Ecuador INFORMA

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Ecuador Informa, es una revista que ha sido concebida con la óptica de satisfacer la demanda de información que requiere la colonia de ecuatorianos residentes en Venezuela y Latinoamérica, muchos años hemos esperado los ecuatorianos un medio de comunicación que nos permita estar actualizados con el acontecer social, deportivo y político en nuestro país.

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Ecuador Informa, es una revista que ha sido concebida con la óptica de sa-tisfacer la demanda de información que requiere la colonia de ecuatorianos residentes en Venezuela y Latinoamérica, muchos años hemos esperado los ecuatorianos un medio de comunicación que nos permita estar actualizados con el acontecer social, deportivo y político en nuestro país.

En Ecuador informa queremos que nuestra comunidad conozca lo que pasa en nuestro bello ecuador, que a través de nuestros reportajes recuerden sus costumbres, su música, su gastronomía, que a través de estas páginas reali-cen viajes imaginarios a sus sitios de origen donde seguramente pasaron mu-chos momentos felices, que estén al día con lo que sucede con sus equipos de futbol.

Ecuador informa tendrá entre sus principales objetivos fortalecer el vinculo con nuestras raíces, esperamos convertirnos en el medio de comunicación que sirva de fuente de consulta permanente y centro de manifestaciones cul-turales e informativas de interés, para toda la comunidad ecuatoriana residen-tes en el exterior.

Pero también queremos que nuestra comunidad se reencuentre consigo mis-mo y con sus compatriotas en Venezuela, en Latinoamérica y el mundo entero, donde vivimos miles de ecuatorianos que hemos permanecido muchos años solos viendo pasar el tiempo sin detenernos a pensar que solos no lograre-mos nada que necesitamos unirnos para trazarnos, metas, sueños y objetivos comunes para buscar el bienestar de todos los ecuatorianos en el exterior.

Fernando Flores.

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Mi País

TUNGURAHUA

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Tungurahua, oficialmente Provincia de Tungurahua es una de las 24 provincia que conforman la República del Ecuador. Se en-cuentra al centro del país, en la región geográfica conocida como.

La ciudad de Ambato es su capital administrativa; se divide en 8 canto-nes. Forma parte de la región comprendida también por las provincias de Cotopaxi, Chimborazo y Pastaza.

La provincia es administrada por el Gobierno Provincial de Tungurahua desde su capital, la ciudad de Ambato. La provincia de Tungurahua se divide en 9 cantones:

Pob.

(2011)

Capital

Ambato

337,282 1 ,009

Ambato

19,112 1 ,065

Cevallos 7 ,873 19 Cevallos

Mocha 7 ,371 86 Mocha

Patate

14,771 315 Patate

Pelileo

58,988 202 Pelileo

42,925 443

Quero

21,187 173 Quero

Tisaleo

12,525 59 Tisaleo

TUNGURAHUA

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Mi País

Descripción de Ambato“Gente pujante y emprendedora que ha hecho del comercio y la industria su principal eje de desa-rrollo, conforman Ambato.

La Quinta de Mera en Atocha ha sido por años el mayor atractivo de la ciudad y fue incluido en la ruta de excursiones para cono-cer la tranquila y apacible fuente de inspiración del autor del Himno Nacional del Ecuador.

La feria de los lunes de Ambato es muy concurrida, especialmente por los indígenas de toda la co-marca que ofrecen diversos pro-ductos agrícolas y ganaderos. Su movimiento económico se ve re-flejado en un intenso intercambio comercial.

Quisapincha es una parada indis-pensable para adquirir una gran variedad de artículos de cuero de gran calidad y precios acequibles. De regreso se debe disfrutar de sus deliciosas gallinas y comprar su famoso pan de Pinllo. Ya en el centro de la ciudad, los llapinga-chos (tortillas de papa) con

chorizo y huevo frito del Mercado Central son muy concurridos. El Parque Provincial de la Familia, en el sector de Palama, es un tributo a la naturaleza y a la plani-ficación de un lugar de distracción para los vecinos. Otra gran obra de tecnología es sin lugar a duda, su recién inaugurado puente so-bre el río Ambato.

La fiesta grande, el mayor evento de año, es la Fiesta de las Flo-res y las Fruta, en el feriado de Carnaval. Turistas del Ecuador entero y quienes viven en el exte-rior visitan Ambato cada año para compartir la hospitalidad y alegría de sus habitantes. Visitar Ambato será una agradable experiencia que no se puede perder.”

Ambato tierra de las

flores yde las frutas

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Mi País

Tours a la Nariz del DiabloEste tour ferroviario es el más popular en Ecuador, sale desde la ciudad de Riobamba a través de unos pue-blos pequeños, donde apreciaran majestuosos paisajes que contrastan con nevados coronados de nieve.

Los primeros nevados que observaran son el Chimborazo, los Altares, la Mama Tungurahua, acompañados por el viento del paraje andino, que majestuoso, se pinta con múltiples cultivos y corola con la blanca nieve y el azul violeta de las alturas, haciendo de este viaje inolvidable.Después llegaremos al cantón Colta, donde se encuentra la primera iglesia construida por españoles en el Ecuador y a pocos metros la laguna de Colta, de aguas muy quietas que asemejan un espejo donde se funde el hechizo de una aventura inolvidable.Más adelante, a espaldas del Chimborazo, el tren llega al reforestado desierto de Palmira, lugar que ha cam-biado las dunas de arena por frondosos pinos y cipreses. El viaje continúa y llegaremos a un lugar lleno de leyendas y apariciones asombrosas, mientras surgen de frente las minas de azufre de Tixán, acompañado en cada curva y descenso por el río Chachán.

Para el final del viaje el tren se detiene en Alausí para llevar a cientos de turistas que ávidos quieren ir a la estación de Sibambe para conocer el mayor recurso turístico del ferrocarril, la famosa Nariz del Diablo, obra monumental del siglo pasado que con un descenso en medio de una sorprendente solidez y aventura única descubre al tren más difícil del mundo.

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Cultura

las Frutas y de La Fiesta de

las Flores

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La Fiesta de la Fruta y de las Flores es denomina-da como una de las más

hermosas celebraciones alre-dedor del país. Esta gran cele-bración nace como respuesta a la situación en la que quedaron la ciudad y sus habitantes luego del terremoto del 5 de agosto de 1949.

La Fiesta fue entonces una ma-nifestación de la voluntad de los ambateños, que aceptando el precio propuesto por la natura-leza a la belleza y fecundidad concedida a estas tierras, se le-vantaron con fervor y entusias-mo en búsqueda de respuestas tangibles al daño sufrido.

