LEGISLACION SECTORIAL AMBIENTAL

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MINISTERIO DE MINERÍA Y METALURGIA UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE LEGISLACIÓN AMBIENTAL MINERA La Paz - Bolivia

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MINISTERIO DE MINERA Y METALURGIA UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE

LEGISLACIN AMBIENTAL MINERA

La Paz - Bolivia

INTRODUCCIN El Problema de la contaminacin ambiental mundial es muy grave dado el calentamiento

global, descongelamiento de tmpanos de hielo, perforacin capa de ozono, cambios climticos, degradacin, erosin y salinizacin de suelos, sedimentos, desertificacin y deforestacin, contaminaciones atmosfricas y de recursos hdricos, desplazamientos poblacionales, desnutricin y hambre, desaparicin de especies animales y vegetales, etc. son de actual inters, siendo los pases industrializados los mas contaminadores y que deben ser tratados en marco de responsabilidades comunes, pero diferenciados por pases desarrollados y pases en desarrollo. entre ellas la minera, hidrocarburos e industria en se general, se establece que generan efectos nocivos y sigue su curso destructivo a los factores ambientales, ecosistemas y la biodiversidad.

Un anlisis real sobre actividades productivas en Bolivia a nivel nacional, regionales y locales,

La minera genera impactos potenciales al medio ambiente (descargas de RS y efluentes lquidos

de ingenios, operaciones mineras, contaminacin natural mineralgica y DAM; sin embargo contribuye grandemente a los ingresos regionales del occidente por exportaciones de minerales, metales y en un futuro cercano contribuir al oriente. Por tanto, existe la necesidad de desarrollar alternativas de implementacin de polticas, estrategias y tcnicas de prevencin y control ambiental, para que los impactos no sean catastrficos en nuestro pas y mejore la calidad de vida de comunidades humanas circundantes a proyectos y poblacin en general. En este entendido el MMM como cabeza de sector y OSC enfatiza la importancia de la valoracin de los daos ambientales y plantea soluciones, mediante la formulacin de Plan Sectorial de Medio Ambiente, que desarrollaremos en el presente curso, orientado a encontrar el equilibrio entre las actividades econmicas importantes y el manejo sostenible de los recursos naturales, ecosistmicos, hdricos y otros.

MARCO LEGAL BOLIVIANO DE LEYES Y REGLAMENTOS EN VIGENCIA

MARCO NORMATIVO

MARCO LEGAL BOLIVIANO DE LEYES Y REGLAMENTOS EN VIGE

Ley 1333 del Medio Ambiente y sus Re glamentos Gener ales Re glamento Ambiental par a Actividades Miner as (D.S.24782 Ley 1777 Cdigo de Minera N Re glamento Ambiental Miner o par a el A pr ovechamiento de ridos en Cauces de Ros y Afluentes (D.S. 28590) Ley N 1400 complementacin Ar t.91 de Ley 1777

Ley N 3787 de RIM (Re galas Miner as) Decr eto Supr emo N 24780 de actualizacin de RIM patente Decr eto Supr emo N 26705 Modificaciones al RGGA y RAAM Decr eto Supr emo N 28499 Modificaciones al RPCA - D.S.2670 Decr eto Supr emo N 28579 Re glamentacin Ar t.44 Ley 1777 Decr eto Supr emo N 28587 Modificacin Ar t. 2 del RAAM Decr eto Supr emo N 28592 Complementaciones y modifica ciones a Re glamentos Ambientales.

