LYN_U3_EA_JEGM

33
“UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MEXICO” CARRERA: INGENIERIA EN BIOTECNOLOGIA ASIGNATURA: LEGISLACION Y NORMATIVIDAD ASESOR(A): RACHEL GONZALEZ GARCIA NOMBRE ALUMNO: JESUS CARLOS GALVAN MUÑOZ MATRICULA DE ALUMNO: AL13505345 PERIODO: SEGUNDO CUATRIMESTRE TAREA: EVIDENCIA DE APRENDIZAJE ANALISIS DE CASO PT. 3 FECHA: 22/04/14 1

Transcript of LYN_U3_EA_JEGM

UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA DE MEXICO

CARRERA: INGENIERIA EN BIOTECNOLOGIA

ASIGNATURA: LEGISLACION Y NORMATIVIDAD

ASESOR(A): RACHEL GONZALEZ GARCIANOMBRE ALUMNO: JESUS CARLOS GALVAN MUOZ

MATRICULA DE ALUMNO: AL13505345

PERIODO: SEGUNDO CUATRIMESTRE

TAREA: EVIDENCIA DE APRENDIZAJE ANALISIS DE CASO PT. 3FECHA: 22/04/14

ContenidoINTRODUCCION3ANTECEDENTES4UNIDAD MDICA IMSS #43 GMEZ PALACIO DGO, MXICO4PROBLEMA4ANLISIS GENERALAIZADO DE LA PROBLEMTICA5LA PROBLEMTICA CENTRAL5PROBLEMTICA COLATERAL5Actores involucrados6Anlisis de calidad del agua6EFECTOS DE LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES.7Impactos al ambiente8COMO RESOLVER EL PROBLEMA DE LAS AGUAS RESIDUALES EN MXICO9Pero cmo resolver los problemas de las aguas residuales?10Aplicacin de la normatividad10NOM-001-SEMARNAT-1996-NOM-001ECOL-199610NOM-002-SEMARNAT-1996-NOM-002-ECOL-199611NOM-003-SEMARNAT-1997-NOM-003 ECOL-199712LEY DE GESTIN AMBIENTAL SUSTENTABLE13PARA EL ESTADO DE DURANGO13LEY DE GESTION AMBIENTAL SUSTENTABLE PARA14EL ESTADO DEDURANGO14NORMA MUNICIPAL AMBIENTAL14LEY DE PROTECCIN Y BIENESTAR ANIMAL PARA LA SUSTENTABILIDAD DEL ESTADO DE DURANGO15ANLISIS CASO PARTE 216LEYES APLICABLES.16VAS DE SOLUCIN A LA PROBLEMTICA17UNIDAD MDICA IMSS #43 GMEZ PALACIO DGO, MXICO17ARGUMENTOS QUE JUSTIFIQUE LAS ALTERNATIVAS PARA LA SOLUCIN DE LA PROBLEMTICA PALNTEADA20NORMATIVA VENTAJAS Y DESVENTAJAS CUADRO COMPARATIVO20CONCLUSIONES RESPECTO ALTERNATIVAS DE POSIBLE SOLUCION21REFLEXION22Fuentes de consulta23

25

INTRODUCCIONJess c. Galvn muoz mediante el anlisis y oportuno seguimiento de la aplicacin y acercamiento con las dependencias u organismos correspondientes en materia ambiental se desarrolla la siguiente investigacin en materia de aguas residuales debido a la problemtica presentada hace ms de cinco aos en la institucin mdica#43 IMSS.Gracias a la presente investigacin se comprenden diversas maneras o mtodos adems de los organismos y dependencias encargadas de contingencias presentadas en este caso el del estancamiento de aguas residuales a las afueras de una institucin mdica de la comarca lagunera, municipio de Gmez palacio Durango.Haciendo un llamado a las autoridades correspondientes ya sea municipales, estatales o en su defecto federales la ayuda y evitar estos acontecimientos no solo a nivel municipal sino en cualquiera de los estados de la repblica.Esperemos una pronta y oportuna respuesta de las autoridades y solucin y comprensin de la normatividad adems de crear una conciencia adecuada y formar el valor cvico en las personas para poder tomar parte ante contingencias de esta magnitud.

ANTECEDENTESUNIDAD MDICA IMSS #43 GMEZ PALACIO DGO, MXICOEn el estado de Durango municipio de Gmez palacio, se localiza una institucin de seguridad social (IMSS) clnica nmero 43 ubicada en el bulevar J. Agustn castro. Esta clnica aparte de poseer un amplio nmero de derecho habientes y contar con ms de 20 aos de servicio se encuentra ubicada en uno de los puntos centrales de la localidad o mejor dicho de los primeros cuadros de la ciudad, con el fin de proporcionar una mayor cobertura y una atencin eficaz a sus derecho habientes el cual se distingue por poseer servicios de alta tecnologa.Un gran progreso para nuestra ciudad es la apertura de una nueva unidad que complementa de sus servicios y dividi la poblacin de sus derechohabientes a la unidad clnica IMSS UMA #10 ubicada a un costado de la clnica nmero 43.Adems en las instalaciones posee con diversos servicios educativos, culturales y una gran variedad de programas de medicina preventiva, clases de baile, cursos de natacin y gimnasio conformado por instructores, nutrilogos y mltiples aparatos de acondicionamiento fsico.Sin duda alguna es de las mayores instituciones mdicas de la regin brindando un eficaz servicio a sus derechohabientes.

