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El Rol del SENASA en la Producción Orgánica Blgo. Waldo Cornejo Cáceres Especialista en Producción Orgánica SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA LIMA, NOVIEMBRE DE 2,009

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El Rol del SENASA en la Producción Orgánica

Blgo. Waldo Cornejo CáceresEspecialista en Producción Orgánica

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA

LIMA, NOVIEMBRE DE 2,009

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PRINCIPIOS DE LA AGRICULTURA ORGÁNICA

Principio de Salud: Debe sostener y promover la salud de suelo, planta, animal, persona y planeta como una sola e indivisible.

Principio de Ecología: Debe estar basada en sistemas y ciclos ecológicos vivos, trabajar con ellos, emularlos y ayudar a sostenerlos.

Principio de Precaución: Debe ser gestionada de una manera responsable y con precaución para proteger la salud y el bienestar de las operaciones presentes y futuras y el ambiente.

Fuente: IFOAM, cita parcial

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AGRICULTURA ORGÁNICA

Actividad agropecuaria que se sustenta en sistemas naturales, que busca mantener y recuperar la fertilidad de los suelos, la diversidad biológica y el manejo adecuado del agua. Excluye el uso de agroquímicos sintéticos, cuyos efectos tóxicos afecten la salud humana y causen deterioro del ambiente, y descarta el uso del organismos transgénicos. La agricultura orgánica es conocida también como agricultura ecológica y biológica. Definición de la Ley 29196Definición de la Ley 29196

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DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

La demanda por productos orgánicos se ha incrementado significativamente en los últimos 20 años – sobre todo en los países industrializados.

Actualmente la agricultura orgánica es practicada en más de 100 países del mundo y su área se está incrementando continuamente.

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Razones que explican este fenómeno:

Deterioro y contaminación alarmante del ambiente: suelos, aguas y biodiversidad.

Aumento dramático de enfermedades en la población producto de los cambios ambientales y las costumbres alimenticias

Aumento creciente de los diferentes problemas de comercio relacionados con alimentos no inocuos.

Aumento de la influencia política de los partidos ecologistas en los países industrializados.

DESARROLLO DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

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DEMANDA MUNDIAL DE LOS PRODUCTOS ORGANICOS

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381425

464 524 548 562

453

696

958

774

1050

1327

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

Norteamérica Europa Asia Sur Asia Este

2000 2010 2020

Fuente: Fibl – 2007 Research Institute of Organic Agriculture

MERCADOS POTENCIALES DE PRODUCTOS ORGANICOS

(Millones de consumidores)

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Los mercados más

importantes para

productos orgánicos peruanos

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Tendencia Comercial

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ESTIMADO OFERTA AGROEXPORTABLE AL AÑO 2009

Producción:Manejada principalmente por pequeños productores.

Divisas: US $ 240 millones

11 CaféCafé 99 Granos Granos andinosandinos

22 BananoBanano 1010 MacaMaca

33 MangoMango 1111 YacónYacón

44 CastañaCastaña 1212 VidVid

55 Camu Camu CamuCamu

1313 CebollaCebolla

66 CacaoCacao 1414 TomateTomate

77 Sacha InchiSacha Inchi 1515 OlivoOlivo

88 AromáticasAromáticas

Fuente: PROMPERU, año 2009

valor FOBFuente: ADUANAS, Elaboración PROMPERU 2009

SITUACION ACTUAL DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

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POTENCIAL PERUANO PARA LA POTENCIAL PERUANO PARA LA PRODUCCION ORGÁNICAPRODUCCION ORGÁNICA

Producción tradicionalProducción tradicionalFacilidad de conversión de un manejo tradicional a Facilidad de conversión de un manejo tradicional a orgánico, por el conocimiento de técnicas ancestrales (uso orgánico, por el conocimiento de técnicas ancestrales (uso sostenible del suelo, agua) y tecnología actual.sostenible del suelo, agua) y tecnología actual.

AgrobiodiversidadAgrobiodiversidadGran diversidad de especies y variedades (sobre todo en Gran diversidad de especies y variedades (sobre todo en selva y sierra).selva y sierra).

Diversidad de microclimasDiversidad de microclimasPisos ecológicos propicios, posibilidad de una producción y Pisos ecológicos propicios, posibilidad de una producción y abastecimiento permanente a los mercados (84 zonas de abastecimiento permanente a los mercados (84 zonas de vida).vida).

