Empresas y Tipos de Organizacion

download Empresas y Tipos de Organizacion

of 46

Transcript of Empresas y Tipos de Organizacion

Empresas y tipos de organizacionConstanza Posada S

Empresa Definida como una actividad econmica organizada para la produccin, transformacin, comercializacin, administracin o custodia de bienes, o para la prestacin de un servicio. La ley del comercio aplica el concepto de empresa a toda actividad industrial, comercial, a los servicios, relacionados con los llamados actos mercantiles. Para la empresa es necesario tener en cuenta el entorno. La empresa vive y muere segn el entorno o mejor dicho segn las caractersticas del entorno.

Entre las razones que motivan a una persona o grupo de personas a emprender una actividad independiente, se pueden mencionar las siguientes: Deseo de autonoma econmica; Necesidad de obtener mayores ingresos para beneficio de la familia; Sentido de superacin personal en el rea empresarial.

La persona que se convierte en empresario recibe beneficios y ventajas, los cuales se reflejan y repercuten en la sociedad, ya que: Al obtener ganancias puede convertirse en consumidor de los bienes y servicios que se producen en el mercado. Al producir bienes o prestar servicios, satisface necesidades de la comunidad; Al establecer una empresa, requiere de mano de obra, por lo cual se convierte en una fuente generadora de empleo. El pequeo empresario constituye una pieza importante dentro de la sociedad, ya que contribuye al progreso, crecimiento y desarrollo nacional.

PERSONAS JURDICAS: es un ente ficticio diferente de las personas que la constituyen, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones y de ser representada judicial y extra judicialmente. SOCIEDADES: es el contrato que celebran dos o mas personal obligndose a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables con el fin de repartirse entre si las utilidades obtenidas de la empresa o actividad social

CLASIFICACIONES Origen del Capital Tamao Actividad econmica Segn criterio de constitucin legal

ORIGEN DEL CAPITAL Publicas: El capital pertenece al estado y generalmente, su finalidad es satisfacer las necesidades de carcter social. Privadas: Lo son cuando el capital es propiedad de inversionistas privados y la finalidad es eminentemente lucrativa. A su vez, pueden ser nacionales cuando los inversionistas son nacionales o nacionales extranjeros, y trasnacionales cuando la mayora de los inversionistas son extranjeros y las utilidades se enfocan en el pas de origen.

Mixto: Capital privado y publico.

SEGN TAMAOSegn la ley 590 de 2000 se dividen en : Micro Empresa: Cuenta con menos diez trabajadores y sus activos totales son inferiores a 501 salarios mnimos mensuales legales vigentes.

Pequea Empresa: Posee entre once y cincuenta trabajadores y sus activos totales suman entre 501 y menos de 5001 salarios mnimos mensuales legales vigentes. Mediana Empresa: Su planta de personal esta entre cincuenta u uno y doscientos trabajadores y posee activos totales entre 5001 y 15.000 salarios mnimos legales vigentes.

Segn la actividad

Industriales Comerciales Servicio

INDUSTRIALES:La actividad primordial de este tipo de empresas es la produccin de bienes mediante la transformacin y/o extraccin de materias primas.

INDUSTRIALES EXTRACTIVAS: Cuando se dedican a la explotacin de recursos naturales, ya sea renovables y no renovables entendindose por recursos naturales, todas las cosas de la naturaleza son indispensables para la subsistencia del hombre. Ejemplos de este tipo de empresa son las pesqueras, madereras, mineras y petroleras, etc. MANUFACTURERAS: Son empresas que transforman las materias primas en productos terminados, y pueden ser de dos tipos: Empresas que producen bienes de consumo final: Producen bienes que satisfacen directamente la necesidad del consumidor; estos pueden ser: duraderos o no duraderos, suntuarios o de primera necesidad. Empresas que producen bienes de produccin: Estas empresas satisfacen preferentemente la demanda de las industrias de bienes de consumo final.

COMERCIALESSon intermediarias entre productor y consumidor, su funcin principal es la compra-venta de productos terminados y pueden clasificarse en: MAYORISTAS: Cuando efectan ventas en gran escala a otras empresas (minoristas) que a su vez distribuyen el producto al consumidor. MINORISTAS O DETALLISTAS: Las que venden el producto al menudeo o en pequeas cantidades al consumidor.

COMISIONISTAS: Se dedican a vender mercanca que los productores les dan a consignacin, percibiendo por esta funcin una ganancia o comisin.

