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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA ELECTRICA NOMBRE: FERNANDO JAVIER ESQUIVEL SALAZAR MATRICULA: 1545955 MATERIA: FORMACION DE EMPRENDEDORES INGE: ALAN ARTURO MORENO GUTIERREZ HORA: N4-6

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON

FACULTAD DE INGENIERIA MECANICA ELECTRICA

NOMBRE: FERNANDO JAVIER ESQUIVEL SALAZARMATRICULA: 1545955

MATERIA: FORMACION DE EMPRENDEDORESINGE: ALAN ARTURO MORENO GUTIERREZ

HORA: N4-6

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IMPI (INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRUAL)

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial es un Organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país.

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MISION:

Garantizar que la intervención del Estado en el campo de la protección de los derechos de propiedad industrial, otorgue a sus titulares la seguridad jurídica necesaria para que el aprovechamiento legítimo de su capacidad creativa e inventiva promueva la inversión privada, la creación de empleos, el desarrollo económico, y en general, la competitividad del país

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VISION:

Constituirse en un agente de cambio para que el sistema educativo, la investigación, la actividad empresarial y la creatividad de la población, con la intervención que corresponda al Estado, se integren efectivamente en la cadena de valor que lleve a la sociedad, a través del mercado, los beneficios derivados de la innovación, las buenas prácticas, el uso de signos distintivos, la mejora continua y la actividad inventiva de la comunidad científica e industrial mexicana, convirtiéndose en un referente para los países que forman la sociedad internacional.

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VALORES:

HONESTIDAD - Privilegia la importancia de garantizar a los particulares confidencialidad, imparcialidad y compromiso para proteger su capacidad creativa e inventiva.

SERVICIO - Asume que el Estado debe conducirse con la mayor diligencia y oportunidad para garantizar la seguridad jurídica en la explotación comercial de la propiedad industrial.

EFICIENCIA - Asume que la garantía del respeto irrestricto de los derechos de propiedad industrial, requieren que el Estado disponga de todos los recursos con los que cuenta para cumplir con ese propósito.

CREATIVIDAD - Concibe que el uso racional de los recursos de Estado debe hacerse aplicándolos de manera tal, que se obtengan los mejores resultados posibles.

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OBJETIVO INSTITUCIONAL

Que las actividades industriales y comerciales del país, utilicen el sistema de propiedad industrial como un elemento de protección legal en la distinción y perfeccionamiento de sus bienes y servicios.

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OMPI (ORGANIZAION MUNDIAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL)

La OMPI es el foro mundial en lo que atañe a servicios, políticas, cooperación e información en materia de propiedad intelectual (P.I.). Es un organismo de las Naciones Unidas, autofinanciado, que cuenta con 188 Estados miembros.

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MISION:

La misión de la OMPI es llevar la iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de P.I. equilibrado y eficaz, que permita la innovación y la creatividad en beneficio de todos. El mandato y los órganos rectores de la OMPI, así como los procedimientos que rigen su funcionamiento, están recogidos en el Convenio de la OMPI, por el que se estableció la Organización en 1967.

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¿QUIENES CONFORMAN LA OMPI?

Estados miembros: Los 188 Estados miembros de la OMPI aprueban la orientación estratégica y las actividades de la Organización en las reuniones anuales de las Asambleas.

La Administración y el personal: El personal de la OMPI (la Secretaría), orientado por los valores básicos de la Organización, cuenta con las aptitudes necesarias para aplicar las decisiones de los Estados miembros y ejecutar los diversos programas de la OMPI.

Observadores: Unas 250 organizaciones no gubernamentales (ONG) y organizaciones intergubernamentales (OIG) gozan de la condición oficial de observador en las reuniones de la OMPI.

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 ¿QUE HACE LA OMPI?

Constituye un foro de política en el que plasmar normas internacionales de P.I. equilibradas para un mundo en evolución; presta servicios mundiales para proteger la P.I. en todo el mundo y para resolver controversias; ofrece infraestructura técnica para conectar los sistemas de P.I. y compartir los conocimientos; organiza programas de cooperación y fortalecimiento de las capacidades para permitir a todos los países utilizar la P.I. para el desarrollo económico, social y cultural; constituye una fuente mundial de referencia es para la información en materia de P.I.

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Cada una de las divisiones de la OMPI, bajo la conducción de un Director, se encarga de ejecutar programas específicos destinados a alcanzar las nueve metas estratégicas y los objetivos de la Organización es:

Las actividades de la OMPI, por unidad Reseña del año transcurrido: Informe del Director

General de la OMPI - Asambleas de 2014 OMPI – La P.I. en beneficio de todos

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 AIPPI ( ASOCIACION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL)

La Asociación Internacional para la Protección de la Propiedad Industrial e Intelectual (Association Internationale pour la Protección de la Propriété Industrielle), conocida generalmente por el nombre abreviado A.l.P.P.I., es una Asociación internacional privada domiciliada en Suiza.

La Organización es políticamente neutral y no tiene fines lucrativos.

