Generalidades de los planes de emergencia

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Curso: Planes de Emergencia

Generalidades y Aspectos Legales

Planes de Emergencia

GENERALIDADES Y ASPECTOS LEGALES

Las situaciones de emergencia que se presentan en el ambiente de trabajo tienen

como consecuencia importantes pérdidas para la sociedad que deben disminuirse con

la puesta en marcha de actividades de prevención.

Las condiciones del medio relacionadas con el hombre y su progreso pueden originar

situaciones de emergencia que desencadenan accidentes y otro tipo de consecuencias

que ponen en riesgo la estabilidad de las empresas. Por lo anterior, se hace necesario

que toda organización establezca un plan de emergencia que permita prevenir y

afrontar éstas situaciones

Esta primera semana se abarcarán las generalidades de los planes de emergencia y el

marco legal que rige su establecimiento y funcionamiento dentro de la organización en

el territorio nacional. En las semanas posteriores se estudiará más a fondo cada uno de

los temas tratados en ésta primera unidad del curso.

Dentro de los temas a tratar esta semana se encuentran:

Generalidades de los planes de emergencias

Clasificación de las emergencias

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Generalidades de las Brigadas de emergencia

Marco Legal

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1. GENERALIDADES DE LOS PLANES DE EMERGENCIA

1.1 Definición

Un plan de emergencias es un conjunto de normas y procedimientos generales

destinados a prevenir y a controlar en forma oportuna y adecuada, las situaciones de

riesgo de una empresa.

Se basa en el análisis de vulnerabilidad, y su fin primordial es definir las acciones a

seguir en cualquier situación de emergencia o de desastre.

1.2 Clasificación

Teniendo en cuenta la complejidad del plan:

1. Plan nacional de emergencias

2. Planes de emergencia, de contingencia integral o de ayuda mutua

3. Planes de emergencia empresariales

4. Planes de contingencia

1.2.1 Plan nacional de emergencias

Es el plan general para la prevención y atención de desastres en el país, establecido a

través del Decreto 919 de 1989.

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Su elaboración, dirección y administración le corresponde a la Oficina Nacional de

Prevención y Atención de Desastres y su aprobación al Comité Nacional de Prevención

y Atención de desastres.

Estas organizaciones no son operativas sino de dirección, coordinación y

establecimiento de políticas. La parte operativa, le corresponde a otros estamentos del

estado del orden público o privado.

Partiendo de la premisa de que la prevención y la atención de desastres es un

compromiso de todos, se responsabiliza a todos los niveles gubernamentales: nacional,

departamental y municipal de la organización de los comités regionales locales de

prevención de desastres.

1.2.2 Plan de emergencia de contingencia integral o de ayuda mutua

Es un plan intersectorial, formado por diferentes planes de emergencia empresariales

que busca coordinar funciones y actividades de varias empresas para afrontar

situaciones de emergencia.

Su objetivo es optimizar y compartir los recursos humanos y técnicos, poniéndolos a

disposición de una empresa que se declare en emergencia y cuyas posibilidades de

control sean sobrepasadas por la magnitud del riesgo.

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1.2.3 Plan de emergencia empresarial

Es el conjunto de normas y procedimientos que deben tenerse en cuenta en cualquier

situación de emergencia en la empresa.

Cualquiera que sea la modalidad del plan que vaya a elaborarse se tendrá que definir:

Los objetivos: para qué y para quienes se va a elaborar

Las estrategias: cómo se va a realizar

Los recursos: con qué y con quienes se va a realizar.

Debe contener entre otros:

PEI inventario de riesgos de la empresa.

El análisis de vulnerabilidad

El inventario de recursos humanos y técnicos disponibles para una situación de

emergencia.

La estructura administrativa y jerárquica ante una situación de emergencia.

Las funciones precisas que deben cumplir las personas o las instituciones que pueden

intervenir ante una situación de emergencia.

Los sistemas y procedimientos de actuación en cada situación de riesgo.

1.2.4 Planes de contingencia

Son planes de emergencia específicos, destinados a la prevención y control de

amenazas particulares identificadas por áreas de trabajo o por empresa.

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También se denominan planes de acción porque determinan para cada grupo de

trabajo, los pasos a seguir y los recursos a utilizar durante cada una de las fases de la

emergencia.

Son indicadores primarios del nivel de compromiso que la empresa tiene para la

prevención y el control de las amenazas presentes en su organización laboral. Los

planes de contingencia hacen parte del plan empresarial de emergencias.

