Jueves 19 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 96 — Pág 3 · AO CXXII La Uruca, San José,...

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AÑO CXXII Nº 96 36 Páginas La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 19 de mayo del 2016 G-16-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 940 G-17-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 919 G-19-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 944 G-20-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 946 G-21-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 301 G-19-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SANTO DOMINGO (HEREDIA) TRANSITO 2005 648 G-20-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SARAPIQUI TRANSITO 2005 344 G-5-S-05 JUZ. TRANSITO DESAMPARADOS TRANSITO 2005 2482 G-18-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 906 G-27-S-05 JUZ. TRANSITO HATILLO TRANSITO 2005 986 G-28-S-05 JUZ. TRANSITO HATILLO TRANSITO 2005 982 G-38-S-05 JUZ. TRANSITO PAVAS Y ESCAZU TRANSITO 2005 776 T-1-A-05 JUZ. FAM.PENAL JUV. VIOL.DOM.GRECIA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 176 T-2-A-05 JUZ. FAM.I CIRC.JUD.ALAJUELA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 425 T-1-C-05 JUZ. FAM.PENAL JUVENIL VIOL.TURRIALBA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 169 T-2-C-05 JUZ. PENAL JUV. CARTAGO PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 599 T-1-G-05 JUZ. FAM.PENAL JUV.VIOL.DOM. NICOYA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 154 T-2-H-05 JUZ. PENAL JUV.HEREDIA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 439 T-1-L-05 JUZ. FAMILIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 228 T-2-L-05 JUZ. PENAL JUV. I CIRCUITO ZONA ATLANTICA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 291 T-1-S-05 JUZ. FAM.PENAL JUV.PEREZ ZELEDON PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 215 TOTAL 35187 INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 16 de marzo del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán ( IN2016031373 ) Subdirector Ejecutivo JUZGADO NOTARIAL HACE SABER: Que en el proceso disciplinario notarial N° 03-000750-0627- NO, de Anabelle Córdoba Quirós contra Luis Polinaris Vargas, (cédula de identidad 1-413-994), este Juzgado mediante resolución de las nueve horas veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil dieciséis, dispuso levantar a partir del 24 de diciembre del 2015 la sanción disciplinaria impuesta al notario Luis Polinaris Vargas, mediante resolución número 624-2005 de las ocho horas dos minutos del veintisiete de octubre del dos mil cinco, que salió publicada en el Boletín Judicial número 242 del 15 de diciembre del 2005, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la sala constitucional. San José, 21 de enero del 2016. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora 1 vez.—Exonerado.—( IN2016029305 ). Juzgado Notarial hace saber a: César Andrés Gómez Delgado, mayor, notario público, cédula de identidad 2-536-217, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 15-000612-0627-NO establecido en su contra por Carlos Eduardo Araya Ovares, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las quince horas y treinta y nueve minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Carlos Eduardo Araya Ovares contra César Andrés Gómez Delgado, a CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. SE HACE SABER: Que las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día veintinueve de junio del dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón. San José, 9 de mayo del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán ( IN2016030731 ) Subdirector Ejecutivo PRIMERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII; de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Remesa Despacho Materia Asuntos Periodo G-9-A-05 JUZ. TRANSITO GRECIA TRANSITO 2005 801 G-17-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 930 G-18-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 932 G-7-C-05 JUZ. TRANSITO CARTAGO TRANSITO 2005 952 G-8-C-05 JUZ. TRANSITO CARTAGO TRANSITO 2005 666 G-16-G-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ABANGARES TRANSITO 2005 218 G-18-G-05 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA TRANSITO 2005 574 G-10-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN RAFAEL HEREDIA TRANSITO 2005 285 G-11-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN ISIDRO (HEREDIA) TRANSITO 2005 121 G-12-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 937 G-13-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 949 G-14-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 936 G-15-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 929 G-16-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 916 G-17-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 856 G-7-L-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA TRANSITO 2005 910 G-8-L-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA TRANSITO VARIOS 2005 697 G-7-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 959 G-8-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 984 G-9-S-06 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 966 G-10-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 989 G-11-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 971 G-12-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 968 G-13-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 979 G-14-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 950 G-15-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 942 Cantidad de Expedientes a Eliminar INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO INFRACCION LEY DE TRANSITO

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AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 96 — 36 PáginasLa Uruca, San José, Costa Rica, jueves 19 de mayo del 2016

G-16-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 940

G-17-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 919

G-19-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 944

G-20-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 946

G-21-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 301

G-19-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SANTO DOMINGO (HEREDIA) TRANSITO 2005 648

G-20-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SARAPIQUI TRANSITO 2005 344

G-5-S-05 JUZ. TRANSITO DESAMPARADOS TRANSITO 2005 2482

G-18-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 906

G-27-S-05 JUZ. TRANSITO HATILLO TRANSITO 2005 986

G-28-S-05 JUZ. TRANSITO HATILLO TRANSITO 2005 982

G-38-S-05 JUZ. TRANSITO PAVAS Y ESCAZU TRANSITO 2005 776

T-1-A-05 JUZ. FAM.PENAL JUV. VIOL.DOM.GRECIA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 176

T-2-A-05 JUZ. FAM.I CIRC.JUD.ALAJUELA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 425

T-1-C-05 JUZ. FAM.PENAL JUVENIL VIOL.TURRIALBA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 169

T-2-C-05 JUZ. PENAL JUV. CARTAGO PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 599

T-1-G-05 JUZ. FAM.PENAL JUV.VIOL.DOM. NICOYA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 154

T-2-H-05 JUZ. PENAL JUV.HEREDIA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 439

T-1-L-05 JUZ. FAMILIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 228

T-2-L-05 JUZ. PENAL JUV. I CIRCUITO ZONA ATLANTICA PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 291

T-1-S-05 JUZ. FAM.PENAL JUV.PEREZ ZELEDON PENAL-JUVENIL VARIOS 2005 215

TOTAL 35187

INFRACCION LEY DE

TRANSITO

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Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso.

San José, 16 de marzo del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán( IN2016031373 ) Subdirector Ejecutivo

JUZGADO NOTARIAL

HACE SABER:Que en el proceso disciplinario notarial N° 03-000750-0627-

NO, de Anabelle Córdoba Quirós contra Luis Polinaris Vargas, (cédula de identidad 1-413-994), este Juzgado mediante resolución de las nueve horas veinte minutos del veintiuno de enero del dos mil dieciséis, dispuso levantar a partir del 24 de diciembre del 2015 la sanción disciplinaria impuesta al notario Luis Polinaris Vargas, mediante resolución número 624-2005 de las ocho horas dos minutos del veintisiete de octubre del dos mil cinco, que salió publicada en el Boletín Judicial número 242 del 15 de diciembre del 2005, lo anterior por haber transcurrido el plazo de diez años según voto número 3484 de las doce horas del ocho de julio de mil novecientos noventa y cuatro emitido por la sala constitucional.

San José, 21 de enero del 2016. Licda. Derling Talavera Polanco, Jueza Tramitadora1 vez.—Exonerado.—( IN2016029305 ).

Juzgado Notarial hace saber a: César Andrés Gómez Delgado, mayor, notario público, cédula de identidad 2-536-217, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 15-000612-0627-NO establecido en su contra por Carlos Eduardo Araya Ovares, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. A las quince horas y treinta y nueve minutos del veinticinco de agosto de dos mil quince. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Carlos Eduardo Araya Ovares contra César Andrés Gómez Delgado, a

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIALSEGUNDA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas.

SE HACE SABER:Que las oficinas judiciales del cantón de Buenos Aires, de

la provincia de Puntarenas, permanecerán cerradas durante el día veintinueve de junio del dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico patronales de dicho cantón.

San José, 9 de mayo del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán( IN2016030731 ) Subdirector Ejecutivo

PRIMERA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII; de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.

Remesa

Despacho

Materia Asuntos Periodo

G-9-A-05 JUZ. TRANSITO GRECIA TRANSITO 2005 801

G-17-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 930

G-18-A-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ALAJUELA TRANSITO 2005 932

G-7-C-05 JUZ. TRANSITO CARTAGO TRANSITO 2005 952

G-8-C-05 JUZ. TRANSITO CARTAGO TRANSITO 2005 666

G-16-G-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA ABANGARES TRANSITO 2005 218

G-18-G-05 JUZ. MEN.CTIA Y TRANSITO NICOYA TRANSITO 2005 574

G-10-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN RAFAEL HEREDIA TRANSITO 2005 285

G-11-H-05 JUZ. CONTR.MEN.CTIA SAN ISIDRO (HEREDIA) TRANSITO 2005 121

G-12-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 937

G-13-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 949

G-14-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 936

G-15-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 929

G-16-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 916

G-17-H-05 JUZ. TRANSITO HEREDIA TRANSITO 2005 856

G-7-L-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA TRANSITO 2005 910

G-8-L-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA TRANSITO VARIOS 2005 697

G-7-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 959

G-8-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 984

G-9-S-06 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 966

G-10-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 989

G-11-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 971

G-12-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 968

G-13-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 979

G-14-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 950

G-15-S-05 JUZ. TRANSITO I CIRC.JUD.SAN JOSE TRANSITO 2005 942

Cantidad de

Expedientes a

Eliminar

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Jueves 19 de mayo del 2016Pág 2 — BOLETIN JUDICIAL Nº 96

notarial de la parte denunciada ubicada en Alajuela, cantón Central, distrito Alajuela, ciento diez metros al este del semáforo de la Cruz Roja, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela. Asimismo, se ordena notificar a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comisión dirigida a la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito Judicial de San José, en: San Pedro Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, edificio Sigma, quinto piso. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; y en caso de que se impida tal ingreso, se tendrá por válida la notificación con la entrega de la cédula correspondiente a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil . Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. (Encadenar oficio). De conformidad con el artículo 313 del Código Procesal Civil, se hace ver a la parte accionante que en el caso de que desee presentar una pretensión resarcitoria contra la parte denunciada, tendrá oportunidad para realizar dicha gestión hasta antes de que esa parte procesal conteste esta denuncia; y para tal efecto, tendrá que cumplir con los requerimientos del numeral 152 del Código Notarial, en su necesaria relación con el artículo 290 del Código Procesal Civil. Notifíquese. Licda. Derling Talavera Polanco, Juez/a Tramitador/a.” y “Juzgado Notarial. San José a las diez horas y cincuenta y dos minutos del trece de abril de dos mil dieciséis. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) César Andrés Gómez Delgado , la resolución dictada a las quince horas y treinta y nueve minutos del veinticinco de agosto del dos mil quince en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 3, 4 y 12, así como las actas de notificación de folios 32, 11 y 22 respectivamente), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 17), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son presunta falta de inscripción de la escritura número ciento setenta y ocho visible a folio noventa y seis frente del tomo del protocolo número dos, en relación que el traspaso del vehículo placa ocho dos siete dos ocho cinco en favor del denunciante, aún cuando este alega haberle cancelado la suma de ciento treinta y cinco mil colones al denunciado por ese trámite. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado(a) César Andrés Gómez Delgado, cédula de identidad 2-536-217. Notifíquese.

San José, 13 de abril del 2016. Lic. Derling Talavera Polanco, Jueza1 vez.—Exento.—( IN2016029656 )

TRIBUNALES DE TRABAJO

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doce millones setecientos veinticinco mil cuatrocientos veintitrés colones, en el mejor postor remataré lo siguiente:

quien se confiere traslado por el plazo de ocho días; dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez.- Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia.- De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. La notificación en el domicilio registral de la parte denunciada ubicada en Alajuela, cantón central, distrito Desamparados, Invu Los Rodríguez, Residencial La Giralda, casa 52-H , se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales y Otras Comunicaciones; Primer Circuito Judicial de Alajuela .- La notificación en la oficina

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Para él se señalan las nueve horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones quinientos cuarenta y cuatro mil sesenta y siete colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veintitrés agosto del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ciento ochenta y un mil trescientos cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso OR.S.PRI. Prestac Laborales de Dahiana Patricia Robles Vargas contra Centro de Estética y Belleza Hair Belle Sociedad Anónima. Exp. N° 12-000400-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 5 de mayo del 2016.—M.Sc. Marianela Barquero Umaña, Jueza.—Exento.—( IN2016030417 ).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho, con la base dada por el

perito nombrado en autos, libre de gravámenes prendarias, remataré: 1) Un juego de sala café microfibra de tres piezas con la base de ciento noventa y cinco mil colones. 2) Una cama matrimonial con respaldar de hierro con la base de ciento sesenta mil colones. 3) Un colchón matrimonial con la base de ciento veinte mil colones. 4) Un juego de sala de tres piezas microfibra pequeño con la base de ciento cuarenta y siete mil colones. 5) Un mueble blanco con puerta y gavetas con la base de cuarenta y cinco mil colones. 6) Un mueble verde de madera rústico con la base de sesenta y tres mil colones. 7) Tres gabinetes internos con gavetas con la base de veintisiete mil

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Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029580 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Hamelth Gerardo Zúñiga Gutiérrez, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0224-0840 y falleció el día 6 de marzo del año 2016. Se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-001114-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por Xinia Segura Hernández a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-001114-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029581 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Oscar Rafael Madrigal Monge, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 3-0224-0404 y falleció el día 30 de noviembre del 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-001279-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Yamileth Cruz Zúñiga a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-001279-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de abril del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029582 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Leonard Gerardo Rodríguez Fonseca, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0859-0942 y falleció el día 24 de marzo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el número 16-001326-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-001326-0173-LA. Promovido por Shirley Fallas Monestel a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029583 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Lilliana de los Ángeles Gómez González, quien fue mayor, divorciado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0525-0381 y falleció el día 25 de diciembre del 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-001397-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Siany Francine Guzmán Gómez, Rubén Andrey Guzmán Gómez, Álvaro Guzmán Gómez, Joel Guzmán Gómez y Abraham Guzmán Gómez, a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-001397-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 4 de mayo del 2016.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029584 ).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral del trabajador fallecido Jaime López Dávila, quien fue soltero, nicaragüense, portó número de identidad 155803877627, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado el dinero pasará a quien corresponda.

colones cada uno. 8) Tres edredones uno de color café y dos de color verde con la base de once mil colones cada uno. 8) Un colchón individual con la base de treinta y tres mil colones. 9) Un colchón semi matrimonial con la base de cincuenta y seis mil colones. 10) Un juego de comedor de madera de color café con la base de ochenta y cinco mil colones. 11) Un aplanchador de madera forrado naranja con la base de doce mil colones. Para tal efecto se señalan las nueve horas del veinte de junio del dos mil dieciséis. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las nueve horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, con la bases que a continuación se detallan (rebajada en un 25%): 1) Un juego de sala café microfibra de tres piezas con la base de ciento cuarenta y seis mil doscientos cincuenta colones. 2) Una cama matrimonial con respaldar de hierro con la base de ciento veinte mil colones. 3) Un colchón matrimonial con la base de noventa mil colones. 4) Un juego de sala de tres piezas microfibra pequeño con la base de ciento diez mil doscientos cincuenta colones. 5) Un mueble blanco con puerta y gavetas con la base de treinta y tres mil setecientos cincuenta colones. 6) Un mueble verde de madera rústico con la base de cuarenta y siete mil doscientos cincuenta colones. 7) Tres gabinetes internos con gavetas con la base de veinte mil doscientos cincuenta colones cada uno. 8) Tres edredones uno de color café y dos de color verde con la base de ocho mil doscientos cincuenta colones cada uno. 8) Un colchón individual con la base de veinticuatro mil setecientos cincuenta colones. 9) Un colchón semi matrimonial con la base de cuarenta y dos mil colones. 10) Un juego de comedor de madera de color café con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones. 11) Un aplanchador de madera forrado naranja con la base de nueve mil colones. De no apersonarse rematante, para el tercer remate, se señalan las nueve horas del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la bases que se detallan a continuación (un 25% de la base original): 1) Un juego de sala café microfibra de tres piezas con la base de cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta colones. 2) Una cama matrimonial con respaldar de hierro con la base de cuarenta mil colones. 3) Un colchón matrimonial con la base de treinta mil colones. 4) Un juego de sala de tres piezas microfibra pequeño con la base de treinta y seis mil setecientos cincuenta colones. 5) Un mueble blanco con puerta y gavetas con la base de once mil doscientos cincuenta colones. 6) Un mueble verde de madera rústico con la base de quince mil setecientos cincuenta colones. 7) Tres gabinetes internos con gavetas con la base de seis mil setecientos cincuenta colones cada uno. 8) Tres edredones uno de color café y dos de color verde con la base de dos mil setecientos cincuenta colones cada uno. 8) Un colchón individual con la base de ocho mil doscientos cincuenta colones. 9) Un colchón semi matrimonial con la base de catorce mil colones. 10) Un juego de comedor de madera de color café con la base de veintiún mil doscientos cincuenta colones. 11) Un aplanchador de madera forrado naranja con la base de tres mil colones. Publíquese el edicto de ley. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario de Jacqueline Marcela Campos Abarca contra Ginko Hikosen S. A. Expediente Nº 08-300184-0317-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Laboral), 03 de mayo del 2016.—Lic. Armando Alfaro Araya, Juez.—( IN2016031311 ).

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes

de Seidy Damaris Retana Morales, quien fue mayor, soltera, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0826-0101 y falleció el 16 de marzo del 2010, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 16-000981-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por María Luisa Morales Quirós a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-000981-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de

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de Jacqueline Céspedes Rodríguez.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Laboral), 27 de abril del 2016.—Lic. Erlin Sánchez Arce, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029637 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de , quien falleció el 04 de febrero del año 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 16-000018-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000018-0945-LA. a favor de María Mercedes Sandoval Cortés.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Laboral), 02 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029638 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Lezcano Lezcano Isaac, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el Nº 15-300072-0440-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Corredores, a las quince horas treinta minutos del dieciséis de setiembre del dos mil quince.—Lic. Marco Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029661 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Juan Luis Vega Cortés, quien portó la cédula de identidad N° 5-0292-0910, oficial de seguridad, soltero y falleció el día veinticinco de junio del dos mil quince. Los interesados deberán apersonarse dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de que si así no lo hicieren, el dinero que por este concepto se obtenga, se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Código de Trabajo, por derecho corresponda. Proceso de Consignación de Prestaciones número 15-300137-0895-LA (1) de Juan Luis Vega Cortés.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de La Unión, 12 de Enero del 2015.—MSc. María de los Ángeles Solano Gamboa, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029663 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Johnny Alberto Ruiz Espinales, quien fue mayor de edad, soltero, vecino de Liberia, portadora de cédula 5-353-612, fallecido el 27 de junio del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000001-0945-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-00001-0945-LA. Devolución de ahorro obligatorio gestionante Leda del Carmen Espinales.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), 15 de marzo del 2016.—Lic. Carlos Humberto Venegas Avilés, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029664 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido Johnny Alonso Seas Fernández, quien falleció el 01 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 16-000010-1099-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 16-000010-1099-LA a favor de Sara Patricia Álvarez Montero y otros.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, (Materia Laboral), 16 de marzo del 2016.—Lic. Erling Sánchez Arce, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029665 ).