PROBLEMALa problemtica que se vive en esta zona es que en los cordones de las banquetas del hospital se puede hacer visible el brote continuo, permanente y estancamiento de aguas negras lo que causa una serie de olores ftidos e infecciones gastrointestinales debido a que sobre las banquetas se establecen una gran cantidad de vendedores ambulantes de comida, refrescos y golosinas.Esta problemtica es un caso muy aejo, ya que las autoridades correspondientes no han hecho nada al respecto y sin embargo contina dndose este tipo de situaciones.El hecho de ser una zona de hospitalaria debe contar con un amplio sentido de limpieza e higiene ya que es algo irnico y desfasa los mritos o puntos a su favor la institucin, aparte de causar un gran olor ftido da muy mal aspecto visual y genera un gran foco rojo de infecciones debido a que los consumidores por lo general son familiares de los derecho habientes internados o que acuden a realizar alguna o tramite actividad a la institucin, que como informan trabajadores por medio de este tipo de acontecimientos se infecta la poblacin de pacientes internados en el hospital agudizando en ocasiones la integridad o estabilidad fsica de sus pacientes.

ANLISIS GENERALAIZADO DE LA PROBLEMTICALa falta de inters y preocupacin de los organismos gubernamentales tanto municipales, estatales y federales para poner fin a esta problemtica latente que vive esta parte del hospital. En un periodo de 5 aos o ms esta situacin sigue manifestndose en problemas de salud de la comunidad como la de la poblacin del hospital presentando dolores intensos de cabeza y problemas gastrointestinales aparte causando un olor insoportable generando un mal impacto visual al hospital, la ciudad y malestar para la sociedad.Las instituciones a manera de seguridad ambiental, social e industrial no deben presentar irregularidades de este tipo en sus instalaciones y ms an cuando estas proporcionan servicios de salud o comestibles.

LA PROBLEMTICA CENTRALEsta se basa en los continuos brotes e incidencias de personas afectadas dentro de la institucin y habitantes aledaos al rea del problema, debido a la contaminacin y alto ndice de infeccin debido al brote de estas aguas residuales.Causando dolores de cabeza en los habitantes y pacientes, malos olores en un amplio radio de esa zona, problemas gastrointestinales, mal impacto de seguridad e higiene para la institucin e impacto visual deterioro urbano para la comunidad.

PROBLEMTICA COLATERALEn cuanto a la contaminacin del agua superficial aqu tenemos que la deteccin se da por una red nacional de monitoreo que opera la CNA desde hace ms de treinta aos, se hace hoy da en ms de 215 cuerpos de agua, y podemos observar el comportamiento de la calidad del agua, la calidad del agua aceptable para cualquier tipo de uso es la que el 5% lo cual representa una pequea cantidad de cuerpos de agua, la aceptable es del 22%, el agua poco contaminada representa un 49%, la contaminada 15%, la altamente contaminada 7% e incluso se tiene presencia de txicos en 2% (ese anlisis se hace para cuerpos de agua donde sabemos que hay ese problema) no es una cosa generalizada en el pas afortunadamente (I, 2014).Actores involucrados-habitantes del sector -poblacin de pacientes del hospital-manifestacin de infecciones sanitarias-deterioro urbano municipal-aves y animales como perros y gatos ante la contaminacin al ingerir agua residual.

Anlisis de calidad del agua Se entiende por aguas residuales, en general, aquellas aguas alteradas en su composicin por el uso al que han sido sometidas, que conlleva una prdida de calidad y una necesidad de tratamiento o depuracin. Cualquiera que sea su procedencia, los vertidos de aguas residuales presentan una amenaza para los seres vivos y el medio ambiente ya que producen una alteracin de las caractersticas del medio natural (masa de agua, terreno) donde se produce la descarga. La importancia de esta amenaza es funcin de las caractersticas, cantidad y composicin, del agua residual, as como de la capacidad de autodepuracin del medio frente al vertido al que es sometido.Para minimizar el efecto medioambiental es necesario, por lo tanto, la recogida y tratamiento adecuado de los vertidos, manteniendo una serie de principios y objetivos en el proceso.Algunos de los objetivos fundamentales en relacin al vertido de aguas residuales, son: Prevenir y reducir lo mximo posible la contaminacin y sus efectos. Considerar todos los efectos posibles sobre el medio ambiente, asegurando la mxima proteccin del mismo. Aplicar una poltica ambiental de proteccin del medio en la planificacin del desarrollo urbano e industrial. Eliminar los vertidos de carcter altamente txico, persistente y bioacumulativo.Los tres tipos principales de aguas residuales son, en funcin de los usos del agua, las denominadas: Urbanas (aguas negras): incluyen en general las aguas de uso domstico (aguas domsticas), junto con las de escorrenta superficial y de drenajes (aguas pluviales, aguas blancas) y en algunas ocasiones con aguas procedentes de actividades comerciales, industriales y agrarias integradas en una aglomeracin urbana. Industriales: proceden de actividades industriales, incluyendo todas las aportaciones del proceso industrial en su conjunto, generacin e intercambio de calor y cuantas aguas se viertan desde cada instalacin industrial. A destacar la composicin especifica segn cada tipo de industria y el componente urbano o domstico presente en todas ellas. Agrarias o agropecuarias: aguas procedentes de actividades agrcolas y ganaderas. En las agrcolas es importante sealar su carcter de contaminacin difusa y por lo tanto de difcil tratamiento (fertilizantes y plaguicidas).

