperar algún vehículo, es importante observar la ubicación de los controles de manejo, los interruptores de encendido de tales componentes, como así también la palanca de cambios. Cuando sea necesario cambiar la condición o ubicación de algo que afecte la recuperación del vehículo o el rescate de las personas, hay que hacer todo lo posible para registrar la ubicación original, si es posible mediante la fotografía. El registro de las ubicaciones originales es especialmente importante si los vehículos comerciales más grandes necesitan quitar los frenos para facilitar el remolque. Siempre es preferible volver a presurizar el sistema de frenado para permitir el remolque, en tanto esto resulte posible. 4.2 Dispositivos del Sistema de Transporte Inteligente (ITS) ITS cubre un vasto rango de tecnologías y dispositivos que están diseñados para asistir y respaldar al transporte. Muchas son características comunes en caminos y en vehículos. Pueden variar desde transmisiones sobre el estado del tránsito a través de las radios de los automóviles, o por medio de señales

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matrices o sensores lumínicos de control de tránsito. También abarcan un rango de dispositivos tecnológicos de automóviles con los cuales habrá que familiarizarse como también algunos con los cuales resulta difícil hacerlo. Este campo está avanzando en forma tan rápida que no es real suministrar una información abarcadora en este documento. Algunos avances tecnológicos clave son señalados más abajo y con ciertas cuestiones particulares que se presentan en cada uno. ITS forma ahora una parte integral del auto y cada vez más se convierte en parte de la investigación, suministrando tanto la evidencia como la información, pero también el conflicto potencial y los factores causantes. 4.2.1 Airbags SRS En los últimos años, las "airbags" como dispositivo de seguridad han llegado a ser casi una característica común para todos los vehículos nuevos. Su diseño tiende a minimizar o impedir el daño durante el impacto o colisión. Se debe tener presente que hay una posibilidad, aunque escasa, de que las heridas pueden ser causadas por el mismo despliegue de la bolsa.. Los oficiales deben abstenerse de dar opiniones si una "airbag" debía o no haber sido desplegada. Esta es una cuestión del fabricante. En los casos de muerte en ruta donde se haya desplegado una "airbag", el Forense debe ser notificado, al igual que el patólogo. En tales casos, un Patólogo Forense del Ministerio del Interior puede ser la persona más apropiada para realizar el examen post mortem, dado que es factible establecer la presencia de heridas que no habrían ocurrido si la "airbag" hubiera sido desplegada correctamente. En una rara situación en que los ocupantes queden atrapados directamente contra la "airbag", se deben seguir los siguientes procedimientos:

Desconectar o cortar los cables de la batería No cortar o mover el tubo de dirección hasta que el sistema haya sido totalmente desactivado (recordar

que las "airbags" tienen siempre baterías de "backup"(apoyo)). No colocar el cuerpo o cualquier otro objeto contra el módulo de la "airbag" No cortar el módulo de la airbag.

Para posibilitar un ambiente de trabajo seguro, hay dispositivos mecánicos que se pueden adaptar sobre el tubo de conducción con la intención de restringir el despliegue de la "airbag". Del mismo modo, algunos fabricantes de vehículos colocan interruptores para desactivar las "airbags". Los oficiales deben tener siempre en cuenta a los pasajeros y los impactos laterales, en caso de que las "airbags" no hayan sido desplegadas. 4.2.2 Control de la velocidad crucero Una característica tecnológica, ahora común, que se incorpora a muchos vehículos. Las variantes de esta tecnología puede ahora limitar la velocidad máxima en la que un vehículo puede viajar. 4.2.3 Control de velocidad crucero adaptada Similar al control de velocidad crucero pero usa un radar, una computadora y software incorporados en el vehículo para mantener una distancia preprogramada con respecto al que está enfrente. Esto está actualmente incorporado en algunos vehículos de lujo.

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4.2.4 Frenos adaptados/ABS Los frenos ABS hace muchos años que se han incorporado, pero el sistema de frenos adaptados se usa para reducir la velocidad del vehículo e impedir la pérdida de control. 4.2.5 Sistemas para evitar colisiones Hay una cantidad de sistemas que se han creado y reconocen una situación de peligro, por lo cual realizan una acción para evitar la colisión sin que el conductor se involucre. Un ejemplo del mismo está basado en un sistema de radar que reconoce a un peatón en la calle y realiza una acción para frenar en forma automática. La pregunta que se puede hacer es qué sucede cuando uno de estos sistemas falla o erróneamente no reconoce un riesgo y se produce una colisión. ¿Quién es responsable, el conductor, el fabricante o ambos? 4.2.6 Sistema de llamada de emergencia Este sistema funciona bajo el principio de un teléfono celular incorporado, dentro del automóvil con manos libres, con uno o más botones para generar un 999 o servicio de llamada. Puede también ser capaz de ser activado cuando una "airbag" u otro sensor es activado. Presentan: Contacto oral con un operador 999 Datos de ubicación precisa en el punto en donde el dispositivo fue activado. Alguna información de manejo previo dependiendo del modelo. (Esta información puede ser almacenada

dentro del vehículo o en el centro de servicio). Estos dispositivos pueden usarse para contactar el centro de servicios para otros servicios; por lo tanto, se puede aplicar la cuestión de la distracción del conductor. 4.2.7 Sistemas de navegación satelital Estos presentan mapas y guías en la ruta para los conductores. Pueden variar desde un sistema manual básico que usa un mapa de memoria, hasta un complejo sistema de paneles con conexiones GPS y funciones de congestión de tráfico y manejo activo con todas las variantes intermedias. Puntos a considerar: Factor de distracción si se usa o se cambia antes de una colisión Los datos pueden perderse si se desconecta el sistema. Los datos del viaje pueden recuperarse del proveedor de servicio o de la memoria Esto puede aún ser posible desde un dispositivo manual pero para los sistemas con contacto activo de un

proveedor de servicios, pueden requerir el contacto de la compañía para la información. 4.2.8 Dispositivos de seguimiento vehicular antirrobo. Los dispositivos de seguimiento vehicular oscilan desde aquellos que usan tecnología de radio a GSM (teléfonos celulares) y sistemas de localización GPS. Cuando se activa cualquier dispositivo del vehículo, el centro de monitoreo puede almacenar la información de manejo. Se aplican cuestiones similares a los registradores de datos de viaje. 4.2.9 Grabadores de colisión de datos

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Muchos vehículos, especialmente los vehículos de flotas, vienen ahora con registradores de datos de la colisión (CDRs). Con unas medidas de 13 x 11 x 4 cm., se pueden montar en cualquier parte del vehículo o atornillados al suelo bajo el asiento delantero del pasajero. Además de hacer una contribución importante a la seguridad vial, los administradores de flotas de vehículos han encontrado que los CDRs tienen un impacto positivo sobre el costo directo e indirecto de las operaciones de transporte de sus vehículos. Es importante distinguir el propósito de un CDR de otros dispositivos del panel actualmente en uso que están principalmente diseñados como instrumentos de manejo de flotas vehiculares y que registran datos a largo plazo acerca de la conducción. El CDR solamente registra los 30 segundos antes y los 15 segundos después de la colisión y fue creado para captar una gran cantidad de información a muy alta resolución. El hecho de analizar los datos CDR es brindar al investigador de la colisión la evidencia de eventos adicionales e incontrovertibles inmediatamente antes, durante y luego de la colisión. Las ventajas de tal dispositivo son importantes por el hecho de que brindan información, que es de mayor precisión que la obtenida por los métodos tradicionales de reconstrucción de la colisión y que de otra manera no sería posible. La idea detrás de un CDR es que debe continuamente recibir datos de una cantidad de fuentes que efectivamente fluyen a través de una memoria electrónica, de manera que los últimos 30 segundos están siempre ahí. Estas mismas fuentes de datos también son monitoreadas a través de un algoritmo que busca hechos, que pueden ser interpretados como una colisión. Cuando se detecta una colisión la información que ya está en la memoria es retenida, los siguientes segundos también son registrados y retenidos, después de esto el dispositivo detiene la grabación y traslada los datos acumulados antes y después de la colisión a un archivo de recuperación. Los tipos y la cantidad de datos que podrían ser registrados en un CDR ideal son extensos y algunos arreglos se han hecho para lograr un dispositivo práctico. Por ejemplo, un vehículo, que se aproxima a una superficie rígida, tiene 6 grados de libertad dinámica, pero para la efectividad del costo el CDR monitorea solamente 3 de éstos usando velocímetros longitudinales y laterales y un sensor magnético de guiño, todo integrado en el registrador. Además, recibe una entrada de velocidad desde el velocímetro. Los velocímetros son calibrados cuando el dispositivo es fabricado, y puede, en caso de necesidad, ser recalibrado después de la colisión. La entrada del velocímetro es calibrada en la instalación. Como así también los cuatro canales de datos cuantitativos, el CDR tiene 10 canales de señal que registran el estado de encendido/apagado del equipo en el vehículo. Estos pueden ser conectados de acuerdo con los deseos del usuario, pero hay ciertos dispositivos, que serán casi siempre monitoreados por su propio interés en la investigación de la colisión:

Frenos Indicadores de la dirección Luces (luz alta, luz baja y lateral) Encendido Bocina

Además, la memoria del CDR guardará el único número referencial de la unidad, la ubicación de su instalación, la fecha actual, los datos de calibración y la fecha (hasta el segundo más próximo) en la cual ocurrió el accidente. Los datos registrados en un CDR deben ser manejados a través de un grupo de programas especiales. Principalmente es descargado del CDR usando un programa que posibilite al operador leer las fechas y otra información circunstancial acerca de las grabaciones, pero no más. Un análisis completo de los datos puede solamente ser realizado por el fabricante para asegurar la integridad de la información presentada. Esto brindará un diagrama bidimensional del movimiento del vehículo durante el período de la

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grabación. El diagrama puede ser superpuesto en un plano del área. Un gran capacitor dentro del circuito CDR asegura que hay suficiente energía para operar el grabador, en el caso en que se rompa la conexión a la batería principal del vehículo durante el impacto. Incluso cuando el CDR es retirado del vehículo, los datos almacenados serán conservados durante una cantidad de años y el reloj interno seguirá funcionando. Los grabadores de datos incidentales (IDR) fueron creados para registrar con precisión el movimiento de un vehículo inmediatamente antes, durante y después del incidente. Desde estos datos, los investigadores de accidentes pueden también determinar el uso de las luces y del equipo auxiliar del vehículo en el momento pertinente. Los grabadores de datos del viaje son usados como una herramienta para brindar información, para los operadores de flotas de vehículos como para el uso, la carga y la condición del vehículo. Además, pueden suministrar la historia y el perfil del conductor. La información obtenida del vehículo es transferida al centro operador de la flota, ya sea en tiempo real a través de un teléfono móvil o de otros datos, o en forma periódica, por ejemplo, al volver al depósito. Por lo tanto, la información podría ser guardada en el vehículo o en un centro operativo en cualquier lugar del mundo. Algo o toda la información puede ser enviada a través de los datos conectores al centro de operación de vehículos. Se sugiere que cuando se examina un vehículo y no se puede encontrar el dispositivo, debe mantenerse un registro de las áreas rastreadas para refutar más tarde las demandas que el dispositivo había sido incorporado. El acceso, la obtención y la interpretación de los datos es un tema complejo. Hay que recurrir al fabricante. Este tema llega a ser problemático por la investigación, cuando hay una falta o negligencia en el sistema o uno de sus vehículos. La problemática del conflicto de interés es clara. Esta área debe ser tratada en especial y las decisiones a tomar deben estar de acuerdo con el plan de acción. 4.2.9 Grabadores de datos de la colisión Cualquier vehículo o parte de un vehículo retirado para determinado propósito debe ser tratado como un elemento de prueba y asegurarse un registro total de su continuidad. Debe ser una práctica normal que cualquier componente retirado de un vehículo durante un examen por otro organismo, como la Agencia de Servicios de Operadores y Vehículos, sea conservada por la policía y presentada ante cualquier audiencia judicial como testimonio. Los principios generales contenidos en el formulario MGFSS se aplicarán a cualquier laboratorio usado para el análisis. La recolección de elementos requiere mucho cuidado y atención. Solamente una persona con las habilidades especiales debe ser permitida para recuperar los componentes mecánicos de un vehículo (ej. un mecánico calificado). Bajo tales circunstancias es probable que un Oficial de la Escena del Crimen asista. El siguiente asesoramiento debe ser cumplido cuando así resulte posible: Si se sospecha de una falla mecánica, o si se alega tal cosa, y los componentes deben ser examinados,

intentar obtener todas las partes del componente Si los componentes no pueden ser sometidos al laboratorio directamente, tratar de proteger las superficies

fracturadas de la corrosión pasándoles aceite o grasa. Si la falta de o el exceso de lubricación son la razón de la falla del componente, no debe hacerse. Recurrir al especialista para que examine los componentes.

El examen del especialista en metales puede simplificarse por un examen del resto del daño al vehículo.

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En muchos casos, puede ser más fácil llevar al científico al vehículo que lo contrario. Los neumáticos serán enviados con sus llantas y no debe intentarse volverlos a inflar. Idealmente, se tomará una muestra de fluido para frenos de cada boca de goteo (purgadores), como así

también de la bomba principal dado que el fluido más viejo y más contaminado se encuentra en los cilindros esclavos de las ruedas. Esto está causado parcialmente por la dificultad al eliminar completamente el fluido viejo del sistema, y parcialmente por la ligera permeabilidad de las mangueritas de goma de los frenos al vapor de agua. Esta tarea deberá ser solamente llevada a cabo por una persona calificada, como es el técnico mecánico.

Los caños y mangueritas de los frenos a examinar deben ser enviados completos para desarmar, en vez

de cortarlos. La bomba principal, los cilindros esclavos y los mecanismos servo para frenos deben ser removidos y enviados sin testear, ni desmantelar. El problema mayor con una lámpara es empaquetarla de modo tal que no se dañe. Lo correcto es encintarla y colocarla en el fondo de una caja de cartón.

Cuando hay elementos tales como cascos protectores manchados de sangre, hay que tomar especial

cuidado en su manejo y embalaje para eliminar cualquier riesgo posible para la salud, proveniente del contacto con fluidos corporales. La parte exterior del paquete debe tener la inscripción "riesgo biológico".

Los investigadores deben ser conscientes de los peligros de la contaminación de la escena, quizás por parte de personas que pueden haber estado con un acusado potencial. 4.3.1 Otra asistencia forense La recuperación de fibras y pelos extraños de los asientos pueden confirmar la presencia de gente específica dentro del vehículo. No pasar por alto otras formas de evidencia con valor probatorio. Ejemplos: colillas de cigarrillos (especialmente DNA), boletos de estacionamiento, correspondencia, placas de automóviles falsas si se encuentran, o licencias para conducir falsificadas o alteradas, debería también hacerse una nota sobre el número de chasis del vehículo, los contenidos del baúl y la condición de las cerraduras. Tanta información como resulte posible debe ser enviada en el formulario del laboratorio, dado que la conclusión del científico puede ser modificada a la luz de la circunstancia que rodean a la colisión. 4.3.2 Tacógrafos Como ha sido visto, la investigación de la colisión generalmente incluye el cálculo de la velocidad, las distancias y el tiempo entre los vehículos o un vehículo y otro usuario del camino. En el caso de los vehículos comerciales con muchas ruedas, algunas de las cuales están diseñadas para no trabarse bajo la acción del frenado intenso, los cálculos de la velocidad de las marcas del deslizamiento presentan un problema a menudo complejo e imposible. Afortunadamente, los instrumentos tacográficos incorporados a todos los instrumentos de los transportes de más de 3.5 toneladas en grandes vehículos de transporte de pasajeros presentan un registro permanente de la velocidad del vehículo, las distancias cubiertas y los tiempos tomados en una cartilla. El tacógrafo puede ser, por lo tanto utilizado como "la caja negra de un avión". Esta es una adaptación de su función principal, en especial la obligación de las horas del conductor. El análisis detallado de la cartilla posibilita que la velocidad del camión sea medida en pequeños intervalos al aproximarse a la colisión. Según estas mediciones, se puede realizar una reproducción segundo a segundo de cómo el vehículo se iba desplazando.

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Los investigadores deben también tener presente los siguientes puntos. Las grabaciones de la velocidad en tacógrafos digitales son solamente para las anteriores 24 horas previas y luego son eliminadas. Por lo tanto es imperativo que estos datos sean descargados lo antes posible después de una colisión. Además de los tacógrafos digitales, las tarjetas inteligentes son utilizadas para conductores, oficiales policiales, compañías y lugares de calibración. En la escena, es importante obtener la tarjeta del conductor. Esta deberá contener los detalles de la conducción de vehículos equipados con tacógrafos digitales durante los 28 días previos (max). Se recomienda que las conclusiones no sean sacadas del análisis de una cartilla de tacógrafo, examinada a ojo o utilizando simples analizadores. Hay que considerar que el espesor de la línea en una cartilla de un tacógrafo puede representar 20 segundos - y cuántas cosas pueden suceder en 20 segundos en una colisión. Si las ruedas en un eje se traban durante el deslizamiento (patinaje), no se puede averiguar el análisis preciso de la desaceleración del vehículo, quizás por la cartilla porque el marcador de la velocidad cae inmediatamente a cero. Del mismo modo, el puntero de la velocidad y el marcador de algunos tacógrafos operan tan lentamente que el vehículo llega a detenerse mientras el marcador del tacógrafo todavía retorna a cero. Las cartillas del tacógrafo constan de una capa de cera sobre el papel de fondo de carbónico. El manejo puede fácilmente ensuciarlas. Las cartillas por lo tanto serán protegidas de los rayones u otras marcas y conservadas sin doblar. Otro método bueno es colocarlas entre cartones y dentro de un sobre o caja chata. El uso de cartillas reemplaza la tarjeta inteligente del conductor que conserva los datos para la conducción de todos los vehículos equipados con tacógrafos digitales durante 28 días. 4.3.3 El envío requerido para el análisis forense de la cartilla del tacógrafo Para que se realice el análisis preciso de la cartilla de cualquier tacógrafo, es importante que en la instalación del tacógrafo del vehículo se haga inspeccionar totalmente la cartilla, en cuanto a su integridad y precisión para registrar. Esta verificación debe ser llevada a cabo por personas entrenadas por la Asociación de Oficiales Policiales Jefes (ACPO), generalmente el City & Guilds Institute of London especializado en la calibración de tacógrafos. El simple control del instrumento tacográfico mismo puede no ser correcto. Existen muchos medios de burlar el registro correcto. La alteración de la calibración del tacógrafo ha llegado a ser algo importante desde la introducción del limitador de velocidad. Tal alteración frecuentemente tiene lugar para ocultar el hecho de que un limitador de velocidad ha sido desactivado. Además, hay ejemplos de muchos tipos de dispositivos electrónicos y cables adicionales que se usan para detener el funcionamiento del tacógrafo. Para identificar si la grabación es precisa, o para impedir que un elemento de duda sea introducido más tarde, se recomienda que todo el sistema, los cables y los componentes sean verificados. Todos los laboratorios periciales requieren un nivel mínimo de verificación, inclusive de la preparación de una cartilla de test. La información requerida por todos los laboratorios varía y los requisitos de un laboratorio industrial deben ser controlados antes del envío. 4.3.4 Rastreo de ruta según las cartillas del tacógrafo El examen de las cartillas del tacógrafo puede también brindar otra información útil acerca de la ruta del

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vehículo. En este aspecto, las cartillas de vehículos abandonados pueden revelar dónde la descarga y otras detenciones tuvieron lugar en el momento de esos eventos. Una inspección completa de la cabina del vehículo deberá hacerse en los casos en que las cartillas hayan sido removidas y descartadas. Cuando sea evidente la remoción o el manipuleo del instrumento, habrá que considerar el examen de las impresiones digitales primero. 4.3.5 Envío requerido para el rastreo de ruta según las cartillas del tacógrafo Es necesario responder las siguientes preguntas: ¿Cuándo fue insertada la cartilla en el instrumento? ¿Qué viajes se hicieron? (tiempo y distancias) ¿Cuál es la relación entre el tiempo real y el tiempo del reloj? ¿Está en la hora correcta el reloj, o 12 horas desfasado? (Usar la cartilla) ¿Hay una segunda cartilla en el instrumento? ¿Cuál es la posición precisa de algún lugar relevante?(Referencias en el mapa o mapa marcado) ¿En qué sentido iba el vehículo? ¿Dónde fue el vehículo abandonado? (Referencia en el mapa) De nuevo, ¿En qué sentido iba el vehículo?

Se pueden tomar los siguientes pasos:

Buscar una placa de calibración dentro del cabezal o en otro lado de los detalles de la cabina. Si es posible, pasar la información de probable sospechosos, por ejemplo, direcciones Dar cualquier otra información relevante Si no hay cartillas en el instrumento: Buscar cartillas sueltas en la cabina, en la escena o en el conductor Enviar el protector de plástico del marcador En todos los casos del rastreo de ruta, tratar cualquier envío al laboratorio con el investigador 4.3.6 Limitadores de velocidad en los caminos El examen de cualquier vehículo debe buscar la posibilidad de que el limitador de velocidad haya sido interferido o desactivado. Hay muchos tipos de dispositivos en el mercado y los vehículos más nuevos están equipados con limitadores que operan a través del motor u otros instrumentos electrónicos magnéticos. Algunos operadores/conductores desactivan los limitadores por completo, otros modifican la velocidad a la cual operan. Los métodos de desactivación son tantos como los sistemas. En general, tienden a tener dos cosas en común: Las unidades de control requieren energía eléctrica para operar. La información de la velocidad del vehículo se obtiene del tacógrafo. La detención, o ajuste de la calibración del tacógrafo tiene un efecto sobre la velocidad en la cual funciona el limitador. En este último caso, la lectura de la cartilla del tacógrafo en forma aislada indicará que el limitador de velocidad podría haber sido activado, aunque éste estuviese en la velocidad incorrecta. Por esta razón, nunca se debe hacer una conclusión del comportamiento de un vehículo solamente con el análisis del tacógrafo hasta que todo el sistema, y la veracidad de las grabaciones, hayan sido comprobadas. 4.4 Manipulación del tacógrafo y del limitador de velocidad

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La investigación de una colisión de tráfico grave en donde se encuentre un vehículo comercial equipado con un tacógrafo y/o un limitador de velocidad no puede estar completo, a menos que se haya realizado un examen profundo de estos sistemas. Las velocidades excesivas son disimuladas alterando las calibraciones del tacógrafo, mientras que el tiempo excesivo de manejo es alterado desactivando el tacógrafo. A pesar de los requisitos EC para diagnosticar los tacógrafos diseñados a fin de indicar las interrupciones de energía y de las señales, el operador determinado ha creado varios métodos para superar estas medidas de seguridad. Algunas son muy básicas en tanto que otras son muy complejas. La reconstrucción de una colisión que incluya la calibración de un tacógrafo y el análisis de la cartilla estarían incompletos si la integridad del sistema del tacógrafo no ha sido analizada. Un examen completo puede revelar si el sistema ha sido interferido. Esto sugiere que el conductor que aparentemente había descansado bien en la semana o durante el día, puede muy bien haber estado conduciendo en forma continua durante largos períodos, de manera tal que esté peligrosamente cansado. Esto podría brindar una información valiosa al entrevistador, especialmente en colisiones en donde esto parece no ser la causa evidente. Una "Guía para la Interferencia del Tacógrafo y del Limitador de Velocidad" ha sido realizada para ayudar a los analistas a tratar lo que es, algunas veces, una interferencia compleja del equipo. El manual está diseñado para el uso de cualquier oficial policial autorizado durante el examen de un sistema limitador de velocidad/tacógrafo, para elevar su capacidad de descubrir cualquier interferencia ilegal. Este manual es restringido exclusivamente para “los ojos policiales” y bajo ninguna circunstancia debe ser divulgado. 4. 5 Vehículos extranjeros Para estos fines, se considera que un vehículo extranjero es cualquier vehículo que funciona mecánicamente y que no está registrado ni en Gran Bretaña ni en Irlanda del Norte y el cual en forma temporal está dentro del Reino Unido. Esto incluye a los vehículos extranjeros registrados por un operador con base en el Reino Unido, comúnmente conocido como "de otra bandera". La principal consideración al tratar un vehículo extranjero es retenerlo como evidencia, dada la probabilidad de que tal vehículo sea llevado al extranjero o no, luego de la liberación de la carga, y que no esté a disposición del Oficial Inspector Superior o de la defensa. Los vehículos extranjeros pueden ser retenidos por una o más de las siguientes razones: Para verificar la condición mecánica Para llevar a cabo exámenes forenses Verificar la calibración del tacógrafo Para llevarlos como evidencia Para cumplir con las disposiciones de R v Beckford (1996) 1 Cr App R 9 a fin de permitir a la defensa que

tenga acceso adecuado al vehículo (recurrir a la incautación como pruebas instrumentales). Para cumplir con los derechos del demandado a examinar el vehículo de acuerdo con el derecho a un

juicio justo, dentro del marco de los derechos humanos. Si el vehículo o parte de éste está cargado, se debe considerar la liberación de la carga. Bajo tales circunstancias, sería prudente tomar el peso del vehículo en bruto antes de la descarga. El peso debe ser tomado de acuerdo con las Normas de los Organismos de Servicio de Operadores y Vehículos, siempre y cuando sea posible.

