Introducción a la Reforma Tributaría

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Introducción a laReforma Tributaría

Expositor vía Skype: CP y LA Sergio L. Biller

Miércoles 14 de Marzo de 2018. 20Hs

Curso organizado por la Comisión De Capacitación CPCEChaco

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Marco NormativoDr. CP y LA Sergio L. Biller

- Ley 27.430 BO 29/12/2017Título I: Impuesto a las Ganancias:

Renta Financiera PHVta Inmuebles y Transferencia Dominio.Deducción Especial Incrementada.Renta en Desvinculación Laboral.Alícuota Corporativa y Dividendos.

Título II: Impuesto al Valor Agregado.Título V: MonotributoTítulo VII: Procedimiento TributarioTítulo IX: Régimen Penal Tributario

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Impuesto a las Ganancias PH y SI:

Renta Financiera

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Antes de la Reforma (I)

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Impuesto a las ganancias

15% (modif 2013) C/V Tasa generalInversiones en el exterior

Títulos soberanos compraventa interesesTítulos públicos Brasil - -Títulos Públicos y títulos

valores de empresas de

Bolivia- -

Fondos comunes de

inversión

compraventa intereses

Acciones compraventa dividendosCuentas corrientes y caja de

ahorro

- intereses

Plazo fijo - interesesADRs compraventa -

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Antes de la Reforma (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Impuesto a las ganancias

15% (modif 2013) C/V Tasa generalInversiones en el país

Títulos públicos Argentinos (*) - -Obligaciones negociables con

CNV

- -

Obligaciones negociables sin CNV compraventa intereses

Acciones con cotización - -Acciones sin cotización compraventa -CEDEARs - dividendosPlazo fijo y caja ahorro $ y u$s - -

Fideicomiso financiero con

autorización CNV- -

Fideicomiso financiero sin

autorización CNVcompraventa rentas

Fondos comunes de inversión con

autorización CNV- -

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Impuesto a las Ganancias:Post-Reforma y cambios en

Imp a las Ganancias PH

¿Bienes Personales?

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Parte General (I)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

- Dejan de estar EXENTOS:- A) Títulos Públicos/Bonos (PH Res País) - B) Plazos Fijos Entidades país (TODOS)- C) Lebac Residentes Exterior??

- Sigue EXENTO:- A) Intereses Caja de AHORRO- B) Acciones Cotizan Bolsa País

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Parte General (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

- Alícuotas:Discrimina alícuotas por clase de activo- 5% en pesos o sin ajuste- 15% en USD o con ajuste

TIP: Recordar en GCIAS Renta Financiera segrava la Rentabilidad CompraVta y/o losintereses.

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Post Reforma (I)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Impuesto a las ganancias

Enajenación RendimientoInversiones en el país

Títulos públicos Argentinos ($ o

Sin ajuste) Res Arg salvo Lebac

5% 5%

Títulos públicos Argentinos (USD

o Con ajuste) Res Arg salvo Lebac

15% 15%

Acciones con cotización - Dividendos 7% o 13%Acciones sin cotización 15% Dividendos 7% o 13%Plazo fijo $ o Sin Ajuste 5% 5%

Plazo fijo USD o Con Ajuste 15% 15%

Fid Finaciero Pais Con o Sin

Oferta P (siempre pesos)

15% Dividendos 7% o 13%

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Post Reforma (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Impuesto a las ganancias

Inversiones en el país

FCI Abierto $ 5%

FCI Abierto en USD 15%

FCI Cerrado $ 15% Enaj – 5% interés

FCI Cerrado USD 15% Enaj – 15% interés

ON Pais Con o Sin Oferta Pública en $ 5% (enaj e int)

ON Pais Con o Sin Oferta Pública en USD 15% (enaj e int)

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Post Reforma (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Impuesto a las ganancias

Monedas Digitales (Importante a Futuro) 15%

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Parte Específica (I)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

- Resultado Compra Venta e Intereses:CRITERIO PERCIBIDO (2da Cat)Salvo:

Cupón de intereses a más de 1 año de plazo: DEVENGADO

Bonos adquiridos con intereses corridos: OPCIÓN de deducirlos con la venta, o del siguiente cupón de intereses

Bonos adquiridos bajo la par: la diferencia es un interés implícito, imputándose por DEVENGADO hasta amortización total o parcial, o su venta, lo anterior

Bonos adquiridos sobre la par: OPCIÓN de imputar el mayor costo con la venta o por DEVENGADO hasta amortización total o parcial, o su venta. lo anterior.

