LEGISLACIÓN EDUCATIVA Y PROCESOS DE INTERVENCIÓN LUZ AIDE ATEHORTUA MORALES.

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LEGISLACIÓN EDUCATIVA Y PROCESOS DE INTERVENCIÓN LUZ AIDE ATEHORTUA MORALES

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LEGISLACIÓN EDUCATIVA Y PROCESOS DE INTERVENCIÓN

 

LUZ AIDE ATEHORTUA MORALES

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS SEGÚN LEY 715 DEL 2001 :

Para los niveles de educación preescolar, básica y media, las define de la siguiente manera “Capitulo III: Articulo 9º: Instituciones educativas.

“Institución educativa es un conjunto de personas y bienes promovida por las autoridades públicas o por particulares, cuya finalidad será prestar un año de educación preescolar y nueve de educación básica como mínimo, y la media. Las que no ofrecen la totalidad de dichos grados se denominaran centros educativos”

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FACULTAD DE EDUCACIÓNJusticia SocialVALORES

MARCO LEGALMARCO LEGAL

CONSTITUCIÒN

LEY DECRETO RESOLUCIÒN

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FACULTAD DE EDUCACIÓNParticipaciónVALORES

RAMAS DEL PODER PÚBLICO

EJECUTIVO LEGISLATIVO JUDICIAL

Administración del Estado

Presidente Vicepresidente

Ministros: elegidos presidente

Gobernadores

Alcaldes

Hacer las leyes

Voluntad del Pueblo

Son los que se eligen por elección popular

Congreso de la república compuesto por dos cuerpos

colegiados : senado y la cámara representantes

NIVEL NACIONAL Asambleas Departamentales DIPUTADOS

Concejos Municipales concejales

Administrar justicia (hacer

cumplir las leyes) esta

compuesto por:Consejo superior de la Judicatura dependen: Jueces

de la repúblicaTribunales y

Corte suprema de justicia

De la Fiscalía general de la

nación dependen :Fiscalí

as regionales y seccionales

Entidades administración

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FACULTAD DE EDUCACIÓNConvivencia ArmónicaVALORES

DIFERENCIADIFERENCIA

LEYES:LEYES: Declaración de voluntad soberana dictada por el Congreso de la república, norma jurídicas que regula si situaciones generales y abstractas por medio de la cual se permite, prohíbe u ordena una cosa.

DECRETOS:DECRETOS: Disposición emanada de la rama ejecutiva del poder publico (presidente), con el objeto de desarrollar y cumplir con los deberes y obligaciones administradas a esta y especialmente para la ejecución y aplicación de la ley. Regula situaciones concretas.

RESOLUCIONES:RESOLUCIONES: Es una norma jurídica que regula situaciones particulares y concretas emanada por una autoridad administrativa o judicial con vigencia y aplicación limitada en el espacio, tiempo, lugar, establecimientos y/o personas específicas.

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LA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓN

CONST 91CONST 91Julio 6 de 1991Julio 6 de 1991

LEY 30LEY 30 Diciembre 28 de 1992 Diciembre 28 de 1992

LEY 1188LEY 1188Abril 25 de 2008 Abril 25 de 2008

LEY 115LEY 115 Febrero de 8 1994 Febrero de 8 1994

LEY 749 LEY 749 Julio 19 de 2002 Julio 19 de 2002

LEY 715LEY 715Julio 19 de 2002Julio 19 de 2002

CONSTITUCIÓN DEL 91CONSTITUCIÓN DEL 91

SERVICIO PÚBLICO DE LA EDUCACIòN SUPERIORSERVICIO PÚBLICO DE LA EDUCACIòN SUPERIOR

REGULA EL REGISTRO CALIFICADO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN

SUPERIOR

REGULA EL REGISTRO CALIFICADO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN

SUPERIOR

LEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY GENERAL DE EDUCACIÓN

FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

RECURSOS Y COMPETENCIASRECURSOS Y COMPETENCIAS

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LA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNDecreto 2903Decreto 2903

Diciembre 31 de 1994 Diciembre 31 de 1994

Decreto 2277Decreto 227714 de Septiembre

de 197914 de Septiembre

de 1979

DECRETO 3870DECRETO 3870

Noviembre 2 de 2006Noviembre 2 de 2006

Decreto 2566Decreto 2566

Decreto 642Decreto 642

Abril 16 de 2001Abril 16 de 2001

Decreto 1413Decreto 1413

Julio 16 de 2001Julio 16 de 2001

REESTRUCTURACIÓN ESCUELAS NORMALESREESTRUCTURACIÓN ESCUELAS NORMALES

EJERCICIO PROFESIÓN DOCENCIAEJERCICIO PROFESIÓN DOCENCIA

PROGRAMAS DE POSGRADO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

PROGRAMAS DE POSGRADO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

DESARROLLO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

DESARROLLO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

FORMACIÓN DE DOCENTESFORMACIÓN DE DOCENTES

REESTRUCTURACIÓN DEL MENREESTRUCTURACIÓN DEL MEN

FUNCIONAMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO

DECRETO 1001 Abril 3 de 2006

Octubre 9 de 2003

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DECRETO 1278

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FACULTAD DE EDUCACIÓNÉticaVALORES