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En los casos en que la cooperación del conductor y/o propietario no es conveniente y es necesario a los intereses de la justicia para asegurar que los vehículos no sean inmediatamente removidos, podría ser necesario considerar los poderes policiales para la búsqueda e incautación de los vehículos. 4.6 Facultades de rastreo e incautación del vehículo Recordar que, además de las facultades del oficial policial para detener los vehículos, puede resultar valioso considerar las facultades estatutarias para rastrear personas y vehículos antes de arrestar, de acuerdo con PACE y el Código A de los Códigos de Práctica. Las razones para tal rastreo están restringidas pero pueden ser aplicables. Las razones relevantes para el rastreo están contenidas en el Anexo del Código A. Es necesario informar al conductor de la identidad del oficial investigador y completar el registro escrito del rastreo. Lo último también se aplica si un vehículo no atendido es rastreado. 4.6.1 Incautación de la evidencia bajo PACE y el derecho común Siempre que sea posible, los poderes estatutarios policiales deben adherirse a la Sección 19 de PACE que confiere varias facultades a los agentes que están legalmente en esos lugares. Los lugares o locales están definidos en la sección 23 e incluyen cualquier lugar y en particular, cualquier vehículo, velero, aeronave, aerodeslizador, instalación a distancia de la costa, tienda o estructura movible. Un oficial policial que ejerce las facultades puede incautar cualquier cosa que esté en el lugar, si tiene una base sustentable para creer que la evidencia tiene relación con el delito que él esté investigando o cualquier otro delito, y que es necesario incautarlo para impedir que la evidencia sea ocultada, perdida, alterada o destruida. En el caso de Cowan v Metropolitan Police Commissioner (2000) 1 All ER 504 fue confirmado que los locales mismos podían ser ocupados y la Corte de Apelaciones: "SOSTUVO (1) que el juez había correctamente concluido que la policía tenía la facultad para incautar los vehículos, porque era un factor probatorio vital para el caso. (2) No hubo razón por la cual la palabra "algo" en ss 18(2), 19(2) y 19(3) de la ley no debería incluir "todo", cuando la naturaleza del lugar hiciera posible que sea ocupado y retenido por la policía (3). En los hechos del caso, fue claramente necesario y deseable que el vehículo debería haber sido incautado por la policía. La ley (PACE) tenía que ser interpretada de manera tal que capacitara a la policía a llevar a cabo una investigación efectiva que incluye la incautación de la camioneta de Cowan." Los principios del derecho común de confiscación tienen vigencia y pueden ser útiles en algunos casos no contemplados dentro de PACE. Los más importantes principios sobre confiscación bajo el derecho común fueron establecidos en el caso de Ghani v Jones (1970) 1 QB, en el que Lord Denning pidió clarificar y definir, equilibrando los requerimientos de la justicia pero al mismo tiempo salvaguardando los derechos del público. El caso establece cinco principios, que se presentan abajo. Antes de que cualquier ítem sea incautado, se deben comprender los siguientes puntos. El oficial policial debe tener bases razonables para creer que un delito grave se ha cometido. (Cowan v

Metropolitan Police Commissioner (2000) 1 All ER 504) Debe haber bases suficientes para creer que el artículo es el meollo del crimen o fue el instrumento por el

cual el crimen fue cometido o es material con valor probatorio para demostrar la comisión del delito. La policía debe tener bases suficientes para creer que la persona en posesión del ítem ha cometido el

delito o está implicada en él, siendo parte del mismo, y el rechazo sería bastante irrazonable.

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La policía no debe guardar el ítem por más tiempo que el razonable para completar sus investigaciones o preservarlo como evidencia. Si una copia es suficiente, se la deberá devolver.

La legalidad de la conducta del policía será juzgada en el momento y no por lo que suceda posteriormente. El principio más importante para recordar aquí es que las leyes de Inglaterra y Gales guardan celosamente el derecho del individuo a la libertad personal y el derecho a poseer sus bienes sin interferencia, un principio que ahora está reforzado por la ley sobre derechos humanos del año 1998. 4.6.2 Instalaciones de tacógrafos La Sección 99(2) de la ley de transporte de 1968 también dice que un oficial puede en su tarea, si así es necesario bajo su autoridad en cualquier momento, entrar en algún vehículo al que se aplica la ley y a cualquier equipo de registro (tacógrafo) y de inspección vehicular. La Sección 99(3) autoriza a detener un vehículo a los fines de ejercer autoridad bajo esta sección 99(2). 4.6.3 Cartillas de tacógrafo Aunque no hay ninguna autorización estricta de incautación de las cartillas de un tacógrafo bajo la ley de transporte, sí se confiere el derecho a inspeccionar y copiar. El Servicio de Prosecución de la Corona asesora que la autorización a inspeccionar, implica un derecho a tomar una cartilla para dicha función adecuadamente, pues es generalmente imprudente hacer esto a un costado del camino. Las cartillas del tacógrafo son una evidencia de muchas cosas y los Oficiales Superiores Investigadores podrían considerar el uso de facultades alternativas para incautar, cartillas cuando sean requeridas para ser analizadas en el curso de una investigación, especialmente las facultades de investigación y retención dentro de PACE. El requisito de devolver las cartillas dentro de los 21 días no se aplica a los vehículos extranjeros. Puede haber números importantes de cartillas hallados dentro del vehículo. 4.6.4 Facultades de examen de vehículos al costado de la ruta La ley 1988 S67 sobre tránsito en ruta dice que un examinador autorizado puede testear el motor de un vehículo sobre el camino a los fines de asegurar si se cumplen, principalmente: Los requisitos sobre construcción y regulaciones del uso, y El requisito de que la condición del vehículo no represente un uso peligroso para nadie en la ruta. Temporariamente los vehículos importados están exceptuados de muchas de las Regulaciones de Uso y Construcción. Dichas regulaciones que están sujetas a incluir los requisitos relativos al mantenimiento de los frenos y de la dirección, el peso y la mayoría de las dimensiones del ancho y de la extensión. Los vehículos extranjeros no están exceptuados de la prohibición, en donde su uso es probable que cause peligro bajo las disposiciones de 1986 sobre la regulación 100 de vehículos en el camino, o la ley de tránsito Sección 40A de 1988. La ley faculta al investigador no solamente a conducir un vehículo sujeto a un control de ruta, sino también requiere que el conductor cumpla con las intersecciones razonables. Esto posibilita que un solo examinador controle el cumplimiento de los requisitos de construcción y de uso, que solamente pueden ser debidamente controlados cuando el vehículo está en movimiento.

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El conductor puede elegir que el test sea diferido para un tiempo posterior bajo circunstancias normales. Sin embargo, el vehículo que se ha involucrado en una colisión, o el vehículo que sea defectuoso y el examinador requiera que se lleve a cabo un test en forma inmediata, puede exigir examinar y detener el vehículo mientras el test es realizado. 4.6.5 Los componentes según el examen del vehículo Cuando los componentes son retirados de los vehículos durante la investigación, deben ser debidamente empaquetados para reducir el riesgo de una contaminación ulterior o daño. Hay que tener cuidado al examinar y/o retirar los dispositivos electrónicos porque la pérdida de los datos pueden ocurrir a través de, por ejemplo, los campos magnéticos. Algunos de los registradores de datos electrónicos son inestables y pueden perder los contenidos si se desconectan de la fuente eléctrica. 4.6.6 Salud y seguridad Ciertas partes de los componentes de los vehículos pueden representar un riesgo para la salud y deben ser manejados, empaquetados y etiquetados con cuidado. Los ejemplos de un riesgo tal incluyen a algunos componentes de vehículos quemados, riesgos biológicos y objetos de bordes filosos. 4.6.7 Retención de vehículos El vehículo debe ser normalmente retenido hasta la conclusión del juicio y en los períodos de apelación. Cuando hay una posibilidad de un defecto latente, el vehículo debe ser siempre retenido. Si, por cualquier razón, se presta consideración a la disposición del vehículo o a la devolución del vehículo a su propietario, esto no debe ser hecho sin la consulta con el Servicio de Fiscalía de la Corona a nivel superior, como por ejemplo al Jefe del Equipo de Fiscalía o equivalente. La condición de un vehículo involucrado en una colisión puede ser importante para el juzgamiento del conductor. Por ejemplo: La existencia de un defecto causante conocido por el conductor puede asistir a establecer cómo fue la

forma de manejar que llevó a la colisión. En el caso de R v Beckfor (1996) 1 Cr App R 94, la Corte de Apelaciones declaraba: "Se espera que los procedimientos hayan sido puestos en su lugar para asegurar que los automóviles no sean desguazados antes de que se haya dado permiso expreso de la policía y que ese permiso nunca sea otorgado cuando otros cargos serios sean presentados, o que puedan involucrar la posibilidad de que el vehículo tenga algún defecto mecánico" . En este caso, el conductor demandado, Beckford, no tenía automóvil involucrado en la colisión fatal en la cual un pasajero en el frente del vehículo murió. Después de la colisión el vehículo había sido recuperado por un garaje y desguazado, tan sólo unas pocas semanas de acuerdo con el plan de acción en ese momento. La disposición ocurrió sin referencias ulteriores a la policía y algunos meses antes de que las inculpaciones fueran presentadas contra el demandado. Cuando el conductor fue finalmente inculpado algunos meses posteriores a la colisión, la defensa, no por su propia falta, no pudo examinar el automóvil. El detalle del caso Beckford ha sido resumido de manera tal que los comentarios de los jueces pueden ser vistos en el contexto. Debe tenerse en cuenta que con la apelación se buscó el derecho del demandado a un juicio justo, alegado por el demandante, por haber estado en peligro debido a la destrucción del vehículo

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involucrado. En tanto que la Corte de Apelación hizo las recomendaciones acerca del manejo de los vehículos en el futuro, y sostuvo que el juicio del demandado no había sido comprometido en este caso y su apelación fue rechazada. Generalmente se sugiere que el caso Beckford constituyó un precedente sobre el requisito general de que todos los vehículos involucrados en colisiones fatales o potencialmente fatales puedan ser retenidos, cuando alguien es inculpado. Tal plan de acción puede ser considerado excesivamente rígido y producir que una cantidad excesiva de vehículos sea retenida, con los costos relacionados de la guarda. En tanto que, cada caso debe ser analizado en forma individual, junto con el Servicio de Prosecución de la Corona, en una primera etapa de la investigación. El consejo del Directorio del Servicio de Prosecución de la Corona es que cuando un defecto mecánico no esté obviamente en cuestión, y cuando a la defensa se le haya dado la oportunidad y el momento oportuno para realizar un examen, el vehículo puede, en la mayoría de los casos, ser seguramente guardado sin que esté en peligro el derecho del demandado a un juicio justo, en tanto que se pone a salvo los intereses y los derechos de los familiares de cualquier víctima. Cuando se retiene un vehículo, debe retenerse normalmente hasta la conclusión del juicio y de los períodos de apelación. 4.6.8 Pautas del Servicio de Prosecución de la Corona respecto de la retención de vehículos Abajo se reproducen las pautas del Directorio del Servicio de Prosecución de la Corona para los oficiales policiales. En tanto que la situación legal es establecida, las pautas deben ser leídas junto con las prácticas siguientes. Si una persona acusada es privada de una oportunidad de hacer examinar un vehículo en forma independiente, hay tres rutas posibles para una defensa. Estas son: La solicitud de que la prosecución se suspenda por abuso del proceso. La solicitud de la exclusión de la evidencia bajo la sección 78 PACE 1984. La solicitud de suspender la prosecución porque el acusado haya sido privado de su derecho a un juicio

justo bajo el artículo 6 de la Convención Europea de los Derechos Humanos. Abuso de proceso. Un acusado al haber sido privado de una oportunidad de tener un examen independiente del vehículo puede querer argumentar que cualquier prosecución es un abuso del proceso. Para tener éxito con tal argumento la defensa tendrá que demostrar que su caso ha sufrido serios perjuicios hasta el punto de que un juicio justo resulte imposible. S78 PACE 1984. Si la prosecución busca confiar en la evidencia respecto de la condición del vehículo, la defensa puede discutir que habiendo sido privada de su propia inspección, la admisión de la evidencia de la prosecución tendrá un efecto tan adverso sobre la justicia de los procedimientos que la corte no debería admitirla. Legislación sobre vehículos y derechos humanos. Un acusado, privado de la oportunidad de inspeccionar el vehículo, puede alegar que hay una violación del artículo 6 -el derecho a un juicio justo. Al considerarse si ha ocurrido una violación, el juzgado tendrá que contemplar si la policía y el Servicio de Prosecución de la Corona hayan actuado en forma tal que sea incompatible con los derechos del acusado. El propietario de un vehículo que no esté acusado puede alegar que la retención del vehículo por la policía puede ser violación de los derechos humanos. En Sporrong and Lonnroth v Sweden (1982) SEHRR 35 la Corte aceptó que en tales casos, sería necesario considerar si se alteró un equilibrio razonable entre las exigencias de los intereses generales de la comunidad y los requisitos sobre la protección de los derechos fundamentales del individuo.

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Acción inicial. Un vehículo involucrado en una colisión de tránsito con víctimas fatales o con heridas graves puede ser un elemento de prueba importante. Como tal, debe ser incautado y retenido para posibilitar que se obtenga la opinión de un perito sobre la condición del vehículo. En la medida de lo posible, el vehículo será preservado en la condición encontrada posterior a la colisión. La información respecto de la incautación y de la retención del vehículo debe estar incluida en el archivo. Cualquier dificultad respecto de la retención del vehículo debe ser manifestada. Si el Servicio de Fiscalía de la Corona aconsejara no presentar los procedimientos, el vehículo debe ser retenido durante tanto tiempo como la familia de la víctima permita hacer representaciones. Cuando un conductor es enjuiciado por un delito como resultado de una colisión, el vehículo debe ser retenido hasta que el acusado haya tenido la oportunidad de hacer un examen independiente del vehículo. Examen independiente en nombre del acusado. Una vez que se ha tomado una decisión respecto de la prosecución, el acusado o su representante legal debe ser notificado sobre la ubicación del vehículo y ser invitado a arreglar un examen independiente ulterior. El proceso de examinar el vehículo y la obtención de la declaración del perito puede llevar algún tiempo. El acusado quizás tenga que arreglar una ayuda legal y asegurar que cubra los gastos adicionales incluidos. Ninguna decisión será tomada respecto de la disposición del vehículo hasta que la defensa haya tenido suficiente tiempo y oportunidad de realizar una inspección ulterior, después de haber sido notificada de la ubicación del vehículo. Disposición y destrucción del vehículo. En colisiones fatales o potencialmente fatales un vehículo debe ser normalmente retenido hasta la conclusión de la prosecución y cualquier otro período de apelación. Cuando hay una posibilidad de una defensa de un defecto latente, el vehículo será siempre retenido. Si se considera la disposición o la devolución del vehículo a su propietario, esto no se hará sin consultar con el Servicio de Prosecución de la Corona a nivel superior Cuando se llega a un acuerdo de disponer del vehículo o retornarlo a su propietario, inclusive cuando un perito de la defensa ha presentado una declaración, es necesario considerar si es apropiado retener alguna parte del vehículo que podría tener un valor probatorio. Si un vehículo motorizado es entregado a un acusado, quien a su vez es también el propietario, debe haber un asesoramiento sobre la retención y preservación del mismo. En tales circunstancias, si el vehículo es eliminado, un acusado no podrá reclamar el derecho a un juicio justo. Al incautar un vehículo motorizado que no pertenece al acusado, no debe entregarse al propietario a menos que se dé una garantía de retener el vehículo en la condición post-colisión. En dicho caso, el acusado o sus representantes legales deben ser notificados. El asesoramiento no cubre todos los puntos. Las áreas del Servicio de Prosecución de la Corona tienen que hacer arreglos más detallados con su propia fuerza policial. 4.6.9 El asesoramiento práctico respecto de la retención de vehículos y Beckford La retención de todos los vehículos motorizados en las colisiones en ruta tendría enormes implicancias para el servicio policial y sería probablemente, a los fines prácticos, imposible. En la mayoría de los casos es muy difícil conformar una opinión primera respecto de las causas probables de una colisión e identificar si una fatalidad ha ocurrido o no. En los casos en donde los procedimientos sean solamente realizados por un delito de conducción sin el debido cuidado y atención, será suficiente devolver el vehículo motorizado a su

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propietario, aunque no haya sido conducido fuera de la escena por esa persona. Sin embargo, algunos casos son sumamente serios y sensibles y requieren un enfoque más considerado. Esto es especialmente así en aquellos casos en donde haya habido un víctima fatal o un herido grave y el alcohol y las drogas también sean un factor a tener en cuenta. En todas las ocasiones, los vehículos motorizados son generalmente retenidos al menos hasta que la Fiscalía tome una decisión. Un delincuente que ha sido privado de la oportunidad de hacer un examen independiente de un vehículo motorizado, puede buscar la suspensión de la prosecución en su contra por abuso del proceso. No importa que la prosecución haya actuado sin intención o sin mala fe, es suficiente que el vehículo no esté ya disponible. Para tener éxito con tal argumento, la defensa tendrá que satisfacer al tribunal de que el examen del vehículo ha sido denegado. Esto tendría algo de sustentación con la experiencia de la que se dispone. Si se contempla la entrega de los vehículos incautados en estos casos graves, hay que prevenir que la fiscalía sea capaz de responder efectivamente a cualquier argumentación sobre abuso del proceso. Será difícil para un demandado en cualquier caso asegurar que ha sido privado de un juicio justo, si él mismo ha dispuesto la destrucción del vehículo motorizado. Por lo tanto, si por alguna razón un vehículo motorizado no va a ser retenido, es aconsejable que en lugar de que la policía disponga del mismo, la responsabilidad se pase al propietario del vehículo, en tanto y en cuanto él sea el demandado. Los siguientes puntos necesitan ser tenidos en cuenta: La evidencia, que según los testigos de la prosecución o el demandado, sugiere que cualquier defecto o

factor extraño pueda ser relevante. Cualquier infractor que sea juzgado debe ser informado por escrito sobre el lugar del vehículo incautado y

darle la oportunidad de realizar un examen independiente. ¿Ha ordenado el infractor la disposición o destrucción del vehículo en cuestión? Los problemas particulares en el punto 3 pueden dar lugar a que el infractor no sea el propietario del vehículo motorizado. Hasta haber tomado una decisión para instrumentar los procedimientos, sería ilógico esperar que cualquier persona involucrada en tal situación haya instruido a los abogados de la defensa o arreglado un examen independiente de cualquier vehículo. La ayuda legal no se encontraría disponible y los costos del examen podrían ser importantes. Un juzgado improbablemente daría cualquier importancia a los puntos 2 y 3 de arriba hasta el momento en que el infractor tenga conocimiento de los procedimientos que se presentan. Si en cualquier caso un vehículo incautado no es retenido dentro del control policial, debe ser devuelto a su propietario, sometido a una notificación escrita que debería ser inspeccionada y/o retenida dependiendo de la conclusión de los procedimientos. Si el propietario del vehículo no es el infractor, no debe ser retornado a menos que se obtenga una garantía que el vehículo sea retenido y preservado en la condición post-colisión. En el caso en donde haya habido un argumento procesal exitoso, las consecuencias de la liberación y/o destrucción de un vehículo motorizado del infractor pueden ser devastadoras para la prosecución. Como regla general, cuando haya habido una colisión fatal o potencialmente fatal (en la que haya evidencias de alcohol o drogas), tales vehículos deberán ser incautados y retenidos hasta la conclusión de la prosecución y cualquier período de apelación. Sin embargo, habrá casos en los que esto produce dificultades prácticas reales o por otras razones, se presta consideración a la entrega del vehículo a su propietario. En tales casos los archivos enviados para asesoramiento o prosecución deben confirmar si los vehículos han sido incautados y cualquier otra dificultad proveniente de la retención. Las cuestiones legales involucradas al responder a cualquier abuso del argumento procesal puede ser compleja y los vehículos no serán liberados sin la consulta al Servicio de Prosecución de la Corona a nivel superior. Puede ser raro que los acuerdos sobre tal disposición sean

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indicados y entonces luego no habrá posibilidad de una defensa de un defecto latente. La pronta terminación de las investigaciones y el rápido envío de los archivos pueden reducir la carga de los servicios policiales de retención vehículos. Sería considerada una buena práctica acordar un procedimiento con el Servicio de Prosecución de la Corona, del cual se puede obtener asesoramiento, en las primeras etapas de la investigación respecto de la retención o disposición de los vehículos. Los archivos de asesoría básicos enviados en una primera etapa de la pesquisa buscan el Servicio de Prosecución de la Corona relacionados con: Inculpaciones potenciales Líneas posibles de la pesquisa Una decisión respecto de la disposición de los vehículos involucrados. Tal relación con el Servicio de Prosecución de la Corona los asistirá al brindar el asesoramiento pertinente al Oficial Superior Investigador. 4.6.10 Continuidad de los elementos probatorios Es importante asegurar la continuidad de los vehículos que dejan la escena de la colisión en custodia de un agente de recuperación. Las fuerzas deben estar enteradas de que cualquier operador técnico de recuperación de vehículos conozca los métodos correctos de manejo de los elementos probatorios. Los vehículos deben ser capaces de ser almacenados bajo cubierta en un ambiente seguro libre de polvo, hasta que el Oficial Inspector Superior instruya de otra manera y proceda a la guarda en un lugar seguro. La buena práctica necesita que los vehículos sean sacados de la escena del incidente usando una técnica que no produzca daño y sean dados a los operadores para la recuperación, de manera tal que el examen se realice de una forma similar a fin de asegurar la continuidad de la evidencia. Los vehículos no serán inspeccionados ni tocados y ninguna propiedad será removida si el operador de la recuperación es informado de que el vehículo tiene que ser examinado. Los escombros de la escena, si son retirados por el operador de la recuperación deben ser separados del vehículo y dispuestos para el examen. 5. MUERTE EN RUTA RELACIONADA CON LA POLICÍA Toda muerte en ruta relacionada con la policía debe ser investigada de acuerdo con los procedimientos y protocolos recomendados en este manual. Sin embargo, hay cuestiones extras que deben ser consideradas, principalmente: El tipo de incidente Imparcialidad de los procedimientos con la evidencia Legislación y procedimientos de quejas policiales Cuestiones de la comunidad Oficiales que tratan con sus propios colegas Representación de los oficiales policiales 5.1 Tipo de incidente Los siguientes son los tipos de incidentes en los que la muerte en ruta relacionada con la policía podría ocurrir. Cada uno presenta sus propios problemas y necesidades particulares.

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La muerte de una persona bajo custodia policial, ejemplo, un prisionero que es transportado en un vehículo policial.

La muerte de un oficial policial en ruta. La muerte de cualquier otra persona que es transportada por la policía. La muerte provocada a otra persona después de la colisión con un vehículo policial. La muerte provocada a otro usuario de ruta proveniente de la colisión que incluya a otro vehículo que es

perseguido por la policía. La muerte de un oficial policial proveniente de las acciones de otro usuario de ruta, ya sea en forma

deliberada o de otro modo. La muerte proveniente de otra actividad policial en el camino. 5.2 Imparcialidad de los procedimientos para evidencias La importancia de un examen temprano y la preservación de la escena y de cualquier vehículo ya se ha tratado en otra parte de este manual. La necesidad de un examen tan rápido significa que el manejo de la escena cae dentro de la fuerza local. En la mayoría de los casos, la muerte habrá ocurrido en el área de la fuerza de los oficiales involucrados. Si los procedimientos recomendados a través de este manual son cumplidos, la integridad de la investigación será preservada. El incidente puede ser uno en donde las acciones de un oficial de policía son catalogadas de criminales y/o en falta. Las cuestiones que se suscitan dentro de la muerte en ruta relacionada con la policía son de gran carga emotiva para el Oficial Inspector Superior u otros oficiales involucrados en la investigación. No interesa si es un investigador, un testigo, un demandado o una víctima de una conducta criminal de un colega. Este tipo de pesquisa debe ser siempre realizada en forma profesional y expeditiva. Cuando las muertes son directa o indirectamente relacionadas con las acciones de la policía existirá la necesidad de confirmar una auditoría que demuestre claramente una investigación sólida e imparcial. Hay que considerar la posibilidad de traer un equipo de investigación independiente de otra área o de otra fuerza. Tales procedimientos solamente serán posibles si los protocolos han sido acordados de antemano. También es necesario considerar la posibilidad de proveer un elemento independiente a la investigación de organismos tales como el FSS y el TRL. La ley policial 1996, s67, obliga a un jefe policial a recibir la queja para tomar los pasos que sean necesarios a fin de obtener y preservar la evidencia relacionada con el delito. 5.4 Autoridad de Quejas contra la Policía (PCA, Police Complaints Authority) y sus procedimientos La Sección 70, de la ley policial 1996 requiere que en caso de quejas alegando que el comportamiento de un oficial policial haya sido la causa de una colisión fatal o potencialmente fatal, la queja sea dirigida a la Autoridad (PCA). En la práctica, sería conveniente referirse a cualquier muerte relacionada en ruta sin la formalidad de la queja. Las fuerzas deben considerar poner los procedimientos en lugar para tratar tales cuestiones como la designación del Oficial Inspector Superior y la referencia a un oficial superior. Tales procedimientos deben cubrir la decisión y los protocolos a fin de designar oficiales de otra área de la fuerza o de otra fuerza. Desde el momento en que cualquier oficial crea que están tratando con una muerte (o muerte potencial) que puede considerarse directa o indirectamente atribuible a las acciones de la policía, deben seguirse los

