INFORMES 2010-2011 AMERICA LATINA, ESPAÑA Y...
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Departamentode NormasInternacionalesdel Trabajo
LA COMISION DE EXPERTOS EN APLICACIÓN DE CONVENIOS Y
RECOMENTACIONES ( CEACR) Y LA SST
INFORMES 2010-2011
AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL
GRACIELA JOLIDON – ESPECIALISTA DEL DEPARTAMENTO DE NORMAS INTERNACIONALES DEL TRABAJO
Normas Internacionales del Trabajo
I. PARTE GENERAL
LA CEACR
La CEACR tiene a cargo
1. El examen de las memorias de los gobiernos
2. El examen de las comunicaciones de las organizaciones de trabajadores y de empleadores
3. El seguimiento de las conclusiones formuladas por la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo sobre los casos seleccionados para debate (junio de cada año)
4. El curso dado a las recomendaciones contenidas en el informe del Consejo de Administración sobre una Reclamación
Normas Internacionales del Trabajo
COMENTARIOS DE LA CEACR: Observaciones
OBSERVACIONES (falta de respuesta, casos más graves o de cambios positivos, y cuando se reciben comunicaciones de organizaciones de trabajadores o de empleadores). Se publican en el Informe Anual de la CEACR (libro) y en los bancos de datos APPLIS e ILOLEX.
La Comisión de Aplicación de Normas (órgano tripartito) de la Conferencia Internacional del Trabajo las examina y selecciona casos para debate. Cada caso termina con conclusiones cuyo seguimiento está a cargo de la CEACR.
Normas Internacionales del Trabajo
COMENTARIOS DE LA CEACR: Solicitudes directas
SOLICITUDES DIRECTAS : seguimiento técnico habitual – No se publican en el Informe de la CEACR (Libro). No las examina la Comisión de Aplicación de Normas de la CIT. Disponibles en los APPLIS e ILOLEX a partir de, aproximadamente el 15 de abril de cada año
APPLIS: http://webfusion.ilo.org/public/db/standards/normes/appl/index.cfm?lang=ES
ILOLEX: http://www.ilo.org/ilolex/spanish/index.htm
Normas Internacionales del Trabajo
COMUNICACIONES DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES – Informaciones prácticas (1)
Las memorias de los Gobiernos y las comunicaciones de las organizaciones de trabajadores y de empleadores recibidas hasta el 1ro de septiembre se examinan generalmente en la reunión de la CEACR de noviembre/diciembre.
Al examinar comunicaciones de organizaciones de trabajadores y de empleadores la CEACR formula Observaciones por lo cual esas comunicaciones adquieren mayor visibilidad (se incluyen en el Informe de la CEACR que examina la Comisión de Aplicación de Normas de la CIT).
El período de examen de memorias sobre Convenios de SST es de cinco años, sin embargo, al recibir una comunicación se acorta el período y la CEACR las examina el mismo año, si el Gobierno a dispuesto de un plazo razonable para formular sus comentarios
Normas Internacionales del Trabajo
COMUNICACIONES DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES - Informaciones prácticas (2)
Las comunicaciones de las organizaciones de trabajadores o de empleadores se envían a los Gobiernos para que formule sus observaciones (respuesta).
Los Gobiernos deben tener un plazo razonable para formular su respuesta.
Si las comunicaciones de las organizaciones llegan en los últimos días del cierre de período, y que el Gobierno no ha podido responder, la CEACR mencionará las comunicaciones el mismo año pero las examinará más en detalle el año siguiente para que el Gobierno tenga la posibilidad de responder.
Si las organizaciones desean que su comunicación se examine durante el año en curso es conveniente que las envíen con una cierta anticipación.
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COMUNICACIONES DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES: CONCLUSIONES (1)
El hecho de que existan comunicaciones de las organizaciones de trabajadores en un país determinado, no significa una peor aplicación en ese país respecto de los demás países.
Lo que indican las comunicaciones es:
- la vitalidad de los sindicatos,
- su preocupación por determinados temas
- su conocimiento e interés en los mecanismos de control de la OIT.
Normas Internacionales del Trabajo
COMUNICACIONES DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES: CONCLUSIONES (2)
Contribuyen a resolver problemas. Dado que la OIT
transmite las comunicaciones de los sindicatos al Gobierno antes de examinarlas, el Gobierno estudia la cuestión y busca soluciones. Posteriormente la CEACR enviará sus Observaciones y continuará el diálogo en busca de lograr una mejor aplicación del Convenio de que se trate.
Fortalecen y enriquecen el sistema de control
proporcionando informaciones nuevas y planteando problemas de aplicación desde el punto de vista de los trabajadores.
