La justicia restaurativa en el marco de la justicia juvenil en Cataluña y España JOSE DAPENA

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La justicia La justicia restaurativa en el restaurativa en el marco de la justicia marco de la justicia juvenil en Cataluña y juvenil en Cataluña y España España CHILE: Noviembre de CHILE: Noviembre de 2008 2008

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La justicia restaurativa en el marco de la justicia juvenil en Cataluña y España Presentación del profesor José Dapena en el Seminario Internacional “Justicia Penal Juvenil: desafíos para la integración social” Academia Diplomática, Ex Palacio Edwards, Catedral 1183 – Santiago de Chile 10 y 11 de Noviembre de 2008

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La justicia restaurativa en La justicia restaurativa en el marco de la justicia el marco de la justicia juvenil en Cataluña y juvenil en Cataluña y

EspañaEspaña

CHILE: Noviembre de 2008CHILE: Noviembre de 2008

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ELEMENTOS DE ANÁLISISELEMENTOS DE ANÁLISIS

CONTEXTO INICIAL DE LA JUSTICIA DE MENORESCONTEXTO INICIAL DE LA JUSTICIA DE MENORES

EVOLUCIÓN DEL MARCO LEGALEVOLUCIÓN DEL MARCO LEGAL

CAMBIO DEL MODELO DE JUSTICIA DE MENORES / CAMBIO DEL MODELO DE JUSTICIA DE MENORES / JUVENILJUVENIL

CONTEXTO INICIAL DE LA MEDIACIÓNCONTEXTO INICIAL DE LA MEDIACIÓN

INFLUENCIA DE LAS EXPERIENCIAS A NIVEL INFLUENCIA DE LAS EXPERIENCIAS A NIVEL INTERNACIONALINTERNACIONAL

NUEVO MODELO DE JUSTICIA JUVENILNUEVO MODELO DE JUSTICIA JUVENIL

LA MEDIACIÓN Y LA REPARACIÓN EN EL NUEVO LA MEDIACIÓN Y LA REPARACIÓN EN EL NUEVO MODELOMODELO

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CONTEXTO INICIAL DE LA CONTEXTO INICIAL DE LA JUSTICIA DE MENORES: 1981-1992JUSTICIA DE MENORES: 1981-1992Un modelo protector correccionalista hasta 1992:

Ley de TTM DE 1948 Consejo Superior de Protección y Tutela de Menores Edad: 0 – 16 años Consideración del menor como dependiente, incapaz e

irresponsable La oscilación entre la protección y la educación correccional

disciplinaria La convicción de que los menores delincuentes o con conductas

irregulares, tienen que ser apartados de la sociedad y de que existexiste una solución institucional y rehabilitadora al problema

Separación de la sociedad y exclusión social Negación del carácter penal de la acción de justicia Abandono de los principios de legalidad, proporcionalidad y de las

garantías El juez, que no es necesario que sea de carrera, tiene plena

discrecionalidad

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EVOLUCIÓN DEL MARCO LEGALEVOLUCIÓN DEL MARCO LEGAL

1978 Constitución1978 Constitución 1981 Traspaso de competencias del Estado a la Generalitat 1981 Traspaso de competencias del Estado a la Generalitat

de Catalunya en materia de protección y tutela de menoresde Catalunya en materia de protección y tutela de menores 1985 Ley Orgánica del Poder Judicial1985 Ley Orgánica del Poder Judicial 1987 Modificación del Código Civil: separación de las 1987 Modificación del Código Civil: separación de las

competencias de protección y reformacompetencias de protección y reforma 1989 Incorporación de la primera promoción de jueces 1989 Incorporación de la primera promoción de jueces

especializados de menoresespecializados de menores 1990 Se inicia el programa de mediación y reparación1990 Se inicia el programa de mediación y reparación 1991 Sentencia del Tribunal Constitucional en relación a la 1991 Sentencia del Tribunal Constitucional en relación a la