Expediente N° 16-300010-436-LA.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Cóbano, dieciocho de abril del dos mil dieciséis.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029587 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Arnoldo Quirós Solano, mayor, costarricense, casado, guarda de seguridad privado, de cincuenta y ocho años de edad, cédula de identidad N° 3-0221-0799, vecino de Pocora de Guácimo, Barrio El Carmen, del Minisúper El Económico, veinticinco metros al oeste, casa de cemento color almendra, quien falleció el ocho de noviembre del dos mil quince en Guápiles, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al despacho en su defensa. Diligencias de devolución de Fondo de Capitalización Laboral y prestaciones legales de trabajador fallecido N° 16-300017-0477-LA-2, gestionante Vilma Aguilar Novoa.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 4 de mayo del 2016.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029588 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jimmy Henry Artavia Herrera, mayor, costarricense, casado, fallecido el 11 de febrero del 2016, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-000302-1178-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000302-1178-LA. Promovido por la empresa Técnicos en Telecomunicaciones S. A., a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029600 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Evaristo Rodríguez González, quien fue mayor, casado, de nacionalidad panameño, portó la cédula de residencia 159100135804 y falleció el día 23 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-000943-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000943-0173-LA. Promovido por Gloria Solano Rodríguez a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del año 2016. Licda. Ileana García Arroyo Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029608 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rafael Ángel Abarca Abarca, quien fue mayor, casado, de nacionalidad costarricense, portó la cédula 1-0418-1078 y falleció el 26 de diciembre del 2015, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el N° 16-000980-0173-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000980-0173-LA. Promovido por Gloria Alice Valverde Sandí, cédula 1-0431-0551 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029609 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronaldo Céspedes Rodríguez, quien falleció el 16 de febrero del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el Nº 16-000015-1099-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000015-1099-LA. a favor

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Jueves 19 de mayo del 2016Pág 8 — BOLETIN JUDICIAL Nº 96

base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos, sea la finca matrícula 210894-000. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Caficultores de Heredia Libertad R.L., contra Sandra y Josué de San Luis Sociedad Anónima. Exp: 16-000065-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de mayo del 2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—( IN2016030425 ).

A las diez horas y cero minutos del veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Juzgado, libre de gravámenes y con la base de cuatrocientos doce mil quinientos colones, en el mejor postor, remataré: vehículo placas 463742, marca Hyundai, estilo Elantra, carrocería sedan 4 puertas, año 1992, número de chasis KMHJF31JPNU312246, número de motor G4DJP948745, combustible gasolina, color rojo, cilindros 4, cilindrada 1500 cc. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso: Ejecutivo Simple, número 98-022647-0170-CA, de Banco Nacional de Costa Rica contra José Alberto Navarro Castillo, Juan Carlos Fonseca Zamora.—Juzgado Civil de Hacienda de Asuntos Sumarios del Segundo Circuito Judicial de San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Adriana Castro Rivera, Jueza.—( IN2016030442 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas tomo 398, asiento 9031; a las diez horas y treinta minutos del nueve de junio del año dos mil dieciséis y con la base de veinticinco millones de colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 399172 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Isidro cantón Vásquez de Coronado de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto dest a calle al sur, rest dest a zona de protección al este, lote 29 D y al oeste lote 31 D. Mide: ciento cuarenta metros con ochenta y siete cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciséis con la base de seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Andrés Díaz Briceño, Ingrid María Chavarría Vega Exp: 15-032409-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de abril del 2016.—Lic. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016030443 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0305-00005679-01-0901-001 .servidumbre dominante citas todas al tomo 0351, asiento 00004588-01 secuencias 0030, 0031, 0032, 0033, 0034, 0035, 0036-001, servidumbre vías ref.: 00113843-00000113844-000, citas todas al tomo 0354, asiento 00015226-01 secuencia 0005, 0006, 0007-001, servidumbre-vías ref.: 00113845-000, citas: 0354-00015226-01-0918-001, serv. drenaje ref.: 00113845-000, todas al tomo 0354, asiento: 00015226-01, secuencias 0919,0920-001, servidumbre dominante citas: 0354-00015227-01-0050-001, servidumbre dominante citas: 0354-00015227-01-0051-001, servidumbre trasladada citas: 0354-00015227-01-0052-001, servidumbre dominante citas: todas al tomo 0354, asiento: 00015227-01 secuencias 0053, 0054, 0055, 0056, 0057-001, servidumbre dominante citas 0357-00019815-01-0011-001, servidumbre dominante citas: 0357-00019817-01-0007-001, servidumbre dominante citas: 0358-00012248-01-0904-001, servidumbre dominante citas: 0359-00010136-01-0950-001, servidumbre dominante citas: 0369- 00013592-01-0040-001, servidumbre dominante citas: todas al tomo 0369, asiento 0013592-01, secuencias 0041, 0042, 0043, 0044, 0045, 0046, 0047, 0048, 0049-001, servidumbre dominante citas: 0372-00019308-01-0900-001, servidumbre dominante citas: 0376-00008424-01-

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo citas: 338-02700-01-0901-001; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de once millones trescientos treinta y un mil quinientos treinta y cinco colones con treinta y tres céntimos (Primer remate), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 50653-000, la cual es terreno naturaleza: para construir con 1 casa. Situada en el distrito 1-Nicoya, cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Alberto García Carballo; sur, calle pública; este, río Chipanzo, oeste, Griselda Bustamante. Mide: ochenta y siete metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0317664-1978. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de ocho millones cuatrocientos noventa y ocho mil seiscientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del quince de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos treinta y dos mil ochocientos ochenta y tres colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ángela María Castillo Fajardo. Exp.: 15-001394-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016030422 ).

Remate de madera que se llevará a cabo a las ocho horas del diecisiete de junio del dos mil dieciséis en la puerta principal del Juzgado Penal de Quepos y Parrita, Quepos con base de doscientos noventa y dos mil trece colones con ochenta céntimos (292.013,80) que equivale a la cantidad de 1362,76 pulgadas de madera de la especie vochysia y 365,02 pulgadas de madera de especie desconocida, para un total de 1727.78 pulgadas. Lo anterior por estar ordenado así mediante resolución de las siete horas diez minutos del doce de mayo del dos mil dieciséis, dentro de la causa penal número 16-000169-0457-PE por tala ilegal contra Ana Ligia Chaves Amaya en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Aguirre y Parrita, Quepos, 12 de mayo del 2016.—Lic. Omar Retana Quirós, Juez Penal.—Exonerado.—( IN2016030423 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de siete millones de colones exactos, remataré la finca partido de Heredia, matrícula 210894-000; es terreno cultivado de café. Situada en el distrito 08 para, cantón 03 Santo Domingo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote ocho y nueve con servidumbre de paso; al sur, Sánchez Zúñiga Limitada y Francisco Villalobos González; al este, Celenia Azofeifa Fonseca y al oeste, río Lajas. Mide: siete mil metros cuadrados. Plano: A-1307964-2008. Para el Primer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis. En caso de fracasar el primer remate y con la suma de la base original de rebajada en un veinticinco por ciento, a fin de verificar el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis. En esta oportunidad se rematará libre de gravámenes, el inmueble hipotecado con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, sea la finca matrícula 210894-000. En caso de fracasar el segundo remate y con la suma correspondiente al veinticinco por ciento de la base original, a fin de verificar el Tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis. En esta oportunidad se rematará libre de gravámenes, el inmueble hipotecado con la

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Jueves 19 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 96 — Pág 9

y seis mil novecientos noventa y tres-cero cero cero, la cual es terreno de agricultura bloque 1, parcela 10. Situada en el distrito las horquetas, cantón sarapiquí de la provincia de Heredia. Colinda: al norte: servidumbre agrícola con un frente de 252.76 metros 3-12 en medio parcelas 11 T 12 bloque H; al sur Standard Fruit Company de Costa Rica S. A.; al este: Standard Fruit Company de Costa Rica S. A. y al oeste: Standard Fruit Company de Costa Rica S.A. Mide: quince mil cien metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos veintisiete de julio del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones seiscientos diecinueve mil trescientos doce colones con cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones quinientos treinta y nueve mil setecientos setenta colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Elizabeth Carranza Ramírez. Expediente: 14-018241-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2016030451 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón doscientos cincuenta y seis mil doscientos noventa y seis colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa 911988, marca Honda, estilo Civic, año 1993, color blanco, chasis JHMEG8550PS052973, motor D16Y1640337. Para el Segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de novecientos cuarenta y dos mil doscientos veintidós colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis con la base de trescientos catorce mil setenta y cuatro colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ricardo Enrique Arroyo Rojas contra Luis Alberto Rosales Díaz en Expediente N° 16-001366-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—1 vez.—( IN2016030454 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, citas 0296-00005997-01-0901-001; a las nueve horas del cinco de julio de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones ochocientos siete mil cuatrocientos noventa y siete colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil seiscientos treinta y seis- cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación de ochenta metros cuadrados de construcción. Situada en el distrito 06 Manzanillo, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francisco Bermúdez Bermúdez; al sur, calle pública con 60 metros 74 centímetros; al este, Francisco Bermúdez Bermúdez y al oeste, Francisco Bermúdez Bermúdez. Mide: dos mil ochenta y dos metros con cuarenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: P-0800263-2002. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, con la base de dos millones ochocientos cincuenta y cinco mil seiscientos veintitrés colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del cinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de novecientos cincuenta y un mil ochocientos setenta y cuatro colones con treinta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se

0034-001, servidumbre dominante citas: 0394-00012020-01-0825-001, servidumbre dominante: 0394-00012020-01-0826-001, servidumbre dominante: 0394-00012020-01-0827-001, servidumbre cables viref. 00136841-000, citas: 095-00016618-01-0031-001, servidumbre cables viref.: 00136842-000, citas: 0395-00016618-01-0032-001, servidumbre cables viref.: 00136843-000, viref.: 00136844-000, citas: 0395-00016618-01-0034-001, servidumbre cables viref.: 00136845-000, citas: 0395-00016618-01-0035-001, servidumbre cables viref.: 00136846-000, citas: 0395-00016618-01-0036-001, servidumbre cables viref.: 00136847-000, citas: 0395-00016618-01-0037-001, servidumbre de cables viref.: 00136848-000 citas: 0395-00016618-01-0038-001, servidumbre de cables viref.: 00136849000, citas: 0395-00016618-01-0039-001, servidumbre de cables viref.: 00136850000, citas: 0395-00016618-01-0040-001, servidumbre de cables viref.: 00136851-000, citas: 0395-00016618-01-0041-001, servidumbre dominante citas: 0399-00017238-01-0016-001, servidumbre dominante citas: 0399-00017238-01-0017-001, servidumbre dominante citas: 0406-00007075-01-0007-001, servidumbre dominante citas: 0406-00007075-01-0008-001, servidumbre trasladada citas: 0408-00018466-01-0002-001, servidumbre bananera citas: 0413-00017438-01-0017-001, servidumbre de paso citas: 0423-00011021-01-0005-001, servidumbre de paso citas: 0423-00011021-01-007-001, servidumbre de paso citas: 0474-00013373-01-0031-001, servidumbre de paso citas: 0474-00013373-01-0037-01, servidumbre de paso citas: 0483-00010857- 01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2012-00376823-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2012-00376836-01-0008-001,servidumbre de paso citas: 2012-00376836-02-0010-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-03-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-0037-6836-04-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-05-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-06- 0014-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-06-0015-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-07-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836- 08-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-09-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-10-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012, exp.: 14-018241-1170-CJ-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-12-0014-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-13-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-14-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-16-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-17-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-18-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-19-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-20-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0011-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0012-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-22-0013-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-23-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-24-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-25-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-27-0009-001 servidumbre de paso citas: 2012-00376836-28-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-01-005-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-02-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-03-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0012-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0014-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0017-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-04-0019-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-05-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-06-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-07-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-08-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-09-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-10-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00008796-12-0010-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0007-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0009-001 servidumbre de paso citas: 2013-00043069-01-0011-001; a las diez horas, exp.: 14-018241-1170-CJ l y cuarenta y cinco minutos del 10 de junio del dos mil dieciséis y con la base de veintiséis millones ciento cincuenta y nueve mil ochenta y dos colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos treinta

Page 10: Jueves 19 de mayo del 2016 BOLETIN JUDICIAL Nº 96 — Pág 3 · AO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 19

Jueves 19 de mayo del 2016Pág 10 — BOLETIN JUDICIAL Nº 96

Exp. N° 16-011070-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016030509 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 0567-00049624-01-0004-001; a las siete horas y treinta minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos diecisiete mil novecientos sesenta y seis dólares con cincuenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta mil ciento tres cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Clachar Rivas y Lucia Viales Sotela; al sur, calle pública con un frente de 469 metros 92 centímetros lineales; al este calle publica con un frente de 132 metros 92 centímetros lineales y al oeste, Jorge Clachar Rivas. Mide: Cuarenta y siete mil trescientos veinticuatro metros con ochenta y tres decímetros cuadrados. Plano catastrado N° G-0862116-2003. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil dieciséis, con la base de ciento sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro dólares con noventa centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y un dólares con sesenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Alberto Torres Sánchez. Exp. N° 15-000124-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 3 de mayo del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030510 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas: 333-07280-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de sesenta y siete mil cuatro dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 48582-024, la cual es terreno naturaleza: terreno de pastos y charrales. Situada en el distrito 3-Veintisiete Abril cantón 3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Quebr La Loma en med Matilde Ordóñez; sur, faja inalienable paralela al mar 50 m, este, calle pública 149m 80 cm medio lote 2, oeste, estero pargos en medio otros. Mide: cincuenta mil doscientos diez metros con setenta y un decímetros cuadrados plano: G-0352277-1980. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta mil doscientos cincuenta y tres dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis, con la base de dieciséis mil setecientos cincuenta y un dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Hoa Niam S. A. contra Casa de Escorpión S. A. Exp.: 15-002102-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, (Materia Cobro), 20 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2016030511 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del once de julio del año dos mil dieciséis y con la base de veintisiete mil trescientos treinta y un dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente:

le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Aniceto Olivier Jiménez Gutiérrez. Exp: 14-002506-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 31 de marzo de 2016. Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030504 ).

En la puerta exterior de este Despacho, ambas libres de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones citas 0366-00001859-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, 1) y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos sesenta y seis cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Montañita de Colorado S. A.; al sur, Montañita de Colorado S. A.; al este, Montañita de Colorado S. A. y al oeste, calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil cuatrocientos cuarenta y tres metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano G-1243603-2007. 2) Y con la base de veintidós millones de colones la Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta mil quinientos sesenta y siete cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito quinto Curubandé, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Montañita de Colorado S. A.; al sur, Montañita de Colorado S. A.; al este, Montañita de Colorado S. A. y al oeste, calle pública con un frente de 20 metros. Mide: mil trescientos ochenta y tres metros con cinco decímetros cuadrados. Plano G-1243600-2007. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis, con la base de 1) diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos y 2) con la base de dieciséis millones quinientos mil colones, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis 1) con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos y 2) con la base de cinco millones quinientos mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra El Bengali Dorado S.A.L Exp.:15-001691-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016030508 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Serv y Obligac Ref: 2252-465-001 bajo las citas: 328-10044-01-0901-002; a las trece horas y treinta minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad,, bajo el sistema de folio real, matrícula número 290392-000 la cual es terreno construir con 1 casa. Situada en el distrito 9-Pavas, cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, MOPT; sur, calle pública con 12m. este, lote 16 M-M. oeste, lote 14 M-M. Mide: trescientos treinta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de septiembre del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diecinueve de septiembre del año dos mil dieciséis con la base de cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Gabriel Borge Bartorelli.

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las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda contra Johnny Humberto de la Trinidad Arias Castillo. Exp: 15-005307-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 13 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030531 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas ley aguas (citas: 407-06703-01-0296-001) y reservas Ley Caminos (citas: 407-06703-01-0409-001); a las once horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 184925-000 la cual es terreno de patio con una casa. Situada en el distrito 2-Tárcoles, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ángela Olga Espinoza Vargas; al sur, calle pública; al este, parcela 50 Ida y al oeste, Ángela Olga Espinoza Vargas. Mide: cuatrocientos cincuenta metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Michael José Elizondo Barrantes. Exp. N° 16-000729-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030532 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando restricciones reg art. 18, Ley 2825 y Reservas Ley Forestal; a las catorce horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis y con la base de dos millones novecientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y dos colones con noventa y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento siete mil novecientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno asentamiento Limón 034, terreno para construir. Situada en el distrito 05 Cairo, cantón 03 Siquirres de la provincia de Limón. Colinda: al norte: calle pública; al sur: Teresa Porras Acuña; al este: calle pública y al oeste: Gilberto Gordon Sueybe. Mide: trescientos ochenta y nueve metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos treinta mil ochenta y nueve colones con sesenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de setecientos cuarenta y tres mil trescientos sesenta y tres colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Alicia Verónica Veitch Mc Person. Expediente: 14-000574-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 26 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030534 ).

vehículo placas BBV122, marca Suzuki, estilo Grand Vitara, categoría automóvil, carrocería todo terreno cuatro puertas, número motor J dos cuatro B uno uno ocho seis dos seis tres, chasis número J S tres T E cero cuatro v cinco c cuatro uno cero tres dos seis nueve, color negro, combustible gasolina, año dos mil doce, capacidad cinco pasajeros, cilindrada dos mil cuatrocientos centímetros cúbicos, cilindros cuatro, tracción: cuatro por dos. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, con la base de veinte mil cuatrocientos noventa y ocho dólares con veinticinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis con la base de seis mil ochocientos treinta y dos dólares con setenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra María Fernanda Rivera Fuentes. Exp. N° 16-002235-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del 2016.—Lic. Greivin Steven Mora Alvarado, Juez.—( IN2016030516 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas del cinco de julio de dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones novecientos ocho mil doscientos ochenta y cinco colones con noventa y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y un mil cuarenta y cuatro- cero cero cero, la cual es terreno una casa de habitación y un anexo trasero. Situada en el distrito 1-Upala, cantón 13-Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: noreste: Meylin Murillo noroeste: calle pública con un frente de 14,25 metros lineales. sureste, Olman Salazar Duarte. suroeste, Oscar Marino García Marín. Mide: doscientos noventa y nueve metros con veinticinco decímetros cuadrados. Plano: A-0535546-1984. Para el segundo remate se señalan las ocho horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones cuatrocientos treinta y un mil doscientos catorce colones con cuarenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas del cinco de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones cuatrocientos setenta y siete mil setenta y un colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kenneth David Guzmán Campos. Exp: 14-001380-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del I Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 31 de marzo del año 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030524 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 205-03362-01-0901-001; a las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de noventa y dos mil trescientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y nueve mil cuatrocientos nueve cero cero cero la cual es terreno naturaleza: Lote 2-H terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 3-Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 7 metros 50 centímetros de frente; al sur, lote 27 H; al este, lote 3 H y al oeste, lote 1 H. Mide: ciento cincuenta metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y nueve mil doscientos veinticinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y quince minutos (antes meridiano) del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de veintitrés mil setenta y cinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a