EFECTOS DE LOS VERTIDOS DE AGUAS RESIDUALES. Los efectos negativos que provocan los vertidos sobre los cauces o medios receptores, son principalmente: Infecciones por presencia de microorganismos patgenos. Toxicidad por presencia de sustancias txicas (orgnicas e inorgnicas) y/o radiactivas. Modificacin de la vida acutica por disminucin del oxgeno disuelto (materia orgnica). Eutrofizacin de las aguas por exceso de bionutrientes. Olores y sabores desagradables. Alteraciones estticas por presencia de espumas, turbidez y color. Contaminacin de suelos y acuferos por presencia de los contaminantes reseados. En lo que se refiere al vertido en masas de agua, en general, podemos resumir los efectos en la produccin de daos en el ecosistema acutico, con alteracin de la calidad de las aguas y provocando la imposibilidad de usos futuros del agua receptora.

(http://www.analizacalidad.com, 2014)Impactos al ambiente

http://www.ceajalisco.gob.mx/notas/documentos/noyola_cea_jalisco.pdf(alberto, 2014)

COMO RESOLVER EL PROBLEMA DE LAS AGUAS RESIDUALES EN MXICOLas aguas residuales en muchos pases son un problemaambientalpuesto que contaminan de una manera irracional los ecosistemas en donde son vertidas, lagos, lagunas, ros, manglares, costas, entre otros, los principales afectados son los animales y plantas que habitan en estos ecosistemas pero los humanos tambin resultamos seriamente afectados ya que muchos de estos lugares son una fuente deagua dulceo simplemente por estar ubicados cerca de poblaciones resultan una fuente de infeccin y contaminacin para los habitantes aledaos, adems de estar destruyendo nuestro patrimonio natural.

En Mxico solo se trata el 35% de las aguas residuales que se generan la mayora del agua contaminada llega a ros,lagunas, lagos y zonas costeras (datosINEGI), la cantidadde aguas residualesque se vierten en estos cuerpos de agua causando un terrible dao es inmensa considerando que el 89,2% de la poblacin (110 millones) cuenta con agua potable y el 85,2% con sistema de drenaje, para hacernos una idea de la gran cantidad, solo de los centros urbanos las descargas asciende a 7.63 kilmetros cbicos anuales lo que equivale a 242,000 litros por segundo.

Las aguas residuales procedentes de las industrias no se quedan atrs en cantidad se calcula que 5.77 kilmetros cbicos de agua, 183 mil litros por segundo y por supuesto el dao que causan es mayor sin embargo solo se tratan el 15% del total.

Pero cmo resolver los problemas de las aguas residuales?

Fcilmente se puede resolver este problema empezando por crear una cultura de ahorro del agua e implantando plantas detratamientoeficientes en Mxico actualmente solo existen 1,593 plantas detratamientopara centros urbanos y 1,868 plantas para aguas industriales por lo que el nmero de estas plantas para limpiar el agua residual es muy reducido puesto que el costo de construccin y mantenimiento de una de estas plantas tradicionales es muy elevado, pero como siempre la naturaleza siempre tiene la solucin actualmente se estn masificando en diversos pases las plantas de tratamientode agua anaerobias combinadas con un sistema de limpieza bilgico, este tipo de plantas detratamientoconstan de un bio-digestor anaerobio (que como su nombre lo dice digiere las aguas negra, adems de producir biogs) y un sistema de humedales artificiales que asemejan a la naturaleza para terminar el proceso de limpieza del agua tal como sucede en el medio natural por medio de plantas como carrizos o alcatraces que son muy eficientes al depurar el agua despus del proceso de digestin bilgica.

(Anonimo, http://demaindeco.blogspot.mx, 2014)

Aplicacin de la normatividadNOM-001-SEMARNAT-1996-NOM-001ECOL-1996Que establece los lmites de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.Objetivo y campo de aplicacin esta norma oficial Mexicana establece los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, con el objeto de proteger su calidad y posibilitar sus usos, y es de observancia obligatoria para los responsables de dichas descargas. Esta norma oficial Mexicana no se aplica a las descargas de aguas provenientes de drenajes separados de aguas pluviales.NOM-002-SEMARNAT-1996-NOM-002-ECOL-1996Que establece los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado.Objetivo y campo de aplicacin esta norma oficial Mexicana establece los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal con el fin de prevenir y controlar la contaminacin de las aguas y bienes nacionales, as como proteger la infraestructura de dichos sistemas, y es de observancia obligatoria para los responsables de dichas descargas. Esta norma no se aplica a la descarga de las aguas residuales domsticas, pluviales, ni a las generadas por la industria, que sean distintas a las aguas residuales de proceso y conducidas por drenaje separado.ReferenciasNorma oficial Mexicana noM-001-SeMARnAt-1996, Que establece los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales, publicada en el diario oficial de la Federacin el 6 de enero de 1997.Norma mexicana nMX-AA-003 Aguas residuales-Muestreo, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 25 de marzo de 1980.Norma mexicana nMX-AA-004 Aguas-determinacin de slidos sedimentables en aguas residuales-Mtodo del cono imhoff, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 15 de septiembre de 1977.Norma mexicana nMX-AA-005 Aguas-determinacin de grasas y aceites-Mtodo de extraccin soxhlet, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 8 de agosto de 1980.Norma mexicana nMX-AA-006 Aguas-determinacin de materia flotante-Mtodo visual con malla especfica, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de diciembre de 1973.