Ley de TTMM de 1948Ley de TTMM de 1948 1985 Nuevo Código Penal1985 Nuevo Código Penal 1992 Ley 4/92 1992 Ley 4/92 sobre la reforma de la Ley reguladora de la sobre la reforma de la Ley reguladora de la

competencia y el procedimiento de los juzgados de menorescompetencia y el procedimiento de los juzgados de menores 2000 Ley de responsabilidad penal del menor2000 Ley de responsabilidad penal del menor

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CAMBIO DEL MODELO DE JUSTICIACAMBIO DEL MODELO DE JUSTICIA

De un modelo protector, correccionalista y sin garantías, a un modelo garantista, responsabilizador, educativo y restaurativo

De un modelo que limitaba su acción al internamiento, a un modelo en el que priman las medidas en la comunidad

De un modelo que centraba toda la acción en el menor infractor, a un modelo que incorpora a la víctima y potencia sus derechos

De un modelo en que los protagonistas son los profesionales en posesión de los conocimientos, a un modelo que potencia el protagonismo y la participación activa de las partes

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CONTEXTO INICIAL DE LA CONTEXTO INICIAL DE LA MEDIACIÓNMEDIACIÓN

Factores específicos en relación al programa de mediación y reparación: 1990-1992 (1200 casos)

Ausencia de una base legal Plena discrecionalidad de los jueces de menores Consenso jueces de menores Recomendación 87(20) del Consejo de Europa Primeros contactos con experiencias alemanas Mientras Ley de TTM DE 1948 no considera al menor

responsable, en la mediación es un factor determinante Críticas a la falta de garantías para impulsar la

mediación El modelo vigente centraba su atención en la

reeducación y el tratamiento

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CONTEXTO INICIAL DE LA CONTEXTO INICIAL DE LA MEDIACIÓNMEDIACIÓN

Factores específicos en relación al programa de mediación y reparación: 1990-1992 (1200)

Ausencia total de la víctima en la justicia de menores Desconocimiento de la víctima Ausencia del concepto de conflicto Experiencia limitada a la intervención con el menor Falta de una cultura de mediación y menos de justicia

restaurativa Falta de formación como mediadores Situación favorable al principio de intervención penal

mínima, desjudialización/derivación La reparación a la víctima como forma de

responsabilización del menor Desequilibrio entre el menor y la víctima

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Conocimiento previo muy limitado Conocimiento previo muy limitado de mediación/restauraciónde mediación/restauración

Informaciones muy limitadas de las primeras experiencias de Informaciones muy limitadas de las primeras experiencias de Canadá (Ontario) promovidas por agentes de la provation (Canadá (Ontario) promovidas por agentes de la provation (Mark Mark YantziYantzi))

Indiana, EUA, en 1978 (Indiana, EUA, en 1978 (Mark UmbreitMark Umbreit) Centre for Restorative ) Centre for Restorative Justice and PeacemakingJustice and Peacemaking

La recuperación de las tradiciones ancestrales procedentes de La recuperación de las tradiciones ancestrales procedentes de los grupos de las primeras naciones : los grupos de las primeras naciones : Los Cercles de pazLos Cercles de paz

Las experiencias de Nueva Zelanda y Australia:Las experiencias de Nueva Zelanda y Australia: Family Group ConferencingFamily Group Conferencing Conferencing – scriptConferencing – script

Difusión de las ideas en Europa e inicio de las primeras Difusión de las ideas en Europa e inicio de las primeras experiencias a partir de 1980-85experiencias a partir de 1980-85

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Primeras experiencias en EuropaPrimeras experiencias en Europa

Influencia de las ideas de:Influencia de las ideas de: Nils ChristieNils Christie, Conflicts as Property: Espropiación del conflicto a las partes , Conflicts as Property: Espropiación del conflicto a las partes

Las primeras ideas y experiencias procedentes de Canadá y de EUALas primeras ideas y experiencias procedentes de Canadá y de EUA