1.3 Características de un plan de emergencia

Todo plan de emergencia debe ser:

Integral: que involucre todas las áreas internas y externas de la empresa.

Multidisciplinario: que involucre todas las actividades de la empresa.

Actualizado, con el fin de disponer de recursos y de procesos modernos.

Práctico: de manera que las actividades a realizar sean flexibles, claras y efectivas en

cualquier situación y para cualquier persona.

De fácil divulgación: debe contemplar la coordinación con los planes de los diferentes

niveles de organización y ejecución: sectoriales, locales, municipales, etc.

Debe tener un análisis de consto-beneficios para la disposición racional de los

recursos.

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1.4 Requisitos del plan de emergencia

Debe ser escrito en un documento de fácil acceso y comprensión para todos los

trabajadores.

De conocimiento y aprobación por todos los trabajadores: directivos y operativos.

Practicado por todos: directivos y operarios.

Aprobado a través de los simulacros

Enseñando en jornadas de capacitación programadas.

Evaluado periódicamente.

Actualizado periódicamente.

Se recomienda además que al finalizar la elaboración de un plan de emergencia se

verifique si responde satisfactoriamente a las siguientes preguntas.

¿Qué hay que hacer?

¿Cómo debe hacerse?

¿Quién lo debe hacer?

¿Para qué se hace?

¿Cuándo debe hacerse?

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1.5 Dirección del Plan

Aunque la ejecución del plan sea una actividad multidisciplinaria, la dirección del

mismo, debe ser encargada a una persona en particular, que reúna los siguientes

requisitos:

Experiencia y conocimiento del tema

Capacidad de liderazgo y del uso de autoridad

Capacidad de mando en situaciones de crisis

Motivación y compromiso

Pensamiento estratégico.

1.6 Ejecución del Plan

Un plan de emergencias o de contingencias específicas, es responsabilidad de todos,

pero de la misma forma que debe tener una persona que lo dirija, debe tenerse un

grupo experto que lo ejecute: LA BRIGADA DE EMERGENCIAS EMPRESARIALES; la

conformación y funcionamiento de las brigadas de emergencia se describirá más

adelante.

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2. CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS

2.1 Según su origen:

2.1.1 Tecnológicas: Generadas por la actividad económica de la empresa.

Incendios, explosiones, derrames, fugas.

2.1.2 Naturales: Desencadenadas por fenómenos de la naturaleza.

2.1.2.1 Meteorológicos o climáticos: Huracanes, terremotos, tormentas de nieve,

granizadas, ciclones, incendios forestales, inundaciones, sequías, olas de calor, olas de

frío.

2.1.2.2 Geológicos: Terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, deslizamientos de

tierra, deslizamientos de lodo, avalanchas.

2.1.2.3 Biológicos: Epidemias de enfermedades infecciosas, plagas.

2.1.2.4 Sociales: Emergencias ocasionadas por conflictos sociales, acciones

vandálicas por conflictos sociales, acciones vandálicas o terroristas.

Guerras convencionales o no convencionales: Desastres civiles, protesta urbana,

actividades colectivas, hambrunas, accidentes en transporte.

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2.2 Según su gravedad:

2.2.1 Conato de Emergencia: Puede ser controlada de manera sencilla por el

personal del área, afecta a un equeño sector de la empresa

2.2.2 Emergencia parcial: Requiere la actuación de una brigada especial, la

emergencia se presenta en un sector específico de la empresa.

2.2.3 Emergencia General: Emergencia que para su control requiere la actuación de

todos los equipos y brigadas.

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3. GENERALIDADES DE LAS BRIGADAS DE EMERGENCIA

La brigada de emergencia es una organización compuesta por personas debidamente

motivadas, entrenadas y capacitadas, que en razón de su permanencia y nivel de

responsabilidad asumen la ejecución de procedimientos administrativos u operativos

necesarios para prevenir o controlar la emergencia.

Actúan en forma oportuna y eficaz ante la emergencia, con el objeto de minimizar sus

efectos.

Entre sus integrantes se recomienda no se encuentren los mismos del comité paritario

de salud ocupacional, con el objeto de evitar distorsiones en ambas organizaciones. La

brigada de emergencia si bien apoya las actividades de prevención de desastres y

accidentes en la empresa, no reemplaza la organización propia requerida para el

desarrollo del programa de salud ocupacional.

Se constituye, en consecuencia, en un recurso expedito para la prevención, actuación y

mitigación de emergencias.

