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AÑO CXX La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de julio del 2014 Nº 127 24 Páginas CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL PRIMERA PUBLICACIÓN Asunto: Acción de Inconstitucionalidad. A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-009379-0007-CO que promueve Álvaro José Orozco Carballo, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce. Luego de ser analizada por el pleno de la Sala Constitucional, se da curso a la acción de inconstitucionalidad número 14-009379-0007-CO interpuesta por Álvaro José Orozco Carballo, portador de la cédula de identidad Nº 02-0302-0294, para que se declare inconstitucional El acuerdo presidencial N° 001-P de 8 de mayo de 2014, publicado en el Alcance Digital N° 15 de La Gaceta N° 88 de 9 de mayo de 2014, en lo que respecta al nombramiento del Ministro de la Presidencia, por estimarlo contrario a los artículos 33 y 75 de la Constitución Política (principio de igualdad y libertad religiosa) así como lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 142 del supremo cuerpo normativo, el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el ordinal 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Se confiere audiencia por quince días a la procuraduría general de la república y a la presidencia de la república. La norma se impugna por lo siguiente: explica el promovente que el Presidente de la República, mediante el acuerdo cuestionado, nombró como Ministro de la Presidencia a una persona que no pertenece al estado seglar. Señala que una dispensa no es suficiente para que un clérigo pertenezca al estado seglar, ya que, pese a ese acto, continúa formando parte de la jerarquía eclesial. Desde su perspectiva, ese nombramiento implica una discriminación religiosa. Cita las manifestaciones de los Diputados Constituyentes Zeledón Brenes y Rojas Espinoza (acta Nº 95 de la Asamblea Constituyente de 1949). Destaca que el inciso 3) del artículo 142 de la Constitución busca eliminar presiones sobre quienes ejerzan las funciones de Ministro de Estado, por parte de su superior en el ejercicio de órdenes clericales. Aclara que las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones que reiteradamente se citan, se refieren a nombramientos de Diputados, designados por elección popular y no al nombramiento de un Ministro de Estado. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene de las resoluciones Nos. 2014- 7054 de las 09:30 hrs. de 23 de mayo de 2014 y 2014-007281 de las 15:15 hrs. de 27 de mayo de 2014, dictadas en el expediente Nº 14-004905-0007-CO. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente”. San José, 24 de junio del 2014. Gerardo Madriz Piedra, (IN2014041640) Secretario Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 11-012114-0007-CO promovida por Rodney Montalban Rivera contra el artículo 3 del Reglamento del Fondo de Jubilaciones y Pensiones Complementarias del Instituto Costarricense de Electricidad, aprobado en sesión de la Junta Directiva número 3987 del 7 de junio de 1988, por estimarlo contrario a los artículos 33, 51 y 52 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2014-009889 de las dieciséis horas y dos minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, que literalmente dice: “Se declara sin lugar la acción. El Magistrado Rueda Leal de razones separadas. La Magistrada Hernández López pone nota. San José, 25 de junio del 2014. Gerardo Madriz Piedra (IN2014041649) Secretario JUZGADO NOTARIAL HACE SABER: Juzgado Notarial hace saber a: Maikol Lara Herrera, mayor, notario público, cédula de identidad N° 6-0279-0934, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 13-000117-0627-NO establecido en su contra por Fernando Carballo Carvajal, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, once horas del seis de marzo de dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Fernando Carballo Carvajal contra Maikol Lara Herrera, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la

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AÑO CXX La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 3 de julio del 2014 Nº 127 — 24 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONALPRIMERA PUBLICACIÓN

Asunto: Acción de Inconstitucionalidad.A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la

Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-009379-0007-CO que promueve Álvaro José Orozco Carballo, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de junio del dos mil catorce. Luego de ser analizada por el pleno de la Sala Constitucional, se da curso a la acción de inconstitucionalidad número 14-009379-0007-CO interpuesta por Álvaro José Orozco Carballo, portador de la cédula de identidad Nº 02-0302-0294, para que se declare inconstitucional El acuerdo presidencial N° 001-P de 8 de mayo de 2014, publicado en el Alcance Digital N° 15 de La Gaceta N° 88 de 9 de mayo de 2014, en lo que respecta al nombramiento del Ministro de la Presidencia, por estimarlo contrario a los artículos 33 y 75 de la Constitución Política (principio de igualdad y libertad religiosa) así como lo dispuesto en el inciso 3) del artículo 142 del supremo cuerpo normativo, el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el ordinal 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Se confiere audiencia por quince días a la procuraduría general de la república y a la presidencia de la república. La norma se impugna por lo siguiente: explica el promovente que el Presidente de la República, mediante el acuerdo cuestionado, nombró como Ministro de la Presidencia a una persona que no pertenece al estado seglar. Señala que una dispensa no es suficiente para que un clérigo pertenezca al estado seglar, ya que, pese a ese acto, continúa formando parte de la jerarquía eclesial. Desde su perspectiva, ese nombramiento implica una discriminación religiosa. Cita las manifestaciones de los Diputados Constituyentes Zeledón Brenes y Rojas Espinoza (acta Nº 95 de la Asamblea Constituyente de 1949). Destaca que el inciso 3) del artículo 142 de la Constitución busca eliminar presiones sobre quienes ejerzan las funciones de Ministro de Estado, por parte de su superior en el ejercicio de órdenes clericales. Aclara que las resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones que reiteradamente se citan, se refieren a nombramientos de Diputados, designados por elección popular y no al nombramiento de un Ministro de Estado. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene de las resoluciones Nos. 2014-7054 de las 09:30 hrs. de 23 de mayo de 2014 y 2014-007281 de las 15:15 hrs. de 27 de mayo de 2014, dictadas en el expediente Nº 14-004905-0007-CO. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de

aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente”.

San José, 24 de junio del 2014. Gerardo Madriz Piedra,

(IN2014041640) Secretario

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 11-012114-0007-CO promovida por Rodney Montalban Rivera contra el artículo 3 del Reglamento del Fondo de Jubilaciones y Pensiones Complementarias del Instituto Costarricense de Electricidad, aprobado en sesión de la Junta Directiva número 3987 del 7 de junio de 1988, por estimarlo contrario a los artículos 33, 51 y 52 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2014-009889 de las dieciséis horas y dos minutos del veinticinco de junio del dos mil catorce, que literalmente dice: “Se declara sin lugar la acción. El Magistrado Rueda Leal de razones separadas. La Magistrada Hernández López pone nota.

San José, 25 de junio del 2014. Gerardo Madriz Piedra

(IN2014041649) Secretario

JUZGADO NOTARIALHACE SABER:

Juzgado Notarial hace saber a: Maikol Lara Herrera, mayor, notario público, cédula de identidad N° 6-0279-0934, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 13-000117-0627-NO establecido en su contra por Fernando Carballo Carvajal, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, once horas del seis de marzo de dos mil trece. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Fernando Carballo Carvajal contra Maikol Lara Herrera, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la

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Fernando Carballo Carvajal correspondiente a la donación de un derecho de usufructo. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Maikol Lara Herrera, cédula de identidad 6-0279-0934.

San José, 29 de abril del 2014. MSc. Juan Carlos Granados Vargas Juez1 vez.—Exento.—(IN2014040487).

Juzgado Notarial hace saber a: Fausto González Sibaja, mayor, notario público, cédula de identidad N° 2-0532-0597, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 13-000152-627-NO establecido en su contra por Randall Leal Fernández, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José, nueve horas treinta minutos del cuatro de abril del dos mil trece. En cuanto a la solicitud de anulación del contrato, dicha petitoria se rechaza en virtud de que esta autoridad no es competente para resolver sobre la misma, sin embargo la misma puede ser presentada ante la autoridad judicial correspondiente. En lo demás, se resuelve: Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Randall Gerardo Leal Fernández contra Fausto González Sibaja, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José quienes podrán notificarle en Tibás, instalaciones del Estadio Ricardo Saprissa, Oficinas Centrales. Así mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: Curridabat, 50 metros este de la Heladería Pops Edificio Galería del Este

presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Asimismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana (artículos 58 y 59 de la citada Ley). En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4°, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, personalmente o en su casa de habitación, mediante cédula y copias de ley, lo cual se hará por medio de la Oficina Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de San José, quienes podrán notificarle en oficina: San José, barrio Córdoba, 75 metros este del Liceo José María Castro Madriz. Así mismo, se ordena mediante comisión notificar a la Dirección Nacional de Notariado a través de la Oficina de Comunicaciones del Segundo Circuito de San José, en: Curridabat, 50 metros este de la Heladería Pops edificio Galería del Este primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Licenciado Doni Pantón Moya. Juez. vvb” y “Juzgado Notarial. San José a las once horas del veintinueve de abril de dos mil catorce. En virtud de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Maikol Lara Herrera, la resolución dictada a las once horas del seis de marzo del dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 26, 31, 45), y dado que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 18), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son aparente falta de inscripción de la escritura número trescientos noventa y seis, celebrada a las diez horas con quince minutos del veinticuatro de abril del dos mil doce, tomo quinto de su protocolo; en la que comparece el señor

Jueves 3 de julio del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 127 — Pág 3

A las diez horas del veinticinco de agosto del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, con la base de un millón cien mil colones, y soportando gravámenes en los siguientes procesos 08-006587-1012-CJ, 09-021767-1012-CJ, 09-028127-1012-CJ, 10-004131-1012-CJ, 10-008080-1012-CJ, 11-014377-1012-CJ, 07-000650-0170-CA y otro inscrito al tomo 2006, asiento 00080810 de fecha 05/04/2006, se rematará el vehículo placa CL207855, marca Hyundai, categoría carga liviana, carrocería panel, chasis KMJWVH7BP6U713173, tracción 4x2, capacidad 3 personas, año 2006, color blanco. De no haber postores, se señala para llevar a cabo el segundo remate las diez horas del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de ochocientos veinticinco mil colones (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate se señalan las diez horas del veinticinco de setiembre de dos mil catorce, con la base de doscientos setenta y cinco mil colones (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral N° 10-000132-0173-LA de Yorleny Castro Durán contra Vivaldi Pastelería y Cafetería S. A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 19 de mayo del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—(IN2014041773).

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, al ser las diez horas del cinco de agosto del año dos mil catorce, se rematarán los siguientes bienes embargados: 1) Diez pantalones nuevos, marca Aeropostale para hombre con la base de veinticinco mil colones cada uno (base del lote doscientos cincuenta mil colones), 2) Ocho pantalones nuevos, marca Levy Strauss para hombre con la base de veintitrés mil colones cada uno (base del lote ciento ochenta y cuatro mil colones), 3) Cuarenta y dos pantalones nuevos, marca Bonjour para hombre con la base de veinticinco mil colones cada uno (base del lote un millón cincuenta mil colones), 4) Ocho pantalones nuevos, marca Lot Volcom para hombre con la base de quince mil colones cada uno (base del lote ciento veinte mil colones), 5) Tres pantalones nuevos, marca Hollister para mujer con la base de veinticinco mil colones cada uno (base del lote setenta y cinco mil colones), 6) Nueve pantalones nuevos, marca True Religion para mujer con la base de veinticinco mil colones cada uno (base del lote doscientos veinticinco mil colones), y 7) Cinco pantalones nuevos, marca Levis para mujer con la base de veinticinco mil colones cada uno (base del lote ciento veinticinco mil colones). De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate se señalan las diez horas del veintiuno de agosto del año dos mil catorce, con las siguientes bases: N° 1) dieciocho mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote ciento ochenta y siete mil quinientos colones), N° 2) Diecisiete mil doscientos cincuenta colones cada uno (base del lote ciento treinta y ocho mil colones), N° 3) Dieciocho mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote setecientos ochenta y siete mil quinientos colones), N° 4) Once mil doscientos cincuenta colones cada uno base del lote noventa mil colones), N° 5) Dieciocho mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones), N° 6) Dieciocho mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote ciento sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones) y N° 7) Dieciocho mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote noventa y tres mil setecientos cincuenta colones). Todas la bases anteriores rebajadas en un 25%. De no apersonarse postores, para el tercer remate se señalan las diez horas del cinco de setiembre del año dos mil catorce, con las siguientes base: N° 1) Seis mil doscientos cincuenta colones cada uno (base del lote sesenta y dos mil quinientos colones), N° 2) Cinco mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote cuarenta y seis mil colones), N° 3) Seis mil doscientos cincuenta colones cada uno (base del lote doscientos sesenta y dos mil quinientos colones), N° 4) Tres mil setecientos cincuenta colones cada uno (base del lote treinta mil colones), N° 5) Seis mil doscientos cincuenta colones cada uno (base del lote dieciocho mil setecientos cincuenta colones), N° 6) Seis mil doscientos cincuenta colones cada uno (base del lote cincuenta y seis mil doscientos cincuenta colones) y N° 7) Seis mil doscientos

primer piso. De conformidad con el artículo 21 de la Ley N° 8687, solicítese al Registro Civil informe sobre el domicilio registral de la parte denunciada. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese. Licenciado Doni David Panton Moya, Juez. Juzgado Notarial. San José a las trece horas y veintiocho minutos del siete de mayo de dos mil catorce. Siendo fallidos los intentos por notificarle al Licenciado(a) Fausto González Sibaja, la resolución dictada a las nueve horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil trece en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado, el Colegio de Abogados y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 47), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 32), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son el aparente otorgamiento de contrato deportivo privado con el Deportivo Saprissa, autenticado por el notario González Sibaja, donde el señor Randall Leal Fernández y su hijo menor Randall Leal Arley aparecen firmando, y el denunciante afirma, que ese contrato no fue firmado por ellos. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese ésta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Fausto González Sibaja, cédula de identidad 2-0532-0597.