Noruega, 1981 inicia el desarrollo del Servicio de mediación y Reparación:Noruega, 1981 inicia el desarrollo del Servicio de mediación y Reparación: Un programa dirigido a jóvenes delincuentes, sus familias y la Un programa dirigido a jóvenes delincuentes, sus familias y la

comunidadcomunidad Alternativa al procedimientoAlternativa al procedimiento De carácter municipal en colaboración con el sistema de justicia: Juntas De carácter municipal en colaboración con el sistema de justicia: Juntas

de Mediación Municipalde Mediación Municipal

Finlandia 1983, desarrolla un primer programa piloto en la ciudad de VantaaFinlandia 1983, desarrolla un primer programa piloto en la ciudad de Vantaa

A partir de 1983 -85, se desarrollan de forma progresiva experiencias en A partir de 1983 -85, se desarrollan de forma progresiva experiencias en Alemania, Austria, Bélgica, Inglaterra, etc.Alemania, Austria, Bélgica, Inglaterra, etc.

En España, se inicia en Cataluña, en el ámbito de la justicia juvenil en 1990En España, se inicia en Cataluña, en el ámbito de la justicia juvenil en 1990

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NUEVO MODELO DE JUSTICIANUEVO MODELO DE JUSTICIAJUVENILJUVENIL

La Ley provisional 4/92, de 5 junio, contribuyó a definir el marco:

Establece garantías procesales Incorporación del concepto de responsabilidad Contribuye a incorporación de los principios de intervención mínima,

oportunidad, transitoriedad, individualización y adecuación La Ley 4/92 incorpora el principio de oportunidad y la reparación a la

víctima Se extiende la mediación y la reparación a otras comunidades del

Estado Establece como preceptivo el asesoramiento técnico a jueces y fiscales Potencia la participación activa del infractor y la víctima en la solución

del conflicto Prioriza las medidas que permiten mantener al menor en su entorno

familiar y social Cobran un fuerte impulso la aplicación de la LV y los SBC Potencia la idea de que el internamiento tiene que ser la última

respuesta

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LA MEDIACIÓN EN EL MODELO LA MEDIACIÓN EN EL MODELO DE JUSTICIA EN CATALUÑADE JUSTICIA EN CATALUÑA

En relación al menor considera que:

La respuesta sancionadora no es la única posibilidad para abordar:

Su situación El conflicto Disuadirle de una dinámica delincuencial Potenciar la reflexión y la responsabilidad sobre sus actos Poner límites a las actuaciones La aceptación de la norma Estimular un cambio de conducta Incrementar su autonomía y competencia personal

El proceso de mediación y reparación es una oportunidad que aporta muchos elementos para incidir en dichos factores

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LA MEDIACIÓN EN EL NUEVO LA MEDIACIÓN EN EL NUEVO MODELO DE JUSTICIA EN CATALUÑAMODELO DE JUSTICIA EN CATALUÑAEn relación a la víctima considera que:

Tiene que ser considerada y atendida Se tienen que respetar sus derechos Sus intereses pueden ser compatibles con los del menor La defensa de sus derechos no se tienen que limitar al

marco del procedimiento formal La respuesta sancionadora al infractor no es la única

satisfactoria para la víctima La participación en la mediación es una oportunidad que

puede ser útil para sus intereses La reparación/restauración tiene un significado más

amplio que la responsabilidad civil La mediación y la reparación pueden contribuir a que

supere la victimización

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MARCO LEGAL ACTUAL EN MARCO LEGAL ACTUAL EN ESPAÑAESPAÑA

La actual Ley Orgánica 5/2000 de RPM Menores de 14 a 18 años Supremo interés del menor El interés de la víctima Otorga la iniciativa procesal al MF Principio de oportunidad reglado Establece como alternativa al procedimiento y

como complemento la conciliación y reparación El asesoramiento técnico es preceptivo Asigna la función asesora y de mediación al

equipo técnico Establece un amplio catálogo de medidas,

priorizando las que mantienen al menor en la comunidad

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La conciliación y la reparación La conciliación y la reparación en la Ley Orgánica 5/2000en la Ley Orgánica 5/2000

