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Guía Institucional Pago en Línea (GOB.EC) Guía de Afiliación, Registro y Operación Pago en Línea Subsecretaría de Gobierno Electrónico y Registro Civil Página 1 de 19 1 GUIA DE AFILIACIÓN, REGISTRO Y OPERACIÓN DE PAGO EN LÍNEA EN LA PLATAFORMA GOB.EC (ENTIDADES GUBERNAMENTALES) ANTECEDENTES Constitución de la República del Ecuador. (a) El numeral 1 del artículo 154 confiere a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas del área a su cargo, así como la facultad de expedir acuerdos y resoluciones administrativas. (b) El artículo 226 de la Constitución de la República dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.” (c) El artículo 227 ibídem ordena que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.” (d) El primer inciso del artículo 233 de la Constitución de la República dispone: "Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos." Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. (a) El artículo 14 dispone: “Sistema de pagos en línea. - Créase el sistema de pagos en línea de los valores relativos a trámites administrativos de todas las entidades reguladas por esta Ley. El sistema tiene por objeto permitir el pago de los valores generados por la gestión de trámites administrativos mediante transacciones en línea realizados a través de Internet en virtud de lo cual, se deberá emitir el comprobante electrónico del pago respectivo. Su organización y funcionamiento serán regulados en el Reglamento General a esta Ley.” (b) El numeral 5 del artículo 18 establece como obligación de las entidades públicas “(…) 5. Implementar mecanismos, de preferencia electrónicos, para la gestión de trámites administrativos, tales como la firma electrónica y cualquier otro que haga más eficiente la Administración Pública.” (c) El artículo 31 ordena: “Del ente rector de la simplificación de trámites. - El ente rector de telecomunicaciones, gobierno electrónico y sociedad de la información tendrá competencia para ejercer la rectoría, emitir políticas, lineamientos, regulaciones y metodologías orientadas a la simplificación, optimización y eficiencia de los trámites

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    1

    GUIA DE AFILIACIÓN, REGISTRO Y OPERACIÓN DE

    PAGO EN LÍNEA EN LA PLATAFORMA GOB.EC

    (ENTIDADES GUBERNAMENTALES)

    ANTECEDENTES

    Constitución de la República del Ecuador. (a) El numeral 1 del artículo 154 confiere a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas del área a su cargo, así como la facultad de expedir acuerdos y resoluciones administrativas. (b) El artículo 226 de la Constitución de la República dispone: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.” (c) El artículo 227 ibídem ordena que: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.” (d) El primer inciso del artículo 233 de la Constitución de la República dispone: "Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos." Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos.

    (a) El artículo 14 dispone: “Sistema de pagos en línea. - Créase el sistema de pagos en línea de los valores relativos a trámites administrativos de todas las entidades reguladas por esta Ley. El sistema tiene por objeto permitir el pago de los valores generados por la gestión de trámites administrativos mediante transacciones en línea realizados a través de Internet en virtud de lo cual, se deberá emitir el comprobante electrónico del pago respectivo. Su organización y funcionamiento serán regulados en el Reglamento General a esta Ley.” (b) El numeral 5 del artículo 18 establece como obligación de las entidades públicas “(…) 5. Implementar mecanismos, de preferencia electrónicos, para la gestión de trámites administrativos, tales como la firma electrónica y cualquier otro que haga más eficiente la Administración Pública.” (c) El artículo 31 ordena: “Del ente rector de la simplificación de trámites. - El ente rector de telecomunicaciones, gobierno electrónico y sociedad de la información tendrá competencia para ejercer la rectoría, emitir políticas, lineamientos, regulaciones y metodologías orientadas a la simplificación, optimización y eficiencia de los trámites