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OPORTUNIDAD PAÍSOPORTUNIDAD PAÍS

Es una alternativa de producción que se suma Es una alternativa de producción que se suma a la creciente agroexportación. .. y permite a la creciente agroexportación. .. y permite ampliar la oferta exportable generando divisas ampliar la oferta exportable generando divisas para mejorar la economía de nuestro país. para mejorar la economía de nuestro país.

La producción orgánica significa alimentos La producción orgánica significa alimentos sanos y de calidad que respalda una imagen sanos y de calidad que respalda una imagen del país.del país.

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MERCADO NACIONAL EN DESARROLLO

Ferias ecológicasFerias ecológicas(Lima y regiones) (Lima y regiones)

SupermercadosSupermercados

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1. Ley 29196 – Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica (29 enero 2008), precisa que SENASA es la Autoridad Nacional Competente para la Fiscalización de la Producción Orgánica a nivel Nacional.

2. D.S. Nº 044-2006-AG, aprueba el Reglamento Técnico para Productos Orgánicos (14 de julio 2006)

3. D.S. Nº 061-2006-AG, establece el Registro Nacional de Organismos de Certificación de la Producción Orgánica (29 de octubre 2006)

MARCO LEGAL DE LA PRODUCCION ORGANICA EN EL PERU

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LEY 29196 PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA O ECOLÓGICA

OBJETO DE LA LEY:

Promover el desarrollo sostenible y competitivo de la producción orgánica o ecológica en el Perú.

Objetivo específico:Fortalecer el Sistema Nacional de Fiscalización y Control

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ROL DEL ESTADO EN EL FOMENTO DE LA ROL DEL ESTADO EN EL FOMENTO DE LA PRODUCCION ORGANICAPRODUCCION ORGANICA

LEY 29196LEY 29196

MINAGEnte rector en producción orgánica

DGC SENASA INIA

Miembros:

- MINAG (Preside) - MINCETUR- PRODUCE- INDECOPI- COREPOS- PRODUCTORES- ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO

Promoción y Fomento

Fiscalización Investigación

Preside CONAPOConsejo Nacional Consejo Nacional

de Producción Orgánicade Producción Orgánica

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• Operadores:,

Productores, procesadores, comercializadores cumplen exigencias del Reglamento; contratan los servicios de un Organismo de Certificación

• Organismo de Certificación: Estructura independiente (ISO 65) que cumple los requisitos indicados en el Reglamento Técnico y realiza la certificación orgánica a los operadores.

• Autoridad Nacional: Garantiza el sistema de control; actualiza el Reglamento Técnico de acuerdo a necesidades del país.

SISTEMA NACIONAL DE FISCALIZACION DE LA PRODUCCIÓN ORGÁNICA

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OBLIGACIONES DE LOS OPERADORESOBLIGACIONES DE LOS OPERADORES

• Documentar la compra y venta de insumos y productos utilizados en la producción orgánica.

• Manejar la Producción Orgánica sólo con técnicas de producción y procesamiento e insumos permitidos.

• Estar inscritos en un programa de certificación orgánica.

• Brindar facilidades a la Autoridad Nacional en las acciones que ésta desarrolla respecto a su competencia.

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OBLIGACIONES DE OBLIGACIONES DE ORGANISMOS DE CERTIFICACION ORGANISMOS DE CERTIFICACION

• Ejercer control efectivo a todos sus operadores (de manera directa o por muestreo a través de un Sistema Interno de Control - SIC).

• Verificar la condición orgánica de los sistemas de producción de acuerdo a los requisitos del Reglamento Técnico Nacional, los requisitos de los mercados bajo sus procedimientos

• Aplicar un sistema de control auditable por la Autoridad Nacional Competente-ANC acorde al sistema de calidad – ISO/IEC 65)

• Imparcialidad.- Dar trato igualitario entre todos los postulantes a la certificación.

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Generar confianza en la Producción Orgánica nacional.

