DG-GPASI-SI-3600

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PEMEX-REFINACIÓN GERENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL DOCUMENTO NORMATIVO NORMA DE SEGURIDAD Y CONTRAINCENDIO PARA TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS INFLAMABLES Y COMBUSTIBLES DE PEMEX REFINACION No. de documento: DG-GPASI-SI-3600 Rev. 7 HOJA DE AUTORIZACIÓN PROPONEN: A U T O R I Z A : MÉXICO, D.F. A 04 DE MARZO DE 1998

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  • PEMEX-REFINACINGERENCIA DE PROTECCINAMBIENTAL Y SEGURIDAD

    INDUSTRIAL

    DOCUMENTO NORMATIVO

    NORMA DE SEGURIDAD YCONTRAINCENDIO PARA

    TANQUES DE ALMACENAMIENTODE PRODUCTOS INFLAMABLES Y

    COMBUSTIBLES DE PEMEXREFINACION

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    Rev. 7

    H O J A D E A U T O R I Z A C I N

    P R O P O N E N :

    A U T O R I Z A :

    MXICO, D.F. A 04 DE MARZO DE 1998

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    DOCUMENTO NORMATIVO

    FECHA: OCTUBRE /1997

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    n d i c e

    T e m a P g i n a

    1. Objetivo..............................................................................................2

    2. Alcance..............................................................................................2

    3. Ambito de Aplicacin..........................................................................4

    4. Definiciones.......................................................................................4

    5. Almacenamiento Atmosfrico...........................................................14

    6. Almacenamiento a Presin..............................................................72

    7. Recomendaciones Generales........................................................107

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    1. Objetivo.

    Definir los criterios generales de seguridad aplicables a las reas de

    almacenamiento y a los tanques que contienen productos inflamables y

    combustibles, as como las caractersticas, especificaciones y requisitos mnimos

    de seguridad que deben cumplir en su diseo y construccin, las protecciones

    contraincendio de los tanques de almacenamiento atmosfricos y a presin en los

    centros de trabajo de Pemex Refinacin.

    2. Alcance

    2.1. En el presente documento, se establecen los criterios de seguridad que

    deben prevalecer en el diseo y construccin de las reas de tanques de

    almacenamiento, as como en los sistemas de proteccin contraincendio de

    tanques atmosfricos del tipo cilndrico vertical y de recipientes sujetos a

    presin (esferas y salchichas), destinados al almacenamiento de lquidos o

    gases inflamables y de productos combustibles.

    2.2. En esta norma se incluyen lineamientos relativos a las instalaciones y

    dispositivos requeridos para la proteccin de las reas de tanques y para la

    extincin de incendios, as como los drenajes, diques de contencin,

    instrumentacin, arreglos de tuberas y accesorios, distanciamientos

    mnimos, accesos, vas de escape y las medidas adicionales de seguridad

    (M.A.S.) que deben adoptarse para cada caso.

    2.3. No se incluyen en esta norma, los tanques de almacenamiento del tipo

    esferoides, criognicos ni atmosfricos horizontales.

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    2.4. Para tanques de almacenamiento que forman parte de las instalaciones de

    proceso, estos lineamientos son aplicables nicamente en el aspecto de

    proteccin contraincendio.

    2.5. Esta norma cancela o substituye parcial o totalmente los documentos

    normativos que a continuacin se enlistan, en los prrafos que

    corresponden a la proteccin de reas y de tanques de almacenamiento :

    Norma NO.01.2.01 (AI-1)

    -Substitucin Parcial-

    (Substituye a los puntos : a.2, a.3,b.1, b.2, b.3, b.4, c.1, c.2, d.1, d.2 yd.3 del Captulo 2 y a todo elCaptulo 8).

    Proteccin contraincendio delas instalaciones de proceso.

    Norma NO.01.3.02 (AII-1)

    -Substitucin Parcial-

    (Substituye totalmente a losCaptulos 2 y 8).

    Proteccin contraincendio delas terminales para distribucinde productos y unidades demezcla y envasado.

    Norma NO.01.3.03 (AII-2)

    -Substitucin Parcial-

    (Substituye el punto 1.1.1 y a todoel Captulo 6).

    Proteccin contraincendio delas agencias regionales y delas bodegas forneas concapacidad de almacenamientohasta de 50 mil barriles.

    Norma NO.01.3.06 (AII-5)

    -Substitucin Parcial-

    (Substituye a todo el Captulo 2 y alos puntos 6.2.2, 6.2.4, 6.2.8.3 y6.2.8.7).

    Datos de contraincendio yseguridad que deben incluirseen los planos de proyectospara construccin determinales de recibo ydistribucin.

    Especificacin GPEI-SI-3600

    Revisin 6

    -Substitucin Total-

    Especificaciones para lasprotecciones contraincendioen tanques de almacenamientode productos inflamables ycombustibles de laSubdireccin de TransformacinIndustrial.

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    2.6. Los conceptos no previstos en esta norma, sern motivo de anlisis y

    aprobacin por parte del personal de la Subdireccin Operativa

    correspondiente, de la entidad responsable del diseo y construccin de las

    instalaciones y de la Gerencia de Proteccin Ambiental y Seguridad

    Industrial de Pemex Refinacin.

    3. Ambito de Aplicacin.

    Los lineamientos contenidos en el presente documento, son de aplicacin general

    y obligatoria para todos los centros de trabajo de Pemex Refinacin que se

    encuentren en las fases de proyecto y construccin de nuevas instalaciones, as

    como para la ampliacin, modificacin o reconstruccin de las ya existentes.

    4. Definiciones.

    Para los propsitos de esta norma, se consideran las siguientes definiciones :

    4.1. Accesos.- Escaleras o rampas instaladas estratgicamente en los muros de

    los diques de contencin de los tanques de almacenamiento, para que el

    personal se introduzca o abandone los patios internos de los propios

    diques.

    4.2. Aspersor.- Dispositivo utilizado para atomizar, dosificar y aplicar agua

    contraincendio, con objeto de proporcionar enfriamiento a diversas

    instalaciones, as como para prevenir y/o extinguir incendios.

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    4.3. Boil-Over.- Fenmeno que se presenta durante el incendio de tanques de

    almacenamiento que contienen petrleo crudo o hidrocarburos pesados, el

    cual ocurre cuando residuos de la superficie encendida se vuelven ms

    densos que el producto no incendiado, formando una capa caliente que

    avanza hacia abajo ms rpidamente que el lquido que regresa a la

    superficie. Cuando esta capa caliente alcanza el agua o la emulsin agua-

    aceite depositada en el fondo del tanque, se provoca un calentamiento y

    eventualmente la ebullicin sbita del agua, con lo cual, el producto fluye

    explosivamente hacia arriba originando la expulsin de aceite incendiado,

    asociado con un incremento repentino de la intensidad del fuego.

    4.4. Bleve (Boiling Liquid Expanding Vapor Explosion).- Es la explosin

    producida por la expansin sbita de los vapores de un lquido contenido en

    el interior de un recipiente cerrado, sujeto a una temperatura superior a la

    de su punto de ebullicin a la presin atmosfrica.

    4.5. Dique.- Muro de contencin hermtico de concreto o mampostera slida,

    construido alrededor de uno o ms tanques de almacenamiento para evitar

    la extensin de derrames de productos hacia otras reas.

    4.6. Drenaje.- Es un sistema formado por un conjunto de tuberas, vlvulas y

    accesorios, que sirven para colectar y desalojar las aguas de desecho de

    las reas industriales, as como de sus obras complementarias, tales como

    crcamos recolectores y registros.

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    4.7. Espuma Mecnica Contraincendio.- Es un producto orgnico o sinttico,

    consistente en una masa estable de pequeas burbujas constituidas por

    agua y concentrado espumante, que se mezclan con aire para inflar la

    burbuja. Esta ltima, al ser ms ligera que los hidrocarburos lquidos, flota

    en la superficie impidiendo el acceso de oxgeno y evitando su mezcla con

    vapores inflamables, as como enfriando y separando la flama de la

    superficie incendiada y, por lo tanto, causando la extincin del fuego.

    4.8. Frente de Ataque.- Calle o rea de cuando menos 7 metros de ancho,

    aledaa a los tanques de almacenamiento, por donde pueden circular y

    maniobrar vehculos contraincendio.

    4.9. Gas Licuado del Petrleo.- Es aquel cuya composicin est formada

    predominantemente por cualquiera de los siguientes hidrocarburos o mezcla

    de ellos: propano, propileno, butano, butileno o isobutano, en estado

    lquido.

    4.10. Instalacin de Proceso.- Conjunto industrial en donde mediante una serie

    de procesos, se transforman materias primas en uno o varios productos.

    4.11. Lquido Combustible.- Cualquier lquido con punto de inflamacin de

    37.8C. o mayor (Clases II y III NFPA).

    4.12. Para los propsitos de esta norma, todos los productos lquidos derivados

    del petrleo quedan comprendidos dentro de los grupos de substancias

    inflamables o combustibles siguientes, de acuerdo a la clasificacin de la

    NFPA (ver figura No. 1) :

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    4.12.1. Lquidos Inflamables:

    Clase IA.- Incluye lquidos con punto de inflamacin inferior a

    22.8C., cuyo punto de ebullicin sea menor a 37.8C.

