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SUPLEMENTO DE PRECIO GRUPO SUPERVIELLE S.A. OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XX A TASA MIXTA CON VENCIMIENTO A LOS 18 MESES DESDE LA FECHA DE EMISIÓN POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA $100.000.000 (AMPLIABLE HASTA $150.000.000) El presente suplemento de precio (el “Suplemento de Precio”) describe los términos y condiciones de emisión y colocación de las obligaciones negociables clase XX a tasa mixta con vencimiento a los 18 meses desde la fecha de emisión por un valor nominal de hasta $100.000.000 (ampliable hasta $150.000.000) (las “Obligaciones Negociables”) a ser emitidas por Grupo Supervielle S.A. (la “Emisora”) en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Corto, Mediano y/o Largo Plazo, por hasta un monto total en circulación de $1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”) descripto en el prospecto correspondiente al Programa de fecha 11 de mayo de 2015 (el “Prospecto del Programa”). El presente Suplemento de Precio debe ser leído conjuntamente con el Prospecto del Programa y los estados contables que se acompañan a los mismos. Podrán solicitarse copias del Prospecto del Programa y del presente Suplemento de Precio y de los estados contables de la Emisora referidos en el Prospecto en la sede social de la Emisora sita en Bartolomé Mitre 434, Piso 5°, (C1036AAH), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina y de Banco Santander Río S.A. y Banco Supervielle S.A., en su carácter de colocadores, en los domicilios indicados en la contratapa del presente Suplemento de Precio durante el horario de 10 a 15 hs. de cada día hábil del Período de Difusión (tal como se define más adelante). Asimismo, el Prospecto del Programa y el presente Suplemento de Precio se encontrarán disponibles en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), www.cnv.gob.ar en la sección “Información Financiera” correspondiente a la Emisora, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora. Las Obligaciones Negociables calificarán como obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, no subordinadas y con garantía común de la Emisora de conformidad con los términos de la Ley No. 23.576 de Obligaciones Negociables según fuera modificada (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y serán colocadas mediante oferta pública de conformidad con la Ley de Mercado de Capitales No. 26.831 (la “Ley de Mercado de Capitales"), las normas de la Comisión Nacional de Valores receptadas por la Resolución General No. 622/13 de la CNV y sus modificatorias y complementarias (las “Normas de la CNV”). La creación del Programa y la Oferta Pública de las Obligaciones Negociables a ser emitidas bajo el mismo fue autorizada por Resolución Nº 16.452 de fecha 11 de noviembre de 2010 y los aumentos del monto del Programa fueron autorizados por Resoluciones Nº 16.812 de fecha 9 de mayo de 2012, Nº 17.205 de fecha 22 de octubre de 2013 y N° 17.668 de fecha 7 de mayo de 2015, todas ellas del Directorio de la CNV. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el presente Suplemento de Precio. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Suplemento de Precio es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la sociedad y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Suplemento de Precio contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. Conforme con lo previsto en el artículo 119 de la Ley de Mercado de Capitales, los emisores de valores negociables con oferta pública, junto con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización (estos últimos en materia de su competencia) y en su caso, los oferentes de valores negociables con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores negociables con oferta pública, serán responsables por toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la CNV. Asimismo, el artículo 120 de la Ley de Mercado de Capitales, las entidades y agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes de los prospectos solo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión. Los directores y síndicos de la emisora son ilimitada y solidariamente responsables por los perjuicios que la violación de las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables produzca a los obligacionistas, ello atento lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Obligaciones Negociables.

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SUPLEMENTO DE PRECIO

GRUPO SUPERVIELLE S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XX A TASA MIXTA CON VENCIMIENTO A LOS 18 MESES DESDE LA FECHA DE EMISIÓN

POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA $100.000.000 (AMPLIABLE HASTA $150.000.000)

El presente suplemento de precio (el “Suplemento de Precio”) describe los términos y condiciones de emisión y colocación de las obligaciones negociables clase XX a tasa mixta con vencimiento a los 18 meses desde la fecha de emisión por un valor nominal de hasta $100.000.000 (ampliable hasta $150.000.000) (las “Obligaciones Negociables”) a ser emitidas por Grupo Supervielle S.A. (la “Emisora”) en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables a Corto, Mediano y/o Largo Plazo, por hasta un monto total en circulación de $1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”) descripto en el prospecto correspondiente al Programa de fecha 11 de mayo de 2015 (el “Prospecto del Programa”).

El presente Suplemento de Precio debe ser leído conjuntamente con el Prospecto del Programa y los estados contables que se acompañan a los mismos. Podrán solicitarse copias del Prospecto del Programa y del presente Suplemento de Precio y de los estados contables de la Emisora referidos en el Prospecto en la sede social de la Emisora sita en Bartolomé Mitre 434, Piso 5°, (C1036AAH), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina y de Banco Santander Río S.A. y Banco Supervielle S.A., en su carácter de colocadores, en los domicilios indicados en la contratapa del presente Suplemento de Precio durante el horario de 10 a 15 hs. de cada día hábil del Período de Difusión (tal como se define más adelante). Asimismo, el Prospecto del Programa y el presente Suplemento de Precio se encontrarán disponibles en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), www.cnv.gob.ar en la sección “Información Financiera” correspondiente a la Emisora, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora.

Las Obligaciones Negociables calificarán como obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, no subordinadas y con garantía común de la Emisora de conformidad con los términos de la Ley No. 23.576 de Obligaciones Negociables según fuera modificada (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y serán colocadas mediante oferta pública de conformidad con la Ley de Mercado de Capitales No. 26.831 (la “Ley de Mercado de Capitales"), las normas de la Comisión Nacional de Valores receptadas por la Resolución General No. 622/13 de la CNV y sus modificatorias y complementarias (las “Normas de la CNV”).

La creación del Programa y la Oferta Pública de las Obligaciones Negociables a ser emitidas bajo el mismo fue autorizada por Resolución Nº 16.452 de fecha 11 de noviembre de 2010 y los aumentos del monto del Programa fueron autorizados por Resoluciones Nº 16.812 de fecha 9 de mayo de 2012, Nº 17.205 de fecha 22 de octubre de 2013 y N° 17.668 de fecha 7 de mayo de 2015, todas ellas del Directorio de la CNV. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el presente Suplemento de Precio. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Suplemento de Precio es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la sociedad y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Suplemento de Precio contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

Conforme con lo previsto en el artículo 119 de la Ley de Mercado de Capitales, los emisores de valores negociables con oferta pública, junto con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización (estos últimos en materia de su competencia) y en su caso, los oferentes de valores negociables con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores negociables con oferta pública, serán responsables por toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la CNV. Asimismo, el artículo 120 de la Ley de Mercado de Capitales, las entidades y agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes de los prospectos solo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión. Los directores y síndicos de la emisora son ilimitada y solidariamente responsables por los perjuicios que la violación de las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables produzca a los obligacionistas, ello atento lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley de Obligaciones Negociables.

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EL PROGRAMA NO CUENTA CON UNA CALIFICACIÓN DE RIESGO GLOBAL, SINO QUE ESTA CALIFICACIÓN PODRÁ SOLICITARSE RESPECTO DE CADA CLASE EN PARTICULAR.

LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES HAN SIDO CALIFICADAS “A-(arg), perspectiva negativa” POR

FIX SCR PARA MAYOR INFORMACIÓN SOBRE EL SIGNIFICADO DE ESTAS CALIFICACIONES VÉASE LA SECCIÓN “CALIFICACIONES DE RIESGO” EN EL PRESENTE SUPLEMENTO DE PRECIO.

Se ha solicitado la autorización para el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en el Mercado de Valores

Buenos Aires S.A. (“Merval”) a través de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), en virtud del ejercicio de la facultad delegada por el Merval a la BCBA, conforme lo dispuesto en la Resolución 17.501 de la CNV, y en el MAE.

Véase “Factores de Riesgo” en el Prospecto del Programa para una descripción de ciertos riesgos significativos relacionados con la inversión en las Obligaciones Negociables.

Colocadores

Banco Supervielle S.A.

Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral

Número de matrícula asignado 57 de la CNV

Banco Santander Río S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de

Negociación Integral Número de matrícula asignado 72 de la CNV

La fecha de este Suplemento de Precio es 16 de julio de 2015

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INDICE

Información Relevante

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Resoluciones de la Emisora

5

Acontecimientos Recientes 6 Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables

28

Supuestos de Incumplimiento

33

Colocación y Adjudicación de las Obligaciones Negociables

35

Uso de los Fondos

41

Calificación de Riesgo

42

Declaraciones y Garantías de los Potenciales Inversores en Obligaciones Negociables

43

Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo

44

Información Adicional

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INFORMACION RELEVANTE

El presente Suplemento de Precio se emite en forma complementaria al Prospecto del Programa, y describe ciertos términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables. En el presente, los términos utilizados y no definidos mantendrán los respectivos significados que se les otorga en el Prospecto del Programa. Serán de aplicación los términos y condiciones establecidos en el Prospecto del Programa, de acuerdo a como los mismos son complementados por el presente Suplemento de Precio.

Las Obligaciones Negociables serán emitidas de conformidad con la Ley de Obligaciones Negociables y serán colocadas mediante oferta pública conforme a la Ley de Mercado de Capitales y a las Normas de la CNV.

Al tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los potenciales inversores deberán basarse en su propio análisis de la Emisora, de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, y de los beneficios y riesgos involucrados. Los potenciales inversores sólo deben basarse en información contenida en este Suplemento de Precio y en el Prospecto del Programa. La Emisora no ha autorizado a ninguna otra persona a proveerles información diferente o adicional ni lo han hecho los Colocadores. Si alguna persona les provee información diferente o inconsistente con la información del Prospecto del Programa y del Suplemento de Precio, no deben basarse en ella. Deben asumir que la información que consta en este Suplemento de Precio y en el Prospecto del Programa es exacta a la fecha respectiva de este Suplemento de Precio y del Prospecto del Programa, según corresponda, y no a cualquier otra fecha. Los negocios, situación patrimonial, resultados de las operaciones y perspectivas de la Emisora pueden haber cambiado desde dichas fechas.

En caso de distribuirse suplementos de precio preliminares (con la leyenda correspondiente), conforme lo previsto en el Artículo 8 Sección II del Capítulo IX del Título II de las Normas de la CNV, el mismo será confeccionado por la Emisora únicamente para ser utilizado en relación con la colocación de las Obligaciones Negociables descriptas en ese documento. La recepción de dichos documentos preliminares es personal para cada destinatario de la oferta y no constituyen una oferta a ninguna otra persona o al público en general para que suscriba o de otro modo adquiera las Obligaciones Negociables. La distribución de dichos documentos preliminares a cualquier persona distinta de dicho destinatario de la oferta y de las personas, en su caso, contratadas para asesorar a dicho destinatario de la oferta en relación con los títulos no está autorizada, y cualquier manifestación de cualquier parte de su contenido, sin el previo consentimiento por escrito de la Emisora, está prohibida. Cada destinatario de la oferta preliminar, al aceptar recibir dichos documentos preliminares, acuerda lo manifestado en este párrafo y a no distribuir ningún documento allí mencionado.

No se debe interpretar el contenido de este Suplemento de Precio y del Prospecto del Programa como asesoramiento legal, impositivo o de inversión. Se aconseja a los potenciales inversores consultar a sus propios abogados, contadores o asesores comerciales respecto de las cuestiones legales, impositivas, comerciales, financieras y relacionadas asociadas a la compra de las Obligaciones Negociables.

La oferta pública de las Obligaciones Negociables ha sido autorizada exclusivamente en la Argentina y no se ha tomado ni se tomará ninguna acción para permitir la oferta pública de las Obligaciones Negociables en ninguna jurisdicción fuera de la Argentina. Ni el Prospecto del Programa ni el presente Suplemento de Precio constituyen una oferta para la venta o invitación a realizar ofertas de compra de ninguna Obligación Negociable en ninguna jurisdicción ni a ninguna persona a la que sea ilícito realizar la oferta o invitación en dicha jurisdicción y este Suplemento de Precio no constituye una invitación a suscribir o comprar Obligaciones Negociables a dichas personas. La distribución de este Suplemento de Precio y/o del Prospecto del Programa o cualquier parte de estos, y la oferta, venta y entrega de las Obligaciones Negociables en ciertas jurisdicciones pueden ser restringidas por ley.

Las Obligaciones Negociables no han sido ni serán registradas bajo la Ley de Títulos Valores Estadounidense de 1933 y sus modificatorias (la “Ley de Títulos Valores Estadounidense”), ni bajo la ley de títulos valores de ningún estado, ni bajo la ley de títulos valores de ninguna otra jurisdicción (que no sea la República Argentina). Las Obligaciones Negociables no podrán ser ofrecidas ni vendidas dentro de los Estados Unidos o a personas estadounidenses, y solo podrán ser ofrecidas a ciertas personas no estadounidenses fuera de los Estados Unidos en cumplimiento de la Regulación S de la Ley de Títulos Valores Estadounidense. En virtud de que las Obligaciones Negociables no han sido registradas en otras jurisdicciones, su reventa y transferencia están sujetas a restricciones en cumplimiento de las leyes aplicables.

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RESOLUCIONES DE LA EMISORA

La creación del Programa ha sido autorizada en la asamblea general extraordinaria de accionistas de la Emisora de fecha 22 de septiembre de 2010 (Acta No. 62) y los términos y condiciones del Programa han sido aprobados en la reunión de directorio de la Emisora de fecha 22 de septiembre de 2010 (Acta No. 235). Las ampliaciones del monto del Programa han sido autorizadas por las asambleas generales extraordinarias de accionistas de la Emisora de fecha 23 de febrero de 2012 (Acta No. 71), de fecha 12 de agosto de 2013 (Acta No. 76) y de fecha 4 de marzo de 2015 (Acta No. 78). La emisión de las Obligaciones Negociables ha sido aprobada en la reunión de directorio de la Emisora de fecha 3 de junio de 2015 (Acta No. 421) y por Acta de Subdelegados de fecha 16 de julio de 2015.

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ACONTECIMIENTOS RECIENTES

La información que a continuación se detalla en este capítulo, corresponde a la actualización de ciertos datos contables, económicos y financieros que constan en el Prospecto del Programa, y deben ser leídos conjuntamente con la información y comentarios allí señalados.

Los siguientes datos referidos a la situación patrimonial y a los resultados de las operaciones de

la Emisora, deben interpretarse de forma conjunta con los estados contables de la Emisora a las fechas indicadas y están condicionados en su totalidad por referencia a los mismos. La información contable y financiera que se presenta a continuación incluye aquella existente al cierre del período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 y, cuando corresponda, en forma comparativa con el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2014 y el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014. Respecto a la procedencia de la información presentada, cabe destacar que tanto los datos referidos al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 como los datos referidos al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2014, surgen de los estados contables al 31 de marzo de 2015 y 2014 presentados a la CNV. Los estados contables referidos, a diferencia de los anuales, no se encuentran auditados y por lo tanto no incluyen una opinión de los auditores externos sobre la mencionada información contable. Los mismos han sido objeto de revisión limitada por parte de Price Waterhouse & Co S.R.L. Los estados contables de la Emisora se encuentran publicados en el sitio web de la CNV, www.cnv.gob.ar en la sección “Información Financiera” correspondiente a la Emisora. Las cifras en pesos que se citan en los siguientes párrafos son expresadas en miles de pesos.

Los siguientes cuadros presentan un resumen de la información contable histórica y otra

información de la Emisora a las fechas y por los períodos indicados. Al respecto, los siguientes datos deben leerse junto con las secciones "Información Clave Sobre la Emisora" y "Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera" del Prospecto del Programa. INFORMACIÓN CLAVE SOBRE LA EMISORA Introducción

En los siguientes cuadros se presenta cierta información contable y financiera resumida de la Emisora, que actualiza la información provista en la sección "Información Clave Sobre la Emisora" del Prospecto del Programa sobre bases consolidadas con aquella correspondiente a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014 y el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 y deben leerse conjuntamente con la información provista en la sección "Información Clave Sobre la Emisora" del Prospecto del Programa.

Los estados contables de la Emisora correspondientes a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014 y el ejercicio finalizado el 31 de diciembre 2014 han sido consolidados línea por línea con los estados contables de Banco Supervielle S.A. (el “Banco” o “Banco Supervielle”), Cordial Compañía Financiera S.A. (“CCF”), Tarjeta Automática S.A. (“Tarjeta Automática”), Cordial Microfinanzas S.A. (“Cordial Microfinanzas”), Sofital S.A.F. e I.I. (“Sofital”), Supervielle Asset Management S.A. Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión (“SAM”), Espacio Cordial de Servicios S.A. (“Espacio Cordial”) y “Supervielle Seguros S.A.” (anteriormente “Aseguradores de Créditos del Mercosur S.A.”) (“Supervielle Seguros”) y con Adval S.A. (“Adval”) hasta el momento de su venta a CAT Technologies S.A. la cual tuvo lugar el día 30 de mayo de 2014.

La principal inversión de la Emisora es su participación accionaria en Banco Supervielle, una entidad financiera sujeta a las regulaciones del Banco Central de la República Argentina (“BCRA”), por lo cual se han adoptado los lineamientos de valuación y exposición utilizados por dicha entidad de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Capítulo I Título IV de las Normas de la CNV. Los siguientes datos deben leerse junto con el capítulo “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera” del presente Suplemento de Precio y del Prospecto del Programa y los estados contables mencionados y, por lo tanto, están condicionados por referencia a los mismos.

Información Contable y Financiera

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Grupo Supervielle S.A. Período de tres meses finalizado el

31 de marzo de 2015 2014 (en miles de Pesos ) Información del estado de resultados consolidado Normas del BCRA Ingresos financieros ................................. 1.395.658 1.089.055 Egresos financieros .................................. (695.298) (496.626) Margen bruto de intermediación .............. 700.360 592.429 Cargo por incobrabilidad ......................... (130.901) (99.922) Ingresos por servicios .............................. 637.048 483.342 Egresos por servicios ............................... (170.221) (126.098) Gastos de administración ......................... (925.285) (712.943) Resultado neto por intermediación financiera

.............................................................. 111.001 136.808 Utilidades diversas ................................... 50.211 30.138 Pérdidas diversas ...................................... (40.074) (25.538) Resultado participación de terceros ......... (2.458) (2.556) Resultado neto antes del impuesto a las ganancias

.............................................................. 118.680 138.852

Impuesto a las ganancias ......................... (34.137) (53.062) Resultado neto del ejercicio .................. 84.543 85.790

Información del Estado de Situación Patrimonial Consolidado

Al 31 de marzo de

Al 31 de diciembre de

Normas del BCRA: 2015 2014

Activo Disponibilidades ....................................................................... 4.118.875 3.649.084 Títulos públicos y privados ...................................................... 1.015.717 1.008.080 Préstamos: 15.262.073 14.596.580

al sector público no financiero ............................................ 10.439 12.666 al sector financiero .............................................................. 8.818 3.514 al sector privado no financiero y residentes del exterior Adelantos ............................................................................. 1.196.258 993.284 Documentos ......................................................................... 4.704.274 5.583.705 Préstamos Hipotecarios ....................................................... 64.175 69.554 Préstamos Prendarios........................................................... 147.996 168.603 Préstamos Personales........................................................... 4.711.219 3.631.840 Tarjetas de crédito ............................................................... 3.907.984 3.688.328 Otros .................................................................................... 824.285 793.192

Intereses y diferencias de cotización devengados a cobrar ...... 405.849 357.844 Intereses documentados ............................................................ (241.473) (287.605) Otros ......................................................................................... (279) (1.322) Previsiones ................................................................................ (477.472) (417.023) Otros créditos por intermediación financiera ........................... 2.245.748 2.263.612 Créditos por arrendamientos financieros .................................. 695.263 583.846 Otros activos ............................................................................. 1.163.150 1.139.992

Total activo .......................................................................... 24.500.826 23.241.194 Activos promedio(1) ................................................................... 23.445.607 20.066.019 Pasivo y patrimonio neto

Depósitos: sector público no financiero ...................................... 1.025.545 1.441.506 sector financiero ......................................................... 183.354 150.817 sector privado no financiero y residentes del

exterior .................................................................. 16.642.504 15.300.407 Cuentas corrientes ...................................................... 2.641.376 2.622.055 Cajas de ahorro ........................................................... 5.503.670 5.352.593 Depósitos a plazo fijo ................................................. 7.744.630 6.651.006 Cuentas de inversión .................................................. 69.300 75.750 Otros ........................................................................... 683.528 599.003 Otras obligaciones por intermediación financiera

y obligaciones diversas ......................................... 4.800.685 4.586.728 Participación de terceros en entidades o empresas

consolidadas .......................................................... 57.209 54.750 Total pasivo ............................................................... 22.709.297 21.534.208 Patrimonio neto ........................................................ 1.791.529 1.706.986 Total pasivo y patrimonio neto ............................... 24.500.826 23.241.194 Patrimonio neto promedio (1) ...................................... 1.903.646 1.601.589

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_______________________ (1) Calculado sobre una base diaria.