OBJETIVO DE LA AUTORIDAD NACIONAL

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Previsión y mejora continua

Trato no discriminatorio, imparcial

Garantía a la confidencialidad de datos

Transparencia

ENFOQUE EN EL TRABAJO DE LA AUTORIDAD NACIONAL

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1. Registrar a los organismos de certificación de la producción orgánica, siempre y cuando presten servicios de calidad (objetividad, confiabilidad)

2. Generar las listas de los operadores orgánicos nacionales.

3. Sancionar el incumplimiento a las normas nacionales vigentes en producción orgánica

4. Atender quejas o reclamos que se presenten con respecto al incumplimiento de las normas orgánicas a su cargo.

FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL

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5. Tramitar convenios de equivalencia de normas en materia de producción orgánica con países o bloques económicos.

6. Sensibilización - actividades de difusión de normas y procedimientos en materia de producción orgánica.

FUNCIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL

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LA DIFUSIÓN

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S E N A S AS E N A S AServicio Nacional de Sanidad AgrariaServicio Nacional de Sanidad Agraria

-------------------------------------------------------------------------------------------- PERU PERU

Reglamento Técnico para los Productos Orgánicos Reglamento Técnico para los Productos Orgánicos D.S. Nº 044-2006-AGD.S. Nº 044-2006-AG

MINISTERIO DE AGRICULTURAMINISTERIO DE AGRICULTURAServicio Nacional de Sanidad AgrariaServicio Nacional de Sanidad Agraria

Blgo. Waldo Cornejo CáceresBlgo. Waldo Cornejo Cáceres

Especialista SPO - SENASA - 2009Especialista SPO - SENASA - 2009

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Reglamento Técnico para los Productos Reglamento Técnico para los Productos Orgánicos D.S. Nº 044-2006-AGOrgánicos D.S. Nº 044-2006-AG (Julio 2006)(Julio 2006)

CONTENIDO:CONTENIDO:

18 Capítulos, 93 Artículos, 3 Disposiciones 18 Capítulos, 93 Artículos, 3 Disposiciones Complementarias Finales y 4 anexos.Complementarias Finales y 4 anexos.

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Art. 1 Objeto del RTPO:Art. 1 Objeto del RTPO:

““Orgánico = Ecológico = Biológico” e inflexiones y Orgánico = Ecológico = Biológico” e inflexiones y derivaciones derivaciones (PRODUCTOS ORGÁNICOS)(PRODUCTOS ORGÁNICOS)

Obligatoriedad del cumplimiento de RTPO en todas las Obligatoriedad del cumplimiento de RTPO en todas las etapas: producción proceso y comercializaciónetapas: producción proceso y comercialización

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Art. 2 Principios: Art. 2 Principios: (incluidos en la Ley Nº 29196(incluidos en la Ley Nº 29196))Art. 3 Finalidad: Art. 3 Finalidad:

Establece la garantía y la confianza a los Establece la garantía y la confianza a los consumidores, y consumidores, y propicia el comercio justopropicia el comercio justo

Art. 4 Campo de Aplicación: Art. 4 Campo de Aplicación: Establece los requisitos mínimos que deben cumplir Establece los requisitos mínimos que deben cumplir

los los operadoresoperadoresArt. 5 Transición a la agricultura orgánica: Art. 5 Transición a la agricultura orgánica:

Define el periodo de conversión o transiciónDefine el periodo de conversión o transiciónPlazo no mayor de 5 años (orgánico)Plazo no mayor de 5 años (orgánico)

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Art. 6 Requerimientos para la transición: Art. 6 Requerimientos para la transición: Clara separación en documentación y producción Clara separación en documentación y producción

entre entre lo orgánico y convencional.lo orgánico y convencional.No esta permitida la producción simultáneaNo esta permitida la producción simultáneaNo permitida la producción paralela a mas de 5 añosNo permitida la producción paralela a mas de 5 añosInicio del programa de certificación (primera Inicio del programa de certificación (primera

inspección ó inspección ó última aplicación de insumos prohibidos última aplicación de insumos prohibidos demostrable)demostrable)

Art. 7 Tiempo de transición: Art. 7 Tiempo de transición: Cultivos anuales (2 años), perennes (3 años), reducido Cultivos anuales (2 años), perennes (3 años), reducido hasta no menos de 1 año.hasta no menos de 1 año.En crianza es variable según la especie (tabla)En crianza es variable según la especie (tabla)

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Art. 8 Art. 8 Reinicio de periodo de transición: Reinicio de periodo de transición: Por usar un producto prohibidoPor usar un producto prohibido

Art. 9 Art. 9 Almacenamiento: Almacenamiento: No permite el almacenamiento de productos No permite el almacenamiento de productos

prohibidos.prohibidos.

