Investigación sobre Situación Hidrica de Honduras

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    Investigación Sobre Legislación Hídrica y Manejo de C uencas en Honduras.

    LEGISLACIÓN HÍDRICA Y MANEJOS DE CUENCAS DE HONDURAS, Investigación realizada por Roberto Montenegro, junio de 2008. Este trabajofue compartido durante el desarrollo del Encuentro Regional MARCO

    NORMATIVO DEL AGUA EN CENTRO AMÉRICA: CONSTRUYENDO ALTERNATIVASPARA ENFRENTAR LA CRISIS. El evento se llevó a cabo los días 12 y 13 de juniode 2008, en San Salvador, El Salvador, y la convocatoria estuvo a cargo del ForoNacional del Agua, de este país. El texto íntegro del trabajo es el siguiente:

    INVESTIGACION SOBRE LEGISLACION

    HIDRICA Y MANEJOS DE CUENCAS DEHONDURAS

    TEGUCIGALPA, M.D.C. HONDURAS, C. A.

    MAYO DE 2008 

    Roberto MontenegroConsultor

    C O N T E N I D O

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    Investigación Sobre Legislación Hídrica y Manejo de C uencas en Honduras.

    I. ANTECEDENTES DEL PROYECTO 3

    II. ANTECEDENTES DE HONDURAS 3

    III. INTRODUCCION 5

    IV. MARCO JURIDICO 8

    V. SUSTENTABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS RR. HH. 10

    VI. ENFOQUE DE CUENCA 12

    VII. PARTICIPACION CIUDADANA 19

    VIII. REGULACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS 20

    IX. USOS DEL AGUA 21

    X. REGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE RR. HH. 23

    XI. MONITOREO DE LOS RECURSOS HIDRICOS 27

    XII. INFORMACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS 27

    XIII. PLANIFICACION DE LOS RR.HH. Y CUENCAS 28

    XIV. PROYECTOS RELACIONADOS CON LOS RR. HH. 28

    XV. NORMATIVA REGIONAL DE REGULACION DE RR. HH. 29

    XVI. ENTE REGULADOR DE LOS RECURSOS HIDRICOS 29

    XVII. AGUAS RESIDUALES 32

    XVIII. SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO 33

    XIX. SANEAMIENTO 33

    XX. PARAMETROS DE CALIDAD DE AGUA 37

    XXI. INFRACCIONES Y SANCIONES 57

    XXII. PROBLEMÁTICA HIDRICA EN EL DEPTO. DE LEMPIRA 63

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    XXIII. BIBLIOGRAFIA 81

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    I. ANTECEDENTES DEL PROYECTO:

    El Proyecto Regional “Reducción de Riesgos en Centroamérica”, Referencia600/10182, es coordinado por Asesoría a programas y Proyectos de Desarrollo(ASPRODE) de el salvador y financiado por la Organización Católica para Ayudade Emergencias y Desarrollo (CORDAID) de Holanda.

    Dicho Proyecto es ejecutado por Caritas de El Salvador, Caritas de Honduras y elInstituto Juan XXIII de Nicaragua y contempla acciones de Gestión de Riesgos enesos tres países y Guatemala y además otras acciones más de carácter regional.El Proyecto tiene un eje articulador y seis ejes principales, los dos primeros decarácter regional y los cuatro restantes relacionados con problemáticas concretasen cada uno de los países participantes.

    Dados los problemas históricos y recientes relacionados con inundaciones y

    sequías en toda la región centroamericana y la cada vez más crecienteproblemática relacionada con la escasez y la mala distribución de agua potable; seha decidido en ese eje articulador del proyecto sea la sustentabilidad del recursohídrico y que en ese sentido, las acciones de tipo regional y algunas a impulsar enlos países, giren alrededor de dicha problemática.

    En congruencia con lo anterior, el componente en que se enmarca estaconsultoría es: incidencia política, a través de foros, debates, simposios públicosde carácter regional y cuyo eje orientador será la sustentabilidad de los recursoshídricos centroamericanos, este componente será coordinado por  ASPRODE enalianza con la Unidad Ecológica Salvadoreña (UNES) y otras redes de ONGsexistentes en cada uno de los cuatro países.

    II. ANTECEDENTES DE HONDURAS:

    La Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), es la instituciónpública responsable de la formulación, coordinación, ejecución, y evaluación depolíticas relacionadas con la protección y manejo de los recursos hídricos, energíahidroeléctrica y geotérmica, ambiente ecosistemas, áreas protegidas, flora, fauna,parques nacionales y contaminación.

    La Institución tiene un mandato de actuación funcional y temático sumamenteamplio, que debe de ser cumplido por un sistema de organizaciones vinculadas altema del agua.

    El proceso de modernización constituye un proyecto de gran importancia, quebusca precisar e implementar el sistema de gestión de los recursos hídricos deHonduras, actuando como un facilitador de la búsqueda de soluciones para losproblemas que el país enfrenta en su gestión ambiental. En tal sentido, las

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    autoridades de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), podrántomar decisiones para adoptarlo, mejorarlo e implementarlo, con el fin de contribuira mejorar varios aspectos de la gestión hídrica en Honduras.

    Los instrumentos de la Gestión Integrada del Recurso Hídrico deben ser los

    pilares de la cadena de instrumentación para el logro de los objetivos de lamodernización del sector en el país. Por lo tanto, con el fin de lograr un equilibrioen el tema agua como servicio y como recurso, se deberán tener en cuenta: laeficiencia económica, la búsqueda de la información; la equidad como ambientepropicio para el marco jurídico que contempla las políticas y estrategias y la leygeneral del agua hasta su reglamentación, sin dejar al margen la sostenibilidadambiental, donde el marco institucional debe de involucrarse, para que prevalezcael concepto de Unidad de Cuenca, como base fundamental de la gestión delrecurso, llegando a los sectores privados, públicos, locales y municipales.

    Actualmente, en Honduras el marco institucional es tan complejo como los actoresinvolucrados en el mismo, para la gestión, uso y conservación del recursoincluyendo la planificación, regulación, administración y recolección de lainformación, donde están involucradas más de 20 instituciones públicas yprivadas.

    Honduras cuenta con una superficie territorial de 112,492 (ciento doce milcuatrocientos noventa y dos) kilómetros cuadrados, con una población deaproximadamente 7,000.000 (Siete Millones) millones de habitantes y ladensidad de la población es de 58.1 (cincuenta y ocho punto uno) habitante por

    kilómetro cuadrado.

    El producto interno bruto per cápita es de USA $ 970.00 (novecientos setentadólares), la disponibilidad del recurso hídrico per cápita es de 13.776 (trece milsetecientos setenta y seis) metros cúbicos por año, con una extracción total deagua de 267 (doscientos sesenta y siete mil) metros cúbicos de agua por año,teniendo una cobertura de agua mejorada del 79.5% (setenta y nueve punto cincopor ciento).

    La población urbana tiene el 82.9 % (ochenta y dos punto nueve por ciento) deacceso, la población rural tiene el 66.0 % (sesenta y seis punto cero por ciento) deacceso, la cobertura de saneamiento es del 67.6 % (sesenta y siete punto seis porciento) donde se establece que la población urbana tiene el 87.9 % (ochenta ysiete punto nueve por ciento) de cobertura, y la población rural tiene un 50%(cincuenta por ciento).

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    El área sembrada es de 11,25 (once millones doscientos cincuenta mil)hectáreas, el área agrícola sembrada bajo riego en relación al área total es de18% (diez y ocho por ciento) del área total. El país cuenta con los siguientessistemas de riego: 73.669 (setenta y tres mil seiscientos sesenta y nueve)hectáreas de tierra agrícola bajo riego, 15.058 (quince mil cincuenta y ocho)

    hectáreas pertenecen al sector público y 58.611 (cincuenta y ocho mil seiscientosonce) hectáreas al sector privado.

    La contribución de la agricultura a la economía del país es de USA $ 933.2(novecientos treinta y tres punto dos) millones al año. El total de las áreasprotegidas es de 1,842.000 (un millón ochocientos cuarenta y dos mil) hectáreas,la capacidad de energía eléctrica instalada es de 1.162.3 (un millón ciento sesentay dos mil trescientos) MW, el potencial hidroeléctrico económicamenteaprovechable es de: 4.654,5 (cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro milquinientos) MW. Con una cobertura de electrificación del 60,6%.

    Desde el punto de vista hidrológico y debido a la naturaleza montañosa del país,su suelo está surcado por innumerables corrientes de agua. El 87% (ochenta ysiete) por ciento de las 19 (diez y nueve) cuencas del país drenan hacia el OcéanoAtlántico, mientras el 13% (trece) por ciento restantes drena hacia el Pacífico. Enla vertiente del Pacífico se concentra el 32% (treinta y dos) por ciento de lapoblación.

    Los ríos más caudalosos son: Patuca, Ulúa y Aguán. El Río Choluteca ha sidoconsiderado como de gran importancia en vista que en esta cuenca se concentra

    el mayor porcentaje de la población hondureña, siendo ésta también la másdeteriorada, en relación al uso del suelo y al grado de contaminación. El único lagonatural del país es el lago de Yojoa, el cual provee un caudal de 23 (veinte y tres)metros cúbicos de agua por segundo para la producción de energía hidroeléctricaeléctrica. Dicha zona es la de mayor precipitación del país.

    III. INTRODUCCION:

    El proceso de investigación sobre legislación hídrica y manejo de cuencas enHonduras, responde a la iniciativa de contribución a la reducción del riesgo dedesastres en Centroamérica, a través del impulso de un trabajo articulado en

    cuatro países de la región y con un enfoque de gestión ecológica del riesgo.