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siguientes pasos con celeridad. Asegurar que el oficial jefe de la zona en que la colisión ocurrió sea notificado Pedir al oficial jefe que considere la notificación inmediata de la Autoridad sobre Quejas Policiales (PCA). Pedir la designación de un oficial apropiado para ser el Oficial Inspector Superior. Asegurar el bienestar de los oficiales (o personal de apoyo policial) involucrados Asegurar la incautación de todos los comandos y datos de control, registros de los mensajes de teléfonos

y las comunicaciones de radio. Asegurar la incautación de cualquier orden operacional relevante y los materiales relacionados. Asegurar que se notifique el Ministerio de Salud y Seguridad Social. Considerar que la suspensión del conductor policial involucrado en cualquier actividad de manejo

relacionada con la policía. La necesidad de tal notificación puede ser obvia en la escena o puede solamente llegar a ser evidente durante la investigación. En cualquiera de los casos se debe mostrar que la decisión fue hecha en forma expeditiva, y todos los otros pasos de la investigación fueron realizados para asegurar que el Oficial Inspector Superior designado pueda llevar a cabo una investigación efectiva El Oficial Superior Investigador deberá ser aceptado por el PCA (Autoridad Policial de Quejas), que puede determinar si la pesquisa fue hecha por otra fuerza policial que no sea la involucrada en la colisión. En algunos casos (por ejemplo, las operaciones de cruces de fronteras, escoltas o persecuciones) los oficiales involucrados en la colisión pueden no ser los miembros de la fuerza en cuya área la colisión ocurrió. Esto puede que no provea el nivel requerido de imparcialidad, dado que las alegaciones podrían ser de culpabilidad a través de las órdenes operacionales inefectivas, o una orden o controles flojos. 5.3.1 Recurso obligatorio ante la PCA Una vez que se ha registrado una queja, se debe recurrir ante el PCA, si se alega que la conducta de un oficial policial entra dentro de la sección 70(1)(a)(i) de la ley Policial 1996 o Regulación 4(1) de las Regulaciones Policiales 1985(Quejas)(Recursos Obligatorios, etc.). 5.3.2 Supervisión obligatoria La conducta especificada en la sección 70(1)(a)(i) es aquélla que resulte en muerte o daño serio. El "daño grave" es definido en la sección 65 de la ley de Policía 1996 como una "fractura, daño a un órgano interno, estrago de las funciones corporales, corte profundo o laceración". El PCA debe por estatuto supervisar la investigación de todos los componentes de este tipo. 5.3.3 Supervisión discrecional La conducta especificada en la Regulación 4(1) de la Policía (Quejas)(Referencias Obligatorias, etc) de 1985 es: ataque produciendo daño corporal real; un delito bajo la sección 1 de la ley 1906 sobre Prevención de la Corrupción (es decir, soborno), o un delito serio para arrestar. El PCA(Autoridad de Quejas Policiales) tienen discreción para supervisar o no la investigación en tales casos. 5.3.4 Referencia discrecional para el PCA Debe también tenerse presente que el PCA tiene la capacidad bajo esta sección 72(1)(c) de supervisar la investigación de cualquier otra queja que no caiga dentro del criterio de la supervisión obligatoria. Bajo esta sección 71 ellos también pueden supervisar cualquier cuestión no obligatoria respecto de la posible

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inconducta correspondiente a ellos voluntariamente, en la que el interés público lo hace deseable. Por lo tanto puede ser apropiado invitar al PCA para considerar la supervisión de la investigación de cualquier caso - ya sea que involucre una queja o no - que es probable socave la confianza en la policía, ya sea local o nacional, cuando el testimonio independiente puede colaborar a satisfacer esta preocupación. 5.3.5 Incertidumbre para relacionar un caso Si hay incertidumbre respecto de una queja particular debe recurrirse al PCA, generalmente es conveniente que el PCA decida la cuestión. La mayoría de las fuerzas se notificarán del tipo de los casos que probablemente interesan al PCA. Cuando haya duda respecto de una queja sobre si una herida se considera "herida grave" (pero no hay duda que representa daño corporal real), es necesario buscar la opinión del PCA sobre el tema de referencia, o que debidamente traten el caso bajo la sección 72. 5.3.6 Plazo para los comentarios Los comentarios obligatorios son requeridos para ser enviados al PCA al finalizar el día, después del aquél en que quedó claro que la queja entra dentro del criterio de referencias. Puede haber casos en donde no sea inmediatamente claro que la queja entre en este criterio. Tal situación, por ejemplo, suscitaría un informe médico que fuese más grave de lo que originalmente se había supuesto. No hay límite temporal para los comentarios voluntarios al PCA, pero el valor de la supervisión independiente del PCA puede depender de los que se verían involucrados desde una etapa muy temprana. 5.3.7 Aprobación del oficial investigador Si el PCA supervisa la investigación de una queja, pueden elegir ejercer su derecho a aprobar la designación del oficial investigador. El PCA debería ser provisto en el momento de la referencia con el nombre, el grado y la fuerza del oficial que fue propuesto designar como oficial investigador. Cuando esta información no está inmediatamente disponible, el PCA deberá ser notificado que se hará la entrega lo antes posible. En el interés de traer mayor independencia a la investigación de las quejas, las fuerzas son invitadas a considerar la designación de los oficiales investigadores de otra fuerza. Si la designación ha sido ya hecha (ej.: a causa de la necesidad para comenzar la investigación urgentemente) y el PCA no está satisfecho con la misma, pueden pedir a la fuerza proponer la designación de otro oficial. La fuerza está obligada a cumplir con ese pedido y no debe formalmente realizar una nueva designación hasta que el PCA la haya aprobado. La sección importante según el Manual de Asesoramiento del PCA es reproducido en el Apéndice H. 5.3.8 Declaraciones provisorias del PCA El Oficial Superior Investigador debe estar enterado al realizar investigaciones que entren dentro de la supervisión del PCA, de que algunos procesos son determinados por las normativas bajo la ley policial 1996. Hay requisitos de estatutos bajo la Sección 73 (7) de la ley para el PCA de emitir una declaración provisoria de satisfacción con la investigación antes de que un archivo sea sometido al Servicio de Prosecución de la Corona para considerar los procedimientos criminales. La única excepción a este requisito es si el Director de Prosecuciones Públicas piensa que hay circunstancias excepcionales que hacen indeseable esperar la emisión de esa declaración. En los casos en donde hay una necesidad para comentar las cuestiones delictivas relacionadas con la conducta de los oficiales policiales, antes que el Oficial Inspector Superior haya tenido la oportunidad de completar todos los aspectos de la investigación, el PCA puede emitir una

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declaración provisoria penal basada solamente en la evidencia de apoyo recogida solamente respecto de los aspectos delictivos. 5.4 Ejecutivo de Salud y Seguridad (HSE) Una muerte en ruta puede necesitar ser el sujeto de una notificación al HSE y, como tal, este ejecutivo declarará su interés y nivel de envolvimiento en una primera etapa. Recurrir a la sección 3.8. 5.5 Incidentes superiores y cuestiones de la comunidad Toda muerte en ruta debe ser tratada como un incidente mayor y hay que implementar todo procedimiento para tratar con tales incidentes. Los oficiales que tratan tales incidentes, en cualquier condición, deben considerar los asuntos de la comunidad que pueden presentarse a causa de: La naturaleza de la muerte La ubicación de la muerte La víctima (razón de edad, grupo étnico, pertenencia) El interés de los medios. El equipo de investigación es posible que trate con la gente perjudicada que no sólo están desesperados con la aflicción, sino también muy dudosos de la eficiencia de la policía para investigar imparcialmente las supuestas circunstancias del incidente. En realidad la policía puede que compruebe que solamente la gente perjudicada trate con ellos a través de un abogado, un líder de la comunidad u otro intermediario. Enlace con la familia. Es importante colocar la estrategia de enlace de la familia en lugar y asegurar la creación y mantenimiento de un archivo policial de enlace de familia. Esto demostrará cuándo y cómo se hizo el contacto, la información compartida y relacionada con cualquier decisión del plan de acción principal, dado que ninguna información fue compartida en algún momento determinado. En caso de ser necesario la estrategia de enlace con la familia puede extenderse a la estrategia de enlace con la comunidad, especialmente en donde haya una necesidad de alentar a los testigos a presentar o tratar de reconsiderar actitudes provocadas por la información errónea. 5.6 Los colegas como víctimas, sospechosos o testigos. La mayoría de las muertes en ruta colocará a los oficiales involucrados en tres categorías: Víctima Sospechoso o delincuente potencial Testigo Los colegas que tratan con la escena pueden experimentar alguna incomodidad y otros oficiales, tales como los colegas, el personal de control y aquéllos que traten con la familia o la comunidad pueden también pasar por situaciones de angustia. Para el bienestar de todos los oficiales afectados por el incidente se considerará el manejo del mismo. Es casi cierto que otros oficiales directamente involucrados en el incidente y su estado como testigo no tengan que sentirse comprometidos. Al mismo tiempo, su bienestar y el de todos los testigos tendrán que ser tenidos en cuenta. Aquellos oficiales cuyas acciones puedan ser alegadas directamente como contribuyentes a la muerte en ruta, no son tan distintos de los involucrados en incidentes con armas. Muchas fuerzas policiales ahora manejan planes de Administración Post Incidente (PIM), en las que un oficial superior calificado es designado en una primera temprana con el fin de brindar el bienestar de los oficiales involucrados. Este administrador post incidente no tiene otra tarea que la del bienestar y suministrará un punto de enlace para el Oficial

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Inspector Superior. Esto permite que éste investigue sabiendo que el bienestar de todos los oficiales es la principal preocupación, de esta manera aliviando alguna presión sobre el Oficial Inspector Superior. Es importante que todas las necesidades de seguridad del Oficial Inspector Superior, que pueda ser también responsable de la seguridad de muchos otros, no sean pasadas por alto. Si los oficiales policiales involucrados como delincuentes potenciales, el oficial superior debe asegurar que la integridad, la recolección y la preservación de la evidencia esté de acuerdo con los procedimientos de este manual. Si el oficial principal involucrado es una víctima o un delincuente potencial, el mismo hecho de la muerte que ocurra puede ser una muerte en el lugar de trabajo. Cualquier oficial de policía que es identificado como víctima de una colisión relacionada con la policía debe presentarse con el mismo acceso a las organizaciones de apoyo voluntario, como cualquier víctima en este contexto. 5.7 Representación de los oficiales policiales Las quejas policiales y los procedimientos disciplinarios aseguran la representación de los oficiales policiales mediante las asociaciones del personal. Como en otro caso, los oficiales policiales y sus representantes de la asociación del personal tienen derechos fundamentales que deben ser siempre considerados. 5.8 Testigos policiales Los oficiales policiales que están involucrados en incidentes como terceras partes tendrán la condición de testigo y/o parte herida. En realidad, es posible que un oficial policial pueda ser el fallecido y otro el delincuente potencial. El Oficial Superior Investigador deberá implementar una estrategia temprana para tratar con las complicaciones que puedan suscitarse de tales situaciones. Cualquier plan de acción o estrategia que sea implementada deberá ser registrado en el archivo policial. Los procedimientos apropiados para tratar con la integridad de la evidencia, la representación, la asistencia, los conflictos de interés y de lealtad de los colegas y otros factores que puedan impactar sobre la investigación deberán ser incluidos en las políticas y estrategias. Además de considerar el acudir a la Autoridad de Quejas Policiales, el Oficial Superior Investigador que investiga la muerte en ruta relacionada con la policía, también el Ejecutivo de Salud y Seguridad deberá elegir la ejercitación de un rol de investigación. Si la pesquisa es supervisada, esto puede tener lugar junto con la dirección de la Autoridad de Quejas Policiales con todas las conferencias de casos relevantes, las direcciones y las decisiones que sean registradas en el archivo policial. 6. HERRAMIENTAS DE INVESTIGACIÓN El propósito de esta sección es capacitar al Oficial Superior Investigador para continuar con líneas adicionales de investigación, si han alcanzado cualquiera de las siguientes etapas en el "Modelo Investigativo de Muerte en Ruta". ¿Qué más necesita saber la investigación? Identificar dónde se puede hallar cualquier información extra. De la misma forma, la siguiente información es de ningún modo definitiva pero brindará oportunidades a los

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Oficiales Superiores Investigadores de agregar valor a su pesquisa cuando fuese necesario o apropiado. 6.1 Sistema de reconocimiento automático de números de patentes (ANPR, Automatic Number Plate Recognition Systems) La tecnología ANPR suministra al servicio policial una herramienta altamente efectiva que es capaz de identificar vehículos de interés, que pueden esconderse entre el gran volumen de tráfico que usa nuestros caminos hoy en día. En resumen, los usos ANPR de cámaras de video/CCTV de monitoreo de los flujos de tráfico y de sus imágenes son retro alimentadas a la unidad de reconocimiento, en donde son digitalizadas. Luego el software localiza el número de chapa en cada imagen y lee el número de registro. La producción del sistema es la corriente de datos de los números de registro que pueden ser chequeados sobre una base de datos. Este sistema de reconocimiento automático de números de chapas, que es desplegado por proximidad a un incidente determinado, puede proveer al Oficial Inspector Superior con una lista de vehículos (incluyendo al vehículo transgresor o testigos potenciales) que pasaron por la escena del crimen en el momento importante. El despliegue de este sistema post incidente en la escena durante varios días, puede proveer un método efectivo de identificar a los individuos que pasan por la escena del crimen en un momento relevante todos los días. Una mayor información sobre el sistema de despliegues /ubicaciones se puede obtener del Grupo ACPO ANPR. Al presente, aproximadamente 20 fuerzas están usando este sistema ANPR. Al finalizar abril del 2002, cada fuerza en Inglaterra y Gales fue provista con un sistema móvil de doble cámara con manejo central. Además del uso policial de la tecnología, la Agencia de Licencias Vehiculares y Conductores (DVLA) está usando ANPR para detectar la evasión del impuesto vehicular de aquellos automóviles que se encuentren en caminos públicos. La legislación sobre protección de datos impide que el DVLA suministre a la policía datos en volumen de los sistemas de ANPR como actividad rutinaria. No obstante, los datos pueden ser entregados cuando la policía está investigando un incidente o un grupo de incidentes, y los datos DVLA ANPR son recogidos en o cerca del lugar de tal incidente, y aproximadamente en el momento en que tal incidente pudo ayudarlos en sus investigaciones. 6.2 Circuito cerrado de televisión (CCTV) Averiguar si hay algún sistema de circuito cerrado de televisión privado o público en las adyacencias a la escena de la colisión, o en la ruta transitada por las partes en conflicto. Los oficiales deben tener en cuenta que una cámara a cierta distancia puede haber sido enfocada con un zoom en el área de interés en el momento de la colisión. 6.3 Cámaras para control del tráfico El párrafo precedente es también de importancia para la velocidad, las señales lumínicas y las cámaras para los ómnibus, en caminos que se acercan y se alejan de la escena. Esto es sumamente importante si la investigación es sobre una colisión de "impacto y huida", en donde hay el vehículo que puede ser atrapado al dejar la escena.

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6.4 Oficinas de Procesamiento de Penalidades Fijas (Force Fixed Penalty Processing Offices) Se dispone de una gran información proveniente de las Oficinas de Procesamiento de Penalidades Fijas. Mientras las distintas fuerzas usan diferentes sistemas, el Sistema VP/FPO (MDIS) acreditado nacionalmente permite aceptar preguntas de las siguientes categorías: Marca de registro vehicular Nombre del conductor /propietario Fecha Tipo de multa /delito Oficial que emitió la multa Marca del automóvil Área geográfica que incluye los detalles de la calle y de la ciudad o pueblo 6.5 Ley PACE (Police and Criminal Evidence Act) de 1984 Sometido a la autoridad escrita de un superintendente o más arriba, la Sección 4 de la Ley PACE de 1984 permite a los oficiales realizar los controles de rutas con el propósito de evaluar si un vehículo está transportando: Una persona que ha cometido un delito, que no sea un delito de tráfico o un delito punitivo de vehículo. Una persona que es testigo de tal delito Una persona que está ilegalmente en libertad En casos de urgencia, la autorización puede ser dada por un inspector, que debe hacer que un oficial de jerarquía de superintendente o por encima sea informado en forma debida. Aunque la sección 4(1) excluye los delitos de tránsito, sección 4(4) declara que un oficial pueda autorizar un control de rutas bajo la sección (3) mencionada arriba. La sección 116 declara que los delitos bajo las Partes I y II del Programa 5 son siempre graves. Las secciones 1 y 3A de la ley 1988 sobre tránsito en ruta están en la Parte II y por lo tanto son delitos graves pasibles de arrestos. 6.6 Anuncios para convocar a testigos El empleo de anuncios para convocar testigos, durante el tratamiento de la escena de una colisión, puede alentar a un testigo, anteriormente renuente, a presentarse. Se debe prestar especial consideración al mensaje, que deberá ser conciso e informativo. La manera en la cual el mensaje es exhibido también requiere algo de información. Por ejemplo, en caminos urbanos de velocidad inferior, el mensaje puede ser insertado en un solo cartel, en tanto que en caminos de mayor velocidad es conveniente distribuir el mensaje a través de distintos carteles. Al colocar los carteles de convocatoria de testigos, es prudente considerar los beneficios potenciales de colocar el mensaje en el carril opuesto. También será necesario decidir cuánto tiempo los carteles de convocatoria deben ser dejados "in situ", por ejemplo si el camino tiene una gran cantidad de vehículos que viajan hacia o desde el continente, puede ser conveniente dejarlos en el lugar durante dos meses. 6.7 Cuestionarios El uso de cuestionarios puede producir información adicional útil para la pesquisa. Los cuestionarios pueden

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ser útiles para completarse y devolver, o también completados por el oficial en la presencia del entrevistado. De cualquier manera, los cuestionarios pueden ser enviados a los residentes que viven en las proximidades de la escena o a los motoristas y a otros usuarios de camino que viajan por el camino en un momento importante posterior al incidente. Antes de embarcarse en este ejercicio, el Oficial Inspector Superior debe asegurarse de que hay suficientes copias para la cantidad de receptores. 6.7 Cuestionarios Si resulta posible, hacer que la ruta sea monitoreada por cámaras de video de un coche policial para mostrar que el/los conductor/es y el/los testigo/s tengan un enfoque de la escena en una colisión. Esto demostraría ser muy valioso en las subsiguientes audiencias en el juzgado. Si resulta posible esto tendrá que ser llevado a cabo el mismo día y en el mismo momento de la colisión real. Debe observarse, no obstante, el punto de vista desde un automóvil que es diferente del de un conductor policial PCV/LGV (police car/large goods vehicle) vehículos policiales y vehículos grandes de transporte de mercadería. Si tal vehículo está involucrado y el Oficial Inspector Superior desea registrar el punto de vista del conductor, será necesario registrar la ruta como es observada desde un vehículo similar. 6.10 Sistemas de control de motores Todos los vehículos modernos están ahora equipados con sistemas de control de motores Cuando se considere necesario, conectarse con el fabricante del vehículo para ubicar la información registrada allá y cómo debe ser recuperada. 6.11 Laboratorio de Investigación del Transporte (TRL) El Laboratorio de Investigación del Transporte ofrece un servicio de asesoría telefónica de 24 horas en la primera instancia de las investigaciones policiales. También asesoran sobre conocimientos específicos en otras agencias /organismos. Se pueden contactar al 01344 770770 o fax 01344 770894. Los expertos en el TRL pueden ofrecer información en las siguientes áreas. Colisiones. El equipo está disponible para probar las superficies del camino y los materiales de construcción, siendo la opinión del experto muy decisiva. El Laboratorio de Investigación del Transporte maneja una cantidad de bases de datos únicos que se concentran en la causa de la colisión; la tolerancia a las lesiones, la estructura del vehículo; el diseño del camino, su construcción y su mantenimiento. Las instalaciones para las pruebas están disponibles a fin de analizar los vehículos dañados, los cascos de seguridad y el equipo auxiliar. Este servicio también se extiende a las colisiones que se producen en actividades de la construcción y deportivas. La opinión del perito puede presentar factores de daño y del efecto adverso del clima y sus incidentes, cuando los lugares han sido afectados por lluvia, inundación, hielo, heladas, nieve o niebla. Factores humanos. El TRL ha desarrollado una extensa batería de test para investigar la tarea de manejo y para evaluar y comparar el rendimiento del conductor cuando ha sido dañado por: alcohol drogas medicinales o evasivas fatiga edad información sobrecargada de la tecnología interna del automóvil

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La opinión del perito puede también ser dada sobre: la percepción del peligro el estrés del conductor los impactos posibles de los patrones de trabajo y de las prácticas laborales el diseño y la disponibilidad del uso de los vehículos las condiciones en donde el desempeño humano puede alcanzar sus límites la salud y la seguridad en el lugar de trabajo la evaluación de la efectividad de la capacitación los factores contribuyentes y precipitantes Estado de las rutas y el tráfico. El personal especialista en rutas y tráfico puede asesorar sobre: los planes de acción de la autoridad en carreteras, sistemas y prácticas el diseño de caminos y de los cruces los tiempos de las señales de tránsito los tratamientos de los lugares de colisiones las técnicas de control de seguridad las técnicas de construcción de carreteras el mantenimiento de rutina y en invierno el testeo de materiales la iluminación las condiciones de superficie durante el tiempo adverso las condiciones del suelo y del terreno la visibilidad el encandilamiento Vehículos. El TRL es aclamado internacionalmente por la prueba de seguridad del vehículo y el desarrollo del trabajo. Este informe puede ser considerado por los oficiales investigadores respecto de: la condición de los autos en la colisión el despliegue de, y la protección ofrecida por, los cinturones de seguridad y las airbags la identificación del vehículo que usa características únicas y especificaciones la evaluación de la inclusión de los accesorios las huellas de los neumáticos los ruidos del vehículo la notoriedad del vehículo el manejo del vehículo la evaluación del daño vehicular la disponibilidad, el análisis y la interpretación de los datos de la "caja negra". Crimen. Usando la base de datos única de TRL, las características del vehículo motorizado pueden ser identificadas y la forma en que se produjeron las heridas puede determinarse, incluso para investigaciones criminales no relacionadas con los vehículos. El TRL puede también asesorar sobre la disponibilidad y el uso de fuentes alternativas de datos a las que se puede acceder a fin de estrechar el campo de investigación. Manejo del factor de riesgo y de responsabilidades. El TRL puede asesorar sobre el riesgo y los planes de manejo de la seguridad, los sistemas y las prácticas que deben ser adoptadas tanto por el sector público como por el privado en sus respectivos campos de operación. Esto es permanente en relación con la investigación de las prácticas de trabajo, especialmente aquéllas en la que se introduce la nueva tecnología y

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las nuevas prácticas de trabajo. 6.12 Bases de datos Advertencia. Cierta información contenida en la base de datos es sometida a las disposiciones expuestas en la Ley de 1998 de Protección de Datos. Es fundamental tener cuidado siempre al divulgar o compartir la información contenida en esas bases de datos. 6.12.1 Base de datos de Inteligencia Policial de Investigación Comercial (PIKE, Police Intelligence Kommercial Enquiry) La mayor parte de las Fuerzas Policiales del Reino Unido ahora tienen acceso a la base de datos PIKE (una base de datos de inteligencia para grandes vehículos de transporte de mercadería y ómnibus). Cada vez que un vehículo grande para mercaderías o un ómnibus es detenido, se registra la siguiente información en la base de datos, en caso de estar disponible: Nombre y dirección de la compañía Detalles de la licencia del operador Nombre y dirección del conductor Detalles del vehículo Fecha y tiempo detenidos Delitos detectados Detalles a ser entregados por ejemplo, a otra área de la fuerza Cualquier operación de inteligencia Persona que detuvo un vehículo Esta información es luego transferida entre las fuerzas, como necesario, para construir un perfil de datos de los conductores /propietarios /operadores. Antes de que los datos sean entrados en la base nacional de datos, la información es enviada a la fuerza pertinente para la verificación. La fuerza pertinente es el área de la fuerza en la cual se sitúa el centro de operación. Una vez que los datos han sido verificados, la fuerza pertinente los envía de vuelta a la base nacional de datos para su inclusión. La verificación es necesaria a fin de asegurar que la protección de datos y la legislación sobre derechos humanos ha sido cumplida. Es también una oportunidad de alertar a la fuerza pertinente de que uno de los operadores ha sido notificado. 6.12.2 Computadora Policial Nacional (PNC, Police National Computer) El PNC contiene una extensa cantidad de datos tales como: Número de registro vehicular Marca, modelo y color Número de motor Número de chasis Último propietario registrado Detalles de los nuevos poseedores no confirmados Estado de los impuestos sobre el vehículo El valor de la información en la Computadora Nacional Policial (PNC) no es ampliamente reconocido. Tradicionalmente considerado como un servicio de almacenamiento de datos, el sistema ha estado bajo desarrollo constante a fin de apoyar el funcionamiento operacional policial y ahora tiene muchos usos en las Investigaciones de Muerte en Rutas y la recolección de inteligencia.