Propósito:

Promover un cambio de actitud orientado a crear una cultura preventiva, fundamentada

en la necesidad de controlar y manejar en forma organizada las condiciones laborales

causantes de desastres, con el fin de disminuir la siniestralidad y proteger la salud de

los trabajadores y los bienes materiales de la empresa.

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Objetivos del Establecimiento de la Brigada de Emergencia:

• Informar a las directivas y los trabajadores sobre la legislación que reglamenta la

institucionalización de la brigada de emergencia en la empresa.

• Instruir a las directivas y trabajadores de la empresa acerca de la importancia y los

beneficios que conlleva el establecimiento de las brigadas de emergencia de la

empresa.

• Orientar a la empresa y los trabajadores en relación con la creación y el

funcionamiento de la brigada de emergencia.

• Capacitar al personal de la empresa en el conocimiento de las condiciones de trabajo

potencialmente lesivas o peligrosas. Con base en un programa y mapa de amenazas

potenciales de emergencia, con su respectivo análisis de vulnerabilidad, valorar los

sucesos desastrosos con el objeto de prepararse anticipadamente en la forma

adecuada de evitarlos y controlarlos.

• Establecer procedimientos sobre la organización y el funcionamiento de la brigada de

emergencia, para su promoción y difusión en las empresas.

• Informar y familiarizar a las personas en lo concerniente al plan de emergencia

empresarial y de aquellos específicos por sitios y áreas de trabajo, tendientes a la

evacuación. Así mismo, en relación a las señales y alarmas que indican el

procedimiento a seguir en el evento de la emergencia.

• Fomentar la prevención de desastres y la actitud positiva de anticiparse a las posibles

consecuencias, prepararse de manera suficiente y actuar acertadamente antes,

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durante y después de la emergencia. Esta preparación se hace extensiva al control del

pánico, el cual en la práctica suele potenciar los efectos no deseables de la

emergencia.

• Capacitar a los directivos y los trabajadores en relación con la organización y

prestación de los primeros auxilios en la empresa, acorde con las necesidades y

aspectos específicos derivados de la actividad económica de la misma. Así mismo, en

relación con la prevención y control de incendios, los métodos y sistemas manuales y

automáticos de extinción, los sistemas de alarma y planes de evacuación y las

maniobras de rescate y de transporte de personas, además de pautas tendientes al

salvamento de bienes.

• Conformar, capacitar a la brigada de emergencias para minimizar lesiones y pérdidas

derivadas como consecuencias de las emergencias, desarrollando acciones inmediatas

que permitan suprimir o controlar las amenazas y coordinar con cuerpos de socorro,

ayuda y salvamento.

El diseño y aplicación íntegra del plan de emergencia permite la disminución de daños

potenciales a los colaboradores, maquinaria, equipos e instalaciones; el

establecimiento oportuno de condiciones seguras de trabajo; la aplicación de medidas

tendientes a evitar y controlar la repetición de la emergencia. En síntesis, fortalece la

prevención, preparación, organización y respuesta de la empresa frente a eventos de

emergencia.

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4. MARCO LEGAL

Conocer la legislación en cuanto a los planes de emergencia y la salud ocupacional

del cual hace parte, constituye un elemento imprescindible para llevar a cabo

cualquier acción legislativa o técnica en el campo del establecimiento de los planes

de emergencia en cualquier organización.

El punto de partida en la legislación puede decirse que es la ley 9ª del 24 de enero

de 1979 denominada Código Sanitario Nacional o Marco de la Salud Ocupacional.

Este es el inicio del contexto normativo de una vida laboral con responsabilidad de

ofrecerle al trabajador un lugar de trabajo seguro y saludable, cumpliendo así con el

objetivo principal de preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en el

marco de sus puestos de trabajo.

Sin embargo, existen otras leyes y normas que apoyan el interés de ofrecer

ambientes de trabajo basados en la prevención de riesgos:

Ley 9 de 1979: se conoce como ley marco de la salud Ocupacional en

Colombia. Es la primera ley que se consagró como la base de la salud

ocupacional en Colombia. Tiene por objeto preservar, conservar y mejorar

la salud de los individuos en sus ocupaciones; referente a Seguridad

Industrial se analiza condiciones sobre maquinarias, equipos, herramientas

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y actividades como el manejo, transporte y almacenamiento de materiales,

instalaciones y equipos y los riesgos de accidente o enfermedad

Dos de los artículos relacionados con situaciones de emergencia son el 114

y el 116 en los que se hace referencia a la necesidad de contar con

recursos humanos entrenados y con equipos adecuados y suficientes para

combatir incendios de una empresa.

