Las Sociedades Mercantiles

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL “EZEQUIEL ZAMORA”. UNELLEZ. GUANARE ESTADO PORTUGUESA.

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INDICE

Introducción…………………………………………………………………. 3

Funcionamiento de las sociedades mercantiles………………………… 4

Las sociedades civiles……………………………………………………. 6

Diferencias entre las sociedades mercantiles y las sociedades civiles. 7

Conclusión…………………………………………………………………….

.

9

Bibliografía……………………………………………………………………. 10

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INTRODUCCIÓN

Una sociedad mercantil es un negocio jurídico o contrato, en el que

dos o más personas (físicas o jurídicas) hacen aportaciones para lograr un

objetivo común. Las sociedades mercantiles en Venezuela, se rigen por el

contrato, en el que se establecen todas las normas a las que deben

obedecer los miembros de la sociedad (socios) y el castigo en caso de que

se incumpla dicho contrato. Además del contrato las sociedades se rigen

también por las leyes del país donde se establezcan.

La palabra sociedad se utiliza en dos sentidos: como contrato y corno

persona jurídica. Como contrato, la sociedad designa al acuerdo que

celebran los socios, y como persona jurídica, se designa la agrupación que

surge de ese contrato, es decir una persona jurídica diferente de la de los

miembros que la integran.

Para la creación de una sociedad es necesario que exista la unión

entre personas, las cuales hayan decidido unirse con el fin de obtener

mayores beneficios en cuanto a sus intereses. Esto es lo que se conoce

como "fenómeno asociativo", el cual consiste en la unión de voluntades y de

esfuerzos para la obtención de fines difíciles de alcanzar por el individuo, por

lo cual surge la tendencia de agruparse con otras personas para realizar

actividades comerciales y alcanzar los objetivos o beneficios económicos.

Algunas sociedades de comercio pueden tener un fin único que al ser

cumplido quedaría disuelta la sociedad, otras son creadas con diversos fines,

y con una duración indeterminada. Las Sociedades Mercantiles se

encuentran reguladas en el Código de Comercio y se caracterizan por

perseguir un fin económico (lucrativo) con la ejecución en forma habitual de

actividades mercantiles o actos de comercio.

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FUNCIONAMIENTO DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES

La sociedad mercantil o sociedad comercial es aquella sociedad que

tiene por objetivo la realización de uno o más actos de comercio o, en

general, una actividad sujeta al derecho mercantil.

Según el artículo 200 del código de comercio las define como aquellas

sociedades que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Estas se

dividen en:

1. Sociedades en Nombre Colectivo: es uno de los posibles tipos de

sociedad mercantil. Se trata de una sociedad externa (que actúa y

responde frente a terceros como una persona distinta a la de sus socios),

que realiza actividades mercantiles o civiles bajo una razón social

unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieran

cubrirse con el capital social. Es un tipo de sociedad en la que algún socio

no aporta capital, solo trabajo y se denomina socio industrial.

Funcionamiento

La gerencia: Toda sociedad debe tener uno o varios gerentes

encargados de dirigir y administrar los negocios sociales, designado s

en el acto constitutivo o por acuerdo posterior, y cualquiera de los

socios está capacitado, por lo regular, para asumir la gerencia. Los

gerentes designados por el acto constitutivo se denominan gerentes

estatutarios.

Gerente no estatutario: Cuando en los estatutos de la sociedad en

nombre colectivo no se han designado uno o varios gerentes, cada

uno de los socios tiene derecho a hacer todas las operaciones

correspondientes al funcionamiento normal de la sociedad, sin

consultar los demás. Sin embargo, cada uno de los demás socios

tiene el derecho de oponerse a la realización de las operaciones

proyectadas, antes de ser ejecutadas. A esta oposición se le

denomina veto.

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Renuncia de gerente: El gerente designado por el acto constitutivo

de la sociedad, no puede renunciar sino por motivos graves, que

justifiquen su separación de la gerencia de la sociedad, pues el

compromiso que existe entre él y sus consocios es reciproco.

2. Sociedades en Comandita Simple: Es una sociedad de tipo mixto, en lo

que a la responsabilidad de los asociados hace referencia. En esta forma

social algunos asociados responden única y exclusivamente hasta el

monto de sus aportaciones, mientras que otros comprometen su

responsabilidad en forma solidaria e ilimitada.

3. Sociedades en Comandita en Acciones: Sociedad en comandita por

acciones, es aquélla en la cual uno o varios socios comanditados

responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones

sociales y uno o varios socios comanditarios tienen la responsabilidad

limitada al monto de las acciones que ha suscrito, en la misma forma que

los accionistas de una sociedad anónima.

4. Sociedades de Responsabilidad Limitada: Es una sociedad de capital

con carácter mercantil. El capital social está integrado por las

aportaciones de todos los socios y se encuentra dividido en

participaciones iguales, acumulables e indivisibles. Los socios no

responden personalmente de las deudas sociales, la responsabilidad se

limita al capital aportado.

Funcionamiento

Al igual que en la Sociedad Anónima el capital social tiene en la

Sociedad de Responsabilidad Limitada una doble función: un valor de

explotación y una cifra de garantía o retención en favor de los

acreedores, porque mientras este no supere la cifra del patrimonio

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social, no se entrará a repartir beneficios, de lo contrario se estarían

repartiendo beneficios ficticios.

5. Sociedades Anónimas: Es una de las figuras más utilizadas en la

constitución de empresas, y está conformada por un numero plural de

socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado.

La razón social debe estar seguida por la sigla S.A.

