El nuevo sistema de pensiones en...

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE ECONOMÍA EL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO: PERSPECTIVA GLOBAL DE SUS REFORMAS: 1997 Y 2007 Tesis que para obtener el grado de: Licenciado en Economía Presenta: Alberto Ramírez Medrano Director de Tesis: Mtro. Salvador Velázquez Turrubiartes Sinodales: Mtro. Sergio Díaz Gómez Mtro. Jaime Hernández Zamarrón San Luis Potosí, S.L.P. Junio 2009

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE ECONOMÍA

EL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO:

PERSPECTIVA GLOBAL DE SUS REFORMAS: 1997 Y 2007

Tesis que para obtener el grado de: Licenciado en Economía

Presenta: Alberto Ramírez Medrano

Director de Tesis:

Mtro. Salvador Velázquez Turrubiartes

Sinodales:

Mtro. Sergio Díaz Gómez Mtro. Jaime Hernández Zamarrón

San Luis Potosí, S.L.P. Junio 2009

2

C’est totalement bizarre, mais il paraître que pour les êtres humains l’action plus

profonde de conscience se trouve dans le moment de plus grande inconscience : les rêves.

Dés le monde de Morphée, les circonstances s’apercevaient plus accablées que jamais, au

point qu’après de les avoir vues, on n’arrive pas à les distinguer bien. Mais dans les rêves,

la frénésie de la réalité on peut l’analyser, décomposer, comprendre et arriver à le

domestiquer.

Alors, dedans l’intérieur de soi, la réalité obtient la dimension que véritablement on veut et

on peut le proportionner. La sage et ancienne action de demander à l’oreiller sur quelque

chose avant de dormir est fondée, principalement, dans le fait que « en réveillant, les

actions passées et futures acquièrent un sens plus assertif »

G.A.

Ce sont les rêves donc, qui nous fait trouver le bon chemin, que nous encourage à le

parcourir jusqu’à le dernier pas, que nous fait dépasser l’obscurité de l’incertitude

quotidienne du lendemain, et nous donnent la principale raison pour continuer en vivant

l’œuvre plus importante de l’existence : l’aspiration d’améliorer un peu autour de nous.

A.R.M

Aux trois femmes de ma vie : Ma Grand-Mère, ma Mère et la Mère de mes Infants

Comme hier, aujourd’hui et demain : je sens, après j’existe

3

AGRADECIMIENTOS:

A la Facultad de Economía UASLP:

Por adoptarme como un hijo, por ser mi alma mater y por darme la oportunidad de contar con las herramientas para servir a mi país

A mis Sinodales:

- Maestro Salvador Velázquez Turrubiartes

- Maestro Jaime Hernández Zamarrón

- Maestro Sergio Díaz Gómez

Por sus enseñanzas intra y extra muros, así mismo por la dedicación de su valioso tiempo en la revisión, corrección y evaluación de esta Tesis

A mis maestros:

Por todo su inquebrantable apoyo, conocimientos y filosofía de vida

A mis amigos, compañeros y alumnos:

Por compartir y dejarme compartir día a día los conocimientos académicos y de vida que nos hacen mejores personas

A la Vida:

Por ser Economista

4

ÍNDICE

Introducción ...................................................................................................................….7

Capítulo 1 Marco Teórico

1.1 Sistemas de Seguridad Social. ................................................................................. 13

1.1.1 Cobertura Universal Social ............................................................................... 14

1.1.2 Cobertura Retributiva de Seguridad Social ....................................................... 15

1.2 Descripción de los principales esquemas de Pensiones ........................................... 16

1.2.1 Generalidades sobre los Sistemas de Pensiones .............................................. 16

1.2.2 Sistema de Pensiones por Repartición ............................................................ 17

1.2.3 Sistema de Pensiones por Capitalización ........................................................ 18

1.2.4 Sistemas de Pensiones Mixtos y Ahorro Voluntario.......................................... 19

1.3 Instrumentos de Análisis de Concentración de Mercados ........................................ 21

1.3.1 Índice Hirshman-Herfindahl ........................................................................... 21

1.3.2 Índice de Dominación ...................................................................................... 22

1.3.3 Índice de Gini y la Curva de Lorenz ................................................................... 23

Capitulo 2 Perspectiva Global y descripción de los Sistemas de Retiro en otras latitudes

2.1 Situación General de los Sistemas de Pensiones en el Mundo .................................... 25

2.2 Los Principales aspectos de los Sistemas de Retiro en la Unión Europea y sus reformas............................................................................................................................ 27

2.2.1 Sistema de Retiro en Alemania: Rumbo al Sistema Mixto ................................ 30

2.2.2 Sistema de Retiro en Francia: Reformas Paramétricas ..................................... 34

2.3 Los Principales aspectos de los Sistemas de Retiro en América Latina y su heterogeneidad. ................................................................................................................ 39

2.3.1 Sistema de Retiro en Chile: El génesis de las pensiones por capitalización ....... 42

2.3.2 Sistema de Retiro en Argentina: Un Sistema mixto antes de la Contrarreforma Fernández de Kirchner ..................................................................... 47

5

Capitulo 3 EL Sistema de Pensiones en México

3.1 Aspectos Generales del Sistema de Pensiones en México ....................................... 55

3.1.1 Marco Legal ..................................................................................................... 55

3.1.2 Cobertura a los Derechohabientes ................................................................... 55

3.1.3 Prestaciones .................................................................................................... 56

3.1.4 Carga Impositiva a los regímenes de pensión ................................................... 60

3.1.5 Transición de Regímenes ................................................................................. 61

3.2 Aspectos Financieros del Sistema de Pensiones en México ......................................... 62

3.2.1 Cotizaciones..................................................................................................... 62

3.2.2 Recaudación de Cotizaciones ........................................................................... 63

3.2.3 Administradoras de Fondos de Retiro (AFORES) ............................................... 64

3.2.4 Otras Particularidades del manejo de las AFORES ........................................... 70

3.3 Aspectos Regulatorios del Sistema de Pensiones en México ................................... 71

3.3.1 Normativa de Inversión de los Fondos de Retiro .............................................. 71

3.3.2 Organismos de Regulación ............................................................................... 72

3.3.3 Garantías del Estado Mexicano ante el Sistema de Pensiones .......................... 74

Capítulo 4 Políticas emprendidas por el estado mexicano en materia de pensiones: Reformas de 1997 y 2007

4.1 Plan Nacional de Desarrollo: Revisión de la planificación de los últimos titulares del ejecutivo federal en materia de pensiones………………………………………………………….73

4.1.1 (1994-2000) Dr. Ernesto Zedillo Ponce de León ................................................ 76

4.1.2 (2000-2006) Lic. Vicente Fox Quezada ............................................................. 77

4.1.3 (2006-2012) Mtro. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa ...................................... 79

4.2 La Reforma del Sistema de Pensiones en el IMSS .................................................... 81

4.3 La Reforma del sistema de pensiones del ISSSTE: 2007 ........................................... 84

4.3.1 Estructura de la reforma al Sistema de Pensiones en el ISSSTE......................... 85

4.3.2 La Reforma del ISSSTE “a nivel de cancha”. ...................................................... 89

6

Capitulo 5 .. El mercado de las Afores en México a más de una década de su instauración.

5.1 Características de la Demanda en el mercado de las AFORES .................................. 96

5.5.1 El Universo de Afiliados.................................................................................... 96

5.1.2 Actividad de los Afiliados ................................................................................. 97

5.1.3 Otras consideraciones ...................................................................................... 99

5.1.4 Perfil del Afiliado promedio ........................................................................... 101

5.2 Características de la Oferta en el mercado de las AFORES ..................................... 103

5.2.1 La composición del mercado de las AFORES .................................................. 103

5.2.2 La participación en el Mercado de las AFORES ............................................... 104

5.2.3 Los Recursos administrados por las AFORES .................................................. 106

5.3 Las SIEFORES ......................................................................................................... 112

5.3.1 Rendimientos de las SIEFORES ....................................................................... 113

5.3.2 Estructura de inversión, Riesgo y Diversificación de Cartera. ......................... 113

5.3.3 Estructura de Comisiones .............................................................................. 116

5.3.4 El proceso de Minusvalía y los riesgos latentes en el mercado ...................... 118

Conclusiones ................................................................................................................. 121

Recomendaciones ......................................................................................................... 128

Bibliografía Consultada ................................................................................................. 132

Bases de Datos Consultadas .......................................................................................... 136

Glosario ......................................................................................................................... 137

Anexos

Anexo 1 .......................................................................................................................... 139

Anexo 2 .......................................................................................................................... 140

Anexo 3 .......................................................................................................................... 142

Anexo 4 .......................................................................................................................... 144

Anexo 5 .......................................................................................................................... 145

7

INTRODUCCIÓN

Durante la última mitad del siglo XX, la integración de la población en los procesos

productivos no ha dejado de aumentar, asociado a la cada vez creciente esperanza de vida

en la sociedad, la disminución efectiva de la tasa de mortalidad, entre otros factores, han

proporcionado a la población mexicana mejores condiciones de bienestar social y laboral.

Situación que ha inducido que las personas económicamente activas, se retiren a edades

más tempranas, y por ende reciban durante más tiempo una pensión al alargar en

promedio su ciclo de vida, dicho fenómeno ha provocado la disminución potencial de la

fuerza laboral disponible en el país, suceso que ha sido parcialmente compensado en los

últimos años por la integración de la mujer al aparato productivo nacional y que nos

aventura a vaticinar un compromiso de finanzas publicas con respecto al pago de estos

derechos adquiridos.

Si las tendencias nacionales permanecen constantes, los efectos favorables del bono

poblacional podrán ser revertidos en los próximos decenios en nuestro país, situación que

es una preocupante realidad en otras latitudes, en donde los estados nacionales

presentan actualmente conflictos presupuestales debido al adeudo que genera el

desembolso de pensiones a la gruesa cohorte demográfica denominada Baby-boom, la

cual se encuentra en estos momentos, en el proceso del retiro, situación que tiene en

jaque a sus respectivos sistemas de seguridad social, tal como ocurre en el área común

europea.

El presente trabajo tiene la finalidad de unirse a la discusión científica sobre el

establecimiento de reformas en el sistema de retiro en México, dotando dicho estudio de

una visión global, ya que en la gran mayoría de las economías emergentes, se busca evitar

a toda costa que las pensiones presenten los mismos problemas de insolvencia como en

otras naciones, por lo que nuevas propuestas que coadyuven a una política responsable y

previsora resultan fundamentales.

8

En sus inicios, el Sistema de pensiones en México estaba estructurado a través del sistema

de pensiones por repartición.

Dicha estrategia está altamente correlacionada con el número de derechohabientes en

activo y pensionados, por lo que el momento de pujanza demográfica y expansión

económica de los años 60 brindaba altas expectativas sobre la sustentabilidad de la

seguridad social nacional.

Al pasar de los años, la proporción de 10 trabajadores en activo por cada pensionado

como ocurría durante gran parte de las década de los años 60 y 70 se había

transformado a 5 derechohabientes en activo por cada pensionado a mediados de los años

901, por lo que resultó necesario cambiar las condiciones de operación del Sistema de

Pensiones en nuestro país, tal como ocurrió con las reformas cristalizadas en 1997.

Las últimas administraciones del poder ejecutivo federal en nuestro país, han emprendido

políticas encaminadas a garantizar la capacidad operativa y la sustentabilidad para los

pensionados, dejando a un lado el accionar social de los fondos de retiro públicos e

iniciando el proceso de integración al sistema de capitalización individualizada, según

algunos organismos internacionales como el Banco Mundial o la OCDE, la instauración de

un sistema de este tipo disminuiría significativamente las presiones presupuestales a largo

plazo, al descolectivizar los compromisos de pagos a los retirados futuros, al mismo

tiempo de incentivar el ahorro interno y generar mayor capacidad financiera al aparato

productivo nacional. Dicha reforma fue encaminada primeramente para el sistema con

mayor número de derechohabientes en México como es el IMSS y 10 años después fue el

turno del ISSSTE.

Actualmente el gobierno federal, después de haber proyectado una reforma estructural

al sistema de pensiones a los trabajadores del estado ISSSTE, plantea el objetivo de

integrar a los 2 principales regímenes prudenciales en nuestro país en un solo esquema de

cuenta individual de capitalización con la creación de un Sistema Nacional de Pensiones.

1 Instituto Mexicano del Seguro Social: 60 años de servir a México, IMSS…

9

Es deseo de esta investigación realizar un estudio sobre las transformaciones en los 2

principales mecanismos previsionales de nuestro país, IMSS e ISSSTE, bajo el entendido

que existen otros sistemas asistenciales, tales programas se encuentran en empresas

paraestatales, universidades e inclusive estados de la federación que, trabajan de manera

independiente y que no son objeto de estudio en este trabajo.

Con lo que finalmente se establecen las siguientes preguntas de investigación:

¿Está garantizado el bienestar de todos los trabajadores afiliados al IMSS e ISSSTE

para los próximos años?

¿Las condiciones de retiro para los trabajadores afiliados al ISSSTE y al IMSS son las

mismas? Y con ello, ¿será posible hablar de la existencia de condiciones propicias a

la integración de los Regímenes pensionarios en un Sistema Nacional de Pensiones?

La inclusión de los 2 nuevos regímenes en el ISSSTE ¿Mejorarán las condiciones de

los trabajadores al Servicio del Estado?

El mercado de las AFORES, en donde los trabajadores de nuestro país depositan sus

ahorros para el retiro, ¿es un mercado competitivo?

La hipótesis de partida que utilizaremos en este trabajo infiere que, si bien los esfuerzos

del gobierno federal en estos últimos años, han expuesto interés sobre el tema,

plasmados en sus respectivos Planes Nacionales de Desarrollo y creando alternativas

puntuales en ciertos aspectos operativos, como el aumento de la edad mínima de retiro o

la transición de un sistema de pensiones por reparto a uno de capitalización individual;

existe aun la posibilidad de mejoras en las condiciones de retiro proporcionadas a los

trabajadores, sobre todo que aun existe el margen de maniobra suficiente para poder

realizar ajustes sobre la eficacia y pertinencia de los mecanismos introducidos al seno de

las reformas pensionarias, que a final de cuentas, el objetivo principal es garantizar la

estabilidad y la certeza a los trabajadores mexicanos.

10

En principio, se prevé que no todos los trabajadores del IMSS e ISSSTE, mayoritariamente el

primero, tengan del todo muy claro el futuro que les espera en materia de pensiones, ya

que como se verá más adelante, los trabajadores privados tienen la posibilidad de elegir al

final de su vida laboral el modo de retiro, siendo que a partir de las últimas reformas en la

Ley del ISSSTE, que los trabajadores al servicio del estado tendrán que elegir de manera

irreversible el esquema de retiro, asumiendo los riesgos que cada una de las variantes

establecidas implica.

Resulta conocido por la mayoría, que en nuestro país los salarios que obtienen los

trabajadores al servicio del estado reciben mejores prerrogativas que los trabajadores

privados, por lo que, a primera vista, no se muestra claramente características similares

que sustente con hechos, la creación de un Sistema Nacional de Pensiones, que brinde

condiciones similares a estos 2 tipos de trabajadores, esto debido a la evidente

desigualdad de condiciones.

Las reformas más recientes establecidas a los trabajadores al servicio del estado resultan

insuficientes, ya que disminuyen categóricamente el bienestar de sus afiliados, debido a

que disminuyen los conceptos de pensiones, por lo que hablar de una fusión de regímenes

suena promisorio e interesante, pero no refleja suficientes elementos para poderse llevar a

cabo.

Adicionalmente se intuye en esta investigación que el principal instrumento de dichas

reformas, como fue la instauración del mercado de las AFORES en México, no responde

satisfactoriamente a los criterios de competencia y atomicidad que reflejen las ventajas

inherentes del mercado propuestas para los trabajadores mexicanos.

Se abordará esta temática a través de 5 capítulos que refieren los diferentes aspectos de

soporte del presente trabajo:

El inicio de este documento será el Marco Teórico, en donde se tratarán los principales

modos de Seguridad Social existentes en el mundo, sus características y claro está sus

diferencias, después se mostraran las características principales de las diversas formas en

que éstos financian las pensiones de los trabajadores y su contraposición tanto practica

11

como teórica; finalizando este apartado con la presentación de las herramientas

cuantitativas de evaluación sobre la concentración de mercado y de desigualdad en

participación dentro de un mercado específico, en este caso, el mercado de las AFORES

en México.

Para el segundo capítulo se dará un panorama general de las reformas en los sistemas de

pensiones en Europa y en Latinoamérica, refiriendo sus principales aspectos, sus

objetivos, la instrumentación e inclusive, las diferentes corrientes de pensamiento en

materia de retiro emprendidas por el lado de los sistemas sociales europeos, como el

proceso activo de transformación hacia la eficacia de mercado en los países de nuestro

continente.

En el tercer capítulo, serán tratadas de forma general, las innovaciones implantadas a

los 2 principales sistemas de seguridad social y de pensiones que existen en nuestro país

(IMSS e ISSSTE), sus características, el marco normativo que las rige, así como el recuento

de las transformaciones instituidas en dichos organismos públicos.

En el cuarto apartado de esta investigación, se comentará sobre el accionar del gobierno

federal en los últimos 3 sexenios con respecto al régimen de pensiones en nuestra nación.

Se revisará primeramente dentro del Plan Nacional de Desarrollo de cada uno de los 3

últimos presidentes de México (Dr. Ernesto Zedillo Ponce de León, Lic. Vicente Fox

Quezada y Mtro. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa), sus expectativas respecto a los

regímenes de pensiones para el país y las líneas que estos tomarían al respecto en sus

respectivas administraciones, las reformas puntuales que fueron hechas para el IMSS en

1997, además de los correspondientes cambios en el ISSSTE en 2007.

Después abordaremos el principal instrumento de reforma propuesto por el ejecutivo

federal a lo largo de los últimos años, las conocidas AFORES, su constitución, el marco

normativo a las cuales están sujetas y el cómo han evolucionado a lo largo de más de una

década de su instauración, aunado a la discusión con respecto a la eficacidad de dicho

sistema. Para el último subtema, se discutirá sobre la nueva legislación para el ISSSTE, al

establecer los criterios normativos del ingreso de los trabajadores al servicio del Estado a

12

una cuenta de retiro bajo el concepto de la capitalización, asimismo los cambios

emprendidos a las disposiciones anteriores de retiro por repartición, enmarcados en el

artículo 10° transitorio de la mencionada ley.

Ya en el capítulo 5 y último, se ahondará en el estudio del mercado de las AFORES en

México, esto con la finalidad de poder establecer con el análisis de la información

disponible del mismo, tocando sensiblemente el aspecto competitivo del mismo, por lo

que deseamos ver con ello, la competencia entre AFORES, las comisiones que cobran, los

rendimientos que otorgan y demás aspectos del mercado.

Finalmente como corresponde a una obra de esta naturaleza, se darán las conclusiones

correspondientes al tratamiento del tema, igualmente se contestarán las preguntas de

investigación propuestas anteriormente y si fuesen necesarias, se manifestarán algunas

recomendaciones; terminando con la bibliografía consultada, las bases de datos

consultadas, el glosario de términos y los anexos.

13

CAPÍTULO 1 MARCO TEÓRICO

1.1 SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL

Toda consideración de salvaguarda del bienestar social en cualquier nación es asunto de

su propio gobierno, así mismo contemplar un conjunto de políticas e instituciones

implantadas para dicho fin. El cuidado del estado físico y mental de la población, la

atención asistencial a grupos vulnerables y la vigilancia del futuro de la población en

materia de retiro constituyen la mayoría de las políticas sociales en todos los países del

mundo. Dicho esfuerzo es considerado como un derecho de todos y cada uno de los

ciudadanos del mundo, por lo que las políticas de protección social (seguros de

enfermedad, vejez, cesantía, etc.) buscan mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.2

Actualmente dentro de las políticas sociales de retiro, existen decisiones

gubernamentales que entran en un conflicto de objetivos3; ya que primeramente existen

acciones de Asignación (transferencia de capacidad adquisitiva individual en activo a los

tiempos de pasividad) e instrumentos de Redistribución prudencial social (asignaciones

más equitativas entre generaciones). Por lo que la correcta decisión sobre la visión

previsional representa una fuerte responsabilidad, debido a que se diserta sobre la

elección general entre la equidad individual a través de una descentralización de los

servicios de retiro y los términos de solidaridad inter-generacional y colectiva.

De esta forma, el principio de equidad individual busca remunerar el esfuerzo personal

realizado a lo largo de la vida laboral de los derechohabientes, mientras que la equidad

social persigue una menor dispersión en ingresos, tratando de asegurar una renta mínima

para la vejez a personas de bajos salarios que no alcancen a tener una asignación

adecuada, normalmente asistido por el erario público, evitando con ello la pobreza de los

trabajadores en sus últimos días de existencia.

2 Organización de las Naciones Unidas: Declaración de los Derechos Humanos, art. 25, p.1 3 Moreno Moreno María del Carmen: Análisis económico del sistema de pensiones públicas…

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En dicho compromiso es difícil conseguir simultáneamente respuestas a ambos problemas

en un mismo sistema, por lo que se ha optado por cumplir la mayor cantidad de objetivos

al menor costo posible, por ende es necesario pensar en las preferencias sociales; si estas

se inclinan hacia la eficacia del mercado o hacia la equidad solidaria, ya sea en un sistema

de ahorro obligatorio o un programa de combate a la pobreza en la vejez y pensión

universal.

La decisión del Gobierno ante esta problemática, definirá el rumbo y los objetivos de

cualquier sistema de seguridad social, por ende, del sistema de ahorro para el retiro.

Mientras exista laxidad en ambos sistemas, el diseño de nuevas políticas pensionarias

presentará fallos e inconsistencias, porque si bien, la evolución histórica de un sistema

hibrido (responsabilidades colectivas e individuales) proporciona una mayor cobertura a la

población, las inequidades sociales aun han persistido en todos los escalafones etarios del

ser humano, aun en la vejez cuando se es próximo a morir y no se tiene la posibilidad de

generarse a sí mismo bienes de subsistencia adecuados.

En ese sentido, actualmente existen diversas combinaciones en cuanto a la participación

del gobierno, los empresarios y los empleados, en este apartado se estudiaran las 2

principales clases de sistemas de seguridad Social, ambas de concepción europea, por un

lado la cobertura asistencial universal por Sir William Beveridge en 1942 y el Sistema de

Seguridad Social exclusiva a afiliados creada por Bismarck en Alemania a finales del siglo

XIX.

1.1.1 COBERTURA UNIVERSAL SOCIAL

A través del decreto emitido por la Reina Elizabeth II en 1942, Sir Beveridge estableció

dentro de Inglaterra un sistema de protección social que contemplaba la universalidad de

sus alcances, es decir, no existiría por ningún motivo o razón, una diferenciación con

respecto al derecho de asistencia social dentro de la población, con lo que todo ciudadano

del imperio británico tenía derecho a tener un seguro de salud, accidentes laborales y

15

retiro sin tener que retribuir específicamente al estado rector por la utilización de dichos

servicios.

Los beneficios de este tipo de servicios son sin duda el hecho de la equidad social, la

protección del futuro de los trabajadores con la implementación de una pensión mínima

vitalicia, seguido de la obtención de economías de escala por tratarse de una

administración providencial centralizada, aunado a la eliminación de los riesgos de alea

moral y selección adversa propios del quehacer asistencial no universal.

La modalidad de financiamiento de este sistema está directamente relacionado al

presupuesto gubernamental, con lo que se reduce en sobre manera el riesgo de

incumplimiento de incidentes asumiendo colectivamente los eventos a cubrir

(enfermedad, retiro, etc.).

Resulta evidente que el principal problema con dicho régimen es la carga presupuestaria

que representa mantener este sistema. Muestra de ello son los problemas

presupuestarios que las potencias europeas han tenido que enfrentar en los últimos años

en materia de Seguridad Social.

1.1.2 COBERTURA RETRIBUTIVA DE SEGURIDAD SOCIAL

Este sistema fue instaurado por el mariscal Otto von Bismarck en 1883. Ideado

principalmente para dar atención asistencial a ciertos tipos de profesionales, así como a

los empleados del gobierno. Consistía fundamentalmente en un sistema donde se

aseguraba a los trabajadores derechohabientes de riesgos de enfermedad, cesantía, retiro

entre otros conceptos de una manera descentralizada, en donde el papel del estado era

meramente regulatorio, dejando al libre mercado de las Sicknessfond, los servicios

sociales por completo.

Cabe señalar que la manera de financiamiento de dicho sistema era un “plafón” en donde

las cotizaciones de los trabajadores inscritos variaban en función de su estatus laboral y a

sus percepciones y la cual obligaba a la Sicknessfond a cubrir en su totalidad los gastos

16

generados por los incidentes por las que fueron creadas, enfermedad, retiro e

incapacidades.

El mayor inconveniente de este sistema era la pérdida del sentido colectivo y de

solidaridad de dicha medida, ya que, al solo proveer a ciertos trabajadores de servicios

contra siniestros de salud, edad, etc. ejercía una presión social importante, derivada

principalmente, de la inequidad en la protección del bienestar de la población en general.

1.2 DESCRIPCIÓN DE LOS PRINCIPALES ESQUEMAS DE PENSIONES

1.2.1 GENERALIDADES SOBRE LOS SISTEMAS DE PENSIONES

Se define como sistema de pensiones según el enfoque de Rofman y Lucchetti como

programa de transferencias instituidos por el Estado (o entidades privadas), cuyo objetivo

es proporcionar seguridad de ingresos a los adultos mayores en un contexto donde los

acuerdos informales tradicionales se consideran insuficientes4.

Dentro del estudio de los sistemas de pensiones, existen varios métodos o como lo define

el Banco Mundial “pilares”5 que determinan el diseño y los objetivos de los regímenes de

ahorro para el retiro nacionales, así que dejaremos someramente descritos los pilares 0,

referente a la pensión mínima universal como derecho fundamental para toda la

población y el pilar 4 que trata según Holzman y Hinz, sobre la ayuda inter-generacional,

apoyo familiar, el ahorro no financiero y la seguridad en vivienda para los retirados

(INFONAVIT en México), por lo que los principales disposiciones estatales están descritas

como sigue6:

4 Rofman Rafael, Lucchetti Leonardo: Sistemas de Pensiones en América Latina: Conceptos y mediciones de cobertura, p.3 … 5 Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS): La capitalización individual en los sistemas previsionales de América Latina,… 6 Revisar cuadro comparativo de los Pilares 1 y 2 en Anexo 1

17

Sistema de Pensiones por Repartición (Pilar 1)

Sistema de Pensiones por Capitalización Individual (Pilar 2)

Sistema de Pensiones por Ahorro Voluntario (Pilar 3)

1.2.2 SISTEMA DE PENSIONES POR REPARTICIÓN

El primer pilar a estudiar es el régimen de Reparto en el cual, se colectiviza el pago de las

pensiones a través de las generaciones cotizantes, esto se traduce en que las aportaciones

de los trabajadores en activo financian las pensiones de los trabajadores retirados.

El aporte actual concede al trabajador inscrito, el derecho a recibir una pensión al

momento de su transición pasiva laboral, según los años de aportaciones realizados y la

edad de retiro.

El sistema inicia con la creación de una cuenta nominal del trabajador, se le dice nominal

debido a que dicha cuenta tiene una existencia solo en documentos, el monto de las

aportaciones no se encuentra en alguna cuenta individual, el pago de retiros se llevan a

cabo a través del monto acumulado de todos los derechohabientes de forma solidaria.

En esta modalidad, no existen derechos acumulados sobre el monto total recaudado a lo

largo de la vida laboral del beneficiario, sino que el dinero que éste aporta a la cuenta

solidaria, a los que el afiliado tendrá derecho según los criterios que las instituciones

encargadas, por ejemplo número mínimo de aportaciones al sistema, la fijación de una

edad obligatoria para el retiro u otros conceptos similares.

La razón de crecimiento en el monto acumulado solidario de dicho sistema, es el concepto

de tasa de cobertura o tasa de reparto, que se define según Plamondon y Latulippe la

razón entre los gastos totales del régimen y los ingresos totales de los asegurados, la cual

se traducirá en un porcentaje del salario anteriormente percibido y que será pagado a

modo de pensión al afiliado en retiro.

18

La tasa de reparto es usualmente relacionada con algún índice económico, como por

ejemplo en el caso de México, al Índice Nacional de Precios, o también en cuanto al

incremento anual a los salarios.

Cabe subrayar que esta medida presenta múltiples ventajas al pensionario, como la

disminución del riesgo social ocasionado por alguna quiebra o desastre natural, la

posibilidad de realizar economías de escala por medio de la administración centralizada,

entre otros beneficios.

Por otra parte, las desventajas de esta forma de financiamiento están relacionadas a las

fluctuaciones del Índice de Dependencia Efectiva, es decir , bajo un escenario en que el

ritmo de afiliación de nuevos trabajadores al sistema, y con ello sus aportaciones sea

menor al ritmo en que los cotizantes partan al retiro, dicho contexto exteriorizaría

perjudicialmente el grado de sustentabilidad de este régimen pensionario; del mismo

modo, existe el compromiso del Estado, en calidad de prestador del servicio, de garantizar

el cumplimiento cabal de las responsabilidades contractuales a los trabajadores en pleno

retiro, sin importar la disminución paulatina de cotizaciones, lo que a priori conlleva al

déficit presupuestario.

1.2.3 SISTEMA DE PENSIONES POR CAPITALIZACIÓN

El segundo pilar trata sobre las pensiones descritas por capitalización, es decir, es un

régimen de carácter obligatorio para los trabajadores afiliados y consiste en la tenencia de

una cuenta individualizada de ahorro administrada por algún ente público o privado para

cada trabajador afiliado. El monto total de pensión será financiada a través de las

cotizaciones particulares, por lo que cada derechohabiente ahorra para su propia

pensión.

Esta capitalización es invertida por las organizaciones administradoras en diferentes

instrumentos financieros domésticos o internacionales, después, el monto acumulado (la

suma de las aportaciones individuales más los intereses generados por la administradora

19

menos las deducciones) es finalmente utilizado para establecer el patrón de pago de los

fondos al beneficiario.

La principal ventaja de este sistema, es sin duda el hecho de descolectivizar el manejo del

riesgo del sistema de pensiones de parte del aparato gubernamental, retirando la carga

presupuestal que representa la administración pública de las pensiones como ocurre en el

régimen de repartición, indistintamente ocurre que las cuestiones demográficas o

presupuestales son intranscendentes, aparte de coadyuvar al desarrollo del sistema

financiero interno, aumentando así, el potencial productivo del país.

Es evidente que el sistema de cuentas individualizadas posea efectos negativos,

encabezados por el riesgo intrínseco sobre el manejo de los fondos pensionarios “frescos”

en los mercados de capitales y bajo las leyes de competencia, lo que conlleva a la

existencia de resultados volátiles, es entonces que se debe hablar sobre el peligro

potencial en las pensiones; paralelamente existen también conflictos propios de la

iniciativa privada, como la selección adversa, la alea moral, y demás conflictos agente-

principal.

Hoy en día, desde que Chile vislumbró este sistema en mayo del 1981, han sido

instrumentadas las reformas estructurales en casi toda la región latinoamericana bajo este

esquema, Europa del este, Asia menor, etc. marcando entonces, la pauta actual de hacia

dónde van las reformas de los sistemas de retiro en el mundo entero.