SERVICIOComo su denominacin lo indica, son aquellas que brindan un servicio a la comunidad y pueden o no, tener fines lucrativos y pueden clasificarse en: TRANSPORTE TURISMO INSTITUCIONES FINANCIERAS SERVICIOS PBLICOS SERVICIOS PRIVADOS VARIOS: Asesora, diversos servicios contables, jurdicos y administrativos, promocin y ventas, agencias de publicidad. EDUCACIN SALUBRIDAD. FINANZAS

Sociedades Comerciales Sociedades de Personas Sociedades de Capital Sociedades de Naturaleza Mixta Sociedades de Comercializacin Internacional

SOCIEDADES DE PERSONAS Aquellas en las que se conocen todos los socios y en la cual tanto en la sociedad como en los negocios responden con su patrimonio, solidaria e ilimitadamente con las obligaciones, lo que les da derecho a todos los socios de administrar la sociedad. Entre este tipo de sociedades se encuentra la sociedad colectiva y la comandita simple.

Sociedad colectivaEn estas sociedades predominan las cualidades individuales de quienes se asocian y la confianza que se tengan, la responsabilidad es solidaria e ilimitada, es decir, todos responden por las actuaciones que realicen la sociedad y los otros socios. La razn social de sociedad colectiva se conforma con el nombre completo o el apellido de alguno de los socios, o con los nombres o los apellidos de todos los socios seguido de las expresiones & compaa, & hermanos , e hijos u otras anlogas. Se requieren por lo menos dos personas para conformarla y no existe lmite mximo. El capital se divide en partes que pueden ser de distinto valor, y cada socio, independientemente de su aporte tiene derecho a un voto en la junta de socios. La representacin legal corresponde a todos los socios salvo que la deleguen en un consocio o un tercero.

Sociedad comanditaria o comandita simpleEsta sociedad tiene dos categoras de asociados:

1.

los gestores que administran la sociedad, representan y tienen responsabilidad solidaria e ilimitada por las operaciones sociales, por cuanto no es necesario que den algn tipo de aporte.los comanditarios. son los que hacen los aportes no intervienen en la administracin de la sociedad y responden por las obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes.

2.

En las sociedades en comandita simple, como mnimo debe haber un socio gestor o colectivo y un socio comanditario, y el capital debe pagarse intelectualmente al construirse la sociedad e inmediatamente se haga cualquier reforma a dicho capital. La sociedad en comandita simple se integra con el aporte del capital de los socios comanditarios o con el de estos y de los socios gestores simultneamente y se divide en cuotas de igual valor. El socio gestor por el solo hecho de serlo tiene derecho a un voto y los socios comanditarios tienen derecho a un voto por cada cuota de capital que posean. Si son varios socios gestores sus decisiones deben tomarse por unanimidad, y los comanditarios por mayora. Debe haber por lo menos un socio gestor y cinco accionistas.

SOCIEDADES DE CAPITALSon aquellas en las que no se sabe quienes son los socios y estos responden hasta el monto de sus aportes por las obligaciones sociales. A esta clasificacin pertenecen las sociedades annimas y comanditas por acciones.

Sociedad AnnimaSe identifica con la denominacin que determinen los socios seguida de las palabras sociedad annima o su abreviatura S.A.. Se debe conformar mnimo con cinco accionista no tiene un tope mximo de accionistas y su responsabilidad es limitada al valor se sus aportes. La representacin de la sociedad y administracin de los negocios sociales, corresponden al representante legal y suplentes, quienes podrn ser nombrados indefinidamente y removidos en cualquier tiempo. Son elegidos por junta directiva aunque en los estatutos pueden delegarse esta designacin a la asamblea de accionistas. El capital se divide en acciones de igual valor que se representan en ttulos valores libremente negociables y se dividen en tres clases: Autorizado: Es la cuanta fija que determina el tope mximo de capitalizacin de la sociedad; este tope es fijado por los accionistas libremente. Suscrito: Es la parte del capital autorizado que los accionistas se comprometen a pagar a plazo, y debe ser al momento de su constitucin no menos de la mitad del autorizado. Pagado: Es la parte del suscrito que los accionistas efectivamente han pagado y que ha ingresado a la sociedad el cual, al constituirse esta no puede ser menos de la tercera parte del capital suscrito.