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Además de responder a las preguntas convencionales, los millones de vehículos del sistema pueden ser rastreados en segundos mediante una descripción parcial y /o otros factores que usan el sistema VODS (Vehicle On Line Descriptive Searching) -rastreo descriptivo on line de vehículos. Cuanta más información se disponga sobre el vehículo, habrá más probabilidad de identificar al vehículo requerido. Cualquier factor aislado o en combinación puede ser rastreado en cuanto a: Parte VRM - menos de lo requerido para una pesquisa total o parcial (ej. solamente uno o más caracteres

identificados). Motor parcial o detalles VIN Capacidad del motor Marca/Modelo Color(es) Año de registro Tipo de carrocería Código postal del tenedor del vehículo (distancia desde el área (L: E:), distrito (LE08) y calle (LE08 5WW). La presencia de algún informe policial (con o sin el cual depende de los jefes de las fuerzas). La presencia de los marcadores DVLA (Driver and Vehicle Licensing Agency) El sistema VODS está siendo adaptado para permitir que los oficiales entrenados para rastrear los detalles parciales de los usuarios registrados y por el texto dentro de los informes policiales. El registro PNC puede ser examinado no solamente cuando los controles han sido realizados por los oficiales locales sino también para ver si un determinado vehículo o persona ha sido chequeado en otro lugar del país. El desarrollo continúa con la solicitud del conductor y pronto permitirá los rastreos de 48 millones de licencias para conducir. La información similar está disponible respecto de los vehículos registrados en Irlanda del Norte contactando el Oficial de Enlace de la fuerza. 6.12.3 Agencia de concesión de licencias del vehículo y del conductor (DVLA, Driver and Vehicle Licensing Agency) – Swansea. Hay aproximadamente 37,5 millones de vehículos registrados y 48 millones de conductores con licencias de la agencia permisionaria (DVLA). La Agencia considera a la policía como uno de sus clientes más importantes y su Grupo de Apoyo juega un papel importante al proveerles el mejor servicio posible. El Grupo consta de la Unidad de Enlace Policial y la Unidad de Pesquisa Policial respaldada por los Oficiales de Enlace que tiene cada fuerza policial en todo el Reino Unido. 6.12.4 Unidad de Enlace Policial La Unidad es responsable por mantener una pesquisa general y punto de información para el personal de DVLA y las fuerzas policiales dentro del Reino Unido, en cuestiones que comprenden tanto al conductor como a los vehículos. Las investigaciones se refieren a: Cuestiones policiales y procesales Operaciones policiales especiales Transacciones falsificadas y sospechosas sobre documentos de vehículos / vehículos desarmados y

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licencias de conductor Preparación de declaraciones de testigos para el Servicio de Prosecución de la Corona. Acceso a la base de datos internacional de vehículos robados perteneciente a Interpol. Acceso al Sistema de Información sobre automóviles europeos. Plan de Mejora del Conductor. El DVLA opera un servicio de 24 horas para la policía en los casos de delitos graves, colisiones o incidentes serios. Los pedidos para este servicio pueden solamente ser autorizados por el Oficial de Enlace de la fuerza DVLA o un oficial no por debajo del rango de superintendente. 6.12.5 Comisionados de Tráfico Se requiere una licencia de operador para transportar mercadería o pasajeros relacionados con cualquier comercio o negocio si se usa un vehículo en una ruta. La licencia será emitida por la Oficina de Área de Tráfico que cubre el principio básico del solicitante "Centro Operativo", es decir, la ubicación en donde los vehículos son guardados cuando no están en uso. El documento de la licencia incluirá: Detalles del poseedor de la licencia y el número de la misma. Detalles del tipo de licencia emitida y el número total de vehículos motorizados y acoplados autorizados

para su uso. Detalles de los centros operativos especificados. Los nombres de los gerentes de transporte (como corresponda) Las condiciones y compromisos Una lista de marcas de registros de vehículos motorizados específicos. 6.12.6 Agencia de Servicio de Operadores y Vehículos (VOSA) La Agencia de Servicio de Operadores y Vehículos tiene información en 5 bases de datos separadas en la forma siguiente: Base de datos para las condiciones del camino. los detalles de todas las interdicciones relacionadas con los vehículos ya sea en el camino o en los lugares del operador. La información incluirá la fecha de emisión, la gravedad de la interdicción, el oficial emisor y si la interdicción ha sido levantada. Probando la base de datos. Esto incluirá todos los detalles técnicos del vehículo incluyendo el número VIN, las medidas de los neumáticos, el tipo de vehículo y la historia de los exámenes del vehículo que deberá mostrar la fecha y el lugar de los test y lo que presentaba el vehículo en el último análisis. Base de datos de la rama de seguridad vehicular. Cuando los vehículos son inspeccionados como resultado de una colisión de tráfico en el camino, un detallado informe del examen será completado por el examinador y la información contenida registrada aquí en esa base de datos. Base de datos de los servicios legales y de la prosecución. Todas las prosecuciones realizadas por la Agencia de Servicio de Operadores y Vehículos tanto con los individuos como con las compañías están registrados aquí, incluyendo los delitos, el tribunal y el resultado del caso. Base de datos inteligencia VOSA. Esta base de datos contiene detalles de inteligencia obtenidos por la Unidad de Inteligencia de VOSA acerca de mercadería y de los operadores PSV y los conductores de una

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cantidad de lugares. El VOSA suministrará información a compañías aprobadas por los vehículos "MOT" incluyendo las copias de los certificados de test. El VOSA también brindará asesoramiento técnico en la interpretación de las cartillas del cartógrafo y de las horas de trabajo. Además el VOSA podrá suministrar los registros de las pruebas vehiculares, las fallas y la falta de concurrencia a los test. 6.12.7 Aduanas e Impuestos de Su Majestad Esta organización tiene una base de datos abarcadora especialmente con referencia a los movimientos vehiculares hacia dentro y hacia fuera del Reino Unido. 6.12.8 HPI - EXPERIAN EXPERIAN es una compañía de información líder, que ha desarrollado una base de datos para el comercio automotor del Reino Unido. Sus oficinas centrales en el Reino Unido están en Talbot House, Talbot Street, Nottingham NG1 SHF. Su "Control de Datos Tarjeta Gold" puede tener acceso en segundos a una investigación mediante una computadora personal, teléfono o fax, teniendo acceso a la siguiente información: Marca de registro vehicular (VRM) Control de VRM versus VIN (Número de Identificación Vehicular) Fecha del primer registro. Modelo y tipo Control de kilometraje VMC Kilometraje en pantalla Número de motor y capacidad Tipo de transmisión Datos del vehículo robado Datos del cambio del número de chapa Tipo de carrocería Pérdida total /eliminación de los datos del seguro Indicador alterado Vehículo de alto riesgo (datos de alquiler) Contrato financiero del vehículo, incluyendo el tipo de acuerdo y los términos Indicador importado /exportado Evaluación de la Guía Glass Cantidad de anteriores propietarios y fecha del último cambio Cambios del color y fecha del último cambio Año de fabricación Certificados de marcas de los fabricantes (distribuidores aprobados solamente) Toda la información es compilada bajo del Número de Identificación Vehicular (VIN) aunque se logra el acceso usando el VIN o la Marca de Registro Vehicular (VRM). El uso del VIN, que es una forma más segura de identificación que la Marca de Registro Vehicular solamente, permite el acceso veloz a una historia completa de cualquier vehículo. 6.12.9 Conexión Directa IT/PC

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Como parte del contrato con el Home Office, Experian se ha acordado que todas las fuerzas policiales tienen acceso libre on-line a su sistema. La base de datos es actualizada diariamente, siete días a la semana, usando la última información disponible de: Agencia Permisionaria del Conductor & Vehículo (DVLA) Computadora Nacional Policial Sociedad de Fabricantes y Comerciantes de Motores (SMMT) Más de 600 compañías financieras Asociación de Aseguradores Británicos Sindicatos de Lloyds Servicios de Información de Glass Compañías de flotas y de renta diaria Control Limitado de Kilometraje Vehicular (VMC) Asociación Británica de Alquiler y Leasing 6.12.10 Base de datos de auto partes Cuando un vehículo ha sido dañado en una colisión en donde no hubo detención, el Oficial Inspector Superior puede enterarse de aquellas partes que necesitan ser reemplazadas durante las reparaciones. Si la marca y el modelo del vehículo pueden ser identificados, luego, el fabricante y sus agentes tendrán que hacer preguntas en cualquier punto de combinación de partes. Los pedidos resultantes pueden entonces ser controlados en un rastreo, entrevista y base de eliminación. El Laboratorio de Ciencias Forenses tiene acceso a tipiar registros de aprobación que podrían ayudar a identificar la fuente de los componentes dejados en la escena. 6.12.11 Sistemas de inteligencia de la fuerza Cada fuerza tendrá una cantidad de sistemas de inteligencia 6.13 Otra base de datos de computadora Los Oficiales Superiores deben estar alertos a la posibilidad de que otra base de datos exista, lo cual al principio puede que haya sido evidente, pero contiene información que podría ser importante para una investigación. Tal base de datos puede llegar a incluir detalles de la ubicación y el movimiento de personas /vehículos en cualquier momento. En tanto que una lista definitiva es imposible, algunos ejemplos son: Personal que trabaja a reloj Vehículos que salen y entran de las playas de estacionamiento Vehículos que utilizan tarjetas prepagas de peaje y que atraviesan túneles u otros caminos particulares. 6.14 Entrevistas a domicilio Las entrevistas a domicilio siempre serán una consideración importante táctica para el Oficial Superior Investigador, en tanto que es potencialmente un recurso importante, el beneficio investigativo es relativamente bajo. Alternativamente, aplicando un enfoque inteligente a los sitios clave identificados por razón de ubicación, las escenas significativas y el descubrimiento probatorio, las entrevistas a domicilio tienen la posibilidad de ser una opción táctica que suministra información y evidencia valiosa. Si se maneja en forma prudente, las entrevistas a domicilio pueden ser efectivas. En 1993, el grupo de trabajo del Comité del Crimen de la Asociación de Jefes de Policía publicó un artículo sobre la práctica correcta acerca de las entrevistas a domicilio. Los principales puntos que emergen de este

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artículo pueden ser resumidos en la forma siguiente: El Oficial Superior Investigador debe definir con claridad el área El Oficial Superior Investigador debe decidir si el cuestionario estándar para domicilio MIRSAP es

adecuado o si necesita ser revisado para satisfacer las necesidades de la investigación. El oficial a cargo de la encuesta a domicilio debe ser adecuadamente convocado por el Oficial Superior

Investigador. Una vez que el área ha sido definida, se debe hacer un reconocimiento de la misma para establecer los

detalles exactos. Hay que mantener en forma constante las instrucciones para los oficiales El controlador a domicilio debe indicar las prioridades HOLMES 7. LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Hay muchas ocasiones en las que la ayuda y la asistencia requerida y provista por los medios en sus distintas formas han demostrado ser un instrumento en la conclusión satisfactoria de la investigación policial. Loa oficiales no deben nunca perder de vista los muchos beneficios que pueden ganarse por la intervención de los medios en cualquier momento o nivel, en que se crea apropiado para las necesidades específicas de un caso en particular. El proceso será asistido mediante por una estrecha relación de trabajo que se realiza entre el Oficial Inspector Superior, el Oficial de Enlace, la familia de la víctima y la oficina de prensa de la policía. Mientras se empleen técnicas diferentes, las tres reglas básicas son las mismas. Saber lo que se quiere decir Saber a quien se le está hablando Retener solamente lo que debemos El interés de los medios en una muerte en ruta o colisión grave puede estar influido por varios factores: La cantidad de muertes involucradas La gravedad de las heridas La cantidad de vehículos o el tipo de los mismos Las personas involucradas, a causa de la edad, de la importancia u otra razón Otras historias de noticias disponibles para los medios El uso del accionar con los medios estará dividido en cuatro áreas separadas: Atención a los hechos que rodean a la colisión o a su investigación Radio difusión sobre la información del tráfico, que asistirá tanto al motorista como a la policía evitando la

congestión alrededor del lugar Apelaciones específicas para informar y los testimonios de testigos Ofreciendo nuestro profesionalismo El Oficial Inspector Superior debe estar enterado de posibles situaciones que pueden suscitarse como resultado de la publicidad a la prensa y deben desarrollar una estrategia para manejarlas. Si, por ejemplo, un informe a la prensa nombra a una parte de la colisión que no sea el fallecido, esa persona y su familia pueden sufrir como resultado, aunque dicha persona sea inocente de cualquier delito. Hay un equilibrio a ser logrado de manera tal que una investigación justa y cabal sea realizada y esté sometida a la vista pública mientras los deseos y derechos de aquellos involucrados estén protegidos.

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Como la mayoría de la gente tiene poco o ningún contacto con la policía en su vida diaria, la imagen que tienen de nosotros proviene de lo que oyen en la radio, ven en la televisión o leen en los diarios. Los medios de noticias han llegado a tener una influencia poderosa en nuestra sociedad, la televisión en especial atrae vastas audiencias. Más del 75% de la población citan a la televisión y a la radio como su primera fuente de información. Usted puede ser un experto en su área, pero si no sabe comunicarse en forma efectiva o controlar su entrevista, entonces fallará al promover su causa e inclusive dañar su reputación. Nadie puede pretender que tratar con los medios es siempre una cosa fácil, especialmente en una etapa temprana de un incidente. No obstante, debemos recordar que no podemos pedirle a los medios que colaboren un día y rehusar colaborar al día siguiente. Hablar con los medios no es la única responsabilidad del Oficial de Enlace con la Prensa, o del miembro del Departamento de Comunicaciones. Cada integrante es un representante de su fuerza y tiene la capacidad de realzar o dañar la reputación de la misma. Los oficiales deben ser cuidadosos y observar la legislación tal como la protección de datos, desacato a las leyes y la Convención Europea de los Derechos Humanos. 7.1 Estrategia de los medios Debe tenerse en cuenta la estrategia de los medios en una primera instancia a fin de establecer el nivel de compromiso buscado. Es aconsejable que el Oficial Inspector Superior acuerde la estrategia con el departamento de prensa de la fuerza. La primera respuesta a los medios debe ser una declaración contundente. Los detalles de las víctimas rara vez son dados en ese momento. Este enfoque es adoptado tanto por razones de sensibilidad para permitir que los familiares y amigos sean notificados, y por fines prácticos (la necesidad de establecer y confirmar la identidad de los fallecidos). Cuando llegue el momento de que los detalles de las personas fallecidas sean conocidos, esto debe hacerse solamente bajo la autoridad del Oficial Inspector Superior que quizás desee consultar con otros participantes tales como el Oficial Forense. 7.2 Los medios presentes en la escena Cuando los medios se presentan en la escena de una muerte en ruta, el acceso a la escena debe ser cuidadosamente controlado tanto para proteger la escena como por razones de salud y seguridad, puesto que como se dijo anteriormente, la policía es responsable de la salud y seguridad de todas las personas en la escena. Corresponde al Oficial Inspector Superior decidir cuándo el acceso a la escena debe permitirse. Tal acceso debe estar bajo la supervisión policial directa. La identidad de cualquier persona arrestada o acusada de un delito pero no aún inculpada o citada no debe ser revelada a los medios. Si un conductor es arrestado bajo sospecha de haber causado la muerte por manejo peligroso, pero es citado para reaparecer ante la comisaría, su identidad no debe ser revelada a la prensa. 7.3 Citaciones de testigos El Oficial Inspector Superior deberá considerar una rápida citación de testigos. El tiempo de tal citación puede ser importante. La consideración de los puntos de cualquier citación y las personas hacia quienes se dirige guiará el tiempo. No obstante, cuanto más rápida sea la citación más exitosa será.

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Cuando una citación de testigos es hecha y un número telefónico sea publicado, se deben emplear los recursos apropiados para tratar la respuesta. El compromiso de los medios en cualquier incidente de un automóvil que prosiguió sin detenerse, puede ser importante y una estrategia apropiada para manejar los medios tendrá un fuerte soporte en el resultado final. Una táctica a ser considerada es la visita posterior a la escena en el momento que pueden hacerse nuevas líneas de investigación. Esto puede ser dentro de las primeras veinticuatro horas, en fecha posterior o en cualquier momento en que se crea que se ganó alguna ventaja. 7.4 Impacto en la familia La preparación de la reconstrucción para los medios antes de la citación es importante. El impacto potencial sobre la familia de la víctima de cualquier medio de prensa debe ser considerado y se deben realizar los pasos apropiados. Las familias de las víctimas tienen que ser advertidas en el momento apropiado por el Oficial de Enlace de Familia de que los detalles de la víctima se harán de dominio público al iniciar la investigación del Forense. Cualquier información dada a la prensa y a los medios tendrá que estar basada en hechos. Ninguna explicación como la causa de la colisión debe ser dada, ni frases que indiquen la culpabilidad de cualquiera de las partes involucradas tienen que ser siempre evitadas. Aunque la policía trabaje siempre para proteger a las familias de las víctimas, no debe dudar en controlar a la prensa. 7.4.1 Pautas de la Asociación de Jefes de Policía (ACPO) El Grupo Asesor de la Asociación posee pautas escritas para los individuos bajo investigación policial y sobre el nombre de las víctimas o testigos del delito, colisiones en la ruta y otros incidentes. 8. FORENSE (OFICIAL JUDICIAL) DE SU MAJESTAD (HM Coroner) El Forense de Su Majestad es un oficial judicial que lleva una pesquisa independiente bajo la Ley Forense de 1998. La corte forense es parte de la estructura total de la corte del sistema judicial con poderes para citar testigos y tomar testimonio juramentado. El Forense de Su Majestad tiene absoluta autoridad sobre las cuestiones relacionadas con una persona fallecida en su jurisdicción. Él tiene el derecho a realizar una investigación en todos los casos en los que haya una causa razonable para sospechar que: Una persona haya muerto por una causa violenta o no natural, o La muerte repentina y la causa sean desconocidas, o El fallecido murió (de cualquier causa) estando bajo custodia legal o detención Si se sospecha que la muerte fue causada por una enfermedad industrial. El rol del forense y el propósito de la encuesta son para determinar:

- La identidad del fallecido - Cuándo y dónde ocurrió la muerte - La causa de la muerte - Los detalles requeridos para registrar la muerte

El forense puede que no comente sobre ninguna otra cosa.

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Una indagatoria no es un juicio sino una indagación limitada sobre los hechos que rodean a una muerte. No está en el rol del forense culpar a alguien, ni puede comentar sobre la responsabilidad criminal de cualquier persona. El tribunal forense de Su Majestad puede alcanzar conclusiones sobre muerte accidental, muerte causada por infortunio, muerte legal o ilegal, causas naturales, suicidio o veredicto abierto. El Oficial Superior Investigador debe mantener al médico forense al tanto del avance de la investigación en forma regular. 8.1 Presencia en el accidente del Forense Algunos forenses desean estar presentes en las escenas de accidentes fatales. Se considera prudente para las circunstancias locales establecer en qué circunstancias un médico forense desea asistir. 8.1 Presencia en el accidente del Forense El Forense de Su Majestad normalmente abrirá una indagatoria tan pronto como sea posible luego de un accidente fatal. La apertura de la indagatoria establecerá la identidad del difunto y la audiencia del resultado del examen post mortem. Si la persona inculpada por el delito es condenado, el médico forense normalmente no necesita reasumir la indagación. En tales casos, los procedimientos del Tribunal de la Corona toman el lugar de la indagación. Sin embargo se debe tener en cuenta que el Forense de Su Majestad puede continuar la indagación si considera conveniente hacerlo. Por ejemplo, en casos excepcionales de la Sección 1 el Forense puede llegar a considerar conveniente la prueba pública de la evidencia. Cualquier conclusión no debe diferir de la alcanzada por el Tribunal de la Corona. Entonces si una persona es absuelta por el Tribunal de la Corona, el Forense puede pedir una audiencia indagatoria total. 8.3 Formato de las indagaciones. En la mayoría de los casos el formato de la presentación de la evidencia es el siguiente: Evidencia de la identificación del fallecido. Evidencia patológica de la causa de la muerte. Evidencia que lleva al informe del patólogo – evidencia testimonial sobre cómo fueron realizados los

daños. 8.4 Notificación de los procedimientos a los médicos forenses El Forense de Su Majestad será informado de todas las muertes repentinas tan pronto como resulte posible y será actualizado cuando resulte necesario para el avance de cualquier investigación. Un cadáver no será removido del distrito del médico forense en donde fue originariamente encontrado sin el consentimiento del forense. Cuando no haya ninguna causa para sospechar algo respecto del cadáver, éste será llevado a la morgue. 8.5 Muertes de personas extranjeras En tales circunstancias el Forense de Su Majestad se pondrá en contacto con el Consulado de la persona involucrada. La mayoría de los incidentes son directos y no presentan problemas. En los casos en que haya inmunidad diplomática o en el caso de miembros de fuerzas armadas visitantes, el difunto es devuelto a su

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país de origen. No obstante, la mayoría de los países de la Unión Europea y los EE.UU. están preparados para obviar estas inmunidades en la generalidad de los casos. 9. EXAMENES POST MÓRTEM («después de la muerte») Y PATOLOGIA 9. 1 Función del patólogo Un patólogo debe ser designado por el Forense de Su Majestad para realizar un examen post mortem. El Oficial Inspector Superior deberá también asegurarse de que el forense esté enterado y acepte, y de que el patólogo tenga conocimiento de la autoridad del forense. El propósito del examen post mortem es establecer la causa de la muerte, la gravedad de las heridas, la presencia de cualquier enfermedad natural y realizar un registro de los hechos. El Oficial Superior Investigador tiene la responsabilidad de que el forense sea notificado lo antes posible luego de la muerte en ruta, y que una investigación esté llevándose a cabo. Entonces, el forense designa a un patólogo para realizar un examen post mortem en su nombre. La elección del patólogo es esencialmente a discreción del forense. Dadas las circunstancias particulares de cualquier caso, el Oficial Superior Investigador puede solicitar ante el forense que un tipo determinado de patólogo sea empleado para el examen. Las funciones exactas del patólogo variarán dependiendo de las circunstancias del caso, pero la autopsia realizada deberá alcanzar un patrón mínimo en el cual la causa médica de la muerte sea identificada (cuando resulte posible), la gravedad de las heridas, tanto externa como internamente será documentada exhaustiva y precisamente, se obtendrán muestras toxicológicas y la presencia de cualquier enfermedad natural se busque a simple vista o bajo el microscopio. Cuando resulte conveniente, la documentación fotográfica puede ser necesaria, como puede ser la recolección de la evidencia del tipo encontrada en cualquier muerte sospechosa. El Oficial Superior Investigador debe tener presente que hay una gran variación en la forma en que son hechas las autopsias por los patólogos, en gran medida debido a la diversidad en la preparación y la experiencia particulares. Cuando haya un pedido para trasladar un cadáver de una jurisdicción de un forense a otra, los respectivos forenses deben ser evaluados y averiguar su autoridad antes de que se haga cualquier movimiento. En muchas fuerzas, los oficiales del forense tienen un papel importante para realizar esto. Nota: La diabetes presenta problemas especiales cuando existen conductores diabéticos que sufrieron accidentes. Un conductor muerto del cual se sospecha de haber tenido un episodio de diabetes requiere un análisis de sangre especial, en general dentro de las dos horas después del accidente, pero hay que asesorarse desde un principio. La extracción de sangre de un cadáver sin el previo consentimiento del forense es ilegal. 9.1.1 Trasplantes de órganos No resulta infrecuente en las investigaciones de las muertes en caminos que se presente la cuestión de transplantes de órganos, según los deseos de las familiares o allegados de la víctima. En tales casos, el Oficial Superior Investigador debe recurrir a la guía detallada publicada por ACPO en agosto de 1994. Los principales puntos de la guía se resumen en lo siguiente. En los casos de muerte ilícita, la remoción de órganos solamente puede ser realizada con el

consentimiento del Forense de Su Majestad en cuya jurisdicción ocurrió la muerte. Habrá una presunción a favor del transplante siempre que el Forense de Su Majestad esté de acuerdo en

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que la donación de órganos no perjudique la investigación de una muerte ilegal a los intereses esenciales de la justicia.

El Forense de Su Majestad invariablemente consultará al patólogo del Ministerio del Interior asignado al caso, a fin de establecer que su examen no sea perjudicado por la remoción de los órganos.

La importancia de la remoción de un órgano debe ser considerada en el contexto de un segundo examen post mortem.

Si una persona es acusada, no debe realizarse ningún transplante de órganos sin obtener las opiniones del demandado o de su representante legal.

El Oficial Superior Investigador debe tener un papel principal al recoger opiniones y evaluar el impacto sobre la investigación (tendrá que hacer las cosas con rapidez en tales circunstancias).

La única persona que puede tomar la decisión respecto de la remoción de un órgano es el Forense de Su Majestad.

9.1.2 Examen pericial post mórtem rutinario Históricamente, la mayoría de los exámenes post mórtem de los accidentes de tránsito en rutas son realizados por los patólogos generales con capacitación y experiencia reconocidas. A causa de esto, puede haber una variación en la calidad del informe del patólogo según la perspectiva de los investigadores. Es por supuesto una cuestión de discreción del Oficial Superior Investigador si él u otros oficiales involucrados en la investigación asisten realmente al examen. Si no asisten al examen, por cualquier razón, puede que en el informe subsiguiente se encuentren fallas y sea demasiado tarde para rectificarlas. 9.1.3 El patólogo forense del Ministerio del Interior Como una cuestión sobreentendida, en las investigaciones de un homicidio no premeditado, se empleará un patólogo forense. El Forense tomará la última decisión, pero las pautas son que en todos los casos de muerte sospechosa o muerte ilegal, debe estar siempre un patólogo forense autorizado. Ciertas categorías de incidentes de muertes en rutas cumplen con estos criterios.

Figura 13 - Diferencias entre un patólogo forense y un patólogo general de hospital

Patólogo forense Patólogo general del hospital Diagnóstico de la enfermedad Diagnóstico de la enfermedad Amplio entrenamiento en autopsias generales Variable entrenamiento en autopsias generales Amplio entrenamiento en autopsias forenses Sin entrenamiento en autopsias forenses Investigación de la muerte: rol primario Investigación de la muerte: rol menor Experiencia en la escena del crimen Generalmente sin experiencia en dicha escena Gran conocimiento forense Variable conocimiento forense Testimonios periciales Testimonios profesionales (generalmente)

El Oficial Superior Investigador debe decidir en una primera etapa el tipo de patólogo que será requerido, y hacer la representación ante el Forense. Al llegar a esta decisión, es necesario prestar atención a la naturaleza y complejidad del incidente, y cualquier procedimiento criminal que pueda proseguir. Cuando la causa de muerte es un componente importante del delito (es decir, causar la muerte por manejo peligroso) se debe prestar atención a la intervención de un patólogo forense del Ministro del Interior que brindará el más alto nivel del status investigativo. Puede ser sumamente útil si se requiere la interpretación de las heridas del cadáver, cuando un patólogo puede expresar una opinión respecto de lo que puede haber pasado durante la colisión.