San José, 7 de mayo del 2014. MSc. Juan Carlos Granados Vargas Juez1 vez.—Exento.—(IN2014040489).

TRIBUNALES DE TRABAJO

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, soportando gravámenes hipotecarios tomo 2010 asiento 67443 y tomo 2013 asiento 60628 remataré finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad, partido de San José, bajo el sistema de folio real, matrícula número seiscientos siete mil cuatrocientos cincuenta y siete-cero cero dos, que se describe así: naturaleza: terreno de patio con una casa. Situado: En el distrito tres, cantón Pérez Zeledón de la provincia de San José. Mide: mil doscientos setenta y dos metros con centímetros cuadrados. Linda: al norte, Alexis Cordero Parado; al sur, Alexis Cordero Parado y Eddy Infante; al este, Alexis Cordero Parado; y al oeste, Alexis Cordero Parado y calle pública. Plano: SJ-1367730-2009. Para el primer remate con la base de siete millones de colones, se señalan las ocho horas del veintidós de agosto de dos mil catorce; fracasado dicho remate y para celebrar la segunda subasta con la base rebajada en un veinticinco por ciento sea la suma de cinco millones doscientos cincuenta mil colones, se señalan las ocho horas del ocho de setiembre de dos mil catorce; y para celebrar el tercer remate con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones, sea el veinticinco por ciento de la base original, se señalan las ocho horas del veinticuatro de setiembre de dos mil catorce. La propiedad pertenece a Wilberth Segura Granda. Lo anterior se remata por estar así ordenado en ejecución laboral N° 10-000111-1127-LA de Maritza Navarro Ceciliano contra Wilberth Segura Granda. Notifíquese.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Pérez Zeledón, diecinueve de junio de dos mil catorce.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—(IN2014041772).

Jueves 3 de julio del 2014Pág 4 — BOLETIN JUDICIAL Nº 127

cincuenta colones cada uno (base del lote treinta y un mil doscientos cincuenta colones). Todas las bases corresponden a un 25% de la base original. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral Nº 11-000631-0173-LA de Katherine Álvarez Arias contra El Cometa Fugaz de Amay S. A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 3 de abril del 2014.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—(IN2014041776).

CausahabientesSe cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de

Víctor Eduardo Quirós Solano cc Víctor Eduardo Quirós Mata, quien fue mayor, casado, oficinista, con último domicilio en Cartago, San Blas, Urbanización San Esteban, casa número 52, con cédula de identidad número 3-0266-0106, y quien laboró para el Banco Crédito Agrícola de Cartago y falleció el 3 de abril del año 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 14-000394-1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 14-000394-1023-LA. Proceso promovido por Kattia María Pérez Ríos cédula número 3-0328-0966.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago; 17 de junio del año 2014.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Juez.—1 vez.—(IN2014040337).

Se emplaza a todos los interesados en la diligencia del Cobro del Fondo de Capitalización Laboral del trabajador fallecido Olger Gerardo Vera Jiménez, mayor, quien tenía cédula de identidad número 6-275-780 fallecido el día 30 de diciembre del 2012, y vecino de Puntarenas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, se apersonen a este proceso a hacer valer sus derechos, apercibidos de que si no lo hacen dentro del plazo indicado, el dinero pasará a quien corresponda. Expediente N° 14-300013-1024-LA (2).—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Puntarenas, a las diez horas del catorce de febrero del dos mil catorce.—Lic. Calos Enrique Campos Roblero, Juez.—1 vez.—(IN2014040342).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Lesly José Mora Calvo, cédula de identidad 06-0327-0882, quien fue mayor, costarricense, unión libre, agricultor, hijo de Eladio Mora Mora y Nelly Calvo Vargas, vecino de Ciudad Cortés, barrio La Fuente, 300 mts norte de la escuela Vista Terreba, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 11-300045-0442-LA-3, establecido por Gredis Mora Arana, hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Osa, a las ocho horas del veinticuatro de junio del dos mil catorce.—Lic. Frank Mckenzie Peterkin, Juez.—1 vez.—(IN2014041652).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

RematesSEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado bajo las citas 0510-00015358-01-0002-001 y servidumbre trasladada bajo las citas 0320-00008188-01-0002-001 y plazo de convalidación rectificación de medida) bajo las citas 0493- 00007307-01-0003-001; a las catorce horas y cero minutos del seis de agosto de dos mil catorce, y con la base de noventa y un mil doscientos setenta y nueve dólares con diecinueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento

treinta mil cien cero cero cero la cual es terreno dedicado a pastos. Situada en el distrito San José, cantón Atenas, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Quebrada Grande; al este, Quebrada Grande; y al oeste, Juan José González Rojas. Mide: cuatro mil ochocientos cuatro con ochenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintidós de agosto de dos mil catorce, con la base de sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce con la base de veintidós mil ochocientos diecinueve dólares con ochenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Asefisa Sociedad Anónima contra Analex D A Inmobiliaria S.R.L. Exp. 13-017489-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de mayo del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014040026).

A las nueve horas y cero minutos del uno de agosto de dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes y con la base de doscientos sesenta millones seiscientos noventa y seis mil ciento once colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00119293-001-003 la cual es terreno de jardín. Situada en el distrito 01 San Pedro cantón 15 Montes de Oca, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Charles Vincent Murillo; al sur, calle pública con 20 m 4 cm; al este, Gerardo Echeverría Villafranca y al oeste, Rodrigo Madrigal Nieto. Mide: 667.20 cuadrados. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de González del Valle José María de Ureña Ureña contra 3-101-548425 S. A. Exp. 11-000498-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Francis Porras León, Juez.—(IN2014040998).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, a las ocho horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce y con la base de cuarenta mil ochocientos ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento sesenta y seis mil novecientos sesenta y nueve cero cero cero la cual es terreno repastos y bosques, lote cuarenta y uno. Situada en el distrito 05 Curubandé, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte calle pública con un frente de 205.78 metros; al sur resto de Hacienda El Tunal S. A.; al este resto de Hacienda El Tunal S. A. y al oeste, resto de Hacienda El Tunal S. A. Mide: trescientos quince mil ciento dieciséis metros con seis decímetros cuadrados. Plano: G-0941605-2004.- Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil catorce, con la base de treinta mil seiscientos seis dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de diez mil doscientos dos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3102607833 Ltda contra Corporación Siete Cueros R.B.M. S.R.L. Exp. 14-000669-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 19 de mayo del año 2014.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014041025).

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veinte mil ochocientos sesenta y seis colones con cuarenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre del año dos mil catorce con la base de dos millones trescientos cuarenta mil doscientos ochenta y ocho colones con ochenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Karla Dayana Valverde Chacón Exp: 14-000351-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de junio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014041049).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con citas 346-01899-01-0002-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil trescientos setenta y seis cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ermelinda Hernández; al sur, Róger Villarreal calle pública 13 m 99 cm; al este, Róger Villarreal Ramírez y al oeste, Genaro Arias Calvo. Mide: dos mil veinte metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del once de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil catorce con la base de setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Luz María Alvarado Jara. Exp. N° 14-001088-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 18 de junio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014041053).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y siete colones con doce céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 537743, marca Mitsubishi, capacidad 5 personas, año 1997, color blanco, tracción 4x4, vin JA4MT31PXVP011490. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y dos colones con ochenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de ochocientos ochenta y seis mil noventa y cuatro colones con veintiocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Servicentro Barrio El Molino Sociedad Anónima contra José Alberto Alvarado Brenes. Exp. N° 14-000831-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014041260).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente inscrita bajo las citas 0369-00013592-01-0031-001 y servidumbre trasladada

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley de Aguas Citas 431-10651-01-0004-001 y reservas ley de caminos 431-10651-01-0005-001 ; a las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil catorce y con la base de cuarenta mil quinientos noventa y ocho dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y seis mil trescientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Santa Cruz, cantón 03 Santa Cruz, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 10 metros 91 centímetros lineales, Víctor Carmona Carmona, Marian Bonilla Bonilla, Leidalia Bonilla Acosta, todos en parte; al sur, María Herminia Cubillo Marchena; al este, calle pública con un frente de 11 metros 8 centímetros, Salomón Bonilla Acosta, Mariana Bonilla Acosta y Leidalia Bonilla Acosta, todos en parte y al oeste, Mariana Bonilla Acosta, Víctor Carmona Carmona, Vera Acón Sánchez, todos en parte. Mide: quinientos cuarenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. Plano G-0088642-1992. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de setiembre del año dos mil catorce, con la base de treinta mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con cincuenta centavos de dólar (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil catorce con la base de diez mil ciento cuarenta y nueve dólares con cincuenta centavos de dólar (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-611237 S.A. contra Nicasia Leidalia Bonilla Acosta. Exp. 14-000962-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 5 de junio del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014041028).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del once de agosto del año dos mil catorce, y con la base de doce mil doscientos cincuenta y un dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número setecientos setenta y un mil setenta y siete, marca: Toyota, categoría automóvil capacidad 7 personas año 2008 combustible diesel. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce, con la base de nueve mil ciento ochenta y ocho dólares con ochenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas del diez de setiembre del año dos mil catorce, con la base de tres mil sesenta y dos dólares con noventa y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecucion prendaria de Santiago Soler Bonilla contra Luis Diego Morun Calvo, Sigifredo de la Trinidad Morun Calvo Exp: 14-000917-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 26 de mayo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—(IN2014041033).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las siete horas y treinta minutos del catorce de agosto del año dos mil catorce, y con la base de nueve millones trescientos sesenta y un mil ciento cincuenta y cinco colones con veintitrés céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número VE-525. Marca Polaris, categoría vehículo especial, año 2012, color anaranjado, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del uno de setiembre del año dos mil catorce, con la base de siete millones

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con cabeza principal de 106 mm de diámetro con cuatro cuchillas para moldeo, controles magnéticos agrupados, sistema de velocidad variable, equipo de roles de ajuste rápido en la mesa, estructura para trabajo pesado, deseabilidad alta, realización alta. B) Una máquina cepilladora para madera, marca Holytek, modelo CR-381, serie 679756, año dos mil tres, capacidad de mesa de 38.1 cm 15 pulgadas, máximo y de 15.24 cm 6 pulgadas mínimo, con motor monofásico de 2.24 kilowats, 2 HP, 220 voltios, 60 HZ, deseabilidad alta, realización alta. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de agosto del dos mil catorce, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de setiembre del dos mil catorce con la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Chao Lee Ching Pei, Douglas Mora Jiménez, Jorge Araya Carvajal. Exp. 09-010213-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de junio del 2014.—Lic. Guillermo Castro Rodríguez, Juez.—(IN2014041676).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando afectación de Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, citas: 0331-00017701-01-0006-001; a las diez horas del dieciocho de agosto del dos mil catorce, y con la base de quince millones cuatrocientos noventa y dos mil cuatrocientos ochenta colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca que se describe así, inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos setenta y dos mil ochocientos setenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01 Aserrí cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Francisco Valverde Quirós; al sur, Marleny Valverde Quirós; al este, Marleny Valverde Quirós; y al oeste, calle pública con 13,43 metros. Mide: quinientos once metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del cinco de setiembre del dos mil catorce, con la base de once millones seiscientos diecinueve mil trescientos sesenta colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiséis de setiembre del dos mil catorce, con la base de tres millones ochocientos setenta y tres mil ciento veinte colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo prendario de Banco de Costa Rica contra Vilma Marlene Valverde Quirós. Exp. 06-001226-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 2 de mayo del 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—(IN2014041680).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso bajo las citas 563-00000760-01-0002-001; a las nueve horas y cero minutos del veintisiete de agosto de dos mil catorce, y con la base de trece millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 202321-001-002 cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Guadalupe (Arenilla), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Urbino Martínez Navarro; al sur, servidumbre de paso con frente de 11.51 metros; al este, Rafael Gerardo Martínez Rodríguez; y al oeste, Mafersol S. A. Mide: ciento cuarenta metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del once de setiembre de dos mil catorce, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos

con citas 0369-00013592-01-0910-001; a las quince horas y quince minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, y con la base de siete millones seiscientos cincuenta y ocho mil ciento ochenta y seis colones con sesenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos ocho mil ochocientos cuarenta y nueve - cero cero cero, la cual es terreno para construcción de vivienda de interés social. Situada en el distrito Horquetas, cantón Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Estrella Fallas Morales; al este, Gladys Corrales Barrantes y calle pública y al oeste, resto de Rutilio Cisneros Solano. Mide: cuatrocientos ochenta y dos metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y quince minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de cinco millones setecientos cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y quince minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de un millón novecientos catorce mil quinientos cuarenta y seis colones con sesenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.- Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fundación Para La Vivienda Rural Costa Rica Canadá contra Elio Manuel Álvarez Reyes, Yadira Zeledón Díaz. Exp. N° 14-000320-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 28 de mayo del año 2014.—Lic. Adriana Brenes Castro, Jueza.—(IN2014041263).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas: 316-976-01-0901-001); a las dieciséis horas con cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, y con la base de cien mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiséis mil ochocientos cincuenta y tres cero cero cero la cual es terreno de repastos lote trece. Situada en el distrito 04 Santa Rosa, cantón 08 Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Syracuse Viajes Turísticos S. A.; al sur, Syracuse Viajes Turísticos S. A.; al este, Lopel S. A. y al oeste, servidumbre de paso con un frente a ella de treinta metros. Mide: mil metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas con cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de setenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas con cero minutos del veinticinco de setiembre del dos mil catorce con la base de veinticinco mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Nelson López Elizondo. Exp. N° 12-001421-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014041265).