Indicadores

Período finalizado al 31 de marzo de

2015 2014

Índices consolidados seleccionados: Normas del BCRA:

Rendimiento neto sobre los activos que devengan intereses (1) ………... 18,9% 17,4% Índice de ingreso por comisiones (2) ......................................................... 40,0% 37,6% Índice de eficiencia (3) .............................................................................. 79,3% 75,1% Ingreso proveniente de comisiones como porcentaje de los gastos de administración........................................................................... 50,5% 50,1% Retorno sobre el capital promedio (4) ………………………………….. 17,8% 25,7% Retorno sobre activos promedio (5) .......................................................... 1,4% 1,9% Resultado por acción – básico (en Pesos)(6) ............................................. 0,66 0,67 Resultado por acción - diluido (en Pesos) ............................................... 0,66 0,67 Ratio de patrimonio (neto de intangibles)(7) …………………………… 6,5% 6,9% Liquidez Préstamos como porcentaje del total de depósitos(8) …………………... 94,7% 93,5% Préstamos como porcentaje del total de activos(8) ……………………... 69,0% 67,9% Activos líquidos como porcentaje del total de depósitos (9) …………… 28,8% 29,6% Activos líquidos extendidos como porcentaje del total de depósitos (10) 44,7% 50,1%

Capital Capital total como porcentaje del total de activos ................................... 7,3% 7,9% Capital promedio como porcentaje de los activos promedio…………... 8,1% 7,5% Total pasivo como múltiplo del total del patrimonio neto …………….. 12,7 11,7

Calidad de los activos Préstamos en situación irregular como porcentaje del total de préstamos(11) …………………………………………………………… 3,4% 3,4% Previsiones como porcentaje del total de préstamos………………….. 2,9% 3,1% Previsiones como porcentaje de los préstamos en situación irregular (11) ……………………………………………………………. 87,1% 93,6%

______________________ (1) Ingreso financiero neto dividido por el promedio de los activos que devengan intereses. (2) Ingresos por servicios netos divididos por la suma del margen bruto de intermediación y los ingresos por servicios netos. (3) Gastos de administración divididos por la suma del margen financiero bruto y los ingresos por servicios netos. (4) Resultado neto dividido por el patrimonio neto promedio, calculado sobre una base trimestral. (5) Resultado neto dividido por activos promedio, calculado sobre una base diaria. (6) Los resultados por acción básico (en Pesos) se basan en el promedio ponderado de las acciones ordinarias en circulación de

Grupo Supervielle que eran de Ps. 122.885 millones al 31 de marzo de 2015 y 2014. (7) (Total patrimonio neto – activos intangibles) / (Total activos – activos intangibles). Los activos intangibles al 31 de marzo de

2015 y 2014 ascendían a Ps. 215,7 millones y Ps. 191,2 millones, respectivamente. (8) Préstamos incluye préstamos, créditos por arrendamientos financieros y otros créditos por intermediación financiera

comprendidos en las normas sobre clasificación de deudores del BCRA. (9) Los activos líquidos incluyen disponibilidades, instrumentos emitidos por el BCRA (LEBACs y NOBACs) y títulos públicos

con cotización (excluyendo las tenencias en cuentas de inversión) (10) Los activos líquidos extendidos incluyen disponibilidades, instrumentos emitidos por el BCRA (LEBACs y NOBACs), títulos

públicos con cotización (excluyendo las tenencias en cuentas de inversión) y el 86% de la cartera de descuento de documentos (documentos excluyendo los préstamos a sola firma), que son préstamos con vencimiento máximo de 90 días.

(11) Los préstamos en situación irregular incluyen todos los montos de capital de los préstamos otorgados a deudores clasificados del siguiente modo: “3-con problemas/ riesgo medio,” “4-alto riesgo de insolvencia/riesgo alto,” “5-irrecuperable” y “6-irrecuperable por disposición técnica” conforme a las normas de clasificación de deudores del BCRA. Véase “Información estadística seleccionada – Préstamos y Financiaciones – Clasificación de la cartera”.

Capitalización y Endeudamiento A continuación se exponen las cifras de capitalización y endeudamiento que surgen de los estados contables consolidados de la Emisora por el período finalizado el 31 de marzo de 2015. A los

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efectos de este Suplemento de Precio, se calculó la capitalización total como la suma de la deuda a largo plazo más el patrimonio neto:

Al 31 de marzo de 2015

(en miles de Pesos)

Deuda a largo plazo………………………………………………. 1.049.871

Participación de terceros en entidades o empresas consolidadas… 57.209 Patrimonio neto:

Capital social………………………………………………….. 124.485

Prima de emisión……………………………………………… 91.543

Reserva legal………………………………………………….. 24.897

Reserva facultativa……………………………………………. 1.103.141

Resultados no asignados……………………………………… 447.463

Total capitalización………………………………………….. 2.898.609

Deuda Financiera

Para obtener información sobre las deuda financieras, ver “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera – Liquidez y Recursos de Capital - Financiaciones” del presente Suplemento de Precio.

Estructura y Organización de la Emisora

A continuación se muestra la estructura organizativa de la Emisora a la fecha del presente Suplemento de Precio. Todas las sociedades que se incluyen en el cuadro han sido constituidas en la República Argentina.

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Aportes irrevocables de capital y transferencia de acciones pendientes

La participación de Sofital en Banco aumentaría a 5,08% en caso que el BCRA aprobara un aporte del 2,3% del capital social de Banco realizado por Julio Patricio Supervielle. Las participaciones en Sofital pueden cambiar si el aporte de capital de 10.239.196 acciones de Sofital a Grupo Supervielle es aprobado por el Banco Central.

Con fecha 26 de noviembre de 2014, el Directorio de la Emisora decidió realizar un aporte de capital en la empresa Supervielle Seguros por la suma de pesos $12.462.232,05, con dicho aumento no se modifica la participación accionaria de la Emisora en Supervielle Seguros S.A. El aumento de capital social de Supervielle Seguros S.A. se encuentra pendiente de aprobación de la Superintendencia de Seguros de la Nación

RESEÑA Y PERSPECTIVA OPERATIVA Y FINANCIERA

Resultados de las operaciones para los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014

La Emisora ofrece sus productos y servicios en las principales regiones y ciudades de la Argentina a través de sus subsidiarias, que incluyen:

(2) Banco Supervielle, un banco comercial universal,

(3) Cordial Compañía Financiera, una compañía financiera,

(4) Tarjeta Automática, una tarjeta de crédito de marca propia,

(5) Cordial Microfinanzas, una empresa que se especializa en microfinanzas,

(6) SAM, una empresa que organiza, administra y ofrece fondos comunes de inversión,

(7) Sofital, una sociedad cuya principal actividad es la tenencia de participaciones en otras empresas; y

(8) Espacio Cordial de Servicios, una empresa cuyo objeto contempla la comercialización de todo tipo de planes o coberturas de seguro, planes de turismo, planes y/o servicios de salud, electrodomésticos y bienes muebles en general, los que también podrá importar y exportar, comercializar dispositivos y/o sistemas de seguridad, alarmas.

(9) Supervielle Seguros S.A., anteriormente denominada Aseguradores de Créditos del Mercosur S.A., cuya principal actividad es la provisión de seguros.

Al 31 de marzo de 2015, el 90,0% de los activos totales de la Emisora estaban representados por los activos del Banco, 7,8% por los activos de CCF y el 1,0% por los activos de Tarjeta Automática

Al 31 de marzo de 2015, la Emisora realizaba sus operaciones y ofrecía sus productos y servicios

a través de 324 puntos de acceso, que incluyen 138 sucursales, 67 centros de atención a jubilados y pensionados, 53 centros de ventas y cobro, y 66 puntos de venta de CCF ubicados en los supermercados de Walmart y a través de 486 cajeros automáticos y 150 terminales de autoservicio (“TAS”), cubriendo geográficamente todas las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Al 31 de marzo de 2015, la Emisora tenía en forma consolidada conjuntamente con las

subsidiarias mencionadas en el párrafo precedente:

Más de 2 millones de clientes individuos y empresas a quienes provee servicios financieros;

Ps. 24.501 millones en activos totales;

Ps. 15.252 millones en préstamos al sector privado y Ps. 697 millones en créditos por

arrendamientos financieros;

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Ps. 17.851 millones en depósitos, incluidos Ps. 16.643 millones del sector privado no financiero y Ps. 1.026 millones del sector público no financiero;

Ps. 1.792 millones en patrimonio neto; y

4.570 empleados.

El resultado neto consolidado para los periodos finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014 ascendió a Ps. 84,5 millones y 85,8 millones respectivamente, lo que representa en el trimestre un retorno sobre el patrimonio neto promedio anualizado o Return on Average Equity (“ROAE”) del 19,3% y 24,6% respectivamente y un retorno sobre activos promedio anualizado o “ROAA” del 1,4% y 1,9% respectivamente.

Presentación financiera

Los estados contables consolidados auditados de la Emisora se preparan de conformidad con las Normas del BCRA ya que esas son las normas y regulaciones aplicadas por Banco Supervielle, principal subsidiaria de la Emisora de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2 del Capítulo I Título IV las Normas de la CNV. Las Normas del BCRA difieren en ciertos aspectos significativos de los PCGA. La Nota 4 a los estados contables consolidados auditados incluye una descripción de las principales diferencias entre los Normas del BCRA y los PCGA en la medida en que se relacionan con la Emisora. La economía y el sistema financiero de la Argentina

Según la nueva serie del PBI (base 2004) publicada en 2014 por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), luego de crecer a una tasa anual promedio del 6,6% entre 2005 y 2011, la tasa promedio de crecimiento económico disminuyó a 0,6% debido a factores externos e internos resultantes de la recesión económica mundial, que comenzó a impactar en la Argentina durante el último trimestre de 2008. De acuerdo a los últimos datos oficiales del INDEC, la economía creció 0,5% durante 2014 respecto de 2013.

Al discriminar por cuentas, se observa que durante el año en cuestión, las importaciones se derrumbaron un 12,6% contra el año pasado, seguida por las exportaciones que cayeron un 8,1%. Por su parte, la inversión experimentó una baja del 5,6% mientras que el consumo de los hogares se contrajo en 0,5%. Las cuentas que experimentaron crecimiento, y que por lo tanto evitaron una contracción del PIB, fueron la variación de existencias, que marcó una suba de 11,4%, y el consumo público con un incremento del 2,8%.

Los precios implícitos del PBI aumentaron 28,3% interanual durante el año 2014, suba superior a la registrada en el 2013 que fue de 19,7%. Este aumento lo determinó el mayor dinamismo de los precios de las importaciones y de las exportaciones que crecieron a una tasa de 49,6% y 45,6% interanual respectivamente.

A marzo de 2015, los depósitos del sector privado no financiero se incrementaron en Ps. 198.920 millones (34,7% contra el mismo período del año pasado). Las colocaciones en pesos subieron en Ps. 183.460 (35,4%) mientras que en moneda extranjera expresados en pesos lo hicieron en Ps. 15.460 millones (16,6%). Los datos del BCRA muestran que a esta fecha, los depósitos más dinámicos fueron las cajas de ahorro que variaron en Ps. 50.846 (40,5%), seguidas por las cuentas corrientes Ps. 48.896 (39,5%) y finalmente las colocaciones a plazo fijo por Ps. 76.201 (30,4%).

Respecto del crédito al sector privado, durante el primer trimestre de 2015, los bancos prestaron un 21,8% más que el año pasado registrando un alza de Ps.111.507 millones. En particular, la suba se encuentra explicada por el alza en los créditos en pesos por Ps. 109.108 millones (22,6%) seguida por los préstamos en moneda extranjera que se incrementaron por efecto del tipo de cambio en Ps.3.197 millones (10,8%). En lo que se refiere a los préstamos en moneda local para empresas, los datos del BCRA muestran que los más dinámicos fueron los documentos descontados (27,9%), aunque en montos nominales fueron los documentos a sola firma que representaron un 41% del incremento. En general, los préstamos a empresas crecieron a tasas superiores al 22%. Respeto de los créditos a personas, los más dinámicos fueron los de tarjetas de crédito que crecieron un 37,6%, esto es Ps. 34.872 millones, y

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representaron un 51% del total del incremento en los créditos a individuos, seguidos por los personales que subieron unos Ps. 24.377 millones (24%).

De acuerdo con el BCRA, los resultados del sistema financiero muestran que la tendencia alcista se mantiene: el ROAA alcanzó un 4,3% a marzo de 2015, luego de cerrar el año 2014 en 4,1% , en 2010 el guarismo era de 2,8% y desde entonces viene creciendo. Del mismo modo, el ROAE alcanzó el 33,8% a la misma fecha, comparado con un 32,7% del cierre del año pasado y de 25,3% en 2011 lo que refuerza la premisa de resultados alcistas. De acuerdo con el BCRA, el margen de tasas de interés (o margen financiero) alcanzó el 12,0% de los activos a marzo de 2015.

Por su parte, a marzo de 2015 los ingresos netos por servicios apenas bajaron en 0,3 puntos porcentuales de 4,3% en diciembre de 2014 a 4,0%. El cargo por incobrabilidad se mantuvo al mismo valor que a fin del año pasado en 1% de los activos, dado que no hubo cambios en la morosidad de la cartera de préstamos privados. Presentación de los Estados Contables en moneda homogénea

En 2002, como consecuencia de la crisis económica, Argentina experimentó elevadas tasas de inflación. De acuerdo con el índice de precios mayoristas o “IPM”, la inflación en dicho año llegó aproximadamente al 118,0%. En respuesta a la inflación, a principios de 2002, el BCRA restableció la contabilidad ajustada por inflación, la cual se extendió hasta el 28 de febrero de 2003. A partir de marzo de 2003, el BCRA discontinuó la contabilidad ajustada por inflación.

El siguiente cuadro presenta la tasa de inflación según las mediciones por variaciones en el Índice de Precios Mayoristas y el Índice de Precios al Consumidor de acuerdo con el INDEC y la evolución del Coeficiente de Estabilización de Referencia o “CER”, empleado para ajustar el capital de ciertos activos y pasivos que posee la Emisora, para los períodos indicados. Para mayor información acerca de las cifras del INDEC, véase “Factores de Riesgo —Riesgos relacionados con Argentina” del Prospecto del Programa.

Periodo finalizado el 31 de marzo de

2015 2014 Índices de Precios:(1) IPM 15,1% 25,8% IPC 16,5% n/d% Coeficiente de Ajuste: CER 18,6% 16,4%

________________ (1) Fuente: INDEC

Composición por moneda

El siguiente cuadro presenta los activos y pasivos de la Emisora expresados en Pesos, ajustados por el CER y en moneda extranjera, a las fechas que se indican.

Al 31 de marzo

de 2015 Al 31 de diciembre

de 2014

Activo en Pesos, sin ajustar ............................................................................ 22.192.751 21.136.402 en Pesos, ajustado por el CER ............................................................ 2.368 2.348en moneda extranjera (1) ...................................................................... 2.305.707 2.102.444

Total Activo .................................................................................. 24.500.826 23.241.194

Pasivo y patrimonio neto en Pesos, sin ajustar, incluido el Patrimonio Neto ............................. 22.809.268 21.620.823 en Pesos, ajustado por el CER ............................................................ 2.508 2.436en moneda extranjera (1) ...................................................................... 1.689.050 1.617.935

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Total pasivo y patrimonio neto .................................................. 24.500.826 23.241.194 ____

(1) Convertido a Pesos en base al tipo de cambio de referencia informado por el BCRA el 31 de marzo de 2015 (US$1,00 a Ps. 8,8197) y el 31 de diciembre de 2014 (US$ 1,00 a Ps. 8,5522).

Resultado de las operaciones para los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014

A continuación se analizan los resultados de las operaciones de la Emisora para el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 en comparación con los resultados de sus operaciones para el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2014.

Resultado Neto

Período finalizado el 31 de marzo de

Variación 31 de marzo de

2015 2014 2015/2014

(en miles de Pesos) (en porcentajes)

Estado de resultados consolidado

Ingresos financieros 1.395.658 1.089.055 28,2%

Egresos financieros (695.298) (496.626) 40,0%

Margen bruto de intermediación 700.360 592.429 18,2%

Cargo por incobrabilidad (130.901) (99.922) 31,0%

Ingresos por servicios 637.048 483.342 31,8%

Egresos por servicios (170.221) (126.098) 35,0%

Ingresos netos por servicios 466.827 357.244 30,7%

Gastos de administración (925.285) (712.943) 29,8%

Resultado neto por intermediación financiera 111.001 136.808 -18,9%

Utilidades diversas.... 50.211 30.138 66,6%

Pérdidas diversas (40.074) (25.538) 56,9%

Ingresos/ (Pérdidas) diversas, netos 10.137 4.600 120,4%

Resultado participación de terceros (2.458) (2.556) -3,4%

Impuesto a las ganancias (34.137) (53.062) -35,7%

 

Resultado neto 84.543 85.790 -1,5%

Retorno sobre activos promedio(1) 1,4% 1,9% -

Retorno sobre el patrimonio neto promedio(2) 19,3% 24,6% -

__________ (1) Resultado neto del período anualizado, dividido por activos promedio, calculado sobre una base diaria. (2) Resultado neto del período anualizado, dividido por el patrimonio neto promedio, calculado sobre una base diaria.

El siguiente cuadro muestra los rendimientos de la Emisora sobre los activos que devengan

intereses y el costo de los fondos:

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Al 31 de marzo de

2015 2014

Saldo

Promedio

Tasa

Saldo

Promedio

Tasa

(en miles de Pesos, a excepción de las tasas) Activos que devengan intereses

Cartera de inversión(1) ......................................... 2.306.439 27,7% 2.225.795 30,6% Préstamos............................................................. 15.056.457 32,3% 11.311.777 30,0% Otros créditos por intermediación financiera(2) ... 223.848 0,5% 112.763 26,4%

Pasivos que devengan intereses Cuentas corrientes y cajas de ahorro ................... 4.072.623 0,1% 2.849.023 0,1% Depósitos a plazo fijo .......................................... 7.952.134 22,6% 6.627.989 20,7% Préstamos de otras entidades financieras y obligaciones negociables no subordinadas ..............................

1.242.309 24,7% 1.134.792 25,7%

Préstamos subordinados y obligaciones negociables 750.846 10,0% 551.090 11,1% Spread y Rendimiento Neto Spread de tipo de interés, base nominal ................. 15,7% 14,6% Rendimiento neto sobre activos que devengan intereses 18,9% 17,4%

(1) Incluye los títulos emitidos por fideicomisos financieros de subsidiarias de Grupo Supervielle en su poder, instrumentos emitidos por el BCRA (LEBACs y NOBACs) y otros títulos públicos y privados.

(2) Incluye los depósitos overnight y obligaciones negociables sin cotización.

El resultado neto para el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 ascendió a Ps. 84,5 millones en comparación con Ps. 85,8 millones del mismo período del año anterior.

El ROAA y el ROAE ascendieron a 1,4% y 19,3%, respectivamente, para el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015, en comparación con el 1,9% y 24,6%, respectivamente para el mismo período en 2014.

El siguiente cuadro muestra los resultados netos por trimestre de los seis trimestres más recientes.

Trimestre (en millones de Pesos) Cuarto Trimestre de 2013 …………………….. 113,3 Primer Trimestre de 2014 ....................................... 85,8 Segundo Trimestre de 2014 .................................... 84,0 Tercer Trimestre de 2014 ........................................ 111,3 Cuarto Trimestre de 2014 ....................................... 81,8 Primer Trimestre de 2015 ....................................... 84,5

Durante los primeros tres meses de 2015, el resultado neto ascendió a Ps. 84,5 millones, una

reducción de Ps. 1,3 millones en comparación con el resultado neto de Ps. 81,8 millones en el mismo periodo de 2014.

Esta reducción se debe principalmente a los siguientes factores:

un aumento de Ps. 212,3 millones en los gastos de administración, de Ps. 712,9 millones a Ps. 925,3 millones,

un incremento de Ps. 198,7 millones en los egresos financieros, de Ps. 496,6 millones a Ps. 695,3 millones,

un aumento de Ps. 31,0 millones en el cargo por incobrabilidad, de Ps. 99,9 millones a Ps. 130,9 millones,

Estos factores se vieron parcialmente compensados por:

un aumento de Ps. 306,6 millones en los ingresos financieros, de Ps. 1089,1 millones a Ps. 1.395,7 millones,

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un aumento de Ps. 109,6 millones en los ingresos netos por servicios, de Ps. 357,2 millones a Ps. 466,8 millones,

una reducción de Ps. 18,9 millones en el impuesto a las ganancias, de Ps. 53,1 millones a Ps. 34,1 millones.