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Cuando un patólogo forense del Ministerio del Interior realiza un examen post mortem, la asistencia del Oficial Inspector Superior o la persona designada es un requisito previo. El Oficial Inspector Superior puede desear asistir al comienzo del post mortem y luego nuevamente al final al ser citado por el patólogo. 9.1.4 Asistencia del patólogo a la escena No es siempre necesario que el patólogo asista a la escena de cualquier delito importante. Frecuentemente se presentan ocasiones en las que la asistencia es beneficiosa tanto para un Oficial Superior Investigador, en relación a la interpretación de la escena y a la remoción del cadáver, como para el patólogo en la comprensión e interpretación de las heridas. La mayoría de los Patólogos Forenses tienen considerable experiencia sobre las muertes sospechosas y, si hay duda, piden la asistencia en la escena. Si hay alguna duda, se recomienda que un Oficial Superior Investigador trate con un patólogo la necesidad de asistir. Si el patólogo no asiste, otra alternativa posible puede ser la provisión de fotografías de la escena y/ o grabaciones de video. En ciertos casos, tales como en donde hay un choque y huida puede ser necesario obtener una evidencia de rastro frágil del cadáver o relacionar los patrones de las heridas con el ambiente físico inmediato. En consecuencia, cuando resulte posible, el cadáver debe ser examinado por el patólogo en la escena en un estado de inalterabilidad. Quizás esto requiera el examen del cadáver aún estando dentro, debajo o encima del vehículo involucrado. Si el patólogo no puede asistir, o si es demorado y si resulta esencial la remoción del cadáver, por ejemplo debido al lugar o al clima adverso, el Oficial Superior Investigador debe asegurarse de que el patólogo actúe antes de la remoción. Al asistir a la escena del crimen, un patólogo puede intentar estimar el momento de la muerte tomando la temperatura del cuerpo como la evaluación del grado de rigor mortis. Se dan situaciones en las que el patólogo no puede asistir a la escena en forma rápida, por lo tanto un oficial debe registrar la temperatura ambiente. El patólogo debe evaluar la escena y llevar a cabo el examen preliminar, sin causar el menor daño al cadáver y a la ropa. 9.1.5 Examen post mórtem de la defensa Siempre que se requiera un examen post mortem por parte de la defensa, los detalles del patólogo de la defensa deben darse al forense sin demora, de manera tal que sea posible tener en cuenta la consiguiente disposición y liberación del cadáver. Los abogados de la defensa necesitarán establecer, por ejemplo, la naturaleza de las heridas y la causa de la muerte. También requerirán examinar el informe post mortem, las fotografías y cualquier otro asunto relevante. Los investigadores deberán asegurar que esta documentación esté disponible y sea sometida a la aprobación previa del forense. El Oficial Superior Investigador tiene que asegurar que el patólogo original sepa que un post mortem, por parte de la defensa, se está realizando. La asistencia será tratada entre el Oficial Superior Investigador y el patólogo, pero ambos deben considerarla. 9.1.6 Retención y liberación del cadáver Se ha confeccionado un Memorándum de la Buena Práctica según las tratativas entre la Sociedad de los Forenses, la Asociación de Jefes de Policía, la Sociedad de Derecho y el Ministerio del Interior. Está comprendido dentro de la Circular del Ministerio del Interior Nº 30/1999 y es reproducido en el Apéndice E. La pronta liberación del cadáver y el mantener a la familia al tanto del desenvolvimiento de los hechos debe ser una prioridad para el Oficial Superior Investigador que tendrá que ayudar a tratar los problemas angustiantes. Debe reconocerse que el estado de angustia es una cuestión compleja debido a las creencias

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religiosas en ciertas comunidades (por ejemplo, para los islámicos y los judíos) en el caso de haber alguna demora en el entierro. Del mismo modo es probable que haya una resistencia natural de algunas comunidades, también basada en las creencias religiosas (en particular de la comunidad musulmana) en relación al examen post mortem. Este tipo de cuestión demanda una respuesta sensible del Oficial Superior Investigador, que debe poner estas cuestiones en conocimiento del forense. La información al respecto está disponible en la Comisión para la Igualdad Racial o en el Consejo Local de la Igualdad Racial (REC). Al considerar la pronta liberación, un Oficial Superior Investigador debe tener en cuenta: Los aspectos de la identificación es decir, si la identificación de la víctima está en disputa. El valor probatorio de la retención del cadáver. Las necesidades de la investigación. La necesidad de una defensa o un nuevo examen post mortem cuando la identidad del infractor es

desconocida. El forense luego de tratar con el Oficial Superior Investigador, deberá decidir las necesidades culturales y religiosas de la familia.

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APÉNDICES APÉNDICE “A” – DIRECTRICES REVISADAS POR EL COMITÉ DEL CRIMEN DE ACPO PARA EL USO DE LOS ARCHIVOS DE LAS POLÍTICAS Introducción El papel importante realizado por el archivo de planes de acción en cualquier investigación de los delitos importantes es ampliamente reconocido en todo el Servicio Policial. El archivo de planes de acción debe reflejar con precisión las decisiones importantes estratégicas y tácticas hechas por los oficiales superiores investigadores (SIO) en cuanto se relacionan con la investigación. Dada la importancia de este documento, es sorprendente que durante años se haya convertido en el tema de mayor atención de los juzgados, investigaciones y revisiones. Si los archivos de los planes de acción son hábilmente preparados por los Oficiales Inspectores Superiores, deben servir como un registro crítico del manejo de cualquier investigación criminal importante, que incluya el razonamiento relacionado con cada decisión tomada. El Comité sobre el Delito ACPO emitió en 1990 las normas que tratan este tema. A la luz de la más reciente Revisión del Comité ACPO, los Oficiales Jefes son invitados a tener en cuenta el aviso contenido dentro de estas normas. Revisión de los descubrimientos Con este panorama de fondo es desalentador informar que la Revisión identificó una variación considerable en las prácticas de trabajo en relación con los archivos de los planes de acción. Algunas fuerzas se adhirieron estrictamente a las recomendaciones previas, en tanto que otras fuerzas parece que no las han adoptado o se han apartado de estas recomendaciones. La Revisión llegó a la conclusión de que las normas relacionadas con los archivos de los planes de acción se beneficiarían con la revisión, en términos generales, las recomendaciones previas aún permanecen sólidas. Formato Es discutible que el profesionalismo de cualquier investigación criminal pueda ser comparado con la calidad del archivo del plan de acción. Se sostiene que este principio sea la integridad del documento mismo. El archivo del plan de acción por lo tanto tendrá que ser un libro encuadernado del tamaño A4, con páginas numeradas. Tendrán que evitarse las hojas sueltas y los métodos de encuadernación que sean fáciles de destruir. Se considera que la encuadernación encolada con ganchos y cinta conforma un patrón aceptable. La portada del archivo de los planes de acción debe indicar claramente el título, identificar el incidente, el/ los nombre(s) de la(s) víctima(s), la identidad del Oficial Inspector Superior y la fecha en que se inició y concluyó la investigación. Se debe también reconocer que en muchas oportunidades el Oficial Inspector Superior completará más de un libro de archivo, por lo tanto la cantidad de libros usados para los incidentes deben también incluirse. Cada página del archivo deberá constar de una copia carbónica separable. Esto posibilita que la copia sea sacada y circule con propósitos administrativos, por ejemplo, registrando el sistema Holmes. Cada decisión sobre los planes de acción debe también ser firmada y fechada por el oficial que hace la modificación, aunque tenga que haber una manifestación indicando que la entrada actual fue hecha por alguien en nombre del Oficial Inspector Superior.

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En el pasado, al imprimir los archivos, muchas fuerzas adoptaron la práctica de incorporar en el diseño hojas volantes, al frente del archivo con los detalles de los titulares nacionales acordados que asistían al Oficial Inspector Superior en la creación del archivo del plan de acción. Estas pautas han sido revisadas y pueden ser encontradas en el Apéndice C. Cuando se usa el sistema Holmes, el plan de acción de la fuerza debe dirigirse a los Oficiales Inspectores Superiores se registren o no las entradas del archivo en el sistema. El plan de acción debe permitir al Oficial Inspector Superior una posibilidad de discreción respecto de la ubicación de decisiones relevantes del plan de acción en el sistema. No se recomienda la práctica de entrar decisiones sobre el plan de acción directamente en el sistema Holmes.. La práctica recomendada es que el Oficial Inspector Superior conserve un archivo escrito sobre el que se puedan crear registros Holmes. La Revisión estableció que la mayoría de las fuerzas favorecían la práctica de conservar todas las decisiones sobre el plan de acción en una o varias series de libros. Un número más pequeño de fuerzas estuvieron a favor de separar temas delicados y no investigativos en libros separados. En tanto que el formato y los contenidos se adaptan a las normativas nacionales establecidas aquí, el Comité sobre el Crimen de la Asociación de los Oficiales Policiales Jefes (ACPO) respalda este enfoque. Mantenimiento del Archivo del Plan de Acción El Archivo del Plan de Acción en todas las investigaciones establece los incidentes importantes. Además, los Oficiales Jefes son alentados a respaldar dentro de los planes de acción, la práctica de mantener los archivos del plan de acción en relación con otras investigaciones sobre delitos graves, por ejemplo, en casos de incendio premeditado, casos de fraudes e investigaciones sobre quejas/ disciplina.. Como normativa, se sugiere que un archivo sea mantenido en todas las investigaciones en las que un delito de asesinato u otro grave, tales como violación o rapto, hayan sido cometidos. El contenido del archivo de los planes de acción es una cuestión que quedará a discreción del Oficial Superior Investigador, según las normativas nacionales. Es de vital importancia que el Oficial Inspector registre sistemáticamente todas las decisiones significativas. Es importantísimo que quede establecida la razón por la cual se siguieron o no determinadas líneas de investigación. Además, el registro detallado de esas decisiones y las razones para tomarlas es importantísimo. El Oficial Inspector Superior usará el archivo del plan de acción teniendo en cuenta que es un registro definitivo sobre el cual confiará cuando se le pida que rinda cuentas de sus decisiones. Es difícil ser normativo al plantear pautas sobre el plan de acción. Hay que tener en cuenta que toda investigación identificará las cuestiones a ser registradas correctamente y que salen de estas pautas. El ayuda memoria al que se hizo referencia anteriormente es una guía útil para registrar las decisiones tácticas importantes y estratégicas. Las acciones individuales son probablemente menos controvertidas y deben dejarse a la administración del MIR. La realización de un buen archivo del plan de acción es una habilidad que el Oficial Inspector Superior debe ser alentado a adquirir. A este respecto los Oficiales Inspectores Superiores pueden utilizarla efectivamente para capacitar a los investigadores más jóvenes en la preparación de los archivos. Se brinda una normativa detallada a los investigadores en el Manual de Investigación del Crimen de ACPO (Asociación de Oficiales Policiales Jefes), que alienta un enfoque estratégico para preparar archivos de planes de acción. Este enfoque es altamente recomendado para ser incorporado dentro de las fuerzas policiales. Los oficiales investigadores que no sean los más antiguos deben ser alentados a completar los archivos de los planes de acción, en los casos que no sean los de robo o violación, a fin de incorporarlos en respaldo de las investigaciones.

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Como regla general, todos los miembros del equipo de investigación deben estar enterados de las decisiones sobre el plan de acción. Esto puede ser conseguido útilmente a través de la actualización regular del personal en reuniones y desplegando copias actualizadas de las decisiones en las posiciones importantes dentro del Espacio de Incidentes Mayores. Se reconoce que habrá ocasiones en las que el Oficial Inspector Superior se abstenga de dar información al equipo de investigación sobre la base de asuntos delicados y en interés de la seguridad operacional. Al concluir la investigación, el archivo del plan de acción será retenido y guardado con la documentación del caso. Plan de Investigación Configuración de la investigación 1. Designación del Oficial Investigador Superior 2. Designación del Oficial Investigador Secretario 3. Resumen del incidente 4. Uso del manual del sistema HOLMES 5. Ubicación del lugar del incidente y/ o adyacencias 6. Identificación y definición de la(s) escena(s) 7. Decisiones iniciales en la escena 8. Estructura de la administración 9. Identificación de los puestos clave, ej. Oficial de Apertura, posiciones MIR 10. Áreas a ser preservadas/ rastreadas/ búsqueda de huellas digitales/ fotografiadas 11. Nombramiento de analistas/ investigadores Manejo de la investigación 1. Declaraciones- cuando sean requeridas/ verificadas 2. Formularios de descripción del personal (PDF)- promedio de edad/ sexo/ códigos IC 3. Perímetros casa a casa- área/ nombres de las calles/ números 4. Cuestionarios casa a casa – parámetros 5. Estrategia alternativa casa a casa, ej. Distribución de hojas 6. Eliminación/ implicación de factores ej. Sangre/ huellas digitales/ huellas de pies/ ADN 7. Coartadas – verificación 8. Conferencias de prensa, frecuencia /destinatario/ autoridad delegada 9. Información que puede ser transmitida o no transmitida a la prensa 10. Uso de los planes de apoyo de la víctima 11. Relación con otros organismos 12. Despliegue de tiendas y casas rodantes 13. Empleo de peritos 14. Secuencia de hechos para mencionar 15. Priorización de las investigaciones 16. Criterios para los rastreos (sospechosos) 17. Índices de documentos/ conservados –tamaño del índice 18. Relación con CPS/ Procurador Fiscal/ designación de asesores legales 19. Identificación de los momentos relevantes 20. Informes de los Oficiales- parámetros 21. Parámetros para investigaciones de sospechosos TI/TE 22. Evaluación de la escena del crimen 23. Consideraciones de la revisión 24. Relación con el NCF 25. Realización del cierre

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Líneas de investigación 1. Líneas superiores de investigación que indiquen alta prioridad e implicación de recursos 2. Variaciones o líneas de discontinuidad de la investigación, con razones 3. Perfil de las víctimas/ sospechosos/ asociados-líneas de investigación 4. Identificación y priorización de sospechosos MO 5. Investigación CC-VSCAS(NCF) para delitos relacionados 6. Investigación del precursor, delitos relacionados locales 7. Impresiones artísticas/ videos 8. Apelaciones a los medios/ conferencias de prensa 9. Observaciones del delito/ interrupciones del delito 10. Circulación nacional 11. Nominación de los sospechosos 12. Estrategia del arresto 13. Estrategia de rastreo 14. Estrategia para entrevistas 15. Identificación de la estrategia 16. Estrategia de la relación con los familiares 17. Estrategia forense 18. Estrategia de las comunicaciones 19. Respuesta ante la revisión de recomendaciones Finanza y administración 1. Aplicación de fondos - adjudicación presupuestaria - revisión presupuestaria - restricciones

presupuestarias 2. Pago de horas extras- horas de trabajo 3. Uso de vehículos policiales, millaje permitido, vehículos rentados 4. Reuniones/ interrogatorios, dónde, cuándo y quién o quiénes 5. Encuentros administrativos, dónde y cuándo 6. Equipo adicional 7. Equipos de investigación/ oficina 8. Cuestiones relativas al bienestar de los oficiales 9. Identificación del personal asignado a posiciones clave en lugar/ equipos de acción/ equipos casa a casa 10. Aumento o reducción del personal 11. Servicios de tipiado – documentos a ser tipiados Cuestiones sensibles 1. Asuntos de información – tareas/ administración/ estado de participación/ recompensas 2. Instalaciones técnicas – aplicaciones/ instalaciones/ monitoreo/ cuadro de equipo 3. Manejo de productos sensibles ej.: cintas, transcripciones 4. Uso de oficiales encubiertos 5. Aplicaciones IOCA 6. Protección de testigos 7. Cuestiones PII, ej.: revelación de técnicas investigativas Cuestiones políticas para el investigador vinculado (adicional) 1. Designación del oficial a cargo 2. Designación de un oficial delegado a cargo 3. Términos de referencia

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4. Ubicación, personal, unidad de investigación central- Designación de equipo de conducción 5. Designación del equipo asesor 6. Designación de un científico ad hoc 7. Ayuda mutua/ relación con otras fuerzas 8. Nombramiento del oficial protector de datos 9. Estructura de administración 10. Delegación de autoridad APENDICE “B” - EJEMPLOS DE ORGANIZACIONES VOLUNTARIAS Profesionales que pueden colaborar Mucha gente piensa que es útil hablar con alguien que se especialice en cuidar de gente en estado de conmoción. Hay que hablar con un profesional para que se ocupe de esto. Como una muerte en ruta es tan inesperada y violenta, las víctimas quedan traumatizadas a la vez que doloridas. Esto significa que sufren los síntomas descriptos en este libro en forma más grave que otras personas afectadas por otra causa. Esto es común y no hay que sentirse avergonzado. Algunos profesionales – que pueden ser consejeros, psicólogos o psiquiatras- tienen una preparación especial para ayudar a la gente que está atravesando estas situaciones. Se ocupan en hablar con ellos acerca de sus experiencias y reacciones con el fin de hallar modos de enfrentar las dificultades y tratar de hacerlos sentir más fuertes. El Trust Cuidado Post Trauma (TACT) tiene listas de personal con esta especialización. Para averiguar si hay un especialista en su área, Usted o su GP, puede contactar TACT al O1242 890306 o escribir a Buttfields, The Farthings, Withington, Glos, GL54 4DF. Es razonable pedir las calificaciones y experiencia de un profesional que se ofrece a ayudar. Si Usted no está conforme con la ayuda obtenida, debe decirlo y puede consultar a otra persona. Atención de familiares o personas directamente afectadas CRUSE es una organización nacional de beneficencia que ofrece ayuda gratuita a quien ha pasado por una situación crucial. Los voluntarios de CRUSE, que viven en las proximidades y están capacitados, pueden visitar a la persona en su casa o hablar por teléfono (a elección de la persona). Siempre que resulte necesario hay una ayuda razonable. Los profesionales encargados y voluntarios de Cruse algunas veces están ocupados, en consecuencia puede haber una demora antes de que se pueda hablar con uno de ellos. Además de TACT, hay organizaciones que proveen listados de profesionales, como los de la British Association of Counselling en el 01788 550899. Si Usted necesita que alguien le hable directamente puede llamar a The Samaritans al 0345 909090. “Los Samaritanos” es una línea de ayuda que está abierta 24 horas del día para alguien que esté en necesidad. Está comandado por voluntarios entrenados que escucharán con atención. Hay muchas organizaciones locales que ofrecen apoyo a la gente que sufre este tipo de situación desgraciada. Dependiendo de la organización, éstas son dirigidas por especialistas capacitados, voluntarios, o gente que han sufrido accidentes y tratan a personas que han sufrido la pérdida de un ser querido tal como un hijo, un hermano o un padre. Abajo se mencionan una serie de grupos de auto ayuda. Esta lista no debe ser considerada como definitiva:

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Belt Up School Kids Brake Campaign against Drinking and Driving The Child Death Helpline The Compassionate Friends Learn and Live Victim Support The National Association of Bereavement Service Road Peace Trauma Aftercare Trust APENDICE “C” – GUÍAS DE ACPO SOBRE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL Individuos bajo investigación policial 1. Introducción 1.1 El Grupo Asesor sobre los Medios de Difusión recomienda que generalmente la gente bajo investigación no sea mencionada pero pueden, con ciertas excepciones, ser conocidas una vez que han sido acusadas. Este enfoque equilibra el principio de justicia abierta con los derechos del individuo. Las dificultades prácticas se suscitan cuando los medios tienen el nombre del individuo, o de la empresa y buscan la confirmación de los sujetos de la investigación policial. Esta nota se dirige a una cantidad de áreas en las que faltó una clara normativa previa. 2. Arrestos 2.1 La gente que está bajo arresto no debe ser nombrada. Por ejemplo, se puede decir un británico de 27 años, sin identificar al hombre. Si luego el sospechoso es a) liberado sin cargo, b) citado en la comisaría o c) detenido preventivamente, este hecho puede ser dado a conocer a los medios, pero la persona debe permanecer sin identificar. 2.2 Cuando alguien ha sido acusado y mantenido en custodia por el juzgado, su nombre, su edad y ocupación junto con los detalles de la acusación y la presentación ante el juzgado pueden darse a conocer normalmente. Su dirección también se puede brindar, a menos que haya impedimentos legales o prácticos para hacerlo. 2.3 Cuando alguien es acusado y citado ante el juzgado en una fecha posterior, los mismos detalles pueden estar disponibles como se mencionó anteriormente. Sin embargo, se requiere un cuidado especial cuando haya una posibilidad de que un caso puede discontinuarse antes de la presentación ante el juzgado. Si esto sucede, y los detalles de un demandado ya han sido revelados, el hecho de la discontinuidad debe ser llevado a los medios tan pronto como sea posible. Se tendrá que hacer todo esfuerzo, a través del asesoramiento y de la capacitación, para que los oficiales policiales sepan la necesidad de informar a los medios/ asesores en tales casos. A causa de estos problemas prácticos algunas fuerzas han incorporado el principio que solamente revelarán los detalles de la persona inculpada cuando sea inminente la aparición ante el juzgado.

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2.4 Las principales excepciones a esto son los juveniles, que no deben ser nombrados, y los casos de víctimas de delitos sexuales, en los que la persona acusada no debe ser mencionada si existe algún peligro en que al hacerlo, la víctima sea identificada. En otras ocasiones, puede haber razones operacionales por las que el oficial desee retener el nombre de la persona acusada hasta la aparición en el juzgado. 3. Cauciones 3.1 El nombre de alguien acusado de un delito no debe ser dado a conocer. Sin embargo, es posible decir que “un hombre” o “una mujer” ha sido acusado de un cierto delito, es decir sin hacer mención al nombre de la persona. Si resulta que ha estado en más de un accidente, esta cuestión puede en efecto dar a los medios la respuesta que están buscando. El punto en cuestión es hasta dónde los hechos están confirmados. 3.2 Cualquier confirmación de los hechos debe solamente ser realizada en términos generales, tales como “una anciana fue detenida por robar en la tienda Preston”. 4. Test de aliento 4.1 Sobre la base del asesoramiento dado en el párrafo 2.1, el nombre de alguien que ha pasado por este test no tiene que ser dado a conocer. Ni el resultado de cualquier test debe ser divulgado, porque esto es parte del proceso investigativo antes de la acusación. 4.2 No debemos hablar de los individuos que pueden o no haber sido detenidos y testeados a menos que haya un proceso. Si los medios tienen un testigo del incidente, se puede confirmar que tuvo lugar sin confirmar la identidad. 5. Delitos sobre la velocidad y penalidades fijas 5.1 Si un infractor es tratado con una penalidad fija, se presentan cuestiones sobre si debe haber o no publicidad, como con una acusación, o si la policía tiene derecho a nombrar (o confirmar) el nombre del mismo. 5.2 Si la penalidad fija es impugnada en la corte de magistrados, el nombre aparecerá en forma pública en la lista de la corte. Sin embargo, se puede discutir que esto es muy diferente de un oficial de prensa que da voluntariamente el nombre de una tercera persona en respuesta a la pregunta de los medios. 5.3 Como regla general no debemos espontáneamente decir el nombre en los casos de una penalidad fija. No obstante, tenemos que estar preparados para revisar los casos específicos en una cantidad de criterios. Estos podrían incluir el nivel de interés de los medios, si queda pendiente un juicio o si hay un rechazo a confirmar y los puntos de vista del individuo involucrado. Debemos también considerar “el interés público” porque, en casos no contenciosos, no hay juez o magistrado que no tenga ese punto de vista. 5.4 Si un miembro del público se queja directamente a los medios acerca de un aviso de penalidad fija, podemos tomar esto como consintiendo la publicidad y por lo tanto se justifica hacer una respuesta, que confirme la identidad. 6. Delitos provenientes de las colisiones en ruta y otros incidentes 6.1 Puede ser que una parte en un choque de ruta o algún otro accidente haya sido identificada por los medios. ¿Cómo nos sujetamos entonces a principios similares si esa persona es luego el sujeto de la investigación que puede llevar a un procesamiento? 6.2 Cuando los nombres son dados a conocer en relación con accidentes en ruta u otros incidentes, no

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debemos hablar sobre si el individuo es informado o investigado hasta que sea imputado (o hasta que se tome una decisión final para que no se realice alguna acción) 6.3 En un accidente con huida, en el que el nombre de un conductor no es conocido, el principio se aplica con efecto opuesto. Cuando el conductor es ubicado y arrestado, el hecho puede ser divulgado pero no identificado hasta la imputación. 7. Asistencia policial en direcciones específicas 7.1 La presencia física de una cantidad de policías en respuesta a cualquier llamada – especialmente si están acompañadas por el uso del helicóptero- pueden atraer la atención de los medios. Se emplean oficiales de prensa para tratar tales casos en sus causas, invitando a publicar sus investigaciones, arrestos y el trabajo policial que es operacionalmente sensible o se relaciona con la seguridad. 7.2 Si resulta imposible realizar planes de acción para cada eventualidad, la principal reflexión es, una vez más, que al manejar tales investigaciones no debemos identificar a los individuos como sujetos de la atención policial o al menos si han sido culpados por un delito. Por lo tanto, debemos responder haciendo referencia a ubicaciones generales en lugar de direcciones específicas. 7.3 Si el incidente se basa en la llamada de un componente del público (en lugar de una operación pre-planeada, en la que se aplican otras consideraciones), podemos confirmar en términos generales que la policía es convocada a un disturbio, incidente o informe de un crimen. Al hacer eso podemos dar a conocer el pueblo, la localidad e incluso una calle, pero no la casa, el número de la casa, el nombre de la calle y menos si es un pequeño pasaje. Hay que tener cuidado cuando las casas son de fácil identificación (por ejemplo, un gran casa en un pequeño pueblo). 8. Investigaciones de la compañía 8.1 La Oficina de fraudes graves (SFO) tiene una política de medios flexibles, y muchos de los casos sobre los que trata son de dominio público. 8.2 A nivel de la fuerza, la confirmación que ha comenzado una investigación puede ser retenida por una serie de razones, tales como: Sensibilidad sobre el costo (económico en general) El peligro de que el sujeto sea alertado, o los documentos destruidos, La posibilidad de que la alegación/ queja pueda ser maliciosa o dañina sin fundamento. 8.4 En una etapa posterior de la investigación, antes de los cargos, otros factores pueden entrar en juego. La publicidad de los medios puede ser útil al producir más evidencia y testigos, o alertar al público sobre la mala práctica. 8.5 Hay razones sólidas para una política flexible en esta área. Si el oficial investigador está ansioso por evitar la publicidad en el momento en que se hace una investigación seria, un rechazo a realizar un comentario deja el campo abierto a la especulación. Es preferible negociar con un periodista que actúa solo y busca demorar la publicación, posiblemente en retorno de una cooperación posterior. 8.6 En esta área especializada, las fuerzas deben confiar en la experiencia personal de los investigadores, en consulta con los consejeros de los medios de la fuerza, para considerar cada medio 8.7 Cuando resulte posible, las fuerzas deben rehusar tratar cuestiones relacionadas con determinados

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individuos en una compañía, ya se trate de haber sido o que luego sean cuestionados por la policía. Esto está en relación con la política del Oficial Superior y de acuerdo con el principio de que los individuos deben solamente ser identificados una vez que son condenados. Nombrar a las víctimas o testigos del crimen, de colisiones en rutas y de otros incidentes 1. Introducción 1.1 El propósito principal de esta nota es clarificar el procedimiento respecto de la identificación de individuos de acuerdo con los principios de un libre flujo de información entre el Servicio Policial y los medios. Todas las fuerzas tratan de lograr un equilibrio entre sus políticas de apertura para brindar total y precisa información a los medios, y sus responsabilidades sobre el cuidado de las víctimas con sus derechos legítimos a la privacidad personal respaldada por las leyes sobre derechos humanos y protección de datos. Estos, junto con el derecho común, fueron tomados en cuenta para preparar esta nota. 2. Aplicación de la ley sobre protección de datos: Procedimientos recomendados 2.1 La opinión del Grupo Asesor de Medios es que los deseos de la víctima, de los testigos o de los parientes, en el caso de ser necesario, debe ser indagado en una primera etapa antes de decidir cómo hacer público un crimen, una colisión en ruta o cualquier otro incidente, de acuerdo con la ley de Protección de Datos. La corrección de esta posición fue confirmada por el Registro de Protección de Datos que manifestó en una carta a Press Gazette publicada el 17 de agosto de 1999, que recibía de buen grado el asesoramiento de la Asociación de Oficiales Policiales Jefes y agregó:” ...el asesoramiento es desde mi punto de vista una interpretación correcta de la ley. No impide el descubrimiento de los datos personales a los medios, pero, cuando la información se relaciona con las víctimas, se pone en movimiento un procedimiento que hace prevalecer el derecho a la privacidad.” 2.2 En relación con los juveniles, debe hacerse notar que la edad no es importante, porque en los términos de la ley de Protección de Datos 1998, toda persona tiene igualdad de derechos. Sin embargo, siempre es aconsejable buscar la cooperación de un padre, guardián u otro adulto responsable en tales circunstancias. 2.3 Cuando una de las víctimas o cualquier otra persona que ha suministrado sus datos personales a la policía declara que esos datos no deben ser revelados a los medios, esto debe ser cumplido rigurosamente a menos que la policía crea que hay una razón excepcional para que sean dados. El mantenimiento de buenas relaciones con los medios, en tanto que es importante, no es una razón suficiente. 2.4 Excepto en circunstancias tales como las que se describen en el párrafo 2.7 debajo, una víctima, testigo o pariente tiene derecho a que sus datos no sean entregados sin su permiso. Sin embargo, no tienen derecho a pedir que la policía no revele información alguna sobre el incidente, en tanto esa información no lleve a su identificación. 2.5 Cuando las víctimas, los testigos o los familiares están de acuerdo en brindar sus datos personales pero esto puede hacerlos vulnerables ante posibles delitos (como una persona anciana que viva sola), se entiende que estos datos no sean revelados. En tales casos, las razones para la decisión deben ser explicadas a los periodistas para que sepan que pueden ser sometidos a una demanda en caso de averiguar el nombre de otra fuente. 2.6 La ley de Protección de Datos no se aplica a las personas fallecidas, pues sus nombres pasan a ser una cuestión de carácter público. Por tanto, la identificación de las víctimas tendrá lugar y los parientes inmediatos serán informados. Puede ser útil al explicar las razones de alguna demora a los medios a fin de ganar su respaldo para retener la divulgación de la información, si llegan a conocer la identidad por otra fuente.