En la puerta principal de este Despacho; a las diez horas y cero minutos del cuatro de agosto del dos mil catorce y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: A) Una cepilladora moldeadora para madera, marca Holytek, modelo M-314W, serie 8, año dos mil tres, nueva, con motor marca introducción, monofásico de 3.73 kilowats, cinco HP, 220 voltios, 60 HZ, 3400 RPM, para moldeo en los tres planos,

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catorce horas y quince minutos del dieciséis de octubre del dos mil catorce con la base de sesenta y un millones quinientos cuarenta y dos mil sesenta y seis colones exactos el inmueble matrícula sesenta y un mil seiscientos setenta y ocho-cero cero cero y con la base de diez millones novecientos cincuenta y siete mil novecientos treinta y tres colones el inmueble matrícula sesenta mil novecientos dos-cero cero cero (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Inversiones Grant Nidaac Sociedad Anónima, Newton Grant Burr, Róger Alberto Jiménez Pérez. Exp. 13-001847-1208-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 2 de junio del 2014.—Lic. Roy Córdoba Hernández, Juez.—(IN2014041711).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, y con la base de veintinueve mil ciento ocho dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa número 878903, marca Nissan, estilo QASHQAI, categoría automóvil, año 2011, color azul, Vin SJNFBAJ10Z2168378. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de octubre de dos mil catorce, con la base de veintiún mil ochocientos treinta y un dólares con sesenta y tres centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil catorce con la base de siete mil doscientos setenta y siete dólares con veintiún centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Randall Calvo Rivas. Exp. 13-004545-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 21 de abril del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014041720).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre de dos mil catorce, y con la base de treinta y un mil novecientos treinta y tres dólares con ochenta y un centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas número 873697, marca Nissan, estilo X-Trail, categoría automóvil, año 2011, color gris, Vin JN1TANT31Z0100494. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del siete de octubre de dos mil catorce, con la base de veintitrés mil novecientos cincuenta dólares con treinta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de octubre de dos mil catorce con la base de siete mil novecientos ochenta y tres dólares con cuarenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Randall Calvo Rivas. Exp. 13-004550-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 24 de abril del 2014.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—(IN2014041725).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 388-16502-01-0900-001; a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de julio de dos mil catorce, y con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido

(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil catorce con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra José Alberto Torres Monge. Exp. 14-000476-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de mayo del 2014.—Lic. María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2014041691).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos (1:30 pm) del uno de agosto de dos mil catorce, y con la base de diecisiete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 215294-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Francisco, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Inversiones Zayju S. A.; al sur, Inversiones Zayju S. A.; al este, Inmobiliaria Caroflory S.R.L; y al oeste, calle pública. Mide: setecientos tres metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del diecinueve de agosto de dos mil catorce, con la base de doce millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del tres de setiembre de dos mil catorce con la base de cuatro millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Juan Elías Monge Ramírez contra Josué David Ramírez Quirós. Exp. 13-002903-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 20 de mayo del 2014.—Lic. Jessika Fernández Cubillo, Jueza.—(IN2014041696).

En la puerta exterior de este Despacho; a las catorce horas y quince minutos del dieciséis de setiembre del dos mil catorce Sáquense a remate los bienes hipotecados, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 407-05889-01-0867-002; y con la base de doscientos cuarenta y seis millones ciento sesenta y ocho mil doscientos sesenta y siete colones con sesenta céntimos, el inmueble matrícula número sesenta y un mil seiscientos setenta y ocho-cero cero cero el cual es terreno para vivienda lote 2005 Sector Siquirres Norte. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle; al sur, Lidia Drumond; al este, Iglesia Bautista; y al oeste, Ricardo Méndez y otros. Mide: setecientos veinticuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados, y con la base de cuarenta y tres millones ochocientos treinta y un mil setecientos treinta y dos colones con cuarenta céntimos, el inmueble matrícula número sesenta mil novecientos dos-cero cero cero la cual es terreno p/agricultura lote 269-280. Situada en el distrito 02 Batan, cantón 05 Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Salatiel Zamora; al sur, José y Delfín Agüero; al este, Ovidio Brenes y calle con 200 metros de frente; y al oeste, quebrada La Paloma y Juan Vargas. Mide: ochenta y dos mil setecientos sesenta metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del primero de octubre del dos mil catorce, con la base de ciento ochenta y cuatro millones seiscientos veintiséis mil ciento noventa y ocho colones exactos el inmueble matrícula sesenta y un mil seiscientos setenta y ocho-cero cero cero y con la base de treinta y dos millones ochocientos setenta y tres mil setecientos noventa y nueve colones el inmueble matrícula número sesenta mil novecientos dos-cero cero cero (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las

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setiembre de dos mil catorce, con la base de dos millones trescientos ochenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce con la base de setecientos noventa y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Elena Rodríguez Blanco y Marvin Gerardo Murillo Gómez. Exp. Nº 14-004286-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 29 de mayo del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014041796).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando limitaciones de leyes 7052, 7208 Sist. Financiero de Vivienda (Citas: 2009-269794-01-0002-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del ocho de setiembre de dos mil catorce, y con la base de cuatro millones noventa y ocho mil novecientos treinta y cinco colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta mil setecientos veintinueve- cero cero cero, la cual es terreno para construir lotes 18-B. Situada en el distrito 07 Sabanilla, cantón 01 Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública; al sur, lote 27-B; al este, lote 19-B, y al oeste, lote 17-B. Mide: Doscientos sesenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veinticuatro de setiembre de dos mil catorce, con la base de tres millones setenta y cuatro mil doscientos un colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del nueve de octubre de dos mil catorce con la base de un millón veinticuatro mil setecientos treinta y tres colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra César Mauricio Alvarado Vargas. Exp. Nº 14-002632-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de mayo del 2014.—Msc. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014041798).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y veinticinco minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de diez millones quinientos setenta y cinco mil ochocientos veintiséis colones con sesenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y siete mil novecientos setenta y cinco-cero cero cero, la cual es terreno con tres planteles para construir. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 de Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, río Pacuar; al sur, calle pública; al este, Jireh Salom S. A, y al oeste, calle pública. Mide: Cinco mil doscientos ochenta y ocho metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y veinticinco minutos del seis de octubre del año dos mil catorce, con la base de siete millones novecientos treinta y un mil ochocientos sesenta y nueve colones con noventa y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y veinticinco minutos del veintiuno de octubre del año dos mil

de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y un mil ochocientos cuarenta cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01-San Vito, cantón 8-Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Francesco Chiulli Copertino; al sur, calle pública con 11.58 metros; al este, Tiburcio López López y al oeste, Municipalidad de Coto Brus. Mide: Doscientos ocho metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano P-0984523-1991. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil catorce, con la base de dos millones ochocientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce con la base de novecientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Dawer Vinicio Jiménez Castro, Francisca Jiménez Castro, José de Jesús Miranda de la O. Exp. N° 13-000844-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 29 de mayo del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014042381).

PRIMERA PUBLICACIÓNEn la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes

hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 293, asiento 19956-01-0002-001; y al tomo 302, asiento 18872-01-0002-001; a las nueve horas y treinta minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce y con la base de catorce millones cuatrocientos nueve mil trescientos treinta y siete colones con treinta y cinco céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 455376-000, la cual es terreno lote siete D terreno para construir. Situada en el distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote seis D; al sur, lote ocho D; al este, calle pública, y al oeste, Desarrollos Urbanísticos Superiores S. A. Mide: Ciento cuarenta metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce con la base de diez millones ochocientos siete mil tres colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del tres de octubre del año dos mil catorce con la base de tres millones seiscientos dos mil trescientos treinta y seis colones con treinta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Tomás Rodríguez Pizarro. Exp. Nº 09-018117-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014041793).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada (Citas: 404-17711-01-0900-001); a las quince horas y cero minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de tres millones ciento ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y siete mil novecientos setenta y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir: Bloque C: lote 7-C. Situada en el distrito 01 San Pedro, cantón 08 Poás, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 6-C; al sur, lote 8 C; al este, Inmobiliaria Kopper Murillo de Poas Sociedad Anónima, y al oeste, calle pública con un frente de 8 metros. Mide: Ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del nueve de

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remataré las siguientes fincas: 1) Con la base de ciento cuarenta y tres mil quinientos noventa y cinco dólares con siete centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 328-04970-01-0004-001; la finca del Partido de Alajuela, matrícula N° 190936-000, la cual es terreno de repasto. Situada en el distrito 06, Zapote cantón 11, Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río La Vieja con María del Milagro Paniagua Ledezma y ganadera RJ Siglo XXI Sociedad Anónima; sur, Félix Rodríguez Arroyo y calle publica; este, Félix Rodríguez Arroyo; oeste, Ganadero RJ Siglo XXI Sociedad Anónima. Mide: Ciento nueve mil doscientos veintinueve metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Plano: A-0934242-2004. 2) Con la base de ochenta y cuatro mil trescientos treinta y dos dólares con treinta y nueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reserva de Prioridad bajo las citas 2011-224085-001, y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 562-05480-01-0004-001; la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 414788-000, la cual es terreno de montaña. Situada en el distrito 06, Zapote, cantón 11 Zarcero, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, río La Vieja y Ganadera R J Siglo XXI; sur, María del Milagro Paniagua Ledezma; este, Félix Rodríguez Arroyo; oeste, Ganadera R J Siglo XXI. Mide: Sesenta y cuatro mil ochenta y siete metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano: A-0931224-2004. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil catorce, con la base de ciento siete mil seiscientos noventa y seis dólares con treinta centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos por la finca número 190936-000, y con la base de sesenta y tres mil doscientos cuarenta y nueve dólares con veintinueve centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos por la finca N° 414788-000 (rebajada en un 25%). Para el tercer remate, se señalan las diez horas y treinta minutos del ocho de octubre del año dos mil catorce, con la base de treinta y cinco mil ochocientos noventa y ocho dólares con setenta y siete centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos por la finca número 190936-000, y con la base de veintiún mil ochenta y tres dólares con diez centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos por la finca N° 414788-000 (un 25% de la base original). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María Del Milagro Paniagua Ledezma. Exp. Nº 14-000302-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014041911).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las siete horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de treinta y seis millones doscientos setenta y siete mil trescientos noventa y nueve colones con sesenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y nueve mil sesenta-cero cero cero, la cual es terreno para construir de forma irregular. Situada en el distrito 02 Fortuna, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al noreste, calle pública con un frente a ella de 141.19 m lineales; al noroeste, Finca El Arbolito S. A.; al sureste, calle pública con un frente a ella de 3.13 m, lineales e Inversiones Josaru de Miravalles S. A., y al suroeste, Inversiones Josaru de Miravalles S. A. Mide: Seis mil novecientos tres metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1519331-2011. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce, con la base de veintisiete millones doscientos ocho mil cuarenta y nueve colones con setenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del nueve de octubre del año dos mil catorce con la base de nueve millones sesenta y nueve mil trescientos cuarenta y nueve colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de

catorce con la base de dos millones seiscientos cuarenta y tres mil novecientos cincuenta y seis colones con sesenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Valverde Chacón. Exp. Nº 11-000116-0188-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de mayo del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014041860).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de julio de dos mil catorce, y con la base de cinco millones trescientos cincuenta y seis mil ochocientos veintidós colones con treinta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dos mil seiscientos noventa y dos-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno lote 16-H, terreno para construir. Situada en el distrito 01 Corredor, cantón 10 Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 17-H; al sur, lote 15-H; al este, lote 9-H, y al oeste, calle pública con ocho metros de frente. Mide: ciento sesenta metros con cero decímetros cuadrados. Plano: P-0456948-1997. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de agosto de dos mil catorce, con la base de cuatro millones diecisiete mil seiscientos dieciséis colones con setenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de un millón trescientos treinta y nueve mil doscientos cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gilberto Madrigal Arroyo y Wendy Montero Gómez. Exp. Nº 13-000911-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 26 de febrero del 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014041862).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y cero minutos del diez de noviembre de dos mil catorce, y con la base de doce millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos noventa y ocho mil ciento treinta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 Grecia, cantón 03 Grecia, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noreste, Inversiones Tarire de Grecia Sociedad Anónima; al noroeste, calle pública con 10 metros de frente; al sureste, Inversiones Taribe de Grecia Sociedad Anónima, y al suroeste, Inversiones Taribe de Grecia Sociedad Anónima. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de noviembre de dos mil catorce, con la base de nueve millones de colones exactos y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de diciembre de dos mil catorce con la base de tres millones de colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Minor Oviedo Rodríguez contra Kattia Alvarado Alvarado. Exp. Nº 14-000440-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Grecia, 28 de mayo del 2014.—Lic. Brayan Li Morales, Juez.—(IN2014041893).