Los ingresos financieros de la Emisora se componen de la siguiente manera:

Período finalizado el

31 de marzo de

Variación 31 de

marzo de

2015 2014 2015/2014

(en miles de Pesos) (en porcentajes)

Intereses por préstamos al sector financiero ...................... 198 2.103 -90,6%

Intereses por adelantos ....................................................... 107.930 54.131 99,4%

Intereses por documentos ................................................... 202.802 201.596 0,6%

Intereses por préstamos hipotecarios ................................. 2.842 3.640 -21,9%

Intereses por préstamos prendarios .................................... 10.147 14.903 -31,9%

Intereses por préstamos personales .................................... 450.272 297.622 51,3%

Intereses por documentos a sola firma ............................... 113.402 74.013 53,2%

Intereses por préstamos de tarjetas de crédito ................... 280.274 165.599 69,2%

Intereses por préstamos para comercio exterior ................ 8.624 7.511 14,8%

Intereses por arrendamientos financieros .......................... 38.426 26.875 43,0%

Intereses por otros créditos por intermediación financiera 5.982 7.930 -24,6%

Resultado por tenencias de títulos públicos y privados(1) .. 21.585 79.416 -72,8%

Resultado por participación en nuestros fideicomisos financieros(2) ....................................................................... 77.297 68.450 12,9%

Resultado por instrumentos emitidos por el Banco Central (1) 55.071 21.887 151,6%

Diferencias de cotización de oro y moneda extranjera (3) .. 17.970 61.002 -70,5%

Otros ................................................................................... 2.836 2.377 19,2%

Total ................................................................................... 1.395.658 1.089.055 28,2%

(1) Incluye los intereses y las variaciones en el valor razonable de mercado. (2) Incluye los intereses y las variaciones en el valor razonable de mercado de los títulos de deuda senior y subordinados emitidos por los fideicomisos financieros de subsidiarias de Grupo Supervielle y en su poder, como también las variaciones en el valor contable de los certificados de participación emitidos por dichos fideicomisos. El resultado obtenido de los certificados de participación (pero no de los títulos de deuda senior y subordinados y no subordinados) no está sujeto al impuesto a las ganancias, que se deduce y paga a nivel de los fideicomisos financieros. (3) Incluye las diferencias en el tipo de cambio, trading y tenencias.

El siguiente cuadro presenta los rendimientos de la Emisora sobre los activos que devengan intereses:

Período finalizado el 31 de marzo de

2015 2014

Saldo

Promedio

Tasa Nominal Promedio

Saldo

Promedio

Tasa Nominal

Promedio

(en miles de Pesos, a excepción de los porcentajes) Activos que devengan intereses

Cartera de inversión Títulos públicos y privados 392.252 27,8% 354.411 90,2% Participación en nuestros fideicomisos financieros 1.351.531 22,9% 1.615.635 16,9% Instrumentos emitidos por el BCRA 562.657 39,2% 255.750 34,2% Total cartera de inversión .............................. 2.306.439 27,7% 2.225.795 30,6%

Préstamos Préstamos al sector financiero…………………… 31.830 2,5% 25.073 33,6% Adelantos ........................................................... 1.233.994 35,0% 891.639 24,3% Documentos(1) .................................................... 3.052.605 26,6% 2.734.861 29,5%

Page 16: GRUPO SUPERVIELLE S.A. OBLIGACIONES NEGOCIABLES …...competencia) y en su caso, los oferentes de valores negociables con relación a la información vinculada a los mismos, y las

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Préstamos Hipotecarios ................................... .. 66.962 17,0% 79.546 18,3% Préstamos Prendarios ........................................ 159.246 25,5% 219.638 27,1% Préstamos Personales ........................................ 4.179.297 43,2% 2.911.700 41,0% Documentos a sola firma .................................. 1.446.888 31,0% 992.578 29,5% Tarjetas de crédito ............................................ 3.667.581 30,6% 2.326.443 28,5% Préstamos para comercio exterior ..................... 564.501 6,1% 570.921 5,3% Créditos arrendamientos financieros ................ 653.552 23,5% 559.378 19,2% Total préstamos ............................................... 15.056.457 32,3% 11.311.777 30,0%

Otros créditos por intermediación financiera(2)..... 223.848 0,5% 112.763 26,4% Total activos que devengan intereses ................ 17.586.744 31,3% 13.650.336 30,1%

(1) Incluye los cheques sin garantía y los créditos derivados de operaciones de factoring. (2) Incluye depósitos overnight y obligaciones negociables sin cotización.

Los ingresos financieros en los primeros tres meses de 2015 ascendieron a Ps. 1.395,7 millones, un aumento del 28,2%, de Ps. 1.089,1 millones registrado en el mismo periodo de 2014. El aumento fue principalmente el resultado del incremento en el saldo promedio de los activos de la Emisora que devengan intereses y del aumento de 121 puntos básicos en el rendimiento promedio de los mismos.

El saldo promedio de los activos que devengan intereses ascendió a Ps. 17.586,7 millones en los primeros tres meses de 2015, lo cual representó un aumento del 28,8%, de Ps. 13.650,3 millones en el mismo periodo de 2014. Este incremento se explica principalmente por un aumento del 33,1% en el saldo promedio de la cartera total de préstamos de la Emisora, de Ps. 11.311,8 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 15.056,5 millones en el mismo periodo de 2015, mientras que el saldo promedio de la cartera total de inversión de la Emisora se incrementó 3,6% a Ps. 2.306,4 millones en los primeros tres meses de 2015 vs. Ps. 2.225,8 millones en el mismo periodo del año anterior.

El aumento en el saldo promedio de la cartera total de préstamos se debió principalmente a: (i) un aumento del 57,6% en el saldo promedio de las tarjetas de crédito, (ii) un aumento del 45,8% en el saldo promedio de los documentos , (iii) un aumento del 43,5% en el saldo promedio de los préstamos personales y (iv) un aumento del 38,4% en el saldo promedio de los adelantos.

El saldo promedio de la cartera total de inversión se mantuvo estable con un aumento en el saldo promedio de instrumentos emitidos por el BCRA parcialmente compensado por una caída en la participación de los fideicomisos financieros de Grupo Supervielle.

El rendimiento promedio sobre los activos que devengan intereses aumentó 121 puntos básicos, de 30,1%, en los primeros tres meses de 2014 a 31,3% en el mismo periodo de 2015. La tasa de interés promedio sobre los préstamos totales aumentó de 30,0% en los primero tres meses de 2014 a 32,3% en el mismo periodo de 2015, mientras que la tasa de interés promedio de la cartera de inversión de la Emisora (que incluye el ingreso de la participación en sus fideicomisos financieros) se redujo de 30,6% en los primeros tres meses de 2014, a 27,7% en el mismo periodo de 2015.

Los ingresos financieros para el periodo de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 incluyen una ganancia de Ps. 18,0 millones por diferencias de cotización de oro y moneda extranjera en comparación con una ganancia de Ps. 61,0 millones en los primeros tres meses de 2014, Al 31 de marzo de 2015, la Compañía no registra operaciones a término, mientras que en los primeros tres meses de 2014 las operaciones a término registraron una ganancia de Ps. 10,3 millones.

Egresos financieros

Los egresos financieros están compuestos por lo siguiente:

Período finalizado el 31 de marzo de

Variación 31 de marzo de

2015 2014 2015/2014 (en miles de Pesos) (en porcentajes) Intereses por depósitos en cuentas corrientes y cajas de

ahorro ................................................................... 981 684 43,4% Intereses por depósitos a plazo fijo........................... 449.489 342.379 31,3% Intereses por otras obligaciones por intermediación

financiera 46.256 45.963 0,6% Intereses por financiaciones del sector financiero .... 30.364 27.416 10,8% Intereses por préstamo y obligaciones negociables

subordinados ......................................................... 18.726 15.249 22,8%

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Otros(1) ....................................................................... 149.482 64.935 130,2%

Total.......................................................................... 695.298

496.626 40,0% _________ (1) Incluye principalmente el impuesto a los ingresos brutos, los pagos al fondo de garantía de los depósitos y los resultados netos obtenidos de las operaciones a término.

El siguiente cuadro indica el costo de los fondos:

Período finalizado el 31 de marzo de

2015

2014

Saldo Promedio

Tasa Nominal Promedio

Saldo

Promedio

Tasa Nominal Promedio

(en miles de Pesos, a excepción de los porcentajes) Pasivos que devengan intereses Cuentas corrientes y cajas de ahorro ........ 4.072.623 0,1% 2.849.023 0,1% Depósitos a plazo fijo ................................ 7.952.134 22,6% 6.627.989 20,7% Préstamos de otras entidades financieras y obligaciones negociables no subordinadas .........................................

1.242.309 24,7% 1.134.792 25,7%

Préstamo y obligaciones negociables subordinados ..............................................

750.846 10,0% 551.090 11,1%

Total pasivos que devengan intereses 14.017.912 15,6% 11.162.893 15,5%

Los egresos financieros para los primeros tres meses de 2015 ascendieron a Ps. 695,3 millones,

un aumento del 40,0% de Ps. 496,6 millones para el mismo periodo de 2014. Este aumento se debió a un aumento del 25,6% en el saldo promedio de los pasivos que devengan intereses. La tasa Badlar Bancos privados se redujo de un promedio de 24,6% para los primeros tres meses de 2014 a 20,9% para el mismo periodo de 2015.

El promedio de los pasivos que devengan intereses ascendió a Ps. 14.017,9 millones, en

comparación con Ps. 11.162,9 millones en el periodo de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2014. Este aumento se debió principalmente a: (i) al aumento del 42,9% en las cuentas corrientes y las cajas de ahorro, de Ps. 2.849,0 millones a Ps. 4.072,6 millones, (ii) al aumento del 20,0% en los depósitos a plazo fijo, de Ps. 6.628,0 millones a Ps. 7.952,1millones, y (ii) un incremento del 36,2% en préstamos y obligaciones negociables subordinadas.

Del promedio total de los depósitos de la Emisora que devengan intereses de Ps. 12.024,8

millones para los primeros tres meses de 2015, Ps. 552,7 millones correspondieron a depósitos denominados en dólares estadounidenses y Ps. 11.472,1 millones estaban denominados en pesos, en comparación con Ps. 441,1 millones y Ps. 9.035,8 millones, respectivamente, en el mismo periodo de 2014.

La tasa promedio pagada sobre los depósitos de la Emisora que devengan intereses fue del 15,6%

en el primer trimestre de 2015, manteniéndose estable respecto de la tasa promedio del 15,5% para los primeros tres meses de 2014. Los depósitos denominados en pesos devengaron intereses a una tasa promedio del 15,7%, estable respecto de la tasa de interés promedio del 15,2% devengada en el mismo periodo de 2014. El costo promedio de los depósitos denominados en dólares estadounidenses en los primeros tres meses de 2015 y 2014 fue del 0,4% para ambos periodos.

El promedio del saldo de préstamos de otras entidades financieras y obligaciones negociables no

subordinadas de la Emisora en los primeros tres meses de 2015 fue Ps. 1.242,3 millones en comparación con Ps. 1.134,8 millones en el mismo periodo de 2014. El promedio del costo de los préstamos de otras entidades financieras y obligaciones negociables no subordinadas de la Emisora se redujo de 25,7% en los primeros tres meses de 2014 a 24,7% en el mismo periodo de 2015.

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El promedio del saldo de préstamos y obligaciones negociables subordinados de la Emisora en los primeros tres meses de 2015 fue de Ps. 750,8 millones, en comparación con Ps. 551,1 millones en el mismo periodo de 2014. El promedio del costo de los préstamos y obligaciones negociables subordinados de la Emisora fue de 10,0% y 11,1% para el periodo de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015y 2014, respectivamente.

Margen bruto de intermediación El margen bruto de intermediación para los primeros tres meses de 2015 ascendió a Ps. 700,4

millones en comparación con Ps. 592,4 millones para el mismo periodo de 2014 y el spread promedio aumentó 110 puntos básicos de 14,6% en los primeros tres meses de 2014 a 15,7% en el mismo periodo de 2015.

La mejora en el margen bruto de intermediación para el periodo de tres meses finalizado el 31 de

marzo de 2015 se debió principalmente a un incremento en el ingreso por intermediación con el sector privado, derivado principalmente de un incremento de 33,1% en el promedio del volumen de los préstamos de Ps. 11.311,8 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 15.056,5 millones en el mismo periodo de 2015 al mismo ritmo que el del incremento del promedio del volumen de los depósitos que crecieron un 26,9%, de Ps.9.477,0 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 12.024,8 millones en el mismo periodo de 2015.

El spread entre tipos de interés aumentó de 14,6% en los primeros tres meses de 2014 a 15,7%

en el mismo periodo de 2015, principalmente por el aumento del rendimiento de activos que generan intereses de 30,1% en los primeros tres meses de 2014 comparado con 31,3% en el mismo periodo de 2015, mientras que el costo de los pasivos que devengan intereses se mantuvo estable en 15,6% en los primeros 3 meses de 2015 comparado con 15,5% en el mismo periodo de 2014.

Cargo por incobrabilidad El cargo por incobrabilidad ascendió a Ps 130,9 millones en los primeros tres meses de 2015, un

aumento del 31,0% en comparación con Ps. 99,9 millones en el mismo periodo de 2014, debido al crecimiento del volumen de la cartera de préstamos.

Los préstamos en situación irregular incluyen todos los montos de capital de los préstamos

otorgados a deudores clasificados del siguiente modo: “3-con problemas/ riesgo medio”, “4-alto riesgo de insolvencia/ riesgo alto,” “5-irrecuperable” y “6-irrecuperable por disposición técnica” conforme a las normas de clasificación de deudores del BCRA.

El siguiente cuadro presenta las variaciones en los cargos por incobrabilidad de la Emisora para

los períodos indicados:

Período finalizado el 31 de marzo de Variación 2015 2014 2015/2014 (en miles de Pesos) (en porcentajes) Saldo al inicio del ejercicio 429.548 353.756 21,4% Cargo por incobrabilidad 130.901 99.922 31,0% Aplicaciones y desafectaciones (1) (65.184) -63.208 3,1% Otros ajustes Saldo al cierre del período 495.265 390.470 26,8%

Previsiones netas de aplicaciones y desafectaciones sobre saldo promedio de préstamos 0,4%

Cargo por incobrabilidad Documentos (2) 3.653 880 315,1% Documentos a sola firma 1.352 2.054 -34,2% Adelantos 7.985 2.094 281,3% Préstamos hipotecarios (71) -37 91,9% Préstamos prendarios 459 1.517 -69,7% Préstamos personales 70.155 53.425 31,3% Tarjetas de crédito 32.942 23.791 38,5% Préstamos para comercio exterior 245 1.752 -86,0% Otras financiaciones 2.884 2.467 16,9% Otros créditos por intermediación financiera 2.482 4.662 -46,8%

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Créditos por arrendamientos financieros 8.815 7.317 20,5% 130.901 99.922 31,0%

Aplicaciones y desafectaciones Documentos (1.250) (1506) -17,0% Documentos a sola firma (1.163) (1.069) 8,8% Adelantos (3.562) (1.572 126,6% Préstamos hipotecarios 0 0 #¡DIV/0! Préstamos prendarios (955) (1.027) -7,0% Préstamos personales (33.153) (35.710) -7,2% Tarjetas de crédito (18.584) (16.727) 11,1% Préstamos para comercio exterior 0 0 Otras financiaciones (837) (3.532) -76,3% Otros créditos por intermediación financiera (1.870) (1.687) 10,8% Créditos por arrendamientos financieros (3.810) (378) 907,9% (65.184) (63.208) 3,1%

(1) Incluye las disminuciones en el saldo de previsiones por riesgo de incobrabilidad producidas por el pase a cuentas de orden del préstamo que le dio origen o porque el mismo ha sido cobrado, para lo cual se desafecta el saldo de previsión correspondiente. Antes de su pase a cuentas de orden, los préstamos son siempre previsionados al 100%.

(2) Incluye los cheques sin garantía y los créditos derivados de operaciones de factoring.

Los préstamos refinanciados, que en general tienen una mayor probabilidad de morosidad, no tienen una participación significativa en el total de la cartera de préstamos de la Emisora y por lo tanto, no tuvieron un impacto significativo sobre la totalidad de sus previsiones por riesgo de incobrabilidad en estos períodos.

Ingresos netos por servicios

Período finalizado el 31 de marzo

de Variación 31 de

marzo de 2015 2014 2015/2014 (en miles de Pesos) (en porcentajes) Ingreso por Depósitos 150.820 121.814 23,8%Operaciones de préstamo 22.604 45.823 -50,7%Tarjetas de crédito y débito 171.139 116.927 46,4%Seguros 78.696 52.174 50,8%Comisiones administrativas por cheques 24.878 22.778 9,2%Cajas de seguridad 17.175 13.260 29,5%Créditos por arrendamientos financieros 17.542 4.204 317,3%Agente financiero para la provincia de San Luis 14.048 12.001 17,1%Pagos a jubilados y pensionados 6.031 21.522 -72,0%Administración de fondos comunes de inversión 16.179 11.411 41,8%Otros(1) 117.936 61.429 92,0%Total ingresos por servicios 637.048 483.342 31,8%Total egresos por servicios(2) 170.221 126.098 35,0%Ingreso neto por servicios 466.827 357.245 30,7%(1) Incluye comisiones vinculadas a las operaciones de securitización, comercio exterior y otras comisiones, entre otras. (2) Incluye entre otros el impuesto sobre los ingresos brutos, los gastos de comercialización y cargos relacionados a las tarjetas de crédito.

El ingreso neto por servicios ascendió a Ps. 466,8 millones en los primeros tres meses de 2015,

un aumento del 30,7% en comparación con Ps. 357,2 millones en el mismo periodo de 2014.

El incremento de los ingresos por servicios de la Emisora fue impulsado principalmente por las comisiones de depósitos, las comisiones de las tarjetas de crédito y débito, las comisiones de seguros y las comisiones administrativas por cheques, parcialmente compensado por una caída en los ingresos de las operaciones vinculadas a los préstamos.

Los ingresos por servicios relacionados con depósitos aumentaron de Ps. 121,8 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 150,8 millones en el mismo periodo de 2015, como consecuencia de un aumento en las comisiones.

Las comisiones por tarjetas de crédito y débito aumentaron de Ps. 116,9 millones en los primeros

tres meses de 2014, a Ps. 171,1 millones en el mismo periodo de 2015 principalmente debido al aumento en las comisiones.

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Las comisiones por seguros aumentaron de Ps. 52,2 millones en los primeros tres meses de 2014, a Ps. 78,7 millones en el mismo periodo de 2015 debido principalmente al aumento de comisiones de seguros relacionados con la cartera crediticia por el crecimiento de la cartera y el comienzo de la operación de Supervielle Seguros.

Los ingresos por servicios relacionados con administración de cheques aumentaron de Ps. 22,8

millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 24,9 millones en el mismo periodo de 2015, como consecuencia del aumento en las comisiones y en el volumen de cheques administrados.

Las comisiones de la Emisora relacionadas a los préstamos cayeron de Ps. 45,8 millones en los

primeros tres meses de 2014 a Ps. 22,6 millones en el mismo periodo de 2015, principalmente debido a las limitaciones a cargos y comisiones impuestas por la comunicación del BCRA “A” 5460, que entró en vigencia a partir del 30 de septiembre de 2013.

Otros ingresos por servicios aumentaron de Ps. 61,4 millones en los primeros tres meses de

2014, a Ps. 117,9 millones en el mismo periodo de 2015 debido principalmente a mayores ingresos por primas emitidas por Supervielle Seguros.

Los egresos por servicios aumentaron el 35,0%, de Ps. 126,1 millones en los primeros tres meses

de 2014 a Ps. 170,2 millones en el mismo periodo de 2015 principalmente debidos a mayores comisiones pagadas y mayores impuestos a los ingresos brutos. Gastos de administración

El siguiente cuadro muestra los componentes de los gastos de administración de la Emisora:

Período finalizado el 31 de marzo

de Variación 31 de

marzo de

2015 2014 2015/2014

(en miles de Pesos, a excepción de los porcentajes)

Gastos del personal 604.865 473.685 27,7% Honorarios a directores y síndicos 5.639 13.256 -57,5% Otros honorarios (1) 36.623 24.193 51,4% Propaganda y publicidad 35.411 23.874 48,3% Impuestos 54.986 36.443 50,9% Depreciación de bienes de uso 13.278 9.787 35,7% Amortización de gastos de organización 20.726 15.713 31,9% Otros(2) 153.757 115.992 32,6%

Total 925.286 712.943 29,8% (1) Incluye servicios de auditoría, legales y otros servicios profesionales. (2) Incluye alquileres, gastos en servicios de seguridad, mantenimiento, seguros, electricidad, entre otros.

En los primeros tres meses de 2015, los gastos de administración ascendieron a Ps. 925,3

millones, un aumento de 29.8% en comparación con Ps. 712,9 millones registrados en el mismo periodo de 2014. Esto se debió, principalmente, al aumento de gastos de personal, los cuales se incrementaron un 27,7%, de Ps. 473,9 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 604,9 millones en el mismo periodo de 2015. Este aumento se debió principalmente al aumento en los costos laborales por ajuste salarial promedio provisionado tanto en Banco Supervielle como en las demás subsidiarias

La cantidad de empleados se incrementó un 1,9% para llegar a 4.570 empleados al 31 de marzo

de 2015, en comparación a 4.484 empleados al 31 de marzo de 2014. Los restantes gastos de administración ascendieron a Ps. 320,4 millones en los primeros tres

meses de 2015, lo cual refleja un aumento del 33,9% sobre Ps. 239,3 millones en el mismo periodo de 2014. Este aumento estuvo principalmente asociado a un aumento en impuestos de Ps. 36,4 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 55,0 millones en el mismo periodo de 2015, a un aumento de otros honorarios de Ps.24,2 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 36,6 millones en el mismo periodo de 2015 y a un aumento de propaganda y publicidad de Ps.23,9 millones en los primeros tres meses de 2014 a Ps. 35,4 millones en el mismo período de 2015.

