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GUIA DE BUENAS PRACTICAS GANADERAS ENVACUNO DE LECHEBPG explotaciones vacuno de leche

Buenas Prcticas Ganaderas para explotaciones de vacuno de lecheLa demanda por parte del consumidor de productos de calidad y salubres sobre todotras los escndalos alimentarios de la ltima decada hiz necesario revisar las polticasde calidad establecidas por la UE. As pues, en enero de 2000 se public el LibroBlanco sobre la Seguridad Alimentaria en el que se seala que la vigilancia al ms altonivel de la seguridad alimentaria es una de las principales prioridades polticas de la UE.Partiendo de este Libro se han ido desarrollando toda una serie de normas de regulacinque estn ya en vigor y que harn que el lema de la granja a la mesa tengacredibilidad. Para ello se cre una herramienta de control denominada trazabilidad y queinicialmente se aplic en ganado vacuno (Reglamento (CE) 1760/2000 por el que seestablece un sistema de identificacin y registro del ganado vacuno y del etiquetado dedicha carne o sus productos).En el ao 2002 se publica otro reglamento, Reglamento (CE) n 178/2002 delParlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen losprincipios y los requisitos generales de la legislacin alimentaria, se crea la AutoridadEuropea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridadalimentaria, que establece la obligatoriedad, a partir de 1 de enero de 2005, de :1. implantar guas de buenas prcticas agrcolas y ganaderas en el sector primario(sistemas de autocontrol)2. sistemas de aseguramiento de la trazabilidad para todos los operadores de lacadena alimentaria3. sistemas de APPCC para el sector de la alimentacin animalEl principal objetivo de las guas de buenas prcticas es asegurar la calidad y salubridaddel producto final. Para ello se hace un anlisis de los peligros (biolgicos, fsicos yqumicos) que puedan darse segn el tipo de produccin, se identifican los puntoscrticos donde controlar de cara a la seguridad alimentaria, y se implantan cdigos debuenas prcticas agrcolas y ganaderas.BPG explotaciones vacuno de leche2Los principales peligros que podemos encontrar de cara a la seguridad de un productodestinado al consumo humano o a la elaboracin de piensos para animales, son peligrosbilogicos (bacterias, hongo, virus,..) que se manifiesten como agentes patgenos parael hombre y peligros qumicos como es el empleo de fertilizantes y fitosanitarios.Los cdigos de buenas prcticas (BPG) son un conjunto de principios, normas yrecomendaciones tcnicas que se aplican a lo largo de todo el proceso productivo delos productos hortofrutcolas frescos, incluyendo el transporte y comercializacin.Dicho proceso se debe alcanzar con:1. mnimo impacto ambiental2. sin afectar a trabajadores y consumidores3. higiene e inocuidad alimentariaGarantizar la trazabilidad es obligatorio a lo largo de toda la cadena de produccin deun alimento. Esto incluye tanto a los ingredientes o materias primas de los alimentoscomo a las personas que proveen de dichos ingredientes y materias primas. Elaseguramiento de la trazabilidad exige:* una identificacin de los proveedores (TRAZABILIDAD HACIA ATRS)* un control interno del proceso de produccin (TRAZABILIDAD INTERNA)* una identificacin de sus clientes (TRAZABILIDAD HACIA ADELANTE)La tercera obligatoriedad ha sido recogida en el Reglamento (CE) n 183/2005 delParlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, por el que se fijanrequisitos en materia de higiene de los piensosAdems, en abril de 2004 se publico el denominado paquete de higiene compuestopor 4 reglamentos y una directiva sobre la higiene de los alimentos (Anexo 1), y que haentrado en vigor el de enero de 2006, exige a los ganaderos como al resto de operadoresde la cadena alimentaria que deben mantener obligatoriamente unos registrosrelacionados con la inocuidad de los alimentos que producen (naturaleza y origen de lospiensos, sanidad animal, bienestar animal, medicamentos veterinarios, enfermedades,BPG explotaciones vacuno de leche3anlisis e informes de mataderos, ). Dichos registros deben estar a disposicin de losmataderos y las fbricas de transformacin de alimentos.No es menos importante tener presente que con la aplicacin de la nueva PAC elcumplimiento de la condicionalidad exige una serie