La protección jurídica del software y el derecho

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LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL DERECHO DE P.I. EL PERU

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LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Y EL

DERECHO DE P.I. EL PERU

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Este ensayo analiza la experiencia Argentina y la experiencia Estadounidense en la protección del software, e Identifica herramientas que pueden incorporarse en PERÚ para contribuir Con el crecimiento del país. PROTECCIÓN DEL SOFTWARE EN PERÚ ¿Qué puede aprenderse del caso estadounidense? La protección del software en PERÚ.

La importancia: Sin embargo, en América latina, el mercado de las tecnologías de información se encuentra todavía en una fase de maduración. Para hacer sustentable esta expansión debe de ir acompañada de protección jurídica Los derechos de propiedad intelectual nunca han sido más económica y políticamente importantes o controversiales de lo que son hoy.

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En Argentina los organismos competentes han establecido directrices para el patentamiento de

software, en el Anexo VII de la Resolución P-243/03

a) El procesamiento de datos físicos “pueden ser datos que representan una imagen o datos que representan parámetros y valores de control de un proceso industrial”; pero no“ los valores económicos, financieros o cuando es simplemente el procesamiento de texto, como puede ser el caso de un programa para traducir texto de un idioma a otro, lo cual es tarea que puede realizar mentalmente una persona”;

b) El procedimiento o método que tiene un efecto sobre la manera en que un ordenador funciona (por ejemplo, “modificaciones en el sistema operativo o en el funcionamiento dela interfaz de usuario, el ahorro de memoria, el incremento de la velocidad o la mejora dela seguridad”)

c) El procedimiento o método cuya estructura implica consideraciones técnicas (“es decir, que está basado en consideraciones de cómo el ordenador funciona, antes que, únicamente en consideraciones de cómo funciona un sistema financiero”).

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¿En el Perú la protección jurídica del software es en base a la protección de los derechos de autor (d.leg.

822) o el derecho de patentes (D.Leg. 823)?

Bueno analizando tanto el decreto legislativo 822 y 823, llego a la conclusión que en el Perú la protección jurídica del software es en base al derecho de patentes, ya que el decreto legislativo 823 nos habla prácticamente de elementos de producción industrial como inventos, nombres comerciales, secretos, algo que al ser expuesto pierda de alguna u otra manera su validez pero sea de gran aporte para el avance ya sea tecnológico o cual sea el modo. Entonces el software es protegido por el derecho de patentes ya que es un avance tecnológico para la eficacia y desarrollo de muchos proyectos, pues es un apoyo de superación para la sociedad, es de mucha gran utilidad.