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Utilidades (Pérdidas) diversas netas

La Emisora registró utilidades diversas netas para el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015 por Ps. 50,2 millones comparado con Ps. 30,1 millones registradas en el mismo período de 2014.

Impuesto a las ganancias

Para los períodos finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014, la alícuota del impuesto a las ganancias aplicable a la Emisora y sus subsidiarias es del 35% sobre el resultado fiscal calculado individualmente para cada entidad jurídica. El cargo por impuesto a las ganancias para el periodo finalizado el 31 de marzo de 2015 fue de Ps. 34,1 millones en comparación con Ps. 53,0 millones para el mismo periodo de 2014. El menor cargo se debió a una disminución en la tasa efectiva.

La alícuota del impuesto a las ganancias es del 35% a nivel de subsidiarias. En consecuencia, el Banco, CCF, Tarjeta y el resto de las subsidiarias de la Emisora pagan impuestos a las ganancias por las ganancias que generan medidas por las normas referidas al impuesto a las ganancias. Por otra parte, los egresos financieros de Grupo Supervielle incurridos como holding crean un crédito fiscal (o sea, activos por impuestos diferidos) que pueden ser aplicados al impuesto a las ganancias pagadero durante un período de cinco años. Sin embargo, como la Emisora no esperaba generar ingresos gravados entre 2015 y 2020, ha creado una previsión por un monto equivalente al crédito fiscal al 31 de marzo de 2015. El mayor egreso por impuestos a las ganancias resultante de la previsión del crédito fiscal aumenta la alícuota impositiva efectiva sobre una base consolidada. Activos consolidados

La estructura y los principales componentes de los activos consolidados de la Emisora a las fechas indicadas, fueron los siguientes:

Al 31 de marzo de

2015 Al 31 de marzo de

2014

Monto % Monto %

(miles de pesos, excepto porcentajes)

Disponibilidades............................................ 4.118.875 16,81% 3.649.084 15,70% Cartera de inversión Títulos públicos y privados ........................... 255.393 1,04% 272.372 1,17% Participación en nuestros fideicomisos financieros .....................................................

1.063.957 4,34% 1.307.449 5,63%

Instrumentos emitidos por el BCRA ............. 760.324 3,10% 735.708 3,17% Cartera de préstamos y financiaciones ......... 16.897.746 68,97% 16.039.182 69,01% Otros activos (1).............................................. 1.404.531 5,73% 1.237.399 5,32%

Total .......................................................... 24.500.826 100,00% 23.241.194 100,00% (1) Incluye principalmente otros créditos por intermediación financiera, participaciones en otras sociedades, créditos diversos, bienes de uso y diversos y bienes intangibles.

Del total de activos de la Emisora, de Ps. 24.501 millones al 31 de marzo de 2015, Ps. 23.956

millones, equivalentes al 97,8% del total, correspondieron al Banco y a CCF. Del total de activos de Grupo Supervielle de Ps. 23.241 millones al 31 de diciembre de 2014, Ps. 22.904 millones, equivalentes al 98,6% del total, correspondieron al Banco Supervielle consolidado con CCF.

Liquidez y recursos de capital

La principal fuente de liquidez de la Emisora a nivel consolidado, es la base de depósitos del Banco. Asimismo, el Banco, CCF y Tarjeta Automática securitizan parte de sus carteras de préstamos para generar liquidez para sus operaciones, en tanto que CCF también recibe depósitos, calls interbancarios y emite títulos de deuda de corto plazo en el mercado de capitales local para financiarse. Adicionalmente, la financiación a largo plazo y su capital permiten a la Emisora cubrir la mayoría de sus requisitos de liquidez.

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Flujo de efectivo consolidado El cuadro a continuación presenta la información de los estados de flujo de efectivo consolidados

de la Emisora correspondiente a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2015 y 2014, que también se analiza en más detalle abajo:

Período finalizado el 31 de marzo de

2015 2014 (en miles de pesos) Fondos al inicio del ejercicio 4.046.180 2.786.733 Fondos generados / (utilizados) por las Actividades operativas

578.412 370.836

Títulos públicos y privados 167.208 -126.387 Aumento neto en préstamos 444.502 341.360 Aumento neto en depósitos 506.155 149.662 Ingresos netos por servicios 449.332 372.766 Gastos de administración -790.242 -602.788 Otros -198.543 236.223 Fondos utilizados por las Actividades de Inversión -15.702 -17.740 Pagos netos de bienes de uso y diversos -15.700 -17.740 Pagos por compras de participaciones en otras sociedades -2 - Otros - - - - Fondos (utilizados) generados por las Actividades de financiación

66.453 96.293

Fondos generados / (utilizados) por las obligaciones negociables no subordinadas

86.794 25.242

Fondos (utilizados) / generados por las obligaciones negociables subordinadas

-7.319 -2.386

Fondos (utilizados) / generados por entidades financieras locales e internacionales

-5.350 72.997

Aportes irrevocables de capital - - Otros -7.672 440 - Resultados financieros y por tenencia del efectivo y sus equivalentes

31.786 162.307

Fondos al cierre del ejercicio 4.707.129 3.398.429 Fondos al inicio del ejercicio 4.046.180 2.786.733

La gerencia considera que los flujos de fondos de las operaciones y los saldos en efectivo y equivalentes de efectivo disponibles resultarán suficientes para financiar los compromisos financieros e inversiones en bienes de capital para 2015.

Fondeo

Depósitos

La principal fuente de fondeo de la Emisora a nivel consolidado es la significativa base de depósitos del Banco, compuesta de depósitos a la vista (en cuentas corrientes y cajas de ahorro), y los depósitos a plazo fijo tanto de Banco Supervielle como de CCF.

El siguiente cuadro presenta la composición de los depósitos de la Emisora consolidados al 31 de

marzo de 2015 y al 31 de diciembre de 2014:

Al 31 de marzo de 2015 Al 31 de diciembre de 2014 ( en miles de Pesos) Depósitos ............................................................................................. Del sector público no financiero ......................................................... 1.025.545 1.441.506

% del total de depósitos ............................................................... 5,74% 8,53% Del Sector Financiero .......................................................................... 183.354 150.817

% del total de depósitos ............................................................... 1,03% 0,89% Del sector privado no financiero y residentes del exterior

Cuentas corrientes ....................................................................... 2.641.376 2.622.055 % del total de depósitos ........................................................... 14,80% 15,52%

Cajas de ahorro ............................................................................ 5.503.670 5.352.593 % del total de depósitos ........................................................... 30,83% 31,69%

Depósitos a plazo fijo .................................................................. 7.744.630 6.651.006

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% del total de depósitos ........................................................... 43,38% 39,37% Cuentas de inversión ................................................................... 69.300 75.750

% del total de depósitos ........................................................... 0,39% 0,45% Otros ............................................................................................ 535.494 456.453

% del total de depósitos ........................................................... 3,00% 2,70% Intereses y diferencias de cotización devengados a pagar ......... 148.034 142.550

% del total de depósitos ........................................................... 0,83% 0,84% Total 17.851.403 16.892.730

En los primeros tres meses de 2015, el total de depósitos aumentó un 34,1% respecto de marzo 2014.

Los depósitos del sector público no financiero del Banco se redujeron un 13,1%, reduciendo su participación a 5,8% de los depósitos a marzo 2015, en comparación con una participación de 25,6% del sector público no financiero en el total de los depósitos para el sistema financiero (a febrero 2015).

Los depósitos del Banco del sector privado aumentaron año a año a marzo de 2015 un 38,5%,

mientras que los depósitos del sector privado del sistema financiero aumentaron año a año un 31,8% (a febrero 2015).

Al 31 de marzo de 2015 CCF tenía depósitos por Ps. 509,1 millones. El crecimiento en depósitos del sector privado se debió principalmente a depósitos a plazo fijo que

aumentaron un 30,42% en los primeros tres meses de 2015 comparado con el mismo período del año anterior. Al 31 de marzo de 2015, los depósitos a plazo fijo menores a un millón del Banco representaban el 50% de sus depósitos a plazo fijo, por encima de los depósitos a plazo fijo minoristas del sistema financiero.

Operaciones de securitización

Durante el periodo de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2015, el Banco transfirió préstamos a fideicomisos financieros por un monto total de Ps. 250,0 millones, y este fideicomiso emitió títulos fiduciarios por un monto total de Ps. 250,0 millones. Durante dicho período CCF no emitió fideicomisos financieros. Las sociedades mantenían participaciones en fideicomisos a través de títulos de deuda senior y subordinados y certificados de participación por Ps. 455,0 millones, Ps. 36,7 millones y Ps. 504,8 millones al 31 de marzo de 2015.

Financiaciones Obligaciones Negociables – Grupo Supervielle

Entre el 22 de diciembre de 2010 y el 31de marzo de 2015, Grupo Supervielle emitió las siguientes series de obligaciones negociables:

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Fecha de emisión Moneda Monto Tasa Fecha de vencimiento

Clase I 22 de diciembre de 2010 Pesos 37.753.500 Fija al 14,5% 22 de diciembre de 2011

Clase II 22 de diciembre de 2010 Pesos 57.046.500 Variable + 3,75% (BADLAR – Bancos privados)

22 de septiembre de 2012

Clase III 15 de agosto de 2011 Pesos 63.157.000 Variable + 4,25% (BADLAR – Bancos privados)

15 de febrero de 2013

Clase IV 15 de agosto de 2011 Dólares 9.302.985 Fija al 7% 15 de noviembre de 2012

Clase V 22 de mayo de 2012 Pesos 84.800.000 Variable + 2,95% (BADLAR – Bancos privados)

22 de noviembre de 2013

Clase VII 28 de septiembre de

2012 Pesos 65.000.000

Variable + 4,23% (BADLAR – Bancos privados)

28 de marzo de 2014

Clase IX 24 de enero de 2013 Pesos 90.000.000 Variable + 4,48 (BADLAR – Bancos privados)

24 de julio de 2014

Clase X 7 de mayo de 2013 Pesos 63.455.555 Variable + 3,50 (BADLAR – Bancos privados)

7 de noviembre de 2014

Clase XI 5 de noviembre de 2013 Pesos 50.000.000 Variable + 4.08 (BADLAR –Bancos privados)

5 de mayo de 2015

Clase XII 31 de enero de 2014 Pesos 71.397.590 Variable + 4,70 (BADLAR –Bancos privados)

31 de julio de 2015

Clase XIII 31 de enero de 2014 pesos 23.100.000 Variable + 6,25 (BADLAR –Bancos privados)

31 de enero de 2019

Clase XIV 13 de mayo de 2014 Pesos 38.193.548 Variable + 3,85 (BADLAR –Bancos privados)

13 de noviembre de 2015

Clase XV 13 de mayo de 2014 pesos 81.806.452 Variable + 4,65 (BADLAR –Bancos privados)

13 de mayo de 2016

Clase XVI 23 de septiembre de

2014 pesos 81.250.000

Variable + 3,25 (BADLAR –Bancos privados)

23 de marzo de 2016

Clase XVII

23 de enero de 2015 pesos 127.000.000 Tasa fija al 28,5%

23 de enero de 2016

Clase XVIII

23 de enero de 2015 pesos 23.000.000 Variable + 4,8% (BADLAR -Bancos privados)

23 de julio de 2016

Clase XIX 20 de mayo de 2015 pesos 137.361.445

Tasa Mixta: fija del 28,5% hasta el mes 9 y a partir del mes 10, Variable + 4,50% BADLAR – bancos privados)

20 de noviembre de 2016

Al 31 de marzo de 2015, las Obligaciones Negociables se encuentran registradas en el rubro Otras Obligaciones por Intermediación Financiera por un monto de Ps. 510,4 millones.

Con fecha posterior al 31 de marzo, la Compañía emitió la serie XIX de Obligaciones

Negociables A la fecha de este Suplemento de Precio las clases I, II, III, IV, V, VII, IX, X y XI han sido

amortizadas en su totalidad.

Los fondos provenientes de la colocación de las clases de obligaciones negociables mencionadas, netos de los gastos de emisión, fueron destinados en su totalidad de conformidad con el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables N° 23.576 a la cancelación de pasivos financieros de la Sociedad, y a integración de capital de trabajo en el país. .

Banco – Obligaciones Negociables Tier 2

El 9 de noviembre de 2010, el Banco emitió obligaciones negociables subordinadas clase I por US$ 50 millones al 11,375% con vencimiento en 2017, que califican como capital Tier 2 conforme a las

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regulaciones del BCRA. Al 31 de marzo de 2015, el monto total en circulación incluido el capital y los intereses devengados de esas obligaciones negociables ascendía a Ps. 452,7 millones.

El 20 de agosto de 2013, el Banco emitió obligaciones negociables subordinadas clase III por US$ 22,5 millones al 7% con vencimiento en 2020, que califican como capital Tier 2 conforme a las regulaciones del BCRA. Al 31 de marzo de 2015, el monto total en circulación incluido el capital y los intereses devengados de esas obligaciones negociables ascendía a Ps. 196,7 millones.

El 18 de noviembre de 2014, el Banco emitió obligaciones negociables subordinadas “Clase IV” por U$S 13.4 millones a una tasa de interés de 7,0% con vencimiento el 18 de noviembre de 2021. Los intereses de las Obligaciones Negociables Clase IV son abonados en forma semestral comenzando con el primer pago el 18 de Mayo de 2015. Estas Obligaciones Negociables se rigen y deben ser interpretadas de conformidad con las leyes de Argentina. Al 31 de marzo de 2015 la obligación mencionada se encuentra registrada en el rubro Obligaciones Negociables Subordinadas por la suma de Ps. 121 millones.

Banco – Obligaciones Negociables en Pesos

El 15 de mayo de 2013, el Banco emitió obligaciones negociables no subordinadas “Clase II” por Ps. 91,2 millones a tasa variable BADLAR – Bancos Privados más 3,99% con vencimiento en noviembre de 2014. Con fecha 17 de noviembre de 2014 la Clase II ha sido amortizada en su totalidad.

Banco – Programas de comercio exterior

El 25 de abril de 2007, el Banco acordó una línea de asistencia financiera con la Corporación Financiera Internacional (“IFC”) mediante la cual se le otorga derecho a solicitar a la IFC garantías para ciertas de las obligaciones comerciales del Banco y ciertas obligaciones comerciales de terceros, tales como cartas de crédito stand by. Al 31 de marzo de 2015, el banco tenía operaciones bajo esta línea por USD 10,1 millones

Asimismo, el 27 de mayo de 2009, el Banco celebró un Acuerdo de Banco Emisor y un Acuerdo de Banco Confirmante con el BID, en virtud del Programa de Facilitación de Financiación de Comercio Exterior del BID. Conforme a estos acuerdos, el Banco puede solicitar garantías crediticias al BID y confirmar las garantías crediticias del BID recibidas por terceros. La exposición total del Banco en virtud de las líneas no puede exceder US$ 15 millones, que serán utilizados para cubrir los riesgos inherentes en la confirmación de cartas de crédito, pagarés, garantías de cumplimiento de la oferta y otros instrumentos similares empleados en las operaciones vinculadas al comercio exterior. Al 31 de marzo de 2015, el Banco no tenía obligaciones pendientes de cancelación bajo esta línea.

Valores de Corto Plazo ("VCP") de CCF

El 21 de noviembre de 2011, la CNV aprobó la oferta pública del Programa Global de Valores de Corto Plazo (VCP) por hasta la suma de V/N $200.000.000. A la fecha de emisión del presente Suplemento de Prospecto, todas las clases han sido amortizadas en su totalidad.

Obligaciones Negociables ("ON") de CCF

El 15 de agosto de 2013, la CNV aprobó la oferta pública del Programa Global de Obligaciones Negociables (ON) por hasta la suma de V/N $500.000.000. Sobre este programa se emitieron las siguientes clases de ON:

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Fecha de emisión Moneda Monto Tasa Fecha de vencimiento

Clase I 3 de octubre de 2013 Pesos 16.888.888 Fija TNA 23,00% 30 de junio de 2014

Clase II 3 de octubre de 2013 Pesos 73.253.011 Variable + 4,99%

(BADLAR – Bancos Privados)

3 de abril de 2015

Clase III 19 de febrero de 2014 Pesos 31.500.000 Variable + 3,48%

(BADLAR – Bancos Privados) 18 de noviembre de

2014

Clase IV 19 de febrero de 2014 Pesos 53.888.888 Variable + 5%

(BADLAR – Bancos Privados)

21 de agosto de 2015

Clase V 15 de agosto de 2014 Pesos 147.222.222 Variable + 3,75%

(BADLAR – Bancos Privados)

15 de febrero de 2016

Clase VI 14 de mayo de 2015 Pesos 145.980.000 Fija TNA 29,00% 14 de mayo de 2016

Clase VII 14 de mayo de 2015 Pesos 11.578.947 Variable + 5,00%

(BADLAR – Bancos Privados) 14 de noviembre de 2016

Al 31 de marzo de 2015 las Obligaciones Negociables de CCF clases I, II, III y IV se encuentran

registrados en el rubro Obligaciones Negociables No Subordinadas por un monto de Ps. 237,7 millones. Con fecha posterior al 31 de marzo de 2015, CCF emitió las Obligaciones Negociables clase VI

y VII.

Línea de crédito – CCF

Con fecha 1 de septiembre de 2011 CCF envió una carta a Banco Supervielle solicitando la apertura de una línea de crédito por hasta la suma máxima total en todo momento durante la vigencia de la misma equivalente a $900 millones. Al 31 de marzo de 2015, CCF tenía tomados Ps. 440,6 millones de dicha línea, de los cuales Ps. 245 millones estaban garantizados por una cesión de préstamos en cumplimiento de la regulación entre entidades vinculadas vigente.

Financiaciones y préstamos de Cordial Microfinanzas - FMO, FONCAP

Al 31 de marzo de 2015, el monto total pendiente de cancelación incluido el capital y los intereses devengados en virtud de las líneas de crédito de Cordial Microfinanzas ascendía a Ps. 3,3 millones bajo el crédito con FMO, Ps. 1,4 millones en virtud del crédito con FONCAP. Capital Consolidado

El cuadro a continuación presenta información sobre el patrimonio neto de la Emisora a las fechas indicadas.

Al 31 de marzo de 2015

Al 31 de marzo

de 2014

(en miles de Pesos, a excepción de

los porcentajes) Patrimonio neto.............................................................................................. 1.791.529 1.706.986 Patrimonio neto promedio(1) .......................................................................... 1.903.646 1.601.589 Patrimonio neto como porcentaje del total de activos .................................. 7,3% 7,3% Patrimonio neto promedio como porcentaje del total de activos promedios .....................................................................................................

8,1% 8,0%

Total pasivo como múltiplo del total de patrimonio neto ............................. 12,7 12,6 Patrimonio neto tangible(2) como porcentaje del Total de Activos ............... 6,49% 6,48%

(1) Calculado sobre una base diaria. (2) El patrimonio neto tangible representa el patrimonio neto menos los activos intangibles.

El cuadro a continuación presenta la información sobre la responsabilidad patrimonial computable de Banco y los requisitos mínimos de capital a las fechas indicadas.

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Al 31 de marzo de

2015 Al 31 de marzo de

2014

Capital Tier 1 Acciones ordinarias integradas del capital social 456.140 456.140 Primas de emisión de acciones 8.064 8.064 Reservas declaradas y utilidades no asignadas 1.630.958 1.117.001 Participación de terceros 11.067 10.491 Sub-Total: Capital bruto Tier I 2.106.229 1.591.696

  Capital Tier 2 Previsiones generales/ reservas generales por incobrables 50%

167.964 122.562

Deuda a plazo subordinada 372.638 373.874 100% de los resultados - - 50% de los resultados positivos 45.113 47.857 Sub-Total: Capital Tier 2 585.715 544.293 Deducciones: Todos los intangibles 215.061 191.959 Partidas pendientes 13.902 7.171 Otros 2.291 2 Total Deducciones 231.254 199.132 Total Capital 2.460.690 1.936.857 Activos ponderados por riesgo 19.065.161 13.529.143 Coeficiente de Adecuación del Capital 12,9% 14,3%

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TERMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES

A continuación se describen en forma resumida los términos y condiciones específicos de las

Obligaciones Negociables. La descripción completa de dichos términos y condiciones se integra con los términos y condiciones descriptos en el Prospecto del Programa, los cuales serán aplicables a las Obligaciones Negociables junto con los términos y condiciones específicos aplicables a las Obligaciones Negociables que se establecen en el presente Suplemento de Precio. Los términos y condiciones descriptos a continuación complementan y deben ser leídos conjuntamente con los términos y condiciones generales de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa contenidos en el Prospecto del Programa. Los términos utilizados en mayúscula (salvo porque corresponda al tratarse de nombres propios o por iniciar una oración) y que no tengan un significado definido en el presente tienen el significado que a ellos se les asigna específicamente en el Prospecto del Programa. Los términos y condiciones establecidos en las secciones "Datos Estadísticos y Programa Previsto para la Oferta" y "De la Oferta y la Negociación" del Prospecto del Programa, se aplican a las Obligaciones Negociables, salvo que se especifique lo contrario en el presente Suplemento de Precio. Términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Emisora. Grupo Supervielle S.A. Instrumento. Obligaciones Negociables emitidas de conformidad con la Ley de

Obligaciones Negociables y los términos establecidos en el presente Suplemento de Precio.

