Esquema de documento clpi onu redd consensuado

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AGENDA HORA TEMA RESPONSABLE 09.00 – 09.10 Introducción y presentación de la agenda 09.10 – 09.40 Revisión de la hoja de ruta del proceso de la CLPI ONU REDD 09.40 – 10.00 Presentación del esquema del documento lineamientos de CLPI OACDH 10.00 – 10.45 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los lineamientos de CLPI (I) OACDH 10.45 – 11.00 Pausa 11.00 - 11.30 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los lineamientos de CLPI (II) OACDH 11.30 – 11.45 Aspectos metodológicos, logísticos del taller del 13/08/2013 ONU REDD - OACDH 11.45 – 12.00 Conclusiones y cierre de la reunión OACDH

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AGENDA

HORA TEMA RESPONSABLE

09.00 – 09.10 Introducción y presentación de la agenda

09.10 – 09.40 Revisión de la hoja de ruta del proceso de la CLPI ONU REDD

09.40 – 10.00 Presentación del esquema del documento lineamientos de CLPI

OACDH

10.00 – 10.45 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los lineamientos de CLPI (I)

OACDH

10.45 – 11.00 Pausa

11.00 - 11.30 Identificación y desarrollo de los nudos críticos de los lineamientos de CLPI (II)

OACDH

11.30 – 11.45 Aspectos metodológicos, logísticos del taller del 13/08/2013

ONU REDD - OACDH

11.45 – 12.00 Conclusiones y cierre de la reunión OACDH

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Esquema de Documento sobre Lineamientos de CLPI para ONU REDD

Guillermo Fernández-MaldonadoAsesor en Derechos Humanos

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Nos envía Paty

1. REDD+

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La consulta previa, libre e informada es un derecho reconocido legalmente por los Estados. Supone el rol del Estado como garante del derecho a consulta con estos pueblos y nacionalidades, de buena fe y por medio de sus instituciones representativas, sobre decisiones que los afecten. Los principios de la CLPI se basan en estándares constitucionales e internacionales que describen obligaciones sustantivas y operativas del Estado para respetar, proteger y garantizar este derecho.

2. El derecho a la consulta con pueblos indígenas

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Obligación deRespetarProteger

PrevenirInvestigar Sancionarreparar

Garantizar*Incluir ejemplos

2. El derecho a la consulta con pueblos indígenas

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El derecho está regulado por lo establecido en la Constitución de 2008, el Convenio 169 de la OIT, Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la jurisprudencia nacional, los informes de Relator Especial de Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas y de otros órganos de los tratados de la ONU y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

3. Marco legal del derecho a la consulta en Ecuador

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Lámina sobre bloque constitucional relativo a derechos humanos

3. Marco legal del derecho a la consulta en Ecuador

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1. La búsqueda del consentimiento: objetivo 2. Previa a la toma de decisiones sobre cualquier medida

administrativa o legislativa que les afecte (en las primeras etapas de la elaboración o planificación de la medida propuesta)

3. Libre (sin presiones políticas, económicas, sociales o de otro tipo)

4. Informada: información clara, suficiente y oportuna sobre la naturaleza y el impacto del proyecto; análisis previo del proyecto realizado por el gobierno y puesto a disposición de las comunidades para determinar y remediar posibles efectos sobre los derechos

4. Los elementos de un proceso de consulta

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5. Buena fe: clima de confianza y respeto mutuo

6. Instituciones representativas: respetando los niveles organizativos de cada pueblo.

Incluir aquí pronunciamiento RE revisión de estructura interna de las organizaciones representativas

7. Procedimientos apropiados al tipo de medida que se consulta así como tomando en cuenta las circunstancias y características especiales de cada pueblo indígena consultado.

Asegurar que se explica a los pueblos y nacionalidades de qué se trata y cómo funcionan los procedimientosAcceso a información sobre cómo está organizados los procedimientos de toma de decisión de los pueblos y nacionalidades

4. Los elementos de un proceso de consulta

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a) Casos en que el CLPI es un requisito indispensable(a mayor grado de afectación mayor exigencia de consentimiento).b) Los problemas de no contar con el consentimiento

i. Impactos sociales y económicos en las comunidades afectadas

ii. Riesgo de falencia del proyecto

5. El consentimiento libre, previo e informado

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Incluir diagrama de Guía Anexo IV – página 45Resaltando la importancia de la voluntad de las comunidades como requisito para realizar el Proyecto REDD