Normas Internacionales del Trabajo
II. CEACR, comunicaciones de los trabajadores y SST. Informe
2010 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
BRASIL
Convenios 136 (benceno), 139 (cáncer profesional) y 148 (ruido y vibraciones): Sindicato de los Trabajadores del Transporte por Carretera de Líquidos y Gas, Derivados del Petróleo y de Productos Químicos del Estado de Río Grande do Sul (SINDILIQUIDA/RS)
Convenio 155:SINDILIQUIDA/RS/ Central Única de Trabajadores (CUT)/Sindicato de Peritos Forenses del Estado de São Paolo (SINPCRESP). A su vez, la CUT transmite informaciones de: Confederación de Trabajadores de la Industria de la Madera (CONTICOM), Sindicato de Petroleros de Minas Gerais(SINDIPETR/MG), Sindicato de Petroleros de Ceará (SINDIPETRO/CE),
Convenio 167 (construcción): CUT Convenio 170 (productos químicos): SINDILIQUIDA
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Informe 2010 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
CHILEConvenio 161 (servicios de salud). Seguimiento de
antiguos comentarios de:
Central Latinoamericana de Trabajadores (CLAT) y la
Confederación Mundial del Trabajo (CMT)
Normas Internacionales del Trabajo
Informe 2010 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
MEXICOConvenio 155: Seguimiento de las recomendaciones formuladas en un Informe sobre
una reclamación presentada por:
Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos de México (SNTCPF) con la adhesión de:
Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana, Sindicato Nacional de Trabajadores de Metlife, Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México, Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear, Sindicato Independiente de Trabajadores de la Industria Automotriz, Similares y
Conexos «Volkswagen de México», Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México, Sindicato Nacional Único y Democrático de los Trabajadores del Banco Nacional de
Comercio Exterior
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Informe 2010 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
URUGUAY
Convenio 155: Entre otros, seguimiento a la aplicación de las recomendaciones formuladas en un Informe sobre una reclamación presentada por el Plenario Intersindical de Trabajadores Convención Nacional de Trabajadores (PIT-CNT)
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Informe 2010 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Convenio 155: Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV).
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Informe 2011 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
BRASIL
Convenio 155:Sindicato de Profesores del Distrito Federal (SINPRO-DF)
Convenio 161 (servicios de salud): SINPRO-DF
Convenio 167 (construcción): Sindicato de Trabajadores de la Industria Maderera, de la Construcción Civil y del Mueble de Altamira y Región (SINTICMA)
Convenio 170 (productos químicos): SINDILIQUIDA
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Informe 2011 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
COLOMBIA
La Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC)presentaron comunicaciones conjuntas sobre los siguientes Convenios:
Convenio 13 (cerusa)
Convenio 161 (servicios de salud)
Convenio 162 (asbesto)
Convenio 170 (productos químicos)
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Informe 2011 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
REPUBLICA DOMINICANA
Convenio 167 (Construcción): Comunicaciones de la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC), la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS) y la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos(CNTD)
Normas Internacionales del Trabajo
Informe 2011 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
MEXICO
Convenio 155: Comunicación del Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos(SNTCPF)
Convenio 170: (SNTCPF)
Normas Internacionales del Trabajo
Informe 2011 de la CEACR: Comunicaciones de los trabajadores sobre los Convenios de SST en los países considerados en el presente curso
PORTUGAL
Convenio 155: Unión General de Trabajadores(UGT)
Normas Internacionales del Trabajo
CEACR 2010-2011 : Participación de los Sindicatos en los mecanismos de control: Tendencias
En América Latina la participación de los sindicatos en el sistema de supervisión de la OIT en temas de SST es incipiente pero es cada vez mayor.
Normas Internacionales del Trabajo
CEACR 2010-2011: Cuestiones planteadas en las comunicaciones de los sindicatos: tendencias
Trabajadores de la economía informal y tercerizados: no se asegura su protección, no figuran en las estadísticas por lo cual no se puede tener un panorama completo de la situación de SST. Esto distorsiona las estadísticas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y no proporciona una base fiable para la elaboración, aplicación y reexamen de una política nacional.
Inspección del trabajo. No dispone de medios suficientes, legales y materiales.
En muchos casos la normativa en materia de SST es adecuada pero no se asegura su aplicación.
Normas Internacionales del Trabajo
CEACR 2010-2011: Cuestiones planteadas en las comunicaciones de los sindicatos: tendencias
Falta de regulación de la colaboración de las empresas en materia de SST cuando hay dos o mas empresas en el mismo lugar de trabajo.
Inadecuada coordinación entre las diferentes autoridades.
Inadecuada o falta de regulación para asegurar la protección de los trabajadores de consecuencias injustificadas en caso de interrupción de tareas porpeligro grave e inminente.
Normas Internacionales del Trabajo
CEACR 2010-2011: Otras cuestiones que surgen de los comentarios de la CEACR
Varios países han ratificado convenios de SST temáticos o sectoriales pero no tienen una política nacional de SST. Eficacia restringida si la visión de la SST es fragmentaria.
Necesidad de elaboración aplicación y reexamen de la política nacional en consulta con los interlocutores sociales. (círculo de mejora continua).
En consecuencia, invitación a considerar el Plan de acción (2010-2016) para alcanzar un amplio grado de ratificación y de aplicación efectiva de los instrumentos sobre seguridad y salud en el trabajo (Convenio núm. 155, su Protocolo de 2002, y Convenio núm. 187), adoptado por el Consejo de Administración en 2010.
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Como contactarnos:
Oficina Internacional del Trabajo
Departamento de Normas Internacionales del Trabajo
http://www.ilo.org/standards