Justicia Alternativa, General y Penal · conflictos penales alejados de los policías, agencias de...

13
Justicia Alternativa, General y Penal ____________________________________________________________ Justicia Alternativa, General y Penal Sesión No. 8: El proceso penal acusatorio. Parte I 2017

Transcript of Justicia Alternativa, General y Penal · conflictos penales alejados de los policías, agencias de...

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Justicia Alternativa, General y Penal

Sesión No. 8: El proceso penal

acusatorio. Parte I

2017

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

1 Objetivo de la sesión: Al concluir la sesión el alumno identificará el

proceso penal acusatorio de México.

Contextualización ¿Resulta interesante conocer el proceso penal acusatorio? El sistema acusatorio surge con los griegos y romanos, quienes a través de sus

representaciones dramatúrgicas y teatrales comenzaron a dar luz a la expresión

verbal y el ejercicio de las leyes en la misma forma. El modelo se caracterizó por el

poder de acusación privado, igualdad entre las partes, oralidad, publicidad en el

debate, continuidad en el procedimiento y su conclusión. Asimismo, el sistema

inquisitivo tuvo su orígen en el sistema canónico o monárquico que se basaba en un

sistema escrito, falto de inmediación (inmediato) donde prevalecía el secreto y la

dispersión de los actos procesales.

Imagen: Sujetos procesales, recuperada el 26/12/2016 de: http://revistamundoforense.com/principios-

constitucionales/#prettyPhoto/2/

Por tal motivo, la norma constitucional declara

que el proceso penal será acusatorio y legal,

se inserta en la tendencia hacia un sistema

penal democrático. Predominantemente oral,

público, con inmediación entre los sujetos

procesales, concentración y valoración de la

prueba mediante una sana crítica. Esta

tendencia instituye un proceso acusatorio

predominantemente oral, público, con

inmediación entre los sujetos procesales.

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Con este cambio del sistema procesal penal mexicano, el orden jurídico nacional

actual contempla una diversidad de formas para resolver conflictos derivados de un

hecho delictivo, distintos a la justicia formal que consiste en establecer una

condena o multa; ahora la prisión preventiva se convierte en la excepción para

asegurar que el indiciado (iniciado en el proceso penal) esté a disposición de las

autoridades, lo importante es restraurar al individuo tanto víctima, victimario y la

sociedad en general.

Imagen: Orden jurídico nacional, recuperada el 26/12/2016 de:

http://temasdederechointernacionalprivado.blogspot.mx/2015_09_01_archive.html

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Introducción al Tema

¿Por qué es importante conocer el proceso penal acusatorio? La norma constitucional establece que el proceso penal será acusatorio y legal, con

inmediación entre los sujetos procesales, concentración y valoración de la prueba

mediante una sana crítica. La tendencia instituye un proceso acusatorio

predominantemente oral, público con inmediación entre los sujetos procesales. Con

este cambio del sistema procesal penal mexicano, el orden jurídico nacional no sólo

contempla la diversidad de formas para resolver conflictos derivados de un hecho

delictivo, sino que además se trata de aminorar las deficiencias y corruptelas que

rodean el sistema de justicia penal formal; originando nuevas formas de resolver

conflictos penales alejados de los policías, agencias de ministerio público y

tribunales judiciales. El sistema procesal penal acusatorio, privilegia la solución del

conflicto anteponiendo lo que se ha denominado como justicia alternativa, justicia

restaurativa, asociada a los mecanismos alternativos para la solución de

controversias, mismos que conocerás en las sesiones siguientes.

Imagen: Norma constitucional, recuperada el 26/12/2016 de: http://www.derechoconstitucional.es/2012/02/tipos-de-normas-con-forma-de-

ley.html

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Explicación 6. El proceso penal acusatorio 6.1 Principios del proceso penal acusatorio en nuestra Constitución ¿Identificas el concepto de proceso penal acusatorio?

El Artículo 20 Constitucional establece los principios sobre los cuales se regirá el

proceso penal acusatorio, mencionando el de publicidad, contradicción,

concentración, continuidad e inmediación (Cámara de Diputados, 2016). También

señala en el apartado A que se ocupa de las particularidades e implicaciones

procesales de la norma en la fase de investigación y las excepciones planteadadas

en delincuencia organizada.

