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UTPL La Universidad Católica de Loja MODALIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA 41 Guía Didáctica: Código de Procedimiento Civil I Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda: 1. ( ) A la jurisdicción se la puede considerar en sentido genérico. 2. ( ) A la competencia se la puede considerar en sentido específico. 3. ( ) La indebida apreciación del abogado al plantear la demanda puede ocasionar la incompetencia. 4. ( ) El juez impugnado por la acción inhibitoria puede contradecirla. 5. ( ) Cuando dos jueces se consideran sin poder para resolver un asunto determinado, ocurre el conflicto positivo de competencia. 6. ( ) Cuando dos jueces pretenden al mismo tiempo se competentes para conocer un asunto, ocurre el conflicto negativo de competencia. AUTOEVALUACIÓN

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Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda:

1. ( ) Alajurisdicciónselapuedeconsiderarensentidogenérico.

2. ( ) Alacompetenciaselapuedeconsiderarensentidoespecífico.

3. ( ) La indebida apreciación del abogado al plantear la demanda puedeocasionarlaincompetencia.

4. ( ) Eljuezimpugnadoporlaaccióninhibitoriapuedecontradecirla.

5. ( ) Cuandodos jueces se consideransinpoderpara resolverunasuntodeterminado,ocurreelconflictopositivodecompetencia.

6. ( ) Cuandodosjuecespretendenalmismotiemposecompetentesparaconocerunasunto,ocurreelconflictonegativodecompetencia.

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¿Se puede prorrogar y subrogar la competencia?................... claro que sí......... ¡vamos a ver en qué casos!.

1. CONCEPTO DE PRORROGACIÓN

Laprorrogacióndelacompetenciaserefierealafacultadquerecaeenunjuezotribunal,paraconoceren formaampliadasobreunasuntoquepor lamateria, laspersonas,elterritorio, la cuantía, las cosas, no son de su jurisdicción o ámbito de competencia,estandohastaciertopunto,obligadosaconocerdeestosasuntos,envirtuddequenopuededejarsedeadministrarjusticiaoatenderloquesesometeaconocimientodelosjueces,cualquieraqueseaelhechoquederiveasuconocimiento.

Laprorrogaciónimplicaundesplazamientodeljuez,tantoensujurisdicciónopoderdeadministrarjusticia,comoenlafacultaddeconocerasuntosdeotrojuezydedistintamateria.

Capítulo VI

Prorrogación y Subrogación de la Competencia

ATENCIÓN:Lea con detenimiento las páginas 183 a 226 del texto básico para comprender los temas de este capítulo.

PRORROGACIÓNfacultadampliada

NecesidaddeadministrarjusticiaVacíosdejurisdicción

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2. CLASES DE PRORROGACIÓN

Laprorrogacióndelacompetenciatienecuatroclasesoespecies,comoloindicalaobracitadadelDr.EnriqueCoelloGarcía,páginas191a213:

a. Legal:Eslaqueexpresamentedeterminalaley,enloscasosquehadeprocederdeterminadojuezotribunal,comoporejemploantelafaltaoimpedimentodelquedebeconocer,porexcusa,porterminacióndelperíodo,entreotras.

b. Voluntaria:Eslaqueprimaenlavoluntaddelaspartes,puessesometenaellaporconveniooacuerdoexpresoentre los justiciablesoporaquellacircunstancianoexpresa,queporelsilencioimplicasuaceptaciónosometimiento.

c. Expresa:Amiparecerunaformadelavoluntaria,eslaquepermitedelaspartespuedancontratar,acordarosometerse,medianteescritooexpresamente,antelocualeljuezotribunaldebeconocerdelasuntoasíplanteado.

d. Tácita:Esaquellaalaquesesometenlaspartes,cuandoaltiempodedeclinarlacompetenciaopornohaberpropuestoatravésdesupropiojuezqueseentablelacompetencia,guardaronsilencioydehechoestánsometidasaljuezqueestáenconocimientodelaacción.

3. SUBROGACIÓN

Lasubrogaciónesdiferentede laprorrogación,da lugaraqueun juezomagistradoconozca de un asunto de otro, en virtud de un encargo, ya por falta temporal o porimpedimentolegalqueameritelaintervencióndelsubrogante.Estoimplicanaturalmentelanecesidaddequeexistaotrojuezdeigualcategoríaounsuplenteparaqueconozcadelosasuntosqueeltitularnopuedehacerlo.

Paralasubrogaciónporlotanto,hadeprecederunactoquedependadelasituacióndel juez o magistrado titular del despacho, que en unos casos podrá ser originadoporsupropia persona(porenfermedadosolicitudde licencia),oenotrasocasionespor circunstancias que impidan que conozca del asunto, por atender encargos orepresentacionesqueimpidansupresenciaeneldespacho.

Porlotanto,lasubrogaciónnolequitaaljuezprincipallapotestaddecontinuarenelconocimiento de la causa, puesto que una vez que desaparezca la causa que motivósuseparacióntemporal,continuaráenel trámitehastasufinal.Finalmentehemosdeentenderquelasubrogacióndelacompetencia,temporalmenteseparadelconocimientoaljuez,queestáconociendoenformaregular.

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Actualmente, en forma práctica, sólo los magistrados de Corte Suprema, Superiory Tribunales, tienen sus respectivos suplentes, los que se encargan o subrogan en elconocimientodelosasuntosqueeltitularnopuedeconocer.

Enlaspáginas214a222deltextobásico,elautorestableceladiferenciaentreprorrogaciónysubrogación.Porlotantodeberemitirseasucontenido.

4. DELEGACIÓN

Ladelegaciónestáimplícitamenteligadaalaprocuraciónoencargoquehaceunjuezomagistrado,aunfuncionarioopersonaquenoejercefuncionesdeadministrarjusticiaparaelcumplimientodeunactoquecuentaconsusrespectivaslimitaciones.

Ladelegaciónademásrecaeúnicamente,enactosqueel juezomagistradonopuederealizar personalmente y ha de confiar en una persona moral y legalmente capaz derepresentarlo, como es el caso de una investigación o recepción de documentos ymantenerlosencustodia.

