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Suplemento de Diario El Oeste - Año 3 - N° 28 26 de mayo de 2014 C O M A R C A LA [email protected] Entre la fauna silvestre hay especies que requieren de una pro- tección absoluta, para su recuperación numérica, ya que en esta- do silvestre se encuentran en una delicada situación de conserva- ción. Por eso tiene una veda total y permanente. También está prohibida la caza de las especies que tienen un valor especial por su rol ecológico y ambiental, su valor turístico sobresaliente o por no tener valor cinegético. Entre ellas: * Ciervos andinos (pudú y huemul) * Cauquenes * Maras * Ñandú petiso * Cóndor andino * Aves rapaces * Lechuzas, flamencos * Peludos y piches * Aves marinas y costeras * Mamíferos marinos y costeros ¿Qué es y qué hace la Dirección de Fauna y Flora Silvestre del Chubut? La DFyFS es un organismo del Estado provincial creado para la administración y manejo de la fauna y flora silvestre que se encuentra en la provincia de Chubut. Sus misiones están dedica- das a la conservación, investigación, transferencia de tecnología, educación, extensión y uso sustentable de los recursos naturales. Para ello está organizada en diferentes áreas de trabajo dedicadas a dar soporte técnico-científico, para el manejo de diferentes es- pecies, y posee un cuerpo de inspectores para el control y fiscali- zación en el cumplimiento de las normas legales. ¿Qué son las especies protegidas y prohibida su caza? L a Fauna Silvestre son todas las especies de animales que vi- ven libres e independientes del hombre y, además, las que se encuentran en cautiverio y que en forma temporaria o permanente están dentro del territorio provincial, como así tam- bién las originariamente domésticas que por cualquier circuns- tancia vuelven a la vida salvaje. ¿Qué es la fauna silvestre? A los fines de la legislación vigente (Ley XI N° 10) y para todo el territorio provincial “considerase acto de caza a toda acción ejercida por el hombre, tendiente a acosar, capturar, transportar y perseguir, herir, apresar y/o matar anima- les silvestres y facilitando estas acciones a terceros. Se prohíbe la caza en toda la provincia de especies de Fauna Silvestre a ex- cepción de aquellas que autorice la Autoridad de Aplicación, la que podrá limitar la caza imponiendo períodos conforme a las distintas especies, teniendo como objetivo la conservación”. ¿Qué se entiende por caza?

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Suplemento de Diario El Oeste - Año 3 - N° 2826 de mayo de 2014

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[email protected]

Entre la fauna silvestre hay especies que requieren de una pro-tección absoluta, para su recuperación numérica, ya que en esta-do silvestre se encuentran en una delicada situación de conserva-ción. Por eso tiene una veda total y permanente.

También está prohibida la caza de las especies que tienen un valor especial por su rol ecológico y ambiental, su valor turístico sobresaliente o por no tener valor cinegético.

Entre ellas:* Ciervos andinos (pudú y huemul)* Cauquenes* Maras* Ñandú petiso* Cóndor andino* Aves rapaces

* Lechuzas, flamencos* Peludos y piches* Aves marinas y costeras* Mamíferos marinos y costeros

¿Qué es y qué hace la Dirección de Fauna y Flora Silvestre del Chubut?La DFyFS es un organismo del Estado provincial creado para

la administración y manejo de la fauna y flora silvestre que se encuentra en la provincia de Chubut. Sus misiones están dedica-das a la conservación, investigación, transferencia de tecnología, educación, extensión y uso sustentable de los recursos naturales. Para ello está organizada en diferentes áreas de trabajo dedicadas a dar soporte técnico-científico, para el manejo de diferentes es-pecies, y posee un cuerpo de inspectores para el control y fiscali-zación en el cumplimiento de las normas legales.

¿Qué son las especies protegidas y prohibida su caza?

La Fauna Silvestre son todas las especies de animales que vi-ven libres e independientes del hombre y, además, las que se encuentran en cautiverio y que en forma temporaria o

permanente están dentro del territorio provincial, como así tam-bién las originariamente domésticas que por cualquier circuns-tancia vuelven a la vida salvaje.

