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INFORME FINAL DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL, MODALIDAD ESPECIAL, A LA LEGALIDAD, LA GESTION Y RESULTADOS DE LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA, EN LA VIGENCIA 2012. Tunja, 08 de noviembre de 2013.

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INFORME FINAL DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL, MODALIDAD ESPECIAL, A LA LEGALIDAD, LA GESTION Y RESULTADOS DE LOS CONVENIOS

INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA, EN LA VIGENCIA 2012.

Tunja, 08 de noviembre de 2013.

JOSE ARMANDO PUIN Contralor Municipal de Tunja

HERNANDO FARFAN RUBIANO Auditor Fiscal (C.)

LINA MARCELA MARTÍNEZ SARMIENTO Abogada Contratista

Comisionada para realizar la Auditoría

CONTRALORIA MUNICIPAL DE TUNJA

NIT. 800107701-8 Control Fiscal un compromiso social

INFORME FINAL DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL, MODALIDAD ESPECIAL, A LA LEGALIDAD, LA GESTION Y RESULTADOS DE LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA, EN LA VIGENCIA 2012.

Elaboró: Lina Marcela Martínez Sarmiento Revisó: Hernando Farfán Rubiano Contratista - Auditora Auditor Fiscal.

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TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 4

CARTA DE CONCLUSIONES ..................................................................................... 5

RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ............................................................................. 7

1. INFORME DE REVISION DE LA CUENTA .......................................................... 7

2. ANÁLISIS DE LEGALIDAD, GESTIÓN Y RESULTADOS A LOS ..................... 9

CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. ................................................................ 9

2.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN .......................................................................... 9

3. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ................. 10

ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA ,EN LA VIGENCIA 2012...................................... 10

3.1. CONVENIOS QUE NO PRESENTAN OBSERVACIONES .......................... 10

3.2. CONVENIOS QUE PRESENTAN OBSERVACIONES ................................. 14

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INTRODUCCIÓN

La Contraloría Municipal de Tunja en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, como ente de control fiscal, realizó auditoría gubernamental modalidad especial a los convenios interadministrativos suscritos por la Alcaldía Mayor de Tunja, en la vigencia 2012. La evaluación se realizó a los soportes de los convenios entregados por la Secretaria de Contratación, Licitaciones y Suministros de la Alcaldía Mayor de Tunja; se realizaron visitas a las entidades que suscribieron los convenios y además se les solicitó información adicional para verificar el cumplimiento de los mismos. Respecto del convenio No. 10 de 2012, suscrito con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia -U.P.T.C-, se pudo evidenciar que no generó ningún beneficio para la comunidad, toda vez que no se ha implementado acción alguna que conlleve a la ejecución y puesta en marcha del convenio en mención, configurándose en este caso una actuación por parte de la Administración Municipal de Tunja, en ineficaz e ineficiente que conlleva a un presunto detrimento patrimonial. Por otra parte, el convenio No. 052 de 2012 suscrito con el Consejo Superior de Policía de Boyacá, para la celebración el Aguinaldo Boyacense, versión 2012, se pudo observar que se siguen cometiendo errores en cuanto a la ejecución de los recursos públicos, que conllevan a observaciones con alcance administrativo, fiscal y disciplinario. La Administración Municipal de Tunja es responsable del contenido de la información suministrada a la Contraloría Municipal de Tunja; la responsabilidad de la Contraloría Municipal de Tunja consiste en producir un informe integral que contenga el concepto sobre la legalidad, la gestión y resultados de los convenios interadministrativos suscritos en la vigencia 2012, que incluya pronunciamientos sobre el acatamiento a disposiciones legales, eficiencia del Sistema de Control Interno, la calidad en los procesos y del análisis sobre la confiabilidad, consistencia, integridad y oportunidad de los resultados, a través de las diferentes etapas que incluye el proceso contractual.

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CARTA DE CONCLUSIONES

Doctor FERNADO FLOREZ ESPINOSA Alcalde Mayor de Tunja Ciudad Respetado doctor Flórez Espinosa: La Contraloría Municipal de Tunja, con fundamento en las facultades otorgadas por la Constitución Política de Colombia y la ley, practicó Auditoría especial, a la legalidad, la gestión y resultados de los convenios interadministrativos suscritos por la Alcaldía Mayor de Tunja, en la vigencia 2012. Es responsabilidad de la Administración Municipal el contenido de la información suministrada y analizada por la Contraloría. La responsabilidad de la Contraloría Municipal de Tunja consiste en producir un informe integral que contenga el concepto sobre el examen aplicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría gubernamental colombiana (NAGC) compatibles con las normas internacionales de auditoría (NIAS) y con las políticas y procedimientos contenidos en la Guía de Auditoría Territorial -GAT-, adoptada por la Contraloría Municipal de Tunja mediante resolución No. 024 del 11 de febrero de 2013; por lo tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcionara una base razonable para fundamentar el concepto. La Auditoría incluyó el examen sobre la base de pruebas selectivas de las evidencias y documentos que soportan el área auditada y el cumplimiento de las disposiciones legales, los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en la Contraloría Municipal de Tunja. ALCANCE DE LA AUDITORIA La auditoría a que se refiere el presente informe tuvo el siguiente alcance:

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De acuerdo con el objeto de la auditoría, el cubrimiento es sobre los convenios interadministrativos suscritos por la Alcaldía Mayor de Tunja, en la vigencia 2012, de los cuales fueron excluidos los convenios que tenían como valor cero y se revisaron todos los restantes, evaluando en cada uno de ellos la legalidad en las etapas pre-contractual, contractual, pos contractual y la gestión y resultados de cada uno de éstos, dejando claridad que a algunos de ellos no se les revisó este último ítem, toda vez que aun no han sido liquidados y se encuentran en ejecución, lo cual se evidencia en el informe. CONCLUSIONES Del estudio practicado se destaca lo siguiente:

El proceso auditor se vio retrasado debido a que en la rendición de la cuenta anual consolidada a través del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría Municipal de Tunja -SIRECT-, no estuvo bien rendida, toda vez que algunos convenios interadministrativos no fueron identificados como debía ser, esto es “C17”, lo cual generó inconvenientes, teniendo que la Contraloría auditoría oficiar a la Alcaldía Mayor de Tunja, para que enviaran la relación de los convenios suscritos, retardando el proceso auditor.

Es importante mencionar que algunos convenios no pudieron ser verificados en su etapa de gestión y resultados toda vez aún se encuentran en ejecución, como quedó señalado en los convenios respectivos.

CONSOLIDACION DE HALLAZGOS En desarrollo de la presente auditoría se establecieron nueve (9) observaciones administrativas de las cuales dos (2) tienen alcance fiscal y una (1) con alcance sancionatorio.

Cordialmente, HERNANDO FARFAN RUBIANO Auditor fiscal (C.)

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RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 1. INFORME DE REVISION DE LA CUENTA Se verificó el cumplimiento de rendición de la cuenta por parte de la Alcaldía Mayor de Tunja para la vigencia fiscal 2012 y que es rendida a través del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría Municipal de Tunja -SIRECT-, relacionada con la información contractual que se rinde en el formato F20_13. Se estableció que se presenta una observación con alcance sancionatorio toda vez que no se rindió de manera adecuada la cuenta pues los convenios interadministrativos deben ser identificados como C17 y revisando el formato rendido por la Alcaldía Mayor de Tunja, hicieron falta convenios como es el caso del suscrito con el Consejo Superior de Policía de Boyacá, razón por la cual se debió oficiar a la oficina de Contratación de la Alcaldía Mayor de Tunja, para que enviaran la relación de los convenios suscritos en la vigencia 2012, retrasándose con esto la auditoria. A continuación se relacionan los convenios que no aparecen en el formato rendido a través del Sistema de Rendición Electrónica de Cuentas de la Contraloría Municipal de Tunja -SIRECT- como convenios interadministrativos (C17), y que fueron relacionados por la Alcaldía Mayor de Tunja cuando fue requerida por parte del ente auditor:

RELACION CONVENIOS ENVIADA POR LA ALCALDIA MAYOR DE TUNJA

No. DEL CONVENIO

OBJETO

Clase de objeto (como aparece en el

formato)

CONV_01

LA COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE TUNJA PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA JORNADA MASIVA DE VACUNACIÓN CONTRA EL SARAMPIÓN Y LA RUBEOLA A ADOLESCENTES Y JÓVENES ENTRE LOS 11 Y 20 AÑOS DE EDAD PARA EL AÑO 2012.

C19

CONV_12

COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE TUNJA PARA LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS 2012 DEL PROGRAMA SALUD INFANTIL. PLAN AMPLIADO DE INMUNIZACIONES; ACCIONES DE VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA DE LAS ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES. VIOLENCIA INTRAFAMILIAR E INTENTO DE SUICIDIO Y DEL PROGRAMA ALIMENTACION Y NUTRICION Y ENFERMEDADES CRONICAS DE LOS COMPONENTES PROMOCION DE LA SALUD Y CALIDAD DE VIDA Y PREVENCION DE RIESGOS BIOLOGICOS. SOCIALES Y AMBIENTALES Y SANITARIOS.