5. COMISIÓN

Adiferenciadeladelegación,lacomisiónselapuedeimpartiroencargarsucumplimientoaunfuncionariopúblico.Lacomisiónpuededarseaunfuncionarioqueejerzalafacultaddeadministrar justicia,yparaunamejor comprensiónde loanalizadosostendremosque la comisión imparte o faculta al comisionado, el hecho de que al cumplir con elcometido,buscaráhacerlodelamaneramásacordeycabal,estoesciñéndosealencargoyfacultadesotorgadasporeljuezprincipal.

SUBROGACIÓNJuezsuplente

ImpedimentodeljuezFaltadejuez

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Lacomisiónpuedeimpartirseaunapersonadeigual,deinferiorosuperiorjerarquía.Enelprimercasodedenominadeprecatorio,elsegundopropiamentecomisiónyeneltercercasoexhorto.

Eldeprecatorioeselencargodelasfuncionesespecíficasqueeljuezdelprocesoprincipal,haceaotrodeigualjerarquía,paraquecumplacondeterminadasfuncionesoeventos.Lacomisión,aquelencargoquesehaceaunaautoridaddeinferiorjerarquía.Elexhorto,elpedidoqueelinferiorlehacealsuperior,paraelcumplimientodeunadeterminadadiligenciaoacto.

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Responda las siguientes interrogantes:

1. ¿Puedeverificarselaprorrogaciónporlareconvensión?

si ( ) no ( )

2. ¿Eljuezaquienlehayaprorrogadolacompetenciapuedeeximirsedelconocimientodelacausa?

si ( ) no ( )

3. ¿Laprorrogaciónseproduceenlosgrados?

si ( ) no ( )

4. ¿Porlasubrogaciónunjuezconoceunasuntodeótro?

si ( ) no ( )

5. ¿Lasubrogaciónestransitoria?

si ( ) no ( )

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Tome en cuenta que en este capítulo vamos a aplicar reglas dispuestas en el C.P.C. Por lo tanto ponga mucha atención.

Elejerciciodelajurisdicciónydelacompetenciaestásujetoalaobservanciadereglasquesederivandenormaslegalesoprincipiosdoctrinariosaceptadosenformaobligatoria,éstascomobienseñalaelDr.EnriqueCoelloGarcíaensuobraquesirvedetextobásicoenelestudio,páginas229a234,debenestarubicadasenlaLeyOrgánicadelaFunciónJudicialyCódigodeProcedimientoCivil,segúnelcaso.Dichasnormasoreglasson:

1. EL ACTOR HA DE SEGUIR EL FUERO DEL DEMANDADO

Con esta regla, debe estar claro que una acción o demanda debe ser propuestapreferentementeeneldomiciliodeldemandado,entendidoquefueroeselconjuntodederechosquenacendelajurisdicciónycompetencia;ademáseldomiciliocomolugardesuresidenciaoelindicadopolíticamenteparaseñalardonderegistrasupermanenciahabitual.

2. FIJADA LA COMPETENCIA DE UN JUEZ O TRIBUNAL NO SE ALTERA POR CAUSA SOBREVINIENTE

La competencia de un juez o tribunal una vez radicada, por el sorteo o por decisiónsuperior, no puede ser alterada por ninguna causa posterior. Es decir que una vezconocidaporeljuez,aceptadaatrámite,citadoeldemandadoyconcluidalaetapadecompareceralproceso,sehaentabladoválidamentelacompetenciayconocimientodelacausa.

Capítulo VII

Reglas Básicas

ATENCIÓN: En las páginas 229 a 239, el autor del texto básico anota reglas básicas relacionadas con este tema.

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3. EL JUEZ DE LA ACCIÓN ES EL JUEZ DE LA EXCEPCIÓN Y DE LA RECONVENCIÓN

Unavezquesetrabólalitis,estoesluegodequehasidocontestadaporeldemandado,éstepresentasusexcepcionesyhastareconvienealdemandante,tomándoseencuentaque la reconvenciónocontrademandaesotraacciónencontraelactordeunmismojuicio;porsupuestoqueesteasuntonosedaentodoslosprocesos.Porlotanto,eljuezqueconocedelasuntoprincipal,tambiéneselcompetenteparaconocerdelaexcepciónyreconvenciónquepudiereplanteareldemandado,encasodequehagausodeestederecho.

4. EL JUEZ DE LO PRINCIPAL ES EL JUEZ DE LO ACCESORIO

Porlógicajurídica,debemoscomprenderqueeljuezdelaacciónprincipal,tambiénloesdeloaccesorio,comosusfrutosnaturalesociviles,loqueeslomismo;estambiéncompetenteparaconocerdelaejecuciónquesederivedeloresueltoenloprincipal.

Eljuezdelprocesoprincipal,arbitraráensucompetenciahastacumplirconloresueltoporsuautoridad.Nopodríaunjuezresolverunasuntodiscutidoatravésdelcursodelproceso,yotrojuez,conocerdelaejecuciónocumplimientodeesaresoluciónyadictada;comotampocopodríaunjuezordenarquesecumplaconlaobligaciónprincipalyotrojuezordenarsecumplaconlosinteresesofrutosproducidosporelprincipal.

5. EL JUEZ DE LA ACCIÓN ACUMULADA ES EL QUE PREVINO EN EL CONOCIMIENTO

Alrespectodebemosrecordarunavezmás,queeljuezqueprevinoenelconocimientodeunacausa,seráelcompetenteparaconocerde laacciónqueseacumuleaaquellaprimeramenteconocida,estoindudablementetienemucharazónsiconsideramosqueporunamismacausa,hechosypersonas,nopodráproponersemásdeunaacciónsiendopor lo tantocorrectoquealacumularseunprocesoaotro,el juezqueconoceráde laacciónacumuladaesaquelqueprevinoenelconocimientodelaprimeracausa.

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6. EL JUEZ DE LA ACCIÓN ES EL JUEZ DE LA EJECUCIÓN

Cuandodeterminamosqueeljuezdelaacciónprincipalestambiéneldelaejecución,nocabelamenordudaqueesteparticularestábiendefinidoporlareglacorrespondiente,puestoquesinelánimoderedundarentérminos,eljuezqueresolvióloprincipal,sabeyconoceeltenordeloquemotivóesaresoluciónyporconsiguientesabeyconoceloquedebecumplirse,yelalcancedesuresolución;noasíotrojuez,quenohabiendoresuelto,selepidacumplirunactonoconocido,otratadoporél.