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Parte Específica (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

- Nueva Deducción para estas rentas:

- “El artículo (VI) a continuación del 90 creó una deducción especial equivalente al mínimo no imponible actualizado que las PH podrán computar contra estas nuevas rentas financieras de fuente argentina provenientes de: a) intereses por colocaciones en pesos o en moneda extranjera y b) utilidades por la venta de los activos financieros mencionados en los incisos a) y b) del artículo (iv) a continuación del 90. De generarse rentas gravadas al 5 y 15%, la deducción especial habrá de proporcionarse.”

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Parte Específica (III)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

FCI Mixtos (Pesos y Dólares) Reglamentación aplicara tasas diferenciales

Beneficiarios del Exterior (Diferencia Rentas Paises Cooperantes y no)

Vigencia Rentas Generadas desde 1-1-2018

Costo de adquisición previo a la ley (1-1-2018), Títulos, FCI, ONs??

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Conclusiones TasasDr. CP y LA Sergio L. Biller

MULTIPLICIDAD DE TASAS PH y SI

Renta financiera en $ 5%

Renta Financiera en USD 15%

Venta Inmuebles (excepto casa hab) 15% (tema Parte II)

Venta Títulos Acciones etc 15%

General Progresiva (5% hasta 35%)

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Impuesto a las Ganancias PH: “VENTA DE INMUEBLES Y

TRANSFERENCIA DE DERECHOS”

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Nuevo Hecho ImponibleDr. CP y LA Sergio L. Biller

La enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles se encuentran alcanzados por el impuesto a las ganancias para las personas humanas y las sucesiones indivisas.Renta de Segunda Categoría OJO.Tributa el 15% de la rentabilidad.

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GeneralesDr. CP y LA Sergio L. Biller

Exento Resultado compra venta casa-habitación.A partir de inmuebles ADQUIRIDOS desde 01/01/2018.CASO Donación Causante o Donante adquirir post 01/01/2018.ITI sigue vigente para inmuebles adquiridos 31/12/2017 para atrás.

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Generales IIDr. CP y LA Sergio L. Biller

-El resultado de venta gravado al 15%:Venta – Costo actualizado por IPIM desde compra

hasta venta.Si se tomaron amortizaciones al monto anterior se restan.Se podrán computar gastos (comisiones, honorarios, impuestos y erogaciones).

VER Aclaración RG 4190-E

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Impuesto a las Ganancias PH: “Deducción especial incrementada

NUEVA!”

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Incremento DeducciónEspecial CASOS

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Trabajadores Autónomos tendrán derecho al incremento en UNA vez de la deducción especial. (Resumen Ded Especial DOS Veces el Mínimo No Imponible).“Nuevos Profesionales” y “Nuevos Emprendedores” incremento 1,5 Veces la Deducción Especial (Resumen Ded Especial 2,5 veces el Mínimo No Imponible).

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Ganancias en Desvinculación Laboral

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Indemnizaciones Dr. CP y LA Sergio L. Biller

La reforma grava las indemnizaciones que reciban quienes se hayan desempeñado en determinados cargos directivos y ejecutivos (ejemplo).La ley actual dispone que quienes se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas, las sumas que se generen exclusivamente con motivo de su desvinculación laboral, cualquiera fuere su denominación, que excedan los montos indemnizatorios mínimos previstos en la normativa laboral aplicable, se consideran ganancia gravada.

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Indemnizaciones IIDr. CP y LA Sergio L. Biller

Cuando esas sumas tengan su origen en un acuerdo consensuado (procesos de mutuo acuerdo o retiro voluntario, entre otros) estarán alcanzadas en cuanto superen los montos indemnizatorios mínimos previstos en la normativa laboral aplicable para el supuesto de despido sin causa.La reglamentación establecerá las pautas y condiciones respecto de este nuevo hecho gravado por el impuesto.