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    administrativos, así como, a reducir la complejidad administrativa y los costos relacionados con dichos trámites; y controlar su cumplimiento.” Reglamento General a la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos. (a) El artículo 37 determina: “Sistema de pagos en línea. - Las entidades y organismos de la Administración Pública que brindan servicios a la ciudadanía por trámites administrativos, contarán en su portal web con un mecanismo de pago directo, observando las disposiciones que para el efecto emita el Banco Central del Ecuador, respecto a las entidades corresponsales y los sistemas auxiliares de pago autorizados para efectuar recaudación de los fondos públicos.” Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva. (a) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, los Ministros de Estado son

    competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes especiales Otros antecedentes administrativos. (a) Mediante Decreto Ejecutivo No. 8, de 13 de agosto de 2009 publicado en el Registro Oficial No. 10, de 24 de agosto de 2009, el Presidente de la República creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. (b) Mediante Decreto Ejecutivo No. 784, de 04 de junio de 2019, el Presidente de la República del Ecuador designó al licenciado Carlos Andrés Michelena Ayala como Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información; (c) Con oficio Nro. BCE-SGG-2020-0013-OF, de fecha 19 de junio de 2020 el Banco Central del Ecuador señala: “(…) el Banco Central del Ecuador autoriza a las distintas compañías como sistemas auxiliares de pago (SAP)”, y “(…) que entre los servicios que se encuentran autorizados se tiene el de “Procesamiento transaccional y de pago a través de puntos de venta electrónicos”, (d) Mediante memorando No. MINTEL-SGERC-2020-0164-M, de 31 de agosto de 2020,

    el Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil remitió un informe técnico al Viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación en el que recomendó la emisión de un Acuerdo Ministerial para pagos en línea en la gestión de trámites administrativos. Con sumilla inserta en dicho memorando, el Viceministro de Tecnologías de la Información y Comunicación autorizó la elaboración del respectivo instrumento jurídico. (e) Con fecha 31 de agosto de 2020, el Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad

    de la Información emitió el Acuerdo Ministerial No. 026-2020, en el que se dispone “Establecer directrices para la incorporación de pagos en línea para la gestión de trámites administrativos a través del Registro Único de Trámites que se encuentra contenido en la plataforma GOB.EC.” (f) En el Disposición General Segunda del Acuerdo Ministerial ibídem se delega al Subsecretario de Gobierno Electrónico y Registro Civil para que, en representación del Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, se encargue de la implementación, monitoreo y seguimiento de las disposiciones del Acuerdo Ministerial.

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    (g) De acuerdo a lo establecido en el Artículo 6 del Acuerdo Ministerial No. 026-2020, que describe el proceso para la “Habilitación de pasarelas de pago en la plataforma GOB.EC”, la empresa KUSHKI S.A realiza el envío del Formulario de Solicitud de Información / Cotización (RFI/RFQ) mediante correo electrónico dirigido a la mesa de servicios de gobierno electrónico: [email protected], y registrado bajo el código 2020-30047 de fecha 4 de septiembre 2020. (h) Tras completar el proceso de validación, verificación y cumplimiento de los criterios de aceptación y requisitos mínimos señalados en el Acuerdo Ministerial No. 026-2020. Con fecha 23 de septiembre de 2020 se suscribe el Acuerdo de Niveles de Servicio GOBEC-001-2020 entre el Ministerio de Telecomunicaciones y la Empresa KUSHKI S.A, oficializando su operación dentro de la Plataforma GOB.EC. (i) Finalmente, el Artículo 7 del Acuerdo Ministerial No. 026-2020, señala el proceso para la: “Activación de pagos en línea para trámites administrativos en la plataforma GOB.EC”, definido para instituciones que requieran activar el servicio de pago en línea para sus trámites administrativos.

    OBJETIVO

    Este documento sirve como Guía Institucional para el proceso de “Activación de pagos en línea para trámites administrativos en la plataforma GOB.EC”.

    ALCANCE

    Dentro de esta Guía se describe el modelo operación de los servicios de pago en línea integrados en la Plataforma GOB.EC y se señala el proceso para que una Institución Gubernamental pueda activar el servicio de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 del Acuerdo Ministerial No. 026-2020.

    METODOLOGÍA DE TRABAJO.