Monto Total de Emisión de Obligaciones Negociables.

Hasta $100.000.000 (ampliable hasta $150.000.000). El monto total a emitir de Obligaciones Negociables será determinado al término del Período de Licitación (según se define más adelante) conforme el procedimiento descripto en la sección “Colocación y Adjudicación de las Obligaciones Negociables” del presente Suplemento de Precio y será informado mediante la publicación del aviso de resultados que será publicado en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA, en virtud del ejercicio de la faculta delegada por el Merval a la BCBA, conforme lo dispuesto en la Resolución 17.501 de la CNV, y cuya versión en formato electrónico estará disponible en la Página Web Institucional de dicho mercado, con anterioridad a la fecha de emisión y que quedará también registrado en la sección correspondiente a Información Financiera de la Emisora en el sitio de Internet de la CNV, www.cnv.gob.ar (Información Financiera), en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE y en sitio web de Banco Supervielle (el “Aviso de Resultados”).

Colocadores

Por orden alfabético, Banco Santander Río S.A. (“Santander Río”) y Banco Supervielle S.A. (“Supervielle” y, en adelante, cuando se denomine a ambos bancos en forma conjunta, los “Colocadores”).

Agente de Cálculo. Supervielle Agente de Liquidación. Supervielle Sub-Colocadores Supervielle podrá, con la conformidad previa de la Emisora y de Santander

Río, designar otros sujetos que actúen como sub-colocadores respecto de las Obligaciones Negociables (los “Sub-Colocadores”).

Fecha de Emisión.

En caso de emitirse las Obligaciones Negociables, se espera que su fecha de emisión ocurra dentro de los dos Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación (según se define más adelante). La Fecha de Emisión será informada en el aviso de resultados que será publicado en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA, cuya versión en formato electrónico estará disponible en la Página Web Institucional de dicho mercado, con anterioridad a la fecha de emisión y que quedará también

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registrado en la sección correspondiente a Información Financiera de la Emisora en el sitio de Internet de la CNV, www.cnv.gob.ar (Información Financiera), en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE y en sitio web de Banco Supervielle (el “Aviso de Resultados”).

Precio de Emisión. 100% del valor nominal. Fecha de Vencimiento.

La fecha en que se cumplan 18 meses contados desde la Fecha de Emisión. La Fecha de Vencimiento será informada mediante la publicación del Aviso de Resultados.

Amortización. El capital de las Obligaciones Negociables se amortizará totalmente en un

solo pago a realizarse en la Fecha de Vencimiento. Tasa de Interés. Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés

mixta conforme se describe a continuación: (i) desde la Fecha de Emisión hasta el vencimiento del sexto (6) mes (inclusive) devengarán intereses a la tasa fija nominal anual que será determinada sobre la base del resultado del proceso de licitación de las Obligaciones Negociables detallado en “Colocación y Adjudicación de las Obligaciones Negociables” de este Suplemento de Precio e informada mediante el Aviso de Resultados (la “Tasa Aplicable”) y (ii) desde el inicio del séptimo (7) mes hasta la Fecha de Vencimiento devengarán intereses a la tasa variable que resulte de la suma de: (i) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (ii) un margen predeterminado igual a 450 puntos básicos. La tasa de interés correspondiente será calculada para cada Fecha de Pago de Intereses por el Agente de Cálculo. La “Tasa Badlar Privada” utilizada cuando corresponda, será equivalente al promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de un millón de pesos –BADLAR promedio bancos privados-, calculado en base a las tasas publicadas por el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) durante el período que se inicia el séptimo día hábil anterior al inicio del Período de Devengamiento de Intereses que corresponda y finaliza el octavo día hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente. En caso que el BCRA suspenda la publicación de dicha tasa de interés (i) se considerará la tasa sustituta de dicha tasa que informe el BCRA; o (ii) en caso de no existir dicha tasa sustituta, se considerará como tasa representativa el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a un millón de pesos para idéntico plazo por los cinco primeros bancos privados según el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA

Período de Devengamiento de Intereses.

Significa el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses (según se define más adelante) y la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y la primer Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.

Rango.

Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones simples, no convertibles en acciones, no subordinadas. Las Obligaciones Negociables

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tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y respecto a todas las demás obligaciones quirografarias, no subordinadas de la Emisora, salvo las obligaciones que gozaran de privilegio por disposiciones de ley.

Moneda.

Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en Pesos y tanto su integración inicial como los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que correspondan bajo las mismas serán realizados en Pesos

Denominaciones Autorizadas.

Pesos 1 y montos superiores que sean múltiplos enteros de Pesos 1.

Montos Mínimos de Suscripción y Negociación.

Pesos 10.000 y múltiplos de Pesos 1 superiores a esa cifra.

Mecanismo de Pago. Todos los pagos serán efectuados por la Emisora mediante transferencia de

los importes correspondientes a Caja de Valores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores con derecho a cobro. Si cualquier día de pago de cualquier monto bajo las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago será efectuado en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, y no se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día hábil inmediato posterior, estableciéndose, sin embargo, que si la Fecha de Vencimiento no fuera un Día Hábil, se devengarán intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el Día Hábil inmediato posterior.

Forma. Las Obligaciones Negociables estarán representadas en un certificado

global permanente, a ser depositado en el sistema de depósito colectivo que administra la Caja de Valores S.A. Los tenedores podrán solicitar a Caja de Valores el comprobante de su participación en el Certificado Global respecto de su tenencia de Obligaciones Negociables a los efectos y con el alcance indicado en el inciso e) del artículo 129 de la Ley 26.831. Los tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales con lo cual la titularidad de las Obligaciones Negociables sólo podrá ser mantenida en el sistema de depósito colectivo administrado por Caja de Valores S.A. y su registro llevado por dicha entidad en las cuentas comitente de cada tenedor. Las transferencias de Obligaciones Negociables podrán realizarse dentro del sistema de depósito colectivo conforme a la Ley Nº 20.643 y sus posteriores modificaciones.

Montos Adicionales. Los pagos de cualquier suma que correspondan bajo las Obligaciones

Negociables se efectuarán sin retención o deducción alguna respecto de cualquier tipo de impuesto, derechos, gravámenes o cargos gubernamentales, presentes o futuros. Si de conformidad con la legislación aplicable fuera necesario realizar cualquier tipo de retención o deducción por cualquiera de dichos conceptos, la Emisora aumentará, salvo en los casos de excepción previstos en el Prospecto del Programa, el monto a pagar en las cantidades que sean necesarias para que una vez realizadas las retenciones o deducciones que correspondan los obligacionistas reciban los mismos montos que hubieran recibido si no se hubiese requerido tal retención o deducción.

Intereses Punitorios. En el supuesto en que la Emisora no abonara cualquier monto adeudado

bajo las Obligaciones Negociables, las sumas impagas devengarán un interés punitorio adicional equivalente al 2% nominal anual calculado

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sobre el capital pendiente de pago hasta la fecha de efectivo pago de las sumas vencidas e impagas.

Base para el cálculo de los intereses.

Para el cálculo de los intereses, tanto compensatorios como punitorios, se considerará un año de 365 días y la cantidad de días efectivamente transcurridos durante el período en el cual se devenguen los intereses que correspondan.

Fechas de Pago de Intereses.

Trimestralmente por período vencido a partir de la Fecha de Emisión hasta la Fecha de Vencimiento (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses”). Las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables serán informadas mediante la publicación del Aviso de Resultados y a través de los correspondientes avisos de pago de intereses a ser publicados en AIF y en los boletines informativos de los correspondientes mercados donde se listen y negocien las Obligaciones Negociables; dicho aviso de pago será publicado 5 días hábiles antes de la correspondiente Fecha de Pago de Intereses.

Rescate Anticipado por Cuestiones Impositivas a Opción de la Emisora.

Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas por la Emisora en forma total y no parcial en caso de ocurrir ciertos acontecimientos de naturaleza impositiva en Argentina. Dicho rescate se realizará al 100% del valor nominal residual de las Obligaciones Negociables, más los intereses devengados a la fecha del rescate. Véase “De la Oferta y la Negociación - Descripción de las Obligaciones Negociables – Rescate y Compra - Rescate Anticipado por Cuestiones Impositivas” en el Prospecto del Programa.

Rescate Opcional En cualquier momento la Emisora tendrá derecho, a su sola opción, de

rescatar las Obligaciones Negociables (en forma total y no parcial) al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los Montos Adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) que surge del siguiente detalle:

Plazo Precio Desde la Fecha de Emisión hasta el sexto mes desde la Fecha de Emisión

104%

Luego del sexto mes desde la Fecha de Emisión y hasta el doceavo mes desde la Fecha de Emisión

103%

Luego del doceavo mes desde la Fecha de Emisión y hasta el día anterior a la Fecha de Vencimiento

102%

Para ello, la Emisora notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables con una anticipación de no menos de cinco (5) Días Hábiles y no más de quince (15) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate. Dicha notificación será realizada a través de un aviso complementario a ser publicado en el sitio web de la CNV (www.cnv.gob.ar) en el ítem Información Financiera, en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA, cuya versión en formato electrónico estará disponible en la Página Web Institucional de dicho mercado, y en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora

Listado.

Se ha solicitado el listado y negociación de las Obligaciones Negociables en el Merval a través de la BCBA como así también en el MAE.

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Obligaciones de la Emisora.

La emisora pagará incondicionalmente sin protesto el capital, intereses y montos adicionales de las Obligaciones Negociables de conformidad con los términos de las Obligaciones Negociables. Además de dichas obligaciones, la Emisora se obliga a cumplir con ciertas obligaciones descriptas en la sección “De la Oferta y la Negociación –Descripción de las Obligaciones Negociables – Compromisos” del Prospecto del Programa.

Supuestos de Incumplimiento.

El Prospecto del Programa prevé ciertos supuestos que en caso de ocurrir darán derecho a los tenedores de obligaciones negociables que representen cierto porcentaje de capital de una clase de obligaciones negociables a declarar la caducidad de todos los plazos bajo la clase de obligaciones negociables a la que pertenezcan dichos tenedores y tornar pagadera inmediatamente a dicha clase de obligaciones negociables. Adicionalmente a los supuestos previstos en el Prospecto del Programa, la sección “Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables -- Supuestos de Incumplimiento” del presente Suplemento de Precio contempla otros supuestos de incumplimiento aplicables a las Obligaciones Negociables y los porcentajes de tenencia de dichas Obligaciones Negociables requeridos para declarar la caducidad de plazos.

Destino de los Fondos. La Emisora aplicará el producido neto proveniente de la emisión de

Obligaciones Negociables de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables. Para más información ver la sección “Uso de los Fondos” de este Suplemento de Precio.

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables constituirán “obligaciones negociables” de

conformidad con las disposiciones de la Ley de Obligaciones Negociables y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme con el artículo 29 de dicha ley, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables, cualquier tenedor en forma individual podrá iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la República Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados a su vencimiento por la Emisora. En virtud del régimen de depósito colectivo establecido de conformidad con los términos de la Ley Nº 24.587, la Caja de Valores S.A. podrá expedir certificados de tenencia a favor de los titulares registrales en cuestión a solicitud de éstos y estos podrán iniciar con tales certificados las acciones ejecutivas mencionadas.

Ley Aplicable. Las Obligaciones Negociables se regirán por y serán interpretadas de

conformidad con las leyes de Argentina. Jurisdicción. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los tenedores de

Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá definitivamente por los tribunales de arbitraje correspondientes a los mercados autorizados donde listen las Obligaciones Negociables de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes a los que también podrá acudir la Emisora en caso que dichos tribunales arbitrales cesen en sus funciones no sean reemplazados por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado.

Calificación de Riesgo Las Obligaciones Negociables han sido calificadas “A –(arg), perspectiva

negativa” por FIX Scr. Para mayor información, ver “Calificación de Riesgo” en el presente Suplemento de Precio.

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SUPUESTOS DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES

Constituirán Supuestos de Incumplimiento de las Obligaciones Negociables aquellos descriptos en la sección “De la Oferta y la Negociación – Descripción de las Obligaciones Negociables – Supuestos de Incumplimiento” del Prospecto del Programa. En caso que cualquiera de tales supuestos ocurra con respecto a cualquiera de las Subsidiarias Significativas de la Emisora, los mismos configurarán también Supuestos de Incumplimiento bajo las Obligaciones Negociables. “Subsidiarias Significativas” significa a efectos del presente, aquellas subsidiarias que participan en más de 10% en la generación de resultados de la Emisora.

Adicionalmente a dichos supuestos, cualquiera de los supuestos detallados a continuación constituirá también un “Supuesto de Incumplimiento” de las Obligaciones Negociables:

(i) si la Emisora no pagara a su vencimiento cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables de acuerdo con sus términos y condiciones y dicho incumplimiento continuara por un período de tres (3) Días Hábiles contados desde la fecha en que dichos montos fueran exigibles;

(ii) si la Emisora no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones bajo las Obligaciones Negociables (diferentes de las obligaciones de pago mencionadas en el punto (i) anterior) y dicho incumplimiento, pudiendo ser remediado, no fuera remediado dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha en la cual la Emisora haya tomado conocimiento o hubiera debido tomar conocimiento de dicho incumplimiento;

(iii) si el BCRA (a) iniciara un procedimiento solicitando a Banco Supervielle y/o CCF la presentación de un plan de regularización y saneamiento, en virtud del artículo 34 de la Ley de Entidades Financieras; (b) ordenase una suspensión temporaria, total o parcial de actividades de Banco Supervielle y/o CCF en virtud del Artículo 49 de la Carta Orgánica del BCRA o (c) ordenase con respecto a Banco Supervielle y/o CCF cualquiera de las determinaciones detalladas en el artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras;

(iv) si la Emisora o cualquiera de Subsidiarias Significativas, o Banco Supervielle y/o CCF (a) solicitara a cualquier tribunal una moratoria o suspensión de pagos de deudas; (b) iniciara un proceso de liquidación o quiebra; (c) tomara cualquier acción tendiente a presentarse en concurso preventivo o acuerdo preventivo extrajudicial, según corresponda; (d) consintiera a una petición presentada contra la Emisora o cualquiera de Subsidiarias Significativas, o Banco Supervielle y/o CCF respecto de la apertura de un proceso de quiebra o concurso preventivo de alguna de dichas entidades; (e) si presentara (o consintiera) una solicitud presentada ante un tribunal designando un administrador, interventor o veedor por parte del BCRA de acuerdo con el Artículo 34 de la Ley Nº 21.526, o un administrador, interventor, liquidador (o un oficial similar) de la Emisora o cualquiera de Subsidiarias Significativas, o Banco Supervielle y/o CCF o sobre una parte sustancial de sus propiedades o bienes; (f) efectuara cualquier cesión general de sus bienes en beneficio de sus acreedores; o (g) si admitiera o anunciara por escrito su inhabilidad para cumplir con sus obligaciones financieras o de cualquier otra forma se declarase insolvente.

(v) el actual accionista mayoritario de la Emisora dejase de tener el control directo, o indirecto, sobre la Emisora o Banco Supervielle o si cualquier persona o grupo de personas actuando concertadamente (que no sea el accionista mayoritario actual de la Emisora) adquiriese el control sobre la Emisora o sobre Banco Supervielle; y

(vi) el BCRA le revocara al Banco Supervielle su autorización para funcionar como entidad financiera en los términos del artículo 44 de la Ley de Entidades Financieras y dicha revocación se encontrara firme e inapelable.

En caso de que hubiera ocurrido y se mantuviera vigente uno o más de los mencionados Supuestos de Incumplimiento, entonces, siempre que no hayan sido subsanados por la Emisora, los tenedores de cómo mínimo el veinticinco por ciento (25%) del monto total del capital de las Obligaciones Negociables en circulación de cada clase, mediante notificación escrita a la Emisora declarará todas las Obligaciones Negociables en circulación de cada clase inmediatamente vencidas y pagaderas; teniendo en cuenta que, en el caso que ocurra cualquiera de los Supuestos de Incumplimiento que se describen en los párrafos (iii) a (vi) anterior respecto de la Emisora, las Obligaciones Negociables de cada clase vencerán y serán exigibles de inmediato sin notificación previa a la Emisora ni ningún otro acto.

Luego de dicha declaración de caducidad de plazos, el capital de las Obligaciones Negociables de cada clase, declarado vencido y los intereses correspondientes y todos los demás montos pagaderos respecto de dichas Obligaciones Negociables vencerán y serán exigibles inmediatamente. En el caso de

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Supuestos de Incumplimiento que dieran origen a la declaración de caducidad de plazos y que fueran subsanados después de dicha declaración, esa declaración podrá ser rescindida por los tenedores que representen el veinticinco por ciento 25% del monto total de capital de las Obligaciones Negociables en circulación de cada clase.

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COLOCACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES

General

Las Obligaciones Negociables serán colocadas por oferta pública entre inversores interesados, conforme con los términos de la Ley de Mercado de Capitales, las Normas de la CNV y las demás normas aplicables.

De conformidad con lo establecido por el art. 27 del Capítulo V, Título II y art.1 del Capítulo IV Título VI de las Normas de la CNV, la colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará a través de un proceso licitatorio denominado “subasta o licitación pública” que será llevado adelante por medio del sistema denominado “SIOPEL” de propiedad de, y operado por, el MAE. Por lo expuesto, aquellos inversores interesados que quieran suscribir Obligaciones Negociables deberán presentar sus correspondientes órdenes de compra en los términos descriptos más abajo, las cuales deberán ser ingresadas como Ofertas (según se define más adelante) por agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL”. A los fines del presente Suplemento de Precio los agentes del MAE son definidos tal como los define el MAE, es decir, aquellas personas jurídicas o físicas que, habiendo dado cumplimiento a los requisitos exigidos por el Reglamento del Mercado Abierto Electrónico y las Normas de la Comisión Nacional de Valores, se encuentran registradas ante el MAE, a los efectos de celebrar o concertar operaciones de compra y/o venta de valores negociables, conforme lo previsto en el citado Reglamento; mientras que por agentes adherentes se debe entender (en función de cómo son definidos por el MAE) aquellas personas jurídicas que no son agentes del MAE, ni se encuentran bajo el contralor del MAE, pero a las que el MAE le provee ciertos servicios vinculados al Sistema SIOPEL sin perjuicio de encontrarse autorizados por la CNV en virtud de lo establecido por los artículos 32 inciso a) y 47 de la Ley 26.831

Supervielle y Santander Río serán los agentes colocadores de las Obligaciones Negociables. Los Colocadores actuarán como agentes colocadores sobre la base de sus mejores esfuerzos conforme con los procedimientos usuales en el mercado de capitales de la Argentina, pero no asumirán compromiso de colocación o suscripción en firme alguno. Por tales servicios recibirán una comisión de colocación de parte de la Emisora. A fin de colocar las Obligaciones Negociables, los Colocadores llevarán adelante las actividades usuales para la difusión pública de la información referida a la Emisora y a las Obligaciones Negociables, y para invitar a inversores a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables. Dichas actividades incluirán, entre otros, uno o más de los siguientes actos: (1) distribuir el Prospecto y el presente Suplemento de Precio (y/o versiones preliminares del mismo) y/u otros documentos que resuman información contenida en el mismo, por medios físicos y/o electrónicos; (2) realizar reuniones informativas individuales y/o grupales; (3) enviar correos electrónicos; (4) realizar contactos y/u ofrecimientos personales y/o telefónicos; (5) publicar avisos ofreciendo las Obligaciones Negociables; (6) realizar conferencias telefónicas; y/o (7) realizar otros actos que la Emisora y/o los Colocadores consideren convenientes y/o necesarios.

Se deja constancia que todas las publicaciones que deban ser realizadas en la página web institucional de la Emisora de conformidad con lo establecido en el artículo 4 inciso a) del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV serán hechas en la página web de Banco Supervielle (principal activo de la Emisora).

