La producción integrada en agricultura

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La producción integrada en agricultura es un sistema productivo que trata de racionalizar el uso de insumos en base a ciertos criterios medioambientales, técnicos y económicos, con el que se obtienen producciones de alta calidad, que responden a las actuales deman-das de los consumidores en cuanto a conservación de los agrosistemas, reducción de los contaminantes y seguridad alimentaria. Utiliza mecanismos de regu-lación naturales que proporcionan valor añadido al producto tanto en su proceso de producción como de elaboración y transformación, lo que asegura la trazabilidad desde la siembra hasta la mesa del con-sumidor. Es por tanto un modelo respetuoso con el medio ambiente, que tiene en cuenta la rentabilidad del cultivo y las exigencias de la sociedad.

Con la producción integrada se pretende:

■ Garantizar la conservación de todos los recursos del medio rural: edafológicos, genéticos, hídricos, paisajísticos, etc.

■ Favorecer la diversidad del ecosistema agrícola.

■ Asegurar la viabilidad económica de las explota-ciones y mejorar la renta y el poder adquisitivo del agricultor.

■ Dar respuesta a las nuevas exigencias sociales en cuanto a calidad de los productos y respeto al medio ambiente.

Con respecto a los beneficios, éstos dependerán de los agentes a quienes afecten directa o indirectamente:

1. Introducción

■ Para los consumidores: más calidad y seguridad alimentaria, en definitiva confianza en los produc-tos que van a adquirir y consumir.

■ Para los agricultores: menos costes de produc-ción que redundan en una mayor rentabilidad, más calidad de vida en el medio rural y fijación de la población en los municipios de origen.

■ Para el medio ambiente: respeto a la flora y fau-na, métodos menos agresivos, biodiversidad, re-ducción de la erosión, racionalización del uso del agua, y disminución de aguas subterráneas con-taminadas fundamentalmente por nitratos.

■ Para la economía: más empleo, mejor posición en el mercado, productos diferenciados con más valor añadido, más mercado y una diversificación que permite atender a una mayor demanda.

Los inicios de la producción integrada en Europa da-tan de mediados de los años setenta del siglo pasado, cuando un grupo de entomólogos pertenecientes a la Organización Internacional de Lucha Biológica (OILB) expusieron en Ovronnaz (Suiza) su experiencia de más de 30 años de investigación en este campo, y crearon las bases de una nueva agricultura basada en el con-trol integrado y en el manejo racional de todos los componentes del agrosistema.

En España, y particularmente en Andalucía y Catalu-ña se comenzó a aplicar a principios de los años 80 el control integrado de plagas, que puede considerarse

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una primera etapa en el surgimiento de la produc-ción integrada en nuestro país. La Dirección General de Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estableció un programa de ac-tuaciones, mediante una Orden Ministerial1, para la promoción de la lucha integrada de las plagas en los diferentes cultivos, a través de las denominadas Agru-

2. Diferencias de la agricultura integrada con la agricultura convencional y la agricultura ecológica

paciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAS). Con este programa se pretendía aplicar y poner en marcha técnicas relacionadas con el control integrado y uso racional de fitosanitarios, formar al personal técnico encargado de la explotación, y fo-mentar las agrupaciones de agricultores para la reali-zación de tratamientos fitosanitarios.

En el Cuadro I se pueden observar las característi-cas más destacables de los sistemas de agricultura, mostrando sus diferencias y similitudes.

Cuadro I. Diferencias entre los tres sistemas agrícolas

Variable Convencional Integrado Ecológico

Normativa Comunitaria, estatal y autonómica Estatal y autonómica Comunitaria, estatal y autonómica

Certificado No emite Emite Emite

Agroquímicos No hay uso restringidoUso restringido, sólo materias activas autorizadas

Productos naturales, no permite productos agroquímicos de síntesis

Factores de producción No los integra todos Los integra todos Los integra todos

Medio ambiente

Existe una conciencia cada vez mayor, interesan las grandes producciones y el mayor beneficio al productor

Lo protege, así como la salud del consumidor y la economía del productor

Lo protege al igual que la salud del consumidor y a medio plazo, la economía del productor

Cantidad y calidad Ofrece productos en cantidad Ofrece productos de calidadOfrece productos de alta calidad y seguridad alimentaria

Coste Moderado Moderado Elevado

Sostenibilidad No Sí Sí

Fuente: Elaboración propia a partir de información facilitada por el Comité Andaluz de Agricultura Ecológica (Asociación CAAE). Octubre de 2008.

Otra de las diferencias a señalar es que en la agri-cultura ecológica el productor tiene un periodo de reconversión de la explotación de convencional a ecológica de tres años, durante los cuales recibe una ayuda para hacer frente a la reducción de be-neficios. Por el contrario, en la producción integrada no sucede ésto, ya que desde el primer año los pro-ductos obtenidos poseen el distintivo de producción integrada, obteniendo mayores ingresos por el valor

añadido de sus productos, así como por la reducción de forma significativa de las aplicaciones fitosanita-rias, con la disminución de costes que ello conlleva, así mismo, el productor adquiere un compromiso de llevar a cabo la producción integrada en la totalidad de la superficie de la explotación por un periodo de cinco años, mientras que la agricultura ecológica no posee un periodo mínimo establecido.

1 Orden de 26 de julio de 1983 por la que se establecen actuaciones de promoción de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados de Agricultura (ATRIAS), contra las plagas de los diferentes cultivos.

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Hasta el año 2002 la normativa reguladora de la pro-ducción integrada fue desarrollada exclusivamente por las comunidades autónomas, estableciendo así un distintivo de garantía de producción integrada y un sistema de control de certificación propio y dife-renciado respecto de los demás, produciéndose una heterogeneidad entre los distintos reglamentos de producción integrada.

A partir de 2002 a la normativa de las comunidades autónomas hay que añadir la desarrollada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. En esta nueva etapa, cada comunidad autónoma man-tiene una normativa reguladora propia, de ámbito

3. Normativa reguladora de la producción integrada

exclusivamente autonómico, que de forma progre-siva se ha ido adaptando a los requisitos básicos es-tablecidos por la normativa nacional, conservando su distintivo de garantía de producción integrada, propia y diferenciada, al cual se ha venido a añadir el logotipo de producción integrada de España. El sistema de control y certificación de la producción integrada, en este periodo, solamente se ha desarro-llado por parte de las comunidades autónomas.

Desde 2004 se han publicado normas técnicas es-pecíficas de producción integrada de ámbito nacio-nal, que conviven con las establecidas por las comu-nidades autónomas.

3.1. Norma general, Real Decreto 1201/2002

En el ámbito nacional la primera regulación de ‘’Pro-ducción integrada de productos agrícolas” la esta-bleció el Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviem-bre2 y tiene por objeto:

■ El establecimiento de las normas de producción y requisitos generales que deben cumplir los ope-radores que se acojan a los sistemas de produc-ción integrada. En ellas se designan, dentro de cada fase del ciclo productivo, las prácticas con-sideradas obligatorias y aquellas que se prohíben expresamente.

■ La regulación del uso de la identificación de garantía que diferencie estos productos ante el consumidor.

■ El reconocimiento de las Agrupaciones de Pro-ducción Integrada (API) en agricultura, para el fo-mento de dicha producción.

■ La creación de la Comisión Nacional de Produc-ción Integrada encargada del asesoramiento y co-ordinación en materia de producción integrada.

En el Cuadro 2 se exponen las normas generales de obligado cumplimiento que están recogidas en el Anexo I del Real Decreto 1201/2002, y que definen las prácticas agrícolas que bajo la dirección del res-ponsable o servicio técnico competente, deben cum-plir los operadores sin perjuicio de la observancia de otras legislaciones, especialmente las relativas al material de producción vegetal, fertilizantes, fitosa-nidad, gestión de residuos y envases, prevención de riesgos laborales, sanidad y medio ambiente.

2 Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, por el que se regula la producción integrada de productos agrícolas (BOE núm. 287, sábado 30 de noviembre de 2002. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino).

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Cuadro 2. Normas generales de producción integrada para cultivos. España, 2002

Obligatorias Prohibidas

Aspectos agronómicos

Programa de rotación en cultivos anuales y en cultivos sin suelo.Permitir la recirculación de lixiviados.

El abandono de restos plásticos, envases y otros residuos en la parcela.La quema de restos vegetales.

Suelo, preparación del terreno y laboreo

Mantener y mejorar la fertilidad del suelo mediante la conservación ópti-ma del humus, y mantener la biodiversidad y la optimización de las propie-dades biofísicas del suelo para evitar la compactación.Realizar labores respetando la estructura del suelo, a ser posible sin volteo.Evitar las escorrentías y encharcamientos.

Desinfección del suelo mediante tratamientos químicos, salvo casos técni-camente justificados.Usar aperos que rompan la estructura del suelo y formen suela de labor.

Siembra/plantación

Usar semillas certificadas y desinfectadas, y cultivares resistentes o tole-rantes a las enfermedades más comunes de la especie.En leñosos usar plantones adaptables a las condiciones del medio. En hor-talizas esperar para sembrar una semana después de arrancar el cultivo precedente.

