ISABEL II 1833- 1868 REGENCIAS Mª CRISTINA 1833-1840 ETAPA DE COMPROMISO 1833-1835 CEA BERMÚDEZ/...

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12.1 EL REINADO DE ISABEL II. 12.2 LAS REGENCIAS. 12.3 EL REINADO EFECTIVO.

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12.1 EL REINADO DE ISABEL II.12.2 LAS REGENCIAS.12.3 EL REINADO EFECTIVO.

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ISABEL II 1833- 1868

REGENCIAS

Mª CRISTINA 1833-1840ETAPA DE COMPROMISO

1833-1835CEA BERMÚDEZ/ M.DE LA

ROSAESTATUTO REAL

1834ETAPA DE RUPTURA 1835-

1840MENDIZÁBALCONSTITUCIÓN

1837ESPARTERO 1840-1843

REINADO EFECTIVOISABEL II 1843-1868

DECADA MODERADA 1844-1854

NARVÁEZCONSTITUCIÓN 1845

BIENIO PROGRESISTA 1854-1856

O´DONNELLCONSTITUCIÓNNONNATA 1856

MODERADOS-UNIÓN LIBERAL

1856-1868NARVÁEZ-O´DONNELL

PACTO DE OSTENDE

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VIDA DE ISABEL: “LA DE LOS TRISTES DESTINOS “(PÉREZ GALDOS) NACE 10 OCTUBRE 1830ENTRONIZADA CON 13 AÑOS EN 1843CASADA EL 10 DE OCTUBRE DE 1846 CON SU PRIMO FRANCISCO DE ASIS EN DOBLE BODA .LA HERMANA CON EL DUQUE DE MONTPENSIER QUE ANSIABA SER REY DE ESPAÑA.EXIGIDA POR EL REY DE FRANCIA.(“¡con Paquita no,con Paquita nooo!”)TUVO 11 HIJOS SÓLO 4 SOBREVIVIERON: ISABEL,ALFONSO,PILAR Y EULALIA.ACOGIDA POR NAPOLEÓN III TRAS ALCOLEA, VIVIRÁ 30 AÑOS SEPARADA HASTAQUE EN 1870 ABDICA EN SU HIJO ALFONSO.MUERE EL 9 DE ABRIL DE 1904 EN FRANCIA.

SU MADRE Mª CRISTINA NO LE DIO NADA DE CARIÑO Y SE FUE A VIVIR A FRANCIACON SU NUEVO MARIDO Y SUS NUEVOS HIJOS. ARGÜELLES FUE SU PRECEPTOR.SU BODA CON FRANCISCO DE ASIS MARCARÁ SU FUTURO:“He cedido como reina, pero no como mujer. Yo no he buscado a este marido me lo han impuesto y yo no lo quiero”. “¿Qué voy a decirte de un hombre que en la noche de bodasllevaba en su camisa más bordados que yo en la mía”.ISABELONA TAN FRESCACHONA Y PAQUITO TAN MARIQUITO. Francisco de Asis, Alias Paco Natillas “es de pasta flora y se mea en cuclillas como una señora”. Es hijo de su tía Luisa Carlota, la de la bofetada a Carlomarde y hermana de Fernando.Así pués, Isabel se echa en brazos de numerosos amantes, de los cuales Puig y Moltó pudiera ser el padre del único varón que sobrevivió y por lo tanto futuro rey: Alfonso.

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LOCURA ROMÁNTICA-ÉPOCA DE PASIONES ( “ESTAR DE LOS NERVIOS” )Y DE LLOROS.

- LO DESPROPORCIONADO. ÉPOCA DE ORO DEL TEATRO:

- LO DESCABELLADO. -TENORIO, DON ALVARO “perezca la raza humana,

húndanse el cielo y la tierra”- EL TREMENDISMO. -VICTOR HUGO: “HERNANI”- LO TRÁGICO. Broncas en los teatros y

participación- LO LÚGUBRE del público que se involucra en

las obras.-LO DESESPERADO La cravatte al cuello para reconocerse.-TRANSGREDIR NORMAS.-VIVIR INTENSAMENTE. ¿LO ROMÁNTICO ES TRISTE O ALEGRE?

Época de los pianistas (Liszt)BERLIOZ Al oír el estreno de la 5ª de Bethoven casi se muere.SINFONÍA FANTÁSTICA. Dedicó una sinfonía a una actriz inglesa ( OFELIA en HAMLET),que no le correspondía (rompió los parches de los timbales), cuando se casó con ella fue un desastre.

En ESPAÑA: LARRA (  Voluntario realista.Se suicida de un pistoletazo a los 27 años por amor imposible de una mujer casada: Dolores Armijo, estando el también casado y ya con un hijo. Su hija Adela será amante del futuro rey Amadeo I de Saboya). Que el poeta, en su misión sobre la tierra que habita, es una planta maldita ,con frutos de bendición.

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LA OPOSICIÓN AL SISTEMA LIBERAL: LAS GUERRAS CARLISTAS Y LA CUESTIÓN FORAL.

1.-PROBLEMA SUCESORIO.2.-ENFRENTAMIENTO IDEOLÓGICO.3.-TRANSICIÒN DEL ESTADO ABSOLUTISTA AL ESTADO LIBERAL.

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El Carlismo es un movimiento antiliberal, legitimista y tradicionalista como reza su lema:DIOS, PATRIA Y REY.

Pretende el mantenimiento del Antiguo Régimen obviando los cambios sociales, económicos y políticos que trajeron la Revolución Francesa y la Revolución Industrial. Es por esto que tuvo poca repercusión en las ciudades. España, aunque mayoritariamente agraria en su economía, empieza a conocer desde 1820 un lento pero imparable desarrollo industrial y el movimiento del Romanticismo, se impuso de manera excepcional en nuestro país cuestionando todos y cada uno de los valores de la tradición.