Sociedades en comanditas por accionesSe constituye con las mismas solemnidades que la sociedad colectiva. No es necesario que intervengan los socios comanditarios. La sociedad una vez constituida legalmente forma una persona jurdica distinta de los socios individualmente considerados. Para todos los efectos legales y para aspectos fiscales los accionistas deben declarar patrimonio y renta. La sociedad paga un (% ) sobre las utilidades. Numero de socios se constituye con 1 o mas colectivos y por lo menos 5 comanditarios. El capital estar representado en acciones de igual valor. El aporte de industria de los socios gestores no formara parte del capital social. Al constituirse la sociedad deber suscribirse por lo menos el 50% de las acciones en que se divide el capital autorizado y pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada accin suscrita. Se prohbe enunciar el capital autorizado sin mencionar el suscrito y el pagado y expresar el capital suscrito sin indicar el pagado. El plazo para cancelar la totalidad de acciones suscritas no exceder de un ao a partir de suscripcin.

Sociedades en comanditas por accionesLa responsabilidad de cada uno de los socios ser ilimitada para los gestores o colectivos y hasta el monto de sus respectivos aportes para los comanditarios. La negociabilidad de las particiones ser como en la sociedad colectiva para los socios gestores y como en la sociedad annima para los socios comanditarios. Con relacin a la razn social se agregara en todo caso la indicacin abreviada SCA (sociedad en comandita por acciones). La administracin corresponde a los socios colectivos quienes podrn ejercerla directamente o por sus delegados. Los comanditarios no podrn ejercer funcin de la representacin de la sociedad sino como delegados de los socios colectivos para negocios determinados. Las funciones de los socios son las misma que en la sociedad comandita simple, lo mismo que la distribucin de utilidades. El tiempo de duracin debe ser definido y debe fijarse en la escritura publica. Los causales de disolucin se dan por: vencimiento de termino previsto, imposibilidad de desarrollar la empresa social, reduccin de un numero de asociados, declaracin de quiebra de la sociedad, decisin de los socios, decisin de autoridad y por perdidas que reducen el patrimonio neto a menos de 50% de capital suscrito

SOCIEDADES DE NATURALEZA MIXTAAquella en la cual se sabe quienes son los socios, pero esto responden solamente hasta el monto de sus aportes. A esta clasificacin pertenecen las sociedades responsabilidad limitada.

Sociedades de responsabilidad limitada

Se identifican con la denominacin o razn social que determinen los socios, seguida de la palabra limitada o su abreviatura Ltda. En caso de no cumplir la regla antes descrita, los socios son responsables solidaria e ilimitadamente frente a terceros. En cuanto a la responsabilidad, cada socio responde, hasta por el valor de su aporte pero es posible pactar para todos o algunos de los socios una responsabilidad mayor, prestaciones, asesoras o garantas suplementarias, expresando su naturaleza, cuanta, duracin y modalidades. El capital esta dividido en cuotas o partes de igual valor que debe ser pagado en su totalidad al momento de constituir la sociedad, as como al momento de solemnizar cualquier aumento del mismo. Este tipo de sociedades debe constituirse con dos o ms socios y el nmero mximo es de 25. La administracin de los negocios y la representacin de la sociedad corresponde a los socios quienes pueden disponer de que la representacin recaiga solo en alguno o algunos o en un tercero. En reuniones de la junta de socios, cada socio tiene tantos votos como cuotas posea en la compaa, las decisiones debern ser tomadas por un numero plural de socios que represente la mayora absoluta es decir, la mitad mas uno de las cuotas en que se halle dividido el capital de la compaa, aunque se puede pactar en los estatutos una mayora superior a la absoluta para la toma de determinadas decisiones. Las reformas estatutarias deben aprobarse con el voto favorable de un nmero plural de socios que represente mnimo el setenta por ciento de las cuotas en que se divide el capital social salvo que se estipule una mayora superior en los estatutos.

SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIN INTERNACIONAL (CI)Es un instrumento de promocin y apoyo a las comercializaciones, a travs del cual las empresas que tengan por objeto principal efectuar operaciones de comercio exterior y, particularmente, orientar sus actividades hacia la promocin y comercializacin de productos colombianos en los mercados externos, recibiendo adems algunos beneficios tributarios.

SOCIEDADES ANNIMAS SIMPLIFICADAS (SAS) Ley 1258 de 2008, ventajas segn Parra, Moreno y Lafaurie Abogados. 1. Se constituyen mediante documento privado. El mismo procedimiento se aplica para cualquier tipo de sociedad (incluida la empresa unipersonal) que pretenda transformarse en una SAS. Esto reduce trmites y costos de escrituracin.