    Esta investigación técnica jurídica tiene como propósito conocer la información delmarco jurídico hondureño que norma y regula los recursos hídricos y los deberes yobligaciones de las personas y del Estado en la gestión de los recursos hídricos,realizando análisis de temas puntuales que puedan servir como insumos en la

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    formulación de una propuesta de marco regulatorio a nivel regional para losrecursos hídricos.

    En tal sentido se establece la relación de políticas, leyes, tratados y normasvinculantes al tema hídrico, y en el caso de Honduras se considera el

    anteproyecto de la ley general de Aguas, misma que actualmente se encuentra enpoder de la comisión de recursos hídricos del Congreso Nacional de la República,y la Política Nacional de los Recursos Hídricos de Honduras, en su fase final, listapara ser presentada al Poder Ejecutivo.

    El agua es el recurso natural del que depende la vida humana, la seguridadalimentaria; y la salud de los seres humanos y de los ecosistemas. El concepto deSector de los Recursos Hídricos se refiere a todas las partes del ciclo hidrológicoque cumplen con las funciones generales, económicas, sociales y de sustento dela vida; y las de atender todas las necesidades posibles de agua, con inclusión de

    las económicas, las sociales y las ambientales. A éstas hay que agregar aquelloselementos como: la precipitación, evaporación, evo transpiración o infiltración, lascuales son tan importantes como las aguas superficiales y subterráneas, ríos,humedales, lagos, acuíferos, etc.

    La utilización del recurso hídrico y la forma en que se procede, varía según elsub-sector. Los principales sub-sectores de este recurso son: El abastecimiento deagua potable, el riego, el drenaje, el transporte de desechos por agua, la energíahidroeléctrica, la navegación, la prevención de desastres naturales relacionadoscon las sequías e inundaciones, la pesca, el turismo, la recreación, la

    conservación de la naturaleza; y la conservación de los ecosistemas de aguadulce, salubre y salina. Todos y cada uno de ellos revisten gran importancia en losdiferentes sectores del país.

    Se habla de extracción de agua cuando se toma de la fuente para ser utilizadaprincipalmente para fines agrícolas como el riego y el abrevadero, así como parausos industriales y domésticos. El volumen de agua que se pierde por conceptode evaporación en los embalses, sin constituir una extracción propiamente dichaes de mucha importancia para ser considerada.

    Se usa agua sin extraerla de su fuente, principalmente para la generación deenergía hidroeléctrica y otros fines como el turismo y la conservación de losecosistemas. Existe un consenso a nivel regional e internacional que indica quelas prácticas actuales no son sostenibles desde el punto de vista económico niambiental. Las fuerzas que impulsan estas prácticas se deben tanto a lascrecientes demandas y a los diferentes aprovechamientos, como también a la

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    necesidad de elegir entre los usos, usuarios y las generaciones que compiten porlos recursos naturales que ya de por sí, escasos.

    La necesidad de conservar el agua, la sustentabilidad del sector ambiental, elreconocer que el agua reviste importancia tanto económica como social; y el

    hecho que al maximizar su uso en forma independiente, los beneficios de cadauso específico crean graves conflictos relacionados con su calidad y cantidad.

    Una visión congruente con los adelantos en la conceptualización del sector hídricoes el enfoque orientado a la Gestión Integrada del Recurso Hídrico (GIRH),aceptada como un proceso en el cual se desarrollan actividades que permitenalcanzar el objetivo a través de un buen diagnóstico, capaz de determinar lasituación del sector y su aprovechamiento desde la iniciativa de multipropósito.

    La nueva visión permite al país aplicar instrumentos técnicos y jurídicos capacesde propiciar una buena gestión del recurso hídrico; y de resolver los problemas yconflictos generados en su uso.

    Los objetivos asociados están íntimamente relacionados con la Estrategia para laReducción de la Pobreza (ERP), así como de la Cuenta del Milenio, en los cualespersigue alcanzar una mejor calidad de vida para los seres humanos,garantizando la sostenibilidad del medio ambiente.

    La cuenca como la unidad de gestión del recursos hídrico, es un factordeterminante para mejorar dicha gestión, además de ser un concepto aceptadoa nivel mundial, también ha sido incluida en los últimos convenios internacionales

    firmados por Honduras. Este mismo concepto ha sido incluido en la formulación dela Política Nacional de los Recursos Hídricos de Honduras, en el ante proyecto dela ley general de aguas y la ley de ordenamiento territorial, en donde se abren losespacios para la creación de organismos de cuenca con la idea de mejorar lagestión del recurso hídrico.

    Se observa actualmente una continua y permanente degradación de las cuencasnacionales, evidenciada en los altos índices de sedimentación. Sumado a loanterior, son evidentes los efectos negativos de su administración, los desastresnaturales y la demanda de la sociedad, lo que se ha agravado por una alarmante

    tasa de deforestación anual promedio de cien mil (100,000) hectáreas de bosques.A esto también se agrega la contaminación extrema en los ríos debido en granmedida a que no se incluye el tratamiento de las aguas servidas previo a sudescarga en los cuerpos de agua superficial. Se estima que apenas un cuatro porciento (4%) de las aguas servidas a nivel nacional contemplan algún tipo detratamiento o procesos similares.

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    IV. MARCO JURIDICO:

    En cuanto al Marco Jurídico, se ha construido un consenso sobre la prioridad deactualizar el marco legal para la gestión del recurso hídrico, con el fin de ordenarla actuación del Estado, eliminando la dispersión de responsabilidades y promoverla participación formal de la sociedad civil. Los análisis realizados previamentecoinciden en señalar la multiplicidad de instrumentos jurídicos y técnicos, paraordenar y manejar la gestión integrada del recurso. Lo anterior ha motivado losesfuerzos legislativos en torno al proyecto de ley de aguas, cuya discusión seencuentra actualmente en el seno de la cámara legislativa del Congreso Nacional.

    Sin dejar de reconocer la prioridad de la reforma legal del sector, aun antes de laaprobación del proyecto de ley de aguas, es posible avanzar, en la Formulación dela Política y Estrategia Nacional de los Recursos Hídricos. Dentro del marco

     jurídico, se establecen una serie de leyes vinculantes al recurso hídrico como ser:La Constitución de la República, Ley General del Ambiente, Ley deAprovechamiento de Aguas Nacionales, Ley de Municipalidades, Código Civil, LeyMarco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, Ley Forestal, ley deOrdenamiento Territorial entre otras.

    Es de interés nacional impulsar el esfuerzo para modernizar el marco jurídicovigente, ligado a los principios de la política hídrica y a una visión de largo plazo.La legislación en la materia debe contemplar la aplicación de instrumentos degestión que, congruentes con las realidades del país, permitan corregir lasineficiencias y las reasignaciones del recurso hídrico hacia usos de mayor interéssocial, económico y ambiental.

    Uno de los problemas identificados como causante de esta situación es el vacío jurídico existente, como ejemplo: existe una ley de aprovechamiento de aguasnacionales de 1927; y por otra parte, se carece de políticas y estrategias hídricas(actualmente en proceso de socialización) que permitan resguardar y enfrentaresta problemática, con un sentido más comprometido en la planificación yconservación del recurso agua.

    Es necesario reconocer que cualquier conjunto de acciones concretas, dirigidas asolucionar la problemática de la gestión del recurso, tendrá que involucrar a todoslos entes que intervienen en la gestión del agua.

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    Los organismos internacionales han manifestado gran preocupación en el temadel agua, los cuales están financiando proyectos enmarcados en la creación depolíticas hídricas y la actualización del marco jurídico relacionado con el agua.

    A pesar de los avances realizados en manejo de aguas, en áreas como:

    abastecimiento y saneamiento, uno de los principales problemas que se presentaes que la utilización de los recursos hídricos ha sido considerada solamente unacuestión de producción y consumo y no de manejo integrado, en que deberían serincorporados tanto sus vínculos con otros usos del recurso, como los factoresrelacionados con el abastecimiento y los cuerpos receptores de desechos.

    En los últimos años se ha logrado un consenso a nivel internacional, sobre losprincipios básicos para un manejo eficiente y sostenible del recurso agua, basadosen los principios de Dublín: eficiencia económica, sostenibilidad ecológica, equidady eficacia. Estos principios han sido reconocidos y adoptados en numerosos foros

    realizados en América Latina y el Caribe.

    Tales principios están presentes en las declaraciones de San José y de BuenosAires, de mayo y septiembre de 1996 respectivamente, entre otras; yadicionalmente resultan de las recomendaciones del Comité Técnico Asesor de LaAsociación Mundial para el Agua (Global Water Partnership, 1996). Paraincorporar estos principios en la legislación de recursos hídricos, las leyes debende tomar en cuenta ciertos factores, que incluyen: reconocimiento de leyeseconómicas, desarrollo de la capacidad institucional, descentralización deactividades a niveles apropiados, diseminación de información, educación de

    usuarios y democratización de sistemas de manejo.

    Además, una legislación de aguas debe cumplir, desde un punto de vista práctico,con los propósitos siguientes: 1) permitir y facilitar un enfoque integral en elmanejo de los recursos hídricos, siguiendo los principios de Dublín, San José yBuenos Aires; 2) minimizar conflictos y agilizar procesos de solución; 3) tener altasposibilidades de aplicación.

    El Proceso de Modernización del Sector Hídrico Nacional se constituye en unaprioridad del Estado, por su contribución indispensable en torno al desarrollo socialy económico del país, con características de sostenibilidad por medio de lamodernización y descentralización de la institucionalidad democrática yparticipativa; con características de competitividad productiva, a través de laampliación del acceso a las oportunidades para todos y el mejoramiento en lacalidad de vida, como objetivo base de la Estrategia de la Reducción de laPobreza, pretendiendo lograr un compromiso nacional, público y privado,

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    institucional y cívico; que permita enfrentar con éxito la responsabilidad de lasociedad con el medio ambiente y las generaciones futuras.

