Legislacion Ambiental

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Legislación ambiental MALA01 Carlos Ardiles R. Ing. Agr., M. Env.

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Legislacin ambientalMALA01

Carlos Ardiles R.Ing. Agr., M. Env.DESCRIPCIN DE LA ASIGNATURA:

Legislacin Ambiental es una asignatura lectiva del rea de especialidad que comprende el estudio de la normativa ambiental nacional (general y sectorial) y la revisin de algunos tratados internacionales suscritos por nuestro pas, que le permita al alumno su aplicacin en proyectos pblicos o privados, as como el reconocimiento de las instituciones pblicas con competencia ambiental relacionadas con la tramitacin de permisos y elevacin de solicitudes ambientales requeridas segn los proyectos.

COMPETENCIAS:

Competencia del Perfil de Egreso asociadaIndicador de DesarrolloGestiona, de manera colaborativa, sistemas de gestin de la calidad, ambiente y seguridad, basado en estndares nacionales o internacionales para la consecucin de metas comunes.Aplica la legislacin chilena y los tratados internacionales vigentes a proyectos industriales.Aplica la legislacin ambiental sectorial segn el sector productivo.Gestiona solicitudes de permisos ambientales y tramitaciones ante los organismos con competencia ambiental.

Competencia GenricaNivel de DominioTrabajo en equipo.Trabaja de manera colaborativa en la consecucin de un objetivo comn, reconociendo en si mismo y en los dems, las caractersticas que favorecen la colaboracin y aquellas que precisan cambios en el mbito de su profesin.UNIDADES DE APRENDIZAJE HORAS

Legislacin ambientalbase22Legislacin ambiental sectorial 20Tramitaciones ambientales20

EVALUACIN10

16/04/2015SumativaPrueba tipo test25%28/05/2015SumativaPrueba tipo test25%02/07/2015SumativaExposicin oral15%18/06/2015SumativaInforme escrito grupal20%SumativaAprend. Basado en problema15%09/07/2015ExamenPrueba tipo test25%

Antedecentes de Chile Chile se emplaza en una orientacin norte-sur en Sudamrica Largo : 4.330 km Ancho medio : 200 kmPresencia de la Cordillera de los Andes y de la Cordillera de la Costa Climas variados: desrtico en el norte, mediterrneo en zona central, hmedo fro en el sur (bosques siempre verde).Gran cantidad de terreno difcil de habitar. Genera presin sobre las mejores reas.Concentracin urbana en la zona centralEstas caractersticas condicionan la dinmica y gestin de los recursos naturales, especialmente de los hdricos.

Antedecentes de Chile Economa sustentada esencialmente el uso, y explotacin de recursos naturales. Norte y algo en zona central: minera (fines siglo XIX: salitre, Siglo XX cobre).Zona centro, centro sur y parte del sur: agricultura ( hasta dcada de los 80, para uso consumo interno, a partir de los 80, esencialmente mercado externo.Zona centro sur y sur: forestal (esencialmente mercado externo) y ganadera (mercado interno y ltimamente externo).Todo el pas: pesca.

Antedecentes de Chile Fines de los 80 y a partir de los 90:Fuerte insercin internacional de la economa.Intento de desarrollar una economa vinculada a los servicios (financieros, tursticos, entre otros).Consolidacin de un sistema jurdico de proteccin al Derecho de Propiedad y el Derecho a emprender (Constitucin 1980).A pesar de temprano reconocimiento de ciertos derechos en materia ambiental, es un proceso de introduccin ms paulatino en el mbito de la gestin pblica y privado (Constitucin 1980).Panorama Ambiental en Chile.1.- El crecimiento econmico sigue generando conflictos ambientales al presionar por la utilizacin del patrimonio natural.

2.- La modalidad de desarrollo chileno tiene una muy baja sustentabilidad.

3.- Se pueden observar diferencias entre el combate a la contaminacin y el uso de los recursos naturales.

4.- El agua es un claro ejemplo de lo expuesto anteriormente. Esto es, aumenta el consumo, sin embargo, su gestin es ineficiente.

8Panorama Ambiental en Chile.5.- En relacin con el recurso bosque nativo ha continuado la sustitucin y el floreo.

6.- Los ecosistemas marinos siguen sufriendo deterioro especialmente por la presin extractiva pesquera.

7.- En cuanto al recurso suelos se observa una subutilizacin frente a la creciente actividad inmobiliaria.

8.- Desde 1994 se observa un avance institucional con el desarrollo de una nueva institucionalidad medio ambiental representada por la CONAMA. (Estado del Medio Ambiente en Chile, Informe Pas 2005).