Los socios del Centro Agrícola Cantonal fueron el eje principal de la organización de la primera fiesta que se llevó a cabo el 17 de febrero de 1951.

Fue en 1962, y mediante Decreto Ejecutivo N. 586, expedido el 18

Cultura

de abril y publicado en el Registro Oficial N. 136, que el Gobierno Na-cional Presidido por el Dr.Carlos Julio Arosemena Monroy, y siendo su Ministro de Gobierno el desta-cado ciudadano ambateño Don Daniel Domínguez, declaró a la FFF, celebración nacional.

La FFF es celebrada 40 días an-tes de la Semana Santa. La Fiesta consiste en la Elección de la Reina de Ambato, La Elección de la Rei-na Interparroquial, La Bendición del Pan y de las frutas, el Desfile de la Fruta y de las Flores, El Fes-tival del Folclore, Festivales Gas-tronómicos, Festivales de Música, Conciertos, y por último la Ronda nocturnal. Debe el nombre de la fiesta a la gran producción local frutícola y de pan que coincide con los primeros meses del año.

Miles de turistas nacionales e in-ternacionales visitan Ambato du-rante las fiestas. El Desfile de la Fruta y de las Flores es uno de los eventos más importantes que se

lleva a cabo durante las fiestas. Miles de jóvenes de diferentes planteles educacionales partici-pan con sus bandas de guerra y sus comparsas. El desfile se lleva a cabo un día domingo en las ca-lles principales de la ciudad.

Ambato es una ciudad en su ma-yoria Católica, por ello también se celebra el Acto Liturgico de la “Bendicion de las Frutas y el Pan” como simbolos de la ciudad, este acto se realiza en el atrio mayor de la catedral, y presentan también diferentes temas y/o representa-ciones de la actualidad en el mun-do en torno al aspecto cristiano, estas represenentaciones suelen ser hechas con Flores, Frutas y Pan la cual se exibe hasta el final de las fiestas, sus dimenciones aproximadas son de 7 mts de an-cho por 5 de alto.

La Ronda Nocturnal se lleva a cabo de noche, los carros alegóri-cos son decorados con flores, fru-tas y pan. Las Reinas desfilan en

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sus hermosos carros alegóricos. Las comparsas son llenas de co-lorido y de música.

También se organizan eventos musicales en la ciudad, además de gran cantidad de fiestas y bailes populares como La Pera Madura,La Rondalia Ambateña que se realizan frente atrio de la catedral en cual está adorna-do con pan y frutas propias de la ciudad.

Adicionalmente, desde el año 2003 el Colectivo Central Dogma organiza el Festival de Música Independiente y de Vanguar-dia FFF (Festival FFF), que se ha seguido realizando con gran acogida e ininterrumpidamente desde esa fecha, y se caracteri-za por invitar a bandas de música de todos los estilos, nacionales y extranjeras, lo cual causa mucha expectativa y aceptación entre el público que se da cita a la fiesta mayor de los ambateños.

Cabe recalcar que en la cuidad de Ambato que tiene un alto ni-vel cultural, se ha prohibido los juegos con agua, harina, huevos y otros productos caracteristicos del carnaval, que en otras po-blaciones vecinas “juegan”, in-vadiendo el espacio personal del turista.

De esta manera busca culturizar de una manera en la que propios y extraños gozen de una verda-dera fiesta entre frutas y pan.

Entre los eventos típicos se halla la elección anual de una mujer joven como símbolo de las fes-tividades, quien adopta el título de reina. Su función es encabe-zar las festividades aunque en ocasiones suele extender su rol como figura filantrópica hasta que se elija a la sucesora.

Cultura

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Cultura

La Ciudad Azul

El cantón Pelileo está localizado en el corazón de la provincia de Tungurahua, también se le conoce como la Ciudad Azul, en razón de su

industria del jean, localizada en su mayor parte en la parroquia de El Tambo.

El 30% de la población urbana se dedica a esta línea productiva desde hace 10 años, ante la capacidad productora se han instalado numerosos puestos en donde venden directamente las prendas: pantalo-nes, chompas, chaquetas, faldas, etc.

LA RUTA TURISTICA DEL CUERO

Quisapincha es uno de los lugares reconocidos dentro y fuera de la provincial de Tungurahua por la elaboraacion y confeccion de ropa de

cuero. En este lugar, ya se encuentran grandes ala-macenes donde las personas pueden adquir una prenda o mas prendas, sin importar el precio, ya que existen muchas facilidades de pago.

Quisapincha, se ha convertido en una opcion para adquirir carteras, chompas y sombreros y ademas pasear por la serrania ecuatoriana.En este lugar se encuentra prendas a todo precio, todo depende de la calidad, modelo y tamaño. Todos de cuero y buena calidad.

Los productos de la gran mayoría de la población se exportan a países como: Colombia, Venezuela, Cos-ta Rica, España hasta Estados Unidos.

Fuente: http://www.viajandox.com/tungurahua/tung_ambato_quinsapincha.htm

El Cantón Pelileo cuenta con importantes sitios turísticos, culturales y artesanales como: Parroquia San José Huambaló Los Salasaca Cerro Niton

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Gatronomía

Gastronomía

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Pan de Pinllo

Ingredientes:- 4 onzas de manteca- 1/2 libra de harina de castilla- 1 1/2 tazas de miel de raspadura- 1 1/2 libras de harina integral- 3 huevos- 1 onza de levadura- 1 taza de agua tibia.

Elaboración:Preparar la levadura en el agua tibia y mezclar con un poquito de harina de castilla. Dejar reposar 15 mi-nutos hasta que haga burbujas.

Mezclar las 2 harinas, hacer un hoyo en la mitad. Combinar la levadura con la miel y colocarla en el hoyo, ir mezclando con la manteca desleída tibia, los huevos (uno a uno). Amasar bien y dejar leudar has-ta el otro día.

Hacer los panes y llevar al horno.

Ambato brinda una gran variedad gastronómi-ca, su plato más característico son las torti-llas con chorizo (llapingachos), que consta de

tortillas de papa, chorizo, huevos fritos y aguacate, destacan también, el caucara, la fritada, guaguama-ma, chinchulines, el yaguarlocro, el seco de gallina, las afamadas gallinas asadas y el pan de Pinllo. El pan ambateño es muy conocido en el país desde la época de la colonia por su inigualable sabor muy apreciado en las familias de Quito y Guayaquil, están también las empanadas de viento, y bebidas como la colada morada y el chocolate, en fin, una variedad muy extensa de platos que se pueden degustar en los remodelados mercados y plazas y en otros luga-res estratégicamente ubicados en toda la urbe.