de prcticas correctas en lasexplotaciones. Por ltimo, en el RD 1618/2005, de 30 de diciembre de 2005, sobre laaplicacin del rgimen de pago nico y otros rgimenes de ayuda directa a la agriculturay la ganadera, establece el cumplimiento de una serie de prcticas correctas de higienepara percibir pagos adicionales en el sector lcteo.Por todo ello, desde ITG ganadero se ha elaborado un manual de buenas prcticasganaderas para explotaciones de vacuno de leche en el que se pretende recoger lasprcticas correctas necesarias para asegurar un producto de calidad y salubre.El objetivo de las explotaciones de vacuno de leche es suministrar al mercado lechede vaca de calidad, tanto nutritiva como higinica, destinada al consumo. Hoy en da esabsolutamente necesario dar garantas de salubridad, lo que implica trazabilidad delproducto. Para ello el animal debe ser identificado desde su nacimiento para podercontrolar y registrar todos sus movimientos entre explotaciones, mercados y mataderos,as como debemos asegurarnos de que la leche no porte nada que pueda hacerla no aptapara el consumo humano. A continuacin se sealan prcticas, en algunos casos deobligado cumplimiento y en otros recomendadas, que darn seguridad al consumidor yharn que los rendimientos de la explotacin sean ptimos.BPG explotaciones vacuno de leche41. Registro de la explotacin e Identificacin de los animales.Toda explotacin ganadera debe estarregistrada en el Registro General deExplotaciones Ganaderas (REGA) segn loestablecido en el Real Decreto 479/2004 de26 de marzo. En dicho registro se recogenlos datos bsicos de la explotacin relativosal conjunto de la explotacin y a la especieanimal que se explote.Adems, las explotaciones de vacuno de leche, por el hecho que almacenanleche durante al menos un da, deben darse de alta en la base de datos letra Qsegn lo expuesto en el RD 217/2004 por el que se regulan la identificacin yregistro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sectorlcteo, y el registro de los movimientos de la leche.Todos los animales nacidos deben ser identificados segn el Reglamento (CE)1760/2000 por el que se establece un sistema de identificacin y registro del ganadovacuno y del etiquetado de dicha carne o sus productos.El sistema de identificacin se basa en la colocacin de dos crotales auricularesacompaados de un documento de identificacin que lo emite la Administracincuando se da de alta un nuevo animal. La crotalacin del animal y su notificacin ala administracin se debe hacer en el plazo de 27 das tras el nacimiento. Acontinuacin, la Administracin emite el correspondiente documento deidentificacin. Dicho documento de identificacin bovina (D.I.) se emite porduplicado, acompaando siempre una copia a cualquier movimiento del ganado y laotra la conservar el ganadero al menos durante 3 aos tras la partida del animal.Adems, todos los movimientos de los animales deben ser registrados en elLibro de Explotacin. Si se compran animales de otras explotaciones, debemosnotificarlo en un plazo de 7 das. Igualmente se comunicara, en un plazo de 7 das,BPG explotaciones vacuno de leche5cuando un animal muere en la explotacin o cuando va a matadero con objeto dedarlo de baja en el censo.En el caso de que se pierda un crotal, es necesario notificarlo y pedir un duplicadocon el mismo nmero.2. Condiciones sanitarias.Toda explotacin ganadera debe cumplir unas condiciones mnimas sanitariasreguladas por el Real Decreto 1047/2003 de 1 de agosto por el que se modifica elRD 2611/1996 que regula los programas nacionales de erradicacin deenfermedades de los animales, y el RD1716/2000 sobre las normas sanitarias paraintercambio comunitario de animales de la especie bovina y porcinarespectivamente.A nivel regional est la OF de 8 de octubre de 2001 por la que se aprueban losprogramas de control de determinadas enfermedades de la especies bovina, ovina ycaprina.Anualmente se realizan Campaas de Saneamiento Ganadero para tuberculosisbovina, brucelosis bovina, leucosis enzotica bovina y perineumonia contagiosa.Los animales a sanear son aquellos que son o vayan a ser futuros reproductores(animales para vida).En funcin de los resultados de dichas campaas se clasifican las explotaciones y elobjetivo final de todo ganadero es el de obtener una explotacin:T3 (oficialmente indemne