Período de Difusión y Período de Licitación

En la oportunidad que determinen la Emisora y los Colocadores en forma conjunta a su solo criterio, luego de aprobada por parte de la CNV la oferta pública de las Obligaciones Negociables y en simultáneo o con posterioridad a la publicación de este Suplemento de Precio en la AIF, en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE y en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora, la Emisora y los Colocadores publicarán un aviso de suscripción por un día en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE, cuyas versiones en formato electrónico estarán disponibles en la Página Web Institucional de los respectivos mercados, y por todo el Período de Difusión y el Período de Licitación (según se definen más abajo), y en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE, en el que se indicará entre otros datos (1) la fecha de inicio y de finalización del período de difusión de las Obligaciones Negociables, el cual tendrá una duración no inferior a cuatro (4) días hábiles bursátiles y durante el cual se realizará la difusión pública de la información referida a la Emisora y a las Obligaciones Negociables y se invitará a inversores interesados a presentar las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables (el “Período de Difusión”), (2) la fecha de inicio y de finalización del período de licitación de las Obligaciones

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Negociables, el cual tendrá una duración no inferior a un (1) día hábil bursátil y durante el cual, sobre la base de tales órdenes de compra de inversores interesados, los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo podrán presentar las correspondientes ofertas a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE (el “Período de Licitación”), (3) los datos de contacto de los Colocadores, y (4) demás datos que pudieran ser necesarios, en su caso, incluyendo pero no limitado a los indicados en el art. 4, inciso a), del Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. En todos los casos el Período de Licitación deberá ser posterior al Período de Difusión.

Durante el Período de Difusión, se realizará la difusión pública de la información referida a la Emisora y a las Obligaciones Negociables, y se invitará a inversores a presentar a cualquier agente del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherente del mismo, las correspondientes órdenes de compra para suscribir Obligaciones Negociables. Durante el Período de Licitación, los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo podrán ingresar como ofertas a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE (las “Ofertas”), las órdenes de compra que hayan recibido de inversores interesados. Dichas órdenes de compra físicas que oportunamente presenten los inversores interesados, deberán detallar, entre otras cuestiones: i) el monto solicitado; y ii) la tasa solicitada expresada como porcentaje anual truncado a dos decimales (la “Tasa Solicitada”).

Los inversores interesados podrán presentar órdenes de compra sin indicar Tasa Solicitada alguna, las cuales serán consideradas como órdenes de compra no competitivas y así serán ingresadas las correspondientes Ofertas. Cada uno de los inversores podrá presentar sin limitación alguna, más de una orden de compra que contengan montos y/o Tasas Solicitadas distintas entre las distintas órdenes de compra del mismo inversor.

En virtud que solamente los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo pueden ingresar las Ofertas correspondientes a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE, los inversores que no sean agentes del MAE y/o adherentes del mismo deberán mediante las órdenes de compra correspondientes instruir a cualquier agente del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo para que, por cuenta y orden de los inversores en cuestión, presenten las correspondientes Ofertas antes de que finalice el Período de Licitación. Ni la Emisora ni los Colocadores tendrán responsabilidad alguna por las órdenes de compra presentadas a agentes del MAE y/o adherentes del mismo distintos de los Colocadores. Dichas órdenes de compra podrán ser presentadas por los inversores durante el Período de Licitación. Los inversores interesados en presentar órdenes de compra, deberán contactar a cualquier agente del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo con suficiente anticipación a la finalización del Período de Licitación, a fin de posibilitar que las correspondientes Ofertas sean ingresadas a través del sistema “SIOPEL” del MAE antes de que finalice el Período de Licitación. Ni la Emisora ni los Colocadores pagarán comisión y/o reembolsarán gasto alguno a los agentes del MAE (distintos de los Colocadores) y/o adherentes del mismo a través de los cuales se presenten Ofertas, sin perjuicio que estos últimos podrían cobrar comisiones y/o gastos directamente a los inversores que presenten Ofertas a través de los mismos.

La licitación pública que se realizará durante el Período de Licitación, será abierta. En virtud de ello, durante el Período de Licitación, los Colocadores, y los agentes del MAE (distintos de los Colocadores) que sean habilitados a tal efecto, podrán participar en la rueda y ver las Ofertas a medida que las mismas se vayan ingresando en el sistema a través del módulo de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE.

A dichos efectos, todos aquellos agentes del MAE que cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta para participar en la rueda sin más. Aquellos agentes del MAE que no cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores, también deberán solicitar a los mismos la habilitación para participar en la rueda, para lo cual deberán acreditar su inscripción ante la CNV como “Agente Registrado” en los términos de la Ley de Mercado de Capitales y entregar una declaración jurada en la que manifiesten que cumplen acabadamente con la Normativa de Prevención de Lavado de Activos (conforme se define más adelante) (incluyendo sin limitación la Ley de Prevención de Lavado de Activos, las normas de la Unidad de Información Financiera y las Normas de la CNV). En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse con una antelación mínima de 48 horas hábiles al inicio del Período de Licitación.

Todas las Ofertas serán irrevocables, firmes, vinculantes y definitivas a todos los efectos que pudiera corresponder, sin necesidad de ser ratificadas ni posibilidad de ser retiradas. Los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo que reciban órdenes de

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compra en relación con las Obligaciones Negociables, podrán rechazar aquellas que no cumplan con las normas aplicables y/o los requisitos establecidos en relación con las mismas, y/o con la Normativa de Prevención de Lavado de Activos (conforme se define más adelante en el presente Suplemento de Precio), aún cuando dichas órdenes de compra contengan una Tasa Solicitada inferior o igual a la Tasa Aplicable (o sean no competitivas), sin que tal circunstancia otorgue a los inversores que hayan presentado tales órdenes de compra derecho a compensación y/o indemnización alguna. Las órdenes de compra rechazadas quedarán automáticamente sin efecto. Los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) y/o adherentes del mismo a través de los cuales los correspondientes inversores presenten Ofertas, podrán solicitar a los mismos a su solo criterio y como condición previa a presentar las Ofertas por su cuenta y orden, información y/o documentación necesaria para verificar el cumplimiento de la Normativa de Prevención de Lavado de Activos y/o garantías suficientes que aseguren la integración de tales Ofertas en caso de resultar adjudicadas, y en caso que los correspondientes inversores no las suministraren, ningún agente del MAE (incluyendo, sin limitación, los Colocadores) ni ningún adherente del mismo estarán obligados a presentar las Ofertas en cuestión. En el caso de las Ofertas que se presenten a través de agentes del MAE y/o adherentes del mismo distintos de los Colocadores, tales agentes del MAE y/o adherentes del mismo serán respecto de tales Ofertas, los responsables de verificar el cumplimiento de la Normativa de Prevención de Lavado de Activos y de que existan garantías suficientes que aseguren la integración de tales Ofertas en caso de resultar adjudicadas, no teniendo los Colocadores responsabilidad alguna al respecto.

No podrán presentar órdenes de compra aquellas personas o entidades con domicilio, constituidas y/o residentes de los países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”, y/o aquellas personas o entidades que, a efectos de la suscripción o integración de las Obligaciones Negociables, utilicen cuentas bancarias localizadas o abiertas en entidades financieras ubicadas en un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal”.

El Decreto del Poder Ejecutivo Nº 589/2013 de fecha 27 de mayo de 2013 - el cual sustituyó el artículo 21.7 del decreto reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias, Decreto Nº 1344/1998 y sus modificaciones - estableció que se consideran países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, aquellos que suscriban con la Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, siempre que se cumplimente el efectivo intercambio de información. En virtud del mismo, la AFIP debía establecer los supuestos que se considerarían para determinar si existe o no intercambio efectivo de información y asimismo sería la encargada de efectuar el análisis y la evaluación del cumplimiento, en materia de efectivo intercambio de información fiscal, de los acuerdos de intercambio de información en materia tributaria y de los convenios para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, suscriptos por la Argentina; y de elaborar el listado de los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal. En este marco, con fecha 31 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) 3576 mediante la cual, por un lado, AFIP se dispuso que a partir del 1 de enero de 2014 difundiría a través de su sitio web (http://www.afip.gob.ar) el listado de países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regimenes tributarios especiales considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”; y, por el otro, a dichos efectos, estableció las siguientes categorías: a) Cooperadores que suscribieron Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, con evaluación positiva de efectivo cumplimiento de intercambio de información; b) Cooperadores con los cuales, habiéndose suscripto Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, no haya sido posible evaluar el efectivo intercambio, y c) Cooperadores con los cuales se ha iniciado el proceso de negociación o de ratificación de un Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información. El listado en cuestión ha sido publicado en la página web con fecha 7 de enero de 2014 y puede ser consultado en http://www.afip.gov.ar.

La Emisora a su sólo criterio podrá terminar y dejar sin efecto, suspender y/o prorrogar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación en cualquier momento del mismo, lo cual, en su caso, será informado (a más tardar el día anterior a la fecha en que finalice el período de que se trate o en el mismo día antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación fuere de un (1) día hábil bursátil) mediante un aviso complementario al presente que será publicado en la AIF, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL”, y por un día en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE, cuyas versiones en formato electrónico estarán disponibles en la Página Web Institucional de los respectivos mercados. La terminación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a

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los Colocadores ni otorgará a los inversores que hayan presentado órdenes de compra, ni a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan presentado Ofertas, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Licitación, todas las Ofertas que, en su caso, se hayan presentado hasta ese momento, quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación, las Ofertas presentadas con anterioridad a dicha suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación, sin penalidad alguna.

Ni la Emisora ni los Colocadores serán responsables por problemas, fallas, pérdidas de enlace, errores en la aplicación y/o caídas del software al utilizar el sistema “SIOPEL” del MAE. Para mayor información respecto de la utilización del sistema “SIOPEL” del MAE, se recomienda a los interesados leer detalladamente el “Manual del Usuario - Colocadores” y documentación relacionada publicada en la página web del MAE.

Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo

La oferta constará de un tramo competitivo (el “Tramo Competitivo”) y de un tramo no competitivo (el “Tramo No Competitivo”).

Las órdenes de compra presentadas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir Tasa Solicitada mientras que aquellas que se presenten bajo el Tramo No Competitivo no deberán incluir la Tasa Solicitada. Podrán participar del Tramo No Competitivo los inversores interesados que sean personas físicas o jurídicas que remitan a los Colocadores o a cualquier agente del MAE y/o adherentes del mismo, de manera individual o agregada, órdenes de compra por hasta un valor nominal de Ps. 50.000 en Obligaciones Negociables. Dichas órdenes de compra serán consideradas, a todos los efectos, como Ofertas. Las órdenes de compra recibidas por el Tramo No Competitivo que, de manera individual o agregada, superen el monto antes indicado de Ps. 50.000, serán rechazadas por el excedente. Asimismo todas las órdenes de compra por montos superiores a Ps. 50.000 serán consideradas presentadas bajo el Tramo Competitivo y deberán entonces indicar Tasa Solicitada.

La totalidad de Obligaciones Negociables, adjudicadas al Tramo No Competitivo no podrá superar el 50% de las Obligaciones Negociables.

Bajo el Tramo Competitivo, los inversores podrán presentar, sin limitación alguna, más de una orden de compra que contengan distintos montos y/o Tasas Solicitadas entre las distintas órdenes de compra del mismo inversor.

Determinación de la Tasa Aplicable; Adjudicación

Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación, las Ofertas serán ordenadas en forma ascendente en el sistema “SIOPEL” del MAE sobre la base de la Tasa Solicitada. Las Ofertas del Tramo No Competitivo serán agrupadas por separado. La Emisora teniendo en cuenta las condiciones de mercado vigentes (pudiendo para ello contar con el asesoramiento de los Colocadores), determinará si opta por adjudicar las Obligaciones Negociables o declarar desierta su colocación, conforme lo establecido más adelante, aún cuando hayan sido presentadas Ofertas.

En caso que decida adjudicar las Obligaciones Negociables, determinará el monto efectivo a emitir y la Tasa Aplicable. Dicha determinación será realizada mediante el sistema denominado “subasta o licitación pública” y a través del sistema “SIOPEL” del MAE, en virtud del cual:

(i) todas las Ofertas con Tasa Solicitada inferior a la Tasa Aplicable y todas las Ofertas

correspondientes al Tramo No Competitivo, serán adjudicadas a la Tasa Aplicable, estableciéndose, sin embargo, que a las Ofertas del Tramo No Competitivo en ningún caso se les adjudicará un monto de Obligaciones Negociables superior al 50% del monto final de las Obligaciones Negociables que será efectivamente emitido, y estableciéndose, asimismo, que en caso que las Ofertas del Tramo No Competitivo superen dicho 50%, las mismas serán adjudicadas a prorrata sobre la base del monto solicitado y sin excluir ninguna Oferta no competitiva;

(ii) todas las Ofertas con Tasa Solicitada igual a la Tasa Aplicable, serán adjudicadas a la Tasa

Aplicable a prorrata sobre la base del monto solicitado y sin excluir ninguna Oferta; y (iii) todas las Ofertas con Tasa Solicitada superior a la Tasa Aplicable no serán adjudicadas.

Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una Oferta fuera un monto que incluya

entre 1 y 99 centavos, tales centavos serán eliminados del monto a asignar a esa Oferta y asignados a

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cualquier otra Oferta con Tasa Solicitada igual a la Tasa Aplicable. Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una Oferta fuera un monto inferior al monto mínimo de suscripción, a esa Oferta no se le asignarán Obligaciones Negociables, y el monto de Obligaciones Negociables no asignado a tal Oferta será distribuido a prorrata entre las demás Ofertas con Tasa Solicitada igual a la Tasa Aplicable. Ni la Emisora ni los Colocadores tendrán obligación alguna de informar en forma individual a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes órdenes de compra) cuyas Ofertas fueron total o parcialmente excluidas, que las mismas fueron total o parcialmente excluidas. Las Ofertas no adjudicadas quedarán automáticamente sin efecto.

La Emisora a su solo criterio podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones

Negociables en cualquier momento, aún cuando hayan sido presentadas Ofertas. Dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Colocadores ni otorgará a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan ingresado Ofertas (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes órdenes de compra), derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso que se declare desierta la colocación de las Obligaciones Negociables, las Ofertas correspondientes quedarán automáticamente sin efecto.

Ni la Emisora ni los Colocadores garantizan a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que presenten Ofertas (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes órdenes de compra), que se les adjudicarán a tales Ofertas, Obligaciones Negociables y/o que, en su caso, los montos que se les adjudicarán serán los mismos montos de Obligaciones Negociables solicitados en las Ofertas. Dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Colocadores ni otorgará a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan ingresado Ofertas (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes órdenes de compra) derecho a compensación y/o indemnización alguna.

Aviso de Resultados

El monto final de Obligaciones Negociables que será efectivamente emitido, la Tasa Aplicable, la Fecha de Emisión, la Fecha de Vencimiento y demás datos que pudieran ser necesarios, en su caso, serán informados el mismo día de la finalización del Período de Licitación mediante un aviso de resultados que será publicado en la AIF, en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora, y por un día en el Merval a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE, cuyas versiones en formato electrónico estarán disponibles en la Página Web Institucional de los respectivos mercados.

Liquidación

Las sumas correspondientes a las Obligaciones Negociables adjudicadas deberán ser integradas en efectivo hasta las 14 horas de la Fecha de Emisión de las Obligaciones Negociables, mediante la transferencia electrónica de los pesos pertinentes a la cuenta que indiquen los Colocadores tal fin y/o mediante autorización a los Colocadores para que debite de una o más cuentas las sumas correspondientes.

En la Fecha de Emisión de las Obligaciones Negociables, una vez efectuada su integración, las mismas serán acreditadas en la cuentas depositante y comitente en Caja de Valores indicadas por los correspondientes agentes del MAE y/o adherentes del mismo.

En caso que las Ofertas adjudicadas no sean integradas en o antes de las 14 horas de la Fecha de Emisión de las Obligaciones Negociables, los Colocadores procederán según las instrucciones que les imparta la Emisora (que podrán incluir, entre otras, la pérdida por parte de los incumplidores, del derecho de suscribir las Obligaciones Negociables en cuestión sin necesidad de otorgarle la posibilidad de remediar su incumplimiento), sin perjuicio que dicha circunstancia no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Colocadores ni otorgará a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que hayan ingresado las correspondientes Ofertas (y/o a los inversores que hayan presentado a los mismos las correspondientes órdenes de compra) derecho a compensación y/o indemnización alguna, y sin perjuicio, asimismo, de la responsabilidad de los incumplidores por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione a la Emisora y/o a los Colocadores.

Gastos de la Emisión. Gastos a cargo de los obligacionistas.

Los gastos relacionados con la emisión de las Obligaciones Negociables estarán a cargo de la Emisora, incluyendo, sin limitación, (i) los honorarios de los Colocadores de las Obligaciones Negociables, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,7% del monto total ofrecido en

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suscripción, (ii) los honorarios de los abogados de los Colocadores y la Emisora, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,08% del monto total ofrecido en suscripción, (iii) los honorarios de la calificadora de riesgo, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,03% del monto total ofrecido en suscripción, (iv) aranceles de CNV, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,02% del monto total ofrecido en suscripción, (v) aranceles de MAE, Merval, BCBA y Caja de Valores, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,07% del monto total ofrecido en suscripción, (vi) impuestos derivados de la recepción de los fondos, los cuales no excederán de aproximadamente el 0,6% del monto total ofrecido en suscripción, y (vii) otros costos varios los cuales no excederán de aproximadamente el 0,04% del monto total ofrecido en suscripción. Los gastos totales estimados serán de $2.290.000 y los mismos han sido calculados a partir del valor nominal máximo de las Obligaciones Negociables, es decir $150.000.000.

Los inversores que reciban las Obligaciones Negociables no estarán obligados a pagar comisión alguna, excepto que, si un inversor realiza la operación a través de su corredor, operador, banco comercial, compañía fiduciaria u otra entidad, puede ocurrir que dicho inversor deba pagar comisiones a dichas entidades, las cuales serán de su exclusiva responsabilidad. Asimismo, en el caso de transferencias u otros actos o constancias respecto de las Obligaciones Negociables incorporadas al régimen de depósito colectivo, Caja de Valores se encuentra habilitada para cobrar aranceles a los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores de las Obligaciones Negociables (incluyendo por el traspaso del depósito colectivo al registro a cargo de Caja de Valores).

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USO DE LOS FONDOS

Los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán aplicados dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables.

Se estima que el ingreso global (neto de gastos y comisiones) esperado de fondos en relación con la emisión será de $ 147.700.000 en caso de que se coloque el monto máximo de Obligaciones Negociables, es decir un valor nominal de $150.000.000.

La Emisora utilizará el producido neto proveniente de la emisión de las Obligaciones Negociables, en cumplimiento de los requisitos del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, y otras reglamentaciones aplicables para: (i) el repago parcial de las Obligaciones Negociables Clase XIV y XVII de la Emisora por un capital de $38,2 millones y de $127,0 millones más sus intereses, con vencimiento en noviembre 2015 y enero 2016; (ii) el pago de intereses de otras obligaciones negociables emitidas por la Emisora; y (iii) a integración de capital de trabajo en el país y/o cualquiera de los supuestos contemplados en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables.

En tanto el ingreso neto de fondos producto de la colocación de las Obligaciones Negociables no sea el esperado por la Emisora, ésta, a su exclusivo criterio, será quien determine la prioridad de los destinos mencionados precedentemente lo cual será oportunamente informado en el plan de afectación de fondos.

Pendiente la aplicación de fondos de acuerdo al correspondiente plan, la Emisora podrá invertir transitoriamente los fondos derivados de la suscripción de las Obligaciones Negociables en títulos públicos e inversiones de corto plazo de alta calidad y liquidez, hasta tanto destine dichos fondos a uno o más de los fines enunciados anteriormente.

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CALIFICACION DE RIESGO

El Programa no cuenta con calificación de riesgo alguno. La Emisora ha optado por calificar las Obligaciones Negociables con una calificación de riesgo.

FIX Scr, que se halla inscripta en el Registro de Sociedades Calificadoras de Riesgo, ha

calificado con fecha 16 de julio de 2015 las Obligaciones Negociables con “A-(arg), perspectiva negativa.”. La categoría de calificación “A –(arg) ” indica una sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país. Sin embargo, cambios en las circunstancias o condiciones económicas pueden afectar la capacidad de repago en tiempo y forma en un grado mayor que para aquellas obligaciones financieras calificadas con categorías superiores.

Dicha calificación de riesgo puede ser modificada en cualquier momento y la misma no constituye una recomendación para comprar, mantener y/o vender las Obligaciones Negociables.

En virtud de lo establecido por el artículo 47 de la Sección X del Capítulo I del Título IX de las

Normas de la CNV, la calificadora de riesgo tendrá el deber de revisar en forma continua y permanente la calificación de riesgo de las Obligaciones Negociables, distribuyendo adecuada y equilibradamente los informes hasta la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables y debiendo efectuar como mínimo cuatro informes al año.

Sin perjuicio de lo indicado precedentemente la Emisora, a los efectos de dar cumplimiento a lo

dispuesto en el artículo 22, Capítulo I, Título IX de las Normas de la CNV, podrá designar otros agentes calificadores de riesgo para calificar las Obligaciones Negociables al término del plazo establecido en la norma.