NOM-003-SEMARNAT-1997-NOM-003 ECOL-1997Esta Norma Oficial Mexicana establece los lmites mximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se resen en servicios al pblico, con el objeto de proteger el medio ambiente y la salud de la poblacin, y es de observancia obligatoria para las entidades pblicas responsables de su tratamiento y reus. En el caso de que el servicio al pblico se realice por terceros, stos sern responsables del cumplimiento de la presente Norma, desde la produccin del agua tratada hasta su reus o entrega, incluyendo la conduccin o transporte de la misma. Referencias Norma Mexicana NMX-AA-003 Aguas residuales-Muestreo, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 25 de marzo de 1980. Que establece los lmites mximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se resen en servicios pblicos.Objetivo y campo de aplicacin esta norma oficial Mexicana establece los lmites mximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se resen en servicios al pblico, con el objeto de proteger el medio ambiente y la salud de la poblacin, y es de observancia obligatoria para las entidades pblicas responsables de su tratamiento y reus. en el caso de que el servicio al pblico se realice por terceros, stos sern responsables del cumplimiento de la presente norma, desde la produccin del agua tratada hasta su reus o entrega, incluyendo la conduccin o transporte de la misma. ReferenciasNorma mexicana nMX-AA-003 Aguas residuales-Muestreo, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 25 de marzo de 1980.Normas Oficiales Mexicanas 53Norma mexicana nMX-AA-005 Aguas-determinacin de grasas y aceites-Mtodo de extraccin Solhlet, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 8 de agosto de 1980.Norma mexicana nMX-AA-006 Aguas-determinacin de materia flotante-Mtodo visual con malla especfica, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de diciembre de 1973.Norma mexicana nMX-AA-028 Aguas-determinacin de demanda bioqumica de oxgeno.- Mtodo de incubacin por diluciones, publicada en Diario Oficial de la Federacin el 6 de julio de 1981.Norma mexicana nMX-AA-034 Aguas-determinacin de slidos en agua.- Mtodo gravimtrico, publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 3 de julio de 1981.(SEMARNAT/CONAGUA, 2014)(Anonimo, file:///C:/Users/Primero/Downloads, 2014)LEY DE GESTIN AMBIENTAL SUSTENTABLEPARA EL ESTADO DE DURANGO TTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES NORMAS PRELIMINARES ARTCULO 1.- La presente Ley es reglamentaria del Segundo Prrafo del Artculo 3 de la Constitucin Poltica del Estado Libre y Soberano de Durango, en concordancia con la Ley General de Equilibrio Ecolgico y la Proteccin al Ambiente, en los trminos que establece el Artculo 73, fraccin XXIX-G de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Sus disposiciones son de orden pblico e inters social con aplicacin en el territorio del Estado de Durango, y tiene por objeto propiciar el desarrollo sustentable, y establecer las bases para: I. Asegurar el derecho que toda persona tiene a vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar; II. La concurrencia del Estado y los Municipios en materia de preservacin y restauracin del equilibrio ecolgico y la proteccin del ambiente; III. La preservacin y restauracin ecolgica y el mejoramiento del ambiente en las zonas y bienes de jurisdiccin Estatal y Municipal, respectivamente; IV. Aplicar los principios de poltica ambiental y los instrumentos para lograr el ordenamiento ecolgico estatal y regional; V. La coordinacin entre diversas dependencias gubernamentales federales, estatales y municipales, as como la participacin corresponsable de la sociedad en general, en las materias que regula este ordenamiento; VI. El establecimiento de medidas que aseguren el cumplimiento y aplicacin de esta ley, sus reglamentos y dems disposiciones que de ellos se deriven; VII. Suscribir, convenios o acuerdos de coordinacin con la Federacin a travs de la Secretara de Recursos Naturales y Medio Ambiente para aplicar sanciones administrativas y penales que de ellos se deriven; VIII. La realizacin de convenios derivados de sancin administrativa, emitida por la propia dependencia: LEY DE GESTION AMBIENTAL SUSTENTABLE PARA EL ESTADO DEDURANGO Instituto de Investigaciones, Estudios Legislativos y Asesora Jurdica IX. La proteccin de la biodiversidad, as como el establecimiento de reas naturales protegidas, su administracin y el aprovechamiento sustentable que de ah se genere; y X. La sustentabilidad en el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales, as como su preservacin.