    Clase IB.- Incluye lquidos con punto de inflamacin inferior a

    22.8C., pero cuyo punto de ebullicin sea mayor o

    igual a 37.8C.

    Clase IC.- Incluye lquidos con punto de inflamacin de 22.8C. y

    ms altos, pero menores de 37.8C.

    4.12.2. Lquidos Combustibles :

    Clase II.- Son lquidos con punto de inflamacin igual o mayor a

    37.8C., pero menor a 60C.

    Clase III A.-Son lquidos con punto de inflamacin igual o mayor a

    60C., pero menor a 93C.

    Clase IIIB.- Son lquidos con punto de inflamacin de 93C. y

    mayores.

    4.13. Lquido Espumante (Concentrado Espumante) AFFF (Aqueous Film

    Forming Foam).- Es un lquido concentrado espumante que mezclado con

    agua dulce o salada en una proporcin del 3% o 6%, produce una espuma

    de baja expansin que al flotar sobre la superficie incendiada de lquidos

    inflamables y/o combustibles ms ligeros que el agua, acta como una

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    Hoja 8 de 112barrera que sofoca el fuego y enfra dicha superficie, desplegando adems

    una pelcula de alta consistencia que aisla la superficie del lquido del

    oxgeno del aire y suprime la generacin de vapores inflamables.

    4.14. Lquido Espumante (Concentrado Espumante) AR AFFF Tipo Alcohol

    (Alcohol Resistent).- Es un lquido concentrado espumante que mezclado

    con agua dulce o salada en una proporcin del 6%, produce una espuma de

    baja expansin que extingue fuegos que se originan sobre la superficie de

    lquidos polares solubles en agua, evitando su reignicin. Este tipo de

    concentrados, mezclados con agua en una proporcin del 3%, extinguen

    con la misma efectividad incendios en tanques de almacenamiento que

    contienen productos inflamables o combustibles no solubles en agua.

    4.15. Lquido Espumante. (Concentrado Espumante) FFFP Fluoroproteico

    (Film-Forming Fluoroprotein Foam Concentrates).- Es un lquido

    concentrado espumante que utiliza surfactantes fluorinados para producir

    una espuma de baja expansin, la cual forma una pelcula acuosa que

    suprime la generacin de vapores cuando se extiende sobre una superficie

    de hidrocarburos. Este tipo de espumas utiliza una base protenica y

    aditivos estabilizadores e inhibidores que evitan su congelamiento, la

    corrosin y la descomposicin bacteriana; su contenido de flor le confiere

    un mayor desplazamiento y el concentrado se utiliza normalmente mezclado

    con agua en proporciones del 3% al 6%, siendo compatible con el polvo

    qumico seco.

    4.16. Lquido Inflamable (Copa Cerrada).- Cualquier lquido con punto de

    inflamacin menor a 37.8C., que posea una presin de vapor no mayor que

    2.8 Kg/cm2 abs. (2.068 mm. de Hg) a 37.8C. (Clase I NFPA).

    4.17. Patio Interno de Dique.- Es la superficie comprendida en la parte interna

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    Hoja 9 de 112de los diques de contencin, en donde pueden asentarse uno o varios

    tanques de almacenamiento.

    4.18. Petrleo Crudo.- Mezcla de hidrocarburos con punto de inflamacin menor

    a 65.6C., que an no ha sido procesada en una refinera.

    4.19. Presin de Vapor.- Es la presin ejercida por un lquido voltil contenido en

    un recipiente cerrado, en el cual, al evaporarse parte del lquido, se

    establece un equilibrio entre las fases lquido-vapor. La presin de vapor se

    mide en lbs/pulg absolutas o en m.m. de Hg. absolutos, referida a una

    cierta temperatura (ASTM D 323-82).

    4.20. Riesgo Mayor.- Es el escenario que demanda la mayor cantidad de

    recursos humanos y materiales en caso de siniestro.

    4.21. Sello Hidrulico.- Es el arribo ahogado de una tubera de drenaje en el

    interior de un registro, el cual se emplea principalmente en registros de

    drenajes aceitosos, para evitar la introduccin de gases a las tuberas o

    para impedir la propagacin de flamas en caso de incendio. El sello

    hidrulico convencional, es el que se forma al ahogar la tubera de llegada a

    un registro, en un tirante mnimo de 15 cm. de agua.

    4.22. Sistemas Fijos de Espuma Contraincendio.- Son sistemas en los cuales,

    la solucin espumante generada en una estacin central, es conducida por

    medio de una red de tuberas hasta el sitio donde existe el riesgo, en el

    cual, mediante cmaras especiales se forma la espuma que se descarga a

    travs de salidas fijas. Estos sistemas requieren de equipos de bombeo

    permanentes para su operacin.

    4.23. Sistemas Semifijos de Espuma Contraincendio.- En este tipo de

    sistemas, las instalaciones a proteger son equipadas con descargas fijas

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    Hoja 10 de 112formadoras de espuma, conectadas a una tubera cuya alimentacin est

    ubicada a una distancia segura que no ofrece riesgos para su operacin.

    Sin embargo, esta instalacin fija de tuberas no incluye los equipos

    generadores de solucin espumante, ya que en este caso, tanto stos,

    como los materiales necesarios para producirla, son trasportados hasta el

    lugar del evento despus de iniciado el incendio, y conectados a la tubera

    de alimentacin.

    4.24. Tanques Atmosfricos de Techo Fijo.- Son tanques de almacenamiento

    del tipo cilndrico-vertical, diseados para operar a presiones internas

    mximas de aproximadamente la presin atmosfrica. Este tipo de tanques

    estn destinados al almacenamiento de lquidos combustibles que se

    almacenan a presin atmosfrica, cuya clasificacin NFPA corresponde a

    productos Clases II, IIIA y IIIB, tales como el combustleo, diesel, aceites

    lubricantes y otros destilados similares.

    4.25. Tanques Atmosfricos de Techo Fijo con Membrana Interna Flotante.-

    Son tanques de almacenamiento del tipo cilndrico-vertical, diseados para

    operar a presiones internas mximas de aproximadamente la presin

    atmosfrica. Estos tanques estn destinados al almacenamiento de

    productos inflamables que tienen presiones de vapor superiores a la presin

    atmosfrica, cuya clasificacin NFPA corresponde a productos Clases IA, IB

    y IC, tales como gasolinas, naftas y otros hidrocarburos lquidos ligeros, as

    como tambin recuperado de trampas, entendindose como tales a lquidos

    que contengan agua y fracciones ligeras en mezcla con fracciones pesadas

    del petrleo.

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    4.26. Tanques Atmosfricos de Techo Flotante.- Son tanques de

    almacenamiento del tipo cilndrico-vertical, diseados para operar a

    presiones internas mximas de aproximadamente la presin atmosfrica. Al

    igual que los tanques de techo fijo con membrana interna flotante, estos

    tanques tambin estn destinados al almacenamiento de productos

    inflamables que tienen presiones de vapor superiores a la presin

    atmosfrica, cuya clasificacin NFPA corresponde a productos Clases IA, IB

    y IC, tales como gasolinas, naftas y otros hidrocarburos lquidos ligeros,

    adems de crudo.

    4.27. Tanques Presurizados.- Son tanques esfricos o cilndricos horizontales

    destinados al almacenamiento de hidrocarburos muy ligeros, que a presin

    atmosfrica se encuentran en estado gaseoso, tales como el propano,

    butano, propileno y amonaco. Estos tanques estn diseados para operar a

    presiones internas superiores a 1.05 kg/cm (15 lbs/pulg ) manomtricas.

    4.28. Temperatura de Ebullicin.- Es la temperatura a la cual, la presin de

    vapor de un lquido iguala a la presin atmosfrica.

    4.29. Temperatura de Inflamacin.- Es la temperatura ms baja a la cual, un

    producto del petrleo se vaporiza rpidamente en cantidad suficiente para

    formar una mezcla aire-vapor sobre su superficie, la cual produce un

    flasheo o explosin suave cuando se incendia por una llama pequea.

    4.30. Trinchera.- Es una excavacin longitudinal con paredes de ladrillo o

    concreto, en la cual se aloja una tubera.

    4.31. Vas de Acceso Vehicular.- Son caminos o calles aledaas a los tanques

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    Hoja 12 de 112de almacenamiento, a travs de las cuales se puede llegar con vehculos

    contraincendio.

    4.32. Vas de Escape.- Se consideran como tales, los medios adicionales que se

    construyen en el interior de los diques de contencin, para facilitar la salida

    del personal en casos de emergencia, tales como los escalones empotrados

    en la parte interior de dichos muros cuando stos exceden una altura de

    1.80 mts., o las rampas que se construyen para fines diversos.

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    FIGURA No. 1

    (Nota.- Los alcoholes y solventes polares son lquidos inflamables, en tanto que el crudo y los recuperados de trampas pueden ser inflamables o combustibles.)

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    5. Almacenamiento Atmosfrico.

    5.1. Localizacin y accesos.

    5.1.1. Para la localizacin de las reas de tanques de almacenamiento,

    deben tomarse en cuenta la direccin de los vientos dominantes y

    reinantes, para evitar que vapores emanados de los propios

    tanques invadan reas de quemadores y lugares donde existan

    flamas abiertas, as como zonas ocupadas por personal, tales

    como oficinas, reas habitacionales. etc.