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veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de julio de dos mil dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José Enrique Vargas Robles contra Luis Guillermo Romero Centeno. Exp.: 15-001898-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 19 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030554 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas cero minutos del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y nueve mil ciento ocho cero cero cero la cual es terreno para agricultura lote 269 125-26. Situada en el distrito 2-Batán, cantón 5-Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, río Madre de Dios; al sur, calle; al este, Claudio Brenes y al oeste Félix Méndez. Mide: tres mil trescientos setenta y cinco metros con un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis, con la base de diez millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de julio de dos mil dieciséis con la base de tres millones seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Jairo Gerardo Martínez Ureña, Juan Gerardo de Jesús Martínez Ramírez. Exp: 16-000731-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 26 de abril del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030555 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las trece horas y cuarenta minutos del diecisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y un mil doscientos noventa y uno cero cero cero la cual es terreno de naturaleza de potrero. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, Elida Quesada Jiménez; al este, calle con un frente de 11,00 M y Edith Amador Chacón y al oeste, Marcos Guillermo Arias Rodríguez y Edith Amador Chacón. Mide: setecientos sesenta y ocho metros con siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rodríguez R G. Y Gutiérrez S. A., contra Jesús Barboza Cordero. Exp. N° 16-000739-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 26 de abril del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030556 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y cuatro mil cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte noreste, Rosa María Angulo; al sur suroeste, calle con 11 m 14 cm; al este Servid. de paso c/5m 60cm y al oeste noroeste, Roberto Zúñiga Agüero. Mide: doscientos cuarenta y seis metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de julio de dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Gliceria Hernández Mora, Ramiro del Carmen Godínez Godínez. Exp. N° 16-000023-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 22 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030536 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 361-03353-01-0901-001); a las once horas y treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis y con la base de cinco millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 532030-001/002, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 08 La Tigra, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Olman Arrieta Solano y Mario González, ambos en parte; al sur: Olman Arrieta Solano; al este: calle pública con un frente a ella de 10 mts lineales y al oeste: María Quilina Zamora Gamboa. Mide: quinientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones doscientos treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón cuatrocientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Denis Muñoz Porras, Katia Jaelis Estrella Corea. Expediente: 16-000816-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 21 de abril del 2016.—Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—( IN2016030537 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones; a las quince horas y cero minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y nueve cero cero cero la cual es terreno para construir lote 18 E. Situada en el distrito 05 Cariari, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 19 E; al sur, lotes 15 E y 17 E; al este, lote 3 E y al oeste, resto camino. Mide: mil seiscientos veintinueve metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del

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del once de agosto del dos mil dieciséis, con la base de seis millones novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rodolfo Gómez Enríquez. Exp. N° 16-000007-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 4 de mayo del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016030573 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada, citas: 0321-00007496-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis y con la base de ochenta y nueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 53482-000, la cual es terreno construir 1 edificio, apart. 2 plantas. Situada en el distrito 01 Turrialba, cantón 05 Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: calle pública con 8 m; al sur: Municipalidad de Turrialba; al este: Mayra Arias González y al oeste: Municipalidad de Turrialba. Mide: ciento sesenta y nueve metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del uno de julio de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y seis mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Jaime Gregorio Sojo Romero. Expediente: 16-000428-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 2 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016030579 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando cuatro servidumbres trasladadas así como hipoteca de primer grado e hipoteca de segundo grado; a las catorce horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciséis, (2:00 p.m. 15/06/2016) y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 00238403-000, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 04 Santa Cruz, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Edgar Camacho y calle pública; al sur, Edgar Camacho Pereira; al este, Luz Marina Camacho Pereira y al oeste, Edgar Camacho Pereira y Enrique Jiménez Jiménez. Mide: seis mil seiscientos treinta y cuatro metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil dieciséis (2:00 p.m. 30/06/2016) con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio del dos mil dieciséis (2:00 p.m. 15/07/2016) con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas y Reservas Ley Caminos; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis (10.00 a. m. 16/06/2016), y con la base de siete millones ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y seis colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 62013-000 cero cero cero, la cual es terreno para construir proyecto Limón. Situada en el distrito 04 Río Jiménez, cantón 06 Guácimo de la provincia de Limón. Colinda: al norte: línea férrea; al sur: calle pública; al este: lote B y al oeste: lote 42. Mide: novecientos ochenta y siete metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del uno de julio del dos mil dieciséis (10.00 a. m. 01/07/2016), con la base de cinco millones trescientos ochenta y tres mil trescientos ochenta y cinco colones con dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, (10:00 a. m. 18/07/2016), con la base de un millón setecientos noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y un colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Martín Alfredo Zúñiga Brenes. Expediente: 16-000421-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016030559 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 125.768- 000 la cual es terreno potrero. Situada en el distrito 01 Pacayas, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al sur, Río Birrís; al noreste, Javier Montenegro Calderón; al noroeste, calle pública y al sureste, Río Birrís y otro. Mide: nueve mil ciento veinticinco metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de agosto de dos mil dieciséis con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carlos Magno Eulogio Gutiérrez Serrano. Exp.: 16-001367-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de mayo del 2016.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—1 vez.—( IN2016030565 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso citas 2013-00329297-01-0003-001; a las nueve horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos seis mil cuatrocientos ochenta y uno cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Sardinal, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Juana Carballo Espinoza; al sur, servidumbre con 25.36 metros; al este, Juana Carballo Espinoza y al oeste, calle pública con 21.49 metros de frente. Mide: quinientos veintitrés metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1753275-2014. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos

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por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inmobiliaria La Jaquima R A Sociedad Anónima contra Victorino Moreno Mena. Expediente: 15-001577-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 4 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030651 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 314-11821-01-0002-001; a las once horas y cero minutos del diez de junio de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número sesenta y siete mil ochocientos cuatro-cero cero uno, cero cero dos y cero cero cinco (67804-001, 002 y 005), la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al sur, servidumbre de paso; al este Víctor Hugo Varela Solís; al oeste Hernando Varela Solís y al noreste y noroeste ambos Manuel Camacho. Mide: setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del doce de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Seicynpau Sociedad Anónima contra Bryan Fernando Varela Espinoza. Exp. N° 15-002698-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 12 de abril del 2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2016030652 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas y cero minutos del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 50486-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número uno apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 05 Guacima, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Jaime y Rodrigo Castillo; al sur, calle de acceso; al este, Jaime y Rodrigo Castillo y al oeste, finca filial dos. Mide: seiscientos cinco metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de ochenta mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Chi Cen Internacional Sociedad Anónima. Exp. N° 15-005952-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 18 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030677 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones; a las diez horas y cero minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré los siguientes bienes: con la base de tres millones quinientos cuarenta mil colones exactos, Vehículo placas número 600530, marca Chevrolet, año 2005, estilo Aveo, Vin KL1TD51Y05B406706, cilindrada 1500 c.c., color celeste, categoría automóvil, motor no existente; y con la base de un millón doscientos mil colones exactos:

proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago mil novecientos cincuenta y uno Sociedad Anónima contra Edgar Antonio de Jesús Camacho Pereira. Exp. N° 15-001766-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de abril del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016030580 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis, y con la base de dos millones quinientos ochenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas 891742, marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, capacidad 5 personas, todo terreno 4 puertas, 4x4, año 2000, color verde, motor N° 6G72KL9517, 3000 cc, 06 cilindros, gasolina. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos cuarenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis con la base de seiscientos cuarenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Giovanny Quesada Brenes contra Xiomara Arias Retana. Exp.: 16-000811-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030603 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y cero minutos del nueve de junio de dos mil dieciséis, y con la base de diez mil novecientos diecisiete dólares con veintinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: Placas número 884462. Marca Chevrolet. Capacidad 5 personas. Año 2011. Color rojo. Vin 3GNAL7EC2BS603235. Motor Nº sin número. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis, con la base de ocho mil ciento ochenta y siete dólares con noventa y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del once de julio de dos mil dieciséis con la base de dos mil setecientos veintinueve dólares con treinta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Pablo Mauricio Román Garita. Exp: 15-005972- 1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 07 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030649 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref.: 2370031001; a las catorce horas y cero minutos del trece de junio del dos mil dieciséis y con la base de treinta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cincuenta y nueve mil ciento sesenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno inculto con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Alajuela, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste: calle pública con un frente de ocho metros treinta y nueve centímetros; al noroeste: Diego Prieto García; al sureste: Margarita Prieto y al suroeste: Antonio Quirós Robles. Mide: ciento sesenta y cuatro metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de nueve mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata

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treinta y cinco metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis -3:00 20/07/2016-, con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis - 3:00 p.m. 08/08/2016- con la base de diecisiete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Manuel Francisco Aguilar Gómez contra Juan De Dios Chavarría Aguilera. Exp: 15-002527-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016030706 ).

A las ocho horas del veinte de julio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes y con la base de quince millones setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al Partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de agricultura y potrero, sito en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados y que linda al norte: con Susana Chavarría Loría y Danilo Sbravatti Maroto, al sur: con Manuel Gutiérrez, al este con calle pública y Daniel Sbravatti Maroto y al oeste: con calle pública, según lo describe topográficamente el plano catastrado número H-1049892-2006. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de once millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos veintinueve colones con noventa y cuatro céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del ocho de agosto del dos mil dieciséis. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, esta vez con la base de tres millones novecientos treinta y tres mil doscientos nueve colones con noventa y ocho céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria N° 15-000237-0507-AG (287-3-15) del Banco Nacional de Costa Rica contra Francis Hafeth Rojas Chavarría y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exonerado.—( IN2016030726 ).

Licenciada Cristina Dittel Masís, Jueza del Juzgado de Familia de Cartago, a José Benito Duron Quiroz, en su carácter personal, quien es mayor, soltero, nicaragüense, documento de identidad número 1880102748, se le hace saber que en demanda autorización salida país, establecida por Marcia Mangas Mangas contra José Benito Duron Quiroz, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Marcia Mangas Mangas, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a José Benito Duron Quiroz (art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el

Vehículo placas número 150285, marca Nissan, año 1992, estilo Pulsar X, Vin no indica, cilindrada 1295 c.c., color beige, categoría automóvil, motor N° GA13455578B. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de julio de dos mil dieciséis, vehículo placas número 600530 con la base de dos millones seiscientos cincuenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y vehículo placas número 150285 con la base de novecientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento); para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de agosto de dos mil dieciséis, vehículo placas número 600530 con la base de ochocientos ochenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial), y vehículo placas número 150285 con la base de trescientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso Monitorio de Asociación Costarricense para Organizaciones de Desarrollo (ACORDE) contra Agrupador de Maquinaria y Vehículos Magruveh Sociedad Anónima y otros. Exp: 15-001441-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del PrimerI Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del año 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030696 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones; pero soportando reservas y restricciones, bajo citas: 0303-00006517-01-0901-092; prohib. y condic. ref.: 2247-305-00, bajo citas: 0303-00006517-01-0902-046; servidumbre de paso, bajo citas: 0419-00005625-01-0004-001; hipoteca de primer grado, bajo citas: 2009-00032435-01-0001-001; hipoteca de cuarto grado, bajo citas: 2010-00084561-01-0001-001, a las nueve horas y treinta minutos del primero de junio del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y dos millones setecientos diecinueve mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veintiún mil trescientos dos cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada: en el distrito 02-Volcan, cantón 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso en medio Pindeco S. A. y María Mayorga Villanueva; al sur, Willian Duarte y calle pública; al este, calle pública, y al oeste, río Cañas y Víctor Manuel Bonilla Fernández. Mide: quinientos noventa y seis mil setecientos cuarenta metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve millones quinientos treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del primero de julio del dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento ochenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jesús Monge Bermúdez contra Francisca Navarro Rojas. Expediente Nº 16-000488-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 01 de marzo del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—( IN2016030702 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis -3:00 p.m. 05/07/2016-, y con la base de setenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 25632-000, la cual es terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito 02 Occidental, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, José Meneses; al sur, María Josefa Solano Gutiérrez; al este, Guillermo Rojas y al oeste, calle en medio otros. Mide: doscientos

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por ciento, sea la suma de ciento cincuenta mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de setiembre del dos mil dieciséis. De no apersonarse postores, para el tercer remate, con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cincuenta mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Wai Lam Chan Wong y otros contra Ana Marixa del Carmen Solórzano Hernández y otro. Expediente Nº 16-000966-1157-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del 2016.—Licda. María Carolina Hurtado García, Jueza.—Exonerado.—( IN2016030730 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 573-14468-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de setenta y siete millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil ochenta y tres- cero cero cero, la cual es terreno lote 3 terreno de repastos. Situada en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de 153.63 metros; al sur, Envaplast; al este, Rafael Danilo Cordova Núñez, y al oeste, calle publica con un frente a ella de 153.63 metros. Mide: Seis mil seiscientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cincuenta y ocho millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de setiembre de dos mil dieciséis con la base de diecinueve millones cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Nubia María López Loaiza. Exp. N° 16-002073-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 10 de mayo del 2016.—Licda. Jéssica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016030742 ).

A las ocho horas del veinte de julio de dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, en el mejor postor, libre de gravámenes, y con la base de quince millones setecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al Partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil ciento cuarenta y siete-cero cero cero, que es terreno de agricultura y potrero, sito en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí de la provincia de Heredia, que mide cuatro mil novecientos cuarenta y cuatro metros cuadrados y que linda al norte con Susana Chavarría Loría y Danilo Sbravatti Maroto, al sur con Manuel Gutiérrez, al este con calle pública y Daniel Sbravatti Maroto y al oeste con calle pública, según lo describe topográficamente el Plano Catastrado Número H-1049892-2006. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de once millones setecientos noventa y nueve mil seiscientos veintinueve colones con noventa y cuatro céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del ocho de agosto de dos mil dieciséis, de ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, esta vez con la base de tres millones novecientos treinta y tres mil doscientos nueve colones con noventa y ocho céntimos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo

sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Dentro de este mismo plazo podrá oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que considere pertinente. Por existir personas menores involucradas en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de gestión en línea. Con el fin de realizar una audiencia entre partes, se fijan las trece horas con treinta minutos del veintidós de julio del año dos mil dieciséis. Siendo que según manifestaciones de la parte actora, se desconoce sobre el paradero del señor José Benito, se ordena notificar al mismo por medio de edicto. Notifíquese. Expediente 16-001085-0338-FA-01.—Juzgado de Familia de Cartago, 6 de mayo del 2016.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—( IN201630728 ).

A las ocho horas del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, soportando hipotecas de primer y segundo grado, por las sumas de treinta y nueve millones de colones y cinco millones de colones, respectivamente, ambas a favor del mismo Banco actor y condiciones del IDA, al tomo: 369, asiento: 14739 y sin más gravámenes, y con la base de cinco millones seiscientos cinco mil trescientos noventa y siete colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita al partido de Heredia, matrícula número ciento veintiún mil novecientos setenta y uno-cero cero cero, que es terreno de agricultura Nº 53. Sito: en Puerto Viejo, distrito primero del cantón décimo Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Que mide setenta y ocho mil novecientos setenta y dos metros con cuarenta y un decímetros cuadrados, y que linda: al norte, con lote 52; al sur, con lote 54; al este, río Sucio, y al oeste, con calle pública, según lo describe topográficamente el plano catastrado Nº H-0768873-1988. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de cuatro millones doscientos cuatro mil cuarenta y ocho colones con once céntimos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta, se señalan las ocho horas del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, esta vez con la base de un millón cuatrocientos un mil trescientos cuarenta y nueve colones con treinta y seis céntimos (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 16-000014-0507-AG (18-3-16), del Banco Nacional de Costa Rica contra Raimundo Jarquín Artavia y otro.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 11 de mayo del 2016.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—Exonerado.—( IN2016030729 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las ocho horas treinta minutos del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, con la base de doscientos mil dólares (moneda de los Estados Unidos de América), libre de gravámenes hipotecarios, se rematará el bien dado en garantía, sea la finca de Alajuela, matrícula número trescientos treinta y nueve mil seiscientos treinta y siete-cero cero uno y cero cero dos (339637-001 y 002), naturaleza: terreno de agricultura y repastos. Situada: en el distrito cuarto Coyolar, cantón noveno Orotina, de la provincia de Alajuela. Linderos: norte, Juan Antonio Araya Arguedas; sur, IDA; este, calle pública con un frente de veintiún metros treinta y cinco centímetros e IDA; oeste, Fernando Chavarría Pérez. Mide: veinticinco mil cuarenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº A-0248045-1995. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la base rebajada en un veinticinco

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seiscientos noventa colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular Y De Desarrollo Comunal contra Giovanni Enrique Alfaro Gamboa. Exp. N° 15-000282-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 25 de febrero del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016030782 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 304-01938-01-0054-001: servidumbre de acueducto citas: 475-10408-01-0001-001; a las catorce horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de siete millones cincuenta y ocho mil quinientos noventa y cinco colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula N° 38939-F-000, la cual es terreno finca filial uno bloque I terreno apto para construir que se destinará a uso habitacional y que tendrá una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito Bahía Ballena, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, filial dos bloque I; al sur, parque; al este, parque, y al oeste, calle. Mide: Mil doscientos veintitrés metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones doscientos noventa y tres mil novecientos cuarenta y seis colones con ochenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de un millón setecientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Residencial Turístico Tortuga contra Spectacular View to the Ocean Sociedad Anónima. Exp. N° 15-001162-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 13 de abril del 2016.—Licda. Noelia Prendas Ugalde, Jueza.—( IN2016030783 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando; servidumbre trasladada 280-00617-01-0915-001 y Reservas de Ley d Aguas y de Caminos Públicos 517-13644-01-0004-001; soportando Hipoteca I grado con citas 2010-101768-01-0003-001; hipoteca segundo grado con citas 2011-207762-01-0001-001, a las catorce horas y cero minutos del quince de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y cuatro millones novecientos treinta y tres mil seiscientos ochenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil ochocientos ochenta y cinco-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial primaria individualizada N° 114, apta para construir que se destinará a uso habitacional, altura máxima de dos plantas, con una habitación, terraza y tapis. Situada en el distrito San Antonio, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial 113; al sur, área común destina a acera con rampa para discapacitados y avenida tercera; al este, filial 132 y retiro de construcción; al oeste, área común destina a acera con rampa para discapacitados, calle segunda y retiro de construcción al noreste filial 132; al noroeste, filial 113, al sureste avenida 3, al suroeste calle dos. Mide: doscientos trece metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de junio de dos mil dieciséis, con la base de treinta y tres millones setecientos mil doscientos sesenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de julio de dos mil dieciséis con la base de once millones doscientos treinta y tres mil cuatrocientos veinte colones exactos (un veinticinco