C19

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CONV_30

LA COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE TUNJA PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS 2012. PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD. CON ENFOQUE FAMILIAR EN EL MUNICIPIO DE TUNJA DE LOS COMPONENTES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y CALIDAD DE VIDA; PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS BIOLÓGICOS. SOCIALES. AMBIENTALES Y SANITARIOS Y PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS

C19

CONV_38

AUNAR ESFUERZOS PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN LA SEMANA NACIONAL DE LA CIENCIA. TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN BOYACÁ 2012. ` EN BOYACÁ. AGUA PARA LA VIDA Y OR LA VIDA`. PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS EN EL SUBPROGRAMA COMUNIDAD VERDE. EDUCACIÓN Y CULTURA AMBIENTAL DEL PLAN DE DESARROLLOS ` HECHOS DE VERDAD`

C19

CONV_52

AUNAR. ARTICULAR Y COORDINAR ESFUERZOS. RECURSOS HUMANOS. LOGISTICOS Y FINANCIEROS. ENTRE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA POLICIA DE BOYACA Y LA ALCALDIA MAYOR DE TUNJA. PARA LA REALIZACION DEL EVENTO MULTICULTURAL AGUINALDO BOYACENSE 2012 COMO ESTRATEGIA DE FORTALECIMIENTO DEL SECTOR CULTURAL DEL MUNICIPIO DE TUNJA

C19

Asimismo el convenio No. 039 aparece en el formato F20-13 con el objeto de “IMPULSAR LA PARTICIPACIÓN DE LA FUNDACIÓN CULTURAL TEATRO EXPERIMENTAL DE BOYACÁ -FCTEB-, CON SU OBRA RELATOS DANZADOS DE MI TIERRA, DANZAS TRADICIONALES DE ZANCOS EN EL FESTIVAL IBEROAMERICANO DE TEATRO DE BOGOTÁ. EN REPRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO DE TUNJA” y la carpeta del contrato entregada por la Alcaldía Mayor de Tunja aparece con el objeto “AUNAR ESFUERZOS PARA EL PROCESO DE AJUSTE Y ACTUALIZACION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE TUNJA”. Por lo anterior se presenta una observación con alcance sancionatorio, teniendo en cuenta que la cuenta anual entregada a la Contraloría Municipal de Tunja fue mal rendida, entorpeciendo la actividad del grupo auditor.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: la Alcaldía de Tunja no se

pronunció al respecto.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: se mantiene el hallazgo con alcance sancionatorio.

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2. ANÁLISIS DE LEGALIDAD, GESTIÓN Y RESULTADOS A LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. La Alcaldía Mayor de Tunja durante la vigencia 2012, de acuerdo a la información enviada y teniendo en cuenta que la reportada en la cuenta anual consolidada fue mal rendida, suscribió un total de 20 convenios interadministrativos, de los cuales seis (6) tienen como valor del contrato $0, razón por lo cual no fueron estudiados; el grupo auditor revisó un total de doce (12) convenios los cuales suman un valor de $4.870.024.940. Los convenios objeto de estudio corresponden a los números, CONV_01, CONV_10, CONV_11, CONV-12, CONV_21, CONV_23, CONV_26, CONV_30, CONV_38, CONV_39, CONV_42, CONV_ 45, CONV 48, CONV_52, todos del año 2012.

2.1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Los convenios auditados fueron revisados teniendo en cuenta los siguientes lineamientos en cada una de las fases respectivas:

ETAPA DE PLANEACIÓN

Estudios previos

Certificado de disponibilidad presupuestal CDP

Invitación selección mínima cuantía

ETAPA PRECONTRACTUAL

Hoja de vida debidamente soportada

Antecedentes penales, disciplinarios y penales

Certificado de existencia y representación

Certificado de afiliación a SGSSI y aportes parafiscales

RUT

Propuesta debidamente soportada

Constancia de idoneidad y experiencia

ETAPA CONTRACTUAL

Contrato

Registro presupuestal RP

Póliza de garantía única y cumplimiento

Aprobación póliza

Acto administrativo por el cual se delega al supervisor

Acta iniciación

Cuentas de cobro con los soportes respectivos

Publicación en el SECOP

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ETAPA POST CONTRACTUAL

Informe final de actividades

ANÁLISIS AL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL

Acta de terminación – liquidación

Acta de recibo a satisfacción

ADICIÓN

Estudios Previos

Certificado de disponibilidad presupuestal CDP

Registro presupuestal RP

Certificado de afiliación a SGSSI y aportes parafiscales

Póliza de garantía única y cumplimiento

Aprobación póliza

Acta de suscripción de la Adición

Análisis al cumplimiento del objeto contractual en la adición

Es de aclarar que algunos de los ítems anteriormente relacionados varían por disposición legal en algunos convenios específicos cuya modalidad cambia de acuerdo al tipo de convenio a celebrar, tal como el convenio suscrito con entidad sin ánimo de lucro. El ítem de ANÁLISIS AL CUMPLIMIENTO DE OBJETO CONTRACTUAL, comprende la revisión de todos y cada uno de los soportes que permitían verificar el cumplimiento del objeto del convenio. 3. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA, EN LA VIGENCIA 2012. 3.1. CONVENIOS QUE NO PRESENTAN OBSERVACIONES 3.1.1. CONVENIO No. 01 DE 2012

OBJETO: LA COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE TUNJA PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LA JORNADA MASIVA DE VACUNACIÓN CONTRA EL SARAMPIÓN Y LA RUBEOLA A ADOLESCENTES Y JÓVENES ENTRE LOS 11 Y 20 AÑOS DE EDAD PARA EL AÑO 2012.

