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Informe de Cumplimiento del Decreto 135: “Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público” Periodo: 01 de Septiembre de 2017 al 30 de Junio de 2018 Entidad: Comando Conjunto de las FF.AA. Área Responsable: Jefatura de Estado Mayor Institucional Acrónimo JEMI Sector Defensa Misión Defender la Soberanía y la Integridad Territorial, apoyar con su contingente al desarrollo nacional, contribuir con la seguridad pública y del Estado y participar en operaciones de paz y ayuda humanitaria. I. Antecedentes Decreto Ejecutivo Nro. 135 de 01 de septiembre de 2017: “Normas de Optimización y Austeridad del Gasto Público”, mediante oficio No. 2018-CCFFAA- JCC-2638 del 08 de agosto del 2018. II. Desarrollo etapas de Seguimiento para el cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nro.135 SECCIÓN I: GASTO EN PERSONAL a) Sobre la unificación de escala remunerativa La escala remunerativa del personal de apoyo de las empresas y banca pública amparadas en las Leyes Orgánicas del Servicio Público y de Empresas Públicas, será unificada de conformidad con la Escala de Remuneraciones Mensuales del Sector Público, con base a la descripción y perfiles de puestos contemplados en los manuales de descripción, valoración y clasificación de puestos, establecidos por la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas EMCO-EP y el Ministerio del Trabajo, de manera coordinada. ACCIÓN: No aplica al Comando Conjunto.

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Informe de Cumplimiento del Decreto 135: “Normas de Optimización yAusteridad del Gasto Público”

Periodo: 01 de Septiembre de 2017 al 30 de Junio de 2018

Entidad: Comando Conjunto de las FF.AA.

Área Responsable: Jefatura de Estado Mayor Institucional

Acrónimo JEMI

Sector Defensa

Misión Defender la Soberanía y la Integridad Territorial, apoyarcon su contingente al desarrollo nacional, contribuir con laseguridad pública y del Estado y participar en operacionesde paz y ayuda humanitaria.

I. Antecedentes

Decreto Ejecutivo Nro. 135 de 01 de septiembre de 2017: “Normas deOptimización y Austeridad del Gasto Público”, mediante oficio No. 2018-CCFFAA-JCC-2638 del 08 de agosto del 2018.

II. Desarrollo etapas de Seguimiento para el cumplimiento del DecretoEjecutivo Nro.135

SECCIÓN I: GASTO EN PERSONAL

a) Sobre la unificación de escala remunerativaLa escala remunerativa del personal de apoyo de las empresas y banca pública amparadas enlas Leyes Orgánicas del Servicio Público y de Empresas Públicas, será unificada de conformidadcon la Escala de Remuneraciones Mensuales del Sector Público, con base a la descripción yperfiles de puestos contemplados en los manuales de descripción, valoración y clasificación depuestos, establecidos por la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas EMCO-EP y elMinisterio del Trabajo, de manera coordinada.

ACCIÓN: No aplica al Comando Conjunto.

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b) Sobre de las Remuneraciones mensuales unificadasLas remuneraciones mensuales unificadas que superen la remuneración del grado 2 del niveljerárquico superior se reajustarán en un 10% en menos a partir del 1 de septiembre de 2017.En ningún caso, los grados sujetos a ajuste tendrán una diferencia respecto al grado inmediatoinferior no menor de 50 dólares. Se exceptúa de esta disposición a los directores y gerentes dehospitales, centros o unidades de salud, director/rector 4 y miembros activos de las FuerzasArmadas, Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador.

ACCIÓN: No aplica al Comando Conjunto.

c) Sobre el pago de remuneración variable por eficienciaSe suspende el pago de la remuneración variable por eficiencia para los ejercicios fiscales2017 y 2018.

ACCIÓN: El Comando Conjunto no ha cancelado al personal por el concepto de remuneraciónvariable por eficiencia.

d) VacantesSe eliminan las vacantes de todas las instituciones del Estado contempladas en el ámbito delpresente Decreto, salvo las que previo informe técnico del Ministerio del Trabajo sedetermine su estricta necesidad de permanencia en el distributivo de remuneracionesinstitucional, hasta el 29 de septiembre de 2017.