(orden, 2014)NORMA MUNICIPAL AMBIENTALOBJETIVO GENERAL Desarrollar herramientas que permitan establecer mecanismos de trabajo, con el fin de propiciar un entorno ambiental sano, saludable y sustentable para la sociedad actual y para las futuras generaciones, buscando en todo tiempo una mejora continua, con la participacin decidida de la comunidad. OBLIGACIONES Las contenidas en el artculo 118 del Reglamento Interno del Ayuntamiento de Gmez Palacio, Dgo. ATRIBUCIONES ARTCULO 6.- Para los efectos de este Reglamento, se observan las siguientes atribuciones: I. Formular, conducir y evaluar la poltica ambiental; II. Preservar, prevenir, conservar y restaurar el equilibrio ecolgico y la proteccin al ambiente en reas, bienes o zonas de jurisdiccin municipal, en materias que no estn expresamente atribuidas al Estado o la Federacin. III. Concertar mediante convenios y acuerdos de coordinacin con la Federacin, con el Estado, con personas fsicas o morales, con organizaciones sociales y organismos no gubernamentales y con los sectores social y privado, la realizacin de acciones conjuntas en materia de su competencia, para el cumplimiento de los objetivos del presente Reglamento; IV. Formular y aplicar los criterios ecolgicos que tiendan a preservar y proteger el medio ambiente, conforme lo establece este Reglamento y dems disposiciones legales, en las declaratorias de usos, destinos, reservas y provisiones del suelo; (direccion O. p., 2014)LEY DE PROTECCIN Y BIENESTAR ANIMAL PARA LA SUSTENTABILIDAD DEL ESTADO DE DURANGO

VI. Animales Abandonados: Los animales que queden sin el cuidado y proteccin de sus propietarios o poseedores, as como los que libremente deambulan por la va pblica sin contar con placa de identidad u otra forma de identificacin y los que se encuentran en los Albergues;

XI. Animal Callejero: Todo animal domstico de compaa que deambula en las calles, ya sea por condicin de abandono o por descuido, o por costumbre del poseedor o encargado y puede o no contar con placa o collar de identificacin;XV. Animal Silvestre: Las especies animales no domsticas que subsisten sujetas a los procesos de seleccin natural y que se desarrollan libremente en su hbitat, o poblaciones e individuos de stas que no se encuentran bajo control de las Personas;XVIII. Asociaciones: Asociaciones y otras organizaciones no-gubernamentales de carcter civil protectoras de animales debidamente constituidas; XIX. Autoridad Municipal: La dependencia de la Administracin Pblica Municipal encargada de la preservacin del equilibrio ecolgico y la proteccin del ambiente; XX. Bienestar Animal: Conjunto de condiciones ambientales que permiten a un Animal la adecuada satisfaccin de las condiciones biolgicas y ambientales que requiere para su desarrollo y comportamiento propio de su especie;

(direccion P. l., 2014)

ANLISIS CASO PARTE 2

Evidencia de aprendizajeLEYES APLICABLES. LEGISLACIN SOBRE AGUAS RESIDUALES (anonimo, http://iq.ua.es, 2014)

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-002-ECOL-1996 QUE ESTABLECE LOS LIMITES MAXIMOS PERMISIBLES DE DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES A LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO URBANO O MUNICIPAL.(NATURALES, 2014)

NMX-AA-003-1980AGUAS RESIDUALES MUESTREO(INDUSTRIAL, 2014)

LEY DE GESTION AMBIENTAL SUSTENTABLE PARA EL ESTADO DE DURANGO - PUBLICACIN INICIAL: 24/06/2010VIGENTE AL 2/ABR/2013

TTULO SPTIMO DEL CONTROL, SEGURIDAD Y SANCIONESCAPTULO IV DE LAS SANCIONESARTCULO 140. (JURIDICAS, 2014)

REGLAMENTO DE PROTECCIN AL AMBIENTE EN MATERIA DE CONTROL DE CONTAMINACIN DEL AGUA RESIDUAL DEL SISTEMA DESCENTRALIZADO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADOPARA EL MUNICIPIO DE GMEZ PALACIO, DGO.(AMBIENTE, 2014) VAS DE SOLUCIN A LA PROBLEMTICAUNIDAD MDICA IMSS #43 GMEZ PALACIO DGO, MXICOProblemtica clnica IMSS #43Aguas residuales en cordones de las banquetasAlternativa #2

Realizar las denuncias posteriores a los organismos en materia ambiental.Despus de responder las denuncias correspondientes se realizara: Examinar y muestrear el agua. Investigacin para determinar la causa y responsables. De ser agua pluvial estancada realizar la limpieza y desinfeccin posterior. Mantener en observacin el rea continuamente y evitar el estancamiento de agua por parte del municipio y departamento de proteccin ambiental.

DE NO SER ASIALTERNATIVA #3Respecto a la problemtica y de no ser agua perteneciente a la institucin medica o agua pluvial estancada se realizara: Revisin de colectores por parte de SIDEAPA (Sistema Descentralizado de Agua Potable y Alcantarillado). Revisin del departamento de obras pblicas en materia arquitectnica del lugar. Determinar las causas del evento. Conociendo las causas se realizara; Limpieza, desinfeccin y/o reparacin de colectores sistema de alcantarillado o estructura del permetro. Seguimiento monitoreado de la problemtica. Sancin correspondiente al departamento responsable.