DECRETO No 919 de Mayo 1 de 1989

POR EL CUAL SE ORGANIZA EL SISTEMA NACIONAL PARA LA

PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES Y SE DICTAN OTRAS

DISPOSICIONES

Consta de cinco capítulos en los que se plantean las actividades a

realizarse, los responsables de cada una de ellas y la disposición y

distribución de los recursos necesarios en las situaciones de emergencia en

el país:

Capítulo I: planeación y aspectos generales

Capitulo II: Régimen de las situaciones de desastre

Capitulo III: Situaciones de calamidad pública

Capitulo IV: Aspectos Institucionales

Capítulo V: Disposiciones varias.

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Resolución 2400 de 1989: Llamado el estatuto nacional de seguridad

industrial. Establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en

los establecimientos de trabajo, con el fin de preservar y mantener la salud

física y mental, prevenir accidentes y enfermedades, logrando mejores

condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes

actividades. Define las obligaciones tanto de los patronos como de los

trabajadores sobre el tema y el campo de acción de la misma.

Resolución 1016 de 1989: Esta resolución reglamenta la organización,

funcionamiento y forma de los programas de salud ocupacional que deben

desarrollarse en el país.

Establece los subprogramas mínimos que debe tener:

Medicina preventiva

Medicina del trabajo

Higiene y seguridad industrial

Funcionamiento del comité paritario de salud ocupacional

En el artículo 11 se hace referencia al subprograma de higiene y seguridad

industrial y se anota que su objeto es la identificación, reconocimiento,

evaluación y control de los factores de riesgo que originándose en los

lugares de trabajo, puedan afectar la salud de los trabajadores. Establece la

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necesidad de elaborar tanto el inventario de riesgo como el inventario de

recursos disponibles y funcionales en la empresa.

En el artículo 18 se precisa la obligación de organizar y desarrollar un plan

de emergencia teniendo en cuenta las siguientes ramas.

Rama preventiva: aplicación de las normas legales y técnicas sobre

combustibles, equipos eléctricos, fuentes de calor y sustancias

peligrosas propias de la actividad económica de la empresa.

Rama pasiva o estructural: diseño y construcción de edificaciones

con materiales resistentes, vías de salida suficientes y adecuadas

para la evaluación, de acuerdo con los riesgos existentes y el

número de trabajadores.

Rama activa o de control de las emergencias: conformación y

organización de brigadas (selección, capacitación, planes de

emergencia y evacuación), sistema de detección, alarma,

comunicación, selección y distribución de equipos de control fijos o

portátiles (manuales o automáticos), inspección, señalización y

mantenimiento de los sistemas de control.

En el artículo 14 se establece que el programa de salud ocupacional,

deberá mantener actualizados los siguientes registros mínimos:

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Listado de materias primas y sustancias empleadas en la empresa.

Agentes de riesgo por ubicación y prioridades

Relación de trabajadores expuestos a agentes de riesgo

Evaluación de los agentes de riesgo ocupacionales y de los sistemas

de control utilizados.

Relación discriminada de los elementos de protección personal que

se suministren a los trabajadores.

Recopilación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales.

Ausentismo general por accidente de trabajo y enfermedades

profesionales.

Resultados de inspecciones periódicas internas de salud ocupacional

Cumplimiento de programas de educación y entrenamiento.

Historia ocupacional del trabajador con sus respectivos exámenes de

control clínico y biológico.

Planes específicos de emergencia y actas de simulacro en las

empresas cuyos procesos, condicionales locativas o almacenamiento

de materiales riesgosos, pueden convertirse en fuente de peligro

para los trabajadores, la comunidad o del medio ambiente.

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RESOLUCION 1802 DE 1989 (Ministerio de la Protección Social): Por la

cual se crean los Comités Hospitalarios de Emergencias y se asigna la

responsabilidad de la elaboración y puesta a prueba de los planes

hospitalarios de emergencia mediante simulacros.

DECRETO 412 de 1992: Por el cual se reglamentan parcialmente los

servicios de urgencias, estableciendo la obligatoriedad de la atención inicial

de urgencias para todas las instituciones que ofrezcan servicios de salud.

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BIBLIOGRAFÍA

SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Planes de emergencia empresariales. Santafé de Bogotá P 3

SEGURO SOCIAL. ARP. (1998) Brigadas de emergencia en el ambiente de trabajo. Santafé de Bogotá: Instituto FES de Liderazgo.