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DECLARACIONES Y GARANTÍAS DE LOS POTENCIALES INVERSORES EN OBLIGACIONES NEGOCIABLES

La presentación de cualquier orden de compra y su consecuente Oferta implicará la declaración y garantía por parte de los oferentes, a la Emisora y a los agentes del MAE (incluyendo, sin limitación, a los Colocadores) y/o adherentes del mismo a través de los cuales presenten sus órdenes de compra que:

(a) está en posición de soportar los riesgos económicos de la inversión en las Obligaciones Negociables;

(b) ha recibido copia de, y ha revisado y analizado la totalidad de la información contenida en, el Prospecto del Programa (incluyendo los estados contables adjuntados al mismo), el presente Suplemento de Precio (incluyendo los estados contables trimestrales adjuntados al mismo) y todo otro documento relacionado con la emisión de las Obligaciones Negociables y las calificaciones de riesgo, y ha analizado las operaciones, la situación y las perspectivas de la Emisora, todo ello en la medida necesaria para tomar por sí mismo y de manera independiente su decisión de comprar las Obligaciones Negociables y compra las Obligaciones Negociables basándose solamente en su propia revisión y análisis;

(c) no ha recibido ningún tipo de asesoramiento legal, comercial, financiero, cambiario, impositivo y/o de otro tipo por parte de la Emisora ni de los Colocadores y/o de cualquiera de sus empleados, agentes, directores y/o gerentes, y/o de cualquiera de sus sociedades controlantes, controladas, vinculadas o sujetas al control común (o de sus empleados, agentes, directores y/o gerentes);

(d) no ha recibido de la Emisora ni de los Colocadores, información o declaraciones que sean inconsistentes, o difieran, de la información o de las declaraciones contenidas en el Prospecto del Programa (incluyendo los estados contables adjuntados al mismo), el presente Suplemento de Precio (incluyendo los estados contables trimestrales adjuntados al mismo) y todo otro documento relacionado con la emisión de las Obligaciones Negociables;

(e) conoce y acepta los términos descriptos en “Colocación y Adjudicación de las Obligaciones Negociables” en el presente Suplemento de Precio. Sin limitar lo expuesto precedentemente, el inversor interesado conoce y acepta que sus órdenes de compra (y las Ofertas que, en virtud de las mismas, presente cualquier agente del MAE (incluyendo a los Colocadores) y/o adherentes del mismo), serán firmes y vinculantes y sin posibilidad de retirarlas y/o revocarlas, excepto en los casos expresamente previstos;

(f) conoce y acepta que ni la Emisora ni los Colocadores garantizarán a los inversores interesados y a los agentes del MAE y/o adherentes del mismo que presenten Ofertas que (i) se les adjudicarán Obligaciones Negociables; ni que (ii) se les adjudicará el mismo valor nominal de Obligaciones Negociables solicitado en las Ofertas o en la orden de compra; ni que (iii) se les adjudicarán las Obligaciones Negociables a la Tasa Solicitada;

(g) conoce y acepta que la Emisora y los Colocadores tendrán derecho de rechazar cualquier Oferta u orden de compra en los casos y con el alcance detallado más abajo en “Colocación y Adjudicación de las Obligaciones Negociables” del presente Suplemento de Precio;

(h) no se encuentra radicado en un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal” (según el listado publicado por la AFIP en virtud de su Resolución General 3576 de AFIP y del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 589/2013 de fecha 27 de mayo de 2013), ni utiliza cuentas pertenecientes a entidades financieras radicadas en dichos países a efectos de realizar la suscripción e integración de las Obligaciones Negociables;

(i) acepta que la Emisora, conjuntamente con los Colocadores, podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables;

(j) (x) los fondos y valores que corresponden a la suscripción de las Obligaciones Negociables son provenientes de actividades lícitas relacionadas con su actividad; (y) que las informaciones consignadas en las Ofertas y en las órdenes de compra y para los registros de los Colocadores, son exactas y verdaderas, y (z) que tiene conocimiento de la Normativa de Prevención de Lavado de Activos; y

(k) conoce y acepta que las Obligaciones Negociables no integradas podrán ser canceladas el día hábil posterior a la Fecha de Emisión.

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LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACION DEL TERRORISMO

SE NOTIFICA A LOS SEÑORES INVERSORES QUE POR LEY Nº 25.246 (MODIFICADA POSTERIORMENTE POR LEY Nº 26.087, LEY Nº 26.119, LEY Nº 26.268 Y LEY NO 26.683) (LA “LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS” Y JUNTO CON LA NORMATIVA REGLAMENTARIA Y COMPLEMENTARIA APLICABLE, LA “NORMATIVA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS”) Y LEY N° 26.734 EL CONGRESO NACIONAL INCORPORA EL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO COMO DELITOS TIPIFICADOS EN EL CÓDIGO PENAL ARGENTINO Y EN CONSECUENCIA DISPONE QUE:

(1) SE REPRIMIRÁ CON PRISIÓN DE TRES A DIEZ AÑOS Y MULTA DE DOS A DIEZ VECES DEL MONTO DE LA OPERACIÓN AL QUE CONVIERTE, TRANSFIERE, ADMINISTRA, VENDE, GRAVA O DISIMULA DE CUALQUIER OTRO MODO PUSIERE EN CIRCULACIÓN EN EL MERCADO, BIENES PROVENIENTES DE UN ILÍCITO PENAL, CON LA CONSECUENCIA POSIBLE DE QUE EL ORIGEN DE LOS BIENES ORIGINARIOS O LOS SUBROGANTES ADQUIERAN LA APARIENCIA DE UN ORIGEN LÍCITO Y, SIEMPRE QUE EL VALOR DEL ACTIVO SUPERE LOS $300.000, YA SEA QUE TAL MONTO RESULTE O NO DE UNA O MÁS TRANSACCIONES;

(2) LA PENA PREVISTA EN EL ANTERIOR INCISO SERÁ AUMENTADA EN UN TERCIO DEL MÁXIMO Y EN LA MITAD DEL MÍNIMO, EN LOS SIGUIENTES CASOS: (I) CUANDO EL AUTOR REALIZARE EL HECHO CON HABITUALIDAD O COMO MIEMBRO DE UNA ASOCIACIÓN O BANDA FORMADA PARA LA COMISIÓN CONTINUADA DE HECHOS DE ESTA NATURALEZA; (II) CUANDO EL AUTOR FUERA FUNCIONARIO PÚBLICO QUE HUBIERA COMETIDO EL HECHO EN EJERCICIO U OCASIÓN DE SUS FUNCIONES. EN ESTE CASO, SUFRIRÁ ADEMÁS PENA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL DE TRES A DIEZ AÑOS. LA MISMA PENA SUFRIRÁ EL QUE HUBIERE ACTUADO EN EJERCICIO DE UNA PROFESIÓN U OFICIO QUE REQUIRIERAN HABILITACIÓN ESPECIAL;

(3) EL QUE RECIBIERE DINERO U OTROS BIENES PROVENIENTES DE UN ILÍCITO PENAL, CON EL FIN DE HACERLOS APLICAR EN UNA OPERACIÓN DE LAS PREVISTAS EN EL INCISO 1, QUE LES DÉ LA APARIENCIA POSIBLE DE UN ORIGEN LÍCITO, SERÁ REPRIMIDO CON LA PENA DE PRISIÓN DE SEIS MESES A TRES AÑOS;

(4) SI EL VALOR DE LOS BIENES NO SUPERARE LA SUMA INDICADA EN EL INCISO 1, EL AUTOR SERÁ REPRIMIDO CON LA PENA DE PRISIÓN DE SEIS MESES A TRES AÑOS;

(5) LAS DISPOSICIONES DE ESTE ARTÍCULO REGIRÁN AÚN CUANDO EL ILÍCITO PENAL PRECEDENTE HUBIERA SIDO COMETIDO FUERA DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN ESPACIAL DE ESTE CÓDIGO, EN TANTO EL HECHO QUE LO TIPIFICARA TAMBIÉN HUBIERA ESTADO SANCIONADO CON PENA EN EL LUGAR DE SU COMISIÓN.

ADICIONALMENTE, SE PREVÉ QUE CUANDO LOS HECHOS DELICTIVOS HUBIEREN SIDO REALIZADOS EN NOMBRE, O CON LA INTERVENCIÓN, O EN BENEFICIO DE UNA PERSONA DE EXISTENCIA IDEAL, SE IMPONDRÁN A LA ENTIDAD LAS SIGUIENTES SANCIONES CONJUNTA O ALTERNATIVAMENTE:

(1) MULTA DE DOS A DIEZ VECES EL VALOR DE LOS BIENES OBJETO DEL DELITO;

(2) SUSPENSIÓN TOTAL O PARCIAL DE ACTIVIDADES, QUE EN NINGÚN CASO PODRÁ EXCEDER DE DIEZ AÑOS;

(3) SUSPENSIÓN PARA PARTICIPAR EN CONCURSOS O LICITACIONES ESTATALES DE OBRAS O SERVICIOS PÚBLICOS O EN CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD VINCULADA CON EL ESTADO, QUE EN NINGÚN CASO PODRÁ EXCEDER DE DIEZ AÑOS;

(4) CANCELACIÓN DE LA PERSONERÍA CUANDO HUBIESE SIDO CREADA AL SOLO EFECTO DE LA COMISIÓN DEL DELITO, O ESOS ACTOS CONSTITUYAN LA PRINCIPAL ACTIVIDAD DE LA ENTIDAD;

(5) PÉRDIDA O SUSPENSIÓN DE LOS BENEFICIOS ESTATALES QUE TUVIERE;

(6) PUBLICACIÓN DE UN EXTRACTO DE LA SENTENCIA CONDENATORIA A COSTA DE LA PERSONA JURÍDICA.

PARA GRADUAR ESTAS SANCIONES, LOS JUECES TENDRÁN EN CUENTA EL INCUMPLIMIENTO DE REGLAS Y PROCEDIMIENTOS INTERNOS, LA OMISIÓN DE

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VIGILANCIA SOBRE LA ACTIVIDAD DE LOS AUTORES Y PARTÍCIPES, LA EXTENSIÓN DEL DAÑO CAUSADO, EL MONTO DE DINERO INVOLUCRADO EN LA COMISIÓN DEL DELITO, EL TAMAÑO, LA NATURALEZA Y LA CAPACIDAD ECONÓMICA DE LA PERSONA JURÍDICA. CUANDO FUERE INDISPENSABLE MANTENER LA CONTINUIDAD OPERATIVA DE LA ENTIDAD, O DE UNA OBRA, O DE UN SERVICIO EN PARTICULAR, NO SERÁN APLICABLES LAS SANCIONES PREVISTAS POR EL INCISO 2 Y EL INCISO 4.

A SU VEZ, LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS PREVÉ SANCIONES PECUNIARIAS. EN TAL SENTIDO, ESTABLECE QUE (1) SERÁ SANCIONADO CON MULTA DE CINCO A VEINTE VECES DEL VALOR DE LOS BIENES OBJETO DEL DELITO, LA PERSONA JURÍDICA CUYO ÓRGANO EJECUTOR HUBIERA RECOLECTADO O PROVISTO BIENES O DINERO, CUALQUIERA SEA SU VALOR, CON CONOCIMIENTO DE QUE SERÁN UTILIZADOS POR ALGÚN MIEMBRO DE UNA ASOCIACIÓN ILÍCITA TERRORISTA. CUANDO EL HECHO HUBIERA SIDO COMETIDO POR TEMERIDAD O IMPRUDENCIA GRAVE DEL ÓRGANO O EJECUTOR DE UNA PERSONA JURÍDICA O POR VARIOS ÓRGANOS O EJECUTORES SUYOS, LA MULTA A LA PERSONA JURÍDICA SERÁ DEL 20% AL 60% DEL VALOR DE LOS BIENES OBJETO DEL DELITO, Y (2) CUANDO EL ÓRGANO O EJECUTOR DE UNA PERSONA JURÍDICA HUBIERA COMETIDO EN ESE CARÁCTER EL DELITO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 22 DE ESTA LEY, LA PERSONA JURÍDICA SERÁ PASIBLE DE MULTA DE $ 50.000 A $ 500.000.

POR OTRA PARTE, EL RÉGIMEN PREVÉ UN RÉGIMEN PENAL ADMINISTRATIVO, ACTUALIZADO POR EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY 26.683, SEGÚN EL CUAL LA PERSONA QUE ACTUANDO COMO ÓRGANO O EJECUTOR DE UNA PERSONA JURÍDICA O LA PERSONA DE EXISTENCIA VISIBLE QUE INCUMPLA ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES ANTE LA UIF, SERÁ SANCIONADA CON PENA DE MULTA DE UNA A DIEZ VECES DEL VALOR TOTAL DE LOS BIENES U OPERACIÓN A LOS QUE SE REFIERA LA INFRACCIÓN, SIEMPRE Y CUANDO EL HECHO NO CONSTITUYA UN DELITO MÁS GRAVE. LA MISMA SANCIÓN SERÁ APLICABLE A LA PERSONA JURÍDICA EN CUYO ORGANISMO SE DESEMPEÑARE EL SUJETO INFRACTOR. ASIMISMO, CUANDO NO SE PUEDA ESTABLECER EL VALOR REAL DE LOS BIENES, LA MULTA SERÁ DE $ 10.000 A $ 100.000. LA ACCIÓN PARA APLICAR DICHAS SANCIONES PRESCRIBIRÁ A LOS CINCO AÑOS, DEL INCUMPLIMIENTO. IGUAL PLAZO REGIRÁ PARA LA EJECUCIÓN DE LA MULTA, COMPUTADOS A PARTIR DE QUE QUEDE FIRME EL ACTO QUE ASÍ LA DISPONGA. SIENDO EL OBJETO PRINCIPAL DE DICHA LEY IMPEDIR EL LAVADO DE ACTIVOS, NO ATRIBUYE LA RESPONSABILIDAD DE CONTROLAR ESAS TRANSACCIONES DELICTIVAS SOLO A LOS ORGANISMOS DEL GOBIERNO ARGENTINO SINO QUE TAMBIÉN ASIGNA DETERMINADAS OBLIGACIONES A DIVERSAS ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO TALES COMO BANCOS, AGENTES DE BOLSA, SOCIEDADES DE BOLSA Y COMPAÑÍAS DE SEGURO.

A FINES DE 2011, MEDIANTE LA SANCIÓN DE LAS LEYES Nº 26.733 Y Nº 26.734, PARA PROTEGER LAS ACTIVIDADES FINANCIERAS Y BURSÁTILES E IMPEDIR LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SE INTRODUJERON NUEVOS DELITOS AL CÓDIGO PENAL. POR UN LADO, LA LEY Nº 26.733 ESTABLECIÓ PENAS DE PRISIÓN, MULTA E INHABILITACIÓN PARA QUIEN: UTILICE O SUMINISTRE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA PARA REALIZAR TRANSACCIONES DE VALORES NEGOCIABLES (ARTÍCULO 307); MANIPULE LOS MERCADOS BURSÁLITES OFRECIENDO O REALIZANDO TRANSACCIONES DE VALORES NEGOCIABLES MEDIANTE NOTICIAS FALSAS, NEGOCIACIONES FINGIDAS O REUNIÓN DE LOS PRINCIPALES TENEDORES A FIN DE NEGOCIAR A DETERMINADO PRECIO (ARTÍCULO 309), Y REALICE ACTIVIDADES FINANCIERAS Y BURSÁTILES SIN LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACIÓN DE LA AUTORIDAD DE SUPERVISIÓN COMPETENTE (ARTÍCULO 310). POR OTRO LADO, MEDIANTE LA LEY Nº 26.734, SE INCORPORÓ AL CÓDIGO PENAL EL ARTÍCULO 306, QUE SANCIONA CON PENAS DE PRISIÓN Y MULTA A AQUEL QUE DIRECTA O INDIRECTAMENTE RECOLECTE BIENES O DINERO A SER UTILIZADOS PARA FINANCIAR A UN DELITO, INDIVIDUO U ORGANIZACIÓN QUE ATERRORICE A LA POBLACIÓN U OBLIGUE A AUTORIDADES NACIONALES, EXTRANJERAS O DE UNA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL A REALIZAR O ABSTENERSE DE REALIZAR UN DETERMINADO ACTO. LAS PENAS SE APLICARÁN INDEPENDIENTEMENTE SI EL DELITO FUERA COMETIDO O LA FINANCIACIÓN UTILIZADA. IGUALMENTE SERÁ PENADO SI EL DELITO, INDIVIDO U ORGANIZACIÓN QUE SE PRETENDE FINANCIAR SE DESARROLLE O ENCUENTREN FUERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. EN ASIMISMO, SE FACULTÓ A LA UIF QUE PUEDA CONGELAR LOS ACTIVOS

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VINCULADOS CON LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO MEDIANTE UNA RESOLUCIÓN FUNDADA Y COMUNICACIÓN INMEDIATA AL JUEZ COMPETENTE.

ASIMISMO, LA RECIENTE MODIFICACIÓN A LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS INTRODUJO DENTRO DE LAS CATEGORÍAS DE SUJETOS OBLIGADOS, ENTRE OTROS, A LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE ACTÚEN COMO FIDUCIARIOS, EN CUALQUIER TIPO DE FIDEICOMISO Y LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS TITULARES DE O VINCULADAS, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, CON CUENTAS DE FIDEICOMISOS, FIDUCIANTES Y FIDUCIARIOS EN VIRTUD DE CONTRATOS DE FIDEICOMISO. ESTAS OBLIGACIONES CONSISTEN BÁSICAMENTE EN FUNCIONES DE CAPTACIÓN DE INFORMACIÓN, CANALIZADAS MEDIANTE LA UIF.

MEDIANTE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, Y A FIN DE PREVENIR E IMPEDIR LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, SE CREÓ LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (LA “UIF”) BAJO LA JURISDICCIÓN DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN. El ARTÍCULO 14 DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS ESTABLECE CUÁLES SON AQUELLAS FACULTADES QUE TIENE LA UIF COMO ORGANISMO AUTÓNOMO Y AUTÁRQUICO QUE, DE ACUERDO CON LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS A LA LEY N° 25.246 SON: (I) SOLICITAR INFORMES, DOCUMENTOS, ANTECEDENTES Y TODO OTRO ELEMENTO QUE ESTIME ÚTIL PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES A CUALQUIER ORGANISMO PÚBLICO, NACIONAL, PROVINCIAL O MUNICIPAL, Y A PERSONAS FÍSICAS Y/O JURÍDICAS, PÚBLICAS O PRIVADAS, TODOS, LOS CUALES ESTÁN OBLIGADOS A PROPORCIONARLOS DENTRO DEL TÉRMINO QUE SE LES FIJE, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY. EN EL MARCO DEL ANÁLISIS DE UN REPORTE DE OPERACIÓN SOSPECHOSA LOS SUJETOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 20 NO PODRÁN OPONER A LA UIF EL SECRETO BANCARIO, FISCAL, BURSÁTIL O PROFESIONAL, NI LOS COMPROMISOS LEGALES O CONTRACTUALES DE CONFIDENCIALIDAD; (II) RECIBIR DECLARACIONES VOLUNTARIAS, QUE EN NINGÚN CASO PODRÁN SER ANÓNIMAS; (III) REQUERIR LA COLABORACIÓN DE TODOS LOS SERVICIOS DE INFORMACIÓN DEL ESTADO, LOS QUE ESTÁN OBLIGADOS A PRESTARLA EN LOS TÉRMINOS DE LA NORMATIVA PROCESAL VIGENTE; (IV) ACTUAR EN CUALQUIER LUGAR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS POR ESTA LEY; (V) SOLICITAR AL MINISTERIO PÚBLICO PARA QUE ÉSTE REQUIERA AL JUEZ COMPETENTE QUE RESUELVA LA SUSPENSIÓN, POR EL PLAZO QUE ÉSTE DETERMINE, DE LA EJECUCIÓN DE CUALQUIER OPERACIÓN O ACTO INFORMADO PREVIAMENTE CONFORME AL INCISO B) DEL ARTÍCULO 21 O CUALQUIER OTRO ACTO VINCULADO A ÉSTOS, ANTES DE SU REALIZACIÓN, CUANDO SE INVESTIGUEN ACTIVIDADES SOSPECHOSAS Y EXISTAN INDICIOS SERIOS Y GRAVES DE QUE SE TRATA DE LAVADO DE ACTIVOS PROVENIENTES DE ALGUNO DE LOS DELITOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY O DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO; (VI) SOLICITAR AL MINISTERIO PÚBLICO PARA QUE (1) REQUIERA AL JUEZ COMPETENTE EL ALLANAMIENTO DE LUGARES PÚBLICOS Y PRIVADOS, LA REQUISA PERSONAL Y EL SECUESTRO DE DOCUMENTACIÓN O ELEMENTOS ÚTILES PARA LA INVESTIGACIÓN Y (2) ARBITRE TODOS LOS MEDIOS LEGALES NECESARIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN DE CUALQUIER FUENTE U ORIGEN; (VII) DISPONER LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE CONTRALOR INTERNO EN LOS CASOS Y MODALIDADES QUE LA REGLAMENTACIÓN DETERMINE. A EFECTOS DE IMPLEMENTAR EL SISTEMA DE CONTRALOR INTERNO LA UIF ESTABLECERÁ LOS PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN IN SITU PARA EL CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 21 DE LA LEY Y DE LAS DIRECTIVAS E INSTRUCCIONES DICTADAS CONFORME LAS FACULTADES DEL ARTÍCULO 14 INCISO 10. EN EL CASO DE SUJETOS OBLIGADOS QUE CUENTEN CON ÓRGANOS DE CONTRALOR ESPECÍFICOS, ÉSTOS ÚLTIMOS DEBERÁN PROPORCIONAR A LA UIF LA COLABORACIÓN EN EL MARCO DE SU COMPETENCIA.; (VIII) APLICAR LAS SANCIONES PREVISTAS EN LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, DEBIENDO GARANTIZAR EL DEBIDO PROCESO; (IX) ORGANIZAR Y ADMINISTRAR ARCHIVOS Y ANTECEDENTES RELATIVOS A LA ACTIVIDAD DE LA PROPIA UIF O DATOS OBTENIDOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, PUDIENDO CELEBRAR ACUERDOS Y CONTRATOS CON ORGANISMOS NACIONALES, INTERNACIONALES Y EXTRANJEROS PARA INTEGRARSE EN REDES INFORMATIVAS DE TAL CARÁCTER; (X) EMITIR DIRECTIVAS E INSTRUCCIONES QUE DEBERÁN CUMPLIR E IMPLEMENTAR LOS SUJETOS OBLIGADOS POR LA LEY, PREVIA

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CONSULTA CON LOS ORGANISMOS ESPECÍFICOS DE CONTROL. LOS SUJETOS OBLIGADOS EN LOS INCISOS 6 Y 15 DEL ARTÍCULO 20 PODRÁN DICTAR NORMAS DE PROCEDIMIENTO COMPLEMENTARIAS A LAS DIRECTIVAS E INSTRUCCIONES EMITIDAS POR LA UIF, NO PUDIENDO AMPLIAR NI MODIFICAR LOS ALCANCES DEFINIDOS POR DICHAS DIRECTIVAS E INSTRUCCIONES.