VALOR: $16,000,000.00

CONTRATISTA: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE) SANTIAGO DE TUNJA.

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: WILSON JAVIER NIÑO AVENDAÑO.

3.1.2. CONVENIO No. 12 DE 2012.

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OBJETO: COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE

TUNJA PARA LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS 2012 DEL PROGRAMA SALUD INFANTIL. PLAN AMPLIADO DE INMUNIZACIONES; ACCIONES DE VIGILANCIA EN SALUD PUBLICA DE LAS ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES. VIOLENCIA INTRAFAMILIAR E INTENTO DE SUICIDIO Y DEL PROGRAMA ALIMENTACION Y NUTRICION Y ENFERMEDADES CRONICAS DE LOS COMPONENTES PROMOCION DE LA SALUD Y CALIDAD DE VIDA Y PREVENCION DE RIESGOS BIOLOGICOS, SOCIALES Y AMBIENTALES Y SANITARIOS

VALOR: $187,600,000.00

CONTRATISTA: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE) SANTIAGO DE TUNJA.

CONTRATANTE:

MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: YOLANDA GÓMEZ VILLAMARÍN

3.1.3. CONVENIO No. 26 DE 2012.

OBJETO: APOYAR EL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE UNA ESTRATEGIA INTEGRAL PARA IMPULSAR EL LOGRO DE LOS ODM EN EL MUNICIPIO DE TUNJA FORTALECIENDO LA CAPACIDAD TERRITORIAL PARA LA GESTIÓN DE PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS QUE CONTRIBUYAN A LA PROTECCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA, INFANCIA Y ADOLESCENIA Y JUEVENTUD.

VALOR: $201,000,000.00

CONTRATISTA: PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO PNUD.

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: NANCY ANDREA RAMIREZ AGUDELO.

3.1.4. CONVENIO No. 30 DE 2012 OBJETO:

LA COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA ESE SANTIAGO DE TUNJA PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES DEL PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS 2012, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD, CON ENFOQUE FAMILIAR EN EL MUNICIPIO DE TUNJA DE LOS COMPONENTES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y CALIDAD DE VIDA; PREVENCIÓN DE LOS RIESGOS BIOLÓGICOS, SOCIALES, AMBIENTALES Y SANITARIOS Y PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS.

VALOR: $ 300,000,000.00

CONTRATISTA: EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE) SANTIAGO DE

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TUNJA.

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: YOLANDA GOMEZ VILLAMARIN

3.1.5. CONVENIO No. 21 DE 2012.

OBJETO: COORDINAR ACCIONES DE COOPERACIÓN, OFRECIENDO COLABORACIÓN Y APOYO MUTUO EN LA UNIÓN DE ESFUERZOS ENTRE EL MUNICIPIO DE TUNJA - SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE Y LA POLICÍA NACIONAL - DEPARTAMENTO DE POLICÍA DE BOYACÁ, PARA QUE UNIDADES POLICIALES COADYUVEN CON EL ORGANISMO DE TRÁNSITO EN LA EJECUCIÓN DEL CONTROL OPERATIVO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE EN LA VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN LEGAL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE Y MOVILIDAD VIAL DE LAS PERSONAS Y LAS COSAS EN LA VÍA PÚBLICA

VALOR: $380,000,000.00

CONTRATISTA: POLICÍA NACIONAL

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: JUAN ANTONIO GALINDO ALVARADO

3.1.6. CONVENIO No. 23 DE 2012.

OBJETO: AUNAR ESFUERZOS EN LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL (SUBSIDIOS), EN DESARROLLO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DENOMINADA “VIVIENDA CON HECHOS DE VERDAD”.

VALOR: $700,000,000.00

CONTRATISTA: EMPRESA CONSTRUCTORA DE VIVIENDA DE TUNJA - ECOVIVIENDA.