91990(Regreso a la Democracia)2007(Ingreso a la OCDE)1980(Constitucin Poltica)HoyPerodo pre-1973: Slo normas sectoriales aisladas tendientes a gestionar la explotacin de recursos naturales o a reaccionar frente a problemas ambientales especficos: Ley de caza (1929), Ley de Bosques (1931), Cdigo Sanitario (1968), etc.

1973-1990: Nuevas normativas tendientes a abrir inversin extranjera y crecimiento econmico (ej. Cdigo de Aguas, 1981) Constitucin 1980, Art. 19: Establece el derecho de todos los ciudadanos de vivir en un ambiente libre de contaminacin y el deber del Estado de preservar la naturaleza. 1984: Ley 18362 (SNASPE)

Ausencia de institucionalidad ambiental integral y poltica ambiental del Estado.1990(Regreso a la Democracia)Presiones para una nueva regulacin ambiental integral:

Banco Mundial (Crditos)

EE.UU. (T.L.C.)

Grupos Ambientalistas

Altos ndices de Contaminacin en SantiagoAcciones de respuesta:1990CEDRM Comisin Especial de Descontaminacin de la R.M.

CONAMA. Comisin Nacional del Medioambiente

1992La CONAMA se encarga de analizar y formular un proyecto de Ley de Bases del Medio Ambiente.1994Se promulga la Ley 19.300 de Bases Generales del MedioambienteNacimiento de la Institucionalidad AmbientalUna Breve Historia: Derecho del Medio Ambiente en ChileReconocimiento Constitucional (1980):Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacin (Artculo 19 N8).Recurso o accin de proteccin.Limitacin Derecho de Propiedad.Limitacin al Derecho a desarrollar actividades econmicas.Primeros casos relevantes (Lago Chungar, Baha de Chaaral, entre otros).

Una Breve Historia: Derecho del Medio Ambiente en ChileFines de los 80 y Dcada del 90: Problemas de Contaminacin en la Regin Metropolitana, y otros.Conflictos sociales en materias de rellenos sanitarios. Necesidad de insercin internacional (regulaciones mnimas de emisiones en el sector minero).Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Momentos en el desarrollo de la agenda ambiental globalPrimer Momento: Centrado en la proteccin de los grandes espacios naturales donde la mxima expresin es la Convencin de Washington sobre proteccin de la flora fauna y las bellezas naturales de Amrica.

Segundo Momento: Proteccin del medio ambiente a partir de los efectos que la contaminacin puede generar para la salud humana.

Ejemplo:Smog en Londres, Minamata en Japn. Mximo momento Conferencia del Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano.

14Momentos en el desarrollo de la agenda ambiental globalTercer momento: Se observa que los problemas ambientales estn ligados a los estilos o modelos de desarrollo.

Hito importante Comisin Mundial Sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1987 (Comisin Brundtland) de donde se desprende el informe final denominado Nuestro Futuro Comn (Our common future) que en 1987 acua el concepto de desarrollo sustentable.

Otro hito importante lo encontramos en la Conferencia de Ro de Janeiro Sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

15Concepto de Medio AmbienteRed de subsistemas ecolgicos.Funcionalmente interdependientes.Constituidos, a su vez, por factores dinmicamente interrelacionadosQue rigen y condicionan las posibilidades de vida en la tierra.

16Medio Ambiente Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza fsica, qumica o biolgica, socioculturales y sus interacciones en permanente modificacin por la accin humana y natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus mltiples manifestaciones.

17POLITICAS PUBLICAS Y MEDIO AMBIENTE18POLITICAS PUBLICAS Y MEDIO AMBIENTESegn la doctrina, las polticas pblicas se pueden definir como una accin de la autoridad investida de poder poltico y de legitimidad gubernamental. ( Lahera 2008, Introduccin a las Polticas Pblicas. Fondo de Cultura Econmica, Santiago de Chile).

19POLITICAS PUBLICAS Y MEDIO AMBIENTELa gestin ambiental es un trmino que recoge al conjunto de actividades que vinculan a la sociedad con su entorno, relacin que requiere de la interaccin de tres componentes:Poltica: Principios Orientadores, objetivos generales qu hacer?Derecho: Instrumento Operacional. Cmo hacerlo?Administracin: Estructura operacional, otros instrumentos. Quin lo hace?

20Gestin AmbientalUna poltica ambiental que no cuente con un marco normativo adecuado y un marco institucional, no servir de nada, no tendr relevancia alguna en el mundo prctico y por lo mismo ser absolutamente irrelevante.21Poltica Ambiental del Estado (Ley 19.300)Objetivo: promover la sustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo.