Gastronomía

La parroquia de Pinllo es famosa por su pan, parte de su exquisito sabor es la manteca de cerdo que

se utiliza en su preparación. El secreto del sabor esta en el horno de leña que se usa para la prepara-

ción del pan.

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Deportes

aventura en BañosDeportes de

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Rafting: Es una actividad deportiva y re-creativa que consiste en recorrer el cauce de ríos en la dirección de la corriente (río abajo), por lo general sobre algún tipo de em-barcación o balsa. Se lo realiza en el río Pastaza en el sector oriental de la ciudad, partiendo desde San Francisco, o desde el sector de La Penal (Río Negro); se lo realiza en 2 tramos del río con distinto nivel de dificultad que va entre III a V. Se requiere saber nadar, no se re-quiere experiencia para el nivel III, pero sí para los niveles IV y V.

Kayaking: Es un deporte que puede ser prac-ticado únicamente por expertos. En la parte oriental de Baños en la Parroquia Río Negro se encuentra el río Topo, según algunos exper-tos es uno de los ríos más técni-cos y de los mejorespara realizar este deporte, además de la belle-za del entorno y la biodiversidad del sector.

Canyoning: Se practica en los cañones o ba-rrancos de los ríos, que permite descender por cascadas atados a una cuerda. Y con el equipo de segurida,d que es provisto en su totalidad por la agencia operado-ra contratada, y supervisado por guías con experiencia. En los al-rededores hay varios lugares con paisajes naturales únicos en don-de se realiza esta actividad, en-tre ellos: Chamana, Río Blanco y Cashaurco.

Deportes

Puenting: Es un deporte extremo, concre-tamente, una modalidad de salto encordado que se realiza desde puente con cuerda(s) dinámica(s) (de escalada) en forma de péndu-lo; es una experiencia muy emo-cionante. En Baños se lo realiza en el puente de San Francisco (sector del Terminal Terrestre) y en el puente de Río Blanco (a 4 km. al este de la ciudad).

Escalada: Requiere de mucha fuerza y adre-nalina, que incluye alturas de pe-ligro considerable. En Baños hay paredes muy particulares como la de San Martín, la ruta ubicada atrás del Terminal Terrestre (Puen-te San Francisco) compuestas de roca volcánica, en algunas se han implementado anclajes fijos y ru-tas determinadas. Hay un muro artificial en el Barrio El Recreo en el Parque Aventura.

Downhill: Se lo puede realizar en varias rutas, como la ruta de Ventanas (Runtún) - Baños, hay otras más accesibles como Las Antenas- Chontilla- Lligua; Osohuaico- Lli-gua, Pondoa-Baños, o la ruta El Tablón –Baños, Antenas-Baños, Vizcaya-Baños.

Baños de Agua Santa es la única ciudad en el Ecuador apta para

practicar varios deportes de aventura.

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Hechos Importantes

Primera Imprenta en el Ecuador

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Hechos Importantes

En la ciudad de Ambato, traída por los jesuítas, se ubicó en el 1755 la primera imprenta que llegó al actual territorio ecuatoriano y una de

las primeras en toda sudamérica.

Este hecho remarcable se recuerda en la ciudad con dos monumentos que lo exaltan y una calle de igual denominación, “Primera Imprenta”.

La imprenta de Ambato era de los jesuitas, y así se llamaba imprenta de la Compañía de Jesús. La pie-za más antigua impresa en Ambato es el opúsculo devoto titulado Piissima erga Dei Genitricem devotio. Hambati Typis Societatis Jesu. Año de 1755.

La imprenta se conservó en Ambato hasta el año de 1760, no obstante este artefacto fue trasladado luego al seminario de San Luis en Quito, en donde permaneció en uso hasta la expulsión de los jesuitas, que se verificó el 20 de agosto de 1767.

Desde ese entonces Ambato se ha distinguido por el afan de difundir la cultura y justicia social mediante un sinnumero de periódicos y revistas que se han publicado hasta nuestros días tales como “El Centinela” “La Revista Ambato” El Azote” “La Pluma “La Gaceta” “Guante Blanco” entre otros.

PERSONAJES ILUSTRES

El Cervantes AmericanoJuan Montalvo Fiallos, Escritor ambateño con-siderado como el “Cervantes Americano “pen-sador autor de innumerable obras de lo que se desprende que su pensamiento esta vigente, vivió en Paris donde estableció amistad con La-martine.Escribió también algunas piezas dramáticas, vi-vió apasionadamente la política de su país y su pensamiento liberal al máximo, estuvo marcado por el anti clericalismo.

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Política

Política

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Política

1.- OBJETOEl presente documento tiene como propósito presentar los resultados alcanzados luego de que han sido procesados los criterios, puntos de vista, observaciones y resoluciones logrados por la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Control Social sobre el “Proyecto de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatoria-nos Residentes en el Exterior y sus Familias” y ponerlos en conocimiento del Pleno de la Asam-blea Nacional, para primer debate.

2.- ANTECEDENTES:2.1.- Con Oficio No. 755-2011- WCP-AN de 10 de noviembre del 2011, el Asambleísta Wash-ington Cruz Plaza, presentó el “Proyecto de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Migrantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, al Presidente de la Asamblea Nacional, para el trámite correspon-diente.

2.2.- Con memorando SAN-2011-2205 de fecha 18 de noviembre del 2011, el Doctor Andrés Se-govia, Secretario General de la Asamblea Nacio-nal, remitió la Resolución del Consejo de Admi-nistración Legislativa, adoptada por unanimidad en sesión de fecha 16 de noviembre del 2011, mediante la cual calificó el “Proyecto de Ley Or-gánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Migrantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, presentado por el Asambleísta Washington Cruz Plaza, con la disposición para que la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Con-trol Social, lo analice y presente el correspon-diente proyecto para conocimiento y debate en el Pleno de la Asamblea Nacional.

2.3.- De conformidad con el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciu-dadana y Control Social, por intermedio de la página web de la Asamblea Nacional, correos electrónicos masivos y correo común, lo puso en conocimiento de las y los Asambleístas, los sectores sociales, las instituciones del Estado que tienen relación con el proyecto y la ciudada-nía en general.

2.4.- De acuerdo a la resolución que antecede, el trámite del proyecto, inició el 19 de diciembre del 2011, fecha desde que empezó a transcurrir el plazo previsto en el Art. 58 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

2.5.- Con oficio No.- 778-2011-WCP-AN de fecha 08 noviembre de 2011, el Asambleísta Washing-ton Cruz Plaza, corre traslado en 54 fojas las observaciones al proyecto de ley presentadas por varias instituciones públicas y privadas, para que se tome en consideración en el procesa-miento del mencionado Proyecto de Ley.