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: JOHN ERNESTO CARRERO VILLAMIL

NOTA: el convenio no se encuentra liquidado, por tanto se revisó únicamente la parte de legalidad. 3.1.7. CONVENIO No. 38 DE 2012. OBJETO: AUNAR ESFUERZOS PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES EN LA

SEMANA NACIONAL DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN BOYACÁ 2012, “EN BOYACÁ, AGUA PARA LA VIDA Y POR LA VIDA”. PARA EL CUMPLIMIENTO DE METAS EN EL SUBPROGRAMA COMUNIDAD VERDE, EDUCACIÓN Y CULTURA AMBIENTAL DEL PLAN DE DESARROLLOS “HECHOS DE VERDAD”.

VALOR: $80,000,000.00

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CONTRATISTA: UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA U.P.T.C

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: NANCY ANDREA RAMIREZ AGUDELO

3.1.8. CONVENIO No. 42 DE 2012.

OBJETO: GERENCIA DEL PROYECTO DE INVERSIÓN DESTINADO AL DISEÑO, CONSTRUCCIÓN Y DOTACIÓN DE UN CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL EN EL MUNICIPIO DE TUNJA EN LOS TÉRMINOS DEL CONVENIO No. 211048, CELEBRADO CON EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENES FAMILIAR – ICBF.

VALOR: $700,000,000.00

CONTRATISTA: FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: YOLANDA GOMEZ VILLAMARIN

NOTA: el convenio no se encuentra liquidado, por tanto se revisó únicamente la parte de legalidad.

3.1.9. CONVENIO No. 11 DE 2012.

OBJETO: AUNAR ESFUERZOS PARA REALIZAR LOS TRAMITES CONTRACTUALES REQUERIDOS PARA LLEVAR A CABO LA EJECUCIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO DENOMINADO FORTALECIMIENTO SIES 123 DEL MUNICIPIO DE TUNJA, VIABILIZADO POR LOS COMITES TECNICO SIES Y7O FONSECON.

VALOR: $685,962,540.00

CONTRATISTA: FONDO ROTATORIO DE LA POLICIA

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: EDGAR ANDRES QUIROGA NATALE

NOTA: el convenio no se encuentra liquidado, por tanto se revisó únicamente la parte de legalidad. 3.1.10. CONVENIO No. 39 DE 2012 OBJETO: AUNAR ESFUERZOS PARA EL PROCESO DE AJUSTE Y

ACTUALIZACION DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE TUNJA

VALOR: $550,400,000.00

CONTRATISTA: CONSEJO SUPERIOR DE POLICIA DE BOYACÁ

CONTRATANTE: INSTITUTO DE ESTUDIOS URBANOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

SUPERVISOR: NANCY ANDREA RAMIREZ AGUDELO

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Elaboró: Lina Marcela Martínez Sarmiento Revisó: Hernando Farfán Rubiano Contratista - Auditora Auditor Fiscal.

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NOTA: el convenio no se encuentra liquidado, por tanto se revisó únicamente la parte de legalidad. 3.2. CONVENIOS QUE PRESENTAN OBSERVACIONES 3.2.1. CONVENIO No. 52 DE 2012 OBJETO: AUNAR, ARTICULAR Y COORDINAR ESFUERZOS, RECURSOS

HUMANOS, LOGISTICOS Y FINANCIEROS, ENTRE EL CONSEJO SUPERIOR DE LA POLICIA DE BOYACA Y LA ALCALDIA MAYOR DE TUNJA, PARA LA REALIZACION DEL EVENTO MULTICULTURAL AGUINALDO BOYACENSE 2012, COMO ESTRATEGIA DE FORTALECIMIENTO DEL SECTOR CULTURAL DEL MUNICIPIO DE TUNJA

VALOR: $478,000,000.00, ADICIONAL $100.000.000.00

CONTRATISTA: CONSEJO SUPERIOR DE POLICIA DE BOYACÁ

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: JHON ALEXANDER PEREZ SUAREZ

OBSERVACION No. 1: respecto del certificado de existencia y representación del Consejo Superior de Policía de Boyacá adjunto en la carpeta del convenio se encontró que no ha sido actualizado el mismo, encontrándose aún funcionarios que ya no laboran en la Alcaldía Mayor de Tunja. Por lo anterior se configura una observación administrativa.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: el Consejo Superior de Policía está realizando los respectivos trámites para la actualización del certificado de existencia y representación, y una vez tenga el documento actualizado se enviara a la Contraloría Municipal de Tunja

DECISION DE LA CONTRALORÍA: teniendo en cuenta la respuesta de la entidad auditada se mantiene la observación para que sea incluida dentro del plan de mejoramiento, asimismo este ente de control queda a la espera de la actualización del certificado de existencia y representación actualizado.