ACCIÓN: Con oficio No. MDT-SFSP-2017-1315 de 31-0CT-2017 y Oficio No. MEF-DNEP-2018-0024-0 del 25-ENE-2018, el Ministerio de Economía y Finanzas hace conocer sobre laeliminación de quince (15) vacantes del Distributivo de Remuneraciones del Personal deServidores y Trabajadores Públicos del Comando Conjunto, mismo que a través de la ReformaNo. 10796, la Unidad de Nómina realizó la eliminación de las partidas vacantes en el SistemaSPRYN, misma que fue aprobada por dicha Entidad.

e) Sobre el personal de apoyoLas Unidades de Gestión del Talento Humano de todas las instituciones del Estadocontempladas en el artículo primero del presente Decreto crearán un banco de servidores adisposición del Ministerio del Trabajo con el personal de las áreas de apoyo y asesoría queexceda la regulación 70/30 (70% procesos generadores de valor agregado o sustantivo y 30%procesos habilitantes de apoyo y asesoría o adjetivos); el cual conformará el personalque puede ser reasignado para cumplir tareas en otras entidades del ámbito de este decreto.No podrá contratarse nuevo personal de apoyo mientras exista personal que pueda serreasignado de otras entidades. El Ministerio del Trabajo emitirá el instructivo necesario para laaplicación del presente artículo.El Ministerio del Trabajo evaluará la pertinencia de continuar utilizando los puestosestratégicos en las instituciones públicas del Presupuesto General del Estado, para lo cualemitirá las normas que hagan operativa esta disposición, en un plazo no mayor a treinta díaslaborales.

ACCIÓN: Mediante oficio N° 18-DAF-c-219 de 16 de marzo de 2018, se remitió al Ministerio deDefensa Nacional, el análisis de la Población Económicamente Activa Institucional (PEA) del

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Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, considerando su población de 655 personas entreMilitares y Civiles que laboran en este Organismo, siendo que 578 Militares constituyen el88% que se encuentran en los procesos gobernantes y agregadores de valor; y, 77Servidores Públicos que corresponden al 12% que se encuentran en los procesos habilitantesde apoyo o asesoría. El Ministerio de Defensa con oficio No. MDN-CAF-2018-0270-0F del 29 demarzo de 2018, remite el referido Estudio al MDT y con oficio No. MDT-SFSP-2018-0919 de06 de junio de 2018, el Ministerio de Trabajo informa que VALIDA y REGISTRA la PEA delComando Conjunto de las Fuerzas Armadas, con un 9.92% del personal en los procesosadjetivos, el mismo que no excede el 30% de dichos procesos; circunstancia particular por laque no procede realizar ninguna redistribución interna de personal civil, ni tampoco podríanpasar a formar parte del banco de personal de los procesos habilitantes de apoyo y asesoríaadministrado por el Ministerio de Trabajo.

f) Evaluación de cargas de trabajo del personal de las empresas públicasPetroecuador y Petroamazonas

Las empresas públicas petroleras, con el objetivo de realizar su planificación anual de talentohumano, deberán evaluar las cargas óptimas de trabajo de sus funcionarios y obreros, enfunción de las actividades que cumplen.La Empresa Coordinadora de Empresas Públicas EMCO EP y el Ministerio del Trabajosupervisarán la evaluación correspondiente para el año 2017 y planificación del año 2018.

ACCIÓN: No aplica al Comando Conjunto.

g) Contratos de servicios profesionales y consultoríasLa contratación de prestación de servicios profesionales y consultorías por honorarios solo sepodrá ejecutar cuando el objeto de la contratación haga referencia a actividades relacionadascon los procesos agregadores de valor de las entidades sujetas al ámbito del presente decreto.De manera previa a la contratación de consultorías, cualquiera que fuera su objeto, se deberáverificar en el banco de consultorías del sector público, el cual se encuentra a cargo delServicio Nacional de Contratación Pública, para evitar la duplicidad con estudios ya realizados.De igual forma se restringe la celebración de contratos civiles de servicios profesionales ocontratos técnicos especializados sin relación de dependencia sujetos a la Ley Orgánica delServicio Público, a excepción de aquellos casos que justifiquen la imperativa necesidadinstitucional de contratar, para lo cual se requiere un informe técnico emitido por laUnidad de Gestión de Talento Humano.

