Hc preventivo
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Demanda de hábeas corpus
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO PENAL
DORA CARHUAS RIOS con DNI No 87534521, con domicilio real en Av. Ramón
castilla No 744, magdalena y domicilio procesal en la Castilla 1333 de la Central de
Notificaciones del Poder Judicial, a Usted digo:
I. EMPLAZADOS.
El juez del primer juzgado de Paz letrado de Magdalena, José Suarez Monroe.
II. PETITORIO.
Que, interpongo demanda de hábeas corpus a fin que se ordene al referido juez levantar
la orden de captura en mi contra ; toda vez que dicha resolución ha sido expedida
vulnerando los derechos constitucionales a la libertad personal, al debido proceso, a la
motivación de las resoluciones judiciales y a la defensa; por tanto, reponiendo las cosas
al estado anterior a la vulneración de los derechos constitucionales mencionados,
solicito se deje sin efecto el mandato de detención y se ordene al juez emplazado a fin
de que se dé oportunidad de ejercer mi derecho a la defensa .
III. FUNDAMENTOS DE HECHO .
Que, tuve conocimiento de la notificación de la resolución N° 13, el cual al momento
de la misma me encontraba de viaje, por lo que mi hermana, mediante escrito de fecha
02 de julio del 2012 solicito que dicha diligencia se realice en el propio domicilio de la
custodia, debido a que no contaba con los medios económicos para trasladar el bien al
local del juzgado, pero el 23 de setiembre de 2012 el juez ordeno captura mediante
resolución N° 15 , consecuencia de ello presento al juzgado un escrito pidiendo la
nulidad de la resolución N°15.
IV. FUNDAMENTO DE DERECHO .
La citada resolución ha sido expedida vulnerando los derechos constitucionales a la
libertad personal, al debido proceso, a la motivación de resoluciones judiciales y a la
defensa.
Las resoluciones son inmotivadas, porque presentan una premura de los hechos y que
al igual que la imputación no se sustentan en ningún elemento de prueba.
V. PRESUPUESTOS PROCESALES.
Se trata de un hábeas corpus preventivo, pues tiene la finalidad de evitar que se
consuma con la privación de libertad, procede además ante la amenaza cierta e
inminente que ello ocurra con infracción de la constitución o la ley.
Además, se trata de un hábeas corpus preventivo, pues los actos destinados a generar el
arresto se encuentra en una etapa denominada proceso de ejecución.
VI. MEDIOS PROBATORIOS.
1. Los escritos a fin de que el juzgado precise el lugar donde debía de ponerse a
disposición el bien
2. La Resolución N°13, de fecha 02 de julio de 2012.
3. La Resolución N°15, de fecha 23 de septiembre de 2012
ANEXOS
1-A.- Copia simple del DNI del demandante.
1-B.- Copia simple de la resolución de la resolución N°13.
1-C.- Copia simple de la resolución de la resolución N°15.
1D.- Copia simple de los escritos a fin de que el juzgado precise el lugar donde debía de
ponerse a disposición el bien.
POR TANTO.-
Solicito admitir a trámite la demanda de hábeas corpus, tramitarla conforme a sus
naturaleza y declararla fundada en su oportunidad.
Lima, 26 de Noviembre del 2012
DORA CARHUAS RIOS