25 de la Ley Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en ejecución hipotecaria Nº 15-000237-0507-AG (287-3-15). Del Banco Nacional de Costa Rica contra Francis Hafeth Rojas Chavarría y otra.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 6 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exonerado.—( IN2016030753 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las diez horas y cero minutos del 20 de junio de dos mil dieciséis, en el mejor postor remataré lo siguiente : 1) con la base de diez millones de colones exactos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 163000-000 la cual es terreno para la agricultura lote 10 Asentamiento Corazón de Jesús. Situada en el distrito 5 Santa Rosa, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, IDA; al sur, IDA y calle; al este, IDA, y al oeste, IDA y calle. Mide: Diez mil doscientos seis metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) A las diez horas y cero minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis, y con la base de doce millones de colones exactos. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 163003-000 la cual es terreno para la agricultura lote 13 Asentamiento Corazón de Jesús. Situada en el distrito 5 Santa Rosa, cantón 7 Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Román Cruz; al sur, IDA; al este, Joaquín Jiménez, y al oeste, IDA y calle pública. Mide: Diez mil doscientos dos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de tres millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ortiz y Jiménez R G C S Sociedad Anónima contra Román Roberto Castillo Ramírez. Exp. N° 16-000596-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016030767 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones, bajo las citas: 324-12420-01-0901-001, servidumbre sirviente, bajo las citas: 337-06429-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del dos de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho millones quinientos treinta mil setecientos sesenta colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil seiscientos dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2 Palmar, cantón 5 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, María Zenón Castrillo Vásquez; al sur, Carretera Interamericana; al este, calle publica, y al oeste, María Zenón Castrillo Vásquez. Mide: Seiscientos metros cuadrados. Plano: P-0752703-1988 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de junio de dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones trescientos noventa y ocho mil setenta colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis con la base de siete millones ciento treinta y dos mil

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de junio de dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento doce mil ochocientos cuatro cero cero cero la cual es terreno de pastos y bosques. Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Nuria Isabel Solano Ramírez; al sur, Jaime Hernández Vargas; al este, calle pública con 98.92 metros, y al oeste, Jaime Torres Esquivelo. Mide: Sesenta y cuatro mil doscientos catorce metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de julio de dos mil dieciséis, con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis con la base de cuatro millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Los Amigos del Bosque Frío S. A. contra El Valle Niquelado de Fernando S. A. Exp. N° 15-000705-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 25 de febrero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030811 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del siete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de un millón diecinueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° 646535, marca Hyundai, estilo Accent L., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color blanco, carrocería sedan 2 puertas, tracción 4x2, chasis KMHCF35G01U122334, Vin KMHCF35G01U122334, cilindrada 1500 cc, combustible gasolina, motor Nº ilegible. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio de dos mil dieciséis, con la base de setecientos sesenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio de dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Ma.Gun Motors Sociedad Anónima contra Xochitl Krupscalla Huembes Rodríguez. Exp. N° 13-002912-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 21 de abril del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016030835 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y quince minutos del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho mil doscientos noventa y tres dólares con cincuenta y ocho centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa CL 286180, año: 2014, color: blanco, marca: Nissan, estilo: Navara, capacidad: 5 personas, vin: MNTVCUD40Z0605890, cilindrada: 2488 c.c. Para el segundo remate, se señalan las once horas y quince minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veintiún mil doscientos veinte dólares con dieciocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y quince minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de siete mil setenta y tres dólares con treinta y nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Reinaldo Zamora Vindas. Expediente Nº

por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Primarias Individualizadas Málaga contra 3102670114 Sociedad de Responsabilidad Limitada. Exp. N° 15-001203-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 8 de abril del 2016.—Msc. Liseth Delgado Chavarría, Jueza.—( IN2016030784 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las trece horas y treinta minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y ocho mil quinientos sesenta y tres cero cero cero la cual es terreno lote 4-B terreno para construir. Situada en el distrito 01 Granadilla, cantón 18 Curridabat, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Vigo S. A; al sur, lote 5 B O Porures y servi otros; al este, Munip de Curridabat calle publ 14.43, y al oeste, Vigo S. A. Mide: Novecientos sesenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de julio de dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y dos mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis con la base de catorce mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-663919 S. A. contra Complejo Dehabite Sociedad Anónima. Exp. N° 15-001712-1209-CJ.—Juzgado d Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 14 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030792 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones; a las nueve horas y treinta minutos del trece de julio de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones quinientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y ocho mil ciento setenta y siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Guillermo Naranjo Porras; al sur, calle publica con 38 metros 70 centímetros; al este, Guillermo Naranjo Porras, y al oeste, esquina a puente. Mide: Dos mil ochenta y dos metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finca Los Amigos del Bosque Frío S. A. contra Marco Antonio de los Ángeles Araya Ulloa. Exp. N° 15-001710-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 14 de enero del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030810 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve

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11-007657-0174-TR; a las diez horas quince minutos del diez de junio del dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas 814705, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie, chasis, VIN KMHVF21NPVU478392, año 1997, carrocería sedan 4 puertas, color blanco, tracción 4x2, cilindrada 1500 c.c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las diez horas quince minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas quince minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Diego Vega Rodríguez. Exp. N° 12-012551-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 6 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030849 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales, a las diez horas y cero minutos del veinte de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ciento noventa y seis mil cuarenta colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas: 731603, marca: Hyundai, estilo: Elantra, categoría: Automóvil, capacidad: Cinco personas, serie, chasis y vin número: KMHJW31MPTU021857, carrocería: Station Wagon o Familiar, tracción: Cuatro por dos, modelo: 1996, color: Azul. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos cuarenta y siete mil treinta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la base de quinientos cuarenta y nueve mil diez colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Polasi JDS Corporación de Inversiones S. A. contra María Inés Apu Valle. Expediente Nº 09-001568-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 28 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—( IN2016030865 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas treinta minutos del diez de junio del dos mil dieciséis, y con la base de novecientos cincuenta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa MOT-312823, marca United Motors, estilo Max 125 R, año 2010, color rojo, motor 157FMI/10L02246, chasis L5DPCJF11AZM15558. Para el segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintisiete de junio del dos mil dieciséis, con la base de setecientos catorce mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas treinta minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de doscientos treinta y ocho mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Cristhian Mena Rojas en expediente N° 13-017583-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016030880 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de setecientos setenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: MOT 428996, marca: Freedom, estilo: ZS 150-7, categoría: Motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2015, color: Rojo, cilindrada: 149 c.c., combustible: Gasolina, número de motor:

15-043827-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de abril del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030837 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de un millón ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas N°: MOT-376587, marca: Velimotor, estilo: VL 250 GY 11, categoría: motocicleta, capacidad: 2 personas, año: 2014, color: rojo, vin: L6UA4JA27EA028812, cilindrada: 250 cc, combustible: gasolina, motor N°: 170MM8D200030. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta y seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de doscientos cincuenta y dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johan Antonio Martínez Víquez. Expediente Nº 15-029494-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de octubre del 2015.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030839 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las once horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: 871895, marca: Hyundai, estilo: Accent, capacidad: 5 personas, año: 2000, color: negro, categoría: automóvil, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, chasis: KMHCG41GPYU101761, número de motor: no legible, cilindrada: 1500 C.C., combustible: gasolina, cilindros: 04. Para el segundo remate, se señalan las once horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, con la base de un millón novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las once horas y treinta minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra María del Carmen Miraba Umaña. Expediente Nº 13-002087-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de abril del 2016.—Lic. Luis Alberto Ureña Monge, Juez.—( IN2016030841 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y quince minutos del ocho de junio del dos mil dieciséis, y con la base de seiscientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas MOT-345214, marca: Freedom, estilo: ZS200GY-3III, motocicleta, año: 2013, color: negro, motor N°: ZS167FML35D100411, 196 C.C., gasolina. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y quince minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos setenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y quince minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Luis Carlos Artavia Serrano. Expediente Nº 14-010284-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Lic. Marvin Ovares Leandro, Juez.—( IN2016030845 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión a la orden del Juzgado Penal de Goicoechea del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo la sumaria 10-8641-175-PE, y colisión a la orden del Juzgado de Transito del Segundo Circuito Judicial de San José, bajo la sumaria

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ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Jeison Navarro Aburto. Exp.: 15-023396-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de marzo del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030895 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de ochocientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número MOT-377175, marca Haojue, estilo HJ1257, categoría motocicleta, año 2013, color azul, vin LC6PCJB85D0006697, cilindrada 125 cc, motor 156FMID2D00247. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veintiún mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Jeison Navarro Aburto. Expediente: 15-023396-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 2 de marzo del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030900 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil dieciséis y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diecinueve mil ciento cuarenta y ocho-cero cero cero, derecho correspondiente a un medio en la finca, la cual es terreno de café y cultivos. Situada en el distrito Zaragoza, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, María Rojas Rojas y Hermanos Rojas Salas S.R.L en esta última con servidumbre en medio con un frente de 61,75 metros; al sur, Cafetalera Rojas Salas Limitada en parte con quebrada en medio y parte en ella; al este, Elías Pérez Vásquez y calle pública con un frente de 115,55 metros y al oeste, Cafetalera Hermanos Rojas Salas Limitada. Mide: ocho mil setecientos cinco metros con treinta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del uno de julio del año dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de julio del año dos mil dieciséis con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Evaristo Alice del Carmen Zumbado Mora contra Agropecuaria Rojas Alvarado Sociedad Responsabilidad Limitada. Exp.: 15-001398-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 02 de mayo del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016030931 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cuarenta minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil seiscientos nueve-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 03 Rita, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, José Antonio Madríz Fernández; al sur, calle pública con un frente de 491.86 metros; al este, calle pública con un frente de 189.79 metros y Julio Cesar Alvarado Castro y al oeste, calle pública con un frente de 175.07 metros. Mide: veinticinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta minutos del uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta minutos del dieciocho de agosto de dos mil dieciséis con la base de seis millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las

ZS162FMJ8F102332. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de quinientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio de dos mil dieciséis con la base de ciento noventa y dos mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra David Alonso Murillo Moreno. Exp.: 15-034302-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—( IN2016030884 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número GB 2009 (únicamente se remata el vehículo y no la placa dada en concesión), marca Hyundai, estilo Starex, categoría microbús, capacidad 12 personas, año 2001, color plateado, vin KMJWWH7HP1U344028, cilindrada 2500 cc, combustible diésel, motor D4BBH1123445. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Nelson Retana Mora. Expediente: 15-013359-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2016.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2016030889 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 549657. marca Mitsubishi, estilo Montero Sport, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color negro, VIN JA4LS21H61P009182, cilindrada 3000 c.c., combustible gasolina, motor Nº no verificado. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de octubre de dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis con la base de ochocientos sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Aida Nuria Ordoñez Soto. Exp. N° 15-017907-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de abril del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016030892 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de ochocientos veintiocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número MOT-377175, marca Haojue, estilo HJ1257, categoría motocicleta, año 2013, color azul, Vin LC6PCJB85D0006697, cilindrada 125 c.c., motor 156FMID2D00247. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre de dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veintiún mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis con la base de doscientos siete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso

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ciento noventa y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, María Dolores Rubí Mercado; al sur, Antonio Sáenz Corella; al este, Fernando Guerrero Solís y al oeste, calle pública con un frente de 7.59 cm. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, con la base de diez millones novecientos veintiséis mil seiscientos dos colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis con la base de tres millones seiscientos cuarenta y dos mil doscientos colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L. contra Nelida Lorena Díaz Martínez y Ronald Enrique Molina Pérez. Exp: 16-000287-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 13 de abril del año 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016031003 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de junio del dos mil dieciséis - 10:00 a. m. 23/06/2016-, y con la base de cincuenta y cuatro millones setecientos cuarenta y cinco mil seiscientos ocho colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento diecinueve mil quinientos cinco-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito San Juan, cantón La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: lote número cinco-LL; al sur: lote número siete-LL; al este: Joaquín Tinoco Lara y al oeste: calle pública. Mide: ciento setenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de julio del dos mil dieciséis, -10:00 a. m. 08/07/2016-, con la base de cuarenta y un millones cincuenta y nueve mil doscientos seis colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de julio del dos mil dieciséis -10:00 a. m. 26/07/2016-, con la base de trece millones seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos dos colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). “Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica”. Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Larrin Araya Pérez. Expediente: 16-001296-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de abril del 2016.—Lic. Allan Barquero Durán, Juez.—( IN2016031005 ).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes

prendarios, a las catorce horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete mil seiscientos dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa EE-019086, marca: Massey Ferguson, estilo: MF398-4, año: 1997, color: rojo, capacidad: 1 persona. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil doscientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil cuatrocientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido

personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Julio César Alvarado Castro. Exp. N° 16-000877-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 12 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016030958 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veintiséis mil ciento veinticinco dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 97692-001 la cual es terreno potrero y agricultura. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Rafael Arias Zúñiga; al sur, Amelia Azofeifa y otro; al este, Nieves Corrales y otros y al oeste, calle con 2,50 metros y otros. Mide: Cuatro mil treinta y tres metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del doce de julio de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve mil quinientos noventa y tres dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de julio de dos mil dieciséis con la base de seis mil quinientos treinta y un dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Centinelas Celestiales S. A. contra Marco Caldi. Exp.: 15-038533-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de enero del 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016030987 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 19670-000 cero cero cero, la cual es terreno de tacotal y montaña situada en el distrito 03 Potrero Grande cantón 03 Buenos Aires de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, Alfredo Amador Higaldo y Quebrada Negra; sur, Amadeo Altamirano Navas; Quebrada Ceibo y Gustavo Guzmán Guzmán; este, Rio Amaca; oeste, Carlos Guillermo Liebhaber Villanueva; James Irving Youmanz; camino en medio Cromaco con un frente de 1542.50 metros. Mide: tres millones setecientos nueve mil quinientos veintiún metros con cincuenta y dos decímetros cuadrados. Plano: P-0010383-1973. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de sesenta y tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis con la base de veintiún millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Klapeida Maris KM S. A. contra Ranchos Amigos S. A. Exp. N° 16-000421-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. Yessenia Brenes González, Jueza.—( IN2016030988 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis, y con la base de catorce millones quinientos sesenta y ocho mil ochocientos dos colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil

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En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y cero minutos del catorce de julio del dos mil quince, y con la base de setenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y cinco mil ochenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada: en el distrito Calle Blancos, cantón Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Pastor; al sur, calle con 10 m; al este, Eduardo Solís, y al oeste, Urbanización Sto. Tomas. Mide: cuatrocientos veintinueve metros con sesenta centímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de julio del dos mil quince, con la base de cincuenta y seis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de agosto del dos mil quince, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Verónica Natalia Cordero Ortega. Expediente Nº 14-003152-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 06 de abril del 2015.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016031224 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil dieciséis, y con la base de cuatro mil seiscientos un dólares con setenta y cuatro centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas Nº 856563, marca: BYD, estilo: GLX-I, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2010, carrocería: Sedan 4 puertas, color: plateado, tracción: 4x2. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de julio del dos mil dieciséis, con la base de tres mil cuatrocientos cincuenta y un dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, con la base de mil ciento cincuenta dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos Sociedad Anónima contra Kevin Fabián Varela Calvo. Expediente Nº 16-001215-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 03 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016031336 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las dieciséis horas y cero minutos del siete de junio del dos mil dieciséis (04:00 p. m. 07/06/2016), y con la base de diecinueve mil seiscientos ochenta y siete dólares con cuarenta y dos centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placas: RJK115, marca: Honda, categoría: automóvil, vin: 19XFB2550DE500862, año: 2013, color: gris, cilindrada: 1.798 c.c. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis (04:00 p. m. 22/06/2016), con la base de catorce mil setecientos sesenta y cinco dólares con cincuenta y siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del siete de julio del dos mil dieciséis (04:00 p. m. 07/07/2016), con la base de cuatro mil novecientos veintiún dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de MB Créditos S. A. contra Róger González Araya. Expediente Nº 16-001226-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de abril del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016031338 ).

a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de El Colono Agropecuario S. A. contra Andrey Antonio Ampié Guzmán. Expediente Nº 16-000492-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 10 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016031188 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y treinta minutos (09:30 a. m.) del primero de julio del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 42782-000 cero cero cero, la cual es terreno cultivos. Situada: en el distrito 03 Capellades, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, río La Ortiga; al sur, calle pública y Javier Montenegro Calderón; al este, Javier Montenegro Chacón, y al oeste, calle pública; al noreste, río Ortiga; al noroeste, punto de inflexión de la parcela; al sureste, Javier Montenegro Calderón, y al suroeste, calle pública con 150 metros 56 centímetros de frente. Mide: siete mil cuatrocientos noventa metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos (09:30 a. m.) del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos (09:30 a. m.) del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Édgar Guillermo Chacón Aguilar. Expediente Nº 16-001272-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de mayo del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016031216 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 301-15300-01-0901-001; reservas y restricciones citas: 353-01792-01-0903-001; reservas y restricciones citas: 353-01792-01-0904-001; reservas y restricciones citas: 353-01792-01-0905-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 569-38176-01-0001-001 y servidumbre de acueducto citas: 2013-80089-01-0001-001, a las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del cinco de julio del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y siete millones ciento ochenta y cuatro mil novecientos setenta y dos colones con treinta y siete céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 150219-000, la cual es terreno de potrero y árboles. Situada: en el distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso; al sur, servidumbre de paso; al este, Antonio Gómez Gómez, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: siete mil novecientos metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del veinte de julio del dos mil dieciséis, con la base de veintisiete millones ochocientos ochenta y ocho mil setecientos veintinueve colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos (08:00 a. m.) del ocho de agosto del dos mil dieciséis, con la base de nueve millones doscientos noventa y seis mil doscientos cuarenta y tres colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Importaciones Europeas KRSAK Sociedad Anónima. Expediente Nº 16-001467-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de mayo del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016031218 ).