ORGANIGRAMA

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA

OMPETENCIAS AMBIENTALES D.S. 29057 (14- 03- 07)Coordinar y coadyuvar competitividad de sectores y de procesos productivos y de servicios, respecto a actividades de gestin, control y fiscalizacin del medio ambiente (D.S. N 28592 17-01-06). Formular y ejecutar planes y polticas de calidad ambien tal orientadas a proteccin y preservacin de biodiversi dad, recursos forestales y medio ambiente, en coordina cin con entidades concurrentes (D.S. 28631de 8-0306) Formular y ejecutar polticas, impulsando el desarrollo econmico y social para reas protegidas y ecosistemas. Promover y ejecutar acciones de seguimiento a nivel Nl. y Dptal. de impacto, para control de calidad ambiental y RR.NN., prevencin y fiscalizacin de AOPs (D.S. 28677 de 14-04-06).\

SECRETARIAS DEPARTAMENTALES DE RR.NN. Y MEDIO AMBIENTE

COMPETENCIAS AMBIENTALES MBITO JURISDICCIN

Cumplimiento aplicacin de Ley Ambiental, sus Reglamentos y otras disposiciones. Fiscalizacin y control a AOPsnormas ambientales Coordinar acciones de gestin ambiental con gobiernos municipales Promover temtica ambiental en marco Desarr Sosten. Revisar documentos ambientales y otorgar el CD - 3 y CD - 4 (RPCA) Negar o Suspender la DIA y DAA de acuerdo al RPCA Controlar cumplimiento de lmites permisibles (RMCARMCH, suelos, sedimentos), no afectacin a RR.NN. Definir asuntos de infracciones a disposiciones legales ambientales e imponer sanciones administrativas.

GOBIERNOS MUNICIPALES

OMPETENCIAS AMBIENTALES MBITO JURISDICCINEjercer cumplimiento a polticas ambientales vigentes Formular Plan de Accin Municipal segn polticas nacionales y departamentales Revisar documentos ambientales y presentar informe al Prefecto para otorgar DIA o DAA (RPCA) Control y Vigilancia a nivel local sobre AOPs productivas y efectos al medio ambiente y RR.NN.

MINISTERIO DE MINERA Y METALURGIACOMPETENCIAS AMBIENTALESEl MMM coordina actividades con AAC segn el RGGA para: Formular propuestas de GA sectorial Normar tcnicas sobre lmites permisibles Polticas y planes ambientales sectoriales Emitir informes tcnicos sobre: FAs, EEIAs, MAs, PPMs, PASAs, ALAs, ALBAs, etc. sujeto a normativa y regulacio nes ambientales, para otorgacin de LA a AOPs por AAC. El OSC segn el RPCA, tiene la responsabilidad de: Promover e incentivar aplicacin de medidas de conservacin medioambiental en materia minera. Coordinar con AAC en labores de inspeccin para control y seguimiento ambiental sobre verificacin de PAA: PPM,PASA, PM, EMAP (AOPs en trabajo) segn cronograma actividades. Coordinar otras acciones sobre AOPs nuevas en el marco de cumplimiento al RGGA.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE PREVENCIN Y CONTROL AMBIENTALRepresentante Legal Elaboracin FA, MA, EEIA, PMMPASA MM-DM Secretara UMA6 1

Jefatura UMA

Tcnicos UMA

AACN

Recepcin del Documento en URDC

Documento Ambiental

El Jefe de Unidad designa al tcnico encargado

Se asigna Cdigo y se registra datos en (BD)

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INICIO PROCESO

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Revisin contenido mnimo, documentacin legal Recepcin de 5 documentos uno se sella y se devuelve

5

Se recepciona y sella c / nmero correlativo de recepcin

Se registran los datos en el cuadro de control de fechas

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Revisin por el tcnico designado , envo a SERNAP si corresponde

Sellado carta, entrega Informe Doc. ambientales

3

Cumple requerimiento ?11 10 No

Si

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Con hoja de ruta se instruye su revisin

Revisin y rbrica de carta para firma de la DGMM

Solicitud de Aclaraciones y Complementacin

13 12

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El DM firma carta de solicitud a RL Correccion y complementacion del documento18 19

La UMA enva carta a RL y archiva una copia

Impresin Informe Tcnico

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El DM firma carta de remisin del Informe Tcnico

Revision de Informe Tcnico, firma y VoBo a la carta

Elaboracin de carta para firma de la DGMM

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Recepcin del Documento en URDC