1.2.4 SISTEMAS DE PENSIONES MIXTOS Y AHORRO VOLUNTARIO

El último pilar de estudio se trata de los regímenes alternativos y mixtos; en ellos

dominan las aportaciones voluntarias ya sea en planes de pensión ocupacional o

individual, según la observancia de la FIAP (Federación Internacional de Administradoras

de Pensiones).

20

La característica básica del régimen de plan voluntario de cobertura, radica en la certeza

que ésta brinda al afiliado al proporcionar una pensión complementaria basada en el

ingreso adicional de dinero a su cuenta de ahorro para el retiro, generado con ello un

aumento en sus percepciones futuras para el retiro.

Los mecanismos utilizados comúnmente para la instrumentación de las asignaciones

mixtas, se encuentran por un lado en los subsidios estatales, financiados por las cuotas

parciales al sistema de reparto, las cuentas de capitalización individual alimentadas por las

aportaciones correspondientes y los flujos propios de los trabajadores destinados al

ahorro voluntario.

Existen según la FIAP7, diferentes sistemas mixtos, estos varían principalmente en el grado

de convivencia entre los regímenes de reparto y el de capitalización:

El sistema integrado mixto contempla la complementariedad de ambos regímenes

de financiamiento, aquí la cotización es una parte del salario que es dividido a

ambos sistemas, estableciendo la obligatoriedad de inscribirse al menos a uno de

esto regímenes.

En contraste, se encuentra el sistema mixto en competencia, es decir, la decisión

de los ahorradores está entre un sistema de repartición y uno de capitalización

solo siendo posible elegir un sistema.

Para finalizar este apartado, es útil señalar que según el enfoque del Banco Mundial, el

grado de eficacia de cualquier política gubernamental sobre el ahorro para el retiro, está

relacionado con la implantación de los 5 pilares en algún grado, marcándose como una

situación ideal la instauración total de éstos.

Es justamente el punto en donde radica la polémica sobre los regímenes de jubilación,

debido a que no en todos los países es posible la aplicación de los 5 pilares al mismo

tiempo, por lo que como veremos más adelante, las medidas con mayor inclinación social

(Pilares 0,1 y 4) y con respecto a la justa remuneración del esfuerzo individual de los

derechohabientes (Pilares 2 y 3) se encuentran en conflicto constante.

7 Ibídem, p. 3

21

1.3 INSTRUMENTOS DE ANÁLISIS DE CONCENTRACIÓN DE MERCADOS

Como parte de los objetivos de este trabajo, se busca realizar una evaluación en el

mercado de las empresas encargadas de la administración de los ahorro para el retiro de

los trabajadores mexicanos, es decir, las AFORES, por lo que a continuación se comentará

sobre los indicadores que auxiliarán en este trabajo a la determinación de patrones de

participación en el mercado de pensiones en México, ya sea de manera individual con

respecto al sector (índice de Hirschman-Herfindahl, Índice de Dominación) y el grado

colectivo de disparidad entre las mismas ( Índice de Gini y la Curva de Lorenz)

A través de la utilización de los estos métodos estadísticos, se analizarán a las empresas

privadas en su contexto de mercado, importancia y el poder de decisión que tienen éstas

sobre sus competidoras, esto con la intención de constituir elementos de análisis sobre la

situación del mercado en donde los trabajadores mexicanos han depositado la confianza

para la obtención de un ahorro digno para su retiro.

1.3.1 ÍNDICE HIRSHMAN-HERFINDAHL

Este índice se maneja para calcular el grado de concentración que existe en un mercado,

el cual se obtiene calculando la suma total de los cuadrados de las participaciones

individuales de las empresas en la industria, expresado matemáticamente de la forma

siguiente:

22

Donde el Índice de Concentración de Hirshman-Herfindah8l es igual a la sumatoria

del porcentaje de las participaciones de cada integrante del mercado entre la

participación total del mercado al cuadrado.

Dicho índice existe dentro del intervalo , por lo que un valor aproximado a 1 nos

indica que el grado de concentración del mercado es total, es decir, la existencia de un

monopolio, caso contrario si obtenemos valores cercanos a 0, eso nos indicaría que esta

industria no existe poder de mercado por ningún participante en particular, por lo que no

existirá influencia en la fijación de precio del bien o servicio.

Este índice es uno de los más populares para realizar mediciones de concentración de

mercado, pero como mencionan Beristaín y Espíndola, esta herramienta puede presentar

sesgos en caso de que exista una variación en el número de participantes, como en el caso

de una fusión, aun cuando nos resulte más que obvio que estas fusiones corresponden a

un deseo de incrementar la competitividad de las empresas fusionadas y registren

mayores índices de poder de mercado. Por lo que resulta conveniente tomar este

fenómeno en cuenta en primera instancia.

1.3.2 ÍNDICE DE DOMINACIÓN

El índice de Dominación (IP) 9, se define como la suma del cuadrado de las participaciones

individuales de cada empresa entre el valor total de la producción de la industria en

cuestión, dividiéndolas por su HHI y elevando este coeficiente al cuadrado.

8 Beristaín Javier y Espíndola Silvano: Organización de la industria de las AFOREs: consideraciones teóricas, p. 13 9 Ibídem, p.15

23

Este indicador mantiene las propiedades esenciales del índice HHI, solo que nos provee

una visión sin el sesgo existente en la utilización del HHI solamente. Esta es una

herramienta útil para medir las relaciones de concentración del mercado con el nivel de

competencia a las que se enfrentan las compañías en el mercado libre, en este caso, el

mercado de los Fondos de retiro.

1.3.3 ÍNDICE DE GINI Y LA CURVA DE LORENZ

El Índice de Gini10 es una de las herramientas más utilizadas para medir la desigualdad

existente en una distribución estadística. Ideada por el estadístico italiano Corrado Gini, es

utilizada normalmente para la medición de la desigualdad en los ingresos, pero puede ser

utilizada en múltiples casos, como se verá más adelante, el grado de divergencia del

mercado de la AFORES en México.

Dicho coeficiente se encuentra en el espacio continuo entre 0 y 1, por lo que una

medición cercana al 0, indica a una perfecta distribución entre la totalidad de individuos,

caso contrario, un índice de Gini cercano a 1, nos indicaría la existencia de desigualdad

dentro de la distribución.

Consideremos una población a estudiar de tamaño y una variable objeto de análisis

con la siguiente notación:

Donde son los valores distintos que toma la variable

estadística X (Valores a estudiar: Números de Cuentas Administradas, Fondos,

Ahorro Voluntario, etc.)

son el numero de eventos a estudiar (AFORES)

10

Ferreira Eva, Garín Araceli : Una nota sobre el cálculo del índice de GINI... p. 209

24

representa las proporciones relativas de cada evento con respecto

al total por lo que resulta ser el total repartido en el conjunto a

estudiar

donde representa la masa relativa repartida entre los miembros

de la clase i-ésima.

Por lo que nos da a entender que el cálculo exacto del el índice de Gini es, conservando la

escritura anterior:

Presentamos ahora la Curva de Lorenz, que es la demostración grafica de la desigualdad

que mide el índice de Gini (Gráfico 1.1):

Por lo que podemos ver que, conforme se aleje del Eje de Referencia la representación de

la distribución, mayor será expresada la disparidad entre los elementos a estudiar.

25

CAPITULO 2 PERSPECTIVA GLOBAL Y DESCRIPCIÓN DE LOS

SISTEMAS DE RETIRO EN OTRAS LATITUDES

En el segundo capítulo de este trabajo, se discutirá sobre los sistemas de pensiones de

manera global en un inicio, después será abordado un recuento sobre la metodología de

administración en el ahorro para el retiro de la Zona Euro, con el ejemplo de países

importantes económicamente (Alemania y Francia) en los que las presiones demográficas,

presupuestales e incluso sociales han hecho estragos desde principios de los años 90 del

siglo pasado, países en donde la transición poblacional está indiscutiblemente avanzada

en el perfil diario dentro de sus sociedades y que se encuentra en auge la discusión

política.

Después serán tratados otros 2 sistemas de pensiones dentro de nuestra región (Chile y

Argentina), éstos a su vez, han expuesto comportamientos heterogéneos en el

tratamiento de las reformas estructurales.

2.1 SITUACIÓN GENERAL DE LOS SISTEMAS DE PENSIONES EN EL MUNDO

A partir del fin de la Segunda Guerra Mundial, los estados nacionales entablaron el

propósito de trasladar sus energías y recursos a la población, no solo como guardianes de

la seguridad, la justicia y el orden; sino como agentes garantes del bienestar social.

Por lo que inician no solo a instaurar programas de ayudas para la reconstrucción de los

daños provocados por el conflicto bélico, sino observaron la importancia de cuidar la

integridad y el desarrollo de la población en su conjunto, retomando los ideales de

equidad entre los individuos y la prominente influencia del concepto de la Seguridad

Laboral provista por las Sicknessfonds, se fundó como política primordial la visión del

Estado del Bienestar en la mayoría de países desarrollados y en vías de desarrollo, hecho

26

que se refleja en el crecimiento exponencial en el rubro de Gasto Social en porcentaje del

PIB en la mayoría de países en el mundo11 a sistemas mayoritariamente por repartición.

Fueron instaurados a lo largo del globo los sistemas de protección de riesgos socialmente

administrados, en donde rubros como seguros de desempleo, vejez y cesantía, riesgos

laborales entre otros, formaron parte del presupuesto gubernamental desde aquel

entonces.

A lo largo de los años, con los avances tecnológicos en materia de salud y educación, la

población mundial observó un crecimiento en todos los continentes, por lo que se percibía

en aquel momento, una gran certidumbre sobre la sustentabilidad de los sistemas de

pensiones por reparto.

En los años 70 y 80, las campañas gubernamentales de promoción de la planificación

familiar, la inserción de la mujer en la vida laboral, el cambio de los roles sexuales dentro

del seno familiar y una vida cada vez más agitada, dieron a la población en general un

mayor panorama personal y profesional, dejando con ello, una disminución aparente por

la preferencia de procreación en las familias y mostrando una evolución negativa en los

índices de natalidad, mayormente en los países industrializados a finales de los años 70

del siglo pasado.

Por lo que a partir de 1981, una ola reformista ha tenido lugar primeramente en América

Latina, seguida de Asia, Medio Oriente, Europa central y del este, apareciendo en la

escena de reformas en los últimos años los países desarrollados, con lo que se pone en

evidencia, las inconsistencias demográficas existentes en su fuerza laboral presente y

cambiándose a un sistema menos comprometedor presupuestalmente hablando, como

refiere el régimen de capitalización individual o un régimen mixto.

En contraparte, más allá de lo que se podría pensar, los países desarrollados de la Unión

Europea están en este momento emergiendo de reformas recientemente implementadas,

enfocadas a variaciones paramétricas o secundarias, esperando un cambio lo

suficientemente efectivo en la sustentabilidad de sus sistemas de retiro, auxiliándose

11

Organización Internacional del Trabajo : Reporte VI …

27

adicionalmente del fenómeno coyuntural de la inmigración de personas jóvenes de

Latinoamérica, África y Medio Oriente, que inyecta a primera vista, nueva fuerza laboral,

con una alta tasa de fecundidad y una mediana inserción en los procesos productivos.

Es entonces por lo que a continuación, serán abordadas ambas regiones, tomando como

ejemplos a países representativos, bajo el entendido que, por más que se presenten

problemas similares en países de una misma región geográfica, la experiencia de políticas

reformistas ha arrojado el hecho de que no siempre la constitución de instrumentos y

medidas exitosas en un país, son garantía de triunfo en otro, por lo que trataremos de

manera individual a cada país, resaltando sus características particulares, esto con el fin

de dar una mirada hacia lo que en otros Estados se ha hecho en materia de reformas a los

sistemas de retiro12.

2.2 LOS PRINCIPALES ASPECTOS DE LOS SISTEMAS DE RETIRO EN LA UNIÓN

EUROPEA Y SUS REFORMAS

El mejoramiento en la calidad de vida, la elevación sustancial de la esperanza de vida y la

llegada masiva al retiro de la generación de la post-guerra o baby-bommers, han

conducido al viejo continente a una encrucijada sobre el futuro de sus sistemas de retiro.

Según las proyecciones de la Oficina de Estadística de la Unión Europea (EUROSTAT) en el

2006, la esperanza de vida de la población europea se encontraba en promedio en 84. 3

años al nacer, para el 2030 se espera un incremento aproximado de 6% de dicho

indicador, por lo que eso nos da más de una veintena de años en promedio que los

trabajadores comunitarios recibirán una pensión, financiadas en la mayoría de las

12

Para una revisión comparativa entre sistemas pensionarios, ir al Anexo 2

28

naciones desarrolladas a través del Gasto Social público, lo que representa en promedio el

12,4% del PIB en la UE-1513 y el 12,3% del PIB en la UE-2514.

En Europa occidental la mayoría de los países tienen un sistema de repartición con tasas

de cotización fijas, es decir, los trabajadores pagan a los organismos de retiro públicos una

cuota previamente establecida según su salario y su profesión, por lo que las variaciones

en la esperanza de vida y en la tasa de inserción al sistema de seguridad social resultan

importantes a analizar.

En general, las reformas emprendidas por la Comunidad Europea y la mayoría de los

países desarrollados al momento han observado un orden paramétrico o no estructural,

es decir, han cambiado algunos lineamientos particulares de sus leyes de pensiones, sin

cambiar éstos a profundidad, como lo representaría un cambio de patrón en el

financiamiento.

Dando por evidencia que, el factor demográfico tendrá en los próximos años una mayor

importancia, tal como lo plasma el Libro Verde de la Comisión de las Comunidades

Europeas en su reporte de 2005, en donde muestra que: la inmigración extra-comunitaria

(África del Norte, Europa del Este, Asia, Latinoamérica) provee en este momento un

aumento en la mano de obra disponible y una ampliación en las tasas de natalidad, lo que

marcará una tendencia positiva sobre la población económicamente activa hasta el 2025,

convirtiéndose en regresiva de forma leve hasta 2050 cuando, según el reporte, caerá

precipitadamente al pasar de esa fecha15.

13 UE-15 son los estados miembros de la Unión Europea antes del 2002: Francia, Luxemburgo, Bélgica, Holanda, Italia, Reino Unido, Alemania, Austria, Suecia, España, Grecia, Dinamarca, Irlanda, Portugal y Finlandia 14 Son los UE-15 mas : República Checa, Polonia, Estonia, Letonia, Lituania, Chipre, Hungría, Eslovenia, Eslovaquia, Macedonia 15

Comisión de las Comunidades Europeas (UE): Libro verde…. p. 6

29

Es por ende, a lo que respecta al cuadro de Seguridad previsional, las 3 principales

transformaciones establecidas por la Unión Europea en conjunto han sido:

Cambio en la edad mínima de retiro

Disminución de las prestaciones a pensionistas

Aumento directo de las cotizaciones de los trabajadores en activo

La medida más utilizada por los estados europeos ha sido la variación de la edad mínima

de retiro, a través de una reforma a la ley de pensiones aumentando la edad mínima para

tener derecho a la percepción de una pensión o también a través de una variación en las

reglas de cálculos de derechos a trabajadores cercanos al retiro.

Por ejemplo, en países como Gran Bretaña, Suecia o Finlandia, se ha buscado homologar

la edad mínima de retiro entre hombres y mujeres a 65 años.

Otra política pública puesta en marcha al respecto, es la penalización o bonificación de la

partida anticipada o tardía a los trabajadores, aplicándoles variaciones graduales a su

cotización final según los años asumidos en su partida al retiro, un ejemplo de ello es el

sistema alemán de pensiones, en donde se le resta un porcentaje por cada año

adelantado de su retiro o se le bonifica a la cotización final algo por cada año adicional de

trabajo.

Es evidente que, ante al aumento en la demanda de pensiones por parte de los

trabajadores, los oferentes, en este caso el estado, prevean una disminución gradual de

prestaciones indexada al Índice de dependencia efectiva del país; también han existido

disminuciones directas en las tasa de cobertura como en Reino Unido, pasando del 25%

del salario anual promedio de los 20 salarios anuales más altos en la vida del trabajador a

solo el 20% de salario anual promedio de por vida del trabajador.

30

Finalmente y no menos importante, la política paramétrica más impopular y efectiva al

corto plazo es el aumento sostenido en las tasas de cotizaciones, principalmente del

porcentaje de aportación del trabajador, esto con el objetivo de crear un fondo de

respaldo hacia el futuro, como en el caso de Italia.

Existen lateralmente otras reformas paramétricas que buscan principalmente el equilibrio

en las cotizaciones por repartición, nos referimos a las homologaciones en las cuotas

obrero-patronales entre los trabajadores privados y los servidores públicos, como lo

muestra en Italia la ley Dini de 1995.

2.2.1 SISTEMA DE RETIRO EN ALEMANIA: RUMBO AL SISTEMA MIXTO

Después de la reunificación de la República Federal Alemana y la República Democrática

Alemana, los sistemas de pensiones germanos estaban financiados directamente por cada

gobierno dentro del esquema básico de repartición directa y la administración de los

fondos de retiro se realizó por separado hasta el 1° de enero de 1992 pasando a manos

del Ministerio Federal del Empleo y Asuntos Sociales, luego estos fueron uniformizados en

su totalidad hasta el 1° de enero de 1997 bajo el gobierno del Canciller Helmut Kohl, tal

como comenta Vernière 16.

No fue hasta la entrada en el poder de Gerhardt Schröder en 1998, donde se introdujeron

las primeras reformas sobre el régimen de pensiones Gesetzliche Rentenversicherung

(GRV)17 y la aprobación de la instauración de dispositivos de ahorro complementario,

originalmente propuesta su entrada en vigor para 1999, pero no fue después de un arduo

trabajo recorrido de cabildeo en el Bundestag (Cámara de Diputados) y en el Bundesrat

(Cámara de Senadores) cuando él mismo Schröder puso en marcha la reforma a partir del

2001.

16 Vernière. Laurent: Allemagne : la réforme 2002 du système de retraite… p .2 17 El régimen del GRV (Gesetzliche Rentenversicherung) es la pensión mínima, financiada públicamente y obligatoria para todos los trabajadores en Alemania no importando su actividad profesional. (Pilar 1)

31

En ese momento las personas mayores de 60 años en Alemania era el 22% de la población

total, según el EUROSTAT, llegará a ser la proporción de adultos mayores un poco más del

35% en el 2030, y existirá un trabajador activo por 2 pensionista, con lo que la reforma en

el medio de financiación a los pensionistas representa una medida de supervivencia del

sistema de retiro alemán.

La ley Schröder incluyó 3 reformas puntuales en aspectos sensibles a la población

pensionada y próxima a pensionarse. En el primer punto, se refirió a la disminución

gradual a partir del 2001 de la tasa de reparto a los pensionados hasta el año 2030; la

propuesta original dictaba que dicha disminución seria producto de una indexación al

índice de dependencia efectiva, la cual fue muy criticada por la oposición, por lo que fue

remplazada por una disminución de 0.3% anual al pasar de 70% a 64% de cobertura del

último salario del trabajador hasta el 2030, aplicando dicho cambio solamente a los

nuevos derechohabientes y respetando los compromisos adquiridos por el gobierno hacia

los trabajadores nacidos de 1945 a 1965.

La segunda medida fue la instauración del dispositivo facultativo de ahorro individual

llamado Altersvermögensgesetz (AVMG), un sistema individual o colectivo de ahorro

voluntario sujeto a la administración de la empresa a la que trabaja el cotizante, de una

compañía aseguradora o del propio asegurado (Pilar 3), en donde se estimuló con la

excepción de impuestos a las contribuciones voluntarias menores del 1% del salario anual

en 2001, aumentado hasta el 4% como máximo en 2008; además, esta medida presentaba

la particularidad de ser subvencionada en proporción al estado civil del trabajador y el

número de hijos que éste tuviera, siendo el mínimo de un derechohabiente soltero y sin

hijos alrededor de 400 Marcos Alemanes “DM” (aprox. $ 3,800 MXN) anuales a condición

de no percibir más de 35,000 DM (aprox. $ 330,000 MXN) por año. El costo de este

subsidio rondará, según aproximaciones oficiales para el 2008, alrededor de los 10, 800

millones de euros (casi 200,000 millones MXN), lo que representa una cuarta parte del

ahorro programado con la aplicación de la reforma para el 2008.

32

Finalmente se persigue por inercia, el aumentar la participación de los trabajadores

dentro del financiamiento del sistema, que pasaran a aportar al financiamiento de sus

pensiones de 19.3% del salario bruto anual hasta 22% para 2030, con ello, se buscará

disminuir el crecimiento del porcentaje destinado al gasto de Seguridad Social.

Se plantea la meta de no destinar más del 20% del PIB en Seguridad Social para el 2020,

22% del PIB para el 2030 y así controlar la necesidad de la intervención estatal y

permanecer bajo los condicionales establecidos en 1993 con el Tratado de Maastricht en

materia de gasto social.

Dichas medidas suponen un ahorro sustancial del 11% del presupuesto anual por

conceptos de pagos en pensiones para el 2030, buscando con ello ahorrar un poco más

del 2% del PIB anual para el 2050.

Según el estudio de Laurent Vernière sobre las reformas emprendidas en Alemania,

advierte que a lo largo de los próximos años, el GRV irá disminuyendo en proporción a la

percepción media de los trabajadores casi en 8% de participación para el 2030 y según

éste mismo, las ganancias emitidas por la implantación del AVMG mas el régimen de GRV

reformado, arrojará una tasa de cobertura del 76% al pensionista en el mismo periodo.

Después de varios años de la aplicación de la reforma Schröder en Alemania, aun

continuaban la controversia, nutrida de los sindicatos y toda la oposición en el Bundestag,

por lo que un grupo de colegiados especialistas independientes llamados la Rürup

Kommission, encabezados por el Dr. Bert Rürup18, buscarían las soluciones a los conflictos

legislativos en materia de pensiones, basados fundamentalmente en la ley operativa

Alterseinkünftegesetz de junio del 2004.

Dicho estudio fue dado a conocer al año siguiente, agregando a la discusión 4 nuevas

enmiendas a la ya reformada ley Schröder:

El primer punto fue la propuesta del aumento en la edad mínima de jubilación, ésta

pasaría de 65 años a 67 a partir del 2012 aumentando un mes cada año hasta el 2024,

después 2 meses cada año hasta llegar al 2029, lo que supone una reducción anual al

18

Antón Antonio: La reforma de las Pensiones en Alemania…

33

costo de las pensiones de 14% en hombres y 12% en mujeres. Se recorrió la edad de retiro

anticipado a 63 años y aumentando las penalizaciones por pronta partida al retiro en 0.3%

de la pensión por cada mes anticipado, lo que representa un 14.4% de reducción por 4

años adelantados de pensión en 2029.

La segunda propuesta del grupo del Dr. Rürup fue utilizar en el cálculo de las pensiones

una Demographische Faktor, en donde se retoma la importancia de tomar en cuenta la

relación de los trabajadores activos por pensionistas como en la propuesta original de

reforma en 2001.

El objetivo de este factor es ajustar según las condiciones de demanda los pagos de

pensiones, deslindando así la necesidad de un aumento en la cotización por trabajador o

la necesidad de transferir más de lo estimado del presupuesto para Política Social, con lo

que se lograría encadenar el sistema de pensiones a la evolución del mercado laboral

teutón.

Reforzar los incentivos para las aportaciones individuales aprobadas en 2001. Estas

consistían en 4 variantes de las cuales todos los trabajadores públicos y privados tendrían

el derecho de elegir individual o colectivamente llamados Riester-Rente19:

Las Pensionskassen (el 22.3% de las pensiones complementarias en 1998) son

organismos privados, auspiciados por bancos o aseguradoras que proporcionan a

los trabajadores contratos individuales o colectivos de pensiones complementarias.

El Direktversicherung (13%.1 del mercado) es un tipo de contrato en el que las

empresas y las aseguradoras se comprometían a cotizar a los empleados de la

empresa garantizando un nivel de rendimiento mínimo, absorbiendo totalmente los

riesgos la aseguradora.

19

Vernière Laurent: Allemagne : la réforme 2002 du système de retraite… p. 10

34

El Direktzusage (56.7%) es la acción directa de la empresa como prestadora del

servicio de pensiones complementarias, ya sea por prestación fija en el futuro, por

un contrato de rendimiento variable o en proporción al salario del trabajador, la

empresa se compromete con su empleado en afrontar el riesgo de retiro.

La Unterstützungskasse, (7.9%) es la unión de varias empresas del mismo sector

con la creación de una oficina sectorial de pensiones, la cual afrontaría los pagos

de pensiones de sus agremiados.

Y finalmente la reforma más controversial de la Comisión Rürup consistía en el mecanismo

emergente de protección del sistema de pensiones estatal a través del congelamiento en

el pago de pensiones, siempre y cuando el número de cotizantes fuera menor que el de

pensionistas, en el 2000 esa cifra era de 2 trabajadores activos por pensionista.

Se tomaron en cuenta las recomendaciones del grupo de trabajo del Dr. Rürup a

excepción del cuarto punto y se incluyeron dentro del programa de gobierno Agenda 2010

del gobierno de Schröder en 2004 y no fue hasta la entrada de la actual canciller Ángela

Merkel en 2005 cuando se volvió a discutir la cuarta propuesta Rürup, la cual fue

finalmente aprobada en marzo del 2007.

2.2.2 SISTEMA DE RETIRO EN FRANCIA: REFORMAS PARAMÉTRICAS

La voluntad de un sistema de pensiones único, de reparto y universal, es el que impera en

Francia. Creado después de la segunda guerra mundial, bajo las primicias que operan

actualmente el Sistema de Retiro en Francia:

Un funcionamiento establecido a través del mecanismo de repartición.

Principios comunes al conjunto de regímenes, como principio el financiamiento

por cotizaciones asentadas sobre los ingresos de la actividad profesional

35

Solidaridad entre regímenes obligatorios por el factor de compensación

demográfica

La coexistencia de pensiones base y complementarias, ambas de carácter

obligatorio

Distinción entre trabajadores salariados y no salariados, cuestión debida a la falla

del régimen único de 1945

Múltiples instituciones de pensiones, en regímenes de base como en

complementarios

Reformas que conducen a una simplificación progresiva del sistema

En Francia está constituido y ratificado por el anterior gobierno de Jacques Chirac el

compromiso de la equidad social por encima de cualquier otro valor inherente al sistema

de retiro, esto se vio reflejado en el artículo 1° de la ley del 21 de agosto del 2003 en su

primer párrafo:

La Nation réaffirme solennellement le choix de la retraite par répartition, au cœur du pacte

social qui unit les générations…20

En Francia existen 3 conceptos básicos de pensiones disponibles para los trabajadores:

Régimen de pensión base legalmente obligatorio (Pilar 1): cubre a la gran mayoría

de los trabajadores de orden privado, trabajadores agrícolas, empleados

gubernamentales, trabajadores de para-estatales y trabajadores por cuenta

propia. Es financiado por método de repartición, cotizaciones trimestrales fijadas

en un sistema de base reglamentada, que se encuentra en función de topes

marcados por la ley. Estos son administrados por organismos sectoriales

dependientes del Estado como la CNAV (Comisión Nacional de Ayuda para la

Vejez).

20 La Nación reafirma solemnemente la elección del sistema de retiro por repartición, conforme al pacto social que une a las generaciones

36

Régimen de pensión complementaria obligatoria (Pilar1): Actualmente este

régimen cubre casi a la totalidad de los trabajadores, solamente los ministros de

culto y otros profesionistas tienen un régimen especial de pensiones. Al igual que

el régimen de base, las pensiones complementarias descansan sobre el mecanismo

de repartición, en el cual el sistema de cotización está en función de puntos, que

se acumulan a lo largo de la vida laboral del derechohabiente en función de sus

aportaciones y del tiempo que este cotice.

Existen 2 organismos que administran este sistema complementario: los ARRCO

(Pensiones complementarias a los trabajadores por cuenta propia y no ejecutivos)

y los AGIRC (Empleados ejecutivos públicos y privados).

Régimen de Pensiones complementarias voluntarias (Pilar 3): De creación reciente,

a partir de la reforma del Ministro de Asuntos Sociales de Francia, François Fillon

en 2003, consiste en formas de ahorro individuales o colectivas (a través de los

sindicatos) que permiten generar ahorros adicionales a los trabajadores que

deseen destinar un mínimo de su salario para dicho fin.

Existen 2 programas que fomentan esta forma de ahorro entre los cotizantes: uno

de ellos es el PERP (Programa de Ahorro para el Retiro Personal) que se trata de

un contrato abierto a todos los trabajadores sin importar su condición socio-

profesional. Las cotizaciones de este sistema, están exentas de impuestos hasta

ciertos límites.

El otro sistema se trata del PERCO (Programa de Ahorro para el Retiro Colectivo),

está puesto en marcha en las empresas en que a través del contrato colectivo de

trabajo, permite a los trabajadores poseer un portafolio de inversiones para el

retiro, en su mayoría de bienes inmobiliarios.

37

Las condiciones básicas para que un trabajador pueda tener una pensión en la mayoría de

los regímenes es de 65 años, con al menos 41 años de cotización para recibir el 100% del

promedio de los últimos 6 meses activos como pensión vitalicia, aunque depende muchas

veces del régimen elegido, la categoría socio-profesional y el conjunto de pensiones

complementarias tomadas por el mismo trabajador el monto final de pensión.

Más allá de cualquier otra consideración, el sistema de retiro en Francia está financiado en

su mayor parte por las cotizaciones obrero-patronales directamente asentadas sobre los

ingresos laborales, aunque existen excepciones, un ejemplo de ello son las cantidades

financiadas por el presupuesto gubernamental hacia sectores específicos, como los

trabajadores agrícolas, los trabajadores estatales y el sostenimiento de las pensiones no

contributivas a los sectores de menores ingresos a través de los Fondos de Solidaridad.

Está considerado en este sistema la repartición de una contribución mínima universal

(Pilar 0) llamada minimum vieillesse, corresponde a una cantidad garantizada para todo

residente legal del país sin importar la cantidad de cotizaciones que haya éste tenido, la

cantidad asegurada por el Ministerio de Asuntos Sociales es de alrededor de € 2,850 al

año (aprox. $ 52, 800 MXN).

Además a esta contribución, existen 2 consideraciones adicionales de pensión mínima

asegurada, la pensión minimum contributif destinada a los trabajadores de bajos salarios

que hayan cotizado al sistema y la pensión retraite des personnes handicapées que da una

tasa de reparto del 100% a los trabajadores discapacitados.

En Francia existe un mecanismo de compensación intra-sectorial en el cual, gremios

productivos en los que su índice de dependencia efectiva es muy alta, reciben fondos

adicionales de otros sectores en donde la dependencia es mucho menor y con ello se

pretende mantener más equilibradas las finanzas para la administración pública, un

ejemplo de ello fue el sector de la minería a principios del siglo XXI, dicho sector observó

una caída sustancial de fuentes de trabajo, por lo que obligo a muchos trabajadores a

emprender el retiro anticipadamente, cuestión que el Ministerio tomo cartas en el asunto

y destino fondos de otros planes de pensiones sectoriales, como el sector de las

38

telecomunicaciones o de infraestructura; dicho sistema de compensación también se lleva

a cabo dentro de las pensiones complementarias obligatorias.

Los sistemas de capitalización individual privados existen en Francia, solo que son muy

escasos y no cuentan con la popularidad necesaria para reformar en su totalidad el

sistema de pensiones, por lo que resulta prácticamente inviable (políticamente hablando)

para el Estado francés realizar dichas reformas.