De igual manera, y en el intento de dar marcha atrás a la Historia, los carlistas tendrán, en la recuperación y mantenimiento de los Fueros, uno de los puntos fuertes de su lucha contra el Estado liberal que tiende al centralismo y la unificación. Promulgan la existencia de instituciones de gobierno autónomas (el señorío), un sistema propio de Justicia y exenciones fiscales y de quintas (reclutamiento militar).

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1ª GUERRA CARLISTA 1833-1840

No es meramente dinástica sino también social, un “drama rural” que presenta los rasgos más crueles de una Guerra Civil. Fue la más violenta y dramática con casi 200.000 muertos y miles de aldeas represaliadas por ambos bandos. Comienza con la proclamación de Abrantes el 1 de Octubre de 1833.

4 etapas:

.Formación del foco de insurrección 1833-35Zumalacárregui domina el P.Vasco y NavarrA salvo las capitales, pero muere en 1835.

.Expediciones nacionales.1836-37.Estas “correrías sin sentido para atemorizar a todos los españoles” van cansando a los seguidores carlistas. Victoria del liberal Espartero en Luchana (Bilbao).

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.Iniciativa isabelina y Convenio de Vergara 1839. Convenio entre Maroto-Espartero. Fin de la guerra en Navarra y P. Vasco. Acuerdos:Admisión de militares carlistas en el ejército isabelino, la cuestión foral a debate y Carlos Mª Isidro exiliado a Francia. El que debía haber sido Carlos V cruza la frontera con la idea de volver a la lucha porque se siente traicionado por Maroto. La nueva guerra parece cuestión de poco tiempo. Espartero, nombrado Duque de la Victoria, no había sido muy generoso con los vencidos aumentando el rencor de los carlistas más radicales.

.final de la guerra en el maestrazgo 1839-1840. El general Cabrera no admite Vergara y es derrotado por Espartero.

MAROTO ESPARTERO

CABRERA

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2º guerra carlista 1846-1849.

Tuvo mucha menor repercusión. Se produce en las áreas rurales de Cataluña(guerra del Matiners) y Guipuzcoa, tras el fracaso de la boda de Isabel con el nuevo pretendiente a la corona Carlos (VI). Cabrera será el jefe de operaciones en el bando carlista y acabará exiliado. Casi podemos hablar de una guerra de guerrillas de poco calado.

3ª guerra carlista 1872-1876

.Frente a Amadeo I, rey intruso parael carlismo y frente a la I República. Con la

Restauración, que colocó a los Borbones de nuevo en el trono, este movimiento pierde fuerza manteniéndose en el tiempo con un ideario político ultracatólico y ultraconservador siempre molesto al poder central.

CONCLUSIONES Y CONSECUENCIAS.-No son guerras sucesorias sino de

enfrentamiento entre tradicionalismo y liberalismo. Dos sociedades en lucha. Será la primera oposición en masa a la Revolución Liberal.

- La cuestión del foralismo superará los conflictos y las ideologías (los liberales del P.Vasco serán también foralistas).

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“ Convenio celebrado entre el Capitán General de los Ejércitos Nacionales D. Baldomero Espartero y el Teniente General D. Rafael Maroto.Art. 1º. El Capitán General don Baldomero Espartero recomendará con interés al Gobierno el cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o modificación de los fueros.Art. 2º. Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes y oficiales, y demás individuos dependientes del ejército del mando del teniente general D. Rafael Maroto, quien presentará las relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel 2ª yla Regencia de su augusta Madre, o bien de retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas de fuego.

Art. 4º. Los que prefieran retirarse a sus casas siendo generales y brigadieres obtendrán su cuartel para donde lo pidan con el sueldo que por reglamento les corresponda: los jefes y oficiales obtendrán licencia limitada o su retiro según reglamento.

Ratificado este convenio en el cuartel general de Vergara, a 31 de agosto de 1839.– El Duque de La Victoria. – Rafael Maroto.- Vitoria”.

CONVENIO DE VERGARA 1839.

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Como en el resto de Europa, la primera experiencia revolucionaria no consolidó un sistema político estable. Después de Cádiz, demasiado radical, el constitucionalismo reemprendióEl camino desde fórmulas políticas que reconocían ala corona una preeminencia muy Grande en el proceso político. Las Cartas Otorgadas fueron su primera expresión (EstatutoReal 1834). Las Cortes no contaban y esta insatisfacción hace que la Monarquía Constitucional se caracterice por el papel del rey como “PODER MODERADOR”. El reyEs el intermediario en los conflictos entre el gobierno, que él elige libremente y las Cortes ,que controlan políticamente al gobierno. Él puede cambiar los gobiernos o disolver las Cortes. En España la Monarquía Constitucional entró en 1837 y estuvo en vigor hasta 1923Con modificaciones en 1845, 1869 o 1876.

PROBLEMAS DEL REINADO DE ISABEL II.

1.- FUERZAS POLÍTICAS DIVIDIDAS E IRRECONCILIABLES:

MODERADOSNARVÁEZ

DEMÓCRATAS

UNIÓN LIBERAL

O´DONNELL

PROGRESISTAS

MENDIZABALESPARTERO

CONSTITUCIONES Y LEYES ORGÁNICAS (LEYES ELECTORALES,LEYES DE PRENSA O DE ASOCIACIÓN)

CARLISTAS

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2.-PAPEL DE LA MONARQUÍA.LA REINA, MAL PREPARADA, TOMA PARTIDO POR LOS MODERADOSY MAQUINA CONTRA LOS PROGRESISTAS CON EL PODER QUE LE DALA DOBLE CONFIANZA Y EL PAPEL MODERADOR DE LAS NUEVAS MONARQUÍAS CONSTITUCIONALES.INESTABILIDAD (MÁS DE 50 GOBIERNOS).MEZCLA SU VIDA PERSONAL Y FALLA EN SU APOYO AL ESTADO LIBERAL.