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2.7 La ley sobre protección de datos permite en ciertos casos que la información sea liberada sin el consentimiento del individuo o de los individuos involucrados. La policía reconoce totalmente estas disposiciones, que incluyen el descubrimiento de datos personales por interés público, pero la decisión para brindar información por tales razones puede solamente ser contemplada a la luz de cada caso. Las circunstancias particulares en las que los detalles podrían ser dados a conocer sin el consentimiento de la(s) persona(s), incluyen las ocasiones provenientes de un incidente mayor respecto de víctimas múltiples: en un caso de ese tipo para reducir la inquietud y la alarma públicas, la revelación de las identidades de las víctimas antes de obtener la autorización formal es un fin legítimo y satisface la ley de protección de datos. 2.8 Existirán ocasiones frecuentes en las que los medios acudan a la policía en busca de detalles ulteriores acerca de la información que han recibido de otras fuentes. Incluso si no se ha dado autorización, se tendrá que tomar una decisión en el curso de la acción. En cuanto la identidad de la persona es de dominio público, esto generalmente brindará una oportunidad de dar información precisa, a fin de contrarrestar los rumores y la especulación. Hay que seguir los principios indicados en las normativas sobre “individuos bajo investigación”. 2.9 Cualquier procedimiento legal activo, o inminentemente activo, debe tenerse en cuenta al dar a conocer los nombres de las personas perjudicadas. Por ejemplo, cuando hay víctimas de un vehículo determinado, y su condición médica puede haber impedido un arresto inmediato, en ese caso los procedimientos no son técnicamente aplicables. Normalmente, cuando se realiza una detención pronta, hay que mantener en secreto la identidad de la víctima hasta que esa persona sea procesada, incluso si se ha dado el consentimiento, de acuerdo con las pautas sobre “Individuos bajo investigación”. Cuando se procesan menores de edad sus identidades no serán reveladas. Si no hay ningún procedimiento penal, entonces se pueden revelar las identidades y otros detalles como se mencionó arriba. 3. Cuestiones recomendadas a víctimas y testigos 3.1 Es importante al tratar con todas las víctimas, los testigos o los parientes que el personal policial realice una pregunta equilibrada para lograr el consentimiento, registrado de acuerdo con el procedimiento de la fuerza, como es la práctica común para las víctimas del crimen. En muchos casos probablemente estarán de acuerdo y no tendrán objeción en que los datos se pasen a los medios. 3.2 El Servicio Policial debe respaldar el libre flujo de información a los medios. Esta guía no tiene intención de obstruir eso, pero para asegurar que las fuerzas policiales cumplan con la ley y se respeten los derechos individuales, se recomienda buscar el consentimiento de las víctimas y de los testigos en primera instancia, y por lo tanto, hay que decirles:”Por lo general nos resulta útil darle los datos de alguien a los medios.¿Usted tiene alguna objeción si hacemos esto en su caso?”. 9. Negativa a comentar 9.1 No ofrecer “comentario” da la oportunidad de influir sobre la cobertura de los medios. No obstante, hay ocasiones raras en las que se piensa que es el único curso de acción posible. Un ejemplo de esto puede ser cuando una figura pública es víctima inocente de un libelo injurioso, y cuando la confirmación de que la policía que está investigando una queja podría dar a los medios bases para usar el nombre de la víctima. 9.2 “No preparado para hablar” puede ser la única respuesta apropiada en los casos más excepcionales. Debe considerarse como un último recurso. En realidad un objetivo importante de estas características es ofrecer alternativas para tal curso de acción. APÉNDICE “D” - FORENSE PARA LA INVESTIGACIÓN Y LA RECONSTRUCCIÓN DE COLISIONES EN EL SERVICIO DE POLICÍA

RECONSTRUCCIÓN E INVESTIGACIÓN DE COLISIONES DENTRO DEL SERVICIO POLICIAL

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Asociación de Jefes de Policía – Road Policing Business Area - Año 2003 1. Introducción 1.1 El compromiso para brindar la mayor calidad de servicio al público ha producido un nivel más elevado de profesionalismo en la investigación de accidentes de tránsito en rutas, especialmente en donde hay muertes y heridas graves. La Asociación de Oficiales Policiales Jefes (ACPO) reconoce la fuerte relación entre la protección de los derechos humanos y la provisión de los servicios policiales efectivos y éticos. Como resultado, es importante que los principios de la Convención Europea sobre Derechos Humanos estén totalmente integrados en la aplicación práctica de la guía de este protocolo. (Apéndice C). 1.2 La investigación de las circunstancias que rodean la muerte y heridas graves en los caminos es una de las actividades más importantes dentro del campo de la policía de caminos. Es esencial que se lleve a cabo una investigación completa e imparcial, buscando la mejor evidencia para aquellos personalmente afectados y ante cualquier subsiguiente tribunal de investigación. El papel del oficial de investigación en colisiones es esencial para este proceso. 1.3 El Servicio Policial ha concebido un nivel de conocimiento en el campo de la investigación de colisiones desde su introducción en los años 70. La práctica es ahora reconocida por las cortes Civiles y Criminales y por los Forenses de Su Majestad. 1.4 La credibilidad de la investigación de colisiones depende del oficial que lleva a cabo este tipo de trabajo. 1.5 El propósito de este documento es brindar un patrón común para la conducta de la investigación de la colisión y la reconstrucción dentro del Servicio Policial. 1.6 Los oficiales de investigación en colisiones pueden brindar evidencia como testigos periciales. Junto con el Oficial Investigador Superior, él o ella tiene que llevar a cabo una investigación imparcial y completa, presentando toda la evidencia disponible para determinar lo sucedido, en lugar de simplemente dirigir esfuerzos hacia la obtención de una condena. 1.7 Ningún oficial investigador de la colisión debe sentirse obligado a alcanzar una conclusión única y definitiva. Algunas colisiones están abiertas a una cantidad de interpretaciones igualmente viables. 1.8 El Protocolo de Investigación en colisiones está incorporado como apéndice dentro del Manual de Investigación sobre Muertes en rutas ACPO. 1.9 El Protocolo de Investigación de colisiones será revisado anualmente (cada noviembre) a fin de asegurar que continúe reflejando una buena práctica y siga válido a la luz de la legislación de emergencia, los derechos humanos y otros factores importantes. 1.10 Cualquier cambio hecho al Protocolo también será reflejado dentro de las subsiguientes ediciones del Manual de Investigaciones sobre Muertes en Ruta. 1.11 La Investigación del Protocolo ha sido realizada en concordancia con los principios de los derechos humanos esenciales, con los objetivos legítimos, en forma proporcional y sin discriminación. Se les aconseja a los practicantes asegurar que el plan de acción sea aplicado de acuerdo con estos principios. 2. Oficial Superior de Investigaciones de Colisiones 2.1 Toda fuerza policial que debe realizar la reconstrucción e investigación de las colisiones en ruta tendrá que designar a un Oficial Superior de Investigación de Colisiones (SCIO) que será responsable por la

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seguridad de la calidad de la investigación dentro de la fuerza. 2.2 El Oficial Superior de Investigación en colisiones tiene que, cuando resulte posible, poseer una supervisión y experiencia en investigación de colisiones. 2.3 Las responsabilidades del Oficial de Investigación en conjunción con la estrategia individual de la fuerza deberá asegurar: Que la cantidad de oficiales investigadores de colisiones dentro de la fuerza esté relacionada con la

demanda de servicios y de seguridad que esas demandas no satisfagan, Que todos los oficiales de investigación de colisiones reciban capacitación adecuada para su trabajo, Que los oficiales de investigación de colisiones estén provistos con el equipo suficiente para capacitarlos a

cumplir su función, Que todos los oficiales tengan una oportunidad común para practicar sus habilidades, Que los procedimientos efectivos existan para la convalidación de la investigación de colisiones, Que el Oficial Superior de Investigaciones tenga una oportunidad de asistir a encuentros regionales y

nacionales para difundir la buena práctica. 3. Capacitación 3.1 Todas las fuerzas del orden, que realicen la investigación y la reconstrucción, deben apuntar a capacitar a los oficiales de investigación en colisiones que tengan un título aprobado o equivalente. Se recomienda que esto sea logrado dentro de los dos años desde el momento en que el oficial haya iniciado este tipo de trabajo. 3.2 Un oficial graduado ante la Junta de Oficios o equivalente debe supervisar todas las investigaciones llevadas a cabo por los oficiales de investigación entrenados en la colisión no calificados aún por la Junta de Oficios. 3.3 Una investigación especializada en colisiones con propósitos de presentación de evidencias solamente será realizado por el investigador que haya: completado exitosamente un mínimo de tres semanas de capacitación en un centro aprobado para estos

fines; y sido certificado por el Oficial de Investigación en colisiones como apto para trabajar sin una supervisión. 3.4 Los Oficiales jefes deben contemplar la necesidad de enviar sus oficiales en investigación de colisiones sobre cursos de capacitación, tanto interna como externamente, para aumentar sus conocimientos en cuestiones auxiliares. Tales cursos incluyen todos los aspectos de la dinámica vehicular, la tecnología, el examen de vehículos motorizados, los tacógrafos y el examen de neumáticos y lámparas. 3.5 Los oficiales jefes deben considerar la provisión de oficiales con las oportunidades de entrenamiento para llevar regularmente a cabo las pruebas de práctica sobre manejo vehicular y cuestiones relacionadas en un ambiente seguro y controlado. 3.6 El principio del aprendizaje a largo tiempo es esencial para cada oficial involucrado en la investigación de una colisión. Los investigadores en colisiones tienen un entrenamiento continuo profesional no inferior a 18 horas. 4. Apoyo científico 4.1 Es sabido que muchos oficiales de investigación de colisiones han desarrollado un conocimiento

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substancial en una gama de áreas auxiliares, tales como el examen forense de neumáticos, lámparas y planillas de cartógrafo. 4.2 Es imperativo que todo investigador reconozca los límites de su conocimiento y experiencia. Tendrá que contar con otro soporte especializado, siempre que los requisitos de la investigación excedan esos límites. 5. El uso de computadoras en la investigación de colisiones 5.1 Las computadoras pueden brindar una asistencia útil en la investigación de las colisiones en ruta aunque hay un peligro real en que el uso descuidado de los programas de computación lleve a resultados equívocos. 5.2 Una computadora no debe ser usada como substituto para una investigación total basada en el conocimiento y la experiencia del investigador. Un oficial que usa un programa de computaciónen el curso de la investigación debe tener algún conocimiento de los procesos involucrados y una comprensión total del efecto de las entradas variables sobre el resultado final. 5.3 El oficial de la investigación considerará la validez de los resultados obtenidos de un programa de computación según su experiencia y conocimiento. Si hay alguna razón para dudar acerca de esos resultados, deben ser rechazados o posteriormente investigados. Siempre que sea posible, los resultados obtenidos según un programa de computación deben ser corroborados por otra evidencia. 5.4 Los requerimientos de esta sección se aplican a todos los sistemas basados en computación incluyendo los Sistemas de Planificación de Dibujo asistido por computadora. 6. Convalidación de la evidencia 6.1 Es imperativo que cualquier conclusión alcanzada como resultado de la investigación sea respaldada por la evidencia y en cada una de las siguientes áreas: Leyes y principios científicos que hayan sido correctamente usados dentro de su propio contexto; Cualquier cálculo utilizado para alcanzar las conclusiones tanto válidas como numéricamente correctas. 6.2 Como mínimo, toda la evidencia de la investigación en una colisión debe ser convalidada por otro investigador en colisiones con título habilitante, el cual, en la medida de lo posible será independiente de la investigación, y podrá certificar que él haya hecho eso y esté satisfecho con esa evidencia. 6.3 El grado de convalidación requerido dependerá de la experiencia y del conocimiento del investigador de la colisión y de la complejidad de dicha investigación. 6.4 Cuando una investigación es especialmente compleja, o incluye la aplicación de leyes físicas o cálculos matemáticos complejos, que estén más allá del conocimiento de un determinado investigador para explicar o justificar satisfactoriamente ante el tribunal, la evidencia debe ser convalidada por un perito conveniente que tenga el conocimiento y la experiencia necesarios. En tales casos el equilibrio debe estar entre los que tienen grado académico y los que tienen conocimientos prácticos esenciales. Al seleccionar un individuo apropiado para convalidar un caso debe corresponderse con las circunstancias y la complejidad prevaleciente. 6.5 Mientras que el análisis independiente de las investigaciones individuales y del control de seguridad pueden ser logrados mediante el uso de los peritos independientes, a fin de ratificar las causas policiales. Debe también quedar establecido que el manejo de la investigación de una colisión, dentro de las fuerzas pueden estar sujetos a la revisión independiente por el Inspector de Su Majestad y otros auditores o cuerpos de inspección tales como la Unidad de Normas Policiales (Ministerio del Interior)

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7. Empleo de los oficiales de investigación en colisiones 7.1 Las condiciones de los oficiales de investigación en colisiones tienen que ser tales que deben estar involucrados en la investigación de toda muerte en ruta, preferiblemente en una etapa primera y de acuerdo con el Manual de Investigación de Muerte en Ruta. 7.2 Cuando un Oficial Superior Investigador ha sido designado en una investigación, tendrá responsabilidad total por la investigación. Es la función del Investigador en colisiones aconsejar al Oficial Superior Investigador en cuestiones dentro del alcance de su experiencia y del trabajo según los parámetros establecidos. 7.3 Cuando una fuerza policial puede brindar ese nivel de especialidad dentro de sus propios recursos, se debe considerar la obtención de servicios de un oficial investigador de otra fuerza. Apéndice “A” Capacitación certificada habilitante para la investigación de colisiones 1) Certificación en Investigación Forenses de Colisiones suministrada por los Servicios de Capacitación en Investigación de Accidentes (AiTS) Ltd. Apéndice “B” Desarrollo profesional continuo 1. Visión general 1.1 El desarrollo profesional continuo (CPD, Continuing Professional Development) capacita a los investigadores a fin de brindar un entrenamiento y mejoramiento dentro de su función como investigadores profesionales en colisiones. El CPD asiste a los investigadores en el mantenimiento de los desarrollos actuales y la expansión de su conocimiento. Conforma un registro personal de aprendizaje y desarrollo para el beneficio del investigador y de la organización. Es un registro de lo que se ha aprendido y cómo se puede aplicar. Es también un medio por el cual las normas no sólo son mantenidas sino también mejoradas. 2.2 El CPD no es nuevo, la mayoría de las organizaciones y sociedades profesionales operan en un esquema CPD. No importa si el investigador se ha graduado recientemente, el conocimiento aumentado puede siempre incrementar el rendimiento y realzar su competencia. El desarrollo profesional continuo no debe confundirse con asistir e informar sobre incidentes. La competencia y el desarrollo excede estos aspectos, el CPD es un medio de registrar el aprendizaje obtenido. Registrar un CPD importante es también no sólo una cuestión de asistir a cursos. No se exige ni se impone la asistencia a cursos ni obligaciones de tipo financieras. 2. Cómo obtener Desarrollo Profesional Contínuo (CPD) 2.1 El CPD es un requisito para todos los investigadores que participan en la investigación de las colisiones dentro del Servicio de Policía. Un mínimo documentado de 18 horas requeridas se especifica cada año. Todos los registros deben incluir los detalles del evento y lo que se aprendió. Los requisitos de tiempo no son arduos de alcanzar para un investigador profesional. 2.2 Será propio del investigador decidir y justificar el valor de la hora para su el desarrollo personal. Un ejemplo sería el de escuchar un tema en el que un investigador ya tiene un buen conocimiento. Tal actividad no beneficiará al investigador tanto como cuando escucha el tema del área por primera vez. 3. Desarrollo de actividades. 3.1 CPD se puede obtener en una variedad de maneras. Un enfoque equilibrado es necesario para las actividades registradas, ya que proporcionará mayor beneficio.

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3.2 Un CPD anual es requerido para incluir evidencias de al menos tres de las siguientes categorías (la excepción es dada a la categoría (i) cuando la evidencia documentada está disponible para proporcionar suficientes horas de CPD en esta categoría). 3.3 Las categorías de la actividad relacionada a la investigación de colisiones pueden incluir: Estudios educacionales ulteriores BTEC, Certificados nacionales, Juntas Calificadoras, Diplomas y otros estudios reconocidos, altos estudios MA, MBA, M.Sc. Cursos breves/ talleres Asistencia a cursos breves, análisis y seminarios estructurados organizados por: Instituciones internas policiales Instituciones profesionales importantes Organizadores de otros cursos cortos Organizadores de cursos a distancia Impartiendo conocimiento Haciendo presentaciones Preparación de papeles aceptados para conferencias y seminarios Preparación de artículos y revistas para publicación Preparación/ enseñanza/ conferencias Conferencias, simposios y exhibiciones Asistencia a conferencias o exhibiciones organizadas por instituciones y organizaciones profesionales importantes Trabajo en asociación Asociaciones relacionadas para el desarrollo y el manejo de las cuestiones de investigaciones en colisiones Servicios en paneles técnicos Encuentros (no social) Organizados por la Policía u otros instituciones profesionales relevantes. Relevantes en la investigación del empleo Estudios estructurados y técnicos específicos en un asunto específico. Investigación estructurada para mejorar el conocimiento y la experiencia. Experiencia de las nuevas tecnologías. Informes aplicados a las técnicas. Estudio privado/ aprendizaje auto dirigido Aprendizaje de nuevas especialidades Estudio privado, que incluye lectura de publicaciones y revistas importantes para el área de investigación de accidentes 4. Cómo registrar la evidencia del CPD 4.1 Lograr el registro del CPD y mantenerlo es una responsabilidad personal. 4.2 Para cada una de las entradas del CPD Horas solicitadas

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Categoría del área Cuando resulte apropiado, los detalles del curso y el proveedor Evidencia escrita de la experiencia del aprendizaje para incluir, el conocimiento aprobado y cómo tiene que ser aplicado. Apéndice “C” Derechos Humanos DERECHOS DE CONVENCIÓN RELATIVOS AL PROTOCOLO DE INVESTIGACIÓN DE COLISIONES Artículo 2 - El derecho a la vida Como resulta también de la protección del derecho a la vida de un individuo, el artículo 2 también requiere que la investigación de la muerte sea eficiente y efectiva. El protocolo establece un marco para manejar y asegurar la calidad de la investigación de las colisiones graves y fatales, y de ese modo asegurar que las exigencias del artículo sean satisfechas en este aspecto. Artículo 6 - El derecho a un juicio justo Las investigaciones que puedan ser presentadas posteriormente ante los tribunales civiles o penales probablemente abarquen los derechos del artículo 6 de las partes del caso. El Protocolo establece las pautas para el entrenamiento de los investigadores y la calidad de la investigación de la colisión dentro del servicio policial. Como resultado, la implementación de la guía del protocolo, junto con la aplicación de los principios ECHR deben asegurar que cualquier compromiso con los derechos del artículo 6 sean legales. Artículo 14 - Prohibición de discriminar El artículo 14 garantiza que otros derechos substanciales deben ser “asegurados sin discriminación en cualquier tema tales como sexo, raza......u otra cuestión”. El tratamiento diferencial solamente será lícito si hay una justificación razonable y objetiva para ello. Por lo tanto es de especial importancia que todas las decisiones significativas que se relacionen con el manejo de las investigaciones sobre colisiones, y el personal que los realiza, se tengan una base razonable y objetiva. Este enfoque objetivo debe minimizar la probabilidad de una práctica defectuosa o inconscientemente discriminatoria y, como resultado, contribuir a asegurar que el artículo 14 (contra la discriminación) sea convenientemente respetado. Debe observarse que muchos derechos posteriores puedan ser derivados por la práctica de la investigación de la colisión no siendo tema del Protocolo de la Investigación de la Colisión. APÉNDICE “E” - MEMORADUM DE BUENA PRÁCTICA PARA LA PRONTA DISPOSICIÓN DE LOS CUERPOS EN CASOS DE MUERTE DUDOSA. Todas las agencias Los casos para la pronta disposición del cadáver en cualquier muerte dudosa, incluyendo el asesinato, el homicidio impremeditado, el infanticidio y la causa de muerte por manejo peligroso, serán tratados con prioridad por todas las agencias involucradas, sometidas a los intereses del sistema judicial. Todas las agencias involucradas tendrán que reconocer que la pronta entrega del cadáver a los familiares es esencial para que la familia trate su pérdida. Ningún cambio procesal o investigativo local debe ser introducido sin considerar el efecto de la pronta disposición de los cadáveres y los modos de minimizar cualquier demora.

