Ensayo Final Final 1

23
1

Transcript of Ensayo Final Final 1

INTRODUCCIN.El hombre por esencia es un ser gregario, en ese conjunto nace, se desarrolla, y muere. De su grupo adquiere toda una gama de aprendizajes que lo formarn para provecho propio y para beneficio de la sociedad. Es por ello que el grupo debe prepararse para proteger a sus miembros en cada etapa de la vida, tal concepto de preparacin conlleva a la seguridad social, a los fines de garantizar en todo momento el bienestar de vida necesario, en proporcin al esfuerzo y aporte que cada socio ha dado a la sociedad. Lo que obliga al grupo societario a pensar en una seguridad social que consagre derechos y obligaciones. La Seguridad Social es entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una proteccin bsica para satisfacer estados de necesidad. As pues, el Estado debe ejecutar determinadas polticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en lo referente a la sanidad, la educacin y en general todo el espectro posible de seguridad social. En este sentido, el Estado genera un proceso de redistribucin de la riqueza, pues en principio, las clases de menor poder adquisitivo son las ms beneficiadas por una cobertura social que no podran alcanzar con sus propios ingresos.Este Sistema engloba temas como la salud pblica, el subsidio al desempleo, o los planes de pensiones y jubilaciones y otras medidas que han ido surgiendo en muchos pases, tanto industrializados como en vas de desarrollo, desde finales del siglo XIX, para asegurar unos niveles mnimos de dignidad de vida a todos los ciudadanos.

SINTESIS HISTORICA DE LA SEGURIDAD SOCIALEl Libertador Simn Bolvar, en el discurso de Angostura en fecha 15 de febrero de 1819, expres:"El sistema de gobierno ms perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad poltica".Las Ideas de Simn Bolvar fueron expresadas 62 aos antes que la Seguridad Social hiciera su aparicin en el mundo.No le haba llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas segn l lo haba adelantado.La Seguridad Social nace en Alemania, producto de varios factores, como el proceso de industrializacin, los fuertes reclamos de los trabajadores, la presin de las iglesias, de algunos grupos polticos y sectores acadmicos de la poca. Los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las de socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los sindicatos. Eran los tiempos en que Alemania era gobernada por el Kiser Guillermo II, quien anunci el compromiso social del Estado, el 17 de Noviembre de 1821, la proteccin al trabajador, en caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o parcial.Impulsadas por el Canciller Alemn Otto Von Bismarck (el Canciller de Hierro) son refrendadas tres leyes sociales, que representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:Seguro contra Enfermedad. 1883Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889Los resultados de la aplicacin de este Modelo fueron tan eficaces que muy pronto es extendido a Europa y un poco ms tarde a otras partes del mundo.En 1889, en Pars se cre la "Asociacin Internacional de Seguros Sociales". Sus postulados pasan a ser temas relevantes en congresos especiales: en Berna en 1891; en Bruselas en 1897; en Pars en 1900; en Dusseldorf en 1902; en Viena en 1905 y en Roma en 1908.En el Congreso de Roma se propuso adems la creacin de conferencias destinadas a conseguir la concertacin de convenios internacionales, las primeras de las cuales tuvieron lugar en La Haya en 1910; en Dresden en 1911 y en Zurich en 1912.En 1919, mediante el Tratado de Versalles, se pone fin a la Primera Guerra Mundial. Como producto de este histrico Tratado nace la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT). El Prembulo de la Constitucin de la OIT es muy rico en contenidos de proteccin social y sirve de pilar doctrinal y de poltica de la Seguridad Social,El ingls Sir W. Beberidge en 1942 introduce un segundo gran componente de la Seguridad Social mediante el "Plan Beberidge", este contiene una concepcin mucho ms amplia de la seguridad social. Tiende a contemplar las situaciones de necesidad producidas por cualquier contingencia y trata de remediarlas cualquiera que fuera su origen. En su contenido expresa:" Aliviar el estado de necesidad e impedir la pobreza es un objetivo que debe perseguir la sociedad moderna y que inspira el carcter de generalidad de la proteccin".En 1944, la Conferencia General de la Organizacin Internacional del Trabajo congregada en Filadelfia presenta la Declaracin de los fines y objetivos de la OIT y de los principios que debieran inspirar la poltica de sus miembros, en su Ttulo III establece:"La Conferencia reconoce la obligacin solemne de la Organizacin Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan extender medidas de seguridad social para garantizar ingresos bsicos a quienes los necesiten y prestar asistencia mdica completa".:La Seguridad adquiere tal relevancia que aparece en 1948, como parte integrante de la Declaracin de los Derechos Humanos.