3.-IMPOSIBILIDAD DE LLEGAR AL PODER DE FORMA LEGAL:-CONSTITUCIONES DE PARTIDO (SUFRAGIO CENSITARIO).-IMPEDIMIENTOS DE LA MONARQUÍA.-LEGISLACIONES PARA PERPETUARSE EN EL PODER.-CONTROL DE LOS PODERES LOCALES DE LA

ADMINISTRACIÓN LOCAL-MANIPULACIONES ELECTORALES Y EN LA FORMACIÓN DE

GOBIERNOS (PUCHERAZOS).-CONTROL DE PRENSA.

LA CONSECUENCIA ES EL ALEJAMIENTO DE LA ESPAÑA OFICIAL DE LA REAL Y LA ÚNICA SOLUCIÓN ES EL PRONUNCIAMIENTO MILITAR ANTE LA DEBILIDAD DEL PODER CIVIL. LOS JEFES POLÍTICOS SON MILITARES: SERRANO, ESPARTERO,NARVAEZ,

O´DONNELL, PRIM.

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ISABEL II: LAS REGENCIAS.1.-Mª CRISTINA 1833-18401833-1835 ETAPA DE COMPROMISO

CEA BERMÚDEZ/ M.DE LA ROSA ESTATUTO REAL 1834

1835-1840 ETAPA DE RUPTURAMENDIZÁBALCONSTITUCIÓN 1837

2.-ESPARTERO 1840-1843

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1.-Mª CRISTINA 1833-1840ETAPA DE COMPROMISO 1833-1835CEA BERMÚDEZ/ M.DE LA ROSA

ESTATUTO REAL 1834

ETAPA DE RUPTURA 1835-1840MENDIZÁBALCONSTITUCIÓN 1837

•MARÍA CRISTINA 1833-1840.

1.- ETAPA DE COMPROMISO. 1833-1835 María Cristina era la viuda de un rey absoluto como Fernando VII. La etapa de transición entre el Estado Absolutista y

el Liberal, fue obra de monárquicos reformistas del anterior reinado como Cea Bermúdez y liberales moderados amnistiados del Trienio Liberal como Martínez de la Rosa. Después de la experiencia de Cádiz, demasiado radical, el constitucionalismo reemprende su camino desde fórmulas políticas que reconocían a la corona una indudable preeminencia en el proceso político. Las Cartas Otorgadas fueron la primera expresión haciendo que las Cortes contaran poco y repartiendo el poder entre el Rey y una Constitución que lo modera.

ESTATUTO REAL 1834: Tercera vía entre el liberalismo y el absolutismo. Introdujo los mecanismos e instituciones parlamentarias europeas en

España, pero quebró al no ser aceptado por un amplio sector liberal. Se trata de una Constitución otorgada por el monarca, breve e incompleta pues no tiene declaración de derechos, no

hay referencia al sistema electoral y no se toca el tema de la regencia. La soberanía se declara CONJUNTA aunque las Cortes no legislaban, sólo aprobaban o no las leyes que

propugnaban el Rey o el Gobierno. La Soberanía Nacional se silencia. Los poderes no están divididos sino que son colaboradores ( Legislativo Rey y Cortes, Ejecutivo no se especifica pero se supone que es el Rey). Se implanta el Bicameralismo que durará hasta 1931. El Senado es electivo por el Rey como poder intermediario y entre Congreso y Rey. Su inspiración era moderada y conciliadora : orden, libertad y tradición .

CEA BERMUDEZ

MARTÍNEZ DE LA ROSA

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Estatuto Real de 1834Título I: De la convocación de las Cortes generales del ReinoArt. 1.Con arreglo a lo que previene la ley 5ª., título XV, parte 2ª., y las leyes 1ª. y 2ª., título VII, libro VI, de la Nueva Recopilación, S.M. la Reina Gobernadora, en nombre de su excelsa hija Doña Isabel II, ha resuelto convocar las Cortes generales del Reino.Art. 2.Las Cortes generales se compondrán de los Estamentos: el de Próceres del Reino y el de Procuradores del Reino.Título II: Del Estamento de Próceres del ReinoArt. 3.El Estamento de Próceres del Reino se compondrá:1º. De MM.RR. Arzobispos y reverendos Obispos.2º. De grandes de España.3º. De títulos de Castilla, ETC…Título V: Disposiciones generalesArt. 24.Al Rey toca exclusivamente convocar, suspender y disolver las Cortes.Art. 25.Las Cortes se reunirán, en virtud de Real convocatoria, en el pueblo y en el día que aquélla señalare.Art. 31.Las Cortes no podrán deliberar sobre ningún asunto que no se haya sometido expresamente a su examen en virtud de un decreto Real.Art. 32.Queda, sin embargo, expedido el derecho que siempre han ejercido las Cortes de elevar peticiones al Rey, haciéndolo del modo y forma que se prefijará en el reglamento.

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2.- ETAPA DE RUPTURA.1835-1840•La presión carlista y las demandas populares (se crearon Juntas Revolucionarias y las peticiones de la población acabaron en revueltas), hicieron a la Regente otorgar un gesto a los progresistas y posibilitar cambios que obligaron a un giro rupturista de ministros como Juan Álvarez MENDIZÁBAL. Su cese provocará la revuelta de los Sargentos de la Granja (1836) contra la Regente.

1.Obra Desamortizadora de los Bienes del Clero Regular (Desamortización de Mendizábal) (1836-7). Se decreta la supresión del clero regular (órdenes religiosas) y la incautación y venta de sus bienes desamortizados.Se realizó para sufragar los gastos de la Guerra Carlista con cargo a bienes amortizados ( no se vendían , ni heredaban, ni pagaban impuestos).Creó una clase burguesa de propietarios afín al Régimen Liberal pero sin realizar una reforma agraria.