    La integración de mecanismos de pago electrónico en la Plataforma GOB.EC, requiere

    de una metodología de trabajo, con lineamientos claros sobre el uso, limitaciones,

    requisitos, responsabilidades y otros aspectos que permiten llevar un flujo de trabajo

    controlado.

    Para tal efecto, el Ministerio de Telecomunicaciones mediante Acuerdo Ministerial No.

    026-2020 de fecha 31 de agosto de 2020, establece las” …directrices para la

    incorporación de pagos en línea para la gestión de trámites administrativos a

    través del Registro Único de Trámites que se encuentra contenido en la plataforma

    GOB.EC.”.

    Acuerdo mediante el cual el MINTEL brinda los lineamientos tanto a compañías

    prestadoras de servicios de Pago en Línea para ser habilitadas en la plataforma

    GOB.EC, así como a Entidades Gubernamentales para hacer uso de estos servicios.

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    Adicionalmente, se señalan los modelos planteados para la activación y operación de

    los mecanismos de pago electrónico dentro de la Plataforma GOB.EC.

    Modelo de Operación

    Las Pasarelas de Pago reciben la información de tarjetas y autorizan el pago usualmente

    mediante un proceso tercero (Procesador de Pago). A continuación, se describe el

    proceso de solicitud validación y autorización de un pago electrónico bajo el modelo de

    la plataforma GOB.EC:

    (1) Ciudadano, Solicita el pago de un trámite en línea generado y publicado a través

    de la plataforma GOB.EC.

    (2) GOB.EC, Envía la solicitud de pago a la Pasarela,

    (3) La Pasarela, Muestra un formulario mediante un canal seguro, en donde el

    Ciudadano ingresa su información de tarjeta de crédito o débito (nacional o

    internacional) (nombres, número de tarjeta, código de seguridad, fecha

    caducidad, etc.). En este punto es importante tomar en cuenta que la Plataforma

    GOB.EC en ningún momento interactúa o almacena información de tarjetas

    (numero, código de seguridad, fecha caducidad, etc.) dado a que el formulario

    presentado al ciudadano es provisto por la Pasarela.

    (4) La Pasarela Valida y Procesa la información de forma segura.

    (5) El Banco Transfiere los fondos a la cuenta definida por la Entidad

    Gubernamental.

    (6) La Pasarela, Emite la confirmación de la transacción a la Plataforma GOB.EC,

    una vez realizado el pago exitoso o a su vez señala los posibles errores

    encontrados.

    (7) GOB.EC, Registra el pago para posterior validación de la Institución.

    (8) La Institución, Verifica el pago y procede con la Entrega del trámite/servicio y

    con la emisión de la factura en base a su proceso interno. En este punto es

    importante señalar que GOB.EC no genera facturas, este proceso se mantiene

    bajo el proceso interno de cada Institución.

    (Gráfica: Modelo de Operación)

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    Finalmente, es importante señalar que los costos por transacción los asume el

    Ciudadano, por lo cual el valor establecido por la Entidad de Gobierno es recibido de

    forma íntegra a la cuenta bancaria definida.

    Modelo de Activación de Pagos en Línea

    Actores:

    Proveedor - Pasarela de Pago: Es la compañía que ofrece el servicio

    de Pago en Línea.

    Institución Gubernamental: Actúa como Cliente directo del

    Proveedor, y es quien realiza la contratación del servicio de Pago en

    Línea.

    Ministerio de Telecomunicaciones: Es la Organización responsable

    de integrar la solución tecnológica de Pago en Línea dentro de la

    Plataforma GOB.EC.

    Banco Central del Ecuador: Actúa como el ente regulador de los

    Sistemas Auxiliares de Pago SAP (Pasarelas de Pago).

    El modelo de Activación establece el proceso que una Entidad de Gobierno debe seguir

    para poder hacer uso de los servicios de pago en línea de una Pasarela de Pagos dentro

    de la Plataforma GOB.EC.