a tuberculosis)B4 (oficialmente indemne a brucelosis)L1 (oficialmente indemne a leucosis)L (libre de perineumonia)Para el movimiento de animales entre explotaciones es necesario que losanimales estn saneados por lo que se repiten estas pruebas a no ser que la campaade saneamiento oficial se haya realizado en los ltimos 30 das.La compra de animales debe realizarse en explotaciones que estn calificadassanitariamente como indemnes a las enfermedades antes sealadas. El compradordebe mantener a los animales en cuarentena y volverlos a sanear en un plazo de 60BPG explotaciones vacuno de leche6das tras la entrada en la explotacin destino. A los animales de 6 meses se les mira todas las enfermedades antescitadas.Adems de estas enfermedades de obligada declaracin, los animales se puedenver afectados por numerosas enfermedades que necesitan ser controladas porpersonas competentes en la materia y cuyas intervenciones deben quedar registradosen el Libro de Tratamientos. La utilizacin de los medicamentos veterinarios estregulada por la Ley 25/1990 y el Reglamento 2377/1990 por el que se establecen loslmites mximos de residuos (LMRs) en los medicamentos. Todos losmedicamentos utilizados y presentes en una explotacin deben tener sucorrespondiente receta veterinaria prescrita por un veterinario, y su uso debe quedarregistrado en el Libro de Tratamientos segn lo dispuesto en la Ley Foral 11/2000sobre Sanidad Animal. En relacin al LMRs es obligado guardar los perodos desupresin aconsejados para cada tipo de tratamiento. ATENCION: en el libro de tratamientos se debe anotar todo aquello que llevealgun tipo de medicamento en su composicin. Ej. pienso medicamentoso!!!!Otro tema a considerar dentro de este apartado es la Bioseguridad en granjas derumiantes. Se trata de un conjunto de prcticas de manejo que reducen el riesgo deintroduccin y difusin de algunos patgenos y sus vectores en las explotacionesganaderas. El objetivo es salvaguardar la salud animal e indirectamente el mercadoy la salud del consumidor.Para prevenir la entrada de enfermedades en la explotacin es importante controlar yvigilar: las nuevas entradas tanto de animales como de material reproductor(semen). los alimentos y el agua (bien almacenados, anlisis, ). el contacto con animales de otras explotaciones. el contacto con vectores (ratas, insectos) y animales salvajes. los residuos ganaderos.BPG explotaciones vacuno de leche7 la entrada de vehculos, veterinario, visitas, (zonas de limpieza ydesinfeccin).Cada explotacin tendr redactado su PLAN SANITARIO (desparasitaciones(novillas en pastoreo y resto en periodo seco), vacunas, ).3. Condiciones higinicas.Un buen estado sanitario de los animales est altamente correlacionado con unaadecuada limpieza y desinfeccin de las instalaciones, ademas de desinsectacin ydesratizacin.El mejor mtodo de limpieza y desinfeccin recomendado es retirar bien toda lamateria orgnica y posteriormente aplicar agua hirviendo (85-90C) a presin.Para las camas o cubculos es aconsejable hacer uso de secantes y desinfectantespermitidos en estas condiciones.En lo referente a la desinsectacin y desratizacin, siempre se deben utilizarproductos recomendados por un especialista y seguir todas las recomendacionessealadas para evitar cualquier tipo de accidentes por intoxicaciones, El Reglamento CE 852/2004 relativo a la higiene en el sector primario dice quelos productos primarios estarn protegidos contra cualquier foco de contaminacinteniendo en cuenta cualquier tipo de transformacin a que se sometanposteriormente, mediante el control de la contaminacin procedente del aire, suelo,agua, piensos, fertilizantes, medicamentos, fitosanitarios, residuos y tomandomedidas zoosanitarias y relativas al bienestar animal, as como medidasfitosanitarias.Al respecto se debern tomar las medidas oportunas siguientes: mantener limpias todas las instalaciones, y en su caso desinfectarlas mantener limpios, y cuando sea necesario, desinfectados todos losequipos, contenedores, vehculos, garantizar en la medida de lo posible la limpieza de los animales parasacrificio y, en su caso, de los animales de produccinBPG explotaciones vacuno de leche8 utilizar agua potable o agua limpia cuando sea necesario para evitar lacontaminacin garantizar que el personal que manipule productos