La asociación de cultivos en el mismo invernadero, salvo que sea agronó-micamente favorable.

Fertilización y enmiendas

Fertilización a través del suelo, tras haber realizado un análisis para ver las deficiencias y así determinar las enmiendas a efectuar, manteniendo el nivel de materia orgánica del suelo. Respetar la dosis máxima de nitrógeno para cada cultivo, determinada en Unidades de Nitrógeno en Kg/ha.

Superar el máximo de Unidades de Nitrógeno por hectárea y por cultivo, y aplicar nitrógeno nítrico en los márgenes de las parcelas lindantes a co-rrientes de agua.

Poda

Con un planteamiento técnico, respetando el estado fisiológico óptimo de la planta. En caso de ser en verde se realizará con instrumentos cortantes (tijeras, cuchillos, etc.) debidamente desinfectados.

Quema incontrolada de restos de poda y su abandono.

Riego

Disponer de las características analíticas de la calidad del agua de riego y establecer los volúmenes anuales necesarios mediante el cálculo de las necesidades del cultivo. Para la programación de los riegos se seguirán métodos técnicamente aceptados y se diseñará uno para cada parcela.

Utilización de aguas residuales sin la previa depuración y de aguas no salubres.

Control integrado

En el control de plagas y enfermedades, se antepondrán los métodos bio-lógicos, biotecnológicos, culturales, físicos y genéticos, a los métodos quí-micos, y en caso de aplicaciones químicas sólo podrán utilizarse productos fitosanitarios inscritos en el Registro de Productos y Material Fitosanitario aprobados expresamente para el cultivo en que se apliquen.Las malas hierbas se controlarán con métodos mecánicos y biológicos an-tes que químicos y en el caso de aplicaciones químicas, el aplicador deberá estar cualificado específicamente, con la maquinaria en perfecto estado.

Utilización de calendarios de tratamientos y el empleo de productos fito-sanitarios no selectivos, de larga persistencia, alta volatilidad, lixiviables o con otras características negativas.

Recolección

Los productos vegetales deberán recolectarse en un estado de madurez que permita alcanzar las exigencias de calidad comercial y almacenarlos adecuadamente.Se tomarán muestras en el periodo de recolección y/o elaboración, para analizar la posible presencia de residuos de productos fitosanitarios y ga-rantizar que se han utilizado exclusivamente las materias activas seleccio-nadas en la estrategia de protección integrada.

Efectuar la recolección cuando los productos vegetales estén mojados o no maduros aún.

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Para la industria de transformación existen unas normas generales que definen las prácticas de ma-nipulación, transformación y envasado que, bajo la dirección de un técnico competente debidamente formado, deben cumplir los operadores en sus ins-talaciones y en sus procesos de transformación, así como ser contempladas en las normas técnicas es-

Tratamientos post-recolección

Sólo se permitirán en cosechas destinadas a conservación prolongada y en el tratamiento con productos químicos de síntesis, pudiendo sólo utili-zar las materias activas autorizadas.

La utilización para el lavado de aguas no potables.

Conservación

Métodos de conservación que mantengan una alta calidad interna y exter-na. Los registros de cada cámara deben conservarse.

Almacenamiento

Debe realizarse con procedimientos que permitan garantizar la mejor ca-lidad posible de los productos, separando los procedentes de cultivo de producción integrada del resto de productos convencionales.

Utilización de productos químicos de síntesis para lucha de plagas y pa-rásitos de almacén.

Envasado

Todas las máquinas, elementos de transportes, envases provisionales y lu-gares de almacenamiento deberán reunir una serie de condiciones, como no entrar en contacto con sustancias tóxicas y no alterar las características organolépticas de los productos.

Fuente: Elaboración propia a partir del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre.

pecíficas de cada producto transformado (Cuadro 3). Son siempre de obligado cumplimiento aque-llas normas que apliquen métodos que permitan mantener intacta la integridad del producto vege-tal y aseguren la conservación de las característi-cas organolépticas.

Cuadro 3. Normas generales de producción integrada para industrias de transformación. España, 2002

I. Vegetales, manipulación, molturación y envasado

Obligatorias

Transporte del producto vegetal y contenedores

Los receptáculos y contenedores de los vehículos utilizados para transportar los productos vegetales deberán encontrarse limpios y en condiciones adecuadas de mantenimiento.

Recepción del producto vegetal e instalaciones

Registro de las partidas que entren e inspección visual de las partidas de productos vegetales en la recepción, estableciendo un sistema de verificación de la calidad de los productos entrantes. Existirá un registro de incidencias en caso de incumplimiento. Toma de muestra del mismo.

Acondicionamiento del producto vegetal, pesado, toma de muestras y control de calidad

Las técnicas e instalaciones de almacenamiento tenderán al mantenimiento de la calidad y características organolépticas del producto vegetal. Las partidas que se recepcionan tendrán un control de calidad, manteniéndose la trazabilidad mediante registros y procedimientos de toma de muestras representativas.

Almacenamiento del producto vegetal e instalaciones

La evacuación de los residuos se realizará en recipientes exclusivos para este fin, debiéndose establecer un plan de limpieza para ello.

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Proceso de transformación y elaboración del producto vegetal

Las instalaciones de transformación y elaboración tenderán al mantenimiento de la calidad y características organolépticas del producto vegetal. To-dos los productos vegetales que se utilicen en la elaboración del producto transformado deberán haber cumplido las condiciones del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre así como los tratamientos que se realicen y los coadyuvantes que se empleen, deberán estar autorizados e incluidos en las normas técnicas específicas correspondientes.

Almacenamiento, envasado y transporte de productos elaborados

Los tratamientos de conservación deben estar autorizados. Se utilizarán métodos que tengan la menor toxicidad posible y preferentemente métodos físicos o con productos naturales, antes que de síntesis.

II. Identificación y trazabilidad de la procedencia de los productos vegetales y productos secundarios o elaborados

Obligatorias Prohibidas

En cada centro de recepción y/o manipulación debe existir un albarán de control de entrada, en el que figure el producto, cantidad, parcela de ori-gen, unidad de cultivo con tratamiento homogéneo y fecha de entrada, firmado por la persona que realiza la entrega.

No podrán comercializarse como productos amparados por esta norma los procedentes de unidades de cultivo que no cumplan con lo indicado en el Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre, en toda su producción.

III. Instalaciones generales

Obligatorias Prohibidas

Características de los materiales

Todos los materiales que se utilicen en las instalaciones deben ser aptos para uso alimentario, adaptándose a las distintas especificaciones y necesi-dades según el Código Alimentario Español y normativa vigente.

Todos los especificados en el Código Alimentario Español (cinc, hierro, productos cerámicos con revestimientos, etc.) y normativa vigente.

Características constructivas, de diseño y mantenimiento

Las instalaciones estarán en buen estado de conservación mediante un adecuado mantenimiento, construida de tal forma que permita una higiene adecuada (paredes alicatadas, desagües, etc.).

La utilización de equipamientos con grietas, picaduras o zonas muertas en las que se acumulen sustancias o productos elaborados a las que no lle-guen las soluciones de limpieza.

IV. Equipos

Obligatorias

Las empresas o centros de transformación deben establecer y llevar a cabo el mantenimiento de los equipos para asegurarse de su correcto funciona-miento y tomar las medidas necesarias para evitar el contacto de los productos con sustancias químicas u objetos extraños (protectores, bandejas, etc.). Las superficies de trabajo se mantendrán en buen estado y se renovarán cuando sea necesario, e igualmente las herramientas de trabajo estarán en buen estado y serán seguras.

Fuente: Elaboración propia a partir del Real Decreto 1201/2002, de 20 de noviembre.

El Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM) ha elaborado unas normas técnicas específicas de producción integrada para cada uno de los diferentes cultivos, adaptadas a sus caracte-rísticas edafológicas y fisiológicas. Estas normas han

sido desarrolladas con la participación y la colabo-ración voluntaria de la mayoría de las comunidades autónomas, y pueden ser de aplicación generaliza-da en todo el Estado (Cuadro 4).

3.2. Normas técnicas específicas

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Cuadro 4. Normas técnicas nacionales existentes de identificación de garantía nacional de producción integrada

Cultivos Orden

Hortícolas APA/370/2004 de 13 de febrero

Cítricos APA/1657/2004 de 31 de mayo

Ajo APA/677/2006 de 28 de febrero

Algodón APA/684/2006 de 28 de febrero

Remolacha azucarera APA/42/2007 de 17 de enero

Fuente: Elaboración propia. Octubre de 2008.

3.3. Normativa autonómica

Los reglamentos de todas las comunidades autó-nomas son muy similares entre sí en cuanto a la definición de la producción integrada, reglamentos básicos, promoción de los productos y el nombra-miento de una comisión que los coordine. Difieren no obstante en aspectos relativos a la entidad o per-sona física que puede realizar producción integra-da, el control técnico de la explotación, las materias primas permitidas para controlar las plagas, enfer-medades o malas hierbas y los límites máximos de residuos que permanecen en la producción.