Los cambios emprendidos por François Fillon en 2003 y por encargo del actual presidente

de la República francesa Nicolás Sarkozy, han sido encaminadas hacia las reformas

paramétricas y no estructurales.

Según la ley Fillon, la duración de cotización aumenta cada año, a partir del 2004, en un

trimestre de cotización en razón de llegar a una cantidad mínima de 42 años de cotización

(167 trimestres); existen además, los incentivos sobre el aumento gradual adicional de

trabajo a los afiliados próximos al retiro en un aumento del 3% de la cotización trimestral

por cada año adicional de trabajo y en contrapartida, aprueba la penalización del 1.25% al

2.5% de la pensión correspondiente por trimestre de pronto retiro.

En cuanto las medidas emprendidas por el Ministerio de Presupuesto de Francia para el

2009, se apoyan sobre la búsqueda de desarrollar y promover el trabajo entre los adultos

mayores, dando incentivos superiores para que estos sean contratados, además de la

creación de las Cajas de Seguridad Social Sindicales para desarrollar en ellas una mayor

participación en la concepción de una pensión más elevada.

Las medidas especificas en el mismo sentido son: una tasa de bonificación por cada año

adicional de trabajo del 3% al 5% de su pensión, medida que permitirá incitar sobre todo a

los retirados de bajos salarios que tienen derecho a las prerrogativas de mínimum

contributif y el mínimum vieillesse.

39

2.3 LOS PRINCIPALES ASPECTOS DE LOS SISTEMAS DE RETIRO EN AMÉRICA

LATINA Y SU HETEROGENEIDAD.

Para los próximos años se espera un crecimiento sostenido en los niveles tanto de

bienestar social como de población en toda la región, por lo que según la CEPAL, existirán

algo más de 120 millones de nuevos trabajadores en los próximos años con lo que

amedrentará el mejoramiento sistemático de las condiciones socio-económicas de los

latinoamericanos si éste incremento no logra ser incorporado a un ritmo similar en el

mercado laboral del continente.

Según estimaciones del CELADE en 2004, en Latinoamérica existían algo más de 218

millones de personas que no contaban con afiliación a la seguridad social de su país, 140

millones sin asistencia médica garantizada, 121 millones de personas en pobreza

extrema21, con lo que los problemas de cobertura aun están presentes en nuestros países.

En la región en 30 años ha crecido la población en un 84% (1970-2000), proyectándose así

un crecimiento del 58% de la población actual para el año 2050, según estimaciones de la

CEPAL, la tasa de crecimiento poblacional en nuestra región a principios de los 70 se

encontraba alrededor del 2.49% anual, mientras que se espera para el 2040 una tasa de

0.51%, mostrándose el proceso de maduración de la población latinoamericana, proceso

que tendrá un ritmo relativamente mayor que en el llamado viejo continente22.

Con respecto a la relación de dependencia, se muestra un comportamiento cíclico, es

decir, en 1970 se contaba a nivel Latinoamérica un índice de dependencia bruta23 del

87.2%, debido principalmente a la gran cantidad de infantes existentes en dichas fechas,

tendencia que viene decreciendo desde entonces, según cálculos de la CEPAL, hasta un

49.7% en 2020 y después habrá una alza sostenida, localizándose a niveles superiores de

21 Murro Ernesto : Seguridad Social en América Latina y Cono sur: mitos, desafíos, estrategias y propuestas desde una visión sindical, p.13 22

Murro Ernesto : Una visión sobre la Seguridad Social en América Latina, p.8 23

Esto se refiere al cociente de dependientes (Menores a 14 + Mayores de 65/ Personas de 15 a 64 años de edad)

40

58.7% (igual que en el 2000) solo que ahora esta proporción será mayoritariamente

debida al aumento de los adultos mayores.

En aspectos de Seguridad Social, los gobiernos latinoamericanos muestran una

repartición promedio del 12.4 puntos del PIB en gasto social, una cobertura de servicios

sociales considerablemente dispersa que promedia el 33% (81% Uruguay contra 8% en

Honduras), contando además de un 6% de la población con 65 o más años; por lo que es

indicado comentar el hecho de que la incidencia de la política social en todas sus

vertientes (incluyendo el aspecto de las pensiones) depende fundamentalmente de la

intensidad de la transformación demográfica que sufran los países de la región, los niveles

de cobertura y sobre todo, del grado en el cual sea resguardado el poder de compra que

posean los adultos mayores que perciban su pensión cuando éstos se encuentren en el

retiro.

Contrariamente a lo establecido en Europa, la mayoría de los países latinoamericanos (a

excepción de Brasil) presentan regímenes de capitalización individual, hecho que detonó

a partir de la implementación de la capitalización individual en Chile.

Desde entonces, los procesos en la región han mostrado mecanismo diferenciados, en

muchos sentidos, ocasionados por la ejecución de la transición de un sistema de reparto

hacia la financiación individualizada, a través de la aparición de las Administradoras de

Fondos de Pensión (AFP).

La mayoría de las reformas en el continente tuvieron efecto en los años 90, motivados por

la latente insostenibilidad de los regímenes de reparto, los altos costos laborales, la falta

de competitividad y la necesidad de desarrollar un mercado financiero domestico y cada

vez menos dependiente de la inversión extranjera directa.

Dicho cambio en la forma de financiar el ahorro para el retiro tuvo 3 comportamientos24:

El sustitutivo: Se descarta la operatividad del régimen de reparto anterior a la

reforma, en éste caso, se determina la contribución fija del trabajador, la cual, da

sustancia a su cuenta de ahorro administrada por la institución privada autorizada

24

Ibídem, p.27

41

por las autoridades correspondientes que el trabajador prefiera.

A su vez, la AFP cobrará bajo un esquema de comisiones sus gastos de operación y

brindará un rendimiento de mercado a la cuenta individual de ahorro. El monto de

la prestación es variable, se determina a partir del rendimiento obtenido a través

del tiempo en que la AFP administró los fondos del afiliado, su esperanza de vida y

del monto acumulado en la cuenta. En este modelo el riesgo financiero de

operación recae en el asegurado, en cuanto a que el Estado asume el papel de

agente regulador y última instancia, además que en algunos países de la región,

asegura una pensión mínima a los pensionistas que no alcancen a acumular el

capital necesario.

En Paralelo: En este modelo, no se elimina por completo el sistema de reparto, solo

que constituye una opción más para los trabajadores y compite con las AFP.

Mixto: El sistema por reparto es reformado (usualmente con reformas

paramétricas) y combinan complementariamente al sistema de capitalización,

reconociendo la existencia de una pensión básica definida y la cuenta de

capitalización privada como un complemento para el trabajador.

La mayoría de los países en la región (México, Bolivia, Chile, El Salvador, Nicaragua,

República Dominicana y Ecuador) presentan cambios sustitutivos en sus sistemas de

retiro, Colombia y Perú realizaron reformas de orden paralelo y finalmente, Costa Rica y

Uruguay (Argentina hasta el 2008 antes de la nueva estatalización del sistema de

pensiones) refieren reformas de orden mixto.

42

2.3.1 SISTEMA DE RETIRO EN CHILE: EL GÉNESIS DE LAS PENSIONES POR CAPITALIZACIÓN

Puesto en marcha por el General Augusto Pinochet en mayo de 198125, el sistema de

financiamiento por capitalización puro inauguró el proceso de transformación en la

región, implementando de carácter obligatorio su inserción hasta 1983, obligo a todos los

trabajadores en activo a inscribirse al nuevo sistema, respetando de manera residual las

responsabilidades pensionarias contraídas anteriormente.

La extensión del sistema chileno es nacional, además que combina la acción de 3 pilares,

la capitalización individual de pensiones (pilar 2), regímenes complementarios opcionales

de ahorro (pilar 3) y la existencia por parte del Estado chileno de una pensión mínima

universal en caso de no haber aportado lo suficiente (pilar 0), siempre y cuando se haya

cotizado al sistema privado.

La reforma chilena significó un cambio de 360° en cuanto a la concepción misma de la

previsión social en el mundo, además que manifiesta la existencia de bonos de

reconocimiento estatales, es decir, la puesta a disposición a los mismos ahorradores de

títulos gubernamentales con los que el gobierno chileno hizo frente a los derechos

adquiridos por antigüedad de los trabajadores.

El régimen de capitalización es obligatorio para los trabajadores dependientes y

voluntario para los trabajadores autónomos, al momento de la reforma los cotizantes

tuvieron la oportunidad de elegir si permanecían dentro del sistema de reparto o si todos

los derechos adquiridos los traspasaban a una cuenta individual, posteriormente se fueron

adhiriendo todos los nuevos derechohabientes al sistema ya reformado.

La cotización obligatoria es de 10% del salario base, aportes a su cuenta de ahorro

voluntario y los bonos de reconocimiento, no existe por otra parte, la aportación patronal

dentro del plan de ahorro, ésta se agrega directamente al salario bruto del trabajador y

constituye el único concepto devengado por los derechohabientes.

25

AIOS, La capitalización individual en los sistemas … p. 61

43

Los organismos que brindan sus servicios a este régimen son las Administradoras de

Fondos de Pensiones (AFP), las cuales laboran a través de contratos individuales o

colectivos, cobran sus comisiones por tarifas fijas descontadas del saldo de la cuenta de

ahorros, dicha comisión incluye una prima de seguros por invalidez y de sobrevivencia. Por

su parte, los trabajadores pagan una comisión descontada por el valor de las pensiones, ya

sea en un porcentaje, en una tarifa fija o por una combinación de ambas.

En 2002, el Parlamento de Chile aprobó una reforma al régimen, en la cual se incluye una

nueva variante de fondos de ahorro disponibles para los trabajadores, los llamados

multifondos26, diferenciándose entre éstos, las posiciones mínimas y máximas de rentas

variables para acceder a cada uno de ellos (Fondos B, C, D y E), denominándose como

Fondo A una cuenta de ahorros adicional.

En esta modalidad, el trabajador puede distribuir sus cuentas de ahorro obligatorio y

voluntario en diversos multifondos, dicha acción tiene el objetivo de incrementar la

rentabilidad promedio de las pensiones, así como adaptarse a un esquema estatutario

acorde a las preferencias y necesidades de los ahorradores con respecto a la rentabilidad

de sus fondos como el riesgo que ello implica.

Los instrumentos pensionarios deben ser única y exclusivamente negociados en mercados

autorizados por el órgano rector de pensiones, la conocida Superintendencia de

Administradoras de Fondos de Pensiones (SAFP), que excluye a la inversión en Bolsas de

Valores, Sociedades de inversión, compañías de seguros, en acciones de alguna AFP,

organizaciones deportivas y a toda empresa o institución que no presente sus resultados

de manera periódica y publica a todos los ahorradores, proveyendo así mayor

transparencia a los trabajadores andinos.

La SAFP es una entidad pública descentralizada que se encarga de la regulación y la

vigilancia en el mercado de las AFP en Chile, tiene personalidad jurídica propia, libertad

de regulación a través de su ley orgánica, es fiscalizada por la Contraloría General de la

República y es la encargada de otorgar las concesiones de AFP a las empresas como

26 Estos mecanismos son el inicio de las SIEFORES en México, solo que poseen una mayor dependencia de sus AFORES en comparación a lo que sucede en nuestro país.

44

también puede sancionar administrativamente el incumplimiento de cualquier

Administradora de Pensiones.

Los aspectos principales en que la SAFP arbitra a las sociedades de fondos de pensión en

Chile incluyen los aspectos de: administración, funcionarios, publicidad, información a los

usuarios, control financiero y actuarial y el control de las prestaciones, comisiones y

distribución de los Fondos prudenciales.

Es posible en este sistema el traspaso de una AFP a otra, esto con previo aviso al

empleador como a la AFP en la que se encontraba hasta ese momento cotizando con al

menos 30 días naturales antes del corte inmediato posterior al cual se desee cotizar con la

nueva AFP.

Los fondos de ahorro para el retiro son propiedad del afiliado (o no dependiendo la

modalidad de retribución), las AFP cuentan con capital propio y tienen la obligación de

administrar contablemente por separado la gestión de los fondos propios y los fondos de

los cotizantes.

Las prestaciones que se brindan en el sistema de retiro chileno son:

Pensión de Vejez: todos los afiliados que alcancen la edad mínima de retiro (65

años para los hombres y 60 años para las mujeres)

Pensión de Vejez Anticipada: es necesario que el afiliado tenga una pensión de 70%

o más del promedio de los ingresos gravables durante los últimos 10 años de

cotización ajustada a la inflación y que el monto final de retiro sea mayor al 150%

de la pensión mínima garantizada 27 que proporciona el Gobierno de Chile

mensualmente.

Pensión por Invalidez y sobrevivencia: es proporcionado por organismos privados

que contratan las AFP para este fin; los requisitos para la obtención de esta

percepción son: el afiliado tenga una edad menor a la mínima de retiro, tener una

27

$238,500 pesos chilenos “CLP”, aprox. $ 5,600 MXN

45

pérdida de 66% de la capacidad total de trabajo (incapacidad total) o una perdida

mayor a 50% e inferior a 66% de la capacidad de trabajo (incapacidad parcial).

Para su cálculo, se determina un ingreso base 28 que será proporcionado al

trabajador o al grupo familiar (cónyuge sobreviviente, hijos de filiación

matrimonial, en concubinato o adoptivos y los padres del afiliado en caso de

soltería y falta de hijos)

El sistema de Retiro en Chile contempla unas modalidades sobre las prestaciones

previsionales, es decir, como será el proceso de otorgamiento de los fondos:

Retiro programado: Es devengado por anualidades al afiliado, se calcula con el

cociente del saldo acumulado en la cuenta del trabajador entre el factor de capital

necesario (calculado a partir de las expectativas de vida, grupo familiar y la tasa de

descuento de la AFP en la que esta agremiado). Dicha tasa se obtiene como el

promedio ponderado de la tasa de rendimiento promedio de los fondos de

pensiones y la tasa de interés de los ingresos vitalicios. En este sistema se entregan

los fondos al trabajador de forma puntual, cabiendo la posibilidad de entregar la

totalidad de la pensión antes de la muerte de éste con lo que asume directamente

el riesgo de sobrevivencia y de la rentabilidad de las inversiones, en contra parte,

los fondos pueden ser heredados a su grupo familiar en caso de fallecimiento

prematuro del cotizante.

Pensión Vitalicia: El afiliado contrata un seguro de renta vitalicia con una compañía

de seguros, ésta se compromete a brindar el servicio de por vida de una pensión

constante en términos reales. La AFP transfiere los fondos a esta compañía de

seguros, con la pérdida de derechos del trabajador sobre el monto acumulado final

y el traslado de responsabilidades de la AFP a la compañía de seguros en el

momento en que el afiliado parta al retiro

28 El ingreso base es el monto resultante del cociente de la suma de las cotizaciones en los últimos 10 años entre 120 antes del fallecimiento o la declaratoria de invalidez del cotizante.

46

Ingreso Temporal con Pensión Vitalicia Diferida: El derechohabiente contrata un

seguro de vida temporal que se paga mensualmente indexado en UF29 hasta una

fecha posterior a la contratación del seguro, entre ambas fechas el trabajador

recibirá una pensión financiada de su cuenta de capitalización individual

manteniendo la propiedad de su saldo acumulado, mientras que transfiere a la

compañía de seguros una cotización de renta vitalicia que cuenta con un mínimo

de 50% y un máximo de 100% de la pensión temporal.

Pensión Vitalicia Inmediata con Retiro Programado: Esta modalidad permite que

los trabajadores contraten una pensión vitalicia menor o igual al mínimo de

garantía gubernamental a partir de su cuenta individual manteniendo el restante

en multifondos programados. La pensión final, corresponderá al conjunto de

estas percepciones.

En marzo del 2008, el gobierno de Michelle Bachelet promulgó la tercera reforma del

sistema a partir de 198130, introduciendo un claro sentido social a la capitalización

individual en Chile.

Los objetivos buscados por dicha reforma son el mejorar la rentabilidad real de los fondos

y corregir los problemas previsionales existentes en grupos socialmente vulnerables como

las madres solteras, que representan el 65% de los potenciales pensionados que no

alcanzan a cotizar el mínimo de garantía establecido por ley, se elimina el requisito de 240

meses de cotización para acceder a la pensión mínima del estado y se les bonifica con el

10% adicional de 12 ingresos mínimos por cada hijo menor de edad.

Es incentivada la contratación de jóvenes (15 a 35 años) a través del subsidio en las

cotizaciones de los primeros 24 meses de empleo sin costo alguno para el trabajador,

además se establecen mecanismos que buscan la afiliación de trabajadores de cuenta

propia, proporcionándoles los mismos derechos y obligaciones con respecto a los

29

Unidades de Fomento: Es una unidad de cuenta de poder adquisitivo constante, equivalente $ 21,019.13 CLP (aprox. $ 490 MXN) 30

Romero Álvarez Jaime : Propuesta de Reforma al Sistema de Pensiones … p. 2-12

47

empleados dependientes; la división de pensiones en caso de divorcio, se hará una

compensación al cónyuge de menores posibilidades a través del traspaso de fondos de la

cuenta de capitalización individual del cónyuge con mayores recursos económicos.

Todo esto a través del concepto de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo entrado en

vigor a partir del 1° de octubre del 2008. Se creó paralelamente una comisión de

fiscalización ciudadana en la que académicos, afiliados, patrones y pensionados evaluaran

de manera sistemática el funcionamiento del sistema de pensiones, además de proponer

estrategias de educación y difusión del mismo.

En materia de comisiones, se eliminó la comisión fija de transferencia del saldo de una

AFP a otra, además de contar con un organismo asesor en materia de pensiones llamado

Consejo Técnico de Pensiones que apoyará a los trabajadores sobre las comisiones,

mecanismos y a orientar de manera responsable la puesta en marcha del plan pensionario

del afiliado.

Finalmente se acrecentó considerablemente el grado de competencia en el mercado de

pensiones, el grado de regulación y se exhortó a los patrones a afrontar el pago del

seguro de invalidez y sobrevivencia en el caso de trabajadores independientes.

2.3.2 SISTEMA DE RETIRO EN ARGENTINA: UN SISTEMA MIXTO ANTES DE LA

CONTRARREFORMA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER

El sistema de pensiones en Argentina antes de la contrarreforma de noviembre 2008 era

de carácter mixto, esto a partir del 15 de julio de 1994 durante el mandato del ex

presidente Carlos Saúl Menem. Decimos que este sistema era mixto ya que se contaba

con la presencia conjunta no competitiva del régimen de pensiones por reparto,

proporcionado por el gobierno a través de la Administración Nacional de Seguridad Social

(ANSES) y el sistema de pensiones por capitalización, la cual estaba dirigida por las

Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP).

48

La inserción al sistema de pensiones argentino es obligatoria para todos los trabajadores

en la nación argentina mayores de 18 años con relación de dependencia a un patrón

(público o privado), adicionalmente existen especificaciones para los trabajadores

autónomos como prestadores de servicios, representantes diplomáticos acreditados en

Argentina y trabajadores de dependencias internacionales que operen en ese país.

Para el caso de la inscripción voluntaria a este régimen lo constituyen dueños de

empresas, altos ejecutivos, accionistas de empresas, amas de casa, clérigos, entre otros.

Es posible disertar que el sistema argentino de retiro constaba de 3 pilares: una pensión

asegurada bajo el principio de reparto solidario (pilar1), cotización individualizada

obligatoria (pilar 2) y voluntaria (pilar 3).

Al momento de la reforma de 1994, los afiliados tuvieron la opción de pertenecer a

cualquiera de los 2 regímenes, existiendo la opción de cambio entre sí, del régimen

público al privado que podía ser de inmediato y a todo momento, en el caso del cambio

del régimen privado al publico solo estuvo autorizado para los trabajadores en los 2 años

posteriores a la reforma. El número máximo de traspasos entre AFJP era de 2 cambios

cada año.

En el 2007, bajo el gobierno de Néstor Kirchner, se pusieron en marcha 3 reformas al

sistema de retiro argentino. La primera enmienda estuvo relacionada con la posibilidad de

regresar al régimen publico de cualquier AFJP siempre y cuando se fuera menor de 50

años en el caso de las mujeres y 55 para el caso de los hombres; la segunda innovación

legislativa fue encaminada hacia la garantía de una pensión asegurada a los trabajadores

mayores de 55 años en hombres y 50 para las mujeres, los cuales, se abría la posibilidad

al cambio automático del régimen privado al régimen publico si el monto de su cuenta

individual acumulada era inferior a $20,00031 pesos argentinos “ARS”, por lo que debía

ser absorbida la cantidad acumulada a cuenta de una pensión financiada por la ANSES. Y la

tercera reforma enunciaba que los trabajadores que se integraran al sistema y que no

hubieran decidido a qué régimen cotizarían sus pensiones serian concentrados a la

cuenta de reparto solidaria.

31

Aproximadamente $ 73, 500 MXN

49

Las cotizaciones de los trabajadores se encontraban en el orden del 11% del salario

gravable a cargo del trabajador, mientras que el patrón (o el estado) aportaban el 16%

sobre el mismo concepto y los trabajadores independientes cotizaban el 27% de su salario

gravable. En el caso de las aportaciones voluntarias no existían imposiciones tributarias ni

obligación de aporte, solo en el caso de la contratación de diversos planes de pensión

entre el trabajador y la AFJP fijaban una cuota mensual de ahorro a su cuenta voluntaria.

En el caso de los derechohabientes que se cambiaron del régimen público al privado, el

gobierno argentino implementó una Prestación Compensatoria, en la que las aportaciones

anteriores a la reforma del 1994 eran reconocidas a través del 1.5% del saldo acumulado

por cada año aportado al régimen solidario hasta los 35 años de servicio. En el caso de los

trabajadores autónomos éstos aportan obligatoriamente según su nivel de ingresos y en la

categoría laboral a la cual pertenezcan.

Las prestaciones del sistema argentino de pensiones consistían en:

Régimen previsional Público: Estructura pensionaria solidaria que era

proporcionado por el gobierno, directamente dependiente del monto estipulado

en la Ley de Presupuesto. Estas prestaciones son la Prestación Clásica Universal

(PCU; todo mayor de 65 años que perteneció al menos 30 años al sistema de

reparto gubernamental), Prestación Complementaria (PC; Compensatorio por

derechos contractuales), Prestación Adicional por Permanencia (PAP; Personas que

optaron por quedarse en el sistema de reparto) y la Prestación por Edad Avanzada

(PEAV; Personas que no alcancen las otras prestaciones y que sean mayores de 70

años).

Régimen de Capitalización (antes de la reforma): Estaba basado en el monto en

que los trabajadores acumularan a lo largo de su vida e incluye los conceptos de:

jubilación ordinaria (mayores de 65 años en hombres y 60 años en mujeres),

jubilación anticipada (tener derecho al menos de 50% de la base jubilatoria),

jubilación postergada (acuerdo entre el patrón y el trabajador por una extensión

de garantías, cesadas hasta la partida final al retiro), retiro por invalidez

50

(Prestación que necesita que el trabajador pierda al menos el 66% de su capacidad

laboral), pensión por fallecimiento (Prestación al núcleo familiar debido a la

muerte del trabajador).

Las modalidades en las que los trabajadores argentinos podían disfrutar su pensión

referente al sistema de capitalización individual son las siguientes:

Pensión Vitalicia: El afiliado realiza un acuerdo con una compañía de seguros de

retiro, los fondos recaudados en su cuenta individual son traspasados a la

compañía de seguros, en ese momento y después de múltiples cálculos actuariales,

el derechohabiente y su familia tienen garantizada una pensión acordada según

proceda en el contrato.

Retiro Programado: En esta forma el asegurado acuerda directamente con la AFJP

la forma del cobro de su pensión.

Retiro Fraccionado: Se toman en cuenta el saldo acumulado de la cuenta

individual, la edad del afiliado y el numero de beneficiaros, se realiza el calcula de

la pensión, y si esta resulta menos al 50% de la pensión mínima universal ($70

USD), el afiliado puede elegir esta modalidad. El monto que retirará el afiliado será

compensado hasta alcanzar el 50% de la prestación mínima universal.

Como se comentó anteriormente, el esquema de capitalización estuvo protagonizado por

las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones, que eran organismos privados

que tenían por objetivo administrar los fondos de retiro de los trabajadores y

proporcionar las prestaciones que beneficien a los trabajadores afiliados. Estaban

supeditadas por la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y

Pensiones , que garantizaba la correcta administración de los fondos, la aplicación de

primas de riesgo, la puesta a disposición de información a los usuarios de las AFJP y el

esquema de comisiones que cobran las AFJP a los trabajadores.

51

Con respecto al fondo para el retiro, este era inembargable y propiedad exclusiva del

trabajador, estaba integrado por las cotizaciones obligatorias, aportes convenidos y las

contribuciones voluntarias; las deducciones constituían las comisiones cobradas por las

administradoras, los aportes mutuales sobre el seguro de invalidez y fallecimiento, las

transferencias que realizaban las AFJP a las compañías de seguros de retiro vitalicio y a

partir de febrero del 2007 se incluyeron las deducciones los aportes obligatorios a las

cuentas de ahorro individuales de los trabajadores mayores a 55 años en hombres y 50

años en mujeres.

La rentabilidad de los fondos estaba garantizada por el interés promedio ponderado de

las administradoras con respecto al monto patrimonial total con la que poseía cada AFJP.

Conforme a lo establecido por la autoridad reguladora, los réditos que emanaban de la

administración de los fondos de pensión de los trabajadores estaban asegurados, lo que

constituía un compromiso bipartito, debido a que las administradoras contraían con sus

afiliados la garantía sobre el valor de los saldos acumulados, calculándose dicho limite a

través de una banda de flotación al 70% del valor promedio del mercado o 2 puntos

porcentuales de la rentabilidad del mercado promedio, lo primero que ocurriera.

Se tenía contemplado dentro del sistema de pensiones argentino garantías de

rentabilidad, que estaban supervisadas por la SAFJP, al igual que el sistema chileno, en

Argentina existía la obligación de un encaje legal del 1% de los fondos de retiro o de un

activo de $1, 500,000 ARS 32 además que se tenían contemplados topes de inversión en

diferentes rubros, destacándose la preferencia por fomentar los bonos gubernamentales,

las inversiones en paraestatales, fondos hipotecarios y en acciones de sociedades

anónimas nacionales por encima de inversiones en el extranjero y otras inversiones de

mayor riesgo33.

32 Aproximadamente $ 5,500,000 MXN 33 Para mayor información, consultar el cuadro 1 del trabajo de La Capitalización Individual en los Sistemas de Pensiones de América Latina de la AIOS, p.29

52

Las inversiones de alto riesgo, bursátiles, en compañías de seguros, en grupos financieros

poseedores de una AFJP y toda operación que cause gravamen según la legislación

bursátil en la Argentina eran consideradas como prohibidas.

Finalmente, como lo remarcamos líneas arriba, la Superintendencia de las

Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones era el órgano rector del sistema

de capitalización individual en la nación platense. Contaba con un carácter de autónoma

de gestión, financiera y funcional, dependiente de la Secretaria de Seguridad Social que a

su vez, pertenece al Ministerio del Trabajo y de la Seguridad Social de la Nación.

Dicho organismo garantizaba la información sobre el manejo de los fondos, además que

realizaba controles de auditorías, financieros y la gestión de los afiliados por parte de las

Administradoras; era menester de esta Superintendencia, realizar las evaluaciones de

riesgo, manejo de cartera, control interno y fiscalización de las administradoras, teniendo

la facultad de imponer sanciones de carácter administrativo o remitir a las autoridades de

justicia en caso de procesos penales.

Pese a cualquier obstáculo de parte de la oposición, bajo un ambiente nada amable,

reportando a finales de septiembre del 2008 una minusvalía general en los fondos de

pensión privados de más del 20%, la actual presidenta de la República Argentina Cristina

Fernández de Kirchner, logró en noviembre del 2008 consumar la última reforma de

sistema de pensiones argentino: la re estatalización.

El cambio fue ratificado por ambas cámaras legislativas y pone en marcha una nueva

estatalización de los fondos de pensiones administradas por las 10 AFJP que operaban en

la nación platense.

Un poco mas de 9.5 millones de trabajadores poseian una cuenta individualizada en el

sistema de ahorro privado (aprox. 73% del total de trabajadores que cuentan con un

seguro de vejez), y pasaron a formar parte del nuevo Sistema Integrado Previsional

Argentino, el cual integrará a sus arcas alrededor de 78,000 millones de pesos argentinos

(286,000 millones de MXN) aportados por los trabajadores en más de 14 años de

cotizaciones en las AFJP.

53

Dicha reforma causó una gran polémica en todo el continente, considerada por algunos

analistas como un retroceso, por otros, los partidarios de la reforma como “una garantía

del principio de equidad en el sistema de pensiones argentino ante el pésimo desempeño

de las AFJP34”, esta reforma incluyó además, de un mecanismo de fiscalización integrado

por representantes patronales, obreros, banqueros y por supuesto el gobierno.

Las condiciones de beneficios de las AFJP mostraban que, alrededor del 77% de sus

ingresos provenían de cuotas compensatorias del Estado Argentino de ayudas a las

cuentas de capitalización individual de los trabajadores de menores salarios, esto según el

CENDA (Centro de Estudios para el Desarrollo Argentino), además reitera esta fuente que:

las comisiones que habían proporcionado las AFJP desde su instauración en 1994

arrojaban un monto total de de 11,670 millones de USD35 (157,545 millones de MXN).

Las causas que dieron paso a la estatalización de los fondos de pensiones de las AFJP

difieren según sea el locutor. Por una parte, el pronunciamiento oficial infiere que la

reforma responde a un deber estratégico de seguridad social, ya que según fuentes

oficiales, mas de 1, 058 millones de € ( aprox. 19, 570 millones de MXN) invertidos en el

mercado de futuros de alto riesgo, por su parte, la oposición esgrima con respecto a esta

derogación legislativa, que los motivos de esta adopción de los fondos de ahorro para el

retiro argentinos, responden a la necesidad de afrontar compromisos de deuda pública

que alcanzará algo más de 38,000 millones de € para los próximos 3 años de gobierno

(703,000 millones de MXN).

34

Comentario emitido por el ministro del Interior argentino Florencio Randazzo en la nota periodística El Senado argentino aprueba la nacionalización de las pensiones, Periódico el País, Madrid España,21/11/2008 35 Ceriani Pablo y González Mariana: Lo que viene después de las AFJP…

54

CAPITULO 3 EL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO

En este capítulo se abordará propiamente el sistema de pensiones en nuestro país, éste

presenta una particularidad con respecto a los sistemas de retiro imperantes en la región,

el seguro de retiro, que refiere a un riesgo social a largo plazo está administrado por el

interés privado (AFORES) , mientras que la atención medica, seguro de fallecimiento y

Seguro de riesgos laborales se encuentra en manos del Estado mexicano a través de sus

organismos previsionales , el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para los

trabajadores privados y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores

del Estado (ISSSTE) para los empleados gubernamentales. Por lo que lo designaremos

como dual o hibrido en su estructura y operatividad.

En este análisis cabe señalar, se dejó a un lado al Instituto de Seguridad Social para las

Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) ya que este organismo cubre a todo el personal

militar de nuestro país, razón por la que por disposiciones legales, carece de reformas en

su estructura de financiamiento de repartición debido a la naturaleza de Seguridad

Nacional que representa, además de que las actividades realizadas por estos servidores

públicos son diferentes que las de los mencionados anteriormente.