Comprende dos aspectos:-Responsabilidad individual y colectiva.-Capacidad de gestin ambiental del pas.

Aprobada por el Consejo Directivo de CONAMA el 9 de enero de 1998.

22Poltica Ambiental del Estadosustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo, enfatizando la mantencin de un punto de equilibrio entre proteccin ambiental, crecimiento econmico y equidad social, todo ello en concordancia con los principios explcitamente enunciados en el mensaje de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

23Poltica Ambiental del EstadoEn relacin con lo expuesto el artculo 1 de la Ley 19.300, dispone que El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacin, la proteccin del medio ambiente, la preservacin de la naturaleza y la conservacin del patrimonio ambiental se regularn por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia.

24Qu es una ley?La ley es una regla social obligatoria establecida con carcter permanente por la autoridad pblica y sancionada por la fuerza.Es la definicin preferida por los autores, por cuanto destaca que es una norma social, es decir, una regla hecha para los hombres que viven en sociedad. La sociedad es un supuesto necesario para que exista la ley, as, las normas de conducta de un hombre solitario no tienen carcter de ley.La ley es una norma de conducta externa. No regula el fuero interno de los individuos, sino su actuar externo y social.Caractersticas que debe reunir una norma social de conducta para ser ley1 Es una regla socialEs decir, es una norma de conducta para los hombres que viven en sociedad. La ley no regula el fuero interno de las personas ni tampoco las actuaciones de ellas si viven aisladas

2 Emana de una autoridad pblicaEs decir, debe provenir de aquel rgano al cual la comunidad social ha investido de poder para dictarla. No nace de cualquier autoridad pblica, solo del poder legislativo.

Esta caracterstica es esencial, pues permite diferenciar la ley de otras reglas de conducta obligatorias emanadas de una autoridad privada.As, por ejemplo, las rdenes del director de un establecimiento educacional en relacin con sus educandos; las rdenes del padre en relacin con sus hijos.3 Es general y abstracta en su aplicacinGeneral, porque es aplicable a todos los individuos que se encuentran en la situacin que la norma prescribe y abstracta, en el sentido que comprende todos los casos de la misma naturaleza que puedan presentarse.

4 Es obligatoriaLas leyes se dictan para ser cumplidas, obedecidas, no es opcional para el individuo acatarlas o no-. Por el contrario, si desobedece o la incumple, hay, generalmente, para el infractor una sancin. Esta caracterstica diferencia la ley de los preceptos morales. Estos carecen de sancin impuesta por la autoridad pblica.

5 Es una regla ciertaEs decir, no necesita ser probada o acreditada. Nadie puede alegarignorancia de la ley,una vez que esta haya entrado en vigencia.

6 Es permanentePor lo general, la ley rige desde su publicacin hasta su derogacin, salvo que en materia de vigencia, la propia ley disponga algo diferente. Existen excepciones como leyes transitorias o temporales.Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (marzo 1994)Corresponde a un acuerdo entre el Gobierno de la poca y los sectores empresariales.Ley General (asume que habrn leyes especficas, en materias complementarias). La ley en su mensaje establece los principios que la inspiran: No se encuentran explicitados en su texto, como parte del articulado.

Principios del Derecho Ambiental29Principios en el Derecho Ambiental.En general estos principios tienen por objeto fundar, interpretar y suplir el contenido de la normativa y poltica ambiental del estado.

30Principios del Derecho AmbientalPrincipio Preventivo, propone anticiparse a los eventuales daos ambientales, pues su reparacin o es imposible o muy costosa. O sea, evitar las produccin de efectos ambientales antes que su reparacin.

31Principio PreventivoManifestaciones en instrumentos de gestin ambiental contemplados en la ley 19.300. -Educacin Ambiental.-Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA).- Normas de calidad y emisin.-Planes de Prevencin.-Sistema de responsabilidad por el dao ambiental.32El principio preventivo Ley 19300. artculo 8 seala que Los proyectos o actividades sealados en el artculo 10 solo podrn ejecutarse o modificarse previa evaluacin de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley

33Principios del Derecho AmbientalPrincipio el que contamina paga los costos de no contaminar debe ser asumidos por el eventual contaminador (externalidades negativas) y no por la ciudadana.