2. No exige un nmero de accionistas determinado. Esto hace que la sociedad pueda ampliar o reducir el nmero de sus accionistas a su conveniencia.3. Las reformas de la sociedad no se hacen por escritura pblica sino por documento privado, lo cual hace el trmite ms expedito y menos costoso (se ahorran gastos de escrituracin). Solo se requiere escritura pblica en algunos casos especiales.

SOCIEDADES ANNIMAS SIMPLIFICADAS (SAS)4. Desaparece la responsabilidad laboral y tributaria que recae sobre los socios de las sociedades limitadas. 5. El objeto social de la sociedad puede ser abierto, es decir, que puede hacer todo aquello que no est prohibido por la ley, si as se determina en los Estatutos. 6. El pago del capital social se puede pactar dentro de los Estatutos Sociales, sin que pase de 2 aos (en la actualidad el termino para pagar el capital social de las sociedades annimas es de 1 ao y las limitadas deben pagar todo su capital al momento de su constitucin). 7. Se pueden expedir diferentes tipos de acciones: (i) Privilegiadas; (ii) Con dividendo preferencial y sin derecho a voto; (iii) Con dividendo fijo anual; (iv) Acciones de pago. 8. El voto puede ser singular o mltiple. 9. La organizacin de la sociedad se puede pactar en los Estatutos Sociales, es decir, que no es obligatorio tener algunos rganos corporativos. Esto implica una posible reduccin en los costos que demandan algunos cuerpos colegiados de las sociedades.

SOCIEDADES ANNIMAS SIMPLIFICADAS (SAS)10.Se tiene un trmino ms amplio para enervar la causal de disolucin por prdidas que disminuyen el patrimonio neto por debajo del 50% del capital suscrito. Ya no es un plazo de 6 meses sino de 18 meses, contados desde la fecha en que la asamblea reconozca el acaecimiento de la causal de disolucin. 11.Solo est obligada a tener revisor fiscal si los activos brutos a 31 de diciembre del ao inmediatamente anterior son o exceden el equivalente a 5000 salarios mnimos legales mensuales, y/o los ingresos brutos son o exceden el equivalente a 3000 salarios mnimos legales mensuales. Hoy en da las sociedades annimas siempre requieren de un revisor fiscal.

SOCIEDADES ANNIMAS SIMPLIFICADAS (SAS)12.No es necesario que el representante legal tenga un suplente. Esto reduce costos. 13.A falta de estipulacin, el representante legal puede realizar todos los actos conforme al objeto social de la compaa. Esto hace que ya el representante legal no est facultado a hacer solamente lo que le dicen los Estatutos Sociales, sino que puede hacer todo aquello que no le haya sido expresamente prohibido.

SOCIEDADES ANNIMAS SIMPLIFICADAS (SAS)14.Se puede fraccionar el voto para la eleccin de jutas directivas u otros cuerpos colegiados. 15.Salvo algunas excepciones, todas las decisiones que se tomen se hacen con la mitad ms uno de los accionistas. No es necesario seguir las mayoras cualificadas del Cdigo de Comercio. 16.Se pueden pactar por estatutos restricciones a la negociacin de acciones, siempre que la vigencia de la restriccin no dure ms de 10 aos, prorrogables por igual trmino.

SOCIEDADES DE HECHOEs un tipo de sociedad sui generis o forma asociativa amorfa cuya existencia no esta subordinada al cumplimiento de ninguna formalidad por cual no tiene personera jurdica.

EMPRESA UNIPERSONALSe conforma con presencia de una sola persona natural o jurdica que destina parte de sus activos a la realizacin de una o varias actividades de carcter empresarial. La empresa unipersonal, inscrita en la cmara de comercio forma una persona jurdica.

EMPRESA ASOCIATIVA DE TRABAJO Es una organizacin econmica productiva, cuyos asociados aportan su capacidad laboral por tiempo indefinido y algunos, adems entregan al servicio de la organizacin una tecnologa o destreza u otros activos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la empresa. Las empresas asociativas de trabajo tienen como objetivo la produccin, comercializacin, y distribucin de bienes bsicos de consumo familiar o la prestacin de servicios individuales o conjuntos de sus miembros.

ENTIDADES SIN NIMO DE LUCROSon personas jurdicas conformadas con un fin especfico y en beneficio de sus asociados, sin el nimo de repartir utilidades.