¿Qué es la fauna silvestre?

A los fines de la legislación vigente (Ley XI N° 10) y para todo el territorio provincial “considerase acto de caza a toda acción ejercida por el hombre, tendiente a acosar,

capturar, transportar y perseguir, herir, apresar y/o matar anima-les silvestres y facilitando estas acciones a terceros. Se prohíbe la caza en toda la provincia de especies de Fauna Silvestre a ex-cepción de aquellas que autorice la Autoridad de Aplicación, la que podrá limitar la caza imponiendo períodos conforme a las distintas especies, teniendo como objetivo la conservación”.

¿Qué se entiende por caza?

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Las especies de la fauna silvestre poseen diferen-tes atributos que le otorgan diversos valores como el ético (derecho a vivir); el económico (para con-sumo, por el valor comercial de su piel, lana, cuero, plumas, carne, como mascotas); el patrimonial (cul-tural, folklórico, religioso); de investigación (cien-cias zoológicas y otras disciplinas asociadas, especies indicadoras del estado de los ecosistema o animales experimentales); recreacional y educativo (vida en la naturaleza, interpretación y educación ambiental, etc).

ConservaciónUd. puede ser un aliado muy importante apor-

tando información acerca de sus salidas de caza. Si tuvo la posibilidad de ver o fotografiar ejemplares, detectar rastros (cornamentos de volteos, cráneo con maxilar, huesos, pieles, huellas u otros) de especies dé aviso a la Dirección de Fauna y Flora Silvestres.

Si se lo propone Ud. puede ser parte de la con-servación y uso responsable de la fauna silvestre y el ambiente. Registre el lugar y/o paraje, fecha, acom-pañantes, cantidad de ejemplares avistados o de ras-tros encontrados y todo dato que considere valioso para identificar la especie.

RecomendacionesColabore:* No tirando basura en el campo

* Teniendo una conducta ética y de compromiso que jerarquice la actividad que Ud. realiza

* Evitando accidentes fatales, use de manera responsable y adulta las armas empleadas

* Extremando el uso del fuego, apangándolo bien.* Aprovechado datos de las especies de valor

cinegético y de las protegidas.* Con las fuerzas de seguridadRespete:* Las normativas legales vigentes* La seguridad de las personas* La decisión de los propietarios de los predios

rurales* No cace ni capture las especies protegidas * Las piezas autorizadas* Las zonas vedadas para la caza (a menos de 2000

metros de poblados, caminos transitados, áreas protegidas, zonas rurales, etc.)

* Las fechas de las temporadas habilitadas para un manejo y uso sustentable de las especies.

Evite:* Sanciones severas* Un mal momento y demoras* Decomiso y pérdida de piezas* Generar una imagen negativa de la actividad que

practica

Atributos

La fauna silvestre es una parte importante de nuestra naturaleza, un componente de la di-versidad biológica del patrimonio natural y un recurso económico para la provincia de Chubut. Las especies silvestres poseen diferentes valores que permiten alcanzar múltiples

beneficios para la comunidad.

Tipos de cazaEn la Provincia de Chubut se llevan adelante diferentes tipos de caza, en el marco de un uso

sustentable y responsable de diferentes especies de la fauna silvestre.(1) Caza sin fines de lucro: es aquella cuya finalidad es la de satisfacer la necesidad de estar en

contacto con la naturaleza (recreación) y como ejercicio. Se aprovecha la carne de algunas especies para consumo personal.

(2)Caza con fines de lucro: implica la explotación de la fauna silvestre para la comercialización y venta de ejemplares (vivos o muertos), productos y subproductos.

¿Qué legislación debe respetarse y cumplirse?Las leyes vigentes en la provincia del Chubut están fuertemente vinculadas a la conservación

y al uso sustentable de la biodiversidad y sus recursos faunísticos.La Ley Nº (Ley XI N° 10) es la “ley madre” y tiene como fin administrar y regular los usos,

como la caza; el aprovechamiento en caso de especies de valor económico, las sanciones por infracción a normativas vigentes y la conservación de la fauna silvestre, promoviendo su estudio, conocimiento, protección y conservación.