A ESPERAR!!!

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No Olvidar!Dr. CP y LA Sergio L. Biller

CSJN en el fallo “Negri” había ratificado que las indemnizaciones por despido no estaban alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias, porque son prestaciones que se han generado cuando se agotó la fuente, y por ende, no constituyen “un monto imponible” con los alcances y conceptos específicos de la normativa fiscal aplicable.

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Alícuota Ganancias Personas Jurídicas y Dividendos

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Imp Ganancias Alícuotas PJDr. CP y LA Sergio L. Biller

Para ejercicios iniciados desde 01-01-2018 hasta 31-12-2019: 30%.Para ejercicios iniciados desde 01-01-2020: 25%.

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Impuesto de igualaciónDr. CP y LA Sergio L. Biller

Se elimina el impuesto de igualación, es decir la retención sobre los dividendos o utilidades que se distribuían por encima del resultado impositivo que había tributado impuesto.

OJO resultados generados nuevos

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VARIOS SociedadesDr. CP y LA Sergio L. Biller

Las SAU (Sociedades Anónimas Unipersonales) y las SAS (Sociedades Anónimas Simplificadas se agregan LITERALMENTE como renta de Sociedades de Capital.Mutuales y Cooperativas que generan actividad Financiera siguén EXENTAS (modificación de último momento).Salidas No Documentadas: Redefine el texto. Comentarios.

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Dividendos y Utilidades PHDr. CP y LA Sergio L. Biller

Los dividendos y las distribuciones de utilidades, en dinero o en especie, ganancia gravada por sus beneficiarios.

Los dividendos en especie se computarán a su valor corriente en plaza a la fecha de su puesta a disposición.

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Dividendos y Utilidades PHAlícuota Especial

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Para ejercicios iniciados desde 01-01-2018 hasta 31-12-2019: 7%.

Para ejercicios iniciados desde 01-01-2020: 13%.

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Resumido Dr. CP y LA Sergio L. Biller

¿Qué pasa con distribución de Resultados posteriores?

Ejercicios INICIADOS

Previo 01/01/18

01/01/2018 a 31/12/2019

A partir de 01/01/2020

Sociedad tributa

35% 30% 25%

Dividendos/Utilidades

No Computables

7% 13%

Impuesto Igualación

SI NO NO

Impuesto Sumado

35% 34,9% 34,75%

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Dividendos Fictos o Presuntos y Intereses

Presuntos

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se presume situaciones en donde se establecen la existencia de dividendos o distribución de utilidades. EJEMPLOSSe extienden “Intereses Presuntos” a todas las sociedades de Capital. Modificación texto Ley. Ejemplos

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Impuesto al Valor Agregado: Modificaciones

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Servicios DigitalesDr. CP y LA Sergio L. Biller

-Nuevo hecho Imponible:“Los servicios digitales prestados desdeel exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país,en tanto el prestatario no sea sujeto responsable inscripto en IVA que lovincule con la actividad gravada por el tributo”.

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Servicios Digitales IIDr. CP y LA Sergio L. Biller

Son sujetos pasivos del impuesto, los prestatarios de los servicios digitales, debiendo ingresar la obligación salvo que intervenga un intermediario en el pago, quien en ese caso asumirá el carácter de agente de percepción.

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Devolución saldos a favor por Inversiones Bienes de Capital

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se crea la devolución de los créditos fiscales originados en compra, construcción, fabricación o importación de bienes de uso excepto automóviles-, que habiendo sido adquiridos a partir del 1/1/2018, y luego de transcurridos 6 meses desde su cómputo, no hubieran sido absorbidos por débitos fiscales generados por la actividad.

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Rebaja de IVADr. CP y LA Sergio L. Biller

Alícuota del 10,5% a Venta Animales Vivos:- Porcinos, Conejos y Aves.

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Computo de Contribuciones Decreto 814/2001

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se dispone la reducción gradual hasta su derogación del 100% en el 2022!!!.

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Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Novedades con la Reforma

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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ModificacionesDr. CP y LA Sergio L. Biller

Importante: TODO de aplicación a partir de 01/06/2018.

Solo pueden ser Monotributistas PH y SI(Sociedades Simples, de Hecho y Condominios NO).