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José. Colinda: al norte, Calle Villanea; al sur, resto pared medianera, al este, resto reservado, al oeste, alameda 7. Mide: ciento cuarenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano: SJ-0837305-2003. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de treinta y un millones ochocientos cincuenta y siete mil ciento treinta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de julio del dos mil dieciséis, con la base de diez millones seiscientos diecinueve mil cuarenta y cinco colones con sesenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Ahorro y Prestamos de la Asociación Nacional de Educadores contra Juan Jairo Bustamante Mora. Exp. N° 15-011334-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 29 de octubre del 2015.—Licda. Alexandra Zúñiga Mora, Jueza.—( IN2016031363 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos (11:00 a. m.) del uno de julio del dos mil dieciséis y con la base de dos millones noventa y seis mil treinta y tres colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa numero C-130457, marca: White, estilo: WCM42T, año: 1984, color: anaranjado, chasis: 068124, categoría: carga pesada, vin: 1WUBLCSD9EN068124. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos (11:00 a.m.) del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón quinientos setenta y dos mil veinticuatro colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos (11:00 a. m.) del cuatro de agosto del dos mil dieciséis, con la base de quinientos veinticuatro mil ocho colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho, la anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Inmobiliaria Tanzi Sociedad Anónima contra Christian Jesús Vargas Murillo. Expediente: 16-001315-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de mayo del 2016.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2016031366 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de anotaciones y gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de julio del año dos mil dieciséis, y con la base de tres millones cuatrocientos noventa y un mil ciento ochenta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placas número 801354, marca Nissan, estilo Xterra XE, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2000, color blanco, Vin 5N1ED28T6YC510346, cilindrada 3300 cc, combustible gasolina, motor Nº no transmitido. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de julio del año dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos dieciocho mil trescientos ochenta y ocho colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de agosto del año dos mil dieciséis con la base de ochocientos setenta y dos mil setecientos noventa y seis colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Expertos Sociedad Anónima contra Luis Rodolfo Alfaro Sancho. Exp.: 15-003173-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, (Materia Cobro), 15 de enero del 2016.—Licda. Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2016031397 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y de Caminos; a las once horas del catorce de junio del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones bajo las citas 400-19858-01-0900-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones ochocientos diecinueve mil ciento treinta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 429864-001-002, la cual es terreno con una casa de habitación lote 29. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas cantón 02, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 30; sur, Roberth Alberto Mendoza Flores y Tracy Jacney Morales Bustos; este, calle pública con un frente de 7.00 metros; oeste, Patricia Acuña Brenes. Mide: ciento sesenta y un metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: A-1158383-2007. Para el Segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del doce de julio del año dos mil dieciséis, con la base de catorce millones ciento catorce mil trescientos cuarenta y ocho colones con veinticinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de julio del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones setecientos cuatro mil setecientos ochenta y dos colones con setenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L., contra David Mena Hernández y Marina Merlo Espinoza. Exp.: 16-000490-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 25 de abril del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016031343 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: tomo 321, asiento 12818, uso ref.: 2139-404-005, citas tomo 321, asiento 12818, reservas Ley de Caminos citas tomo 408, asiento 14217-01-0250-001, Reservas Ley Aguas citas: tomo 408, asiento 14217-01-0251-001; a las diez horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciséis y con la base de veintiséis millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y cinco-cero cero tres y cero cero cuatro, la cual es terreno construir lote 30-11 Proyecto Haciendas del Sur. Situada en el distrito 05 Piedras Blancas, cantón 05 Osa de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: lote 30-12; al sur: parcela 30; al este: lote 30-10 y al oeste: parcela 30. Mide: mil ciento treinta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta de junio del dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones setecientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del quince de julio del dos mil dieciséis, con la base de seis millones quinientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Guillermo del Carmen Badilla Cruz. Expediente: 14-006300-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, (Materia Cobro), 9 de mayo del 2016.—Lic. Harold Ríos Solórzano, Juez.—( IN2016031362 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre traslada a las citas 326-03445-01-0901-002, plazo de convalidación (rectificación de medida) a las citas 2011-282746-01-0003-001; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del trece de junio del dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y dos millones cuatrocientos setenta y seis mil ciento ochenta y dos colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número uno-doscientos ochenta y siete mil tres-cero cero cero, naturaleza: construir con 1 casa 793. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San

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Exp. N° 15-024002-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de enero del 2016.—M.Sc. Yesenia Solano Molina, Jueza.—( IN2016031411 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de seis millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 496532-000 cero cero cero, la cual es terreno con una casa, lote N-22. Situada en el distrito Hatillo, cantón San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, IMAS; al este, IMAS y al oeste IMAS. Mide: ciento veintiocho metros con ochenta y dos decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis, con la base de cinco millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis con la base de un millón seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de La Fuente S. A. contra María Nieves Arguedas Camacho. Exp.: 15-042452-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de enero del 2016.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2016031413 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas tomo 2013 asiento 99133; a las once horas y treinta minutos del veinte de junio del dos mil dieciséis, y con la base de ciento dieciocho mil setecientos ochenta y siete dólares con cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito (11) Quebradilla, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, en parte calle pública y en parte Carlos Luis Montero Alfaro y al oeste, camino público. Mide: ciento noventa y nueve mil ciento diecisiete metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, con la base de ochenta y nueve mil noventa dólares con veintiocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil dieciséis con la base de veintinueve mil seiscientos noventa y seis dólares con setenta y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Héctor Elizondo Campos contra Constructora Civo S. A. Exp. N° 16-001253-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 4 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2016031426 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis, y con la base de ciento treinta y un mil ciento sesenta dólares con cuarenta y seis centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta mil setecientos noventa-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Heredia, cantón primero Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Óscar Paniagua Muñoz; al sur, Mario Aguilar y Antonio Herrera Oviedo; al este, Óscar Paniagua Muñoz y al oeste, calle diez con diez metros tres centímetros. Mide: trescientos veinticuatro

remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matricula número 00529067-000, la cual es terreno de patio, casa y jardín. Situada en el distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, El Héroe de Alajuela S. A.; al sur, calle pública con 04.00 m.; al este, Guillermo Cartin Flores y al oeste, El Héroe de Alajuela S. A. y El Balcón Rojo S. A. Mide: mil diez metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas del veintinueve de junio del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas del catorce de julio del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ana Patricia Niño Villamizar contra Alejandra Mena Sandí y Harry Hernández Barrantes, en expediente N° 16-001082-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 26 de abril del 2016.—Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—( IN2016031404 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos del veintinueve de junio de dos mil dieciséis, y con la base de seis mil quinientos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos un mil novecientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote 09. Situada en el distrito Tambor, cantón Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública con 7 m 90 cm; al sur, servidumbre de paso; al este lote 8 y al oeste, calle pública con 20 m 90 cm. Mide: ciento sesenta y cinco metros con veinticinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de julio de dos mil dieciséis, con la base de cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del nueve de agosto de dos mil dieciséis con la base de mil seiscientos veinticinco dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso de ejecución hipotecaria de Propiedades de la Plata S. A., contra Edwin Eduardo Castillo Gutiérrez. Exp: 15-042427-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de febrero del año 2016.—Lic. Raúl Buendía Ureña, Juez.—( IN2016031408 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de julio de dos mil dieciséis y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento cuarenta y dos mil quinientos dieciséis-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 Concepción, cantón 03 La Unión de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: calle 1 con 06,00 mts; al sur: lote 70; al este: lote 74 y al oeste: lote 72. Mide: ciento catorce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto del dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del uno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Propiedades de la Plata Sociedad Anónima contra Angie Viviana Baltodano Hernández.

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en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 176551-000, la cual es terreno de ganadería lote 12-C. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de. Colinda: al norte, lote 13 C; al sur, lote 11 C; al este, servidumbre agrícola con un frente de 48 M lineales con 42 cm lineales y al oeste, lote 3 C. Mide: cinco mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del cinco de julio del año dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve millones seiscientos veinticuatro mil novecientos cuatro colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del veinte de julio del año dieciséis con la base de diecisiete millones seiscientos once mil sesenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Pablo Andrés Quesada Muñoz. Exp: 14-036139-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 06 de mayo del año 2016.—Lic. Carlos Alberto Marín Angulo, Juez.—( IN2016031481 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 332, asiento 1667; a las nueve horas y cero minutos del once de julio del año dos mil dieciséis y con la base de quince millones quinientos setenta y nueve mil colones exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 102329-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 04 Ulloa cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, resto en lote 139 resto destin calle; al sur, resto en lote 137 resto destin calle; al este, resto en lote 137 y 139 destin calle y al oeste, resto destinado a calle. Mide: doscientos ochenta y nueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintisiete de julio del año dos mil dieciséis con la base de once millones seiscientos ochenta y cuatro mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del doce de agosto del año dos mil dieciséis con la base de tres millones ochocientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rosibel Aguilar Padilla y Sigifredo Álvarez Guadamuz. Exp.: 13-004185-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. María Gabriela Solano Molina, Jueza.—( IN2016031527 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número treinta y siete mil seiscientos ochenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: María Viviana Montes Chavarría; al sur: Raimundo Briceño calle 4 m 67 cm; al este: José Joaquín Hernández Canales y al oeste: María Rosa Salas Mora. Mide: cincuenta y cuatro metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de julio del dos mil dieciséis, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de julio del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nelson Isaac González Rivera contra Ada de los Ángeles Chavarría Astorga.

metros con veinte decímetros cuadrados. Plano H-0000489-1971. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, con la base de noventa y ocho mil trescientos setenta dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del quince de diciembre de dos mil dieciséis con la base de treinta y dos mil setecientos noventa dólares con once centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Manuel Andrés Bolaños Gutiérrez. Exp.: 15-039050-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de abril del 2016.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2016031446 ).

A las ocho horas y treinta minutos del siete de junio del dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho, en el mejor postor de la forma que se dirá y con sus respectivas bases remataré lo siguiente: 1-) Con la base de veintiséis millones setecientos noventa y tres mil trescientos ochenta y cuatro colones exactos; libre de gravámenes hipotecarios la finca, partido de Alajuela, matrícula número 423500-000, la cual es terreno con un local comercial, parqueo, una casa de habitación y zona verde. Situada en el distrito 05, Venecia cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Claudino Madriz Rodríguez y José Eduardo Arce Guzmán; noroeste, Claudino Madriz Rodríguez y Mery Miranda Paniagua; sureste, calle pública con frente de 15,56 cms; y suroeste, José Luis Quirós Rojas y calle pública con frente de 59 mts con 96 cms. Mide: dos mil seiscientos veintiséis metros con quince decímetros cuadrados. Plano: A-1026165-2005. 2-) Con la base de veintiocho millones doscientos seis mil seiscientos dieciséis colones exactos libre de gravámenes hipotecarios pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 315-15885-01-0902-012, plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 570-48267-01-0005-001 y afectaciones y limitaciones ley forestal 7575 bajo las citas 2013- 299174-01-0008-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula número 175405-000, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 11 Cutris, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Río Chamorrito; sur, camino público; este, Jesús Miguel Alvarado; y oeste, Roger Ugalde y otros. Mide: setecientos cincuenta y cuatro mil trescientos treinta y tres metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Plano: A-0830924-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de junio del dos mil dieciséis, con la base de veinte millones noventa y cinco mil treinta y ocho colones exactos por la finca del partido de Alajuela, matrícula número 423500-000, y con la base de veintiún millones ciento cincuenta y cuatro mil novecientos sesenta y dos colones exactos por la finca del partido de Alajuela, matrícula número 175405-000, (rebajada en un veinticinco por ciento), para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de julio del año dos mil dieciséis, con la base de seis millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos cuarenta y seis colones exactos por la finca del partido de Alajuela, matrícula número 423500-000, y con la base de siete millones cincuenta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro colones exactos por la finca del partido de Alajuela, matrícula número 175405-000, (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Vargas Rodríguez. Exp. N° 15-002082-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 15 de abril del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016031477 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 325-11522-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 428-11036-01-0002-01, practicado citas: 800-241900-01-0001-001; se señala para primer remate las diez horas cero minutos del veinte de junio del año dieciséis, y con la base de cincuenta y dos millones ochocientos treinta y tres mil doscientos cinco mil colones con setenta y cuatro,

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Miranda, Jorge Castro Miranda, Marta Castro Miranda, Víctor Castro Miranda, Marcos Castro Miranda, Eduardo Castro Miranda, Gumercindo Sánchez Solano, y Quebrada Mercedes en parte; al este, Gumercindo Sánchez Solano, Gerardo Sánchez Solano y Quebrada Mercedes en parte; y al oeste, Marcos Murillo Sánchez, Martin Murillo Sánchez, Rafael Murillo Sánchez, María Murillo Sánchez, Yamileth Murillo Sánchez, Esther Murillo Sánchez, servidumbre de paso con un frente de tres metros con cincuenta centímetros lineales, y Quebrada Mercedes. Mide: en la materialidad: veinticinco mil quinientos ochenta y seis metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número A-1874892-2016. Su medida según el Registro Público es de mil novecientos setenta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Indica el promovente que estima el inmueble en la suma de diez millones de colones exactos, y las presentes diligencias en la suma de un millón de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información Posesoria, promovida por Bovar Sociedad Anónima. Exp. N° 15-000015-0815-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del 2016.—Lic. Rodolfo Vásquez Vásquez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016028955 ).

María Nieves Dávila Abarca, soltera, mayor de edad, ama de casa, vecina de Sardinal, Playas del Coco, Guanacaste, cédula de identidad cinco-ciento cuarenta y cinco-mil 0cuatrocientos cuarenta y dos, promueve información posesoria. Pretende inscribir a su nombre en el Registro Público Inmobiliario, libre de gravámenes y cargas reales, el inmueble que se describe así: Terreno de potrero, situado en Nuevo Colón, Sardinal (distrito tercero), de Carrillo (cantón quinto), de la provincia de Guanacaste. Linderos: Norte, José Ángel Contreras Moreno y Banco Improsa; sur, Rolando Matarrita Montoya, Ligia Ortiz Villalobos y quebrada El Coyol; este, Carlos Dávila Abarca, Gerardo Obando Abarca, Zeidy Abarca Romero, quebrada El Coyol y calle pública, y oeste, reforestaciones de Guanacaste y quebrada El Coyol. Según plano catastrado G-un millón ochocientos ochenta mil novecientos noventa y tres-dos mil dieciséis. Mide de extensión dieciocho hectáreas setecientos treinta y dos metros cuadrados. Manifiesta que no está inscrito, que carece de título inscribible y que no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no tiene condueños, ni pesan cargas reales ni gravámenes sobre el inmueble. Lo adquirió por donación de Rafael, Soledad Paulina, todos de apellidos Dávila Abarca y Warner Jiménez Dávila, el veinticinco de noviembre del dos mil nueve. Estima el inmueble como las diligencias en tres millones de colones. Por el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a todas las personas interesadas para que se apersonen en defensa de sus derechos. (Exped. N° 10-000287-0387-AG, información posesoria de María Nieves Dávila Abarca).—Juzgado Agrario de Liberia.—Licda. Ruth Alpízar Rodríguez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029307 ).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 13-000229-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Carlos Manuel Gómez Ramírez, mayor, casado una vez, jornalero, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos-cero cero cuatro, vecino de San Pedro de Santa Bárbara de Santa Cruz, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pastos. Situada en San Pedro del distrito sétimo Diriá, cantón Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Oscar Gómez Villafuerte; al sur, calle pública con un frente a ella de veintisiete metros con cuarenta y cuatro centímetros lineales; al este, Carlos Manuel Gómez Ramírez y al oeste, José Chavarría Junes. Mide: mil trescientos cuarenta y tres metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número G-1071102-2006. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cien mil colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por

Expediente: 15-000688-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 20 de agosto del 2015.—Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—( IN2016031532 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del seis de julio del año dos mil dieciséis y con la base de dieciocho mil ciento cincuenta dólares exactos en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo 911533, marca Renault, automóvil, color beige, año dos mil doce, marca de motor Renault, número de motor K siete MF siete uno cero Q cero siete uno tres seis dos, cilindrada un mil seiscientos centímetros cúbicos, capacidad cinco pasajeros, combustible gasolina, número de chasis nueve FBBSRADDCM cero dos cuatro cuatro dos cinco, tracción 4x2, carrocería sedan cuatro puertas Hatchback. Para el Segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil dieciséis con la base de trece mil seiscientos doce dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la Tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiuno de agosto del año dos mil dieciséis con la base de cuatro mil quinientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Gabriela Villalta Villareal y Silvia Villarreal Castillo. Exp.: 15-005270-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del 2016.—Msc. Christian Mora Acosta, Juez.—( IN2016031572 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 437-01809-01-0008-001; a las diez horas y cero minutos del trece de junio de dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones quinientos sesenta mil seiscientos setenta y siete colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil cuatrocientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno de solar con una casa vieja, ampliada en parte. Situada en el distrito 03 Guaycará, cantón 07 Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Ángela Valverde; al sur, José Arias; al este, calle publica con 18 metros 35 centímetros y al oeste, José Arias. Mide: setecientos ochenta y un metros con nueve decímetros cuadrados P-0073088-1992. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de junio de dos mil dieciséis, con la base de diecinueve millones ciento setenta mil quinientos siete colones con setenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del trece de julio de dos mil dieciséis con la base de seis millones trescientos noventa mil ciento sesenta y nueve colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Bernabé Araya Céspedes a exp: 16-000227-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 26 de abril del año 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016031606 ).

Títulos SupletoriosSe hace saber que ante este Despacho, se tramita el expediente

N° 15-000015-0815-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Bovar Sociedad Anónima, cédula jurídica 03-101-274335, representada por Catalina Bogantes Vargas, mayor, casada una vez, Ingeniera, vecina de Heredia, cédula de identidad 01-1115-0389; y Claudina Vargas Herrera, mayor, viuda, vecina de Atenas, ama de casa, cédula de identidad 02-0263-0912, a fin de inscribir a su nombre y rectificar ante el Registro Público de la Propiedad, la medida del terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de potrero. Situada en el distrito tercero Mercedes, cantón quinto Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, con Pedro Bogantes Arroyo; al sur, Hernán Castro

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titulación a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Información posesoria, expediente número 15-100038-1046-CI (47-15) establecidas por Asociación Cristiana Fuente de Vida de Potrero Grande de Buenos Aires Puntarenas, representada por José Ángel Castro Godínez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 24 de noviembre del 2015.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2016029382 ).

Se emplaza a todos los que tuvieren interés en proceso de información posesoria promovida por Silvia Vásquez Cascante, mayor, soltera, unión libre, cédula número uno-novecientos ochenta y cuatro- ciento setenta y nueve, vecina de quebrada de ganado para que se titule a su nombre la finca sin inscribir del Partido de Puntarenas, que es terreno con frutales y una casa, sito en Jacó distrito primero Jacó del cantón Once “ Garabito “ de la Provincia de Puntarenas linda al norte, con: Thelma Vásquez Núñez, Familia Ureña Sociedad Anónima y David Fallas Alvarado al sur, con calle pública con un frente a ella veintidós metros treinta y un decímetros lineales al este, con Cecilia Ramírez Valerio y oeste, con calle publica con una medida de diez metros cinco decímetros lineales, con una medida de ochocientos veinticinco metros cuadrados según plano catastrado número P-1602948-2012. Se ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, sin interrupción y a título de dueño. Las presentes diligencias no tiene por objeto evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, no hay condueños, ni pesan cargas reales sobre el ni gravámenes sobre él. Lo adquirió por medio de donación, el inmueble lo estima en la suma de tres millones seiscientos siete mil ochocientos colones mil colones. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber a este Despacho dentro del plazo de un mes contando a partir de la publicación de este edicto. Información posesoria N° 15-100235-642-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas, 10/5/2016.—Licda. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—( IN2016029577 ).

Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 16-000025-0465-AG(b-2) donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Gilberto Orlando Brooks Johnson quien es mayor, casado, vecino de Zent de Matina, Carrandí, Limón, portador de la cédula de identidad Nº 0700380736, profesión desconocida, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es agricultura con charral y tacotal. Situada en el distrito Carrandí, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda al norte, con Aproveco S. A.; al sur, con calle pública Ruta 32; al este, Eva Saray Jiménez Ortega, Achín Chaves Rosales, Fernando Porras, Gregorio Fonseca Fonseca, Manuel Antonio Arias Carmona, Arturo Marín Durán, Yolanda Pérez Pérez, calle pública ruta 152 y al oeste, con Aproveco S. A., Gestión de Crédito y Cobro del BYB S. A. Mide: nueve hectáreas con ocho mil cuatrocientos veintisiete metros con noventa y seis decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº L-107696-1993. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de cuarenta años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en siembra de coco y mantener la propiedad con cacaotal. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Gilberto Orlando Brooks Johnson, expediente Nº 16-000025-0465-AG(B-2).—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica-Limón, 31 de marzo del 2016.—Licda. Silvia Sánchez Blanco, Jueza Agraria.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029639 ).

Lidia Ruiz Jiménez, soltera, ama de casa, cédula siete-ciento cuarenta y nueve-cuatrocientos sesenta y tres, vecina de Linda Vista de Colorado Pococí Limón, promueve diligencia de Información

donación, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de once años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, carcado, reparación de carcas, mantenimiento, limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Carlos Manuel Gómez Ramírez. Expediente N° 13-000229-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 27 de abril del 2016.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029309 ).

Se hace saber: que ante este Despacho, se tramita el expediente N° 15-000150-0386-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Anabelle Martínez Quesada quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Liberia, Guanacaste, educadora, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco-ciento sesenta y uno-novecientos siete a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Guanacaste, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ester Borges Rivas; al sur, calle pública con un frente de ocho metros con cincuenta y cinco centímetros; al este, Rosario Martínez Quesada y al oeste, Charoovi Sociedad Anónima. Mide: ciento sesenta y cuatro metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de donación de su hermana María del Rosario Martínez Quesada, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y uso adecuado del terreno, limpieza riego y siembre de árboles frutales y cercado del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, Otros Inmuebles, según se constata del registro público de la propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho, a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Anabelle Martínez Quesada. Exp. N° 15-000150-0386-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Civil), 21 de abril del 2016.—Lic. Javier Camacho Duarte, Juez.—Roger Javier Camacho Duarte.—1 vez.—( IN2016029355 ).

Asociación Cristiana Fuente de Vida de Potrero Grande de Buenos Aires Puntarenas, representada por José Ángel Castro Godínez, mayor, casado una vez, pastor religioso, cédula de identidad número uno ochocientos-ochocientos treinta y cuatro, vecino de potrero grande de Buenos Aires; 75 metros al oeste, de la escuela, provincia de Puntarenas, solicita se levante información posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de Propiedad, la finca sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de naturaleza para construir con una edificación ya hecha, ubicada diagonal a la escuela de Potrero Grande, del cantón 03 de Buenos Aires de la provincia de Puntarenas, según plano catastrado número P-1784960-2014, los linderos actualizados de la finca son: norte, calle pública; sur, calle pública; este: calle pública; oeste, José Francisco Garbanzo Morales, Flor María Garbanzo Naranjo, María Virginia Garbanzo Naranjo, Eduardo Sánchez Vargas y Roxana Sánchez Vargas. Mide: cinco mil quinientos metros cuadrados. El terreno antes descrito, el solicitante ha sido el poseedor en calidad de dueño de manera pública, pacifica e ininterrumpida por más de diez años. Estima el fundo en la suma de ocho millones de colones, igualmente las presentes diligencias. Con un mes de término contados a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta

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herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días contados a partir del día de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de este plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente No 2015-2. Notaría de Jafet Valverde Gamboa. Vuelta de Jorco de Aserrí, costado oeste de la estación de gasolina.—San José, nueve de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Jafet Valverde Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016029329 ).

En mi notaría se inicia proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue: Reinier Villarreal Barrantes, quien fue mayor de edad, casado una vez, taxista, vecino de Puntarenas, Osa, Palmar norte, cien metros sur y setenta y cinco este del cementerio, portador de la cédula de identidad número: seis-cero ochenta y nueve-cero noventa y cinco, quien falleció el seis de abril del dos mil dieciséis, según consta en el Registro Civil, Sección de Defunciones, de la provincia de San José, bajo citas: uno-cero quinientos cincuenta y cuatro-ciento noventa y uno-cero trescientos ochenta y uno, se nombra albacea provisional a Bryan Reinier Villarreal Villarreal, quien es mayor de edad, soltero, funcionario bancario, vecino de Alajuela, Guácima Arriba, calle Veraneras, lote veintinueve, portador de la cédula de identidad número: seis-trescientos cuarenta y siete-novecientos cincuenta y siete. Se cita y emplaza a. otros posibles interesados para que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos los que crean tener derecho a la herencia apercibidos de que si no lo hacen dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° cero uno-dos mil dieciséis.—Alajuela, 10 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Eliecer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016029346 ).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios e interesados en la mortual de Andrey Gerardo González Marín, mayor, divorciado, portador de la cédula de identidad número 1-1116-0101, vecino de Pavas Lomas del Río Urbanización Bribrí, casa 848, y quien falleciere el veintitrés de diciembre de dos mil trece, con el fin que se apersonen dentro del plazo de treinta días, a hacer valer sus derechos y bajo el apercibimiento que si no lo hacen, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-100045-0891 CI. Causante: Andrey Gerardo González Marín. Presunto heredero: Gerardo González Juárez.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Pavas, 25 de abril del 2016.—Licda. Lorena Delgado Ruiz, Jueza.—1 vez.—( IN2016029348 ).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Ángel Roberto Montiel Montiel, mayor de edad, soltero, agricultor, portador de la cédula de identidad número seis-cero cincuenta y siete-cero noventa y siete, vecino de Puntarenas, Paquera, para que dentro del plazo de treinta dias contados a partir de su publicación se apersonen a esta notaría a hacer valer sus derechos, percibidos de que si así no lo hacen la herencia pasará a quien legalmente corresponda. (Exp. N° 001-2016, proceso sucesorio testamentario en sede notarial de Ángel Roberto Montiel Montiel). Lic. Ignacio Herrero Knöhr, notario público, Oficina en San José, Los Yoses, avenidas diez y doce, calle treinta y siete, Corporación de Oficinas, número 15.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—( IN2016029370 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Gerardo Martínez Uva, mayor, estado civil casado, profesión desconocido, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad 0302100475 y vecino de Cartago, Tierra Blanca. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000110-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de abril del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029372 ).

Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno de agricultura y habitación. Ubicado en Colorado distrito sexto de Pococí, cantón segundo de la provincia de Limón. Mide: seiscientos cincuenta y un metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Linda al norte, con calle pública con treinta y un metros noventa y siete centímetros de frente a ella; al sur, con Orlando Sánchez Guzmán; al este, con calle pública con diecinueve metros ochenta y seis centímetros lineales, y al oeste, con quebrada. Graficado en el Plano Catastrado N° L-248147-1995. Inmueble que fue adquirido mediante compra venta que le hizo al señor Gilberto Murillo Montero. Fue estimado en la suma de ocho millones de colones exactos y las diligencias en cien mil colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee codueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. N° 14-000321-507-AG, número interno 373-1-14.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 2 de mayo del 2016.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029676 ).

Hernán De Jesús Ávila Hugalde, separado judicialmente, agricultor, cédula cinco-ciento ochenta-ciento sesenta y ocho, vecino de Río Frío, Sarapiquí, Heredia, del Colegio Técnico Agropecuario quinientos metros al sur, casa color crema a mano derecha, promueve diligencia de Información Posesoria para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, un inmueble que se describe así: Terreno para la agricultura. Ubicado en: distrito tercero Horquetas, del cantón décimo de Sarapiquí de la provincia de Heredia. Mide: treinta y seis mil quinientos cuarenta y tres metros cuadrados. Linda al norte, con Óscar Hidalgo Núñez y José Alberto Jiménez Rojas, al sur, con Hugo Centeno Sánchez y quebrada Agua Negra; al este, Standard Fruit Company de Costa Rica S. A., y al oeste, Gilbert Azofeifa Mesén, quebrada agua negra y calle pública con un frente de treinta y tres metros con sesenta y nueve centímetros lineales. Graficado en el Plano Catastrado N° 4-1756976-2014. Inmueble que fue adquirido mediante compra venta que le hizo a la señora Marisol Quesada Chávez. Fue estimado en la suma en tres millones de colones exactos y las diligencias en seis millones de colones. Dicho inmueble no tiene cargas reales que pesen sobre el mismo, no posee codueños y con las presentes diligencias no se pretende evadir las consecuencias de un proceso sucesorio. Por medio de este edicto se llama a todos los interesados en estas diligencias para que dentro del plazo de un mes, contado a partir de su publicación, se apersonen en este Juzgado en defensa de sus derechos, bajo los apercibimientos legales en caso de omisión. Exp. N° 15-000088-507-AG, número interno 103-1-15.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 02 de mayo del 2016.—Lic. Ronald Rodríguez Cubillo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029678 ).

CitacionesConforme, artículos novecientos veintidós y siguientes del

Código Procesal Civil, se cita y emplaza a los interesados y se les comunica la apertura, del proceso sucesorio, Ab Intestato en sede Notarial, de quien en vida fue: Juan Guadalupe de Jesús Jiménez Mora, mayor, casado una vez, agricultor, cédula: 9 - 0040 - 0953, vecino de San Ramón Alajuela, Berlín, de la escuela 500 metros este, para que dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen ante este notaría, sita en el Centro de Palmares, Alajuela, costado este del club de amigos, oficina del licenciado Roberto Vargas Mora, a hacer valer sus derechos, bajo el apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quienes legalmente corresponda.—Palmares, 29 de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016029328 ).

Se hace saber que en mi notaría se tramita el proceso sucesorio de Vera Virginia Marín Castro, con cédula número uno-quinientos cuarenta y siete-cuatrocientos cincuenta y cinco. Se cita a los

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Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Luis Alberto Abellan Cisneros, mayor, casado una vez, portador de la cédula número ocho- cero cero ocho- cero setenta y cuatro, vecino de Liberia; doscientos setenta y cinco metros norte del Banco de Costa Rica, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quién corresponda, expediente número 0001-2016 Notaría de la Licenciada Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, sita en Liberia, costado oeste del Banco Nacional.—Liberia, diez horas del diez de mayo del dos mil dieciséis.—Licda. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—(IN2016029435).

Se cita a herederos, legatarios, acreedores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Xinia Sandí Torres, quien fuera mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-cero cinco cero nueve-cero ocho uno uno, vecina de León Trece; Garabito, alameda tres casa número tres cuatro tres, a fin de que se apersonen dentro del término de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto; a esta notaría en Santo Domingo de Heredia diagonal a la Cruz Roja en defensa de sus derechos, bajo apercibimiento de que si no lo hacen la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cero nueve- dos mil dieciséis.—Santo Domingo, 10 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro Jiménez Chacón, Notario.—( IN2016029452 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Gamaliel Pizarro Núñez, mayor, casado, peón agrícola, costarricense, con cédula de identidad 5-0232-0755 y vecino de Roxana, Pococí, Limón. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000002-0681-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Civil), 10 de febrero del 2016.—Lic. Luis Carlos Alvarado Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2016029462 ).

Mediante acta de apertura otorgada ante esta notaría por Ana María Pacheco Mora, a las catorce horas del cuatro de mayo del dos mil dieciséis y comprobado el fallecimiento, esta notaría declara abierto el proceso sucesorio testamentario de quien en vida fuera José Manuel Pacheco Vargas, quien fue casado una vez, agricultor, cédula dos-ciento noventa y seis-trescientos cincuenta y ocho, quien fue vecino del Rincón de Zaragoza de Palmares; trescientos metros al noreste, de la iglesia. Se cita y emplaza a todos los interesados para que dentro del plazo máximo de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan ante esta notaría a hacer valer sus derechos. Notaría de la Licda. María José Alvarado Núñez, San Ramón Alajuela, frente a Urgencias del Hospital Carlos Luis Valverde Vega, teléfono 2445-8364.—Licda. María José Alvarado Núñez.—1 vez.—( IN2016029488 ).

Se hace saber que ante esta notaría, se tramita el proceso sucesorio de Sandra Porras Ledezma, quien fuera casada una vez, oficios del hogar, portadora de la cédula dos-uno nueve siete-cinco nueve cero, vecina de San José, Montes de Oca, Sabanilla Urbanización Carmiol. Se cita a todos los interesados para que dentro del plazo de treinta días, cornados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento de que si no se apersonan, dentro de ese plazo, pasará la herencia a quien corresponda.—Licda. Ma. Lorena Villalobos Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2016029548 ).

Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Emiliano Agüero Agüero, mayor, casado, con documento de identidad número 01-0177-0077. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Milena Salazar Quirós, mayor, divorciada, cédula número uno-novecientos veintisiete-cuatrocientos uno, vecina de Desamparados, y es gestionado por Hannia Salazar Quirós, quien es mayor, casada una vez, cédula de número uno-setecientos setenta y uno-trescientos seis, vecina de Cartago, Pitaya, Agua Caliente en condición de representante de la persona menor de edad Andrés Salazar Quirós con cédula número uno - mil novecientos noventa y seis - trescientos treinta y siete. Se emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de este proceso, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente número 15-100287-0237-CI (311-2-15).—Juzgado de Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 28 de agosto del 2015.—M.Sc. Ian Berrocal Azofeifa, Juez.—( IN2016029375).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Agustín Daniel De Jesús Gamboa Fonseca, mayor, viudo, pensionado, costarricense, con cédula de identidad 0300640950 y vecino de Paraíso de Cartago. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 15-000539-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 18 de febrero del 2016.—Msc. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—( IN2016029376 ).

Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Maikol Gerardo Arias González, mayor, soltero, constructor, costarricense, con documento de identidad 0205290250 y vecino de Peralta de Grecia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquélla pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000008-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 11 de febrero del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016029398 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de, Juan Vicente del Carmen Solís Sánchez, mayor, soltero, difunto, con cédula de identidad número uno-quinientos setenta-seis cientos ochenta y cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a reclamar sus derechos; y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 2016-01. Notaría del Bufete Juan Carlos Ulate Durán, Heredia, San Isidro, Lomas Verdes N 26-B.—Lic. Juan Carlos Ulate Durán, Notario.—1 vez.—( IN2016029422 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de Carlos Carballo Briceño, mayor, casado una vez, agricultor, cédula cinco-cero noventa y seis-ciento cincuenta, vecino de La Libertad, Sardinal, Carrillo, Guanacaste, de la Iglesia Católica, setenta y cinco metros al sur, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasará a quién corresponda y se convoca por haberse ordenado así dentro del expediente notarial número 0001-2013. Notaría de la Licenciada Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, sita en Liberia, costado oeste del Banco Nacional.—Liberia, a las trece horas del seis de mayo del dos mil dieciséis.—Licda. Lisseth Yessenia Jaén Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—( IN2016029429 ).

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su patrimonio a la señora María de los Ángeles Gamboa Salazar. Se ordena inscribir dicha curatela en el Registro. Se resuelve sin condena en ambas costas. M.Sc. Adrián Hilje Castillo, Juez. Expediente N° 14-000529-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de enero del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2016017247). 3 v. 3.

SEGUNDA PUBLICACIÓNSe cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en

la declaratoria de abandono de los menores Alex Darían Hernández Salas, Yavet Enrique Rodríguez Salas y Yariel Tareth Salas Soto. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Cañas, 22 de abril del 2016. Expediente N° 16-400096-0928-FA (100-2-2016)- B declaratoria de abandono con fines de adopción establecido por el Patronato Nacional de la Infancia contra Lillany Vanessa Salas Coto, Brayan Emilio Hernández García y Carlos Enrique Rodríguez Barahona.—Juzgado de Familia de Cañas, Guanacaste.—Lic. Luis Fernando Sáurez Jiménez, Juez.—( IN2016028876 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la persona menor Jeferson Abel Silva Chaves, para que se apersonen a este juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000428-1302-FA. Clase de asunto depósito judicial.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 3 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029190 ).

PRIMERA PUBLICACIÓN

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de la menor de edad Taly Valezka Guerrero Polanco, hija de Erika Guerrero Polanco, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. Expediente N° 16-000419-1302-FA. Depósito Judicial de Menor.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del 2016.—Msc. Marilene Herra Alfaro, Jueza.—Exento.—( IN2016029602 ).

Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés en el depósito de los menores Alicia López González, hija de Luis Gerardo López Quesada y Mónica Isabel González Lizano; Álvaro Saúl Rodríguez González e Isabella Rodríguez González ambos hijos de Enmanuel Rodríguez Mora y Mónica Isabel González Lizano, para que se apersonen a este Juzgado dentro del plazo de treinta días que se contarán a partir de la última publicación del edicto ordenado. En otro orden, se avisa al señor Luis Gerardo López Quesada, mayor, costarricense, cédula de identidad 02-0614-0512, únicos datos conocidos, que en este Juzgado se tramita el expediente N° 16-000422-1302-FA, correspondiente a Diligencias de Depósito Judicial de menor, promovido por el Lic. Luis Ernesto Romero Obando, Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia de San Carlos, donde solicita que se apruebe el depósito de los menores Alicia López González, Álvaro Saúl Rodríguez González e Isabella Rodríguez González. Se le concede el plazo de tres días, para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias. Depósito judicial. Expediente N° 16-000422-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 04 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—Exonerado.—( IN2016029603 ).

Se convoca por medio de edicto que se publicará por tres veces consecutivas, a todas aquellas personas que tuvieran derecho a la tutela de la persona menor Alisson Nicole Trejos Alemán, hija de Willin Trejos Carrillo y Jenireth Norelki Aleman Belmonte, por haber sido nombradas en testamento, por corresponderles la legítima o por tener interés en la dativa, para que se presenten dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de publicación del último edicto. Expediente N°16-000285-0938-FA. Proceso Tutela. Promovente: Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Familia), 09 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—Exonerado.—( IN2016029643 ).

derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000250-0221-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 14 de enero del 2016.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—( IN2016029591 ).

Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Lidiett Sánchez Bolaños, mayor, casada, pensionada, costarricense, con documento de identidad Nº 01-0279-0099 y vecina de San José, Paseo Colón. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000076-0183-CI.—Juzgado Cuarto Civil de San José, 28 de abril del año 2016.—Lic. Édgar Echegaray Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016029592 ).

Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de quien en vida se llamó José Joaquín Álvarez Venegas, quien fuere mayor, casado una vez, pensionado, cédula de identidad dos-doscientos ochenta y dos-mil ciento seis, vecino de Puerto Escondido de Pital de San Carlos; cien metros sur, del templo católico, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos, y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente Nº 001-2016-8597.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016029630 ).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Álvaro Rojas Gómez, mayor, divorciado, operario, con documento de identidad 0602410623 y vecino de Guararí de Heredia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-000039-0370-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 29 de febrero del 2016.—Licda. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—( IN2016029649 ).