Esmuyconsecuentelanormadelprocedimientocivil,art.498,cuandodiceque:“Losfallosexpedidosenlosjuiciossumariosoenlosordinarios,quenoseejecutenenlaformaespecial señalada por la ley, se llevarán a efecto del mismo modo que las sentenciasdictadaseneljuicioejecutivo,siguiendoéstedesdeesepuntodepartida”.

Paracomprendermejorlasreglasbásicassobrelacompetenciadeljuez,esnecesarioquepongaunejemploencadacaso.

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Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda.

1. ( ) Elactornoestáobligadoaseguirelfuerodeldemandado.

2. ( ) La competencia de un juez, no puede alternarse por causasobreviniente.

3. ( ) Eljuezdelaaccióneseljuezdelaexcepción.

4. ( ) Eljuezdelaprincipalnoeseljuezdeloaccesorio.

5. ( ) Eljuezdelaaccióneseljuezdelaejecución.

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A un juez se le puede suspender la competencia y aun más puede perderla.Vamos a establecer en qué casos se suspende la competencia.

1. CAUSAS DE SUSPENSIÓN

Sonlassiguientes:

- Laexcusadeljuez.- Larecusación.- Laconcesióndeunrecurso.- Lainiciacióndeunconflictopositivodecompetencia.

2. EXCUSA O RECUSACIÓN

Laexcusasiendounacausaloderechoquetieneeljuezparasepararsedelconocimientodedeterminadoasunto,yaporordenpersonalofamiliar,oporcualquieradelascausalesquedeterminaelart.856delCódigodeProcedimientoCivil,suspendelacompetenciadelasuntohastaqueesaceptadaonegada.

Lohonestodeljuezquetengaimpedimento,esponereninmediatoconocimientodelaspartesestehecho,afindeactuarconimparcialidadorectitudmoralyética.

Encambiolarecusación,eslapeticiónoacciónquesesigueporiniciativadeunadelaspartesqueintervienenenelproceso,paraqueeljuezdejedeintervenirenelproceso,por cuantonocumplecon lasexigenciasestablecidasen la ley,opor considerarquenoestáenbuenasmanosenvirtuddeciertainclinaciónaunadelaspartesointerésen

Capítulo VIII

Suspensión de la Competencia

ATENCIÓN: En el texto básico que hemos adoptado y al cual nos hemos referido en capítulos anteriores, páginas 243 a 267, se encuentran las causas para la suspensión de la competencia. Sírvase remitirse al contenido indicado.

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losresultadosdelproceso,enfinporcualquieradelascausalesquelaleylefacultaalinteresadoquesecreaafectadoporlaintervencióndeesejuez,casocontrariotendríamosinnumerablesprocesossinfundamento.

3. ALLANAMIENTO Y NEGATIVA DE LA EXCUSA O RECUSACIÓN

Elallanamientoonegativaseproducemuyespecialmenteenelcasodelaexcusa,puesel procedimiento civil establece cuales son las causales en las que las partes puedanallanarse,loqueimplicaqueel juezanteestasconsideracionessiquierelohaceono;perosise tratade lasotrascausalesen lasqueobligatoriamentedebeexcusarseynolohace,entoncescualquieradelaspartespodrárecusarlo,cuestiónhastaciertopuntoinmoral,puesnodebieranpermitirlosjueces,aquelasparteslosrecusen.

Por lo tanto la recusación hasta cierto punto si ha sido propuesta honestamente y siexisteelimpedimentolegalqueinvocalaparteafectada,debeseraceptadaoallanadaporeldichojuezomagistradoqueesdemandado.

4. FECHA EN QUE SUSPENDE POR EXCUSA O RECUSACIÓN

La fecha o momento en que se suspende la competencia de la acción, por excusa orecusaciónsonincuestionablementedistintas.Mientrasporexcusaeljuezsuspendesuconocimientoe intervención,desdequeconsigna sumotivoydura sólohastaqueeljuezaquienenvióelprocesoledevuelvepornohaberseaceptadodichaexcusaoporhabersedirimidoquedebecontinuarenelconocimiento.Encambioporrecusaciónnosesuspende lacompetenciayconocimientode lacausa, sinohastaquees resuelta laacciónqueaceptelarecusaciónplanteada.

Enamboscasos,silaexcusaolarecusaciónesaceptadaydehechoeljuezomagistradoesseparadodelconocimiento,estoimplicaunaseparacióndefinitivadelproceso,dejandodesersimplementesuspensióndelacompetencia.

5. RECURSOS

Porelrecursodeapelación,dehechoodecasación,tambiénsesuspendelacompetencia,pero en cualquiera de los casos, la suspensión dura y separa al juez o magistradodel conocimiento del proceso de que se trate, hasta que retorne del superior, con la

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obligatoriedad de cumplir a cabalidad lo resuelto en el ejecutorial que le envíe, enformainmediata.Estasuspensiónsiempreserátemporal,salvoelcasoqueelsuperiorresolviere que ha existido nulidad o decretare que el proceso es de conocimiento deotrojuez,distintodela-quooinferior,enestecasoeljuezdebe,comosedijo,cumplirinmediatamenteloresueltoporelsuperior.

Existeunasalvedad,paraelcasoenqueelrecursoconcedidoseaúnicamenteenelefectodevolutivoonosehayasolicitadolasuspensióndelaresoluciónporquenosepagólafianzapararesponderporlosresultadosdeproceso,paraelcasodelacasación.

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Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda:

1. ( ) La competencia se suspende desde que la excusa consta de autos,hasta que se ejecutoria la providencia que declare sin lugar elimpedimento.

2. ( ) Enlarecusaciónsesuspendelacompetenciadesdequesecitealjuez,hastaquesedenieguelarecusación.

3. ( ) Porelrecursodeapelacióntambiénsesuspendelacompetencia.

4. ( ) No se suspende la competencia por el planteamiento del juicio decompetencia.

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Ahora nos toca establecer las causales para la pérdida de la competencia.

1. CAUSALES

Sepierdelacompetencia,esdecirelconocimientodeunacausaylaconsecuenteejecucióndeloquesejuzgueenlamisma,porlassiguientescausas:

a. Porhabersedeclaradoincompetenteaunjuezoaunmagistradoendeterminadacausa,porsentenciaoporautoquetenganfuerzadecosajuzgada;

b. Porhaberseadmitidolaexcusaolarecusaciónenciertacausa;y,

c. Porhaberseejecutadolasentenciaentodassuspartes.