34Principios del Derecho AmbientalEn el mensaje de la ley 19.300 se seala que este se funda en la idea de que el particular que actualmente contamina, o que lo haga en el futuro, debe incorporar a sus costos de produccin todas las inversiones necesarias para evitar la contaminacin. De ah se desprende que los primeros responsables de disminuir la contaminacin sern los particulares.35Contamina PagaDeclaracin de Ro de 1992, en el Principio 16

"Las autoridades nacionales deben esforzarse por promover la internalizacin de los costos ambientales y el uso de instrumentos econmicos, teniendo en cuenta el enfoque que el que contamina debe, en principio, cargar con los costos de la contaminacin, teniendo debidamente en cuenta el inters pblico y sin distorsionar el comercio internacional y la inversin. 36Contamina Paga: Instrumentos de Regulacin DirectaNormas de calidad ambientalNormas de emisinNormas de procesoProhibiciones

Contamina Paga: Instrumentos de Mercado ImpuestosTarifasPermisos de emisin transables.Depsitos retornables.Principios del Derecho AmbientalPrincipio de la Responsabilidad, todo el que genera dao al medio ambiente debe repararlo a su costa.Es una manifestacin del principio del que Contamina Paga.

Consagrado en el articulo 3 de ley 19.300 y luego a partir de los artculos 51 y siguientes de la misma.

39Principios del derecho ambientalPrincipio del Realismo o Gradualidad, se deben introducir mejoras normativas en la medida que ello sea compatible con el nivel de desarrollo econmico del pas.Gradualidad en el establecimientos de nuevos estndares.Plazos adecuados para tomar medidas de control de contaminacin o para la aplicacin de nuevos estndares.

40Principio del Realismo o GradualidadEn el mensaje se indica que Por ello, el camino que se ha adoptado es dar un marco legal general y preparar a los funcionarios del sector pblico para que puedan hacer cumplir las disposiciones, y as, poco a poco, desarrollar las legislaciones sectoriales.41Principio participativopara lograr, una adecuada proteccin del medio ambiente se requiere de la concurrencia de todos los afectados en la problemtica.Las personas tienen derecho a participar (activamente?)en el desarrollo de los procesos ambientales.Derecho Deber de Informar.

42Participativo- Participacin Ciudadana SEIA.- Consejos Consultivos.- Comisiones Regionales del Medio Ambiente.43Principios del derecho ambientalPrincipio de la eficienciaLos servicios y organismos del estado que participan de este proceso sern coordinados por la respectiva Corema o la Conama Esto implica la generacin de un sistema de Ventanilla nica.Recogido por los incisos 1 y 2 articulo 8 de la Ley 19.300, donde se dispone que en el marco de la evaluacin ambiental de proyectos sometidos al SEIA.

Todos los permisos o pronunciamientos de carcter ambiental, que de acuerdo con la legislacin vigente deban o puedan emitir los organismos del estado sern otorgados a travs de dicho sistemaLo anterior significa que los diversos aspectos ambientales de los proyectos de inversin deben analizarse en una sola discusin ambiental.

44Principio Precautorio (ausente en la Ley 19.300)Principio Precautorio, en el nmero 15 de la Declaracin de Ro se indica que Cuando haya peligro de dao grave o irreversible, la falta de certeza cientfica absoluta no deber utilizarse como razn para postergar la adopcin de medidas eficaces en funcin de los costos para impedir la degradacin del medioambiente.

45Principio PrecautorioIncerteza cientfica:BioseguridadOndas de radiodifusin

No se contempla como principio inspirador en ley Chilena, pero es parte de varios tratados suscritos por Chile.ActividadOrganizarse en grupos de cuatro personasA la luz de los principios e instrumentos discutidos en clases, cada grupo analizar uno de los problemas propuestos, y luego cada grupo presentar al resto del grupo su opinin respecto al tema. ActividadGrupo A: Se est analizando un sudsidio a la conservacin de bosque nativo, de modo que se pagarn ciertas cantidades a los dueos de terrenos que estando cubierto con bosque nativo que no los exploten.

Actividad Grupo B: Se estn estudiando nuevas normas de emisin para aquellas empresas que emiten Arsnico al ambiente. Dado los altos costo de control, se est analizando la introduccin de incentivos tributarios a quienes cumplan las normas con un ao de anticipacin a su vigencia.

Actividad Grupos C: Se ha definido que el sector termoelctrico tiene altos niveles de emisin de SO2. Se ha propuesto tomar medidas inmediatas exigiendo en el plazo de seis meses la reduccin de las emisiones de esas instalaciones en un 50%.

ActividadGrupo D:Se ha est produciendo inquietud sobre la lneas de alta tensin, en cuanto a los efectos en salud que puede tener para quienes viven en sus cercanas. No existe una norma sobre el particular, pero se decide establecer una norma de emisin para esas instalaciones.

ActividadGrupo E: Estamos en un pequeo valle con pocas casas, pero donde las emisiones de las chimeneas de las casas estn causando un problema de aumento de concentraciones ambientales. Seale formas de regular ese problema.