Principio de oralidad. Todo lo expuesto por las partes o por el juzgador al ser

expresados verbalmente, permite la comunicación durante la audiencia y la

actuación de sus intervinientes. Se prevé la posibilidad de un intérprete o traductor

que así lo requiera.

Imagen: Juicio Oral, recuperada el 26/12/2016 de: http://www.uniradionoticias.com/noticias/sonora/370749/abogados-

realizan-simulacro-de-juicio-oral-en-sonora.html

Los principios que rigen el juicio oral son:

la oralidad, la publicidad, la inmediación y

la contradicción en la actuación probatoria.

También se encuentran lor principios de

continuidad de juzgamiento, concentración

de los actos de juicio, identidad física del

juzgador, presencia obligatoria del

imputado y de su defensor.

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Principio de inmediación. Es la necesidad del juez que va a dictar sentencia que

logre formar su convicción del caso (estudio de caso) una vez que ha percibido

directamente la práctica de pruebas (desahogo y estudio de pruebas), para tomar la

decisión acertada en el campo de la responsabilidad penal.

Principio de contradicción. Es la posibilidad que tiene las partes, defensa y

fiscalía, para sustentar sus plateamientos, mediante la aportación de pruebas,

discusión o debate sobre las mismas y de la argumentación final o alegatos que

sostienen frente a la decisión final de Juez.

Principio de presunción de inocencia. Esta presunción surge cuando el Juez

declara y confirma una vez que ha dicho el estado de inocencia, cuando absuelve a

alguna de las partes.

Principio de continuidad. Será continuo cuando la presentación, recepción y

desahogo de pruebas, así como todos los actos del debate, se desarrollen ante el

Juez y las partes; la cual será continua, sucesiva y secuencial.

Imagen: Principio de publicidad, recuperada el 26/12/2016 de:

http://www.monografias.com/trabajos96/principios-del-juicio-oral-panama/principios-del-juicio-oral-

panama2.shtml

Principio de publicidad. Se refiere a la

participación de la comunidad, que es la

interesada en que se resuelva la problemática,

observando cómo los jueces cumplen su

función.

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

¿Por qué es importante conocer las partes materiales y el funcionamiento de las instituciones de justicia? 6.2 Las partes materiales y el funcionamiento de las instituciones de justicia Un elemento que determinará el éxito o fracaso de los juicios orales, es el de la

dotación de los recursos financieros que hagan posible tanto la capacitación de

abogados, Agentes del Ministerio Público, juzgadores, defensores públicos, como la

adecuación de los inmuebles de los poderes judiciales mexicanos, para el desarrollo

de las audiencias. Si no se incrementan los recursos presupuestales a las

instituciones que intervienen en el poceso penal como lo son: policía federal

preventiva, procuraduría general de la república, consejo de la judicatura federal,

defensoría pública y órganos desconcetrados de readaptación social, podríamos ver

la decadencia del nuevo sistema. Es indispensable la capacitación de los diversos

actores jurídicos, de poco serviría contar con normas, instituciones y procedimientos

penales, si los agentes policiales, los Agentes del Ministerio Público, defensores

públicos, juzgadores, peritos, docentes, investigadores y estudiantes en derecho,

continuan pensando y actuando conforme al paradigma del sistema penal mixto de

tipo escrito.

Imagen: Agentes del ministerio público, recuperada el 26/12/2016 de: https://oaxaca.quadratin.com.mx/Emite-PGR-Oaxaca-convocatoria-

para-agentes-de-Ministerio-Publico/

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Para lograr una adecuada instrumentación de los juicios orales, como antes se

señaló, se requiere la profesionalización de los diferentes actores, agentes de policía

federales y locales, ampliamente capacitados y equipados; con conocimiento pleno

de las funciones eminentemente preventivas; agentes de ministerio público y

ministeriales a su cargo con conocimientos profundos en técnicas científicas de

investigación del delito, capaces de garantizar la eficiencia en la procuración de

justicia y la confianza de la sociedad; jueces de instrucción de juicio oral, en justicia

para adolescentes, en ejecución de penas, confiables con conocimientos enfocados

a cada una de las áreas; defensores públicos eficientes que garanticen a la sociedad

un cabal acceso a la justicia; abogados, capacitados para litigar conforme a los

postulados del sistema garantista acusatorio penal, comprometidos con la defensa

de los derechos fundamentales y por último docentes e investigadores, dispuestos a

ampliar y profundizar los conocimientos de la oralidad en materia penal.