2.6.- En sesión No. 63 de fecha 21 de diciembre del 2011, la Comisión Especializada Permanen-te de Participación Ciudadana y Control Social, escuchó al Asambleísta Washington Cruz Plaza, ponente del “Proyecto de Ley Orgánica de Pro-tección e Igualdad de Derechos de las y los Mi-grantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, en la cual expuso los funda-mentos del proyecto en mención.

2.7.- Se remitieron comunicaciones solicitan-do los pertinentes criterios y observaciones a las instituciones siguientes: Consejo de Parti-cipación Ciudadana y Control Social con oficio No.- 124-PCPCCS-AN-2011; Ministerio de Re-laciones Exteriores, Comercio e Integración con oficio No.- 129-PCPCCS-AN-2011; Ministerio

Asambleísta Fernando Flores V. representante de los Ecuatorianos en Venezuela y Latinoamerica, como miembro de la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Control So-cial presentó el texto alternativo del informa para primer debate en el Pleno de la Asamblea Nacional

del Proyecto de la Ley Orgánica de los Derechos e Igualdad de los y las ecuatorianas residentes en el exte-rior y sus familias, a continuación”.

San Francisco de Quito, 14 marzo de 2012

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del Interior con oficio No.- 130-PCPCCS-AN-2011; Secretaria Nacional del Migrante con oficio No.- 131-PCPCCS-AN-2011; Represen-tante de la Asociación de Migrantes “Rumiñahui” con oficio No.- 133PCPCCS-AN-2011; Cámara Mundial del Migrante Coordinador- Quito con ofi-cio No.- 136-P-CPCCS-2012 y Cámara Mundial del Migrante con oficio P-CPCCS-2012-137; sin embargo hasta el momento de realizar este in-forme no se ha recibido ningún aporte verbal o escrito de estas instituciones.

2.8.- Con fecha 05 de enero del 2012, la Secre-taría de la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social remite mediante vía correo elec-trónico de la Comisión el “Proyecto de Ley Orgá-nica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Migrantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares” a los representan-tes de las siguientes organizaciones: Asociación Ecuatoriana Amazonas, Asociación de Ecuato-rianos Atahualpa residentes en Menorca, Aso-ciación de Ecuatorianos en Fuengirola, Málaga, Asociación de Ecuatorianos de la Costa del Sol, España, Asociación Solidaria Ecuatoriana “Ve-lasco Ibarra”, Asociación de Ecuatorianos resi-dentes “Nuevos Horizontes” y Casa del Ecuador Ausente; con el fin de que presenten las ob-servaciones y criterios, al presente proyecto, de-biendo aclarar que hasta el momento la Comi-sión no ha recibido ningún aporte u observación por escrito por parte de estas organizaciones.

2.9.- En sesión No. 66 de fecha 09 de enero del 2012, la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Control Social, recibió al señor Embajador, Gonzalo Alberto Andrade Rivera, Director de Migración y Extranjería de la Cancillería (encargado); doctora Natacha Reyes Salazar, Subsecretaria de Gestión Política y Go-bernabilidad del Ministerio del Interior; abogado Xavier Francisco Molina López, Director General de Extranjería y señor Ramón Arias quien inter-vino a nombre de un grupo de ecuatorianos residentes en el exterior.

2.10.- Con oficio AN-AA-JAA-059 de fecha 9 de enero del 2012, el Eco. Jaime Abril Abril. Asam-bleísta por la Provincia del Azuay, presentó sus observaciones al proyecto de ley. Cabe recalcar de los 124 Asambleístas excepto los miembros de la comisión el Asambleísta Abril es el único que presento sus observaciones.

2.11.- El miércoles 11 de enero del 2012, se lle-vó a efecto la primera socialización del “Proyec-to de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Migrantes Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, en el Salón Auditorio del Gobierno Provincial de Pichincha, en coordinación con la Asociación América España Solidaridad y Coordinación del Ecuador (AESCO), donde las y los ciudadanos expusieron sus inquietudes, observaciones y puntos de vista respecto del proyecto de ley.

2.12.- Con oficio No.- 00658 de fecha 16 de enero del 2012, la Dra. Natacha Reyes Salazar, Subsecretaria de Gestión Política y Gobernabi-lidad del Ministerio del Interior, presentó sus ob-servaciones al Proyecto de Ley.

2.13.- En sesión No. 67 de fecha 16 de enero del 2012 la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Control Social, reci-bió en Comisión General a los señores Pablo Fernando Carpio Ortega y Rodrigo Jaramillo, re-presentantes de la Cámara Mundial del Migrante con sede en New York quienes presentaron ob-servaciones al proyecto.

2.14.- Con fecha 17 de enero del 2012, la Secre-taría de la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciudadana y Control Social re-mite mediante vía correo electrónico de la Comi-sión el “Proyecto de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatoria-nos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, a los Consulados del Ecuador en: Estados Uni-dos: Washington, Chicago, Los Ángeles; Espa-ña: Madrid, Barcelona, Bilbao; Embajada del Ecuador en España; a las oficinas de la Secreta-ria Nacional del Migrante en España, Inglaterra e Italia; con el fin de que se socialice y se difun-da el mencionado Proyecto de Ley, sin embargo la Comisión a la fecha de elaborar este informe no ha recibido ningún aporte verbal o por escrito de estas instituciones.

2.15.- Con oficio No.- AN-MO-025-2012 de fe-cha 17 de enero del 2012, la Asambleísta Magali Orellana, presentó sus observaciones al presen-te proyecto.

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2.16.- Con fecha 26 de enero del 2012, se llevó a efecto la segunda socialización del “Proyec-to de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatorianos Residen-tes en el Exterior y sus Familiares”, en el salón del Ex-Senado de la Asamblea Nacional, con la participación de autoridades, docentes y es-tudiantes de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, en la que se receptaron observaciones y propuestas de los presentes.

2.17.- Con fecha 03 de febrero del 2012, se llevó a efecto la tercera socialización del “Proyecto de Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Dere-chos de las y los Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familiares”, en el Paraninfo de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Estatal de Guayaquil, en donde las y los ciudadanos expusieron sus observaciones y puntos de vista respecto del Proyecto de Ley.

2.18.- Los miembros de la Comisión Especiali-zada Permanente de Participación Ciudadana y Control Social, Asambleístas Guillermina Cruz Ramírez, Washington Cruz Plaza, Dora Agui-rre, Rocío Valarezo, Marllely Vásconez, Magali Orellana, Hugo Quevedo, Juan Carlos López y Fernando Flores Vásquez, realizaron sus apor-tes, observaciones, sugerencias y recomenda-ciones al presente Proyecto de Ley, con lo que se efectuaron cambios sustanciales para mejo-rar su contenido.