Andalucía ha sido junto a Cataluña pionera en la elaboración de una normativa reguladora para los sistemas de producción integrada, publicando en 1995 el primer reglamento específico mediante una Orden, concretamente la del olivar y la fresa. A partir de entonces la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía ha elaborado hasta un total de 29 órdenes, incluyendo las de indus-trias de elaboración y transformación, recogidas en los Cuadros 5 y 6.

Cuadro 5. Normas técnicas de cultivos en la Comunidad Autónoma andaluza

Norma técnica de cultivo Producto a certificar

Reglamento específico de olivar, Orden de 18 de julio de 2002 (BOJA núm. 88 de 27 de julio de 2002, con corrección de errores BOJA núm. 136 de 21 de noviembre de 2002)

Aceite de oliva

Aceituna de mesa

Reglamento específico, Orden de 4 de enero de 2006 (BOJA núm. 32 de 16 de febrero de 2006)

Alfalfa y forraje deshidratado

Reglamento específico, Orden de 27 de noviembre de 2002 (BOJA núm. 146 de 12 de diciembre de 2002)

Algodón

Reglamento específico, Orden de 18 de abril de 2000 (BOJA núm. 57 de 16 de mayo de 2002). Modificación reglamento específico Orden 8 de junio de 2001 (BOJA núm. 74 de 30 de junio de 2001)

Arroz

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Reglamento específico, Orden de 10 de octubre de 2007 (BOJA núm. 211 de 25 de octubre de 2007)

Berenjena (bajo abrigo)

Calabacín (bajo abrigo)

Judía (bajo abrigo)

Melón (bajo abrigo)

Pepino (bajo abrigo)

Pimiento (bajo abrigo)

Sandía (bajo abrigo)

Tomate (bajo abrigo)

Reglamento específico, Orden de 29 de septiembre de 2000 (BOJA núm. 113 de 30 de septiembre de 2000)

Cítricos

Reglamento específico, Orden de 22 de octubre de 2006 (BOJA núm. 215 de 7 de noviembre de 2006)

Chirivía

Zanahoria

Reglamento específico, Orden de 4 de enero de 2006 (BOJA núm. 32 de 16 de febrero de 2006)

Flor cortada (clavel y miniclavel bajo abrigo)

Reglamento específico, Orden de 9 de noviembre de 2000 (BOJA núm. 142 de 9 de diciembre de 2000). Modificación reglamento específico Orden de 22 de enero de 2003 (BOJA núm. 21 de 31 de enero de 2003)

Fresas

Reglamento específico, Orden de 28 de junio de 2007 (BOJA núm. 136 de 11 de julio de 2007)

Frutales de pepita (manzano y peral)

Reglamento específico, Orden de 3 de mayo de 2000 (BOJA núm. 58 de 18 de mayo de 2000)

Melocotonero y ciruelo

Reglamento específico, Orden de 8 de octubre de 2001 (BOJA núm. 125 de 27 de octubre de 2001)

Patata (bajo abrigo)

Reglamento específico de remolacha azucarera (siembra otoñal), Orden de 22 de julio de 2005 (BOJA núm. 149 de 2 de agosto de 2005)

Remolacha (azucarera)

Reglamento específico, Orden de 2 de Octubre de 2008 (BOJA núm. 203 de 10 de octubre de 2008)

Tomate (industria)

Reglamento específico de vid (uva de vinificación), Orden de 19 de julio de 2005 (BOJA núm. 147 de 29 de julio de 2005)

Uva de vinificación

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía. Octubre 2008.

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Cuadro 6. Normas técnicas de centrales hortofrutícolas o industrias en la Comunidad Autónoma andaluza

Norma técnica central hortofrutícola o industria Producto a certificar

Reglamento específico de aceite de oliva, Orden de 24 de octubre de 2003 (BOJA núm. 213 de 5 de noviembre de 2003). Corrección de errores (BOJA núm. 89 de 7 de mayo de 2004)

Aceite de oliva

Reglamento específico de aceituna de mesa, Orden de 16 de junio de 2004 (BOJA núm. 123 de 24 de junio de 2004)

Aceituna de mesa

Reglamento específico de forraje deshidratado, Orden de 30 de agosto de 2006 (BOJA núm. 178 de 13 de septiembre de 2006)

Alfalfa y forraje deshidratado

Reglamento específico de arroz, Orden de 8 de noviembre de 2005 (BOJA núm. 222 de 14 de noviembre de 2005)

Arroz

Reglamento específico de flor cortada, Orden de 29 de junio de 2006 (BOJA núm. 132 de 11 de junio de 2006)

Flor cortada

Reglamento específico de frutas y hortalizas, Orden de 24 de octubre de 2003 (BOJA núm. 219 de 13 de noviembre de 2003). Corrección de errores (BOJA núm. 89 de 7 de mayo de 2004)

Frutas y hortalizas

Reglamento específico, Orden de 2 de Octubre de 2008 (BOJA núm. 203 de 10 de octubre de 2008)

Tomate transformado

Reglamento específico de vinos, Orden de 24 de octubre de 2003 (BOJA núm. 219 de 13 de noviembre de 2003). Corrección de errores (BOJA núm. 89 de 7 de mayo de 2004). Modificación de Orden 8 de noviembre de 2005 (BOJA núm. 226 de 18 de noviembre de 2005)

Vinos

Nota: Para la remolacha azucarera y para el algodón no existe reglamento de elaboración y envasado.Nota: Para los zumos de frutas (cítricos) se va a iniciar la elaboración del borrador del reglamento específico y el grupo de trabajo técnico.Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía. Octubre de 2008.

Existen dos alternativas para constituirse como ope-rador en producción integrada: como productor in-dividual, o mediante la asociación con otros produc-tores de tierras colindantes, creando una Asociación de Producción Integrada (API). Ésta se define como una agrupación de operadores que está constituida bajo cualquier fórmula jurídica o integrada en otra agrupación previamente existente, con el objeto de obtener productos vegetales bajo requisitos de pro-ducción integrada para ser comercializados. Ha de estar reconocida por la autoridad competente3.

4. Proceso de registro como operador de producción integrada

Una vez se tenga este reconocimiento como opera-dor de producción integrada, es necesario formular una solicitud de inscripción en la Delegación Provin-cial de Agricultura y Pesca que corresponda (depen-derá del término municipal de la explotación). A esta solicitud se debe adjuntar:

■ Informe de una auditoría previa realizada por una Entidad de Certificación autorizada acreditando que está en condiciones de producir o comerciali-zar de acuerdo con los sistemas de producción in-tegrada regulados en el Real Decreto 1201/2002 de 20 de noviembre.

3 En la Comunidad Autónoma andaluza es la Consejería de Agricultura y Pesca.

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■ Memoria descriptiva de la explotación agraria y, en su caso, de los centros de manipulación, en el caso de los operadores dedicados solo a la ob-tención de productos agrarios.

■ Memoria descriptiva de las instalaciones de ela-boración y manejo en los restantes casos de ope-radores del resto de la cadena productiva.

Una vez que el operador recibe resolución aproba-toria, realiza la inscripción en el registro de opera-dores de producción integrada. El siguiente paso es obtener la certificación del producto mediante una auditoría de certificación, que realiza una Entidad de Certificación autorizada. Ésta puede ser elegida por el operador entre las que han sido autorizadas por la Consejería de Agricultura y Pesca. Todo este proceso se recoge en el Diagrama 1.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.

Operador reconocido por la autoridad competente

Solicitud de inscripción:-Informe de auditoría previa-Memoria descriptiva de la explotación y/o instalaciones

Acciones correctivas

Conforme No Conforme

Inscripción en el registro No inscripción

Auditoría de certificación

Acciones correctivas

Baja RegistroNO

OBTENCIÓN DE LA CERTIFICACIÓN

Conforme

No Conforme

SI

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5. Ayudas

Hay dos grupos de ayudas según los destinata-rios de las mismas. El primero corresponde a las ayudas dirigidas a la promoción y fomento de las

agrupaciones de productores; el segundo, para los titulares de las explotaciones.

5.1. Destinadas a la promoción de las APIs

Las bases que regulan la concesión de ayudas a las APIs para la promoción de la producción integrada se recogen en la Orden de 16 de mayo de 20084. En ella se especifican los gastos subvencionables en el programa de calidad en producción integrada:

■ Los gastos del servicio técnico competente, en fun-ción de la composición necesaria del mismo, de conformidad con el número de meses y el período del cultivo establecido, que se cifran en las siguien-tes cuantías:

• Director técnico: hasta un máximo de 2.000 euros mensuales, por cada unidad o fracción de gestión.• Técnicos auxiliares de campo: hasta un máxi-mo de 1.700 euros mensuales, por cada uni-dad o fracción de gestión.

Las ayudas a los gastos de este servicio técnico son decrecientes a partir del primer año, en el porcentaje que se muestra en el Cuadro 7.

Cuadro 7. Porcentaje decreciente de las ayudas para el servicio técnico competente. Andalucía, 2008

Año %

Primero 90

Segundo 70

Tercero 50

Cuarto 20

Quinto 10

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de Orden de 16 de mayo de 2008.

4 Orden de 16 de mayo de 2008 por la que se modifica a la de 12 de enero de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la promoción de la producción integrada, mediante el fomento de las Agrupaciones de Producción Integrada de Agricultura (APIs). (BOJA núm. 104, 27 de mayo de 2008, Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).