2.CONSTITUCIÓN DE 1837 Hecha por progresistas pero con base moderada. Introduce la Monarquía Constitucional en España. Se intentó remozar la de 1812 manteniendo su espíritu y se conjugaron las prerrogativas del Rey con la representación Nacional. Se redactó con los carlistas a las puertas de Madrid. La declaración de Soberanía Nacional se saca al Preámbulo para darle excepcionalidad. Los poderes están divididos: para las Cortes el legislativo, y el ejecutivo para el rey que tiene más poder que en la de Cádiz (veto y disolución).Se expresa el bicameralismo, se regula la Regencia de manera clara y se amplia el sector de votantes rebajando el nivel de renta.

•La Guerra Civil y la causa común que la regente Mª Cristina hizo con los moderados, trajeron el pronunciamiento de Espartero (general exitoso de las Guerras Carlistas y la Emancipación Americana).

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Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas; y en su Real nombre, y durante su menor edad, la Reina viuda su madre Doña María Cristina de Borbón, Gobernadora del Reino; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes generales han decretado y sancionado, y Nos de conformidad aceptado, lo siguiente:Siendo la voluntad de la Nación revisar, en uso de su Soberanía, la Constitución política promulgada en Cádiz el 19 de marzo de 1 81 2, las Cortes generales, congregadas a este fin, decretan y sancionan t siguiente (...).Art. 2. Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.La calificación de los delitos de imprenta corresponde exclusivamente a los jurados.

Art. 4. Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía, y en ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.Art. 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad (...).Art. 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.Art. 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban (...). Art. 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que es tas prescriban (...).Art. 11. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la Religión Católica que profesan los españoles.Art. 1 2. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.Art. 1 3. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados (...).Art. 15. Los senadores son nombrados por el Rey a propuesta, en lista triple, de los electores que en cada provincia nombran los diputados a CortesArt. 26. Las Cortes se reúnen todos los años. Corresponde al Rey convocarlas, suspender y cerrar sus sesiones, y disolver el Congreso de los Diputados; pero con la obligación, en este último caso, de convocar otras Cortes, y reunirlas dentro de tres meses (...).Art. 36. El Rey y cada uno de os Cuerpos Colegisladores tienen la iniciativa de las leyes (...).Art. 44. La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los ministros.Art. 45. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo in terior y a la seguridad del Estado en lo exterior conforme a la Constitución y a las leyes. (...).Art. 70. Para el gobierno interior de los pueblos habrá Ayuntamientos, nombra dos por los vecinos, a quienes la ley conceda este derecho (…) CONSTITUCIÓN 1837

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MENDIZABAL

•Motivos económicos: Disminuir la Deuda Pública consolidada, esto es la Deuda a largo plazo, que venía aumentando constantemente desde el reinado de Carlos IV, y cuyos intereses estaban ahogando a la Hacienda Pública.•Motivos sociales: Poner en manos de propiedad privada las tierras que ahora eran propiedad del estado, al objeto de que las manos privadas puedan estimular la agricultura y el comercio, acelerando los procedimientos que se estaban realizando con los bienes que ya estaban en poder de la nación.

El resultado político y económico de la desamortización no fue el deseado por Mendizábal.:•Para la Hacienda los ingresos fueron escasos pues se admitieron como pago títulos de deuda pública por su valor nominal, que con la fuerte devaluación que había, su valor real era muy inferior. •Además, no fue la burguesía rural la que se hizo con los mejores lotes de tierra, sino una alta burguesía urbana, que buscó en la compra de tierras una manera más segura de invertir su dinero. Así se produjo un efecto contrario al esperado: la acumulación de tierras en manos de la escasa burguesía urbana que adopto los comportamientos absentistas de la aristocracia terrateniente, desviando las posibles inversiones para la industria.•Las leyes y decretos desamortizadores produjeron otro efecto negativo y no deseado: la pérdida, destrucción o dispersión de patrimonio histórico-artístico y documental, que fue expoliado y perdido (archivos, bibliotecas de conventos, obras de arte, edificios saqueados y abandonados a su suerte...). Pese a que algunos se salvaron al quedar en manos del Estado para uso público.Aunque los resultados no fueron los esperados, con esta desamortización se afianzó la necesaria reforma agraria liberal para crear un mercado capitalista.

DESAMORTIZACIÓN DE LOS BIENES DEL CLERO

Documento C Mendizabal se convirtió desde 1836 hasta nuestros días en una de las bestias negras preferidas de la Iglesia. De hecho, todavía se justifica la aportación del Estado a la Iglesia en función de la desamortización de Mendizabal. El dibujo satírico representa a unos niños tirando del rabo del diablo. El diablo es Mendizabal, claro. La posdata decía: "¡Ah, muchachos, al hebreo! Tira del rabo, Juanillo, aprieta tú, Periquillo. Fuera, fuera el fariseo, que los templos entró a saqueo".

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REAL DECRETO DECLARANDO LA VENTA DE BIENES DEL CLERO (19 DE FEBRERO DE 1836).Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la Nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado (?) conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel II, he venido en decretar lo siguiente: Artículo 1º. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la Nación por cualquier título o motivo? Artículo 2º. Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio público o para conservar monumentos de las artes, o para honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno publicará la lista de los edificios que con este objeto deben quedar excluidos de la venta pública. Artículo 4º. Que todos los medios rústicos susceptibles de división, sin menoscabo de su valor, o sin graves dificultades para su propia venta, se distribuyan en el mayor número de partes o suertes que se pudiere. Artículo 5º. Que estas suertes se pongan en venta con total separación, como si cada una hubiese compuesto una propiedad aislada.