A las diez horas y treinta minutos del cinco de setiembre del año dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho; con sus respectivas bases y de la forma que se dirá, en el mejor postor

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quince-cero cero cero, la cual es terreno de tacotal. Situada en el distrito 05 Porozal, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, resto reservado; al este, calle pública con un frente a la misma de 72.13 metros y al oeste resto de finca. Mide: siete mil novecientos cincuenta y ocho metros con veinte decímetros cuadrados. 3) La finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veintiséis mil setecientos uno-cero cero cero, la cual es terreno de tacotal. Situada en el distrito 05 Porozal, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hernando Arroyo Ramírez y lote 2 en parte; al sur, Ronald Enrique de la Trinidad Gomaez Bolaños y lote 1, 2 y 3 en parte; al este, calle pública con frente a ella de 66.34 metros y lotes 1, 2 y 3 en parte al oeste Hernando Arroyo Ramírez. Mide: ciento veinticinco mil trescientos veintidós metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de octubre del año dos mil catorce con la base de dieciséis millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Coopesanramón R. L. contra José Francisco Guerrero Arias. Exp. Nº 114-001202-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 12 de mayo del 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014041974).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos setenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento un mil ciento sesenta y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Lotificadora del Pacifico S. A.; al noroeste, Lotificadora del Pacifico S. A.; al sureste, Lotificadora del Pacífico S. A., y al suroeste, Lotificadora del Pacífico S. A. Mide: Veintidós metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del once de agosto de dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos ochenta y cuatro mil quinientos veinte colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil catorce con la base de ochocientos noventa y cuatro mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro contra Alexander Gutiérrez García y Kevin Alejandro Gutiérrez Mora. Exp. Nº 13-004935-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 22 de enero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014041982).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y restricciones citas: 0227-00006160-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil catorce, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido

pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexis Ruiz Esquivel. Exp. Nº 14-000052-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de junio del 2014.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014041940).

A las ocho horas cero minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, sáquese a remate el(los) bien(es) en autos: Vehículos placas N° 545363, con prenda inscrita al tomo 2009, asiento 65583, secuencia 001, marca Hyundai, año 2002, vin KMHCF35G02U167727, cilindrada 1500 cc, color rojo, categoría automóvil. Para tal efecto se señalan las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil catorce. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las ocho horas del catorce de agosto del dos mil catorce, con base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un 25%).- De no apersonarse postores, para el tercer remate, se señalan las ocho horas del veintinueve de agosto del año mil catorce, con base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un 25% de la base original). Prendario N° 10-100306-0241-CI, de Inversiones Griegas GA Dos Mil Siete, demandado Inversiones Castro Carivasil S. A.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Puriscal, Santiago de Puriscal, 27 de junio del 2014.—Lic. Mauricio Herrera Barboza, Juez.—Exento.—(IN2014041968).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y dos mil cuatrocientos catorce-cero cero cero, la cual es terreno lote dos terreno de tacotal. Situada en el distrito quinto Porozal, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto reservado; al sur resto reservado; al este calle pública con un frente a la misma de 146.30 metros, y al oeste, resto de finca. Mide: Nueve mil novecientos catorce metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de setiembre del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopesanramón R. L. contra Ricardo Berrocal Castillo. Exp. Nº 14-001085-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 28 de abril del 2014.—Lic. Minor Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014041973).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios pero soportando todas las fincas que se dirán, Reservas y Restricciones, a las once horas cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce y con la base de sesenta y cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) La finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y dos mil cuatrocientos trece-cero cero cero, la cual es terreno de tacotal. Situada en el distrito 05 Porozal, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, resto reservado; al sur, calle pública con un frente a la misma de 127.92 metros; al este, Hernando Arroyo Ramírez, y al oeste, resto de la finca. Mide: Catorce mil cuatrocientos noventa y cinco con treinta y nueve decímetros cuadrados; 2) la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento noventa y dos mil cuatrocientos

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diecisiete mil quinientos noventa y cuatro colones con cincuenta y tres céntimos, finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 14134-000, la cual es terreno para para agricultura con construcción. Situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, servidumbre de paso con un frente de 125 metros; al sur, Israel Sojo; al este, Pastor Salgado, y al oeste, Israel Sojo. Mide veintiún mil setecientos treinta metros con ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinte de agosto del año dos mil catorce, con la base de ocho millones ochenta y seis mil ochocientos cuatro colones con diez céntimos primera finca y la suma de nueve millones ciento sesenta y tres mil ciento noventa y cinco colones con ochenta y nueve céntimos segunda finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del cuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de dos millones seiscientos noventa y cinco mil seiscientos un colones con treinta y seis céntimos primera finca y la suma de tres millones cincuenta y cuatro mil trescientos noventa y ocho colones con sesenta y tres céntimos segunda finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Publíquese el edicto de ley. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Maritza Chacón Vargas. Exp. N° 13-033728-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—(IN2014042222).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil catorce, y con la base de sesenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y seis mil ochocientos treinta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con dos casas de habitación, una terminada y otra en proceso de construcción. Situada en el distrito Quepos, cantón Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Joaquín Sancho Mora y un frente a calle publica con 14.78 metros lineales; al sur, María Del Rosario Jiménez Rodríguez; al este, resto reservado y servidumbre, y al oeste, Joaquín Sancho Mora y Lorenzo Jara Porras. Mide: Dos mil setecientos diez metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diecisiete de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuarenta y cinco mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del dos de octubre de dos mil catorce con la base de quince mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rene Henri Charles Mansuelle único apellido contra Aldo Francisco Porras Vega. Exp. N° 13-002758-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 3 de febrero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014042225).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas cero minutos del once de agosto del año dos mil catorce, y con la base de ciento noventa y seis millones setecientos mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y un mil doscientos noventa y uno-cero cero cero, la cual es terreno. Situada en el distrito Sierpe, cantón Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Agrosierpe S. A. y Manuel Cedeño Murillo; al sur, río Sierpe y Manuel Cedeño Murillo; al este río Sierpe y Agrosierpe S. A., y al oeste, calle pública y en medio Lomas de Sierpe S.

de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento tres mil setecientos ochenta-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno construir con una casa, lote ciento veintiuno. Situada en el distrito Liberia, cantón Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Quebrada Los Piches; al sur, avenida diecinueve bis con 10,01 metros; al este, lote 120, y al oeste, lote 122. Mide: Quinientos noventa y siete metros con un decímetro cuadrado. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de agosto de dos mil catorce, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del tres de setiembre de dos mil catorce con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y pres contra Hellen María Corea Salazar y María Ester Salazar Marchena. Exp. Nº 13-005090-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 29 de enero del 2014.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—(IN2014041985).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce, y con la base de veintiséis millones ciento cincuenta y siete mil trescientos siete colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 298868-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01, Quesada, cantón 10, San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Federico Vreega Vargas; sur, Alejo Benavides Castro; este, quebrada en medio Hernán Corrales Chaves; oeste, calle pública con 10 metros de frente. Mide: doscientos noventa y cuatro metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0173414-1994. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del tres de octubre del año dos mil catorce, con la base de diecinueve millones seiscientos diecisiete mil novecientos ochenta colones con noventa céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil catorce con la base de seis millones quinientos treinta y nueve mil trescientos veintiséis colones con noventa y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Juan Félix Ramírez Ugalde. Exp. N° 13-002653-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 19 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014042218).

En la puerta exterior de este Despacho; a las once horas y cero minutos del cuatro de agosto del año dos mil catorce, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca 1: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de agua inscritas al tomo: 470, asiento 471 y con la base de diez millones setecientos ochenta y dos mil cuatrocientos cinco colones con cuarenta y siete céntimos, Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 88876-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Siquirres, cantón tercero Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Giselle Nájera Soto, Heriberto Cordero Sánchez y Pastor Salgado Mejía; al sur, Elieth Martha Sojo Arce; al este, calle pública con sesenta y dos metros dos centímetros, y al oeste, calle pública. Mide: Doce mil ciento cuarenta y cinco metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Finca 2: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscritas al tomo: 292, asiento: 16940 y con la base de doce millones doscientos

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Milady Jiménez Zamora; al sur, Milady Jiménez Zamora; al este, Milady Jiménez Zamora y Silvia Gómez Chavarría en medio de resto reservado, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: Trescientos diecisiete metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dos millones ochocientos veintitrés mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de novecientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 0453-00014916-01-0004-001. Para el primer remate con la base de tres millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 193175-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ileana Salazar Ledezma, Milady Jiménez Zamora, Ronald Murillo Ureña, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Roy Martínez Ceciliano, María Nela Alvarado Solano, Camilo Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega Brenes, José Alberto Hernández Oviedo, Martiniano Céspedes; al sur, Milady Jiménez Zamora; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Tomas Navarrette Fonseca. Mide: Trescientos doce metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dos millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de novecientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 5 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas 0453-00014916-01-0004-001. Para el primer remate con la base de tres millones setecientos noventa mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 193176-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ileana Salazar Ledezma, Milady Jiménez Zamora, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Roy Martínez Ceciliano, María Elena Alvarado Solano, Camilo Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega Brenes, José Alberto Hernández Oviedo, Martiano Céspedes, Mireya Carvajal, Sergio Obando; al sur, calle pública; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Tomas Navarrette Fonseca. Mide: Trescientos veinte con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dos millones ochocientos cuarenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de novecientos cuarenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 6 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 0453-00014916-01-0004-001. Para el primer remate con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 193177-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ileana Salas Ledezma, Milady Jiménez, Ronald Murillo Ureña, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Roy Martínez Ceciliano, María Nela Alvarado Solano, Camilo Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega, José Alberto Hernández Oviedo, Martiniano Céspdes, Mireya Carvajal, Sergio Obando, Ana Ju; al sur, Milady Jiménez Zamora; al este, servidumbre de paso, y al oeste, Tomas Navarrette Fonseca. Mide: Doscientos setenta y cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dos millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de ochocientos doce mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para llevar a cabo el primer remate señalas a las catorce horas y cero minutos del treinta y uno

A. Mide: Doscientos sesenta y dos mil quinientos cincuenta y cuatro metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas cero minutos del veintisiete de agosto del año dos mil catorce, con la base de ciento cuarenta y siete millones quinientos veinticinco mil colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas cero minutos del once de setiembre del año dos mil catorce, con la base de cuarenta y nueve millones ciento setenta y cinco mil colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lomas de Sierpe Sociedad Anónima, Orlando Gerardo Báez Molina. Exp. N° 14-014035-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de junio del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014042252).

En la puerta exterior de este Despacho; 1 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 0453-00014916-01-0004-001; Para el primer remate con la base de cuatro millones treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 193172-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ielana Salas Ledezma, Milady Jiménez Zamora, Ronal Murillo Ureña, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Ry Martínez Ceciliano, María Nela Alvarado Solano, Camilo Antonio Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega Brenes, José Laberto Hernández Oviedo, Martiano; al sur, calle pública; al este, Silvia Gómez Chavarría, y al oeste, servidumbre de paso en medio de Ileana Salazar Ledezma, Milady Jiménez Zamora, Ronad Murillo Ureña, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Roy Martínez Ceciliano, María Nela Alvarado Solano, Camilo Antonio Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega Brenes, José Albert. Mide: Trescientos treinta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de tres millones veintidós mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de un millón siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas 0453-00014916-01-0004-001. Para el primer remate con la base de tres millones trescientos quince mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 193173-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ileana Salazar Ledezma, Milady Jiménez Zamora, Ronald Murillo Ureña, Oldrin Priscilla Quirós Chavarría, Roy Martínez Ceciliano, María Nela Alvarado Solano, Camilo Antonio Martínez Ceciliano, María del Milagro Vega Brenes, José Alberto Hernández Oviedo, Martiniano Ces; al sur, Milady Jiménez Zamora; al este, Silvia Gómez Chavarría, y al oeste, servidumbre de paso. Mide: Doscientos setenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de dos millones cuatrocientos ochenta y seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de ochocientos veintiocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3 libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0349-00000262-01-0900-001 y reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas 0453-00014916-01-0004-001. Para el primer remate con la base de tres millones setecientos sesenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 193174-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Bagaces, cantón Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ileana Salazar Ledezma,

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de julio de dos mil catorce, y con la base de dos millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas 689007, marca Toyota, estilo RAV 4, categoría automóvil, serie JT3GP10V3X7051641, carrocería todo terreno, tracción 4x2, chasis SX167051641, N° motor 3S2590479, 2000 c.c., gasolina, año 1999, color negro. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de agosto de dos mil catorce, con la base de dos millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce con la base de setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Grupo Canafín S. A. contra José Gerardo Brenes Castillo. Exp. N° 13-016433-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de febrero del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014042332).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, y con la base de trece millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil ciento sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veintiuno-B. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A.; al sur, calle publica; al este, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A., y al oeste, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A. Mide: Ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de tres millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, a las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de julio de dos mil catorce, y con la base de quince millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos cincuenta y ocho mil ciento sesenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir lote veintidós B. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A.; al sur, calle publica; al este, Desarrollos de Proyectos Habitacionales S. A., y al oeste, calle pública. Mide: Ciento cuarenta y seis metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil catorce, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiocho de agosto de dos mil catorce con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Xinia María Ulate Castro. Exp. N° 13-011224-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de abril del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014042335).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada inscrita a las citas 404-13891-01-0930-001; a las catorce horas y cero minutos (dos de la tarde) del veintidós de julio de dos mil catorce, y con la base

de julio de dos mil catorce (2:00 p. m.). Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto de dos mil catorce (2:00 pm). Para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de setiembre de dos mil catorce (2:00 p. m.). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Milady Jiménez Zamora. Exp. N° 13-008252-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial de Cartago, 28 de marzo del 2014.—Lic. Hannia Marchena Jiménez, Jueza.—(IN2014042319).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y treinta minutos del seis de agosto del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y seis mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento once mil cuatrocientos veintidós cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Liberia, cantón primero Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jenny María y Lidiette Berger Garnier; al sur, Eithel Cruz Reyes; al este, calle publica con doce metros, y al oeste, Temporalidades de la Diócesis de Tilarán. Mide: quinientos catorce metros con veintiún decímetros cuadrados. Plano: G-0117667-1993. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil catorce, con la base de treinta y cuatro mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce con la base de once mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ricardo Alfonso Estrada Murillo, Ricardo Vargas Guerrero, Yerbabuena Creek Investments Limitada contra Wilmar Martín Cruz Reyes. Exp. N° 12-000796-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia), 21 de mayo del 2014.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—(IN2014042321).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce y con la base de noventa y cinco mil setecientos ochenta y un unidades de desarrollo en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 508179-001 y 002, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 04 Uruca, cantón 09 Santa Ana de la provincia de San José. Colinda: al norte, Corporación Tojo S. A.; al sur, Minor Navarro Cerdas; al este, Corporación Tojo S. A., y al oeste, servidumbre de paso con 9.99 metros. Mide: Doscientos quince metros con noventa y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre del año dos mil catorce con la base de setenta y un mil ochocientos treinta y cinco punto setenta y cinco unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre del año dos mil catorce con la base de veintitrés mil novecientos cuarenta y cinco punto veinticinco unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Javier Gerardo Boza Abarca y Ruth Alvarado Valverde. Exp. N° 08-008303-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de junio del 2014.—Lic. Adriana Jiménez Bonilla , Jueza.—(IN2014042330).