Delascausalesindicadas,laqueconstaenelliteralc)conformeloindicaelDr.CoelloGarcíaensuestudiodeltextobásico,mereceunaconsideraciónespecialporloqueseráanalizadamásadelante.

2. INCOMPETENCIA DEL MAGISTRADO O DEL JUEZ

Estaseproducecuandoagotadoeltrámitedelaexcusaorecusación,seharesueltoenfirme,queeljuezdebesepararsedelconocimientodelprocesoprincipal,ocasionandoconello,desdeesemismoinstante, incompetenciaenlacausaoprocesoenelquenopodráproveerabsolutamentenada,yaquedesucederalgúnactooprovidenciaposterioraesadeclaratoria,seránulotodoloactuado,denulidadabsoluta,conlaquepuedesercondenadoalpagodedañosyperjuicios.

Capítulo IX

Pérdida de la Competencia

ATENCIÓN:Remítase al artículo 22 del Código de Procedimiento Civil y al contenido del texto básico, páginas 271 a 277.

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3. ADMISIÓN DE EXCUSA O RECUSACIÓN

Laexcusaylarecusación,cuandohasidoaceptadaporel juezantequienseenvióelproceso,esquienhadeconocerlacausa,ydesdeelmomentoenquehasidoaceptadadichaexcusaorecusación,segúnelcaso,dejarádeactuareljuezqueinicialmenteconocíadelproceso.

En tal virtud, la aceptación o admisión de la excusa o de la recusación, separa delconocimientoaljuezomagistradoqueemitióopresentólaexcusayporconsiguienteseproducelapérdidadelacompetenciadelprimero.

Laadmisióndelaexcusaorecusación,dejaelprocesoenelestadoenqueseencontrabaenmanosdelanteriorjuez,esdecirquecontinúasucursosinalteraciónocambio,sinocomohemosvisto,enlapersonadeljuezomagistrado.

4. FALTA DE PODER JURISDICCIONAL

Estasituación,quelapodemosentendercomounacircunstanciadecabalconocimiento,puesqueafaltadepoderparaadministrarjusticiayhacercumplirlojuzgado,comolotienenquienesestánfacultadosporlaley,nopodríanejercerlasmismasatribuciones,sihandejadodeadministrarodeestarinvestidosdelpoderjurisdiccional.

Seríaimprocedente,pordecirlomenos,queunaautoridadjuezomagistrado,asabiendasactúesinestafacultadlegal,loqueocasionaincompetenciaensuprocederynulidadenloqueejecute.Estehechoocasionaríacontradichojuezomagistrado,unaindemnizacióncivilyhastapenal.

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Encierre en un círculo el literal de la alternativa correcta:

1. Eljuezpierdelacompetencia.

a. Cuandosehaplanteadolaexcusa.b. Enlacausaparalacualhasidodeclaradoincompetente.c. Cuandosepromueveeljuiciodecompetencia.

2. Eljueztambiénpierdelacompetencia.

a. Porlainterposicióndelarecusación.b. Porlaadmisiónlarecusaciónylaexcusa.c. Desdequeeljuezrecibeeloficioinhibitorio.

3. Eljuezpierdelacompetenciapor:

a. Laconcesióndelrecursodeapelación.b. Laconcesióndelrecursodehecho.c. Estarejecutadalasentenciaentodassuspartes.

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1. CONCEPTO

ComoloenseñaelDr.EnriqueCoelloGarcía,esunaacepciónquetieneunsignificadobastantesimilaraldedomicilio,comocoincidenciadellugarenqueresideneljuezylosinteresados.Deestopodemosdeducir,queelfuerocompetente,esel lugarendonderesidetantoelinteresadoyeljuez,porloque,nopodríademandarseaunapersonaenunlugardistintoaldesufuero,oanteunjuezdedistintofueroodomicilio.

2. ACCIONES PARA HACER RESPETAR EL FUERO

Elart.25delCódigodeProcedimientoCivil,establece:

“Demandadaunapersonaante juezdedistinto fuero,puededeclinar lacompetenciaoacudirasujuezpropioparaquelaentable,oprorrogarlacompetenciaenelmodoycasosenquepuedehacerloconformealaley”.

Deloestudiadoanteriormente,cuandotratamoslajurisdicciónycompetencia,sepuedeestablecerhoyconmásclaridad,que sin lugaradudas, elque se creaperjudicadoodistraído de su propio fuero o lugar de residencia, puede proponer la excepción deincompetenciaanteese juezomagistradoquenoseaeldesu lugaro fuero;opuedeproponerlaaccióninhibitoriaparaqueeljuezdesulugarofuero,entablelacompetencia;o finalmente, prorrogarse en la competencia, sometiéndose ante el juzgamiento otratamientodeljuezquenoesdesufuero,porpermitirlolaleyonoexistirimpedimentolegal.

Capítulo XFuero Competente

ATENCIÓN:El tema de este capítulo lo encontrará en las páginas 281 a 301 del texto básico volumen I.

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3. EL JUEZ Y SU INCOMPETENCIA

Eljuezqueconozcadeunasuntoyconsiderequenoescompetente,enalgunoscasospodráinhibirsedelconocimiento,peroenotroscasostendráqueesperaralacontestacióndeldemandado,afindeconocersialegaopresentalaexcepciónoaccióndeincompetencia,ydarleasíeltrámite,segúnelcaso,pararesolverlopertinente.Unjuezpodránosercompetenteeninicio,perosilaspartessesometenyaporsilencioofaltadeexcepción,seentenderáquesehanprorrogado,casocontrariocomoenotroscasos,laincompetenciaúnicamentepuedeseralegadacomoexcepción.

4. FUERO DEL DOMICILIO

Según el art. 26 del Código Procedimiento Civil, el juez del lugar, donde tiene sudomicilioeldemandado,eselcompetenteparaconocerdelascausasquecontraéstesepromuevan.Esdecirqueesreglageneral,queelactordelproceso,siemprehadepresentarsuacciónválidamenteeneldomiciliodeldemandado,sinquepuedaaceptarsela falta de competencia o incompetencia del juez, si el caso tiene estos elementos enformaclara.

