Formulario 29

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Uno de los trámites frecuentes en materia tributaria es la declaración de impuestos mensuales, entre ellos el IVA, los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) y las retenciones.

El Impuesto a las Ventas y Servicios, mejor conocido como IVA, grava la venta de bienes y la prestación de servicios efectuados por empresas comerciales, industriales, mineras y de servicios. En tanto, los PPM son un adelanto que las empresas realizan a cuenta de los impuestos a la renta anuales que corresponde declarar el mes de abril de cada año.

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El Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo Mensual es el documento necesario para cumplir con este trámite. Puede ser utilizado de forma electrónica (Formulario en Internet) o en papel en cualquier institución financiera autorizada para recibirlo

A través de este formulario se declaran y pagan los impuestos mensuales al valor agregado (IVA), débito fiscal (ventas), crédito fiscal (compras), ventas exentas y de exportaciones, además de otros impuestos tales como: retenciones de Segunda Categoría (honorarios), de Impuesto Único a los Trabajadores, los Pagos Previsionales Mensuales obligatorios, la Cotización Adicional, y los créditos y remanentes de empresas constructoras .

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Los plazos para realizar estos trámites dependen del medio de presentación que se utilice, del hecho que la declaración implique o no un pago de impuestos y si el contribuyente emite documentos tributarios electrónicos.

En general, los contribuyentes deben presentar el Formulario 29 dentro de los primeros 12 días del mes siguiente al período tributario que se va a declarar, pagando además todos los impuestos que hayan retenido durante el mes anterior. Si el plazo de declaración corresponde a un feriado o a un sábado, éste se extiende hasta el primer día hábil siguiente.

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Los contribuyentes que realicen declaraciones de impuestos "sin pago" y "sin movimiento" a través de Internet o por teléfono tendrán como plazo de presentación del formulario el día 28 de cada mes.

Las declaraciones "sin pago" no se pueden presentar en las instituciones financieras, sino que solamente pueden ser presentadas a través de Internet, por teléfono o en las unidades del Servicio de Impuestos Internos.

Otra extensión de plazo para declarar y pagar es para las empresas que cumplan con el requisito de operar como facturadores electrónicos. Éstas pueden postergar desde el día 12 al 20 de cada mes el pago de IVA

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Puede realizar este trámite desde cualquier computador con acceso a Internet, en las instituciones financieras autorizadas para recibir esta declaración de impuestos o por teléfono.

Cuando se declare fuera de plazo, puede hacerse en una unidad del SII.

En el caso que se realice la declaración por Internet y por lo tanto se quiera pagar los impuestos a través de este medio, se podrá hacer por medio de tres sistemas: pago en línea con tarjeta de crédito, pago en línea con cargo a la cuenta corriente y pago con mandato al banco para cargo en cuenta corriente.

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En el caso de las instituciones financieras, donde sólo se reciben declaraciones con pagos de impuesto, el pago deberá realizarse simultáneamente con la entrega de la declaración, al contado o con un cheque

Se puede realizar declaraciones por teléfono sólo cuando éstas sean "sin pago"