ACCIÓN: No se ha contratado personal por prestación de servicios profesionales y consultorías.

h) Racionalización del pago por horas extraordinarias y suplementariasLa planificación de las jornadas suplementarias y extraordinarias del personal de cadainstitución que se encuentren NORMAS DE OPTIMIZACION y AUSTERIDAD DELGASTO PUBLICO - Página 3 LEXIS FINDER - www.lexis.com.ec sujeto a la Ley Orgánica deServicio Público será autorizada por la máxima autoridad o su delegado, hasta un monto de 30horas al mes, entre horas suplementarias y extraordinarias, basada en la debida justificación dela necesidad emitida por el responsable del área; sin perjuicio de lo cual, los servidoresdeberán cumplir con las tareas asignadas dentro de la jornada ordinaria de trabajo.

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ACCIÓN: De acuerdo al presupuesto asignado en el ejercicio fiscal 2018, el Ministerio deEconómica y Finanzas, en el Grupo 51 "Gastos de Personal", no asignó valor económico parapago de horas suplementarias y extraordinarias.

i) Licencias con RemuneraciónEl otorgamiento de licencias con remuneración para aquellos servidores públicos quevayan a efectuar estudios de post grado, maestrías o especializaciones en la misma ciudadde manera presencial o virtual, deberá ser evaluado en función al interés institucional, elcual contará con el informe favorable del Ministerio del Trabajo, previo informe de laUnidad de Gestión de Talento Humano institucional.

ACCIÓN: La Unidad de Talento Humano no ha emitido ningún dictamen favorable através de informe técnico para servidores que requieran licencia con remuneración paraefectuar estudios de post grado, maestrías o especializaciones.

j) Depuración institucionalEl Ministerio del Trabajo y la Secretaría Nacional de Planificación v Desarrollo, con baseal análisis técnico respectivo, identificarán aquellas unidades de las instituciones públicas dela Función Ejecutiva que no generen aporte significativo al cumplimiento de su misióninstitucional, tanto en su funcionamiento como en los productos y servicios que brinden, afin de proceder a su eliminación.

ACCIÓN: No aplica, es una disposición para MDT y SENPLADES.

k) Racionalización de programas públicosLa Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo procederá a la racionalización de aquellosprogramas y proyectos institucionales que no sean eficaces y eficientes e impliquenduplicidad o contraposición con otros similares. Se pondrá especial énfasis en limitar lacontratación de personal a través de programas y proyectos de inversión, en ningúncaso se procederá a contratar servicios ocasionales para actividades permanentes o defuncionamiento de procesos habilitantes.

ACCIÓN: En la actualidad no existe personal que labore bajo la modalidad de contratos deservicios ocasionales, ni tampoco bajo las figuras de contratos civiles de serviciosprofesionales o contratos técnicos especializados sin relación de dependencia.

SECCIÓN II: GASTO EN BIENES Y SERVICIOS

a) Racionalización del pago por viático por gasto de residenciaTodas las instituciones del Estado contempladas en el artículo primero del presente decreto,deberán priorizar la contratación de personal residente en la localidad donde presten susservicios. En el caso de que se autorice la vinculación de personal no residente, no sereconocerá el pago por viático por gastos de residencia, a excepción de la FunciónLegislativa, de conformidad con la Ley Interpretativa del Artículo 3 de la Ley Orgánicadel Servicio Público. El Ministerio del Trabajo revisará la normativa vigente que regula el

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pago del viático por gastos de residencia a los servidores públicos a fin de que incorporemecanismos de control que garantice el pago óptimo de este beneficio, en un plazo no mayorde 30 días.

ACCIÓN: No se dispone de personal bajo esa condición.

b) Viajes al exteriorLos viajes al exterior de los servidores públicos de la Función Ejecutiva cuyo objetivo sea laparticipación en eventos oficiales y en representación de la institución o del Estado, seránpreviamente calificados y autorizados por la Secretaría General de la Presidencia de laRepública. En el caso de las Empresas Públicas de la Función Ejecutiva, será la máximaautoridad o su delegado, la que autorice los viajes al exterior de sus servidores públicosde conformidad con la dinámica del sector pero deberá informar sobre las autorizaciones a laSecretaria General de la Presidencia. La Secretaria General de la Presidencia encoordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, emitirán lanormativa para regular y autorizar viajes internacionales del personal del servicio exterior.