En el Pardo a 19 de febrero de 1836. D. Juan Álvarez Mendizábal Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836.

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REGENCIA DE ESPARTERO (1840-1843). Espartero era un general afamado y victorioso de las Guerras Carlistas (Príncipe de Vergara). Aunque era un conocedor muy elemental de las doctrinas políticas básica, tenía una gran energía para tomar decisiones. Como María Cristina, no será regente de una reina o de un Estado sino de un partido y sin una idea clara de adónde ir. Tras muchos enfrentamientos con Mª Cristina como jefe de gobierno, hace renunciar a esta y las Cortes le nombran Regente.

1.- Impuso un liberalismo autoritario apoyado en el ejército (Ayacuchos), por lo que suscitó grandes opositores:

- Progresistas contrarios a este caudillismo autoritario y por supuesto moderados.- Rivales dentro del ejército: Prim, Serrano, Narváez, O´Donnell.- Iglesia y Papado al retornar las leyes desamortizadoras. - La industria textil catalana que pedía proteccionismo:

.Revueltas y bombardeo de Barcelona 1842.

2.- Todos los elementos opositores convergieron en una insurrección general en Mayo-Julio de 1843. La imposibilidad de tomar el poder político mediante formas pacíficas y establecidas lleva al enfrentamiento militar de Espartero con Narváez que lo derrota en la batalla de Torrejón de Ardoz.

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MAYORÍA DE EDAD DE ISABEL II ( 1843- 1868). EL REINADO EFECTIVO.

REINADO EFECTIVOISABEL II 1843-1868

DECADA MODERADA 1844-1854

NARVÁEZCONSTITUCIÓN 1845

BIENIO PROGRESISTA 1854-1856

O´DONNELLCONSTITUCIÓNNONNATA 1856

MODERADOS-UNIÓN LIBERAL1856-1868

NARVÁEZ-O´DONNELLPACTO DE OSTENDE

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Narváez, temeroso de las olas revolucionarias europeas, estableció un sistema oligárquico, conservador y antidemocrático (LIBERALISMO DOCTRINARIO de Donoso Cortés) que marginó a progresistas y pueblo, falseando procesos electorales y suspendiendo las Cortes al menor contratiempo. El llamado Caciquismo empezó a tejer sus redes a partir de este momento y los movimientos revolucionarios fueron evitados más por la falta de una estructura social afín que por las medidas de dureza adoptadas.

GENERAL NARVÁEZ

Llamado “el Espadón de Loja” porhaber nacido allí. Romántico de arrebatos y espantadas (intento de suicidio, desalojo del Consejo sable en mano )“Hombre fuerte” que de manera enérgica controló los movimientos revolucionarios del 48. Con el tiempo se hizo más liberal pero ya siempre quedó como el de la mano dura (historieta del confesor que le pide en el lecho de muerte que perdone a sus enemigos y contesta “no tengo, los he fusilado a todos”.“…no había otro (…) más audaz, más tozudo y másinsolente…Narváez supo ser el primer mandón desu época. El cascarrabias que necesitaba el paísen tiempos de turbación. Empezaba Don Ramónrevelando su “poer” con el desapacible y fosco mohín de su cara, una de estas caras que no brindan amistad sino rigor;…que no han sonreido jamás, que fundan su orgullo en hacer temblar a quien les mira”. Galdos, Episodios Nacionales.

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Todo se hizo más conservador:

CONSTITUCIÓN DE 1845 Es una revisión moderada que reforzó los elementos conservadores de acuerdo con las Cortes y el Rey, aunque no es demasiado profunda. No se habla de Soberanía Nacional sino Conjunta, cortes y Corona. Cuando los ministros del ejecutivo y las Cortes del legislativo no se ponen de acuerdo el rey decide. Bicameralismo con un Senado con más flexibilidad para la elección real y unos Diputados del Congreso elegidos por 5 años y no sólo por 3 como hasta ahora. Las Cortes dan el permiso de casarse al Rey.

.Creación de un Estado centralizado:- Control del Gobierno y la Administración provincial. El Gobernador Civil (líder moderado de la zona) y nombramiento de alcaldes por el gobierno. Creación de la Guardia Civil en 1844, cuerpo de policía rural de carácter militar que los gobiernos emplearán en sus luchas partidistas.-Nuevo Código Penal 1848 y Código Civil 1851.-Reforma de la Hacienda: Ley Mon-Santillán que aplica por primera vez en la recaudación de impuestos los principios de Igualdad y Proporcionalidad.-Suspensión de la Desamortización y firma del Concordato con la Iglesia (1851)

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Constitución de la Monarquía española de 1845(23 de mayo de 1845)Doña Isabel II, por la gracia de Dios y de la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas; a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguienteConstitución de la Monarquía Española.

Artículo 2.- Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.

Artículo 4.- Unos mismos códigos regirán en toda la Monarquía.Artículo 5.- Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad.Artículo 6.- Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.Artículo 7.- No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.

Título I. De los españoles

Artículo 11.- La Religión de la Nación española es la Católica, Apostólica, Romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus Ministros.

Título II. De las CortesArtículo 12.- La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.Artículo 13.- Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.

Título III. Del SenadoArtículo 14.- El número de senadores es ilimitado: su nombramiento pertenece al Rey.

Título VI. Del ReyArtículo 42.- La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Son responsables los Ministros.Artículo 43.- La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior, y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.Artículo 44.- El Rey sanciona y promulga las leyes.

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La Constitución de 1845 había suprimidoel consentimiento de las Cortes para el casamiento de la reina. En teoría era librepara elegir candidato. 6 posibilidades:-Un Orleans, el hijo del Rey Luis Felipe.-Leopoldo de Sajonia-Coburgo.-Un tío carnal de Isabel, el conde de Trápani.-Carlos Luis, hijo del pretendiente carlistaque fue dotado, por la renuncia de su padre, de los derechos sucesorios para la boda acabara con los problemas.-Un primo de la reina, el infante don Enrique. Excéntrico y desequilibrado.-Francisco de Asís, duque de Cádiz, Hermano del anterior.

