Economia y Sociedad, Ultimo Informe Tirso

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ECONOMIA Y SOCIEDAD: ESBOZO DE SOCIOLOGIA COMPRENSIVA I. CONCEPTOS SOCIOLOGICOS FUNDAMENTALES 1. Concepto de la sociología y del significado en la acción social. La acción social dotada de sentido por los sujetos, está en relación y orientada a la conducta de los otros; y la sociología es la ciencia que intenta entender, interpretar y explicar esta acción social, su desarrollo y efectos. I. Fundamentos metodológicos Al hablar de sentido, referimos al sentido mentado y subjetivo del los sujetos de la acción existente de un hecho (históricamente) o construido en un tipo ideal. La sociología como ciencia busca la evidencia de la comprensión, de carácter racional (lógica) o endopática (afectiva). Hay evidencia racional al comprender intelectualmente el sentido claramente; y endopática cuando se revive la conexión de sentimientos. El grado máximo de evidencia la tiene toda interpretación de una acción con arreglo a fines orientada racionalmente. Y menor evidencia tiene en cambio entender valores o fines que orientan la acción; no los podemos comprender, solo captarlos intelectualmente, y contentarnos con esa interpretación. El método racional de los tipos ideales investiga y expone todas las conexiones de sentido, irracionales o afectivamente condicionales, como “desviaciones” de la acción puramente racional con arreglo a fines. Así, como tipo ideal, permite entender la acción real, influida por estas “desviaciones”, pero sólo por conveniencia metodológica, como recurso; pues el método de la sociología comprensiva no es racionalista. Todo aquello ajeno al sentido, se toma como resultado, estimulo u obstáculo de la acción, ya que el sentido que hace comprensible la acción, refiere a la acción humana como “medio” o “fin”. Como comprensión se entiende: comprensión actual del sentido mentado en una acción (racional) expresado en gestos faciales; o comprensión explicativa, por el que comprendemos motivos, porqués, explicamos la acción por su sentido “subjetivamente mentado”. Así comprensión sería la captación interpretativa del sentido mentado, o construido científicamente por el método tipológico. La interpretación por evidente que sea no puede considerarse la causal válida, pues es sólo una hipótesis causal. El motivo es una conexión de sentido que aparece como “fundamento” con sentido de la conducta. Una interpretación