    EL tema del agua en la actualidad está relacionado con la necesidad de contarcon una legislación hídrica que, mediante su aplicación, garantice una gestión

    integral del recurso hídrico. Esto debido a la necesidad que las sociedades tienende su utilización para su desarrollo e incluso su subsistencia. Los resultados deuna incorrecta gestión del agua o una utilización de la misma, sin criterios deconservación, se traducen en consecuencias de magnitudes nacionales por lo quees correcto decir que la gestión hidrológica merece rango de situación de Estado.

    V. SUSTENTABILIDAD EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS HIDRICOS:

    El agua es un recurso elemental para la vida de todas las especies en la tierra y,para el desarrollo económico y social de la humanidad., en la actualidad lautilización y la demanda de agua dulce, así como la incidencia de la contaminacióndel agua, siguen aumentando debido al crecimiento de la población y la ampliaciónde las actividades económicas.

    Aproximadamente el 70% de la base de recursos de agua dulce que se explota enel mundo se desvía hacia la agricultura. El 30% restante se utiliza en los hogares yla industria, durante el último decenio, el acceso al suministro de agua apta para elconsumo y al saneamiento adecuado  apenas ha mantenido el ritmo delcrecimiento de la población, y la demanda de agua para la producción dealimentos y fibras es cada vez mayor.

    Se estima que en los dos próximos decenios la utilización de los recursos hídricospor parte de los humanos aumentará en un 40% y que se necesitará un 17% másde agua para la producción de alimentos destinados a la población cada vez másnumerosa en los países pobres. Se prevé que una tercera parte de los países delas regiones afectadas por la falta de agua en el mundo encaran una gran escasezde agua.

    En la Declaración de la Cumbre sobre Desarrollo Sostenible celebrada enJohannesburgo se ratifico el compromiso con de reducir a la mitad, para elaño 2015, el porcentaje de personas que carezcan de acceso al agua potable

    o que no puedan costearlo.El agua es un recurso totalmente vinculado al Desarrollo sostenible, ya queesta intrínseco en todos los ejes de este, de tal forma que sin agua no existeel desarrollo sostenible, es un bien social, ambiental y económico, ademásque la eficiencia de la utilización del agua, en combinación con una mayordisponibilidad de ese recurso, es fundamental para satisfacer lasnecesidades presentes y futuras de la humanidad.

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    Es fundamental contar de un criterio integrado de los recursos hídricos,donde el gobierno, el sector privado y la sociedad civil, deben encarar losretos sociales, económicos y ecológicos planteados por el aumento y laintensificación del empleo y la utilización indebida de los recursos hídricosfinitos y vulnerables, y la necesaria ampliación del acceso al abastecimiento

    de agua apta para el consumo y a las instalaciones de saneamientoadecuadas para las actividades sociales y económicas.

    En Honduras es motivo de de preocupación el hecho de que los pobres conel acceso más limitado a los servicios de abastecimiento de agua tengan quepagar a proveedores privados más de lo que pagan los usuarios conectadosa fuentes municipales de abastecimiento de agua.

    Los ecosistemas acuáticos y los situados en la tierra dependen del agua, yhay que prestar especial atención a las zonas ecológicas más vulnerables.Las preocupaciones ecológicas y la protección del medio ambiente debenconstituir una prioridad importante para la asignación de los recursoshídricos, tanto los que se encuentran aguas arriba como los que están aguasabajo.

    La Ley General del Ambiente de Honduras, define el concepto de desarrollosustentable como “El proceso de mejoramiento sustentable y equitativo de lacalidad de vida de las personas, fundamentado en medidas apropiadas deconservación y protección del medio ambiente, de manera de nocomprometer las expectativas de las generaciones futuras”, constituyéndosela Política Ambiental de Honduras en un pilar del desarrollo sostenible.

    El Gobierno de la República de Honduras, establece la Política Ambiental delPaís con el propósito de: “Orientar el accionar coherente de la sociedad y delGobierno a fin de conseguir una elevada calidad ambiental y asegurar el uso

    sustentable de los recursos naturales (En donde están incluidos los recursoshídricos) con el propósito de mejorar la calidad de vida de la poblaciónlogrando el crecimiento económico sustentable y manteniendo lasoportunidades para las generaciones futuras”.

    La Política Nacional de los Recursos hídricos de Honduras, actualmente enproceso de socialización, previo a la aprobación por el poder ejecutivoestablece en sus lineamientos: “El aprovechamiento de los recursos hídricosde forma sostenible para maximizar los beneficios” y “La valorización integralde los recursos hídricos en función del desarrollo sostenible: ambiental,social y económico.

    La Ley vigente de Aprovechamiento de Aguas Nacionales que data del añode 1927 no contempla la sustentabilidad de los recursos hídricos.

    El Ante Proyecto de la Ley General de Aguas, contempla en el marco de sucontenido la sustentabilidad de los recursos hídrico por medio de diferentesmecanismos emanados de la Autoridad del Agua.

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    VI. ENFOQUE DE CUENCA:

    La cuenca hidrográfica es la unidad territorial delimitada por las líneasdivisorias de aguas superficiales que convergen hacia un mismo cauce yconforman espacios en el cual se desarrollan complejas interacciones einterdependencias entre los componentes bióticos y abióticos, sociales,económicos y culturales a través de flujo de insumos, información yproductos.

    En Honduras existen 19 cuencas hidrográficas:

    1. Cuenca de Rio Patuca.

    2. Cuenca del Rio Choluteca.

    3. Cuenca del Rio Motagua.

    4. Cuenca del Rio Aguan.

    5. Cuenca del Rio Lean.

    6. Cuenca del Rio Sico – Paulaya.

    7. Cuenca del Rio Lempa.

    8. Cuenca del Rio Guascoran.

    9. Cuenca del Rio Nacaome.

    10. Cuenca de los Ríos Negro y Sampile.

    11. Cuenca del Rio Wans, Coco o Segovia.

    12. Cuenca del Rio Cuyamel y Tulian.

    13. Cuenca del Rio Chamelecón.

    14. Cuenca del Rio Ulúa.

    15. Cuenca del Rio Plátano.

    16. Cuenca del Rio Cangrejal.

    17. Cuenca del Rio Lislis.

    18. Cuenca del Rio Wuarunta.

    19. Cuenca del Rio Cruta.

    La Ley actual de Aprovechamiento de Aguas Nacionales de 1927, nointroduce en su legislación el tema de cuencas hidrográficas.

    La ley General del Ambiente establece que le corresponde al Estado y a lasMunicipalidades en su respectiva jurisdicción, el manejo, protección yconservación de las cuencas y depósitos naturales de agua, incluyendo lapreservación de los elementos naturales que intervienen en el procesohidrológico. Los usuarios del agua, sin importar el fin a que se destine, están

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    obligados a utilizarla en forma racional, previniendo su derroche y procurandocuando sea posible, su re utilización

     Artículo 100 de la ley General del Ambiente

    Créase la Red Nacional de Cuencas Hidrográficas, a fin de coordinar laadministración de los Recursos Hídricos, mejorando su calidad y cantidad, con elpropósito de garantizar a la población el uso permanente del recurso.

    Formarán parte de esta Red las Secretarías del Ambiente, Recursos Naturales,Salud Pública y Planificación, Coordinación y Presupuesto; la CorporaciónHondureña de Desarrollo Forestal, el Instituto Nacional Agrario, el ServicioAutónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados y la Dirección Ejecutiva delCatastro, pudiéndose incorporar otros órganos posteriormente por razón de sucompetencia.

    Su coordinación corresponderá a la Secretaría de Estado, en el Despacho deRecursos Naturales a través de la Dirección General de Recursos Hídricos y de laCorporación Hondureña de Desarrollo Forestal.

    La Red Nacional de Cuencas Hidrográficas (RENACH), es la instancia o foro decoordinación que funciona a escala nacional, apoyada por organizaciones oinstituciones nacionales para gestionar las estrategias y ejecutar acciones eintercambio de información con relación al manejo integrado de los recursosnaturales y su ambiente en las cuencas hidrográficas.

    La misión de la Red Nacional de Cuencas Hidrográficas es: promover, coordinar, y

    gestionar la cooperación entre todos sus miembros y actores participantes de lacuenca alta, media y baja para unir y compartir esfuerzos hacia la protección ymanejo sostenible de las cuencas hidrográficas.

    Algunas de las funciones de la Red Nacional de Cuencas Hidrográficas(RENACH), es el intercambios de las técnicas, teorías y metodologías deabordaje para el manejo de micro cuencas, así como proyectos validados por susmiembros; como también el mantenimiento de relaciones permanentes con lasinstituciones nacionales e internacionales que invierten recursos financieros encuencas hidrográficas y promover la capacitación de sus instituciones y sus

    miembros a efecto de lograr una mayor eficiencia en el funcionamiento interno yexterno de la red.

    La Red Nacional de Cuencas Hidrográficas atenderá entre otras, algunasprioridades como ser: selección de cuencas prioritarias en donde los procesoshidrológicos se evalúen con profundidad, así como el impacto de las actividades

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    humanas, promoción de acciones locales en torno al manejo del agua, tomandocomo unidad de planificación la cuenca hidrográfica, promoción de la eficiencia enel aprovechamiento y uso del agua y vinculación con los programas de educacióndirigidas hacia el desarrollo de una nueva cultura del agua.

    El ante Proyecto de la Política Nacional de los Recursos Hídricos deHonduras, establece en uno de sus lineamientos que la Cuenca es la UnidadBásica de la Gestión Integral de los Recursos Hídricos y que la gestiónintegral de los recursos hídricos se basa en la cuenca como unidad degestión y para su administración es indispensable la intervención de lasmunicipalidades, juntas de agua, de los usuarios, de las organizacionessociales, y del ciudadano común en la gestión, para reflejar el carácter debien ambiental, social y económico de los recursos hídricos.

    Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento:

     Articulo 2.3 “ Establecer el marco de gestión ambiental, tanto para laprotección y preservación de las fuentes de agua, como para el saneamientoy el manejo de descargas de efluentes”.

     Artículo 6.11  “Gestión Integral: La obligación inexcusable y asociada de losprestadores de servicio de realizar tareas de protección ambiental en lassecciones y recorrido de las cuencas de donde toman el recurso y realizan elvertido”.

     Articulo 20.  “Los ingresos derivados de los servicios de agua potable ysaneamiento, se invertirán en actividades relacionadas con esos serviciospara su mantenimiento, mejoramiento, el manejo de cuencas o ampliación enlos sistemas”.

     Articulo 24.  “Para el cumplimiento de las normas de calidad requeridas enlos servicios de agua potable y saneamiento, el Ente Regulador velaráporque los prestadores cuenten con planes de inversión viables, que lespermitan gradualmente ejecutar la construcción de las instalaciones de

    saneamiento necesarias y el desarrollo de proyectos de protección ambientalen las áreas de cuencas, subcuencas y microcuencas en donde se ubiquenlos acuíferos o fuentes de agua superficiales o del subsuelo y donde serealicen los vertidos de efluentes”

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    El Anteproyecto de la Ley General de Aguas en su segundo capítuloestablece la conformación de los “ Organismos de Cuenca yPartic ipación Ciudadana” :

     Ar ticu lo 22 Naturaleza de los Consejos de Cuenca.

    “Los Consejos de Cuencas que integran y representan a sus respectivosConsejos de Sub-Cuenca y de Micro-Cuenca son instancias de coordinación yconcertación de las acciones de los agentes públicos y privados involucrados en lagestión multisectorial en el ámbito geográfico de la cuenca. Constituyen entidadesde empoderamiento de la comunidad para asegurar la participación ciudadana enel cumplimiento de la Ley, las políticas y los planes de la gestión hídrica.

    Tienen por finalidad proponer y ejecutar programas y acciones para la mejoradministración de las  aguas, el  desarrollo de la infraestructura hidráulica y la

    preservación de los recursos hídricos de la cuenca”.

     Ar tículo 23 de la Const ituc ión y Ámbi to Geográf ico de los Consejos deCuenca.

    Para la constitución de los Consejos de Cuenca, sub-cuenca y micro-cuenca, serequiere una resolución previa de la Autoridad del Agua, que señalará elrespectivo ámbito geográfico de gestión y los procedimientos técnicos yadministrativos para su funcionamiento de acuerdo a esta ley. Para los efectos delegalidad, los consejos de cuenca deberán gestionar su respectiva personería

     jurídica.

     Ar ticu lo 24. Funciones de los Consejos de Cuenca.

    Los Consejos de Cuenca, tienen las siguientes funciones:

    a) Identificar y proponer para su implementación acciones que en el ámbito dela cuenca para su inserción en los instrumentos del ordenamiento y laplanificación hídrica y de las distintas entidades que gobierno que tenganpresencia en el espacio de la cuenca.

    b) Hacer promoción, concertación, aprobación de iniciativas, líneas deinvestigación e inversiones para su respectiva inclusión en los planes de lacuenca.

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    MAPA DE MACROCUENCAS DE HONDURAS 

    MACROCUENCA

    SUR OCCIDENTAL

    MACROCUENCA

    CENTRO - SUR

    MACROCUENCA ATLANTICA

    MACROCUENCACENTRO - ORIENTE

    MACROCUENCANOR-ORIENTAL

    MACROCUENCACENTRO OCCIDENTE

     

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    VII. PARTICIPACION CIUDADANA:

    El Fortalecimiento de los Procesos de Participación Ciudadana en el manejo delos Recursos Naturales a través de la organización de consejos o autoridades decuenca. Aplicando el principio donde la cuenca hidrográfica se considera la

    unidad de gestión del recurso hídrico, se establecerán organismos de cuencas,abocados a la gestión coordinada y participativa de los recursos hídricos, dentrode los límites de su circunscripción territorial.

    La delimitación administrativa de estos organismos dependen al menos de trescriterios: delimitación hidrográfica, capacidad administrativa de la autoridadencargada de la gestión y homogeneidad sociopolítica de las personas queocupan el territorio.

    En todo caso, la delimitación geográfica para la gestión de los recursos hídricos

    reconocerá las realidades de la división geopolítica del país.

    El lineamiento 7 de la Política Ambiental de Honduras establece que  “ElEstado promoverá la participación ciudadana en todos los aspectos y niveles de lagestión ambiental”.

    “El Estado, aprovechara las estructuras y procesos de participación ciudadanaexistentes en el ámbito Nacional, Municipal, y Local, promoviendo la integracióndel tema de la problemática ambiental dentro de los diferentes planes dedesarrollo como: Planes de Ordenamiento Territorial, Planes estratégicosDepartamentales o Planes de Desarrollo Municipal, entre otros”.

    El Princip io 3 del Ante Proyecto de la Política Nacional de los RecursosHídricos de Honduras, establece que  “La Gestión del Agua con ParticipaciónSocial y Equidad de Género”, estableciendo que la gestión integral de los recursoshídricos se realizara con participación ciudadana, responsabilidad ciudadana ygenero.

    El articulo 3 inciso d del Ante Proyecto de la Ley General de Aguasestablece que  “La participación ciudadana se hará efectiva en la planificación dela gestión, el aprovechamiento y la conservación”.

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    VIII. REGULACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS:

    La regulación de los recursos hídricos le corresponde a la Secretaria de RecursosNaturales y Ambiente por medio de la Dirección General de Recursos Hídricos,quien es la encargada del cobro del canon por el uso y aprovechamiento del

    recurso.Ley de Aprovechamiento de Aguas Nacionales:

     Ar ticu lo 1. Establece que le “ corresponde al Estado el dominio pleno, inalienablee imprescriptible”.

    I. De el agua de los mares territoriales que bañan sus costas e islas, en laanchura determinada por el derecho internacional, con sus playas y susensenadas, bahías radas, puertos y demás abrigos utilizables para lapesca y la navegación. 

    II. De las aguas de los lagos, lagunas, esteros, ríos y riachuelos de corrientesconstantes, con la excepción del artículo tres. 

     Ar ticu lo 2. Establece que le “Corresponde también al Estado el dominio de lasaguas pluviales que discurren por terrenos nacionales, y el de las aguassubterráneas en ellos encontradas.

     Ar ticu lo 3. Es de propiedad privada:

    I. El dominio de la aguas de vertientes que nacen y mueren dentro de unamisma heredad.

    II. El de las aguas pluviales mientras discurren por un predio privado.III. El de las aguas subterráneas alumbradas en una heredad por el propietario

    de la misma.

     Ar ticu lo 8.  El libre uso del mar territorial, ríos navegables, lagos, lagunas,ensenadas, radas, bahías y abras se entienden para navegar, pescar, embarcar,desembarcar, fondear y otros actos semejantes conforme a las prescripcioneslegales que lo regulen.

    En el mismo caso se encuentra el uso de la playa que autoriza a todos con igualesrestricciones, para transitar por ellas, bañarse, tender y enjugar ropas y redes,varar, carenar, y construir embarcaciones, bañar ganado y recoger conchas,plantas y mariscos.

     Ar ticu lo 9. Mientras las aguas corran por cauces naturales y públicos todospodrán usar de ellas para beber, lavar ropas, vasijas y cualesquiera otros objetos,bañarse y abrevar o bañar ganados con sujeción a los Reglamentos de Policía.

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    El Ante Proyecto de la Política Nacional de los Recursos Hídricos de Honduras,establece en sus principios que el acceso al agua para consumo humano es underecho fundamental en calidad, cantidad y equidad, constituyendo una prioridadpara el Estado.

    El Articulo 3 del Anteproyecto de la Ley General de Aguas estableceprincipios y fundamentos de la gestión hídrica.

    a) El agua es un recurso crítico y esencial para la vida, el desarrollo social yeconómico. Su conservación y protección constituye una acción prioritariadel Estado.

    b) El consumo por las personas tiene aplicación preferente y privilegiada

    c) El agua es un bien social, su acceso será equitativo.

    d) La participación ciudadana se hará efectiva en la planificación de la gestión,el aprovechamiento y la conservación

    e) La gestión integral del recurso vinculada al ciclo hídrico y el entorno naturalse hará con la participación y responsabilidad de todas las instancias degobierno,

    f) La retribución por servicios ambientales estará vinculada a losaprovechamientos y la conservación del agua.

    IX. USOS DEL AGUA:

    El lineamiento 3. Del Ante Proyecto de la Política Nacional de los RecursosHídricos de Honduras establece la priorización del recurso hídrico en el siguienteorden:

    1. Abastecimiento de poblaciones.

    2. Riego.3. Conservación de la biodiversidad.4. Generación de la energía hidroeléctrica.5. Industria.6. Recreación y Turismo.7. Transporte y cualquier otro uso para la vida y el desarrollo.

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    El Articulo # 25 de la Ley de Aprovechamiento de Aguas Nacionales   fuereformado en el marco de la legislación de la Ley de Promoción a la Generaciónde Energía Eléctrica con Recursos Renovables, observándose el orden depreferencia en el aprovechamiento y concesión de los recursos naturalesnacionales:

    1. Abastecimientos de poblaciones.2. Riego.3. Generación de energía eléctrica y fuerza hidráulica.4. Canales de navegación.5. Beneficio de café, molinos y otras fabricas, abastecimiento de ferrocarriles,

    barcas de paso y puentes flotantes.