5. El consentimiento libre, previo e informado

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a) Qué es el mecanismo REDD+ en Ecuador?b) Por qué se debe garantizar la consulta en el

mecanismo de REDD+ en Ecuador?Cambios potenciales en el manejo de los recursos y afectación a derechos indígenas o de otras comunidades que dependan de bosques c) Cómo lo han hecho otros países?Experiencias y modelos de CPLI para REDD+ en otros países

6. El derecho a la consulta para REDD+

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a) Contexto y contenido del Acuerdo Ministerial 33a) Que es ?b) Que regula?c) Quién es la autoridad nacional?

b) Requisitos y procedimientos para el proceso de consulta libre, previa e informada

c) Cuándo se realiza el procedimiento de consulta?a) Casos establecidos en el Acuerdo incluyendo las

afectaciones a los derechos en referencia a la Constitución

7. El derecho a la consulta en el Ac. Ministerial 33

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a) Identificación de titulares de derechosi. Comunidades, pueblos y nacionalidades:

i. Indígenasii. Afroecuatorianosiii. montubios

ii. Otros colectivos que dependen de los bosques (guía)iii. Pueblos en aislamiento voluntarioConsulta con titulares de derechos directamente beneficiados o afectados en el caso concreto.

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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Precondiciones: 1. Titularidad de la tierraVínculo legal con la tierra para que proceda el Proyecto REDD+se solicita certificado de ancestralidad2. Conflictos de linderosNo califica para Proyectos REDD+

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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b) ¿Quién consulta? i. En todos los casos el Estado, a través de la AN-

REDD+, actúa como garante del derecho a la consulta cuando se propone el proyecto

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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ii) En el caso específico cuando la comunidad es el proponente el Estado, a través de la AN-REDD+, acredita el procedimiento de consulta cuando la/s comunidad/es tradicional/es sean la/s proponente/s. Asegurando que:

i. Se dio el procedimiento de consultaii. Que existe consentimientoiii. Que hubo participación plena y efectiva de la

comunidadiv. Legitimidad de la representación (¿cómo asegurar que

la comunidad fue debidamente consultada cuando el proponente es la comunidad tradicional, por medio de sus representantes?)

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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c) Diseño e implementación de un proceso de consulta culturalmente pertinente, garantizando los derechos reconocidos en la constitución en los instrumentos internacionales:

i. ¿cómo y con quién se diseña? El Estado participativamente

ii. Valor de los mecanismos internos propios de toma de decisiones

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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d) Temas y momentos de la consultai. alcance del proyecto REDD+ y su afectación sobre derechos

de las comunidadesii. protocolo de consulta para cada proyecto específicoiii. desarrollo de un plan detallado para un proyectoiv. implementación del proyecto

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD+ según el Acuerdo Ministerial 33

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e) Preparación de la comunidad (responsabilidades relacionadas con la entrega oportuna de información veraz y objetiva, de manera simple y clara, en el idioma de los destinatarios)

e) Compartir información sobre potenciales afectaciones

Plan de creación de condiciones y fortalecimiento de capacidades cuando las comunidades tienen la voluntad de participar y no cuentan con los recursos y capacidades, en cumplimiento del rol del Estado de garante del estándar internacional RE 2009

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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f) Recursos necesarios (recursos humanos, tiempo, materiales, comunicación, capacitación, apoyo técnico y legal, etc.)

g) Resultados (consentimiento, no consentimiento, consentimiento condicionado)

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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Análisis de riesgos, nudos críticos potenciales de un proceso de consulta

8. Directrices para un proceso de consulta para un proyecto REDD según el Acuerdo Ministerial 33

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a) Continuidad del proceso de consulta i. en caso de no consentimiento

i. cuando el proyecto es propuesto por el Estadoii. cuando el proyecto es propuesto por la autoridad comunal

ii. en caso de consentimientoiii. en caso de consentimiento condicionaliv. en caso de cambio de condicionesv. incumplimiento de las partesvi. errores en la información proporcionada.

9. Monitoreo del proceso de consulta

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b) Continuidad del proceso de consulta i. en caso de no consentimiento

i. cuando el proyecto es propuesto por el Estadoii. cuando el proyecto es propuesto por la autoridad comunal

ii. en caso de consentimientoiii. en caso de consentimiento condicionaliv. en caso de cambio de condicionesv. incumplimiento de las partesvi. errores en la información proporcionada.

9. Monitoreo del proceso de consulta

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c) Mecanismo de quejas, mecanismo de resolución de conflictos

d) Identificación de nudos críticos sobre este punto y recomendaciones de estrategias para enfrentarlos

9. Monitoreo del proceso de consulta

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Muchas gracias

Más información:www.oacdhecuador.ec http://unsr.jamesanaya.org/esp/