LA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓNLA NORMATIVIDAD DE LA EDUCACIÓN

CONST 91Julio 6 de 1991CONST 91Julio 6 de 1991

Articulo 41: Se garantiza la libertad de enseñanza. El estado tendrá, sin embargo, la suprema inspección y vigilancia de los institutos docentes, públicos y privados, en orden a procurar el cumplimiento de los fines sociales de la cultura y la mejor formación intelectual, moral y física de los educandos. La enseñanza será gratuita en las escuelas del Estado y obligatoria en el grado que señale la ley. Constitución del 8640/384

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FACULTAD DE EDUCACIÓNParticipación VALORES

CONSTITUCIÓN POLÍTICA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIADE COLOMBIA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIADE COLOMBIA

Art. 67. LA EDUCACIÓN UN DERECHO

Art. 68. LA EDUCACIÓN PRIVADA

Art. 69. AUTONOMÍA UNIVERSITARIA

Art. 27. LIBERTAD DE CATEDRA

CAP 1. DERECHOS FUNDAMENTALES

Art.150. PLANES DE DESARROLLO

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FACULTAD DE EDUCACIÓNSolidaridadVALORES

SERVICIO PÚBLICO DESERVICIO PÚBLICO DE LA EDUCACION SUPERIORLA EDUCACION SUPERIOR

SERVICIO PÚBLICO DESERVICIO PÚBLICO DE LA EDUCACION SUPERIORLA EDUCACION SUPERIOR

LEY 30LEY 30

Esta Ley reglamenta el servicio público de la educación superior. Fija sus principios y objetivos, los campos de acción y los programas académicos, la clasificación de las instituciones, la autonomía universitaria, la inspección y vigilancia, la creación del sistema nacional de acreditación, se crea el sistema universitario estatal y se regulan las funciones de los docentes en su actividad oficial.

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FACULTAD DE EDUCACIÓNAutogestión VALORES

LEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY 115LEY 115

Art. 5. LOS FINES DE LA EDUCACIÓN

Art. 10. ESTRUCTURA DEL SERVICIO EDUCATIVO

Art.81. EVALUACIÓN DE DOCENTES

Art.120. ESCALAFON DOCENTE

Art.126. DIRECTIVO DOCENTE

Art.185. INCENTIVAR LA INVESTIGACIÓN

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Profesionales con autonomía intelectual, social y ética, capaces de inscribir su objeto de formación en el contexto de la interdisciplinariedad de la ciencia.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

LEY 115/94.

• EDUCACIÒN FORMAL: art. 10: se entiende por educación formal aquella que se imparte en tablecimientos educativos aprobados , en una secuencia regular de ciclos lectivos , con sujeción a pautas curriculares progresivas , y conducentes a grados y titulos .

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Profesionales con autonomía intelectual, social y ética, capaces de inscribir su objeto de formación en el contexto de la interdisciplinariedad de la ciencia.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

• EDUCACIÒN FORMAL: art. 10: se entiende por educación formal aquella que se imparte en tablecimientos educativos aprobados , en una secuencia regular de ciclos lectivos , con sujeción a pautas curriculares progresivas , y conducentes a grados y titulos .

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Profesionales con autonomía intelectual, social y ética, capaces de inscribir su objeto de formación en el contexto de la interdisciplinariedad de la ciencia.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

CAMBIO :EDUCACIÒN PARA EL TRABAJO Y DESARROLLO HUMANO

EDUCACIÒN NO FORMALEDUCACIÒN NO FORMAL

DECRETO 3870

Noviembre 2 de 2006Noviembre 2 de 2006

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Intervenir la problemática que afecta la calidad de vida de la niñez y de la juventud, de la familia y la sociedad.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

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Intervenir la problemática que afecta la calidad de vida de la niñez y de la juventud, de la familia y la sociedad.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

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Intervenir la problemática que afecta la calidad de vida de la niñez y de la juventud, de la familia y la sociedad.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

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Intervenir la problemática que afecta la calidad de vida de la niñez y de la juventud, de la familia y la sociedad.

FACULTAD DE EDUCACIÓNMISIÓN

Art. 43: Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontêneamente adquirido , proviniente de personas , entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos , tradiciones , costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados.