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con la base de seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Feliciano Aragón Durán contra Natalia Calderón Sibaja. Exp. N° 13-002694-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 11 de junio del 2014.—Lic. Luis Diego Romero Trejos, Juez.—(IN2014042355).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0345-00008035-01-0904-001, afectaciones y limitaciones ley forestal 7575 citas: 2009-00021505-01-0001-001, demanda penal citas: 2012-00369264-01-0001-001; a las ocho horas y cero minutos del cinco de agosto del año dos mil catorce, y con la base de quince millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil trescientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno de potreros. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rio el Salto y otro; al sur, Irinero Betancourt Diaz; al este, Carlos Alberto Betancourt y otros, y al oeste, rio el Salto y otro. Mide: novecientos noventa y nueve mil ochocientos treinta y nueve metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0341054-1979. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de agosto del año dos mil catorce, con la base de once millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de setiembre del año dos mil catorce con la base de tres millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Jorge Rodríguez no indica contra Nim Río Salto S. A., expediente N° 14-000898-1205-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 27 de mayo del año 2014.—Lic. Mónica Farah Castillo, Jueza.—(IN2014042360).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Servidumbre Trasladada (Citas: 311-15923-01-0002-001); a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil catorce, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y un mil quinientos cincuenta y nueve-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Orotina, cantón 09 Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Recope; al sur, Orlando Madrigal Segura; al este, calle pública con un frente de 17 metros 38 centímetros, y al oeste, Municipalidad de Orotina. Mide: setecientos seis metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Francisco Morales Naranjo y María Cecilia Vargas Hernández, expediente N° 14-001490-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del año 2014.—Lic. Luis Guillermo Ruiz Bravo, Juez.—(IN2014042363).

de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 540263 cero cero cero, la cual es terreno lote para construir. Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Constructora La Constancia Sociedad Anónima; al sur, Constructora La Constancia Sociedad Anónima; al este, zona de protección Municipalidad de Moravia, y al oeste, calle pública con frente de 8,00 metros. Mide: Ciento sesenta y cuatro metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos (dos de la tarde) del siete de agosto de dos mil catorce, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos (dos de la tarde) del veinticinco de agosto de dos mil catorce con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de Mexichem Costa Rica S. A. contra Elvira Montealegre Castillo. Exp. N° 13-015590-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 23 de abril del 2014.—Lic. Audrey Abarca Quirós, Juez.—(IN2014042352).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil catorce, y con la base de seis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y ocho mil setecientos noventa y uno-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Concepción, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Rosalba Varela Quesada; al sur, Maximiliano Granados Ramírez; al este, calle de servidumbre con 20.21 y otr, y al oeste, Maximiliano Granados Ramírez. Mide: Doscientos noventa y cinco metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del nueve de setiembre de dos mil catorce, con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del veinticinco de setiembre de dos mil catorce con la base de un millón quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rubén Delgado Guerrero contra María Elena Granados Sánchez. Exp. N° 14-004425-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de junio del 2014.—Lic. Roxana Hernández Araya, Jueza.—(IN2014042353).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas y Restricciones bajo las citas: 370-17906-01-0900-001; a las quince horas y treinta minutos del veintidós de agosto del año dos mil catorce, y con la base de dos millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 68364-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07, Arenal cantón 08, Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Rolando Murillo Esquivel; sur, calle publica; este, Rafaela Solano Peraza, oeste, Álvaro Salas Badilla. Mide: Cuatrocientos sesenta y dos metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0739051-1988. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce

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mil seiscientos sesenta y cuatro colones con noventa y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense de Seguro Social contra Roblan Dimas Quintanilla Sambrana, expediente N° 14-014740-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de junio del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014042385).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Caminos, bajo las citas 395-09151-01-0002-001, Reservas Ley Aguas, bajo las citas 395-09151-01-0003-001; a las ocho horas y treinta minutos del treinta de julio del dos mil catorce, y con la base de cinco millones doscientos diecisiete mil cuatrocientos sesenta y cuatro colones con setenta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil trescientos sesenta y seis-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Temporalidades de la Dioceses de San Isidro de el General; al sur, Elicinio Ureña Araya; al este, Elicinio Ureña Araya, y al oeste, Servidumbre de Paso con un Frente de 36 metros 74 centímetros. Mide: mil metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: P-0589671-1999. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de agosto del dos mil catorce, con la base de tres millones novecientos trece mil noventa y ocho colones con cincuenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintinueve de agosto de dos mil catorce con la base de un millón trescientos cuatro mil trescientos sesenta y seis colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Emilce López Cruz, expediente N° 13-000967-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 7 de marzo del año 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014042399).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 329-16624-01-0900-001; a las trece horas y treinta minutos del once de agosto del dos mil catorce, y con la base de diez millones setecientos treinta y tres mil quinientos setenta y cinco colones con sesenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil ochocientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno de café caña, repastos con dos casas. Situada en el distrito 02 Sabalito, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Río Sabalito; al este, Aniceto Solano Rojas, y al oeste, Gabriel Rodrigo Pérez Pérez. Mide: veinticinco mil cuatrocientos cincuenta metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados; plano P-0511420-1983. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiséis de agosto de dos mil catorce, con la base de ocho millones cincuenta mil ciento ochenta y un colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del diez de setiembre del dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos ochenta y tres mil trescientos noventa y tres colones con noventa y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fabio Pérez Cascante, expediente

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 164816-000, la cual es terreno para agricultura lote 3. Situada en el distrito 05 Pittier, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Fernando Espinoza Espinoza; al este, Pedro Rodríguez Álvarez, y al oeste, José Manuel Rodríguez Álvarez. Mide: veinticinco mil setecientos treinta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinticuatro de setiembre del año dos mil catorce con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Rafael Ángel Rodríguez Álvarez, expediente N° 14-009104-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de junio del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014042371).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil catorce, y con la base de cinco millones ochocientos treinta y cinco mil seiscientos setenta y dos colones con ochenta y ocho, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número CL 259305, marca Toyota, estilo Tacoma, categoría carga liviana, capacidad 5 personas, año 2005, color vino, vin 5TELU42N152068171, cilindrada 4000 cc, combustible gasolina, motor N° 1GR0668246. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de cuatro millones trescientos setenta y seis mil setecientos cincuenta y cuatro colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de noviembre del año dos mil catorce, con la base de un millón cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos dieciocho colones con veintidós céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial), Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Credicon FN S. A. contra Kattia Chavarría Mora, expediente N° 13-004384-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 26 de junio del año 2014.—Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—(IN2014042379).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda ordinaria anotada al tomo 2014, asiento 00002145-01-0003-001; a las quince horas y treinta minutos del veinticinco de agosto del año dos mil catorce, y con la base de dos millones novecientos setenta mil seiscientos cincuenta y nueve colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 496443-000, la cual es terreno para construir bloque G lote diecinueve G. Situada en el distrito 04 Mata de Platano, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, resto destinado a calle publica con 6.35 cm; al sur, lote ocho G; al este, lote veinte G, y al oeste, lote dieciocho G. Mide: ciento veintiséis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones doscientos veintisiete mil novecientos noventa y cuatro colones con noventa y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil catorce, con la base de setecientos cuarenta y dos

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catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del uno de setiembre del dos mil catorce, con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Roy Antonio Morera Espinoza, expediente N° 13-000995-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de marzo del año 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014042430).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada a las citas 0298-00017822-01-0901-001; a las trece horas treinta minutos del doce de agosto del dos mil catorce, y con la base de doce millones ochocientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 126382-000, la cual es terreno patio con una casa. Situada en el distrito Batán, cantón Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Feliciano Carballo Barrantes; al sur, Bernardino Barrantes Solís, al este, calle publica con 8 metros ochenta centímetros, y al oeste, Cecilia Badilla Alvarado. Mide: ciento cuarenta y siete metros con sesenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil catorce, con la base de nueve millones seiscientos treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas treinta minutos del doce de setiembre del dos mil catorce, con la base de tres millones doscientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja Costarricense del Seguro Social contra Doris Indira Rodríguez Rugama y Rodolfo Nemecio Álvarez Zamora, expediente N° 14-007539-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 28 de mayo del año 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014042436).

A las diez horas treinta minutos del veinticuatro de julio del dos mil catorce, única fecha, en la puerta del Juzgado Penal de Liberia en el mejor postor, libre de gravámenes y con la base de un millón sesenta mil quinientos tres colones con cincuenta y tres céntimos: 135 piezas de madera de la especie cocobolo y 32 piezas de madera de la especie cocobolo de diferentes dimensiones. Lo anterior se remata por ordenarse así en expediente Nº 14-000817-0396-PE, seguido contra Juan Parrales Alemán y otros, por el delito de infracción a la Ley Forestal, en daño de los recursos naturales.—Juzgado Penal de Liberia.—Lic. Yuliana Vallecillo Alfaro, Jueza.—(IN2014042447).

ConvocatoriasSe convoca a todos los interesados en la sucesión de Jorge

Luis de Jesús Villalobos Vargas, a una junta que se verificará en este Juzgado, a las diez horas del primero de agosto del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 12-000563-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 4 de marzo del 2014.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014021839).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Juan Humberto Murillo Alfaro, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de julio de dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 09-000011-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 12 de febrero del 2014.—Lic. Karol Solano Ramírez, Jueza.—1 vez.—(IN2014023452).

N° 13-000581-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 10 de marzo del año 2014.—Lic. Natalia Ramírez Anderson, Jueza.—(IN2014042405).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de julio de dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo Placa HB-3224, marca Hyundai, estilo Grace, modelo 2000, categoría microbus, color celeste, motor D4BFY944874, carrocería microbus, combustible diesel capacidad 15 personas. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de agosto del dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos treinta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de agosto del dos mil catorce, con la base de ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Didier Miranda Solís contra Yanori Ruth de Jesús Hernández Esquivel, expediente N° 14-001194-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 27 de marzo del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014042415).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos citas 491-07725-01-0065-001; a las ocho horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil trescientos veintitrés-cero cero cero, la cual es terreno para agricultura, parcela A-48-A. Situada en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Parcela 42 y 46 A; al este, calle pública y Parcela 47 A y 46 A, y al oeste, calle pública. Mide: siete mil cuatrocientos treinta y tres metros con treinta y ocho decímetros cuadrados. Plano P-0669630-2000. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de octubre de dos mil catorce con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hipólita Fallas Nájera, expediente N° 14-000031-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Menor Cuantía y Contravencional de Golfito, 8 de abril del año 2014.—Lic. Olga Marta Sandí Torres, Jueza.—(IN2014042416).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Hipoteca de Primer Grado; a las trece horas y treinta minutos del treinta y uno de julio del dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y tres mil doscientos cincuenta y ocho-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Agua Buena, cantón 08 Coto Brus, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Andrea Espinoza Lobo; al sur, calle pública; al este, Guillermo Villalobos, y al oeste, Coopabuena S. R. L. Mide: quinientos ochenta metros con noventa y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil

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0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz, 17 de junio del 2014.—Lic. José Joaquín Piñar Ballestero, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014040521).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 14-000109-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Leonardo Solano Grijalba, quien es mayor, vecino de Cartago, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-1031-478, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito tercero Tobosi, cantón octavo El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Ayda Aguilera Chacón; al sur, en parte servidumbre de paso y Carlos Núñez Hernández; al este, calle pública de 5.50 metros, y al oeste calle pública con 8.50 metros, y al noroeste, Ayda Aguilera Chacón y calle pública de 8.50 metros. Mide: Doscientos treinta metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble en forma onerosa, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento y limpieza de lote. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Leonardo Solano Grijalba. Exp. N° 14-000109-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 26 de mayo del 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014040753).

