Cuadro comparativo ivonne duran

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IVONNE DEL VALLE DURAN DE PAEZ. C.I 7.449.496 DEFINICION SISTEMAS PROCESALES DERECHO PROCESAL PENAL PRINCIPIOS Y GARANTIAS PROCESALES DIFERENCIAS Y SIMILITUDES “Es la rama del derecho procesal que disciplina el comportamiento de los sujetos, además establece los principios, reglas y normas que rigen el enjuiciamiento de la persona señalada de haber cometido un delito (imputado), regulando el proceso penal desde su inicio hasta su finalización, que se concreta generalmente en una sentencia definitiva que absuelve o condena al imputado. Son el fundamento para el desarrollo de cualquier tipo de procedimiento o actuación de la policía judicial, además del margen dentro del cual debe actuar el investigador en todo momento y sus procedimientos deben estar apegados al Código Orgánico Procesal Penal para así garantizar las debidas garantías constitucionales y legales. El Sistema Inquisitivo: Es escrito en su totalidad. El juez actúa de oficio e ilimitadamente en la instrucción de la causa. Es riguroso, sumario o secreto. El procedimiento inquisitivo la fase de instrucción es la central del proceso penal. Finalidad del proceso Artículo 13. “El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberá atenerse el Juez o Jueza al adoptar su decisión.” RELACION CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO El Sistema acusatorio: Es Oral en forma predominante. El juez nunca actúa de oficio, sino a instancia de la parte acusadora. Tiene la carga de probar los hechos que imputa En el proceso acusatorio, se reconoce ampliamente, como parte del derecho de defensa, el derecho del imputado de acceder a las pruebas durante la instrucción. Sólo es admisible el secreto parcial, cuando resulta indispensable para la eficacia de algún acto específico de la investigación. Oralidad Artículo 14. “El juicio será oral y sólo se apreciarán las pruebas incorporadas en la audiencia, conforme a las disposiciones de este Código.” a. El Derecho Penal sustantivo en la medida en que permite su concreción b. El Derecho Constitucional, pues el sistema procesal desarrollado legalmente tiene su fundamento en el texto constitucional. e. El Derecho Administrativo, dado que esta rama del derecho es la que regula las facultades disciplinarias de los jueces y es la encargada de fijar las reglas de organización judicial y de otros órganos públicos que intervienen en el proceso penal. d. El Derecho Procesal Civil, dada la naturaleza adjetiva de ambas ramas del ordenamiento jurídico. e. Con el Derecho Internacional, así se advierte de las normas que regulan la aplicación extraterritorial de la ley penal, en el procedimiento de extradición y lo relativo a las inmunidades diplomáticas, entre otros aspectos Los principios procesales cumplen una funcion bastante importante en el estudio del derecho procesal. En el derecho el tema de los principios resulta ser bastante importante para tener conocimientos mas amplios, y esto también ocurre dentro del derecho procesal. Los principios procesales deben ser estudiados en todas las ramas del derecho procesal y para la doctrina deben ser tenidos en cuenta en la parte general del derecho procesal, sin embargo, su aplicación es a todo el proceso. El Sistema Mixto: Superposicion parcial entre el acusatorio y mixto. Comprende dos fases una sumaria de investigación y una oral y pública. La oralidad, no es una exigencia expresa de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que consagran el derecho a un debido proceso. Es necesario, porque el juicio oral, que tiene un valor instrumental, es indispensable para realizar en la práctica otros de los principios del debido proceso, como son la publicidad, la inmediación y la concentración. El procedimiento escrito no es un medio idóneo para realizar en los hechos los principios mencionados. PRINCIPIOS Y GARANTIAS PROCESALES CONCATENACIÓN CON LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. DIFERENCIAS CON LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Juicio Previo y Debido Proceso, artículo 1 del Copp, concatena con los artículos 22,23 y 49 CRBV. -Ejercicio de la Jurisdicción, artículo 2 Copp, concatena con los artículos 26, 49 y 253 Constitucionales. - Participación Ciudadana, artículo 3 Copp, se concatena con los artículos 2,3,6,62,70,187 y 253 CRBV. -Autonomía e independencia de los Jueces y Juezas, artículo 4 Copp, se concatena con los artículos 26 y 254. -Autoridad del Juez o Jueza, artículo 5 Copp, se concatena con el artículo 253 CRBV. -Obligación de Decidir, artículo 6 Copp, se concatena con los artículos 16, 49 y 255 CRBV. -Juez o Jueza Natural, artículo 7 Copp, se concatena con el art. 49 en sus numerales 3 y 4 CRBV. -Presunción de Inocencia, artículo 8 Copp, se concatena con el art. 49 num. 2 CRBV. -Afirmación de Libertad, artículo 9 Copp, se concatena con el art. 44 CRBV. -Respeto a la Dignidad Humana, artículo 10 Copp, se concatena con los artículos 2, 3 y 19 de la CRBV. -Titularidad de la Acción Penal, artículo 11 Copp, se concatena con el artículo 285. -Defensa e Igualdad entre las partes, artículo 12 Copp, se concatena con los artículos 21 y 49 Constitucionales. -Finalidad del Proceso, artículo 13 Copp, se concatena con el artículo 257 CRBV. -Oralidad, artículo 14 Copp, se concatena con el artículo 271 segundo aparte CRBV. -Publicidad, artículo 15 Copp, se concatena con los artículos 257 y 271 CRBV. -Inmediación, artículos 16 Copp, se concatena con el artículo 332 CRBV. -Contradicción, artículo 18 Copp, se concatena con el artículo 49 CRBV. -Control de la Constitucional, artículo 19 Copp, se concatena con los artículos 334 y 335 CRBV. -Única Persecución, artículo 20 Copp, se concatena con el artículo 49 CRBV. Existen diferencias entre una norma rectora o de mayor jerarquía como lo es la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, que es un verdadero tratado penal y procesal, frente a una norma legal. Es la Constitución la que establece como garantía el principio in dubio pro reo y el de la doble instancia. Todos los demás principios que tiene la doctrina, están contenidos en el Copp. EL COPP Y LOS CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS Y RATIFICADOS POR LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN CUANTO A LOS DERECHOS HUMANOS Juicio Previo se encuentra en los artículos 7,8,9 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos; en el artículo 6 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales; en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Presunción de Inocencia se encuentra en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Defensa e igualdad entre las partes se encuentra en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Única persecución se encuentra en el artículo 8 numeral 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Cosa Juzgada se encuentra en el artículo 8 numeral 4 Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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IVONNE DEL VALLE DURAN DE PAEZ.C.I 7.449.496