    El Titulo 5 Capitu lo 1 del Ante Proyecto de la Ley General de Aguas,establece los aprovechamientos hídricos y la adquisición y pérdida de derechos deaprovechamientos.

     Ar ticu lo 59. Derechos de Aprovechamiento:

    El aprovechamiento de las aguas en beneficio particular o por cualquier entidadpública solamente podrá hacerse en virtud de un derecho de aprovechamientootorgado de conformidad con esta Ley, siempre y cuando se trate de usobeneficioso que no perjudique derechos de terceros.

     Ar ticu lo 60. Aprovechamiento por Ministerio de Ley:

    No se requerirá autorización especial para utilizar el agua en los usos comunes, nipara fines beneficiosos familiares en superficies no mayores de una hectárea ycon un consumo que no exceda de 0.06 litro por segundo, no cause perjuicio aterceros, cuando no existan sistemas públicos instalados.

    Son usos comunes aquellos que tienen por objeto la satisfacción de lasnecesidades primarias de subsistencia, incluyendo la bebida e higiene humana yotros empleos domésticos, como el riego de plantas, el lavado de ropa y utensiliosy el abrevado de animales caseros.

    También son usos comunes el abrevado o bañado de ganado, salvo cuando

    pudiere causar riesgo a la salud humana, la pesca para consumo doméstico odeportivo, en los lugares determinados para tal fin por las autoridadescompetentes.

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     Ar ticu lo 62. Tipos de Otorgamientos de Aprovechamientos:

    El otorgamiento de derechos de aprovechamiento de aguas se hará de acuerdocon la siguiente clasificación:

    a) Según el tipo de aprovechamiento:a. Consuntivo, que no obliga a devolver las aguas después de ser

    utilizadas.b. No consuntivo, que obliga a devolver las aguas después de

    utilizarlas o a utilizarlas sin extraerlas de su fuente, en lascondiciones que determine su título.

    b) Según la continuidad del uso:a. Permanente, que permite captar las aguas siempre que existan

    recursos disponibles en la fuente.b. Eventual, que permite captar las aguas sólo cuando, después de

    haberse satisfecho las concesiones de ejercicio permanente, existanrecursos excedentes en la fuente.

     Ar ticu lo 63. Aprovechamiento de Aguas Subterráneas:

    El aprovechamiento de las aguas subterráneas estará sujeto a los estudios einvestigaciones, planes reguladores y mapas de zonificación hídricos a efecto demantener el adecuado balance hídrico y la calidad en estos acuíferos.

    La realización de cualquier tipo de trabajo de estudios, exploración o perforación

    de pozos para determinar su potencial de aprovechamiento, deberá contar con unpermiso previo.

    X. REGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LOS RECURSOSHIDRICOS

    El principio 6 del Ante Proyecto de la Política Nacional de los RecursosHídricos de Honduras, establece que “El deterioro de la calidad del agua tiene uncosto ambiental, social y económico, por lo tanto el que contamina debe de asumir

    los costos de la descontaminación”.

    La Ley General del Ambiente en su Capítulo 2 dedicado a los delitosambientales, establece lo siguiente:

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    b) El incumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución queotorgue el derecho de aprovechamiento.

    c) La ejecución, sin la debida autorización, de obras o trabajos en los caucespúblicos, o en las áreas sujetas a limitaciones de conformidad con las leyes.

    d) Ejecutar obras de perforación de terrenos e instalar equipos para laexploración y explotación de aguas subterráneas sin disponer previamentedel permiso correspondiente.

    e) La utilización del agua en volúmenes superiores a los autorizados.

    f) La extracción de agregados u otros materiales de los cauces o la ocupación

    de éstos sin la correspondiente autorización, cuando fuere requerida.

    g) Los vertidos en los cauces o la infiltración en el subsuelo de sustanciascontaminantes o que puedan afectar la calidad de las aguas superficiales ysubterráneas, sin contar con la autorización correspondiente, o en violacióna las autorizaciones otorgadas.

    h) Las acciones que se propongan impedir inspecciones o reconocimientos acargo de la Autoridad del Agua, o la ocultación de datos por ella requeridos.

    i) Las demás acciones u omisiones de orden administrativo quecontravengan las disposiciones de esta Ley y de sus reglamentos.

     Ar ticu lo 97. Cali ficac iones de las In fracc iones y Sanciones:

    Las infracciones a la legislación de aguas son calificadas por la Autoridad delAgua en leves, graves y muy graves, considerando los daños por ellas generada,circunstancias de la comisión de la infracción y riesgo o afectación a la salud de lapoblación o áreas naturales protegidas.

    Las sanciones se aplicarán de la siguiente manera:

    a) Las infracciones leves se sancionarán con multa hasta de 5 salariosmínimos mensuales en su escala máxima.

    b) Las infracciones graves, con multa de hasta de 10 salarios mínimosmensuales en su escala máxima.

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    c) Las infracciones muy graves, con multa de hasta de 20 salarios mínimosmensuales en su escala máxima

    Estas sanciones se aplicarán sin perjuicio de la suspensión del otorgamiento del

    aprovechamiento, de la aplicación de sanciones de policía y de lasresponsabilidades civiles y penales correspondientes.

     Ar ticu lo 98. Graduac ión de Inf racción y Sanciones:

    La Autoridad Nacional de Aguas al calificar las infracciones y sancionesadministrativas que se deriven de la aplicación de la presente Ley deberá tener encuenta según sea el caso los siguientes criterios:

    a) Gravedad de los daños generados;

    b) Circunstancias de la comisión de la infracción;

    c) Afectación o riesgos a la salud de la población;

    d) Impactos en áreas naturales protegidas;

    e) Antecedentes del infractor o su condición económica;

    f) Beneficios económicos obtenido por el infractor;

    g) Costos que debe asumir el Estado para atender los daños generados  

    El importe de las multas y el de las responsabilidades resultantes será exigible porla vía administrativa de apremio.

     Ar ticu lo 99. Denuncia de Deli tos:

    Si una infracción fuere constitutiva de responsabilidad penal, la Autoridad del Aguaformulará la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes para losefectos de ley.

    Sin perjuicio de lo anterior, la Autoridad de Agua podrá hacer los decomisos de losbienes utilizados para cometer la infracción para ponerlos a disposición de la

    autoridad competente.

    Asimismo podrá hacer demoliciones de la infraestructura que originó la infracciónante la inminencia de un daño mayor.

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    XI. MONITOREO DE LOS RECURSOS HIDRICOS:

    En cuanto al monitoreo de los recursos hídricos a nivel nacional, lo que espermanente son los informes en tiempo real de de la información que producen laRed de Estaciones Telemétricas, Hidrometereologicas y Climatológicas.

    La Red de Estaciones Telemétricas, Hidrométricas y Climatológicas , tiene porobjetivo aumentar, dotar de equipo y dar mantenimiento a la red de estacionescon el fin de fortalecer la capacidad técnica / operacional del proceso derecolección, tabulación y análisis de los datos hidrometereologicos.

    En Honduras se ha venido trabajando desde hace más de cincuenta años en larecolección, tabulación y análisis de los datos de índole hidrométrica para cubrirnecesidades de uso potencial hidroeléctrica, pronostico hidrometereologico,control de niveles de embalses de abastecimiento de agua potable y proyectos deriego, etc.

    Actualmente esta actividad se desarrolla en la Secretaria de Recursos Naturales yAmbiente (SERNA), a través de la Dirección General de Recursos Hídricos(DGRH), que fue creada en el año de 1954. El centro de pronósticos hidrológicos yalerta temprana fue creado en el año de 1999 a raíz de los daños ocasionadospor el huracán Mitch, con la responsabilidad de cuantificar el potencial hídrico deHonduras, a través de las redes de observación hidrométrica y climatolologia paracolectar información básica que sirva de apoyo para la planificación y ejecución deprogramas de desarrollo nacional, de los cuales el recurso hídrico y suaprovechamiento es parte esencial para que el departamento correspondiente dela Dirección General de Recursos Hídricos, cuente con una información con mayorcobertura actualizada, fidedigna y ágil.

    Por lo expuesto anteriormente es necesario capacitar al personal de la Direccióntanto al que recopila los datos de campo como el que digitaliza, procesa y losanaliza, para su buena aplicación en los diferentes proyectos de interés nacionalcomo ser: agrícolas, generación de energía, agua potable y saneamiento, obrasciviles y alerta temprana contra inundaciones y otros.

    XII. INFORMACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS:

    La información de los recursos hídricos esta diseminada en diferentes institucionestanto publicas, privadas y Municipales, como por ejemplo: La Secretaria deRecursos Naturales y Ambiente (SERNA) por medio de la Dirección General deRecursos Hídricos (DGRH), La Secretaria de Agricultura y Ganadería (SAG), pormedio de la Dirección General de Riego y Drenaje, La Empresa Nacional de

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    Energía Eléctrica (ENEE), Aguas de Choluteca, Aguas de San Pedro Sula, LasMunicipalidades, El Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillado(SANAA), entre otros.

    Actualmente la Agencia Canadiense para el Desarrollo Internacional (ACDI), está

    financiando el Proyecto “Gestión Integral de los Recursos Hídricos de Honduras”,mismo que incluye dos componentes: a) Formulación de la Política Nacional de losRecursos Hídricos de Honduras y; b) El Centro Interactivo de Información Hídricay Ambiental, en donde se pretende que en este Centro de Información esteconcentrada toda la información relacionada con los recursos hídricos del país,accesible para el público tanto en duro (Biblioteca) como en un sitio web,información que se logrará a través de firma de convenios de intercambio deinformación entre la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), yEntes Sectoriales.

    XIII. PLANIFICACION DE LOS RECURSOS HIDRICOS POR CUENCAS:

    Tal como se ha establecido en esta investigación, son pocas las experiencias quese tienen en la formación de Consejos de Cuencas. Existen algunas como porejemplo: Consejo de Cuencas de Puerto Cortes y Valle de Ángeles.