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ECONOMIA Y SOCIEDAD: ESBOZO DE SOCIOLOGIA COMPRENSIVA

I. CONCEPTOS SOCIOLOGICOS FUNDAMENTALES

1. Concepto de la sociología y del significado en la acción social. La acción social dotada de sentido por los sujetos, está en relación y orientada a la conducta de los otros; y la sociología es la ciencia que intenta entender, interpretar y explicar esta acción social, su desarrollo y efectos.I. Fundamentos metodológicos Al hablar de sentido, referimos al sentido mentado y subjetivo del los sujetos de la acción existente de un hecho (históricamente) o construido en un tipo ideal. La sociología como ciencia busca la evidencia de la comprensión, de carácter racional (lógica) o endopática (afectiva). Hay evidencia racional al comprender intelectualmente el sentido claramente; y endopática cuando se revive la conexión de sentimientos. El grado máximo de evidencia la tiene toda interpretación de una acción con arreglo a fines orientada racionalmente. Y menor evidencia tiene en cambio entender valores o fines que orientan la acción; no los podemos comprender, solo captarlos intelectualmente, y contentarnos con esa interpretación.El método racional de los tipos ideales investiga y expone todas las conexiones de sentido, irracionales o afectivamente condicionales, como “desviaciones” de la acción puramente racional con arreglo a fines. Así, como tipo ideal, permite entender la acción real, influida por estas “desviaciones”, pero sólo por conveniencia metodológica, como recurso; pues el método de la sociología comprensiva no es racionalista.Todo aquello ajeno al sentido, se toma como resultado, estimulo u obstáculo de la acción, ya que el sentido que hace comprensible la acción, refiere a la acción humana como “medio” o “fin”.Como comprensión se entiende: comprensión actual del sentido mentado en una acción (racional) expresado en gestos faciales; o comprensión explicativa, por el que comprendemos motivos, porqués, explicamos la acción por su sentido “subjetivamente mentado”.Así comprensión sería la captación interpretativa del sentido mentado, o construido científicamente por el método tipológico. La interpretación por evidente que sea no puede considerarse la causal válida, pues es sólo una hipótesis causal.El motivo es una conexión de sentido que aparece como “fundamento” con sentido de la conducta. Una interpretación causal correcta expone certeramente el desarrollo externo y el motivo, además de la comprensión de la conexión.Otros procesos y regularidades incomprensibles que por ello no han sido calificados como leyes sociológicas, también son importantes, pertenecen a las condiciones, estímulos y obstáculos de la acción.Con respecto a la acción, esta es la conducta de una o varias personas individuales. Captar el sentido de ella es objeto de la sociología. Pero es importante que tome la sociología, las estructuras conceptuales colectivas, instrumentos para enfrentar de otras maneras la realidad. El método de la sociología “organicista” por ejemplo explica partiendo de un todo el actuar de la sociedad, la toma como un órgano.Las leyes, para la sociología comprensiva, son probabilidades típicas de que ocurridas ciertas situaciones, se den de forma esperada acciones comprensibles por sus motivos típicos y el sentido típico mentado; esto más claro si la acción es racional con arreglo a fines.La sociología construye conceptos tipos para encontrar reglas generales. Pero es de consideración que estos sólo son “promedios” y “tipos - promedio” con cierta univocidad. Y si bien la acción del agente se da sin plena conciencia, por instinto o costumbre; ello no impide la posibilidad de construir esos conceptos que permitirán clasificar los “sentidos mentados”.II. Conceptos de la acción socialLa acción social está orientada por la acción social de los otros, pero no toda acción es social, ni todo contacto entre hombres es social. La acción social no es como una acción homogénea de muchos, ni la acción de alguien influido por la conducta de otros (condicionada por la masa), ni la imitación de otras conductas por imitación reactiva. La acción pues no se orienta por la acción

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de otros, sino por el sentido hallado en esa acción. Se imita una moda porque vale como “distinguido”

2. La acción social puede ser: racional con arreglo a fines (por perspectivas de comportamiento utilizados como medios para alcanzar fines racionalmente calculados y perseguidos); racional con arreglo a valores (por la creencia en el valor ético, religioso, etc., sin relación con el resultado); afectiva (por sentimientos); y tradicional (por costumbre).La acción tradicional está en el límite y más de la acción con sentido, es una reacción a estímulos habituales. La acción racional con arreglo a valores se distingue, por la elaboración consciente de los propósitos últimos de la acción, de la acción afectiva; pero tiene en común con ella, que el sentido de la acción no está en el resultado sino en la acción misma. Se obra además en ella, según convenciones de lo que es el deber, la belleza, es decir según mandatos.La acción racional con arreglo a fines se orienta en cambio por el fin, medios y consecuencias; calculados racionalmente.

3. Una relación social es una conducta plural, recíprocamente referida, y consiste exclusivamente en la probabilidad de que se actuará socialmente en forma indicadle.Debe haber una reciproca bilateralidad en la acción, aunque objetivamente es unilateral, pues no todos lo participes de la acción ponen el mismo sentido a la acción, pero actúan según perspectivas futuras de comportamiento, lo que los une.La relación social puede ser transitoria o permanente con probabilidad de repetición continuada. Esto último garantiza la existencia de relaciones sociales. Su “contenido de sentido” puede variar: puede crearse una nueva relación o continuarla, pero con nuevo sentido. Ese sentido puede tener forma de máxima por el que se orienta la acción, o puede ser pactado por declaración recíproca.

4. En la acción social hay regularidades de hecho: una acción repetida por los mismos agentes, o extendida a muchos –siendo el sentido mentado homogéneo-.El uso es probabilidad de una regularidad en la conducta, cuando la probabilidad se da sólo por el ejercicio de hecho; y el uso es costumbre, cuando el ejercicio de hecho está basado en un arraigo duradero. El uso incluye la moda (cuando la novedad de la conducta orienta la acción), que es próxima a la convención porque nace de intereses de prestigio.La costumbre es una norma no garantizada exteriormente, “sin reflexiones”, no es obligatoria. Muchas regularidades de la acción social, se basan en que la acción corresponde a intereses subjetivamente apreciados que orientan la acción, lo que podría ser el caso de la costumbre. Su estabilidad se apoya en lo inadecuada que es vista una conducta no orientada según ella (la costumbre). Y la estabilidad de una situación de intereses se basa en las consecuencias no previstas que pueden perjudicar los propios intereses.