alimenticios se halleen buen estado y reciba formacin sobre riesgos sanitarios evitar en la medida de lo posible que los animales y las plagas provoquencontaminacin almacenar y manipular los residuos y sustancias peligrosas de forma talque se evite la contaminacin impedir la introduccin y difusin de enfermedades contagiosastransmisibles al ser humano a travs de los alimentos, incluso mediante laadopcin de medidas preventivas al introducir nuevos animales y lacomunicacin a las autoridades competentes de las sospechas de focos dedichas enfermedades se tendrn en cuenta los resultados de todos los anlisis pertinentesefectuados en muestras tomadas de animales u otras muestras que tenganimportancia para la salud humana emplear correctamente los aditivos para piensos y los medicamentos paraanimales, de conformidad con la legislacin pertinentePor su parte, el Reglamento CE 853/2004 referente a los requisitos en higiene en laproduccin animal, dice en el apartado referente a la leche cruda:La leche cruda deber proceder de animales: que no presenten sntomas de enfermedades contagiosas transmisibles alhombre por la leche que estn en un buen estado de salud general, no presenten transtornos quepuedan contaminar la leche y, en particular, no padezcan enfermedades delaparato genital con flujo, enteritis con diarrea acompaada de fiebre niinflamaciones perceptibles de la ubre que no presenten ninguna herida en la ubre que pueda alterar la leche a los que no se hayan administrado sustancias o productos no autorizados, yque no hayan sido objeto de un tratamiento ilegal con arreglo a la Directiva96/23CEBPG explotaciones vacuno de leche9 para los que en el caso de administracin de productos o sustanciasautorizadas se haya respetado el plazo de espera prescrito (periodosupresin).Higiene de las explotaciones productoras de leche crudaLocales y equipos: los equipos de ordeo y los locales en los que la leche sea almacenada,manipulada o enfriada debern estar situados y construidos de forma que selimite el riesgo de contaminacin de la leche los locales destinados debern estar protegidos contra las alimaas,claramente separados de los locales en los que estn estabulados losanimales, y cuando sea necesario, disponer de un aparato refrigeradoradecuado las superficies del equipo destinadas a entrar en contacto con la lechedebern ser fciles de limpiar, desinfectar y mantenerse en buen estado. Ellorequiere el uso de materiales lisos, lavables y no txicos tras ser utilizadas dichas superficies deben limpiarse y, en caso necesario,desinfectarseOrdeo:El ordeo deber efectuarse de modo higinico garantizado por: antes de comenzar, los pezones, ubre y partes contiguas estn limpias se controla la leche procedente de cada animal, para detectar las anomalasorganolpticas o fisicoqumicas ya sea por parte del ordeador o mediante unmtodo por el que se obtengan resultados parecidos, y que la leche quepresente ciertas anomalas no se destine al consumo humano que no se destine al consumo humano la leche de animales que presentensignos clnicos de enfermedad en la ubre, si no es por orden de un veterinario que los animales sometidos a tratamientos que puedan pasar a la leche seidentifican, y la leche de estos animales no se destina a consumo humanohasta que finaliza el periodo de supresinBPG explotaciones vacuno de leche10 que nicamente se rocan los pezones con productos autorizados por laautoridad competente y de manera que no transmitan niveles inaceptables deresiduos a la lecheInmediatamente despus del ordeo, la leche deber conservarse en un lugar limpioequipado para evitar cualquier contaminacin. Deber enfriarse inmediatamente auna temperatura no superior a 4C.PersonalLas personas encargadas del ordeo y de la manipulacin de la leche cruda debernllevar ropa limpia y adecuada.Las personas encargadas del ordeo debern mantener un elevado grado delimpieza. Cerca del lugar donde se efecte el ordeo deber disponerse de unasinstalaciones apropiadas que permitan lavarse las manos y los brazos a las personasencargadas de esta operacin y de la manipulacin de la leche cruda.Se recomienda el carnet de manipulador de alimentos y el uso de guantes durante elordeo.Criterios relativosa a la leche crudaSe harn controles de un nmero representativo de muestras de leche tomadasaleatoriamente