Se comentará en los sucesivo los aspectos orgánicos, financieros y regulatorios de estos

mismos, con el entendido que abordaremos adicionalmente el conjunto de reformas que

dieron lugar a inicios de la década pasada primeramente sobre el régimen del IMSS y que

continúan ahora con los trabajadores inscritos al ISSSTE en el capitulo siguiente.

55

3.1 ASPECTOS GENERALES DEL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO

3.1.1 MARCO LEGAL

El sistema de pensiones en México está regido por diversas leyes en la materia,

primeramente desprendidas del Artículo 123 constitucional y que en la actualidad

incluyen las siguientes leyes particulares:

Ley del Seguro Social (LSS)

Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR)

Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LCONDUSEF)

Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social(LIMSS)

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

(LISSSTE)

3.1.2 COBERTURA A LOS DERECHOHABIENTES

La cobertura de los sistemas de pensión en nuestro país se lleva a cabo bajo el

procedimiento de incorporación obligatoria, el cual están sujetos todos los trabajadores

tanto públicos como privados que mantengan una relación de dependencia con algún

patrón en el caso de los adherentes al IMSS o ante el estado como corresponde al ISSSTE.

Existe igualmente un mecanismo de incorporación voluntaria por parte del IMSS

exclusivamente, en la que los trabajadores que carecen de cobertura institucional de

Seguridad Social (Comerciantes, profesionistas de cuenta propia, etc.) y que desean

adquirir los mismos derechos y obligaciones que los cotizantes obligatorios del sector

privado puedan estar asegurados.

56

El sistema previsional del IMSS está integrado por los seguros de Retiro, Cesantía en Edad

Avanzada y Vejez (SRCV), Seguro de Invalidez y Vida (SIV) y el Seguro de Riesgos de

Trabajo (SRT). Los 2 últimos seguros están a cargo aún del Instituto Mexicano del Seguro

Social (IMSS).

En el caso de los trabajadores del estado, las prestaciones comprenden la Pensión de

Jubilación (PJ), Pensión de Cesantía (PC), Pensión de Viudez, Concubinato, Orfandad o

Ascendencia (PVCOA) y la Pensión de Invalidez por riesgo de trabajo (PIRT).

3.1.3 PRESTACIONES

A. IMSS

Las prestaciones comprendidas por parte del IMSS son los seguros de invalidez y Vida

(SIV) y el seguro de Riesgos de Trabajo (SRT). Por lo que es facultad del IMSS vigilar el

cumplimento cabal de los seguros de régimen obligatorio, además que también determina

el riesgo laboral al que están sujetos los afiliados al Instituto y determinar junto a su

equipo médico, las diligencias correspondientes por motivo de siniestros laborales e

indemnizaciones por riesgos de trabajo.

El conjunto de pensiones que brinda el IMSS a sus agremiados es el siguiente:

La Pensión por Fallecimiento: consiste en que el asegurado en caso de muerte

debió haber aportado al IMSS un mínimo de 150 semanas, siempre y cuando la

causa de la fatalidad no haya sido por cuestiones laborales o profesionales. Por lo

que varía en función de los beneficiados, es decir, viuda, hijos menores de 18 años

o de 25 años si siguen estudiando, etc.

Los fondos de la cuenta individual y los fondos alcanzados por el SIV serán

concentrados por el dictamen del IMSS para determinar el seguro de sobrevivencia

a los beneficiarios.

57

Si el afiliado hubiera tenido una pensión de invalidez, esta es asignada a cargo del

seguro de sobrevivencia contratado cuando fue negociada la pensión. En el caso

de que el fallecimiento hubiera tenido elementos laborales o en facultad de

actividades profesionales, el seguro será integrado a partir de la cuenta individual y

el SRT, sin existir un requisito mínimo de cotización

La Pensión de Invalidez: es la compensación existente para aquellos trabajadores

que hubieran perdido la capacidad física o intelectual para desarrollar alguna

actividad productiva, por lo que, es necesario haber cotizado al menos 250

semanas base para tener acceso a dicha pensión, ya que si la incapacidad es del

75% o más, según el estudio realizado por el IMSS, solo serán necesarias 150

semanas de cotización.

Después de haber sido hecho el dictamen de incapacidad, por parte del IMSS, se le

proporciona al trabajador afiliado al menos una remuneración igual al 50% de las

percepciones recibidas en el último año de cotización.

En particular, La Pensión por Retiro Anticipado está supeditada a la administración de las

AFORES al igual de la Pensión de Vejez. En esta prestación el afiliado tiene derecho si en su

cuenta individual en modalidad vitalicia (teniendo un acuerdo con alguna aseguradora al

respecto), acumula al menos un 30% más que la pensión mínima garantizada por el

Estado, descontado la prima única del seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios.

Puede retirar el saldo restante en una sola exhibición en caso contrario.

La Pensión de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV). Es adquirida con los

requisitos de edad (65 años), un saldo mínimo en la cuenta individual superior al menos a

30% de la Pensión Mínima Garantizada36, en contrario, si no se cuenta con un monto

acumulado mínimo, pero se cuenta con 1250 semanas de cotización, podrá obtener una

pensión garantizada.

36

En este caso, la Pensión Mínima Garantizada es de un SMGDF mensual

58

En caso de no tener el mínimo de semanas cotizadas, el trabajador podrá retirar el monto

en una sola exhibición. En el caso de la asistencia médica familiar, maternidad y seguro de

enfermedades, es necesario que el afiliado tenga 750 semanas de cotización para tener

este seguro.

Finalmente, existen varias modalidades de retiros que son ocasionados por

acontecimientos particularmente importantes en la vida del trabajador, como lo son el

matrimonio y el desempleo, por lo que en dichos casos el afiliado podrá hacer uso de

recursos de su cuenta individual hasta ciertos límites impuestos en la ley.

Por otra parte, el financiamiento de dichos servicios pensionarios corre de manera

tripartita en conjunto, pero diferenciada dependiendo el caso del Seguro al que nos

refiramos; en el caso del SRCV corre por parte un porcentaje el trabajador, el patrón y el

Estado, en el caso del SIV es igualmente tripartito, siendo exclusivo de los patrones, el

pago del SRT.

B. ISSSTE

En el caso de las prestaciones a las cuales tienen derecho todos los afiliados al ISSSTE son

el Seguro de Salud (SS), el Seguro de Riesgos del Trabajo, el Seguro de Retiro, Cesantía en

edad avanzada y vejez y finalmente el Seguro de Invalidez y Vida están en administración

actual del mismo ISSSTE, por lo que esta misma dependencia brinda los servicios médicos,

terapéuticos y la determinación de siniestros laborales y sus connotaciones, además que

proporciona actualmente servicios adicionales de turismo, funerarias, guarderías, entre

otros .

59

Actualmente existen las siguientes pensiones por parte del ISSSTE:

Pensión de Invalidez por Riesgo de Trabajo: En caso de este siniestro para el

trabajador, el ISSSTE primeramente asigna a través de médicos especialistas el

estado de invalidez del trabajador siniestrado. En caso de que dicho dictamen

arroje una invalidez temporal, el Instituto pagará la pensión por 2 años, ahora

bien, si la invalidez continúa o si se declara como definitiva, será declarada para tal

efecto un equivalente del 35% del promedio del sueldo básico del último año

anterior a la baja, con tope de 10 SMGDF. Esta prestación es vigente solo hasta los

65 años de edad en la que se transformara en una pensión de vejez bajo la

condición de cumplir los requerimientos necesarios.

Pensión por causa de muerte: Para esta prestación se requiere que cualquiera de

sus beneficiarios tenga derechos a recibirla (Viuda, Hijos menores de edad o por

defecto padres del trabajador). El monto a recibir es el 100% delo que hubiese

correspondido por invalidez, además que el saldo de la cuenta individual del

afiliado podrá ser utilizado para incrementar la pensión o puede ser retirado en

una sola exhibición.

Como acontece en el IMSS, las Pensiones por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez son

administradas a partir del 1 de abril del 2007 por una cuenta concentradora perteneciente

al instituto llamado PENSIONISSSTE a los trabajadores que opten por pertenecer al nuevo

régimen de pensiones, el cual permanecerán los 3 primeros años de operación de dicho

ente, después pasaran a manos de las AFORES de la elección de los trabajadores, para los

trabajadores que eligieron el sistema de repartición reformado e indecisos permanecen

bajo la custodia integral del ISSSTE.

La Pensión de Cesantía en Edad Avanzada podrá ser acreditada para los trabajadores de

60 años de edad y para las trabajadoras de 58 años de edad, la Pensión por Vejez se

requerirá una Edad Mínima de 65 años en los trabajadores y en ambas pensiones se

requieren al menos 25 años de cotización al ISSSTE.

60

3.1.4 CARGA IMPOSITIVA A LOS REGÍMENES DE PENSIÓN

Por lo concerniente a la fiscalidad, el sistema de pensiones tiene ciertas características:

El retiro por una exhibición del monto total de la cuenta de SRCV de la Cuenta

Individual está exento hasta por 90 días de SMGDF por cada año de cotización

Las aportaciones de carácter obligatorio son deducibles para los patrones y no

gravables para los trabajadores.

El usufructo sobre los rendimientos reales de las aportaciones voluntarias se

consideran como ingresos gravables, por lo que son sujetos al Impuesto sobre la

Renta (ISR)

Las aportaciones de ahorro para el retiro que no sean retiradas en un plazo

mínimo de cinco años, pueden deducir el ingreso gravable hasta un monto máximo

de 197 mil MXN por año y en el momento en que se retiren, deberán pagar ISR a

la tasa más baja existente en dicho momento.

El retiro de una exhibición de la cuenta de vivienda, perteneciente al INFONAVIT37,

está exento de cualquier gravamen.

Las pensiones de los trabajadores están exentas a cualquier impuesto, solamente

aquellas pensiones que no excedan el monto de nueve veces el Salario Mínimo

General del Distrito Federal (SMGDF), el ISR será aplicado al excedente.

Los réditos que proporcionan las cuentas de ahorro individualizadas se consideran

como ingresos no acumulables, por lo que no son gravadas.

Las aportaciones voluntarias destinadas al retiro, pueden deducirse del ingreso

gravable hasta por un monto equivalente a 10% del ingreso y hasta un novel

máximo de 5 SMGDF

37

INFONAVIT : Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

61

3.1.5 TRANSICIÓN DE REGÍMENES

A. IMSS

En el caso de los derechohabientes que en el momento de la reforma estuvieran gozando

de una pensión, ésta no alteró de ninguna manera los derechos adquiridos, por lo que el

gobierno federal asume el pago de dichas pensiones. Ahora bien, en el caso de los

trabajadores que tuvieran derechos adquiridos con el sistema anterior y se pensionen en

el nuevo sistema, pueden elegir el sistema que más les convenga, bajo el entendido de

que si estos eligieran acogerse al antiguo régimen, el monto total acumulado en su cuenta

individual pasará inmediatamente a manos del Gobierno Federal.

Finalmente en el caso de aquellos que hubieran ingresado al sistema de pensiones

después de la reforma, se integrarán de manera obligatoria y automática al nuevo orden

pensionario de las AFORES.

B. ISSSTE

A diferencia de la transición ocurrida en 1997 con los afiliados del IMSS, en el caso del

mayor instituto de Seguridad Social para los trabajadores del Estado, este cambio conllevó

a más de una opción para los afiliados.

En el caso de cualquier trabajador cotizante al ISSSTE que cumpla con los requerimientos

para obtener una pensión de Cesantía o de Vejez antes del 31 de diciembre del 2009,

gozará de todos las especificaciones que establece la Ley del ISSSTE de 1983.

A partir del 1° de Enero del 2010, los trabajadores tendrán forzosamente que adecuarse a

la elección irreversible sobre el régimen deseado de pensión, ya sea acogerse a un sistema

de Bonos de Reconocimiento sobre derechos adquiridos y una cuenta individual de retiro

o elegir las prerrogativas que marca la Nueva Ley del ISSSTE en su Artículo 10° Transitorio,

que enmarca la extensión de requisitos para la obtención de una pensión vitalicia

financiada bajo el esquema de reparto.

62

3.2 ASPECTOS FINANCIEROS DEL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO

3.2.1 COTIZACIONES

La cuenta individual de ahorro para el retiro está dividida en cinco subcuentas:

Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (SRCV)

Subcuenta de Vivienda (INFONAVIT-FOVISSSTE)

Subcuenta de Aportaciones Voluntarias

Subcuenta de Aportaciones Complementarias de Retiro

Subcuenta de Ahorro a Largo Plazo

Las aportaciones obligatorias se calculan a partir del Salario Base de Cotización (SBC) en el

caso del IMSS y similarmente en el ISSSTE el Salario Básico, ambos son efectuados

tripartitamente38.

En el caso de las aportaciones voluntarias tanto el trabajador como el patrón pueden

realizar aportaciones a la subcuenta de Aportaciones Voluntarias, Complementarias de

Retiro o Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo.

Las Aportaciones Voluntarias tienen la naturaleza del corto plazo, es decir, pueden ser

retiradas cada dos meses, siempre y cuando, éstas no hayan sido asignadas a una

SIEFORE39 básica 1, en cuyo caso podrán ser retiradas cada seis meses.

Las Aportaciones Complementarias de Retiro, tienen la finalidad de incentivar el ahorro

adicional para la pensión del trabajador y pueden ser acumulativas al ingreso vitalicio o

pueden ser retiradas en una solo exhibición una vez que se hayan cumplido con los

requisitos para tal efecto. Pueden ser entregadas solamente cuando el derechohabiente

haya obtenido la determinación de una pensión o cumpla los 65 años de edad.

38 Ver Anexo 3 39 SIEFORE = Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro

63

Las Aportaciones de Ahorro a Largo Plazo, son aquellas que llevan a cabo los no afiliados al

IMSS y fue creado con el propósito de establecer un fondo destinado para el retiro de

aquellos que por sus características laborales, como tipos de salarios, tengan acceso a una

remuneración para el final de sus vidas productivas.

En el caso de que por causa de pérdida de la fuente de empleo, y con ello dejen de cotizar

al régimen obligatorio, se resguardan los derechos obtenidos del trabajador hasta la

cuarta parte del tiempo total de cotización, el cual no puede ser menor a un año.

3.2.2 RECAUDACIÓN DE COTIZACIONES

La metodología empleada para el cobro de las cotizaciones en nuestro país es

centralizado, es decir, un institución o empresa privada se encarga de concentrar los

recursos destinados a las cotizaciones de los trabajadores, en este caso, el proceso está

administrado por la PROCESAR40, Institución que está integrada por las AFORES y los

bancos, los cuales, son recaudadores directos de los recursos por cotizaciones, de los

cuales una parte corresponden a los servicios de SIV y SRT administrados por el IMSS.

Dicha empresa está supeditada por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, dirigido

por un Consejo de Administración integrado por representantes del Gobierno Federal,

AFORES, Bancos y 4 consejeros independientes, estos con el objetivo de evitar conflictos

de intereses entre las empresas propietarias de las AFORES, las SIEFORES y vigilar las

condiciones de libre entrada al mercado de los fondos para el retiro.

El proceso de la recaudación es el siguiente:

Los patrones pagan las aportaciones de los trabajadores a las entidades receptoras

autorizadas por el IMSS, las cuales entregan un reporte informativo al PROCESAR y los

recursos a las cuentas que tienen habilitadas en el Banco de México; el PROCESAR verifica

con el Banco Central que la información de flujos de efectivo correspondan a los

movimientos hechos en las cuentas concentradoras.

40

PROCESAR= Empresa Operadora de la Base de Datos Nacional del SAR

64

Después el PROCESAR recibe la información de todas las Cuentas Individuales por parte de

los bancos y produce reportes sobre cómo deben ser distribuidos los ingresos a cada

AFORE, por lo que el PROCESAR solicita a Banxico la liberación de los recursos a las

Administradora, éstas cotejan los depósitos y dirigen los recursos a las cuentas

individuales de los trabajadores afiliados, después descuenta las comisiones por concepto

de manejo de fondos y finalmente las destina a las SIEFORES.

Con lo que respecta a la subcuenta de vivienda, los bancos enteran los recursos

directamente al INFONAVIT y así el PROCESAR reporta al resultado de estos procesos a la

CONSAR.

La duración del proceso de instrumentación de las cotizaciones desde que el empleador

entera los montos a la entidad recaudadora hasta que los fondos son emplazados en las

SIEFORES es de ocho días hábiles.

3.2.3 ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE RETIRO (AFORES)

A. Constitución y Requerimientos

En el caso de nuestro país, como de todos los regímenes de pensiones por capitalización,

las Administradoras de Fondos de Retiro son entidades de carácter privado o público,

encargadas de administrar los fondos recaudados de los trabajadores a través de las

Sociedades SIEFORES.

Dichas Sociedades de Inversión deben contar para su operación con la autorización de la

CONSAR y estipularse legalmente como una empresa privada de Capital Variable,

constituido mínimamente del 99% del capital proveniente de la AFORE, cerrando así la

posibilidad de inversionistas externos.

65

Según la legislación correspondiente, el capital que pertenece a las AFORES debe estar

enterado con el 51% del capital social en acciones serie A, únicamente personas físicas y

morales mexicanas pueden adquirir dichos títulos, exceptuando, en el caso de que la

AFORE sea operada a manera de filial por una empresa extranjera con la que el Estado

mexicano tenga acuerdos internacionales.

En lo que se refiere por los requerimientos de las AFORES para su operación, estas deben

tener un capital mínimo equivalente a 25 millones de pesos, además de resguardar al

menos cien mil pesos del capital invertido en cada SIEFORE que ésta tenga instituida;

dicho capital tendrá que estar suscrito y pagado al momento de la constitución de la

Sociedad, además que tendrá que respetar ciertas condiciones mínimas de encaje

obligatorio:

Por cada SIEFORE básica que opera la AFORE, tendrán que estar depositados a

modo de reserva especial el 0.8% del valor neto de la Sociedad de Inversión

Por cada SIEFORE adicional, tendrán que estar depositados al menos el I% del valor

neto de las cotizaciones de los trabajadores hasta un tope de 900 mil pesos

Además que las AFORES tienen que ajustarse a una cuota de mercado no mayor del 20%

de la participación en el mercado de fondos para el retiro, midiéndose esta relación a

través del número de Afiliados tengan inscritos, por lo que es trabajo de la CONSAR,

realizar estudios sobre la potencialidad de nuevas cuentas disponibles trimestralmente,

por tanto, el cantidad máxima de cuentas que una Administradora pueda tener, en caso

de traspasar el tope, estas deberán de no admitir nuevos afiliados y promover el traspaso

de los trabajadores afiliados a otras AFORES.

66

B. Acceso a la Información

Las AFORES tienen la obligación de enviar a sus afiliados periódicamente información

sobre sus cuentas individuales y el estado de sus inversiones al menos semestralmente,

obligadas además de proporcionar datos a través de medios públicos (internet, vía

telefónica, etc.) y de instaurar una oficina de enlace para recibir las quejas de los

trabajadores, con lo que se establece forzosamente una notificación al consejo de

Administración de la AFORE y a la CONSAR.

Las AFORES deben elaborar reportes prospectivos sobre la situación patrimonial de sus

SIEFORES, precisando al público inversionista las políticas hechas por el Consejo de

Administración, el sistema de valuación de sus acciones, además de toda la información

relevante sobre la situación hipotética del afiliado (pensiones, traspasos, comisiones, etc.)

En materia de información sobre las inversiones, las AFORES tienen la obligación de

publicar en sus sitios de Internet y en la página de la CONSAR, un conjunto de datos

referentes a la manera en que son invertidos los fondos a través de las SIEFORES que se

conoce como Canasta de Referencia, en dichas Canastas son definidas las combinaciones

de instrumentos financieros y así poder establecer estimaciones respecto a las estrategias

de inversión; por lo que su utilización es con fines comparativos de rendimientos.

Finalmente tanto las AFORES como sus SIEFORES tienen la obligación de publicar en al

menos 2 periódicos de circulación nacional los Estados Financieros cada trimestre,

evidentemente éstos deben ser visibles en todas las oficinas y sucursales.

67

C. Estructura de Comisiones

Anteriormente, los esquemas de comisiones estaban estructurados en 3 diferentes

maneras:

Comisión por Flujo: Es cobrado una cantidad fija o porcentaje por cada aportación

a la cuenta individual del trabajador.

Comisión por Saldo: Es un porcentaje fijo por el monto total de la cuenta individual

Comisión por rendimiento real obtenido: Es el cobro de un porcentaje sobre la

ganancia generada por la SIEFORE.

Como lo establece la ley de Sistema de Ahorro para el Retiro, la única retribución

generada por la administración de los fondos de pensiones de los trabajadores está

plasmada bajo la figura de las comisiones. Por ende, estas deben cubrir los gastos de

operación, así como garantizar el buen ejercicio en la búsqueda de portafolios rentables y

a menor costo financiero para los afiliados. Los conceptos que son sujetos a cobro de

comisiones son los siguientes:

Administración de la Cuenta individual del Trabajador

Elaboración de estados de cuenta y consultas adicionales a los de la ley

Reposición de documentación de la cuenta individual

Gestión de trámites ante diversas autoridades

Por depósitos a las subcuentas de Ahorro Voluntario, cuando estos no sean

efectuados a partir del proceso centralizado de recaudación

A lo largo del tiempo estas estructuras han cambiado, hasta implantar un sistema mixto

de cobro, razón por la cual en marzo del 2008 fue revocada la opción de cobro por flujo y

se propició que en la actualidad todas las AFORES cobren comisión sobre saldo.

Solo podrán ser cobradas por cuota fija, sobre una base uniforme, sin discriminación

contra algún trabajador y sin negar las prerrogativas sobre el Ahorro Voluntario o

utilización de sistemas informáticos para realizar consultas a su cuenta o búsqueda de

información para dicho fin.

68

En el caso de aumento de comisión, cambio de régimen de inversión, quiebra, fusión o

disolución, los trabajadores tienen el derecho a trasladarse a otra AFORE, por lo que

ninguna Administradora podrá en ningún momento cobrar comisión de liberalización de

los fondos que pertenecen al trabajador a la empresa de seguros que haya sido elegida

por el trabajador para la administración de su renta vitalicia y seguro de sobrevivencia.

D. Deberes

Las AFORES tienen las funciones de abrir y administrar las cuentas individuales de sus

afiliados, recibir cuotas y aportaciones, prestar servicios de SIEFORES, cubriendo los gastos

de administración, organización y otros que originen la operación de los fondos de ahorro;

afrontar la responsabilidad de entrega de los recursos generados por el trabajador a la

hora de su retiro.

Por lo que respecta a la Subcuenta de Vivienda, los recursos son dirigidos de Banxico al

INFONAVIT, éste a su vez, canaliza los recursos para fomentar la construcción de vivienda

y otorgar créditos hipotecarios a los trabajadores. El INFONAVIT tiene la obligación de

pagar réditos al menos a la par del incremento al salario mínimo y de informar a sus

cotizantes el saldo acumulado en sus cuentas individuales, los rendimientos generados y

demás información que concierne al trabajador.

Cada administradora puede operar al menos cinco SIEFORES, las cuales se identifican en

función del grado de riesgo que estas manejan y la estructura etaria de sus afiliados, por

lo que éstas son responsables de las inversiones de los recursos de las cuentas

individuales, asimismo se estipula que las SIEFORES son entes independientes a sus

AFORES.

69

Cada Administradora debe invertir al menos del 51% de los recursos en activos que

preserven el valor real de los ahorro, en función del INPC41.

Las AFORES deben tener un departamento u oficina que administre particularmente el

riesgo de los portafolios de inversión utilizados por las SIEFORES, a lo cual, las AFORES son

totalmente responsables de todos los actos, omisiones y errores de sus SIEFORES.

Existe además un requerimiento en el establecimiento de un Consejo de Administración

de las AFORES, que tiene que estar conformado por expertos en materia financiera,

jurídica o en seguridad social, además que no deben tener ningún nexo patrimonial con la

administradora y contar con un contralor mayor, que se encargará de vigilar el

desempeño de los ejecutivos y empleados de la Administradora.

E. Cambios de AFORE

Todos los trabajadores tienen derecho a cambiarse después de haber cotizado al menos

un año en la AFORE previa a su ingreso al Sistema, en los casos previamente descritos

como cambio de régimen de inversión, fusión, etc., además de la posibilidad de cambiarse

a una AFORE sin importar el tiempo ni el número de veces en un año si la nueva AFORE

registra ante la CONSAR un mejor rendimiento que la afore anterior, por lo que la AFORE

anterior deberá realizar las gestiones para el traspaso de recursos a la nueva AFORE,

notificando al PROCESAR para su validación y puesta en marcha.

F. La Finalización de una AFORE

En todo momento, según la observancia de la CONSAR, pueden ser suspendidas las

operaciones de una AFORE en varios casos: Existencia de inconsistencias permanentes con

respecto a sus obligaciones con respecto a los afiliados, los sistemas de registro son

41

INPC= Índice Nacional de Precios al Consumidor

70

inadecuados o que no cumplan con las normas establecidas, existe información

asimétrica, falta de información o información incompleta al sistema, incluyendo a la

CONSAR y a los trabajadores, en caso de quiebra, fusión o disolución de la misma.

En dichos casos, la CONSAR decreta el traspaso masivo de todos los afiliados a una cuenta

concentradora o en su defecto, si el afiliado pidió cambio a alguna otra AFORE, por lo que

se le enviarán a esta ultima los recursos del trabajador.

G. Penalizaciones

En caso de cualquier conflicto concerniente a cualquier SIEFORE o AFORE, la CONSAR está

en pleno ejercicio de imponer sanciones, poniendo como base de multas al SMGDF no

excediéndose hasta el 5% del capital total de la institución sancionada.

3.2.4 OTRAS PARTICULARIDADES DEL MANEJO DE LAS AFORES

La contabilidad de los fondos en las cuentas individuales se expresan en acciones de las

SIEFORES, así que, cada día son calculados los valores de estas acciones, para poder fijar el

precio de las mismas y poder determinar así a través del número de acciones de las

SIEFORES determinar el monto acumulado del afiliado.

No existe finalmente, una cantidad mínima garantizada de réditos en las cuentas

individualizadas y la rentabilidad que genere el manejo de los fondos, está condicionada

por los rendimientos y las plusvalías de los activos financieros que forman parte de la

cartera de las SIEFORES. La evaluación de los instrumentos utilizados por las SIEFORES se

lleva a cabo diariamente conforme los precios de mercado.

71

3.3 ASPECTOS REGULATORIOS DEL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO

3.3.1 NORMATIVA DE INVERSIÓN DE LOS FONDOS DE RETIRO

Con lo que respecta al como invierten los recursos las SIEFORES, es necesario establecer la

obligatoriedad de contar por cada AFORE con un comité de inversiones, que tendrá por

objeto el determinar las estrategias financieras que seguirán la SIEFORES, que sea dicho

de paso, el 100% de los activos de las Sociedades de inversión deben ser activos en

efectivo o en valores convertibles en efectivo, adquiriéndolos a través de venta pública de

valores, en colocación primaria de acciones u operaciones de mercado abierto.

Las SIEFORES solo pueden invertir en instrumentos autorizados por la CONSAR, Banxico, la

CNBV42 y del Comité Consultivo. En caso de utilizar instrumentos de deuda emitidos por

personas morales ajenas al Gobierno Federal, estas deberán estar calificadas por al menos

dos empresas especializadas internacionales, por lo que se presenta el esquema completo

de los límites del régimen de inversiones para las SIEFORES43.

Quedan estrictamente prohibidos para las SIEFORES adquirir títulos de deuda de empresas

que tengan nexos patrimoniales con la AFORE de origen, colocar documentos bursátiles

en casas de bolsa o corredurías que tengan nexos con la AFORE de origen y operar con

entidades financieras con nexos con la AFORE o que formen parte del mismo grupo

financiero.

Con respecto a la calificación del riesgo, se lleva a cabo a través de un análisis emitido por

el Comité de Consultivo que establece los criterios de riesgo financiero emanado de los

valores que integren a la SIEFORE.

42 CNBV= Comisión Nacional Bancaria y de Valores 43

Ver Anexo 4

72

Dicho comité está integrado por representantes de la CNBV, SHCP, Banxico, CONSAR y de

la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Paralelamente, las AFORES cuentan con un

departamento de riesgo, que se encarga de evaluar los riesgos existentes a partir de la

asignación de recursos a las SIEFORES.

La custodia de los valores generados por las SIEFORES, está a cargo de la empresa SD

Indeval, la cual está autorizada por Banxico para tal fin, es permitida la intervención de

empresas de crédito y liquidación para ejecutar controles de orden local, además que es

obligatorio contratar los servicios de custodia de valores.

La valuación de los activos corre a cargo de un Comité de Valuación, integrado por

representantes de la CNBV, Banxico, SHCP y algunos gremios de intermediación financiera

como agentes independientes. De acuerdo a las disposiciones de este comité, los precios

de valuación de activos financieros son provistos por empresas valuadoras que informan a

todos los entes del mercado sobre los precios de los activos y estos valuadores son

contratados por las AFORES dando el mismo precio de valuación a todos sus clientes, lo

que permite homogeneización de criterios en los precios de los activos, sin importar el

propietario o el intermediario.

Finalmente, en caso de alguna SIEFORE quera adquirir activos de sociedades extranjeras,

están permitidos los mercados de países miembros al Comité Técnico de la Organización

Internacional de Comisiones de Valores y valores de la Unión Europea.

3.3.2 ORGANISMOS DE REGULACIÓN

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro o CONSAR es la máxima

autoridad encargada de ejercer los trabajos de supervisión en todo lo que respecta a las

AFORES, se encarga de coordinar, regular y vigilar todo lo referente al sistema de Ahorro

para el Retiro. Posee personalidad jurídica propia, forma parte de la SHCP pero de forma

descentralizada y cuenta con autonomía de gestión.

73

Las facultades de la CONSAR consisten en regular las operaciones de las AFORES, organizar

y vigilar el comportamiento de los participantes en el sistema SAR, otorgar y revocar

permisos de operación, imponer sanciones y multas, recibir las denuncias y quejas de los

trabajadores sobre sus fondos, informar semestralmente al H. Congreso de la Unión y al

público en general sobre la situación que impera en el mercado de las AFORES.

La CONSAR tiene dos órganos de dirección:

La Junta de Gobierno está integrada por el secretario de la SHCP, el presidente de

la CONSAR y 2 vicepresidentes, así como de 11 vocales integrados por el

Gobernador de Banxico, el Secretario de la STPS44, los representantes del IMSS y el

ISSSTE, así como representantes obreros y patronales; constituyen como principio

el emitir y revocar licencias de operación, aprobar regímenes de inversión,

autorizar cambio en las comisiones así como emitir recomendaciones a las

Administradoras sobre sus comisiones.

Comité Consultivo y de Vigilancia: integrado por representantes de SHCP, STPS,

Banxico, trabajadores, patronales. Sus principales funciones son conocer los

asuntos relativos a la adopción de criterios y políticas de aplicación general en

materia de los sistemas de ahorro para el retiro, aprobar los nombramientos de

los contralores normativos, así como emitir opiniones sobre la política de inversión

de las SIEFORES y las Comisiones.