    Es importante señalar que las Pasarelas de Pago son previamente seleccionadas por el

    Ministerio de Telecomunicaciones, bajo el proceso establecido en el Acuerdo Ministerial

    No. 026-2020, Artículo 6 “Habilitación de pasarelas de pago en la plataforma

    GOB.EC”, mediante criterios de evaluación que permiten validar aspectos técnicos y

    regulatorios. En donde se considera principalmente el aval del Banco Central del

    Ecuador, ya que estas compañías deben ser autorizadas como Sistemas Auxiliares de

    Pago SAP para el manejo de fondos públicos. No obstante, el Ministerio de

    Telecomunicaciones no establece ninguna obligación contractual o acuerdo de

    compromiso con estas compañías.

    Requisitos:

    Es necesario considerar los siguientes requisitos y lineamientos, previo a la

    implementación de Pago en Línea en una Institución:

    Formularios GOB.EC: Para poder hacer uso de los servicios de Pago en

    Línea, es necesario trabajar con formularios generados en la plataforma

    GOB.EC.

    Definir un Tarifario: ya sea este Fijo o Dinámico que pueda ser

    consolidado en la Plataforma GOB.EC1.

    Validar procesos internos para Pagos en Línea: de ser necesario

    adecuar Procesos Internos (Financiero) para el uso de estos servicios.

    Facturación: la Facturación continuará a cargo de la Institución, GOB.EC

    registrará los datos generados durante el proceso de Pago en Línea que

    servirá como insumo a la elaboración de facturas por parte de la

    Institución.

    1 Ver Proceso de Activación de pagos en línea para trámites administrativos en la plataforma GOB.EC Acuerdo Ministerial No. 026-2020 Paso 2 “Definir y cargar un tarifario de trámite…”

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    Definir a un responsable de Pagos: de acuerdo al Acuerdo Ministerial

    No. 026-2020 Artículo 8 “Las instituciones activadas para recibir pagos en

    línea de trámites administrativos en la plataforma GOB.EC deberán

    designar funcionarios para gestionar los pagos, mismos que serán

    responsables de realizar la gestión contable de los valores recaudados,

    así como atender los consultas o reclamos de los administrados,

    relacionados con dichos pagos. Esta función puede ser cumplida por el

    Responsable del Levantamiento de Trámites Administrativos de cada

    Institución, o a su vez, por el funcionario que este designe para el efecto”.

    Adicionalmente el responsable realizará la gestión de controversias

    (devoluciones).

    Realizar la Afiliación con el Proveedor (Pasarela de Pago): Mediante

    la suscripción de los contratos de afiliación, la Institución define la cuenta

    bancaria, los mecanismos de pago, los costos, las condiciones y términos

    de uso.

    Disponer de las llaves Públicas y Privadas para Pago en Línea: Una

    vez suscrita la Afiliación (Acuerdo de Servicios) con el Proveedor (Pasarela

    de Pago) se entregarán a la Institución tanto la llave Pública y Privada para

    poder registrarlas en GOB.EC y empezar a usar el servicio de Pago en

    Línea.

    Proceso de Activación:

    Bajo el Acuerdo Ministerial No. 026-2020, en el Artículo 7 se describe el proceso para

    que Instituciones Gubernamentales realicen la: “Activación de pagos en línea para

    trámites administrativos en la plataforma GOB.EC”, el cual se describe en detalle a

    continuación:

    1. Diseñar el formulario electrónico para el inicio de cada trámite administrativo

    que requiera de la habilitación de pago en línea en la plataforma GOB.EC.

    Uno de los requisitos para la integración de Pago en Línea, es que el formulario del

    trámite debe ser generado en su totalidad dentro de la Plataforma GOB.EC2.

    2 Formularios electrónicos en GOB.EC: Dentro de los habilitantes tecnológicos que el Ministerio de Telecomunicaciones ha incorporado dentro de GOB.EC, se tiene un desarrollador de formularios electrónicos que permite el inicio de trámites a través de la misma plataforma.