La hermana pequeña casará con el hijo pequeño del rey de Francia en dobles nupcias el mismo día. 10,Octubre de 1846.

ISABEL II Y FRANCISCO DE ASÍS

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.Problemas:•2ª Guerra Carlista (Els Matiners en Cataluña).•Corrupción generalizada.•El gabinete de Bravo Murillo recorta aún más las libertades.•Clima revolucionario europeo de 1848 con eco en Madrid y Sevilla.•Creación del Partido Demócrata (Izquierda progresista )1849.

•“VICALVARADA” en 1854.

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•BIENIO PROGRESISTA 1854-1856.. Pronunciamiento de izquierda moderada: Vicalvarada del General O´Donnell que colaborará en el gobierno progresista con Espartero.Se publica el Manifiesto de Manzanares que pide la reforma de las leyes electorales, la descentralización, la Milicia Nacional y el fin de la corrupción generalizada.

Españoles: La entusiasta acogida que va encontrando en los pueblos del Ejército liberal; el esfuerzo de los soldados que le componen, tan heroicamente mostrado en los campos de Vicálvaro; el aplauso con que en todas partes ha sido recibida la noticia de nuestro patriótico alzamiento, aseguran desde ahora el triunfo de la libertad y de las leyes que hemos jurado defender.

Dentro de pocos días, la mayor parte de las provincias habrán sacudido el yugo de los tiranos; el Ejército entero habrá venido a ponerse bajo nuestras banderas, que son las leales; la nación disfrutará los beneficios del régimen representativo, por el cual ha derramado hasta ahora tanta sangre inútil y ha soportado tan costosos sacrificios. Día es, pues, de decir lo que estamos resueltos a hacer en el de la victoria.

Nosotros queremos la conservación del trono, pero sin camarilla que lo deshonre; queremos la práctica rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la electoral y la de imprenta; queremos la rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en los empleos militares y civiles la antigüedad y los merecimientos; queremos arrancar los pueblos a la centralización que los devora, dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus intereses propios, y como garantía de todo esto queremos y plantearemos, bajo sólidas bases, la Milicia Nacional. Tales son nuestros intentos, que expresamos francamente, sin imponerlos por eso a la nación.

Las Juntas de gobierno que deben irse constituyendo en las provincias libres; las Cortes generales que luego se reúnan; la misma nación, en fin, fijará las bases definitivas de la regeneración liberal a que aspiramos. Nosotros tenemos consagradas a la voluntad nacional nuestras espadas, y no las envainaremos hasta que ella esté cumplida.

Cuartel general de Manzanares, a 6 de julio de 1854.- El general en jefe del

Ejército constitucional, Leopoldo O'Donnell, conde de Lucena.

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Después de la absurda batalla de Vicálvaro, O´Donnell se reúne con el general Serrano, ycon Cánovas del Castillo en Manzanares. A este último se le ocurre el manifiesto para mantener la tensión y hacer un llamamiento a los progresistas civiles para que les apoyen.Habrá barricadas en Madrid y graves revueltas en los barrios del sur. La reina llama a Espartero y se confiesa culpable de la situación. La revolución popular ha triunfado.Espartero es nombrado Presidente y O´Donnell ministro de la guerra. Este triánguloserá imposible y los choques son constantes: reina moderada conservadora, O´Donnell enel centro con la recién creada Unión Liberal y Espartero progresista.

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. Proyecto de Constitución de 1856. La NONNATA nunca entró en vigor. Similar a la de 1837 con derechos individuales, soberanía nacional, bicameralismo y poder legislativo de Cortes y Rey.

Título I. De la Nación y de los españolesArtículo 1.- Todos los poderes públicos emanan de la Nación, en la que reside esencialmente la Soberanía, y por lo mismo pertenece exclusivamente a la Nación el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Artículo 3.- Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.No se podrá secuestrar ningún impreso hasta después de haber empezado a circular. La calificación de los delitos de imprenta corresponde a los jurados.

Título II. De las CortesArtículo 15.- La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.Artículo 16.- Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, iguales en facultades; el Senado y el Congreso de los Diputados.

Artículo 49.- La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende a todo cuanto conduce a la conservación del orden público en lo interior y a la seguridad del Estado en lo exterior, conforme a la Constitución y a las leyes.Artículo 50.- El Rey sanciona y promulga las leyes.

Título VI. Del Rey

Artículo 59.- Cuando reine una hembra, su marido no tendrá parte ninguna en el Gobierno del Reino.

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. Desamortización de Pascual Madoz intentando que la propiedad pública de tierras no exista. Bienes de la Iglesia, del Estado y de los Municipios son desamortizados.

. Problemas :- Conflictos sociales en la industria. Huelga General de 1855.- Motines de subsistencia por la carestía del grano duramente

reprimidos en 1856.- Crisis de gobierno en la que los progresistas tienen que ceder ante los más radicales del partido Demócrata.