OBJETIVOS DE LA SEGURIDAD SOCIALLa Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes del pas, en las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesanta, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsin social, as como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreacin que tiene todo ser humano.La Seguridad Social debe velar porque las personas que estn en la imposibilidad sea temporal o permanente de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionndoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados servicios"En el artculo 86 de la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela se establece que toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio pblico de carcter no lucrativo, que garantice la salud y la proteccin ante las contingencias, artculo adems enmarcado dentro del Captulo referente a los derechos sociales y de las familias.Los artculos 83, 84 y 85 de la Constitucin Nacional establecen el derecho a la salud y la creacin de un sistema pblico nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.

SEGURIDAD SOCIAL.La Seguridad Social se considera como un elemento imprescindible y esencial de la sociedad, as genera, un sistema de proteccin pblica de cualquier situacin de necesidad para todos los ciudadanos, en tal sentido, tiene por finalidad garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia mdica, la proteccin de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.El Estado como responsable de la poltica socioeconmica, incorpora a los programas de Seguridad Social en su planificacin general. De tal manera que para logarlo, dicta leyes y dems instrumentos jurdicos a tales fines.As se tiene, que el artculo 1 de la Ley Orgnica del Sistema de Seguridad Social en Venezuela, establece el objeto de la misma, en los siguientes trminos:La presente Ley tiene por objeto crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectora, organizacin, funcionamiento y financiamiento, la gestin de sus regmenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su mbito de aplicacin, como servicio pblico de carcter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela.Del artculo citado se infiere, que el objeto de la Ley es implantar el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectora, organizacin, funcionamiento y financiamiento, la gestin de los diversos regmenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho de la Seguridad Social de los individuos que estn sujetos a su mbito de aplicacin.Por otra parte el artculo 2 eiusdem determina el fin del Sistema de Seguridad Social, indicando:El Estado, por medio del Sistema de Seguridad Social, garantiza a las personas comprendidas en el campo de aplicacin de esta Ley, la proteccin adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la misma.Para comprender, que es el Sistema de Seguridad Social, la misma Ley LOSSS lo define en el artculo 5 de la siguiente manera:Se entiende por Sistema de Seguridad Social el conjunto integrado de sistemas y regmenes prestacionales, complementarios entre s e interdependientes, destinados a atender las contingencias objeto de la proteccin de dicho Sistema. El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, se sustenta econmicamente con los aportes del Estado, Patronos y Trabajadores, con la finalidad de ofrecer atencin a la salud, de algunas Prestaciones Sociales y contingencias a la poblacin de protegidos, para as armonizar las contradicciones e inquietudes sociales.Resulta difcil definir en forma precisa, que es la seguridad social, por su amplitud y la gran cantidad de cambios que ha involucrado desde su nacimiento a finales del siglo XIX hasta la actualidad.La Organizacin Internacional del Trabajo, define la seguridad social como la proteccin que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas pblicas, contra las privaciones econmicas y sociales que, de no ser as, ocasionaran la desaparicin o una fuerte reduccin de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y tambin la proteccin en forma de asistencia mdica y de ayuda a las familias con hijos (documento original de 1991).Por lo tanto, la seguridad social se dirige a la oferta efectuada (fundamentalmente por el Estado) a los individuos en trminos de ciertas necesidades bsicas, para la proteccin y promocin de la salud, el combate contra la pobreza material, la adecuada prevencin y el cuidado de las