■ Los gastos de los análisis agronómicos realizados a lo largo del período de cultivo, los analíticos du-rante la recolección y los derivados de la compra de trampas y feromonas para el control integrado de plagas y enfermedades. Se concede hasta un máximo de 1.000 euros por cada unidad y/o frac-ción de la superficie máxima, o número de parcelas o Unidades Homogéneas de Cultivos (UHC) esta-

blecidas para el cultivo en el reglamento específico correspondiente, que posea la API solicitante de la ayuda en el registro de operadores.

En el Cuadro 8 se especifica el cultivo, el número de meses y el periodo de meses del año en el que ha de existir el control por parte del operador, la entidad de control y el técnico.

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Cuadro 8. Duración de las APIs. Andalucía, 2008

Cultivo Núm. meses Periodo de funcionamiento

Alfalfa 12 Enero-diciembre

Algodón 7 Abril-octubre

Arroz 6 Mayo-octubre

Cítricos 10 Febrero-noviembre

Dehesa 11 Febrero-diciembre

Flor Cortada: Clavel y Miniclavel 10 Junio-diciembre y enero-marzo

Fresa 10 Septiembre-diciembre y enero-junio

Frutales de hueso: melocotonero y ciruelo 10 Febrero-noviembre

Frutales de pepita: manzano y peral 10 Febrero-noviembre

Hortícolas al aire libre Según cultivo Según cultivo

Hortícolas protegidos 10 Septiembre-diciembre y enero-junio

Olivar 9 Marzo-noviembre

Ornamentales 10 Junio-diciembre y enero-marzo

Remolacha azucarera de siembra otoñal 8 Noviembre-diciembre y enero-junio

Patata Según estación Según estación

Subtropicales 9 Marzo-noviembre

Vid (uva vinificación) 8 Febrero-septiembre

Vid (uva de mesa) 8 Marzo-octubre

Zanahoria y chirivía Según cultivo Según cultivo

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de Orden de 16 de mayo de 2008.

■ Los gastos derivados del control e inspección realizados por las entidades de certificación au-torizadas para la actividad de la producción in-tegrada en Andalucía, alcanzando la cuantía de hasta 3.000 euros por cada unidad y/o fracción

de la superficie máxima o número de parcelas o UHC, establecidas en el reglamento específico correspondiente, que posea la API solicitante de la ayuda en el registro de operadores.

En el Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre5 (de aplicación a todas las comunidades autónomas menos en la Comunidad Foral de Navarra y la Co-munidad Autónoma del País Vasco, que tienen sus propios regímenes fiscales) se estableció el régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente. De esta forma se contribuye a la consecución de los objeti-

vos comunitarios en materia de agricultura y medio ambiente, a cargo del antiguo Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA). Los com-promisos medioambientales que deben de adquirir aquellos productores que se acojan a esta ayuda, pueden ser prorrogados siempre que no hayan em-pezado después del 31 de diciembre de 2006.

5.2. Destinadas a los titulares de la explotación

5 Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 4/2001 de 12 de enero (BOE núm. 267, de 8 de noviembre de 2006 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación).

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

En él se engloban las medidas relativas a:

■ La extensificación de la producción agraria.

■ Las variedades autóctonas vegetales en riesgo de erosión genética.

■ Las técnicas ambientales de racionalización en el uso de productos químicos, tanto en producción integrada como en agricultura ecológica.

■ La protección de flora y fauna en humedales.

■ Los sistemas esenciales de explotación con alto interés medioambiental.

■ Al ahorro de agua de riego y fomento de la ex-tensificación en la producción.

■ La protección del paisaje y prácticas de preven-ción contra incendios.

■ La gestión integrada en las explotaciones.

Los beneficiarios de estas ayudas son los titulares de las explotaciones que cumplan los compromisos es-tablecidos en las anteriores medidas, al menos por un periodo de cinco años. (Entre estos compromisos los hay generales y otros más específicos depen-diendo de la medida a la que se acoja el agricultor).

Para acceder a las ayudas hay que usar técnicas ambientales de racionalización en el uso de pro-ductos químicos y además el titular de la explota-ción debe:

■ Tener el cuaderno de explotación debidamente cumplimentado con todas las operaciones de cultivos existentes en la explotación, así como

los tratamientos efectuados con el porcentaje de materia activa empleada en el control de plagas, priorizando siempre el control o lucha biológica.

■ Reducir los tratamientos químicos en un 30%.

■ Presentar una memoria descriptiva inicial de la explotación agrícola.

■ Efectuar rotaciones de cultivos anuales, excepto el caso del arroz; en el de los hortícolas serán, al menos de cuatro ciclos6 al aire libre y de tres en cultivos protegidos.

■ Realizar análisis de agua, suelo y residuos en la planta.

■ Mantener en cultivos perennes una cubierta vege-tal, solo en épocas de recolección se permitirán la siega o el pastoreo pero en ningún caso la escar-da química.

■ Estar inscrito en el registro de operadores de pro-ducción integrada.

■ Disponer de asesoramiento técnico y participar en actividades formativas.

■ Utilizar semillas certificadas y debidamente des-infectadas, con productos autorizados al efecto.

■ Comprometerse a aplicar la producción integrada en la totalidad de la explotación dedicada a la mis-ma orientación productiva (cultivo y/o especie).

En el Cuadro 9 se recogen las primas por superficie en producción integrada y las superficies mínimas a cultivar dependiendo del grupo de cultivos que se detallan a continuación:

6 Se entiende por ciclo, el cultivo en la misma parcela de familias y especies vegetales diferentes, independiente de la duración de cada uno de ellos (siembra, plantación, recolección).

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Cuadro 9. Primas por superficie en producción integrada

Cultivo Superficie mínima de cultivo (ha) Primas en €/ha

Herbáceos de secano 2,0 55,89

Herbáceos de regadío 0,5 93,16

Arroz 0,5 247,91

Frutales de secano 1,0 73,92

Frutales de pepita 0,5 153,26

Frutales de hueso 0,5 198,33

Olivar 1,0 147,25

Hortícolas al aire libre 0,3 213,36

Hortícolas bajo plástico 0,3 480,81

Viñedo para vinificación 1,0 159,87

Uva de mesa 1,0 387,65

Algodón 0,5 292,00

Cítricos 0,5 345,58

Fuente: Elaboración propia a partir del Anexo II del Real Decreto 1203/2006, de 20 de octubre.

6. Control y certificación

La producción integrada requiere un sistema de vigi-lancia, control y certificación para asegurar el cum-plimiento de las normas en las diferentes fases de producción, elaboración, transformación y comer-cialización de los productos, a través de entidades que estén debidamente acreditadas para realizar esta función.

La certificación tiene como objetivo decir si el pro-ducto obtenido, así como el proceso de producción, cumple con los requisitos especificados por la nor-mativa vigente.

Como se desarrolla en el Diagrama 2, las auditorías o sistemas de control pueden ser internos y exter-nos. El control interno es llevado a cabo por el téc-nico competente durante la campaña en la que se desarrolla el cultivo, mediante las anotaciones en un cuaderno de explotación de todas y cada una de las operaciones realizadas en la misma, como son las labores preparatorias del terreno, tratamientos fitos-anitarios, abonos, riegos, podas, recolección, etc. Los controles externos son llevados a cabo por órganos de control que bien pueden ser públicos o privados.

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Fuente: Elaboración propia.

6.1. Auditoría interna

El proceso de control que lleva a cabo el propio técnico de la explotación con la colaboración del titular de la misma, es conocido como auditoría in-terna. Ésta se realiza de forma continua desde las labores de preparación del cultivo hasta su reco-lección. En el caso de las industrias transformado-ras el control se hace desde que el producto llega a las instalaciones hasta que sale con el etiquetado correspondiente.

El técnico responsable de la explotación debe de contar al menos con una titulación universitaria de grado medio, junto con un curso de postgrado especializado en producción integrada del culti-vo que se trate, basado en las normas técnicas específicas.

Para que el operador de producción integrada realice la auditoría interna de forma óptima debe cumplir las siguientes medidas:

■ Llevar a cabo la división de las unidades de cul-tivo, que deben estar claramente separadas de cualquier otra que no se produzca con arreglo a las normas de producción integrada.

■ En el caso de los procesos de manipulación, en-vasado y etiquetado, los productos deben estar claramente separados de los obtenidos por otros sistemas de producción.

■ Hacer una descripción completa del cultivo y de las parcelas; si se trata de manipulación, hay que descri-bir las instalaciones donde se envasa y etiqueta.

■ Anotar todas las fechas de las aplicaciones, así como la parcela y el producto con la materia ac-tiva que se ha aplicado.

■ Asumir el compromiso de realizar sus actividades de acuerdo con lo dispuesto en los protocolos o en las normas específicas, y aceptar en caso de infrac-ción las medidas correctoras que correspondan.

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

■ Las materias primas y los medios de producción al-macenados deben corresponderse con las permitidas en protocolos o normas técnicas específicas (caso de semilla certificada para determinados cereales).