ACCIÓN: La Presidencia de la República Mediante, con Acuerdo 026 del 29 de agosto de 2017,expidió el Reglamento de Viajes al exterior y en la disposición General Cuarta, dispone que losMiembros de Fuerzas Armadas y Policía Nacional serán autorizadas de acuerdo a lanormativa interna, en cumplimiento el Ministerio de Defensa Nacional con Acuerdo No. 266emite la Normativa Interna para la autorización de comisiones de servicios al exterior.

Con base a la Normativa señalada la planificación de los viajes al exterior fueron puestos enconocimiento del señor Jefe del Comando Conjunto para su aprobación, conforme lasdirectrices emitidas en el "Instructivo para ejecución de la Programación Anual 2018·, CapítuloIV, Literal A. Numeral 50, textualmente manifiesta:

"b. El cumplimiento de servicios institucionales en el exterior, serán exclusivamente porconcepto de reuniones y capacitaciones que respondan al cumplimiento de convenios yacuerdos internacionales, así como aquellas actividades en representación oficial del paísy que cuente con asignación previamente establecida en el proyecto y/o actividadcorrespondiente.Previa a la ejecución de las comisiones al exterior, las Direcciones y dependencias deberáncontar con la autorización del señor Jefe del Comando Conjunto de las FF.AA. y Ministro deDefensa Nacional y los documentos habilitantes como son: el informe de necesidadinstitucional y certificaciones presupuestarias para pasajes, viáticos, subsistencias y segurosmédicos, una vez que se cuente con los documentos señalados, se realizarán lascoordinaciones con el área de talento humano de la Dirección Administrativa Financierapara la elaboración del autógrafo".

En la programación anual se encuentra aprobado para el cumplimiento de los siguientesacuerdos internacionales:

REUNIÓN ALTOS MANDOS ECUADOR - PERÚ REUNIÓN INTERCONSULTAS ECUADOR - CHILE REUNIÓN COMBIFRON - ECUADOR - COLOMBIA – PERÚ REUNIÓN DE MANDOS REGIONALES DE FRONTERA COLOMBIA-ECUADOR C01 NORTE

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REUNIÓN DE MANDOS REGIONALES PERU - ECUADOR PARTICIPACIÓN EN EVENTOS INTERNACIONALES POR EL SEÑOR JEFE COMACO 73va. ASAMBLEA Y CONGRESO GENERAL DEL CISM (CONSEJO MILITAR INTERNACIONAL

DE DEPORTES)

c) Movilización internaLa máxima autoridad de la entidad, o su delegado, autorizará la movilización interna delos funcionarios que se trasladan para cumplir con las funciones derivadas de su cargo o paraasistir asistir a reuniones de trabajo y/o eventos de capacitación deberá estar plenamentejustificada. Se preferirá el uso de herramientas informáticas como videoconferencias enel caso que la situación lo amerite.

ACCIÓN: Se emitió el Instructivo para ejecución de la Programación Anual 2018, en el CapítuloIV, Literal A. Numeral 49, textualmente manifiesta:“b. Las comisiones en el interior, se sujetarán a lo estrictamente necesario yplanificado, no habrá incremento de asignación económica en estos ítems, se deberápriorizar el número de días y personas, además se considerarán los lineamientosemitidos por el Ministerio de Defensa mediante oficio." MDN-MDN-2015-0690-0F de 09 deabril de 2015 y MDN-MDN-2015-0710-0F de 10 de abril de 2015:

1) El Jefe del Comando Conjunto instruirá a las instancias bajo su mando que, previo adeterminar la necesidad de un desplazamiento por razones de trabajo de los servidorespúblicos su cargo, se deberán utilizar como primera opción los medios tecnológicos decomunicación (internet videoconferencias entre otros), que permiten atender losrespectivos asuntos que, solamente en última instancia podrían concretarse a través decomisiones de servicios o viajes.2) Dentro de las instrucciones antes aludidas, también se hará hincapié, en que de serindispensable el desplazamiento del servidor público por razones de trabajo, se especifiquedebidamente en la respectiva solicitud de comisión de servicio o viaje, la razón o razonesque justifican dicha actividad, que no puedan atenderse por medios de comunicaciónalternativos como los antes mencionados.3) Igualmente, se instruirá que en los desplazamientos que sean indispensables por motivo detrabajo, los servidores públicos involucrados, con el apoyo de las correspondientesdirecciones administrativas, gestionarán para cubrir sus hospedajes y alimentación, el uso delas instalaciones, mobiliario y servicios de alimentación de que disponga Fuerzas Armadas enel lugar o localidad que se debe cumplir la comisión.

