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UNIVERSIDAD ANDINA “NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ” OFICINA GENERAL DE INVESTIGACION PROYECTO “LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL y SU IMPLICANCIA EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE TRASCENDENCIA CIVIL en PUNO” PRESENTADO POR: CLEVER ASQUI CHIPANA JULIACA – PERÚ 2017

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UNIVERSIDAD ANDINA“NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ”

OFICINA GENERAL DE INVESTIGACION

PROYECTO

“LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL y SU IMPLICANCIA

EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE

TRASCENDENCIA CIVIL en PUNO”

PRESENTADO POR:

CLEVER ASQUI CHIPANA

JULIACA – PERÚ

2017

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I.- EL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN:

1.1.- ANALISIS DE LA SITUACIÓN PROBLEMATICA.

El Derecho como ciencia social o como disciplina jurídica, está integrado

por diferentes ramas del derecho en general, unos que tienen que ver con el

derecho Público, otros relacionados al Derecho privado y en otros casos ramas

ligados al Derecho mixto, las mismas que a su vez están constituidos por una

serie de instituciones y figuras jurídicas relacionados a normas sustantivas y

adjetivas, esto a nivel universal en los diferentes Estados del Derecho comparado,

sean estos en Estados Unitarios o Federación de Estados, de hecho cada Estado

tiene sus propias características y peculiaridades que responden a su propia

naturaleza y a las relaciones e interacciones sociales relaciones de acuerdo a su

cultura y al Derecho positivo.

El Derecho Procesal Civil es una de las ramas del Derecho Público interno,

al igual que otras ramas del Derecho, que está integrado por una serie de figuras

e instituciones jurídicas procesales, que se encuentran instituido en el Código

Procesal Civil, que básicamente tiene su aplicación para la resolución de

diferentes conflictos de intereses y la eliminación de incertidumbres jurídicas,

nacidos como consecuencia de las relaciones interpersonales entre los sujetos de

derecho, conductas externas que tienen relevancia jurídica, la misma que permiten

entablar procesos judiciales civiles ante el órgano jurisdiccional, a fin de obtener

tutela jurídica efectiva a favor de los sujetos procesales que el estado debe otorgar

a través de uno de sus poderes como es el poder judicial, conflicto de intereses

que precisamente es la razón y existencia del Proceso Civil, ya que si no

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existieran estos conflictos de intereses intersubjetivos, el proceso no tendría razón

de existencia.

Sobre estas premisas planteadas, se puede establecer que LA

CONCILIACION, EL ALLANAMIENTO Y EL RECONOCIMIENTO, Y LA

TRANSACCION JUDICIAL, EL DESISTIMIENTO Y EL ABANDONO, como

formas especiales de conclusión del proceso son instituciones de carácter

procesal, que adecuadamente están previstos en el Título XI en sus Capítulos I,

II, III, IV y V del Código Procesal Civil, que tienen que ver en la resolución de

conflictos de intereses que ya se encuentran en curso dentro del proceso, que

por el momento no es materia de estudio en el presente caso, únicamente se

hace referencia para sistematizar la investigación dentro de la situación

problemática.

Si bien existen las instituciones jurídico procesales indicados en el

párrafo anterior, debe también tenerse presente que existen medios alternativos

de solución de conflictos, puesto que el hecho que vivamos en sociedad

presupone una continua interacción entre los diferentes agentes económicos,

quienes tienen distintas percepciones de la realidad objetiva en que se

desenvuelven, la existencia de estas diversas percepciones origina conflictos

entre los agentes económicos que deben ser resueltos, para ello nuestro

ordenamiento jurídico, ha previsto medios alternativos de solución de conflictos

como la negociación, la mediación, la conciliación y el arbitraje.

No esta demás circunscribirnos en el planteamiento del problema

para identificar la población de estudio que se ha planteado en el presente

proyecto de investigación científica, que está delimitado por toda la ciudad de

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Puno, que está integrado por todos los centros de conciliación quienes tienen a

su cargo conciliar a las partes que así lo soliciten según sus conflictos generados

sobre un bien jurídico tutelado por el derecho.

Si bien existen mecanismos alternativos de solución de conflicto de

intereses, entonces; nos preguntamos, ¿Cómo es que tiene su implicancia la

conciliación extrajudicial en la solución de conflicto de intereses de trascendencia

civil en la ciudad de Puno? ¿Cuál es su tratamiento normativo de esta institución

jurídica?, desde ya podemos anticiparnos manifestando de que en la práctica

muchas veces los centros de conciliación no llegan a conciliarlos a las partes

entre las cuales se han suscitado su conflicto de intereses, ya que no tienen la

suficiente predisposición para poder poner fin a sus conflictos y que además su

cultura e idiosincrasia es bastante conflictiva y prefieren que este conflicto sea

resuelto por el órgano jurisdiccional.

Nace así entonces, la inquietud del investigador cuando por ejemplo

frecuentemente en el ejercicio profesional de la defensa, las partes

supuestamente pretenden poner fin a su conflicto de intereses, ante un centro de

conciliación, y que por falta de predisposición por una de las partes o en otros

casos por ambas partes, en la mayoría de los casos se ha dado por fracasado la

conciliación, y en consecuencia no les queda sino acudir al órgano jurisdiccional

para que el Juez pueda resolver el conflicto de intereses suscitados.

El problema fundamental que existe con la conciliación extra

judicial en la ciudad de Puno como se tiene indicado, es que las partes no tienen

la suficiente predisposición como para poner fin a sus conflictos, esto por un lado

y por otro lado las partes, no tienen la suficiente información respecto a la

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consecuencia jurídica de la conciliación extrajudicial, a esto es posible que se

sume el hecho que los conciliadores no tienen la suficiente capacidad como para

persuadirlos, motivarles y conmoverlos a efectos de que las partes puedan poner

fin a su conflicto a nivel extrajudicial.