■ Los productos vegetales sólo pueden transportar-se en un envase o recipiente diferenciado, cuyo cierre impida la sustitución de su contenido, yen-do provistos de una etiqueta en la que se reseñe

el nombre y la dirección de la persona respon-sable de la producción. En caso de mencionar-se otro vendedor, debe aparecer una indicación que permita a la unidad receptora y al órgano o entidad de control de ésta, determinar de forma inequívoca quién es la persona responsable de la producción, así como el nombre del producto y una referencia del sistema de producción.

6.2. Auditoría externa

Las encargadas de llevar a cabo las auditorías exter-nas son las entidades de certificación previamente acreditadas. Cada certificadora tiene establecidos unos planes de control y unos protocolos de super-visión que debe de cumplir en el ejercicio de la audi-toría; de esta forma se garantiza su objetividad e im-parcialidad, así como la eficiencia en los controles.

Las entidades de certificación deben desarrollar las siguientes funciones:

■ Visitar la explotación sin previo aviso como míni-mo una vez al año, haciendo un control físico de la unidad y la toma de muestras buscando pro-ductos no autorizados.

■ Proteger los datos e información que obtengan en su actividad de control.

■ Velar por la correcta concesión de uso de las identificaciones de garantía a los operadores y exigirles la retirada de las mismas en caso de in-cumplimiento o irregularidades significativas.

■ Informar de forma periódica a la autoridad com-petente de la relación de operadores sometidos a su control y de los volúmenes producidos y co-mercializados por cada uno de ellos, así como de las irregularidades registradas y de las medidas correctoras adoptadas en cada caso.

■ Levantar después de cada visita, un acta de inspec-ción, que firmará tanto el responsable de la inspec-ción como el de la explotación y/o técnico. En caso de instalación, firmará el técnico que la controle.

El operador debe facilitar al órgano de control la entrada a las parcelas de la explotación así como todos los datos para llevar a cabo la auditoría (cua-derno de explotación, fitosanitarios usados, facturas de compra de semillas certificadas, etc.).

Las entidades de certificación, entre las cuales se encuentran los consejos reguladores, son las encar-gadas de estas funciones. Deben estar acreditadas para el ejercicio de estas actividades a través de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) o cualquier organismo autorizado, así como cumplir la normati-va europea de control y certificación EN 45011, se-gún lo establecido en los reglamentos de la CEE 510/20067. En la Comunidad andaluza, además de los requisitos anteriores, deben encontrarse inscritas en el registro de entidades de control y certificación de productos agroalimentarios de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

La finalidad de la norma EN 45011 (“Requisitos ge-nerales para entidades que realizan la certificación de productos”) es promover confianza en la forma en la que se llevan a cabo las actividades de certifi-cación de los productos, mediante ensayos iniciales o evaluación del sistema de calidad, seguida de una supervisión de muestras que indican la conformidad del producto frente a normas, que concluyen en la emisión de marcas y certificados de conformidad. Todo organismo de certificación de productos, si cumple con esta norma, se le presupone imparciali-dad, objetividad y fiabilidad en el control.

7 Relativos a la protección de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen de productos agrícolas y alimentarios.

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

El diseño gráfico que se utiliza como símbolo que identifica un producto con una marca se conoce como logotipo, y puede emplearse conjuntamente con la denominación de la marca.

La producción integrada en agricultura hace uso de logotipos que permiten avalar que sus productos cumplen unos requisitos de calidad y seguridad ali-mentaria, y los protege ante cualquier otro tipo de marcas que no garantizan cumplir estas exigencias.

La Orden APA/1/2004, de 9 de enero8 establece un logotipo de garantía nacional de producción integra-da, para aquellos productos que cumplen los requi-sitos de lo dispuesto en el Real Decreto 1201/2002.

El logotipo se inserta en el envase del producto, normalmente como etiqueta o estampilla, y siempre acompañado, en un lugar visible, de las normas téc-nicas específicas del cultivo. También puede utilizar-

se como distintivo en catálogos comerciales, correo electrónico, fax, membretes en la correspondencia, vehículos, etc.

El logotipo de la identificación de garantía nacio-nal de producción integrada está delimitado por un rectángulo cuyo fondo es de color azul degradado. Contiene una espiga con granos no simétricos a dos colores, dos rojos y uno naranja. Aparecen dos textos, uno de identificación de garantía con las pa-labras “PRODUCCIÓN INTEGRADA” encajado a la izquierda y un poco elevado. El otro texto con las palabras “REAL DECRETO 1201/2002-ESPAÑA” ali-neadas a la derecha y con menor importancia dentro del recuadro, hace reseña al reglamento que regula la producción integrada.

Se corresponde con el siguiente diseño en color, aunque también puede crearse en escala de grises:

7. Logotipo

8 Orden APA/1/2004, de 9 de enero, por la que se establece el logotipo de la identificación de garantía nacional de producción integrada, (BOE núm. 9 de 10 de enero de 2004).

Las Comunidades Autónomas que poseen logoti-po propio son: La Rioja, Navarra, Cataluña, Aragón, Galicia, Castilla y León, Extremadura, la Comunidad

Valenciana, Murcia y Andalucía (Mapa 1). Estas co-munidades pueden utilizar el logotipo nacional o el correspondiente a su comunidad autónoma.

Page 19: La producción integrada en agricultura

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por las Consejerías de Agricultura de cada Comunidad Autónoma correspondiente.

El distintivo de producción integrada andaluz siem-pre tendrá que convivir y respetar la normativa de uso del logotipo de la Junta de Andalucía. El ma-nual básico de identidad corporativa alojado en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca define el conjunto de elementos que componen la identidad visual del distintivo de garantía de produc-ción integrada de Andalucía.

Existen dos versiones del logotipo andaluz, la pri-mera es cromática, con cuatro tonos de verdes y uno de amarillo. La segunda versión es monocromática, donde la aplicación del distintivo va a una sola tinta, el negro, en diferentes tonalidades de grises desde más oscuro a más claro.

Mapa 1. Logotipos existentes de producción integrada por comunidades autónomas. Febrero, 2009

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

A nivel nacional sigue estando vigente el Real Decreto 1201/2002 de 20 de noviembre, que regula la produc-ción integrada junto con otras normas e identificaciones de garantía de ámbito autonómico (las propias de las comunidades autónomas) o de carácter privado (em-presas que quieran hacer sus propias identificaciones de garantía y normas de producción integrada).

Son trece las comunidades autónomas que tienen desarrolladas normas técnicas específicas para cul-tivos y sólo cinco de ellas poseen normativa para in-

dustrias agroalimentarias. Andalucía, Cataluña, Cas-tilla y León, Murcia, Navarra y La Rioja, tienen más del 70% de toda la normativa específica de cultivos de producción integrada.

En el Cuadro 10 se puede apreciar cómo la Comuni-dad de Andalucía, con 29 normas técnicas específi-cas para cultivos e industrias agroalimentarias, es la segunda, tras la Comunidad de Cataluña que posee 46 normas. Sin embargo, Andalucía ocupa el primer puesto en cuanto a las normas técnicas específicas de industrias, con el 41,16% del total nacional.

8. La producción integrada en la actualidad

Cuadro 10. Normas técnicas específicas de cultivos e industrias agroalimentarias. España, 2008

Comunidad autónoma Núm. de normas técnicas específicas de cultivosNúm. de normas técnicas específicas de

industrias agroalimentarias

Andalucía 24 5

Aragón 10 0

Extremadura 9 2

Comunidad Valenciana 3 0

Cataluña 44 2

Murcia 21 0

Castilla y León 16 0

Navarra 15 2

La Rioja 13 1

Galicia 6 0

País Vasco 9 0

Baleares 6 0

Canarias 4 0

Total 180 12

Nota: En la encuesta del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino aparecen 23 normas técnicas para Andalucía. En octubre de 2008 se aprueba una nueva normativa específica para el tomate de industria, BOJA núm. 203 de 10 de noviembre de 2008, con lo que suman 24 normas técnicas.Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Octubre de 2008.

En el Cuadro 11 se recogen los cultivos que en el conjunto de España tienen un marco legisla-tivo específico de producción integrada en cada comunidad autónoma. En Andalucía destacan las normas dedicadas a hortalizas como la be-renjena, el calabacín, las judías verdes, etc., más

desarrolladas en provincias como Almería, hasta la de cereales, como el cultivo del arroz, que se concentra casi en su totalidad en la provincia de Sevilla. Mencionar también las normas dedicadas a industria del aceite de oliva, y obtención y ela-boración de vinos.