Se hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000416-0640-CI donde se promueven diligencias de Información Posesoria por parte de Eunice Vega Campos, quien es mayor, estado civil casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Paraíso, Santiago, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 103590456, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito Cervantes, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Benedicto Sánchez Masís, Marjorie Andrea Gómez Claudel y Randall Gerardo Luna Vega; al sur, calle pública; al este, calle pública, y al oeste, Marjorie Gómez Claudel, Randall Gerardo Luna Vega. Mide: seiscientos noventa y siete metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación verbal, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en la construcción de tres casas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Eunice Vega Campos, expediente N° 13-000416-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 20 de mayo del año 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014041055).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000415-0640-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Saray Vega Campos, quien es mayor, estado civil casada una vez, servidora doméstica, vecina de

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Marta Espinoza Ortiz, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas del treinta y uno de julio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. Nº 11-000014-0391-AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 10 de abril del 2014.—Lic. José Walter Ávila Quirós, Juez.—1 vez.—(IN2014029934).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Olivier Aurelio Alfaro Murillo, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas del primero de agosto del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente Nº 13-000026-0504-CI.—Juzgado Civil de Heredia, 6 de mayo del año 2014.—Lic. María Inés Mendoza Morales, Jueza.—1 vez.—(IN2014030754).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión testamentaria de Flory Morales Cascante, a una junta que se verificará en este Juzgado a las catorce del treinta de julio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Expediente N° 99-100528-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 2 de junio del 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—(IN2014035618).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Faustino Castañeda Castañeda, a una junta que se verificará en este Juzgado a las trece horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos mil catorce, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Expediente 08-101489-0432.—Juzgado Civil de Puntarenas, a los dos días del mes de junio del dos mil catorce.—Lic. Xinia González Grajales, Jueza.—1 vez.—(IN2014039235).

Títulos SupletoriosSe hace saber: Que ante este Despacho se tramita el expediente

N° 12-000135-0391-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Eduardo Rodríguez Herrera, quien es mayor, estado civil casado, vecino de Jazminal de Santa Cruz, portador de la cédula de identidad número 9-0081-0404, profesión jornalero, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es pastos. Situada en el distrito Sexto (Cuajiniquil), cantón Tercero (Santa Cruz), de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Jorge Herrera Campos; al sur Ángel Gerardo Bermúdez Vega; al este, con calle pública con un frente a ella de quinientos diecisiete metros con catorce centímetros lineales, y al oeste, con calle pública con un frente a ella de cuatrocientos noventa y cinco metros con doce centímetros lineales. Mide: ciento sesenta y tres mil cuatrocientos setenta y ocho metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado N° G-1330099-2009. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de un millón de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por donación de su madre, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de diez años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercas, limpieza de rondas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Eduardo Rodríguez Herrera. Exp. N° 12-000135-

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se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Jillian Natalia Flores Mayorga. Expediente N° 13-000168-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 12 de setiembre del año 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014041324).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000106-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Maribel Campos Pérez, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, vecina de Golfito, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-243-803, profesión del hogar, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno de solar con dos casas. Situada en el distrito primero Golfito, cantón sétimo, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asunción Miriam Bolaños Campos; al sur, calle pública; al este, Sonia Barquero Gómez, y al oeste, Teodorico Campos Salas. Mide: doscientos noventa y siete metros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación realizada del señor Teodorico Campos Salas en el año 1993, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de dos casas, siembra de árboles frutales y plantas ornamentales, limpieza y chapias del terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Maribel Campos Pérez. Expediente N° 13-000106-0422-CI.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Golfito, 6 de agosto del año 2013.—Lic. Luis Diego Bonilla Alvarado, Juez.—1 vez.—(IN2014041325).

Sehlvin Haroid Álvarez Barrientos, cédula 6-0272-0095, mayor, soltero, agricultor, vecino de Pilón de Pavones de Golfito, promueve diligencias de información posesoria, para inscribir a su nombre en el Registro Público de la Propiedad el inmueble que a continuación detallo: Terreno: plano sembrado de palma, cercado por los cuatro costados con alambre de púa. Situado: En la entrada a Langostino de Pavones, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito de la provincia de Puntarenas. Mide: seis hectáreas ocho mil seiscientos ochenta y tres metros con treinta y un decímetros cuadrados. Linda: norte, Luisa Barquero Cordero y calle pública con una medida lineal de cincuenta seis metros con cuarenta y tres decímetros; sur, Dennis Aguilar Mora; este, Hugo Jiménez Rojas, oeste, Víctor Manuel Ramírez Chaves. Plano catastrado número P-860972-2003. Se estima el inmueble en la suma de diez millones de colones. Se cita y emplaza a todos los interesados, colindantes y a los que se creyesen con mejor derecho del terreno que se pretende inscribir para que dentro del término de un mes, contados a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derecho, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hicieren, se ordenará su inscripción en el registro. Notifíquese. Información posesoria 14-000005-419-AG interno 08-3-14 de Sehlvin Haroid Álvarez Barrientos.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial, Zona Sur, Corredores.—Lic. Marisel Zamora Arias, Jueza.—1 vez.—(IN2014041326).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-000406-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Flor de María Sibaja Elizondo, quien es mayor, casada una vez, vecina de Pitalito de San Carlos, un kilómetro al norte de la escuela, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-quinientos ochenta y ocho-trescientos ochenta y seis, profesión secretaria, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno

Cartago, Paraíso, Santiago, 25 metros al norte del cementerio de la localidad, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 103920371, profesión servidora doméstica, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Cartago, la cual es terreno con casa de habitación y terreno para construir. Situada en el distrito 02 Cervantes, cantón Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Isaac Vega Campos; al sur, calle pública; al este, Eduardo Enrique Ramírez Montoya, y al oeste, Asociación de Desarrollo Integral de Santiago Paraíso. Mide: mil ciento nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de dos millones quinientos mil colones. Y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en construcción de dos casas de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Saray Vega Campos, expediente N° 13-000415-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 16 de mayo del año 2014.—Dr. Mauricio Vega Camacho, Juez.—1 vez.—(IN2014041058).

Se le hace saber a todas las partes e interesados que este Juzgado se tramita proceso de información posesoria, promovido por Brankate del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-315670. A efecto de inscribir a su nombre el inmueble que se describe así: Naturaleza: terreno para la agricultura. Ubicación: distrito 03 Sierpe, cantón 05 Osa, provincia de Puntarenas. Mide: 2.000º metros cuadrados. Linderos: norte, calle pública con un frente de 52.07 metros; sur y este, Elías Torres Blandón, oeste, calle pública con un frente de 38.50 metros. Plano: P-1602801-2012. Se cita con el término de un mes a todos los que se consideren con derecho para que presenten sus alegaciones correspondientes en este despacho. Expediente N° 13 -100023-423-CI-3.—Juzgado Civil de Osa, 18 de octubre del 2013.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014041320).

Se hace saber que ante este Despacho se tramita el expediente N° 13-000168-0422-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Jillian Natalia Flores Mayorga, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Golfito, Kilómetro Doce, entrada Las Tecas, contiguo a la casa número dos, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número 6-378-681, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca ubicada en la provincia de Puntarenas, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero, cantón Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Roberto Canales Sánchez; al este, Teresita Vásquez Guzmán, y al oeste, Olda Mayorga Vásquez. Mide: doscientos ochenta y ocho metros con tres decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de cinco millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación de la señora Osiris Mayorga Vásquez desde hace siete años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en siembra de árboles, limpieza, chapias del terreno y mantenimiento a la casa de habitación. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto,

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es mayor, estado civil casado dos veces, vecino de Urbanización la Trinidad de Alajuela, del Súper Favorito, trescientos sur y cincuenta este, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-dos ocho nueve-uno cuatro cero cero, profesión pensionado; y Rosa María Jiménez Oviedo, quien es mayor, estado civil casada una vez, vecina de Urbanización la Trinidad de Alajuela, del Súper Favorito, trescientos sur y cincuenta este, portadora de la cédula de identidad vigente que exhibe número dos-tres cinco cinco-dos uno siete, profesión ama de casa, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es terreno e forma irregular, con bosque, quebradas y potrero. Situada en Buenos Aires, el distrito tres Naranjito, cantón seis Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Rafaela Bejarano Lezcano y el Paso de Los Indios S. A.; al sur, con calle publica con ochenta metros y cuarenta y dos decímetros lineales; al este, con Miguel Ángel Alvarado Morales y al oeste, con Rafaela Bejarano Lezcano. Mide: once mil quinientos cuarenta y ocho metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número seis-uno tres cero nueve ocho dos tres-dos cero cero nueve (P-1309823-2009). Indica los promoventes que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cuatro millones de colones. Que adquirió dicho inmueble por medio de compra al señor Miguel Ángel Alvarado Morales, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de seis años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en limpieza del terreno, cercado y cuidado del mismo. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Ramón Corella Vargas y Rosa María Jiménez Oviedo. Exp: 09-100025-0425-CI.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Marcos Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014041646).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 11-160011-0642-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Elicier G. Méndez Trejos, quien es mayor, estado civil divorciada una vez, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número cinco cero uno cuatro ocho cero ocho uno siete, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: Finca cuya naturaleza es terreno de repasto y montaña. Situada en el distrito catorce Acapulco, cantón sexto de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, con Edwin Barrantes Álvarez y calle pública con un frente a esta de doscientos tres metros con treinta y ocho centímetros lineales; al sur, con Quebrada sin nombre en medio de Gerardo Hernández Chávez y Edwin Barrantes Álvarez; al este, con Edwin Barrantes Álvarez y al oeste, con quebrada sin nombre. Mide: nueve hectáreas cinco mil cuatrocientos cuarenta metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número uno dos cinco cinco seis cero siete dos cero cero ocho (P-1255607-2008). Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de seis millones de colones. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Elicier Méndez Trejos. Exp: 11-160011-0642-AG.—Juzgado Civil y Agrario de Puntarenas.—Lic. Marco Bolaños Rojas, Juez.—1 vez.—(IN2014041650).

con una casa de habitación, frutales y solar. Situada en el distrito cuarto, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Danilo Fuentes Aguilar; al sur, Lidieth Sibaja Elizondo con una servidumbre de paso en medio, dicha servidumbre es de seis metros lineales de ancho con un frente a ella de cincuenta y siete metros con veintisiete centímetros lineales, dentro dicha servidumbre está contenida dentro del fundo de la colindante Lidieth Sibaja Elizondo; al este, calle pública con un frente a ella de catorce metros lineales y al oeste Lidieth Sibaja Elizondo. Mide: ochocientos treinta y ocho metros cuadrados. Plano catastrado A-1643168-2013. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble mediante contrato de segregación y donación que le hiciera Víctor Antonio Sibaja Elizondo, mayor, casado una vez, educador, vecino de Esquipulas de Aguas Zarcas, San Carlos, un kilómetro al este de la escuela. Traspasándole los derechos de posesión ejercido por más de diez años, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en cercar y limpiar el terreno. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Flor de María Sibaja Elizondo. Exp: 13-000406-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 20 de mayo del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014041638).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 13-100128-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Asociación Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl de San Carlos cédula jurídica 3-002-045998, representada por Jorge Luis Paniagua Miranda, quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de Ciudad Quesada, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 2-215-533, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en Barrio Hogar de Ancianos, es terreno zona verde. Situada en el distrito uno Quesada, cantón décimo San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Arroyo y Rodríguez S. A.; al sur, Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl de San Carlos; al este, Ganadera Peñas Blancas S. A. y al oeste, calle pública con un frente a ella de veintisiete metros con treinta centímetros lineales. Mide: cinco mil doscientos sesenta y cuatro metros con treinta y cuatro centímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por donación que hiciere Juan Rafael Rodríguez Chaves en el año 1971, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento, cercar y chapear el inmueble. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Asociación de Ancianos San Vicente de Paúl de San Carlos. Exp: 13-100128-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, San Carlos, 12 de mayo del año 2014.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—(IN2014041641).

Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-100025-0425-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Ramón Corella Vargas, quien

Jueves 3 de julio del 2014Pág 20 — BOLETIN JUDICIAL Nº 127

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Ramón Arsenio García Mora, mayor, casado una vez, chofer, con documento de identidad uno-trescientos cinco-novecientos sesenta y nueve y vecino de San Isidro de El General, Barrio Cristo Rey, doscientos cincuenta metros al sureste del Bar Brasilia. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Exp. Nº 13-000012-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 27 de marzo del 2014.—Lic. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014040471).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Gladys Maritza Porras Jiménez, mayor, casada una vez, administradora del hogar, con documento de identidad 0110420135 y vecina de Pérez Zeledón, Palmital de Rivas, cincuenta metros oeste de la central telefónica. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. Nº 13-000079-0188-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 22 de mayo del 2014.—Msc. Norman Herrera Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014040474).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó María Emilia Soledad Solano Rojas, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Cartago, Metrocentro del Mac Donald’s 75 metros norte y portadora de la cédula de identidad Nº 0300820990. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Exp. Nº 13-000314-0640-CI.—Juzgado Civil de Cartago, 30 de abril del 2014.—Msc. Marvin Arce Portuguez, Juez.—1 vez.—(IN2014040514).

Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Nuria María Pérez Montero, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San Isidro de San Ramón, con documento de identidad 0103901448. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que sino se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000056-0296-CI.— Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 22 de mayo del 2014.—Lic. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014040747).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Florentino Umaña Quirós, mayor, soltero, de oficio desconocido, costarricense, con documento de identidad 0102600229 y vecino de Moravia de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000187-0169-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 26 de mayo del año 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014040777).

