Exposicion politica fiscal
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ENDEUDAMIENTO PÚBLICO
Universidad Nacional Experimental de GuayanaVicerrectorado Académico
Coordinación General de PregradoProyecto de Carrera Ciencias Fiscales
Sede Caicara del OrinocoUnidad Curricular: Política FiscalSemestre: V, Sección 3, Aula: C
Instalaciones de la UNEG
Profesora:Rocio Gil
Bachilleres:Br. Prieto Eder
Br. Gómez EricssonBr. Flores Osnal
Br. Urbina Soennys
Caicara del Orinoco, NOVIEMBRE, 2015.
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ENDEUDAMIENTO PÚBLICO
El endeudamiento público se refiere a toda obligación financiera o económica que adquiere el Estado, surgida directa o indirectamente como consecuencia de un contrato de préstamo u otro tipo de instrumento de crédito, sea ésta interna o externa, para la obtención de capital, de bienes y servicios cumpliendo con las normas legales y disposiciones administrativas que regulan esta materia.
El endeudamiento está conformado por los recursos obtenidos mediante préstamos provenientes de fuentes nacionales o del exterior, destinados para financiar las inversiones del Estado. Las condiciones de cada operación de endeudamiento son diferentes y se ajustan a lo dispuesto en el respectivo contrato o convenio.
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CLASIFICACIÓN
La Deuda Pública Interna
Comprende las obligaciones contraídas por la entidad pública con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, consideradas como residentes o domiciliadas en el país y cuyo pago puede ser exigible dentro del territorio nacional. Ej.: Deuda con el Banco
La Deuda Pública Externa
Está constituida por las obligaciones contraídas con otro Estado u organismo internacional o cualquier otra persona natural o jurídica considerada como no residente del país y cuyo pago puede ser exigible fuera de su territorio.
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CLASIFICACIÓNLa Deuda Directa
Del Gobierno Central es aquella asumida por éste como deudor principal.
La Deuda Del Sector Público
Comprende las obligaciones financieras o económicas tanto del Gobierno Central como de las entidades descentralizadas.
La Deuda Indirecta
Del Gobierno Central es la concertada por cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, distinta del mismo, pero que cuenta con su aval, fianza o garantía. Ej.: cuando el Estado otorga algún crédito a las empresas en nuestro País, estamos en presencia de un endeudamiento.
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CARACTERISTICA
La Deuda Pública de un lado es un ingreso para el Estado de una importancia cuantitativa indudable y de otro lado constituye un gasto inmediato y mediato (la devolución del capital prestado).
Constituye un ingreso de carácter voluntario para los prestadores.
La Deuda es instrumento de política económica.
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CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN
En el endeudamiento público pueden identificarse las siguientes operaciones:
Creación de un pasivo. Retribuciones o intereses. Amortización. Adquisición. Conversión.
CREACIÓN DE UN PASIVOLa creación o emisión de deuda supone para el
prestatario el surgimiento de un pasivo como consecuencia de la obtención de capitales cumpliendo con las normas legales.
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CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN
AMORTIZACIÓNLa amortización supone para la entidad pública deudora la cancelación total o parcial del pasivo surgido en el momento de la creación de la deuda
ADQUISICIÓNLa adquisición supone que en las emisiones de títulos valores, la administración pública deudora puede amortizar deuda, mediante la compra de los títulos en que se encuentra representada, en el mercado de capitales. A estos efectos, el valor de reembolso en el momento de la amortización, es el valor de adquisición de los título en el mercado de capitales una vez deducido el importe de los intereses devengados y los no vencidos incluidos en el mismo.
RETRIBUCIONES O INTERESESLa retribución o intereses constituyen las obligaciones y gastos derivados del costo del dinero por endeudamiento, que deben ser contabilizados en la fecha de vencimiento y por el valor devengado.
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CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO Y VALUACIÓN
ConversiónLa conversión de una deuda consiste en la
sustitución de la misma por otra de características y condiciones diferentes. La conversión está constituida por dos operaciones simultáneas: la amortización de una deuda y la creación de otra nueva.
Las posibles diferencias que se puedan producir entre el valor de reembolso de la deuda que se amortiza y el valor de emisión de la deuda que se crea se harán efectivas, según el caso, de acuerdo con lo establecido en las cláusulas de conversión.
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GRACIAS POR TU ATENCIÓN…!
“Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una
oportunidad para activar en el bello y maravilloso mundo del saber.”
Albert Einstein.