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País

Vasc

o

C. V

alen

ciana

Acelga

Ajo

Alcachofa

Apio

Berenjena

Bróculi

Calabacín

Calcot

Cebolla

Champiñón

Chirivía

Col

Coliflor

Escarola

Espárrago blanco

Espinaca

Fresas

Guisante

Haba

Hinojo

Judía verde

Lechuga

Lechuga cogollo

Liliácea

Melón

Patata

Pepinillo

Pepino

Perejil

Pimiento

Pimiento para pimentón

Puerro

Rábano

Romanesco

Sandía

Cuadro 11. Productos contemplados en el marco legislativo de la producción integrada de las comunidades autónomas. España, 2007

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País

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alen

ciana

Tomate

Tomate de industria

Zanahoria

Cítricos

Cerezo

Ciruelo

Melocotón

Nectarina

Frutales de hueso sin especificar

Kiwi

Manzano

Peral

Frutales de pepita sin especificar

Almendro

Avellana

Nogal

Frutos secos

Arroz

Cereales de verano

Cereales de invierno

Cereales de invierno alimen-tación humana

Maíz dulce

Alubia

Garbanzo

Lenteja

Vid

Olivar

Alfalfa

Algodón

Plátano

Remolacha azucarera

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Galic

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La R

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Mur

cia

Nava

rra

País

Vasc

o

C. V

alen

ciana

Remolacha de mesa

Setas

Pollo

Vacuno de leche

Aceite de oliva

Aceituna de mesa

Conservas vegetales

Fruta seca elaborada

Frutas y hortali-zas para centrales hortofrutícolas

Elaboración de arroz

Obtención y elaboración de vinos

Productos hortofrutícolas elaborados en fresco

Tomate de indus-tria transformado

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Octubre 2008.

Según la encuesta de enero de 2008 realizada por la Dirección General de Agricultura perteneciente al Mi-nisterio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, España cuenta con 461.841 hectáreas dedicadas a la producción integrada en ese mismo año, representan-do dicha cifra el 1,86% de la SAU9 española frente al 3,72% ocupada por la agricultura ecológica.

Andalucía destaca en importancia, como puede apre-ciarse en el siguiente Cuadro 12, con el 63,17% de la superficie de producción integrada, seguida de Aragón y Extremadura con un 14,61% y un 5,77%, respectiva-

mente. Las Islas Canarias y las Islas Baleares no po-seen superficie destinada a este sistema de producción, aunque sí disponen de una normativa reguladora.

En cuanto al número de agricultores/operadores, en España existen 44.768 acogidos a producción integrada, teniendo el mismo orden de importancia que el descrito en la superficie, donde Andalucía posee el 71,51% nacional, seguido de Aragón y Ex-tremadura, que a pesar de tener bastante superfi-cie, no superan el 7,53% y el 6,85% de agricultores/operadores, respectivamente.

9 La Superficie Agrícola Útil en España en 2005 fue de 24.855.130 ha. Fuente: Instituto Nacional de Estadística.

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Cuadro 12. Superficie y agricultores/operadores en producción integrada. España, 200710

Comunidad autónoma Superficie (ha) %Núm. Agricultores/

Operadores %

Andalucía 291.756 63,17 32.014 71,51

Aragón 67.497 14,61 3.373 7,53

Baleares 0 0,00 0 0,00

Canarias 0 0,00 0 0,00

Castilla y León 4.497 0,97 534 1,19

Cataluña 19.753 4,28 1.500 3,35

Extremadura 34.600 7,49 3.067 6,85

Galicia 534 0,12 138 0,31

La Rioja 1.620 0,35 316 0,71

Murcia 11.400 2,47 556 1,24

Navarra 3.431 0,74 745 1,66

País Vasco 123 0,03 94 0,21

Comunidad Valenciana

26.631 5,77 2.431 5,43

Total 461.840 100,00 44.768 100,00

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

La cantidad de cultivos leñosos, como se puede ob-servar en el Gráfico 1, ocupa más del 60% del total de las hectáreas acogidas bajo el sistema de produc-ción integrada. Ésto puede deberse a que estos tipos

de cultivos son más fáciles en su manejo agronó-mico, presentan mayor capacidad de resistencia a las plagas y suelen ser cultivos más extensivos, con menos labores preparatorias y de conservación.

10 Sólo se dispone de datos de 2008 de Andalucía, por lo que para poder comparar porcentajes se ha optado por poner los datos existentes de todas las comunidades españolas en 2007.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Los cultivos acogidos a la producción integrada en Es-paña ya son muy numerosos y crecen de forma cons-tante en los últimos años. El más destacado en el año 2007 es el olivar con 199.381,40 ha, representando el 43,18% de este tipo de agricultura. En segundo lugar

se sitúan los cereales con 99.688 ha, de los que el 48,05% corresponden al cultivo del arroz. Los cultivos anteriores, junto a las 51.484,51 ha de algodón, repre-sentan más de las tres cuartas partes de la superficie nacional destinada a producción integrada (Gráfico 2).

Andalucía con 329.118 ha en 2008, es la primera co-munidad autónoma en el desarrollo de este siste-ma productivo. Como se aprecia en el Gráfico 3, en el periodo de 2004 a 2008, y en coherencia con la

creciente demanda de los mercados, Andalucía ha duplicado su superficie destinada a producción inte-grada, con un incremento interanual del 21,15%.

Nota: Se incluyen todos los cereales excepto el arroz, por tratarse de un cultivo destacado en cuanto a superficie.Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, 2008.

Por provincias en superficie de producción integrada destacan Sevilla con 115.406,29 ha y Granada con

63.295,45 ha, obteniendo ambas el 54,29% del total de Andalucía para 2008. Huelva y Almería son las

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

provincias más discretas en cuanto a superficie, de-bido a que tienen cultivos intensivos pertenecientes

Por cultivos en Andalucía destacan Sevilla y Gra-nada con más del 50% del olivar de producción integrada, los hortícolas en Almería con 11.301,65 ha (el 96,78% del total), y la remolacha y el arroz nuevamente en la provincia sevillana con 6.499,07 ha y 10.359,54 ha, respectivamente. La uva para vinificación destaca en Cádiz y la fre-

sa en Huelva, ocupando el 80,66% y el 98,51%, respectivamente.

Tal como muestra el Gráfico 5, por sectores destacan el olivar con 232.706,54 ha, el algodón con 44.480,09 ha y el arroz con 12.097,68 ha, ocupando entre los tres cultivos el 87,89% del total de la superficie desti-nada a este tipo de producción en Andalucía.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.

En relación al ámbito nacional, en Andalucía se encuentra la totalidad de la superficie de cultivo de producción integrada de la remolacha azuca-rera, el algodón y la fresa. También posee porcen-

tajes muy importantes de otros cultivos, como el olivar con el 97,20%, así como las hortalizas y el arroz con un 41,11% y un 33,87%, respectivamente (Cuadro 13).

a explotaciones más reducidas, como son las horta-lizas, incluido el cultivo de la fresa (Gráfico 4).

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

Cuadro 13. Comparativa de la distribución de la superficie según tipo de cultivo de producción integrada. España-Andalucía, 2007

Cultivo Superficie de España (ha) Superficie de Andalucía (ha) %

Algodón 51.484,51 51.484,51 100,00

Arroz 47.902,72 16.223,44 33,87

Cítricos 13.007,00 1.293,30 9,94

Fresa 3.836,33 3.836,33 100,00

Frutales de hueso 27.022,69 835,69 3,09

Frutales de pepita 12.376,30 0,00 0,00

Frutos secos 746,53 0,00 0,00

Hortalizas 14.998,00 6.164,95 41,11

Olivar 199.381,40 193.796,00 97,20

Remolacha azucarera 12.093,17 12.093,17 100,00

Vid 25.946,65 4.817,49 18,57

Nota: En la agrupación de hortalizas no se incluye el cultivo de la fresa, por tratarse de un cultivo destacado en cuanto a su superficie.Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

A continuación se exponen los cultivos más impor-tantes en Andalucía, señalándose los puntos más destacados de su explotación dentro del sistema de

8.1. Principales cultivos de producción integrada en Andalucía

producción integrada, así como una introducción a los inicios en nuestra Comunidad Autónoma en cuanto a su regularización y normalización.

Olivar

Actualmente no existe una normativa específica so-bre producción integrada en el olivar a nivel nacio-nal ni europeo, siendo desarrollada dicha normativa por las comunidades autónomas.

El primer reglamento específico en Andalucía que regulariza las prácticas agronómicas del cultivo del olivar se publica en agosto de 199711, pero teniendo en cuenta que este tipo de reglamentos específicos

no tiene carácter permanente y que deben modifi-carse cuando los avances técnicos lo aconsejen, cin-co años más tarde, concretamente en julio de 200212 la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía publica otro reglamento que lo actualiza.

Posteriormente se aprueban dos reglamentos más, uno para industrias de obtención de aceite de oliva13 y otro para las industrias de obtención

11 Orden de 12 de agosto de 1997, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar, (BOJA núm. 100, de 28 de agosto de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).12 Orden de 18 de julio de 2002, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar, (BOJA núm. 88, de 27 de julio de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).13 Orden de 24 de octubre de 2003, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de obtención de aceite de oliva, (BOJA núm. 213, de 5 de noviembre de 2003, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).

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TEMAS DE ACTUALIDAD AGRARIA 2009

La producción integrada en agricultura

de aceituna de mesa14, completando de esta for-ma la normativa necesaria para abarcar todo el proceso productivo relacionado con el aceite de oliva y la aceituna de mesa, desde la producción de la aceituna en el campo hasta su posterior ela-boración y manipulación.

Por último, en 200815, se publica un nuevo regla-mento de producción integrada del olivar que dero-ga al anterior y es el que actualmente está en vigor, regulando la producción integrada del olivar en An-

dalucía, mediante la estructuración de las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas, en aspec-tos generales y otros propios del cultivo, así como la gestión de residuos y la protección medioambiental. La superficie máxima de control por parte de los servi-cios técnicos competentes se establece en 2.500 ha.