en las explotaciones. Los controles podrn ser llevados a cabo por, oen nombre de:- el operador de la empresa alimentaria que produzca leche- el operador que recoja o transforme leche- un grupo de operadores de empresas alimentarias- mediante planes de control a nivel nacional o regionalBPG explotaciones vacuno de leche114. Alimentacin. La seguridad de los alimentos de origen animal comienza por la de los alimentos queingieren los animales.Un buen manejo de la alimentacin nos asegura un mejor estado sanitario de losanimales adems de mejores producciones y mayor calidad del producto. En estesentido debemos cumplir minimamente: Todos los animales de la explotacin deben tener disponibles alimentossuficientes para cubrir sus necesidades en funcin del estado fisiolgico en quese encuentren. Manejo de la nota de condicin corporal (nCC). Debemos asegurar que reciben la suficiente cantidad de alimento fibroso para unadecuado funcionamiento del rumen. En los animales recien nacidos asegurarnos que toman calostro durante laprimeras horas y que disponen de suficiente leche. A partir de los 15 das de vida dejarles alimento slido a disposicin. Utilizar materias primas de adecuada calidad nutricional y seguridad higinicosanitaria. Empleo de aditivos permitidos por la legislacin. Los alimentos producidos en la propia explotacin deben tener un estado deconservacin correcto. A aquellos en los que sea necesario por las caractersticasintrnsecas a su proceso de elaboracin (ej. ensilados) se les realizarn losanlisis correspondientes para asegurar esta conservacin. En el caso de los alimentos comprados, estos irn correctamente etiquetados conarreglo a la legalidad, que no estn caducados y que se les da un uso correcto.Los proveedores de estos alimentos debene estar autorizados y registrados parala fabricacin y comercializacin de estos productos y, en su caso, certificar elorigen de las materias primas que utilicen. Todas ellas deben estarespecificamente autorizadas para la alimentacin de rumiantes.BPG explotaciones vacuno de leche12 Deben procurarse unas instalaciones para el almacenamiento de los alimentosque los protejan adecuadamente impidiendo su conservacin defectuosa y, sobretodo, evitando las contaminaciones cruzadas con alimentos de otras especies, obien con productos que puedan ser potencialmente txicos (fitosanitarios,abonos, zoosanitarios). El manejo de los alimentos ser correcto, eliminando aquellos que presenten unmal aspecto y utilizando la maquinaria y utensilios adecuados. Agua de bebida debe estar limpia y clorada. En la medida de lo posible usaragua de la red.Muy importante llevar un registro de entrada de materias primas para controlarlotes, fechas de entrada, proveedores, En definitiva, aseguramos la trazabilidadde los alimentos que damos al rebao.5. Reproduccin.El manejo reproductivo de las explotaciones debe llevarse a cabo en las mejorescondiciones higinico-sanitarias. El objetivo es conseguir una lactacin por ao, locual implica un parto/vaca/ao. Para ello se necesita que los animales estn enbuenas condiciones sanitarias y nutricionales (manteniendo un buen estadocorporal), adems de que se realice una buena deteccin del celo empleando tiempoes esta tarea, se insemine en el momento oportuno y se maneje correctamente elsemen.Seleccin de reproductores y gentica: Programas de mejora gentica de las razas Frisona-Holstein. Carta genealgica Descripcin morfolgica Seleccin de los reproductores (hembras de reposicin). Contribuyena uniformizar el producto dentro de un rebao.BPG explotaciones vacuno de leche13Etapa Punto de Control Aspectos de calidadReproductores/genticaSeleccin de los toros de I.A.Seleccin hembras de reposicin.Calidad de leche.Temperamento.Longevidad.Una vez definida la lnea de actuacin, llevar a cabo un control tanto de lareproduccin de las hembras (ndices de fertilidad , ) como de la seleccin gentica(datos de produccin, ).6. Instalaciones.Diseo correcto de las instalaciones teniendo presente aspectos de bienestar animale higiene, as como la normativa vigente en cuanto a licencias de actividad (DF188/86 modificado por el DF 268/01, sobre autorizaciones de explotaciones pecuarias, yposteriores revisiones). No olvidar aspectos relacionados con la calidad del producto ycon el bienestar del ganadero.El