5. La acción social y la relación social pueden orientarse en la representación de la existencia de un orden legítimo: tener validez.La validez de un orden es más que una regularidad por la costumbre; la acción se realiza por la validez de un orden, como mandato cuya violación además de traer perjuicios, se rechaza por sentimiento del deber. Al “contenido de sentido” de una relación social le decimos: a) “orden”, si la acción se orienta por “máximas”, y b) “validez”, cuando las máximas son válidas, obligatorias, modelos de conducta.

6. La legitimidad de un orden puede estar garantizada: de manera íntima (afectiva, con arreglo a valores, religiosa); o por la expectativa de algunas consecuencias externas.Un orden se llama: convención, si la validez se garantiza por la probabilidad de que la conducta será relativamente reprobable de manera general; o derecho, si se garantiza por la probabilidad de coacción (física o psíquica) de un cuadro de individuos instituidos que obligan y castigan.

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La convención es una costumbre que dentro de un conjunto de individuos se considera válida. La falta se castiga por las consecuencias del aislamiento de los otros miembros. No cuenta con un cuerpo de personas que aseguren el cumplimiento. Este cuadro de personas, o jurídico, si se encuentra en el derecho. En el derecho el orden valido puede estar garantizado externa e internamente.

7. Se atribuye validez legítima a un orden. Por tradición, creencia afectiva, creencia racional o legalidad. La legalidad vale como legítima: por un pacto de los interesados, o en virtud del “otorgamiento” por parte de una autoridad legítima.La validez de la tradición es la forma más universal y primitiva, en donde la creación de un orden nuevo como revelación santa es tomada como estatuto y sometida por gracia de la legitimidad de los profetas.El tipo más puro de una validez racional con arreglo a valores, es representado en el derecho natural, y la forma mas corriente de legitimidad es la creencia a la legalidad, los preceptos jurídicos.El ajustarse a las ordenaciones “otorgadas” supone la predominancia de ideas de legitimidad y creencia en la autoridad legitima; y está dado por situaciones de intereses, vinculadas a la tradición y legitimidad.

8. Si la acción tiene el propósito de imponer la propia voluntad contra otras, la relación social es de lucha (que puede ser desde sangrienta hasta de combate por caballeros), tomada esta como autentica “competencia”. La lucha y selección de las relaciones sociales, significa que una determinada clase de acción fue desplazada por otras en el tiempo. Esta lucha debe separarse de la lucha de los individuos por supervivencia.

9. La “comunidad” es una relación social sólo si la acción se orienta en el sentimiento subjetivo de construir un todo; una sociedad es una relación social si la acción se orienta por una compensación de intereses por motivos racionales.Los tipos puros de sociedad son: el cambio racional con arreglo a fines, pactado libremente en el mercado; la unión libremente pactada dirigida por fines; y la unión racionalmente motivada por la creencia. La comunidad se apoya por fundamentos afectivos, emotivos y tradicionales. Pero la mayoría de las relaciones sociales participan en parte en la “comunidad” y en parte en la “sociedad”.En la comunidad si bien hay presiones violentas, es por su sentido la contraposición de la lucha; en la sociedad en cambio, si bien hay compromisos entre intereses en lucha, no se elimina la contraposición. Pero no toda participación común es comunidad, pues la acción –recíprocamente referida- debe estar basada en un sentimiento común y además traducida en un sentimiento de formar un todo.

10. Existen relaciones sociales “abiertas” al exterior, en la que la participación no es negada por ordenamientos; y “cerradas” al exterior, donde la participación es limitada. Una relación social puede garantizar probabilidades monopolizadas libremente, en forma racionada (regulada), o mediante apropiación permanente, llamado derecho (de todos, individuos o por pacto).Cerradas en base a la tradición están las comunidades donde la participación esta fundada en relaciones familiares; cerradas por razones afectivas están las relaciones personales fundadas en sentimientos; por una actividad racional con arreglo a valores, están cerradas las comunidades de fe; y cerradas por una actividad racional con arreglo a fines están las “asociaciones económicas”.Los medios y grados de regulación son diversos: pruebas de entrada, títulos, etc. Así, el hermetismo de carácter interno puede permitir competir, o puede limitar probabilidades. Los motivos del cierre son por: mantenimiento de una alta calidad de prestigio, honor y ganancia;

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escasez de probabilidades respecto a la satisfacción de necesidades; o escasez de probabilidades lucrativas.