La movilización del personal en un porcentaje considerable se encuentra aprobada para elmovimiento de personal técnico-especializado en los diferentes sistemas a responsabilidad delComando Conjunto, entre las más relevantes:

Mantenimiento de la Red Estratégica Comando Conjunto Mantenimiento de las instalaciones y vías donde se encuentran acantonada la Red

Estratégica de Fuerzas Armadas. Inspecciones de Control de Armas. Mantenimiento del Sistema C312 (Comando, Control, Comunicaciones, Inteligencia

e Informática).

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d) Compra de pasajesPara la Función Ejecutiva, se elimina la compra de pasajes premier (que permiten cambiarla hora o fecha), salvo para miembros del gabinete y personal autorizado por la SecretaríaGeneral de la Presidencia de la República.

Con fines de optimización en la adquisición de pasajes, se deberá seleccionar el menor valorde las cotizaciones de pasajes por internet, de la agencia de viajes, de la compañía u otros.

ACCIÓN: Se ha procedido a realizar el proceso de adquisición por la Dirección AdministrativaFinanciera para los desplazamientos internos, en clase "flexible" con TAME EP, empresa delEstado que dispone de todas las rutas en especial al área de la región amazónica y la provinciade Esmeraldas, que no es cubierta por las otras aerolíneas.

e) Evaluación de vehículos terrestresPara el caso de la Función Ejecutiva y sus Empresas Públicas, se dispone al Servicio deGestión Inmobiliaria del Sector Público realizar una evaluación de los vehículosterrestres institucionales públicos con la finalidad de su redistribución entre lasinstituciones que comprende este decreto, con la sola excepción de los vehículos de usoespecializado, incluidos patrulleros, vehículos tácticos militares, ambulancias, motobombas,equipo caminero, y agrícolas.Los vehículos de alta gama se procederán con su enajenación, de conformidad del Reglamentode Bienes del Sector Público, para lo cual el Servicio de Gestión Inmobiliaria del SectorPúblico, tendrá el plazo de 180 días, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente.

ACCIÓN: No aplica, la disposición es para el Servicio de Gestión Inmobiliaria del SectorPúblico.Los vehículos a responsabilidad del Comando Conjunto son destinados a actividades operativas(Control de Armas, Seguridad Hidrocarburifera, Apoyo Consejo Nacional Electoral y otrasdependencias del Estado); y, para la movilización del personal militar y civil en actividadesinherentes a cada función con la prioridad a responsabilidad de cada área de gestión.

f) Compra de vehículosPara el caso de la Función Ejecutiva y sus Empresas Públicas, se prohíbe la compra deautomóviles de alta gama y se autoriza el uso máximo de dos vehículos todo terreno/todocamino, que no sean camionetas, por unidad de administración financiera pública, de gamasuperior a 2.000 cc; en caso de disponer de más de dos vehículos, el número en exceso sedeberá poner a disposición del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público para surespectiva redistribución o enajenación; con la única excepción para el parque automotorasignado a la Presidencia. Se prohíbe además la compra de vehículos no especializados, salvoaquellos aprobados por la Secretaría General de la Presidencia de la República. Para elresto de Funciones del Estado, la compra de vehículos estará sujeta a la disponibilidadpresupuestaria de cada entidad.

ACCIÓN: El Comando Conjunto de las FF.AA., desde el año 2013, no ha adquirido vehículosadministrativos para sus dependencias, tampoco del tipo de alta gama. Para dar cumplimientoal estado de excepción en los Cantones de San Lorenzo y Eloy Alfaro de la provincia deEsmeraldas se procedió mediante Decreto Ejecutivo 296, del 27 de enero del 2018 a adquirir

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16 camionetas 4x4 las cuales fueron entregadas a Unidades de frontera norte y apoyo deinteligencia.

g) Actualización de estado de funcionamiento del parque automotor del sectorpublico

Para el caso de la Función Ejecutiva y sus Empresas Públicas, se dispone a las entidadesactualizar el registro del parque automotor de cada institución en el Sistema de Bienes yExistencias del e-SIGEF, incluyendo el estado de funcionamiento actual.El Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público realizará la evaluación técnica y delestado mecánico del parque automotor del sector público que se encuentre en mal estado defuncionamiento, en forma previa a reparar o dar de baja con el objetivo de evitar sureposición, acorde al Decreto Ejecutivo No. 1515 de fecha 15 de mayo de 2013.