    Tanto los Ante Proyectos de la Política Nacional de los Recursos Hídricos deHonduras y la Ley General de Aguas, abren los espacios para la creación de losConsejos de Cuencas, a fin que puedan lograr una planificación efectiva de losrecursos hídricos por cuenca.

    Todas las personas tienen derecho al acceso a la información, dicho acceso estáregulado por la “Ley de Transparencia y Derecho a la Información”, significa queno existen obstáculos para accesar a cualquier tipo de informaciónespecíficamente a la información que tenga que ver con los recursos hídricos delpaís.

    XIV. PROYECTOS RELACIONADOS CON LOS RECURSOS HIDRICOS:

    Existen procedimientos para desarrollar proyectos relacionados con los recursoshídricos, como por ejemplo la generación de energía hidroeléctrica, industria y

    comercio, dichos procedimientos son rectorados por la Secretaria de RecursosNaturales y Ambiente (SERNA), por medio de la Dirección de Evaluación y ControlAmbiental (DECA), quien es la encargada de conceder las licencias ambientales afavor de los desarrolladores de proyectos.

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    XV. NORMATIVA REGIONAL DE REGULACION DE LOS RECURSOSHIDRICOS:

    En el marco de la actualización del marco jurídico de los recursos hídricos existenelementos que pueden dar luz a la creación de una propuesta de normativa

    regional, sin embargo es importante la aprobación de estos instrumentos jurídicosno solamente a nivel nacional sino que a nivel regional.

    En este sentido uno de los lineamientos del Ante Proyecto de la Política Nacionalde los Recursos Hídricos de Honduras exterioriza el establecimiento de unagestión integrada de las cuencas nacionales y compartidas, y como estrategiaejecutar dicha estrategia con la participación de todos los actores: usuarios delagua, sector privado, gobierno y la sociedad civil organizada en la planificación,administración, y ejecución de los planes de gestión integral de las cuencasnacionales y compartidas.

    XVI. ENTE REGULADOR DE LOS RECURSOS HIDRICOS:

    En Honduras existe el “Ente Regulador de los Servicios de Agua Potable ysaneamiento (ERSAPS), institución desconcentrada adscrita al Ministerio deSalud, dicha institución tiene su asidero jurídico en la Ley Marco del Sector deAgua Potable y Saneamiento quien establece lo siguiente:

     Ar ticu lo 9. Del Ente Regulador:

    Crease la Institución denominada “Ente Regulador de los Servicios de Agua

    Potable y Saneamiento”, en adelante conocida como “Ente Regulador”, como unaInstitución desconcentrada adscrita a la Secretaria de Estado en el Despacho deSalud, con independencia funcional, técnica y administrativa, el cual tendrá lasfunciones de regulación y control de la prestación de los servicios de agua potabley saneamiento en el territorio nacional.

     Ar ticu lo 10.

    El Ente Regulador establecerá los mecanismos de control sobre las condicionesde prestación de los servicios, los cuales serán de carácter general y aplicaciónlocal, podrá contar con asistencia de instancias regionales, municipales y

    auditorias ciudadanas.

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     Ar ticu lo 13. El Ente Regulador tendrá las atr ibuc iones sigu ientes:

    1) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, su Reglamento y las regulacionesambientales de salud y otras que se apliquen en el ámbito de su competencia;

    2) Promover la eficiencia en las actividades de prestación de servicios de aguapotable y saneamiento e investigar y sancionar conductas ilegales odiscriminatorias entre los participantes;

    3) Establecer normas, criterios de eficiencia, indicadores y modelosrepresentativos para evaluar la gestión técnica, ambiental, financiera yadministrativa de los prestadores teniendo en cuenta las diversidades regionales,las características de cada sistema y los aspectos ambientales;

    4) Mantener un registro público de la información presentada por los prestadores yde la que se genere sobre los aspectos técnicos, económicos y operativos de laPrestación de los servicios.

    El ante Proyecto de la Ley General de Aguas, contempla la creación de unente regulador para los recursos hídricos en los s iguientes artículos:

     Ar ticu lo 19. Ente Regulador :

    Crease el “Ente Regulador para la Gestión de los Recursos Hídricos, (el ENTEREGULADOR) como una institución desconcentrada adscrita a la Secretaría deEstado en el Despacho de Recursos Naturales y Medio Ambiente, conindependencia funcional, técnico y administrativa, el cual tendrá las funciones deregulación y control de la Gestión Integral del Recurso Hídrico y de los procesosresultantes de esta gestión con entidades y personas del sector público y privado.

     Ar ticu lo 21. Atribuciones del Ente Regulador:

    El Ente Regulador tendrá las atribuciones siguientes:

    1) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley, su reglamento y lasregulaciones en materia hídrica aprobadas en base a Ley.

    2) Vigilar, promover la apropiada conformación de la estructura jurídicaorgánica y de operaciones en el sector público necesarias para elcumplimiento efectivo de esta Ley y el logro de sus objetivos.

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    3) Vigilar que los actores que no corresponden al sector públicocumplan con la normativa a que están obligados cuando realicenoperaciones o actos dentro lo regulado en esta ley.

    4) Promover la emisión y divulgación de la normativa técnica que debe

    aplicarse en todos los procesos de la Gestión Integrada del RecursoHídrico

    5) Velar por que la definición del marco de cánones poraprovechamiento y tarifas por uso de infraestructura hidráulicaestatal, monto de franquicias y cobro por concesiones se ajusten alos criterios señalados en la legislación hídrica.

    6) Promover ante las autoridades administrativas del Ministerio Públicoy el Poder Judicial las acciones de reivindicación, penalización ycualquier forma de sanción por incumplimiento de la norma que lecorresponde vigilar.

    7) Revisar y emitir opinión sobre los contenidos y alcances de losdocumentos contractuales en la prestación de serviciosconcesiónamiento, otorgamiento de franquicias, permisos queotorgue las entidades que esta ley faculta en cuanto aaprovechamientos y conservación de los recursos hídricos.

    8) Hacer intervenciones de auditoría a las entidades del sector públicoy privado en cuanto a las operaciones que impliquen convenios de

    aprovechamiento y conservación de los recursos hídricos.

    9) Velar por los intereses de los usuarios de servicios relacionados alsector hídrico, en particular de la apropiada divulgación de losderechos y los deberes de estos y los demás actores.

    10) Cualquier otra incluyendo las de orden administrativo en el marcode la Ley necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones.

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    •  En tal sentido se han identificado algunos tipos de infraestructura quedeben de tener saneamiento o hacer el saneamiento a sus aguasresiduales:

    En las zonas rurales el tratamiento de las excretas se hace por medio de la

    letrinizacion considerado este sistema el mejor por la condiciones naturales de lasaéreas rurales, existiendo también el sistema de fosas sépticas brindando buenosresultados.

    En los años setenta se puso a disposición los tanques “Imhoff”, llamado así enhonor a un ciudadano de origen Alemán quien fue quien invento este sistema,mismo que dejo de utilizarse en vista que no hubo mantenimiento ya que serequería de la presencia de todo el día de una persona; este tanque consiste enuna caja receptora de aguas residuales que posee en su interior la distribuciónarquitectónica requerida para establecer la separación de los desechos sólidos de

    la fase liquida.

    En las Ciudades existen lagunas de estabilización facultativas las cuales sedefinen en dos tipos:

    a) Anaeróbica

    b) Aeróbica

    La diferencia entre ambas lagunas es que la Anaeróbica produce olores y laAeróbica no produce olores, también estas lagunas no evolucionaron por falta demantenimiento, sin embargo en los años noventa La agencia Internacional para el

    Desarrollo de los Estado Unidos (AID), retoma el tema de las lagunas por mediodel Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), desarrollando una evolución queha indicado un mejoramiento en el manejo de las lagunas, actualmente existenmás de 25 ciudades en el país que trabajan con este sistema de lagunas, con muybuenos resultados.

    Existen dos grupos de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales:

    a) Plantas Depuradoras

    b) Plantas Potabilizadoras

    Las plantas depuradoras son para el tratamiento de aguas residuales permitiendo la separación de los sólidos en el agua.

    Las plantas potabilizadoras son las que tienen un tratamiento de agua para elconsumo humano (agua para beber)

    Existen dos tipos de plantas depuradoras:

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    promotor de la obra o camino, quien además deberá indemnizar por los perjuiciosque llegase a causar.

    En ausencia de estudios técnicos, no será permitido el trazado y construcción decarreteras a menos de 200 metros de la línea de ribera de ríos, lagos, lagunas,

    costas y de puentes y sus obras de aproximación.

    •  Las regulaciones existentes en el tema de saneamiento están en:

    a) Norma Técnica Nacional para la Calidad del Agua Potable”

    b) Normas Técnicas de las Descargas de Agua Residuales a CuerposReceptores y Alcantarillado Sanitario.

    c) Ley General del Ambiente y su Reglamento

    d) Código de Salud

    e) Reglamento de Salud

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    XX. PARAMETROS DE CALIDAD DE AGUA

    Acuerdo No.084

    Cuadros 1. Parámetros Bacteriológicos (a)

    CALIDAD DEL AGUA POTABLECC

    ORIGEN PARÁMETRO (b)VALOR

    RECOMENDADO

    VALORMÁXIMO

     ADMISIBLEOBSERVACIONES

    CUERDE A

    Abastecimiento con aguatubada.