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    (Gráfica: Formulario generado en GOB.EC)

    2. Definir y cargar un tarifario de trámite, que contendrá los costos de cada trámite

    administrativo. El tarifario será una hoja electrónica que definirá los parámetros y

    formulas necesarias para calcular automáticamente el costo del trámite

    administrativo. Es responsabilidad de la Institución verificar que el tarifario de

    trámite calcule correctamente el costo de cada trámite administrativo.

    Tomando en cuenta que la integración de Pagos en Línea está disponible para trámites

    generados exclusivamente mediante los formularios de GOB.EC, al momento de

    diseñar un trámite se presentan nuevas opciones para la configuración de estos

    mecanismos de pago, que incluye la definición de un Tarifario.

    El Tarifario, puede ser de 2 tipos:

    Tarifa fija: el costo del trámite es único para todos los requirentes.

    Tarifa dinámica: el costo puede depender de otros factores por lo que el valor

    total requiere de un cálculo.

    Tomando en cuenta los tipos de Tarifario, dentro del sistema es posible seleccionar si

    el Tarifario es Fijo o Dinámico.

    (Gráfica: Configuración Tarifario GOB.EC)

    En el caso de un valor Fijo simplemente se registrará el valor total a ser cancelado.

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    En el caso de un valor Dinámico requiere de un cálculo que en algunos casos puede ser

    simple como seleccionar entre opciones pre establecidas, como ser un cálculo avanzado

    en base a porcentajes.

    En estos casos se ha optado por implementar una solución que permite la integración

    de un motor que permite el procesamiento de hojas de cálculo para la obtención de

    estos valores.

    (Gráfica: Tarifario dinámico – hoja de cálculo)

    Para hacer uso de una tarifa Dinámica, se requiere que la Institución cree una hoja de

    cálculo en donde debe realizar el procedimiento para obtener el resultado final tomando

    como base una entrada del usuario.

    (Gráfica: Configuración de Tarifario en GOB.EC)

    Finalmente, dentro de GOB.EC la Institución podrá cargar dicha hoja de cálculo y

    parametrizar los datos de entrada y el resultado.

    Como se señala en el Artículo 7, es “Es responsabilidad de la Institución verificar que el

    tarifario de trámite calcule correctamente el costo de cada trámite administrativo”

    3. Suscribir un Acuerdo de Servicio con las pasarelas de pago (integradas y

    habilitadas en la plataforma GOB.EC, de conformidad con los artículos 5 y 6 del

    Acuerdo Ministerial No. 026-2020.

    El Artículo 5 del Acuerdo Ministerial No. 026-2020, señala que: “El Ministerio de

    Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información será el encargado de

    administrar tecnológicamente la plataforma GOB.EC y su integración con las

    pasarelas de pago habilitadas.”. Es decir, que el Ministerio de Telecomunicaciones

    actúa solamente como integrador de la solución tecnológica de pago en línea, y por lo

    tanto no está obligado contractualmente con el Proveedor (Pasarela de Pago).

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    El Artículo 6 del Acuerdo Ministerial No. 026-2020, describe el proceso para la

    “Habilitación de pasarelas de pago en la plataforma GOB.EC”. Bajo este proceso el

    Ministerio de Telecomunicaciones realiza el proceso de integración de proveedores de

    servicios de Pago en Línea que cuenten con el aval del Banco Central del Ecuador y

    que cumplan con los criterios de selección y requisitos mínimos de operación.

    No obstante, para que una Institución Gubernamental pueda activar el servicio de Pago

    en Línea dentro de la plataforma GOB.EC, la Institución necesariamente debe generar

    una Afiliación (Acuerdo de Servicio) con la Pasarela de Pagos. Ya que dentro de

    este acuerdo se definen aspectos como: costos por transacción, manejo de conflictos,

    devoluciones, cuenta bancaria para la transferencia de fondos, términos y condiciones

    de uso, entre otros.

    Proveedores (Pasarelas de Pago) Habilitados

    Proveedor: KUSKI SA.

    No Ítem Descripción

    1 Nombre de la

    Compañía

    KUSHKI S.A.

