Gestión de nóminas

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GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUROS SOCIALES

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Gestión de nóminas

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Page 1: Gestión de nóminas

GESTIÓN DE NÓMINAS

Y SEGUROS SOCIALES

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OBJETIVOS DEL MÓDULO

Conocer los aspectos básicos de una nómina y confeccionar recibos de salarios.

Elaborar Boletines de cotización (TC-1) y de relación nominal de trabajadores (TC-2).

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o

Origen de la palabra “SALARIO”: Viene de “salarium”, de “sal”, porque era costumbre antigua dar a los servidores domésticos una cantidad fija de ese producto.

Origen de la palabra “SUELDO”: Viene de la dicción “soldada”, paga que percibía por su actividad el hombre dedicado al servicio de las armas.

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¿QUE DEBEMOS ENTENDER POR SALARIO? (art. 26.1 ET).

Totalidad de las percepciones económicas en dinero o en especie.

Prestación de servicios laborales por cuenta ajena.

Retribuyen trabajo efectivo o los períodos de descanso computables.

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FIJACIÓN DE LA CUANTIA DEL SALARIO.

Existe libertad de pacto, con los siguientes límites:

Salario Mínimo Interprofesional (art. 27 ET): fijada por el Gobierno mediante R.D. 21,38 €/día o 641,40 €/mes.

Salario Mínimo Profesional: Fijado por Convenio Colectivo y aplicable a trabajadores objeto del ámbito de aplicación de éste.

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ESTRUCTURA DEL RECIBO DE SALARIOS

Encabezamiento:

Cuerpo de la nómina:

Pie de nómina:

- Datos de identificación de la empresa.

- Datos de identificación del trabajador contratado.

- Período de Liquidación.

- Devengos: percepciones salariales y no salariales.

- Deducciones: Seg. Social, IRPF, anticipos, otras deducciones.

- Bases de cotización y retención.

Ajustada al modelo aprobado por Orden MT de 27 de dic. 1994, salvo que por Convenio Colectivo o, en su defecto, por acuerdo de la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo.

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DEVENGOS

Retribuyen el trabajo efectivo.

Consecuencia de la relación de trabajo, pero no retribuyen ni el trabajo efectivo ni los períodos de descanso.

Percepciones de carácter salarial:

Percepciones de carácter no salarial:

Aplicación práctica: Las percepciones salariales cotizan, mientras que las de carácter no salarial no lo hacen en cuanto no excedan de determinada cuantía.

Devengos: suma total de las cantidades que percibe el trabajador por:

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PERCEPCIONES SALARIALES

Retribución por unidad de tiempo.

Retribución por unidad de obra.

Salarios mixtos.

Se suman al salario base.

Responden a determinadas causas en la prestación laboral.

Salario base Complementos salariales

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CLASIFICACIÓN COMPLEMENTOS SALARIALES

Personales: antigüedad, conocimientos especiales.

Del puesto de trabajo: responsabilidad, nocturnidad, disponibilidad, toxicidad, peligrosidad, suciedad, turnicidad.

Por calidad o cantidad: incentivos a la producción, asistencia y puntualidad, comisiones, h. extras y complementarias.

De vencimiento periódico superior al mes (no esporádicas): pagas extras, participación en beneficios.

En especie (en virtud de CC o contrato): utilización de vivienda o de vehículos, contribuciones a planes de pensiones.

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PERCEPCIONES NO SALARIALES:

Indemnizaciones o suplidos por gastos relacionados con el trabajo: quebranto de moneda, desgastes de herramientas o para adquirir prendas de trabajo, gastos de locomoción, dietas, plus de distancia, de transporte y equivalentes, compensación por gastos de traslado.

Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social: IT, maternidad, riesgo durante el embarazo, indemnizaciones S. Soc.

Indemnizaciones por traslados, suspensiones, despidos o ceses.

Otras percepciones no salariales: liberalidades en dinero o especie, indemnizaciones por violación de derechos fundamentales, premios de fidelidad o vinculación.

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COTIZACIÓN Y RETENCION EN PERCEPCIONES NO SALARIALES (1)

Importe Exento Computa

Hasta el 20% del IPREM - El importe

Hasta el 20% del IPREM - El importe

0,19 €/Km + gastos de peaje y aparcamiento

justificados

0,19 €/Km + gastos de peaje y

aparcamiento justificados

El exceso

El gasto total El gasto total -

Sin justificación

Ropa de trabajo, Quebranto moneda y Desgaste de útiles y herramientas (en conjunto)

SEGURIDAD SOCIAL Importe Exento

Gastos de Locomoción

(1)

Con factura

Plus de Transporte urbano y distancia (en conjunto)

CONCEPTOSIRPF

IPREM mensual 2012: 532,51€

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COTIZACIÓN Y RETENCION EN PERCEPCIONES NO SALARIALES (2)

Importe Exento ComputaImporte justificado Importe justificado -

Cuantía legal Cuantía legalEl exceso sobre la

cuantía legal

Cuantía legal Cuantía legalEl exceso sobre la

cuantía legal

SEGURIDAD SOCIAL Importe ExentoCONCEPTOS

IRPF

Gastos de estancia

Gastos de manutención

Con Pernocta

El exceso

España 53,34 €/día

España 26,67 €/día

España 53,34 €/día

España 26,67 €/díaSin Pernocta

Prestaciones de la Seguridad Social

Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos

Dietas

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DEDUCCONES

Deducciones por cuotas a la Seguridad Social (CC, D, FP, HE).