ACCIÓN: El parque automotor del Comando Conjunto se encuentra actualizado en el Sistemade Bienes y Existencias del ESIGEF, tanto en sus estados como en sufuncionamiento.

h) Uso de vehículos oficialesPara el caso de la Función Ejecutiva y sus Empresas Públicas, conforme a las necesidadesinstitucionales, los servidores públicos podrán conducir los vehículos oficiales, siempre ycuando tengan una licencia de conducir tipo B, exceptuando los vehículos de usoespecializado, incluidos patrulleros, vehículos tácticos militares, ambulancias, motobombas,equipo caminero y agrícolas).Se autoriza la asignación y utilización de los vehículos oficiales institucionales únicamentehasta las autoridades ubicadas en el grado 6 de la Escala de Remuneración Mensual Unificadadel Nivel Jerárquico Superior. Se prohíbe la asignación de vehículos oficiales de maneraexpresa para los grados inferiores al grado citado del nivel jerárquico superior, incluidoasesores bajo cualquier denominación.

La utilización de los vehículos oficiales debe estar a servicios del cumplimiento de las funcionesde las instituciones de estado.

ACCIÓN: Se emitió el Instructivo para Ejecución de la Programación Anual 2018, en el CapítuloIV, Literal A. Numeral 23, textualmente manifiesta:

" 23. La utilización de los vehículos, será exclusivamente para uso oficia" es decir, para eldesempeño de funciones públicas, en los días y horas laborables, y no podrán ser utilizadospara fines personales, ni familiares, en cumplimiento a la norma de Control Interno 406-09,así también el consumo de combustibles y pago de peajes, se circunscribirán a actividadesestrictamente oficiales y no se asignarán cupos extras a los autorizados".

Se autoriza la asignación y utilización de los vehículos oficiales institucionales únicamentehasta las autoridades ubicadas en el grado 6 de la Escala de Remuneración Mensual Unificadadel Nivel Jerárquico Superior. Se prohíbe la asignación de vehículos oficiales de maneraexpresa para los grados inferiores al grado citado del nivel jerárquico superior, incluidoasesores bajo cualquier denominación.

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Los vehículos del CC.FF.AA., que se encuentran dentro del Complejo Ministerial lo conducen losseñores conductores que poseen la licencia tipo B y en algunos casos tipo C, con lo cual estánfacultados para poder conducir dichos vehículos.

Solamente está autorizada la asignación de vehículos a los señores Oficiales en el grado deCoronel o su equivalente que cumplen las funciones de Mando Control y Supervisión.

i) Realización de eventos públicos y de capacitaciónPara el caso de la Función Ejecutiva, se prohíbe la realización de eventos públicos y decapacitación en hoteles, hosterías y locales privados, salvo aquellos debidamente autorizadospor la Secretaría General de la Presidencia de la República. Para el resto de Funciones delEstado, la realización de eventos públicos y de capacitación estará sujeta a la disponibilidadpresupuestaria de cada entidad, y se exhorta a utilizar los espacios públicos disponibles.

ACCIÓN: Se emitió el Instructivo para ejecución de la Programación Anual 2018, en elCapítulo IV, Literal A Numeral 27, textualmente manifiesta:“EI Plan de Capacitación, se orientará únicamente en temas relacionados con el puesto detrabajo y se utilizará los medios existentes tanto de infraestructura, materiales y recursoshumanos, evitando costos por el desplazamiento del personal a otras plazas y omitir todogasto por concepto de alimentación en eventos como cursos, foros, conferencias, talleres,seminarios, intercambios de experiencias, reuniones, tal/eres de trabajo o actividadessimilares".A partir del año 2017 se está ejecutando el Plan de Capacitación, mediante autogestión conentidades del Estado que no involucra erogación presupuestaria.

j) Arriendo, Remodelación, adecuación, mantenimiento de inmueblesPara el caso de la Función Ejecutiva, el Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Públicoautorizará el arrendamiento de inmuebles dentro del país, destinados al funcionamiento deentidades públicas, siempre y cuando no existan inmuebles públicos disponibles en lalocalidad que cumplan con los requerimientos de la entidad.

ACCIÓN: En la Programación Anual de la Planificación se aprobó exclusivamente lorelacionado al arrendamiento de oficinas del Comando de Inteligencia Militar, que por sunaturaleza lo requiere.