Además que la CONSAR controla el mecanismo de autorización de la constitución de

nuevas AFORES, fusiones, liquidaciones, etc.; supervisa a los funcionarios que forman

parte de las AFORES, su solvencia moral, técnica y profesional; dicta las normas de

rendición de cuentas de parte de las AFORES hacia los afiliados; realiza control sobre las

cuestiones de la recaudación de cuotas y aportaciones al sistema de pensiones, revisa los

limites de inversión a las SIEFORES, el cumplimiento de los requerimientos mínimos de

capitalización y supervisa los cambios de AFORES de los trabajadores.

44

STPS = Secretaria del Trabajo y Previsión Social

74

3.3.3 GARANTÍAS DEL ESTADO MEXICANO ANTE EL SISTEMA DE PENSIONES

Como ya se ha referido, el papel del Estado consiste en garantizar el financiamiento de las

prestaciones que corren a su cuenta directamente, así como de vigilar y dictar las normas

para el funcionamiento correcto del sistema en general y hacerlas respetar.

Primeramente el Estado tiene la obligación según los estatutos de la Ley del Seguro Social,

el brindar la Pensión Mínima Garantizada a todos los trabajadores afiliados que posean los

requisitos correspondientes, el cual consiste en un SMGDF mensual para los afiliados al

IMSS y 2 SMGDF para los afiliados al ISSSTE indexado al Índice Nacional de Precios y

Cotizaciones.

El estado cubre además, el pago de retiros a los trabajadores y beneficiarios de la

generación de transición que, al momento de jubilarse eligieron ampararse en la ley

anterior de pensiones, con lo que el Estado recupera los saldos acumulados en el régimen

privado de cuenta individualizada que el trabajador tenga a favor al momento de su retiro,

solo para los trabajadores que cotizaron ante el IMSS, en el caso del ISSSTE, el estado

actúa en calidad de patrón y su obligación es cubrir los compromisos según el estatus de

cada trabajador.

Cabe señalar que a diferencia de Argentina o Chile, en nuestro país no fueron otorgados

Bonos de Reconocimiento para los trabajadores de la iniciativa privada, es decir, bonos

gubernamentales instrumentados como títulos compensatorios a los trabajadores que

hayan tenido derechos adquiridos en el antiguo sistema pensionario, por lo que en el caso

mexicano, se respetó los derechos íntegros de los trabajadores. Caso solamente

instrumentado para los trabajadores al servicio del Estado como se verá más adelante.

En el caso de las cuentas individualizadas administradas por las AFORES, el Estado

Mexicano, a través de la CONSAR y de la CONDUSEF, no establecen un esquema de

rentabilidad mínima sobre el ahorro individualizado, a diferencia de casi todos los

sistemas pensionarios de capitalización individual en nuestro continente.

75

CAPÍTULO 4 POLÍTICAS EMPRENDIDAS POR EL ESTADO MEXICANO

EN MATERIA DE PENSIONES: REFORMAS DE 1997 Y 2007.

Como marca el espíritu emprendido del artículo 123 constitucional, es labor del Estado

mexicano brindar las garantías individuales a todos los mexicanos, respetando con ello, su

seguridad laboral, Seguridad Social y Seguridad Medica.

En ese sentido, los retos que demandan los futuros años han hecho latente, la necesidad

de la intervención del Estado en calidad rectora, es por ende que el análisis de la acción de

éste, resulta obvia.

En los últimos 16 años, México ha sido objeto, de profundas transformaciones en cuanto

a las pensiones se trata, desde la instauración del Sistema de Ahorro para el Retiro en

1992 por el ex presidente Carlos Salinas de Gortari, pasando por la aplicación del sistema

de pensiones por capitalización a los trabajadores del apartado A del artículo 123

constitucional por el ex presidente Ernesto Zedillo hasta la transformación del régimen de

pensiones dual al cual son sujetos los trabajadores al servicio del Estado, por Felipe

Calderón en 2007 y su aplicación al año siguiente.

Es por ello que en este capítulo se abordarán las acciones, leyes y reformas que han

emprendido los últimos 3 gobiernos de la República. Iniciando con ello, una revisión

dentro del Plan Nacional de Desarrollo de cada presidente.

Para finalizar, haremos un recuento sobre las reformas hechas al sistema de pensiones

para los trabajadores particulares e independientes de 1997 y los trabajadores

gubernamentales en 2007

76

4.1 PLAN NACIONAL DE DESARROLLO: REVISIÓN DE LA PLANIFICACIÓN DE LOS

ÚLTIMOS TITULARES DEL EJECUTIVO FEDERAL EN MATERIA DE PENSIONES

En este primer apartado, son tratados los objetivos en materia de pensiones plasmadas en

sus correspondientes Planes Nacionales de Desarrollo las últimas tres administraciones

federales en nuestro país.

Por lo que se considera importante partir de este punto, ya que proporcionará a este

trabajo una referencia secuencial de los esfuerzos encaminados en aras de los cambios

que a consideración de la administración en turno, fueron importante sobre el Sistema de

Pensiones en México.

Así es que, presentaremos a continuación los diferentes proyectos presidenciales en

materia del sistema de retiro.

4.1.1 (1994-2000) DR. ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN

En el apartado 4.3 de su Plan Nacional de Desarrollo 45 , el Dr. Zedillo establece

primeramente la relación inequitativa de la cobertura de la Seguridad Social, por lo que en

1995 solo el 56% de la población tenía cobertura social. Establece además, la necesidad de

constituir esquemas de financiamiento adicionales para atender a la ya crecida población

de pensionados y jubilados.

Hace referencia sobre las causales de la transición demográfica de nuestro país a finales

del siglo pasado, como son la reducción de la fecundidad de décadas pasadas (en 1964

más de 7 hijos por familia), la disminución sostenida de los índices de mortalidad y la

desigualdad regional de estos índices que afectan la sanidad de los Sistemas de Seguridad

en nuestro país.

45

Zedillo Ponce de León Ernesto: Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000…

77

Al final de este apartado, habla del crecimiento acelerado de la población de 65 años y

mas, que en este momento representan el 4.2% de la población total, una tasa de

crecimiento de 3.8% anual, por lo que al final remarca la importancia de la rapidez de la

transición demográfica por lo que se comienza a postular el riesgo que existe en los

Sistemas Pensionarios de nuestro país.46

Asume igualmente el compromiso de analizar y modificar los sistemas de financiamiento

de seguridad social en virtud de asegurar su salud financiera y mejorar la movilidad de los

trabajadores; dejando claro que la estabilidad de estos institutos es la mejor garantía para

hacer frente a los pasivos futuros, concluye que las propuestas hechas por el Poder

Ejecutivo en turno, tendrán un mayor efecto en las Pymes47 que son la fuente más

importante de empleo en nuestro país48

Por lo que concierne a las legislaciones puestas en marcha bajo la administración del ex

presidente Zedillo fueron la continuación del plan SAR de 1992, así como la

instrumentación y reglamentación del Sistema de las AFORES como instrumento de

ahorro privado en nuestro país.

4.1.2 (2000-2006) LIC. VICENTE FOX QUEZADA

Dentro del apartado 3.1 transiciones del México Contemporáneo49, destaca los procesos

de variación en nuestro país entre los cuales está la Transición Demográfica.

En ese sentido, Fox remarca que las tendencias demográficas se han agudizado hacia una

transformación rápida. Por una parte, habla de una evolución de las estructuras

poblacionales por edad, así como destaca el Bono Poblacional existente en aquel entonces

en nuestro país.

46

Ibídem, p.96 47 Pymes= Pequeñas y Medianas Empresas 48 Ibídem, p. 97 49

Fox Quezada Vicente: Plan Nacional de Desarrollo…p. 19

78

Con respecto al tramo de población que nos atañe, los adultos mayores a 65 años,

reportan un 5% como proporción de total de los mexicanos en aquel momento,

registrando además de una tasa de crecimiento de 3.7% anual, por lo que complementa

diciendo que en 15 años se duplicará el número de adultos mayores en México. Así que

finaliza este apartado citando que:

La confluencia del envejecimiento demográfico con el cambio registrado en el terreno

epidemiológico demandará profundas reformas en las estrategias, alcance,

funcionamiento y organización del sector salud; impondrá fuertes presiones sobre la

infraestructura económica y social; desafiará la viabilidad a largo plazo de los sistemas de

seguridad social, y exigirá una cuantiosa reasignación de recursos para proporcionar

pensiones suficientes.50

En el Apartado 5 Área de Desarrollo Social y Humano, declara como urgente una reforma

integral en el Sistema de pensiones para encontrar la viabilidad. Da cuenta del

considerable déficit que existe en el IMSS e ISSSTE, debido principalmente al aumento de

los costos de operación y el número de pensionados.

Finalmente reitera en el apartado de Equidad e Igualdad, indica que el aumento de la

esperanza de vida plantea que la población mayor de 60 años es de 7.1 millones de

personas y las proyecciones muestran aumentos sustanciales en este sector de la

población. Por lo que finiquita diciendo esto demanda el establecimiento de un mejor

sistema de pensiones, servicios de salud y la creación de instituciones y formas de

convivencia sociales que les permitan gozar de oportunidades para una vida plena51.

50 Ibídem… p.22 51

Ibídem… p.84

79

4.1.3 (2006-2012) MTRO. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA

Dentro de los objetivos trazados por el actual presidente de la república están:

Consolidar un sistema nacional de pensiones más equitativo y con mayor cobertura. Para

lograr este objetivo, además de la reforma al sistema de pensiones del ISSSTE concluida en

los primeros meses de la presente Administración, la agenda se enfocará en dos

estrategias generales52:

Reforzar el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).

Contribuir a la transformación de los sistemas pensionarios de reparto que existen

en la actualidad.

Con lo que se busca primeramente homogeneizar los criterios de afiliación,

administración y rendimientos en las nuevas cuentas individuales de los trabajadores de

estado mexicano representados por el ISSSTE ante el sistema de las AFORES, por lo que se

busca crear un instituto único de pensiones, el cual brinde no solo la protección a los

ahorradores y la garantía de regulación, sino que además, provea mecanismos de

portabilidad entre cuentas, así los trabajadores cotizantes ante el ISSSTE, tendrían la

oportunidad de afiliarse al IMSS en su cuenta única y así coadyuvar a la mayor movilidad

laboral.

Intrínsecamente, ante el hecho de asignar a instituciones privadas los fondos de ahorro

para el retiro, se busca proporcionar una mayor certidumbre y propiedad sobre éstos,

además de incrementar el ahorro financiero de los mexicanos, con lo que aumenta la

demanda de instrumentos financieros; lo que implica un desarrollo al financiamiento para

los canales productivos nacionales.

Paralelamente a la reforma en la Ley del ISSSTE, fue aprobada por el Poder Legislativo una

reforma en la Ley del SAR. Dicha reforma elimina las comisiones por flujo, presentes en el

sistema de comisiones que cobran las AFORES a sus afiliados, así como el mejorar las vías

de información hacia los trabajadores, por la cual, éstos tendrán la posibilidad de elegir

52

Calderón Felipe de Jesús: Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012…

80

como mejor les convenga la AFORE que les proporcione mayores rendimientos y menores

comisiones. Finalmente, en materia regulatoria, se ha reformado el esquema de inversión

mediante la flexibilización sobre el régimen de inversión de las SIEFORES.

Con respecto al quehacer legislativo del actual periodo presidencial, se cuenta con varias

reformas al sistema del ISSSTE, que se comentarán más adelante. Además dentro de las

iniciativas puestas en marcha, se encuentra la reforma a la Ley del Seguro Social, en la que

se destacan los siguientes puntos:

Cambio en el parámetro de evaluación sobre el rendimiento otorgados a los

trabajadores. Pasa del Rendimiento Bruto al Rendimiento Neto.

Instauración de la posibilidad de un traspaso de AFORE cada 12 meses

Mayores requerimientos para los directivos de las AFORES

Aumento del número de representantes de los trabajadores en la junta de

gobierno de las CONSAR

Fijación de salarios a los agentes promotores de AFORES

Mayores incentivos para el Ahorro Voluntario

La obligatoriedad de una campaña publicitaria sobre las reformas emprendidas de

parte de las instituciones de Seguridad Social (IMSS e ISSSTE) así como la Secretaria

de Comunicaciones y Transportes.

81

4.2 LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN EL IMSS: 1997

El esquema existente dentro de las leyes del IMSS y del Seguro Social, fue reformado

significativamente, a partir del hecho de distribuir la carga pensionaria de una manera

más equitativa, involucrando al trabajador, a los patrones y al Gobierno en las

cotizaciones que, anteriormente, recaían en una mayor proporción a los patrones y solo

recibía simbólicamente una contribución de parte del Estado.

En ese sentido, las reformas que entraron en vigor el 1° de julio de 1997 integraron el

sistema de Capitalización en los regímenes pensionarios de México, los cuales tuvieron

como premisa fundamental, guardar el concepto de mayor eficacia en la asignación de

recursos a los trabajadores; esto debido a la integración de cuadros productivos

históricamente marginados debido a la falta de una relación de dependencia patronal y al

incluir la acción del mercado sobre dichos fondos.

El aspecto más criticado por académicos, sindicatos y trabajadores en general, es la

disminución del principio básico de la solidaridad que intrínsecamente se asocia a la

Previsión Social. Porque a través de la búsqueda de la maximización de los beneficios,

propio del manejo de los intereses privados, se dejaron al margen ciertos sectores de la

población en cuanto a la protección obligatoria, como sucedió con los campesinos, que si

bien representan una inversión debido al impacto productivo que generan los recursos

destinados a este sector, la primicia fundamental de la protección del bienestar de estos

habitantes, quedó expuesta al riesgo de la no inclusión.

Más allá de lo que a simple vista se pudiera inferir, el papel el Estado mexicano a partir de

esta reforma está fuertemente vinculado al régimen de pensiones, ya que primeramente,

a través del Ejecutivo Federal en turno, se emitieron fuertes apoyos para la estructuración

del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) entre los años 1992 a 1997, sino que además

introdujeron la figura de la Cuota Social, la responsabilidad emitida sobre las pensiones

vitalicias de los derechohabientes ya pensionados antes de la reforma y de aquellos que

eligieron permanecer en el sistema de reparto.

82

Todo ello forma parte de las percepciones dirigidas a las cuentas individuales de los

trabajadores sujetos al Sistema de las AFORES que el Gobierno Federal contribuye. Tema

que vincula nuestro presente y futuro en materia del ahorro para el retiro, con los

impuestos que todos y cada uno de los mexicanos enteramos a nuestras autoridades y

que de cierta manera, involucra la viabilidad futura de todo el Sistema Pensionario en

nuestro país.

Un dato revelador es el porcentaje emitido por el Ejecutivo Federal en turno en el primer

año de la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Retiro en el IMSS (1997), las aportaciones

gubernamentales para confrontar el compromiso de transición en la manera de

financiamiento de las pensiones aumentaron alrededor de 700% 53 ese año.

Para los trabajadores pertenecientes a la generación de transición, es decir, a aquellos que

por el tiempo de afiliación, habían generado al menos una semana de cotización bajo el

antiguo marco operativo, tendrían la opción de integrarse al sistema de las AFORES con

una cuenta individual de ahorro y al final de su vida activa, estos tendrían la posibilidad de

elegir el sistema que más les convendría para su pensión.

Ahora bien, para los trabajadores de la nueva generación, todos aquellos que iniciaban

relaciones laborales y de afiliación al IMSS después del 1° de julio de 1997, serán

obligatoriamente integrados al nuevo patrón de pensiones, variando considerablemente

los criterios necesarios para obtener al final de su vida laboral activa, una pensión.

Los requisitos cambiaron para la obtención de seguros, por ejemplo, la pensión de

Cesantía en Edad Avanzada que anteriormente necesitaba 500 semanas de cotización para

alcanzar una pensión, (algo más de 10 años) a partir de la reforma necesitaría tener 1250

semanas de cotización (24 años) para obtener el mismo derecho, esto con el propósito de

presentar mayor congruencia con el ambiente de esperanza de vida de los mexicanos

actualmente (72.7 años para los hombres y 77.5 para las mujeres)54 muy superior a los

datos que arrojaba la población mexicana en los inicios de operación del instituto.

53 Ruiz Ángel Guillermo : El Nuevo Sistema de Ahorro y Pensiones… p.17 54

INEGI: Encuesta Nacional de Población 2005…

83

En cuanto a los seguros del régimen obligatorio fueron cambiados de manera sustancial.

Ya que en el caso del Seguro de Riesgos de Trabajo, incluyo un factor de ponderación

sobre el riesgo de las actividades de los trabajadores, además fueron reconocidos por el

instituto los esfuerzos en higiene y seguridad de los dueños hacia sus empleados,

incentivando estas medidas con una menor carga sobre las cotizaciones patronales.

Por lo que concierne al Seguro de Enfermedad y Maternidad, fue cambiada la estructura

de financiamiento tripartita, en donde es reducida proporcionalmente la cuota conforma

a la percepción del afiliado, pero con una cuota fija del patrón y del Estado, por lo que es

progresiva la carga, ya que entre más gane un trabajador, mas tendrá que aportar al IMSS,

quedan exentos de estos conceptos los trabajadores que perciban un salario menor a 3

SMGDF.

Como anteriormente fue discutido, las reformas en cuanto al Seguro de Invalidez y Vida

restan significativamente el principio de la solidaridad regresiva55, proporcionándole

mayor equidad, ya que conservarán su financiamiento por reparto, solo queda el hecho de

que estas contingencias, al igual que el Seguro de Riesgo, son afrontadas con los recursos

totales de ambos conceptos en el pago de las Pensiones de Retiro, Cesantía en Edad

Avanzada y de Vejez.

Finalmente, el Seguro de Guarderías y Prestaciones Sociales se amplía, uniéndose al

subsistema de prestaciones sociales. Además se incrementa la tasa de cobertura a las

madres trabajadoras que requieren los servicios de estancia y guardería, agregando el

concepto de las guarderías participativas, por lo que se permitía la contratación de entes

privados por parte de las derechohabientes para la prestación de este servicio.

Por lo que respecta a la prestación de vivienda, se logró homologar la Ley del INFONAVIT a

la Ley del Seguro Social el 6 de enero de 1997, entrando en vigor como todo el

conglomerado de leyes el 1° de julio de 1997.

55

Ruiz Ángel Guillermo : El Nuevo Sistema de Ahorro y Pendones… p.21

84

4.3 LA REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES DEL ISSSTE: 2007

Un factor común en muchos sistemas pensionarios, no importando inclusive el método de

financiamiento del ahorro para el retiro, es el hecho de que existen regímenes especiales

para los trabajadores que prestan servicio a instancias gubernamentales. Nuestro país no

es la excepción, por lo que fue creado el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los

Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Este instituto fue diseñado principalmente para proveer a una gran parte de los

trabajadores estatales servicios de salud, pensiones, turismo, de vivienda entre otros,

retribuidos principalmente por las cotizaciones de los afiliados en su gran mayoría, así

como la intervención del Estado en calidad de patrón en el mantenimiento de dicho

sistema.

La asignación de derechos pensionarios, igualmente como su financiamiento

correspondían hasta abril del 2007 al sistema de repartición exclusivamente, por lo que ha

sido integrado a escena el Sistema de ahorro por capitalización Individual, a través, de la

afiliación de dichos trabajadores primeramente al sistema PENSIONISSSTE y después al

mercado de las AFORES como es tratado más adelante a detalle.

Es claro que el ISSSTE enfrentaba serios problemas de altos pasivos financieros debido a la

creciente demanda de servicios médicos, pensionarios, etc., aunado a la imposición de

permanecer cierto número determinado de años en el mismo sector público para poder

adquirir derechos pensionarios, menguando así la posibilidad legítima de movilidad a los

trabajadores.

.

85

4.3.1 ESTRUCTURA DE LA REFORMA AL SISTEMA DE PENSIONES EN EL ISSSTE

El primero de enero del 2008 entró en vigor la reforma de la Ley del ISSSTE, aprobada por

el Congreso de la Unión el 28 de marzo del 2007 y ratificada por el senado

posteriormente, puso fin al desfase jurídico que existía entre dicha ley y la Nueva Ley del

IMSS, por lo que puso como plazo máximo el 30 de junio originalmente, prorrogando

después hasta el 14 de noviembre para elegir el sistema al cual cada trabajador afiliado

desearía cotizar su pensión, dejando por entendido que, después de esta fecha, a los

indecisos serian trasferido a las prerrogativas existentes en el Articulo Décimo Transitorio

de esta nueva ley, sin posibilidad alguna de un cambio posterior a la fecha límite.

Los cambios principales en dicha Ley se presentan como sigue:

A. Sustitución del Sistema de Financiamiento de las Pensiones: Del Reparto a la

Capitalización Individual.

Con el objetivo de disminuir el pasivo laboral perteneciente a este instituto, uno de los

cambios más radicales de esta reforma fue la transformación de la forma de

financiamiento de las pensiones, así como la desvinculación progresiva del ISSSTE hacia el

otorgamiento de lo que anteriormente se conocía como las pensiones de Jubilación y

vejez , otorgada originalmente a los trabajadores afiliados al servicio del Estado solo con la

premisa de cumplir 30 años de servicio en el caso de los trabajadores y de 28 años a las

trabajadoras sin importar la edad de retiro, obteniendo el 100% del último salario

percibido en activo como pensión vitalicia.

Los trabajadores a partir de esta reforma se integran a un sistema mixto en competencia

de pensiones, es decir, según sea la elección de cada trabajador, éste podrá continuar con

el sistema de repartición otorgado por el ISSSTE sólo que modificado paramétricamente,

o integrarse al sistema AFORE, en donde tendría una cuenta individual de retiro tal como

pasa con los empleados privados afiliados al IMSS, de la cual se desprenden las

86

subcuentas: retiro, cesantía y vejez, fondo de Vivienda, ahorro solidario y el concepto de

aportaciones voluntarias en todas sus modalidades, además de otras consideraciones

retroactivas.

B. Modalidades del nuevo sistema de ahorro para el retiro: Nuevo régimen de

Capitalización o Régimen de Reparto Modificado

Según marca la Nueva Ley del ISSSTE, todos aquellos trabajadores que alcancen a cubrir

los requerimientos mínimos de jubilación (tener 60 años de edad y al menos 10 años de

cotización), de retiro o de cualquier manera prevista antes del 31 de diciembre del 2009,

obtendrán exactamente las mismas garantías que marcaba la antigua ley de 1983.

En el caso de lo demás trabajadores tendrán que elegir de manera irrevocable alguna de

las 2 opciones presentes en la legislación.

Primeramente se habla del nuevo régimen, en el cual se antepone el criterio de la

capitalización como financiador de pensiones. En este sistema se integrarán las

aportaciones del trabajador así como las erogaciones del estado en calidad de empleador

a una cuenta individual asignada a cada afiliado, la cual será administrada primeramente

por el organismo descentralizado creado adicionalmente a esta reforma (PENSIONISSSTE),

dicha institución concentrará el ahorro de los trabajadores gubernamentales los 3 años

subsecuentes a la reforma o antes si dicho trabajador cuenta con una cuenta individual

para su retiro en una AFORE, además se agregará un cálculo retroactivo denominado

Bono de Reconocimiento expresados en UDI56S con el fin de tener presente la antigüedad

e integrar este concepto a su cuenta individual.

Al final de su vida laboral, éste podrá optar por alguna de las 3 opciones concebidas por la

Ley:

56

UDI= Unidad de Inversión

87

Comprar un seguro de renta vitalicia y un seguro de sobrevivencia para los

familiares derechohabientes con una empresa privada encargada para este fin.

Contratar a la misma AFORE con la que realizo sus cotizaciones y ser beneficiario

de un plan de retiros programados

Adquirir una renta vitalicia menor al mínimo requerido (2.3 SMGDF) mas el

seguro de sobrevivencia y realizar también retiros programados en una o varias

exhibiciones.

La segunda opción planteada por la legislación actual, radica en el Régimen de Reparto

Modificado en el cual, se imponen nuevas condiciones de retiro. El fundamento legal de

esta modalidad está vinculado al Articulo Décimo Transitorio de la Nueva Ley del ISSSTE.

En este caso, el trabajador tiene mayores requisitos para poder acceder a una pensión

vitalicia financiada por el Instituto. La edad mínima para retirarse será aumentada

gradualmente hasta el año 2018, llegando a los 65 años de edad y 30 años de servicio

como requisito para la obtención de recursos pensionarios. En el caso de la Pensión de

Cesantía, los trabajadores deberán tener al menos 30 años de servicio y 60 años de edad

para los trabajadores y 58 para las trabajadoras57.

C. El PENSIONISSSTE y la Portabilidad

En el caso de los trabajadores que opten por adherirse al nuevo régimen de capitalización

individual, sus cuentas son concentradas al Fondo Nacional de Pensiones de los

Trabajadores al Servicio del Estado (PENSIONISSSTE).

57

Revisar Anexo 5

88

El PENSIONISSSTE es una institución pública descentralizada, con funciones similares a la

de las AFORES, estará sujeta a los lineamientos de la Ley del SAR y a la vigilancia de la

CONSAR.

Una particularidad de esta institución es que legalmente no está habilitada para perseguir

fines de lucro como sus similares privadas, así que no está guiada bajo el supuesto de

maximización de beneficios, con lo que se define una estructura de comisiones inferiores

al promedio del mercado; por lo que se intuye que los rendimientos netos dirigidos a los

trabajadores serán mayores y eso proporcionado por una SIEFORE de este organismo

mientras que cuente con los recursos de sus afiliados.

La Comisión Ejecutiva del PENSIONISSSTE está integrado por representantes del ISSSTE, la

SHCP, Banxico, STPS, Secretaria de la Función Pública y Organizaciones de trabajadores.

Otro de los objetivos que busca esta reforma es el concepto de portabilidad de los

derechos, lo que implica que los trabajadores podrán aportar a su cuenta individual desde

los dos organismos de Seguridad Social, es decir el IMSS y el ISSSTE. Por lo que representa

una ventaja sustancial en materia de movilidad de los trabajadores, es decir, en este

momento no existiría bajo este supuesto algún impedimento para que un trabajador que

haya cotizado en un instituto concentre sus derechos adquiridos del otro organismo. En

otras palabras y según la opinión de Solís-Ortega-Villegas, este es el primer paso para

lograr un sistema de retiro unificado a nivel nacional58 tal como lo introduce en su Plan

Nacional de Desarrollo el actual presidente constitucional de México, Felipe de Jesús

Calderón Hinojosa.

D. El Ahorro Voluntario

En este apartado, como anteriormente fue comentado, las cuentas individuales de los

trabajadores incluirán el concepto del ahorro voluntario en sus diversas maneras. En este

sentido, los trabajadores afiliados al ISSSTE tendrán un descuento de hasta 2% de su

58

Solís Ricardo, Ortega Rosa María y Villegas Eduardo: Sumas y restas: la nueva ley del ISSSTE… p. 58

89

Salario Básico para ser anexado a su cuenta de Ahorro voluntario, además será adicionado

a dicho valor, la cantidad de $ 3.50 MXN por cada peso ahorrado por el trabajador

llegando al tope del 6.5% de sus percepciones básicas. Lo que se pretende con esta

medida es incentivar el ahorro propio del trabajador, además de incrementar el monto de

pensión vitalicia, retiros programados o cualquier combinación de estos.

4.3.2 LA REFORMA DEL ISSSTE “A NIVEL DE CANCHA”.

Nos referimos a este apartado el análisis a nivel de cancha por varias consideraciones,

queremos por un lado incluir las implicaciones que han sido objeto los trabajadores del

Estado sujetos a esta reforma, como también deseamos poner sobre la mesa puntos a

favor y en contra de esta variación legislativa.

Para aquellos que optaron por adherirse al régimen pensionario bajo el sistema de reparto

modificado a partir del 1° de enero del 2010, requerirán contar con al menos 49 años para

las mujeres y 51 años los varones, incrementándose progresivamente cada 2 años hasta

alcanzar los criterios de edad del sistema de capitalización59, esto a los trabajadores que

ganen menos de 10 SMGDF.

En cuanto a la pensión por Edad y tiempo de Servicios, los incrementos en las edades son

marcadas con un mínimo de edad de 55 años, hasta los 60 años para ambos sexos además

de 15 años de cotización60.

En el caso de los trabajadores que deseen obtener una Pensión por Cesantía en Edad será

necesario cumplir 60 años y al menos 10 años de cotización ante el instituto. Aunque

dichos porcentajes mostrados en la Tabla 4 del Anexo 5, muestran los mismos porcentajes

que en la ley del ISSSTE de 1983, la diferencia es que ahora será necesario que el

trabajador tenga que separarse voluntariamente de la entidad en la que trabajaba para

poder gozar de las prerrogativas contempladas en la legislación actual.

59 Ver Anexo 5 (Tabla 1).

60 Ibídem (Tablas 2 y 3)

90

A. Trabajadores en transición

Para ello, citaremos algunos estudios de casos que aparecieron en un folleto distribuido

en las dependencias de gobierno afiliadas al sistema ISSSTE61 antes de la entrada en vigor

de las reformas con objeto de ilustrar a los trabajadores sobre las características de la

nueva ley:

Se trata de 2 casos de empleados gubernamentales “tipo”, que presentan más o menos

características comunes entre los trabajadores al servicio del Estado con salarios menores

a los 10 SMGDF, son mostrados en la Tabla 4.1

Tabla 4.1

Ejemplos de Trabajadores de Transición

Trabajador Edad Antigüedad Salario Básico Mensual

Laura 44 años 17 años $ 4,470 MXN

Juan 58 años 29 años $ 6120 MXN

Fuente: Solís Ricardo, Ortega Rosa María y Villegas Eduardo: Sumas y restas: la nueva ley del ISSSTE… p. 62

En el caso de Laura, ella es una mujer joven la cual si hubiera estado primeramente bajo la

ley del ISSSTE de 1983 hubiera necesitado solamente 11 años más para retirarse con el

100% de su último salario básico, por lo que su pensión ascendería al cumplir 28 años de

antigüedad a $ 5,321 MXN.

Ahora, si Laura se encuentra dentro de la generación de transición tiene múltiples

opciones:

Jubilarse bajo la ley del ISSSTE de 1983 en este momento con tan solo el 55% de

Salario Básico por sus 17 años de antigüedad ($ 2458.5 MXN) solo que necesitaría

tener al menos 55 años de edad, cosa que ella aun no tiene.

Si opta por adherirse al nuevo Sistema de Pensiones por capitalización, obtendrá

en reconocimiento a sus 17 años de experiencia en su dependencia un bono de $

61

Solís Ricardo, Ortega Rosa María y Villegas Eduardo: Sumas y restas: la nueva ley del ISSSTE… p. 60

91

381,218 MXN, necesitará trabajar 16 años para obtener una pensión por Edad y

tiempo de Servicio equivalente a $ 5,593 MXN

Ahora si trabaja 5 años mas (65 años de edad con 38 años de antigüedad)

obtendría una renta vitalicia de $ 6,774 MXN

Si ella se adhiere al Régimen de Reparto Modificado, trabajaría hasta los 65 años y

percibiría $ 5,878 MXN

En este tenor, podríamos encontrar que existe una ligera ventaja para Laura por trabajar

hasta los 65 años y anexándose al Régimen de Capitalización con Bono de

Reconocimiento. Solo que por razones ajenas a ella, si se llegara a retirar a los 55 años de

edad, aceptando el nuevo régimen, obtendría $ 3, 249 MXN mucho menos en

comparación al Régimen de Reparto Modificado $ 5,466 MXN, dejando a relucir la

obligatoriedad de una certidumbre plena del trabajador por el número de años a laborar,

para poder disfrutar de los beneficios de este nuevo sistema.