OBSERVACION No. 2: en los comprobantes de pago se encontraron errores en los valores estipulados como es el caso del comprobante de egreso No. 055-12 en donde dice valor $58.000.000 y total $55.000.000, lo cual no coincide; asimismo el comprobante de egreso No. 054A tiene como valor en números $1.500.000 y en letras cincuenta y dos millones de pesos m/cte; por lo anterior se configura una observación administrativa.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: En los comprobantes de egreso números 055-12 y 054A los errores que se presentaron son de digitación, lo cual se confirma al revisar el valor de los respectivos cheques se verifica que

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INFORME FINAL DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL, MODALIDAD ESPECIAL, A LA LEGALIDAD, LA GESTION Y RESULTADOS DE LOS CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR LA ALCALDÍA MAYOR DE TUNJA, EN LA VIGENCIA 2012.

Elaboró: Lina Marcela Martínez Sarmiento Revisó: Hernando Farfán Rubiano Contratista - Auditora Auditor Fiscal.

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del comprobante de egreso No. 055-12 el valor que se giro es de $58.000.000 y en el comprobante de egreso No. 054A el valor que se giro es de $1.500.000

DECISION DE LA CONTRALORÍA: la respuesta dada por el ente auditado confirma la observación ya que son evidente los errores en el trámite de los comprobantes de egresos por tanto se configura la observación con alcance administrativo para que sea incluida dentro del plan de mejoramiento, teniendo en cuenta que esta clase de errores pueden presentar confusión y por ende se debe procurar la comisión de los mismos.

OBSERVACION No. 3: el contrato de prestación de servicios que tuvo por objeto: “Aviso publicitario el viernes 21 de diciembre de 25.5 cm de ancho X 9 cm de alto en pagina corriente”, por valor de $1.500.000 y como contratista el señor David Matoses Peraire, se encuentra sin firma por parte de este último, configurándose una observación administrativa con alcance disciplinario.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se están realizando los respectivos trámites para la firma del contrato por parte del señor DAVID MATOSES PERAIRE, dado que la oficina se encuentra en la ciudad de Bogotá, una vez se tenga el contrato firmado se remitirá a la Contraloría Municipal de Tunja

DECISION DE LA CONTRALORÍA: el hecho de que el contrato no se

encuentre firmado por el contratista es una falta grave, toda vez que no se

podría obligar al mismo al cumplimiento de las obligaciones consignadas en el

contrato. Para el caso en concreto se contó con la buena voluntad del

contratista al momento de cumplir con el objeto del contrato y por lo anterior se

levanta la observación con alcance disciplinario, pero se mantiene el hallazgo

administrativo para que sea tenido en cuenta dentro del plan de mejoramiento.

OBSERVACION No. 4: En el comprobante de egreso No. 044-12 con el cual se le paga al señor Pedro Antonio Victoria por concepto de viáticos se presenta una observación administrativa con alcance fiscal, toda vez que dentro del contrato suscrito no se estipula el pago de esta suma de dinero, asimismo al revisar los demás contratos que contienen el mismo objeto a ninguno de los demás contratistas se le pagó por este concepto, configurándose así un presunto detrimento patrimonial, teniendo en cuenta que es un gasto innecesario del cual además no reposa soporte alguno que justifique su erogación.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se paga al señor Pedro Antonio

Victoria por concepto de viáticos pues de todos los participantes de pirotecnia,

era el que venía desde la ciudad de Florida (Valle) y se acordó que se le

colaboraría con el transporte de los diferentes elementos necesarios para la

presentación de la pirotecnia, dado que es una pirotecnia de gran fama

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nacional y que presenta espectáculos de alto nivel de pirotecnia. Se anexa

cuenta de cobro por concepto de auxilio de transporte.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: el pago por concepto de viáticos no se

encuentra estipulado dentro del contrato, ni se encuentra dentro de los

estudios previos; además no se allegó prueba sumaria que permitiera

demostrar que efectivamente era indispensable cancelarle al señor por

concepto de transporte. Asimismo con el oficio que se adjunta no se logra

establecer la correcta destinación de los recursos públicos, configurándose en

este caso un hallazgo administrativo con alcance fiscal por la suma de

$2.000.000.00.

OBSERVACION No. 5: En el comprobante No. 001-13 aparece que se le debe pagar al señor Severo Hernández, pero quien firma recibiendo el cheque es el señor Andrés Gómez y no se allega acta de delegación, ni soporte alguno que autorice al señor Andrés a recibir ese pago. Por lo anterior se presenta una observación con alcance administrativo.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se anexa fotocopia de la

autorización del señor Severo Hernández Rodríguez.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: teniendo en cuenta la respuesta dada por

el ente auditado y el documento adjunto se levanta la observación.

