Jornada de trabajo

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JORNADA DE TRABAJO POR: Maria Camila Pineda Gómez GRADO: 10ºa

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JORNADA DE TRABAJOPOR: Maria Camila Pineda Gómez

GRADO: 10ºa

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¿Qué es?Es el tiempo convenido por el empleador y el

trabajador para que este desempeñe las labores a las que se ha comprometido.

La jornada laboral en Colombia es de 8 horas diarias y 48 a la semana.

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EXCEPCIONESA) jornada ordinaria convencional es la que

conviene las partes y no puede ser superior a 8 horas diarias ni a 48 horas a la semana.

B) el menor entre 12 y 14 años solo podrá trabajar con una jornada máxima de 4 horas diarias y 24 horas en la semana, en trabajos ligueros.

Los mayores de 14 y menores de 16 solo podrán trabajar una jornada máxima de 6 horas diarias y 36 horas de semana, de 16 a 18 no podrá exceder de 8 horas diarias.

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EXCEPCIONESC) los trabajadores de servicio domestico

residentes en la casa del empleador no puede tener una jornada superior a 10 horas diarias.

D) la jornada de altos directivos y cargos de confianza es superior a 8 horas diarias, según lo requiera la actividad que realiza.

E) los celadores o vigilantes deben estar disponibles las 24 horas del día.

F) tampoco están sometidos a la jornada máxima legal los trabajadores que ejercen actividades discontinuas o intermitentes. Ej. capitanes, pilotos, etc. Tripulantes aéreos, marítimos o terrestres.

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EXCEPCIONESG) la jornada del campesino es de 8 horas

diarias.H) la jornada de los radioperadores de las

empresas de aviación es de 6 horas diarias continuas.

I) el empleador y el trabajador pueden aportar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajos sucesivos; siempre y cuando no exceda de 6 horas al día y 36 horas semanales.

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CLASES DE JORNADASA) jornada diurna es la comprendida entre las 6 am

y las 10 pm.B) jornada nocturna es la comprendida entre las 10

pm y las 6 am.C) jornada ordinaria es la que conviene las partes o

en su defecto la máxima legal.D) jornada extraordinaria esta compuesta por las

horas extras y trabajos suplementarios.El trabajo suplementario es el que excede o

sobrepasa la jornada máxima legal. La jornada laboral puede reducirse si las labores para las cuales se contrata no requiere las 8 horas.