CAP. IV PRODUCCION ORGANICA VEGETALCAP. IV PRODUCCION ORGANICA VEGETAL

Art. 10 Uso de semillasArt. 10 Uso de semillasProcedencia de una unidad certificada, salvo Procedencia de una unidad certificada, salvo

autorización autorización de una certificadora, no OVMs, Evitar uso de de una certificadora, no OVMs, Evitar uso de quimicos en quimicos en la desinfección.la desinfección.

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SUBCAPITULO 2 : FERTILIZACIÓN Y ABONAMIENTOSUBCAPITULO 2 : FERTILIZACIÓN Y ABONAMIENTOArt. 11Fertilidad de suelo: Art. 11Fertilidad de suelo:

Estiércol preferentemente compostadoEstiércol preferentemente compostadoEn el compostaje solo se puede usar lo señalado en el anexo 1.En el compostaje solo se puede usar lo señalado en el anexo 1.Prohibido fertilizantes derivados de excretas humanas, Prohibido fertilizantes derivados de excretas humanas,

basura domestica urbana y/o aguas servidas.basura domestica urbana y/o aguas servidas.Permite uso de CB siempre que no contengan OVMs.Permite uso de CB siempre que no contengan OVMs.Minerales del anexo 1 usado en forma natural. (exc. OC)Minerales del anexo 1 usado en forma natural. (exc. OC)

Art. 12Art. 12 Manejo de plagas: Manejo de plagas: Prohibido el uso de herbicidas, fungicidas, insecticidas Prohibido el uso de herbicidas, fungicidas, insecticidas

y y otros otros agroquímicos; así como, la irradiación y agroquímicos; así como, la irradiación y microondas.microondas.

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SUBCAPITULO 3 : MANEJO DE PLAGASSUBCAPITULO 3 : MANEJO DE PLAGAS

Art. 12Art. 12 Manejo de plagas: Manejo de plagas: En caso de infestación severa se permite el uso de los En caso de infestación severa se permite el uso de los

productos restringidos del anexo 2 previa aprob. del OC.productos restringidos del anexo 2 previa aprob. del OC.Permitido el control térmico y métodos físicos no Permitido el control térmico y métodos físicos no

radiactivos.radiactivos.Equipos de uso convencional deben ser limpiado y Equipos de uso convencional deben ser limpiado y libre libre de de residuos antes de usarlo en producción orgánica.residuos antes de usarlo en producción orgánica.Prohibido el uso de reguladores sintéticos de crecimiento.Prohibido el uso de reguladores sintéticos de crecimiento.Prohibido OVMs. o sus derivados.Prohibido OVMs. o sus derivados.En sospecha de contaminación de agrotóxicos por viento, En sospecha de contaminación de agrotóxicos por viento,

erosión, erosión, pulverización accidental; el OC asegura la no pulverización accidental; el OC asegura la no contaminación con contaminación con análisis.análisis.

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SUBCAPITULO 3 : MANEJO DE PLAGASSUBCAPITULO 3 : MANEJO DE PLAGAS

Art. 12Art. 12 Manejo de plagas: Manejo de plagas: Plásticas utilizados, como trampas, malla, envoltura de Plásticas utilizados, como trampas, malla, envoltura de forraje, etc.; debe ser retirado una vez usado.forraje, etc.; debe ser retirado una vez usado.

CAPITULO VII: PRODUCCION ORGÁNICA ANIMALCAPITULO VII: PRODUCCION ORGÁNICA ANIMALArt. 13 al 30Art. 13 al 30

Plan de manejo (14), no la estabulación permanente(15), pastoreo Plan de manejo (14), no la estabulación permanente(15), pastoreo libre(16), no destete precoz (18)libre(16), no destete precoz (18), , uso de productos del anexo 3 (19), uso de productos del anexo 3 (19), restricciones en la alimentación (20) y medicina veterinaria(22), así restricciones en la alimentación (20) y medicina veterinaria(22), así como el ingreso de adultos al programa de certificación (27).como el ingreso de adultos al programa de certificación (27).

