Jornada de trabajo

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Tema.- Jornada de trabajo Carrera.- Ingeniería en tecnologías de la información y comunicación Tepic, Nayarit 26/Septiembre/2013

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ADMON GERENCIAL

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Tema.- Jornada de trabajo

Carrera.- Ingeniería en tecnologías de

la información y comunicación

Tepic, Nayarit 26/Septiembre/2013

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Debe tender a distribuirse diariamente de la forma más

homogénea posible pero puede tener una distribución

irregular a lo largo del año siempre y cuando se

respeten los periodos mínimos de descanso diario.

Por pacto entre las partes o por convenio, puede

establecerse una duración de la jornada laboral inferior

pero nunca

superior a las 40 horas semanales.

La jornada laboral ordinaria

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El calendario laboralDebe elaborarse anualmente por la empresa y comprende el horario de

trabajo, distribución anual de los días de trabajo, festivos,

los descansos semanales o entre jornadas y los días inhábiles.

Es conveniente consultar con un abogado las singularidades que puede

presentar cada caso concreto.

Los trabajadores tendrán un descanso mínimo semanal de día y

medio sin interrupción, que será de 2 días en el caso de los menores de

18 años.

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Su tope máximo se sitúa en 40 horas

semanales de promedio en el cómputo anual.

El número de horas de trabajo efectivo

ordinario no puede ser superior a 9 horas.

Siempre que la jornada diaria continuada

exceda de las 6 horas diarias, se establecerá

un periodo mínimo de descanso cuya

duración no puede ser inferior a los 15

minutos.

Duración de la jornada de trabajo

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Son las que se realizan excediendo la duración

máxima de la jornada de trabajo.

Por otro lado, las horas extraordinarias podrán

ser remuneradas o “canjeadas” por periodos de

descanso.

El límite máximo de las horas extraordinarias no

puede ser superior a 80 horas al año.

Las horas

extraordinarias

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No está permitido por la ley trabajar más de 10

horas al día, sin embargo hay empresas en la

que esto sucede, a este tipo de horas se les

conoce como horas extras.

Se denomina horas extras o trabajo

suplementario al período de tiempo que excede el

máximo legal de 8 horas diarias.

La jornada máxima de 8 horas deben laborarse

durante el día, por lo que si se ejecutan labores

por fuera de la jornada ordinaria de trabajo el

empleador deberá pagar un recargo de acuerdo a

la modalidad de las horas extras.

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Horas extras diurnas Según el Código Sustantivo del Trabajo en el

artículo 168 numeral 2: "El trabajo extra diurno

se remunera con un recargo del veinticinco por

ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario

diurno".

Horas extras nocturnas

Según el Código Sustantivo del Trabajo en el

artículo 168 numeral 3: "El trabajo extra nocturno se

remunera con un recargo del setenta y cinco por

ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario

diurno".

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El Trabajo Dominical Ocasional es aquel cuando el trabajador

labora hasta 2 domingos durante el mes.

El Trabajo Dominical Habitual es aquel cuando el trabajador

labora 3 o más domingos durante el mes.

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TRABAJO HABITUAL.

Para el trabajo en

domingo habitual, se

deben pagar su valor

ordinario mas el 75% de

recargo, además de un

día de descanso

remunerado en la

semana siguiente.

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Domingo es ocasional

Esto significa que las horas laboradas ese domingo ocasional se le

cancelan con el recargo del 75% pero el trabajador podrá

escoger si en la semana siguiente se toma un día de descanso

que no será descontado del salario o si no lo toma, que le paguen

un día más en su salario que corresponde al descanso que no

disfrutó.

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Articulo 58

Jornada de trabajo es el tiempo

durante el cual el trabajador este

a disposición del patrón para

prestar su trabajo.

Articulo 59

El trabajador y el patrón fijaron la

duración de la jornada de trabajo,

sin que pueda exceder de los

máximos legales.

JORNADA DE TRABAJO

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Articulo 61

La duración máxima de la jornada será:

ocho horas la diurna, siete la nocturna y

siete horas y media la mixta.

Articulo 62

Para fijar la jornada de trabajo se

observara lo dispuesto en el articulo 5 .

Fracción III.

Articulo 63

Durante la jornada continua de trabajo se

concederá al trabajador un descanso de

media hora, por lo menos.

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Son las que establece un

trabajador aislado

directamente con su

empleador o su

representante.

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La relación de trabajo fue, y

continua siendo, el principal

medio de que se pueden servirse

para acceder a los derechos y

prestaciones asociadas con el

empleo en el ámbito del derecho

del trabajo y la seguridad social.

Es el punto de referencia

fundamental para determinar la

naturaleza y la extensión de los

derechos de patrones, como

también sus obligaciones

respecto de los trabajadores.

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PERSONAL: el trabajo debe de ser desempeñado precisamente por el

trabajador contratado para ello y no puede ser prestado por una persona

distinta.

SUBORDINADO: esto quiere decir que el trabajador tendrá una dependencia

técnica del patrón, relacionada con el deber jurídico de respeto y

obediencia.es pertinente señalar que esa dependencia solo existirá respecto

del trabajo contratado.

REMUNERADO: esto quiere decir que a la prestación de un trabajo personal

y subordinado al patrón, habrá una compensación económica para el

trabajador.

Requisitos para que exista una relación laboral

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DURACION DE LAS RELACIONES DE

TRABAJO

Articulo 35

Las relaciones de trabajo pueden ser para

obra o tiempo determinado o por

indeterminado.

A falta de estipulaciones expresas, la relación

será por tiempo indeterminado.

Articulo 40

Los trabajadores en ningún caso

estarán obligados a prestar sus

servicios por mas de una año.

Page 23: Jornada de trabajo

Articulo 41La sustitución de patrón no afectara las relaciones de trabajo de la

empresa o establecimiento. El patrón substituido será solidariamente

responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de la relaciones

de trabajo y de la ley nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta

por el termino de 6 meses. Concluido este, substituirá únicamente la

responsabilidad del nuevo patrón.

El termino de 6 mese a que se refiere el párrafo anterior, se contara a

partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la sustitución al

sindicato o a los trabajadores

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Hoy en día algunas empresas se aprovechan de las necesidades de

las personas para asi someterlos a mas horas de trabajo aunque se

paguen mas de la tarifa normal, sin embargo los trabajadores deben

de estar informados acerca de lo que la ley dice sobre el tema de la

jornada de trabajo para que asi esten bien informados sobre sus

derechos.

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Bibliografía

https://www.google.com.mx/?gws_rd=cr&ei=Z64_UtbMN-

r4yQG5zIHIBA#q=Que+pasa+si+trabajo+mas+horas+o+d%C3%ADas%3F

http://www.gerencie.com/horas-extras-y-descanso-en-

el-sabado.html

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