AvisosSe hace saber: Que ante este Despacho se tramita proceso

de declaratoria de ausencia promovido por María de los Ángeles Gamboa Salazar, cédula de identidad N° 0201970075; encaminado a solicitar la ausencia de Ángel Rigoberto Hernández Vargas, mayor, casado, educador, vecino de Heredia, cédula de identidad N° 400840372. En el mismo se dictó la sentencia de primera instancia N° 286-2015 de las once horas treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil quince, la cual en su parte dispositiva indica que: Por tanto: Se declara ausente al señor Ángel Rigoberto Hernández Vargas, cédula de identidad N° 4-0084-0372. Se nombra como su curadora y poseedora provisional de su patrimonio a la señora María de los Ángeles Gamboa Salazar. Se ordena inscribir dicha curatela en el Registro. Se resuelve sin condena en ambas costas. M.Sc Adrián Hilje Castillo. Juez. Exp. N° 14-000529-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 11 de enero del 2016.—Licda. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2016013189). 3 v. 3.

Se hace saber que ante este Despacho se tramita proceso de declaratoria de ausencia promovido por María de Los Ángeles Gamboa Salazar, cédula de identidad número 0201970075; encaminado a solicitar la ausencia de Ángel Rigoberto Hernández Vargas, mayor, casado, educador, vecino de Heredia, cédula de identidad número 400840372. En el mismo se dictó la sentencia de primera instancia N° 286-2015 de las once horas treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil quince, la cual en su parte dispositiva indica que: Por tanto: Se declara ausente al señor Ángel Rigoberto Hernández Vargas, cédula de identidad 4-0084-0372. Se nombra como su curadora y poseedora provisional de

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siguiente forma: 1) Se declara el estado de interdicción a: Miguel José Carias Vega. 2) Se nombra como curadora del incapaz, a Iliana Vega Calvo, 3) Con el fin de que la curadora represente al incapaz, en los asuntos judiciales en los que éste se halle interesado, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. 4) La curadora no podrá disponer de los bienes ni patrimonio de su representado, que tengan una cuantía mayor a los trescientos mil colones, para ello requiere plantear las diligencias de utilidad y necesidad. Firme esta sentencia, la ejecutoria deberá publicarse en el periódico oficial e inscribirse en el Registro Nacional, Sección de Personas y Sección de Propiedad, así como en el Registro Civil. 5) El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente, al inhábil, y administrar, no comprometer, sus bienes. 6) Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que el incapaz adquiera o recobre su capacidad mental o física. 7) Se resuelve este asunto sin especial condenatoria en costas. Sin embargo, los gastos del procedimiento se cargarán al patrimonio del incapaz. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Master. Carlos Ml. Sánchez Mira, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029312 ).

Se avisa, a la señora Ana Gabriela Fallas Picado, mayor, costarricense, cédula de identidad número 1-1070-0580, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por la curadora procesal Licenciada Marta Eugenia Cedeño Jiménez, hace saber que existe proceso N° 15-000662-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Bryan Josue Fallas Picado establecido por la Licenciada, Liu Li Martínez en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ana Gabriela Fallas Picado, se ha dictado la resolución de las catorce horas y ocho minutos del veintinueve de octubre del dos mil quince, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese. Msc. Yerma Campos Calvo.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 5 de mayo 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029313 ).

Se avisa que en este Despacho, en el expediente N° 16-400052-0425-4-FA, la señora Hazel Arana Vega, solicita se apruebe la adopción individual por nacional sin cambio de nombre de María José Pacheco Umaña, quien es mayor, costarricense, soltera, estudiante, cédula de identidad número uno-mil seiscientos ochenta y dos-cero quinientos setenta y tres, vecina de Parrita de la provincia de Puntarenas, ciento cincuenta metros al este del puente sobre el Río Parrita, en carretera costanera sur. Se concede a los interesados el plazo de cinco días, para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamente la misma.—Juzgado de Familia de Quepos y Parrita, 14 de abril del 2016.—Licda. Sédyer Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029589 ).

Se avisa que en este Despacho bajo el expediente número 16-000324-1302-FA, Greivin Porras Zumbado, solicitan se apruebe la adopción individual de la persona menor José Alexander Largaespada Arroyo y Keilyn Fernanda Largaespada Arroyo. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 05 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—( IN2016029601 ).

Se avisa a, Ólger Eduardo Méndez Montes, mayor, con calidades y domicilio desconocidos en autos, que en este despacho se tramita la Diligencia de Depósito Judicial, establecido por Patronato Nacional de la Infancia expediente 16-000430-FA se dicta la siguiente resolución que dice: Juzgado de Familia de Puntarenas, a las once horas del seis de mayo de dos mil dieciséis. Solicitud de Depósito Judicial, planteado por Patronato Nacional de la Infancia, y como intervinientes se tiene a Julissa Rosales Rosales y Ólger

PUBLICACIÓN DE UNA VEZLicenciada Cristina Dittel Masís, Juez del Juzgado de Familia

de Cartago, a María Eugenia Gómez Brenes, en su carácter personal, quien es mayor, casado, comerciante, cédula 03-0275- 0388, se le hace saber que en demanda divorcio. Exp. 13-000625-0338-FA establecida por Juan Gerardo Corrales Orozco contra María Eugenia Gómez Brenes, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Cartago, a las catorce horas y diez minutos del cinco de abril del año dos mil trece. De la anterior demanda de divorcio subsidiaria separación judicial establecida por el accionante Juan Gerardo Corrales Orozco, se confiere traslado a la accionada María Eugenia Gómez Brenes, por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En otro orden de ideas, tal y como lo solicita la parte actora, practíquese un inventario de los bienes de la demandada, por lo que para tal efecto se fijan las nueve horas del diez de mayo del año dos mil trece. Ahora bien, en cuanto a realizar la anotación de demanda después de realizado el inventario, no ha lugar a lo mismo por cuanto no se especifican que bienes muebles e inmuebles son. Notifíquese esta resolución a la demandada, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona al Delegado Policial de Llano Grande de Pacayas. Notifíquese.— Juzgado de Familia de Cartago.—Licda. Cristina Dittel Masís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029310 ).

Master Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, se ordena notificar por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de I instancia N° 148-16, Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial. Goicoechea, a las once horas del veinticuatro de febrero de dos mil dieciséis, proceso de actividad judicial no contenciosa -interdicción y curatela- promovido por Iliana Vega Calvo, expediente número 14-002209-0165-FA, mayor, viuda, pensionada, vecina de San José, Moravia, resultando: 1º—, 2º—, 3º—, Considerando: I, II, III, IV. V, VI, VII, VIII, por tanto: de conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 819, 820, 867, 868, 869 y 870 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 230, 231, 232, 235, 238 y 241 del Código de Familia, el presente proceso de actividad judicial no contenciosa, incoado por Iliana Vega Calvo se falla de la

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Méndez Montes, a quienes se le concede audiencia por el plazo de tres días, con el fin de que se pronuncien sobre la solicitud y ofrezca pruebas de descargo si es del caso, de conformidad con los artículos 820 y 821 del Código Procesal Civil. Igualmente, de conformidad con los numerales 10 y 34 en relación con el 36 todos de la Ley de Notificaciones número 8687, deberá señalar medio para atender futuras notificaciones, sea éste: correo electrónico, fax, casillero, en estrado o cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, esto bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en la forma prevenida o no se pudiere efectuar la notificación por el medio señalado, mediando comprobante de transmisión electrónica o la respectiva constancia, las resoluciones posteriores le quedará notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias, salvo que se demuestre que ello se debió a causas que no le sean imputables. Asimismo, se ordena el depósito judicial provisional de las personas menores Kristel, Ólger ambos Rosales Rosales y la menor Allison Méndez Rosales, con su tía materna señora Cinthia Rosales Rosales, a la cual se le previne presentarse aceptar el cargo conferido dentro del tercer día, de igual forma se ordena notificarle a la Depositaria Cinthia Rosales Rosales, como a la progenitora señora Julissa Rosales Rosales, por medio de la Oficina Centralizada de Comunicaciones y citaciones del Poder Judicial en Puntarenas, por ser localizada la primera en Puntarenas, Boulevar del Sol, Barranca Etapa 3 casa número O-11, y la segunda es vecina de El Roble del Abastecedor César 400 metros oeste casa E-05. Siendo que no es posible ubicar al Interviniente señor Ólger Méndez Montes, se ordena notificarle la demanda por medio de la publicación de un edicto, mismo que se realizará por una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.— Juzgado de Familia de Puntarenas, 06 de enero del 2016.—Lic. Alberto Jiménez Mata, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029604 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Guiselle Vargas Segura, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Clara Hermida de Jesús Segura Ugalde. Expediente N° 16-000468-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 7 de abril del 2016.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029605 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Róger Antonio Gerardo Cambronero Palma, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Florencia Palma Villalobos. Expediente número 16-000623-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 22 de abril del 2016.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029606 ).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de la presunta insana Ana Rita Fernández Aragón, cédula de identidad Nº 05-0068-0112, vecina de La Garita de La Cruz, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Paula Antonia Sánchez Fernández. Expediente Nº 16-000284-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Familia), 09 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029642 ).

A la señora Estefany de los Ángeles Alfaro Jiménez, cédula Nº 2-701-691, por este medio se le comunica que en el proceso tramitado bajo el expediente Nº 15-000672-0687-FA del Juzgado de Familia de Grecia, se dictó la resolución de las catorce horas y treinta y cinco minutos del veinte de octubre del año dos mil quince, que en lo conducente y en lo que aquí interesa dice: del anterior proceso de Depósito Judicial de la persona menor de edad Dulce María Sánchez Alfaro, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a la señora Estefany de los Ángeles Alfaro Jiménez, a quien se le

previene que en el primer escrito que presente deberá señalar un medio para atender notificaciones, esto bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores que se dicten, incluida la sentencia, le quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, efecto que también se producirá en caso de que no se le pueda notificar en el medio señalado; con respecto al cual, también se le hace ver, deberá estar dispuesto únicamente para uso exclusivo de envío y recepción de documentos y no así también como teléfono. Dentro del mismo plazo indicado podrá también oponer excepciones previas y ofrecer la prueba que estime pertinente. Notifíquese esta resolución a doña Estefany de los Ángeles por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Oficial. Expediente N° 15-000672-0687-FA.—Mario Murillo Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029657 ).

Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela; hace saber a Santiago Valentín Orozco Orozco, nicaragüense, de domicilio y demás datos desconocidos, que en este Despacho se interpuso un proceso impugnación reconocimiento en su contra, bajo el expediente Nº 15-000737-1302-FA donde se dictó la resolución que dicen: “Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, a las quince horas y cuarenta minutos del doce de agosto de dos mil quince. Se tiene por establecido por parte de Gustavo Adolfo Orozco Barrera el presente proceso de impugnación de reconocimiento en contra de Santiago Valentín Orozco Orozco a quien se le confiere traslado por el plazo de diez días, para que la conteste, oponga excepciones previas, la prueba documental que tuviere y la testimonial con indicación en su caso del nombre y generales de los testigos que proponga. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687... Se hace saber a las partes Gustavo Adolfo Orozco y Santiago Valentín Orozco Orozco que a las trece horas del diecisiete de setiembre del dos mil quince (01:00 p.m. del 17/09/2015) deben presentarse junto con la señora Carmen Engracia Barrera López al Departamento de Laboratorio del Organismo de Investigación Judicial, ubicado en San Joaquín de Flores-Heredia... para practicar el examen de comparación de grupos sanguíneos (prueba de ADN) solicitado... Al actor y demandado se les previene, que de conformidad con el artículo 98 del Código de Familia, la parte que sin motivo alguno se niegue a practicarse esa importante prueba, será considerado ese proceder como malicioso. Además esa circunstancia podrá ser tenida como un indicio de veracidad de lo que se pretende demostrar con dicha prueba, de ahí la importancia de mantener o señalar un medio donde escuchar notificaciones... Notifíquese. Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.”. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación. Lo anterior se ordena en proceso impugnación reconocimiento de Gustavo Adolfo Orozco Barrera contra Santiago Valentín Orozco Orozco; expediente Nº 15-000737-1302-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 04 de mayo del 2016.—Licda. Sandra Saborío Artavia, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029658 ).

Licda. Lorena María Mc Laren Quirós jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José; hace saber a José Rafael Padilla Morales, documento de identidad 937579, separado/a judicialmente, Empresario(a), domicilio desconocida, que en este Despacho se interpuso un proceso suspensión patria potestad en su contra, bajo el expediente Nº 15-000861-0165-FA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: expediente Nº 15-000861-0165-FA-3 proceso: suspensión patria potestad actor/a: Gloriana Jiménez Odio demandado/a: José Rafael Padilla Morales

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Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José. A las once horas y doce minutos del veintidós de mayo de dos mil quince. De la anterior demanda abreviada de suspensión patria potestad establecida por el accionante Gloriana Jiménez Odio, se confiere traslado al accionado José Rafael Padilla Morales por el plazo perentorio de diez días, para que se oponga a la demanda o manifieste su conformidad con la misma. Dentro del plazo de cinco días podrá oponer excepciones previas. Al contestar negativamente deberá expresar con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya. Respecto de los hechos de la demanda, deberá contestarlos uno a uno, manifestando categóricamente si los rechaza por inexactos, o si los admite como ciertos o con variantes o rectificaciones. En la misma oportunidad deberá ofrecer las pruebas que tuviere, con indicación en su caso del nombre y las generales de ley de los testigos y los hechos a que se referirá cada uno. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia. Notifíquese a dicha institución por medio de la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este circuito. Se le previene a la parte demandada, que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.-”Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Nombramiento curador: a efecto de proceder al nombramiento de curador procesal, 1) deberá la actora depositar la suma de cincuenta mil colones, para responder en forma definitiva a los emolumentos del profesional a designar. La misma deberá depositarse en la cuenta automatizada Nº 150008610165FA-3 de este Juzgado en el Banco de Costa Rica, bajo el apercibimiento de que si no se verifica, el proceso permanecerá inactivo. Una vez efectuado el depósito, deberá comunicarse al Despacho a efecto de proceder conforme a derecho corresponda. Deberá la parte actora presentarse al despacho a solicitar la apertura de la cuenta bancaria correspondiente para realizar dicho depósito. 2) Se ordena expedir oficio a la Caja Costarricense del Seguro Social, Departamento de Planillas con el fin de que se sirvan informar si el demandado, se encuentra reportado como patrono. 3) Además deberá indicar el nombre de dos testigos que acrediten la ausencia o bien, que desconozcan el paradero del demandado. Se le previene a la parte proponente que dichos testigos no podrán ser los mismos que declaren sobre los hechos de la demanda, para evitar declaraciones complacientes. Msc. Silvia Fernández Quirós, jueza. Lo anterior se ordena así en proceso suspensión patria potestad de Gloriana Jiménez Odio contra José Rafael Padilla Morales; expediente Nº 15-000861-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2016. Nota: publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial o en un periódico de circulación nacional. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquel en que se hizo la publicación.—Licda. Lorena María Mc Laren Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029660 ).

Licenciada María Marta Corrales Cordero, Jueza del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Esther Rebeca Zapata Hernández, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso depósito judicial de persona menor de edad, expediente N° 13-000232-0932-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica. A las siete horas y veintitrés minutos del veintidós de abril del dos mil trece. De las presentes diligencias de depósito judicial del menor Carolay Mariell Zapata Hernández, promovidas por Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a la Esther Rebeca Zapata Hernández, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. Por ser el Patronato Nacional de la Infancia el promovente de esta acción, se omite notificar al ente aludido. Sobre medida cautelar: tal y como lo solicita el ente promovente se ordena el depósito judicial provisional de la menor Carolay Mariell Zapata Hernández en el hogar de la señora Wendy Rosemary Zapata Hernández, debe la señora Wendy Rosemary Zapata Hernández presentarse ante este despacho en el plazo de ocho días a aceptar el cargo. Notifíquese esta resolución a la Esther Rebeca Zapata Hernández, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones y otras Comunicaciones; Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). La demandada puede ser localizada en Siquirres, Pacuarito, San Luis, Ochocientos Metros al Sur del Salón Comunal, casa madera a mano izquierda. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez. Juez de Familia de Pococí, y la resolución de las catorce horas y diecinueve minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciséis. Vista la solicitud que hace la representante del Patronato Nacional de la Infancia, Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, visible a folio trece y vista de que la demandada Esther Rebeca Zapata Hernández, carece de domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las siete horas y veintitrés minutos del veintidós de abril del dos mil trece, mediante un edicto que se publicar a por una sola vez en el Boletín Judicial. Elabórese el edicto respectivo. Notifíquese. Licda. María Marta Corrales Cordero, Jueza. Lo anterior se ordena así en proceso de depósito judicial, expediente N° 13-000232-0932-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 25 de abril del 2016.—Licda. María Marta Corrales Cordero, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029674 ).

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Jueves 19 de mayo del 2016Pág 34 — BOLETIN JUDICIAL Nº 96

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 15-000012-0993-AG donde se promueven diligencias de rectificación de medida por parte de Compañía Ñor Adolfo Sociedad Anónima cédula jurídica número 3-101- 28443, representada por Eliseo Antonio Rodríguez Ulate quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de San José, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-231-433, profesión Abogado, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de café, pasto y casa. Situada en el distrito 2 San Miguel, cantón 6 Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río Pilitas, Compañía Ñor Adolfo y Nancy Cambronero; al sur, Casara S. A., Mario Enrique Peraza Rodríguez, Autopista General Cañas; al este, Marianita Salazar Portuguez, Nery Rodríguez Ulate, Margarita Rodríguez Ulate, Mil Perazas S. A. y calle pública con frente a ella de 308.73 metros, y al oeste, El Estado y Julián Ulate González. Mide: 44786 metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° A-1686344-2013 del 17 de setiembre del 2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de dos millones de colones. Que no existen condueños. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad.- Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso de rectificación de medida, promovida por Compañía Ñor Adolfo Sociedad Anónima. Exp. N° 15-000012-0993-AG.—Juzgado Agrario del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 04 de mayo del 2016.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029677 ).

Edictos MatrimonialesHan comparecido ante este despacho, solicitando matrimonio

civil los señores Herman García Ortega c.c. Hernán García Ortega, costarricense, albañil, unión libre, con cincuenta y tres años de edad, nativo de Jicaral Central Puntarenas, el día quince de marzo de mil novecientos sesenta y tres, hijo de Domingo García García y Ana Ortega Ortega, portadora de cédula de identidad N° 6-0173-0145, vigentes, que exhibe, se ha tenido a la vista y se le devuelve en el acto, vecino de Jicaral y Araceli López Brenes, costarricense, unión libre, ama de casa, de cuarenta y un años de edad, nativa de Lepanto Central Puntarenas, el día diez de febrero de mil novecientos setenta y cinco, hija de Rafael López López y Carmen Brenes González, vecina de Jicaral, cédula de identidad 6-0266-0429. La persona que tenga conocimiento de algún impedimento para la celebración de este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-100006-0435-CI, Herman García Ortega c.c. Hernán García Ortega y Araceli López Brenes.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral, 5 de mayo del 2016..—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029585 ).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando Matrimonio Civil los señores Carmen Arcadio Cuendis Rosales, costarricense, peón agrícola, unión libre, con cincuenta y dos años de edad, nativo de San Blas Central Puntarenas, el día veinticinco de mayo de mil novecientos sesenta y tres, hijo de Petronila Cuendis Rosales, portador de cédula de identidad N° 6-0177-0087, vigentes, que exhibe, se ha tenido a la vista y se le devuelve en el acto, vecino de San Blas de Jicaral, y Ana Lucía Matarrita Matarrita, costarricense, ama de casa, unión libre, de cuarenta y tres años de edad, nativa de San Blas Central Puntarenas, el día seis de enero de mil novecientos setenta y tres, hija de María Melitina Matarrita Matarrita, vecina de San Blas de Jicaral, con cédula de identidad N° 6-0250-0878. La persona que tenga conocimiento de algún impedimento para la celebración de este matrimonio deberá comunicarlo a este Juzgado, dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto,

de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-100009-0435-CI, Carmen Arcadio Cuendis Rosales y Ana Lucía Matarrita Matarrita.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral, 05 de mayo del 2016.—Licda. Esther Orias Obando, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016029586 ).