    De forma similar, la distribucin de tanques de almacenamiento

    debe llevarse a cabo de manera que aquellos que contengan

    productos inflamables, preferentemente queden localizados

    corriente abajo en relacin a la direccin de los vientos

    dominantes, en tanto que los que contengan productos

    combustibles, queden localizados corriente arriba.

    5.1.2. En ningn caso, los "racks" o corredores de tuberas podrn

    bloquear las vas destinadas al ataque de emergencias, vas de

    escape y accesos para mantenimiento.

    5.1.3. Las calles que circundan las reas de tanques de almacenamiento,

    deben tener como mnimo 7 mts. de ancho.

    5.1.4. Los tanques de almacenamiento de 200 mil barriles y mayores,

    deben tener acceso vehicular por calle pavimentada por los cuatro

    costados.

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    Hoja 15 de 112

    5.1.5. Los tanques de almacenamiento de 100 mil barriles y menores de

    200 mil barriles, deben tener accesos vehiculares cuando menos

    por tres de sus costados por calles pavimentadas.

    5.1.6. Los tanques menores de 100 mil barriles y hasta 55 mil barriles de

    capacidad, deben tener cuando menos dos accesos vehiculares

    por calles pavimentadas.

    5.1.7. Los tanques menores de 55 mil barriles de capacidad, deben tener

    como mnimo un acceso vehicular por calle pavimentada, por el

    lado donde se ubiquen las tomas de espuma para la proteccin

    contraincendio.

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    5.2. Distanciamientos mnimos.

    5.2.1. Los distanciamientos mnimos entre tangentes de tanques de

    almacenamiento atmosfricos, y de stos a tanques presurizados y

    refrigerados, son los siguientes:

    CLAVE TIPO DE TANQUE DE ALMACENAMIENTO

    1 TANQUES QUE CONTIENEN PRODUCTOS INFLAMABLES

    2 TANQUES QUE CONTIENEN PRODUCTOS COMBUSTIBLES

    3 TANQUES ESFERICOS PRESURIZADOS

    4 TANQUES HORIZONTALES PRESURIZADOS

    5 TANQUES REFRIGERADOS

    D I S T A N C I A S E N M E T R O S

    CLAVE 1 2 3 4 5

    1 D1+D2

    2

    D1+D2

    2Nota 1 Nota 1

    2 x D

    60 m.

    2 D1+D2

    2

    D1+D2

    4Nota 1 Nota 1

    2 x D

    60 m.

    3 Nota 1 Nota 1 VER INCISO6.4

    VER INCISO6.4

    1 x D

    30 m.

    4 Nota 1 Nota 1 VER INCISO6.4

    VER INCISO6.4

    1 x D

    30 m.

    52 x D

    60 m.

    2 x D

    60 m.

    1 x D

    30 m.

    1 x D

    30 m.

    1 x D

    30 m.

    D= Dimetro del tanque de mayores dimensiones

    Nota 1) La distancia entre tangentes de tanques de almacenamiento presurizados y tanques

    atmosfricos de 40 mil bls. de capacidad y menores, que almacenen cualquier clase dehidrocarburos, debe ser de cuando menos 1.5 veces el dimetro del tanque de mayoresdimensiones. Para tanques mayores de 40 mil bls., esta distancia debe ser como mnimo lasuma de los dimetros de los tanques.

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    5.2.2. La distancia entre tangentes de tanques de almacenamiento

    atmosfricos y el muro de contencin, para el caso de tanques con

    capacidad nominal igual o menor a 30 mil bls., debe ser como

    mnimo la equivalente a la altura del tanque considerado.

    5.2.3. Para tanques atmosfricos con capacidad mayor a 30 mil bls., la

    distancia mnima de la tangente del tanque al muro de contencin

    ser la correspondiente a la mitad del dimetro del tanque

    considerado.

    5.2.4. Las distancias mnimas entre tangentes de tanques de

    almacenamiento atmosfricos a otras instalaciones, se encuentran

    descritas en la Norma DG-GPASI-SI-2330 de Pemex-Refinacin.

    5.3. Diques de contencin.

    5.3.1. Capacidad de contencin.

    5.3.1.a. La capacidad volumtrica de diques de contencin que

    en su interior alberguen un solo tanque de

    almacenamiento del tipo atmosfrico, debe ser cuando

    menos de una vez la capacidad total nominal de dicho

    tanque.

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    5.3.1.b. Para diques de contencin que en su interior alberguen

    varios tanques de almacenamiento atmosfricos, la

    capacidad volumtrica mnima ser la necesaria para

    contener la capacidad total nominal del tanque mayor,

    ms el volumen que otros tanques ocupen hasta la

    altura que tenga el muro de contencin por la parte

    interior del dique, ms el volumen de otras

    construcciones que ocupen un espacio en el interior del

    dique de contencin.

    5.3.1.c. Cuando las condiciones topogrficas del lugar o las

    dimensiones del terreno disponible, no permitan cumplir

    con los requerimientos de capacidad volumtrica

    establecidos en los dos incisos anteriores, es necesario

    llevar a cabo un anlisis de riesgos para cada caso en

    particular, en donde participen personal de la

    subdireccin operativa correspondiente, de la entidad

    responsable del diseo y construccin de las

    instalaciones y de la Gerencia de Proteccin Ambiental y

    Seguridad Industrial de Pemex Refinacin, siendo

    necesaria la aprobacin de cada una de estas

    dependencias para la solucin propuesta.

    5.3.2. Muros de contencin.

    5.3.2.a. Los muros de contencin deben ser hermticos y

    construidos con concreto armado.

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    5.3.2.b. Para tanques atmosfricos, la altura de los muros de

    contencin no debe ser mayor de 1.8 m. ni menor de 1.2

    m. respecto a la calle.

    5.3.2.c. Respecto al piso interior del dique de contencin, la

    altura de los muros de contencin no debe exceder de

    1.8 m.

    FIGURA No. 2

    5.3.2.d. En aquellos casos en donde por situaciones especiales,

    sea necesario que la altura del muro de contencin por

    la parte interna del dique, rebase los 1.8 m. sealados

    en el inciso anterior, debe efectuarse un anlisis de

    riesgos, de acuerdo a lo sealado en el inciso 5.3.1.c

    anterior.

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    5.3.2.e. Para conservar la hermeticidad de los diques de

    contencin, debe llevarse a cabo el sellado

    (emboquillado) alrededor de las tuberas que crucen a

    travs de los muros de contencin, as como de las

    juntas de expansin de los mismos.

    5.3.2.f. No est permitido el paso de tuberas ajenas a los

    tanques de almacenamiento, a travs del patio interior

    del dique de contencin.

    5.3.2.g. En todos los casos, los muros de contencin deben estar

    diseados para resistir la presin lateral que les pueda

    transmitir la altura hidrosttica mxima del lquido

    contenido en el tanque de almacenamiento de mayor

    capacidad, considerando el lquido almacenado como

    agua.

    5.3.2.h. Debe efectuarse el sellado de la tubera que conduce

    cables elctricos dentro del dique de contencin, para

    evitar la entrada de hidrocarburos a su interior.

    5.3.3. Pisos de patios interiores de diques de contencin.

    5.3.3.a. Cualquier superficie de los patios internos de diques de

    contencin, debe tener una pendiente mnima de un 1%

    y mxima de 1.5% hacia los registros de drenaje, de

    manera que cualquier volumen de lquido sea canalizado

    adecuadamente hacia los registros de drenaje existentes

    en el rea.

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    5.3.3.b. De acuerdo a los requerimientos de las Autoridades

    Ambientales, todos los pisos interiores de los diques de

    contencin de tanques de almacenamiento que

    contengan lquidos inflamables o combustibles, debern

    ser impermeables de concreto hidrulico.

    5.3.3.c. Los pisos de concreto deben construirse en base a losas

    horizontales de concreto hidrulico reforzado con malla

    de acero, con un espesor mnimo de 7 cm., con juntas de

    expansin o contraccin de 13 mm. de ancho

    espaciadas cada 3 mts. entre s. El concreto debe ser

    vaciado en obra y colocado sobre terreno firme.

    5.3.4. Seccionamiento de patios interiores de diques de contencin.

    5.3.4.a. Los tanques de almacenamiento de crudo y otros

    lquidos que puedan producir "Boil Over", con capacidad

    nominal de 10 mil bls. y mayores, deben tener diques de

    contencin individuales.

    Tanques de menor capacidad conteniendo estos mismos

    productos, pero cuya capacidad colectiva no exceda de

    15 mil bls., pueden localizarse dentro de un mismo dique

    de contencin.

    5.3.4.b. Los tanques de almacenamiento de lquidos inflamables

    (gasolinas o similares, clasificacin NFPA 1A, IB y IC),

    con capacidades de 55 mil bls. y mayores, deben tener

    diques de contencin individuales.

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    Tanques de menor capacidad que contengan los mismos

    productos, pero cuya capacidad colectiva no exceda a

    los 75 mil bls., pueden localizarse dentro de un mismo

    dique de contencin.

    5.3.4.c. Para el caso de lquidos combustibles (clasificacin

    NFPA ll y lll), almacenados en tanques de 55 mil bls. y

    de mayor capacidad, deben contar con dique de

    contencin individual.

    Los tanques menores de 55 mil bls. que contengan estos

    productos, pueden localizarse dentro de un mismo dique

    de contencin hasta una capacidad colectiva que no

    exceda de 120 mil bls.