En cuanto a las sucesiones indivisas podrán continuar dentro del régimen hasta un año desde el fallecimiento del causante, siempre que no exista unadeclaratoria de herederos dictada con anterioridad.

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Modificaciones IIDr. CP y LA Sergio L. Biller

Recategorización pasa a ser SEMESTRAL.

Precio Unitario de Venta: $15.000.

Ya no se van a exigir CANTIDAD DE EMPLEADOS MÍNIMA.

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Modificaciones III (Especiales)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

PEN va a poder subir POR ÚNICA VEZ cotización previsional.

Multa por Omisión se Incorpora Componente Previsional.

Se aclara por ley que la AFIP puede recategorizar de oficio.

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Modificaciones a Procedimiento Tributario

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Domicilio Fiscal Electrónico Dr. CP y LA Sergio L. Biller

ANTES Facultativo AFIP

AHORA Obligatorio para todos los contribuyentes

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DDJJ Rectificativa en MenosDr. CP y LA Sergio L. Biller

ANTES Sistema no tomaba

AHORA Admite por errores materiales:

a) Dentro 5 días vtob) Monto rectificado no exceda 5%

base imponible

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Acuerdo Conclusivo Voluntario

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se incorpora dentro del procedimiento de la determinación de oficio la posibilidad de llegar a un acuerdo conclusivo voluntario entre fisco y contribuyente.

Características?

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Clausura PreventivaDr. CP y LA Sergio L. Biller

Se amplia de uno a dos hechos u omisiones para clausura procedente.Se aplica de uno a dos años el período que opera infracción anterior como antecedente.Se elimina sanción de multa y clausura. Solo Clausura 2 y 6 días.

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Nuevas Potestades por Ley de AFIP

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se faculta a la AFIP de:

1) Suspender CUIT

2) Limitar autorización emisión comprobantes.

TIP: Se establece plazos de disconformidad

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VARIOSDr. CP y LA Sergio L. Biller

Incremento Valoración probatoria Actas inspectores AFIPMínimos y Máximos Multas MaterialesPrescripciónModificaciones al proceso Ejecución FiscalTribunal Fiscal Otros. (OI, Solidaridad Resp Deuda Ajena, etc)

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Modificaciones a la Ley Penal Tributaria

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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Cond Objetivas Punibles (I)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

“Evasión Simple Imp” 1.500.000 anual

“Evasión Agravada Imp”a) General 15.000.000 anualb) Interv Personas 2.000.000 anualc) Benef Fiscales 2.000.000 anuald) Fact apócrifas 1.500.000 anual

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Cond Objetivas Punibles (II)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

“Aprovechamiento Indebido Beneficios Fiscales” 1.500.000 anual

“Apropiación Indebida Tributos Imp”100.000 mes

“Evasión Simple Prev” 200.000 mes

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Cond Objetivas Punibles (III)Dr. CP y LA Sergio L. Biller

“Evasión Agravada Prev”a) General 1.000.000 mesb) Interv Personas 400.000 anualc) Benef Fiscales 400.000 anual

“Obtención Fraudulenta Benef Fiscales”“Simulación Dolosa Canc Obligaciones”

Imp(500.000 año) RNSS (100.000mes)“Alteración Dolosa Registros” e “Insolvencia Fiscal Fraudulenta”

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Fuga del Proceso por Pago!Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se establece de nuevo, extinguiéndose la acción penal (Evasión Simple y Agravada Imp y Previsional; aprovechamiento indebido beneficios fiscales)

Requisitos:a) Aceptación y cancelación total con accsb) Hasta 30 días notificación imputación

penalc) POR única vez por PH o PJ. (Cuit?)

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Unidad de Valor Tributario (UVT)

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

Se crea la UVT como unidad de medida homogénea:

Importes Fijos, Imp Mínimos, Escalas, Sanciones, Todo parámetro monetario.

Actualización IPCLeyes de tributos y demás obligacionesAntes 15/09/2018 Se crea por ley reemplazando $. Delitos vigentes a su comisión.

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CONCLUSIONES y PREGUNTAS A FUTURO

Dr. CP y LA Sergio L. Biller

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