2.19.- En la sesión Nº 68 del 7 de Marzo del 2012 de la Comisión permanente Especializada de Participación Ciudadana y Control Social se resolvió por mayoría cambiar el nombre del pro-yecto de ley quedando así:“Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Igualdad de Derechos de las y los Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familias.”

3.- ANÁLISIS Y RAZONAMIENTO

3.1.- La Constitución de la República del Ecua-dor, vigente desde el año 2008, en el inciso pri-mero del artículo 424, determina que, “La Cons-titución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra de nuestro ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público debe-

rán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica....”.

3.2.- El Estado ecuatoriano no se encontraba preparado para implementar políticas de protec-ción a las y los ciudadanos que habrían migrado de nuestro territorio. La Constitución de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de Octubre de 2008, en su articulo 40: “Se reco-noce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser huma-no como ilegal por su condición migratoria.El Estado, a través de las entidades correspon-dientes, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer li-bremente sus derechos.3. Precautelará sus derechos cuando, por cual-quier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, faci-litará la reunificación familiar y estimulará el re-torno voluntario.5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.

6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros. ”Toda vez que las y los ecuatorianos en el exterior demostraron virtualidad, capacidad, honestidad, laboriosidad y adaptación al medio geográfico, cultura, idioma; sumado a ello, se hizo notable el alto espíritu de solidaridad familiar, identifi-cándose en mayor medida con el destino de su Patria, que, a costa de sus privaciones y sacrifi-cios, envían parte de sus ingresos, por concepto de remesas, constituyendo un rubro importante para el desarrollo económico del país.

3.3.- La Carta Magna establece el cumplimiento por parte del Estado, de derechos y garantías más que ninguna otra en la historia constitucio-nal del Ecuador, cuando dispone a toda autori-dad pública con atribución para dictar normas, según lo establecido en su artículo 84

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“...la obligación de adecuar, formal y material-mente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tra-tados internacionales y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas, ni los actos del po-der público atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución...”.

3.4.- La Comisión Especializada Legislativa Per-manente de Participación Ciudadana y Control Social, considera necesario la expedición de un cuerpo normativo que proteja a las y los ciu-dadanos ecuatorianos residentes en el exterior cualquiera sea su condición migratoria y a sus familias en el Ecuador, como refiere el artículo 40 del citado cuerpo constitucional.

3.5.- El presente Proyecto de Ley, cumple con los requisitos previstos en los artículos: 120, nu-meral 6, 132, numeral 1, 134, numeral 1, de la Constitución de la República y es de necesidad inmediata contar con una normativa que garan-tice los derechos de los compatriotas en el ex-terior, así como de las familias en nuestro país, más todavía cuando este importante sector so-cial se ha constituido en generador de recursos económicos que sustenta significativamente la economía nacional.

3.6.- El Estado ecuatoriano, ha creado progra-mas de asistencia, protección y retorno, para las y los ecuatorianos residentes en el exterior, pero el ordenamiento jurídico vigente, carece de una ley orgánica de exclusivo interés que regule los derechos de las personas migrantes, toda vez que la Constitución de la República, reconoce y garantiza esos derechos. Con estos antece-dentes, el presente proyecto de “Ley Orgánica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familias” plantea acondicionar, de manera inclu-yente, las normas constitucionales, en favor de las y los compatriotas que se encuentren fuera del territorio nacional, en busca de mejores con-diciones de vida y nuevas oportunidades, tanto para ellos como para sus familiares. En conse-cuencia, de lo preceptuado en las normas cons-titucionales y los argumentos expuestos por los señores Asambleístas miembros, la Comisión Especializada Permanente de Participación Ciu-

dadana y Control Social, en sesión ordinaria, nú-mero 72 de 14 de marzo del 2012, luego del análisis respectivo.

RESUELVE

Aprobar el informe que antecede y poner en co-nocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional, para Primer Debate, el Proyecto de “Ley Orgá-nica de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familias”, de conformidad a lo establecido en el artículo 26, numeral 2 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.El texto alternativo del “Proyecto de Ley Orgáni-ca de Protección e Igualdad de Derechos de las y los Ecuatorianos Residentes en el Exterior y sus Familias”. Es presentado por el Asambleísta Fernando Flores Vásquez, proyecto que recoge gran parte de los textos del proyecto original y que se fue consensuando en la comisión en las diferentes sesiones realizadas.

4.- ASAMBLEÍSTA PONENTE

Ab. Washington Cruz Plaza, Vicepresidente de la Comisión Especializada Permanente de Parti-cipación Ciudadana y Control Social.

Distrito Metropolitano de Quito, miércoles 28 de marzo del 2012.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN E IGUALDAD DE LOS DERECHOS DE LAS Y

LOS ECUATORIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR

Y SUS FAMILIAS

LA ASAMBLEA NACIONALCONSIDERANDO:

Que, el artículo 40 de la Constitución de la Re-pública, reconoce a las personas el derecho a migrar, sin identificar o considerar a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria, ofreciendo asistencia a las y los ecuatorianos en el exterior y a sus familias, ya sea que éstas resi-dan en el exterior o en el país, así como atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus derechos. Además consagra que se deberá promover sus vínculos con el Ecuador, facilitar la reunificación familiar y estimular el retorno voluntario;

Que, el artículo 416 de la Constitución de la Re-pública establece: “Las relaciones del Ecuador con la comunidad internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuentas sus responsables y ejecuto-res…”;

Que, el Estado Ecuatoriano debe garantizar a las y los ecuatorianos residentes en el exterior y a sus familias, la plena vigencia de los derechos y garantías consagradas en la Constitución;

Que, los ecuatorianos residentes en el exterior han demostrado virtualidad, capacidad, honesti-dad, laboriosidad y adaptación al medio geográ-fico; respetan y son embajadores de nuestra cul-tura, lengua y tradiciones y que han desarrollado un alto espíritu de solidaridad familiar y con sus compatriotas, identificándose en mayor medida con el destino de su Patria;

Que, los ecuatorianos residentes en el exterior, a costa de su trabajo tesonero, de sus inhibiciones y sacrificios, han enviado cuantiosas sumas de dinero, por concepto de remesas, que se consti-tuyen en la actualidad en el segundo rubro más alto de ingresos del país, generando liquidez y

sosteniendo la economía nacional;

Que, el artículo 84 de la Constitución determi-na: “La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de ade-cuar, formal y materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades, pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los actos del poder público atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución”;

Que, el artículo 120 numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, atribuye a la Asam-blea Nacional la atribución “Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio”;