    . Agua no tratada que entra en eltema de distribución.Coliformes Totales

    Coliformes Fecales 

    0

    0

    3

    0

    En una muestra ocasionalpero no en muestrasconsecutivas 5,000

    ml

    . Agua tratada que entra en eltema de distribución

    Coliformes Totales

    Coliformes Fecales

    0

    0

    0

    0

    Turbiedad

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    Cuadros 2. Parámetros Organolépticos

    CALIDAD DEL AGUA POTABLECALIDAD DE VERTIDOS ACUERPOS RECEPTORES

    C

    PARAMETROUNIDAD

    VALORRECOMENDADO

    VALORMÁXIMO

     ADMISIBLE

    CUERPOSDE AGUA

     ALCANTARILLADO

     

    Rem Tol P

    ColorVerdadero

    Mg/L(Pt-Co)

    1 15  

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    Acuerdo No.084

    Cuadros 3. Parámetros Fisicoquímicos

    CALIDAD DEL AGUA POTABLECALIDD DE VERTIDOS ACUERPOS RECEPTORES

    PARAMETRO UNIDADVALOR

    RECOMENDADOVALOR

    MÁXIMO ADMISIBLE

    CUERPOSDE AGUA

     ALCANTARILLADO

    CloroResidual

    mg/l 0.5 1.0 (b) ( c )

    Cloruros mg/l 25 250

    Conductividad µs/cm 400 700Propuesto

    ? ?

    Dureza mg/lCaCO3

    400 -

    Sulfatos mg/l 25 250 400 mg/l 400

    Aluminio mg/l - 0.2 2.0 mg/l

    Calcio mg/lCaCO3 100 -

    Cobre mg/l 1.0 2.0 0.50 mg/l 1.0

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    Magnesio mg CaCO3 30 50

    Sodio mg/l 25 200 ?

    Potasio mg/l - 10

    Sol. Tot. Dis. mg/l - 1000

    Zinc mg/l - 3.0 2.0 mg/l? 2.0?

    Fosforo Total - 2 5 mg/l

    Sulfuros - 2 0.25 mg/ll

     

    (a) Las aguas deben ser estabilizadas de manera que no produzcan efectos corrosivos ni incrustantes

    (b) Cloro residual libre

    (c) 5 mg/l con base en evidencias científicas las cuales han demostrado que este valor “residual” no af

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    Acuerdo No.084

    CALIDAD DEL AGUA POTABLE CALIDAD DE VERTIDOS A CU

    PARAMETRO UNIDADVALOR

    RECOMENDADOVALOR MÁXIMO

     ADMISIBLECUERPOS DE

     AGUA ALCANTARIL

     

    Hierro mg/l 0.3 1.0

    Manganeso Mg/l 0.01 0.5 2.0

    Fluoruro Mg/l 0.7 1.52 10 10

    Sulfuro de Hidrógeno Mg/l 0.05

    (1) Nitritos: Valor máximo admisible 0.1 ó 3.0Si se escoge el valor de 3.0 debe relacionarse el nitrato y nitrito por la fórmula

    NO3  + NO2  < 1 (2) 1.5 MG/L t= 8-12 °C

    V.R. NO3  V.R. NO2  0.7 mg/l T= 25-30 °C

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    CALIDAD DEL AGUA POTABLECALIDAD DE VERTIDOCUERPOS RECEPTOR

    PARAMETRO UNIDADVALOR

    RECOMENDADO

    VALORMÁXIMO

     ADMISIBLE

    CUERPOS

    DE AGUA ALCANTARI

     

    Volumen Descargado %

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    Nota: VR = Valor Recomendado

    Cuadro 5 Parámetros para sustancias Inorgánicas con Significado para la Salud

    PARÁMETRO UNIDADVALOR MÁXIMO

     ADMISIBLERIOS ALCANTARILLADO POBL

    Arsénico Mg/l 0.01 0.10 0.10 0.01

    Cadmio Mg/l 0.003 0.05 0.10 0.003

    Cianuro Mg/l 0.07 0.50 0.50 0.07 -

    Cromo Total Mg/l 0.05 1.00 1.00 0.05 –

    Mercurio Mg/l 0.001 0.01 0.05 0.001

    Níquel Mg/l 0.02 2.00 2.00 0.02 –

    Plomo Mg/l 0.01 0.50 0.50 0.01 –

    Antimonio Mg/l 0.005 0.005

    Selenio Mg/l 0.01 0.20 0.50 0.01 –

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    Acuerdo No.084

    Cuadro 6 Parámetros para sustancias orgánicas

    Con Significado para la salud, Excepto plaguicidas

    CALIDAD AGUA POTABLE CALIDAD DE VERTIDOS

    PARÁMETROVALOR MÁXIMO ADMISIBLE (Microgramos

    por Litro)RIOS ALCANTARILLAD

    Alcanos Clorados

    Tetra cloruro de Carbono

    Diclorometano

    1.1dicloretano

    1.2 dicloroetano

    1.1.1 Tricoretano

    2

      20

    30

    2000

     

    1.0

    Etenos Clorados

    Cloruro de Vinil

    1-1 dicloroeteno1-2 dicloroetenoTricloroeteno

    Tetracloroeteno

    5

    30

    50

    70

    40

    Hidrocarburos Aromáticos

    Tolueno

    Xilenos 700

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    Etilbenceno

    Estireno

    Benzo-alfa-pireno

    500

    20

    0.7

    Bencenos Clorados

    Moneclorobenceno

    1.2 diclorobenceno

    1.3 diclorobenceno

    1.4 diclorobenceno

    Triclorobenceno

    300

    1000

    300

    20

    Otros Compuestos Orgánicos

    Di (2 etilhexi) adipado

    Di (2 etilhexil) fialato acrilamida

    Epiclorohidrino

    Hexaclorobutadieno

    EDTA

    Acido nitrilo acético

    Dialkitinos

    Oxido de tributilestaño

    Hidrocarburos policiclicos

    Aromáticos totales

    Bifenilos policlorados totales

    80

    3

    0.5

    0.4

    0.5

    200

    00

    2

    0.2

    0.5 Ausente

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    Acuerdo No.084

    Cuadro 7. Parámetro para Plaguicidas

    Calidad Agua Potable  Calidad De VertidosCali

    Us A

    PARAMETROVALOR MÁXIMO ADMISIBLE(Microgramos por Litro)

    Ríos Alcantar il lado Pob

    Alacloro 20

    Aldicarb 10

    Aldrin/Dieldrin 0.03 0

    Atracina 2

    Bentazona 30

    Carnofurano 5

    Clordano 0.2 6

    DDT 2

    1,2 dibromo-3,3 cloro propan 1

    2,4 D 30

    1,2 dicloropropano 20

    1,3 dicloropropano 20

    Heptacloro y Heptacloroepóxido 0.03 0

    Isoproturon 9

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    Lindano 2

    MCPA 2

    Metoxicloro 20

    Metol cloro 10

    Molinat 6

    Pendimetalina 20

    Pentaclorofenol 209

    Permitrina 20

    Propanil 20

    Pyridad (Piridato) 100

    Simazin (simazina) 2

    Trifluranilo (Trifuralina) 20

    Dicloroprop 100

    2,4 DB 100

    2,4,5-T 9

    Silvex 9

    Mecroprop 10

    Organoclorados 0.05 Ausente

    Órgano Fosforados 0.10 Ausente

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    Acuerdo No.084

    Cuadro 8. Parámetro para Desinfectantes y Subproductos de la Desinfección

    CALIDAD AGUA POTABLECALID

    USO DE

    PARAMETROVALOR MÁXIMO ADMISIBLE

    (Microgramos por Litro)

     APOBLAC

    a- DesinfectantesMonocloramina

    4000

    b- Subproductos de la DesinfecciónBromato

    Clorito

    Clorato

    25

    200

    Clorofenoles

    2-clorofenol

    2.4-diclorofenol

    2,4,6 triclorofenol

    formaldehido

    200

    900

    Trihalometanos

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    Bromo formo

    Dibromoclorometano

    Bromodiclorometano

    Cloroformo

    100

    100

    60

    200

    Ácidos Acético Clorados

    Ac. Monocloroacético

    Ac. Dicloroacético

    Ac. Tricloroacético

    Tricloracetaldehido/cloral hidrato

    Cloropropanonas

    (a)

    50

    100

    10

    Haloacetonitrillos

    Dicloroacetonitrilo

    Dibromoacetonitrillo

    Bromocloroacetonitrillo

    Tricloroacetonitrillo

    90

    100

    1

    Cloruro de cianógeno (como CN.) 70

    (a) Falta de datos adecuados para recomendar un valor guía

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    CUERPOS RECEPTORES

    Calidad Agua PotableCalidad deVertidos

    Ca

     

    Calidad AguaPotable

    Valor Máximo Admisible(Microgramos porLitro)

     Alcantar il lado

    Per

    Bario 5

    Estaño 2

    Plata 0.10 0.20 0.05

    Cromo Hexavalente 0.10 0.50

    Cobalto 0.50

    Tricloroetileno 0.30

    Tetracloroetano 0.10

    Dicloroetileno 1.00

    Cloroformo 0.03

    Sulfuro de Carbono 1.00

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    Hidrocarburos 0.50 Ausente 0.05

    Fenoles Mg/l 0.50 5 0.00

    Detergentes 2.0 10

    Isotopos radioactivos Ausente Aus

    Sustancias radioactivas Ausente

    Sustancias Biosidas Ausente ?

    Oxigeno Disuelto 5

    Orto fosfatos 0.1

    Actividad alfa 0.1

    Actividad Beta 1.0

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    c) Tercera Etapa: Corresponde a un programa de análisis avanzadodel agua potable. Comprende la ejecución de los parámetros de lasegunda etapa, ampliado con sólidos totales disueltos,desinfectantes, subproductos de la desinfección y sustanciasorgánicos de significado para la salud.

    d) Cuarta Etapa: Corresponde a programas ocasionales ejecutados porsituaciones especiales o de emergencia. (ver código sanitario yreglamento de ley de contingencias nacionales).