DE SER LA INSTITUCIN MEDICAALTERNATIVA #4Mediante las normas oficiales mexicanas y reglamentos locales y estatales; Auditar las fuentes de descarga de la institucin mdica. Auditar los procesos de tratamiento de sus aguas residuales. Anlisis y muestreo y calidad de agua al descargar al municipio Auditar planta tratadora de la institucin mdica Revisin de cisternas crcamos de la institucin. Reparar el problema detectado Supervisar y monitorear peridicamente. Determinar las causas y aplicar la sancin correspondiente

ALTERNATIVAS DE SOLUCION A LA POBLEMATICALa alternativa #1 Es una muestra o especifica de una manera muy general la ruta de accin o pasos a desarrollar para establecer el orden de gestin a las dependencia y poder determinar y actuar oportunamente con grandes rasgos de una manera precisa simplificada, que normalmente se presentan una serie de variables y debemos tener otra ruta adecuada y apegndonos a las norma y reglamentos establecidos.

La alternativa#2Realizar la denuncia posterior al obtener respuesta de los organismos ya sea municipales, estatales o federales se comienza indagando y determinando las causas una de las normas que se apoyan en la normativa federal es la del muestreo de y la condiciones del agua, despus del muestreo y encontrando las causas en este caso sera estancamiento por agua pluvial y pudindose detectar alguna anomala en la estructura del lugar que entorpezca el adecuado funcionamiento de los sistemas de agua y alcantarillado del municipio, en este caso el departamento de proteccin ambiental apegado a su reglamento municipal y estatal, determinara y realizara la correcta y optima limpieza y desinfeccin de la zona afectada, adems de llevar una vigilancia y monitoreo, para evaluar la actividad del lugar y su evolucin.Alternativa#3Con base a los reglamentos y en caso de no ser agua pluvial ni culpa de la institucin mdica, los organismos municipales de agua y alcantarillado (SIDEAPA) o el departamento de obras pblicas regulados por el departamento de proteccin ambiental apegado a la normativa estatal o federal en materia de aguas residuales determinara y evaluara las conclusiones de los dos organismos anteriores, adems de reparar. Limpiar y desinfectar el lugar, el veredicto de amonestacin realizara la sancin correspondiente a las anomalas detectadas en dicho departamento u organismo, adems de mantener en observacin y revisin constante del lugar.Alternativa#4En la alternativa cuatro observamos que despus de recibir respuesta ante la denuncia presentada y apegado ante las normativas ambientales en materia de aguas residuales y de resultar con anomalas la institucin mdica IMSS# 43 el departamento de proteccin ambiental con apego a instituciones u organismos de rgimen estatal o en su caso federal apegados a la normativa federal tendr un acercamiento con la institucin mdica, la cual ser auditada y verificada por personal ya sea local, estatal o federal.

ARGUMENTOS QUE JUSTIFIQUE LAS ALTERNATIVAS PARA LA SOLUCIN DE LA PROBLEMTICA PALNTEADAEl gobierno del estado de Durango mediante una accin conjunta de sus municipios y regulada por normativas federales, prev y busca siempre la mejor manera de conservar y dar la debida proteccin al ambiente buscando los habitantes de las comunidades y municipios cuenten con adecuado lugar para vivir dotando de derechos adems de obligaciones cvicas a sus pobladores.La normativa federal nos permite dar un preciso enfoque y legalidad conforme a derechos y requisitos a los que se encuentra regulados las entidades e individuos de la sociedad mexicana gracias a estas leyes y normativas podemos preservar mejor el medio ambiente y tener una mejor calidad de vida, salud y colaborar con acciones ambientales mundiales en accin ante el cambio climtico y calentamiento global.El tema de las aguas negras en materia de legislacin y normatividad es un caso muy agudo debe encontrarse y dicho de mejor manera apegarnos a la normativas y especificaciones que nos marcan los derechos y delimitantes para llevar un proceso y adecuado proceso en tratamiento de aguas residuales, por otra parte en casos de ajenos a tratamiento, fugas o relacionado con drenaje y alcantarillado buscar la forma apoyndose en las dependencias u organismos para la rpida y oportuna aplicacin de la norma regulatoria correspondiente.

EVIDENCIA DE APRENDIZAJE UNIDAD 3NORMATIVA VENTAJAS Y DESVENTAJAS CUADRO COMPARATIVO

NORMATIVAVENTAJASDESVENTAJASOBSERVACIONES

NOM-001-SEMARNAT-1996-NOM-001ECOL-1996

Establece los lmites de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.Lamentablemente no se cuenta con un apego u observancia precisa o tal vez el inters suficiente ante contingencias por aguas residuales en diferentes estadosSin duda alguna una excelente norma solo habra que poner ms nfasis y llevarla correctamente en los estados para su correcto utilizacin

NOM-002-SEMARNAT-1996-NOM-002-ECOL-1996

Establece los lmites mximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado.