EDUCACIÒN EDUCACIÒN INFORMALINFORMAL

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LEY 115LEY 115 LEY GENERAL DE LEY GENERAL DE EDUCACIÓNEDUCACIÓN

FORMAL: FORMAL: • Decreto 1860del 3 de agosto de

1994, • LEY 715 del 21 de diciembre 2001• Decreto 0230 del 11 de febrero2002• Normas territoriales

EDUCACIÒN DE ADULTOSEDUCACIÒN DE ADULTOS • Decreto 1860del 3 de agosto de

1994, • LEY 715 del 21 de diciembre 2001• Decreto 0230 del 11 de febrero2002• Decreto 3011 del 19 enero de 1997

EDUCACIÓN FORMAL EDUCACIÓN FORMAL

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En el año 2010 la FUNLAM, será reconocida nacional e internacionalmente en Educación Superior de alta calidad en torno a la relación ser humano, cultura y sociedad.

FACULTAD DE EDUCACIÓNVISIÓN

ESTRUCTURA DE LA EDUCACIÒN ESTRUCTURA DE LA EDUCACIÒN LEY GENERAL DE EDUCACIÓNLEY GENERAL DE EDUCACIÓN

FORMAL : Niveles, tres niveles ( preescolar , básica y media). CICLOS: ciclos dos, básica primaria (5) y básica secundaria (4)

Grados :Preescolar , mínimo uno obligatorioEducación Básica : 9 gradosEducación media: 2 grados

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Con filosofía Humanista y vocación pedagógica, que potencia la formación y desarrollo de seres humanos integrales con autonomía intelectual e investigativa.

FACULTAD DE EDUCACIÓNVISIÓN

Tenga Presente FORMAL DE ADULTOSFORMAL DE ADULTOS:: Niveles Ciclos especiales Integrados, denominados CLEI :CLEI I : 1o. 2o. 3o.CLEI II: 4o. 5o.CLEI III: 6o y 7o.CLEI IV: 8o. Y 9o.CLEI V : 10CLEI VI: 11NO FORMAL:NO FORMAL: Educación sin sujeción al sistema de niveles y grados

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Con filosofía Humanista y vocación pedagógica, que potencia la formación y desarrollo de seres humanos integrales con autonomía intelectual e investigativa.

FACULTAD DE EDUCACIÓNVISIÓN

LEY GENERAL DE EDUCACILEY GENERAL DE EDUCACIÓÓNNTIEMPO DE DURACIÒN TIEMPO DE DURACIÒN

ACTIVIDADESACTIVIDADES FORMAL: 40 Semanas estructurados en cuatro periodos iguales

ADULTOS: Ciclos lectivos 40 semanas Para clei 1,2,3 y 4 - 22 semanas para el clei 5 y 6.

TITULOS TITULOS EDUCACIÓN EDUCACIÓN

FORMALFORMAL

• TITULO DE BACHILLER• BACHILLER ACADEMICO O TÈCNICO

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EN LA FUNLAM

Con filosofía Humanista y vocación pedagógica, que potencia la formación y desarrollo de seres humanos integrales con autonomía intelectual e investigativa.

FACULTAD DE EDUCACIÓNVISIÓN

LEY GENERAL DE EDUCACILEY GENERAL DE EDUCACIÓÓNNGOBIERNO ESCOLAR GOBIERNO ESCOLAR

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FACULTAD DE EDUCACIÓNSolidaridad

VALORES

FORMAL: FORMAL: Decreto 1860del 3 de agosto de 1994, LEY 715 del 21 de diciembre 2001Decreto 0230 del 11 de febrero2002Normas territoriales Decreto 1850

EDUCACIÒN DE ADULTOSEDUCACIÒN DE ADULTOS Decreto 1860del 3 de agosto de 1994, LEY 715 del 21 de diciembre 2001Decreto 0230 del 11 de febrero2002Decreto 3011 del 19 enero de 1997

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FACULTAD DE EDUCACIÓNSolidaridadVALORES

DOCUMENTOS LEGALES

Solicitud de licencia

Escritura pública

Declaración notarial propietario

Registro mercantil

Registro de cámara y comercio

Personería jurídica

Acta de nombramiento del

rector

Requisitos Sanitarios y

Ambientalistas

Autorización de Tarifas

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FACULTAD DE EDUCACIÓNSolidaridadVALORES

Requisitos Sanitario  

Evaluación y Calcificación de

Establecimientos

Acto administrativo Consejos

Paz y Salvo DANE

Adopción del PEI

Adopción del plan de estudio

Adopción Calendario

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FACULTAD DE EDUCACIÓNSolidaridadVALORES

PLAN DE ESTUDIOS PLAN DE ESTUDIOS (continuación)(continuación)

Decreto 1860/94: Capítulo V. Artículo 33 (Criterios para la elaboración del currículo) art. 34 (Áreas), art. 35 (Desarrollo de asignaturas), Art. 36 (proyectos pedagógicos) art. 37 (Adopción de currículo) art. 38 (plan de estudios) art. 44, 45 y 46 (Infraestructura escolar: medios, materiales y equipos)