Porlotantoelfueroolugardeldomiciliodeljuezydelqueestásujetoeldemandado,essiempreelcompetenteparaentablarválidamenteunaacciónoprocesodelanaturalezaquefuere.

5. DOMICILIO Y MERA RESIDENCIA

Cabeseñalarqueeldomiciliopuedeserel indicadopor laspartesenundocumento,contratouobligación,sinperjuiciodelquepuedantenercomomeraresidencia,estoesellugarquehabitualmentetengaenrazóndesutrabajouoficiodiario.

Eldomicilioestablecidocivilypolíticamente,queademáspodemosllamarcomodomiciliolegal,eselquenosdalapautaparapoderseñalarodeterminar,elqueverdaderamentelecorrespondeaunapersona,elqueasuvezseráeldomiciliolegal.

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6. DOMICILIO MÚLTIPLE

Elque tengadosomásdomicilioso lugaresderesidencia,puedeserdemandadoencualquierlugaroendondeelaccionanteasílodecida,anoserdequeelasuntodequesetratelademanda,estéenunlugardeterminado,entalcaso,eseseráeldomicilioyeljuezdellugarelcompetente.

7. RENUNCIA GENERAL DEL DOMICILIO

Deacuerdoaladisposicióndelart.30delCódigodeProcedimientoCivilporlarenunciageneral del domicilio, el renunciante puede ser demandado donde se lo encuentre.Equivaleaqueelrenunciantequedesindomicilioyquecarezcadefuerodomiciliar.

Luegodecomprenderelalcancedelasreglasdelfuerocompetente,anoteunejemploencadacasoplanteadoenestecapítulo.

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Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda:

1. ( ) Eldemandado,tienederechoaqueseinterpongalaacciónensucontra,anteeljuezdesufuero.

2. ( ) Demandadaunapersonaantejuezdedistintofueropuededeclinarlacompetencia.

3. ( ) Demandadaunapersonaantejuezdedistintofueropuedeacudirasujuezpropio,paraqueentablelacompetencia.

4. ( ) El juez del lugar donde tiene su domicilio el demandado es elcompetenteparaconocerlascausasquecontraelsepromuevan.

5. ( ) El que tiene varios domicilios debe ser demandado en el lugar dedondepermanezcamástiempo.

6. ( ) El que renuncia el domicilio puede ser citado en donde se loencuentre.

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Además del fuero del domicilio, existen fueros especiales.Establezcamos cuales son:

1. FUEROS CONCURRENTES

Estánreguladosporelart.29delCódigodeProcedimientoCivildelaformasiguiente:

DEL LUGAR DEL PAGO O CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN

Ellugardondedebehacerseelpago,esotrodelosdomiciliosseñaladosenlaley,comolegal,amásdeldomiciliohabitualoresidenciadeldemandado.Enestecaso,eldeudoruobligadosesometealdomicilioquepuedaelegirelacreedor;loquesignificaqueeldeudornopodríaalegarincompetenciaporrazóndelfueroodomicilio.

EL LUGAR DONDE SE CELEBRÓ EL CONTRATO

Enestecaso,eljuezqueconozcadelaacciónqueseplantee,debesereldellugardondesecelebróelcontrato,yaqueporotroladoestejuez,eselcompetenteparaconocerdelasuntoquesehayaestipuladoenelcontrato,másaún,sisetratadeasuntosquerecaensobrebienesdeesefuero.

EL JUEZ DEL LUGAR DONDE SE SOMETIÓ EXPRESAMENTE EL DEMANDADO

En los contratos o documentos como la letra de cambio, cheque, pagarés, etc., porlo general, a voluntad expresa de las partes, se establece el domicilio o lugar decumplimientodedeterminadaobligaciónoactoacumplirse,detalmanerasiendoestauna manera especial, permitida por la ley, sólo puede estipularse por escrito o debeconstarendocumento.

Capítulo XIFueros Especiales

ATENCIÓN:Los contenidos de los fueros especiales se encuentran en las páginas 305 a 330 del texto básico.

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EL LUGAR DONDE ESTUVIERE EL BIEN MATERIA DEL LITIGIO

Eljuezdellugardondeestáubicadoelbienmateriadellitigio,eselcompetenteparaconocerdelacausa.Detalmaneraqueeldomiciliodelactorodemandado,sesujetaenformaobligada,allugarydomiciliodondeseencuentraelbien.

EL LUGAR DONDE SE HUBIEREN CAUSADO LOS DAÑOS

Escompetenteeljuez,enlacausadedañosyperjuicios,eldellugardondeseocasionarondichosdaños,sinquepuedaalegarseincompetenciaofaltadejurisdiccióndeljuezqueconozcadeesteasunto.

Esportantounfueroespecial,quesehalladeterminadoúnicayexclusivamenteparaestetipodeasuntos.

EL LUGAR DONDE SE ADMINISTRAN LOS BIENES AJENOS

Paraelqueadministrebienesajenos,eljuezdellugardondeesténdichosbienes,eselcompetenteparaconocerde lademandao reclamaciónquedeello sederive,estoesqueeldemandadopuedetenersudomiciliooresidenciaenunlugardistintodelqueserefierealosbienesqueadministra,yporlaadministracióndebesujetarsealjuezdeldomiciliodelosbienes.Estoocurreespecialmenteconeljuiciodecuentas.

2. FUEROS EXCLUYENTES

Están regulados por el art. 31 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual debeanalizarloyobtenerloscasoscorrespondientes.

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3. DEL DOMICILIO JUDICIAL

Todapersonaqueespartedeunproceso,tieneobligacióndeseñalareldomiciliojudicial,quenopuedeserotroqueelcasillerojudicialdeunabogadolegalmenteinscritoyenlibreejerciciodesuprofesión.

Portantoeldomiciliojudicial,noesotroqueellugardondeserecibelasnotificacionesyquelashaceelactuariodeljuzgado,sobrelasprovidenciasdictadasporeljuez.