El caso de Don Juan, es diferente, ya que sabemos que el necesitaría trabajar solamente

un año más para obtener las prerrogativas completas de la ley del ISSSTE de 1983,

teniendo una pensión de $ 6,120 MXN.

Solamente si el optara trabajar 5 años más y adherirse al sistema de capitalización,

obtendría un bono de reconocimiento de $1, 046,520 MXN, lo que alcanzaría a percibir

una pensión vitalicia de $ 10, 005 MXN, comparativamente superior a la percepción

lograda bajo el viejo régimen. El factor de decisión de Juan estaría fuertemente ligado a

sus deseos de continuar trabajando 5 años más.

B. Nuevos cotizantes

Si bien este es el caso de los trabajadores pertenecientes a la generación de transición,

pero ¿qué pasará con aquellos afiliados al ISSSTE que fueron contratados después del 1°

de abril del 2007?

92

En esta situación podríamos hablar de trabajadores obligados a cotizar en el nuevo

régimen, el conjunto de aportaciones hechas por él, la dependencia gubernamental, la

cuota social del gobierno federal, ahorro solidario y todas los conceptos descritos en el

Anexo 3 de este trabajador, suman un 21.3% del salario base.

Los datos del trabajador llamado Rodrigo son los siguientes, reflejados en la Tabla 4.2:

Tabla 4.2

Ejemplo de un Trabajador de Reciente ingreso

Trabajador Edad Antigüedad Salario Básico Mensual

Rodrigo 22 años 0 años $ 4,000 MXN

Fuente: Elaboración Propia

Consideramos para este ejemplo que las aportaciones están capitalizadas al 4.54% anual,

que representa la rentabilidad media de las SIEFORES históricamente, el salario tendrá un

aumento anual 2.5% real. Además, por hipótesis, él no tiene cónyuge ni hijos en un inicio.

Si Rodrigo hubiera podido pensionarse bajo la Ley del ISSSTE de 1983, el hubiera

tenido una percepción vitalicia de $ 8,390.27 MXN al mes con 52 años de Edad.

En el caso de que Rodrigo sea ingresado al nuevo régimen de pensiones del ISSSTE,

no tendría bono de reconocimiento y percibiría una pensión vitalicia de $ 5,270.04

MXN.

Algo menos del 37.4% menos de salario si éste hubiera podido cotizar en el régimen

anterior, aunado al hecho que nuestro amigo tendrá que trabajar un poco mas de 7 años

para obtener una pensión similar. Ahora que si este mismo se retirara hasta los 65 años

podría aproximadamente recibir $ 11,900 MXN, solo que tendrá que trabajar 43 años

para obtener una mejor pensión.

En el caso de contar con cónyuge e hijos, dicha pensión vitalicia tenderá a disminuir

debido a la necesidad de contratar una pensión de sobrevivencia para los beneficiarios.

93

C. Cuestión de genero

Ahora bien, la pensión que le espera a una trabajadora es diferente a la de un trabajador

varón. En nuestro ejemplo, tomamos el caso de la trabajadora llamada Romina,

consideraremos los mismos elementos de análisis, salario, tasa de rendimiento, año de

inserción al Sistema pensionario que Rodrigo plasmado en la Tabla 4.2, y encontramos lo

siguiente:

Si Romina hubiera sido afiliada con derechos a pensionarse bajo la Ley del ISSSTE

de 1983, a los 28 años de servicio seria merecedora a una pensión de $ 7,895.98

MXN y se retiraría a los 50 años (94.1% de la pensión de Rodrigo)

En el caso de que ella ingrese al Régimen nuevo de capitalización necesitaría un

poco mas de 8 años de cotización para poderse retirar con una pensión

aproximada a $ 5,819 MXN con 58 años de edad como marca la edad mínima de

retiro.

La pensión recibida por medio de la Ley del ISSSTE del 2007 es alrededor del 73% de la

pensión marcada por Ley del ISSSTE de 1983, necesitaría en este caso trabajar 5 años más

(63 años de edad y 41 años de servicio) para poder alcanzar un retiro aproximado a lo

marcado dentro de la ley anterior.

La explicación a dicha disminución está fuertemente vinculada a que según estadísticas

del INEGI62, las mujeres en nuestro país tienen alrededor de 5 años más de esperanza de

vida, por lo que el cálculo de la pensión vitalicia será menor, debido a la prolongación del

tiempo en que se otorgará la prestación.

62

Revisar Anexo 2

94

CAPITULO 5 EL MERCADO DE LAS AFORES EN MÉXICO A MÁS DE

UNA DÉCADA DE SU INSTAURACIÓN.

Como lo hemos dicho anteriormente, las Administradoras de Fondos para el Retiro fueron

instrumentadas en la escena laboral a partir del 1° de julio del 1997 como el principal

instrumento que la reforma engendró para los trabajadores mexicanos, por lo que su

estudio resulta necesario.

Su inclusión es desde entonces obligatoria para todos los trabajadores asalariados del

orden privado, personas físicas independientes y de todos aquellos individuos que

desearan libremente adherirse a dicho sistema, sin olvidar a los trabajadores del ISSSTE

que se integrará una parte al sistema AFORE en unos cuantos años más.

El objetivo básico que estas instituciones privadas buscan es brindarle al trabajador

afiliado, toda la gama de conocimientos, capacidad instalada y herramientas financieras

que le permitan obtener la máxima ganancia de los fondos de los afiliados destinados para

su retiro, bajo un ambiente de mercado competitivo, que genere las condiciones de

eficiencia y servicio para cada trabajador.

Las AFORES, en contrapartida se ocupan de la administración de los recursos de los

trabajadores, reciben una remuneración establecida por la estructura de comisiones que,

desde marzo del 2008, son aplicadas en la modalidad de comisión sobre saldo. Por lo que

las Administradoras se comprometen a llevar adecuadamente las cuentas de retiro,

cesantía en edad avanzada y ahorro voluntario, además de informar periódicamente a los

trabajadores sobre el desempeño de las inversiones y el estado del monto acumulado de

los recursos aportados por los afiliados.

La envergadura del mercado que se desprende de estas administradoras está

representado por un universo de 39, 063,973 cuentas registradas en cualquiera de las 19

AFORES que hasta finales del 2008 tienen concesión por parte de la CONSAR, existen

además 2, 330,865 empleados al servicio del Estado que actualmente cotizan al ISSSTE y

que una parte se integrarán al sistema de las AFORES en unos años.

95

Lo cual nos lleva a analizar a continuación, el mercado de las AFORES, sus participantes y

la manera en la cual han desempeñado las funciones para las cuales estas fueron

instrumentadas a lo largo de sus casi 12 años de existencia.

Para ello y en virtud que a partir de éste mercado, serán cosechadas las pensiones futuras

de los trabajadores mexicanos, comenzará el análisis con de la demanda del mercado, es

decir, los trabajadores afiliados de ambos institutos, que buscan maximizar sus

aportaciones a través de las SIEFORES, que son administradas por las AFORES y que se

presentan en calidad de oferentes del mercado.

Después, revisaremos el instrumento encargado de proveer los rendimientos (el bien del

mercado) a los afiliados, es decir las SIEFORES, desde la constitución de la cartera de

inversión, el grado de diversificación de estas, las comisiones que cobran y los

rendimientos que generan los recursos de los trabajadores.

Finalizando este capítulo con un recuento sobre los principales riesgos que

potencialmente existen en este sistema y tal como fue observado en el mercado en

cuestión a mediados del 2008, éste presentó una disminución en los valores puestos en

disposición para la inversión de las pensiones de los trabajadores mexicanos, dígase la

minusvalía.

96

5.1 CARACTERÍSTICAS DE LA DEMANDA EN EL MERCADO DE LAS AFORES

5.5.1 EL UNIVERSO DE AFILIADOS

Algo menos de 40 millones de trabajadores en nuestro país están inscritos al sistema de

ahorro para el retiro, lo que constituye sin lugar a dudas, el sistema de ahorro por

capitalización individual más grande de América Latina, muy superior a otros países

agremiados a la Federación Internacional de Administradoras de Pensiones, tal como lo

muestran los datos emanados por esta institución internacional con sede en Santiago de

Chile, Tabla 5.1 y Gráfico 5.1

El universo de afiliados a las AFORES ha crecido vertiginosamente en los últimos años, por

lo que de pasar de un poco mas de 11 millones de afiliados en sus inicios, ahora cuenta

con casi 40 millones, en tan sólo 11 años de operación en México con un ritmo de

crecimiento promedio del 12.7% anual.

Tabla 5.1 Número de Afiliados en algunos Sistemas

de Retiro por Capitalización Individual en América Latina (Septiembre 2008)

ARGENTINA 9,513,134 BOLIVIA 1,143,559 COLOMBIA 8,403,715 COSTA RICA 1,720,116 CHILE 8,308,264 EL SALVADOR 1,772,276 MÉXICO 38,987,711 PANAMÁ 347,689 PERÚ 4,259,889 REP.DOMINICANA 1,795,791 URUGUAY 822,663 Fuente: Elaboración Propia con información de la

FIAP (2008)

97

5.1.2 ACTIVIDAD DE LOS AFILIADOS

Entendemos por actividad de los afiliados, el porcentaje de trabajadores que

regularmente ingresan recursos a sus cuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y

Vejez, Ahorro Voluntario y Vivienda, el estudio de los mismo es importante debido a que,

en la medida de que los afiliados aporten continuamente a sus cuentas, esto reflejará

indudablemente al pasar el tiempo, una pensión más alta para el trabajador.

Cabe señalar que, en sus estadísticas anuales para el 2008 según la AMAFORE63, la

evolución de afiliados activos, asciende a un poco más que 15 millones, lo que representa

hoy en día un 38.86% del total de afiliados, con lo que se demuestra que, no todos los

afiliados son partícipes frecuentes en este mercado y que la evolución de esta proporción

ha venido a la baja considerablemente durante este tiempo.

Por lo que, si tomamos en cuenta al número potencial de afiliados. Vemos que el Índice de

Actividad ha ido disminuyendo conforme ha pasado el tiempo, de un 96% a inicios de

1998 a estancarse alrededor del 33% en los últimos años. (Grafico 5.2-A, Gráfico 5.2-B,

Gráfico 5.2-C).

63

AMAFORE = Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro

0

5

10

15

20

25

30

35

40

Dic. 1997

Dic. 1998

Dic. 1999

Dic. 2000

Dic. 2001

Dic. 2002

Dic. 2003

Dic. 2004

Dic. 2005

Dic. 2006

Dic. 2007

Sep. 2008

Afi

liad

os

(Mill

on

es)

Gráfico 5.1Evolución comparativa de los principales Sistemas de Retiro por

Capitalización en América Latina (1997-2008)

MÉXICO ARGENTINA CHILE

Fuente: Elaboración propia con datos de la FIAP

98

Este punto es importante a considerar, ya que si bien, se ha logrado integrar a una

cantidad importante del mercado potencial, un poco más de un tercio de éste presenta un

ritmo constante de ahorro, mientras que la mayoría no está generando ingresos

adicionales a sus cuentas, poniendo así en riesgo de pobreza a los trabajadores que en el

futuro lleguen al final de su vida laboral.

0%

20%

40%

60%

80%

100%

Grafico 5.2-AIndice de Actividad de los Afiliados a las AFORES

(1997-2008)

Indice de Actividad Promedio Historico

Fuente: Elaboración propia con datos de la AMAFORE (2008) y CONSAR (2008)

-10%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

Grafico 5.2-BCrecimiento anual de los Afiliados Activos y Totales en el

mercado de las AFORES en México (1997-2008)

Activos Total

Fuente: Elaboración propia con datos de las Series Historicas CONSAR (2008)

99

Además el grado de actividad en número absolutos ha sido constante, su crecimiento

anual está casi estancado, mientras que el ritmo de crecimiento de afiliados totales he

tenido mayor ritmo.

5.1.3 OTRAS CONSIDERACIONES

En primer lugar la cuestión de género, está presente en este estudio, según la AMAFORE,

uno de cada 3 trabajadores afiliados son mujeres, de estas, sin importar la cohorte de

edad, la proporción de ellas no supera al número de hombres cotizantes (Grafico 5.3-A).

La importancia de la inserción de la mujer en el trabajo y por ende, en el sistema de

cotización de pensiones, radica primeramente en el hecho que según datos del Instituto

Nacional de la Mujer64, del total de mujeres asalariadas en el país casi el 30% de ellas no

cuenta con prestación alguna de Seguridad Social, por lo que su integración al mismo

sistema no solo concierne a una política de mercado, al integrar a nuevas afiliadas, sino

64

INMUJER (2004)

45,178,21339,063,973

15,181,727

05

1015202530354045

Mercado Potencial (PEA) Número Cuentas Totales Número de Cuentas Activas

Mill

on

es

Gráfico 5.2-CMercado de las AFORES a diciembre del 2008

100%86.47%

33.6%

Fuente: Elaboración propia con datos de la AMAFOREPEA = Población Económicamente Activa

100

que abre la pauta de evitar un problema de índole social y que pone en un grave riesgo de

pobreza en la vejez a las trabajadoras de este país.

Otro aspecto importante a considerar es la desigualdad laboral, reflejada en los salarios

que éstas perciben claramente inferiores a la de sus contrapartes masculinas (Tabla 5.3-B)

y que están sometidas a mayores interrupciones a lo largo de la vida productiva,

ocasionado por la maternidad y el cuidado de los hijos.

61.35% 57.38% 57.72% 62.35% 66.94%76.32%

63.68%

38.65% 42.62% 42.28% 37.65% 33.06%23.68%

36.32%

0%

50%

100%

< 18 de 18 a 25 26 a 35 36 a 45 46 a 55 > 55 años Promedio

Gráfico5.3-ADistribución de los afiliados a las AFORES en México por

segmento de edad y sexo (2008)

Hombres Mujeres

Fuente: Elaboración propia con datos de la AMAFORE (2008)

0 5 10 15 20 25 30

No recibe ingresos

Menos de 1 s.m.

De 1 hasta 2 s.m.

Más de 2 hasta 3 s.m.

Más de 3 hasta 5 s.m.

Más 5 s.m.

Gráfica 5.3-BDistribución porcentual de la PEA ocupada según nivel de

ingresos por sexo en México (2004)

Hombres Mujeres %Fuente: Elaboración propia con datos de la INMUJER (2004)

101

Otro aspecto importante a destacar, es el hecho que el 43.27% de los afiliados al sistema

están percibiendo al mes de 1.5 a 3.5 SMGDF (Gráfico 5.3-C), hecho que no solo muestra

una distribución desigual del ingreso entre los cotizantes, sino acentúa el riesgo latente

que existe sobre el hecho de que, al tener salarios bajos, las cotizaciones de los mismo

trabajadores reflejaran, un riesgo grave de no poder acumular una pensión adecuada a

sus necesidades, por lo que los rendimientos de estas cuentas tienen relevancia para el

futuro de los trabajadores.

5.1.4 PERFIL DEL AFILIADO PROMEDIO

El monto total de recursos administrados por las AFORES se encuentra alrededor de los $

937,442 millones MXN, el promedio de los trabajadores que tienen una cuenta de Seguro

de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez es de $ 23,760.9 MXN, en su cuenta de

ahorro voluntario en promedio existen $ 125.65 MXN, lo que representa menos del 5% del

monto total.

19%

43%

16%13%

4% 5%

0%

5%

10%

15%

20%

25%

30%

35%

40%

45%

0 a 1.5 SMGDF

1.5 a 3.5 SMGDF

3.5 a 5.5 SMGDF

5.5 a 10 SMGDF

10 a 15 SMGDF

15 a 25 SMGDF

Gráfico 5.3-CDistribución de los Cotizantes por rango de ingresos

Fuente: Elaboración propia con datos de AMAFORE 2008

102

El afiliado promedio percibe alrededor de los 3 SMGDF, por lo que aporta históricamente

en promedio alrededor de $ 300 MXN por mes, situación muy diferente en comparación al

promedio de aportación al cierre de diciembre del 2008 en donde no eran más de $110

MXN por trabajador.

El afiliado al sistema se encuentra entre los 27 a 35 años de edad, por lo que falta algo

más de 30 años para hacer efectivo el derecho de pensiones para la mayoría de los

trabajadores adscritos al sistema de las AFORES. Por lo que una buena planeación de largo

plazo en las inversiones de las SIEFORES y una condición de mayor ahorro voluntario serán

fundamentales para proporcionar una pensión más acorde a las necesidades de los

afiliados.

Para dimensionar las características del afiliado promedio se requerirá referirse al ejemplo

de Rodrigo del Capítulo 4, suponiendo ahora que éste ganara 3 SMGDF como lo hace el

promedio de afiliados, manteniendo todas las demás variables constantes del ejemplo de

la Tabla 4.2 (edad, rendimiento real, cuotas de aportación, esperanza de vida, etc.), si

éste fuera trabajador de la iniciativa privada, respetando los requerimientos para la

obtención de una pensión vitalicia, ésta correspondería a tan solo el 44.5% de su salario a

los 65 años de edad, caso contrario si pertenece al sistema de capitalización como

trabajador afiliado al ISSSTE, obtendría el 64.43% de su último salario.

Es por ello que profundizar el análisis del afiliado promedio no solo en su situación actual,

sino proyectar como variaciones en el ahorro voluntario y en el interés real, aumentan

potencialmente el monto final de la pensión del trabajador promedio (Tabla 5.2) Es

entonces que, la acción activa de los ahorradores como del esfuerzo de las AFORES a

través de sus SIEFORES, brindan un mejoramiento potencial en el monto final de cada

trabajador en diferente manera.

103

Tabla 5.2 Comparación de Pensiones promedio en diferentes regímenes de

Capitalización individual

Concepto IMSS ISSSTE

Monto Total (MXN) $ 452,892.50 $ 1,335,685.56

Pensión Vitalicia (MXN) $ 2, 516.07 $ 7,420.48

Elasticidad Ahorro Voluntario- Pensión(1) 3.097 5.330

Elasticidad Interés real-Pensión(2) 83.96 298.74

Fuente: Elaboración propia con ayuda de la calculadora de pensiones en línea de la CONSAR (2008) en el caso de la cotización al IMSS, para el caso del ISSSTE son cálculos propios.

(1) Es la variación positiva en pesos de la pensión vitalicia final ocasionada por la aportación de un peso suplementario en forma de Ahorro Voluntario a la cuenta individual de cada trabajador

(2) Es la variación positiva en pesos de la pensión vitalicia final ocasionada por el aumento del rendimiento real obtenido a través de la administración de las SIEFORES en 1% más.

5.2 CARACTERÍSTICAS DE LA OFERTA EN EL MERCADO DE LAS AFORES

Como cualquier mercado, el sistema de las AFORES cuenta con oferentes de un bien, los

intereses generados por las aportaciones realizadas por los trabajadores, patrones y el

Estado resulta la meta por la cual se intercambia en este mercado, por lo que las

Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro juegan el papel de prestadores de

servicios de tenencia de cotizaciones de los trabajadores para financiar una pensión.

5.2.1 LA COMPOSICIÓN DEL MERCADO DE LAS AFORES

Desde la instauración del mercado de las AFORES en nuestro país, los participantes en

ellas han sido siempre los principales capitales tanto nacionales como extranjeros. Han

existido desde el 1 de julio de 1997 a la fecha 28 AFORES, de las cuales solo 10 AFORES

operan actualmente en calidad de miembro fundador del sistema.

De las 17 AFORES que iniciaron operaciones en nuestro país en 1997, 13 presentaban la

experiencia de múltiples grupos financieros extranjeros, mayoritariamente de EUA y

Europa en un mercado recién nacido.

104

Hoy en día esta proporción ha bajado ligeramente, ya que 10 de las 9 AFORES que operan

actualmente están constituidas en su mayoría por capitales nacionales, aunque cabe

resaltar que la presencia de capitales extranjeros en las AFORES mexicanas permanece

aun importante en el sector.

Con 19 AFORES disponibles en el mercado, a excepción el PENISIONISSSTE, han sido

producto de la integración de nuevos agentes financieros o de múltiples fusiones que se

suscitaron durante estos casi 12 años de operación.

5.2.2 LA PARTICIPACIÓN EN EL MERCADO DE LAS AFORES

Como regla básica de regulación, ninguna de las AFORES originalmente podía tener más

del 17% del total de afiliados en el mercado, actualmente se trata de un límite del 20% de

cuentas totales del mercado, razón que a continuación mostramos la tabla

correspondiente al número de afiliados con los que cuenta cada AFORE (Tabla 5.3).

Claramente podemos ver que ninguna AFORE tiene más del 20% tal como lo establece la

norma, sin embargo, salta poderosamente a la atención el hecho que solo 5 AFORES

(Banamex, ING, Bancomer, Banorte Generali e Inbursa) tengan alrededor del 57% del total

del mercado al igual que existan Administradoras con menos del 1% de participación, con

lo que muestra una dispersión palpable sobre la presencia de las AFORES en el mercado.

Con respecto a los indicadores de HHI y el de Dominación, se refleja una distribución del

mercado un tanto equilibrado en apariencia, esto debido a la cantidad importante de

empresas, sin que esto por otro lado, no compruebe claramente un grado importante de

atomicidad de las mismas.

La evolución de la concentración de los 5 Grandes del mercado (Banamex, Bancomer,

Banorte-Generali, ING e Inbursa) ha tenido un comportamiento mixto, ya que si bien, el

grado de concentración de éstas ha variado en 11 años de 46.6% a 57.8%, la participación

individual ha evolucionado en gran medida (Gráfico 5.4).

105

Por lo que podemos observar que, la participación de la mayoría de estos fue creciendo

conforme pasó el tiempo, a excepción de la AFORE Bancomer que fue disminuyendo y de

Banorte Generali que se mantuvo constante.

Resulta al mismo tiempo importante resaltar que, el dominio (IP) del Grupo Banamex en el

mercado es alrededor de 700% superior que el promedio de todos los demás participantes

juntos, mientras que al mismo tiempo existan AFORES como COPPEL, AZTECA, SCOTIA,

entre otros que posean representatividad inferior al 0.01%, hecho que rompe con los

esquemas preestablecidos de equidad en cuanto a la participación en el mercado.

La concentración a nivel de mercado de las AFORES, muestra 2 tendencias temporales a

considerar, es decir, por una parte al inicio del sistema hasta el 2003, el mercado registró

una contracción no solo del poder de mercado de las Administradoras sino una

disminución en el número de estas mismas, en virtud de las constantes restructuraciones,

fusiones y quiebras de empresas prudenciales.

0%

5%

10%

15%

20%

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Gráfico 5.4Evolución de la participación de las 5 AFORES más grandes

en México (1997-2008)

Banamex ING Bancomer

Banorte Generali Inbursa

Fuente: Elaboracion propia con datos de CONSAR (2008)

106

En la segunda etapa, se muestra un crecimiento importante en el número de participantes

en el mercado, al igual que la concentración de estas mismas. (Tabla 5.4, Gráficos 5.5-A y

5.5-B)

Tabla 5.3 Cuentas Administradas por las Afores (Cifras al cierre de diciembre de 2008)

AFORE Cuentas Totales

% de Representación (*)

Acumulado (*)

HHI (*)

Índice de Dominación

(IP) (*)

Banamex 6,194,899 15.86% 15.86% 2.515% 7.32%

ING 5,192,980 13.29% 29.15% 1.767% 3.62%

Bancomer 4,453,187 11.40% 40.55% 1.300% 1.96%

Banorte Generali 3,232,139 8.27% 48.83% 0.685% 0.54%

Inbursa 3,222,639 8.25% 57.08% 0.681% 0.54%

Profuturo GNP 3,153,206 8.07% 65.15% 0.652% 0.49%

Principal 2,921,704 7.48% 72.63% 0.559% 0.36%

XXI 2,845,225 7.28% 79.91% 0.530% 0.33%

HSBC 1,715,186 4.39% 84.30% 0.193% 0.04%

Invercap 1,436,696 3.68% 87.98% 0.135% 0.02%

Metlife 1,246,699 3.19% 91.17% 0.102% 0.01%

Azteca 1,040,198 2.66% 93.83% 0.071% 0.01%

Coppel 883,854 2.26% 96.10% 0.051% 0.00%

Afirme Bajío 741,239 1.90% 97.99% 0.036% 0.00%

Ahorra Ahora 380,779 0.97% 98.97% 0.010% 0.00%

IXE 313,767 0.80% 99.77% 0.006% 0.00%

Scotia 55,910 0.14% 99.91% 0.000% 0.00%

Argos 33,666 0.09% 100.00% 0.000% 0.00%

Total 39,063,973

9.292% 15.24% Fuente: CONSAR (2008) (*) Datos calculados por Elaboración Propia basados en datos CONSAR (2008)

Tabla 5.4 Medición de la Concentración de la participación en el Mercado de las AFORES de 1997 a 2008

Año Índice de

GINI Número de

AFORES Año

Índice de GINI

Número de AFORES

1997 42.02% 17 2003 21.27% 12

1998 34.77% 14 2004 22.51% 13

1999 31.05% 13 2005 29.82% 16

2000 30.75% 13 2006 38.45% 21

2001 20.54% 13 2007 36.62% 21

2002 17.41% 11 2008 34.02% 18

Fuente: Elaboración Propia con cálculos basados en datos CONSAR (2008)

107

5.2.3 LOS RECURSOS ADMINISTRADOS POR LAS AFORES

Tal como se muestra en la Tabla 5.5, el monto total obtenido por las AFORES, dejando a

un lado el capital que por ley tienen que invertir las AFORES de manera permanente, es

algo más de 928 mil millones MXN, en donde podemos ver una mayor concentración de

capitales entre las 5 AFORES mas grandes (Banamex, Bancomer, ING, Profuturo GNP e

0

0.2

0.4

0.6

0.8

1

0 0.2 0.4 0.6 0.8 1

Gráfico 5.5-ARepresentacion de la Concentración del Mercado de las

AFORES1997-2003

1997 2000 2003

0

0.2

0.4

0.6

0.8

1

0 0.2 0.4 0.6 0.8 1

Gráfico 5.5-BRepresentacion de la Concentración del Mercado de las

AFORES2004-2008

2004 2006 2008

108

Inbursa) con el 65.43%, claramente existe mayor concentración del mercado, con un HHI

de 10.58% y un IP de 18.33%.

Situación aun más concentrada podemos ver en el rubro de ahorro voluntario, lo que

representa el nicho de mercado en si del sector, esto debido a que no solamente los

trabajadores de altos salarios (y altas cotizaciones per se) son los que se encuentran con

mayores posibilidades de aumentar las aportaciones más allá de lo preestablecido por ley,

sino también el grado de ahorro adicional potencial de los trabajadores, convierten a muy

atractivos ciertos clientes, como lo dijimos anteriormente, el ahorro promedio del Sistema

por cuenta individual no rebaza los $ 150 MXN, sin embargo existen grandes disparidades

en este rubro, podemos aquí ver que un tercio del ahorro voluntario está en una sola

AFORE, el ahorro voluntario promedio guarda grandes disparidades dentro del mercado

de las AFORES en México (Tabla 5.7), las 5 AFORES con mayor participación (Bancomer,

Banamex, XXI, Profuturo GNP e Inbursa) tienen más del 80% de los ahorros adicionales de

los trabajadores.

Adicionalmente es posible estudiar la relación de concentración del mercado en sí, a

través de la Curva de Lorenz del mismo (Grafico 5.4) y el Índice de GINI de las cotizaciones

que los trabajadores confieren a las Administradoras de Fondos para el Retiro (Tabla 5.6)

Por otra parte, podemos incluir en este análisis del mercado el numero de traspasos en el

último año de una AFORE a otra, con lo que nos damos una idea sobre la dinámica del

mismo, la flexibilidad de las administradoras e inclusive ver la evolución de las AFORES

dentro del mercado (Tabla 5.8).

Después de ver la tabla 5.8 podemos decir que éste es un mercado relativamente

estancado, ya que la movilidad total de trabajadores fue tan solo del 9.11% del número

total de cuentas, por lo que también se registran grandes ganancias para algunas AFORES

nuevas como INVERCAP o COPPEL al igual considerables pérdidas en AFORES consolidadas

como ING o HSBC.

109

Tabla 5.5 Recursos Administrados por las AFORES de los Trabajadores (Cifras en millones de pesos al cierre de diciembre de 2008)

AFORE

Activos (1) Totales de

los Trabajadores

% Representación

(*) Acumulado(*)

HHI (*)

Índice de Dominación (IP)

(*)

Banamex 166,792.3 17.97% 17.97% 3.22904% 9.30456%

Bancomer 141,356.3 15.23% 33.20% 2.31927% 4.80013%

ING 114,933.7 12.38% 45.58% 1.53326% 2.09788%

Profuturo GNP 97,797.7 10.54% 56.12% 1.11014% 1.09978%

Inbursa 86,429.8 9.31% 65.43% 0.86706% 0.67088%

XXI 56,562.2 6.09% 71.52% 0.37134% 0.12305%

Banorte Generali 55,600.1 5.99% 77.51% 0.35882% 0.11489%

Invercap 43,793.6 4.72% 82.23% 0.22261% 0.04422%

PensionISSSTE 43,734.2 4.71% 86.94% 0.22201% 0.04398%

Principal 37,461.2 4.04% 90.98% 0.16289% 0.02368%

Metlife 19,946.9 2.15% 96.50% 0.04618% 0.00190%

Coppel 10,393.2 1.12% 97.62% 0.01254% 0.00014%

Azteca 10,080.2 1.09% 98.71% 0.01179% 0.00012%

IXE 5,003.1 0.54% 99.25% 0.00291% 0.00001%

Afirme Bajío 3,550.5 0.38% 99.63% 0.00146% 0.00000%

Scotia 1,877.4 0.20% 99.83% 0.00041% 0.00000%

Ahorra Ahora 948.4 0.10% 99.94% 0.00010% 0.00000%

Argos 599.7 0.06% 100.00% 0.00004% 0.00000%

Total 928,195.7

10.586% 18.337% Fuente: CONSAR(2008) (1): Incluye los conceptos de Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Retiro, cuentas del ISSSTE y Ahorro Voluntario (*) Datos calculados por elaboración propia

Tabla 5.6 Medición de la Concentración del Mercado de las AFORES en sus diferentes

(Cifras al cierre de diciembre de 2008)

Índice de GINI

Recursos Administrados

SRCV IMSS Numero de Cuentas Ahorro

Voluntario

40.67% 44.48% 35.47% 55.24%

Fuente: Elaboración Propia a partir de datos proporcionados por CONSAR (2008)

110

Tabla 5.7 Ahorro Voluntario administrado por las Afores

(Cifras en millones de pesos al cierre de diciembre de 2008)

AFORE

Activos (1)

Netos Totales

%

Participación

(*)

Acumulado

(*)

HHI

(*)

Índice de Dominación

(IP)

(*)

Ahorro

Voluntario promedio

(*)

Bancomer 976.5 33.92% 33.92% 11.5090% 37.70624% $ 219.29

Banamex 599.5 20.83% 54.75% 4.33744% 5.35555% $ 96.77

XXI 273.8 9.51% 64.26% 0.90466% 0.23298% $ 96.22

Profuturo GNP 236.0 8.20% 72.46% 0.67225% 0.12865% $ 74.85

Inbursa 223.7 7.77% 80.23% 0.60373% 0.10376% $ 69.40

ING 189.6 6.59% 86.82% 0.43403% 0.05363% $ 36.52

Invercap 103.1 3.58% 90.40% 0.12828% 0.00468% $ 71.76

Metlife 68.8 2.39% 92.79% 0.05711% 0.00093% $ 55.17

Banorte Generali

64.3 2.23% 95.02% 0.04987% 0.00071% $ 19.89

Argos 43.3 1.50% 96.53% 0.02262% 0.00015% $ 1,285.88

Principal 30.1 1.05% 97.57% 0.01095% 0.00003% $ 10.31

Afirme Bajío 19.9 0.69% 98.27% 0.00477% 0.00001% $ 26.81

HSBC 17.8 0.62% 98.88% 0.00380% 0.00000% $ 10.35

IXE 16.0 0.56% 99.44% 0.00310% 0.00000% $ 51.04

Scotia 7.1 0.25% 99.69% 0.00061% 0.00000% $ 127.22

Azteca 4.3 0.15% 99.84% 0.00022% 0.00000% $ 4.14

Coppel 4.3 0.15% 99.98% 0.00022% 0.00000% $ 4.86

Ahorra Ahora 0.5 0.02% 100.00% 0.00000% 0.00000% $ 1.19

PensionISSSTE 0.0 0.00% 100.00% 0.00000% 0.00000% N/A

Total 2,878.5

18.743% 43.587% $ 125.65 Fuente: CONSAR (2008)

(1) Incluye Aportaciones Voluntarias, Aportaciones Complementarias de Retiro, Ahorro de Largo Plazo, Ahorro Solidario de trabajadores cotizantes al ISSSTE y Fondos de Previsión Social.