En lo relacionado al mantenimiento de inmuebles, exclusivamente se ha considerado elmantenimiento preventivo de las instalaciones y vías de la Red Estratégica de FuerzasArmadas, Oficinas de Control de Armas y Centros de Movilización a nivel nacional.

k) Propaganda y publicidadLas instituciones públicas de la Función Ejecutiva podrán difundir, informar, publicitar,contratar propaganda y elaborar material publicitario únicamente previa autorización de suPlan de Comunicación por parte de la Secretaría Nacional de Comunicación, quién emitirá lasregulaciones pertinentes.

ACCIÓN: En la Programación Anual de la Planificación se aprobó únicamente lo

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relacionado a la publicidad para el Servicio Militar Voluntario.

La Secretaría Nacional de Comunicación con oficio No SNC­ SECOM-2018-0000001-0 de fecha17 de enero de 2018, emite la autorización para el desbloqueo del ítem presupuestario530222 para que se continúe con el proceso de ejecución conforme la panificación aprobada.

l) Control de inventariosLas instituciones públicas establecerán procesos de control de inventarios de bienes yexistencias, emitirán políticas a fin de regular los niveles óptimos de inventario, sobre montossuperiores a USO 5 millones, y realizarán el seguimiento del control de inventarios demanera semestral, con el objetivo de reducir pérdidas o caducidad de inventarios, mejorarlos procesos de compra, y optimizar su presupuesto.

ACCIÓN: Se emitió el Instructivo para ejecución de la Programación Anual 2018, en el CapítuloIV, Literal A. Numerales 16 y 17, que textualmente manifiesta:

""16. Para la adquisición de suministros y materiales, se deberá considerar lo que estipulala Norma de Control Interno 406-02 Planificación que textualmente expresa .....La planificación establecerá mínimos y máximos de existencias, de tal forma que lascompras se realicen únicamente cuando sean necesarias y en cantidades apropiadas".

17. Los responsables de la adquisición de bienes, darán cumplimiento a lo que estipula lasNormas de Control Interno (NCI), en lo relacionado a la norma 406-04 almacenamiento ydistribución que textualmente dice "...Los bienes que adquiera la entidad ingresaránfísicamente a través de almacén o bodega. antes de ser utilizados, aun cuando lanaturaleza física de los mismos requiera su ubicación directa en el lugar o dependenciaque lo solicita, lo cual ayudará a mantener un control eficiente de los bienes adquiridos... "."

La Dirección Administrativa Financiera responsable del control de inventarios, ha emitidoel INSTRUCTIVO PARA LA ADMINISTRACIÓN, CONTROL y DESTINO DE LOS BIENES yEXISTENCIAS BAJO CUSTODIA DEL COMANDO CONJUNTO, con fecha 29 de diciembre de2017.

m) Asignación y uso de teléfonos celularesPara el caso de la Función Ejecutiva, se autoriza la asignación y uso de teléfonos celularesinstitucionales únicamente al grado 7 y superiores de la Escala de Remuneración MensualUnificada del Nivel Jerárquico Superior. Se prohíbe de manera expresa la asignación yutilización por parte de los grados inferiores. En el caso de las Empresas Públicas creadas porDecreto Ejecutivo la asignación será solo para las Gerencias Generales.

ACCIÓN: Se emitió el Instructivo para ejecución de la Programación Anual 2018, en el CapítuloIV, Literal A. Numerales 33 y 34, textualmente manifiesta:

“33. Los servicios de telefonía móvil celular y de bases celulares fijas se emplearán paraefectuar llamadas dentro del territorio nacional y exclusivamente para asuntos oficialespropios del servicio público".

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La línea de celulares se encuentra activa exclusivamente a nivel de Directores Generales, quetienen funciones en el área operativa militar en cumplimiento a los Planes de Defensa.

n) Contratación de empresas de seguridadPara el caso de la Función Ejecutiva, el Ministerio del Interior autorizará y establecerá loscostos referenciales para la contratación de empresas de seguridad.

ACCIÓN: El Comando Conjunto no tiene planificado la contratación de empresas de seguridad.

o) Tarifas de proveedores para la prestación de servicios en general y de provisiónnacional

Previa la contratación de servicios en general y de provisión nacional, se deberá realizar lacomparación de las tarifas de proveedores actuales con otros proveedores de dichos servicios,de conformidad con las normas establecidas por el Servicio de Contratación Pública, mismasque privilegiarán siempre la producción nacional, para lo cual el SERCOP deberá revisar losprecios o valores con los que actualmente viene trabajando en beneficio de la optimización delgastos.