Se declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes :al Estado, al clero, alas órdenes militares..., a cofradías, obras pías y santuarios, al secuestro del exinfante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública. Y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores...  1 de Mayo de 1855. Desamortización de Madoz

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La primera huelga general en la historia de España tuvo lugar en 1855, en el seno de Cataluña, principal centro industrial (mayoritariamente textil), como muestra de rechazo de los trabajadores a la introducción de las selfactinas (del inglés self-acting, "de acción automática"), que mecanizaban una parte importante de trabajo del hilado.A raíz de la protesta, se produjeron incidente ludistas y paros en otras industrias diferentes a la del hilado, en una muestra de solidaridad obrera. Los primitivos movimientos obreros pronto se encauzaron en reclamaciones más amplias: legalización de sindicatos y asociaciones, horarios fijos y creación de comisiones entre patrones y trabajadores para resolver disputas laborales.La situación llegó a tal punto que el Capitán General de Cataluña tuvo que prohibir las nuevas máquinas. A pesar de ello, la patronal no acató sus órdenes y buscó el apoyo del gobierno central, que prohibió los sindicatos y reprimió los disturbios, llegando a ejecutar a un líder obrero. A pesar de todo, se establecieron acuerdos sobre salarios y sobre los comités mixtos en un intento de apaciguar la situación.

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“Queridos compañeros: ha llegado el caso de manifestaros el estado en que se hallan atendidasnuestras justas pretensiones. Se ha nombrado una comisión de entre nosotros que ha salido paraMadrid con el fin de hacer comprender al Gobierno (…) la pronta constitución de un Jurado que,imparcialmente y compuesto de individuos de conocimientos, por parte de los operarios y por parte de los fabricantes, arreglándose a las instituciones que ambas clases les suministren, dirima nuestras desavenencias. Lleva también el objeto de hacer ver al Gobierno la utilidad y necesidad de fijar el jornal a diez horas de trabajo, y, por último, la comisión persuadirá al Gobierno de la conveniencia de la libre asociación, que en todos los tiempos reclama el obreropor ser el único medio que conduce a alcanzar una paz octaviana en sus diferencias (…)Por esto, pues, es que los representantes de la clase obrera se dirigen para que, comprendidas en el verdadero sentido sus quejas, tengáis a bien, una vez que nos hemos visto obligados a dejarlos talleres para el definitivo arreglo de nuestras diferencias, continuaremos sin ocuparnoshasta tanto que haya regresado la comisión que se halla en Madrid, y que así lo tenemos a la misma ofrecido, con lo que contribuiremos al más pronto arreglo de las diferencias de la claseobrera de Cataluña.¡Viva Espartero!¡Viva la Milicia Nacional!¡Viva la libertad!¡Viva la libre asociación, orden pan y Trabajo !”

La Unión de Clases a la clase obrera. Barcelona, Julio 1855.

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ALTERNANCIA MODERADOS – UNIÓN LIBERAL 1856- 1868 . En 1856 la inestabilidad política provoca la disolución de las Cortes y la dimisión de Espartero.

. La alternancia de gobierno entre Narváez como Moderado y O´Donnell, creador del unionismo, intentó ser práctica buscando el progreso económico como objetivo político. Aún así, esta etapa es un claro ejemplo de descomposición en la política. El trabajo por elevar el prestigio de España con actuaciones como la Guerra de Marruecos 1859-1860 o la intervención en Méjico junto a Francia no tapó el ascenso de las clases medias y el obrerismo que llevaron a González Bravo a un sistema casi dictatorial.

. Fracasó la alternancia por la camarilla de la reina que tomó partido por los moderados ayudándoles en conspiraciones. Los partidos anti-isabelinos (progresistas y demócratas) se unieron en Bélgica, en el Pacto de Ostende, al que incluso se incorporaron los unionistas y en 1866 el fin de la reina estaba cantado, sobretodo al morir sus dos valedores Narváez y O´Donnell. Tras la incruenta batalla de Alcolea, sólo quedaba destronar a Isabel y buscarla un exilio.

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.

CONSECUENCIAS Y BALANCE DEL REINADO DE ISABEL II.

•Afianzamiento de la Monarquía Constitucional de partidos como sistema político y de poder a pesar de la inestabilidad de la época.

•Imposibilidad de gobiernos estables ( hubo más de 50), por la división interna de los partidos y el intervencionismo partidista de Isabel II, que por falta de preparación no comprendió su papel moderador dentro de una Monarquía Constitucional.

•Protagonismo político de los militares (pronunciamientos), por la imposibilidad de llegar al poder debido a la falta de mecanismos legales para ello y transparencia en los procesos electorales. No se trata de gobiernos de militares pues los pronunciamientos son de partidos que utilizan al ejército como ariete para derribar al gobierno de turno.

•Despegue económico de la burguesía gracias al crecimiento industrial y el ferrocarril a costa del campesinado, que no accedió a las tierras desamortizadas y a las masas urbanas empobrecidas.

•Imposibilidad de obtener presencia política para fuerzas republicanas y democráticas que quedan fuera del juego constitucional a pesar de tener cada vez más importancia real en las calles.

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El acuerdo se basaba en los siguientes tres puntos: 1º Que el objeto de la revolución en España, es la caída de los Borbones.2º Una vez destituida la Reina Isabel II,  la validación del cambio de régimen sería mediante  plebiscito, si las circunstancias no se oponían a ello, o por unas Cortes Constituyentes elegidas por el sufragio universal. También se afirmaba que seguía siendo la monarquía el régimen político y que sería una nueva la dinastía que debía reemplazara la actual. Hasta llegado ese momento, había de ser absoluta la libertad de imprentas, y sin ninguna limitación el derecho de reunión, para que la opinión nacional pudiese ilustrarse y organizarse convenientemente; sin que el gobierno provisional, que saliera de la revolución, pudiera influir como tal en la resolución de la cuestión fundamental; sin perjuicio de que la personas que lo compusieran pudieran sostener privada y públicamente sus opiniones individuales.3º Se reconocía como jefe y director militar del movimiento al General Prim, que podría emplear en lo que juzgara conveniente, a los presentes y sus amigos.