personas de edad avanzada, la rehabilitacin de los discapacitados, la facilitacin del acceso a la vivienda, la vigilancia activa de las familias en distintas situaciones de riesgo, los seguros contra el desempleo y la formacin de polticas que estimulen los puestos de trabajo, entre otros.En algunos pases, es el Estado el nico proveedor de la seguridad social mientras que en otros, la actividad es compartida con organizaciones no gubernamentales e incluso con fundacin o entidades privadas. No puede olvidarse que, en especial en los grupos ms desvalidos o de mayor riesgo, muchas instituciones religiosas asumen el papel de la seguridad social con elevada eficiencia.La seguridad social adquiere mayor importancia para la proteccin de nuevos grupos de riesgo, como los numerosos desocupados de edad joven, la emergencia de nuevas enfermedades, la reaparicin de afecciones que estaban controladas (malaria, tuberculosis, clera, por citar las ms reconocidas) y la mayor difusin de las nuevas epidemias (diabetes, obesidad, enfermedades neurodegenerativas) ha motivado la aparicin de programas para aplicar los principios de la seguridad social sin excluir a ninguno de los potenciales beneficiarios que podran as mejorar su calidad de vida.ORGANIZACIN, ESTRUCTURAS Y FUNCIONES DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIALEl Sistema de Seguridad Social Integral como conjunto orgnico, interrelacionado e interdependiente de regmenes de proteccin social, est organizado en subsistemas y es un servicio pblico de afiliacin obligatoria para cada trabajador y de carcter contributivo.a) Subsistema de Pensiones;b) Subsistema de Salud;c) Subsistema de Paro Forzoso y Capacitacin Laboral;d) Subsistema de Vivienda y Poltica Habitacional;e) Subsistema de Recreacin.SUBSISTEMA DE PENSIONESEl Subsistema de Pensiones tiene por objeto la cobertura de las contingencias de invalidez, vejez, muerte, asistencia funeraria, nupcialidad y sobrevivencia.El mismo ser financiado por las cotizaciones de los patronos y por los aportes del Ejecutivo nacional y estar a cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). La Ley especial de este Subsistema determinar su administracin., la supervisin estar a cargo del Ministerio de Finanzas.SUBSISTEMA DE SALUDEl Subsistema de Salud tiene por objeto garantizar a los afiliados el financiamiento y la seguridad de la prestacin de los servicios de salud. Los beneficios que otorgarn el subsistema y sus condiciones sern determinados en la ley especial.En este subsistema se crean el Fondo Solidario de Salud, con el objeto de garantizar a los afiliados la prestacin de la atencin mdica integral y su financiamiento; y cancelar las indemnizaciones diarias que correspondan de conformidad con lo establecido en la Ley Especial del Subsistema. El Fondo Solidario de Salud ser administrado por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de conformidad con la Ley Especial de Subsistema y el Fondo Especial a la Atencin de Enfermedades de Alto Costo, Riesgo y Largo Plazo.SUBSISTEMA DE PARO FORZOSO Y CAPACITACION LABORALEl Subsistema de Paro Forzoso y Capacitacin Laboral, tiene como objeto la proteccin temporal del afiliado por la terminacin de la relacin de trabajo en los trminos y condiciones sealados en la Ley del Subsistema, mediante el otorgamiento de prestaciones en dinero; as como procurar su pronta reinsercin al trabajo, a travs del servicio de intermediacin y capacitacin laboral.Se constituir un Fondo de paro Forzoso de carcter obligatorio y solidario que cubrir los gastos de indemnizacin econmica, salud y capacitacin laboral. Su administracin estar a cargo del IVSS.SUBSISTEMA DE VIVIENDA Y POLITICA HABITACIONALEl Subsistema de Vivienda y Poltica Habitacional tiene por objeto generar las facilidades a los afiliados y a los beneficiarios del Sistema, para el acceso a una vivienda digna y adecuada, incluyendo sus servicios urbansticos bsicos; adems de estimular y apoyar la participacin individual y comunitaria en la solucin de sus problemas habitacionales.Dicho ahorro se constituir con las contribuciones que los trabajadores y empleadores y los rendimientos que estos produzcan. Su administracin la implementar la Ley Especial del Subsistema.SUBSISTEMA DE RECREACIONEl objeto del Subsistema es promover e incentivar el desarrollo de programas de recreacin, utilizacin del tiempo libre, descanso y turismo social para los