Sobre el problema de estudio planteado debe tenerse presente que no

todos los conflictos de intereses suscitados entre las partes son susceptible de un

pronunciamiento sobre el fondo de la causa, dentro de un proceso; en muchos

casos las partes prefieren solucionar su conflicto de intereses de manera

consensual, de modo que estamos ante la figura jurídica de la autocomposición,

como es la conciliación extrajudicial, al respecto no en vano un tratadista decía:

“El proceso puede terminar normalmente mediante la expedición de la sentencia

que pone término al litigio. También puede terminar en forma anticipada, en unos

casos sin declaración sobre el fondo del litigio y en otros casos con declaración

sobre el fondo del litigio”.1

Ahora bien, el proceso termina ordinariamente por sentencia, que es

considerada el modo normal de conclusión del mismo…sin embargo, además de

la sentencia, existen otras formas o modos de conclusión del proceso llamadas

“especiales”, “alternativas”, “excepcionales”, “extraordinarias”, “eventuales”, e

incluso “anómalas” o “anormales”. Al que nuestro ordenamiento Jurídico Procesal

Civil lo ha denomina FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÓN DEL

1 CARRION LUGO, Jorge. Tratado de Derecho Procesal Civil Volumen IEditorial GRIJLEY Lima Perú Edición 2000 Pág. 180.

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PROCESO2, que es materia de investigación en el presente trabajo de

investigación respecto a su aplicabilidad, implicancias e importancia que tiene

dicha institución jurídico, como es la transacción extrajudicial.

1.2.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.

El problema de investigación se formula a través de las siguientes interrogantes:

- ¿En qué medida tiene su implicancia la conciliación extrajudicial en la solución de

conflicto de intereses de trascendencia civil en la ciudad de Puno?

- ¿Cuál es el tratamiento normativo de la conciliación extrajudicial en la solución

de conflicto de intereses de trascendencia civil en la ciudad de Puno?

-¿Tienen pleno conocimiento las partes, respecto al efecto jurídico de la

conciliación extrajudicial en la ciudad de Puno?

- ¿En qué casos tiene mayor implicancia la conciliación extrajudicial en la solución

de conflicto e intereses?

- ¿Existirá la predisposición por parte de los sujetos, respecto a la conciliación

extrajudicial en la ciudad de Puno?

- ¿Existirá asesoramiento real y efectivo por parte de los conciliadores, respecto a

la consecuencia jurídica de la conciliación extrajudicial para la pronta solución de

conflicto de intereses en la ciudad de Puno?

1.3.- JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN.

1.3.1.- JUSTIFICACIÓN TEÓRICA.

El propósito fundamental para la realización del presente trabajo de

investigación tiene una importancia teórica trascendental, ya que mediante este

2 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Formas Especiales de Conclusión delProceso. Editorial Gaceta Jurídica. 2da Edición 2002 Lima Perú Pág. 43.

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trabajo de investigación se pretende constatar y verificar con claridad cómo es

que la conciliación extrajudicial tiene su implicancia y cuál es el tratamiento

normativo que se le da respecto a esta institución jurídica planteada como una

forma de solución de conflicto de intereses, esto en los diferentes casos que

tengan trascendencia civil dentro de la ciudad de Puno, relacionado siempre a la

solución de conflicto de intereses, ya que como institución jurídica extra proceso

debe tener efectividad en su aplicabilidad para la solución de estos conflictos, esto

debido a que como institución jurídica se encuentra perfectamente diseñado en

nuestro ordenamiento jurídico, cuya aplicación efectiva permitirá a los litigantes el

ahorro de tiempo y costo que pudieran acarrear en los procesos que muchas

veces son bastante dilatorios en cuanto a los plazos y términos que nuestra

misma norma adjetiva así lo prescribe, ya que el desconocimiento o la falta de

aplicabilidad, de esta institución jurídica permitirá establecer, que no tienen

efectividad, consecuentemente sería una institución jurídica inactiva o inaplicable.

Otra de las razones fundamentales que me inquieta realizar esta

investigación es querer, determinar en qué medida las partes entre las que se

presentan el conflicto de intereses, tienen pleno conocimiento de las

consecuencias jurídicas de esta institución jurídica del cual pueden valerse, para

tener una pronta solución de sus conflicto de intereses y tener una solución

práctica, pacífica y armónica entre las partes en las que se ha suscitado un

conflicto de intereses.

También debe precisarse que una de las obligaciones del profesional en

derecho es la realización constante de la investigación científica que implica

realizar aportes a la cultura jurídica, esto significa aportar en el cambio y

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dinamicidad constante del Derecho en sus diferentes instituciones jurídicas, ya

que el derecho como ciencia o disciplina no es estática, si no mas bien está sujeto

al cambio constante, esto de acuerdo a los nuevos planteamientos ideo-políticos

filosóficos, sociales, económicos y jurídicos; y con mayor razón si se trata de los

profesionales de post grado, cuya característica principal es la investigación

científica.

1.3. 2.- JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA.

La ejecución de este proyecto de investigación, de hecho tendrá una

importancia práctica, ya que cual fuese el resultado de la contrastación de las

hipótesis tendría una aplicación práctica, de modo que pueda aplicarse a casos

concretos de acuerdo a su naturaleza, según sea la clase de conflictos de

intereses que pueda generarse entre las partes, teniendo siempre en cuenta

nuestras normas sustantivas que regulan de manera específica sobre, qué

asuntos o derechos son materia de conciliación extrajudicial que permitan una

pronta solución de conflictos suscitados, con prontitud, oportuna y armónica.

1.3. 3.- JUSTIFICACIÓN NORMATIVA.

Por el carácter y su naturaleza, la presente investigación no pretende

buscar la derogatoria o modificatoria de la norma que prevé y ampara, a los

asuntos o derechos que son conciliables a través del tema propuesto, lo único

que se pretende, es que dentro del plano normativo, los sujetos entre los que se

suscitan los conflictos de intereses tengan un conocimiento aceptable sobre esta

institución jurídica, de modo que puedan solucionar sus conflictos de intereses de

manera inmediata practica y pacífica, de tal forma que los abogados que ejercen

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la defensa puedan brindar un asesoramiento real y sincero respeto a esta

institución jurídica extra proceso.

II.- OBJETIVOS:

2.1.- OBJETIVO GENERAL:

Conocer y determinar la implicancia que tiene la conciliación extrajudicial en

la solución de conflicto de intereses en los asuntos de trascendencia con el

derecho civil en la ciudad de Puno durante los años 2015 -2016.

2.2.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

a) Identificar en qué asuntos o derechos trascendentes al derecho civil, tiene

mayor injerencia la conciliación extrajudicial, respecto a la solución de

conflicto de intereses generados entre las partes.

b) Establecer el conocimiento o desconocimiento respecto al efecto jurídico de

la conciliación extrajudicial en casos civiles, por parte de las personas en

que se suscitan un conflicto de intereses, en la ciudad de Puno.

c) Caracterizar la predisposición de las partes en las que se suscita conflicto

de intereses hacia una conciliación rápida, armónica y pacífica en la ciudad

de Puno.

III. FUNDAMENTACION TEÓRICA DE LA INVESTIGACIÓN.

3.1.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN.

La investigación jurídica, propuesta que se pretende llevar adelante en su

variable independiente tiene una infinidad de antecedentes en las diferentes

bibliotecas de nuestra Región así como en la Biblioteca de la UANCV, biblioteca

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de la UNA, en donde en los diferentes textos de derecho Procesal civil ilustran

respecto a su concepción, características, el efecto jurídico y todo aquello

relacionado a su contenido y naturaleza, respecto a la conciliación extrajudicial,

esto siempre como variable independiente, del mismo modo se puede apreciar

comentarios y posiciones al respecto en las diferentes revistas jurídicas de

bibliotecas y hemerotecas de nuestra localidad, pero que sin embargo no se ha

podido encontrar respecto a “LA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL y SU

IMPLICANCIA EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE

TRASCENDENCIA CIVIL EN PUNO”, que precisamente es materia de estudio, en

la que se relaciona la existencia de causa y efecto respecto a sus variables de

estudio del presente proyecto de investigación.

3.2.- MARCO HISTÓRICO.

La conciliación, el allanamiento y el reconocimiento, la transacción judicial,

el desistimiento y el abandono como formas especiales de conclusión del proceso

tiene su antecedente en el Código de Procedimientos Civiles, que como institutos

procesales no tuvieron tratamiento específico, dicho cuerpo legal en la actualidad

se encuentra derogado, con la diferencia de que en la norma aludida solamente

estaba considerada como meras excepciones, mas no como una institución

procesal dentro de las formas especiales de conclusión del proceso, como

acertadamente se encuentra instituido en el actual Código Procesal Civil de 1992.

XXXXXXX

3.3.- MARCO TEÓRICO.

1.- EL ALLANAMIENTO:

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El allanamiento es el acto jurídico procesal que importa la sumisión expresa alas

pretensiones formuladas por la parte contraria, ya sea en vía de acción o de

reconvención.3

Es un acto del demandado en el que muestra su conformidad con la pretensión

procesal interpuesta por el actor, reconociendo que debe ser estimada y que tiene

como efecto, en virtud del principio dispositivo y siempre que no exceda de los

límites de éste, vincular al juez a dictar una sentencia estimatoria de la

pretensión.4

El allanamiento implica conformidad con las pretensiones deducidas por la parte

contraria. Es el asentimiento que presta el demandado a lo pedido por el actor.

El allanamiento es al declaración de voluntad del demandado en cuya virtud

reconoce la fundabilidad de la pretensión interpuesta por el actor5.

Considera al allanamiento como la renuncia a continuar en la contienda dicha

aseveración presenta al allanamiento como un acto volitivo por el cual uno de los

litigantes se somete a su adversario efectuando una renuncia6.

El allanamiento es una renuncia (renuncia definitiva o de simple desistimiento) a la

resistencia a la pretensión…Fairén Guillén.

El allanamiento “…es el reconocimiento y sumisión de la parte atacada a la

pretensión litigiosa contra ella dirigida. Alcalá Zamora (1947: 80)

3 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Formas Especiales de Conclusión delProceso. Editorial Gaceta Jurídica. 2da Edición 2002 Lima Perú Pág. 504 ORTELLS RAMOS, M. Derecho procesal Civil, editorial Thomson Aranzadi,Navarra 2007, pág. 4515 PALACIO, Lino. Derecho Procesal Civil. Editorial Abeledo Perrot, 1975 BuenosAires Pág. 545.6 SENTIS MELENDO, Santiago. Teoría y Práctica del Proceso, editorial EJEA.Buenos Aires 1959, pág. 387.

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El allanamiento consiste en el sometimiento a la pretensión del actor y solo puede

tener por objeto relaciones jurídicas disponibles, es decir; aquellas que sean

transigibles o renunciables y en general aquellas en las que no estuvieran

comprometidos el orden público. (GACETA JURIDICA CUADERNOS

JURISPRUDENCIALES 2005 Pág. 63)

Para Prieto Castro, el allanamiento “ es una manifestación de conformidad con la

petición contenida en la demanda, hecha por el demandado al contestar a ella o

en otro momento, por el allanamiento el demandado reconoce la existencia del

derecho pretendido por el demandante”

El allanamiento importa el sostenimiento total o parcial del demandado a las

pretensiones del actor, y comprende tanto el reconocimiento de la verdad o de los

hechos, como el reconocimiento del derecho en que se funden dichas

pretensiones. (Enrique Falcón, 1980, Vol. I : 220-221)

2.- EL RECONOCIMIENTO:

El reconocimiento stricto sensu es el instituto procesal mediante el cual el sujeto

que lo practica declara expresamente que acepta no sólo la pretensión, si no

también la certeza o autenticidad de los hechos y la fundamentación jurídica en

que dicha pretensión se sustenta.

En el allanamiento una persona, renunciando a toda oposición se somete a la

pretensión formulada en su contra. El reconocimiento en cambio, además de

contener la sumisión al petitorio de la contraparte, supone la conformidad con los

hechos y las disposiciones normativas sobre lo que reposa la pretensión.

5.- LA TRANSACCION:

5.1.- CONCEPTOS.

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Por la Transacción las partes, haciéndose recíprocas concesiones, deciden sobre

algún asunto dudoso o litigioso, evitando el pleito que podría promoverse o

finalizando el que esté promovido... El elemento esencial de la transacción es que

se haga mediante “concesiones recíprocas”7. Es el contrato por el cual mediante

recíprocas concesiones se elimina un pleito la incertidumbre de las partes sobre

la relación jurídica y se establece el estado de cosas que los contratantes

reconocen y admiten para lo sucesivo8.

La transacción tiene la condición de cosa juzgada por mandato de la ley y tiene

que ser ejecutada de acuerdo con sus términos y alcances…el legislador ha

previsto como elemento esencial de la transacción que esta se efectúe mediante

concesiones recíprocas,…es decir; supone el reconocimiento parcial de la

pretensión del derecho ajeno y la renuncia parcial de la pretensión o del derecho

propio.(GACETA JURIDICA CUADERNOS JURISPRUDENCIALES 2005 Pág. 63)

La transacción es considerada como un medio de extinguir las controversias por

razón de tradición jurídica y por que, generalmente, primero está el efecto de

extinción en su contenido antes que ningún otro.9

La transacción es el acuerdo de voluntades para poner término a una duda,

conflicto, discrepancia o litigio, haciéndose concesiones recíprocas aunque

ambas partes estén en el sano convencimiento de que a cada una de ellas le

asiste la razón o la ley. El fundamento popular para la transacción se expresa así:

7 ZAVALETA CARRUITERO, Wilverder Código Procesal Civil, actividad procesalEditorhl Rodhas SAC Lima Perú. , 2005. Pág. 438.8 PUIG BRUTAU, José. Fundamentos del derecho Civil II. 2da Edición. BoschBarcelona. Pág. 624.9 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Formas Especiales de Conclusión delProceso. Editorial Gaceta Jurídica. 2da Edición 2002 Lima Perú Pág. 137.

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“más vale un mal arreglo que un buen juicio”, y el razonamiento práctico es que

las partes prefieren ceder en algo en su pretensión original para evitarse el largo y

tedioso camino del juicio.10

La transacción significa un acto de disposición sobre la materia litigiosa…(Mario

Alzamora Valdez)

En el código civil actual, siguiendo al Código de 1936, que a su vez se inspiraba

en el Código Argentino, regula a la transacción como una forma de extinción de

las obligaciones y no como un contrato…Ciertamente su colocación sistemática

no es la mejor, pues la transacción es un medio de resolución de conflictos de

intereses que no necesariamente se han originado en una relación jurídica

obligatoria.11.

En un sentido técnico jurídico la transacción es el acto jurídico de naturaleza

patrimonial o, más específicamente, un contrato por el que las partes, en ejercicio

de la autonomía de su voluntad privada, haciéndose concesiones recíprocas,

deciden, judicial o extrajudicialmente, con el valor de cosa juzgada, sobre algún

asunto dudoso o litigioso, evitando el pleito que podría promoverse o finalizando el

que está iniciando, transformando, de este modo, un status inseguro en otro

seguro.

5.2.- NATURALEZA JURÍDICA.

Se debate en la doctrina y legislación comparadas si la transacción es un

contrato, un acto jurídico o un medio extintivo de obligaciones.

10 FLORES POLO, Pedro. Diccionario Jurídico Fundamental 2da Edición 2002.Editora Jurídica Grijley. Lima Perú. Pág. 817.11 11FERRERO COSTA, Raúl Curso de derecho de Las Obligaciones 3ra Edición. EditoraGRIJLEY. Lima . Pág. 338

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En el Perú el derogado Código Civil de 1852 reguló a la transacción como un

contrato, en cambio el derogado Código de 1936 y el vigente de 1984 la regulan

como medio extintivo de obligaciones. LEON BARANDIARÁN dice que la

transacción “no puede reputarse como contrato en sentido estricto, en cuanto el

crea derechos y obligaciones: la transacción es meramente declarativa de

derechos. Entendidos los contratos en sentido amplio, la transacción puede ser

apreciada como tal: aplicándose a ella los dispositivos legales de aquello, dentro

de la disciplina especialmente estructurada para la institución.

5.3.- REQUISITOS ESPECIFICOS DE LA TRANSACCIÓN.

Para la validez de la transacción se requiere, además de los requisitos generales

contenidos en el artículo 140 que concurran los siguientes requisitos específicos:

a.- Relación jurídica existente.- elemento esencial de la transacción que es la

preexistencia entre las partes de una relación jurídica patrimonial, litigiosa o

simplemente dudosa.

b.- Concesiones recíprocas.- Que ambas partes se hagan concesiones

recíprocas, que haya un intercambio de sacrificios, que cada parte reciba como

contraprestación el sacrificio de la otra, es decir; que ambas sedan mutuamente

en algo sus pretensiones originarias con el propósito de dar por finalizada la

controversia.

c.- Que se decida la controversia con carácter definitivo.- La decisión que

toman las partes con la transacción sea esta judicial o extrajudicial es definitiva,

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tiene el valor de cosa juzgada, por lo que el objeto de la relación jurídica, materia

de la transacción es incuestionable en sede judicial o arbitral.12

La transacción es un contrato por el cual las partes convienen en resolver un

litigio en común acuerdo y en forma definitiva, antes o después de iniciado el

proceso civil…(Devis Echandía .1985 Tomo II : 651)

Eduardo Pallares define a la transacción como “…un contrato bilateral oneroso,

consensual y conmutativo, por medio del cual se pone fin a un juicio o se previene

un futuro…

Para Lino Palacios “la transacción opera como acto extintivo, no solo de la

obligación y del correlativo derecho litigioso, por medio del cual se pone fin a un

juicio promovido a raíz del litigio.

6.- CONFLICTO DE INTERESES.

El conflicto de intereses debe ser intersubjetivo, actual y regulado por el derecho.

Es intersubjetivo porque se da entre dos sujetos de derecho por lo menos, toda

vez que no tiene importancia alguna en conflicto suscitado en el fuero interno de

un mismo sujeto, por ejemplo, el conflicto derivado de saber si la misma persona

con el dinero que tiene debe adquirir vivienda o educación. Además el conflicto de

Intereses debe ser actual, esto es, que debe ser vigente al punto de requerir una

solución por cualquiera de las vías y medios previstos por la ley, si el conflicto

fuera solamente potencial no requerirá sino de medidas preventivas, por ejemplo,

medidas dentro de un Proceso no contencioso o voluntario, porque como se ha

12 TORRES VASQUEZ, Anibal. Código Civil Tomo II 7ma Edición. Lima 2011. Pág.128-137.

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dicho con certeza el proceso contencioso tiene como finalidad concreta la solución

de un conflicto actual de intereses13.

Conflicto de intereses son intereses opuestos, este concepto tiene mucha

Significación en diversas material…colisión de derechos o pretensiones

Jurídicas en que las partes no ceden14.

IV.- FORMULACION DE LAS HIPÓTESIS:

4.1.- HIPÓTESIS GENERAL:

Es probable que la conciliación extrajudicial no tengan implicancia efectiva

en la solución de conflicto de intereses con trascendencia en asuntos civiles en la

ciudad de Puno durante los años 2015 y 2016, esto por desconocimiento de las

consecuencias jurídicas por parte de las partes en las que se han suscitado un

conflicto de intereses.

4.2.- HIPÓTESIS SECUNDARIA.

a) Es posible que la conciliación extrajudicial únicamente tenga implicancia

en los asuntos relacionados a los procesos de alimentos y no en otros

asuntos relacionados al derecho civil de mayor complejidad.

b) Lo más probable es que exista desconocimiento sobre la verdadera

consecuencia jurídica respecto a la conciliación extrajudicial por parte de

las personas entre las que se presenta el conflicto de intereses.

13 TICONA POSTIGO, Victor El debido proceso y la demanda civil tomo IEditorial Rodas primera edición 1998 Pág. 23 y 24.14 FLORES POLO, Pedro. Diccionario Jurídico Fundamental 2da Edición 2002.Editora Jurídica Grijley. Lima Perú. Pág. 157.

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c) Entre las partes que se presentan un conflicto de intereses, al momento

de querer llevar adelante la conciliación extrajudicial, no existe

predisposición para poner fin a sus conflictos.

V.- VARIABLES E INDICADORES.

Las variables e indicadores se operacionalizan de acuerdo a las hipótesis

planteadas, conforme se detalla en el siguiente cuadro.

CUADRO No 01

OPERACIONALIZACION DE VARIABLES E INDICADORES

CLASES DE VARIABLES VARIABLE INDICADORES

INDEPENDIENTE

LA CONCILIACIÓN

EXTRAJUDICIAL.

-Regulación jurídica.

-La voluntad.

-Acuerdo de voluntades.

-Condición económica.

-Grado de instrucción.

DEPENDIENTE

SOLUCIÓN DE

CONFLICTO DE

INTESES EN ASUNTOS

CIVILES.

-Conflicto de intereses.

-Autocomposición.

-Heterocomposición.

-Adecuada regulación de

las formas especiales de

conclusión del proceso.

-Efectos jurídicos.

- Grado de instrucción.

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VI.- METODO DE INVESTIGACION:

6.1.- Tipo de investigación.

El problema de investigación propuesto por el carácter y naturaleza, constituye una

investigación de TIPO JURÍDICO DESCRIPTIVO, ya que mediante la hipótesis general y

específicas planteadas en el momento de su comprobación respectiva se pretende describir y

explicar la trascendental importancia o intrascendencia que tiene la conciliación extrajudicial

como mecanismo alternativo de solución de conflicto de intereses en asuntos trascendentes

al derecho civil en la ciudad de Puno durante los años 2015 y 2016.

Además la investigación será:

POR SU FINALIDAD : Será aplicativa.

POR EL TIEMPO : Será sincrónica.

POR EL NIVEL DE PROFUNDIDAD : Será descriptiva.

POR SU CARÁCTER : Será cuantitativa.

6.2.- UNIDAD DE OBSERVACIÓN O ESTUDIO.

Las unidades de observación que guarda estrecha relación con la naturaleza del

presente trabajo de investigación, son todos los asuntos de naturaleza civil que ha sido

materia de solicitud ante los diferentes centros de conciliación de la ciudad de Puno durante

los años 2015 y 2016 respectivamente, también constituirán como unidades de estudio a

todos los conciliadores que tienen que ver con la labor de conciliar en caso de conflictos de

intereses entre las partes invitadas, según sean la naturaleza del conflicto suscitado.

6. 3.- EL UNIVERSO, LA MUESTRA Y LA UBICACIÓN TEMPORAL.

6.3.1. EL UNIVERSO.

6.3.1.1.- EL UNIVERSO FÍSICO.

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El universo físico está constituido por todos los centros de conciliación de la ciudad de

Puno, las mismas que hayan tenido injerencia acogerlos a una conciliación respecto a sus

conflictos suscitados, para la pronta solución de conflictos jurídicos, como ya se indicó

durante los años 2015 y 2016.

6.3.1.2.-EL UNIVERSO SOCIAL.

Todo el universo social correspondiente a la presente investigación está relacionado a

los profesionales que tienen la condición de conciliadores en asuntos civiles y las personas

que han solicitado conciliación sobre algún conflicto presentado entre las partes, todo ello

relacionado a casos civiles de la ciudad de Puno.

6.3.2.- LA MUESTRA REPRESENTATIVA.

Del universo físico, se tomará como muestra representativa a dos centros de

conciliación de la ciudad de Puno, siempre durante los años 2015 y 2016 respectivamente,

utilizando para esto como instrumento de trabajo las fichas de observación de expedientes y

la guía de entrevista a conciliadores.

Para obtener la muestra representativa, se utilizará el muestreo probabilístico y auto

ponderado, a fin de dar mayor confiabilidad y validez durante el proceso de comprobación de

la hipótesis planteada, así como para obtener un alto grado de aproximación mediante

inferencias estadísticas.

6.3.3.- UBICACIÓN TEMPORAL DE LA MUESTRA REPRESENTATIVA FÍSICA.

La muestra representativa física será obtenida de las actas de conciliación tramitados

ante los centros de conciliación de la ciudad de Puno, las mismas que hayan sido

susceptibles a conciliación extrajudicial solucionando así sus conflicto de intereses, siempre

durante los años 2015 y 2016.

6.4.- METODOS DE INVESTIGACIÓN

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Para la obtención de conocimientos eminentemente científicos, el investigador

necesariamente debe valerse de la utilización de métodos científicos, ordinarios así como

métodos especiales, en ese sentido para la prosecución de este trabajo investigativo me

valdré de los siguientes métodos:

9.4.1.- METODOS CIENTÍFICOS.

9.4.1.1.- MÉTODO INDUCTIVO.

Es un método científico o lógico que nos permite inducir de lo simple a lo compuesto,

partir de conocimientos elementales para llegar a conocimientos más complejos, mediante la

observación de fenómenos particulares, con el objeto de llegar a conclusiones o conceptos

genéricos.

9.4.1.2.- METODO DEDUCTIVO.

Este método nos permitirá observar fenómenos de carácter general con el propósito de

llegar a premisas y conclusiones particulares, también nos permite conocer situaciones y

hechos que puedan ser aplicados a situaciones similares del problema materia de

investigación.

9.4.1.3.- METODO DE ANÁLISIS.

Este método me permitirá descomponer un todo en situaciones particulares, en este

caso relacionado al problema de investigación, que me permitirá relacionar causa efecto

respecto a las variables que son susceptibles de manipulación en el presente trabajo de

investigación.

9.4.1.4.- METODO DE SÍNTESIS.

Este método nos permite establecer y arribar a algunas conclusiones como

consecuencia de un proceso de investigación, como en el presente caso.

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9.4.2.- METODOS JURÍDICOS.

9.4.2.1.- METODO EXEGETICO.

Este método jurídico me permitirá interpretar las diferentes normas jurídicas

relacionadas a las variables del problema de investigación, para consecuentemente aplicar a

una realidad concreta.

9.4.2.2.- METODO HERMENEUTICO.

Método jurídico que tiene por objeto la interpretación de los textos legales de las

diferentes normas, principios, leyes, jurisprudencia y doctrina jurídica relacionado al

ordenamiento jurídico nacional como al derecho comparado.

9.4.2.3.- METODO DEL ANÁLISIS ECONOMICO DEL DERECHO.

Método que permitirá establecer la relación de costo/beneficio que pueda traer consigo

la aplicación frecuente de la conciliación extrajudicial, en los asuntos relevantes al derecho

civil.

9.5.- FUENTES Y TÉCNICAS PARA LA RECOLECCION DE LA INFORMACIÓN.

9.5.1.- FUENTES PRIMARIAS.

Para tener un conocimiento cabal del problema materia de investigación es que se

obtendrá información oral y escrita directamente recibida de las actas de conciliación y los

conciliadores observados y entrevistados, valiéndonos de las técnicas de investigación, así

como:

9.5.1.1.- LA OBSERVACIÓN.

Mediante esta técnica se logrará observar en la realidad fáctica hechos reales, que

son importantes su análisis para el presente trabajo de investigación, que es materia de

estudio, esta técnica me permitirá deliberadamente apreciar aspectos relevantes relacionados

a los rasgos característicos respecto a la importancia del problema de investigación, en la

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solución de conflicto de intereses a través de la conciliación extrajudicial en asuntos civiles

llevados adelante en los centros de conciliación de la ciudad de Puno, para lo cual se

elaborará como instrumento consistente en una Ficha de Observación estructurada de cada

caso.

9.5.1.2.- LA ENCUESTA.

Es una técnica que se adecua a este tipo de investigación la misma que nos permitirá

comprobar los objetivos, hipótesis y variables planteadas en el presente trabajo de

investigación para lo cual previamente se elaborará su instrumento respectivo consistente en

un cuestionario de preguntas siguiendo los criterios metodológicos existentes, esto al efecto

de recoger la opinión y criterio que muestran los conciliadores.

9.5.1.3.- ANÁLISIS DOCUMENTAL.

Esta técnica básicamente se utilizará en función al análisis doctrinario y teórico

existente de las diversas obras nacionales e internacionales sobre el tema de estudio, para

esto debe de elaborarse como instrumento a las fichas bibliográficas documentales.

9.5.1.4.- ESTUDIO DE CASOS.

Mediante esta técnica se logrará analizar los casos que ha sido susceptibles de

conciliación mediante la institución jurídica de la conciliación extrajudicial, siempre en casos

civiles durante los años 2015 y 2016 en la ciudad de Puno, para este efecto se elaborará

como instrumento una ficha de observación estructurada de casos.

9.5.1.5.- ANÁLISIS MICRO COMPARATIVO DE SISTEMAS JURÍDICOS EXTRANJEROS.

Mediante esta técnica se va lograr conocer las identidades similares y diferencias

existentes entre los diversos sistemas jurídicos extranjeros elegidos, respecto de la recepción

y regulación de la transacción extrajudicial, para lo cual se elaborará como instrumento una

ficha de observación estructurada de sistemas jurídicos comparativos.

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9.5.2.- FUENTES SECUNDARIAS.

Para que esta investigación tenga la suficiente solidez teórica conceptual, es que se

tiene que recurrir a la información escrita que se encuentran en los textos, revistas,

documentos, separatas, legislación, Internet, jurisprudencia y otros registros existentes.

9.6 TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN.

9.6.1.- SELECCIÓN Y CODIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

Luego de realizar el trabajo de campo y de haber concluido con la toma de encuestas y

la observación de expedientes y casos es que se procederá a seleccionar las respuestas de

acuerdo a las variables existentes, para posteriormente proceder a la tabulación de la

información obtenida.

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CUADRO No 02TABLA DE MATRIZ DE CONSISTENCIA

TITULO DE LATESIS

ENUNCIADO DELPROBLEMA

OBJETIVOS HIPOTESIS VARIABLES INDICADORES INSTRUMENTOS

“LACONCILIACIÓNEXTRAJUDICIAL y SUIMPLICANCIAEN LASOLUCIÓN DECONFLICTO DEINTERESES DETRASCENDENCIA CIVIL enPUNO”

- ¿En qué medida tienesu implicancia laconciliación extrajudicialen la solución deconflicto de intereses detrascendencia civil en laciudad de Puno?- ¿Cuál es el tratamientonormativo de laconciliación extrajudicialen la solución deconflicto de intereses detrascendencia civil en laciudad de Puno?-¿Tienen plenoconocimiento las partes,respecto al efectojurídico de la conciliaciónextrajudicial en la ciudadde Puno?- ¿En qué casos tienemayor implicancia laconciliación extrajudicialen la solución deconflicto e intereses?- ¿Existirá lapredisposición por partede los sujetos, respectoa la conciliaciónextrajudicial en la ciudadde Puno?- ¿Existiráasesoramiento real yefectivo por parte de losconciliadores, respecto ala consecuencia jurídicade la conciliaciónextrajudicial para lapronta solución deconflicto de intereses enla ciudad de Puno?

OBJETIVO GENERAL:Conocer y determinar la

implicancia que tiene la conciliaciónextrajudicial en la solución deconflicto de intereses en los asuntosde trascendencia con el derecho civilen la ciudad de Puno durante losaños 2015 -2016.OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

a) Identificar en qué asuntostrascendentes del derecho civil tienemayor implicancia la conciliaciónextrajudicial, respecto a los conflictosde intereses generados entre laspartes.b) Establecer el conocimiento odesconocimiento respecto al efectojurídico de la conciliación extrajudicialen casos civiles por las partes en quese suscitan conflicto de intereses, enla ciudad de Puno.c) Caracterizar lapredisposición de las partes en lasque se suscita conflicto de intereseshacia una conciliación rápida ypacífica en la ciudad de Puno.

HIPÓTESIS GENERAL:Es probable que la conciliación

extrajudicial no tengan implicanciaefectiva en la solución de conflicto deintereses con trascendencia en asuntosciviles en la ciudad de Puno durante losaños 2015 y 2016, esto pordesconocimiento de las consecuenciasjurídicas por parte de las partes en lasque se han suscitado un conflicto deintereses.HIPÓTESIS SECUNDARIA.a) Es posible que la conciliaciónextrajudicial únicamente tengaimplicancia en los asuntos relacionados alos procesos de alimentos y no en otrosasuntos relacionados al derecho civil demayor complejidad.b) Lo más probable es que existadesconocimiento sobre la verdaderaconsecuencia jurídica respecto a laconciliación extrajudicial por parte de laspersonas entre las que se presenta elconflicto de intereses.c) Entre las partes que sepresentan un conflicto de intereses, almomento de querer llevar adelante laconciliación extrajudicial, no existepredisposición para poner fin a susconflictos.