4. FUEROS ESPECIALES

DEL FUERO DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, DEL FISCO, DE EMBAJADORES Y AGENTES DIPLOMÁTICOS EXTRANJEROS

Porreglageneral,todoslosasuntosenmateriacivilnotienenespecial,debenpresentarseantelosjuecesordinariosociviles,perocomoexcepciones,encontramoscuatroreglasquesepresentanparaciertaspersonas,asítenemos:

a. LaqueseestableceafavordelPresidentedelaRepública,queserácompetentelaCorteSuprema,enprimeraysegundainstancia.

b. CuandosetratedeasuntosqueinteresanalFisco,esdecircuandoseademandadoyelactorseaunparticular,pudiendoserpersonanaturalojurídica,enestecasoelcompetenteeslaCorteSuprema.

c. Comoterceraexcepción,anotamoselfueroquetienendeterminadosmagistrados,juecesy funcionarios judiciales, cuandose tratendeactosque sederivende sufunción.Elcompetentesegúnelcaso,puedeserlaCorteSupremaoSuperior.

d. Porúltimoencontramoselfueroestablecidoparalosembajadoresofuncionariosdiplomáticosextranjerosparaestecaso,elcompetenteeslaCorteSuprema.

FUEROCONCURRENTE

Juezcompetente

FUEROEXCLUYENTE

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Anote V (verdadero) o F (falso) según corresponda:

1. ( ) Elfueroconcurrenteseaplicaenlosasuntossobrelinderos.

2. ( ) El fuero concurrente se aplica en los asuntos que demandenconocimientoslocales.

3. ( ) Elfueroexcluyenteseaplicaenasuntosdepago.

4. ( ) Elfueroconcurrenteseaplicaenasuntosdecelebracióndecontratos.

5. ( ) Elfueroexcluyenteseaplicaenaccionesposesorias.

6. ( ) Elfueroexcluyenteseaplicaencausasdeinventario.

AUTOEVALUACIÓN 11

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Hemos terminado el primer bimestre de la asignatura. ¿Qué le pareció?, ¿difícil?, ¿complejo?. ¿Considera que está listo para presentarse a la evaluación presencial?, ¿aún no?.

Considero que es comprensible su estado, pero no se preocupe, refuerce su conocimiento, con una nueva lectura comprensiva de los temas tratados y anote en sus apuntes un ejemplo de cada caso.

Siga confiando en su capacidad y alcanzaremos el éxito, digo alcanzaremos, porque estamos caminado juntos, conforme lo prometí al inicio.

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a. Interponer la acción legal correspondiente de acuerdo a la normativa procesalcivil.

b. Contestar la acción legal interpuesta de acuerdo a la normativa procesalrespectiva.

c. Aportarpruebasenelprocesoparajustificarlasaseveracionesyplanteamientosdelaspartes.

d. Interponerlosrecursoslegalesestablecidosenelprocesocivil.

EGUNDOEGUNDO

�.1. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

SBIMESTREBIMESTRE

8.

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CAPÍTULO XIIDE LOS FUNCIONARIOS

1. Magistradosyjueces2. Secretarios,oficialesmayoresyauxiliares3. Notarios4. Registradoresdelapropiedadymercantiles5. Alguacilesydepositarios6. Policíajudicial7. Peritos

CAPÍTULO XIII DE LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO

1. Actorydemandado2. Personasjurídicas3. Personasconincapacidadabsolutaorelativa4. Representanteslegales5. Losherederosysusderechos6. Terceros

CAPÍTULO XIV PROCURADORES

1. Delmandato2. Procuradorjudicialycaracterísticas3. Requisitosdelaprocuración4. Atribucionesydeberesdelaprocuración5. Actuacionesquerequierendecláusulaespecial6. Duracióndelaprocuración

�.2. CONTENIDOS

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CAPÍTULO XV DEL PROCESO CIVIL

1. Conflictodeintereses2. Partesquecomprendeelproceso

CAPÍTULO XVI DEL JUICIO

1. Acción2. Clasificacióndelasacciones3. Actospreparatorios

CAPÍTULO XVII DE LA DEMANDA

1. Concepto2. Requisitosesenciales3. Documentosquehandeacompañarse4. Reformaycambiodelaacción5. Acciones diversas, alternativas, contrarias, incompatibles y sujetas a diverso

trámite

CAPÍTULO XVIII DE LA CITACIÓN

1. Concepto2. Citaciónespecial3. Citaciónporlaprensa4. Citaciónalacomunidad5. Efectosdelacitación

CAPÍTULO XIX DE LA NOTIFICACIÓN

1. Concepto2. Formayrequisitos3. Notificaciónconeltraspasodeuncrédito4. Notificaciónconunaordenderetenciónoembargo

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CAPÍTULO XX DE LA CONTESTACIÓN

1. Contestaciónalademanda2. Requisitosdelacontestación3. Rebeldíayefectos4. Excepcionesdepuroderecho5. Excepcionesdilatorias6. Excepcionesperentorias7. Reformadelacontestación8. Reconvención

CAPÍTULO XXI DE LA ACUMULACIÓN

1. Acumulacióndeautos2. Casosenqueprocede3. Litigiopendiente4. Juiciosdeconcurso5. Continenciadelacausa6. Casosenquenoprocedelaacumulación7. Formaenqueseefectúalaacumulación

CAPÍTULO XXII DE LA PRUEBA

1. Pruebapreestablecida2. Presunciones3. Cargadelaprueba

CAPÍTULO XXIII CONFESIÓN JUDICIAL

1. Elementosdelaconfesión2. Clasesdeconfesión3. Confesiónficta4. Efectosdelaconfesión

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CAPÍTULO XXIV PRUEBA INSTRUMENTAL

1. Instrumentopúblico

1.1.Valorprobatoriodelinstrumentopúblico1.2. Impugnacióndelinstrumentopúblico

2. Instrumentoprivado2.1. Valorprobatoriodelinstrumentoprivado2.2. Impugnacióndelinstrumentoprivado2.3. Diferenciadeinstrumentopúblicoyprivado

CAPÍTULO XXVPRUEBA TESTIMONIAL Y TÉCNICA

1.Cualidadesdelaaptituddeltestigo1.1. Edad1.2. Conocimiento1.3. Probidad1.4. Imparcialidad

2. Falsotestimoniooperjurio3. Tachadelostestigos4. Pruebapericial

CAPÍTULO XXVI SENTENCIAS, AUTOS Y DECRETOS

1. Sentencias2. Autos3. Decretos

CAPÍTULO XXVII COSA JUZGADA

1. Naturalezayfundamentodelacosajuzgada2. Elementosyrequisitos3. Identidadsubjetivayobjetiva4. Identidaddelacausa5. Límitesobjetivoysubjetivo6. Autoridaddelacosajuzgada7. Efectosdelacosajuzgada