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REFERENCIAFA: Ficha Am biental MA: Manifiesto A m biental E E IA: E st. de E valuac .de Im p .Am b. P MM-P A S A: P lan Med .Mitigacion URDC: Unid . Reg. de Correspond . DGMM : Dir .Gral .Min . Met. RL: Representante Legal UMA: Unidad de Medio Am biente AAC: Autoridad Am b . Com petente OS C: Org. S ectorial Com petente

La UMA enva carta, informe y 3 ejemplares a la AAC

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Con hoja de ruta se instruye su revisin

Archivo de carta sellada e Informe Tcnico

LEGISLACIN AMBIENTAL

n continan siendo una amenaza para ecosistemas por falta de visin de

ental. En ese sentido el MMM proyect y aprob las reformas a sus leyes amiento racional y sostenible de RR.NN. orientados a generar mayor conc

NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTELEY 1333 DEL MEDIO AMBIENTE Aprobada el 27 de abril de 1992 MARCO INSTITUCIONAL Autoridades Ambientales Competentes

DESARROLLO SOSTENIBLE EN BOLIVIA

pecuario y Medio Ambiente

(MDRAyMA) VBRFMA de

Competen

PROCEDIMIENTOS DE OBTENCIN LICENCIA AMBIENTAL POR TIPO DE ACTIVIDAD MINERAACTIVIDAD LICENCIA PROCEDIMIENTOFormulario PM. PROSPECCIN: Levantamiento topogr CD-C4 fico; Cateo; Mapeo geolgico; Prospeccin qumica y Prospeccin area. EXPLORACIN FUERA DE REAS CD-C3 PROTEGIDAS Exploracin geofsica; Perforacin y sondeo; Exploracin por pozos, cuadros, piques y trincheras (zanjas y calicatas) ACTIVIDADES MINERAS MENORES CD-C3 CON IMPACTOS AMBIENTALES CONOCIDOS NO SIGNIFICATIVOS (AMIAC) MINERA SUBTERRNEA Capacidad de extraccin y/o Concentracin de minerales igual o menor a 300 t/ mes. OTRAS ACTIVIDADES

Formulario EMAP (AMIAC)

Formulario EMAP (AMIAC)

DA: (Categora 1 y 2) Ficha Ambiental EEIA CD-C3 (Categora 3) CD- 1-2 PPM PASA - PM C4 (Categora 4) ALBA DAA: MA para actividades existentes.

PASOS DE TRAMITACIN AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES NUEVAS1.- Ficha AmbientalAprobado el documento Ambiental, previo informe tcnico del OSC, la AAC otorga la Declaratoria de Impacto Ambiental DIA, que tiene carcter de Licencia Ambiental.Con esta se define la categora de la EIA

Elaboracin EEIA (PPM-PASA-PM) Plan Cierre Rehabilitacin reas

Si no se cumple las normas ambientales o causara daos al medio ambiente , la AAC no concede la DIA.

PASOS PARA A.O.P. EN PROCESO DE IMPLEMENTACIN OPERACIN Y ABANDONOInstrumento tcnico legal, identifica la situacin ambiental y contaminacin, verifica el PAA : PPMPASA y MOAs de la AOP.

1.- Manifiesto AmbientalAprobado documento Amb. mediante informe tcnico del OSC, la AACotorga la Licencia Ambiental, (Declaratoria Adecuacin Ambiental DAA).

Elaboracin PASA (si corresponde) MonitoreoSi no se cumple con las normas y procedimientos establecidos en el PAA, la AAC no concede la DAA.

Categoras del EEIAq Categora 1 Estudio de Evaluacin de Impacto Ambiental (EEIA) Analtico Integral: Anlisis impactos en componentes: fsico, biolgico, socio econmico- cultural y referencias jurdico-institucionales. q Categora 2 EEIA Analtico Especifico: Anlisis de impactos en uno o mas componentes del sistema ambiental: fsico, biolgico, socio-econmico, etc. qCategora 3 Plan Medidas de Mitigacin y Plan de Aplicacin y Seguimiento Ambiental. Impactos Conocidos y Poco Significativos. q Categora 4 no requiere de EEIA. no exime cumplimiento del medio ambiente.

