Ensayo Diplomado 1

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4 DIPLOMADO GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO 2015 NOMBRE: LIC. ANA D. ROSADO LUNA CENTRO DE TRABAJO: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL OBJETIVO: REFORZAR LA ENSEÑANZA QUE ESTOY ADQUIRIENDO EN EL DIPLOMADO PROPÓSITO DEL REPORTE: CUMPLIR CON LA INFORMACIÓN REQUERIDA PARA ESTAR EN POSIBILIDAD DE APROBAR EL DIPLOMADO

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TEMA:CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS LEY FEDERAL DELTRABAJO

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DIPLOMADO GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO 2015

NOMBRE: LIC. ANA D. ROSADO LUNA

CENTRO DE TRABAJO: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

OBJETIVO: REFORZAR LA ENSEÑANZA QUE ESTOY ADQUIRIENDO EN EL DIPLOMADO

PROPÓSITO DEL REPORTE: CUMPLIR CON LA INFORMACIÓN REQUERIDA PARA ESTAR EN POSIBILIDAD DE APROBAR EL DIPLOMADO

CORREO ELECTRONICO: [email protected]

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TEMA: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy Ley Federal del Trabajo

Durante el primer día del Diplomado Gestión de la Seguridad y Salud 2015, los temas que se

trataron fueron sobre el Marco Legal de Seguridad y Salud en el Trabajo con base al Artículo

123 Constitucional, considero que la Fracción XIV resume de forma muy general y clara las

obligaciones de los empresarios, en relación a que ellos son los responsables de los

accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con

motivo o en ejercicio de la profesión o trabajo que realicen, por lo tanto, los patrones deben

de pagar la indemnización correspondiente, en caso de muerte o incapacidad temporal o

permanente para poder trabajar, subsistiendo esta responsabilidad aún en el caso de que el

patrón contrate el trabajo por un intermediario. De igual forma, en la Fracción XV de la

CPEUM, señala que “El patrón está obligado a observar con base a la naturaleza de su

negociación los preceptos legales sobre Higiene y Seguridad en las instalaciones de su

establecimiento y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de

máquinas e instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal manera éste,

que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y del producto de la

concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes contendrán al efecto, las

sanciones procedentes en cada caso.”1

Ley Federal del Trabajo

“Dentro de las disposiciones generales de la Ley Federal del Trabajo en materia de

Seguridad y Salud en el Trabajo indica que son procedimientos, técnicas y elementos que se

aplican en los centros de trabajo, para el reconocimiento, evaluación y control de los agentes

nocivos que intervienen en los procesos y actividades de trabajo, con el objeto de establecer

medidas y acciones para la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo, a fin de

conservar la vida, salud e integridad física de los trabajadores, así como evitar cualquier

posible deterioro al propio centro de trabajo.”2

Asimismo, encontramos las Obligaciones de los patrones de: Instalar y operar fábricas,

talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo

con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en

materia de Seguridad, Salud y Medio Ambiente de Trabajo, con el fin de prevenir accidentes

y enfermedades de trabajo, de igual manera, el patrón está obligado a cumplir con el

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reglamento y las normas oficiales mexicanas (En materia de Seguridad, Salud y Medio

ambiente de Trabajo), y disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de

curación indispensables para prestar en tiempo y forma los primeros auxilios.

En este mismo contexto tenemos las Obligaciones de los trabajadores: De “Observar las

disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de

seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como las que indiquen los patrones para

su seguridad y protección personal. Someterse a los reconocimientos médicos previstos en

el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para

comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o

incurable.” 3

Durante el primer día del Diplomado, también vimos los temas relativos a Riesgos de

Trabajo, Enfermedades de Trabajo y los tipos de incapacidades que los mismos generan,

afectando directamente a los patrones, de ahí la importancia de la prevención para evitar que

estas situaciones se presenten. Por lo expuesto tenemos que un Riesgo de Trabajo, son

los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con

motivo del trabajo, un Accidente de Trabajo, es toda lesión orgánica o perturbación

funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con

motivo del trabajo cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que se preste, también quedan

incluidos en esta definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador

directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél, es decir, cuando el

traslado sea de forma directa y lógica y las Enfermedades de Trabajo, que es todo estado

patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el

trabajo o en el medio en el que el trabajador realice su trabajo.

Con el fin de evitar los accidentes de trabajo, enfermedades de trabajo y accidentes de

trayecto, y proponer medidas para prevenirlos todos los centros de trabajo están obligados a

integrar las Comisiones de Seguridad e Higiene que considere necesarias, integradas por

igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, con el fin de investigar las

causas de los accidentes y enfermedades y vigilar que se cumplan las medidas señaladas en

el párrafo anterior. Las actividades que realizan las Comisiones de Seguridad e Higiene son

de forma gratuita y dentro de la jornada laboral.

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Dentro de los temas tratados en el diplomado también se hizo mención de la Comisión

Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuya finalidad es coadyuvar en el

diseño de la política nacional en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo,

así como proponer reformas y adiciones al reglamento y a las normas oficiales mexicanas en

la materia, de igual forma, estudiar y recomendar medidas preventivas para abatir los riesgos

en los centros de trabajo. Dicha Comisión trabaja de manera conjunta con Protección Civil

para coordinar los trabajos en caso de presentarse algún desastre natural o humano.

De igual manera, se revisó el tema relativo a los Inspectores del Trabajo y sus atribuciones y

deberes, considerando como más relevante: “Vigilar el cumplimiento de las normas legales y

reglamentarias sobre prevención de los riesgos de trabajo y seguridad de la vida y salud de

los trabajadores, hacer constar en actas especiales las violaciones que descubran, colaborar

con los trabajadores y el patrón en la difusión de las normas sobre prevención de riesgos,

higiene y salubridad.”4

Se realizaron trabajos en equipo, consistente en analizar un expediente relativo a una

inspección extraordinaria de Seguridad e Higiene, realizada a una empresa de Campeche, el

día 13 de marzo del 2015, derivado de que se tuvo conocimiento de tres accidentes por

explosión en plataforma y que habían trabajadores heridos, después del análisis

correspondiente, se determinó que dicha inspección no se pudo realizar debido a que no se

encontró al patrón ni al representante legal y la persona que atendió a los inspectores

argumentó que no coincidía el domicilio de la empresa con el domicilio fiscal, finalmente la

Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,

sancionó al patrón derivado de que emitió el acuerdo de emplazamiento, pero éste no

presentó las pruebas para demostrar su dicho, le impuso una multa por la cantidad de $70,

100.00, por violación al Artículo 58 del Reglamento General para la Inspección y Aplicación

de Sanciones.

También se analizaron los temas relativos a: Trabajo de Menores, Trabajo de Mujeres,

Trabajo de Personas con Discapacidad, Trabajos Especiales (buques, tripulaciones

aeronáuticas), Trabajos de Autotransporte, Trabajadores del Campo, Deportistas

Profesionales, Trabajadores, Actores y Músicos, Trabajo en Minas e Industria Familiar. El

aprendizaje más importante que tuve durante la primera sesión del diplomado, es en

relación a las visitas de inspecciones a los centros de trabajo, ya que desconocía ese tema.

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Bibliografía:

1 Material de Apoyo (Diapositivas del Diplomado)

2 Material de Apoyo (Diapositivas del Diplomado)

3 Material de Apoyo (Diapositivas del Diplomado)

4 Material de Apoyo (Diapositivas del Diplomado)