diseo de las instalaciones debe permitir un manejo de los animales en lotes paraevitar interferencias entre animales de distintas edades, estados fisiolgicos, Existen unas recomendaciones mnimas relacionados con el bienestar animal y endefinitiva, con la calidad del producto: Condiciones ambientales adecuadas para obtener unos adecuadosrendimientos: Temperatura < 25C y > -5C (ptimo 10-15C) Humedad relativa de 60-80% Ventilacin adecuada y directa que garantice la renovacin del airede forma que se evite enfermedades respiratorias y que garantice elconfort de los animales. Condiciones de los alojamientos: En cualquier diseo, los animales deben poder verse unos a otros. Los materiales en contacto con los animales no deben causar dao niser txicos, y deben poderse limpiar fcil a fondo y desinfectar.BPG explotaciones vacuno de leche14 El suelo debe ser confortable, evitando materiales resbaladizos oasperos. La zona donde se tienden los animales (rea de reposo) debe disponerde cama limpia y seca. Dimensin de los cubculos, frente de comedero, . AtrapadoresReservar una zona para sala de partos, enfermera, Sistema de contencin de animales para realizar tratamientos, cargar, etc.7. Ordeo.Zonas de ordeo.Debe existir una zona habilitada para el ordeo quecumpla los requisitos necesarios de construccin,iluminacin y ventilacin que permitan realizar estaoperacin de la forma ms adecuada y cmodaposible.Debe mantenerse en un estado limpio e higinicopara prevenir la contaminacin de la leche durante elordeo.Se aconseja que la zona o sala de ordeo estseparada de la zona de estabulacin.Utensilios y equipamientos.Todas las superficies que entren en contacto con la leche deben ser de materialadecuado y estar construidas o dispuestas de tal forma que aseguren su perfectalimpieza y desinfeccin, as como el acceso adecuado para su inspeccin y control.Se realizar un mantenimiento adecuado del equipo de ordeo y se verificar con lafrecuencia necesaria el buen funcionamiento y realizando las reparacionesnecesarias. El equipo de ordeo debera ajustarse a las normas UNE para estoseuipos.BPG explotaciones vacuno de leche15Se dispondr de un sistema adecuado de limpieza y desinfeccin que garantice lacorrecta higienizacin del sistema de ordeo, refrigeracin y almacenamiento de laleche, as como de los utensilios que entren en contacto con la misma.Manejo del ordeo.Antes de comenzar las operaciones propias del ordeo los locales y utensilios dondese vaya a realizar deben estar en un estado razonable de limpieza e higiene.Es necesario realizar un manejo correcto del ordeo (rutina de ordeo). Para ello esesencial mantener una higiene adecuada de los animales en la estabulacin; realizarun lavado y desinfeccin de la ubre antes del ordeo cuando sea procedente, con losmedios y desinfectantes apropiados; garantizar un ordeo completo y poco agresivoy despus del mismo, la desinfeccin y sellado de los pezones. Todos los productosutilizados en la higiene y desinfeccin del ordeo deben estar autorizados yregistrados para este fin y correctamente etiquetados.Asimismo es importante la higiene del ordeador, especialmente de las manos paraevitar contaminaciones (empleo de guantes).Lechera y anejos.Las explotaciones deben tener un local apropiado y adecuadamente aislado de laszonas sucias, para el almacenamiento de la leche y los utensilios que entran encontacto con ella, as como los materiales necesarios para la limpieza ehigienizacin de los mismos.Estar construido de forma que evite toda contaminacin posible de la leche, que seafcil de limpiar y desinfectar (plan de limpieza y desinfeccin), con la iluminacin(> 100 lux) y ventilacin necesaria y protegido de la presencia de animales dainos(roedores e insectos; plan de desinsectacin y desratizacin). El techo de la lecheraser aislado y cerrado. Buen diseo de suelos y desages que faciliten la evacuacinde lquidos.Es muy importante que sea fcil el acceso del camin que transportar la leche. Serecomienda que los accesos estn asfaltados o pavimentados.BPG explotaciones vacuno de leche16Manejo de la leche.Una vez ordeada la leche debe enfriarse lo ms rpidamente posible, el transportehasta la instalacin de fro debe evitar la contaminacin de la misma. La temperaturadebe estar en todo momento dentro de los parmetros legalmente establecidos(