Se hace saber: que ante este despacho se tramita el expediente N° 12-000204-1129-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Marvin Ureña Abarca, quien es mayor, casado una vez, vecino de Rivas de Pérez Zeledón, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 01-0497-0922, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: terreno de café. Situada en el distrito Rivas, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Fabio Esquivel Torres; al sur, German Alvarado; al este, quebrada Tirrá y calle pública con un frente a ella de cincuenta y cinco metros con setenta y nueve centímetros lineales y al oeste, Miguel Navarro Venegas. Mide: seis mil trescientos cincuenta y un metros con siete decímetros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado número SJ-747209-2001. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima tanto el inmueble como las presentes diligencias en la suma de cinco millones de colones cada una. Que adquirió dicho inmueble por compra que hiciera al señor José Ángel Navarro Jiménez el tres de setiembre del año mil novecientos ochenta y cinco, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de veintidós años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en cercar el inmueble, dándole mantenimiento a la propiedad y a los linderos, cultivar la tierra.- Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria promovida por Marvin Ureña Abarca. Exp: 12-000204-1129-AG.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 19 de junio del año 2014.—Lic. Bernardo Solano Solano, Juez.—1 vez.—(IN2014041661).

CitacionesAnte esta notaría cita en Heredia de Burguer King 125 metros

al este oficina a mano derecha se está tramitando bajo el expediente SN 03-2014 el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera María Gabriela Palomo Bonilla, portadora de la cédula de residencia número 132000009632, quien falleció el día 26 de febrero del 2010, en la ciudad de Heredia, y se nombró como Albacea a Tonny Gerardo Ramírez Villalobos, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 1-0881-0720.—Heredia, 24 de junio del 2014.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014040034).

Ante esta notaría cita en Heredia de Burguer King 125 metros al este oficina a mano derecha se está tramitando bajo el expediente SN 02-08 el proceso sucesorio notarial de quien en vida fuera Heinz Richard Reinier, portador de la cédula de residencia número 7040199310002074, quien falleció el día 8 de abril del 2008, en la ciudad de Frankfur am Main, y se nombró como albacea a Carmen Sánchez Córdoba.—Heredia, 24 de junio del 2014.—Lic. Eddy Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—(IN2014040035).

Se emplaza a todos los interesados en el Proceso Sucesorio Notarial Testamentario de Kevin David (nombre) Mc Cann (único apellido en razón de su nacionalidad), mayor de edad, soltero, biólogo, con domicilio en Ojochal de Osa, provincia de Puntarenas, Costa Rica, pasaporte estadounidense número cuatro seis tres seis ocho dos tres cinco, para que dentro de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente número cinco-dos mil trece. Notaría. Ana Patricia Vargas Jara. San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, exactamente frente al costado oeste del parque central, Edificio Vargas Abogados, primer piso.—Lic. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.— solicitud 15616.— (IN2014040052).

Jueves 3 de julio del 2014 BOLETIN JUDICIAL Nº 127 — Pág 21

días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 13-000375-0164-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de San José, 21 de agosto del año 2013.—Lic. Mateo Ivankovich Fonseca, Juez.—1 vez.—(IN2014041266).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de Maritza Marta de los Ángeles Arias Arias, quien fuera mayor, soltera en unión de hecho, vecina de Veintisiete de Abril de Santa Cruz, Guanacaste, con cédula número siete guión cero treinta y cinco guión ochocientos treinta y nueve. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 08-000043-0388-CI.—Juzgado Civil de Santa Cruz, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—(IN2014041344).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Carlos Luis del Carmen Castillo Arias, quien en vida fuera viudo, agricultor, con cédula número cinco-ciento veintiocho-trescientos cincuenta y nueve, vecino del Ceibo de San Vito de Coto Brus, Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 13-000156-419-AG de Carlos Luis del Carmen Castillo Arias, promovido por Maricela Castillo Alfaro.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Corredores, Ciudad Neily, 19 de junio del 2014.—Lic. Dany Matamoros Bendaña, Juez.—1 vez.—(IN2014041363).

Se emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Luis Alberto Hernández Camacho, quien fue mayor, viudo, porteador, vecino de San Miguel de Desamparados, cédula de identidad 1-0379-0325 para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 14-100006-0217-CI. Sucesión de Luis Alberto Hernández Camacho.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 27 de enero del 2014.—Lic. Leyla Kristel Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014041677).

AvisosLicenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal Juez del Juzgado

Segundo de Familia de San José; hace saber a Cristian Manfrey Trujillo López, que en este Despacho se interpuso un proceso abreviado de divorcio en su contra, bajo el expediente número 13-000143-0187-FA donde se dictó la resolución de las catorce horas y treinta y siete minutos del once de junio de dos mil catorce, que en lo que interesa dice: “Del anterior Proceso Abreviado de Divorcio que establece Jeimy Melissa Agüero Monge, se confiere traslado por el plazo de diez días hábiles posteriores a la notificación de la presente resolución a Cristian Manfrey Trujillo López, para que en la persona de su curadora procesal licenciada Andreina Vincenzi Guilá, la conteste en la forma que indica el artículo 305 en relación con el artículo 428 ambos del Código Procesal Civil. Con relación a los hechos de la demanda deberá manifestar si los rechaza por inexactos, los acepta como ciertos o si los admite con variantes o rectificaciones, las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoya; en esta oportunidad ofrecerá pruebas, con indicación, en su caso, del nombre y generales de los testigos, y sobre cuáles hechos serán interrogados, sin interrogatorio formal. Se le previene a la parte demandada que en su primer escrito que presente, deberá indicar el medio para recibir notificaciones, si no lo hicieren, conforme a lo estipulado,

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Calderón Solís José Fernando, mayor, casado una vez, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0103940841 y vecino de Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Tierra Prometida, frente al costado sur de la plaza de deportes. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000020-0857-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 16 de junio del año 2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014040778).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rodolfo Ballar Alvarado, mayor, casado una vez, costarricense, cédula de identidad 0102720851, comerciante y vecino de Guadalupe de Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000106-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 13 de mayo del año 2014.—Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—(IN2014040780).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Rafael Ángel Rojas Madrigal, mayor, casado una vez, agricultor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202180176 y vecino de Esquipulas de Palmares. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14-000082-0296-CI.—Juzgado Civil del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, 6 de junio del año 2014.—Dr. Minor Chavarría Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014040956).

Se convoca a todos los interesados en la sucesión de Zacarías Rodríguez Retana, mayor, casado una vez, agricultor, con cédula número uno-doscientos tres-ciento cincuenta y uno, vecino de Buenos Aires de Puntarenas, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 14-100020-1046-CI (22-14) de Edwin Rodríguez Prendas.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 9 de mayo del 2014.—Lic. Jean Carlos Céspedes Mora, Juez.—1 vez.—(IN2014040991).

Se emplaza a todos los interesados en la sucesión N° 14-000088-0180-CI de Dorothy Jeannette Flory Quijada, quien en vida fue mayor, casada, pensionada, estadounidense, cédula de residencia 184000997626, cuyo último domicilio fue en la República de Perú, para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos, que si no se presentan dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda.—Juzgado Primero Civil San José, 3 de junio del 2014.—Msc. Froylán Alvarado Zelada, Juez.—1 vez.—(IN2014041050).

Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Tiamar Gutiérrez Chaves, mayor, viuda, vecina de Coronado con documento de identidad 6-055-638. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta

Jueves 3 de julio del 2014Pág 22 — BOLETIN JUDICIAL Nº 127

el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Cinthia Mejía Vergas y Gonzalo Angulo Yepes que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las trece horas y treinta y seis minutos del veintisiete de marzo dos mil catorce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 16 de junio del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014040525).

Se hace saber que, en este Despacho bajo el número único 13-400211-0637-FA, suspensión de la autoridad parental, promovido por Frania Cristina Durán Estrada número de cédula 1-1064-0296 contra Ramón Ángel Martínez Elizondo cédula 3-0353-0218 se ha dictado el auto de traslado a las diez horas del dos de mayo de dos mil trece, que literalmente en lo que interesa menciona: I. Acerca de la anterior demanda suspensión de la autoridad parental, establecida por Frania Cristina Durán Estrada, se confiere traslado por el plazo de diez días a Ramón Ángel Martínez Elizondo, siendo los cinco primeros días para oponer excepciones previas, y a quien se le previene que en el caso de no estar conforme con lo que pide la demanda, expondrá con claridad las razones que tenga para su negativa y los fundamentos legales en que se apoye. Respecto a los hechos contenidos en el escrito de demanda contestará uno por uno y manifestará en forma categórica, si los reconoce como ciertos, si los rechaza por inexactos o bien si los admite con variantes o rectificaciones, bajo el apercibimiento de que si no contesta la demanda dentro del plazo conferido al efecto, en su rebeldía se tendrán por contestados afirmativamente los hechos de la misma y se continuará tramitando el proceso sin su intervención, sin perjuicio de que pueda apersonarse a él en cualquier momento, debiendo asumirlo en el estado en que se encuentre cuando lo haga. Además deberá de ofrecer la prueba respectiva, con indicación en su caso del nombre y las generales de los testigos y los hechos sobre los cuales declararán. Publíquese por una única vez. Notifíquese.—Juzgado de Familia de Desamparados, 10 de junio del 2014.—Lic. Zeidy Jacobo Morán, Jueza.—1 vez.—(IN2014041051).

Se hace saber que ante este Despacho se tramitan diligencias de cambio de nombre promovidas por María Rebeca Esquivel Alfaro, en representación de la menor Ariela Valverde Esquivel, menor de edad, cédula de identidad 1-2112-0650, costarricense, vecina de Quesada Durán, encaminadas a solicitar la autorización para cambiarse el nombre a Ariela Prissila Valverde Esquivel. Se cita y emplaza a los interesados en las presentes diligencias, a efecto de que dentro del plazo de quince días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al proceso a hacer valer sus derechos, bajo los apercibimientos de ley en caso de omisión. Artículo 55 del Código Civil. Expediente N° 14-000090-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía San José, 19 de mayo del 2014.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—(IN2014041361).

Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Marta Cecilia Prado Zúñiga c.c. María Cecilia Prado Zúñiga, en favor de la presunta insana María Patricia Chaves Prado. Exp. número 14-000118-0675-FA-D.—Juzgado de Familia de Turrialba, 05 de junio del año 2014.—Msc. Gisela Salazar Rosales, Jueza.—1 vez.—(IN2014041630).

Se avisa a la señora Melba Andino Espinoza, mayor, pasaporte N° C-60415204, nicaragüense y demás calidades desconocidas, que en este juzgado, se tramita el expediente 14-000186-0673-NA,

las futuras resoluciones quedarán notificados con el sólo hecho que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, lo anterior en concordancia con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales”. Lo anterior se ordena así en proceso divorcio de Jeimy Melissa Agüero Monge contra Cristian Manfrey Trujillo López; expediente Nº 13-000143-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 11 de junio del 2014.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—1 vez.—Exento.—(IN2014040493).

Se avisa, a la señora Sylvia Lisseth Hanon Bonilla, mayor, nicaragüense, pasaporte número 154804, Franklin Mosquera, mayor, colombiano, pasaporte número CC16513741, representados por el curador procesal licenciado Gerardo Sánchez Rodríguez y Juan Carlos Asprilla Murillo, mayor, colombiano, cédula de residencia N° 117000312825 y Argeniver Valencia Lasso, mayor, colombiano indocumentado, representados por el licenciado Luis Alberto Sáenz Zumbado, hace saber que existe proceso N° 11-000597-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de las personas menores de edad Hanna Sofía Mosquera Hanon, Leandra y Nathalia Asprilla Hanon y Génesis Nazareth Valencia Hanon, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Sylvia Lisseth Hanon Bonilla, Franklin Mosquera, Juan Carlos Asprilla Murillo y Argeniver Valencia Lasso, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las dieciséis horas y once minutos del quince mayo de dos mil catorce , que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionad os para que se pronuncie n sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014040520).

Se avisa a Evelio Antonio Romero Leyva, mayor, cubano, de oficio y domicilio desconocidos, siendo representados en este proceso por el curador procesal licenciado Óscar Eduardo Gómez Ulloa, que en este despacho se dictó dentro del proceso de Declaratoria Judicial de Abandono, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, expediente 12-000468-0673-NA, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 283-2014 Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a ocho horas y cuarenta y uno minutos del veinticuatro de junio de dos mil catorce. Resultando: I.-, II.-, III.-, Considerando: I. Hechos probados:… II.-Sobre el fondo:… Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9° de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de abandono de la persona menor de edad Zaidt Johansen Romero Briceño. Se extingue a su padre Evelio Antonio Romero Leyva y su madre Kattia Jacqueline Briceño Rodríguez el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial del niño Zaidt Johansen Romero Briceño con los señores Blanca Lidia Lépiz Chaves y Errol Briceño, quienes deberán apersonarse dentro del tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil ciento treinta y cinco, folio doscientos setenta y nueve, asiento quinientos cincuenta y ocho. Publíquese el edicto correspondiente. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014040523).

Se avisa, a los señores Cinthia Mejía Vargas, mayor, casada, cédula 1-988-782 y Gonzalo Angulo Yepes, mayor, colombiano, indocumentado, ambos de domicilio y demás calidades desconocidas, representados por el curador procesal licenciado Alejandro Fernández Carrillo, hace saber que existe proceso N° 13-000666-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Mía Valeska Mejía Vargas, establecido por

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14-000374-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 20 de junio del año 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041636).