Que, el artículo 132 de la Constitución de la Re-pública del Ecuador, establece que “La Asam-blea Nacional aprobará como leyes las normas generales de interés común…” cuyo numeral 1 le faculta para “regular el ejercicio de los dere-chos y garantías constitucionales”; y,

Que, el artículo 133 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador, establece como le-yes orgánicas “las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales”

En uso de sus atribuciones constitucionales y le-gales, expide la siguiente:

LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN E IGUALDAD DE LOS DERECHOS

DE LAS Y LOS ECUATORIANOS RE-SIDENTES EN EL EXTERIOR Y SUS

FAMILIAS

TÍTULO I

ÁMBITO, FINALIDAD Y PRINCIPIOS

Art. 1.- Del ámbito de la ley.- La presente ley ampara, protege y beneficia a las y los ecuato-rianos residentes en el exterior, sin importar su estatus migratorio; a sus familias en el territorio nacional, comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad, y segundo de afinidad, que

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justifiquen su relación de dependencia con la o él ecuatoriano que reside en el exterior; como también a las y los ecuatorianos retornados vo-luntariamente o de manera forzada.

Art. 2.- Finalidad.- Esta ley tiene como finalidad garantizar que el Estado Ecuatoriano a través de las los entidades y organismos ejecutores de la política pública migratoria, social, econó-mica, educativa, deportiva y habitacional, la apli-cación de los derechos fundamentales de las y los ecuatorianos que residen en el exterior y sus familias, proporcionándoles la ayuda, asistencia y los servicios necesarios, así como de las y los ecuatorianos retornados voluntariamente o de manera forzada.

Art. 3.- Principios.- Los principios que rigen la presente ley son:a) Los que garantizan el Buen Vivir de acuerdo a lo establecido en la Constitución; en los articula-dos del 12 al 34.b) Asistencia humanitaria, jurídica y de emer-gencia a las y los ecuatorianos residentes en el exterior;c) La no discriminación por: condición migrato-ria, origen o pasado judicial, razones de etnias, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, condición socio económica, orientación sexual, estado de salud, discapacidad, diferencia física, ni por cualquier otra distinción personal o colectiva, temporal o permanente;d) La protección de las familias transnacionales y los derechos de sus miembros;

Art. 4.- Acciones del Estado.- El Estado, a tra-vés de las entidades correspondientes, desarro-llará entre otras las siguientes acciones para el ejercicio de los derechos de las personas ecua-torianas residentes en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer li-bremente sus derechos.

3. Precautelará sus derechos cuando, por cual-quier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.

4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, faci-litará la reunificación familiar y estimulará el re-torno voluntario.5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el exterior.6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.

TÍTULO IICOORDINACIÓN Y COOPERACIÓN

ENTRE EL ESTADO ECUATORIANO Y SUS CONNACIONALES EN EL EXTE-

RIOR Y SUS FAMILIAS.

Art. 5.- Participación democrática.- Las y los ecuatorianos residentes en el exterior, podrán organizarse y participar en elecciones libres y democráticas, para elegir y ser elegidos, confor-me a la Constitución de la República, el Código de la Democracia y las demás normas legales vigentes en el Ecuador para estos efectos.

Art. 6.- Economía y Producción.- El Estado fo-mentará e incentivará las actividades financieras y productivas de las y los ecuatorianos residen-tes en el exterior y sus familias en el Ecuador, mediante la creación de programas y proyectos, en los que tendrán una activa participación los ministerios y más entidades y organismos del gobierno relacionados, con la finalidad de fo-mentar la creación y desarrollo de micro, media-na, pequeña empresa, asociaciones, cooperati-vas, etc.

Al referido propósito los organismos estatales encargadas de la planificación y desarrollo social y económico diseñarán las pertinentes políticas, estrategias, objetivos y metas a ser alcanzados en el corto, mediano y largo plazos.

Art. 7.- Cultura.- El Estado Ecuatoriano a través de las agregadurías culturales dependientes de las sedes diplomáticas en el exterior promove-rá el intercambio, artístico, intercultural, étnico y plurinacional, tendientes a conservar y desa-rrollar la identidad de sus connacionales en el exterior.

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Art. 8.- Deportes.- El Ministerio del Deporte, coordinará con las sedes diplomáticas en el exterior, a través de las organizaciones so-ciales, deportivas y otra índole, el fomento de las actividades deportivas principalmente las de origen nacional y en concordancia con la Ley del Deporte vigente y la normativa in-terna de los respectivos países.

Art. 9.- Social.- El organismo ejecutor de la política pública migratoria, impulsará la crea-ción y el funcionamiento de “Casas de Ecua-torianos en el Exterior” que tendrán como objetivo primordial la búsqueda del reen-cuentro de la comunidad ecuatoriana, pro-moviendo la unidad de los y las ecuatorianas en el exterior. Promoverá además el rescate de nuestras costumbres culturales, étnicas y brindarán apoyo jurídico, psicológico y de asistencia social; y, en general los aspectos que demande la comunidad ecuatoriana en los países de acogida. Las Casas Ecuatoria-nas en el Exterior serán apolíticas.

Art. 10.- Educación.- Los organismos estatales ejecutores de las políticas públicas en el área de educación coordinaran con los demás orga-nismos del área migratoria, planes, proyectos y acuerdos que estimulen la formación educativa en todos los niveles de la formación integral de las y los ecuatorianos en los países de acogi-da. Fomentarán convenios con universidades nacionales y extranjeras para que se implemen-te la modalidad de estudios a distancia, para favorecer a las y los ecuatorianas en los niveles educativos medio y superior, mediante la crea-ción de sub-sedes de los centros universitarios nacionales en los países de acogida.

Igual tratamiento debe darse a la educación es-pecializada para las personas con capacidades especiales, tanto de las y los ecuatorianos resi-dentes en el exterior

como de sus familias establecidas en el Ecua-dor, acorde a los distintos sistemas de educa-ción. Con estos objetivos se buscará la suscripción de convenios internacionales, para la revalidación y canje de títulos académicos y artesanales, ob-tenidos por sus connacionales, en concordancia con la Ley Orgánica de Educación Intercultural y la Ley Orgánica de Educación Superior.

Art. 11.- Salud.- La entidad ejecutora de la políti-ca pública migratoria, promoverá a través de las sedes diplomáticas en el exterior la suscripción de convenios internacionales con entidades pú-blicas o privadas en el exterior para que provean servicios de salud complementarios a los servi-cios de salud publica de los países de residencia, en beneficio de nuestros compatriotas en otros países, sin que esto constituya responsabilidad económica del Estado Ecuatoriano.

