INVESTIGACION JURIDICA (I Bimestre Abril Agosto 2011)

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INVESTIGACIÓN JURÍDICA ESCUELA: NOMBRES: CIENCIAS JURÍDICAS Dra. Patricia Pacheco Montoya BIMESTRE: Primero

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Univesridad Técnica Particular de LojaCiclo Académico Abril Agosto 2011Carrera: Ciencias JurídicasDocente: Dra. Patricia PachecoCiclo: SegundoBimestre: Primero

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INVESTIGACIÓN JURÍDICA

ESCUELA:

NOMBRES:

CIENCIAS JURÍDICAS

Dra. Patricia Pacheco Montoya

BIMESTRE: Primero

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UNIDAD I

El proceso de investigación científica

• Investigación científica

• Funciones• Importancia del

saber investigar• El proceso de

investigación

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UNIDAD II

Métodos de la investigación• El método• Clasificación:

- Analítico- Sintético- Inductivo- Deductivo- Definición- Clasificación- División

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UNIDAD III Los métodos jurídicos

1. Interpretación de la ley

2. Aplicación de las normas. (integración del derecho).

3. Elaboración de las normas (creación legislativa).

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UNIDAD IV

Técnicas utilizadas en la investigación

• Observación• Entrevista• Encuesta• Test• Lectura científica• Fichaje• Citas

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LOS MÉTODOS JURÍDICOS

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Definición

• “Acto de la inteligencia por el cual se desentraña el verdadero sentido y alcance de una norma de derecho”. Jacobo Pérez

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Clases:

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Escuelas:

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Métodos:

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En el Ecuador:

• Constitución Art. 42: “Las normas constitucionales se interpretarán por el tenor literal que más se ajuste a la Constitución en su integridad. En caso de duda, se interpretarán en el sentido que más favorezca a la plena vigencia de los derechos y que mejor respete la voluntad del constituyente, y de acuerdo con los principios generales de la interpretación constitucional.”

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• Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Art. 3: “Las normas constitucionales se interpretarán en el sentido que más se ajuste a la Constitución en su integridad, en caso de duda, se interpretarán en el sentido que más favorezca a la plena vigencia de los derechos reconocidos en la Constitución y que mejor respete la voluntad del constituyente.

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Se tendrán en cuenta los siguientes métodos y reglas de interpretación jurídica constitucional y ordinaria para resolver las causas que se sometan a su conocimiento, sin perjuicio de que en un caso se utilicen uno o vario de ellos.

1. Reglas de solución de antinomias... 2. Principio de proporcionalidad… 3. Ponderación … 4. Interpretación evolutiva o dinámica … 5. Interpretación sistemática …

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6. Interpretación teleológica … 7. Interpretación literal … 8. Otros métodos de interpretación.- La

interpretación de las normas jurídicas, cuando fuere necesario, se realizará atendiendo los principios generales del derecho y la equidad, así como los principios de unidad, concordancia práctica, eficacia integradora, fuerza normativa y adaptación.”

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Código Civil• Art. 3: “Sólo al legislador toca explicar o

interpretar la ley de un modo generalmente obligatorio….”

• Art. 18: “Los jueces no pueden suspender ni denegar la administración de justicia por oscuridad o falta de ley. En tales casos juzgarán atendiendo a las reglassiguientes:

1ª.- Cuando el sentido de la ley es claro, no se desatenderá su tenor literal, a pretexto de consultar su espíritu. Pero

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bien se puede, para interpretar una expresión oscura de la ley, recurrir a su intención o espíritu claramente manifestados en ella misma, o en la historia fidedigna de su establecimiento.

2ª.- Las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras; pero cuando el legislador las haya definido expresamente para ciertas materias, se les dará en éstas su significado legal.

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3ª.- Las palabras técnicas de toda ciencia o arte se tomarán en el sentido que les den los que profesan la misma ciencia o arte, a menos que aparezca claramente que se han tomado en sentido diverso.4ª.- El contexto de la ley servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía. Los pasajes oscuros de una ley pueden ser ilustrados por medio de otras leyes, particularmente si versan sobre el mismo asunto.

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5ª.- Lo favorable u odioso de una disposición no se tomará en cuenta para ampliar o restringir su interpretación. La extensión que deba darse a toda ley se determinará por su genuino sentido y según las reglas de interpretación precedentes.6ª.- En los casos en que no pudieren aplicarse las reglas de interpretación precedentes, se interpretarán los pasajes oscuros o contradictorios del modo que más conforme parezca al espíritu general de la legislación y a la equidad natural…..”

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Elementos:• Gramatical (autenticidad del texto

de la ley y sentido gramatical de las palabras).

• Teleológico (fin de la ley)• Lógico sistemático (redacción

logica y como parte de una estructura jurídica).

• Histórico (motivos)

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Resultados:• Declarativa: tenor literal de la ley

idéntico a la voluntad del legislador.• Extensiva: amplía el alcance de la

ley.• Restrictiva: reduce el campo de

aplicación de la ley.• Modificadora: correcciones a la ley.• Abrogatoria: norma inaplicable.

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2. Integración del derecho

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Definición :

• Se presenta ante la necesidad de llenar ciertos vacios o lagunas existentes en la ley y que imposibilitan su aplicación ante un caso específico.

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En el Ecuador :Código Civil

• Art. 18 Reglas de la interpretación, Nral. 7: “A falta de ley, se aplicarán las que existan sobre casos análogos; y no habiéndolas, se ocurrirá a los principios del derecho universal.”

• Art. 19: “Cuando haya falta u oscuridad de ley, los jueces sin perjuicio de juzgar, consultarán a la legislatura por medio de la Corte Suprema, a fin de obtener una regla cierta para los nuevos casos que ocurran.”

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Medios :

• Costumbre• Analogía (legis o juris)• Reglas o principios generales del

derecho.

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3. Creación legislativa del derecho

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Definición:

• Procedimiento, factores, técnicas que se aplican para la creación de la ley.

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Aspectos a tener en cuenta:

• Papel del legislador• Factores generadores del derecho• Técnica de redacción

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Papel del legislador:

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Factores generadores del derecho

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Técnica de redacción de las normas jurídicas

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Ecuador:

Constitución

. Art. 120 Atribuciones y Deberes de la Asamblea Nacional, Nral.6: “Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.”

. Art. 132 al 140 se establece el procedimiento legislativo.

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• Ley Orgánica de la Función Legislativa

• Procedimiento Legislativo, del Art. 52 al 66 se establece el trámite de aprobación de leyes ordinarias y de urgencia en materia económica.

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