DEFINICION SISTEMAS PROCESALES  DERECHO PROCESAL PENAL PRINCIPIOS Y GARANTIAS PROCESALES DIFERENCIAS Y SIMILITUDES  

“Es la rama del derecho procesal que disciplina el comportamiento delos sujetos, además establece los principios, reglas y normas que rigen el enjuiciamiento de la persona señalada de haber cometido un delito (imputado), regulando el proceso penal desde su inicio hasta su finalización, que se concreta generalmente en una sentencia definitiva que absuelve o condena al imputado.

Son el fundamento para el desarrollo de cualquier tipo de procedimiento o actuación de la policía judicial, además del margen dentro del cual debe actuar el investigador en todo momento y sus procedimientos deben estar apegados al Código Orgánico Procesal Penal para así garantizar las debidas garantías constitucionales y legales.

El Sistema Inquisitivo:  • Es escrito en su totalidad.• El juez actúa de oficio e ilimitadamente en la instrucción de la causa.• Es riguroso, sumario o secreto.

El procedimiento inquisitivo la fase de instrucción es la central del proceso penal.Finalidad del procesoArtículo 13. “El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las víasjurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberáatenerse el Juez o Jueza al adoptar su decisión.”  

RELACION CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO  El Sistema acusatorio: • Es Oral en forma predominante.• El juez nunca actúa de oficio, sino a instancia de la parte acusadora.• Tiene la carga de probar los hechos que imputa

 En el proceso acusatorio, se reconoce ampliamente, como parte del derecho de defensa, el derecho del imputado de acceder a las pruebas durante la instrucción. Sólo es admisible el secreto parcial, cuando resulta indispensable para la eficacia de algún acto específico de la investigación.OralidadArtículo 14. “El juicio será oral y sólo se apreciarán las pruebas incorporadasen la audiencia, conforme a las disposiciones de este Código.”

 a. El Derecho Penal sustantivo en la medida en que permite su concreción

b. El Derecho Constitucional, pues el sistema procesal desarrollado legalmente tiene su fundamento en el texto constitucional.

e. El Derecho Administrativo, dado que esta rama del derecho es la que regula las facultades disciplinarias de los jueces y es la encargada de fijar las reglas de organización judicial y de otros órganos públicos que intervienen en el proceso penal.