Funcionamiento

Disponer qué reservas deben hacerse además de las legales;

Fijar el monto del dividendo, así como la forma y plazos en que se

pagará;

Ordenar las acciones que correspondan contra los administradores,

funcionarios directivos o el revisor fiscal;

Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación le

corresponda;

Disponer que determinada emisión de acciones ordinarias sea

colocada sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se

requerirá el voto favorable de no menos del setenta por ciento de las

acciones presentes en la reunión;

Adoptar las medidas que exigiere el interés de la sociedad, y

Las demás que le señalen la ley o los estatutos, y las que no

correspondan a otro órgano.

LAS SOCIEDADES CIVILES

Es un conjunto de personas físicas y/o morales que se unen para

crear una persona moral, lograr un fin común y generar ganancias, pero sin

realizar actos comerciales. Estas personas reciben el nombre de socios.

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Sociedades Cooperativas

Son una especie de sociedad que legalmente nos e consideran civil ni

mercantil (aunque bajo mi criterio personal debería ser considerada una de

tipo civil) ellas se rigen por una ley especial. Su fin teóricamente debería ser

el de obtener el mejoramiento social y económico de los asociados fin que

tratan de mediante la acción conjunta de los socios (al igual que las

sociedades civiles) en la realización de una obra colectiva.

DIFERENCIAS ENTRE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS

SOCIEDADES CIVILES

Sociedad civil: La Sociedad Civil es un concepto que pertenece

especialmente al contexto de la ciencia política y refiere a todos aquellos

individuos con el título de ciudadanos de una sociedad determinada que

actúan de manera colectiva, con el objetivo de tomar decisiones en lo

concerniente al ámbito público, por fuera de cualquier tipo de estructura

gubernamental. La sociedad civil se encuentra conformada por dos

elementos principales. El primero es el conjunto de instituciones que

manifiestan y defienden los derechos sociales, políticos e individuales y el

otro elemento constitutivo son el conjunto de los movimientos sociales que

constantemente se encuentran planteando y proponiendo valores,

demandas, derechos y ejercen además una función de contralor respecto del

cumplimiento de todos aquellos derechos otorgados.

Ejemplos de sociedades civiles

Organizaciones no gubernamentales (ONG)

Organizaciones no lucrativas (ONL)

Clubes y organizaciones deportivas

Clubes sociales

Grupos religiosos

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Sindicatos

Colegios Profesionales

Organizaciones barriales.

Sociedad mercantil: Una Sociedad Mercantil es aquella sociedad cuya

misión es la consecución de dos o más actos de comercio o de alguna

actividad sujeta al derecho de tipo comercial. se trata de una institución a la

cual la ley le reconoce personalidad jurídica propia y diferente de la que

ostentan sus miembros y los cuales, dueñas de un patrimonio propio,

destinarán sus actividades con un fin de lucro común, es decir, los beneficios

que se obtengan de las mencionadas actividades serán percibidos por los

socios.

Tipos de sociedades mercantiles

Sociedad en nombre colectivo

Sociedad en comandita simple

Sociedad en comandita por acciones

Sociedad de responsabilidad limitada

Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público

Sociedad anónima

Sociedad cooperativa

Sociedades mutualistas de seguros

Sociedad de capital variable

Sociedades Extranjeras

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CONCLUSIÓN

El sistema jurídico Venezolano actualmente reconoce diversas clases

de sociedades, entre ellas, las mercantiles. Atendiendo a su definición estas

sociedades son la "asociación de personas que crean un fondo patrimonial

común para colaborar en la explotación de una empresa, con ánimo de

obtener un beneficio individual participando en el reparto de las ganancias

que se obtengan.

El artículo 200 del código de comercio las define como aquellas

sociedades que tienen por objeto uno o más actos de comercio. Tienen

personalidad jurídica; ellas constituyen personas jurídicas distintas de sus

socios, sujetos de derecho, es decir, entes aptos para ser titulares de

derechos o deberes jurídicos. En el artículo 201 del Código de Comercio

dispone: las compañías constituyen personas jurídicas distintas de las de los

socios. En efecto, conforme con el artículo 1.649 del código Civil, el contrato

de sociedad es aquel por el cual dos o más personas convienen en

contribuir, cada uno con la propiedad o el uso de las cosas, o con su propia

industria, a la realización de un fin económico común". Precisamente la

realización de un fin económico común es el interés coincidente de los

integrantes de una Sociedad, aún cuando dentro de la esfera individual cada

uno de ellos posea intereses particulares o en algunos casos distintos. Ese

interés de los que intervienen dentro de una Sociedad es lo que la doctrina

denomina afectivo societarias y queda delimitado por el elemento intencional

o psicológico de realizar determinadas actividades, conexas o no, con la

finalidad de obtener un resultado económico. En conclusión, La sociedad

mercantil se puede definir de la siguiente manera que es sociedad mercantil

la que existe bajo una denominación o razón social, mediante el acuerdo de

voluntades de un grupo de personas llamadas socios, que unen sus

esfuerzos y capitales para la realización de un fin común de carácter

económico con propósito de lucro”.

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BIBLIOGRAFÍA

http://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_mercantil

http://www.buenastareas.com/ensayos/Funcion-De-Las-Sociedades-

Mercantiles/3067917.html

Código de comercio

http://mercedescova.blogspot.com/2011/01/creacion-de-sociedades-

mercantiles-en.html

http://www.monografias.com/trabajos74/sociedad-comandita-simple/

sociedad-comandita-simple2.shtml

http://html.rincondelvago.com/sociedad-en-comandita-por-acciones-y-

sociedad-anonima.html

http://www.ecured.cu/index.php/

Sociedad_de_responsabilidad_limitada#Doble_funci.C3.B3n

http://www.gerencie.com/sociedad-anonima.html

http://www.tuempresa.gob.mx/asesoria/legal/mercantil/-/asset_publisher/

b7z6f2vqvKZd/content/id/26135#L111