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CAPÍTULO XXVIII DE LOS TÉRMINOS

1. Términosyplazos2. Formadecomputareltérminoyplazo3. Clasesdetérminos4. Suspensióndelostérminos5. Característicasdelostérminos6. Efectos

CAPÍTULO XXIXDE LOS RECURSOS

1. Apelación1.1. Clasesdeapelación1.2. Nulidadprocesal

2. Recursodehecho3. Recursodecasación

CAPÍTULO XXX DEL DESISTIMIENTO Y ABANDONO

1. Deldesistimiento1.1. Quienespuedendesistir1.2. Efectosdeldesistimiento

2. Delabandono2.1. Efectosdelabandono2.2. Tiemporequerido2.3. Declaracióndelabandono

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Alumnos y alumnas ......... debemos continuar con nuestra labor de enseñanza – aprendizaje en este segundo bimestre, con actitud positiva y con la fe inquebrantable que si podemos dar mas en este bimestre.

1. MAGISTRADOS Y JUECES

SegúnlaLeyOrgánicadelaFunciónJudicial,losservidoresjudicialesqueintervienenenlaadministracióndejusticia,estándistribuidosencuatrocategorías.LaprimeraserefierealosministrosdeCorteSuprema,delosTribunalesDistritalesdelaFiscal,deloContencioso-AdministrativoydelasCortesSuperiores.Lasegunda,serefierealosjuecesengeneralquetienenasucargolaadministracióndejusticiaenprimerainstancia;los jueces son de menor jerarquía que los ministros. La tercera a los funcionarios engeneralquebienpuedenserlosmagistrados,ministros,jueces,notarios,registradores,secretariosyoficialesmayores.Ylacuarta,losempleadosengeneral,quesonservidoresdemenorjerarquíaycumplenfuncionesdetrámiteengeneral.

2. SECRETARIOS, OFICIALES MAYORES Y AUXILIARES

Lossecretariosoactuariosdesempeñanunafunciónprimordialenlosprocesos,porqueellossonlosquecertificanlarealizacióndelasdiferentesdiligenciasquesedanenunproceso.Sonactuariosquedanfedeloqueseactúaeneljuicio.

�.3. DESARROLLO DEL APRENDIZAJE

Capítulo XII

De los Funcionarios

ATENCIÓN:El tema de este capítulo se encuentra en el texto básico, volumen II, páginas 11 a 33. Lea con atención sus contenidos.

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Losoficialesmayoressonauxiliaresdirectosdelossecretarios.

Losauxiliares,encambio,sonempleadosdemenorjerarquíaquelossecretarios;cumplenconelauxiliodelastareasdeorganizacióndelosprocesos,asícomodelasdecarácteradministrativoydeordenamientodearchivosuotrosmenesteres,amáslógicamente,delaprontaprestacióndelserviciohacialosusuariosyprofesionalesdelDerecho.

3. NOTARIOS

Son ministros de fe, que actúan en los asuntos que establece la Ley Notarial. Supresenciaconstituyeunavalparalalegalidadolegalizacióndeciertosactosdelordenpúblicooprivado.Gozandeindependenciaensuaccionar,perodebencumplirconlasdisposicionesuórdenesquedictanlosmagistradosojuecesenelcumplimientodesusfunciones.

4. REGISTRADORES

Elregistro,lugardondeconcluyelaformalidaddelosinstrumentospúblicos,enespeciallas escrituras realizadas por los notarios, debe estar a cargo de una persona con altogradoderesponsabilidadmoral,civilypenal.Elregistradordelapropiedadymercantilsonfuncionariosjurídicos,nombradosporlaFunciónJudicial,con,funcionesespecíficosseñaladosenlaley.

5. ALGUACILES Y DEPOSITARIOS

Sonfuncionariosjudiciales,quecumplenlasdisposicionesuórdenesemanadasporlosmagistradosyjuecesenelcumplimientodesufunción.Supresencia,permiteelcabalcumplimientodeórdenesquedebenllevarseacabo,aúnencontradelavoluntaddeciertaspersonas,queporel resultadode lascontroversias,debendarleel toque finalqueenbuenostérminosseríademaneracoercitiva.Cumplenenlamayoríadecasos,órdenesdeapremioodehacerefectivounactoincumplidoporalgunadelaspartes,provenientesdeunaresoluciónenfirmeoejecutoriada,entreotras.

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6. PERITOS

Considerados auxiliares del juez, por su conocimiento específico en determinadasmateriastécnicasocienciasdecaráctergeneral,danaljuezelementosdejuicionecesariosparaunmejoresclarecimientodelaverdadyloshechosprovenientesdelacausaodelenjuiciamientoqueesté tratándose.Sonnombradosporel juezparaqueactúenenelproceso,sibiennotienenelcarácterdeempleadosofuncionarios,suactuaciónpermiteencontrarmejoreselementosenlosdiferentescasosqueseinvestigan.

Para facilitarle la comprensión de los fueros especiales debe analizar cada los casosexpuestosenlosarts.29y31C.P.C.yponerunejemploencadaunodeellos.

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Anote el literal que le corresponde en los contenidos siguientes:

a. Notarios

b. Jueces

c. Oficialesmayores

d. Magistrados

e. Alguaciles

f. Peritos

g. Registradoresdelapropiedad

1. ( ) Sonadministradoresdejusticiademasaltogradoquelosjueces.

2. ( ) Sonministrosdefe.

3. ( ) Tienen conocimientos específicos sobre determinadas materiastécnicasociencias.

4. ( ) Cumplenórdenesdispuestasporlosmagistradosojueces.

5. ( ) Sonauxiliaresdirectosdelossecretarios.

6. ( ) Administranjusticiaenprimerainstancia.

AUTOEVALUACIÓN 12

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¡Que interesante!....................¿Está usted de acuerdo conmigo?.............. espero que lo esté, porque entramos a conocer las partes que intervienen en un proceso civil.

1. ACTOR Y DEMANDADO

Sonpartesprincipalesdeunprocesojudicialcontencioso.

ElCódigodeProcedimientoCivilenelart.32,estableceque:

“Actor es el que propone una demanda; y demandado, aquél contra quien se laintenta”.