afiliados y beneficiarios del Sistema de Seguridad Social Integral.La ley Especial del Subsistema definir los lineamientos y establecer las normas para desarrollar en forma directa o mediante acuerdos con entidades pblicas o privadas, los programas de recreacin. Utilizacin del tiempo libre, descanso y turismo social, as como el fomento de la construccin, dotacin. Mantenimiento y proteccin de la infraestructura recreacional.PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA SEGURIDAD SOCIALLa Seguridad Social Integral se basa en los siguientes principios:a) Universalidad, b) Solidaridad, c) Integralidad, d) Unidad, e) Participacin, f) Autofinanciamiento, g) EficienciaBREVE RESEA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIALEl Instituto Venezolano de los Seguros Sociales es una Institucin pblica, cuya razn de ser es brindar proteccin de la Seguridad Social a todos sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesanta o paro forzoso, de manera oportuna y con calidad de excelencia en el servicio prestado, en atencin al marco legal. Es su MISION.El Instituto Venezolano De los Seguros Sociales (IVSS) bajo la inspiracin de la justicia social y de la equidad, garantiza el cumplimiento de los principios y normas de la Seguridad Social a todos los habitantes del pas, de manera oportuna y con calidad de excelencia en los servicios prestados. Es su VISION,El 9 de Octubre de 1944, comienzan las actividades del Seguro Social, con la puesta en funcionamiento de los servicios para la cobertura de riesgos de enfermedades, maternidad, accidentes y patologas por accidentes segn lo establecido en el Reglamento General de la Ley del seguro Social Obligatorio ( 19-2-1944). En 1946, se modifica esta Ley, dando origen a la creacin del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, organismo con personalidad jurdica y patrimonio propio; en 1951 se deroga la Ley y se sustituye por el Estatuto Orgnico del Seguro Social Obligatorio y posteriormente en 1966, se promulg otra Ley del Seguro Social Obligatorio, donde se amplan los beneficios adems de establecer las prestaciones a largo plazo (pensiones) por concepto de invalidez, incapacidad parcial, vejez y sobrevivientes y las asignaciones por nupcial y funerarias..En 1989, se pone en funcionamiento el Seguro de paro Forzoso, y cuya ltima reforma fue publicada en la Gaceta Oficial de la Repblica de Venezuela N 4.322 Extraordinario de fecha 3 de octubre de 1991, continuar siendo un instituto autnomo, con personalidad jurdica y patrimonio propio, distinto e independiente del Fisco Nacional, adscrito al Ministerio del Trabajo, con domicilio en la ciudad de Caracas y jurisdiccin en todo el territorio de la Repblica.IMPLEMENTACION Y TRANSITORIEDADLa Ley Orgnica del Sistema de Seguridad Social entr en vigencia a partir de su promulgacin y publicacin en la Gaceta Oficial de la Repblica Bolivariana de Venezuela en fecha de Diciembre de 2002 y con la misma quedaron derogadas aquellas normas que la colidenEl Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), tendr en el Sistema de Seguridad Social Integral la atribucin de gerenciar el proceso de transicin con base en esta Ley y en las leyes que regulan los Subsistemas, en las normas de la Ley del Seguro Social de 1991.Los hospitales y ambulatorios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) sern transferidos preferentemente a entes pblicos regionales o municipales, o a entes pblicos nacionales, en el plazo, modalidad y condiciones que se indiquen en la Ley Especial del Subsistema de Salud.Las leyes especiales de los Subsistemas de Pensiones y de Salud establecern los lapsos, modalidades de transicin y transformacin de otros regmenes de pensiones, jubilaciones y de salud del sector pblico, a fin de que el Sistema de Seguridad Social sea Uniforme.Los gastos de operacin o de funcionamiento del Instituto venezolano de los Seguros Sociales sern financiados fundamentalmente por el Fisco nacional. Los Recursos provenientes de las cotizaciones no podrn ser empleados al financiamiento del Instituto. Las obligaciones con los pensionados se harn con cargo a una partida del IVSS. Los crditos correspondientes sern transferidos al respectivo Fondo fiduciario, segn el contrato de fideicomiso suscrito con el Fondo de Inversiones de Venezuela con el objeto de administrar los recursos y efectuar los pagos. Para la atencin de salud de los