    5.3.4.d. El patio interior de diques de contencin que alberguen

    varios tanques de almacenamiento, debe subdividirse

    con muretes intermedios de 45 cm. de altura para cada

    tanque, para evitar que pequeos derrames puedan

    poner en peligro la integridad de los tanques adyacentes

    dentro del recinto.

    5.3.4.e. Cada una de las subdivisiones sealadas en el inciso

    anterior, debe poseer un sistema de drenajes pluvial y

    aceitoso independientes (ver figura No. 3), de acuerdo a

    lo expresado en el apartado 5.4 del presente documento.

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    FIGURA No. 3

    5.3.5. Accesos peatonales.

    5.3.5.a. Todos los diques de contencin, deben tener como

    mnimo un nmero de accesos peatonales (escaleras)

    protegidos con barandal, igual a los accesos vehiculares

    citados en los incisos 5.1.4, 5.1.5, 5.1.6 y 5.1.7

    anteriores.

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    5.4. Drenajes.

    5.4.1. Para el diseo de los sistemas de drenajes, adems de los

    conceptos sealados en este documento, deben considerarse los

    lineamientos complementarios establecidos en la Norma DG-

    GPASI-SI-2703 de Pemex-Refinacin.

    5.4.2. Los patios interiores de los diques de contencin, deben contar con

    sistemas de drenaje pluvial y aceitoso que funcionen de manera

    independiente, mediante los cuales sea posible el manejo selectivo

    de los afluentes para descargarlos en las tuberas troncales de

    drenaje pluvial o aceitoso, segn sea el caso.

    5.4.3. Cada uno de los drenajes mencionados en el punto anterior, debe

    poseer una vlvula de bloqueo localizada fuera del dique de

    contencin. Estas vlvulas deben contar con una clara indicacin

    de "abierto" o "cerrado", as como con letreros indicativos que

    permitan identificar a cul drenaje pertenece dicha vlvula y a qu

    tanque presta servicio (ver figura No. 4).

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    FIGURA No. 4

    5.4.4. El nivel de la tubera del drenaje pluvial (ver figura No. 5), debe

    estar situado por encima del nivel del ducto de drenaje aceitoso por

    lo menos una vez el dimetro de su tubera, medido a partir de la

    parte inferior del ducto del drenaje pluvial.

    5.4.5. Debe existir por fuera del dique de contencin y antes de las

    vlvulas de bloqueo de los drenajes pluvial y aceitoso, una

    interconexin valvulada entre estas dos tuberas que permita

    derivar por gravedad corrientes del drenaje pluvial hacia el

    aceitoso.

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    FIGURA No. 5

    5.4.6. La vlvula de compuerta instalada en la interconexin mencionada

    en el inciso anterior, as como en las tuberas de descarga de los

    drenajes pluvial y aceitoso de los diques de contencin, deben

    encontrarse normalmente cerradas (condicin que debe indicarse

    en campo mediante letreros) y para su operacin debe elaborarse

    un procedimiento especfico en cada centro de trabajo, en el que

    se establezcan las sanciones a las que se harn acreedores

    quienes operen de manera inadecuada dichas vlvulas.

    5.4.7. En general, todos los registros del drenaje aceitoso deben contar

    con sello hidrulico.

    5.4.8. La capacidad del drenaje aceitoso, debe calcularse en base a las

    aportaciones que se reciben en el rea aceitosa especfica que se

    est analizando durante las maniobras operacionales normales,

    tales como el purgado del tanque.

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    5.4.9. Los registros abiertos de captacin del drenaje aceitoso, deben

    estar rodeados de un sardinel de la altura adecuada que impida o

    minimice la captacin de agua de lluvia.

    5.4.10. El patio interno del dique de contencin de cada tanque de

    almacenamiento, debe contar con un mnimo de dos registros de

    drenaje pluvial.

    5.4.11. La capacidad del drenaje pluvial debe calcularse en funcin del

    mayor volumen que resulte de las siguientes consideraciones:

    5.4.11.a. De la cantidad de agua colectada de reas clasificadas

    como pluviales o de reas libres de contaminacin con

    productos, durante la mxima precipitacin pluvial anual

    registrada en la zona, en base a los datos estadsticos

    meteorolgicos de diez aos anteriores a la fecha de

    diseo.

    5.4.11.b. De la cantidad de agua contraincendio que de acuerdo a

    un estudio de anlisis de riesgos, sea necesario aportar

    durante el combate de un incendio.

    5.4.12. Los registros de drenaje pluvial, deben contar con sello hidrulico

    por lo menos en el registro de drenaje anterior a la descarga en los

    ramales o tuberas troncales.

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    5.5. Proteccin Contraincendio.

    5.5.1. Los lquidos inflamables (incluyendo los lquidos polares, el crudo y

    el recuperado de trampas, el cual puede contener fracciones

    ligeras de hidrocarburos en mezcla con agua y fracciones

    pesadas), deben almacenarse en tanques atmosfricos verticales

    de cpula fija con membrana interna flotante, o bien, en tanques

    atmosfricos verticales de cpula flotante, en tanto que lquidos

    combustibles como el diesel, difano y combustleo, pueden ser

    almacenados en tanques atmosfricos verticales de cpula fija.

    5.5.2. Las dimensiones tpicas de los diversos tanques de

    almacenamiento atmosfrico, son las siguientes:

    TABLA No. 1

    D I M E N S I O N E S D E T A N Q U E S D E A L M A C E N A M I E N T O A T M O S F E R I C O S

    C A P A C I D A DD E L T A N Q U E D I A M E T R O A L T U R A

    P E R I M E T R OD E L T A N Q U E

    S U P E R F I C I ED E L T A N Q U E

    ( E S P E J O T O T A L )

    B a r r i l e s

    ( M e t r o s c b ic o s )

    M e t r o s

    ( P i e s )

    M e t r o s

    ( P i e s )

    M e t r o s

    ( P i e s )

    M e t r o s c u a d r a d o s

    ( P i e s c u a d r a d o s )

    5 0 0 0 0 0( 7 9 5 0 0 )

    8 5 . 3 4 4( 2 8 0 . 0 0 )

    1 4 . 6 3 0( 4 8 . 0 0 )

    2 6 8 . 1 2( 8 7 9 . 6 4 )

    5 7 2 0 . 3 5( 6 1 5 7 5 . 3 6 )

    2 0 0 0 0 0( 3 1 8 0 0 )

    5 4 . 8 6 4( 1 8 0 . 0 0 )

    1 4 . 6 3 0( 4 8 . 0 0 )

    1 7 2 . 3 5( 5 6 5 . 4 8 )

    2 3 6 4 . 0 2( 2 5 4 4 6 . 9 6 )

    1 5 0 0 0 0( 2 3 8 5 0 )

    4 5 . 7 2 0( 1 5 0 . 0 0 )

    1 4 . 6 3 0( 4 8 . 0 0 )

    1 4 3 . 6 3( 4 7 1 . 2 4 )

    1 6 4 1 . 6 8( 1 7 6 7 1 . 5 0 )

    1 0 0 0 0 0( 1 5 9 0 0 )

    4 0 . 8 4 3( 1 3 4 . 0 0 )

    1 2 . 1 9 2( 4 0 . 0 0 )

    1 2 8 . 3 1( 4 2 0 . 9 7 )

    1 3 1 0 . 1 3( 1 4 1 0 2 . 6 4 )

    8 0 0 0 0( 1 2 7 2 0 )

    3 6 . 5 7 6( 1 2 0 . 0 0 )

    1 2 . 1 9 2( 4 0 . 0 0 )

    1 1 4 . 9 0( 3 7 6 . 9 9 )

    1 0 5 0 . 6 7( 1 1 3 0 9 . 7 6 )

    5 5 0 0 0( 8 7 4 5 )

    3 0 . 4 8 0( 1 0 0 . 0 0 )

    1 2 . 1 9 2( 4 0 . 0 0 )

    9 5 . 7 5( 3 1 4 . 1 6 )

    7 2 9 . 6 3( 7 8 5 4 . 0 0 )

    3 0 0 0 0( 4 7 7 0 )

    2 2 . 3 5 2( 7 3 . 3 3 )

    1 2 . 1 9 2( 4 0 . 0 0 )

    7 0 . 2 2( 2 3 0 . 3 7 )

    3 9 2 . 3 4( 4 2 2 3 . 3 2 )

    2 0 0 0 0( 3 1 8 0 )

    1 8 . 2 8 8( 6 0 . 0 0 )

    1 2 . 1 9 2( 4 0 . 0 0 )

    5 7 . 4 5( 1 8 8 . 4 9 )

    2 6 2 . 6 6( 2 8 2 7 . 4 4 )

    1 5 0 0 0( 2 3 8 5 )

    1 7 . 6 7 8( 5 8 . 0 0 )

    9 . 7 5 4( 3 2 . 0 0 )

    5 5 . 5 3( 1 8 2 . 2 1 )

    2 4 5 . 4 4( 2 6 4 2 . 0 8 )

    1 0 0 0 0

    ( 1 5 9 0 )

    1 2 . 9 5 4

    ( 4 2 . 5 0 )

    1 2 . 1 9 2

    ( 4 0 . 0 0 )

    4 0 . 6 9

    ( 1 3 3 . 5 1 )

    1 3 1 . 7 9

    ( 1 4 1 8 . 6 2 )5 0 0 0( 7 9 5 )

    9 . 6 5 2( 3 1 . 6 6 )

    1 0 . 9 7 3( 3 6 . 0 0 )

    3 0 . 3 2( 9 9 . 4 6 )

    7 3 . 1 3( 7 8 7 . 2 5 )

    3 0 0 0

    ( 4 7 7 )

    9 . 1 4 4

    ( 3 0 . 0 0 )

    7 . 3 1 5

    ( 2 4 . 0 0 )

    2 8 . 7 2

    ( 9 4 . 2 4 )

    6 5 . 6 6

    ( 7 0 6 . 8 6 )

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    Hoja 29 de 112

    5.5.3. Todos los tanques atmosfricos verticales que almacenen

    productos inflamables o combustibles, deben protegerse con

    sistemas fijos y/o semifijos para el suministro de espuma mecnica

    para extincin de incendios, de aplicacin superficial y/o

    subsuperficial dependiendo de las caractersticas fsicas y

    operacionales del tanque de almacenamiento y del producto

    contenido. El combustleo, asfalto, y en general, los residuos

    pesados y calientes, debern contar nicamente con sistemas de

    extincin de espuma de aplicacin superficial.