PACTO DE OSTENDE16 AGOSTO DE 1866

ASAMBLEA CONSTITUYENTEGOBIERNO PROVISIONALPRIM EN BRUSELAS PROGRESISTACASTELAR PI Y MARGALL EN PARIS DEMÓCRATA

PACTO DE BRUSELAS30 JUNIO 1867 SE AÑADE LAUNIÓN LIBERAL DE SERRANO

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AUTOREPASO

En las siguientes diapositivas encontrarás cuadros y textos que te pueden ayudar a repasar los contenidos.

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REGENCIAS

Mª CRISTINA 1833-1840ETAPA DE COMPROMISO 1833-1835CEA BERMÚDEZ/ M.DE LA ROSA

ESTATUTO REAL 1834ETAPA DE RUPTURA 1835-1840

MENDIZÁBALCONSTITUCIÓN 1837

ESPARTERO 1840-1843

REINADO EFECTIVOISABEL II 1843-1868

DECADA MODERADA 1844-1854NARVÁEZCONSTITUCIÓN 1845

BIENIO PROGRESISTA 1854-1856O´DONNELLCONSTITUCIÓNNONNATA 1856

MODERADOS-UNIÓN LIBERAL1856-1868

NARVÁEZ-O´DONNELLPACTO DE OSTENDE

REPASO ISABEL II

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Denominación

Fecha de Creación

Principios políticos

Líderesprincipales

Bases sociales

MODERADOS Regencia de María Cristina

Liberalismo doctrinario: régimen constitucional con poder ejecutivo fuerte. Constitución de 1845

Martínez de la RosaNarváezBravo Murillo

Aristocracia y alta burguesía terrateniente, industrial y financiera

PROGREISTAS

Cortes de 1837

Defensa de las libertades políticas burguesas, de la soberanía nacional, sufragio censitario amplio y autonomía económica

ArgüellesEsparteroMendizábalPrimSagasta

Burgueses industriales,Comerciantes, pequeños propietarios, artesanos

UNIÓN LIBERAL

1854 coalición electoral, 1858 reorganizado como partido

Centristas de compromiso caracterizados por su pragmatismo: soberanía nacional, monarquía constitucional y buena administración

SerranoO´Donnell

Artesanos, clases medias urbanas e incluso nobles y burgueses de las finanazas e industriales.

DEMÓCRATAS 1848 Sufragio universal masculino y defensa de algunos derechos sociales

José OrenseE. Figueras

Burguesía media, intelectuales y estudiantes

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La Unión Liberal la forma O´Donnell en 1854 y es refundada como partido en 1858.sus partidarios se llamaron los “resellados”, elementos de moderados y progresistasque querían mantenerse en medio de las luchas políticas. Para ellos los moderados eran demasiado proclives al autoritarismo y los progresistas no sabían diferenciar libertadde anarquía. Los progresistas puros odian a O´Donnell por haber acabado con el Bienio.Critican que era un partido creado desde el gobierno y lleno de aprovechados. Calvo Asensio:” La Unión Liberal no tiene otra misión que destruir (Milicia Nacional), nada ha creado, nada puede crear (…) no tiene tradiciones, ni historia, ni principios y no tiene porvenir “. Posee una gran influencia de Napoleón III : Obras Públicas, política exterior de prestigio más romántica que para resolver problemas. La Unión Liberal no cayóen la lucha política, ni por un pronunciamiento o unas elecciones, desapareció por su incapacidad para seguir en el poder sin el constante apoyo de la reina.

En los textos que aparecerán en la siguiente diapositiva debes intentar razonar a qué tendencia política pertenecen.

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TEXTO 1Bástanos observar que en todos los pueblos de Europa que nos han precedido en la carrera de gobierno representativo se ha tomado la propiedad por signo exclusivode la capacidad electoral, para adoptar este mismo principio, acreditado sólidamentepor la experiencia, sin necesidad de persuadir con razones metafísicas que la propiedad, cuando es patrimonial, supone una educación respectivamente más esmerad, y cuando es adquirida por la industria propia, prueba una inteligencia más que común”

TEXTO 2El sufragio universal, que es el pueblo haciendo sus leyes; un ejército verdaderamentenacional, que es el pueblo también defendiendo la patria, y en ella el orden y con el ordenla libertad; y el jurado, que es el pueblo todavía ejerciendo quizá la más alta de sus funciones, forman por decirlo así, los tres puntos de apoyo en que descansa todo el edificio moderno…

TEXTO3El sufragio universal no vino aquí en virtud de un movimiento de la opinión, después de una lenta educación (…)La revolución la decretó ambiciosa y arrogante, creyendo que con sólodecretarla, operaba también la emancipación de lo que llama el cuarto estado…Si, pues, vino de esta manera, si lo trajo una tempestad, otra se lo ha llevado(…) La calma y la reflexión deben conducirnos a ensayos y tentativas en materia electoral en los que se tomen en cuenta el ensanche y los hábitos creados por el ejercicio del sufragio universal en los últimos años.

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Est

ESTATUTO REAL 1834

CONSTITUCIÓN 1837

CONSTITUCIÓN 1845

CONSTITUCIÓN 1856 NONNATA

Soberanía

ConjuntaLa nacional ni se nombra

Sí. Se cita en el preámbulo

Conjunta. No se habla de ella

Nacional

Poderes No divididosLegislativo el rey

División pero con más poder el Rey que en CádizLegislativo Cortes y rey

Doble confianzaLegislativo Cortes y rey

DivididosLegislativo Cortes y rey

Cámaras 2 2 2 2

Mª Cristina SargentadaProgresistas

ModeradosNarváez

VicalvaradaO´DonnellEspartero

Page 45: ISABEL II 1833- 1868 REGENCIAS Mª CRISTINA 1833-1840 ETAPA DE COMPROMISO 1833-1835 CEA BERMÚDEZ/ M.DE LA ROSA ESTATUTO REAL 1834 ETAPA DE RUPTURA 1835-1840.

IDENTIFIC A LOS

PERSONAJES

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