Dos posibilidades:

Los artículos 19 y 27 como forma de promover el desistimiento por el MF: Es aplicable en faltas y delitos menos graves sin grave violencia o intimidación

El artículo 51 permite dejar sin efecto la medida impuesta: Se puede aplicar en todo tipo de delitos

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Procedimiento en España para la Procedimiento en España para la mediación y reparaciónmediación y reparación

Articulo 19:Articulo 19: Se promueve a iniciativa del MFSe promueve a iniciativa del MF El MF pide al ET que elabore informe técnico o valore la El MF pide al ET que elabore informe técnico o valore la

viabilidad de la mediación, indicando la posibilidad o no de viabilidad de la mediación, indicando la posibilidad o no de desistimientodesistimiento

El ET formado por psicólogos, trabajadores sociales y El ET formado por psicólogos, trabajadores sociales y mediadores cita:mediadores cita:

al menor y a sus padresal menor y a sus padres al abogado defensor del menoral abogado defensor del menor

El mediador del ET valora la viabilidad de la mediación, El mediador del ET valora la viabilidad de la mediación, conduce el proceso e informa al MF del resultado:conduce el proceso e informa al MF del resultado:

Resultado positivo: el MF insta el sobreseimientoResultado positivo: el MF insta el sobreseimientoResultado negativo: el MF continua el procedimientoResultado negativo: el MF continua el procedimiento

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Procedimiento en España para la Procedimiento en España para la mediación y reparaciónmediación y reparación

El artículo 51 permite al Juez de Menores: dejar sin efecto la medida impuesta sustituirla por otra

El Juez de Menores tiene que valorar: que efectivamente se haya producido la

conciliación y/o la reparación que el tiempo transcurrido de ejecución de la

medida exprese el rechazo social por los hechos

A iniciativa puede partir del MF, del ET, del JM, de la defensa

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Definiciones de mediaciónDefiniciones de mediación

La ley 5/2000, LORPMLa ley 5/2000, LORPM, no define la mediación ni la , no define la mediación ni la restauración, define la conciliación y la reparación:restauración, define la conciliación y la reparación:

““Se entiende por producida la Se entiende por producida la conciliación, conciliación, cuando el cuando el menor reconoce el daño causado y se disculpa ante la menor reconoce el daño causado y se disculpa ante la víctima y ésta acepta sus disculpas”víctima y ésta acepta sus disculpas”

““Se entiende por Se entiende por reparación,reparación, el compromiso asumido por el compromiso asumido por el menor con la víctima o el perjudicado de llevar a término el menor con la víctima o el perjudicado de llevar a término determinadas acciones en su beneficio o el de la determinadas acciones en su beneficio o el de la comunidad, seguido de su realización efectiva de dichas comunidad, seguido de su realización efectiva de dichas acciones”acciones”

““Corresponde al equipo técnico realizar las Corresponde al equipo técnico realizar las funciones de funciones de mediaciónmediación entre el menor y la víctima o perjudicado entre el menor y la víctima o perjudicado””

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REPARACIÓN / MEDIACIÓN / REPARACIÓN / MEDIACIÓN / RESTAURACIÓNRESTAURACIÓN

Hay cierta dificultad conceptual para delimitar Hay cierta dificultad conceptual para delimitar entre:entre:

la reparación como objetivo y como contenido la reparación como objetivo y como contenido concreto que establecen los CPsconcreto que establecen los CPs

la mediación como procesola mediación como proceso y la restauración que se propone englobar el y la restauración que se propone englobar el

proceso y la reparación desde una proceso y la reparación desde una perspectiva más amplia perspectiva más amplia