    5.5.4. Para la aplicacin superficial de espuma en tanques de

    almacenamiento de cpula fija, con o sin membrana flotante

    interna, que contengan productos inflamables y/o combustibles,

    debern utilizarse cmaras formadoras de espuma tipo ll (NFPA)

    instaladas en la parte superior externa y sobre la pared de la

    envolvente de los tanques. En sistemas de presin balanceada, el

    suministro de solucin espumante debe llevarse a cabo por medio

    de tuberas independientes para cada cmara de espuma, que se

    encuentren conectadas a un cabezal general de espuma que

    provenga de un cabezal de distribucin cercano al cobertizo

    contraincendio. A su vez, este cabezal de distribucin de espuma

    estar conectado al sistema fijo de generacin de espuma, (ver

    figura No. 6).

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    5.5.5. Cada cabezal general debe tener capacidad para suministrar la

    solucin espumante que se requiera para combatir el riesgo mayor

    de un grupo de tanques, entendindose como estos ltimos, los

    agrupamientos posibles de tanques que permita el cumplimiento de

    los lineamientos sealados para los accesos vehiculares (frentes

    de ataque).

    FIGURA No. 6

    5.5.6. Todos los componentes de un sistema de presin balanceada,

    deben contar con certificacin de funcionamiento otorgada por un

    laboratorio reconocido.

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    Hoja 31 de 112

    FIGURA No. 7

    5.5.7. Independientemente de los distanciamientos mnimos

    especificados en esta norma, el cobertizo del sistema de presin

    balanceada debe estar localizado en un lugar estratgico que no

    sea susceptible de sufrir daos por contingencias; su construccin

    debe llevarse a cabo con materiales no combustibles y sus

    dimensiones deben ser lo suficientemente amplias para facilitar la

    operacin y el mantenimiento de los equipos. El cobertizo debe

    tener buena iluminacin tanto natural como artificial, as como

    ventilacin y drenaje adecuados que permitan mantener su interior

    seco y libre de humedad.

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    5.5.8. En todos los casos, los sistemas de presin balanceada deben

    contar con equipos de bombeo de lquido espumante tanto

    principales como de relevo. De acuerdo a los requerimientos del

    centro de trabajo, estas bombas podrn contar con los mecanismos

    necesarios para que su arranque sea automtico, en base a

    condiciones de operacin predeterminadas.

    5.5.9. El suministro de energa elctrica para la (s) bomba(s) de

    concentrado espumante accionadas con motor elctrico, debe

    tomarse de un circuito independiente de los servicios operacionales y

    de mantenimiento del centro de trabajo.

    5.5.10. En las Terminales de Almacenamiento y Distribucin, la capacidad

    de almacenamiento del tanque de lquido espumante para el sistema

    de presin balanceada debe ser suficiente para permitir la operacin

    continua durante 2 (dos) horas como mnimo, de la bomba principal

    de concentrado espumante a su gasto mximo. Para los centros de

    trabajo restantes, este tiempo ser de 1 (una) hora como mnimo.

    5.5.11. En refineras y centros de trabajo de similar tamao, la proteccin

    contraincendio a base de espuma mecnica estar constituida

    esencialmente por sistemas semifijos, los cuales estn compuestos

    por formadores y descargas de espuma que se encuentran fijos a las

    instalaciones que se requieran proteger, y que se conectan por

    medio de mangueras a los equipos generadores de solucin

    espumante. Estos sistemas deben complementarse con equipos

    mviles contraincendio cuyas caractersticas y capacidades deben

    estar acordes a las necesidades del centro de trabajo,(ver figura

    No.8).

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    FIGURA No. 8

    5.5.12. En los sistemas semifijos, las tuberas de alimentacin que

    conectan las cmaras de espuma deben llegar hasta la orilla

    exterior del muro de contencin, a una altura mnima de 0.6 m. y

    mxima de 1.2 m. (ver figura No. 9), precisamente hasta el punto

    en donde se tenga prevista la localizacin del vehculo generador

    de espuma. En este extremo de la tubera, deben existir las tomas

    de 2 pulg. que sean necesarias para llevar a cabo la alimentacin

    desde el equipo mvil, por medio de mangueras contraincendio,

    (ver figura No. 8)

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    FIGURA No. 9

    Estas tomas deben estar localizadas preferentemente en un punto

    en donde la accin de los vientos dominantes, no exponga al

    equipo mvil generador de espuma a riesgos de afectacin por

    radiacin o incendio.

    5.5.13. Proteccin con Aplicacin Superficial de Espuma.

    5.5.13.a. En general, para la extincin de incendios en tanques de

    almacenamiento atmosfricos que contengan lquidos

    inflamables (no polares) y combustibles, as como para

    gasolinas que contengan aditivos oxigenados hasta 10%

    en volumen, debern utilizarse concentrados de espuma

    mecnica diludos con agua en una proporcin mnima

    del 3% y mxima del 6%.

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    5.5.13.b. Para lquidos polares y gasolinas que contengan aditivos

    oxigenados en proporciones mayores al 10% en

    volumen, debern utilizarse concentrados espumantes

    tipo alcohol, diluidos con agua en una proporcin mnima

    del 6% y mxima del 9%, empleando para su suministro

    cmaras de espuma Tipo ll.

    5.5.13.c. Para la aplicacin superficial de espuma en tanques de

    almacenamiento de cpula fija que contengan productos

    inflamables y combustibles, debern utilizarse cmaras

    formadoras de espuma tipo ll (NFPA) instaladas en la

    parte superior y por la parte externa de la envolvente de

    los tanques, provistas de un sello de vidrio lo

    suficientemente delgado (y/o debilitado por medio de

    una ralladura central ) que garantice su ruptura a una

    presin de 2.8 kg/cm (40 Ib/pulg. ), destinado a impedir

    que los vapores de hidrocarburos se introduzcan y

    condensen en el interior de la tubera de alimentacin de

    solucin espumante, (ver figura No. 10). No est

    permitido otro tipo de sello que no sea especficamente

    el de vidrio.

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    FIGURA No. 10

    5.5.13.d. Unicamente se utilizarn cmaras mezcladoras de

    fabricantes que proporcionen tablas o grficas de

    comportamiento de dichos componentes, bajo diferentes

    presiones y gastos, debiendo contar en todos los casos,

    con certificacin de funcionamiento otorgado por

    laboratorios o instituciones reconocidas.

    5.5.13.e. Tanto el modelo de la cmara de espuma como su placa

    de orificio, debern seleccionarse para operar a una

    presin mnima disponible de 2.8 kg/cm (40 Ib/pulg ).

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    5.5.13.f. Para la seleccin del dimetro de las tuberas que

    conducen solucin espumante, deber tomarse en

    cuenta una velocidad mnima de flujo de 1.83 m/seg. ( 6

    pies/seg. ) y mxima de 3.05 m/seg. ( 10 pies/seg. ), as

    como una presin mnima disponible a la entrada de la

    cmara de espuma de 2.8 kg/cm (40 Ib/pulg ).

    5.5.13.g. Tanto para tanques de almacenamiento de cpula fija

    (con o sin membrana interna flotante), como para

    tanques de cpula flotante que contengan lquidos

    inflamables (no polares), combustibles o productos

    contaminados, la mnima densidad de aplicacin de

    solucin espumante ser de 4.1 Ipm/m (0.1 gpm/pie)

    referida a la superficie del producto contenido.

    En ambos casos, deber considerarse la proteccin del

    espejo total del producto contenido en el tanque.

    5.5.13.h. Para tanques de almacenamiento que contengan

    lquidos polares, la densidad de aplicacin de solucin

    espumante ser de 6.1 Ipm/m (0.15 gpm/pie) de

    superficie total del producto contenido.

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    5.5.13.i. En el caso de tanques de almacenamiento de cpula fija

    con o sin membrana interna flotante, la alimentacin de

    solucin espumante debe llevarse a cabo por medio de

    tuberas independientes para cada cmara formadora de

    espuma, conectadas a sistemas de generacin de

    solucin espumante fijos o semifijos, de acuerdo a los

    descrito en los puntos 5.5.4, 5.5.5, 5.5.11 y 5.5.12

    anteriores. Las tuberas de alimentacin deben tener

    pendiente hacia el muro de contencin y una purga en

    su parte ms baja, que permita el vaciado total del

    sistema. Esta purga debe localizarse fuera del dique de

    contencin.