OBSERVACION No. 6: respecto de los comprobantes de egreso No. 002-12, 046-12, 048-12, 076-12, 069-12, 055-12, 070-12, 071-12, se evidencia que no fueron firmados por el tesorero, configurándose en este caso una observación administrativa con alcance disciplinario, teniendo en cuenta que en los estatutos del Consejo Superior de Policía de Boyacá, el tesorero tiene estipulada esta obligación, de responder por el manejo y cuidado de los recursos.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se anexan comprobantes

números 002-12, 046-12, 048-12, 076-12, 055-12, 070-12, 071-12.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: teniendo en cuenta que esta falta no ha

sido reiterativa en anteriores ocasiones, se levanta la observación con alcance

disciplinario, pero se deja la observación administrativa para que sea incluida

dentro del plan de mejoramiento.

OBSERVACION No. 7: respecto del contrato de prestación de servicios de pirotecnia suscrito con el señor Alberto Núñez Pinto, se evidencia que la persona que firma el contrato es el señor Expedito Núñez Pinto, del cual no se anexa acta de delegación para la suscripción del contrato, ni de la orden de pago.

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Asimismo se observó que se realizó una mala aplicación en la retención en la fuente toda vez que fue aplicada al total de la factura incluyendo IVA, pero esta debía ser aplicada al valor antes de IVA. Por lo anterior se configura una observación administrativa con alcance disciplinario.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: El señor Alberto Núñez Pinto,

cuenta con 78 años de edad y fue muy difícil su desplazamiento hacia la

ciudad de Tunja por quebrantos de salud, firmo el hijo Expedito Núñez Pinto,

quien fue el responsable del cumplimiento del contrato. Se anexa fotocopia de

la cedula de ciudadanía del señor Alberto Núñez.

En lo relacionado con la retención en la fuente se corregirá y se le pagará el

valor que se descontó por error al señor Alberto Núñez Pinto y una vez

consignado se remitirá copia a la Contraloría Municipal de Tunja.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: teniendo en cuenta que esta actuación no

ha sido reiterada en cuanto a la mala aplicación de la retención en la fuente,

se levanta el alcance disciplinario a la observación, pero se mantiene el

alcance administrativo para que sea tenido en cuenta dentro del plan de

mejoramiento con el fin de que esta anomalía no vuelva a ocurrir.

OBSERVACION No. 8: respecto del contrato de prestación de servicios que tuvo por objeto “PROMOVER LA MÚSICA CARRANGUERA PROPIA DEL DEPARTAMENTO MEDIANTE LA ORGANIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DEL FESTIVAL DE MÚSICA LA CUCHARITA DE ORO DENTRO DE LA 57º VERSION DEL AGUINALDO BOYACENSE” Se presenta una observación administrativa con alcance fiscal por el valor total del contrato, toda vez que no se pudo verificar el cumplimiento del objeto del contrato.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se remitió a la Contraloría

Municipal con oficio de fecha 24 de octubre de 2013 y recibido con radicado

1123 del 24 de octubre de 2013 (anexo fotocopia del oficio).

DECISION DE LA CONTRALORÍA: Teniendo en cuenta los documentos

allegados por el ente auditado y revisando que se cumplió con el objeto del

contrato, se levanta la observación administrativa con alcance fiscal.

OBSERVACION No. 9: respecto del contrato cuyo objeto es “DISEÑO, MONTAJE Y PRESENTACIÓN DE 5 CARROZAS PARA EL AGUINALDO BOYACENSE” se presenta una observación administrativa con alcance fiscal, toda vez que no se allegaron los soportes que permitieran verificar el cumplimiento del objeto del contrato, al respecto el grupo auditor oficio en

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varias ocasiones pero no se allegaron los soportes solicitados, por lo anterior se configura la observación antes citada por el valor total del contrato.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se remitió a la Contraloría

Municipal con oficio de fecha 24 de octubre de 2013 y recibido con radicado

1123 del 24 de octubre de 2013 (anexo fotocopia del oficio).

DECISION DE LA CONTRALORÍA: Teniendo en cuenta los documentos

allegados por el ente auditado y revisando que se cumplió con el objeto del

contrato, se levanta la observación administrativa con alcance fiscal.

OBSERVACION No. 10: respecto del contrato cuyo de objeto es “CONTRATO DE APOYO ECONOMICO CON DESTINO A LA LIGA DE ATLETISMO DE BOYACÁ PARA LA ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE LA CARRERA ATLETICA 10K EN AMOR A LA PRIMERA INFANCIA A DESARROLLARSE EL 16 DE DICIEMBRE DE 2012 EN LA CIUDAD DE TUNJA”, la comisión de auditoría presenta observación, teniendo en cuenta que no se allegaron los soportes que permitieran verificar el cumplimiento del contrato, entre ellos la realización de las actividades para celebrar la navidad de los niños vulnerables de la ciudad de Tunja, configurándose como observación administrativa con alcance fiscal, por el valor total del contrato en mención.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: Se remitió a la Contraloría

Municipal con oficio de fecha 24 de octubre de 2013 y recibido con radicado

1123 del 24 de octubre de 2013 (anexo fotocopia del oficio).