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Definiciones de mediación / Definiciones de mediación / restauraciónrestauración

Recomendación núm. R(99)19 del Consejo de Recomendación núm. R(99)19 del Consejo de Europa:Europa:““Todo proceso que permite a la víctima y al Todo proceso que permite a la víctima y al delincuente participar activamente, si libremente lo delincuente participar activamente, si libremente lo consienten, en la solución de las dificultades del delito, consienten, en la solución de las dificultades del delito, con la ayuda de un tercero independiente”con la ayuda de un tercero independiente”

Decisión Marco (2001/220/JAI) del Consejo de Decisión Marco (2001/220/JAI) del Consejo de Europa, relativa a la víctima del delito:Europa, relativa a la víctima del delito:““La búsqueda antes o durante el proceso penal de una La búsqueda antes o durante el proceso penal de una solución negociada entre la víctima y el autor de la solución negociada entre la víctima y el autor de la infracción en la cual interviene como mediador una infracción en la cual interviene como mediador una persona competente”persona competente”

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Delitos / conflictos Delitos / conflictos en los que se mediaen los que se media

Conflictos en los que hay una relación entre las Conflictos en los que hay una relación entre las partes previa al delitopartes previa al delito: en los ámbitos familiar, vecinal, : en los ámbitos familiar, vecinal, laboral, escolar, de relación entre iguales. Relacionados laboral, escolar, de relación entre iguales. Relacionados con de delitos de lesiones, amenazas, agresiones, con de delitos de lesiones, amenazas, agresiones, insultos, hurtos y robos, etc. insultos, hurtos y robos, etc. El conflicto tiene una El conflicto tiene una perspectiva más amplia que la definida por el delito.perspectiva más amplia que la definida por el delito.

Conflictos en los que no hay una relación previa al Conflictos en los que no hay una relación previa al delitodelito, pero hay una situación de proximidad en el , pero hay una situación de proximidad en el entorno. entorno. El conflicto está más delimitado por las El conflicto está más delimitado por las vivencias y las consecuencias derivadas del delitovivencias y las consecuencias derivadas del delito. . Están asociados a delitos y faltas de hurto, robo, con Están asociados a delitos y faltas de hurto, robo, con fuerza, robo con intimidación, lesiones, etc.fuerza, robo con intimidación, lesiones, etc.

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Delitos / conflictos Delitos / conflictos en los que se mediaen los que se media

Conflictos en los que Conflictos en los que la víctima o la víctima o perjudicadoperjudicado es una persona jurídicaes una persona jurídica de de tipo muy diverso. En este caso se trata de tipo muy diverso. En este caso se trata de delitos y faltas de hurto, daños, amenazas y delitos y faltas de hurto, daños, amenazas y ocasionalmente lesiones.ocasionalmente lesiones.

Conflictos derivados de hechos delictivos en Conflictos derivados de hechos delictivos en los que los que no hay una víctima concretano hay una víctima concreta y la y la comunidad, en general, aparece como comunidad, en general, aparece como referente. Delitos contra la salud pública, referente. Delitos contra la salud pública, falsedad documental, transito, etc.falsedad documental, transito, etc.

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DISTRIBUCIÓN DE LAS DISTRIBUCIÓN DE LAS SANCIONES: CATALUÑASANCIONES: CATALUÑA

Mediación reparación:Mediación reparación: 30%30%

Medidas en la comunidad:Medidas en la comunidad: 60%60%

Libertad vigiladaLibertad vigilada 60%60% SBCSBC 28%28% Tareas socio-educativasTareas socio-educativas 5% 5% Per. fin semana domicilioPer. fin semana domicilio 4% 4% OtrasOtras 3% 3%

InternamientoInternamiento 10%10%

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DISTRIBUCIÓN DE LAS DISTRIBUCIÓN DE LAS SANCIONES: ESPAÑASANCIONES: ESPAÑA