    FIGURA No. 11

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    Hoja 39 de 112

    5.5.13.j. Para el caso de tanques atmosfricos de cpula flotante

    (ver figura No. 12), la cmara de espuma debe instalarse

    sobre una lmina de acero, la cual a su vez, deber

    estar montada sobre el ngulo de coronamiento de la

    envolvente del tanque. La solucin espumante deber

    ser conducida por alimentaciones individuales para cada

    cmara de espuma. En este caso, las cmaras de

    espuma no requieren sello de vidrio.

    FIGURA No. 12

    5.5.13.k. Para tanques de cpula flotante (o de cpula fija con

    membrana interna de acero), el distanciamiento entre

    puntos de inyeccin (cmaras de espuma) no deber

    exceder de 24.4 mts. (80 pies).

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    5.5.13.l. El nmero de cmaras de espuma y los gastos de

    solucin espumante, as como los dimetros de la placas

    de orificio para tanques de cpula fija con o sin

    membrana interna flotante de aluminio, se indican en la

    Tabla No. 2.

    5.5.13.m. En tanques de cpula flotante, debe existir una mampara

    para la contencin de espuma, que en todos los casos

    debe tener una altura de 0.6 m. (24 pulg.).

    5.5.13.n. Siempre que sea posible, deber procurarse que la

    distancia comprendida entre la parte interna de la

    envolvente el tanque y la mampara de contencin de

    espuma, sea de aproximadamente 0.6 m. (24 pulg.).

    5.5.13.o. Para permitir el drenado de agua de lluvia, deben

    practicarse orificios rectangulares en la base de la

    mampara de contencin de espuma, de manera que por

    cada 0.37 m (4.0 pies) de superficie de retencin de

    espuma en el rea comprendida entre la envolvente del

    tanque y la mampara de contencin, se disponga de un

    orificio para drenado de 1.00 cm (0.155 pulg.), en el

    cual, debe mantenerse constante una altura de 0.952

    cm. (0.375 pulg.).

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    FIGURA No. 13

    Sobre esta base, pueden dimensionarse orificios

    rectangulares para diferentes superficies de retencin,

    manteniendo constante la altura de dicho orificio.

    Por ejemplo, para superficies de retencin de 0.37 m.

    (4 pies), 0.46 m. (5 pies) y 0.55 m. (6 pies), las

    dimensiones del orificio rectangular para drenado son

    las siguientes, (ver figura No. 13-A).

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    Hoja 42 de 112

    FIGURA No. 13-A

    Sin embargo, debe tenerse especial cuidado en no

    exceder las dimensiones especificadas del orificio

    rectangular para drenado, sobre todo en lo que se

    refiere a su altura, ya que de lo contrario, puede ocurrir

    la prdida de espuma a travs del citado orificio.

    5.5.13.p. El nmero de cmaras de espuma, los gastos de

    solucin espumante y los dimetros de las placas de

    orificio para tanques de cpula flotante, as como para

    tanques de cpula fija con membrana interna flotante de

    acero, se indican en la Tabla No. 3.

    5.5.13.q. Cuando no se disponga de un acceso seguro y confiable

    para dar mantenimiento a las cmaras de espuma,

    deber colocarse para tal fin, una plataforma para cada

    cmara de espuma, fija a la pared del tanque.

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    5.5.14. Garzas Porttiles para Inyeccin de Espuma.

    5.5.14.a. Cada centro de trabajo debe contar obligatoriamente,

    cuando menos con una garza porttil para la inyeccin

    de espuma, como un recurso adicional para el combate

    de incendios.

    5.5.14.b. Preferentemente, las garzas porttiles deben cumplir con

    las caractersticas que a continuacin se indican:

    Deben ser ligeras, con posibilidad de transportarse en el camin

    contraincendio o en un vehculo de medianas dimensiones, que

    no requiera de equipo pesado para su izamiento y

    colocacin en el tanque de almacenamiento.

    Sus materiales de fabricacin deben ser resistentes al fuego,

    con suficiente espesor para evitar daos estructurales cuando

    se utilicen en condiciones intensas de trabajo.

    Deben tener capacidad para operar con presiones de 4.0 kg/cm

    (58.8 Ibs/pulg) y superiores, as como proporcionar gastos

    hasta de 1 892.4 Ipm. (500 gpm.) @ 7.0 kg/cm (100 Ibs/pulg).

    Sus mecanismos de ereccin deben permitir su colocacin en

    alturas de 15 mts. como mnimo, sin que para ello sea necesario

    utilizar grupos numerosos de personas ni lapsos prolongados.

    El arreglo para el suministro de agua, debe estar basado en

    conexiones hembras giratorias de 63.5 m.m. (2 pulg.) de

    dimetro, con cuerda NSHT de 7 hilos por pulgada.

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    Tabla No. 2

    APLICACION SUPERFICIAL DE ESPUMA PARA TANQUES DEALMACENAMIENTO ATMOSFERICO DE CUPULA FIJA

    (CON O SIN MEMBRANA INTERNA FLOTANTE DE ALUMINIO)

    CAPACIDADDEL TANQUE

    C A M A R A SD E E S P U M A

    T I P O I I

    GASTO TOTAL DESOLUCION

    ESPUMANTEREQUERIDO

    (ver nota No. 1)

    GASTO DESOLUCION

    ESPUMANTEREQUERIDO PORCADA CAMARA

    DE ESPUMA

    CAPACIDADNOMINAL DE LA

    CAMARA DEESPUMA

    SELECCIONADA

    DIAMETRO DELA PLACA DE

    ORIFICIO

    (ver nota No. 2)

    Bls. Cant idadIpm.

    (gpm.)Ipm.

    (gpm.)Ipm.

    (gpm.)mm.

    (pulg.)

    200 000 6 9 631.14(2 544.69)

    1 605.19(424.11)

    2 081.64(550)

    49.21(1.93)

    150 000 4 6 688.30(1 767.15)

    1 672.07(441.78)

    2 081.64(550)

    50.23(1.97)

    100 000 3 5 337.55(1 410.26)

    1779.18(470.08)

    2 081.64(550)

    51.81(2.03)

    80 000 4 4 280.49(1 130.97)

    1 070.12(282.74)

    1 248.98(330)

    40.18(1.58)

    55 000 3 2 972.58(785.40)

    990.86(261.80)

    1 248.98(330)

    38.66(1.52)

    40 000 2 2 147.68(567.45)

    1 073.84(283.72)

    1 248.98(330)

    40.25(1.58)

    30 000 1 1 598.43(422.33)

    1 598.43(422.33)

    2 081.64(550)

    49.11(1.93)

    20 000 1 1 070.11(282.74)

    1 070.11(282.74)

    1 248.98(330)

    40.18(1.58)

    15 000 1 1 000.00(264.20)

    1 000.00(264.20)

    1 248.98(330)

    38.84(1.52)

    10 000 1 536.91(141.86)

    536.91(141.86)

    643.41(170)

    28.46(1.12)

    5 000 1 297.93(78.72)

    297.93(78.72)

    340.63(90)

    21.20(0.83)

    Nota 1.- Gasto calculado en base a una densidad de aplicacin de espuma de 4.1 lpm/m (0.1 gpm/pie) de superficie total de lquido almacenado.

    Nota 2.- El dimetro de la placa de orificio est calculado para operar a una presin mnima de 2.81 Kg/cm ( 40 lb/pulg.).

    Nota 3.- Las cmaras de espuma debern quedar equidistantes unas de otras.

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    Hoja 45 de 112

    Tabla No. 3

    APLICACION SUPERFICIAL DE ESPUMA PARA TANQUES DEALMACENAMIENTO ATMOSFERICO DE CUPULA FLOTANTE, O

    DE CUPULA FIJA CON MEMBRANA INTERNA DE ACERO

    CAPACIDAD DELTANQUE

    CAMARASDE ESPUMA

    TIPO I I

    GASTO TOTALDE SOLUCIONESPUMANTEREQUERIDO

    (ver nota No. 1)

    GASTO DESOLUCION

    ESPUMANTEREQUERIDOPOR CADA

    CAMARA DEESPUMA

    CAPACIDADNOMINAL DE LA

    CAMARA DEESPUMA

    SELECCIONADA

    DIAMETRO DELA PLACA DE

    ORIFICIO

    (ver nota No. 2)

    Bls. Cantidad Ipm.(gpm.)Ipm.

    (gpm.)Ipm.

    (gpm.)mm.

    (pulg.)

    200 000 79 631.14(2 544.69)

    1 375.87(363.52)

    2 081.64(550)

    45.56(1.79)

    150 000 66 688.30(1 767.15)

    1 114.71(294.52)

    1 248.98(330)

    41.01(1.61)

    100 000 65 337.55(1 410.26)

    889.59(235.04)

    1 248.98(330)

    36.63(1.44)

    80 000 54 280.49(1 130.97)

    856.09(226.19)

    1 248.98(330)

    35.94(1.41)

    55 000 42 972.58(785.40)

    743.14(196.35)

    1 248.98(330)

    33.48(1.31)

    40 000 42 147.68(567.45)

    536.92(141.86)

    643.41(170)

    28.46(1.12)

    30 000 31 598.43(422.33)

    532.81(140.77)

    643.41(170)

    28.35(1.11)

    20 000 31 070.11(282.74)

    356.70(94.24)

    340.63(90)

    23.20(0.91)

    15 000 31 000.00(264.20)

    333.33(88.06)

    340.63(90)

    22.42(0.88)

    10 000 2536.91(141.86)

    268.45(70.93)

    340.63(90)

    20.12(0.79)

    5 000 2297.93(78.72)

    148.96(39.36)

    340.63(90)

    14.99(0.59)

    Nota 1.- Gasto calculado en base a una densidad de aplicacin de espuma de 4.1 lpm/m (0.1 gpm/pie) de superficie total de lquido almacenado.