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CAPITULO VII: PRODUCCION ORGÁNICA ANIMALCAPITULO VII: PRODUCCION ORGÁNICA ANIMALArt. 13 al 30Art. 13 al 30

Hasta el 20% de alimentos en transición permitidos y Harina de Hasta el 20% de alimentos en transición permitidos y Harina de pescado hasta 5% de la dieta (21), medidas sanitarias preventivas pescado hasta 5% de la dieta (21), medidas sanitarias preventivas y y

no curativas (22), terapias naturales, no estimulantes ni no curativas (22), terapias naturales, no estimulantes ni hormonas, hormonas, restricción en el uso de vacunas (24), registro de restricción en el uso de vacunas (24), registro de medidas medidas

sanitarias (25), consecuencias por tratamiento con sanitarias (25), consecuencias por tratamiento con productos productos sintéticos (26), tope máximo desde la concepción para sintéticos (26), tope máximo desde la concepción para ser ser

considerado crianza orgánica (27), hasta en 10% por un año considerado crianza orgánica (27), hasta en 10% por un año por un por un año se pueden ingresar animales adultos convencionales año se pueden ingresar animales adultos convencionales (28), no (28), no

transferencia de embriones (29), sacrificio minimizando el transferencia de embriones (29), sacrificio minimizando el sufrimiento (30).sufrimiento (30).

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CAPITULO VIII: RECOLECCION Y APROVECHAMIENTOCAPITULO VIII: RECOLECCION Y APROVECHAMIENTODE PRODUCTOS ORGÁNICOS SILVESTRESDE PRODUCTOS ORGÁNICOS SILVESTRES

Art. 31 al 38Art. 31 al 38Recolección extracción deben respetar los ciclos naturales (31), Recolección extracción deben respetar los ciclos naturales (31), Ecosistemas no sean ambientalmente críticos (32), cantidades no Ecosistemas no sean ambientalmente críticos (32), cantidades no mayor a la acumulación de la biomasa (33), tener un plan de mayor a la acumulación de la biomasa (33), tener un plan de manejo manejo

(34), agricultura sin uso de residuos tóxicos (35), (34), agricultura sin uso de residuos tóxicos (35), descripción clara descripción clara del área (36), no se permite la degradación del área (36), no se permite la degradación ambiental, poda drástica, ambiental, poda drástica,

ni quema (38).ni quema (38).

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CAPITULO IX: DE LA PRODUCCION ORGÁNICA EN CAPITULO IX: DE LA PRODUCCION ORGÁNICA EN APICULTURAAPICULTURA

Art. 39 al 46Art. 39 al 46Radio mínimo de 1.5 Km (39), Alimentación de la colmena Radio mínimo de 1.5 Km (39), Alimentación de la colmena

excepcional tiene que ser orgánica (41), colmenas de materiales excepcional tiene que ser orgánica (41), colmenas de materiales naturales (42), no se permite la inseminación artificial (43), prohibido naturales (42), no se permite la inseminación artificial (43), prohibido uso de naftalina, tetracloreto de carbono, alcanfor, penicilina u otro uso de naftalina, tetracloreto de carbono, alcanfor, penicilina u otro antibiótico (44), indica productos permitidos para antibiótico (44), indica productos permitidos para el control de el control de

plagas y enfermedades (45), calentamiento máximo 37.5 ºC (46)plagas y enfermedades (45), calentamiento máximo 37.5 ºC (46) ..

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CAPITULO X: DE LA PROHIBICION DE OVMs EN LA CAPITULO X: DE LA PROHIBICION DE OVMs EN LA PRODUCCION ORGÁNICAPRODUCCION ORGÁNICA

Art. 47 al 52Art. 47 al 52

Transgénicos prohibidos e incluso sus derivados (47), prevenir Transgénicos prohibidos e incluso sus derivados (47), prevenir la la contaminación de OVMs (48) tres años antes sin OVMs (49), no contaminación de OVMs (48) tres años antes sin OVMs (49), no

semillas ni material de propagación de OVMs o sus derivados semillas ni material de propagación de OVMs o sus derivados (50), (50), uso de insumos sin OVMs (51)uso de insumos sin OVMs (51)