Valeria Arce Ihabadjen Jueza Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a Luis Ángel Gómez Arias, documento de identidad seis-doscientos veintiséis-ochocientos cincuenta y uno, casado, contratista, vecino de domicilio desconocido, que en este despacho se interpuso un proceso de especial declaratoria de extramatrimonialidad e Investigación de Paternidad en su contra, bajo el expediente número 12-000269-0186-FA, con la cual solicita se declare que el señor Luis Ángel Gómez Arias, no es el padre de Tabata Johanna Gómez Pinto, que se declare que el señor Geovanie Rodríguez Rojas es el padre de la menor Tabata Johanna Gómez Arias, otorgándole a dicha menor el derecho de llevar su apellido, sucederle abintestato y recibir pensión alimentaria de parte, entre otros. Lo anterior se ordena así en proceso de especial declaratoria de extramatrimonialidad e investigación de paternidad de Roxana Pinto Chinchilla contra Luis Ángel Gómez Arias; expediente Nº 12-000269-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 21 de mayo del año 2014.—Lic. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—(IN2014041679).

Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, en proceso de suspensión Patria Potestad, establecida por Marianela Pérez Calderón contra Roberto López Mena, expediente 12-001595-0165-FA, se ordena notificarle por edicto, la sentencia que en lo conducente dice: sentencia de primera instancia N° 377-2014. Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, a las catorce horas y cuarenta y seis minutos del diez de junio de dos mil catorce. Proceso abreviado de suspensión de patria potestad establecido por Marianela Pérez Calderón, mayor, soltera, costarricense, cédula 1-1324-635 contra Roberto José López Mena, mayor de edad, soltero, nicaragüense, pasaporte C1531238, cédula de identidad de su país natal 041-211082-0002F. Interviene el Patronato Nacional de la Infancia por medio de su oficina en Cartago. Como curadora procesal del demandado figura la Licenciada Yanina Jiménez Ugalde. Resultando, Primero, Segundo, Tercero, Considerando I, II, por tanto De acuerdo a lo expuesto, y artículos 51, 52 y 55 de la Constitución Política; 1, 2, 5, 6, 8, 115 y siguientes, 140, 141, 143, 159 y 160 del Código de Familia; 3 de la Convención de los Derechos del Niños y 5 y 105 del Código de la Niñez y la Adolescencia y se declara con lugar la demanda abreviada interpuesta por Marianela Pérez Calderón contra Roberto López Mena, a quien se le suspende la patria potestad que sobre el menor de edad Roberto López Pérez tiene, ello por un plazo de un año, dentro del cual deberán llevarse cabo estudios de tipo psicológico y social, pero siempre ha pedido del demandado, quién sería la parte interesada en revertir esta suspensión, a fin de determinar la viabilidad o no de que se puedan ejercer esos derechos de su parte; siendo que en caso de no ser posible o no haber interés, a pedido de la parte actora, podría revertirse esta suspensión en una pérdida del derecho dentro de este mismo proceso, como lo establece el inciso c) del ya mencionado artículo 158 del Código de Familia. Las costas del proceso deben ser cubiertas por el demandado. De acuerdo con los trámites de la curatela procesal, se debe publicar un extracto de este fallo en el Boletín Judicial por una sola vez. Hágase saber. Ana Cristina Dittel Masís.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Carlos Sánchez Miranda, Juez.—1 vez.—(IN2014041681).

Edictos MatrimonialesHan comparecido ante este Despacho, solicitando contraer

matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Roni cc Ronny Tellez Alonso, mayor, soltero, subgerente de City Bank, vecino de los Sitios de Moravia, Urbanización Andrés Challe, casa 118 D, primera etapa, cédula de identidad número 0800820610, hijo de María de Rosario Millón Alonso y Ramiro Tellez, nacida en León Nicaragua, el 31 de diciembre de 1979, con 34 años de edad, y Milagros Malena Sandí Mena, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0113410578, vecina de los Sitios de Moravia, Urbanización Andrés Challe, casa 118 D, primera etapa hija de Xinia

correspondiente a diligencia de depósito judicial, promovida por el Licenciado Roberto Marín Araya, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Yelena Mercedes Salmerón Andino. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifiesten su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 18 de junio del 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041631).

Se avisa al señor Luis Feliciano Abarca Hidalgo, mayor, costarricense, cédula de identidad N° 1-759-058, de domicilio y (demás) calidades desconocidas, que en este Juzgado, se tramita el expediente 14-000234-0673-NA, correspondiente a Proceso Especial de Protección establecido por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita medidas de protección a favor de la persona menor José Manuel Abarca Vargas. Se le concede el plazo de tres días naturales, para que manifieste su conformidad o se oponga a este proceso.—Juzgado de Niñez y Adolescencia de San José, 20 de junio 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041632).

Se avisa, al señor Ignar Rubén Vicenti Pizarro, mayor, soltero, cédula número 1-994-648, de domicilio desconocido, representado por el curador procesal licenciado Verny Gustavo Valerio Hernández, hace saber que existe proceso N° 14-000273-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Neidthan Jafet Vicenti García, establecido por el Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ignar Rubén Vicenti Pizarro y Ana Yanci García Guevara, que en resolución dictada por el Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José a las quince horas y treinta y cuatro minutos del veintiuno de mayo dos mil catorce, que en lo conducente dice: se le concede el plazo de cinco días a dichos accionados para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se le advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 del Código de Familia y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 24 de junio de 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041633).

Se avisa que en este despacho en el expediente número 14-000361-0673-NA el (los) señor(es) Antonio Fornicola, María Santa Burgarello solicitan se apruebe la adopción conjunta internacional de la persona menor de edad Karol Verónica Alvarado Ureña. Se concede a los interesados el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su disconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma.—Juzgado de Familia de Niñez y Adolescencia, 17 de junio del año 2014.—Msc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041634).

Se avisa que en este despacho los señores María del Rocío Espinoza Hena y Wilken Solano Portilla, solicitan se apruebe la adopción conjunta de la persona menor de edad Ian Andrés Alfaro Lizano. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 14-000373-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del año 2014.—MSc. Milagro Rojas Espinoza, Jueza.—1 vez.—(IN2014041635).

Se avisa que en este despacho los señores Alan David Vexler Namer y María del Mar Anes Álvarez, solicitan se apruebe la adopción conjunta y cambio de nombre de la persona menor de edad Axel Yulián Moisés Cordero. Se concede a todos los interesados directos el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente

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sus derechos. Expediente Nº 14-400129-0425-2-FA.—Juzgado de Familia de Aguirre y Parrita, Quepos, 18 de junio del 2014.—Lic. Sedier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—(IN2014040343).

Han comparecido ante este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carlos Luis Aguilar Calvo, mayor, soltero, campesino, cédula de identidad número 0601060571, vecino de La Viquilla Dos de Río Claro, hijo de Antonia Calvo Sandí y Ramón Aguilar Madrigal, nacido en Jicaral Puntarenas, el 3 de octubre de 1953, con 60 años de edad, y Leticia Fallas Quirós, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número 0601450551, vecina de La Viquilla Dos de Río Claro, hija de Elvira Quirós Guillén y Ubaldo Fallas Astúa, nacida en Playa Herradura Puntarenas, el 2 de julio de 1959, actualmente con 56 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 14-000111-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 19 de junio del año 2014.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—(IN2014040957).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Carlos Stick Rojas García, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad N° 0110280973, vecino de San Miguel km 37, hijo de María Rojas García y padre desconocido, nacido en San Isidro Pérez Zeledón, el 08/03/1979, con 35 años de edad, y María Carolina Ulloa Vargas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad N° 0112510079, vecina de San Miguel km 37, hija de Digna Vargas Segura y Trinidad Ulloa Salazar, nacida en San Isidro Pérez Zeledón, el 02/08/1985, actualmente con 28 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio). Exp. N° 14-000110-1086-FA.—Juzgado de Familia de Golfito, 20 de junio del a 2014.—Lic. Ángela Jiménez Chacón, Jueza.—1 vez.—Exento.—(IN2014040526).

En este despacho se han presentado solicitando contraer matrimonio: Kevin Figueroa Martínez, cédula: 1-1367-213, soltero y Katherine Jiménez Fernández, cédula: 6-402-280, soltera, ambos vecinos de Palmar Norte de Osa, Barrio Alemania. Si alguna persona conoce impedimento para que esta boda se realice, deberá manifestarlo a este despachó dentro del plazo de 8 días naturales siguientes después de la publicación de este edicto. Expediente: 14-400095-0423-FA.—Juzgado de Familia de Osa, 24 de junio de 2014.—Lic. Mario Alberto Barth Jiménez, Juez.—1 vez.—(IN2014041637).

Han comparecido solicitando contraer matrimonio civil los señores Luis Enrique Rojas Ávila, mayor, masculino, divorciado, de veintisiete años, nativo de Corredores, Puntarenas, nació el día veintiséis de agosto de mil novecientos ochenta y seis, técnico en pinturas, costarricense, portador de cédula número seis-trescientos cincuenta y nueve-cero cero treinta y siete, hijo de Manuel Enrique Rojas Vega y Aracelly Ávila Espinoza y Anita Zúñiga Gómez, mayor, soltera, femenina, de veintiún años, nativa de Corredores, Puntarenas, nació el día veinticinco de febrero de mil novecientos noventa y tres, ama de casa, costarricense, portadora de cédula número seis-cuatrocientos ocho-cero cero quince, hija de Carlos Luis Zúñiga Jiménez y María de los Ángeles Gómez Gómez, ambos vecinos de Corredores, El Ceibo, de la segunda entrada de la Bloquera Concretar, a mano derecha donde hay tres casa prefabricadas, casa sin pintar. Se insta a todas las personas que conozcan impedimento alguno para que este matrimonio se realice, que están en la obligación de manifestarlo a este despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. matrimonio civil 14-400279-921-FA.—Juzgado de Familia de Corredores, Ciudad Neily, 16 de junio de 2014.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Juez.—1 vez.—(IN2014041642).

Mena Cespedes y Luis Jesús Sandí Robles, nacida en San José, el 04 de febrero de 1988, actualmente con 26 años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 14-000919-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 5 de mayo del año 2014.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014040339).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes Rodrigo Castillo Segura, mayor, divorciado una vez, seguridad privada, cédula de identidad número 1-0459-0017, vecino de Jardines de Tibás, de Perimercados 300 sur, 10 metros oeste, hijo de Rafael Castillo Ramírez y María del Carmen Segura Cabezas, nacido en Hospital Central San José, el 11 de abril de 1956, con cincuenta y ocho años de edad, y Silvia del Socorro Oporta Hernández, mayor, soltera, ama de casa, pasaporte número C01093875, vecina de la misma dirección de don Rodrigo Castillo Segura, hija de Domingo Oporta Requenez y Tomasa Hernández Bermúdez, nacida en León, Nicaragua, el 27 de julio de 1955, actualmente con cincuenta y nueve años de edad. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 14-000954-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de mayo del año 2014.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014040340).

Han comparecido ante este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil los contrayentes presentes en este despacho Ezequiel Pérez Villagra, mayor, de 25 años de edad, soltero, oficio agricultor, cédula 7-0194-0744, costarricense, vecino de Limón, Matina, 250 metros del sur de la Antigua Ebais de Baltimore, casa color beige, el 11 de setiembre de 1989, nacido Centro Matina Limón, hijo de José Pérez Pérez y María Segunda Villagra Valencia, ambos costarricenses, vecinos de la misma dirección, y Lindsey Soto Zamora, mayor, de 19 años de edad, soltera, oficio ama de casa, cédula de identidad 1-1606-0110, costarricense, vecina de San Isidro Vázquez de Coronado, de la Bomba El Trapiche, 175 metros al este, frente al Depósito Irazú, casa color verde olivo, nacida en Uruca, Central, San José, el 14 de nayo de 1995, hija de Carlos Enríquez Soto Meléndez y Ana María Zamora García, ambos costarricenses, vecino de La Rita de Pococí el padre y la madre de la misma dirección de la contrayente. Si alguna persona tuviere conocimiento de que existe algún impedimento legal para que dicho matrimonio se lleve a cabo, deberá manifestarlo ante este Despacho dentro del término de ocho días contados a partir de la publicación del edicto. (Solicitud de Matrimonio) Expediente N° 14-001360-0165-FA.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de San José, 23 de julio del año 2014.—Lic. Karol Vindas Calderón, Jueza.—1 vez.—(IN2014040341).

Han comparecido a este despacho, solicitando contraer matrimonio civil Óscar Fabián Barboza Alvarado y Rosalba Matarrita Cortés, el primero mayor, costarricense, soltero, peón, con cédula de identidad número uno-uno cinco tres siete-cero ochocientos noventa y dos, hijo de Óscar Barboza Mora y Margarita Alvarado Azofeifa, nativo de San Isidro Pérez Zeledón San José, el día veinte de mayo de mil novecientos noventa y tres, de veinte años de edad, vecino de Palmar Norte, Osa, de la Arrocera 300 metros al este Barrio El Tecal, casa de cemento, color amarillo; y la segunda, mayor, costarricense, soltera, ama de casa, cédula de identidad número seis-cero trescientos setenta y cinco-cero quinientos cincuenta y siete, hija de Florentino Matarrita Matarrita y Yamileth Cortés Morera, nativa de Quepos, Aguirre, Puntarenas, el día cinco de octubre de mil novecientos ochenta y ocho, de veinticinco años de edad, vecina de Londres, Aguirre, Puntarenas, 475 metros al suroeste de la Delegación de la Fuerza Pública de Londres, casa de cemento sin pintar. Se publica éste Edicto por si alguna persona se considera con derecho a oponerse a ésta unión, se apersonen dentro de los ocho días siguientes a la publicación del mismo para hacer valer