También existen otras leyes que son específicas y permiten llevar adelante un mejor manejo sobre especies de particular interés para la provincia. Entre ellas está la Ley Nº 4793, que declara Monumento Natural Provincial al Huemul (Hippocamelus bisulcus) que le otorga la máxima protección a esta especie seriamente amenazada de extinción; y la Ley Nº 4560 de Manejo Sus-tentable del Choique (Pterocnemia pennata), que protege y fomenta el uso racional de esta espe-cie como alternativa de producción agropecuaria.

¿Por qué practicar una caza responsable?

Dirección de Flora y Fauna SilvestreDomicilio: Luis Costa 238Rawson – 9103Teléfono: (0280) 4482688Email: [email protected] , [email protected]: http://organismos.chubut.gov.ar

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El huemul tiene un cuerpo rechoncho y robusto, y de pa-tas cortas. Alcanza un tamaño de hasta 165 cm de longitud, siendo las hembras un poco más pequeñas que los machos. Su pelaje es grueso, denso y de color beige o café oscuro, se-gún la época del año. Sus orejas y su cola, miden entre 10 y 20 cm de largo. Los machos poseen un par de astas bifurcadas que pueden alcanzar hasta 30 cm de longitud. Su peso ronda entre los 40 y 100 kg. Es un animal herbívoro que se alimen-ta principalmente de arbustos, hierbas y brotes de árboles, como también líquenes, que encuentra entre las rocas en los altos picos. 

Estos ciervos ahora están protegidos en trece parques na-cionales de Chile y seis de la Argentina, y ha estado clasifica-do como una especie en peligro de extinción desde 1976. Se considera en esa situación principalmente por consecuencia la acción humana: la deforestación, fragmentación de hábitat por la construcción de caminos y carreteras, introducción de

animales no autóctonos como el ganado o el ciervo rojo y la caza furtiva. Lamentablemente, sus poblaciones están cada vez más reducidas y aisladas.

El huemul es un monumento natural de Chile y forma parte de su escudo nacional. Por ello, se inauguró, en el marco del Día Mundial de la Tierra, el 22 de abril de 2008, el sende-ro “Huella Huemul” en la Reserva Nacional Ñuble, en la re-gión del Biobío. La iniciativa, que contó con la participación de estudiantes tesistas de las universidades de Talca y del Bio-bío, surgió como una forma difundir en la propia reserva, el estado de vulnerabilidad de esta especie nativa de ciervos, ya que en la reserva quedan menos de una decena ejemplares.

En Argentina, ha sido declarado  Monumento Natural Nacional en el año 1996 bajo la ley nacional 24702, máxi-ma protección que se le puede otorgar a una especie y ade-más monumento provincial en  Río Negro,  Chubut  y  San-ta Cruz.  En 2013 existe en Argentina el proyecto de crear

el Parque Nacional Lago de la Plata (en la región occidental y andina de la Provincia de Chubut) para proteger y recuperar la población de los muy exterminados huemules en la cuenca del Lago La Plata

Los huemules viven en pequeños grupos de dos a tres ani-males; estos grupos son constituidos por una hembra y sus crías. Pero también hay ejemplares que llevan vidas solitarias. En el siglo XVI, los huemules habitaban la región del sudoes-te de Sudamérica a partir del paralelo 34ºS (centro oeste de la Provincia de Mendoza en la Argentina y la Región Metro-politana en Chile) hasta el estrecho de Magallanes. A fines del siglo XIX, el retroceso del área de expansión de esta es-pecie comenzó a disminuir drásticamente quedando a fines del siglo XX algunos centenares de ejemplares en el bosque andino patagónico o subantártico, ubicado al sur del paralelo 38ºS (esto es, al sur de la región de La Araucanía en Chile y al suroeste de la provincia del Neuquén en Argentina.

EspEciEs protEgidas

Huemul