(*) Elaboración de cálculos propia, según datos CONSAR (2008)

111

Tabla 5.8 Traspasos Netos en el Mercado de las AFORES

(Al cierre de diciembre del 2008)

AFORE Traspasos

Netos (1)

% con respecto a

sus Afiliados AFORE

Traspasos Netos

(1)

% con respecto a

sus Afiliados

Invercap 422130 29.38% XXI -23393 -0.82%

Coppel 391428 44.29% Metlife -32686 -2.62%

Banamex 79146 1.28% Profuturo GNP -44370 -1.41%

Scotia 20451 36.58% Azteca -64565 -6.21%

Ixe 7564 2.41% Principal -73329 -2.51%

Argos 3984 11.83% Inbursa -113676 -3.53%

Ahorra Ahora 478 0.13% Banorte Generali

-118906 -3.68%

Afirme Bajío -3276 -0.44% HSBC -128030 -7.46%

Bancomer -14350 -0.32% ING -308573 -5.94% Fuente: CONSAR (2009) (1)Es la diferencia entre Recibidos y los Cedidos ENE-DIC 2008. En el periodo Enero-Febrero del 2008 la AFORE de la Gente fue disuelta por lo que sus 27 cuentas fueron reasignadas a otras AFORES

0

0.2

0.4

0.6

0.8

1

0 0.2 0.4 0.6 0.8 1

Grafico 5.4Concentracion de Recursos en el Mercado de las AFORES

Diciembre 2008

Fondos de los trabajadores SRCV Ahorro Voluntario

112

5.3 LAS SIEFORES

Como previamente mencionamos, las Sociedades Especializadas en Fondos para el Retiro

son mecanismos utilizados por las AFORES para procurar la obtención de ganancias para

sus afiliados. Fueron introducidas a partir de enero del 2005, con la instrumentación de las

SIEFORES Básicas 1 y 2. Por su composición original, en la SB1 era posible invertir en

instrumentos de renta fija e instrumentos poco volátiles, para la SB2 se permitía en un

inicio invertir en documentos de renta variable hasta en un 15% del valor total de la

cartera.

El 28 de marzo del 2008 se incorporaron las otras 3 SIEFORES Básicas (SB3, SB4 y SB5) de

manera obligatoria por la CONSAR con similares condiciones como los multifondos en

Chile. En este caso, se estableció 5 SIEFORES BASICAS por cada AFORE, distinguiéndose a

partir de la edad del trabajador (Gráfico 5.5).

Como sabemos, este sistema de cartera de inversión tiene ciertos límites impuestos por la

ley sobre el tipo de inversión en la que pueden ser emplazados (ver anexo 4).

El objetivo que se persiguió con esta separación etaria de las SIEFORES fue el brindar a los

afiliados un portafolio de inversiones más acorde con los años que faltan para el retiro del

trabajador, por lo que en automático fueron distribuidos bajo ese criterio.

113

5.3.1 RENDIMIENTOS DE LAS SIEFORES

Los rendimientos emanados de las SIEFORES son la remuneración al esfuerzo

administrativo puesto en marcha a favor de los afiliados, según la Ley del Sistema de

Ahorro para el Retiro, la medida sobre los rendimientos que será notificada a los afiliados

(y disponible en línea) es el concepto de rendimientos netos, es decir, la ganancia bruta de

rendimientos menos las comisiones.

Ahora bien, presentamos los rendimientos reales que han generado estos fondos al cierre

del 2008 (Tabla 5.9), cabe señalar que dichos rendimientos están calculados sobre los

últimos 36 meses de inversión y cómo podemos ver, existen rendimientos negativos, es

decir la presencia de la minusvalía, ya que si lo comparamos con los rendimientos

generados a 12 meses65, el panorama resulta desalentador (Gráfico 5.7).

5.3.2 ESTRUCTURA DE INVERSIÓN, RIESGO Y DIVERSIFICACIÓN DE CARTERA.

Como toda cartera de inversión, las SIEFORES en nuestro país, presentan un grado de

diversificación sobre los fondos invertidos de los trabajadores en diversas fuentes de

recursos, las cuales podemos enumerar como sigue:

Inversión en Renta Variable Nacional

Inversión en Renta Variable Internacional

Inversión en Deuda Privada: Incluye los conceptos de inversiones en industrias

como la Automotriz, Cementos, Hoteles, Infraestructura, Banca de Desarrollo,

entre otros.

Inversión en Deuda Internacional

Inversión en Deuda Gubernamental: Se trata de Bonos estatales, CETES, UDIS,

UMS, entre otros.

65 Desafortunadamente, justo antes de la edición de este trabajo dejaron de estar disponibles los datos publicados en línea en la página de internet de la CONSAR sobre los rendimientos a 12 meses de las AFORES.

114

Tabla 5.9

Rendimiento Real en los últimos 36 meses de las SIEFORES

(A Diciembre del 2008)

AFORE PROMEDIO SIEFORES

SIEFORE BASICA 5

SIEFORE BASICA 4

SIEFORE BASICA 3

SIEFORE BASICA 2

SIEFORE BASICA 1

Argos 2.93% 2.55% 3.01% 3.18% 2.92% 3.00%

Coppel 2.66% 1.92% 2.50% 2.54% 2.96% 3.40%

Scotia 2.62% 1.71% 1.67% 1.96% 2.29% 5.49%

Inbursa 2.56% 1.90% 2.17% 2.66% 2.83% 3.26%

HSBC 2.44% 1.96% 2.06% 2.34% 2.43% 3.43%

Afirme Bajío 2.22% 1.96% 1.56% 2.00% 2.23% 3.34%

XXI 2.03% 0.79% 1.45% 2.00% 2.57% 3.33%

ING 1.90% 0.40% 1.08% 1.72% 2.27% 4.03%

Azteca 1.78% 1.20% 1.91% 1.57% 1.88% 2.34%

Profuturo GNP 1.65% -0.06% 1.78% 2.41% 2.25% 1.88%

Principal 1.63% 0.30% 0.96% 1.60% 2.04% 3.26%

IXE 1.50% 0.73% 0.57% 1.05% 0.80% 4.33%

Banamex 1.45% 0.02% 0.52% 1.21% 1.69% 3.79%

Metlife 1.28% 0.51% 0.78% 1.10% 1.49% 2.50%

Banorte Generali 0.96% 0.47% 0.71% 0.47% 1.73% 1.42%

Bancomer 0.72% -0.65% -0.27% 0.42% 1.00% 3.09%

Invercap 0.21% -1.70% -0.74% -0.13% 1.06% 2.56%

Ahorra Ahora -0.33% -0.79% -1.51% -0.90% -0.77% 2.31%

Promedio Mercado 1.68% 0.73% 1.12% 1.51% 1.87% 3.15%

Fuente: CONSAR (2008)

Como vemos en la Tabla 5.9-A, la asignación de instrumentos de mayor riesgo, es decir,

los instrumentos de Rentas Variables, son utilizados por las SIEFORES con mayor tiempo

de maduración, por lo que, para los trabajadores próximos al retiro, el emplazamiento de

inversión muestra preponderancia hacia los títulos menos riesgosos como son los

gubernamentales y deuda privada nacional.

115

Tabla 5.9-A Cartera de Inversión por Instrumento y por tipo SIEFORE

(Porcentaje del Total de los Fondos invertidos al cierro del 2008)

Tipo de Inversión SISTEMA SIEFORE Básica 1

SIEFORE Básica 2

SIEFORE Básica 3

SIEFORE Básica 4

SIEFORE Básica 5

SIEFORE Adicional

Renta Variable Nacional 5.93% 0.00% 4.35% 6.32% 7.87% 9.60% 0.68%

Renta Variable Internacional

4.68% 0.00% 3.43% 5.11% 6.35% 6.93% 0.19%

Deuda Privada Nacional 15.62% 12.71% 15.31% 15.77% 16.42% 17.12% 1.37%

Deuda Internacional 5.50% 4.68% 5.15% 5.47% 5.89% 6.05% 0.96%

Deuda Gubernamental 68.27% 82.61% 71.77% 67.34% 63.46% 60.31% 96.79%

Fuente: CONSAR (2008)

Esta estratificación, tiene por objetivo brindar a los afiliados los mayores rendimientos,

bajo la administración controlada del riesgo que inherentemente conlleva la capitalización

de cualquier fondo. Es por ello que la responsabilidad de las administradoras de fondos, se

reviste con gran transcendencia, debido a que en función de la eficaz asignación de entre

los preceptos de cartera disponibles, serán los rendimientos que llegarán a los

trabajadores. (Tabla 5.9-A y Tabla 5.9-B).

En ese sentido, las SIEFORES presentan un riesgo de moderado a medio, solo que como se

ve en el Gráfico 5.6, la distribución Riesgo-Interés del mercado presenta cierta

inelasticidad con respecto al riesgo que afrontan las SIEFORES y el interés que éstos

generan; por todos es conocido en las ciencias financieras que, a mayor interés, mayor

riesgo, hecho que se presenta parcialmente en el mercado, debido a que como vemos en

la Tabla 5.10, no siempre un mayor riesgo, implica una mayor ganancia.

116

Tabla 5.9-B Cartera de Inversión de las AFORES por Instrumento

(Cifras porcentuales del total de la cartera invertida al cierre de diciembre de 2008)

AFORE

Inversión en Renta Variable Nacional

Inversión en Renta Variable Internacional

Inversión en Deuda Privada

Nacional

Inversión en Deuda

Internacional

Inversión en Valores

Gubernamentales

Afirme 1.2 2.7 27.8 3.1 65.3

Ahorra Ahora 14.0 0.9 11.9 - 73.2

Argos 6.1 0.1 3.8 - 89.9

Azteca 6.9 - 12.2 11.4 69.5

Banamex 4.7 4.3 12.0 5.9 73.0

Bancomer 5.3 5.3 12.4 5.1 71.9

Banorte Generali 7.3 4.1 34.7 11.9 41.9

Coppel 1.8 5.6 14.1 5.1 73.5

HSBC 3.7 4.7 12.5 2.2 76.9

Inbursa 4.9 5.1 10.9 1.1 78.0

ING 3.7 9.3 19.1 5.8 62.1

Invercap 18.2 1.5 19.3 6.5 54.6

Ixe 4.8 8.0 16.6 6.3 64.3

Metlife 8.9 5.4 28.0 9.3 48.3

PensionISSSTE - - - - 100.0

Principal 6.3 5.0 22.5 5.9 60.3

Profuturo GNP 10.6 3.4 15.8 7.0 63.2

Scotia 14.6 - 21.3 4.5 59.6

XXI 3.8 3.3 18.4 5.2 69.2

Total general 5.9 4.7 15.6 5.5 68.3 Fuente: CONSAR (2008)

5.3.3 ESTRUCTURA DE COMISIONES

La manera que la CONSAR encontró para remunerar el desempeño de las AFORES por la

tenencia de los fondos de los trabajadores fueron las comisiones. Como anteriormente

fue mencionado, en la ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, estipula que las AFORES

podrán cobrar a sus afiliados por los servicios que éstas prestan, por lo que a lo largo de

las 11 años, existieron en paralelo 2 estructuras de comisiones, (Comisiones sobre Saldo y

las Comisiones sobre la aportación) los cuales son presentados en la Tabla 5.11-A y 5.11-B.

117

Tabla 5.10 Distribución Promedio Riesgo-Interés de las SIEFORES(1)

AFORE Índice de Riesgo

Potencial de Cartera (2)

Rendimiento Neto

AFORE

Índice de Riesgo

Potencial de Cartera (2)

Rendimiento Neto

Argos 5.61 7.06% Metlife 3.18 3.97%

Azteca 4.31 5.02% Banorte Generali 3.14 4.62%

Invercap 4.09 1.37% XXI 3.10 5.14%

Scotia 3.78 5.30% HSBC 3.07 5.49%

Afirme Bajío

3.68 5.68% Ahorra Ahora 2.94 2.22%

Banamex 3.45 3.74% Profuturo GNP 2.75 3.61%

Inbursa 3.45 6.24% Principal 2.56 3.87%

Coppel 3.39 4.56% Bancomer 2.48 3.43%

IXE 3.27 4.85% ING 2.21 4.33% Fuente: Elaboración propia con datos de CONSAR (2009) (1) Son los promedios de las 5 SIEFORES Básicas en cuanto Riesgo y Rendimiento Neto (2) Es calculado a partir de la diferencia de 10 menos el Índice de Diversificación que la CONSAR emite evaluando a cada SIEFORE

Como podemos observar, la gran mayoría de las AFORES hasta antes de la última reforma

en la Ley del Sistema del Ahorro para el Retiro, incluían sistemas mixtos de cobro, donde

el mayor peso para el trabajador representaba las comisiones por flujo en porcentaje de

aportación.

y = 0.0246ln(x) + 0.0154R² = 0.1531

0%1%2%3%4%5%6%7%8%

0 1 2 3 4 5 6

Ren

dim

ien

to N

eto

Índice de Riesgo de la Cartera

Gráfico 5.6 : Distribución promedio del Riesgo de Cartera de las SIEFORES

Fuente: Elaboración Propia

118

Para marzo del 2008, cambio el régimen de comisiones, eliminando por completo el

cobro por flujo y estableciendo dichas comisiones sobre el saldo de la cuenta. Cabe

mencionar que ha existido solo una empresa que ha cobrado comisiones a partir de los

rendimientos reales, esa fue Inbursa, que hasta julio del 2003 cobraba el 33% de la

ganancia neta que generó la administración de los fondos.

5.3.4 EL PROCESO DE MINUSVALÍA Y LOS RIESGOS LATENTES EN EL MERCADO

Es indudable que los riesgos que implica la administración privada y sujeta a mercado

abierto de los fondos de ahorro para el retiro de los trabajadores mexicanos existen sin

importar el desempeño de las Sociedades de Inversión ni mucho menos los instrumentos

de emplazamiento. En ese sentido, a mediados del 2008, se observaron disminuciones

considerables en la rentabilidad promedio del sistema.

El proceso de minusvalía fue ocasionado por 2 factores externos: la crisis hipotecaria de

alto riesgo en los Estados Unidos de América y la inflación por empuje de costos

ocasionada por el aumento de los precios en las materias primas y alimentos como el

petróleo, los cereales, etc., lo que incrementó drásticamente la volatilidad en los

mercados, por lo que aumentaron las tasas de interés, problemas bursátiles y por ende el

aumento valor de riesgo de las carteras de inversión de las SIEFORES en nuestro país y en

otras partes del mundo66.

El problema adyacente a dicha turbulencia fue la perdida sistemática de rentabilidad en

los instrumentos de inversión elegidos mayoritariamente por las SIEFORES, es decir, a

través de los emplazamientos financieros a largo plazo especialmente utilizados en el

sistema, esto debido al hecho que a mayores plazos, mayores son los rendimientos y a su

vez, a más rendimiento, mayor riesgo, nos proporciona una estructura de portafolio

naturalmente sujeta a turbulencias temporales de dichas tasas, tal y como sucedió a

mediados del año 2008.

66 Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro: Efectos de la volatilidad financiera en los rendimientos …

119

120

El problema de la minusvalía comenzó a partir del aumento en las tasas de interés en los

mercados, esto afecto a los instrumentos de tanto de corto y largo plazo, por lo que ante

la existencia de instrumentos con mayores réditos y condiciones similares en vencimiento

y riesgo, los valores poseídos por las SIEFORES en aquel momento se volvieron menos

atractivos, por lo que el precio de los Bonos de las AFORES disminuyó, provocando con

ello la minusvalía en las inversiones hechas previamente.

Cabe mencionar que, las características básicas en cualquier inversión son el plazo, el

rendimiento esperado y la volatilidad máxima esperada67, es por ello que, dentro del

espíritu de buscar los mayores réditos a las cuentas de ahorro para el retiro, las SIEFORES

deben administrar dichas características, monitoreando en todo momento, el desempeño

de las inversiones y su administrar el riesgo que éstas naturalmente tienen.

Tal como lo muestra el Gráfico 5.7 extraído del reporte de la CONSAR, los rendimientos a

12 y a 36 meses de las SIEFORES, mostraron caídas importantes, disminuyendo así, el

rendimiento esperado para las cuentas de los trabajadores. La estructura de los

portafolios de las SIEFORES, según este reporte, tiene un promedio de 4,188 días de

duración, con lo que se puede ver que la maduración de los instrumentos financieros

utilizados por las SIEFORES es mayoritariamente a largo plazo, hecho que da a relucir en

mayor medida la volatilidad de los documentos a plazos grandes. (Gráfico 5.8).

67 Ibídem p. 8

121

CONCLUSIONES

El estudio de las reformas pensionarias en nuestro país, ha sido una gran experiencia de

vida, ya que ha potenciado en mí el gusto por la investigación, sin embargo, es necesario

tomar en cuenta, para futuros trabajos que atiendan esta temática, acerca la dispersión

de los datos (mayoritariamente institucionales) mostrados en este trabajo, ello debido

principalmente, a que tanto en el IMSS como en el ISSSTE no existen bancos de

información lo suficientemente amplios y disponibles al público en general, lo que

convierte en necesario pedirlos a través del Sistema de Acceso a la Información Pública del

IFAI, que a pesar de los esfuerzos de transparencia emprendidos por el Gobierno Federal

en turno, el proceso de acceso a la información presenta, según la experiencia tenida,

muestra grandes deficiencias en el tiempo de espera, la recolección, organización y

publicación de datos al menos, en la información requerida para esta investigación.

Por otro lado, entre los objetivos originalmente planteados en este trabajo, se hallaba el

estudiar al IMSS como al ISSSTE con ayuda de los Modelos de Generaciones Imbricadas y

del Ciclo de Vida de Albert Ando y Franco Modigliani, a través de estas aplicaciones

prácticas se pretendía determinar no solamente las condiciones de solvencia financiera

de éstos institutos a través del tiempo, sino además, el determinar la pertinencia de las

Reformas emprendidas con la comparación entre los ingresos y egresos en dichas

instancias públicas. El motivo por el cual se omiten dichos procedimientos, es la falta de

información anterior a 1997, que es necesaria para realizar el tratamiento econométrico

formal de dichos datos a manera de series de tiempo.

Por otro lado, existe una cantidad importante de estudios e investigaciones realizadas

sobre esta problemática a nivel internacional, por lo que, se han desarrollado múltiples

líneas de investigación y pensamiento, con lo cual considero que, esto enriquece la

confrontación de ideas sobre todas y cada una de las particularidades de las reformas en

los sistemas de pensiones, en esta ocasión, las nuevas disposiciones en materia de retiro

en México, basados en experiencias vividas por otros países.

122

El tratamiento científico sobre las transformaciones que han ocurrido con respecto a las

pensiones en México y el mundo es sin lugar a dudas una acción pertinente, ya que, como

se ha venido desarrollándose a lo largo del trabajo, la discusión sobre el actuar de las

autoridades con respecto al que y al cómo han instrumentado políticas que puedan dar las

respuestas adecuadas y combatir a la pobreza potencial de un grupo vulnerable, el cual,

tarde que temprano todos los seres humanos perteneceremos como es la vejez, es asunto

de todos los mexicanos.

El futuro de los trabajadores en los próximos 40 años depende fuertemente de la

actuación conjunta y diferenciada de los actores en lo que respecta a la seguridad

prudencial, donde trabajadores, patrones, sindicatos, AFORES y el mismo Estado, deberán

mostrar acciones conjuntas en aras de la estabilidad y la certeza para todos los

ahorradores pensionarios de México.

Una administración eficaz, un servicio adecuado y una competencia mucho más sana es el

compromiso que deberán mostrar en los próximos años las Administradoras de Fondos

de Ahorro para el Retiro, claro está, si existen las sinergias suficientes sobre la seguridad

ante un futuro próximo incierto en las condiciones externas de mercado, con lo que se

debe puntualizar el buen accionar de estas empresas con respecto a los objetivos

originalmente trazados para su licitación, como son el realizar beneficios, ¡claro es válido!,

pero siempre asegurando ante todo, un ingreso adecuado a sus afiliados que partan al

retiro, que consagre el esfuerzo compartido de aportación y administración de ambos.

Es cierto que debemos tomar en cuenta la volatilidad intrínseca como una particularidad

importante de los sistemas de financiamiento por capitalización y que en los últimos

meses han mostrado perdidas por minusvalías a los afiliados, más allá de la crisis

financiera internacional exógena a sus proyecciones, las AFORES pueden y deben actuar

de manera más responsable, a la altura de las circunstancias, ya que como hemos visto, la

experiencia y solidez en conocimientos de los mercados es incuestionable, por lo que

éstas han sido remuneradas por casi 12 años a través de diferentes esquemas de

123

comisiones, erogaciones que llegaban en un momento dado a retirar al ahorrador hasta

una tercera parte de las cotizaciones y no han manifestado categóricamente un esfuerzo

acorde a las erogaciones que han disfrutado a lo largo de todo este tiempo.

Por otra parte, la inclusión de una mayor participación de los sectores tradicionalmente

marginados a las pensiones, como lo pueden ser los trabajadores informales, las amas de

casa y todas las personas en nuestro país que no cuentan con derechos para adquirir una

pensión al final de su vida productiva, deberá ser la directriz que el Estado requiere

encaminar si se desea dar solución al problema de la baja cobertura, además de

permanecer vigilante como regulador con respecto al comportamiento de las AFORES y

exigir por el bien de los trabajadores mexicanos, una nítida y constante rendición de

cuentas a los afiliados de los sistema de pensiones, de parte de las Administradoras

Después de haber tratado, analizado y visto los diferentes puntos de vista sobre el tema,

las reformas en otras partes del mundo y leído opiniones, muchas veces confrontadas, es

entonces que me permito aseverar que las afirmaciones preliminares planteadas en la

sección introductoria de este trabajo, han llegado a cumplirse bajo las siguientes

conclusiones:

Desafortunadamente, el bienestar futuro de todos los trabajadores mexicanos, en

materia de pensiones, no está del todo claro para los próximos años.

Esto debido al hecho que como fue demostrado en el capítulo 5, en el caso de la

mayoría de trabajadores adherentes al sistema de capitalización individual, solo un

poco más del 33% de la Población Económicamente Activa acredita regularmente a

sus cuentas individuales, por lo que miles de trabajadores en nuestro país no están

cultivando por sí mismo un patrimonio que les garantice la estabilidad y la certeza

que los últimos años de vida requieren.

124

Lo que puede ser atribuido a múltiples factores como la existencia de un mercado

laboral informal, el nivel de salarios bajo que tiene la mayoría de los trabajadores,

una manera inadecuada de promover el ahorro a largo plazo, miopía de los

afiliados, entre otros causales.

Además, está claro que, las mujeres trabajadoras en nuestro país, sufren no

solamente de una estructura de salarios visiblemente menor que a sus

contrapartes masculinas, sino que además debido a que interrumpen con mayor

frecuencia la trayectoria profesional para ejercer libremente la maternidad y la

crianza de los hijos, igualmente al hecho de poseer en promedio 5 años mas de

vida, reducen significativamente el cálculo de sus pensiones vitalicias,

mostrándolas considerablemente menores que las prestaciones de los varones en

nuestro país. Cuestión que es visible con los cálculos estimados para una

trabajadora del ISSSTE en el nuevo sistema, tal como se presentó en el capítulo 4.

Con respecto a las reformas emprendidas por el Estado mexicano en las 3 últimas

administraciones, como lo abordamos en el capítulo 4, han obedecido en mayor

medida a factores presupuestales más que sociales o de equidad. Esto debido a lo

observado en dicho apartado, las reformas emprendidas en los 2 sistemas de

seguridad social en nuestro país, son atendidas a una distribución poblacional

relativamente joven, que cotizará por lo menos 25 años o más, por lo que ahora se

espera una disminución gradual a largo plazo de la intervención del Gobierno

Federal al aumentar la incorporación de los trabajadores al sistema de

capitalización individual. Así que, si es cuidado el poder adquisitivo de los fondos

de ahorro de los trabajadores, se podrá asegurar un mejor patrimonio en el futuro

para miles de mexicanos que cultivan una pensión.

Como fue mostrado en el Capitulo 4, la inclusión de los 2 nuevos regímenes de

retiro a disposición de los trabajadores al servicio del Estado no ofrece mejores

condiciones, ya que en la gran mayoría de los casos, los conceptos de pensión son

menores a los que abriga la vieja ley de 1983 y además de forzar a los mismos

125

afiliados a trabajar más tiempo del que hubieran necesitado con el régimen

anterior, todo esto sin proveer beneficios adicionales a los servidores públicos

adheridos a este nuevo sistema.

Es evidente que, más allá de la búsqueda de una mejora en el servicio prestado a

los trabajadores en lo que refiere a la administración de las pensiones en nuestro

país, existen diferencias considerables en los criterios de retiro emprendidas en

1997 para los trabajadores del Apartado A del artículo 123 constitucional y lo que

refiere el Apartado B del mismo artículo; dichas divergencias demandan una mayor

atención de las autoridades.

Ejemplos de dichas diferencias son abundantes: los montos de pensión mínima son

diferentes (1 SMGDF para el IMSS y 2 SMGDF para el ISSSTE), la obligatoriedad del

bono de reconocimiento en el caso de los afiliados al nuevo régimen de pensiones

del ISSSTE, cosa que en el caso del IMSS no existe, la diferenciación en cuanto al

porcentaje de aportación a las cuentas, los requerimientos mínimos para hacer

efectivos los Seguros de Retiro, Cesantía en edad Avanzada y Vejez, entre otras

consideraciones, inclusive, el nivel de salarios entre estos 2 tipos de trabajadores es

desigual en forma importante.

En la medida en que el Estado, a través de las instancias correspondientes, se

encargue de homologar más aspectos laborales, salariales y de prestaciones, no

solo las cuestiones pensionarias, se podrá hablar de condiciones más favorables e

incluyentes en cuanto a los derechos de los trabajadores mexicanos sin importar la

relación de dependencia que estos tengan y con ello, poder verdaderamente

aspirar a un Sistema Nacional de Pensión más equitativo, eficaz y pertinente.

Como pudimos observar en el capítulo 5, el mercado de las AFORES es un segmento

financieramente sensible para la población trabajadora, es sin lugar a dudas, la

fuente más importante de ahorro familiar al que los trabajadores mexicanos tienen

acceso. Tal como lo demostramos a través del estudio de los demandantes y

126

oferentes de servicios de administración de fondos de ahorro para el retiro, existen

problemas importantes de flujo de información, reflejado a través de la pobre

movilidad de los afiliados entre las AFORES, ya que, como resulta engorroso,

complicado e inaccesible para muchos trabajadores el obtener la información

oportuna y completa sobre el desempeño de las inversiones hechas por las

SIEFORES, aunado a la falta de elementos realmente diferenciadores entre las

Administradoras, los demandantes no pueden ejercer expeditamente el poder de

elección que deberían tener, contribuyendo con ello, con las distorsiones de

mercado que actualmente existen dentro del segmento de las AFORES.

Aunando un poco más al respecto, es claro que existe una relación positiva entre la

cantidad de Administradoras presentes en el mercado y el grado de concentración

de mercado, lo que no corresponde claramente a una dinámica de sana

competencia de mercado, esto desde el inicio de la operación del Sistema de Ahorro

para el Retiro en 1997 hasta nuestro días.

Existen elementos suficientes para poder interpretar el hecho que, en el mercado

de las AFORES mexicanas existen distorsiones oligopólicas. Ya que como se puede

observar en el estudio de este segmento, existe poder de mercado que recaen en

pocas AFORES, tal como fueron denotadas en el Capítulo 5 (Las AFORES Grandes:

Banamex, Bancomer, Banorte Generali, Inbursa e ING), esto en los conceptos de

número de cuentas, el monto total de recursos administrados y el Ahorro

Voluntario.

Lo que corresponde a las SIEFORES, las Carteras de Inversión de éstas presenta

asignaciones de riesgo diseminadas, prueba de ello fue el impacto que ocurrió a

mediados del 2008, cuando se registraron rendimientos negativos en las cuentas

de los trabajadores, al mismo tiempo se muestra que globalmente en el conjunto

de SIEFORES existe una asignación dispersa en cuanto la valoración Riesgo-Interés,

elemento de vital importancia en la administración de cualquier portafolios de

inversiones.

127

Al respecto, Holzmann y Hinz mencionan: “en la medida en que el sistema

fondeado (capitalización) vincula más directamente las contribuciones con los

beneficios (mejor administración de los recursos, mayor información y mejor

asignación de riesgo) […] estos deberán generar efectos positivos sobre la

producción y sobre el crecimiento” mejorando con ello el bienestar social.

Se vislumbra fundamental combatir el conflicto que se producirá en los próximos

años una espiral peligrosa para los ahorradores, ya que si las tendencias de

competencia en el mercado permanecen constantes, se acrecentarán las asimetrías

por parte de los oferentes, ya que como se ha observado en los últimos meses, se

han encaminado campañas agresivas de concentración de mercado, lo que

perjudicará cada día más a los trabajadores de nuestro país, creando al mismo

tiempo una oligarquía financiera mas acaudalada y con mayores sesgos de

información.

Se pudo encontrar que a lo largo de los más de 11 años de operación de las AFORES

en México, las comisiones han sido altas con respecto al desempeño de su

administración, prueba de ello fue el esquema triple de comisiones que aplicaron

durante varios años dichas Administradoras y que desde 2008 han sido operadas

solo las comisiones por saldo dejando a un lado, las comisiones por flujo en función

del Salario Base de Cotización o el monto aportado.

Finalmente se concluye que es necesario la toma de decisiones que favorezcan

principalmente a los trabajadores, ya que como se mostró en el trabajo, las derogaciones

legislativas que conlleva a las pensiones, han sido notablemente encaminadas a cuidar el

equilibrio presupuestal en primera instancia, ya implantadas las reformas que dieron

origen a las AFORES, han presentado medidas desregulatorias que han dado paso a una

concentración de mercado más que evidente , por lo que es necesaria la intervención

enérgica del aparato gubernamental para hacer respetar ante todo el derecho de todos

los afiliados mexicanos por una mayor transparencia, certidumbre y rendición de cuentas

sobre sus propios ahorros.