LICENCIAS AMBIENTALESq Certificado de Dispensacin Categora 4 (CD-C4) prospeccin; q Certificado de Dispensacin Categora 3 (CD-C3) exploracin; q Declaratoria de Impacto Ambiental (DA) - Sistema de Prevencin a travs de la FA y EEIA; q Declaratoria de Adecuacin Ambiental (DAA) - Sistema de Control Ambiental a travs del MA.

Normas Bsicas de adecuacin AmbientalEl Reglamento de Prevencin y Control Ambiental (RPCA), obliga a toda (A.O.P) en planificacin, ejecucin o abandono a obtener su Licencia Ambiental (LA). El Art. 96 del RGGA dice Toda A.O.P. que inicie labores u operaciones sin contar con el Certificado de Dispensacin o la DIA, constituye contravencin a la legislacin ambiental y se someter a Leyes vigentes. Para AOPs en proceso operativo, tienen que obtener la DAA. La DIA y DAA tienencarcter de LICENCIA AMBIENTAL.

Los Instrumentos de Regulacin de Alcance Particular son: FA, EEIA, MA, PAA (PPM-PASA-PM), ALBA, ALA tienen calidad de Declaracin Jurada, pueden ser Aprobados o Rechazados por AAC sujeta a Ley Ambiental Vigente.

CONSULTA PBLICA PARTICIPACIN CIUDADANAToda AOP debe realizar la Consulta Pblica a travs del EEIA, haciendo conocer el PPM, PASA, PM de factores ambientales, aire, ruido, aguas, suelos, sedimentos, ecologa, otros, por etapas del proyecto, incluido costos ambientales, laboratorios autorizados, aspectos de anlisis de riesgos y Planes de Contingencias, de SySO, de GRS, de Cierre y Rehabilitacin reas, etc. que contemplen estudio de dichos factores en rea de influencia, protegiendo el medio ambiente y compromiso de desarrollo socioeconmico para regiones o municipios mineros. El objetivo de la CP es conocer formulaciones, criterios, propuestas, observaciones presentados en el EEIA (Arts. 77- 78 RGGA Participacin ciudadana y Art.162 RPCA). La CP se desarrolla conforme a un Programa u Orden del Da. El procedimiento consiste en cursar notas adjunto un resumen del proyecto a Autoridades Prefecturales, Cvicos, Municipios, Originarias, pobladores, como actores intervinientes e invitaciones pblicas por prensa para conocimiento general. En el desarrollo de la CP participan estas autoridades y representantes, y termina levantando el Acta de Verificacin Notariada y Acta manuscrita, con firmas de asistentes y fotografas de la consulta.

CONSULTA de la OIT a PIOs y CCs?

ART. 1.- (OBJETO). Establece disposiciones y procedimientos de proceso de consulta a Pueblos Indgenas Originarios (PIOs) y Comunidades Campesinas (CCs), para determinar si la actividad minera dentro de sus tierras ocasionara daos, sujeto al Convenio 169 de la OIT, ratificado mediante Ley de Repblica N 1257 de 1107-1991, y Declaracin de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos de PIOs, elevada a rango de Ley 3760 de 7-11- 2007. ART. 2.- (MBITO DE APLICACIN). La Consulta se aplicar en todo el pas, a proyectos mineros de prospeccin, exploracin y explotacin de minerales, segn Art. 25 de Ley N 1777 Cdigo de Minera, y que sean ejecutadas en TCOs, propiedades comunarias y tierras tradicionales, respetando su territorialidad, normas y costumbres, en cumplimiento a disposiciones legales sobre rgimen minero, agrario, ambiental y otras aplicables.