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CAPITULO XI: DE LA TRANSFORMACION Y MANEJO CAPITULO XI: DE LA TRANSFORMACION Y MANEJO DE ALIMENTOSDE ALIMENTOS

Art. 53 al 70Art. 53 al 70

Mantener la inocuidad, calidad e integridad del producto (53), Mantener la inocuidad, calidad e integridad del producto (53), obligatoriedad de la etiqueta (54), la toma de registros debe ser obligatoriedad de la etiqueta (54), la toma de registros debe ser clara (55), limpieza de todas las instalaciones (56), condiciones clara (55), limpieza de todas las instalaciones (56), condiciones

para almacenamiento (57), prohibición de la irradiación, para almacenamiento (57), prohibición de la irradiación, pesticidas pesticidas y desinfectantes persistentes (59), manejo de normas y desinfectantes persistentes (59), manejo de normas

internas en internas en almacenamiento (60), mínimo 95% de insumos debe ser almacenamiento (60), mínimo 95% de insumos debe ser orgánicos orgánicos (61), uso de ingredientes no orgánicos debe ser (61), uso de ingredientes no orgánicos debe ser

autorizado (65), autorizado (65), reducir al máximo la cantidad de aditivos y reducir al máximo la cantidad de aditivos y coadyuvantes (68), en coadyuvantes (68), en caso de filtración no usar asbesto (69)caso de filtración no usar asbesto (69)

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CAPITULO XII: DEL ROTULADO Y EMPAQUECAPITULO XII: DEL ROTULADO Y EMPAQUE

Art. 71 al 76Art. 71 al 76Etiquetas informativas (71), contenido de las etiquetas: nombre Etiquetas informativas (71), contenido de las etiquetas: nombre

y y dirección de la persona legalmente responsable, nombre y dirección de la persona legalmente responsable, nombre y número número de registro de la certificadora, número y periodo de de registro de la certificadora, número y periodo de

vigencia del vigencia del certificado y la frase ESTE PRODUCTO CUMPLE CON EL certificado y la frase ESTE PRODUCTO CUMPLE CON EL REGLAMENTO TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS REGLAMENTO TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS

(72), productos entre 70% al 94% de ingredientes orgánicos (72), productos entre 70% al 94% de ingredientes orgánicos puede puede ser “elaborado con ingredientes orgánicos”, cuando es menos ser “elaborado con ingredientes orgánicos”, cuando es menos de de 70% no puede llevar ninguna nomenclatura con orgánico (75). 70% no puede llevar ninguna nomenclatura con orgánico (75).

Se Se debe minimizar el efecto negativo del empaque en el ambiente y debe minimizar el efecto negativo del empaque en el ambiente y evitar el empaque innecesario (76) evitar el empaque innecesario (76)

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CAPITULO XII: DEL ROTULADO Y EMPAQUECAPITULO XII: DEL ROTULADO Y EMPAQUE

Art. 71 al 76Art. 71 al 76Etiquetas informativas (71), contenido de las etiquetas: nombre Etiquetas informativas (71), contenido de las etiquetas: nombre

y y dirección de la persona legalmente responsable, nombre y dirección de la persona legalmente responsable, nombre y número número de registro de la certificadora, número y periodo de de registro de la certificadora, número y periodo de

vigencia del vigencia del certificado y la frase ESTE PRODUCTO CUMPLE CON EL certificado y la frase ESTE PRODUCTO CUMPLE CON EL REGLAMENTO TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS REGLAMENTO TECNICO PARA LOS PRODUCTOS ORGÁNICOS

(72), productos entre 70% al 94% de ingredientes orgánicos (72), productos entre 70% al 94% de ingredientes orgánicos puede puede ser “elaborado con ingredientes orgánicos”, cuando es menos ser “elaborado con ingredientes orgánicos”, cuando es menos de de 70% no puede llevar ninguna nomenclatura con orgánico (75). 70% no puede llevar ninguna nomenclatura con orgánico (75).