En esta norma no podra presentar algn tipo de desventaja ya que se maneja una gran coordinacin nacional para monitorear las descargas de aguas residuales al alcantarilladoEsta normativa es una de las muchas que se quisiera poder tener y aprovechar al mximo de entre muchas que existen y no se llevan a cabo correctamente en el pas

NOM-003-SEMARNAT-1997-NOM-003 ECOL-1997

Esta Norma Oficial Mexicana establece los lmites mximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se resen en servicios al pblico, con el objeto de proteger el medio ambiente y la salud de la poblacinA pesar de ser una norma muy bien estructurada y objetiva en algunos estados de la repblica se violan estas restricciones u obligaciones por empresas algunas empresas grandes de las localidadesEste tipo de normas y debido a la gravedad de la situacin en materia de aguas residuales o tratadas deberan llevar una mayor observancia con frecuencias de auditoras constantemente.

LEY DE GESTIN AMBIENTAL SUSTENTABLEPARA EL ESTADO DE DURANGO

La preservacin y restauracin ecolgica y el mejoramiento del ambiente en las zonas y bienes de jurisdiccin Estatal y MunicipalEsta ley estatal rige un apegado y excelente manejo de rutas de accin con organismos locales y federales, desgraciadamente en la mayora de las ocasiones se viola debido a la corrupcin existente en el pasCon el perfecto apego y disposicin total a la preservacin ambiental y biodiversidad nacional podramos trabajar de una manera ms efectiva y contribuir a preservar la ecologa y evitar daos que pudieran ser irreversibles

NORMA MUNICIPAL AMBIENTALDesarrollar herramientas que permitan establecer mecanismos de trabajo, con el fin de propiciar un entorno ambiental sano, saludable y sustentable para la sociedad actual y para las futuras generaciones, buscando en todo tiempo una mejora continua, con la participacin decidida de la comunidad.Es un excelente marco jurdico desarrollado en base y con total apego a normatividad y leyes federales, lo malo es que en ocasiones temas de esta magnitud en materia ambiental en la mayora de los municipios se rezagan y hacen omisin de la mayora de las contingencias presentadas.En la actualidad las dependencias federales deberan establecer estndares de confianza y monitores operacionales constantemente para erradicar a los malos funcionarios de los organismos municipales hasta federales

CONCLUSIONES RESPECTO ALTERNATIVAS DE POSIBLE SOLUCIONA manera de conclusin todos y cada uno de los estados de la republica estn obligados adems deben siempre estar apegados a la normativa y tener mano dura y no dudar de ejercerla en todo momento ya que contribuirn a preservar las reas o ecosistemas de oportunidad sin lastimar o perturbar los recursos naturales.Adems al cuidar este tipo de contingencias damos pie a la buena calidad de vida de los habitantes, evitando enfermedades como; clera, tifus, gastroenteritis, hepatitis, malos olores, irritacin de los ojos y mal aspecto para la ciudad. Los mtodos o modelos que debemos de mantener de manera cvica y contribuir a la preservacin podran ser;-Cuidar lossistemascloacales. Evitar que sean arrojados en el hogar a travs de ellos paales, trapos, envases,productoscontaminantes, algodones, esponjas ytierra.

-Ensear a los nios que no se deben arrojarjuguetesen los inodoros o rejillas.

-monitoreo y vigilancia constante de los organismos ambientales municipales o estatales.

-las dependencias de proteccin ambiental crear campaas de concientizacin a la poblacin y promover la denuncia de contingencias de esta ndole para la pronta accin por parte de las autoridades.

REFLEXIONHoy en da y mediante los mltiples sectores industriales, cambios climticos o factores municipales se presentan situaciones o contingencias como en el caso estudiado de aguas residuales en los cordones de la banqueta de clnica IMSS #43 que atiende en su mayora derechohabientes de la comarca lagunera y ha mantenido la problemtica por un periodo considerable hasta la fecha por lo que no se ha planteado alguna alternativa para desarrollar la solucin a la problemtica.Esto ocasiona diversas variantes que afectan tano la salud de los habitantes, poblacin de pacientes en la institucin adems de causar olores ftidos y mal aspecto para el municipio ya que la institucin se localiza en uno de los primeros cuadros de la ciudad. A los casos relacionados en materia de aguas residuales en la regin pudiesen ser por factores de mal construccin de los alcantarillados y obras pblicas en sus banquetas municipales causando el estancamiento del agua pluvial, otro factor son la corrupcin de la empresas y su mal majeo en descarga de aguas residuales al drenaje municipal.Gracias a las leyes existentes y normatividad desde el fuero municipal hasta federal podemos apegarnos a una conducta con una tica cvica profesional y poder recurrir a los organismos indicados para solicitar apoyo ante la contingencia en materia de agua residual manifestada en las banquetas de unidad mdica.La normatividad federal (NOM-001-002-003-ECOL) respalda lmites de descarga de aguas residuales, lmites mximos contaminantes permisibles en el agua residual al momento de su descarga, aunado el muestreo para determinar la materia fecal flotante y otras partculas disueltas en el agua. Mencionemos tambin que la normativa estatal siempre y manteniendo una postura de apego y regulacin de la ley y normativa federal en materia de ambiente tiene la facultad de realizar o tomar iniciativa y buscar ayuda dependiendo de su gravedad y jerarqua establecida para la resolucin del problema.La normativa anterior y el cuadro de anlisis comparativo aplicara si se contara con estndares de confiabilidad en los funcionarios pblicos y manejara una serie de campaas o eventos de concientizacin a la comunidad, adems de intercambiar constantemente a los funcionarios pblicos a fin no poder someterlos en actos de corrupcin por parte de las empresas u omisin de las quejas presentadas ante cualquiera de las dependencias u organismo correspondiente, afortunadamente contamos con un excelente marco jurdico en materia ambiental solo cabe a mencionar evitando irregularidades mencionadas anteriormente por parte de los pseudofuncionarios podremos darle mayor utilidad y eficacia a la hora de toparnos con una situacin as en este caso con el problema de las aguas residuales.