Imagen: Profesionalización, recuperada el 26/12/2016 de: http://oaxacahoy.com/wp-content/uploads/2015/08/SSPO-11.jpg

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Conclusión El Artículo 20 de la Constitución Mexicana establece los principios sobre los que se

regirá el proceso penal acusatorio, mencionando el de publicidad, contradicción,

concentración, continuidad. Un elemento que determinará el éxito o fracaso de los

juicios orales, es el de la dotación de los recursos financieros que hagan posible

tanto la capacitación de abogados, Agentes del Ministerio Público, juzgadores,

defensores públicos, como la adecuación de los inmuebles de los poderes judiciales

mexicanos, para el desarrollo de las audiencias; si no se incrementan los recursos

presupuestales a las instituciones que intervienen en el poceso penal éste se podría

ver afectado. Es importante que el Estado invierta en estos factores tanto financieros

como de capacitación.

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Para aprender más

¿Por qué es importante conocer los principios de proceso penal acusatorio?

• Suprema Corte de Justicia de la Nación. (s/f). Principios rectores del sistema

acusatorio. Consultado el 21 de abril de 2016:

http://www.sitios.scjn.gob.mx/cursoderechopenal/sites/default/files/Lecturas/Pr

incipios%20rectores%20del%20sistema%20acusatorio.pdf

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Actividad de Aprendizaje Instrucciones: Con la finalidad de profundizar en los conocimientos adquiridos a lo largo de esta

sesión, ahora tendrás que realizar la siguiente actividad:

• Elabora un “mapa conceptual” en el que expliques los principios que rigen al

nuevo sistema de justicia penal.

Puedes realizar esta actividad en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo

en formato PDF, con la finalidad de subirlo a la plataforma de la asignatura.

En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente:

Tus datos generales

Título

Organización de la información

Veracidad de los datos

Ortografía y redacción

Referencias bibliográficas

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

Bibliografía

• Triginé, F. G. (2012). Negociación. En Manual de Instrumentos de Gestión y

Desarrollo de las Personas en las Organizaciones (pág. 539). Madrid:

Ediciones Diaz Santos.

Cibergrafía

• Benavente, B. (2013). Libro de Lecturas de Apoyo. Consultado el 21 de abril

de 2016:

file:///C:/Users/ACS/Downloads/150128+CEEAD+Libro+de+Lectura+v1%20(1)

.pdf

• Cámara de Diputados. (2016). Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos. Consultado el 21 de abril de 2016:

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_29ene16.pdf

• Marín, V. (2007). La implementación de los juicios orales en el sistema de

justicia penal mexicano. Consultado el 21 de abril de 2016:

www.juridicas.unam.mx/publica/rev/refjud/cont/12/rjf/rjf10.htm

• Melara, R. (2015). Métodos Alternos de Solución de Controversias y salidas

alternas al proceso penal acusatorio. Consultado el 21 de abril de 2016:

file:///C:/Users/ACS/Downloads/150123+CEEAD+Manual+MASC%20(2).pdf

Justicia Alternativa, General y Penal

____________________________________________________________

• Nandayapa, F. (2014). Los principios Constitucional del nuevo proceso penal

acusatorio y oral mexicano. Consultado el 21 de abril de 2016:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3227

• Naciones Unidas. (2002). Ley Modelo de la CNUDMI sobre la conciliación

comercial internacional. Consultado el 21 de abril de 2016:

https://www.uncitral.org/pdf/spanish/texts/arbitration/ml-conc/03-

90956_Ebook.pdf