VARIABLEINDEPENDIENTE.

LA CONCILIACIÓNEXTRAJUDICIAL.

VARIABLEDEPENDIENTE

SOLUCIÓN DECONFLICTO DEINTERESES ENASUNTOS CIVILES.

-Regulación jurídica.-Acuerdo devoluntades.-Condicióneconómica.-Grado de instrucción.

-Conflicto deintereses.-Autocomposición.-Heterocomposición-Adecuada regulaciónde la transacciónjudicial.-Efecto jurídicos

Ficha deobservación.

Entrevista.

Ficha deobservación.

Entrevista.

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VII.- ASPETOS ADMINISTRATIVOS:

7.1.- PRESUPUESTO Y FINANCIAMIENTO.

Los gastos económicos administrativos y servicios personales que demandará la

investigación a desarrollarse asciende a la suma de S/. 4,800.00 (cuatro mil

ochocientos soles) financiamiento que será efectuado por el propio investigador,

conforme se encuentra especificado en el cuadro que a continuación se detalla.

CUADRO Nro 04

Nro RUBROS TOTALMENSUAL

TOTALGENERAL

01 Material de escritorio (papel, fólderes,

lapiceros, papel carbón, etc.)

210.00 1,500.00

02 Asesoramiento profesional, estadístico. 100.00 800.00

03 Empaste, anillado y tipeo 300.00

04 Gastos administrativos ante la universidad 1,000.00

05 Fotocopias y movilidad 400.00

06 Otros gastos imprevistos 800.00

TOTAL 4,800.00

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7.2.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.

CUADRO No O3

No Actividad científica ENE2017

FEB2017

MAR2017

ABR2017

MAY2017

JUN2017

JUL2017

AGO2017

SET2017

OCT2017

01 Selección y definición delproblema.

x

02 Delimitación del problemade Investigación.

x

03 Elaboración del Proyecto deInvestigación.

x x

04 Evaluación y aprobación delproyecto de investigación

x x

05 Ejecución del proyecto deInvestigación.

x x x x

06 Codificación y tabulación dela información.

x x

07 Análisis e interpretación dela información.

x

08 Redacción preliminar delinforme.

x x

09 Revisión del informepreliminar.

x

10 Presentación del informefinal.

x x

11 Evaluación y aprobación delinforme final.

x

12 Sustentación pública de latesis.

x

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ESTRUCTURA TENTATIVA DE LA TESIS:. PORTADA*. CARATULA*. JURADOS Y ASESOR. DEDICATORIA (Opcional). AGRADECIMIENTOS (Opcional). ÍNDICE. RESUMEN*. INTRODUCCIONCAP. I EL PROBLEMA

1.1. Análisis de la situación problemática.1.2. Planteamiento del problema.1.3. Objetivos.

CAP. II MARCO TEORICO REFERENCIAL2.1. Antecedentes de la investigación.2.2. Bases teóricas.2.3. Marco conceptual.2.4. Hipótesis.2.5. Análisis de variables e indicadores.

CAP. III METODO DE INVESTIGACION3.1. Método de investigación.3.2. Diseño de la investigación.3.3. Población y muestra.3.4. Técnicas e instrumentos.3.5. Diseño de contrastación de hipótesis.3.6. Matriz de consistencia y tripartita.

CAP. IV RESULTADOS Y DISCUSION4.1. Resultados y discusión4.2. Aportación teórica-prácticaCONCLUSIONES Y SUGERENCIAS

CAP. V REFERENCIAS BIBLIOGRAFICASANEXOS* Portada (tapa) y carátula, contiene el mismo texto, según ejemplo.* Resumen de tesis de Maestría: español y un idioma extranjero; y de lastesis de Doctorado en español y dos idiomas extranjeros. La compaginación hastael resumen en números romanos minúsculas y desde introducción en númerosarábicos.* Por ser un esquema sugerido, los ítems innecesarios no considere.

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IX.- REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍCAS.

1.- CARRION LUGO, Jorge. Tratado de Derecho Procesal Civil Volumen I

Editorial GRIJLEY Lima Perú Edición 2000 .

2.- HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Formas Especiales de Conclusión del

Proceso. Editorial Gaceta Jurídica. 2da Edición 2002 Lima Perú.

3.- FLORES POLO, Pedro. Diccionario Jurídico Fundamental 2da Edición 2002.

Editora Jurídica Grijley. Lima Perú.

4.- TICONA POSTIGO, Victor El debido proceso y la demanda civil tomo I

Editorial Rodas primera edición 1998

5.-ZAVALETA CARRUITERO, Wilverder Código Procesal Civil, actividad procesal

Editorhl Rodhas SAC Lima Perú. , 2005.

6.- PUIG BRUTAU, José. Fundamentos del derecho Civil II. 2da Edición. Bosch

Barcelona.

7.- ORTELLS RAMOS, M. Derecho procesal Civil, editorial Thomson Aranzadi,

Navarra 2007.

8.- PALACIO, Lino. Derecho Procesal Civil. Editorial Abeledo Perrot, 1975 Buenos

Aires.

9.- SENTIS MELENDO, Santiago. Teoría y Práctica del Proceso, editorial EJEA.

Buenos Aires 1959.

10.- GACETA JURIDICA CUADERNOS JURISPRUDENCIALES 2005

11.- FERRERO COSTA, Raúl Curso de derecho de Las Obligaciones 3ra Edición.

2001. Editora GRIJLEY. Lima .

12.- TORRES VASQUEZ, Anibal. Código Civil Tomo II 7ma Edición. Lima 2011.