pensionados se transferir al Fondo de Asistencia Mdica o al Fondo Solidario de Salud, una cuota no inferior al 6,25% de las pensiones pagadas. Las leyes especiales de los Subsistema de pensiones y de salud establecern los lapsos, modalidades de transicin y transformacin de otros regmenes de pensiones y jubilaciones y de salud del sector pblico.FINANCIAMIENTO DEL SISTEMAEl financiamiento del Sistema, estar constituido por las cotizaciones de los afiliados y por los aportes del Estado.FUNCIONAMIENTO.El funcionamiento del Sistema depender de los aportes del Estado.FISCALIZACION DEL SISTEMALa fiscalizacin de los procesos de liquidacin, distribucin y recaudacin de las cotizaciones y aportes provenientes del Sistema, ser ejercida por el Ministerio con competencia en Seguridad Social, y ser creada una Superintendencia que actuar como organismo controlador.SEGURIDAD SOCIAL EN AMERICA LATINALa poltica social estatal no solo experimenta una revalorizacin sino tambin una reorientacin. En el presente la realidad determina que el 40 % de la poblacin latinoamericana vive en condiciones de pobreza, muchos de ellos en pobreza extrema.La poltica ortodoxa de estabilizacin, con sus limitaciones estrictas del gasto pblico, tuvo sobretodo efectos contraproducentes en los servicios sociales y en el sistema estatal de seguridad social. Por un lado, la crisis social se extendi a una gran parte de la poblacin, por otro lado no se pudieron acometer los procesos de depuracin mediante una extensin equivalente del sistema pblico de bienestar social, muy por el contrario, en la mayora de los pases de Amrica Latina los gastos pblicos destinados a servicios sociales retrocedieron considerablemente en valores absolutos durante los aos 80. En 1987 la UNICEF se pronunci por un ajuste estructural humanitario que proteja a los ms dbiles en lugar de imponerles la carga ms pesada del ajuste.Queda por resolver, que tipo de poltica social puede ser la adecuada para conciliar conceptualmente y en la prctica los cambios estructurales necesarios y la estabilidad social. Para implementar las estrategias hay que observar la pobreza estructural, que son los sectores marginados de la sociedad que permanecen tradicionalmente excluidos de circuito formal de la economa a causa de una estructura de produccin heterognea y que solo tiene acceso limitado e insuficiente a las ofertas de empleo y educacin, y por otro lado los nuevos pobres, que abarcan los grupos sociales que fueron despedidos de las empresas pblicas o privadas y del servicio pblico, jvenes desocupados, pensionados y personas jubiladas prematuramente. Se puede encontrar una combinacin de los sistemas clsicos de seguridad social de previsin de enfermedades, vejez e invalidez y sistemas de seguridad social de orientacin universalista, por ejemplo el caso de los servicios gratuitos de salud pblica.En todos los pases existen sistemas privados de previsin, adems de los sistemas pblicos de servicios sociales. Argentina, Costa Rica, Cuba, Uruguay, Brasil, Jamaica, las Bahamas y Barbados tienen los sistemas de seguridad social ms extensamente desarrollados. En casi todos esos pases se estableci relativamente un sistema de seguridad social basado en el modelo de Bismarck, el cual se extendi progresivamente a sectores cada vez ms amplios de la colectividad. Al menos formalmente, la poblacin de esos pases est amparada en un 70 al 100 % por este sistema. En el extremo opuesto se encuentran pases como Honduras, Guatemala, El Salvador, Repblica Dominicana y Bolivia, en donde apenas un mximo del 20 % de la poblacin est protegido por sistemas pblicos de seguridad social.Adems hay pases con un desnivel social considerable y otros con un desnivel entre la ciudad y el campo. En Colombia, Ecuador y Per, por ejemplo del 64 al 84 % de los empleados en el rea de la energa, del 40 al 45 % de los trabajadores de la industria procesadora estn amparados, pero solo un 5 % de los trabajadores del campo reciben cuidados mdicos a travs del sistema de seguridad social.Sin embargo los problemas de asistencia social estatal dirigidos a los pobres, tampoco son una novedad en la regin, en diversos pases existen desde los aos 60 y 70 (Chile, Argentina, Brasil, Costa Rica, Guatemala). Lo que si es nuevo es la estrecha vinculacin de las estrategias orientadas a grupos-metas con la poltica de ajustes estructurales y su supeditacin funcional a esta poltica.