128

RECOMENDACIONES

Es indudable la necesidad apremiante de aumentar la información oportuna de parte de

las AFORES a sus afiliados. Ya que como es conocido por todos, al existir asimetrías en la

información se da lugar a conflictos agente-principal como la alea moral, y la selección

adversa, fenómenos que afectan a la dinámica en la toma de decisiones para los

trabajadores afiliados a una AFORE.

Cabe señalar que a través de este trabajo de investigación documental, surgió una

necesidad de mayor información sobre el afiliado activo, es decir, se requirió de un

estudio estadístico más fino que el proporcionado por la autoridad reguladora sobre

factores como nivel salarial, sexo, nivel educativo, edad de los trabajadores, por lo que es

relevante el mejorar los servicios de información sobre el sistema, sus afiliados y datos

referentes al mercado de AFORES, así como darlos a conocer con prontitud al público en

general, tal como ocurre en el caso de la página de internet de la Superintendencia de

Administradoras de Fondos de Pensión en Chile. Por lo que se recomienda efectuar dichos

procedimientos para un estudio más especializado en el futuro.

Consideramos importante el aumentar las posibilidades de movilidad de los

cuentahabientes, al menos a 2 cambios posibles de Administradora al año, tal como se

presentó hasta la última reforma de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, esto con

el objetivo de incentivar la prestación de servicio ante la existencia de un mercado más

dinámico y con un mayor nivel de exigencia, por lo que fuera posible castigar una mala

administración con el traspaso a otra AFORE o premiar a ésta misma con la permanencia

de los fondos del afiliado si fue adecuada la tenencia de los recursos.

Al mismo tiempo, es recomendado que se haga obligatorio para todas las AFORES, la

instauración de un seguimiento de la cuenta del trabajador por medios electrónicos como

el internet, por teléfono o en la sucursal de la institución sin ningún costo adicional o

alguna limitación, en donde el trabajador pueda ser notificado de cómo son invertidos los

fondos que éste deposita, a través de la Administradora de su preferencia y la SIEFORE a la

cual pertenece.

129

El motivo de poner a disposición del afiliado el saldo de sus ahorros, además de

complementar la información sobre cómo está siendo invertido su dinero, los

rendimientos esperados y demás datos financieros, es dar mayor certeza al trabajador

sobre sus ahorros para el retiro, al igual, podría proporcionar economías de escala a las

administradoras, al utilizar equipos e instalaciones previamente adquiridas y disminuir

considerablemente los costos por la notificación de los afiliados sobre sus cuentas.

De igual manera, parece más que necesario el reformar la legislación pertinente en

materia de los rendimientos que proporciona la administración de las SIEFORES de los

recursos de los trabajadores, primeramente deberá establecerse como parámetro de

evaluación sobre el desempeño de las SIEFORES la tasa de rendimiento real anual, es

decir, el rendimiento bruto, menos las comisiones que las Sociedades especializadas

cobran y la tasa de inflación de ese año, por lo que sería razonable establecer un mínimo

de rendimiento a la par de la inflación estimada por el Banco de México al menos, esto

con el propósito de garantizar la solidez de los ahorros de los trabajadores y garantizar

ante la luz de la opinión pública una mayor rendición de cuentas por parte de las AFORES

que existen gracias a los ahorros de los mexicanos.

Es indudable la capacidad y los conocimientos que las AFORES poseen a raíz de más de

una década de operación, por lo que se entrevé la posibilidad de ejercer una mejor

planeación sobre las asignaciones de riesgo en sus SIEFORES, por lo que resulta apropiado

el hecho y la necesidad de imputar responsabilidad penal a los ejecutivos encargados de

asignaciones e inclusive a las AFORES que pongan en riesgo el patrimonio de los

ahorradores, ya que como existe en otras profesiones especializadas, la negligencia

profesional no puede ser permitida, ni mucho menos dejada en la total impunidad.

Esta recomendación no es del todo aislada, ya que en la mayoría de los Sistemas de

Capitalización en América Latina existen mecanismos de control al respecto, con lo que

obligan a las Administradoras de Fondos, a dotar de un rendimiento a todos los

trabajadores afiliados, mayor información e inclusive una responsabilidad imputable

mayor, con ello, se garantizarían los ahorros para el retiro de millones de mexicanos.

130

Consideramos como una oportunidad clara para nuestro país, el uso de los fondos

administrados por las AFORES en la puesta en marcha de mecanismos, como el

establecimiento de financieras especializadas en el apoyo a las pequeñas y medianas

empresas que como sabemos, son la mayor fuente de empleos en nuestro país.

Esta modalidad debe ser vista no como un retroceso, en cuanto a la diversificación misma

del Riesgo en la cartera de inversión de todas las SIEFORES del mercado, sino como una

oportunidad que en estos tiempos de incertidumbre financiera pueda impulsar el

desarrollo y la consolidación de no solamente grandes empresas, como es común

actualmente, sino que se permita retirar del mercado especulativo algo del 11% de las

inversiones en el Sistema , bajo el concepto de Renta Variable (aprox. $ 100,000 millones

MXN), por lo que se exhorta a que sean destinados estos fondos a necesidades

exclusivamente productivas de los medianos y pequeños empresarios mexicanos,

enfocadas principalmente en inversiones altamente productivas, de tal forma que, sean

los mismos ahorros de los trabajadores quienes ayuden en la creación de nuevas fuentes

de empleo.

Para la aplicación de este programa será fundamental utilizar mecanismos claros,

amigables, de fácil acceso a los empresarios PYME legalmente establecidos, pero sobre

todo, estructurados de una forma atractiva y no coercitiva para el sector, que permita una

rápida incorporación de dichos recursos a la esfera productiva nacional.

Con respecto al ahorro voluntario, como se demuestra en la tabla 5.2, el valor aproximado

de cada peso destinado adicionalmente a la cuenta del trabajador promedio oscila entre

los $ 3 MXN y los $ 5 MXN de su pensión final, por lo que resulta importante potenciar en

mayor medida éste concepto, por lo que proponemos para tal fin, de parte de las

autoridades en la materia, incluir esquemas de complemento a los trabajadores privados

como en el caso de los trabajadores al servicio del Estado, tal como lo refleja la nueva Ley

del ISSSTE donde por cada peso destinado al ahorro voluntario, el Gobierno Federal

aportará 3.5, lo que promoverá el ahorro a largo plazo y mejorará las condiciones de

pensiones inclusive para los trabajadores no activos, informales y profesionales por

cuenta propia.

131

Suplementariamente, resultaría necesario e imperante imputar por parte de las

autoridades regulatorias una mayor responsabilidad a las AFORES sobre la administración

de los recursos, ya que como se ha visto en los últimos meses, por más que hayan bajado

los rendimientos reales ofrecidos a los afiliados principalmente, ocasionados por choques

externos, las decisiones sobre los instrumentos y rubros a invertir fueron exclusivamente

hecha por los comités de expertos de las SIEFORES y no por los trabajadores, parecería

indispensable instaurar mecanismos que obliguen a las Administradoras a soportar el

riesgo de sus decisiones de asignación en Cartera, por lo que, mecanismos como el Cobro

de Comisiones sobre rendimiento real, que por algún tiempo fue utilizado por la AFORE

Inbursa, resultan una salida viable al problema agente-principal dentro del mercado.

Con lo que respecta la cuestión de los grupos vulnerables, es posible considerar un

esquema social dentro de las Cuentas Individualizadas, tal como lo estableció el gobierno

de Michelle Bachelet, al brindar prerrogativas adicionales a madres solteras trabajadoras,

a los jóvenes de reciente ingreso al sistema y trabajadores informales. Un esquema de

apoyos en las cuotas patronales, una cuota social mayor o apoyos al ahorro voluntario

pueden ser instrumentados para este fin.

Finalmente y con motivos de investigación, se deja testimonio de algunas líneas de

investigación que surgieron a lo largo de la preparación de este documento y que bien

podrían ser tomadas en cuenta para futuros trabajos:

La Globalización y Regímenes Pensionarios: ¿Cuál es la situación de los

trabajadores migrantes mexicanos en E.U.A. en materia de pensiones?

La instrumentación de una propuesta en la creación de mecanismos privados y/o

públicos que brinden apoyos a las Pymes a partir de una parte de los fondos que

manejan las SIEFORES

Nuevas metodologías de integración al sistema pensionario mexicano a grupos

poblacionales tradicionalmente marginados de servicios jubilatorios: trabajadores

informales, amas de casa, trabajadores independientes, etc.

132

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137

GLOSARIO

Alea Moral: Problema clásico de asimetría de la información en los procesos económicos en

donde una persona asegurada aumenta voluntariamente el riesgo en sí mismo, esto con

respecto a la situación a la cual este asegurado, bajo el supuesto que de cualquier forma, sea

cual sea sus acciones, éste tendrá de regreso la retribución compensatoria.

Baby-bommers o Papy-bommers: Se les denomina así a las personas pertenecientes a la

generación naciente en el periodo de postguerra principalmente en los países desarrollados, la

característica fundamental de esta cohorte etaria, es el hecho de su abrupto crecimiento del

índice de natalidad a finales de los años 40 e inicios de los años 50 del siglo pasado y la

inminente problemática social de su partida masiva al retiro laboral a principios del siglo XXI.

Bono Poblacional: Situación en una sociedad en donde una porción considerable de su

población ha alcanzado la edad de trabajar y ahorrar con lo cual, pueden ver impulsado el

crecimiento de su ingreso, como consecuencia de la mayor proporción de trabajadores, de la

acumulación acelerada del capital y de la reducción del gasto en personas dependientes.

Cohorte: Es un conjunto de individuo que tienen una característica en común bajo un evento

estadístico en el mismo periodo de tiempo. Por ejemplo, sexo, edad, nacionalidad, etc.

Conflicto Agente-Principal: El estudio de este problema es la base de la Teoría económica

industrial. Designa como principal a un individuo propietario de algún bien o servicio y como

Agente al individuo encargado de administrar dicho recurso y el cual el principal esta

imperfectamente informado. De este conflicto se definen 3 categorías de asimetría de

información: Selección Adversa, Alea Moral y Problemas de Asignación.

Esperanza de Vida: Índice demográfico que responde al concepto de la duración media de la

vida a partir de una edad media. Así la esperanza de vida al nacer, representa el número de

años que viviría, por término medio, un componente de la generación sujeta a una mortalidad.

138

Estado del Bienestar: Es el conjunto de acciones emprendidas por los gobiernos con el fin de

mejorar las condiciones cotidianas de vida al conjunto de la población a la que resguarda.

Actuando no solo como el garante de las libertades individuales y colectivas de su sociedad,

sino distribuyendo con mayor equidad la riqueza producida en conjunto.

Índice de Dependencia Efectiva: Es el cociente entre número total de pensionados y de

trabajadores que aportan recursos al Sistema de Seguridad Social. A diferencia de la Tasa de

Dependencia Bruta, que considera a la población menor de 14 años y a la mayor de 65 años

entre el total de personas que se encuentran entre los 15 a 64 años (PEA); son considerados

los efectos directos al Sistema de Pensiones en este ratio.

Selección Adversa: Es un fenómeno estadístico y económico que juega un papel importante

en el ambiente de los seguros, se basa sobre la incertidumbre concerniente a la asimetría de la

información, en cuanto al hecho de que los agentes económicos no conocen del todo las

características de los otros agentes y producen sobre el mercado resultados contrarios o

inversos a los originalmente deseados.

Sicknessfunds: Entidades públicas o privadas de seguridad social a los trabajadores

instauradas en Alemania por el canciller Otto Von Bismarck a finales siglo XIX. Su principal

misión consistía en integral el cuidado de la salud, la vejez y la seguridad laboral a sus

agremiados

.

Solidaridad Regresiva: Fenómeno muy común en los Sistemas de Financiamiento por Reparto

de Pensiones, es ocasionado por la variación negativa del costo unitario de pensiones de una

generación a otra de trabajadores, cuando su tasa de crecimiento evoluciona en forma no

proporcional. Por ejemplo, en el caso de contar en un primer momento con 15 trabajadores

activos por solo 1 pensionado que recibe $ 1,000 MXN al mes, el costo de mantener a este

pensionado por cada trabajador en activo es de $ 66.66 MXN al mes; si esta situación que

hiciera variar la proporción anterior en cuanto a que existieran solo 12 trabajadores activos

por pensionado con la misma percepción, esto incrementaría el costo unitario a $ 83.33 MXN

lo que representa un 25% más caro sostener el Sistema de Reparto.

139

ANEXO 1

COMPARATIVO ENTRE SISTEMAS DE FINANCIAMIENTO PARA EL RETIRO

REPARTO CAPITALIZACION

1. El individuo no cotiza para su propia pensión. 1. El individuo cotiza para su propia pensión.

2. Las cotizaciones-prestaciones no están ligadas por un fondo de capital, ya que las pensiones actuales se

financian con lo que se recauda de cotizaciones de los activos.

2. Las cotizaciones-prestaciones están ligadas mediante un fondo de capital, ya que la pensión es

una reasignación de renta del individuo de los periodos activos a los pasivos.

3. Permite pagar pensiones de jubilación desde el momento en que se crea el sistema.

3. Deben transcurrir muchos años para obtener una pensión, ya que deben acumularse reservar

suficientemente grandes para pagar pensiones.

4. Las cantidades aportadas por los activos determinan las pensiones actuales

4. La cantidad aportada por cada individuo determina su pensión futura.

5. El sistema de reparto tiene una rentabilidad implícita derivada del crecimiento de la base de

cotización :

(Crecimiento económico (productividad) y crecimiento demográfico (número de cotizantes).

5. El sistema tiene un rendimiento explícito por los fondos que es el tipo de interés aplicable.

6. El sistema de reparto protege a las pensiones frente a la inflación, ya que los salarios reales se mantienen

constantes por lo que las contribuciones de los activos están indiciadas por la inflación.

6. No corrige el efecto de la inflación porque el rendimiento que se obtiene es el tipo de interés real y

no nominal.

7. En un sistema de reparto hay tres tipos de generaciones implicadas. La inicial (no contribuye y recibe pensión), la intermedia (contribuye y recibe

pensión) y la terminal (contribuye y no recibe pensión).

7. Con el sistema de capitalización desaparecen los riesgos de la coyuntura entre activos y pasivos así

como desaparecen la distribución entre generaciones.

8. El sistema de reparto se caracteriza como un acuerdo o contrato intergeneracional por el que las generaciones activas dan soporte a las jubiladas a

cambio de un compromiso de que cuando alcancen la edad de jubilación también ellos recibirán la pensión. El carácter de seguro surge a través de un intercambio

de promesas entre generaciones a través de un "contrato social" implícito.

8. No vincula a generaciones futuras a realizar contrato explícito porque solo está implicada una

generación. Obliga a tener cuentas personales para cada uno de los cotizantes.

Fuente: Moreno Moreno Ma. Del Carmen, Análisis económico del sistema de pensiones públicas…

140

ANEXO 2

CUADROS COMPARATIVOS DE LOS REGÍMENES DE PENSIONES EN MÉXICO Y EN EL

MUNDO

Sistemas de Retiro por Repartición Concepto México Alemania Francia

Financiamiento Dual (Repartición y

Capitalización) Mixto Repartición

Pilares 1,2,3,4 0,1,3 0,1

Edad Promedio de la Población 28.9 años 39.73 años 39.44 años

Tasa de Crecimiento de la Población 4.49% 0.02% 1.2%

Porcentaje Adultos Mayores 5.74% 19.8% 16.3%

Relación de Feminidad 60+ (M/H) (1) 1.14 1.042 1.058

Esperanza de vida 72.7 H 77.5M 77.2 H 82.4 M 77.5 H 84.4 M

Tasa de Dependencia Bruta 57.54% 50.75% 54.08%

Tasa de Dependencia Efectiva 28.6% ISSSTE 7.87%

IMSS N/D 67.56%

Gasto en Pensiones (% PIB) N/D 12.7% 13.2%

Tipo de Reformas Estructural Paramétrica Paramétrica

Ultimas Reformas emprendidas

Instauración de Regímenes de reparto y capitalización en el

ISSSTE (2007)

Disminución de la Tasa de Reparto

Instauración del Ahorro Facultativo

(AVMG) Cambio de la edad mínima de retiro (67

años en 2030)

Aumento en la Edad Mínima de

Retiro Inclusión de modalidades

complementarias

Fuente: Elaboración Propia con información de INEGI (2005), EUROSTAT (2008), INSEE (2008), CNAV (2007), Consultas de Información Pública IFAI no. 0063700344708 y 0064101791408

(1) Cociente entre número total de mujeres y hombres mayores de 60 años. (2) N/D = No disponible

141

Sistemas de Retiro por Capitalización

Concepto México Chile Argentina

Financiamiento Dual (Repartición y Capitalización)

Capitalización Pura

Repartición

Administración de Fondos de Pensiones AFORES AFP SIPA (1)

Pilares 1,2,3,4 0,2,3 0,1,3

Ultima Reforma Marzo 2007

(ISSSTE)

Marzo 2008(Pension

es Sociales)

Noviembre 2008 (Estatalización del

Sistema de Pensiones)

Organismo Regulador CONSAR SAFP ANSEES

Proporción de Afiliados (%PEA) 33.4% 45.3% 31.9%

Porcentaje Cotizantes Activos/Totales 38.86% 47.13% 37.95%

Número Total de Afiliados 41,394,838

(2) 8,337,523 15,283,294

Cobertura del Régimen de pensiones Afiliados/ PEA

86.47% 114.7% 52.2%

Cotizantes/PEA 33.4% 62.2% 19.8%

Salario promedio (USD) 648 787 771

Recaudación anual por Cotizante (USD) 618 1,346 668

Traspasos/Afiliados 9.2% 4.4% 4%

Fondos Administrados en el Sistema (% PIB) 7.1% 65.1% 11.8%

Gastos Operativos anuales por Afiliado (USD)

27.1 46.5 42.6

Ingresos por Comisión por Cotizante (USD) 103 146 96

Rentabilidad Real Histórica 6.4% 9.7% 8.4%

Rentabilidad Real Ultimo año -7.3% -5% -8.7%

Tipo de Reformas Estructural Estructural Estructural

Distribución porcentual por edad

< 30 34.6% 30% 29.9%

30-44 43.1% 41.7% 46.3%

45-59 17.3% 24.9% 18.9%

>60 5% 8.1% 4.9%

Ultimas Reformas emprendidas

Instauración del Régimen de

Capitalización Individual

Puesta en Marcha de las

Pensiones Sociales

Ampliación de la Cobertura de Pensiones

a grupos Vulnerables

Estatalización del régimen privado de

las AFJP Creación del SIPA,

órgano estatal concentrador de

pensiones

Fuentes: Elaboración Propia con datos de SAFP (2008), INE (2008), ANSES (2007), INDEC (2008), AIOS (2007), CONSAR (2009)

(1) Sistema Integrado de Pensiones en Argentina (Datos proporcionados antes de la estatalización)

(2) Afiliados al Sistema SAR y Afiliados al ISSSTE

142

ANEXO 3

ESQUEMAS DE COTIZACIÓN OBRERO-PATRONALES EN MÉXICO

ISSSTE

La dependencia deberá enterar al ISSSTE cada año en el mes de enero el total de las cotizaciones de sus trabajadores. Si existiera el caso de empleados que tuvieran empleo en más de una dependencia, el pago de contribuciones tendrá que ser calculado sobre la totalidad del salario percibido.

Tabla 5-A Monto de las cuotas y aportaciones en el rubro de Seguridad de Salud

Cuotas trabajador activo

Cuotas Pensionados

Cuota Social

Trabajadores 2.75% 0.625% Patrones 7.365%

Gobierno Federal 13.9%

Fuente: Amezcua Ornelas Norahenid: Nueva Ley del ISSSTE: Comentada p.38

Tabla 5-B Monto de la cuota por el Seguro de Riesgos de Trabajo

Patrones 0.65 Fuente: Amezcua Ornelas Norahenid: Nueva Ley del ISSSTE: Comentada p.38

Tabla 5-C Cuotas y Aportaciones en el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Trabajador Actual (4.55%) en 2012 (6.125%)

Patrones 2% (retiro) 3.165% ( Cesantía)

Cuota Social 5.5 SMGDF Fuente: Amezcua Ornelas Norahenid: Nueva Ley del ISSSTE: Comentada p.39

Tabla 5-D Cuotas para el Seguro de Invalidez y Vida

Trabajador 0.625%

Patrón 0.625% Fuente: Amezcua Ornelas Norahenid: Nueva Ley del ISSSTE: Comentada p.39

Tabla 5-E Cuotas sobre el concepto de Vivienda (FOVISSSTE)

Patrón 5% Fuente: Amezcua Ornelas Norahenid: Nueva Ley del ISSSTE: Comentada p.39

143

IMSS

Tabla 5-F Cuotas y Aportaciones para los trabajadores afiliados al IMSS

Seguro Trabajador Patrón Estado Total Base Limite Destino

Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez y Vivienda

Retiro 2% 2% SBC 25 SMGDF

AFORE

Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

1.125% 3.15% 0.225% 4.5% SBC 25 SMGDF

AFORE

Cuota Social 5.5% 5.5% SMGDF AFORE

Vivienda 5% 5% SBC 25 SMGDF

INFONAVIT

Seguro de Invalidez y Vida

Seguro de Invalidez y Vida

0.625% 1.75% 0.125% 2.5% SBC 25 SMGDF

IMSS

Seguro de Riesgos de Trabajo

Seguro de Riesgos de Trabajo

Mínimo= 0.25% Máximo= 15%

2 SBC 25 SMGDF

IMSS

Fuente: AIOS: La capitalización individual en los sistemas previsionales de América Latina, p. 171

144

ANEXO 4

LÍMITES DE INVERSIÓN DE LAS SIEFORES

145

ANEXO 5

TABLAS Y REFERENCIAS CON RESPECTO A LA NUEVA LEY DEL ISSSTE

Tabla 1. Edad mínima para pensionarse

Años

Edad Mínima de Jubilación Trabajadores

Edad Mínima de Jubilación Trabajadoras

2010 y 2011 51

49

2012 y 2013 52

50

2014 y 2015

53 51

2016 y 2017 54 52

2018 y 2019 54

52

2020 y 2021 55

53

2022 y 2023 56

54

2024 y 2025 57

55

2026 y 2027 58 56

2028 en adelante

59 57

Fuente: Art. Décimo transitorio LISSSTE 2007.

Tabla 4. Pensión por cesantía 60 años de edad 10 años deservicios 40% 61 años de edad 10 años de Servicios 42%

62 años de edad 10 años de Servicios 44%

63 años de edad 10 años de Servicios 46%

64 años de edad 10 años de Servicios 48%

65 o más años de edad 10 años de Servicios 50%

Fuente: Art. Décimo transitorio LISSSTE 2007.

Tabla 2. Edad Mínima para pensionarse

Años Edad para pensión por

edad y tiempo de

servicios

2010 y 2011 56

2012 y 2013 57

2014 y 2015 58

2016 y 2017 59

2018 en Adelante 60

Fuente: Art. Décimo transitorio LISSSTE 2007.

Tabla 3. Porcentaje de pensión por años cotizando

15 años de servicio 50%

16 años de servicio 52.5%

17 años de servicio 55%

18 años de servicio 57.5%

19 años de servicio 60%

20 años de servicio 62.5%

21 años de servicio 65%

22 años de servicio 67.5%

23 años de servicio 70%

24 años de servicio 72.5%

25 años de servicio 75%

26 años de servicio 80%

27 años de servicio 85%

28 años de servicio 90%

29 años de servicio 95%

Fuente: Art. Décimo transitorio LISSSTE 2007.

Tabla 5. Edad mínima para pensionarse

Años

Edad para pensión por

cesantía en edad avanzada

2010 y 2011 61

2012 y 2013 62

2014 y 2015 63

2016 y 2017 64

2018 en adelante

65

Fuente: Art. Décimo transitorio LISSSTE 2007.

146

Tabla 6. Tabla de Cálculo para los Bonos de Reconocimiento

Método de Cálculo del Bono de Reconocimiento:

Para determinar el monto de los Bonos de Pensión del ISSSTE en cada caso particular, se deberá multiplicar el numeral que corresponda en la tabla a los años de cotización y edad del Trabajador, por el Sueldo Básico, elevado al año y expresado en unidades de Inversión (UDI), que estuviere percibiendo el trabajador al último día del año anterior a que entre en vigor esta Ley68.

68

Amezcua Ornelas Norahenid : Nueva Ley del ISSSTE : Comentada… p. 202

Años de Antigüedad

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 Ed

ad d

el T

raba

jado

r 15 0.64

16 0.63 1.28 17 0.62 1.26 1.92

18 0.61 1.24 1.89 2.56 19 0.6 1.22 1.86 2.52 3.2

20 0.59 1.2 1.83 2.48 3.15 3.84

21 0.58 1.18 1.8 2.44 3.11 3.78 4.48 22 0.57 1.16 1.77 2.4 3.06 3.73 4.42 5.12

23 0.56 1.14 1.74 2.36 3.01 3.67 4.35 5.05 5.76 24 0.55 1.09 1.71 2.32 2.95 3.61 4.28 4.97 5.68 6.4

25 0.54 1.07 1.68 2.28 2.9 3.54 4.21 4.89 5.59 6.31 7.04

26 0.52 1.05 1.64 2.23 2.85 3.48 4.15 4.81 5.5 6.21 6.94 7.68 27 0.52 1.05 1.61 2.19 2.79 3.35 4.06 4.73 5.41 6.11 6.83 7.57 8.32

28 0.52 1.05 1.57 2.14 2.74 3.28 3.99 4.64 5.32 6.01 6.72 7.45 8.2 8.96 29 0.52 1.05 1.57 2.1 2.68 3.21 3.91 4.56 5.22 5.91 6.61 7.33 8.07 8.83 9.6

30 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.83 4.47 5.12 5.8 6.5 7.21 7.95 8.7 9.46 10.08

31 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.75 4.38 5.03 5.69 6.38 7.09 7.81 8.56 9.32 9.93 10.56 32 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.29 4.92 5.58 6.26 6.96 7.68 8.42 9.17 9.78 10.41 10.88

33 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.82 5.47 6.14 6.83 7.54 8.27 9.02 9.63 10.25 10.71 11.52 34 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.36 6.02 6.7 7.4 8.12 8.86 9.47 10.09 10.54 11.35 12

35 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.89 6.57 7.26 7.97 8.7 9.3 9.92 10.37 11.18 11.83 12.48

36 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.43 7.11 7.82 8.54 9.14 9.75 10.19 11 11.65 12.3 12.96 37 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.96 7.66 8.38 8.97 9.57 10.01 10.82 11.46 12.11 12.77 13.44

38 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.5 8.21 8.79 9.4 9.82 10.63 11.27 11.92 12.58 13.25 13.92 39 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 8.04 8.62 9.21 9.63 10.44 11.08 11.72 12.38 13.04 13.72 14.4

40 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.44 9.03 9.44 10.25 10.88 11.52 12.17 12.84 13.51 14.19 15.36

41 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.84 9.24 10.05 10.68 11.31 11.96 12.62 13.29 13.98 15.14 16.32 42 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.85 10.47 11.1 11.75 12.41 13.07 13.75 14.91 16.08 17.29

43 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.64 10.26 10.89 11.53 12.18 12.85 13.53 14.67 15.84 17.03 18.25 44 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 10.04 10.67 11.31 11.96 12.62 13.29 14.43 15.59 16.77 17.98 19.21

45 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.45 11.08 11.73 12.39 13.06 14.18 15.33 16.5 17.7 18.92

46 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.85 11.49 12.15 12.81 13.93 15.07 16.23 17.42 18.63 47 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.25 11.9 12.56 13.67 14.8 15.95 17.13 18.34

48 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.65 12.31 13.4 14.52 15.67 16.84 18.03 49 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 12.05 13.13 14.24 15.37 16.54 17.72

50 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.86 13.95 15.08 16.23 17.41

51 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.58 13.66 14.77 15.91 17.08 52 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.58 13.36 14.46 15.59 16.75

53 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.58 13.36 14.15 15.27 16.42 54 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.58 13.36 14.15 14.94 16.07

55 0.52 1.05 1.57 2.1 2.62 3.14 3.67 4.19 4.72 5.24 5.76 6.29 6.81 7.34 7.86 8.25 8.65 9.04 9.43 9.83 10.22 10.61 11.01 11.4 11.79 12.58 13.36 14.15 14.94 15.72

56 0.51 1.02 1.54 2.05 2.56 3.07 3.59 4.1 4.61 5.12 5.63 6.15 6.66 7.17 7.68 8.07 8.45 8.84 9.6 9.6 9.99 10.37 10.76 11.14 11.52 12.29 13.06 13.86 14.6 15.37 57 0.5 1 1.5 2 2.5 3 3.5 4 4.5 5 5.5 6 6.5 7 7.5 7.88 8.25 8.63 9.38 9.38 9.75 10.13 10.5 10.88 11.25 12 12.75 13.5 14.25 15

58 0.49 0.98 1.46 1.95 2.44 2.93 3.42 3.9 4.39 4.88 5.37 5.86 6.34 6.83 7.32 7.68 8.05 8.42 9.15 9.15 9.51 9.88 10.25 10.61 10.98 11.71 12.44 13.17 13.91 14.64 59 0.48 0.95 1.43 1.9 2.38 2.85 3.33 3.8 4.28 4.76 5.23 5.71 6.18 6.66 7.13 7.49 7.85 8.2 8.92 8.92 9.27 9.63 9.99 10.34 10.7 11.41 12.13 12.84 13.55 14.27

60 0.46 0.93 1.39 1.85 2.31 2.78 3.24 3.7 4.17 5.56 5.56 5.56 6.02 6.48 6.94 7.29 7.64 7.99 9.68 8.68 9.03 9.37 9.72 10.07 10.42 11.11 11.81 12.5 13.19 13.89

61 0.45 0.9 1.35 1.8 2.25 2.7 3.15 3.6 4.05 5.67 5.67 5.67 5.86 6.3 6.75 7.09 7.43 7.77 8.44 8.44 8.78 10.13 9.45 9.79 10.13 10.81 11.48 12.16 12.83 13.51 62 0.44 0.87 1.31 1.75 2.19 2.62 3.06 3.5 3.94 5.77 5.77 5.77 5.77 6.12 6.56 6.89 7.22 7.55 8.2 8.2 8.53 9.88 9.19 9.51 9.84 10.5 11.15 11.81 12.47 13.12

63 0.42 0.85 1.27 1.7 2.12 2.55 2.97 3.4 3.82 5.86 5.86 5.86 5.86 5.94 6.37 6.69 7 7.32 7.96 7.96 8.28 9.63 8.91 9.23 9.55 10.19 10.82 11.46 12.1 12.73

64 0.41 0.82 1.23 1.65 2.06 2.47 2.88 3.29 3.7 5.92 5.92 5.92 5.92 5.92 6.17 6.48 6.79 7.1 7.71 7.71 8.02 9.37 8.64 8.95 9.26 9.87 10.49 11.11 11.73 12.34

65+ 0.41 0.8 1.19 1.59 1.99 2.39 2.79 3.19 3.58 5.97 5.97 5.97 5.97 5.97 5.97 6.27 6.57 6.87 7.17 7.47 7.77 8.07 8.36 8.66 8.96 9.56 10.16 10.75 11.35 11.95

Fuente: Artículo 9° Transitorio, Ley del ISSSTE 2007