DE ACUERDO CON LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, CUANDO LA UIF HAYA AGOTADO EL ANÁLISIS DE LA OPERACIÓN REPORTADA Y SURGIEREN ELEMENTOS DE CONVICCIÓN SUFICIENTES PARA CONFIRMAR SU CARÁCTER DE SOSPECHOSAS DE LAVADO DE ACTIVOS EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, ELLO SERÁ COMUNICADO AL MINISTERIO PÚBLICO.

LA RESOLUCIÓN Nº 121/2011 DE LA UIF Y SUS MODIFICATORIAS ESTABLECEN LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS (ENTENDIDAS COMO LAS ENTIDADES FINANCIERAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE LA LEY Nº 21.526, A LAS ENTIDADES SUJETAS AL RÉGIMEN DE LA LEY Nº 18.924, A LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS AUTORIZADAS POR EL BANCO CENTRAL PARA OPERAR EN LA COMPRAVENTA DE DIVISAS BAJO FORMA DE DINERO O DE CHEQUES EXTENDIDOS EN DIVISAS, O EN LA TRANSMISIÓN DE FONDOS DENTRO Y FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL) DEBERÁN OBSERVAR PARA PREVENIR, DETECTAR Y REPORTAR LOS HECHOS, ACTOS, OPERACIONES U OMISIONES QUE PUEDAN PROVENIR DE LA COMISIÓN DE LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, EN CONCORDANCIA CON LAS NORMAS DEL BANCO CENTRAL QUE REQUIEREN QUE LAS ENTIDADES FINANCIERAS TOMEN CIERTAS PRECAUCIONES MÍNIMAS PARA IMPEDIR EL LAVADO DE ACTIVOS BASÁNDOSE EN EL CONOCIMIENTO DE LA CLIENTELA PARA LA APERTURA Y MANTENIMIENTO DE CUENTAS, PRESTANDO ESPECIAL ATENCIÓN A SU FUNCIONAMIENTO A FIN DE EVITAR QUE PUEDAN SER UTILIZADAS EN RELACIÓN CON EL LAVADO DE ACTIVOS.

ENTRE OTRAS OBLIGACIONES, ESTOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN REPORTAR AQUELLAS OPERACIONES INUSUALES QUE, DE ACUERDO A LA IDONEIDAD EXIGIBLE EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD QUE REALIZAN Y EL ANÁLISIS EFECTUADO, CONSIDEREN SOSPECHOSAS DE LAVADO DE ACTIVOS O FINANCIACIÓN DE TERRORISMO PARA LO QUE TENDRÁN ESPECIALMENTE EN CUENTA LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS QUE SE DESCRIBEN A MERO TÍTULO ENUNCIATIVO: (A) LOS MONTOS, TIPOS, FRECUENCIA Y NATURALEZA DE LAS OPERACIONES QUE REALICEN LOS CLIENTES QUE NO GUARDEN RELACIÓN CON LOS ANTECEDENTES Y LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE ELLOS; (B) LOS MONTOS INUSUALMENTE ELEVADOS, LA COMPLEJIDAD Y LAS MODALIDADES NO HABITUALES DE LAS OPERACIONES QUE REALICEN LOS CLIENTES; (C) CUANDO TRANSACCIONES DE SIMILAR NATURALEZA, CUANTÍA, MODALIDAD O SIMULTANEIDAD, HAGAN PRESUMIR QUE SE TRATA DE UNA OPERACIÓN FRACCIONADA A LOS EFECTOS DE EVITAR LA APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE DETECCIÓN Y/O REPORTE DE LAS OPERACIONES. (D) GANANCIAS O PÉRDIDAS CONTINUAS EN OPERACIONES REALIZADAS REPETIDAMENTE ENTRE LAS MISMAS PARTES; (D) CUANDO LOS CLIENTES SE NIEGUEN A PROPORCIONAR DATOS O DOCUMENTOS REQUERIDOS POR LAS ENTIDADES O BIEN CUANDO SE DETECTE QUE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR LOS MISMOS SE ENCUENTRE ALTERADA; (E) CUANDO EL CLIENTE NO DA CUMPLIMIENTO A LA PRESENTE RESOLUCIÓN U OTRAS NORMAS DE APLICACIÓN EN LA MATERIA; (F) CUANDO SE PRESENTEN INDICIOS SOBRE EL ORIGEN, MANEJO O DESTINO ILEGAL DE LOS FONDOS UTILIZADOS EN LAS OPERACIONES, RESPECTO DE LOS CUALES EL SUJETO OBLIGADO NO CUENTE CON UNA EXPLICACIÓN; (G) CUANDO EL CLIENTE EXHIBE UNA INUSUAL DESPREOCUPACIÓN RESPECTO DE LOS RIESGOS QUE ASUME Y/O COSTOS DE LAS TRANSACCIONES INCOMPATIBLE CON EL PERFIL ECONÓMICO DEL MISMO; (H) CUANDO LAS OPERACIONES INVOLUCREN PAÍSES O JURISDICCIONES CONSIDERADOS “PARAÍSOS FISCALES” O IDENTIFICADOS COMO NO COOPERATIVOS POR EL GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL, E (I) CUANDO EXISTIERA EL MISMO DOMICILIO EN CABEZA DE DISTINTAS PERSONAS JURÍDICAS O CUANDO LAS MISMAS PERSONAS FÍSICAS REVISTIEREN EL CARÁCTER DE AUTORIZADAS Y/O APODERADAS EN DIFERENTES PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL, Y NO EXISTIERE RAZÓN ECONÓMICA O LEGAL PARA ELLO, TENIENDO ESPECIAL CONSIDERACIÓN CUANDO ALGUNA DE LAS COMPAÑÍAS U ORGANIZACIONES ESTÉN UBICADAS EN PARAÍSOS FISCALES Y SU ACTIVIDAD PRINCIPAL SEA LA OPERATORIA “OFF SHORE”.

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ASIMISMO, LAS ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS DEBERÁN CUMPLIR CON LO DISPUESTO POR LAS RESOLUCIONES Nº 11/2011 y N° 52/2012, SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS SOBRE PERSONAS EXPUESTAS POLÍTICAMENTE Y VERIFICAR QUE NO SE ENCUENTREN INCLUIDOS EN EL LISTADO DE TERRORISTAS Y/U ORGANIZACIONES TERRORISTAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO N° 918/2012 y EN LA RESOLUCIÓN Nº 29/2013.

SIN PERJUICIO DEL PLAZO MÁXIMO DE 150 DÍAS CORRIDOS ESTABLECIDO POR LA LEY DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS PARA REPORTAR CIERTAS OPERACIONES SOSPECHOSAS, LA RESOLUCIÓN DE LA UIF Nº 3/2014 ESTABLECIÓ QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN REPORTAR TODO HECHO U OPERACIÓN SOSPECHOSA DE LAVADO DE ACTIVOS DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS CORRIDOS, CONTADOS DESDE QUE LO HUBIERAN CALIFICADO COMO TALES Y, EN CASO DE SER SOSPECHOSAS DE FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, DEBERÁN REPORTARSE DENTRO DE LAS 48 HORAS.

ASIMISMO, LAS NORMAS DEL BANCO CENTRAL REQUIEREN QUE LOS BANCOS ARGENTINOS MANTENGAN EN UNA BASE DE DATOS LA INFORMACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS CLIENTES QUE REALICEN OPERACIONES -CONSIDERADAS INDIVIDUALMENTE- POR IMPORTES IGUALES O SUPERIORES A $ 40.000 (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS), ASIMISMO, DEBERÁN ALMACENAR LOS DATOS DE TODOS LOS CLIENTES A CUYO NOMBRE SE HALLEN ABIERTAS LAS CUENTAS O SE HAYAN REGISTRADO LAS OPERACIONES, Y AL FIN DE CADA MES CALENDARIO CONFORMAR UNA COPIA DE SEGURIDAD ("BACKUP") QUE DEBERÁ QUEDAR A DISPOSICIÓN DEL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA PARA SER ENTREGADA DENTRO DE LAS 48 HS. HÁBILES DE REQUERIDA.

EN FEBRERO DE 2015 ENTRÓ EN VIGENCIA LA COMUNICACIÓN “A” 5612 DEL BCRA, QUE ESTABLECE LA DISCONTINUIDAD OPERATIVA (CESE DE LA RELACIÓN CON EL CLIENTE) CUANDO NO SE PUDIERA DAR CUMPLIMIENTO A LA IDENTIFICACIÓN Y CONOCIMIENTO DEL MISMO, CONFORME A LO PREVISTO EN LA NORMATIVA VIGENTE. ESTA MEDIDA DEBERÁ MATERIALIZARSE DENTRO DE LOS 150 DÍAS CORRIDOS DE ADVERTIDAS LAS CIRCUNTANCIAS QUE LA MOTIVAN. SIN EMBARGO, CUANDO DEL ANÁLISIS DE LA ALERTA SE HUBIESE DETERMINADO QUE EL HECHO U OPERACIÓN BAJO ESTUDIO HUBIESE MERECIDO LA CALIFICACIÓN DE “SOSPECHOSO/A”, DEBERÁ PROCEDERSE A LA DISCONTINUIDAD OPERATIVA DEL CLIENTE DENTRO DE LOS 30 DÍAS CORRIDOS CONTADOS A PARTIR DE TAL CALIFICACIÓN.

MEDIANTE EL DICTADO DE LA RESOLUCIÓN Nº 229/2011, LA UIF APROBÓ LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS QUE SE DEBERÁN OBSERVAR EN EL MERCADO DE CAPITALES EN RELACIÓN CON LA PREVENCIÓN DE LA COMISIÓN DE LOS DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, REFIRIÉNDOSE A LA INFORMACIÓN A REQUERIR Y LAS MEDIDAS DE IDENTIFICACIÓN DE CLIENTES A SER LLEVADAS A CABO POR PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A INFORMAR, LA CONSERVACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, RECAUDOS QUE DEBEN TOMARSE Y PLAZOS PARA REPORTAR OPERACIONES SOSPECHOSAS (RESOLUCIÓN UIF N° 1/2012), POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS PARA PREVENIR EL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. TAMBIÉN ESTABLECE UN LISTADO DE TRANSACCIONES QUE SI BIEN NO CONSTITUYEN POR SÍ SOLAS O POR SU SOLA EFECTIVIZACIÓN O TENTATIVA, OPERACIONES SOSPECHOSAS, CONSTITUYEN UNA EJEMPLIFICACIÓN DE TRANSACCIONES QUE DEBERÁN SER ESPECIALMENTE TENIDAS EN CUENTA A LOS EFECTOS DE EFECTUAR UN REPORTE, SI ES QUE DE ACUERDO A LA IDONEIDAD EXIGIBLE EN FUNCIÓN DE LA ACTIVIDAD QUE REALIZAN Y EL ANÁLISIS EFECTUADO, LO CONSIDEREN SOSPECHOSAS DE LAVADO DE ACTIVOS O FINANCIACIÓN DE TERRORISMO. EFECTÚA ASIMISMO UNA CLASIFICACIÓN DE LOS CLIENTES, EN FUNCIÓN DEL TIPO Y MONTO DE LAS OPERACIONES, A SABER: (I) HABITUALES: CLIENTES QUE REALIZAN OPERACIONES POR UN MONTO ANUAL QUE ALCANCE O SUPERE LA SUMA DE PS.60.000 (PESOS SESENTA MIL) O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS, (II) OCASIONALES: AQUELLOS CUYAS OPERACIONES ANUALES NO SUPERAN LA SUMA DE PS.60.000 (PESOS SESENTA MIL) O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS, E (III) INACTIVOS: AQUELLOS CUYAS CUENTAS NO HUBIESEN TENIDO MOVIMIENTO POR UN LAPSO MAYOR AL AÑO CALENDARIO Y LA VALUACIÓN DE LOS ACTIVOS DE LAS MISMAS SEA INFERIOR A LOS PS. 60.000 (PESOS SESENTA MIL).

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POR SU PARTE, LAS NORMAS DE LA CNV DISPONEN QUE LOS AGENTES REGISTRADOS, Y TODOS AQUELLOS INTERMEDIARIOS EN LA COMPRA, ALQUILER O PRÉSTAMO DE TÍTULOS VALORES QUE OPEREN BAJO LA ÓRBITA DE MERCADOS AUTORIZADOS, LOS AGENTES DE CORRETAJE Y LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS QUE ACTÚEN COMO FIDUCIARIOS, EN CUALQUIER TIPO DE FIDEICOMISO Y LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS TITULARES DE O VINCULADAS, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, CON CUENTAS DE FIDEICOMISOS, FIDUCIANTES Y FIDUCIARIOS EN VIRTUD DE CONTRATOS DE FIDEICOMISO, LOS AGENTES DE NEGOCIACIÓN, LOS AGENTES DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN, LOS AGENTES DE COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN Y LOS AGENTES DE ADMINISTRACIÓN DE PRODUCTOS DE INVERSIÓN COLECTIVA DEBERÁN OBSERVAR LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 25.246, EN LAS NORMAS REGLAMENTARIAS EMITIDAS POR LA UIF Y DEMÁS REGLAMENTACIONES, INCLUYENDO DECRETOS DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL, CON REFERENCIA A LAS DECISIONES ADOPTADAS POR EL CONSEJO DE SEGURIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS, EN LA LUCHA CONTRA EL TERRORISMO Y DAR CUMPLIMIENTO A LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. ADICIONALMENTE, EL ARTÍCULO 5 DE LA SECCIÓN III DEL TÍTULO XI DE LAS NORMAS DE LA CNV ESTABLECE QUE LOS INTERMEDIARIOS DE CUALQUIER TIPO, INCLUSIVE LOS AGENTES DE COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN EN LA EMISIÓN DE TÍTULOS, SÓLO PODRÁN REALIZAR OPERACIONES EFECTUADAS U ORDENADAS POR PERSONAS CONSTITUIDAS, CON DOMICILIO O CON RESIDENCIA EN JURISDICCIONES O TERRITORIOS CONSIDERADOS “PAÍSES COOPERADORES” SEGÚN SE ESTABLECE EN EL DECRETO Nº 589/2013. ASIMISMO, EN CASO DE QUE LA OPERACIÓN FUERA EFECTUADA U ORDENADA POR PERSONAS CONSTITUIDAS, CON DOMICILIO O CON RESIDENCIA EN JURISDICCIONES O TERRITORIOS NO CONSIDERADOS “PAÍSES COOPERADORES”, PERO QUE REVISTAN LA CALIDAD DE AGENTES DE CORRETAJE REGISTRADOS EN UN MERCADO DE VALORES SUJETO AL CONTROL DE UNA AUTORIDAD CON FUNCIONES SIMILARES A LAS DE LA CNV, DICHA OPERACIÓN SÓLO PODRÁ SER EFECTUADA SI LA CNV HUBIERA SUSCRIPTO UN MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO, COOPERACIÓN E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON DICHA AUTORIDAD REGULADORA EXTRANJERA. LAS NORMAS DE LA CNV ESTABLECEN LA OBLIGATORIEDAD DE UTILIZAR SISTEMAS INFORMÁTICOS DE MERCADOS DE VALORES PARA LA COLOCACIÓN PRIMARIA POR OFERTA PÚBLICA DE VALORES NEGOCIABLES. DE ESTA MANERA, LOS AGENTES QUE OPERAN A TRAVÉS DE LOS MERCADOS DE VALORES PARTICIPARÁN EN TODA LICITACIÓN PÚBLICA DE VALORES NEGOCIABLES Y, COMO CONSECUENCIA DE ELLO, DICHOS AGENTES SERÁN RESPONSABLES POR SU ACTUACIÓN EN TALES LICITACIONES EN CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE, INCLUYENDO EL RÉGIMEN DE LAVADO DE DINERO VIGENTE, EN FUNCIÓN DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 6 SECCIÓN I CAPÍTULO IV TÍTULO VI DE LAS NORMAS DE LA CNV. PARA UN ANÁLISIS MÁS EXHAUSTIVO DEL RÉGIMEN DE LAVADO DE ACTIVOS VIGENTE AL DÍA DE LA FECHA, SE SUGIERE A LOS INVERSORES CONSULTAR CON SUS ASESORES LEGALES Y DAR UNA LECTURA COMPLETA DEL TITULO XIII, LIBRO SEGUNDO, DEL CÓDIGO PENAL ARGENTINO, A CUYO EFECTO LOS INTERESADOS PODRÁN CONSULTAR EL MISMO EN EL SITIO WEB DEL MECON HTTP://WWW.MECON.GOV.AR, O HTTP://WWW.INFOLEG.GOV.AR.

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INFORMACIÓN ADICIONAL

Documentos disponibles

Tanto el presente Suplemento de Precio como el Prospecto del Programa (incluyendo los estados contables que se adjuntan a los mismos) se encuentran durante el Período de Difusión, a disposición de los interesados: (a) en su versión impresa, en el horario habitual de la actividad comercial, en el domicilio de: (i) la Emisora, sito en la calle Bartolomé Mitre 434, Piso 5°, (C1036AAH), de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono número (54-11) 4340-3108; (ii) Banco Santander Río S.A., sito en la calle Bartolomé Mitre 480 (C1036ABH) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono (54-11) 4341-1140; y (iii) Banco Supervielle S.A., sito en la calle Bartolomé Mitre 434, (C1003ABH) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, teléfono (54-11) 4324-8000 y (b) en formato electrónico, en el sitio de Internet de la CNV, http://www.cnv.gob.ar (en el ítem “Información Financiera”), en el sitio web de Banco Supervielle S.A. (www.supervielle.com.ar), principal inversión de la Emisora, y en el micro sitio web de licitaciones del sistema “SIOPEL” del MAE.

Se deja constancia que todas las publicaciones que deban ser realizadas en la página web institucional de la Emisora de conformidad con lo establecido en el artículo 4 inciso a) del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV serán hechas al primer momento posible en función de que dicha página web aún no se encuentra activa.

Controles de cambio

Véase “Información Adicional - Controles de Cambio” del Prospecto del Programa. Asimismo, se sugiere también la lectura del Decreto Nº 616/05 con sus reglamentaciones y normas complementarias y/o modificatorias, disponibles en el sitio web del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (www.mecon.gov.ar) o el del BCRA (www.bcra.gov.ar), según corresponda.

Tratamiento Impositivo

Véase “Información Adicional - Carga Tributaria” en el Prospecto del Programa.

Cambios Significativos

Desde el 31 marzo de 2015 y hasta la fecha del presente Suplemento de Precio, no han ocurrido cambios significativos en la situación de la Emisora, que no hayan sido descriptos en el presente Suplemento de Precio.

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Emisora

GRUPO SUPERVIELLE S.A. Bartolomé Mitre 434, Piso 5°,

(1036AAH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina

Colocadores

Banco Supervielle S.A. Bartolomé Mitre 434, Piso 3°

(1036AAH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina

Banco Santander Río S.A. Bartolomé Mitre 480, Piso 8°

(C1036AAH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina

Asesores Legales de la Emisora

Cabanellas • Etchebarne • Kelly Edificio Catalinas Plaza - Av. E. Madero 900, Piso 16

(C1106ACV), Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina

Asesores Legales de los Colocadores

Errecondo, González & Funes Torre Fortabat - Bouchard 680

(C1106ABH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

República Argentina

Auditores de la Emisora

Price Waterhouse & Co. S.R.L. Bouchard 557, Piso 7

(C1106ABG) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina