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Lima, domingo 9 de octubre de 2005 ~(f{ SE RESUELVE: Artículo 12,- Designar a los señores Luis Paz Silva y María Teresa Huillca Manco, como representantes Titular y Suplente, respectivamente, del Ministerio de la Producción', en la Comisión Técnica Multisectorial creada mediante Decreto Supremo NQ037-2005-AG. Artículo 22,- Remitir al Ministerio de Agricultura copia de la presente Resolución Ministerial, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVIDLEMOR BEZDíN Ministro de la Producción 17145 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcación pesquera de bandera nacional a favor de la empresa Alexandra S.A.C. RESOLUCiÓN DIRECTORAL N2 249-2005-PRODUCElDNEPP Lima, 22 de setiembre del 2005 Vistos los escritos con registros NQs. 00000698 de fecha 3 de junio y 00002256 de fecha 8 de junio del 2005, respectivamente, presentados por la empresa ALEXANDRA SACo CONSIDERANDO: Que el Artículo 34Qdel Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo NQ012-2001 rE, establece 'que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde y que la transferencia de la posesión o la propiedad de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; QuemedianteResoluciónMinisterial NQ612-95-PE, defecha 31 de octubre de 1995 se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la empresa ALIMENTOS AMERICANOS SAC., para operar la embarcación pesquera "MANCORA 8" con matrícula NQCE-1742-PM de 260 TMde volumen de bodega para la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de Y2 pulgada (13 mm.); Que mediante Resolución Directoral NQ 030-2002-PE/ DNEPP de fecha 25 de enero del 2002 se aprobó del cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial NQ612-95-PE, para operar la embarcación pesquera denominada "MANCORA 8" con matrícula NQCE-1742-PM, a favor de la empresa PESQUERA SAN LORENZO S.A.C., en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Quelos artículos1 Q Y2Qdel Decreto Supremo NQ001- 2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinadosal consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto sólo podrán desarrollar actividades extractivas de los recursos en mención, en el marco del Régimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolución Ministerial NQ 150-2001- rE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolución; Que mediante los escritos del visto la empresa ALEXANDRA SAC, solicita el cambio del titular del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA SAN LORENZO S.A.C. mediante Resolución Ministerial N2 030-2002-PE/ DNEPP, para la operación de la embarcación pesquera "MANCORA 8" de matrícula N2 CE-1742-PM y el cambio de nombre de la citada embarcación por el de "SIMY 6", la misma que de conformidad con el Certificado Compendioso de Dominio vigente, se obs~rva que es de propiedad del BANCO FINANCIERO DEL PERU, dejándose constancia además que se encuentra otorgada en Arrendamiento Financiero a favor de la empresa ALEXANDRA SAC.; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha concluído que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los procedimientos Pág. 301907 NQs.6 Y 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo NQ 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta 'Procedente aprobar el cambio del titular del permiso de pesca, y el cambio de' nombre de la embarcación "MANCORA 8" solicitada por la empresa ALEXANDRA SAC.; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante elInforme NQ230-2oo5-PRODUCE/DNEPP- Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 34Qdel Reglamento de la Ley General de Pes~a aprobado por Decreto Supremo NQ012-2001-PE y elTextoUnicode Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo NQ035-2003-PRODUCE; y, En uso de la facultades conferidas por el artículo 1182 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo NQ 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 12.- Acumular los procedimientos administrativos iniciados con escritos de registro de ingreso NQs 00000698 y 00002256, de fechas 3 y 8 de junio del 2005, respectivamente, por la empresa ALEXANDRA SAC.; en razón a la conexfdad que guardan entre si. Artículo 22.- Aprobar a favor de la empresa ALEXANDRA SAC el cambio de/titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial NQ612-95-PE, Y modificada por Resolución Directoral NQ 030-2002-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera de bandera nacional denominada/MANCORA 8", con matrícula NQCE-1742-PM y 280.0~ m\.de capacidad de bodega, en los mismos términos y condic:iones en que fue otorgado. Artículo~S2.-Modificarla ResoluciónMinisterial NQ612-95- PE Ysu modificatoria, la Resolución Directoral NQ030-2002-PE/ DNEPp, en el extremo referido al nombre de la embarcación "MANCORA "8'de matrícula N9CE-1742-PM, por el de "SIMY6". Artículo 42.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo NQ001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento. En este sentido la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo R.S.W o C.S.W, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 52.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a la empresa PESQUERA SAN LORENZO S.A.C. a través de la Resolución Directoral N2 030-2002-PE/DNEPP, para operar la embarcación pesquera denominada "MANCORA 8". Artículo 62.- Consignar a la empresa ALEXANDRA S.A.C, y el cambio de nombre de la embarcación "MANCORA 8" por el de "SIMY 6" en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial NQ284-2003-PRODUCE y en el Anexo 111de la Resolución Ministerial NQ 229-2002-PE, excluyendo a la empresa PESQUERA SAN LORENZO SAC de dichos anexos. Artículo 72,- Transcribir la presente Resolución Directora!. a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral, a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, y consignarse en el portal de la Página Web del Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VERTIZ CALDERÓN Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 17146 Aprueban Protocolo de Monitoreo de la Calidad del Aire y Gestión de los Datos RESOLUCiÓN DIRECTORAL N2 1404/2005/DIGESAlSA Lima, 7 de setiembre del 2005 Visto el Informe NQ 1447-2005/DEEPA-DIGESA y el Memorándum NQ 1470-2005/DEEPA/DIGESA de la Dirección Ejecutiva de Ecología y Protección del Ambiente de la Dirección General de Salud Ambiental -DIGESA- de fechas 4 y 5 de julio de 2005, respectivamente; I I

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Lima, domingo 9 de octubre de 2005 ~(f{SE RESUELVE:

Artículo 12,- Designar a los señores Luis Paz Silva yMaría Teresa Huillca Manco, como representantes Titular ySuplente, respectivamente, del Ministerio de la Producción',en la Comisión Técnica Multisectorial creada medianteDecreto Supremo NQ037-2005-AG.

Artículo 22,- Remitir al Ministerio de Agricultura copiade la presente Resolución Ministerial, para los finescorrespondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVIDLEMOR BEZDíNMinistro de la Producción

17145

Aprueban cambio de titular de permisode pesca para operar embarcaciónpesquera de bandera nacional a favor dela empresa Alexandra S.A.C.

RESOLUCiÓN DIRECTORALN2 249-2005-PRODUCElDNEPP

Lima, 22 de setiembre del 2005

Vistos los escritos con registros NQs.00000698 de fecha 3 dejunio y 00002256 de fecha 8 de junio del 2005, respectivamente,presentados por la empresa ALEXANDRA SACo

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 34Qdel Reglamento de la Ley General dePesca, aprobado mediante Decreto Supremo NQ012-2001 rE,establece 'que el permiso de pesca es indesligable de laembarcación a la que corresponde y que la transferencia dela posesión o la propiedad de las embarcaciones pesquerasde bandera nacional durante la vigencia del permiso de pescaconlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en losmismos términos y condiciones en que se otorgaron;

QuemedianteResoluciónMinisterialNQ612-95-PE, defecha31 de octubre de 1995 se otorgó permiso de pesca a plazodeterminado a la empresa ALIMENTOS AMERICANOS SAC.,para operar la embarcación pesquera "MANCORA 8" conmatrícula NQCE-1742-PM de 260 TMde volumen de bodegapara la extracción de los recursos hidrobiológicos con destino alconsumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano yfuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cercocon longitud mínima de abertura de malla de Y2pulgada (13mm.);

Que mediante Resolución Directoral NQ 030-2002-PE/DNEPP de fecha 25 de enero del 2002 se aprobó del cambiodel titular del permiso de pesca otorgado por ResoluciónMinisterial NQ612-95-PE, para operar la embarcación pesqueradenominada "MANCORA 8" con matrícula NQCE-1742-PM,a favor de la empresa PESQUERA SAN LORENZO S.A.C.,en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado;

Quelosartículos1Q Y 2Qdel Decreto Supremo NQ001-2002-PRODUCE de fecha 5 de septiembre del 2002,establecen respectivamente, que los recursos sardina(Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatusmurphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serándestinadosal consumo humanodirecto y que los armadoresde las embarcaciones pesqueras con permiso de pescaindistintamente para los recursos sardina, jurel y caballacon destino al consumo humano directo y/o indirecto sólopodrán desarrollar actividades extractivas de los recursosen mención, en el marco del Régimen de AbastecimientoPermanente a la Industria Conservera, Congeladora y deCurados aprobado por Resolución Ministerial NQ 150-2001-rE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a lasdisposiciones contenidas en la citada resolución;

Que mediante los escritos del visto la empresaALEXANDRA SAC, solicita el cambio del titular del permisode pesca otorgado a la empresa PESQUERA SAN LORENZOS.A.C. mediante Resolución Ministerial N2 030-2002-PE/DNEPP, para la operación de la embarcación pesquera"MANCORA 8" de matrícula N2 CE-1742-PM y el cambio denombre de la citada embarcación por el de "SIMY 6", la mismaque de conformidad con el Certificado Compendioso deDominio vigente, se obs~rva que es de propiedad del BANCOFINANCIERO DEL PERU, dejándose constancia además quese encuentra otorgada en Arrendamiento Financiero a favorde la empresa ALEXANDRA SAC.;

Que de la evaluación efectuada a los documentos queobran en el expediente, se ha concluído que la recurrente hacumplido con los requisitos establecidos en los procedimientos

Pág. 301907NQs.6 Y 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio de la Producción, aprobado por DecretoSupremo NQ 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta'Procedente aprobar el cambio del titular del permiso de pesca,y el cambio de' nombre de la embarcación "MANCORA 8"solicitada por la empresa ALEXANDRA SAC.;

Estando a lo informado por la Dirección de Consumo HumanoIndirecto de la Dirección Nacional de Extracción y ProcesamientoPesquero, mediante el Informe NQ230-2oo5-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el artículo 34QdelReglamento de la Ley General de Pes~a aprobado por DecretoSupremo NQ012-2001-PE y elTextoUnicode ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de la Producción, aprobado porDecreto Supremo NQ035-2003-PRODUCE; y,

En uso de la facultades conferidas por el artículo 1182del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo NQ 012-2001-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 12.- Acumular los procedimientosadministrativos iniciados con escritos de registro de ingresoNQs 00000698 y 00002256, de fechas 3 y 8 de junio del2005, respectivamente, por la empresa ALEXANDRASAC.; en razón a la conexfdad que guardan entre si.

Artículo 22.- Aprobar a favor de la empresa ALEXANDRASAC el cambio de/titular del permiso de pesca otorgadomediante Resolución Ministerial NQ612-95-PE, Y modificadapor Resolución Directoral NQ 030-2002-PE/DNEPP, paraoperar la embarcación pesquera de bandera nacionaldenominada/MANCORA 8", con matrícula NQCE-1742-PMy 280.0~ m\.de capacidad de bodega, en los mismos términosy condic:iones en que fue otorgado.

Artículo~S2.-Modificarla ResoluciónMinisterialNQ612-95-PE Y su modificatoria, la Resolución Directoral NQ030-2002-PE/DNEPp, en el extremo referido al nombre de la embarcación"MANCORA "8'de matrícula N9CE-1742-PM, por el de "SIMY6".

Artículo 42.- El permiso de pesca a que se refiere la presenteResolución, deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por elDecreto Supremo NQ001-2002-PRODUCE, que establece quelos recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumohumano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y alas sanciones previstas por su incumplimiento. En este sentido latotalidad de bodegas de la embarcación deben mantenerimplementado y operativo el medio o el sistema de preservacióna bordo R.S.W o C.S.W, cuyo funcionamiento es obligatorio.

Artículo 52.- Dejar sin efecto la titularidad del permisode pesca que fue otorgado a la empresa PESQUERA SANLORENZO S.A.C. a través de la Resolución DirectoralN2 030-2002-PE/DNEPP, para operar la embarcaciónpesquera denominada "MANCORA 8".

Artículo 62.- Consignar a la empresa ALEXANDRA S.A.C,y el cambio de nombre de la embarcación "MANCORA 8" por elde "SIMY 6" en el literal A) del Anexo Ide la Resolución MinisterialNQ284-2003-PRODUCE y en el Anexo 111de la ResoluciónMinisterial NQ229-2002-PE, excluyendo a la empresaPESQUERA SAN LORENZO SAC de dichos anexos.

Artículo 72,- Transcribir la presente ResoluciónDirectora!. a la Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa, a las DireccionesRegionales Sectoriales del litoral, a la Dirección Nacionalde Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de laProducción, y consignarse en el portal de la Página Webdel Ministerio de la Producción www.produce.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE VERTIZ CALDERÓNDirector Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero17146

Aprueban Protocolo de Monitoreo de laCalidad del Aire y Gestión de los Datos

RESOLUCiÓN DIRECTORALN2 1404/2005/DIGESAlSA

Lima, 7 de setiembre del 2005

Visto el Informe NQ1447-2005/DEEPA-DIGESA y elMemorándum NQ 1470-2005/DEEPA/DIGESA de laDirección Ejecutiva de Ecología y Protección del Ambientede la Dirección General de Salud Ambiental -DIGESA- defechas 4 y 5 de julio de 2005, respectivamente; I

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Pág. 301908CONSIDERANDO:

(f( Pttuano~Que, el artículo 12Qdel Reglamento de Estándares

Nacionalesde Calidad Ambientaldel Aire -DecretoSupremoNQ074-2001-PCM- señala que le corresponde al Ministeriode Salud, a través de la Dirección General de SaludAmbiental (DIGESA) en coordinación con otras entidadespúblicas, sectoriales, regionales y locales la realizaciónpermanentedel monitoreode calidaddel airey laevaluaciónde los resultados en el ámbito nacional;

Que, el artículo 23Qde la referida norma definía laDeclaraciónde los Estados de Alerta como el procedimientoa partir del cual se activaban un conjunto de medidasdestinadas a prevenir el riesgo a la salud y evitar laexposición de la población a los contaminantes del aire,siendo la autoridad competente para la realización de taldeclaración el Ministerio de Salud a través de la DIGESA;

Que, de acuerdo al artículo 25Qdel Decreto SupremoNQ074-2001-PCM el Ministerio de Salud a través de laDIGESAelabora los estudiosde Diagnósticode LíneaBase,propone los niveles de estados de alerta nacionales yestablece o valida criterios y metodologías para larealización de monitoreos de calidad del aire en el ámbitonacional;

Que, de acuerdo al Reglamento de los Niveles de losEstados de Alerta Nacionales para Contaminantes del Aire-Decreto Supremo NQ 009-2003-SA- y su modificatoria -Decreto Supremo NQ012-2005- los Estados de Alerta sonmedidaspredeterminadas de corta duración, aplicables enforma inmediata, destinadas a prevenir el riesgo a la saludpor contaminantes del aire;

Que, de acuerdoal Informe NQ 1447-2005/DEEPA-DIGESA se concluye que a fin de establecer oficialmenteun procedimiento unitorme en la medición de la calidaddel aire, a partir de la competencia de la DIGESA derivadade las normas precitadas, es que se consideraimprescindible la elaboración del Pr9tocolo de Monitoreode la Calidad del Aire, a tra,vésdel Area de Prevención yControl de la Contaminación Atmosférica de la DIGESAcon el apoyo de la Cooperación Suiza -SWISSCONTACT-la misma que ha brindado aportes significativos a lapropuesta;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley General deAguas -Decreto Ley NQ~7752- Y sus Reglamentos; y conlas facultades conferidas por la Ley NQ27657, Ley delMinisterio de Salud y su Reglamento el Decreto SupremoNQ013-2002-SA, así como lo establecido en el DecretoSupremo NQ014-2002-SA, Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Salud; .

SE RESUELVE:

12,-Aprobar el Protocolo de Monitoreo de la Calidad delAire y Gestión de los Datos para la aplicaciónde laOirecciónGeneral de Salud Ambiental -DIGESA en el marco de suscompetencias como entidad encargada del MonitoreoPermanente de la Calidad del Aire.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE A. ALBINAGORTA JARAMILLODirector GeneralDirección General de Salud AmbientalDIGESA

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Otorgan concesión a persona naturalpara prestar servicio público dedistribución de r~diodifusión por cable

RESOLUCiÓN MINISTERIALN2 687-2005 MTC/03

Lima, 5 de octubre de 2005

VISTA,la solicitudformuladacon ExpedienteNQ2005-009944 por el señor MERL MARTIN MANNIG WAGERSVARGAS, para que se le otorgue concesión para laprestación del servicio público de distribución de

Lima, domingo 9 de octubre de 2005

radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbricou óptico, en el distrito de La Cruz, de la provincia ydepartamento de Tumbes; ,

CONSIDERANDO:

Que,.el inciso 3) del artículo 75Qdel Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo N2013-93-TCC, señala que correspondeal Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgarconcesiones, autorizaciones, permisos y licencias enmateria de telecomunicaciones;. '

Que, el artículo 126Q del Texto Unico Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo NQ 027-2004-MTC,establece que los servicios públicos de difusión seprestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorgaprevio cumplimiento de los requisitos y trámitesestablecidos en la Ley y el.Reglamento y se perfeccionamediante la suscripcion de un conlrato de concesiónaprobado por el Titular del Ministerio de Transportes yComunicaciones;

Que, el artículo 93Qdel Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,establece que entre los servicios públicos de difusión seencuentra el servicio públicode distribución de radiodifusiónpor cable;

Que, medianteInformeNQ385-2005-MTC/17.01.ssp,la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, de la Dirección General de Gestiónde Tele<:omunicaciones,señala qlje, habiéndose verificadoel 'cu~plimiento de los requisitos que establece laleg1slación para otorgar la concesión solicitada para lapresta:éión del servicio público de distribución deradiodifusión por cable, es procedente la solicitud.formulad\J,por el señor MERL MARTIN MANNIG WAGERSVARGAS; . . .

De conformidad con lo dispuesto por el Texto UnicoOrdenado de la Ley de Telecomunicacione.saprobado porDecreto Supremo N2013-93-TCC, elTexto Unico Ordenadodel Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo NQ027 -2004-MTC Y sumodificatoria, el Reglamento de Organización y Funciones

.del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo NQ041-2002-MTC y el TUPA delMinisterio;

Con la opinión favorable del Director General de Gestiónea Telecomunicaciones y del Viceministro deComunicaciones;

I

SE RESUELVE:

. Artículo1Q,- Otorgar a favor del señor MERL MARTINMANNIG, WAGERS VARGAS, concesión para laprestación del servicio público de distribución deradiodifusión por cable en la modalidad de cablealámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20) años en elárea que comprende el distrito de La Cruz, de la provinciay departamento de Tumbes.

Artículo 22,- Aprobar el contrato de concesión acelebrarse con el señor MERL MARTIN MANNIG WAGERSVARGAS para la pr!"stación del servicio público a que serefiere el artículo precedente, el que consta de veinticinco(25) cláusulas y tres (3) anexosque forman parte integrantede la presente resolución. ,

Artículo 3Q,-Autorizar al Director Ge,neralde Gestiónde Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio,suscriba el contratode concesiónque se apruebaen el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de laspartes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públicadel referido contrato y de las Adendas que se suscriban almismo.

Artículo 42,-La concesión otorgada quedará sin efectode pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el contrato deconcesión no es suscrito por el solicitante en el plazomáximo de sesenta (60) días hábiles computados a partirde la publicación de la presente resolución. Para lasuscripción deberá cumplir previamente con el pago porderecho de concesión. .

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERAMinistrode Transportes y Comunicaciones

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