ACCIÓN: Las unidades requirentes del COMACO en apego al Decreto 135 y en cumplimiento alas disposiciones emanadas desde el SERCOP, realizan el estudio de mercado, privilegiando lacapacidad nacional; de igual manera se efectúa el análisis y comparación de precios para laobtención del presupuesto referencial.

p) Enajenación o transferencia de activos inmuebles improductivosPara el caso de la Función Ejecutiva, se dispone la enajenación o transferencia a título gratuitode los activos inmuebles improductivos de las entidades a la Secretaría de Gestión Inmobiliariadel Sector Público; incluyendo, aquellos bienes inmuebles localizados fuera del territorionacional.

ACCIÓN: Los bienes inmuebles se encuentran registrados en el sistema esByE - y se encuentranutilizados por las Direcciones y Dependencias del Comando Conjunto. No se ha determinadoactivos inmuebles improductivos.

q) Personal de seguridadSe dispone la reducción del personal asignado a la seguridad de las autoridades Públicas deconformidad con los lineamientos Que emita el Ministerio del Interior.

ACCIÓN: La seguridad es realizada por personal militar exclusivamente para el señor Jefedel Comando Conjunto y Estado Mayor.

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SECCIÓN III: MEDIDAS ADMINISTRATIVAS DE AUSTERIDAD

a) Reducciones presupuestarias aplicadas en las partidas:

Descripción Del 01/09/2017 al31/12/2017

Del 01/01/2018 al30/06/2018

Agua Potable $ 11.885,71 $ 0,00Telecomunicaciones $ 651.835,36 $ 3.852,17Servicio de Correo $ 74,11 $ 800,00Pasajes al Interior $ 3.191,90 $ 220,00Pasajes al Exterior $ 2.692,83 $ 6.500,00Viáticos y Subsistencias en el Exterior $ 9.222,43 $ 7.041,73Viáticos y Subsistencias en el Interior $ 0,00 $ 50.447,40Gastos para la Atención a Delegados Extranjeros yNacionales - Deportistas - Entrenadores y CuerpoTécnico que Representen al País

$ 384,46 $ 0,00

Honorarios por Contratos Civiles de Servicios $ 6.337,52 $ 0,00Combustibles - Lubricantes y Aditivos en Generalpara Maquinarias - Plantas Eléctricas - Equipos yotros --incluye consumo de gas

$ 842,17 $ 0,00

Repuestos y Accesorios para Vehículos Marinos $ 2.460,99 $ 0,00Arrendamiento y Licencias de Uso de PaquetesInformáticos $ 0,00 $ 8.400,00

Mantenimiento y Reparación de Equipos ySistemas Informáticos $ 0,00 $ 13.262,28

Alimentos y Bebidas $ 0,00 $ 11.916,00Materiales de Oficina $ 0,00 $ 19.696,00Herramientas y Equipos Menores $ 0,00 $ 160,00Materiales de Impresión- Fotografía- Reproduccióny Publicaciones $ 0,00 $ 22.700,00

Insumos- Bienes- Materiales y Suministros para laConstrucción- Eléctricos- Plomería- Carpintería-Señalización Vial- Navegación y Contra Incendios

$ 0,00 $ 22.386,00

Combustibles - Lubricantes y Aditivos en Generalpara Vehículos Terrestres $ 0,00 $ 15.997,10

Repuestos y Accesorios para Vehículos Terrestres $ 0,00 $ 20.276,40

Las reducciones se determinaron comparando: las asignaciones iniciales con el valordel codificado del gasto a la fecha del corte; evidenciándose en la matriz lasreducciones de los años 2017 y 2018.El Comando Conjunto de las FF.AA., emite directrices para la ejecución de actividadesque conllevan a la optimización del empleo de los recursos asignados y elcumplimiento de los objetivos institucionales, cumpliendo las normas de austeridademitidas por el Señor Presidente Constitucional de la República.

Page 13: Informe de Cumplimiento del Decreto 135: “Normas de ... · e) Sobre el personal de apoyo ... Servicio Público, a excepción de aquellos casos que justifiquen la imperativa necesidad