Retenciones por IRPF.

Anticipos percibidos por el trabajador.

El valor de los productos recibidos en especie.

Otras deducciones (cuota sindical, ausencias no justificadas o huelga, vacaciones no devengadas y disfrutadas, pagos indebidos)

Se restan al total devengado. Destacamos:

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BASES DE COTIZACIÓN

Contingencias Comunes

Contingencias Profesionales

Desempleo.

Fondo de Garantía Profesional.

Formación Profesional.

Cotización adicional por horas extraordinarias

Se determina en función de las cantidades percibidas por el trabajador y varían según la contingencia protegida:

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CONTINGENCIAS PROTEGIBLES: CONTINGENCIAS COMUNES        

Incapacidad Temporal

Incapacidad Permanente Derivadas de EC y ANL

Muerte y Supervivencia

Maternidad, adopción y acogimiento

JubilaciónSon cubiertas tanto por el empresario como por el trabajador.

Page 16: Gestión de nóminas

 

    

CUANTIA BASE COTIZACION POR CONTINGENCIAS COMUNES      

Percepciones salariales (salvo h. extras)Retribuciones computables devengadas Exceso de percepciones no salariales

+ Prorrata de Pagas Extras (Nº de pagas extras x el importe÷12)

= Base de Cotización por Contingencias Comunes

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- Son cubiertas únicamente por el empresario.

- Base de Cotización por CP = Base de Cotización por CC + h. extras. 

            

 

CONTINGENCIAS PROTEGIBLES: CONTINGENCIAS PROFESIONALES        

Incapacidad Temporal

Incapacidad Permanente Derivadas de EP y AL

Muerte y Supervivencia

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OTRAS CONTINGENCIAS PROTEGIBLES  

            

Desempleo. cubiertas tanto por el empresario como por el trabajador (misma cuantía BCCP).

Fondo de Garantía Profesional. garantiza los salarios, indemnizaciones y salarios de tramitación. Son cubiertas únicamente por el empresario (misma cuantía BCCP).

Formación Profesional. destinadas a fines de formación y reciclaje profesional. Son cubiertas tanto por el empresario como por el trabajador (misma cuantía BCCP).

Cotización adicional por horas extraordinarias. Penalizar su realización. Son cubiertas tanto por el empresario como por el trabajador. (cuantía BCHE: importe de horas extras).

 

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    Grupo de

Cotización Categorías Profesiones Bases mínimaseuros/mes

Bases máximaseuros /mes

1 Ingenieros y Licenciados. 1.045,20 € 3.230,10 €

2 Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 867,00 € 3.230,10 €

3 Jefes Administrativos y de Taller 754,20 € 3.230,10 €

4 Ayudantes no Titulados 748,20 € 3.230,10 €

5 Oficiales Administrativos 748,20 € 3.230,10 €

6 Subalternos 748,20 € 3.230,10 €

7 Auxiliares Administrativos 748,20 € 3.230,10 €

   

BASES DE COTIZACION MINIMA Y MAXIMACONTINGENCIAS COMUNES 2012 (1)

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BASES DE COTIZACION MINIMA Y MAXIMACONTINGENCIAS COMUNES 2012 (2)

Grupo de Cotización Categorías Profesiones Bases mínimas

euros/díaBases máximas

euros /día

8 Oficiales de primera y segunda 24,94 € 107,67 €

9 Oficiales de tercera y Especialistas 24,94 € 107,67 €

10 Peones 24,94 € 107,67 €

11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional

24,94 € 107,67 €

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CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADORES TOTAL

Comunes 23,60 % 4,70 % 28,30 %

Horas Extraordinarias Fuerza Mayor 12,00 % 2,00 % 14,00 %

Resto Horas Extraordinarias 23,60 % 4,70 % 28,30 %

DESEMPLEO EMPRESA TRABAJADORES TOTAL

Tipo General (indefinido) 5,50 % 1,55 % 7,05 %

Contrato duración determinada Tiempo Completo

6,70 % 1,60 % 8,30 %

Contrato duración determinada Tiempo Parcial 7,70 % 1,60 % 9,30 %

   

TIPOS DE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES 2012 (1)

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EMPRESA TRABAJADORES TOTAL

FORMACIÓN PROFESIONAL 0,60 % 0,10 % 0,70 %

FOGASA 0,20 % ------ 0,20 %

   

TIPOS DE COTIZACION CONTINGENCIAS COMUNES 2012 (2)

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TIPOS COTIZACION CONTINGENCIAS PROFESIONALES 2012.

A modo de ejemplo: Códigos CNAE-2009 y Tipos de cotizacióntítulo de la actividad económica IT IMS Total12 Industria del tabaco …………………………1,00 0,80 1,80

   

MÁXIMO MÍNIMO

3.230,10 € 748,20 €

   

BASES DE COTIZACION MINIMA Y MAXIMACONTINGENCIAS PROFESIOALES 2012

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