España está organizada política y territorialmente en 17 España está organizada política y territorialmente en 17 comunidades autónomas con gobierno propiocomunidades autónomas con gobierno propio

Ello implica cierta dificultad en la obtención de datos con Ello implica cierta dificultad en la obtención de datos con criterios homogéneoscriterios homogéneos

Según los datos del Instituto Nacional de Estadística las Según los datos del Instituto Nacional de Estadística las sanciones aplicadas son:sanciones aplicadas son:

Mediación:Mediación:

No constan datos en el INENo constan datos en el INE

De los intercambios profesionales se constata queDe los intercambios profesionales se constata que :: Básicamente se aplica en 5 comunidades: País Vasco, Básicamente se aplica en 5 comunidades: País Vasco,

Aragón, Madrid, Andalucía y CataluñaAragón, Madrid, Andalucía y Cataluña La incidencia o impacto en el sistema es desigual: entre La incidencia o impacto en el sistema es desigual: entre

el 3% y el 35%el 3% y el 35%

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DISTRIBUCIÓN DE LAS DISTRIBUCIÓN DE LAS SANCIONES: ESPAÑASANCIONES: ESPAÑA

Sanciones en la comunidad:Sanciones en la comunidad:

Libertad vigilada: Libertad vigilada: entre el 28% y el 39%entre el 28% y el 39%

PSC: PSC: 19% y el 44% 19% y el 44%

TSE: TSE: 3% y el 17% 3% y el 17%

PFSD: PFSD: 4% y el 24% 4% y el 24%

Internamiento:Internamiento: 10 y el 25% 10 y el 25%

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Reflexión aplicación sancionesReflexión aplicación sanciones

Dado que no se observa una diferencia significativa en Dado que no se observa una diferencia significativa en la estructura de hechos delictivos cometidos, las la estructura de hechos delictivos cometidos, las sanciones y el intercambio de experiencias indican:sanciones y el intercambio de experiencias indican:

Que hay prioridades de política criminal diferentesQue hay prioridades de política criminal diferentes Que las prioridades de política criminal determina la Que las prioridades de política criminal determina la

aplicación de unas u otras sanciones y programasaplicación de unas u otras sanciones y programas Un nivel diferente de recursos destinados a los Un nivel diferente de recursos destinados a los

diferentes programasdiferentes programas Que el nivel de implantación de la perspectiva Que el nivel de implantación de la perspectiva

restaurativa es muy desigualrestaurativa es muy desigual Que hay ciertas diferencias en la idea del modelo de Que hay ciertas diferencias en la idea del modelo de

justicia juveniljusticia juvenil

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Muestra de 2.903 casos, en el año 2005

Reincidencia general: 22,73%

Reincidencia por programas: Mediación 12,7% Varias medio abierto 20,0% PBC 23,0% Amonestación 23,9% Libertad vigilada 31,9% Internamiento 62,8%

REINCIDENCIA JUSTICIA REINCIDENCIA JUSTICIA JUVENIL CATALUÑAJUVENIL CATALUÑA

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Tres fases generales

Primera fase:

Valoración de viabilidad de la mediación o de otra solución extrajudicial

Segunda fase:

Análisis del conflicto y preparación para el encuentro

Tercera fase:

Encuentro entre las partes

EL PROCESO DE MEDIACIÓNEL PROCESO DE MEDIACIÓN

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PARTICIPACIÓNPARTICIPACIÓN

La mediación requiere:

Interés y voluntariedad de la víctima y del infractor: Por respeto a sus derechos Por necesidad del propio proceso de mediación

La decisión de participación voluntaria necesita: Una buena información Una elección libre, sin presiones ni coacciones Un compromiso con la elección

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TERCERA FASETERCERA FASE

Encuentro entre las partes, con cuatro etapas diferenciadas:

Información, presentación y reglas de la mediación

Diferenciación

Unificación

Definición de soluciones y acuerdos

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ACUERDOSACUERDOS

Se definen teniendo como base que: Es una decisión de las partes Tienen que ser voluntarios y libremente

asumidos

Se definen considerando: Los intereses de la víctima Las posibilidades del menor infractor Las posibilidades de los padres o tutores del

menor

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ROL DEL MEDIDORROL DEL MEDIDOR

¿¿Quién es?

Un representante del ET Trabaja a demanda del Ministerio Fiscal Informa de forma general sobre el proceso

y su resultado al Ministerio Fiscal Mantiene confidencialidad sobre aquello

que las partes consideran confidencial

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ROL DEL MEDIADORROL DEL MEDIADOR

Funciones básicas:

El mediador es un elemento activo: informa, pregunta, observa, escucha y procura que las partes se escuchen

Reflexiona con las partes sobre el conflicto y dinamiza el proceso de mediación

Facilita la comunicación, el diálogo y la implicación de las partes

Trabaja para que las partes expresen y descubran los diferentes aspectos del conflicto

Facilita que pongan de manifiesto posiciones, intereses y necesidades

Ayuda a definir soluciones y a concretar acuerdos

Page 33: La justicia restaurativa en el marco de la justicia juvenil en Cataluña y España JOSE DAPENA

RESULTADO PROGRAMASRESULTADO PROGRAMAS

Programas finalizados 2007

Total programas 2.302

Positivamente 80% Negativamente 20%

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RESULTADO PROGRAMASRESULTADO PROGRAMAS

Tipología hechos delictivos:

Faltas 32%

Delitos de lesiones 18%

Delitos contra patrimonio 40%

Delitos contra personas 10%

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RESULTADO PROGRAMASRESULTADO PROGRAMAS

Tipo de programa:

Participación directa víctima 52%

Participación indirecta víctima 21%

Reparación económica 17%

Sin participación víctima 27%

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CONCLUSIONESCONCLUSIONES

Por la perspectiva de 17 años de aplicación y Por la perspectiva de 17 años de aplicación y por los intercambios con otras experiencias a por los intercambios con otras experiencias a nivel internacional considero que:nivel internacional considero que: La perspectiva restaurativa se han mostrado La perspectiva restaurativa se han mostrado

como una herramienta preventiva eficazcomo una herramienta preventiva eficaz Puede operar en las diferentes fases del Puede operar en las diferentes fases del procedimientoprocedimiento No invalida ni entra en contradicción con las No invalida ni entra en contradicción con las

sanciones formales y puede ser alternativa o sanciones formales y puede ser alternativa o complemento de éstascomplemento de éstas

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CONCLUSIONESCONCLUSIONES

Las investigaciones realizadas, orientadas a evaluar:Las investigaciones realizadas, orientadas a evaluar: el proceso y los resultados el proceso y los resultados la opinión de las víctimas, de los infractores y de los operadores la opinión de las víctimas, de los infractores y de los operadores

del sistema de justiciadel sistema de justicia

Muestran que todas las partes salen ganado:Muestran que todas las partes salen ganado: La justicia es percibida como más próxima por las víctimas, los La justicia es percibida como más próxima por las víctimas, los infractores y la comunidad y mejora su imagen socialinfractores y la comunidad y mejora su imagen social Es una buena forma de responsabilizar a los jóvenes y de Es una buena forma de responsabilizar a los jóvenes y de favorecer su integraciónfavorecer su integración La víctima se siente atendida, escuchada y reparada y se La víctima se siente atendida, escuchada y reparada y se favorece su recuperaciónfavorece su recuperación

Podemos afirmar que las víctimas se sienten menos víctimas, Podemos afirmar que las víctimas se sienten menos víctimas, los autores más responsables y menos delincuentes y, ambos los autores más responsables y menos delincuentes y, ambos y la comunidad, aprecian el valor del diálogo, la y la comunidad, aprecian el valor del diálogo, la responsabilidad y la reparaciónresponsabilidad y la reparación