    Es una compañía legalmente constituida bajo las leyes de la República del Ecuador, cuyo giro de negocio es brindar actividades auxiliares de servicios financieros, por medio de la provisión de servicios integrales de plataforma como solución tecnológica, que permite, por medio de convenios o alianzas, proveer a favor de una determinada red de establecimientos afiliados, de un licenciamiento de software y de servicios de pagos.

    2 Nombre del Servicio

    de Pago en Línea:

    KUSHKI (Cajita de Pagos)

    3 País de Origen Ecuador.

    4 Experiencia KUSHKI funciona en Ecuador desde el año 2017; en Colombia desde 2017; en Chile desde 2019, en México desde el año 2019, en Perú desde el 2019; en Europa; y, Estados Unidos desde 2017.

    Años de experiencia: 3+

    5 Operación en

    Ecuador.

    En Ecuador, Kushki cuenta con 207 clientes.

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    6 Oficinas en Ecuador. Están ubicadas en la Av. Eloy Alfaro N34-194 y Catalina Aldaz,

    Edificio Corporativo 194,Piso 11.

    7 Características clave

    del servicio

    Kushki cumple con los más altos estándares de seguridad

    internacional. Su plataforma tiene la certificación PCI

    Compliance nivel 1, y cuenta con tecnología para a pagos

    digitales con el sistema financiero nacional con: tarjetas de

    crédito, tarjetas de débito, transferencias bancarias, red de

    efectivo, tokenización de tarjetas, suscripciones; y aceptación

    de tarjetas internacionales.

    Entre los productos se destacan: Cajita de Pagos: todos los

    medios de pagos en un solo sitio embebido en la web o APP;

    Smartlink: link de pagos personalizado y embebido para redes

    sociales, Cobros recurrentes: subscripciones y pagos

    recurrentes automatizados.

    Instructivo de Afiliación para Instituciones Públicas (KUSKI SA.)

    1. - Ingresa a

    https://www.kushkipagos.com/inscription/ecuador/

    2. - Selecciona el Banco Internacional

    (Gráfica: Selección de Banco Afiliación Kushki)

    3. - Completa el formulario de afiliación y carga todos los documentos requeridos (ver documentación requerida)

    El formulario se divide en las siguientes secciones:

    Información del Aplicante

    Información de Pago

    Información de Integración

    Información PCI / Seguridad

    Carga de Información Digital

    https://www.kushkipagos.com/inscription/ecuador/

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    Información del Aplicante: Dentro de esta sección, el Proveedor solicita los datos del responsable, representante y/o autoridad con quien se firmaría el convenio Institucional.

    (Gráfica: Formulario Información del Aplicante)

    Información de Pago: Dentro de esta sección, el Proveedor solicita los datos de la entidad bancaria con la cual trabaja la Institución (Nombre Institución Bancaria, Tipo cuenta, Beneficiario y Número de Cuenta).

    (Gráfica: Formulario Información de Pago)

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    Información de Integración: Dentro de esta sección, el Proveedor solicita los datos del modelo de integración. Al ser el Ministerio de Telecomunicaciones el integrador tecnológico de la solución de Pago en Línea, se debe seleccionar las opciones (Personal Externo, Mi página o app no es e Commerce y Alguien me refirió Kushki)

    (Gráfica: Formulario Información de Integración)

    Información PCI / Seguridad: Dentro de esta sección, el Proveedor presenta una encuesta de Seguridad sobre el tratamiento de información que tiene la institución.

    (Gráfica: Formulario Información PCI / Seguridad)

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    Carga de Información Digital: Dentro de esta sección, el Proveedor presenta los Términos y Condiciones3 a los cuales la Institución está obligada a cumplir para el uso de medios de pago electrónico. Esta información debe ser revisada previo a la firma de un acuerdo dado a que se estipulan aspectos clave de la operación del servicio. Una vez revisado y aceptado se procede a Enviar la solicitud.