Art. 12.- Vivienda.- Los ecuatorianos que retor-nen voluntariamente al país, podrán acogerse a los sistemas y planes de vivienda creados por la entidad ejecutora de la política pública en esta materia, la que destinara el 10 % de los planes habitacionales para las y los ecuatorianos re-tornados que deben cumplir con los requisitos previstos en las leyes del Ecuador para estos efectos.

Art. 13.- Asistencia Jurídica.- El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, mantendrá o creará la agregaduría jurídica en las sedes diplomáticas en el exterior, las mismas que contarán con profesionales del Derecho, para que presten asesoría legal o asuman la defensa de las y los ecuatorianos en los países de residencia para garantizar lo estipulado en la Constitución y leyes ecuatorianas. Igualmente impulsará la suscripción de acuerdos o conve-nios con universidades, facultades de Derecho, organizaciones sociales de asistencia a migran-tes en los países de destino de las y los ecuato-rianos, con el fin de que presten asesoría legal o asuman la defensa legal de los connacionales.

Art. 14.- Participación Ciudadana.- El Conse-jo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), promoverá la participación ciudadana y el control social entre las y los ecuatorianos residentes en el exterior e incentivará el ejer-cicio de sus derechos en concordancia con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y Control Social, el respectivo ente ejecutor enviará, con sus propios recursos, a los países donde residan un número supe rior a 10.000 (diez mil) compatriotas de ecuatoria-nos, un delegado con la facultad de nombrar un observador entre una terna presentada por las asociaciones de ecuatorianos residentes en ese país, para que vigile los procesos de participa-ción ciudadana y control social aplicados,

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con el propósito de velar y garantizar la vigencia de los ejes ejecutores de la participación ciuda-dana. Art. 15.- Política Laboral.- De acuerdo a lo esti-pulado en la Constitución y las leyes del Ecua-dor, el organismo ejecutor de la política migrato-ria garantizará a través de acuerdos o convenios interministeriales la inserción laboral a las y los ecuatorianos que retornen al país voluntaria-mente.

El Estado Ecuatoriano destinará por lo menos el 5% de la nómina del Sector Público para que se integren las y los ecuatorianos retornados, cum-pliendo con los requisitos estipulados en la ley.

El órgano ejecutor de la política pública migrato-ria dispondrá de una unidad administrativa que vigile el cumplimiento de lo establecido en el in-ciso anterior.

Art. 16.- Seguridad Social.- El Instituto Ecuato-riano de Seguridad Social en coordinación con el entes ejecutores de la política migratoria y a través de las sedes diplomáticas en el exterior fomentará la inclusión de las y los ecuatorianos residentes en el exterior al seguro social ecuato-riano de manera voluntaria y les garantizará los mismos beneficios que el resto de afiliados a la seguridad social. Impulsará con los países de destino migratorio la suscripción de convenios bilaterales o multi-laterales en esta materia, con el objeto de hacer que se respeten los derechos de las y los ecua-torianos residentes en el exterior.Art. 17.- Comunicación e Información.- El Esta-do ecuatoriano difundirá a través de los medios de comunicación nacionales o internacionales, en un espacio específico la situación en que se desenvuelven las y los ecuatorianos residentes en el exterior y sus familias en el Ecuador; con una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, en sus propias lenguas y con sus propios símbolos.Para el cumplimiento de lo previsto en el inciso anterior, el Estado buscará consolidar y mejorar los espacios y mecanismos de participación y comunicación de las personas emigradas, con sus familias de origen, su comunidad, sus or-ganizaciones, asociaciones, federaciones en el país; para ello se conformarán sistemas integra-

dos de comunicación social, como lo establece la política migratoria para el “buen vivir”.

Art. 18.- Reagrupación Familiar.- El Estado ecuatoriano reconocerá a la familia en sus diver-sos tipos, la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y fomentará las condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines, se crearán políticas públicas que permitan la reagrupación familiar en el país de destino, como en el país de origen. Impulsará empren-dimientos económicos multinacionales para el fortalecimiento de las relaciones de los grupos familiares.

Art. 19.- De las Licencias de Conducir.- La Agen-cia Nacional de Tránsito, ente rector en esta materia, reconocerá las licencias de conducir en todos sus tipos obtenidas por las y los ecuatoria-nos en el exterior..

El Estado ecuatoriano buscará celebrar conve-nios internacionales, con los países de destino migratorio, para validar las licencias de conducir obtenidas en el Ecuador.

Art. 20.- Del menaje de los migrantes.- Las y los ecuatorianos residentes en el exterior que retor-nen al país, sin discriminación de su condición migratoria, tienen legítimo derecho hacerlo con todo su menaje de hogar, sus herramientas o equipos de trabajo y estarán exentos de todos los tributos que este ingreso podría generar.

Igualmente se reconocerá el derecho a traer como parte de su menaje de hogar un vehículo de uso familiar nuevo o no mayor a dos años de fabricación. Se tomara en consideración la situación de las y los ecuatorianos residentes en Latinoamérica y el Caribe para que puedan traer el vehículo de un tercer país.

Como único requisito para acogerse a los be-neficios estipulados en este artículo es que la permanencia en el exterior no será menor a tres años.(3 años).Art. 20.- Todas las instituciones y organismos que tengan relación con la ejecución de la polí-tica migratoria, facilitarán el retorno de las y los ecuatorianos residentes en el exterior, promo-viendo su inserción laboral, productiva y fami-liar, incentivando e incrementando los empren-dimientos propuestos por las y los retornados y

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aspirantes al retorno en base de los conocimien-tos adquiridos en el exterior en concordancia con lo establecido en esta Ley.

Art. 21.- Entidades de apoyo.- Se considerarán como entidades de apoyo los Gobiernos Autó-nomos Descentralizados, fundaciones y corpo-raciones civiles que tengan como objeto social principal: la promoción, asesoramiento, capaci-tación, asistencia técnica y financiamiento para los emprendimientos tanto para los aspirantes al retorno, los retornados, como para sus familias.

Art. 22.- El capital de riesgo del Estado Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sistema Financiero Popular y Solidario, podrá formar uni-dades productivas de economía mixta con las y los ecuatorianos retornados, en proceso de re-torno y con sus familias en territorio nacional.

Art. 23.- Del proceso para el retorno.- Las y los ecuatorianos en el exterior podrán expresar su voluntad de retornar al Ecuador a través de los organismos ejecutores de la política pública en materia de migración o en las sedes diplomáti-cas en el exterior, para acogerse a los beneficios de los planes, programas y proyectos estableci-dos para este fin cumpliendo los requisitos esti-pulados en la ley.