Han comparecido ante este despacho, solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Daniel Josué Moya Rodríguez, mayor, soltero, constructor, cédula de identidad número 0112500875, costarricense, 30 años de edad, vecino de León XIII Tibás, de la penúltima parada 150 metros norte y 100 metros oeste, siglo XXI, hijo de Mario Moya Quesada, costarricense y Herminia Rodríguez Solís, costarricense y Shirley Patricia Sánchez Torres, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0115090758, vecina de la misma dirección, hija de Luis Gerardo Sánchez Calderón, costarricense, y Roxana Patricia Torres Ramírez, costarricense nacida en Costa Rica, el 20 de agosto de 1992, actualmente con 23 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de matrimonio). Exp. N° 16-000850-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 20 de abril del 2016.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2016029607 ).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil las personas contrayentes Jason Manuel Ureña Salazar, mayor, divorciado, supervisor, cédula de identidad número 0111970434, vecino de Servicentro San Martín 100 metros al oeste y 75 metros al norte, casa color papaya con verjas negras, hijo de Manuel Antonio Ureña Vargas y María Isabel Salazar Bermúdez, nacido en Uruca central San José, el 04/02/1984, con 32 años de edad, y Elieth Zúñiga Fajardo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0503830167, vecina del Servicentro San Martín 100 metros al oeste y 75 metros al norte, casa color papaya con verjas negras, hija de Fermin Zúñiga Dinarte y Mayra Fajardo Díaz, nacida en centro Nicoya Guanacaste, el 13/08/1991, actualmente con 24 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Exp. N° 16-000131-0869-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia Familia), 4 de mayo del año 2016.—Licda. Karol Tatiana Gómez Moraga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029640 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio, los señores Falon Dayana Hay Martínez, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad Nº 07-0234-0948, con veintiún años de edad, nacida en Limón, el dos de abril de mil novecientos noventa y cinco, nombre de la progenitora Juanita Martínez Rodríguez, nombre del progenitor German Hay Forbes, y Víctor Andrey Montero Salazar, mayor, soltero, soldador, cédula de identidad Nº 07-0140-0676, con treinta y cinco años de edad, nacido en Limón, el veinticinco de febrero de mil novecientos ochenta y uno, nombre de la progenitora Ligia Salazar Herrera y nombre del progenitor Víctor Manuel Montero Loría, ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Limón, barrio Villa del Mar Dos, a un costado del Predio de H y H, casa de color verde agua a mano derecha. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho, dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente Nº 16-000252-1152-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029641 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Merlyn Vindas Campos, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-mil quinientos cincuenta y seis-setecientos cincuenta y tres, vecina de barrio Lourdes de

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Platanares, quinientos metros sureste de la iglesia católica, hija de Gilberto Vindas Quirós y Maritza Campos Abarca, nacida en San Isidro de Pérez Zeledón, el veintidós de noviembre de mil novecientos noventa y tres, con veintidós años de edad, y Jorge Eduardo Badilla Villanueva, mayor, soltero, labora de manera dependiente, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos diez-cero quince, vecino de La Guaria de San Pedro, quinientos metros sur de la escuela de la Guaria, hijo de Jorge Hugo Badilla Mesén y María Norelly Villanueva Campos, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el treinta de octubre de mi novecientos ochenta y nueve, actualmente con veintiséis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 16-000292-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de mayo del 2016.—Lic. César De Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029644 ).

Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil Marina Araya Hernández, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-trescientos noventa y seis-ochocientos cincuenta y tres, vecina de Barrio La Aurora, de la Finca Municipal, Pérez Zeledón, del salón comunal Villa Ligial ciento cuarenta metros al norte, hija de José Araya Umaña y Amancia Hernández Jiménez, nacida en La Palma de Pérez Zeledón, el veinticuatro de agosto del año mil novecientos cincuenta y uno, con sesenta y cuatro años de edad, y Ignacio Quirós Quesada, mayor, viudo, agricultor, cédula de identidad número uno-doscientos setenta y siete-ciento setenta y dos, vecino de Valencia de Páramo, de la escuela de Valencia quinientos metros al oeste, hijo de Ignacio Quirós Piedra y Amanda Quesada Navarro, nacido en Jericó, Desamparados, San José, el once de junio del año mil novecientos treinta y nueve, actualmente con setenta y seis años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000295-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 10 de mayo del 2016.—Lic. César De Dios Monge Vallejos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029645 ).

Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio entre el señor René Martín Cárdenas Medina, mayor, soltero, cédula de identidad Nº 0503890424, nacido en en Filadelfia, Carrillo, Guanacaste, el 04/06/1992, con 23 años de edad, y la señora Mirey Andrea Villagra Rivera, mayor, soltera, cédula de identidad Nº 0503970492, nacida en centro, Liberia, Guanacaste, el 04/03/1994, actualmente con 22 años de edad; ambas personas contrayentes tienen el domicilio en Cañas Dulces de Liberia, Guanacaste. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto, expediente Nº 16-000297-0938-FA.—Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Familia), 09 de mayo del 2016.—Msc. Eddy Rodríguez Chaves, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029646 ).

Dardo Gabriel Molina Delgado y Jennifer Vanessa Quesada Ulate, cédula por su orden Nos. 6-391-384 y 1-1360-0001; vecinos de San José, Desamparados, San Miguel, y de San José, Desamparados centro, respectivamente, desean contraer matrimonio y afirman reunir todos los requisitos de ley. La oposición de alguien con interés legítimo, debe ser presentada ante este Juzgado dentro de los ocho días luego de esta publicación. Publíquese por una única vez. Expediente Nº 16-400586-0637-FA.—Juzgado de Familia de Desamparados, 09 de mayo del 2016.—Licda. Maureen Solís Madrigal, Jueza de Familia.—1 vez.—( IN2016029651 ).

Edictos en lo PenalJuzgado Penal de Turrialba, a las diez horas treinta minutos

del dos de mayo del dos mil dieciséis. Licda. Karla Porras Arce, Juez Penal, a los señores Roberto Robinson Campos Rodríguez,

costarricense, mayor soltero cédula de identidad Nº 1-700-992 y al señor Allen Lee Click, mayor estadounidense, pasaporte Nº 455727200, le hace saber que: en vista de que a los demandados civiles Roberto Robinson Campos Rodríguez y Allen Lee Click, no ha sido posible comunicarle la resolución de las dieciséis horas y veinticuatro minutos del veintinueve de abril del dos mil dieciséis, donde se convoca a las partes a la realización de la audiencia preliminar que se llevará a cabo en este despacho a las nueve horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil dieciséis, el proceso penal incoado por el Lic. Jorge Arturo Valverde Retana, en su condición de Apoderado Especial Judicial de los señores Manuel de Jesús Núñez González, Maritza Núñez González, Ana María González Rivas, Claudio Mora González y de la Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena Cabecar de Chirripó de Turrialba, contra Jorge Eduardo Calderón Elizondo, María Ángela Obando Pérez, Maritza Campos Campos, José Luis López Navarro y Paulino Chaves Ulloa, en la causa Nº 09-000424-0359-PE (CI-2610-14-2.) por el delito de usurpación. Se ordena realizar edicto que se publicará tres veces los en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Se pone en conocimiento la causa antes indicada de acuerdo a los artículo 124 y 162 de Código Procesal Penal y el artículo 7 de la Ley de Tránsito, a los demandados civiles Roberto Robinson Campos Rodríguez y Allen Lee Click. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento al actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Juzgado Penal de Turrialba.—Lic. Karla Porras Arce, Jueza Penal.—Exonerado.—( IN2016027551 ). 3 v. 3.

Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con diez minutos del 01 de Marzo del dos mil dieciséis. En vista de que el (los) codemandado (s) civile(s) Rodolfo Vargas Chavarría cedula de identidad 1-0780-0687, quien(es) conociendo de la sumaria penal no se apersonaron al despacho para ponerle(s) en conocimiento la acción civil presentada en contra de su representada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará una tres veces en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas. Fiscal Coordinadora de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil. Lic. Rodrigo Salas Rojas Fiscal de la Fiscalía de Hatillo, al(a) Rodolfo Vargas Chavarría, le hace saber que: En el legajo de acción civil resarcitoria 14-001606-492 TC, ofendido Ginette Quesada Quesada, Contra José Luis Alfaro Pérez, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por Edicto: Fiscalía de Hatillo, a las diez horas con diez minutos del día primero de Marzo del dos mil dieciséis. En vista de que el tercer demandado civil Rodolfo Vargas Chavarría, no ha sido posible comunicarles la resolución dictada por este despacho, que da curso a la acción civil resarcitoria incoada por Ginette Quesada Quesada, se procede a comunicarle la resolución que cursa la acción civil en su contra por medio de edicto que se publicará tres veces consecutivas en el Boletín Judicial. Confeccionándose el oficio de estilo. Lic. Rodrigo Salas Rojas. Fiscal Jefe de Hatillo: Se pone en conocimiento la acción civil: De conformidad con los artículos 115 y 120 del Código procesal Penal, se pone en conocimiento del Tercer demandado civil Rodolfo Vargas Chavarría la presente acción civil resarcitoria. Cualquier interviniente podrá oponerse a la participación del actor civil planteando las excepciones que correspondan. La oposición se pondrá en conocimiento del actor y su resolución se reservará para la audiencia preliminar. Comuníquese.—Fiscalía de Hatillo.—Lic. Rodrigo Salas Rojas, Fiscal.—Exonerado.—( IN2016027934 ). 3 v. 3.

Fiscalía de Siquirres-Zona Atlántica, al ser las diecisiete horas con veinte minutos del día seis de mayo del dos mil dieciséis. Mediante auto de las diecisiete horas con trece minutos del día seis de mayo del dos mil dieciséis del representante fiscal, se ha ordenado publicar edicto en el Boletín Judicial para efectos de dar traslado de acción civil resarcitoria al señor Andrey Fabián Álvarez Valerio, cédula de identidad N° 3-205-186 en la causa N° 13-200590-0486-PE iniciada contra el imputado Edgar Valerio Fonseca por el delito de lesiones culposas y en perjuicio de Alfredo Araya Segura y otros, por accidente de tránsito ocurrido en fecha 7 de julio del 2013, en vehículo de propiedad registral del señor Álvarez Valerio; además se le indica al señor Álvarez Valerio que tiene derecho de nombrar un abogado particular para que lo represente dentro del proceso dentro del plazo de 3 días hábiles siguientes a la primera publicación en

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el Boletín Judicial. El cual no se ha podido localizar a la fecha; por lo anterior, es que esta cámara ordena publicar por dos veces consecutivas en el Boletín Judicial un edicto, para efectos de que el poseedor y/o dueño registral pueda realizar los reclamos pertinentes en lo que concierne a la presentación de la prueba de descargo a su favor, en relación a la responsabilidad civil originada por las lesiones sufridas por los ofendidos y ocasionados por el vehículo automotor placas N° 255980. Expediente N° 13-200590-0486-PE (1407-2-13), contra: Edgar Valerio Fonseca y tercero civilmente responsable, Andrey Fabián Álvarez Valerio, ofendido Alfredo Araya Segura y otros, Delito: Lesiones culposas. Notifíquese.—Fiscalía de Siquirres, 6 de mayo del 2016.—Lic. Leonel Cisneros Córdoba, Fiscal.—Exento.—( IN2016029311 ). 3 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Juzgado Penal de Heredia en la sumaria 01-000710-0373-TC, seguida contra Masís Fallas Christian José, por el delito de lesiones culposas en perjuicio de Chaves Cruz Cristóbal, se necesita localizar al señor Ervin Aníbal Delgado Sibaja y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las catorce horas y treinta y un minutos del cinco de junio del dos mil trece, a la persona legitimada de la Motocicleta placas MOT-6755, que se ordenó la devolución, debiendo el interesado presentar ante el despacho la documentación respectiva a su personería de la Motocicleta placas MOT-6755. Así mismo cuentan con el plazo de tres mes a partir de esta publicación en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por una vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal de Heredia.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza Supernumeraria.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029304 ).

Juzgado Penal de Heredia, en la sumaria 03-013484-0497-TR, seguida contra Alvin Sharpe Brenes, por el delito de lesiones culposas en perjuicio de Vistor Morales Degracia, se necesita localizar al señor Salas Alvarado Ronulfo y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho horas y catorce minutos del dos de julio del dos mil trece, a la persona legitimada del vehículo placas 090768, que se ordenó la devolución, debiendo el interesado presentar ante el Despacho, la documentación respectiva a su personería del vehículo placas 090768. Así mismo cuentan con el plazo de tres meses a partir de esta publicación en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado. Se ordena su publicación por una vez en el Boletín Judicial. Es todo.—Juzgado Penal de Heredia.—Licda. Jenny Ñurinda Montoya, Jueza Supernumeraria.—1 vez.—Exento.—( IN2016029306 ).

Pilar Espinach Rueda, Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público, a la señora Marjorie Chaves Montero, cédula de identidad 1-560-508, costarricense, vecina de San José, Desamparados, en su condición de tercera de buena fe, se le hace saber: Que en el Legajo de Investigación número 11-008203-0042-PE, en perjuicio de Óscar Mario Chavarría Araya y otro. Seguida contra Otoniel Gaspar Badilla Villanueva, por el delito de Falsedad Ideológica y otros; se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: Se resuelve: Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Publico; San José, a las ocho horas y treinta minutos del 28 de abril del 2016. Siendo que en la causa penal número 11-008203-0042-PE, en perjuicio de Óscar Mario Chavarría Araya y otro. Seguida contra Otoniel Gaspar Badilla Villanueva, por el delito de Falsedad Ideológica y otros, se tiene como tercera de buena fe a la señora Marjorie Chaves Montero, cédula de identidad 1-560-508, por ser la actual dueña registral del bien mueble vehículo placas 490498, para lo que corresponda conforme a derecho como parte interesada en la sumaria indicada, en tanto en su condición de tercera de buena fe, a quien pese a haberse realizado todas las diligencias posibles para su localización, no ha sido posible informarle de ella, se le comunicará la presente mediante la publicación de un edicto por una única ocasión. Pilar Espinach Rueda. Se da traslado y se tiene como parte tercera de buena fe. Causa:11-008203-0042-PE.—Fiscal Auxiliar de la Unidad Especializada en Fraudes del Ministerio Público.—Licda. Pilar Espinach Rueda, Fiscal Auxiliar.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029308 ).

Expediente Nº 15-000831-0412-PE licenciada Marisol del Carmen Alpízar Chaves, Fiscal de la Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal), al señor Carlos Escobedo Hernández, cédula o documento de identidad número pasaporte 617438903, se le hace saber: que en el Legajo de Legajo de Acción Civil Resarcitoria, seguido en contra de Carlos Escobedo Hernández, en perjuicio de Juan José Canales Angulo, por el delito de Lesiones Culposas, se ha dictado resolución que literalmente dice: comunicación por edicto. Se da traslado de la Acción Civil Resarcitoria Fiscalía de Santa Cruz, al ser las diez horas y cinco minutos del veinte de agosto del año dos mil quince. De conformidad con los artículos, 111, 112 y 115 del Código Procesal Penal, se procede con vista en la Acción Civil Resarcitoria interpuesta por Juan José Canales Angulo, a darle traslado al demandado civil de las pretensiones expuestas por dicha parte, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o inadmisibilidad del actor civil en este proceso, planteando las excepciones que estime pertinentes, por lo que se le concede el término de ley para que haga valer sus derechos. Así mismo se le previene que en el acto de ser notificado deberá señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Comuníquese el contenido de la resolución a los demandados civiles y a su defensor en forma separada. Notifíquese. Licda. Marisol del Carmen Alpízar Chaves Fiscal Auxiliar Fiscalía de Santa Cruz. En vista de que el señor Carlos Escobedo Hernández es de domicilio desconocido, se procede a comunicarle la resolución por medio de edicto que se publicará una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese.—Fiscalía de Santa Cruz (Materia Penal).—Lic. Marisol del Carmen Alpízar Chaves, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029659 ).

Licenciada Marjorie Valenciano Arias, Jueza Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria penal número 10-010579-0042-PE seguida en contra de Joseph Manzanares Serrano por el delito de robo agravado en perjuicio de Jorge Vargas Barrientos y otro, y de conformidad con el artículo 162 del Código Procesal Penal, se dispone a notificar por edicto al representante legal de Servicios de Protección Americanos APS S. A., cédula jurídica 3-101-185197, en condición de dueño registral del arma, que se ha ordenado la devolución del arma de fuego tipo revólver, marca Kora Brno, modelo No indica, calibre 38SPL, serie 407669, mediante resolución de las trece horas cincuenta minutos del día nueve de mayo del año dos mil dieciséis, para que en el término de un mes, a partir de la publicación del edicto aludido se apersone al Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José a hacer valer sus derechos que sobre dicho bien le asistan, presentando su cédula de identificación, matrícula del arma así como el permiso de portación de armas al día. De no presentarse a retirarla, los mismos se donarán a favor del Estado conforme a la Ley de Bienes Caídos en Comiso.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Licda. Marjorie Valenciano Arias, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029673 ).

Fiscalía Adjunta de Heredia, al ser las catorce horas con diez minutos del día martes diez de mayo del año dos mil dieciséis. Se extiende la presente para que se haga presente a este despacho judicial el dueño registral representante de la empresa Pirosfera del Cedro S. A. cédula jurídica 3-101-493197, señor Armando Peña Sarria, cédula de residencia 0031218420010001472, del vehículo placa 446387, marca Hyundai, estilo Excel, color verde, año 1993, vehículo involucrado en el expediente 14-000280-369-PE, contra Andres Elizondo Durán, por el delito de lesiones culposas, ofendido Nelson Silva Fariña y otro, para hacer entrega de dicho automotor, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial. Exp. N° 14-000280-369-PE, proceso penal seguido contra Andrés Elizondo Durán, por el delito de lesiones culposas, cometido en perjuicio de Nelson Silva Fariña y otro. Comuníquese.—Fiscalía Adjunta de Heredia.—Lic. María Alejandra Rojas Vega, Fiscal.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016029675 ).