d. El Derecho Procesal Civil, dada la naturaleza adjetiva de ambas ramas del ordenamiento jurídico.

e. Con el Derecho Internacional, así se advierte de las normas que regulan la aplicación extraterritorial de la ley penal, en el procedimiento de extradición y lo relativo a las inmunidades diplomáticas, entre otros aspectos

 Los principios procesales cumplen una funcion bastante importante en el estudio del derecho procesal.  En el derecho el tema de los principios resulta ser bastante importante para tener conocimientos mas amplios, y esto también ocurre dentro del derecho procesal. Los principios procesales deben ser estudiados en todas las ramas del derecho procesal y para la doctrina deben ser tenidos en cuenta en la parte general del derecho procesal, sin embargo, su aplicación es a todo el proceso.  

El Sistema Mixto: • Superposicion parcial entre el acusatorio y mixto.• Comprende dos fases una sumaria de investigación y una oral y pública.

 La oralidad, no es una exigencia expresa de los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos que consagran el derecho a un debido proceso. Es necesario, porque el juicio oral, que tiene un valor instrumental, es indispensable para realizar en la práctica otros de los principios del debido proceso, como son la publicidad, la inmediación y la concentración. El procedimiento escrito no es un medio idóneo para realizar en los hechos los principios mencionados.  

PRINCIPIOS Y GARANTIAS PROCESALES  CONCATENACIÓN CON LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. DIFERENCIAS CON LA CONSTITUCIÓN NACIONAL  

Juicio Previo y Debido Proceso, artículo 1 del Copp, concatena con los artículos 22,23 y 49 CRBV. -Ejercicio de la Jurisdicción, artículo 2 Copp, concatena con los artículos 26, 49 y 253 Constitucionales. -Participación Ciudadana, artículo 3 Copp, se concatena con los artículos 2,3,6,62,70,187 y 253 CRBV. -Autonomía e independencia de los Jueces y Juezas, artículo 4 Copp, se concatena con los artículos 26 y 254. -Autoridad del Juez o Jueza, artículo 5 Copp, se concatena con el artículo 253 CRBV. -Obligación de Decidir, artículo 6 Copp, se concatena con los artículos 16, 49 y 255 CRBV.-Juez o Jueza Natural, artículo 7 Copp, se concatena con el art. 49 en sus numerales 3 y 4 CRBV. -Presunción de Inocencia, artículo 8 Copp, se concatena con el art. 49 num. 2 CRBV. -Afirmación de Libertad, artículo 9 Copp, se concatena con el art. 44 CRBV. -Respeto a la Dignidad Humana, artículo 10 Copp, se concatena con los artículos 2, 3 y 19 de la CRBV. -Titularidad de la Acción Penal, artículo 11 Copp, se concatena con el artículo 285. -Defensa e Igualdad entre las partes, artículo 12 Copp, se concatena con los artículos 21 y 49 Constitucionales. -Finalidad del Proceso, artículo 13 Copp, se concatena con el artículo 257 CRBV. -Oralidad, artículo 14 Copp, se concatena con el artículo 271 segundo aparte CRBV. -Publicidad, artículo 15 Copp, se concatena con los artículos 257 y 271 CRBV. -Inmediación, artículos 16 Copp, se concatena con el artículo 332 CRBV. -Contradicción, artículo 18 Copp, se concatena con el artículo 49 CRBV. -Control de la Constitucional, artículo 19 Copp, se concatena con los artículos334 y 335 CRBV. -Única Persecución, artículo 20 Copp, se concatena con el artículo 49 CRBV.

Existen diferencias entre una norma rectora o de mayor jerarquía como lo es la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, que es un verdadero tratado penal y procesal, frente a una norma legal. Es la Constitución la que establece como garantía el principio in dubio pro reo y el de la doble instancia.Todos los demás principios que tiene la doctrina, están contenidos en el Copp.

 

EL COPP Y LOS CONVENIOS INTERNACIONALES SUSCRITOS Y RATIFICADOS POR LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN CUANTO A LOS DERECHOS HUMANOSJuicio Previo se encuentra en los artículos 7,8,9 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles ypolíticos; en el artículo 6 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales; en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.Presunción de Inocencia se encuentra en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.Defensa e igualdad entre las partes se encuentra en el artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.Única persecución se encuentra en el artículo 8 numeral 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.Cosa Juzgada se encuentra en el artículo 8 numeral 4 Convención Americana sobre Derechos Humanos.