11. Son consecuencias de una relación social: que la acción de cada uno se impute a todos; o que la acción de uno solo se impute al resto. El poder representativo puede según el orden, ser apropiado en grados y cualidades, o atribuido al que posea ciertas características, u otorgado por actos de los participes.La imputación puede significar: a) la solidaridad activa y pasiva, pues de la acción de cada uno son responsables todos, así como también del gozo de las probabilidades de esa acción: b) o que para los participes de una relación social cerrada, valga legalmente como propio toda disposición sobre todas las probabilidades.Toda solidaridad existe en comunidades familiares (por tradición), en relaciones cerradas que mantienen por fuerza los monopolios, en asociaciones lucrativas (como empresas), u otras como en sociedades de trabajadores.

12. La asociación es una relación social con regulación limitadora hacia fuera, su mantenimiento lo garantiza un dirigente o cuadro administrativo cuya dirección, o es apropiada o atribuida por el orden vigente. Su acción consiste en: la conducta del cuadro administrativo que se dirige a la realización del orden, y la conducta de los participes. Basta la presencia del dirigente –o cuadro administrativo-, de cuya existencia depende la asociación. El orden de la asociación orienta la acción de los participes, y su sentido es garantía de la realización de ese orden. Una asociación puede ser: a) autónoma o heterónoma; b) autocéfala o heterocéfala. Autónoma -contrario a heterónoma-, cuando el orden no este impuesto de afuera; autocefala -contraria a heterocefala- , cuando el dirigente es nombrado según el orden de la asociación, no por alguien externo.

13. Los órdenes en una sociedad nacen: por pacto libre, u otorgamiento (imposición) y sometimiento. Toda ordenación es otorgada si no deriva de un pacto libre, e incluso los pactos libre son otorgados. El tipo fundamental de las ordenaciones otorgadas está representado por las normas penales y preceptos jurídicos, cuya aplicación depende de la presencia de la asociación.

14. El orden administrativo es el que regula la acción de la asociación. Si se orienta por ordenes de primera clase es un asociación de carácter administrativo, y si se orienta por ordenes de ultima clase es una asociación de carácter regulador. La mayoría de las asociación son ambos a la vez.

15. La empresa es un acción que persigue fines determinados, y la asociación de empresa es una sociedad con un cuadro administrativo que persiguen ciertos fines. La unión es una asociación de empresa cuyos órdenes son validos para sus miembros. E instituto es una asociación cuyos órdenes son otorgadas y ejercidas por la acción dada en su ámbito de poder.

16. El poder es la probabilidad de imponer la propia voluntad dentro de una relación social contra toda resistencia. Dominación es la probabilidad de obediencia a un mandato; y se entiende por disciplina, la probabilidad de encontrar obediencia pronta, automática, para un mandato por parte de un conjunto de personas. La situación de dominación no está unida totalmente a la existencia de un cuadro administrativo ni de la asociación.

17. Una asociación de dominación se llamará política si su existencia y la validez de sus ordenaciones –en un territorio- son garantizados por amenaza y aplicación de fuerza física por parte del cuadro administrativo. El estado sería el instituto político de actividad continuada, cuyo cuadro administrativo mantiene con éxito el monopolio legítimo de la coacción física para mantener el orden vigente. Si bien en las asociaciones políticas la coacción física no es el único

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medio administrativo, sin embargo es su medio específico: este medio define el carácter de asociación política. Caracteriza al estado hoy, formalmente el ser un orden jurídico y administrativo por el que se orienta la actividad del cuadro administrativo, que pretende validez frente a los miembros de la asociación y también de toda acción ejecutada en el territorio de su dominación. Sólo existe coacción “legítima” cuando el orden estatal la prescriba. En la asociación hierocratica, es característica que la administración constituya el fundamento de su dominación espiritual. Como instituto eclesiástico, le corresponde también su dominación territorial, que no es esencial para la iglesia como para la asociación política. Su carácter de instituto la distingue de las sectas.

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