Como se observa en el Gráfico 6, la superficie de cul-tivo del olivar bajo el sistema de producción integrada en Andalucía se cifra en 232.706,54 ha, experimentado un crecimiento del 44,04% en los últimos tres años.

14 Orden de 16 de junio de 2004, por la que se aprueba el Reglamento específico de producción integrada de Andalucía para industrias de obtención de aceituna de mesa, (BOJA núm. 123, de 24 de junio de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).15 Orden de 15 de abril de 2008, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar. Deroga a Orden de 18 de julio de 2002, (BOJA núm. 83, de 25 de abril de 2008, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).16 Orden de 27 de noviembre de 2002, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, (BOJA núm. 146, de 12 de diciembre de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).17 Orden de 25 de octubre de 2006, por la que se modifica la de 27 de noviembre de 2002, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón (BOJA núm. 146, de 12.12.2002), (BOJA núm. 218, de 10 de noviembre de 2006, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).

Fuente: Elaboración propia a partir de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca. Junta de Andalucía.

Algodón

Desde 200216 existe una primera reglamentación para el algodón en producción integrada en Andalucía. Actualmente y dado que conforme se va avanzando en el cultivo y en las técnicas a desarrollar en éste, así como el cambio de determinadas materias activas en

fitosanitarios, control de plagas, etc., se procede a su modificación mediante la publicación de una nueva Orden en octubre de 200617, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Algodón, quedando actualmente en vigor.

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Según ésta, las agrupaciones de producción integra-da quedarán recogidas por no más de 35 parcelas y/o 300 hectáreas de extensión, para facilitar el manejo de un técnico a la hora de satisfacer las especificacio-nes de dicha Orden, teniendo en cuenta no sólo las condiciones agronómicas, sino también el respeto al medioambiente y los riesgos laborales. Al igual que

en otros reglamentos específicos, se recogen una se-rie de prácticas agronómicas prohibidas, obligadas y recomendadas para el manejo del cultivo.

En el año 2008 en Andalucía existen 44.480,09 ha dedicadas al cultivo del algodón, una superficie que ha ido decreciendo, debido al desacoplamiento de las ayudas de la PAC en este sector.

Arroz

El primer reglamento específico de producción inte-grada de arroz en la Comunidad Autónoma de Anda-lucía fue aprobado mediante Orden de 12 de agosto de 199718. Ésta fue derogada en el año 200019, que establecía un nuevo reglamento para dicho cultivo en el que recogían los nuevos avances técnicos. Poste-riormente, en 200120, la Consejería de Agricultura y Pesca, en colaboración con la Federación de Arroce-ros de Sevilla (FAS), dictó unas nuevas normas para el control integrado, fruto de la experiencia acumulada durante los últimos años de producción integrada.

En el caso del cultivo del arroz y según esta última Orden, las Agrupaciones de Producción Integrada (APIs) quedan constituidas por 600 hectáreas como máximo.

En Andalucía se han ido practicando restricciones importantes de agua desde el año 2006, debido a la sequía sufrida en esta Comunidad Autónoma, lo que está provocando una importante reducción de la su-perficie de siembra de arroz, siendo de hasta un 50% en los años 2007 y 2008. En Andalucía se encuentra el 33,86% de la superficie nacional destinada al arroz de producción integrada en 2007, con 13.585,47 ha en Sevilla y 2.365 ha en Cádiz, reduciéndose en esta última provincia un 25,24% en 2008 debido, como se ha mencionado, a las restricciones de agua.

En España las Comunidades andaluza y extremeña, tienen el 80% del total de la superficie nacional des-tinada al cultivo del arroz en producción integrada, tal como puede observarse en el Gráfico 7.

18 Orden de 12 de agosto de 1997, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Arroz, (BOJA núm. 100, de 28 de agosto de 1997, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).19 Orden de 18 de abril de 2000, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Arroz, BOJA núm. 57, de 16 de mayo de 2000, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).20 Orden de 8 de junio de 2001, por la que se modifica el Reglamento Específico de Producción Integrada de Arroz, aprobado mediante Orden de 18 de abril de 2000, (BOJA núm. 74, de 30 de junio de 2001, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).

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En cuanto a la normativa de industrias de trans-formación, hasta que no se publicó en 200521 una a tal efecto, el arroz producido mediante méto-dos de producción respetuosos con el medio ambiente se vendía a granel y se mezclaba con otros arroces no elaborados de la misma forma. Se comercializaba como arroz convencional, con

Fuente: Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

lo que se producía pérdida del valor del produc-to bajo el sistema integrado. De esta forma, una vez que se instalan las prácticas de producción integrada en las industrias para la manipulación y elaboración de arroz, se puede asegurar la tra-zabilidad del producto, desde el campo hasta la cesta de la compra.

Remolacha azucarera

El primer reglamento que se publicó en producción integrada para el cultivo de la remolacha otoñal fue en la Comunidad Andaluza en 2005, con la Orden de 22 de julio22. En este reglamento, la superficie máxima establecida para el cultivo de la remolacha azucarera en producción integrada es de 400 y 800 ha, en cultivo de riego y secano, respectivamente, con un máximo de 40 parcelas o Unidades Homo-géneas de Cultivo (UHC).

Andalucía cuenta con el 100% de la superficie dedi-cada a la producción integrada de remolacha azu-carera en España, distribuyéndose el 89,66% en la provincia de Sevilla y el 10,33% en Cádiz.

En 2008 la remolacha ha visto mermada en un 13,80% su superficie de cultivo, con 10.424,17 ha, aunque si bien es cierto que su tendencia en los últi-mos años ha sido la de aumentar.

21 Orden de 8 de noviembre de 2005, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de elaboración de arroz, (BOJA núm. 222, de 14 de noviembre de 2005, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).22 Orden de 22 de julio de 2005, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Remolacha Azucarera para siembra otoñal, (BOJA núm. 149, de 2 de agosto de 2005, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía).

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9. Un sistema para el desarrollo de las zonas rurales

La producción integrada en agricultura es un méto-do sostenible de producción, elaboración, transfor-mación y envasado que emplea los inputs de forma racional según unas normas establecidas, generan-do como resultado unos productos que se distin-guen por su calidad.

No obstante se puede afirmar que la producción in-tegrada va mucho más allá del mero hecho de ser un conjunto de reglas para producir en agricultura; es un completo sistema en el que diferentes acto-

res participan, interactúan y se benefician de todo el proceso, que comienza en el campo y finaliza en el paladar del consumidor, contribuyendo a generar actividad y empleo, y en suma, favoreciendo la per-manencia de la población en el medio rural.

Desde su implantación han sido diferentes compo-nentes los que se han ido creando alrededor de la producción integrada (Diagrama 3). La conjunción de todos ellos conforma el sistema, en el que parti-cipan las personas desde sus diferentes roles.

Se presenta una forma de hacer agricultura a camino entre la tradicional y la ecológica, que exige un tra-bajo continuo de observación y estudio por parte de investigadores, técnicos, agricultores y profesionales del sector, gracias al cual se generan nuevas técnicas más novedosas, que mejoran la consecución de los objetivos productivos, disminuyendo aplicaciones de fitosanitarios y a la vez reduciendo prácticas no es-

trictamente necesarias. Así, en función de las necesi-dades de asistencia técnica, de las ideas propuestas y de la problemática que va surgiendo a medida que se desarrolla el cultivo, cada cierto tiempo el legislador añade modificaciones a la normativa existente o bien se publica una nueva para un cultivo diferente, hasta plasmar todo ese conocimiento en las que se deno-minan “buenas prácticas agrícolas”.

Fuente: Elaboración propia.

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Aunque cada comunidad autónoma elabora su pro-pia legislación, no lo hace a espaldas del resto de comunidades, sino que este acerbo evoluciona al unísono y complementa a la normativa estatal.

Para llevar a la práctica los resultados de la investi-gación y las exigencias de la normativa, en definiti-va producir según las prácticas aceptadas, se hace necesaria la incorporación de técnicos agrícolas universitarios especializados en producción integra-da. Esta especialización puede hallarse en el mismo programa de créditos de la titulación universitaria o ser adquiridos posteriormente en un curso de post-grado, validados por la autoridad competente23 e

impartidos por la Administración Pública o por al-guna entidad reconocida.

La función principal del técnico es el asesoramiento al productor, visitar periódicamente la parcela para comprobar y monitorizar todo lo que se practique en ella agronómicamente y dar cuenta de todo ello mediante un informe que recoge el cuaderno de ex-plotación, creado para tal efecto.

La estimación de técnicos contratados como asesores de explotaciones en producción integrada en Anda-lucía para la superficie 329.118,36 ha, se sitúa en torno a los 400, destacando la provincia de Sevilla con el 47,92% seguido de Cádiz con el 14,68% (Gráfico 8).