Pasos para crear empresaMINUTA DE CONSTITUCIN O CARTA DE INTENCIN La minuta es el borrador de Escritura Pblica de Constitucin, en la cual se especifica el tipo de sociedad que se formar, los Socios con sus respectivas cdulas, nacionalidad, domicilio y aporte. A dems, la razn social de la empresa, su objeto social, domicilio, nombre del representante legal, conformacin de Junta de Socios, el capital social, funciones de la Junta de socios, la reserva legal y el tiempo de duracin de la sociedad y causales para su disolucin. La minuta es realizada por un Contador Pblico y no tiene ningn valor. Tiempo. Su entrega es inmediata. Valor. No tiene valor

CERTIFICADO DE HOMONIMIA.Trmite. Formulario en Cmara de Comercio para ser diligenciada y devuelta a la cmara en el cual la empresa escribe los posibles nombres para que se confronten la existencia de algunos de stas. Pasos para la elaboracin. Escribir los posibles nombres escogidos para el establecimiento comercial Indicar la actividad mercantil que tiene la empresa. Devolver el formato diligenciado ante la Cmara de Comercio. Tiempo. Se recoge el resultado de la confrontacin de los nombres, tres (3) das hbiles despus de llevar el formulario diligenciado correctamente.

REGISTRO NICO TRIBUTARIO (RUT)La identificacin permite conocer los apellidos y nombres, o razn social y el nmero de identificacin tributario, NIT; la ubicacin y la descripcin del tipo de contribuyente, la actividad econmica, responsabilidades, informacin inherente a su modalidad. Objetivo. Determinar el rgimen del contribuyente: Rgimen Comn. Est obligado a facturar. Rgimen simplificado. No factura sino que lleva libro de registro de operaciones. Obtener el NIT El trmite que se realice por intermediario, deber ser autorizado mediante poder debidamente autenticado. Trmite. La diligencia de inscripcin debe ser registrada por el representante legal con el original de la cdula y una autorizacin autenticada en notara.

Documentos necesarios para registrarse como persona natural ante la Cmara de Comercio de Bogot: Formulario del Registro nico Tributario RUT (se diligencia en www.dian.gov.co). Formulario RUE (Registro nico Empresarial). Cartula nica empresarial y anexo de matrcula mercantil. Formulario registro con otras entidades. Original del documento de identidad.

Consultas Nombre que no ha sido registrado. Registro nico Empresarial (RUE), www.rue.com.co, el control del nombre para su nueva empresa se hace a nivel nacional. Consulta actividad econmica (CIIU)

Consultas Debe consultar en la Secretara Distrital de Planeacin www.sdp.gov.co si la actividad que va a iniciar puede desarrollarse en el lugar previsto para su funcionamiento. El trmite se denomina "Consulta de Uso del Suelo". Ingrese al portal www.dian.gov.co, seleccione la opcin "Solicitud Inscripcin RUT y diligencie el formulario RUT.

La persona natural que va a solicitar la Matrcula Mercantil, debe presentar personalmente el formulario del RUT. En caso de enviar a un tercero, este documento deber tener reconocimiento notarial. Solicite en la Cmara de Comercio de Bogot el formulario de Registro nico Empresarial (RUE)

Paso 3. Registro nico Tributario RUTEste trmite se realiza ante la Direccin de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y permite registrar la informacin relacionada con los datos de identificacin, ubicacin y clasificacin de: Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyente declarante de impuesto sobre la renta y no contribuyentes. Declarantes de ingresos y patrimonio. Responsables del rgimen comn y los pertenecientes al rgimen simplificado. Los agentes retenedores, importadores, exportadores y dems sujetos de obligaciones administradas por la DIAN.

La DIAN le asignar el Nmero de Identificacin Tributaria NIT

Registro con otras entidades.Con el Formulario Adicional de Registro con otras entidades, la Cmara de Comercio enva la informacin a la Secretara de Hacienda Distrital de Bogot con el propsito de llevar a cabo la inscripcin en el RIT (Registro de Informacin Tributaria) siempre y cuando las actividades que va a realizar se lleven a cabo en Bogot y estn gravadas con el impuesto de industria y comercio (ICA).

Este formulario debe ser diligenciado para suministrar la informacin que no se encuentra en los formularios de Matrcula Mercantil.

Registro Matrcula Mercantil Cmara de Comercio de BogotDocumentos : Formulario del Registro nico Tributario RUT (se diligencia en www.dian.gov.co) Formulario de matrcula de registro nico empresarial y formulario adicional o registro con otras entidades. En caso de tener NIT, adjuntar copia del RUT respectivo. Original del documento de identidad. Presente todos los documentos en cualquier sede de atencin al pblico de la Cmara de Comercio de Bogot y cancele los derechos de matrcula.