Se Se debe minimizar el efecto negativo del empaque en el ambiente y debe minimizar el efecto negativo del empaque en el ambiente y evitar el empaque innecesario (76) evitar el empaque innecesario (76)

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CAPITULO XIII: DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓNCAPITULO XIII: DEL PROCESO DE CERTIFICACIÓN

Art. 77 al 85Art. 77 al 85Certificación de tercera parte (77), titularidad de la certificación Certificación de tercera parte (77), titularidad de la certificación

posibilita a los exportadores bajo algunas obligaciones: constancia a posibilita a los exportadores bajo algunas obligaciones: constancia a los productores (78), el proceso de certificación se inicia con la los productores (78), el proceso de certificación se inicia con la inspección inicial, debe haber conocimiento del RTPO a nivel de inspección inicial, debe haber conocimiento del RTPO a nivel de operadores (79), la vigencia de certificación es de un año (81), operadores (79), la vigencia de certificación es de un año (81),

requisitos mínimos del proceso de certificación (82), operadores requisitos mínimos del proceso de certificación (82), operadores grupales pueden contar con un SIC (82 c), información mínima que debe grupales pueden contar con un SIC (82 c), información mínima que debe contener el certificado (83), los OC deben tener un registro actualizado contener el certificado (83), los OC deben tener un registro actualizado de operadores y de productos certificados, Así mismo deben cumplir de operadores y de productos certificados, Así mismo deben cumplir

las disposiciones de la guía ISO/IEC 65 (85)las disposiciones de la guía ISO/IEC 65 (85)

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CAPITULO XIV: DEL CONTROL DE CALIDAD Y LA CAPITULO XIV: DEL CONTROL DE CALIDAD Y LA RESPONSABILIDADRESPONSABILIDAD

Art. 86 al 88Art. 86 al 88Responsabilidad de los operadores (86), los OC acreditados son Responsabilidad de los operadores (86), los OC acreditados son

responsables de la certificación emitida y facilitan a la Autoridad las responsables de la certificación emitida y facilitan a la Autoridad las funciones de supervisión (87), autoridad competente supervisa el funciones de supervisión (87), autoridad competente supervisa el

correcto funcionamiento de los OC y lleva registro de operadores con correcto funcionamiento de los OC y lleva registro de operadores con certificación cancelada (88).certificación cancelada (88).

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CAPITULO XV: DE LAS CONSIDERACIONES SOCIALES CAPITULO XV: DE LAS CONSIDERACIONES SOCIALES EN LA PRODUCCION ORGANICAEN LA PRODUCCION ORGANICADerechos laborales, derechos del niño, no certificación a la Derechos laborales, derechos del niño, no certificación a la producción basada en violaciones a los derechops humanos producción basada en violaciones a los derechops humanos (89)(89)

CAPITULO XVI: DE LA COMERCIALIZACIÓN CONTROL CAPITULO XVI: DE LA COMERCIALIZACIÓN CONTROL DE CALIDAD Y LA RESPONSABILIDADDE CALIDAD Y LA RESPONSABILIDAD

Art. 90 al 92Art. 90 al 92En la comercialización se debe identificar los productos orgánicos (90), En la comercialización se debe identificar los productos orgánicos (90),

en transporte, manipuleo y almacenamiento se debe cuidar la en transporte, manipuleo y almacenamiento se debe cuidar la contaminación con sistemas convencionales (91), los productos contaminación con sistemas convencionales (91), los productos

orgánicos importados deben cumplir las disposiciones del Reglamento orgánicos importados deben cumplir las disposiciones del Reglamento (92)(92)

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CAPITULO XVII: GLOSARIO DE TERMINOS (93)CAPITULO XVII: GLOSARIO DE TERMINOS (93)

ANEXO ANEXO 1.- PRODUCTOS PARA LA FERTILIZACIÓN DEL SUELO.1.- PRODUCTOS PARA LA FERTILIZACIÓN DEL SUELO.ANEXO ANEXO 2.- PRODUCTOS PARA EL MANEJO FITOSANITARIO.2.- PRODUCTOS PARA EL MANEJO FITOSANITARIO.ANEXO ANEXO 3.- PRODUCTOS PARA EL MANEJO ANIMAL.3.- PRODUCTOS PARA EL MANEJO ANIMAL.ANEXO ANEXO 4.- INGREDIENTES PERMITIDOS EN LA 4.- INGREDIENTES PERMITIDOS EN LA

TRANSFORMACION DE ALIMENTOS.TRANSFORMACION DE ALIMENTOS.

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Muchas gracias!

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