    (Gráfica: Formulario Carga de Información Digital)

    4. - Recibirás un correo de confirmación

    5. - Descarga los contratos adjuntos

    (Gráfica: contratos de Afiliación)

    6. - El Representante legal debe firmar en todos los espacios con una flecha de color verde

    (Gráfica: firmas requeridas)

    7. - Escanea todos los documentos y envíalos a “[email protected]

    3 Términos y Condiciones: https://www.kushkipagos.com/legal

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    Documentación Requerida para Instituciones Públicas (KUSKI SA.)

    Cédula Representante Legal /Funcionario que tenga potestad según

    estatutos de la Entidad Pública para la firma de contratos.

    RUC (en el caso que aplique*)

    Papeleta de votación del Representante Legal /Funcionario que tenga

    potestad según estatutos de la Entidad Pública para la firma de

    contratos.

    Recibo Servicio Básico (último mes)

    Acuerdo Ministerial y/o estatuto con certificación de haber obtenido

    la aprobación por el Ministerio correspondiente.

    Nombramiento vigente del Funcionario que tenga potestad según

    estatutos de la Entidad Pública para la firma de contratos.

    Contratos de Adquirencia debidamente firmados por Representante

    Legal /Funcionario que tenga potestad según estatutos de la Entidad

    Pública para la firma de contratos.

    Hoja de autorización de débito por conceptos de anulaciones y/o

    contracargos firmada por el funcionario que tenga potestad para firmar

    contratos.

    Aceptación de T&C de Kushki por Representante Legal /Funcionario

    que tenga potestad según estatutos de la Entidad Pública para la firma

    de contratos.

    4. Configurar los parámetros correspondientes a cada pasarela de pagos en la

    Plataforma GOB.EC.

    La integración de pasarelas de pago en la plataforma GOB.EC requiere del desarrollo

    de nuevos módulos para configurar y gestionar la Activación y posterior operación por

    parte de las Instituciones.

    En este sentido se habilita la opción Pagos dentro del módulo de Administración de

    GOB.EC.

    (Gráfica: Configuración de pagos en GOB.EC)

    Para la administración de este módulo, GOB.EC requiere de un Nuevo Rol como

    Responsable Institucional para la Gestión de Pagos. Este Rol va a tener la facultad

    para configurar los diferentes mecanismos de pago, y a su vez para validar la

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    Guía de Afiliación, Registro y Operación – Pago en Línea

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    acreditación, errores, o para la gestión de controversias y devoluciones. El perfil

    recomendado para este Rol es el de un funcionario del área o departamento Financiero.

    Dentro de este módulo es posible habilitar los mecanismos de pago aprobados para

    trabajar en la Plataforma GOB.EC “Afiliación” así como mostrar un reporte de los pagos

    realizados “Lista de Pagos”

    Afiliación

    (Gráfica: Añadir Afiliaciones en GOB.EC)

    Al agregar o editar una Afiliación es posible modificar:

    Etiqueta: para identificar la forma de pago

    Selección de los mecanismos de pago disponibles en la plataforma GOB.EC

    Configuración de acuerdo al mecanismo seleccionado

    Datos Informativos para reclamos: en donde se coloca la información de un

    contacto institucional para brindar soporte en cuanto al manejo de controversias.

    Términos: en este apartado la institución subirá los términos y condiciones de

    uso acordados con la Pasarela de Pagos.

    (Gráfica: Edición de Afiliaciones en GOB.EC)

    A manera de ejemplo se selecciona a la Pasarela Kushki. Esta selección habilita la

    sección Configuración en donde es posible activar el mecanismo de pago, seleccionar

    el modo (Prueba y Producción), y en donde se ingresan las llaves privadas que son

    entregadas a la Institución al momento de concretar la Afiliación con la Pasarela.

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    (Gráfica: Ingreso de llaves Públicas y Privadas en GOB.EC)

    En el caso de seleccionar Banco, el responsable institucional puede agregar los detalles

    para el manejo de transferencias bancarias.