Cmo afectan los Impactos de Contaminacin en la Calidad de Vida de Poblaciones del entorno a las Actividades Mineras?Afectacin fsica Deterioro de la calidad de vida de los habitantes Dao a propiedades y personas Por fenmenos naturales Falta de agua para consumo humano Empobrecimiento Deterioro de dieta alimenticia Reduccin de actividad Econmica (subsistencia + Disminucinrenta) de oportunidades de trabajo Afectacin a la salud Migracin Contaminacin del agua Reproduccin cultural Inequidad en la distribucin de la riqueza

Escasez de recursos hdricos Degradacin del recurso pesquero Prdida de biodiversidad y desertificacin

Desarticulacin social

GUAS TCNICAS DEL OSC

ocial, siendo su fortaleza, los RR.NN.potenciales y precios altos de minerales en mercado

lta de conciencia y compromiso a la adecuacin ambiental de sus actividades empric dricos, suelos y ecologa. limpias a travs de la aplicacin de medidas de prevencin, mitigacin y control de desem o FA/EEIA/MA/ AMIAC/PPM/PASA/ALA Cierre y Rehabilitacin reas mineras- Aprovec

La COMIBOL(Nave del Estado boliviano en minera) en actual proceso de cambio tecnolgico y est sujeta al Art. 91 Cdigo Minero vigente, para desarrollar una cadena productiva minera en su nuevo rol de asumir la reactivacin de una minera sustentable mediante atraccin de potenciales inversionistas y participacin activa de SERGEOTECMIN, CIRESU, otros. COMIBOL est abocada a desarrollar polticas y planes para optimizar el uso de recursos del Estado y RR.NN, el apoyo externo y de operadores (incluido capacitacin y costos ambientales), incorporando tecnologa moderna sujeto a Ley 1333, bajo programas de remediacin y adecuacin ambiental, para asegurar el crecimiento econmico de regiones, municipios y deptos. Mineros, a objeto de superar la pobreza y problemas sociales por falta de fuentes de trabajo.

MINERA PRIVADA

Son operaciones mineras y metalrgicas de la empresa privada, con capacidad tcnica mecanizada e innovacin tecnolgica moderna, desarrollando su actividad productiva con desempeo ambiental eficiente acorde a Ley, con solvencia econmica financiera, e implementacin del Sistema de Gestin Integrado de Normas ISO 9001-ISO 14001 y OHSAS18001 confronta problemas sociales por la mitigacin de impactos.

MINERA CHICAConformada por empresa chicas cuyas operaciones mineras semimecanizadas y manuales (< 500 TMD) tienen deficiencias tecnolgicas en prevencin y control de la contaminacin, subsector que es apoyado por el MMM con programas de asistencia tcnica operativa y ambiental.

COOPERATIVAS MINERAS Son parte de la pequea minera, con caractersticas sociales propias, cuentan con poca o ninguna mecanizacin, tiene ndices bajos de cumplimiento a la norma tiva y regulaciones ambientales y ausencia de medidas de prevencin y mitigacin en sus operaciones mine ras (pocos tienen LA). El MMM apoya a este subsector con asistencia tcnica, econmica, ambiental y social, dada su conformacin de miles de operadores mineros que trabajan en concesiones otorgadas por el Estado.

MINERA ARTESANALGrupos pequeos de trabajadores incluido mujeres palliris, que desarrollan bajos niveles de produccin. Estos tres grupos mineros de la pequea minera, no cumplen adecuadamente la Normativa y Regulaciones Ambientales. Tienen limitaciones de RR.HH. capacitados en tecnologas limpias para cumplimiento a Ley del Medio Ambiente. La minera se est reactivando, generando gran impacto socioeconmico y generacin de divisas para el pas, empleo; sin embargo produce impactos clave sobre el medioambiente y RR.NN. El Estado mediante las AAC y OSC fiscaliza las AOPs mineras, pero requiere recursos externos para aplicacin de medidas de prevencin, mitigacin, control y seguimiento ambiental, cuando existe estos recursos, se desvan a instituciones no vinculadas con el sector.