DECISION DE LA CONTRALORÍA: Teniendo en cuenta los documentos

allegados por el ente auditado y revisando que se cumplió con el objeto del

contrato, se levanta la observación administrativa con alcance fiscal.

3.2.2. CONVENIO No. 10 DE 2012

OBJETO: LA COOPERACION ENTRE EL MUNICIPIO Y LA UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA PARA DOTAR AL MUNICIPIO DE TUNJA DE UNA HERRAMIENTA DE TRANSPORTE TERRESTRE URBANO DE PASAJEROS Y CARGA, CON EL CUAL SE PUEDAN HACER SIMULACIONES QUE PERMITAN EVALUAR EL EFECTO DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA Y POLITICAS DE TRANSPORTE.

VALOR: $555,262,400.00

CONTRATISTA: UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA U.P.T.C

CONTRATANTE: MUNICIPIO DE TUNJA.

SUPERVISOR: GERMAN RAFAEL BERMUDEZ ARENAS

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OBSERVACION No. 11: Si bien del convenio se encuentran los estudios y el proyecto sustentado y completo, este no ha cumplido el fin para el que fue realizado, toda vez que no se han adelantado acciones que permitan poner en práctica dicho estudio, tal como menciona el supervisor del contrato en oficio S.T.T oficio No. 12121 en el cual expone “…no se tiene establecido un plan de acción y cronograma de implementación de medidas…” asimismo menciona que algunas medidas adoptadas en esta materia como el caso del pico y placa, la modificación a la carrera 12 ente otras, no hacen parte de la propuesta correspondiente al convenio en mención. Por lo anterior se configura una observación administrativa con alcance fiscal y disciplinario, por el valor total del convenio, toda vez que fue una actuación ineficaz e ineficiente, que no generó ningún beneficio para la sociedad y se convirtió por tanto en un detrimento patrimonial. En conclusión, el grupo auditor tuvo en cuenta 14 convenios los cuales presentaban valor, de los cuales 10 no presentaron inconsistencia, 2 presentaron inconsistencias y 2 no fueron estudiados, dejando claridad que algunos no se encuentran liquidados por tanto no fue revisada la gestión y resultados de los mismos.

RESPUESTA DE LA ENTIDAD AUDITADA: la Alcaldía de Tunja dentro de los

documentos adjuntos a los comentarios hechos al informe preliminar, adjuntó

oficio No. 12981 de fecha 1 de noviembre de 2013, respondiendo esta

observación.

DECISION DE LA CONTRALORÍA: teniendo en cuenta lo manifestado por el

supervisor del convenio No. 010 de 2012, es preciso aclarar en primer lugar

que el grupo auditor no interpretó erróneamente el oficio no. 12121 de 2013,

toda vez que en este mismo se menciona claramente que “…no se tiene

establecido un plan de acción y cronograma de implementación de

medidas…” y él lo reitera en la réplica enviada cuando menciona que las

medidas no hacen parte de un plan de acción fijo y no se cuenta con un

cronograma establecido con exactitud.

En segundo lugar la implementación de la medida del pico y placa, tal como

menciona el supervisor, “fue una medida concordante con la estrategia de

racionalización del TPCU y el desincentivar el uso del auto, pero no

explícitamente propuesta en el documento” para el ente auditor el hecho

de que esta medida no haya sido sacada del estudio realizado, quiere decir

que no fue parte del mismo, así sea semejante con otras medidas y

efectivamente revisando los soportes que componen el estudio en mención, no

se encontró éste.

Asimismo, revisando los estudios enviados por la Alcaldía de Tunja en cinco

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carpetas, no se pudo evidenciar tampoco que el cambio de la carrera 12 se encontrara en el numeral 4.4 del capítulo E del estudio. Es claro para el grupo auditor que esta inversión se convirtió en un gasto exagerado y que hasta el momento no se tiene nada establecido y concreto que permita generar beneficio alguno para la sociedad y si hasta el momento se ha realizado algo, como es el caso de la carrera 12, en el caso de que haga parte del estudio, este provecho no ha sido suficiente para el monto de recursos públicos que fueron invertidos en este convenio. Este estudio no puede quedarse en un simple diagnostico que mencione la situación actual de la movilidad en la ciudad de Tunja, sino que debe trascender al marco de la aplicación y puesta en marcha de actividades concretas y efectivas que permitan mejorar realmente la situación que se evidenció en este diagnostico. Por lo anteriormente expuesto se mantiene el hallazgo administrativo con alcance fiscal por el valor total del convenio, ello es la suma de $555.262.400 .

LINA MARCELA MARTINEZ S. Contratista-Abogada

HERNANDO FARFÁN RUBIANO Auditor fiscal (C.)