    Nota 2.- El dimetro de la placa de orificio est calculado para operar a una presin mnima de 2.81 Kg/cm (40 lb/pulg).

    Nota 3.- Para determinar la cantidad de cmaras de espuma, se tom un espaciamiento mximo de 24.4 mts. (80 pies) entre puntos de inyeccin.

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    Hoja 46 de 112

    5.5.15. Aplicacin Subsuperficial de Espuma.

    5.5.15.a. Los tanques de cpula flotante, as como los de cpula

    fija con membrana interna flotante que almacenen

    productos inflamables (no polares), incluyendo aquellos

    que contengan aditivos oxigenados en proporciones

    menores del 10% en volumen, as como crudo y

    recuperado de trampas, deben estar protegidos con

    dispositivos de aplicacin subsuperficial de espuma

    contraincendio.

    5.5.15.b. Para la aplicacin subsuperficial de espuma, nicamente

    debern utilizarse formadores de espuma de alta

    contrapresin, cuyos componentes cuenten con

    certificacin de funcionamiento otorgada por laboratorios

    o instituciones reconocidas. El modelo seleccionado del

    formador de espuma, deber cumplir con la

    contrapresin de diseo especificada y con el gasto de

    solucin espumante requerido.

    5.5.15.c. Para calcular la contrapresin de diseo, al valor de la

    columna hidrosttica ejercida por el producto contenido

    en el tanque a su nivel mximo de operacin, debe

    sumarse el valor de las prdidas de presin que se

    generan en la tubera por el flujo de la espuma

    expandida, considerando para este fin una relacin de

    expansin de 4:1.

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    Hoja 47 de 112

    5.5.15.d. El valor de la mxima contrapresin permisible, debe ser

    como mximo del 25% de la presin de entrada al

    formador de espuma. Si a este ltimo valor del 25%, se

    le resta el de la columna hidrosttica ejercida por el

    producto, el resultado ser la mxima prdida por

    friccin permisible para el flujo de la espuma por la

    tubera de alimentacin. La mnima presin disponible a

    la entrada del formador de espuma, deber ser de 7

    kg/cm (100 Ibs/pulg).

    5.5.15.e. Para tanques de almacenamiento de cpula fija con

    membrana interna flotante, as como de cpula flotante

    que contengan productos inflamables (no polares),

    incluyendo el crudo y el recuperado de trampas, la

    densidad de aplicacin de solucin espumante ser de

    4.1 Ipm/m (0.1 gpm/pie) de superficie total del producto

    contenido.

    5.5.15.f. Para los productos sealados en el inciso anterior, el

    nmero de puntos de inyeccin subsuperflcial y los

    gastos de solucin espumante requeridos, as como los

    dimetros de tuberas para tanques de almacenamiento

    de cpula fija o flotante, se indican en la Tabla No. 4

    siguiente:

    TABLA No. 4

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    APLICACION SUBSUPERFICIAL DE ESPUMA PARA TANQUES DEALMACENAMIENTO DE CUPULA FLOTANTE, O DE CUPULA FIJA CON O

    SIN MEMBRANA INTERNA FLOTANTE

    CAPACIDADDEL

    TANQUE

    NUMERO DEPUNTOS DEINYECCION

    GASTO TOTALDE SOLUCIONESPUMANTEREQUERIDO(ver nota No. 1)

    GASTO DESOLUCION

    ESPUMANTEREQUERIDOPOR CADAPUNTO DEINYECCION

    GASTO DEESPUMA PORCADA PUNTO

    DE INYECCIONEN BASE A UNAEXPANSION DE

    4:1

    DIAMETRO DELA TUBERIAAMPLIADAPARA LA

    CONDUCCIONDE ESPUMA ENCADA PUNTODE INYECCION

    Bls. Cantidad Ipm.(gpm.)

    Ipm.(gpm.)

    Ipm.(gpm.)

    mm.(pulg.)

    200 000 5 9 631.14(2 544.69)

    1 926.22(508.93)

    7 704.88(2 035.72)

    254.00(10.00)

    150 000 4 6 688.30(1 767.15)

    1 672.07(441.78)

    6 688.28(1 767.12)

    203.20(8.00)

    100 000 3 5 337.55(1 410.26)

    1 779.18(470.08)

    7 116.72(1 880.32)

    254.00(10.00)

    80 000 2 4 280.49(1 130.97)

    2 140.24(565.48)

    8 560.96(2 261.92)

    254.00(10.00)

    55 000 2 2 972.58(785.40)

    1 486.29(392.70)

    5 945.16(1 570.80)

    203.20(8.00)

    40 000 2 2 147.68(567.45)

    1 073.84(283.72)

    4 295.36(1 134.88)

    203.20(8.00)

    30 000 1 1 598.43(422.33)

    1 598.43(422.33)

    6 393.72(1 689.32)

    203.20(8.00)

    20 000 1 1 070.11(282.74)

    1 070.11(282.74)

    4 280.441 130.96)

    203.20(8.00)

    15 000 1 1 000.00(264.20)

    1 000.00(264.20)

    4 000.00(1 056.80)

    152.40(6.00)

    10 000 1 536.91(141.86)

    536.91(141.86)

    2 147.64(567.44)

    152.40(6.00)

    5 000 1 297.93(78.72)

    297.93(78.72)

    1 191.72(314.88)

    101.60(4.00)

    Nota 1.- Gasto calculado en base a una densidad de aplicacin de espuma de 4.1 lpm/m (0.1 gpm/pie) de superficie total de lquido almacenado.

    Nota 2.- Para tanques con dimetros mayores de 61.0 mts. (200 pies), se deber instalar una entrada adicional de espuma de aplicacin subsuperficial por cada 450 m o fraccin en exceso de 3 mil metros cuadrados de superficie del tanque.

    Nota 3.- El dimetro de la tubera ampliada para la conduccin de espuma, est calculada en base a una velocidad de flujo de aproximadamente 3.0 m/seg. (10 pies/seg).

    5.5.15.g. Para tanques de almacenamiento que contengan

    lquidos polares, no se recomienda la aplicacin

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    Hoja 49 de 112subsuperficial de espuma.

    5.5.15.h. Cada tubera de alimentacin subsuperficial deber

    poseer un formador de espuma independiente, y el

    arreglo de tuberas depender del nmero de puntos de

    aplicacin, de acuerdo a la ilustracin siguiente:

    FIGURA No. 14

    5.5.15.i. Para tanques de cpula fija con membrana interna

    flotante de aluminio (ver figura No. 15), las entradas

    para la espuma mencionadas en el inciso anterior, sern

    proyecciones de tubera debidamente soportada de 6

    mts. (20 pies) de longitud hacia el centro del tanque

    cuando stos sean de 20 mil bls. y mayores, as como

    de 3 mts. (10 pies) para tanques menores de 20 mil bls.

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    Hoja 50 de 112

    FIGURA No. 15

    5.5.15.j. Por ningun motivo, las descargas de espuma en el

    interior del tanque de almacenamiento debern

    localizarse cercanas a la tubera de succin.

    5.5.15.k. Por requerimiento, debe instalarse una tubera con una

    expansin en la lnea de suministro de espuma, para

    evitar el arrastre de hidrocarburos. Para el

    dimensionamiento de estas tuberas, deben tomarse en

    cuenta velocidades mximas de flujo de 3 m/seg. (10

    pies/seg.) a partir de la expansin.

    5.5.15.l. La purga debe localizarse en la parte externa del dique

    de contencin y en la parte ms baja de la tubera, de

    manera que se garantice el vaciado total del sistema.

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    Hoja 51 de 112

    5.5.15.m. Las entradas de inyeccin subsuperficial de espuma

    para tanques de cpula flotante o de cpula fija con

    membrana interna de acero (figura No. 16), sern

    boquillas soldadas a la envolvente del recipiente, con

    una "tee" de descarga en el interior del tanque que

    permita dirigir la espuma hacia el rea del sello de la

    cpula flotante.

    FIGURA No. 16

    5.5.15.n. En los sistemas de alimentacin subsuperficial de

    espuma a los tanques de almacenamiento, cada arreglo

    de tubera debe contar con vlvula de compuerta,

    vlvula de retencin (check), disco de ruptura y purga,

    localizados de acuerdo a los arreglos tpicos de las dos

    figuras anteriores. Sin embargo, en los casos donde sea

    factible, es recomendable que el disco de ruptura sea

    localizado entre la vlvula de compuerta del tanque y la

    vlvula check.

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    Hoja 52 de 112

    5.5.15.o. En los arreglos de tubera para la inyeccin

    subsuperficial de espuma contraincendio, los materiales

    de construccin de los accesorios deben cumplir como

    mnimo con la siguiente normativa:

    Del tanque de almacenamiento a la primer brida antes

    de la vlvula de compuerta, las instalaciones deben

    cumplir con lo establecido en el Cdigo API-650, (ver

    figura No. 17).