Su objeto es promover la protección de la propiedad industrial e intelectual a nivel internacional y nacional. Este objeto se ha mantenido sin cambios esenciales durante los más de 100 años de existencia de la A.l.P.P.I.

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Los Estatutos de la AIPPI actualmente en vigor son del año 1986, salvo sus artículos 1 y 2 que han sido modificados en noviembre de 2001; pues bien, en el citado art. 2 se definen el objeto de la Asociación y los medios para alcanzarlo, que son los siguientes: GENERAL SOBRE LA A.I.P.P.I.

La Asociación tiene por objeto:Propagar la idea de la necesidad de la protección internacional de la propiedad industrial y de la propiedad intelectual, en su sentido más amplio (patentes, modelos de utilidad, diseños industriales, marcas de producto y de servicios, nombres comerciales, derecho de autor, topografías de productos semiconductores, indicaciones de procedencia, denominaciones de origen, y otras formas de protección, así como la represión de la competencia desleal), y promover el desarrollo de la protección de la propiedad industrial e intelectual;

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La Asociación cumple su objeto en especial mediante:

La edición y difusión de publicaciones y otras informaciones; La organización de Congresos periódicos y otras reuniones; La representación de la Asociación ante los gobiernos y entidades intergubernamentales, así como ante organizaciones nacionales, regionales e internacionales.". Los miembros de la A.l.P.P.I. son personas físicas y entidades jurídicas que participan activamente o están interesadas en el progreso de la protección de la .propiedad industrial a nivel nacional o internacional debido a sus actividades profesionales o científicas. Entre sus miembros figuran agentes de la propiedad industrial y abogados interesados en la materia, así como representantes de la industria, al igual que jueces y científicos juristas.

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Personas individuales y entidades procedentes de países donde no existe ningún Grupo Nacional o Regional de la A.l.P.P.I. ostentan la condición de miembros, obtenida directamente de la Organización Internacional.

Existen Grupos Nacionales de la A.l.P.P.I. en 64 países. Un Grupo Regional cubre otros 16 países. En estos países, la condición de miembro es obtenida por adhesión al Grupo Nacional o Regional.

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IIDA( Estatuto del Instituto Interamericano de Derecho de Autor )

El Instituto Interamericano de Derecho de Autor (IIDA) es una asociación internacional de carácter privado, sin fines de lucro, constituida por tiempo indeterminado, con sede legal en la ciudad de San Pablo, Brasil. La representación legal del Instituto, activa y pasiva, judicial y extrajudicial, recae en su Presidente.

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FINALIDADES:

Fomentar el estudio y el progreso del Derecho de Autor y Derechos Conexos, particularmente en función de las modernas técnicas de comunicación, intensificando el examen profundo e imparcial de los problemas que los afectan.

Difundir la disciplina de la concurrencia desleal y demás Instituciones de la Propiedad Industrial en cuanto interesen al Derecho de Autor.

Coordinar, mejorar y procurar unificar la protección efectiva del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos, actuando por sí o conjuntamente con otros organismos.

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Tender a que los países americanos otorguen la más amplia protección al Derecho de Autor y fomentar el desarrollo y aplicación de las

Convenciones Internacionales vigentes. Prestar su cooperación como organismo técnico

de consulta y planeamiento a personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, inclusive internacionales, que le formulen consultas o soliciten su mediación.

Crear v sostener un “Centro interamericano de Información y Documentación” que facilite a todos los miembros el examen de las reformas proyectadas en cualquier país de América, que se refieran, o que de cualquier modo afecten, la legislación sobre estos derechos.

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Realizar estudios de derecho comparado. con miras a unificar las legislaciones americanas.

Propiciar la creación de Institutos de Derecho de Autor en cada país de América, en donde no existan ya otros con fines análogos, y actuar como órgano de relación entre ellos en el Continente Americano.

Promover publicaciones especializadas sobre estos derechos.

Difundir el conocimiento de estos derechos, inclusive promoviendo su estudio en las Universidades de América.

Desarrollar cualquier otra actividad similar a las comprendidas en los objetivos previstos en este artículo, que tenga por finalidad el perfeccionamiento doctrinario o legislativo, y la protección económica de Derecho de Autor y de los Derechos Conexos.

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MIEMBROS:

Integran el Instituto desde que solicitan su adhesión:

A) Como miembros efectivos, con derecho a voto: Los Institutos Nacionales de Derecho de Autor u

otras entidades con finalidades análogas, existentes, o que sean fundadas en el Continente Americano

Los delegados participantes del Comité de Propiedad Intelectual e Industrial de la Federación Interamericano de Abogados (FIA).

Los abogados especialistas en la materia y demás personas físicas que en América y en la península ibérica, se dediquen o se interesen en las finalidades del Instituto.

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B) Como miembros patrocinadores, sin derecho a voto, las Asociaciones, Corporaciones, Sociedades, Firmas, Bibliotecas o cualquier persona natural o jurídica que quiera cooperar con el IIDA. Son cinco las categorías de miembros patrocinadores

Vitalicios Mantenedores Asociados Afiliados Regulares.