    •  Existe un documento en donde están regulados los usos de agua partiendode su potabilidad, dicho documento está en discusión sin ningunasocialización del mismo.

    •  Las regulaciones de los usos del agua partiendo de su calidad, están en eldocumento que se hablo anteriormente el cual está en discusión sinninguna socialización.

    •  En cuanto a la escala de prioridad del uso y aprovechamiento de losrecursos hídricos están enmarcados en los siguientes instrumentos:

    1. La Ley de Aprovechamientos de Aguas Nacionales:

    a.) Abastecimiento de poblaciones

    b.) Riego

    c.) Generación de energía eléctrica y fuerza hidráulica

    d.) Canales de navegación

    e.) Beneficios de café, molinos y otras fábricas, abastecimientode ferrocarriles, barcas de paso y puentes flotantes.

    2. Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica conRecursos Renovables:

    a.) Abastecimiento de poblaciones

    b.) Riego

    c.) Generación de energía eléctrica y fuerza hidráulica

    d.) Canales de navegación

    e.) Beneficios de café, molinos y otras fábricas,abastecimiento de ferrocarriles, barcas de paso ypuentes flotantes.

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    más allá de los límites establecidos en los reglamentos y normastécnicas.

    d.) Suspensión temporal de actividades o instalaciones causantes del dañoambiental.

    e.) Decomiso de las artes e instrumentos utilizados en la comisión del delitoe infracción.

    f.) Cancelación o revocación de autorizaciones generales o beneficioseconómicos o fiscales concedidos por las autoridades públicas.

    g.) Indemnización al Estado o terceros por los daños y perjuiciosocasionados al ambiente y a los recursos naturales.

    h.) Reposición o restitución de las cosas y objetos afectados a su ser yestado naturales si fuera posible.

     Ar ticu lo 88. La imposición de las sanciones se graduaran atendiendo a las:a.) Gravedad de la acción u omisión causada al ambiente y / o a la salud y

    vida humana.

    b.) Reincidencia.

    c.) Repercusión social y económica.

    d.) Capacidad económica del responsable del delito o infraccióndebidamente comprobada.

     Ar ticu lo 89. En la imposición de sanciones penales o administrativas, la autoridadsancionadora habrá de ajustarse al procedimiento penal o administrativo y, entodo caso, se notificará al inculpado los cargos imputados, a fin de que puedarealizar las alegaciones en su defensa.

     Ar ticu lo 90. Sera publica la acción para denunciar y demandar ante la autoridad judicial o administrativa, todo acto u omisión que viole lo previsto en la normativaambiental. La autoridad ambiental queda obligada a informarle al denunciante o aldemandante sobre el estado del proceso iniciado por su denuncia o demanda.

     Ar ticu lo 91. Las autoridades y funcionarios públicos que cometieren o participarenen cualquier delito o infracción ambiental o violentaren la presente ley y sus

    reglamentos de aplicación serán castigados con la sanción correspondiente yademás con la inhabilitación del cargo desde uno (1) hasta cinco (5) años, segúnacuerde el tribunal competente.

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    Capítulo II. Delitos Ambientales.

     Ar ticu lo 92. Constituyen Delitos Ambientales:

    a.) Expeler o descargar en la atmosfera contaminantes activospotencialmente peligrosos, cuyo uso esté prohibido o que no haya sido

    objeto de los tratamientos prescritos en las normas técnicas aplicables,que causen o puedan causar la muerte de una o más personas ograves daños a la salud humana o al ecosistema.

    b.) Descargar contaminantes peligroso cuyo uso esté prohibido o sin previotratamiento, en los mares de jurisdicción nacional, incluyendo la zonamarítimo-transporte; o en los cursos o depósitos de agua continentaleso subterráneas, incluyendo los sistemas de abastecimiento de agua apoblaciones; o infiltrar en el suelo o subsuelo aguas residuales odesechos con las mismas características de las indicadas, que causeno puedan causar la muerte de una o más personas o grave daño a la

    salud humana o al ecosistema en general.c.) Fabricar, almacenar, importar, comerciar, transportar, usar o disponer

    sin observar lo dispuesto en las disposiciones legales sobre la materia,sustancias o productos tóxicos o contaminantes que causen o puedancausar riesgo o peligro grave a la salud pública o al ecosistema engeneral.

    d.) Contaminar o permitir la contaminación de alimentos y bebidas.

    La acción debe dirigirse contra el responsable directo del delito cometido y debetoarse en cuenta los casos de fuerza mayor o caso fortuito.

     Ar ticu lo 93.  La comisión de los delitos tipificados en los literales a) y b), delartículo anterior serán sancionados, además de la pena por el delito especifico quese cometiere como resultado de la acción u omisión, con pena de reclusión de tres(3) a diez (10) años, pudiendo imponerse a la vez las sanciones establecidas enlos incisos c), d), e), f), y g) del artículo 87 de esta ley.

     Ar ticu lo 94. La comisión de los delitos tipificados en los literales c), y d) delartículo 92, además de la pena especifica por el delito que se cometiere comoresultado de la acción u omisión, será sancionado con pena de de reclusión deuno (1) a cinco (5) años pudiendo imponerse a la vez las sanciones establecidasen los incisos c), ch), d), f), y g) del artículo 87 de esta ley.

     Ar ticu lo 95.  Las leyes sectoriales que regulen la ordenación de los recursosnaturales u otras actividades potencialmente contaminantes, podrán tipificar otrasinfracciones constitutivas de delito.

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    Capítulo III. Infracciones Administrativas.

     Ar ticu lo 96. Constituyen infracciones administrativas para los efectos de esta ley,además de las establecidas en las leyes especiales.

    a) Las acciones u omisiones violatorias de los planes de ordenamiento de los

    recursos naturales y demás disposiciones o resoluciones dictadas por lasautoridades competentes siempre que no produzcan los efectos señaladosen el artículo 92 de la presente ley.

    b) Impedir o dificultar las inspecciones o comprobaciones de los funcionarioscompetentes, recurrir a medios de cualquier índole para inducirlos a error opresentar a las autoridades competentes datos total o parcialmente falsos.

    c) Realizar actividades potencialmente contaminantes o degradantes sin laslicencias o permisos correspondientes.

    d) Cazar o capturar con fines comerciales especies protegidas de la fauna

    silvestre o cazar especies en época de veda, así como sus productos ysubproductos.

    e) En general toda infracción, que ocasione contaminación que produjera otrodaño diferente a lo previsto en el artículo 87, o que provoque la degradacióno destrucción de los recursos naturales, según se clasifique en elreglamento.

     Ar ticu lo 97. Las infracciones administrativas serán sancionadas con multa de unmil lempiras (1,000.00) a un millón de lempiras (1,000.000.00), según fuere lagravedad de la infracción, sin perjuicio de aplicar las sanciones previstas en losincisos c), ch), d), e), f) y g) del artículo 87 de esta ley.

     Ar ticu lo 98. El reglamento regulara las infracciones en graves, menores graves yleves.

    En el Título VIII dedicado a los Recursos, Jurisdicción y Sanciones. Capítulo II delas Infracciones y Sanciones, del Ante proyecto de la Ley General de Aguasestablece lo siguiente:

     Ar ticu lo 95. Sanciones

    Toda persona que contravenga las disposiciones de la presente Ley y susreglamentos será sancionada administrativamente, según corresponda, con multaimpuesta por la Autoridad del Agua, revocación o suspensión delaprovechamiento, suspensión de obras; sin perjuicio de las acciones civiles openales a que hubiese lugar.

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     Ar ticulo 96. Infracc iones

    Se consideran infracciones administrativas:

    a) La derivación de aguas de sus cauces y el alumbramiento de aguassubterráneas sin el correspondiente derecho de aprovechamiento, cuandosea requerido de acuerdo con lo previsto en esta Ley.

    b) El incumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución queotorgue el derecho de aprovechamiento.

    c) La ejecución, sin la debida autorización, de obras o trabajos en los caucespúblicos, o en las áreas sujetas a limitaciones de conformidad con las leyes.

    d) Ejecutar obras de perforación de terrenos e instalar equipos para laexploración y explotación de aguas subterráneas sin disponer previamente

    del permiso correspondiente.e) La utilización del agua en volúmenes superiores a los autorizados.

    f) La extracción de agregados u otros materiales de los cauces o la ocupaciónde éstos sin la correspondiente autorización, cuando fuere requerida.

    g) Los vertidos en los cauces o la infiltración en el subsuelo de sustanciascontaminantes o que puedan afectar la calidad de las aguas superficiales ysubterráneas, sin contar con la autorización correspondiente, o en violacióna las autorizaciones otorgadas.

    h) Las acciones que se propongan impedir inspecciones o reconocimientos acargo de la Autoridad del Agua, o la ocultación de datos por ella requeridos.

    i) Las demás acciones u omisiones de orden administrativo quecontravengan las disposiciones de esta Ley y de sus reglamentos.

     Ar ticu lo 97. Cali ficac ión de las Inf racc iones y Sanciones

    Las infracciones a la legislación de aguas son calificadas por la Autoridad delAgua en leves, graves y muy graves, considerando los daños por ellas generada,

    circunstancias de la comisión de la infracción y riesgo o afectación a la salud de lapoblación o áreas naturales protegidas.

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  • 8/15/2019 Investigación sobre Situación Hidrica de Honduras

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    Investigación Sobre Legislación Hídrica y Manejo de C uencas en Honduras.

    Las sanciones se aplicarán de la siguiente manera:

    a) Las infracciones leves se sancionarán con multa hasta de 5 salariosmínimos mensuales en su escala máxima.

    b) Las infracciones graves, con multa de hasta de 10 salarios mínimosmensuales en su escala máxima.

    c) Las infracciones muy graves, con multa de hasta de 20 salarios mínimosmensuales en su escala