REGLAMENTO DE PREVENCIN y CONTROL AMBIENTAL ( RPCA )Cumplimiento de requisitos legales para la tramitacin y obtencin de la Licencia Ambiental en trminos de plazos establecidos por Ley, a fin de prevenir, mitigar y controlar la contaminacin, incluido la remediacin ambiental de pasivos mineros a travs de retratamiento de colas, relaves y desmontes. Establece las disposiciones normativas de una adecuada gestin ambiental respecto al desarrollo de actividades mineras, sujeta al RAAM y disposiciones conexas vigentes del Cdigo Minero. Establece la estructura organizacional para toda AOP y la aplicacin de la normativa ambiental y seguridad y salud ocupacional. Facilita la identificacin, prediccin y evaluacin de impactos. Abarca el anlisis de riesgo y plan de contingencias, las propuestas de medidas de prevencin y mitigacin, incluido costos y cronograma de medidas de mitigacin. Orienta sobre el anlisis de impactos socioeconmicos de toda AOP. Comprende el PASA y la aplicacin de Plan de Cierre y Rehabilitacin de reas. Contempla el conjunto de medidas o acciones preventivas y correctivas a travs del EEIA o MA, que el representante legal de una AOP, implementar para una adecuada conservacin y proteccin del medio ambiente en el rea de influencia del proyecto, sin afectar al desarrollo tecnolgico industrial que necesita el pas, para una mejor calidad de vida de la poblacin, principales de las comunidades del entorno (principales afectados).

REGLAMENTO AMBIENTAL PARA ACTIVIDADES MINERAS ( RAAM )

Decreto Supremo N 24782 del 31 de julio de 1997 Regula la aplicacin del captulo del medio ambiente del Cdigo de Minera y reglamenta las actividades de las empresas que realicen trabajos de prospeccin, exploracin, explotacin, concentracin, fundicin y refinacin. Todas las empresas mineras tienen la obligacin de cumplir lo dispuesto en este reglamento ambiental minero.

Alternativas de Solucin a Problemas Ambientalesv Promover mejoramiento de desempeo ambiental de AOPspequea minera, apoyando en orientacin de obtencin de LA y aplicacin de tecnologas simples y de bajo costo v Aplicar mecanismos regulatorios y asistencia tcnica en la implementacin de medidas de prevencin y control ambiental, sobre almacenamiento seguro de colas, manejo de aguas, tratamiento de aguas residuales y gases de plantas metalrgicas, para control de factores ambientales, sistematizar manejo de Hg para prevenir y controlar sus impactos v Ejecutar control y seguimiento a toda AOP minera (estatal, mediana, chica, cooperativas y artesenal) en cumplimiento de PAA y MOAs v Promover la implementacin del Sistema Integrado de normas internacionales en la minera mediana ISO 9001 (SCA)-ISO 14001 (SGA) OHSAS 18001(SSySO) y la implantacin de un sistema de Gestin Ambiental efectivo en la COMIBOL y cumplimiento de Gestin Ambiental en la pequea minera, como parte de sus polticas de gestin empresarial v Interaccin entre actores sociales (empresas - operadores mineros y sociedad civil) y Estado (gobierno).

SISTEMA DE INFORMACIN AMBIENTAL MMM SERGEOTECMIN- COMIBOL

SISTEMA DE EVALUACIN DE IMPACTO AMBIENTAL PCEIA

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

o de mayor participacin en la regulacin, promocin y control de la gestin ambiental en to

mente la voluntad y decisin de los operadores mineros para cumplirlas, y prevenir accione

n y orientacin ambiental masiva, para actores sociales vinculados a la minera, como m

los operadores mineros del sector estatal y privado, en coordinacin con las AACs.

n ambiental de los operadores de la pequea minera, mediante la ejecucin de proyectos p