    La vlvula de compuerta instalada junto al tanque, la

    vlvula check, el disco de ruptura y los carretes de

    tubera que se encuentran entre estos accesorios, son

    para servicio de hidrocarburos, por lo que su

    especificacin debe estar de acuerdo con la Norma K-

    101 (T-1B).

    De acuerdo con ello:

    a) La vlvula de compuerta deber ser Clase 150 ANSI,

    extremos bridados de cara realzada, ASTM-A 216

    Gr. WCB, vstago ascendente, interiores de acero

    inoxidable con 13% Cromo AISI 410, bonete bridado.

    b) La vlvula check deber ser del tipo balancn, Clase

    150 ANSI, extremos bridados de cara realzada,

    ASTM-A 216 Gr. WCB, interiores de acero inoxidable

    13% Cromo.

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    Hoja 53 de 112

    c) El disco de ruptura debe ser para servicio de

    hidrocarburos, y su presin de ruptura ser la

    equivalente a la suma de la presin hidrosttica

    ejercida por el producto almacenado en el tanque a

    su mximo nivel de operacin, ms un 25% de

    tolerancia. Estos discos deben contar con

    certificacin de funcionamiento, otorgado por un

    laboratorio o institucin reconocida.

    Los accesorios instalados despus del disco de ruptura

    hacia el sistema de alimentacin de espuma

    contraincendio, deben ser bridados y estar de acuerdo

    con los lineamientos establecidos en la Norma DG-

    GPASI-S1-3610 de Pemex Refinacin (T-9B).

    FIGURA No. 17

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    Hoja 54 de 112

    5.5.15.p. En el caso de sistemas semifijos de inyeccin

    subsuperficial, debe disponerse del nmero adecuado

    de hidrantes con tomas para camin en funcin del

    gasto demandado por los formadores de espuma, as

    como de las tomas siamesas que se requieran para la

    conexin a la tubera. Cada una de estas conexiones

    deben contar con una vlvula de compuerta a la entrada

    de la tubera, y debern estar concentradas en un sitio

    especfico destinado al estacionamiento del vehculo

    contraincendio; adems, debern estar debidamente

    identificadas con el nmero del tanque al que prestan

    servicio.

    5.5.15.q. En el caso de sistemas fijos de inyeccin subsuperficial,

    es recomendable que las vlvulas de admisin a cada

    una de las alimentaciones se encuentren concentradas

    en una rea debidamente protegida contra la afectacin

    por radiacin, e identificadas con el nmero del tanque

    al que prestan servicio.

    5.5.15.r. La instalacin de las tuberas de alimentacin

    subsuperficial de espuma, debe efectuarse sobre un

    punto de la envolvente que se encuentre por encima de

    la altura mxima esperada de colchn de agua en el

    fondo del tanque, lo cual es necesario para evitar la

    dilucin de la espuma a medida que sta se inyecta al

    interior del tanque.

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    Hoja 55 de 112

    5.5.16. Proteccin con Agua de Enfriamiento a Tanques Atmosfricos.

    5.5.16.a. Generalidades.- Por sus caractersticas fsicas y

    capacidad de enfriamiento, el agua es el material ms

    comnmente empleado para la proteccin

    contraincendio de las instalaciones. Cuando en un

    incendio, la envolvente de un tanque atmosfrico se

    encuentra expuesta directamente a las flamas o al efecto

    de la radiacin proveniente de un incendio aledao, es

    factible que pueda absorber cantidades de calor lo

    suficientemente altas como para provocar su falla por

    sobrecalentamiento y/o la ignicin de su contenido. En

    estos casos, las zonas de vapor de los tanques son las

    ms crticas y las que mayor prioridad requieren para su

    enfriamiento, ya que las llamas en contacto con el

    tanque sobre su nivel lquido, crean temperaturas muy

    altas dentro del metal que lo debilitan.

    El efecto del agua, en estos casos, proporciona el

    enfriamiento suficiente para una disipacin efectiva del

    calor, en rangos que pueden retrasar y/o evitar la

    deformacin de los elementos metlicos y el incendio del

    producto contenido.

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    Hoja 56 de 112

    Sin embargo, el sistema de aplicacin de agua de

    enfriamiento debe estar diseado para proporcionar la

    humidificacin completa y homognea de la envolvente del

    tanque, con una densidad de agua predeterminada, lo cual

    no se logra con el empleo de monitores o de mangueras

    contraincendio, debido a que su manejo presenta los

    siguientes inconvenientes:

    Se genera un desperdicio considerable de agua al ser

    aplicada en forma puntual sobre la envolvente del tanque,

    con lo cual, nicamente se aprovecha para la absorcin de

    calor aproximadamente el 20% del volumen total de agua

    aportado.

    La aplicacin de agua no es uniforme, sino por zonas, lo

    que propicia que una gran parte de la superficie de la

    envolvente no alcance a ser enfriada por el agua.

    Existe una mayor exposicin al riesgo del personal que

    combate el incendio, ya que debido a la distancia existente

    entre la envolvente del tanque y el muro de contencin, as

    como a la accin de las corrientes de aire, es frecuente que

    los chorros de agua lanzados con monitores y mangueras

    no alcancen la envolvente, por lo que el personal tiene que

    introducirse a los diques de contencin para posicionar

    monitores porttiles y en el peor de los casos, para enfriar

    la envolvente con mangueras desde el interior del dique,

    con los consiguientes riesgos.

  • PEMEX-REFINACINGERENCIA DE PROTECCINAMBIENTAL Y SEGURIDAD

    INDUSTRIAL

    DOCUMENTO NORMATIVO

    FECHA: OCTUBRE /1997

    NORMA DE SEGURIDAD YCONTRAINCENDIO PARA TANQUES

    DE ALMACENAMIENTO DEPRODUCTOS INFLAMABLES YCOMBUSTIBLES DE PEMEX

    REFINACION

    No. de documento:

    DG-GPASI-SI-3600

    Rev. 7

    Hoja 57 de 112

    Se requiere una mayor cantidad de personal para el manejo

    de monitores y de mangueras contraincendio.

    Se requieren lapsos ms prolongados para el inicio del

    combate del incendio.

    Por el contrario, el empleo de anillos de agua de enfriamiento

    en tanques atmosfricos ofrece mltiples ventajas, entre las

    cuales destacan las siguientes:

    Se evita el desperdicio de agua y se optimiza su utilizacin

    al ser aplicada con una densidad homognea en cualquier

    parte de la superficie, mediante boquillas aspersoras de

    chorro plano, con lo cual, sin importar la accin del viento,

    se garantiza la cobertura total de la envolvente del tanque

    o, en el caso de tanques de 20 mil y hasta de 150 mil bls. de

    capacidad, del segmento de la envolvente que se desee

    proteger.

    Se minimiza la exposicin al riesgo del personal que

    combate el incendio.

    Se abaten los requerimientos de personal contraincendio,

    ya que para la operacin total o parcial de los sistemas,

    basta una persona para realizar la apertura de las vlvulas

    de admisin a los anillos de enfriamiento, con lo cual

    adems, se obtiene una velocidad de respuesta a la

    emergencia prcticamente inmediata.

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    DOCUMENTO NORMATIVO

    FECHA: OCTUBRE /1997

    NORMA DE SEGURIDAD YCONTRAINCENDIO PARA TANQUES

    DE ALMACENAMIENTO DEPRODUCTOS INFLAMABLES YCOMBUSTIBLES DE PEMEX

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    Rev. 7

    Hoja 58 de 112

    5.5.16.b. Por las razones expuestas en los incisos anteriores, queda

    a juicio de la Subdireccin Operativa la instalacin de

    monitores en las reas de tanques atmosfricos de

    almacenamiento, ya que el uso indiscriminado de estos

    dispositivos puede provocar un abatimiento de la presin

    en los sistemas de bombeo, hasta lmites que pueden

    inutilizar las redes de agua y de espuma contraincendio.

    En substitucin de estos monitores, pueden instalarse

    hidrantes con tomas de 63.5 m.m. (2 pulg.) de dimetro,

    los cuales, en caso de ser necesario, estarn provistos de

    adaptadores para conectar mangueras de 38.1 m.m. (1

    pulg.) de dimetro destinadas a la proteccin del personal,

    de las tuberas de proceso y de los equipos

    contraincendio.

    5.5.16.c. Deben instalarse anillos de enfriamiento en todos los

    tanques atmosfricos de almacenamiento que

    contengan productos inflamables o combustibles, con

    capacidades de 5 mil bls. y mayores.

    En tanques de almacenamiento de productos calientes

    que cuenten con aislante trmico externo, la

    colocacin o no de los anillos de enfriamiento quedar

    a juicio de la Subdireccin Operativa.

    5.5.16.d. La aplicacin de agua de enfriamiento sobre la envolvente

    de los tanques, debe llevarse a cabo con densidades

    netas no menores de 4 litros de agua por minuto por cada

    metro cuadrado de superficie lateral del tanque (0.1

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    FECHA: OCTUBRE /1997

    NORMA DE SEGURIDAD YCONTRAINCENDIO PARA TANQUES

    DE ALMACENAMIENTO DEPRODUCTOS INFLAMABLES YCOMBUSTIBLES DE PEMEX

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    DG-GP