    (Gráfica: Configuración de Transferencias o Depósitos en GOB.EC)

    5. Habilitar el pago en línea para cada trámite administrativo mediante la

    publicación con firma electrónica del Responsable de Levantamiento de Trámites

    Administrativos, de conformidad con el artículo 5 de la Norma Técnica de

    Regulación del Levantamiento de Trámites Administrativos.

    Una vez habilitadas las Afiliaciones, es posible agregarlas y configurarlas dentro de los

    trámites generados en conjunto con el tarifario dentro del módulo de administración.

    (Gráfica: Habilitación de Afiliaciones en un Tramite GOB.EC)

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    (Gráfica: Edición de Tarifario en un Tramite GOB.EC)

    El Artículo 5 del Acuerdo Ministerial No. 017-2019 señala las atribuciones del

    responsable del levantamiento de trámites administrativos. En este sentido, es

    importante considerar que el responsable del levantamiento de trámites administrativos

    aprobará mediante su firma electrónica los cambios realizados en el módulo de Pagos

    de igual manera como se lo realiza al publicar información.

    COSTOS.

    Bajo el Modelo de Activación de Pagos en Línea, el Ministerio de Telecomunicaciones

    opera como Integrador Tecnológico de los mecanismos de pago electrónico,

    debidamente aprobados por el Banco Central del Ecuador como sistemas auxiliares de

    pago para la recolección de fondos públicos.

    El proceso de negociación y contratación de estos servicios será llevado directamente

    por las Instituciones Gubernamentales según lo requieran, bajo los lineamientos del

    Banco Central del Ecuador.

    Los costos por transacción de acuerdo al Modelo de Operación, son asumidos por el

    ciudadano. En este sentido el Ministerio de Telecomunicaciones No incurre en Costos

    asociados a la contratación, mantenimiento y/o soporte de estos servicios.

    FACTURAS

    El alcance actual de la integración de Pasarelas de Pago en GOB.EC no contempla la

    emisión de facturas por pagos o por entrega de trámites y/o servicios. Por lo tanto, su

    gestión continuará a cargo de las Instituciones Gubernamentales de acuerdo al proceso

    interno.

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    GESTIÓN DE CONTROVERSIAS – DEVOLUCIONES

    Al ser la Institución quien realiza la Afiliación (Acuerdo de Servicios) con la Pasarela

    para la activación de Pago en Línea, la Gestión de Controversias estará basado en los

    términos y condiciones establecidos dentro de este Acuerdo.

    En algunos casos las devoluciones son gestionadas por la propia Pasarela, y en otros

    casos lo deberá gestionar la Institución.

    El Ministerio de Telecomunicaciones no interviene bajo ningún concepto en este

    proceso.

    De acuerdo a las Pasarelas de Pago aprobadas para trabajar en GOB.EC, es posible

    que ofrezcan otras plataformas alternativas para el monitoreo de transacciones y gestión

    de controversias (devoluciones).

    (Gráfica: Plataforma de Pagos Kushki)

    En este caso a manera de ejemplo se muestra la plataforma de la pasarela Kushki en

    donde es posible revisar las transacciones realizadas (montos, estados fechas, etc), y

    en donde es posible gestionar los Reembolsos de así requerirlo.

    (Gráfica: Detalle de transacción plataforma Kushki)

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    PROTECCIÓN DE DATOS.

    Los Proveedores se comprometen a velar por la correcta protección de los datos

    personales provistos por ciudadanos, que por motivos contractuales pudiera gestionar

    directa o indirectamente y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no

    autorizado, en consonancia con el estado de la tecnología, la naturaleza de los datos

    almacenados y los riesgos a los cuales están expuestos, ya sean de la acción humana

    o del medio físico o natural.

    COMUNICACIONES.

    El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, gestionará los

    requerimientos para consultas o inquietudes sobre la integración de Pago en Línea,

    mediante el sistema Informático de mesa de ayuda, mediante el correo de servicios:

    [email protected].

    Elaborado por:

    Ministerio de Telecomunicaciones y de la

    Sociedad de la Información.

    Subsecretaría de Gobierno Electrónico y

    Registro Civil.

    mailto:[email protected]