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La Policía El Oficial Superior Investigador debe designar claramente un Oficial de Enlace para trabajar con el forense, los cuerpos de defensa y el patólogo. Este oficial que puede ser un Oficial Forense, debe también ser responsable para la producción del archivo relativo a la identificación, que permitirá la apertura de una investigación. El Oficial Superior Investigador debe estar en favor de cualquier resolución temprana de los exámenes post mortem, en los casos en que un sospechoso ha sido arrestado o inculpado. Este oficial debe asegurar que se realice toda acción necesaria a fin de satisfacer que se cumplan todos los exámenes y el cadáver sea liberado. Esto debe incluir la relación con la agencia que realice los exámenes forenses a fin de lograr que se obtengan prontos resultados. El Oficial Inspector Superior debe ponerse en contacto con el forense y el patólogo cuando el informe post mortem sea demorado. El Oficial Superior Investigador tendrá que cooperar con el forense a fin de satisfacer los pedidos de la defensa para el pronto descubrimiento si esto ayudase a la pronta disposición del cadáver. En todos los casos, el Oficial Superior Investigador deberá asegurar que los familiares de la víctima estén informados de la evolución de los hechos. El Forense En todos los casos, un forense ejercerá su criterio judicial y con la debida consideración para los intereses de la justicia. Un forense no tiene que observar los procedimientos de este memorando, pero se recomienda hacerlo al menos que esté satisfecho de que haya una causa buena y justa para hacerlo. Cuando se informe sobre la muerte, el forense respetará las provisiones de las Normas Forenses de 1984 (normas 5,6 y 7) en tanto el examen post mortem esté incluido. Al realizar un examen post mortem, el forense aclarará al patólogo las circunstancias de la muerte y la necesidad para que su informe sea entregado sin demora y en cualquier momento dentro de los 14 días. Cuando el examen esté completo, el forense inmediatamente suministrará copias del informe a todos aquéllos que tengan un interés legítimo incluyendo al Oficial Jefe de la Policía, y a cualquier persona que haya sido inculpada en relación con la muerte (y a sus asesores legales). Cualquier fotografía o video tomado en el examen también será provisto. (Esto estará disponible para la policía). Los parientes del difunto también serán aconsejados que el informe está disponible. El forense no entregará, antes de los 14 días corridos del examen post mortem, el cadáver a aquéllos que tengan derecho a la posesión, a menos que hayan recibido una declaración escrita de tales personas interesadas por la cual no existe razón para que la entrega no se realice. Cuando el Forense es informado por el Jefe de la Policía que una persona puede ser acusada de homicidio, de homicidio preterintencional o de infanticidio pero nadie ha sido acusado hasta cierta fecha, y al Oficial Jefe le parece que alguna persona será acusada dentro de los 28 días de la fecha del descubrimiento del homicidio, el mismo deberá informar al forense que convendrá que un examen final para tener lugar, tan pronto como resulte posible y en cualquier momento no inferior a los 18 días después del primer examen, a ser realizado por un patólogo forense calificado. Tal patólogo debe ser independiente del patólogo que realizó el examen post mortem (es decir, normalmente de una institución diferente). Esto no quiere decir que no se deban discutir sus respectivos hallazgos. Será una cuestión de que el forense decida la provisión a la policía de una copia del informe de cualquier examen post mortem, pero normalmente será correcto hacerlo así. El segundo informe será retenido por el

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Forense y, en el caso de que un arresto en conexión con la muerte sea luego realizado, se suministrará una copia del segundo informe al demandado o a su representante legal. En caso de que haya discrepancias significativas entre el primero y el segundo informe, el forense considerará sin demora alguna, la posibilidad de pedir un tercer examen. No es generalmente conveniente que el tercer patólogo con cualquiera de los informes anteriores busquen reconciliar las diferencias entre los mismos. El tercer patólogo debe ser independiente de los dos primeros (es decir, de una institución distinta). Tan pronto como el forense haya decidido que no se haga ningún otro examen, el cadáver será retirado por la familia o los ejecutantes. Si el forense es aconsejado por el Oficial Jefe de la Policía es probable que una persona sea arrestada en conexión con cualquiera de los delitos dados en el párrafo 10, dentro de un período de 28 días de la fecha del descubrimiento del homicidio, no se entregará el cadáver hasta que la persona sea acusada, o hasta la expiración del período, cualquiera de las dos cosas que sean más breves. Si una persona es también acusada, el forense entregará una copia del informe del examen inicial y de los registros de acuerdo con el párrafo 8. Si no hay acusaciones, se aplicarán los procedimientos establecidos en el párrafo 10. A menos que el forense reciba la confirmación escrita de todos los que tienen un interés real (que no sean a los que él tiene que entregar el cadáver) y que no tengan objeción de que se entregue el cadáver, el forense se notificará, en menos de 5 días antes de que el cadáver sea entregado, su intención de hacerlo al escribir a todas aquellas personas que no hayan confirmado que no tienen objeción sobre la entrega del cadáver. El forense normalmente no tendrá ninguna objeción mientras que el examen post-mortem sea realizado, para o en nombre de cualquier otra persona que tenga un derecho, con tal que esos exámenes se realicen sin la demora debida y después de que un aviso adecuado haya sido entregado al forense. Cualquier examen será convenido a expensas del personal involucrado, salvo en los casos de los exámenes de acuerdo con el párrafo 4. No obstante, el forense debe cuestionar la necesidad de un segundo examen post mortem en todos los casos que resulte necesario (ej.: casos de muerte por manejo peligroso), es probable demorar la entrega del cadáver o cuando hay un examen post mortem en nombre de un grupo de demandantes es suficiente. Los procedimientos no son aplicables en los casos en los que la identidad del cadáver no haya sido establecida. En estas circunstancias, lo imprescindible será identificar el cadáver y realizar el contacto con los familiares. Una vez que los parientes han sido contactados, cualquier acción posterior debe estar en correspondencia con los principios de este memorándum. Los forenses deben asegurar que los laboratorios al cual ellos o sus patólogos confían sus análisis histológicos, toxicológicos o de otro tipo en los casos de homicidio entienden que el trabajo debe ser tratado como prioridad y no debe permitirse la entrega innecesaria del cadáver. El patólogo El tiempo que se toma el patólogo para producir su informe es un factor clave en la pronta entrega del cadáver. Hasta que se produzca este informe, las decisiones importantes (tales como la necesidad de un segundo examen post mortem) no pueden ser tomadas. El objetivo será que el examen tenga lugar dentro de las 24 horas, y para que el informe esté disponible al forense y a la policía tan pronto como sea posible en cualquier ocasión dentro de los 14 días del examen, incluso si los análisis toxicológicos o histológicos no están aún listos (aunque los informes deben ser calificados en forma acorde). La consulta total debe tener lugar con el Oficial Inspector Superior y el forense si el informe es demorado a causa de esto o por cualquier otra razón. Si se necesitan hacer otros test pedidos por terceras partes, los patólogos deben considerar el enfoque establecido en el párrafo 18 arriba.

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La Sociedad Legal En la mayoría de los casos en que un abogado recibe a un cliente acusado de homicidio simple, homicidio preterintencional, infanticidio (y en algunos caos de delitos bajo s.l y 3(a) de Ley de Tránsito), será necesario confirmar la causa exacta de la muerte, a fin de examinar en forma forense la naturaleza y orígenes de las heridas sufridas por el occiso. Tales investigaciones necesariamente causan demora en el entierro o cremación del difunto e inevitablemente prolongan la angustia a los parientes y amigos. Las pautas dadas por el Comité de la ley Penal es para mejorar la situación aunque de ninguna manera es detractar o menoscabar el deber principal del abogado y la obligación que su cliente procure y obtenga la evidencia en apoyo del caso. APÉNDICE “F” - Ejemplos de documentación a ser requeridos por las autoridades viales en la investigación de: Deslizamiento del vehículo sobre escarcha o hielo. Código nacional de práctica en el lugar del accidente Plan de mantenimiento para el período correspondiente (y detalles relevantes relacionados con su

desarrollo y aprobación). Documentación relacionada con la evolución y el mantenimiento de las rutas tratadas con sal en invierno. Evidencia de la capacitación del personal (ej. Certificados de las Juntas de conductores) Especificación de los controles sobre la calidad y resultados del tratamiento con sal Pronósticos del tiempo recibidos por la autoridad Detalles de los terrenos climáticos dentro del área y de la provisión, sitio y mantenimiento de los puestos

climáticos automáticos. Mapa climático Datos del sistema de detección de hielo. Detalles sobre el diseño del drenaje y el mantenimiento (relacionado con el hielo) Registros de mantenimiento y listados de flotas de vehículos que esparcen sal Instrucciones sobre esparcimiento de sal del cliente/ técnico asesor al contratista (y confirmación de la

recepción) Cualquier nota actual hecha por el cliente o su técnico asesor respecto de la decisión alcanzada Planillas del supervisor del trabajo (tanto del cliente como del contratista, en la forma aplicable) y las hojas

de los registros de trabajos Discos tacográficos de los vehículos que echan la sal, en caso de estar disponibles Cualquier dato o información de la caja negra de dichos vehículos Registros de calibración del equipo que esparcen la sal Detalles del monitoreo y controles realizados Informes de las colisiones en el sitio en los últimos seis años Informes de las colisiones en el área de autoridad en el período de 24 horas Detalles relativos a cualquier conexión con servicios de emergencia y el público en general acerca del

tiempo en cuestión, relacionado con las condiciones adversas en la localidad. Detalles relativos a la cobertura de los medios y las pautas de la autoridad local (al comienzo de la

estación invernal) como la provisión de servicios de mantenimiento en invierno a través de la red. Detalles relativos a la relación con las autoridades asociadas respecto de las decisiones sobre el

mantenimiento. Como se puede comprobar de lo arriba mencionado, la investigación es en profundidad y cubre el desarrollo del plan de acción así como también del trabajo de la autoridad en el día particular o los días hasta que la

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colisión llegó a ser investigada. Este enfoque general puede ser adaptado a la mayoría de los escenarios de choques. Colisión en la que una superficie relativamente nueva puede haber sido un factor contribuyente Los detalles completos de los trabajos sobre superficie llevados a cabo en la localidad antes del accidente, incluyen; Razones para las obras (especialmente importante ya sea que se trate de obras de prueba.. sean

formales o informales); Diseño inicial de las obras; Antecedentes relativos a la prioridad de la obra y la inclusión del mantenimiento o programa de

reestructuración de la superficie (ej. Listas de planes, aprobación del comité, criterio usado para sitios prioritarios);

Documentos de propuestas / Especificaciones para los trabajos (ej. Materiales usados, especificación adoptada (nacional y/ o local), espesor de la capa, etc.;

Ordenes de trabajos; Detalles de las obras de preparación en el lugar, antes de reconstruir la superficie, ejemplo, emparches,

reciclaje profundo, distribución de servicios; Detalles de cualquier información especial o específica dada al contratista respecto de los métodos o

equipos a ser adoptados, restricciones operacionales, tiempo de las obras, distribución de ciertos materiales, etc.;

Fecha/ s de recubrimiento (extensión de las “rajaduras” si se cubren en más de un día); Detalles del contratista y equipos usados; Detalles del supervisor (identidad, papel desempeñado, etc.); Cualquier nota contemporánea hecha durante las obras por el contratista o supervisor; Detalles de cualquier problema experimentado durante los trabajos o las alteraciones de la especificación; Planillas del supervisor/ contratista y las hojas de registro de las obras; Detalles de las condiciones del tiempo durante las operaciones de reacondicionamiento de la superficie; Detalles de cualquier control o monitoreo realizados en las obras efectuadas y materiales (ej.

Temperaturas de rodillos, controles métricos de densidad nuclear, controles de laboratorio grado de inclinación y contenidos de materiales aglutinantes, espesor de las capas, parches de arena, mediciones de la profundidad de las texturas, controles de la regularidad de la superficie);

Cualquier fotografía o video tomados en el lugar antes, durante, o después de los trabajos; Detalles de cualquier queja del público/ policía etc durante los trabajos o respecto de la calidad de la

superficie después de las obras; Detalles completos de cualquier trabajo realizado inmediatamente después de la capa primera, Cualquier diálogo/relación entre el cliente y el contratista respecto de la “calidad” de la operación de

remodelación de superficie y/o no conformación y mantenimiento en adelante. Una copia del Manual de Inspección en vigencia que contenga la metodología de la inspección; las

definiciones de efectos a ser detectados durante las inspecciones de rutina y el asesoramiento sobre el grado de prioridad de los defectos. (Nota: esta información puede estar contenida ya sea parcialmente o en su totalidad dentro del Plan de Mantenimiento).

Registros de rutina o de inspecciones especiales tomadas en la localidad en los tres años anteriores al accidente y del año posterior cubriendo el tiempo desde la operación de la remodelación de la ruta-

Los detalles que consideren cualquier obra de modificación/ reparación/ mantenimiento respecto de la superficie original en cualquier momento entre las fechas de reparación y la fecha del accidente, incluyendo las obras de las empresas, las reparaciones de los baches, los parches y todas las enmiendas.

Los detalles de cualquier control y test realizado sobre la superficie después de su cobertura y antes del accidente material;

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El registro personal del accidente sobre el lugar y la ruta durante los diez años antes del accidente material y durante el período post-accidente (y si hay disponibilidad, cualquier registro relacionado con los accidentes que produjeron daño);

Los detalles de la provisión de la señalización y marcación del camino en el momento del accidente y si dichas marcaciones fueron mejorados, realzadas o actualizadas, o incluso reducidas en el momento del recubrimiento;

Las precisiones de cualquier contacto, correspondencia o queja recibidas por la autoridad de autopistas por parte del público o de alguna otra organización (incluyendo la Policía) relacionados con: la condición del camino en la ubicación material (su grado de “deslizamiento”); cantidad de accidentes; incidencia de los choques leves; la capacidad de la ruta y de la percepción de la ubicación; pedidos de reducción de la velocidad límite/ restricciones del vehículo/ remodelado del camino; incidencias de la contaminación de la superficie etc.;

Los datos de la Oficina de Meteorología sobre las condiciones climáticas prevalecientes en el momento y el lugar del accidente (si el accidente es sospechado de tener solamente conexión con las condiciones climáticas). Si el accidente parece estar relacionado con las condiciones climáticas, será requerida la información respecto de temas tales como el mantenimiento del drenaje; y la disminución de los efectos de la escarcha, el hielo, la nieve o el calor extremo;

Los detalles (ubicación, extensión, etc.) de cualquier contaminación encontrada en el lugar; Los resultados de cualquier test especial de rutina de resistencia al deslizamiento, o test tomados por la

autoridad de la autopista en la ubicación material en; un período de tres años anteriores a la reparación de la superficie, y el período posterior al accidente;

Los detalles de las investigaciones de cualquier accidente previo en el lugar (incluyendo los resultados de cualquier test realizado) y las acciones subsiguientes;

Los detalles de todo conocimiento previo de la autoridad de ruta/ la experiencia de cualquier otra contaminación de superficie en el lugar (ej. Barro, aceite, polvo, etc.);

Detalles de cualquier incidente del agua en superficie en la ubicación (ej. Inundación, formación de pozos de agua);

Los detalles de cualquier incidente climático adverso en el lugar (ej. Períodos de temperaturas extremas que tienden al relleno, cobertura de la superficie con arena, etc.)

Los datos de la velocidad del tránsito en el sitio; Los detalles de la mejor práctica internacional y nacional respecto del tiempo de uso y mantenimiento de la

superficie material adoptada; Los detalles de cualquier contactos/ lazos con autoridades vecinas respecto de sus experiencias con el

uso y/ o rendimiento del material adoptado para el lugar. Colisión en una ruta rural en donde el vehículo ha salido de la misma El Código Nacional de Práctica para el mantenimiento de la carretera, de las señales de tránsito y de las

marcaciones en vigencia en el momento del accidente. Una copia del Plan de Mantenimiento de la autoridad de ruta, que contenga los planes de acción: las

frecuencias de las inspecciones, el mantenimiento de las señales, el corte del pasto, etc. (información para incluir los detalles relevantes para el desarrollo y aprobación del plan de desarrollo).

El plan de acción y la práctica documentada de la autoridad de carretera acerca del tiempo respecto de las señales de advertencia de curva, marcas al borde del camino, postes con luz refleja y cordones de las curvas. Tales planes generalmente son hallados dentro de la política de señalización y/ o plan de seguridad del camino. (información para incluir los detalles importantes para el desarrollo y aprobación de los planes de acción).

Una copia del Manual de Inspección de carreteras en vigencia en el momento, que contenga la metodología de la inspección; las definiciones de los defectos a ser detectados durante las inspecciones de rutina y la guía sobre la prioridad de los defectos. (Nota: esta información puede estar contenida ya sea parcialmente o enteramente en el Plan de Mantenimiento).

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Los registros de rutina o inspecciones especiales en el lugar material en los tres años anteriores al accidente y al año siguiente.

Los detalles respecto del diseño original de la curva y cualquier modificación de la misma a la original hecha en algún momento antes del accidente.

Todos los detalles de mantenimiento o trabajos de ingeniería en el lugar anterior al accidente; ej. Remodelado de superficie, provisión de señales, etc. La información para incluir las órdenes desde la autoridad de rutas hasta las unidades de trabajo o contratistas (y la confirmación de recibo); cualquier nota actualizada hecha durante las obras, planillas de supervisión y horas de registro de obras, detalles de los controles de monitoreo hechos en las obras efectuadas, etc.

Todos los detalles de cualquier mantenimiento u obra de ingeniería de seguridad efectuadas en la ubicación material después del accidente (ej. Provisión adicional de marcaciones de camino, señales de camino, iluminación de la calle, etc.).

El registro de accidentes personales en la curva y la ruta durante los diez años previos al accidente material y durante el período post-accidente (y si está disponible, cualquier registro relacionado con el daño en el accidente).

Los detalles de las marcas del camino y la provisión de la señalización etc., curvas “similares” de la ruta o la localidad.

Los detalles de cualquier contacto, correspondencia o queja recibidos por la autoridad de la carretera de cualquier organización pública o de otro tipo (incluyendo a la Policía) relacionados con; la condición del camino en el lugar específico, la cantidad de accidentes, la incidencia de los casi accidentes, la adaptabilidad de la ruta y la percepción de la peligrosidad de la curva; la casa delineación de la ruta en escasa visibilidad / condiciones oscuras; los pedidos de reducción de los límites de velocidad / restricciones vehiculares / realineación de la curva / re-configuración; las incidencias de la contaminación en la superficie, etc.

Datos de la Oficina Meteorológica sobre las condiciones atmosféricas prevalecientes en el momento y el lugar del accidente (sólo si el accidente pudo haberse ocasionado por causa del clima). Si el accidente parece tener conexión con el clima, la información respecto de temas tales como el mantenimiento del drenaje, y se exigirá la reducción de la escarcha, hielo, nieve o el calor extremo.

Los resultados de cualquier rutina o medición especial a la resistencia del deslizamiento o test realizados por la autoridad de la autopista en el lugar del accidente en el período de 3 años antes, o el período inmediatamente posterior, el accidente.

Los detalles de cualquier autoridad de carretera anterior al conocimiento/ experiencia de cualquier contaminación de la superficie en el lugar (ej. Barro, aceite, polvo, etc.)

Datos de la cantidad de tránsito y sobre la velocidad en la curva. APÉNDICE “G” - MUERTES RELACIONADAS CON EL TRABAJO - PROTOCOLO PARA EL ENLACE ENTRE ACPO (ASOCIACIÓN DE JEFES DE POLICÍA), CPS (SERVICIO DE PROSECUCIÓN DE LA CORONA), LGA, BTP & HSE. ¿En qué circunstancias se aplicará este protocolo? A los propósitos de este protocolo, una muerte relacionada con el trabajo es una fatalidad resultante de un incidente o en conexión con el trabajo. Los principios establecidos en este protocolo también se aplican a los casos en los que la víctima sufre heridas en ese incidente que sean tan serias que haya una clara indicación, de acuerdo con la opinión médica, de una fuerte probabilidad de muerte. Existirán casos en los que es difícil determinar si una muerte está relacionada con el trabajo dentro de la aplicación de este protocolo; por ejemplo, los que se originan en algún accidente de tránsito, o en prisiones o en instituciones de salud, o después de una pérdida de gas. Cada accidente fatal debe ser considerado en forma individual, o en sus hechos particulares, de acuerdo con las normas de organizaciones internas, y hay

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que tomar la decisión de calificar como muerte relacionada con el trabajo. Al determinar la cuestión, las autoridades mantendrán conversaciones y llegarán a una conclusión sin demora. 1 Declaración de intenciones 1.1 En las primeras etapas de una investigación, no siempre es evidente si se ha cometido algún delito grave. Las partes del protocolo se comprometen a fin de asegurar que cualquier investigación en una muerte relacionada con el trabajo esté completa y sea correcta, y estén de acuerdo en trabajar estrechamente para lograr esto. Las decisiones respecto de quién llevará a cabo la investigación, y la dirección que tomará, deben ser a tiempo, informadas con la mejor evidencia disponible y el asesoramiento técnico, y deben tener en cuenta el interés del caso. En caso de haber alguna cuestión respecto de quién está involucrado en una muerte por accidente de trabajo, las partes trabajarán en conjunto para llegar a una conclusión. 2 Acción inicial 2.1 Un oficial policial que asista a un accidente de trabajo causante de muerte deberá regirse con los procedimientos de su propia institución que traten sobre el tema, a fin de: Identificar, asegurar, preservar y controlar la escena, y cualquier otro lugar relevante; Supervisar y registrar toda actividad; Informar a un oficial superior; Averiguar si el empleador u otra persona responsable en control de los edificios o actividad ha informado al

HSE, la autoridad local u otra autoridad de investigación; y Contactar y tratar el incidente con el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial, y realizar acuerdos

para controlar la escena, para acceder a los otros, y para otros procedimientos a fin de brindar seguridad al público.

2.2 Un oficial policial supervisor deberá asistir a la escena y a cualquier otro lugar relevante para evaluar la situación, revisar las acciones tomadas hasta la fecha y asumir responsabilidad por la investigación. En caso de que cualquier otra autoridad policial tenga personal en asistencia antes de que la policía llegue, debe asegurar a la policía que haya sido llamado, y preservar la escena de acuerdo con las acciones iniciales (mencionadas arriba) hasta que la policía llegue. 3. Manejo de la investigación 3.1 Las investigaciones deben ser siempre manejadas profesionalmente, con las comunicaciones entre las organizaciones signatarias continuamente mantenidas. Las investigaciones deben generalmente ser realizadas en conjunto, con una de las parte tomando la delantera, como resulte apropiado. Una investigación puede también requerir a una autoridad policial que tenga interés, y se relacione con el CPS. 3.2 A través del período de investigación, la policía y el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial deberán mantener la investigación en acción bajo revisión. Los puntos fundamentales serán alcanzados y controlados, y el plan de acción y las decisiones clave serán registrados. 3.3 La policía, el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial deberán concordar sobre: Cómo deben ser usados los recursos específicamente; Cómo la evidencia debe ser descubiertas ante las partes; Cómo serán coordinadas la entrevista a los testigos, la instrucción a los peritos y el examen forense de los

elementos; Cómo, y hasta qué punto, las fallas de organización tienen que investigarse;

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La estrategia para mantener informados a los damnificados, los testigos, y a otras partes interesadas tales como el forense, de la evolución de la investigación; y

Una estrategia media para tomar en cuenta la sensibilidad de los afectados y los que están involucrados en el incidente, y para alentar la coherencia del enfoque en la información.

3.4 En ciertas investigaciones a gran escala puede ser beneficioso conformar un grupo estratégico de relaciones para asegurar la comunicación entre organizaciones y compartir las experiencias y la información relevantes. 4. Toma de decisiones 4.1 Cuando la investigación da lugar a la sospecha que un delito grave (que no sea un delito contra la seguridad o la salud) pueda haber causado la muerte, la policía tendrá la primacía sobre la investigación y trabajará en sociedad con el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial. 4.2 Cuando llegue a ser obvio durante la investigación de que hay evidencia suficiente para que un delito grave (que no sea un delito sobre la seguridad o la salud) haya causado la muerte, la investigación debe, por acuerdo, ser tomada por el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial. Ambas partes debe registrar tal decisión por escrito. 4.3 Cuando el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial esté investigando la muerte, y se descubre una nueva información que pueda asistir a la policía para evaluar si se ha cometido un delito grave, entonces la autoridad a cargo pasará la nueva información a la policía. La policía deberá considerar si continua con la primacía del control. La decisión y las razones deben ser registradas por escrito. 4.4 Existirán también raras ocasiones en las que un resultado de la investigación del forense, la revisión judicial u otros procedimiento legales, será necesario una mayor consideración de la evidencia y de los hechos circundantes. Cuando esto ocurra la policía, la autoridad policial con primacía para la investigación y el CPS trabajarán en colaboración a fin de brindar una primera decisión. Puede haber también una necesidad de una investigación ulterior. 5 Descubrimiento del material 5.1 El descubrimiento del material deben cumplir siempre los procedimientos legales 5.2 Cuando haya habido una investigación, cualquier material obtenido debe ser compartido, sometido a toda restricción legal, entre la policía, HSE, la autoridad local u otra autoridad policial y el CPS. Los procedimientos de manejo especiales pueden ser necesarios en ciertos casos. La organización responsable en retener las evidencias, y otro material relevante debe también ser acordado. 6. Investigaciones especiales 6.1 En el caso de algunos incidentes, especialmente aquéllos que incluyen varios casos fatales, la Comisión de Salud y Seguridad puede, con el consentimiento del Secretario de Estado, ordenar que se lleve a cabo una investigación pública. Alternativamente, la Comisión puede autorizar al HSE, o a cualquier otra persona a investigar y producir un informe especial. 6.2 En tales circunstancias, la policía brindará cualquier apoyo necesario y evidencias a la persona designada a fin de conducir una investigación pública, o la investigación especial, sujeta a las regulaciones relevantes.

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6.3 Las cuestiones legales complejas pueden presentarse cuando hay investigaciones públicas paralelas e investigaciones o prosecuciones criminales. Los signatarios tendrán que mantener informados del avance de la investigación. 6.4 Algunas veces el informe de una investigación pública puede ser demorado para esperar la conclusión de los procesamientos penales, y en otras ocasiones, puede que no haya tal demora a causa del fuerte interés a publicar el informe y las recomendaciones de una rápida investigación. En cualquier caso, los signatarios del protocolo trabajarán juntos para asegurar que la decisión sea hecha en la forma más rápida posible y cualquier procedimiento penal comience sin demora. 7 Aviso antes de la acusación 7.1 El rápido enlace de la policía, HSE, la autoridad local u otra autoridad policial con el Servicio de Prosecución de la Corona, debe ser alentado para el mejor funcionamiento del proceso en su integridad. No hay necesidad de esperar hasta que un archivo esté listo para ser enviado, antes de que la policía abra tratativas con el Servicio de Prosecución de la Corona. La policía es impulsada a seguir, en cualquier etapa posterior a la muerte relacionada con el trabajo, a pedir asesoramiento al Servicio de Prosecución de la Corona, no solamente acerca de la naturaleza de cualquier acusación o carga, sino también respecto de las cuestiones legales que rodean la investigación, incluyendo el asesoramiento pericial. 7.2 La policía deberá buscar el asesoramiento del Servicio de Prosecución de la Corona antes de acusar a un individuo de algún delito criminal serio (que no sea contra la seguridad o la salud) proveniente de la muerte relacionada con el trabajo. 7.3 La policía deberá consultar al Directorio de Casos relacionados con el Trabajo del Servicio de Prosecución de la Corona cuando haya alguna idea de acusar a una compañía o corporación de alguna ofensa criminal grave (que no sea contra la seguridad o la salud). 8 La decisión de procesar 8.1 La decisión de procesar cualquier delito criminal grave (que no sea contra la integridad física o la seguridad) que haya causado la muerte será tomado por el Servicio de Prosecución de la Corona de acuerdo con el código para los fiscales de la corona. Tal delito puede ser tratado como un delito contra la integridad y la seguridad. Se tomará la decisión después de tratar con la policía, cuando resulte conveniente, HSE la autoridad local o cualquier autoridad policial. 8.2 El Servicio de Prosecución de la Corona notificará a la policía o la autoridad correspondiente y explicará las razones del accidente, y los mantendrá informados del progreso de la toma de decisiones. 8.3 El Servicio de Prosecución de la Corona siempre tendrá en cuenta las consecuencias a los afectados por la decisión si se hace el proceso o no, y de cualquier punto de vista expresado por ellos. 8.4 Cuando el Servicio de Prosecución de la Corona ha tomado su decisión, debe ser comunicada a la policía, HSE, a la autoridad local u a otra autoridad policial lo antes posible, de manera tal que el HSE, o los organismos mencionados antes puedan decidir tan rápido como sea factible 8.5 Cuando el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial tiene prioridad en la investigación, entonces la decisión de juzgar los delitos sobre la seguridad y la salud será tomada inmediatamente. La autoridad policial deberá luego informar a la policía sobre su decisión. 8.6 Ninguna decisión de la fiscalía se hará pública hasta que los damnificados, la Oficina del Forense y cualquier demandante potencial hayan sido notificados de acuerdo con la estrategia previamente acordada.