CONCLUSIONESEl objetivo del sistema de seguridad social es de proteger a los ciudadanos ante diversas contingencias, como enfermedades, accidentes, desempleo, entre otros y para mayor eficiencia est organizado en subsistemas, dos novedades tiene, la recreacin y la capacitacin para el trabajo, la primera como complemento al nivel de vida y la segunda para la insercin en el mbito de trabajo.La ley Orgnica de Seguridad Social en Venezuela, es tan amplia, que su complejidad lo puede hacer poco menos que inviable, pues crea una gran cantidad de instituciones por cada rgimen prestacional, ordena crear un ente rector, ms una Tesorera de la Seguridad Social, una Superintendencia como Organismo Contralor y un ente rector nacional, dando adems plazos para todas estas creaciones, como es el lapso de seis meses a partir de que comience a entrar en vigencia la Ley. Desde el punto de vista financiero, solo el Estado puede ser capaz de mantenerlo con limitaciones, pues el nmero de cotizantes patronos y trabajadores, adems que han mermado, no son capaces de proporcionar recursos suficientes.Hay que notar en forma positiva, que esta ley aborda integramente el tema de la Seguridad Social con un apego estricto a las lneas maestras trazadas por la Constitucin Nacional, establecimiento claro de los roles y las funciones de cada una de la instituciones que integraran el nuevo esquema, inclusin de un aparte donde se contempla la creacin del Servicio Social del Adulto que cumplir las mismas funciones de INAGER, extiende adems los beneficios propios del Sistema hacia personas que no tiene capacidad de Cotizacin y otorgamiento de un gran protagonismo al Estado en materia de supervisin y control.La ley comprende la creacin de un sistema pblico de salud que abarca la integracin de todos los centros de salud y un modelo de pensiones de aseguramiento colectivo, que es similar al rgimen de reparto, es decir que todos los aportes van a un pote.Los riesgos que impactarn son: econmicos dado que los cambios en las variables macroeconmicas afectarn el desempeo del fondo y pueden influir en el aumento en las tasas de aporte; polticos porque se hacen promesas de incrementar las pensiones y ello no se puede cumplir sin caer en desequilibrio actuarial y financiero; demogrficos por los cambios en las tasas de natalidad y mortalidad e individuales debido a la incertidumbre que tiene el trabajador de su futuro laboral que no le permite conocer su potencial de ahorro y planificar. En el instrumento se mantienen los esquemas especiales del sector pblico y se reconocen los derechos adquiridos de los trabajadores. Los sistemas de Seguridad Social se han convertido poco a poco en una preocupacin mayor para los pases desarrollados que destinan a este fin ms del 25 % de su producto interior bruto (PIB). Muchos pases que se encuentran en el subdesarrollo no pueden hacer frente a estos gastos, bien sea por la carga econmica que representan estos programas o bien temen el efecto que las pesadas cargas fiscales impondran sobre el crecimiento econmico del pas; Venezuela est tratando de implementar un sistema de Seguridad Social acorde con los tiempos y con lo establecido en las diferentes normativas legales y Tratados Internacionales.

BIBLIOGRAFIA-CONSTITUCIN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. AO 1999. SEGURIDAD SOCIAL, Revisado 25/03/2013, www.importancia.org/seguridad-social.php#ixzz2PJFtlvoT-DECRETOS LEYES DEL SISTEMA DE SALUD DEL AO 1998-LEY ORGANICA DE SEGURIDAD SOCIAL. Ao 2002-PELUAS DANIEL. Las Polticas Sociales en Amrica Latina. 2002-MARTINEZ DANIEL. Los Fondos de Inversin Social en Centroamrica y Panam. PREALC. Panam.1990-MESA LAGO CARMELO. Regmenes Pensionales en el Cono Sur y en rea Andina. Revista Nueva Sociedad. N 122.1992-OBANDO JOSE ANGEL. Seguridad Social: Una Visin General. CENTRAL DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES COSTARRICENSES. 2002-POLITICAS SOCIALES EN TIEMPOS DE CRISIS. Vol. I Y II. LC/R963. Santiago.1990

17