Fuentes de consultaalberto, N. (20 de Marzo de 2014). La problematica de los servicios y su impacto en la sociedad y medio ambiente. Obtenido de http://www.ceajalisco.gob.mx: http://www.ceajalisco.gob.mx/notas/documentos/noyola_cea_jalisco.pdfAMBIENTE, R. D. (11 de Abril de 2014). http://www.ordenjuridico.gob.mx. Obtenido de http://www.ordenjuridico.gob.mx: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Durango/Todos%20los%20Municipios/wo81505.pdfAnonimo. (20 de Marzo de 2014). file:///C:/Users/Primero/Downloads. Obtenido de file:///C:/Users/Primero/Downloads: file:///C:/Users/Primero/Downloads/NOM-003-ECOL-1997.pdfAnonimo. (20 de Marzo de 2014). http://demaindeco.blogspot.mx. Obtenido de http://demaindeco.blogspot.mx: http://demaindeco.blogspot.mx/2011/05/como-resolver-el-problema-de-las-aguas.htmlanonimo. (11 de Marzo de 2014). http://iq.ua.es. Obtenido de http://iq.ua.es: http://iq.ua.es/MedioAmbiente/Agua,_tecnologias_de_tratamiento_y_medio_ambiente/Usos_files/LegislacionAguasResiduales.pdfanonimo. (11 de Marzo de 2014). http://iq.ua.es. Obtenido de http://iq.ua.es: http://iq.ua.es/MedioAmbiente/Agua,_tecnologias_de_tratamiento_y_medio_ambiente/Usos_files/LegislacionAguasResiduales.pdfdiario, O. d. (20 de Marzo de 2014). http://www.conagua.gob.mx. Obtenido de http://www.conagua.gob.mx: http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Contenido/Documentos/NOM-001-CONAGUA-2011.pdfdireccion, O. p. (20 de Marzo de 2014). http://transparencia.gomezpalacio.gob.mx. Obtenido de http://transparencia.gomezpalacio.gob.mx: http://transparencia.gomezpalacio.gob.mx/wp-content/uploads/2013/11/Manual-de-Organizaci%C3%B3n-Ecolog%C3%ADa.pdfdireccion, P. l. (20 de Marzo de 2014). http://congresodurango.gob.mx. Obtenido de http://congresodurango.gob.mx: http://congresodurango.gob.mx/Leyes/LEY_DE_PROTECCION_Y_BIENESTAR_ANIMAL_PARA_LA_SUSTENTABILIDAD_DEL_ESTADO_DE_DURANGO.PDFgustavo, O. f. (20 de Marzo de 2014). http://www.salud.gob.mx. Obtenido de http://www.salud.gob.mx: http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/127ssa14.htmlhttp://www.analizacalidad.com. (20 de Marzo de 2014). http://www.analizacalidad.com/. Obtenido de http://www.analizacalidad.com: http://www.analizacalidad.com/docftp/fi1114impagua.htmI, C. E. (14 de MARZO de 2014). INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGIA Y CAMBIO CLIMATICO. Obtenido de http://www2.inecc.gob.mx/: http://www2.inecc.gob.mx/publicaciones/estudios/397/castillo.htmlINDUSTRIAL, S. D. (11 de Abril de 2014). http://www.conagua.gob.mx. Obtenido de http://www.conagua.gob.mx: http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/NMX-AA-003-1980.pdfJURIDICAS, I. D. (11 de Abril de 2014). http://info4.juridicas.unam.mx. Obtenido de http://info4.juridicas.unam.mx: http://info4.juridicas.unam.mx/adprojus/leg/11/411/141.htm?sNATURALES, S. D. (11 de Abril de 2014). http://www.aguascalientes.gob.mx. Obtenido de http://www.aguascalientes.gob.mx: http://www.aguascalientes.gob.mx/proespa/pdf/NOM-SEMARNAT-002%20DESCARGA%20DE%20AGUAS%20RESIDUALES%20AL%20ALCANTARILLADO.pdforden, J. (20 de Marzo de 2014). http://www.ordenjuridico.gob.mx. Obtenido de http://www.ordenjuridico.gob.mx: http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Durango/wo56513.pdfSEMARNAT/CONAGUA. (20 de Marzo de 2014). http://www.conagua.gob.mx. Obtenido de http://www.conagua.gob.mx: http://www.conagua.gob.mx/CONAGUA07/Noticias/NormasOficialesMexicanas.pdf