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8.7 El anuncio público de la decisión será hecho de acuerdo con la estrategia acordada por los medios. 8.8 Cuando no haya ningún enjuiciamiento, el anuncio de la decisión del Servicio de Prosecución de la Corona incluirá el hecho de que la decisión del HSE, de la autoridad local o de cualquier otra autoridad policial será realizada luego de la investigación (sujeto al párrafo 10.3, más abajo). La postura del Servicio de Prosecución de la Corona es establecer sus razones por escrito y enviarlas a los damnificados, ofreciendo encontrarse con ellos y tratar las razones para alcanzar la decisión. 9 El Procesamiento 9.1 Cuando el Servicio de Prosecución de la Corona y el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial busquen procesar los delitos que provengan del mismo incidente, el/los procedimiento/s será/n conocido y manejados en forma conjunta. 9.2 Debería haber una primera reunión a la que asistieran por el Servicio de Prosecución de la Corona, la policía y el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial para considerar la administración de los procesamientos. En particular, se tratarán, se acordarán y registrarán los siguientes temas: la responsabilidad del liderazgo para la fiscalía; La naturaleza y los términos de las acusaciones (inclusive, en caso de ser conveniente, se considerará

cualquier acusación alternativa y argumentaciones aceptables); Preparación para retener y mostrar el material, horario de tratamiento del caso; acuerdos para mantener a los testigos y a los afectados informados; el anuncio de la decisión; acuerdos para mantener el contacto durante el procesamiento, y un acuerdo sobre el mecanismo de

consulta, en caso de que se presente una cuestión que produzca la interrupción de los procedimientos o que no ofrezca ninguna evidencia;

un acuerdo respecto de cualquier instrucción específica para el abogado de la prosecución, y cualquier otra cuestión del manejo del caso. 9.3 Cuando el Servicio de Prosecución de la Corona está en ejecución, y no existe prosecución del HSE, de la autoridad local o de otra autoridad policial, pero alguna autoridad ejecutante de la ley mantiene un interés en el caso, dicho Servicio informará a esa autoridad sobre el progreso y la producción del caso. 10 Forense de Su Majestad 10.1 La policía o el Servicio de Prosecución de la Corona notificará al forense cuando un delito grave se origine a partir de una muerte como consecuencia del trabajo (en caso de no ser una muerte relacionada con la seguridad y la salud). El forense puede luego posponer la investigación hasta el fin de la prosecución criminal. El Director de Prosecuciones Públicas puede también pedir al forense que aplace la investigación cuando haya ciertos procedimientos ante la corte del magistrado que estén relacionados con una muerte. 10.2 Cuando el Servicio de Prosecución de la Corona, y el HSE, la autoridad local u otra autoridad policial haya enviado los documentos o un informe al forense acerca de una muerte relacionada con el trabajo, el Servicio de Prosecución de la Corona y la policía recibirán también una copia. En forma similar, cuando una autoridad judicial está procesando, y la policía o el Servicio de Prosecución de la Corona ha enviado documentos o un informe al forense acerca de una muerte relacionada con el trabajo, las autoridades judiciales también recibirán una copia. En todos los casos, los documentos o informes no pueden ser descubiertos ante ninguna parte sin el consentimiento de la parte que en principio los envió.

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10.3 Cuando el Servicio de Prosecución de la Corona ha revisado el caso y decidido no hacer la prosecución, el HSE, la autoridad local u otra autoridad judicial esperará el resultado de la investigación del forense, antes de la carga contra los delitos sobre la salud y la seguridad, a menos que la espera perjudique el caso. En cualquier otro procedimiento judicial puede resultar necesario que el Servicio de Prosecución de la Corona revea o revise el caso, el HSE, la autoridad local u otra autoridad judicial esperarán hasta que la revisión del SPC haya sido completada antes de continuar con sus propios procedimientos. 11 Enlace Nacional 11.1 El Comité de Enlace Nacional tiene representantes de la policía, BTP, el SPC, el HSE y de la Asociación del Gobierno Local. Se reunirá al menos dos veces al año a fin de revisar la operación del protocolo y considerar la necesidad de hacer cambios a las enmiendas. 12 Enlace Local 12.1 Los Comités de Enlace Regionales comprenden a representantes de los signatarios nominados a niveles locales. Estos comités se reunirán regularmente para tratar las cuestiones de interés mutuo, y en particular, la operación del protocolo según un punto de vista local, para monitorear la efectividad del protocolo, y comunicar cualquier asunto al Comité de Enlace Nacional. 12.2 Los Comités de Enlace Regionales serán responsables de asegurar que haya una línea efectiva e identificada de comunicación local entre las cinco organizaciones. ANEXO A: GUIA GENERAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMATIVAS SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO - LEY 1974 (LEY HSW) Y LEGISLACIÓN RELACIONADA El cumplimiento de la ley HSW y la legislación relacionada es generalmente compartido entre el HSE y las autoridades locales. Una guía general para la adjudicación de la actividad principal se detalla abajo. Para una guía más detallada sobre dicha actividad en actividades específicas o edificios recurrir a la página web: www.hse.gov.uk/lau/lacs/23-15.htm Funcionario ejecutivo sobre salud y seguridad El HSE es responsable de la legislación sobre seguridad y salud relacionada con el trabajo en: Fábricas y otros edificios fabriles, incluyendo la reparación de vehículos motorizados Plantas y refinerías químicas Sistemas de subterráneos, trenes y tranvías Minas, canteras y sitios de rellenado Granjas, agricultura y forestación Hospitales, incluyendo las enfermerías Gobierno local, incluyendo las oficinas y las instalaciones dirigidas por ellos Escuelas, colegios y universidades Instalación casera de gas, mantenimiento y reparación Servicios públicos, incluyendo la generación de energía, agua y desperdicios Terreno para circos (itinerantes o fijos) Aeropuertos (excepto edificios terminales, estacionamientos de autos y edificios de oficinas) Autoridades policiales y de bomberos, cuerpos de la Corona, incluyendo el Ministerio de Defensa Prisiones Dársenas

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Instalaciones nucleares Instalaciones marítimas de gas y petróleo y actividades relacionadas, incluyendo las barcas para la

colocación de cañerías Riesgos mayores, incluyendo las cañerías, la transmisión y distribución de gas Transporte de mercaderías riesgosas en ruta y en tren Fabricación, transporte, manejo y seguridad de explosivos Partes comunes de edificios domésticos Autoridades locales En Inglaterra y Gales, las autoridades locales hacen respetar la ley HSW respecto de los edificios privados, incluyendo: Tiendas y minoristas, puestos en el mercado, lavaderos automáticos y vendedores ambulantes La mayoría de las actividades de oficinas Algunas casas mayoristas y minoristas Hoteles, casas de huéspedes, hosteles, sitios para camping y casas rodantes, restaurantes, casas

públicas y otros edificios licenciatarios Diversión y entretenimiento, incluyendo clubes nocturnos, cines, clubes sociales, circos, instalaciones

deportivas, clubes de salud, gimnasios, escuelas de equitación, lugares de alquiler de botes, circuitos de motos, museos, teatros, galerías de arte y centros de exhibición.

Lugares de oración y casas funerarias Cuidado de animales, establos, zoológicos y perreras Servicios de belleza y terapéutica, incluyendo masajes, saunas, solariums, tatuaje, tratamiento de la piel,

“body piercing” y peluquería. Hogares residenciales para ancianos y convalecientes Jardines de infantes privados, cuidado de niños, ej. Maternales Hay otras autoridades y organismos con responsabilidades sobre la investigación y el cumplimiento de la ley y otra legislación similar. Estas incluyen, por ejemplo: Las autoridades de Bomberos La Agencia Marítima y de Guardacostas (en buques a bordo) La Comisión de Normas de Cuidado (edificios de cuidado de la salud) La Agencia de Medio Ambiente La Autoridad de Aviación Civil Normativas de Comercio El Departamento de Comercio e Industria (DTI) La Rama de Investigación de Accidentes Marítimos Contactando el HSE fuera de horas El HSE no es un servicio de emergencia. Ha realizado una guía para la policía y otro servicio de control que indican cómo contactar a los inspectores del HSE fuera de horas de servicio. Contactando las autoridades locales fuera de horas Habrá acuerdos locales para contactar a los inspectores autorizados de salud y seguridad dentro de las autoridades locales. El contacto generalmente se hace a través de la municipalidad o de las oficinas de consejo durante las horas de oficina y a un número de emergencia fuera de esas horas.

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APÉNDICE “H” - AUTORIDAD DE QUEJAS CONTRA LA POLICÍA - MANUAL PARA GUÍA DE LOS MIEMBROS Acción/ respuesta iniciales Esta guía es importante en caso de heridas graves o muerte bajo custodia policial, durante el incidente de tráfico en ruta, o incidentes con armas de fuego. 1 Acción inicial 1.1 Verificar la respuesta y la acción policial iniciales:

a) Paramédicos llamados a la escena b) Acción inmediata para preservar la escena, vallado del área, custodia cercana si resulta necesaria.

Considerar otras escenas y designar a un registrador. Incautar cualquier cinta de video de custodia de la escena del incidente.

c) Oficiales a ser notificados: - Comandante de área - Tarea ACC/DCC - Jefe de quejas & Disciplina

1.2 Convocar personal de apoyo

a) Quejas e inspectores de disciplina b) SOCO – examen forense, fotografías y video c) Patólogo de oficina interna

1.3 Evaluar la cantidad de las investigaciones locales hasta la fecha

a) Informe de muerte repentina b) Identificación del cuerpo

1.4 Notificar a la oficina del forense y visitar si resulta necesario 1.5 Notificar a los miembros del PCA (Autoridad Policial de Quejas) por teléfono: tratar la asistencia al PM 1.6 Informar al oficial de prensa, formular declaraciones a la prensa, monitorear la cobertura de la prensa. 1.7 Designar al oficial de enlace con la familia 1.8 Incautar el registro de la custodia 1.9 Asegurar que los oficiales de guardia de custodia/ en el incidente completen los PNBs 1.10 Obtener la lista de prisioneros detenidos a través de la retención del fallecido/ testigos en la escena. 1.11 Entrevistas primeras a los detenidos antes de la liberación 1.12 Considerar la necesidad de apoyo y consejo de los oficiales policiales y cualquier otro testigo 1.13 Considerar la convocatoria del personal del laboratorio forense

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2 Notificación temprana 2.1 Contactar al Miembro de la Autoridad de Quejas de la Policía por medio del teléfono 2.2 Considerar la aplicación de fuerzas externas si resultase conveniente. 2.3 Buscar aprobación para el Oficial designado. 2.4 Acordar términos de referencia. 2.5 Acordar en conjunto la comunicación a la prensa 2.6 Sección 71 Referencia Discrecional para el PCA dentro de las 48 horas. (Parte 1 informe Categoría A o

B) 2.7 HMIC y la notificación al Ministerio del Interior dentro de las 48 horas. 3 Post Mórtem 3.1 Evaluación patológica de los hechos en el caso. 3.2 Verificar la organización post mortem 3.3 Hora, fecha, lugar. 3.4 Oficiales que asisten, SOCO, oficial del forense, oficial de investigación y miembro de la Autoridad de

Quejas Policiales 3.5 Detalles de Director Funeral 3.6 Necesidad de considerar las muestras toxicológicas 4 Procedimientos de investigación 4.1 Pensar en “crimen”, tratar como muerte sospechosa. 4.2 Pensar en disciplina, suspensión, Reg.9´s, informes de tareas, declaraciones de testigos 4.3 Obtener declaraciones escritas – considerar las entrevistas grabadas de los testigos clave. Someter a consideración las declaraciones tomadas de las cintas durante 24/36 horas, como una buena práctica. 4.4 Apoyo del CID, TSG y otros departamentos especialistas. 4.5 Investigación de arrestos /incidentes en la escena;

a) Testigos b) Exposiciones c) Rastreo por TSG d) SOCO, fotografías, material de video e) Detalles de oficiales f) Transporte g) Cintas/ anotaciones de incidentes

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h) Recursos asignados i) Investigaciones casa a casa j) Planes de sitios k) Reconstrucciones en videos

4.6 Investigación de las estaciones de policía:

a) Examen del registro de la custodia b) Detalles de los oficiales de custodia, carceleros, oficiales civiles de detención c) Condición al llegar a la seccional policial d) Bases para la detención e) Adaptación para la detención, examen médico, recomendaciones del cirujano policial f) Ebriedad, excitación por drogas g) Notificación de los derechos, personas notificadas, representación legal requerida h) Seguridad de la propiedad del occiso i) Revisiones de la detención j) Provisión de frazadas, colchones, comidas, bebidas, limpieza de la celda y calefacción k) Visitas de oficiales, abogados, amigos, familiares l) Acciones policiales inmediatamente anteriores al momentos de la muerte

m) Entrevistas grabadas a las personas accidentadas antes de la muerte n) Registros de detenciones relacionadas con el difunto o) Fotografías del difunto en caso de haber sido inculpado anteriormente p) Procedimiento local, instrucciones, prácticas de trabajo q) Planos del piso del lugar de detención r) Entrevista a los prisioneros liberados antes del momento de la muerte

4.7 Investigación del evento antes del incidente que llevase a la muerte o a un daño grave

a) Fotografías del difunto b) Testigos incluyendo amigos, trabajadores sociales, otro personal del organismo, parientes,

empleadores, comerciantes locales c) Abuso de alcohol y drogas u otros comportamientos d) Secuencia de movimientos

4.8 Investigación de la historia del difunto

a) CIS/ PNC b) Historia clínica, requerir el consentimiento de la familia c) Historia personal, financiera, marital, sexual, criminal d) Oficina de Investigación, Servicios Sociales e) Esposa, madre, hermano y otros parientes cercanos

7. Incidentes de tráfico en ruta

1) Las etapas iniciales de un informe de un incidente fatal en ruta (RTI) deben seguir esencialmente las mismas normas de una muerte bajo arresto, aunque la asistencia al post mortem será innecesaria a menos que haya sospechas sobre la causa de la muerte, y la necesidad de involucrar a la comunidad local.

2) La fuerza debe contactarse con el asistente inmediatamente (si no lo hacen así dentro de las 2 horas,

recordar la importancia de una primera llamada de manera tal que el asistente pueda decidir si es apropiado asistir al post mortem).

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3) Usar una lista de control (adjunta) para asegurar que se está rastreando toda la información esencial

necesaria en esta etapa.

4) Tratar con el denunciante (DCC o jefe de C & D) si un oficial de investigación externo (IO) sería apropiado.

5) Aprobar la designación del Oficial Superior Investigador asegurando que no conozca a los oficiales

involucrados.

6) Visitar la escena en una primera etapa si es apropiado

7) Arreglar los encuentros con los familiares de la víctima

8) Si el occiso pertenecía a una minoría étnica, considerar si es apropiado notificar a un líder de la comunidad

9) Encontrarse con el Oficial de Investigación y planear la investigación

10) Acordar los términos referenciales y asegurar que se pongan en un archivo por escrito

11) Acordar la cuestión de la regulación 9 , como resulte conveniente

12) Monitorear el progreso de la investigación en relación con las “quejas o preocupaciones” como figura

en la hoja relevante

13) En la etapa final del informe:

a) Volver a chequear la regulación nº 9 y asegurar que todas las preocupaciones importantes y todas las quejas estén cubiertas

b) Asegurar que cualquier cuestión de administración haya sido cubierta c) Asegurar que las recomendaciones estén incluidas, reforzar las órdenes o el entrenamiento

cuando resulte apropiado. Incidentes fatales en ruta Proceso Notificación a la Autoridad de Quejas Policiales TORs aprobados Oficial Inspector aprobado Nombre Especialista en tráfico Fuerza externa Nombre del forense

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Regulación nº9 Notificación a la Autoridad de Quejas Policiales Intereses de los medios Notificación a la prensa por parte de la Autoridad de Quejas Policial – apertura Notificación a la prensa por parte de la Autoridad de Quejas Policial - cierre LISTA DE CONTROL DE INCIDENTES FATALES EN RUTA

Referencia de archivo: 1. Nombre del occiso

Parentesco – nombre.................................................teléfono:

2. Seguimiento/ respuesta 999 – Autorizado/ no autorizado.- (tachar lo que corresponda)

3. Coche policial directamente involucrado en el accidente – Sí/ No 3. a. Distancia en el momento del accidente

Fecha – hora y lugar. Condiciones del camino 4. Tipo(s) de vehículo(s) – detalles completos 5. Incautación de las cintas maestras de control 6. Conductor policial – calificaciones (fecha del último test) y nivel de capacitación del conductor

Test de alcoholemia Test ocular (si resultase necesario) Luces azules * coche marcado * sirena

7. Otros conductores - detalles completos 8. Informe post mortem 9. Examen del vehículo 10. Informes médicos – otros involucrados 11. Informe/ planes/ videos/ fotografías técnicos sobre accidentes (incluyendo calificaciones de los

informantes), reconstrucciones computarizadas 12. Cumplimiento del Manual de manejo ACPO (Asociación de Oficiales Policiales Jefes) / persecuciones/

fuerza policial/ TPAC SOPS 13. Implicación de otros vehículos policiales – autorizados/ sin autorizar (ej. casa rodante) 14. Cumplimiento con las instrucciones de control 15. Persecución solamente – ¿separación en el momento del accidente/ apartamiento de la ruta?

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ANEXO “I” - PLANTILLA PARA FACTORES CONTRIBUYENTES Y PRECIPITANTES

Humano Comentarios

Pre-colisión

Alcance de la vista y visión del color del conductor.

Alcohol y drogas Perturbaciones emocionales - distracción, preocupación, enojo Nivel de experiencia - tipo de experiencia en el ambiente de la autopista, urbano, y en condiciones nocturnas.

Juicio - capacidad para evaluar el riesgo de la situación Conductor ocasional o regular Cansancio / Fatiga - duración del viaje, actividades previas al viaje Actitud frente a la tarea de conducir - agresiva, prudente

Distracción causada por el uso del equipo ITS o el conductor falla al usar el dispositivo ITS cuando debería o falla al no seguir el consejo dado

Colisiones de peatones - exposición de los peatones, acciones, velocidad del movimiento, visibilidad

Colisión

Desórdenes del esqueleto – Por ej.: osteoporosis, lesiones viejas – Por ej.: deporte, recreación o accidentes del trabajo.

Uso de la contención del ocupante - ¿las contenciones fueron usadas correctamente?

Posición de asiento - en el vehículo, como motociclista o acompañante

Uso del casco

Post-colisión

Edad - el rendimiento de la recuperación por lo general disminuye con la edad Condición física / actitud mental Asistencia médica

*

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Ambiental Comentarios

Pre-colisión

Límites de velocidad - determinación de la velocidad de los vehículos de la distancia de patinaje y del tiempo de reacción

Señales de advertencia - ¿los conductores son informados de los riesgos, de las obras en carreteras, de los cambios en las condiciones?

Señalización direccional - ¿los conductores buscan información, en detrimento de la tarea de conducir?

Condición de la ruta; por ejemplo: superficie resbaladiza de la carretera, daños, uso.

Geometría de la ruta – curvatura y grado Estándares de la ruta - iluminación, señalización vial, demarcación Visibilidad - cruces, calzadas y curvas Tratamientos de los cruces - Seguridad para el volumen del tráfico, estándares.

Dispositivo ITS le da o no información al conductor. Por ej.: no advierte los peligros, ofrece información equivocada sobre la velocidad

Colisión

Áreas de recuperación - zonas claras en las cuales recuperar el control del vehículo sin colisionar

Objetos al costado de la ruta - proximidad, estructura, contribución a las lesiones

Protección de la ruta - cercas de seguridad, barreras centrales de reserva, amortiguadores de choque

Terraplenes y canales de drenaje

Post-colisión

Sistemas de comunicación - teléfonos de emergencia, teléfonos móviles, radio CB, teléfonos públicos / privados

Ubicación y cantidad de servicios médicos - tiempos de respuesta, tiempo de viaje

Acceso de los servicios médicos - acceso a sitio de la colisión *

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Vehicular Comentarios

Pre-colisión

Neumáticos y ruedas - tamaño correcto / tipo de vehículo, presión, reventón, pérdida de la banda de rodadura, profundidad del dibujo, vibración

Frenos - eficacia de frenado, pedal bajo / pedal de viaje, ruido de los frenos, falta de balanceo, falla.

Dirección / alineación de las ruedas - precisión tirando hacia la izquierda o la derecha, patrones de desgaste de los neumáticos, fallas de los componentes, efecto enmascarador de la dirección asistida.

Limpieza de parabrisas / condición - arañazos, grietas y astillas Limpiaparabrisas / Escobillas - Clima húmedo, especialmente en la noche Luces, señales, otros controles - funcionalidad Luces encendidas – particularmente en motocicletas durante el día Color del coche - visibilidad contra el fondo (segundo plano)

El dispositivo ITS no opera para lo que fue diseñado, o bien no funciona o funciona de forma automática sin intervención del conductor cuando no debe hacerlo

Colisión

Equipamiento de seguridad - cinturones de seguridad incluidos, sistemas de retención infantil, airbags, reposacabezas en su lugar y en buenas condiciones

Rendimiento del vehículo – Capacidad, distinta de la velocidad indicada. Dirección y velocidad de los vehículos involucrados, detalles de los vehículos involucrados, incluyendo la masa de la carga, si lleva.

Integridad del espacio del ocupante - por ejemplo: protección contra impactos laterales

Post-colisión

Impacto del ocupante impacto con el interior del vehículo Integridad de los sistemas de combustible y eléctricos Opciones de egreso - funcionamiento de puertas, eliminación de las ventanas, conductor atrapado

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APÉNDICE “J” – PROGRAMA DE ENTRENAMIENTO SUGERIDO PARA OFICIALES SUPERIORES INVESTIGADORES Todos los Oficiales Superiores Investigadores (SIO) del Servicio Policial en las Rutas, independientemente de su grado, deben recibir capacitación en las siguientes materias. Gestión de la escena. Documentación de la gestión de la escena. Acciones por vía rápida Establecimiento de la investigación. Método planificado de la investigación - Estrategias de investigación. Otras consideraciones de investigación. Conocimiento forense. Política (de la investigación) Documentos de la política Evaluación del impacto en la comunidad. Tareas al Oficial de Enlace con la Familia. Evaluación del riesgo del Oficial de Enlace con la Familia. Entrevista de investigación. Divulgación. Estándares de acusación del Servicio de Fiscalía de la Corona. Muerte en la ruta relacionada con la Policía. También se recomienda que el SIO debería tener una cierta comprensión de los siguientes roles y responsabilidades: Forense (Oficial Judicial) Histopatólogo (Hospital) Patología Forense. Oficial Investigador. Investigador de la Colisión. Examinador del Vehículo. Oficial de Enlace de la Familia. Enlace Familiar coordinador/consejero. Revisor del Caso. Oficial de la Escenas del Crimen. Asesor de Entrevistas. Oficial de Divulgación. Oficial de Exposiciones. Científico Byford (cualquier científico forense reconocido) Asesor especialista forense. POLSA. Oficial de Inteligencia / células CHIS (covert human intelligence sources, fuentes de inteligencia humana encubierta, ) Personal dentro de la Sala de Incidentes Mayores. Sistema HOLMES 2. Senior Investigating Officer (SIO) se traduce literalmente como “Oficial Superior Investigando”. En realidad, es el “Investigador” de mayor grado, en el elemento o escalón que fuere.

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REFERENCIAS: ACPO Media Guidelines for Individuals under Police Investigation ACPO Roads Policing Business Area Protocol for Collision Investigation and Reconstruction within the Police Service. ACPO Memorandum of Good Practice re Early Release of Bodies in Cases of Suspicious Death. ACPO Crime Business Area Revised guidelines for the use of policy files ACPO Crime Business Area, National Crime & Operations Faculty, Forensic Science Service (2000) Murder Investigation Manual ACPO Crime Business Area (2000) MIRSAP Manual 2000 ACPO Roads Policing Business Area National Standard Motorway Manual ACPO, BTP, CPS, HSE & LGA Work Related Deaths - A Protocol for Liaison Paul Hillier & Gary Poole, Paul Forman et al, TRL (2000) Contributory and precipitating factors, highways liability Peter Giles, Chambers Law (2000) Offences and Offenders J A Horne & L A Reyner Arrive Alive. (European Sleep Research Society) J A Horne & L A Reyner Falling asleep at the wheel. (Sleep Research Laboratory, Loughborough University. TRL report 168) Chris Lordon (Metropolitan Police Service) Guide to Tachograph and Speed Limiter Interference G Maycock Driver sleepiness as a factor in car and HGV accidents. (TRL report 169) Metropolitan Police Service (1998) Scene Management & Examination Course Manual Police Complaints Authority Manual of Guidance to Members R J Tunbridge, M Keigan, F J James Recognising drug use and drug related impairment in drivers at the roadside. (TRL report 464)