Art. 24.- De las familias de las y los retornados o aspirantes al retorno.- Las instituciones encar-gadas de la política pública en materia migrato-ria, fomentarán la inclusión de los familiares resi-dentes en el Ecuador, en los planes, programas y proyectos mencionados en el artículo prece-dente.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- De la Asamblea Nacional en el exterior.- A fin de que las y los ecuatorianos resi-dentes en el exterior conozcan mejor el trabajo que lleva adelante la Asamblea Nacional en su beneficio instalará sub-sedes de enlace técni-co y operativo, en los países donde exista ma-yor concentración migratoria de connacionales y buscara difundir su labor a través de las sedes diplomáticas.

SEGUNDA.- De la cedulación y empadrona-

miento.- El Consejo Nacional Electoral y la Di-rección Nacional de Registro Civil, Identificación y Cedulación, ejecutarán permanentemente campañas de cedulación y empadronamiento electoral, a las y los ecuatorianos residentes en el exterior en coordinación con las sedes diplo-máticas en el exterior..

TERCERA.- De la repatriación de cadáveres de las y los ecuatorianos fallecidos en el exte-rior.- El Estado ecuatoriano garantizará a través de los órganos ejecutores de la política pública migratoria o de las sedes diplomáticas en el ex-terior la repatriación de los cadáveres o restos de las y los ecuatorianos fallecidos en el exterior y de sus hijos hayan o no sido inscritos como ecuatorianos, en los casos que se demuestre documentadamente que no disponen de los re-cursos económicos suficientes para la repatria-ción del cadáver.Para el caso de muerte violenta, en la que la legislación de país extranjero establezca suma-rio secreto, previo a la liberación del cadáver, el Estado ecuatoriano facilitará conjuntamente con las demás instituciones encargadas de las políticas públicas en esta materia, la asistencia jurídica para que ninguna ecuatoriana o ecuato-riano, se quede en estado de indefensión, dando asistencia humanitaria a los familiares del fallecido y de ser necesario facilitando su viaje al país de residen-cia.

De igual manera se garantizará que las y los ecuatorianos residentes en el exterior que hayan sido declarados como desahuciados, su retorno inmediato al país y de un miembro de su núcleo familiar directo.

Disposición Derogatoria

Deróguese todas las normas legales, reglamen-tarias o administrativas que se opongan a este cuerpo legal.

Disposición Final

De conformidad con el Art. 60, inciso primero de la Ley Orgánica de la Función Legislativa: en-víese el respectivo informe a conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional.

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Ecuatorianos enVenezuela

Ecuatorianos en el Mundo

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Ecuatorianos en el Mundo

Caracas - El Movimiento de Ecuatorianos en Venezue-la surge en marzo del 2011

como una respuesta a la necesi-dad de la comunidad ecuatoriana residente en Venezuela ante la fal-ta o ausencia de una organización que reúna o recoga a todos los ecuatorianos en el país y busque a través de ella servir de apoyo, contacto y ente organizador de los mismos.

Tiene como misión escuchar, servir y representar a los ecuato-rianos residentes en Venezuela ante los entes u órganos corres-pondientes (sean venezolanos o ecuatorianos) que hacen vida en el país en las diferentes situaciones o problemas que viven día a día los ecuatorianos en las ciudades donde residen. Como movimien-to buscamos ser la voz de todos aquellos ecuatorianos y así poder canalizar todas las denuncias, si-tuaciones, solicitudes, eventos o necesidades que surjan a lo largo de nuestra labor en el país.

Este movimiento no pertenece a la Embajada del Ecuador, al Con-sulado Ecuatoriano o a la Secre-taría Nacional del Migrante (SE-NAMI) que hacen vida dentro de Venezuela, es un movimiento de carácter civil, cultural, político, de-portivo y social que actúa sin fines de lucro personal de alguno de los miembros que lo conforman.

Hoy en día el movimiento cuen-ta con una plataforma 2.0 en las diferentes redes sociales como Facebook (Ecuatorianos en Vzla) y en Twitter (@Ecu_en_Vzla) que cuenta con mas de 2000 miem-bros o seguidores, llegando así a

Ecuatorianos en Venezuela

las comunidades de ecuatorianos en las diferentes partes del país como lo son principalmente: Cara-cas, Maracay, Los Teques, Mara-caibo, Valencia, Táchira, Mérida, Sucre y Guyana. Tiene previsto en los próximos seis (6) meses establecerse formalmente en las ciudades mas importantes donde viven los ecuatorianos que hoy al-canzan más de 350 mil en todo el territorio venezolano.

Como movimiento hemos rea-lizado importantes actividades como lo son la recolección de fir-mas solicitando a la Cancilleria de Ecuador y Venezuela la prorroga en el proceso de regularización de ecuatorianos en Venezuela, a través de la cual se alcanzaron un total de 363 firmas de apoyo junto con la asesoria del Asambleísta Fernando Flores V. por Latinoa-mérica, el Caribe y África.

Otros de los importantes logros es el establecimiento de la base de datos de ecuatorianos por ciudad, la cual hoy en día supera los 3500 ecuatorianos, a través de la cual se prevee mantener informados a los ecuatorianos a través de bo-letines de los diferentes eventos, actividades o noticias de impor-tancia como lo son: Jornada de Cedulación de Ecuatorianos en Venezuela (Actualmente se esta recogiendo firmas para solicitar) y la Jornada de Empadronamiento de los ecuatorianos, la cual consta de 6.868 ecuatorianos aptos para votar en las próximas elecciones presidenciales y Asamblea Nacio-nal en el año 2013.Igualmente se cuenta con una base de datos de trabajos o servicios prestados por los ecuatorianos, la cual se mantie

ne actualizada cada 15 días con el fin de informar de las oportu-nidades o servicios que están a disposición para cada uno de nuestros hermanos ecuatorianos, es grato saber para nosotros que estamos creciendo cada día mas y que poco a poco hemos sido re-conocidos por los diferentes mo-vimientos u organizaciones que hacen vida en el país, así como por la Embajada o el Consulado del Ecuador en Venezuela con los cuales hemos iniciado conversa-ciones para trabajar en conjunto.

Invitamos igualmente a todos los ecuatorianos en Venezuela a unir-se a nosotros, apoyarnos y con ellos construir juntos una verdade-ra organización de ecuatorianos que nos represente y con la que todos podamos contar como her-manos, y aquellas comunidades que en otros países no cuentan con este tipo de representación a organizarse y con ello lograr con-formar esa hermandad que tanto nos hace falta a aquellos que un día dejamos nuestra patria.

¡Juntos podemos construir el Ecuador que queremos y la patria del mañana!.

Siempre agradecidos por la oportunidad y a la orden para todo lo que requieran.

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