Nota: El porcentaje estimado de técnicos en producción integrada de Almería no corresponde con los datos reales, ya que no se dispone de la relación de técnicos para este tipo de agrupación.Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

23 Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

En función del tipo de cultivo, la presencia de téc-nicos exigida por el reglamento técnico específico es variable. Así, el cultivo que requiere mayor con-tratación de técnicos especializados en función de

la superficie cultivada es el clavel, con un técnico por cada 10 ha de este cultivo; en el lado opuesto, se sitúa el olivar con un técnico por cada 2.500 ha (Cuadro 14).

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Cuadro 14. Superficie máxima para un técnico según el cultivo. Andalucía, 2008

Cultivo Superficie (ha) / técnico Cultivo Superficie (ha) / técnico

Olivar 2.500 Remolacha 60024

Cítricos 250 Fresa 100

Hortícolas25 - Clavel 10

Frutales Hueso 250 Uva Vinificación 300

Alfalfa 400 Patata 250

Algodón 300 Arroz 600

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía.

Se estima que, según la superficie destinada actual-mente a cada cultivo, se precisa mayor cantidad de técnicos para asesorar al productor de algodón,

(40,24% del total de técnicos contratados), seguido del olivar (25,27%), tal como se puede apreciar en el Gráfico 8.

Fuente: Elaboración propia.

24 El valor se encuentra entre 400-800 ha dependiendo de, si es secano o regadío, se toma la media al no especificarse el sistema de regadío del cultivo.25 No se dispone de datos para las hortalizas.

Las necesidades de mano de obra en el sector agra-rio andaluz están determinadas por la existencia de una diversidad de sistemas de gestión de las explo-taciones agrarias, el cultivo, y la zona geográfica en la que éste se desarrolle, al haber una gran variedad orográfica y climática en nuestro territorio.

Se ha realizado un estudio sobre la estimación de los jornales necesarios en base al tratamiento de datos facilitados por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. La información ofre-cida debe tratarse de forma orientativa al ser una es-timación de los jornales agrícolas, siendo seis horas y media de trabajo realizadas por un trabajador la equivalencia de un jornal.

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Se han seleccionado los cultivos más representati-vos en producción integrada de cada provincia en función de su superficie, exceptuando los corres-pondientes a las hortalizas, ya que no se dispone de la desagregación por cultivo de dicha agrupación. Se destacan a continuación las principales conclu-siones que se pueden extraer:

■ El cultivo del olivar se extiende por todo el terri-torio andaluz, con una superficie destinada a pro-ducción integrada de 232.707 ha en 2008, en la provincia granadina respecto a la mano de obra empleada, que registra cerca de 1.400.000 jorna-les estimados, produciéndose un incremento de un 23,50% con respecto al año precedente, segui-da de Sevilla con 900.500 jornales estimados.

■ La provincia onubense ofrece la cantidad de en torno a 2.170.000 jornales estimados en 2008 en el cultivo de la fresa, que es uno de los más im-portantes de producción integrada en esa provin-cia donde se concentra casi la totalidad andaluza de dicho cultivo, y que demanda más mano de obra junto a los hortícolas y el olivar.

■ A pesar de la reducción de la superficie en el cul-tivo de algodón en los últimos años, éste sigue generando una cantidad importante de empleo

agrario, estimándose una cifra superior a los 417.000 y 105.000 de jornales en Sevilla y Cádiz, respectivamente.

■ El cultivo de la remolacha en nuestra región, con 10.425 ha de producción integrada, origina entre Cádiz y Sevilla alrededor de 90.000 jornales es-timados, resaltando el incremento del 64,17% de la provincia gaditana respecto al año anterior.

■ El viñedo de vinificación en producción integra-da destaca en Cádiz y Huelva, con unos jornales estimados alrededor de los 60.000 y 13.000, respectivamente.

■ Destacar la provincia sevillana en referencia al cultivo del arroz, que aunque ha reducido su superficie en producción integrada sigue sien-do importante en cuanto al empleo que con-centra, situándose sus jornales estimados en mas de 66.000.

El equipo técnico que lleva a cabo las actividades de producción integrada ha de coordinarse mediante reuniones periódicas con otros grupos de técnicos, en las que ponen en común las técnicas aplicadas y abren debates de buenas prácticas, aplicando la técnica de la mejora continua (Diagrama 4).

Fuente: Elaboración propia.

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Para llevar a cabo sus funciones de planificación, control y asesoramiento a los operadores de pro-ducción integrada, los equipos técnicos emplean sistemas de información geográfica (SIG), saté-lites para la detección de condiciones climáticas más favorables y sistemas de alertas de pedrisco. Esto contribuye al surgimiento de empresas auxi-liares de desarrollo y mantenimiento del sector de las Tecnologías de la Información y Comuni-caciones (TICs).

De igual forma la producción integrada se expan-de a las industrias agroalimentarias en las zonas rurales, dado que el control del proceso productivo no finaliza en el campo, al existir para este tipo de agricultura normas de elaboración, transformación, manipulación y envasado de los productos obte-nidos en sus cultivos. La continua expansión de la producción integrada está favoreciendo por tanto el surgimiento de empleos en las pequeñas y media-nas empresas agroalimentarias.

La relación del sistema con la población rural es mu-tuamente beneficiosa; el primero se está nutriendo de la mano de obra que poco a poco está viéndose excluida de otras formas de agricultura más extensi-vas, y la segunda está encontrando nuevamente una solución de arraigo en el medio rural que le ofrece la perspectiva en cierta medida esperanzadora de te-ner en el campo su medio de vida.

La certificación de productos es otro de los compo-nentes del sistema de producción integrada. Como anteriormente se ha explicado, es necesario mos-trar al consumidor que la etiqueta de los envases garantiza que se han efectuado una serie de con-troles gracias a los cuales se tiene la seguridad de adquirir un producto de una mayor calidad, y en cuyo proceso de cultivo, recolección y envasado se han respetado unas estrictas normas de respeto al medioambiente.

Esta exigencia se puede llevar a cabo gracias a la especialización y dedicación de las empresas certifi-cadoras que se han estado creando en Andalucía.

Las entidades de certificación que actualmente tra-bajan en producción integrada en Andalucía son:

■ Agrocalidad del Sur S.L.

■ Agrocolor.

■ Certifood S.L.

■ Citagro S.A.

■ Acerta investigación y desarrollo S.A.

■ Applus Norcontrol, S.L.U.

■ Procert Iberia S.L.

■ SGS ICS Ibérica S.A.

■ Sococer S.A.

■ Promo Vert S.A.

Es el mercado, por último, un foco de atención esen-cial del sistema de producción integrada en el que la relación ha de fluir en ambas direcciones; conocien-do qué reclaman y valoran los consumidores, y sa-biéndoles mostrar las excelencias de los productos.

La producción integrada va a permitir mantener los productos agrícolas en el mercado al incorporar un modelo racional, sostenible y de alta calidad, que hace frente al reto de la competitividad y apertura a mercados cada vez más exigentes.

La Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía ha apostado por fomentar y promocionar la producción integrada mediante la campaña “Com-promiso Verde” y el lema “Bueno, buenísimo”, cuyo objetivo es divulgar las excelencias de un modelo de gestión comprometido con el entorno natural, e im-pulsar su desarrollo desde el sector como protago-nista, donde se benefician todos los actores implica-dos: desde el agricultor a la sociedad pasando por los mercados, los consumidores y la industria.

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10. Conclusiones

La agricultura andaluza, tras haberse visto influencia-da en las últimas décadas por el carácter compensa-torio de la Política Agrícola Común (PAC), tiene que asumir un mayor dinamismo al hallarse en la actua-lidad inmersa en un nuevo entorno que le plantea retos que ha de ser capaz de afrontar: han surgido nuevos competidores, que han evolucionado enor-memente en campos como la investigación, la intro-ducción de avances tecnológicos o la formación de los trabajadores; y han variado las exigencias de los consumidores, que reclaman productos alimenticios sin riesgos para la salud, de calidad para el paladar y respetuosos con el medio ambiente.

Nuestra agricultura debe intensificar sus esfuerzos por situarse a la altura de esos avances, debe bus-car una alta especialización, emplear al máximo técnicas de cultivo novedosas, con personas bien formadas, y desarrollando sistemas de producción rentables y capaces de competir en el mercado. El consumidor debe verse atraído, en definitiva, por nuestros productos.

En gran medida el sistema de producción integrada responde a esa necesidad. Tiene el gran valor de re-

cuperar para la agricultura la experiencia y el saber hacer de siempre, a la vez que introduce los avances técnicos y las mejoras que se obtienen con los re-sultados de la investigación. Está permitiendo ade-más, corregir los excesos producidos en las últimas décadas con la aplicación sin control de productos fitosanitarios, determinadas técnicas agresivas de la-boreo y sistemas de riego poco eficientes.

La producción integrada en definitiva aporta a nues-tra agricultura:

■ Una mayor rentabilidad, al aumentar la eficiencia productiva y disminuir la estructura de costes de producción.

■ Una mayor seguridad alimentaria y control en sus productos, y por tanto la diferenciación de éstos en el mercado.

■ La creación de empleos de futuro, al demandar per-files muy específicos y principalmente técnicos.

■ La sostenibilidad en la agricultura y un mayor respeto al medio ambiente.

■ Un mayor arraigo de la población al medio rural.