2. LAS PERSONAS JURÍDICAS

ElCódigodeProcedimientoCivil,enlapartepertinente,establece:

Art.33.-“Nopuedencomparecerenjuiciocomoactoresnicomodemandados:...

Laspersonasjurídicasanoserpormediodesurepresentantelegal”...

Necesariamente las personas jurídicas para comparecer a juicio deben hacerlo porintermediodesurepresentantelegal.

3. PERSONAS CON INCAPACIDAD DE EJERCICIO ABSOLUTO O RELATIVO

ElCódigodeProcedimientoCivil,enlapartepertinente,establece:

Capítulo XIII

De las Partes que Intervienen en el Proceso

ATENCIÓN:Lea con detenimiento los temas de este capítulo en las páginas 59 a 79 del texto básico, volumen II.

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“Art.33.-Nopuedencomparecerenjuiciocomoactoresnicomodemandados:

1º Elmenordeedadycuantossehallanbajotutelaocuraduría,anoserquelohaganpormediodesurepresentante legaloparadefendersusderechosprovenientesdecontratosquehayancelebradoválidamentesinintervenciónderepresentantelegal;y,...”

Elmenordeedadpuedecomparecerporsímismoajuicionosóloparadefenderderechosprovenientes de contratos que haya celebrado válidamente sin la intervención de surepresentantelegal,sinoenotroscasos.Citoamaneradeejemploelsiguientecaso:unmenordeedadquetengamásdedieciséisañosyque,sinembargosiguesiendomenordeedad,puedecomparecera juiciopersonalmenteparadeducircontrasuspadreseljuiciodedisenso(art.731delCódigodeProcedimientoCivil).

4. DE LOS REPRESENTANTES LEGALES

Losincapacesdeejercicioquepuedencomparecerenjuicio,parainterveniractivamenteen las contiendas judiciales, tienen que obrar, representados, es decir asistidos, porpersonasquetengantotaldiscernimientooqueesténenelusoplenodesusfacultadesintelectivasyque,además,seanellasmismaslasquepuedanexpresarseconconciencia,en forma verbal o estricta. Esta forma de ser la ley, guarda estrecha relación con lanaturalezadelascosasyconlaconvenienciaeconómico-socialdelproblemaprocesal.

Elart.34delC.P.C.establecelarepresentacióndelosincapaces,porlotantoconatenciónestanorma.

- BajoPatriapotestadpadreomadre

- Elmenordeedadrepresentantelegal

REPRESENTACIÓNDE -HijomenordeedadLOSINCAPACES afaltadepadrey

madre curador

- Personasjurídicasrepresentantelegal

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5. DEMANDA CONTRA HEREDEROS

Fallecida una persona se produce la apertura de la herencia, el mismo día de sumuerte, loque implicaelactual llamamientode la leya los sucesoresparaaceptarorepudiarlasasignaciones.Cuandosetratadeunsucesortestamentarioqueseallamadocondicionalmenteylacondiciónseasuspensiva,habráqueesperarqueellasecumplaparaqueopereladelación.

Silacondiciónesresolutoriaysehaefectuado,nadatendráquereclamarelasignatario;y,silacondiciónespotestativa,elsucesordeberárendircauciónparaqueladelaciónseproduzcaeldíadelfallecimientodelcausante,amenosquesetratedeunfideicomiso.No debe olvidarse que esos problemas se producirán solamente en las asignacionestestamentarias,porquelaslegalessonpornaturaleza,purasysimples.

Entodocasolaacciónnopodráproponerseantesdelosochodíasluegodelfallecimientodelcausante.

6. TERCEROS

Sonlosquesepresentanalegandoquetieneninterésenlacausa,yaquelasdecisionesquesetomenpuedenperjudicarles.

Enlasección3ª.delTítuloIIdelLibroIICPCseregulaalastercerías,porloquesedeberemitirseaella.AdemáseltemaloencontraráeneltextobásicovolumenIIpágs.76a80.

Midamossusconocimientosconlasiguienteautoevaluación,

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Conteste las siguientes interrogantes:

1. ¿Actoreselqueproponelademanda?

si ( ) no ( )

2. ¿Aquelcontraquienselaintentasellamademandado?

si ( ) no ( )

3. ¿Los que se hallen bajo patria potestad serán representados por un curador entodosloscasos?

si ( ) no ( )

4. ¿El menor de edad a falta de padre y madre será representado por un curadorespecial?

si ( ) no ( )

5. ¿Los que se presentan por algún interés, aparte del actor y del demandado sellamanterceristas?

si ( ) no ( )

AUTOEVALUACIÓN 13

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¿Ud. en este momento puede ser procurador judicial?, aún no, ¿verdad?....... ¿pero si puede ser procurador común?Interesante las preguntas.....................Entremos a estudiar el tema.

1. CONTRATO DE MANDATO

ElDr.EnriqueCoelloGarcía,ensuobradice:“EnmiSistemaProcesalCivilyencualquiertratado sobre esa materia, debe considerarse, casi exclusivamente a la procuraciónjudicial y no al contrato de mandato en general”. Sin embargo, con el objeto de quesecomprendadebidamente la institución,esnecesariorealizarpreviamenteunbreveanálisisdedichocontrato,segúnlasnormasdelCódigoCivil.

Elart.2020delCódigoCivildice:“Mandatoesuncontratoenqueunapersonaconfíalagestióndeunoomásnegociosaotra,quesehacecargodeellosporcuentayriesgodelaprimera.Lapersonaqueconfiereelencargosellamacomitenteomandante,ylaqueaceptaapoderado,procuradory,engeneral,mandatario”.

2. PROCURACIÓN JUDICIAL

ElCódigodeProcedimientoCivilenelart.38,establece:

“Son procuradores judiciales los mandatarios que tienen poder para comparecer enjuicioporotros”.

ParanuestroCódigodeProcedimientoCivil,esprocuradorjudicialúnicamenteaquelquehacelebradoconsumandanteuncontratodemandato.Concretamentemerefieroalosabogadosque,enelejerciciodesuprofesión,representanasusclientesenlosjuiciosyobranasunombre.

Capítulo XIVDe los Procuradores

ATENCIÓN:Estudie el tema en las páginas 83 a 128 del texto básico, volumen II.